UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE – RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIA JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
Paola Antonella Araujo Pérez C.I: 23.817.188
EL DERECHO TRIBUTARIO Posee una serie de Ramas las cuales tenemos
Derecho Penal Tributario
Derecho tributario formal Derecho Procesal Tributario
Derecho Internacional Tributario
Derecho tributario material
Derecho Constitucional Tributario
DERECHO PENAL TRIBUTARIO Es un sistema de normas relativas a las sanciones que se originan por el incumplimiento de las obligaciones tributarias y los deberes formales, el cual se encarga del estudio de las sanciones privativas de libertad y las sanciones administrativas que se aplican a los contribuyentes.
DERECHO INTERNACIONAL TRIBUTARIO Estudia las normas correspondientes cuando diversas soberanías entran en contacto para evitar la doble tributación, defraudación y formas de colaboración entre estados, se regulariza a través de los Tratados Internacionales.
DERECHO PROCESAL TRIBUTARIO • Contiene normas que regulan las controversias de todo tipo que se plantean entre el fisco y los sujetos pasivos, ya sea en relación a la existencia misma de la obligación tributaria, a su monto para así aplicar sanciones y los procedimientos que corresponden.
DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO Se ocupa de la delimitación y coordinación de poderes tributarios entre las distintas esferas estatales en los países con régimen federal de gobierno. Es decir; es la disciplina del Derecho Constitucional que estudia los principios constitucionales de la tributación.
• DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
• DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL
Estudia todo lo concerniente a la aplicación de la norma material al caso concreto en sus diferentes aspectos; analiza especialmente la determinación del tributo, así como la fiscalización de los contribuyentes y las tareas investigatorias de tipo policial, necesarias en muchos casos para detectar a los evasores ocultos.
Contiene las normas sustanciales relativas en general a la obligación tributaria. Estudia cómo nace la obligación de pagar tributos (mediante la configuración del hecho imponible) y cómo se extingue esa obligación; examina también cuáles son sus diferentes elementos.
CONCLUSION GENERAL Como es de saber para llegar al punto de las ramas que pose este Derecho tenemos que tener en cuenta que es regido por el derecho público aparte de eso no solamente se encarga de la recaudación sino también de la armonía entre los particulares para una buena satisfacción y un buen logro debido a que tiene que tener una buena conexión entre Estado-Particulares; la ramas del derecho tributario son las que acabamos de estudiar pero no hay que tener duda que todas son importante porque regulan y sancionan partes especificas con mas profundidad o como se dice “con todo el peso de la ley”. En Venezuela las leyes no se hicieron para cumplirse aunque se encuentren plasmadas en la constitución por la falta de conocimientos y por la arrogancia de nuestros Presidentes, este país fuera uno de los MEJORES DEL MUNDO si se cumpliera lo establecido y no naciera de allí tanta corrupción sino la equidad y la igualdad para todos los que pertenecemos a este hermoso pais.
BIBLIOGRAFIA 1º Universidad Fermín Toro; El Derecho Tributario [Documento en línea] Disponible: http://saia.uts.edu.ve/moodle/pluginfile.php/296267/ mod_resource/content/3/Derecho%20Tributario.pdf [Consulta: 07 de Septiembre de 2015]. 2º Ramas del Derecho Tributario; Tributario [Documento en línea] Disponible: https://derecho2008.wordpress.com/2012/12/15/de recho-tributario/ [Consulta: 07 de Septiembre de 2015].