REGLAMENTO DE CONVIVENCIA DE LOS PROPIETARIOS Y RESIDENTES DEL III CONDOMINIO DE PARQUES DE LA HUACA DE SAN MIGUEL
RITRODUCC I ON Las presentes normas de convivencia para El III CONDOMINIO PARQUES DE LA HUACA tienen per obietivo REGULAR Y GUIAR EL comportamiento basic째 al cual se comprometen a cumplir, bete el espiritu de mutuo respeto a los derechos y obligaciones de todos los propietarios y/o poseedores de las secciones de propiedad exclusiva. rii
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Et propietario y/o poseedor adquiere el derecho a utilizar todos los servicios y facilidades con que cuente el Condominio, y la obligaciOn de informarse sobre las disposiciones del presente Reglement째, comprometiendose a cumplir y hater cumplir dentro del ambito de su responsabi!idad, sin invocar desconocimiento para su cumplimiento. Este documento tiene caracter obligatorio para toda persona que adquiera u ocupe cualquiera de las secciones de propiedad exclusiva del mismo, bajo cualquier titulo, sea como propietario o poseedor, sin excepci6n o limitation alguna, quedando entendido que por el solo hecho de ser propietario o poseedor de cualquier section de propiedad exclusiva, queda obligado a respetar fielmente las disposiciones establecidas en este documento. Las disposiciones de la presente norma son de obligatorio cumplimiento para el propietario, poseedor, sus familiares, dependientes, y en general para cualquier persona que visite el Condominio.
1.
DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, LIMPIEZA Y ORDEN
1.1. MEDIDAS DE SEGURIDAD 1.1.1. Las personas que desean ingresar al Condominio, deberan identificarse con su DNI y solo ingresaran si los propietarios confirman y autorizan el ingreso del visitante. 1.1.2.Los accesos a los edificios deben mantenerse cerrados, puertas de ingreso y puertas de acceso a escaleras. 1.1.3. Los ninos menores de 10 afios no podran permanecer solos en las areas del estacionamiento y ascensores. 1.1.4.Por seguridad, no se permitira a ninguna persona que suba a los techos de los edificios y menos permanezcan en ellos.
1.2. DE LA LIMPIEZA Y ORDEN 1.2.1. Mantener Ia basura en bolsas hermeticamente cerradas, (para evitar ias moscas y mosquitos).
1.2.2. Dejar Ia basura en los contenedores del Condominio, hasta media hora antes de las 9:00 pm, hora en que los camiones recolectores municipales realizaran el recojo.
1.2.3. Aquel que deje basura en cualquier otro lugar, se le impondra una multa. 1.2.4. Mantener las paredes del ingreso a los edificios y los lobbys de cada pso limpios. No escribir ni ensuciar las paredes, caso contrario de identificarse a Ia persona se impondra la multa correspondiente, si son menores de edad seran los padres y/o tutores los responsables. 1.2.5.Cuando tienda la ropa para su secado, esta no debe sobresalir de las ventanas de la lavanderia. 1.2.6.No utilizar los balcones como tendederos, ni depOsitos, caso contrario sera multado. 1.2.7.Todo material de deshechos de construction por trabajos particulares, deberan ser eliminados por el personal contratado por el propietario y/o residente, quedando prohibido arrojarlos a los contenedores de basura del Condominio. 1.2.8.No alimentar a las palomas.
2.. DE LOS RUIDOS MOLESTOS (En los departamentos y areas comunes) Pam que la vide en el Condominio se desarrolle en Ia forma apacible, agradable y alturada, sera necesario observer fundamentalmente las siguientes pautas:
Esti ph:11*WD producir ruidos molestos en las areas comunes y en los departamentos, clue Moen la paz y tranquilidad de los residentes, especialmente en horas de Ia noche. Asnaismo, se debera respetar Ia moral y las buenas costumbres, evitando protagonizar Dios en el Condominio. El propietario que insista en estos hechos sera multado. Asimisrho, se Hamra a serenazgo y de persistir se solicitara la presencia policial. 22. Todas las actividades familiares o reuniones sociales deberan realizarse dentro de los I nites de los departamentos. Dichas reuniones deberan mantener un volumen moderado de mosica y voces (acorde con los niveles maximos permisibles en decibeles, aprobados par la Municipalidad Distrito! de San Miguel), para no ocasionar ruidos molestos que pe*ctiquen a los vecinos. De lo contrario se multara.
El horario para las fiestas o reuniones sociales dentro del departamento, de domingo a jueves haste la 01:00 am., viernes y sabados hasta las 03:00 a.m., no perturbando la tranquilidad de los vecinos. De no cumplir con lo dispuesto, se multara. 2.3. En caso de requerir trabajos o arreglos de albanileria, carpinteria, electricidad u otros el horario sera de lunes a sabado de 09:00 a.m. a 5:00 p.m. y los domingos de 09.00 a.m. a 1:00 p.m. De no cumplir con lo dispuesto se multara. 3..
