Tema 3 clasificación de zonas vf

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JUAN CAMILO BEDOYA TOBON Magister en Física Medica Oficial de Protección Radiológica. Clínica las Américas.


PR: Objetivos • PREVENIR LA APARICIÓN DE E. DETERMINISTAS (No probabilísticos) – Dosis umbral. – Relación dosis-efecto. – Aparición precoz. • IMPEDIR LA APARICIÓN DE E. ESTOCASTICOS (Probabilísticos) – No dosis umbral. – Efectos por acumulación de dosis. – No dosis-efecto. • FORMCIÓN E INFORMACIÓN.


• Previsibles

• No Previsibles

Exposiciones Planificadas

Exposiciones Potenciales


• El sistema de Protección radiológica se basa en la distinción entre “prácticas” e “intervenciones” y en la aplicación de diferentes formas y grados de control a cada uno de los tipos de exposición (ocupacional, médica y del público) PRÁCTICAS: actividades humanas que incrementan la exposición global de los individuos o el nº de individuos expuestos a las RR.II. – por introducción de nuevas fuentes, vías de exposición y/o individuos – modificando la red de vías de exposición al hombre de las fuentes actuales

INTERVENCIONES: actividades dirigidas a la reducción de la exposición global ya existente – eliminando fuentes existentes y/o modificando vías de exposición – reduciendo el nº de individuos expuestos


PRÁCTICAS • Antes del comienzo de una práctica se pueden adoptar medidas de protección y seguridad radiológicas, restringiendo las exposiciones o la probabilidad de que ocurran desde el inicio mismo de la práctica


Son PRÁCTICAS: • Producción de fuentes y uso de radiaciones o de sustancias radiactivas con fines: • industriales • médicos y veterinarios • de enseñanza, de investigación, etc... • Actividades relacionadas con la energía nucleoeléctrica: • centrales nucleares • ciclo del combustible • gestión de los residuos radiactivos • Actividades que supongan una exposición incrementada a la radiación natural • minería del uranio • operación en aviones de largo recorrido • vuelos espaciales • Actividades que las autoridades reguladoras especifiquen como prácticas, previo informe del CSN


INTERVENCIONES • Las circunstancias que originan la exposición o la probabilidad de exposición existen de antemano y su reducción sólo puede ser posible mediante acciones protectoras o reparadoras • Principios: – Cualquier intervención deberá estar: • JUSTIFICADA: La reducción del detrimento conseguida debe exceder al daño y coste social de la intervención • OPTIMIZADA: El beneficio neto de la reducción en la dosis menos el coste de la intervención debe ser tan grande como sea posible


INTERVENCIONES • Dos tipos de intervención: – Situaciones de exposición de emergencia que requieren una acción protectora para reducir o evitar exposiciones temporales • Los límites de dosis, fijados por el CSN, pueden superar los establecidos en el Reglamento • Personal voluntario debidamente informado de los riesgos de su intervención, sometido a control dosimétrico y vigilancia sanitaria especial

– Situaciones de exposición crónica o perdurable que requieren una acción reparadora para reducir o evitar dicha exposición • Son de aplicación los límites establecidos en el Reglamento para TE


• Se establece diferencia entre: – “ exposiciones normales ” : aquellas que producirán con certeza a causa de las actividades una práctica o intervención – “exposiciones potenciales” : sólo se producirán caso de fallo o accidente de los sistemas seguridad y protección

se en en de

Una exposición potencial puede llegar a convertirse en una exposición real y requerir por tanto una intervención.


Riesgo radiológico derivado del puesto de trabajo • Exposición externa: – Se debe a la radiación principalmente que proviene directamente de la fuente (aceleradores de partículas, equipos de rayos X, fuentes radiactivas selladas o abiertas). – O a la radiación procedente de cuerpos colocados en la trayectoria de la radiación

Fuente: Imagen tomada de http://slideplayer.com/slide/1427176/


Riesgo radiológico derivado del puesto de trabajo • Contaminación radiactiva: – Producida por fuentes no encapsuladas. – O por fuentes encapsuladas que hayan perdido su hermeticidad

• Cuando tenemos contaminación corporal: – Contaminación externa: Sustancias radiactivas en la superficie del cuerpo – Contaminación Interna: Sustancias radiactivas penetran en el organismo.

Fuente: Imagen tomada de http://slideplayer.fr/slide/3218689/


Protección Radiológica Operacional • El programa de protección radiológica tiene por objetivo: – Estableces las normas adecuadas para prevenir la producción de efectos biológicos no estocásticos. – Limitar la probabilidad de efectos biológicos estocásticos hasta valores que se consideran aceptables para TOE y para el público en general. • Más de la tercera parte de las decisiones médicas se basan en el diagnostico radiológico, por lo cual existe un gran numero de personas expuestas a las RI, tanto profesionales como pacientes. • Se hace necesario el establecimiento de normas estrictas de PR para reducir el riesgo de exposición.


