Circular 30/2017
ASUNTO: AYUDAS A LA FORMACIÓN EN LAS EMPRESAS 2017 NORMATIVA: RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2017, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria, para el ejercicio 2017, de las ayudas económicas para la realización de acciones estratégicas formativas que se desarrollen por parte de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2017, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de corrección de errores de la Resolución de 11 de mayo de 2017, por la que se procede a la publicación de la convocatoria para el año 2017, de las ayudas económicas para la realización de acciones estratégicas formativas que se desarrollen por parte de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Establecer las bases de las ayudas económicas para el desarrollo de acciones de formación continua (acciones estratégicas de formación) programadas por las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco dirigidas a la mejora de las competencias y cualificaciones de sus personas trabajadoras. Se garantizará la complementariedad de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria con las bonificaciones previstas dentro del actual modelo estatal de formación profesional continua
BENEFICIARIOS: Las empresas y grupos de empresas, que promuevan acciones de formación en los Centros de Trabajo sitos en la CAPV para sus personas trabajadoras. Podrán solicitar las ayudas: Empresas que cuenten con una Plantilla de 35 o más trabajadores/as. Excepcionalmente, para aquellas empresas que no alcancen dicha cifra, LANBIDE, a propuesta de HOBETUZ, analizará su capacidad para llevar a cabo el Plan de Formación presentado y resolverá motivadamente. Los Grupos de Empresas que cuenten en su conjunto con 50 o más trabajadores/as en Plantilla, entendiéndose por tales aquellos en los que se acredite alguna de las siguientes circunstancias: a) Que una empresa posea la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa. b) Que una empresa tenga derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra sociedad.
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