Protección Radiológica Operacional El establecimiento de un programa de protección radiológica debe permitir conocer con exactitud: – – – – –

Las condiciones radiológicas de las zonas de trabajo. Las dosis reales recibidas por los trabajadores. Las condiciones de salud de los trabajadores. Las dosis recibidas por los pacientes. Las situaciones originadas en operaciones anormales o de accidente.


PRO: Clasificación de TOE • Categoría A: aquellas personas que por las condiciones de trabajo, puedan recibir una dosis efectiva superior a 6 mSv por año o una dosis equivalente a 3/10 de los limites para cristalino, piel y extremidades. • Categoría B: aquellas personas que por las condiciones de trabajo, es muy improbable que reciban una dosis efectiva superior a los 6 mSv por año o una dosis equivalente superior a 3/10 de los limites para el cristalino, piel y extremidades.


PRO: Vigilancia de zonas de trabajo • La vigilancia tiene por objeto: – Determinar los niveles de radiación ambiental existentes. – Y detectar cualquier anomalía que pueda dar lugar a un aumento injustificado de los mismos. • Las instalaciones radiactivas se clasifican en función del riesgo existente de acuerdo con los niveles de radiación y las correspondientes dosis al personal


PRO: Zonas de trabajo • Zona vigilada Aquella en la que existe la posibilidad de recibir dosis efectivas mayores a 1 mSv/aùo o una dosis equivalente mayor a 1/10 de los limites de dosis equivalente para cristalino , piel y extremidades


PRO: Zonas de trabajo • Zona controlada

Aquella en la que existe la posibilidad de recibir dosis efectivas mayores a 6 mSv/aĂąo o una dosis equivalente mayor a 3/10 de los limites de dosis equivalente para cristalino , piel y extremidades


PRO: Zonas de trabajo • Zona de permanencia limitada Aquella en la que existe riesgo de recibir una dosis mayor a los límites fijadas para los TOE.

• Zona de permanencia reglamentaria Aquella en la que existe riesgo de recibir en cortos periodos de tiempo una dosis mayor a los límites fijadas para los TOE.


PRO: Zonas de trabajo • Zona de acceso prohibido Aquella en la que existe riesgo de recibir en una exposición única, dosis superiores a las fijadas para TOE. La clasificación de los lugares de trabajo en las zonas establecidas deberá estar siempre actualizada de acuerdo con las condiciones reales existentes, por lo que el titular de la practica se someterá a revisión la clasificación de zonas basándose en las variaciones de las condiciones de trabajo


PRO: Zonas de trabajo • Z. Vigilada: riesgo > 1 mSv/año o 1/10 mSv D.eq • Z. Controlada: riesgo > 6mSv/año o 3/10 mSv D.eq • : riesgo superar límites para TOE • Z. de permanencia reglamentada: riesgo superar limites en cortos períodos de tiempo. • Z. Prohibida: en 1 sola exposición se superan limites TOE

Fuente: Imagen tomada de http://prlaborales.com/senalizacion-zonas-riesgos-radiacion/


PRO: Zonas de trabajo D> 20 mSv

Zonas controlada 6 mSv <D< 20 mSv Zonas vigilada 1 mSv <D< 6 mSv


 El personal que dirija u opere equipos de rayos X deberá estar debidamente formado y acreditado en Protección Radiológica y técnicas de Radiodiagnóstico.

 El personal dotado con dosímetro personal deberá usarlo siempre durante el trabajo.  El personal femenino en periodo de gestación lo comunicará a su superior inmediato en cuanto tenga noticia de ello. Este, en coordinación con el Servicio de Protección Radiológica, dará las instrucciones oportunas.


 Antes de cualquier exposición se verificará que ésta ha sido prescrita por un facultativo. En particular si se trata de una paciente en edad de procrear se constatará previamente que no está embarazada.  La puerta de sala debe estar cerrada.  Las puertas deben tener señalización que indique que se está realizando disparos.


 El número de placas será el menor posible compatible con la técnica usada.

 El valor de mA en cada disparo será el menor posible compatible con una imagen de calidad diagnostica.  No dirigir el haz directo hacia puesto de control y puertas.  Se pondrá especial cuidado en la colocación del paciente, así como en su inmovilización.


 Se usarán las proyecciones mas favorables desde el punto de vista de la Protección Radiológica.  No se debe desplazar el tubo sujetándolo por el colimador, sino por la agarraderas diseñadas con tal objeto.  Si un generador es compartido por dos o mas tubos de rayos X, debe verificarse que el tubo es el adecuado.


 Utilizar los protectores plomados adecuados en caso de que haya que proteger alguna zona del paciente.  Se usarán las combinaciones película-pantalla de refuerzo más rápidas compatibles con el diagnóstico a realizar con la intención de reducir al mínimo la dosis al paciente.


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