DEL DISEFIO ARQUITECTONICO Y ORNATO 3.1. A manera de mantener las estructuras, disefio y armonia, en los edificios se sugiere a los vecinos que aun no hayan confeccionado sus cortinas, colocar cortinas de color claro, (marfil, crema) si desean colocar cortinas de colores, estas deberan colocarse por dentro no a la vista exterior. Mantener las puertas originates, at igual que las ventanas y los balcones. 3.2. No se debe efectuar ninguna modification externa o de fachada que altere o afecte el disefio arquitectonico original del condominio, salvo con acuerdo del Consejo Directivo. 3.3. Este prohibido colocar rotulos, avisos, anuncios, banderas, estandartes en ventanas, mamparas, rejas o puertas de los departamentos u otra parte del edificio, con exception de lo aprobado por el Consejo Directivo. 3.4. Este prohibido la instalaciOn de antenas, de radio y tv, en zona diferente a los techos de cada edificio, previo acuerdo del Consejo Directivo. 3.5. Este prohibido el tendido de cordones, cables de tv, telefonos, intercomunicadores, otros artefactos o para cualquier otro proposito fuera de los ductos establecidos. 3.6. No se podra colocar adornos decorativos en el hall de entrada, sin el consenso de los propietarios del piso, asi como tampoco en el resto de areas comunes. 3.7. Cualquier solicitud de instalaciem de aires acondicionados, que comprometan zonas externas o ductos, debera ser aprobado por el Consejo Directivo. 3.8. A partir de la aprobaci6n del presente reglamento, queda prohibido Ia instalacion de rejas en Ia puerta principal, ventanas y mamparas de los departamentos, salvo autorizacion expresa del Consejo Directivo. 3.9. En casos excepcionales que por seguridad se requiera de instalaciones de rejas at exterior del departamento, sera del modelo aprobado por el Consejo Directivo. 3.10. Para hacer reformas en los departamentos, se debera solicitor a la Administraci6n los pianos electricos y sanitarios correspondientes.
4.
USO DE LAS AREAS COMUNES 4.1. ASCENSORES 4.1.1. Los ascensores no podran ser utilizados para carga que exceda su capacidad. Se prohibe movilizar objetos que sobresalgan o dafien su estructura. 4.1.2. Se prohibe a toda persona jugar con los ascensores y los intercomunicadores, caso contrario se multara. De ser ninos, seran responsables del pago de la multa los padres o tutores. 4.1.3. Se prohibe el use de los ascensores, para el traslado de material de construction y/o deshechos. 4.1.4. Prohibido fumar, ingerir alimentos o bebidas dentro de los ascensores. 4.1.5.Cualquier den째 causado a los acabados de las cabinas de los ascensores en el momento del traslado de bultos o similares, sera asumido por la persona que causo el doh째 o por el propietario y/o residente correspondiente, de lo contrario se
sancionara con una multa, previa evaluation del Consejo Directive, de los desperfectos ocasionados. 4.1.6.Si el dafio caused° al ascensor es de funcionamiento, sera el propietario o residente quien asuma el costo total de la reparaciOn. 4.2. SALA DE USOS MULTIPLES (SUM) 4.2.1. EL SUM debera permanecer con Ilave mientras no este ocupado. 4.2.2. El SUM sera utilizado solo por los propietarios y/o residentes del Condominio. ✓ 4.2.3. Queda prohibido utilizer el SUM para eventos de personas que no residan en el Condominio. 4.2.4. Cada propietario y/o residente puede separar hasta 3 veces at aim el SUM, con la posibilidad de poder utilizarlo mas veces, cuando este se encuentre disponible. 4.2.5. Cuando la separation del SUM se realice en forma verbal o por escrito, se dare un plazo de un (01) die Otil a parir de la fecha de solicitado, para que el propietario y/o residente, realice el deposit° del pago en la cuenta bancaria correspondiente. Caso contrario quedara disponible. 4.2.6.El solicitante debera brindar nombre completo, DNI, numero de torre y departamento que ocupa, asi como, el tipo de evento pare el cual solicita el SUM. 4.2.7.El propietario y/o residente que solicite el SUM, sera responsable del use adecuado durante su permanencia en esta area. v 4.2.8.El propietario y/o residente que solicite el SUM, podra separarlo haste con dos (02) 0 , meses de anticipation. 4.2.9. El propietario y/o residente que solicite el uso del SUM, debera abonar Ia suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que cubriran los gastos de ,/ electricidad, agua y limpieza del local. 4.2.10. El propietario y/o residente que solicite el uso del SUM, debera entregar como garantia la suma de S/. 200.00 (Doscientos y 00/100 1/ Nuevos Soles), suma que se abonara hasta dos (02) dies calendarios antes del evento. 4.2.11. La garantia sera devuelta al dia siguiente del evento, luego de la inspecciOn correspondiente por Ia Administraci6n y Delegados autorizados. 4.2.12. De haberse ocasionado darios en las instalaciones del SUM, Ia garantia se utilizara para su reparacion; de no alcanzar el monto de la garantia para dicho fin, el / propietario o residente debera abonar la suma que falte para la repa -acion total del dafio ocasionado. 4.2.13. Si el propietario y/o residente que ha separado el SUM para un evento, decide suspender el mismo, lo debera comunicar a la Administraci6n con un minimo de quince (15) dies calendarios anteriores al evento; siendole devuelto el pago de los . S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) y en caso haya canceled° la garantia, esta se le devolvera en su totalidad. 4.2.14. El SUM podra ser usado de domingo a jueves hasta la 01:00 a.m., viernes y/ sabado hasta las 03:00 a.m. 4.2.15. Los eventos deberan mantener un volumen moderado de musica y voces (acorde con niveles maximos permisibles en decibeles aprobados por la Municipalidad Distrital de San Miguel), para no ocasionar ruidos molestos que perjudiquen a los vecinos. Precisandose que, de exceder los limites maximos en decibeles de emision de ruidos Ia administraciOn hare un primer Ilamado de atencion verbal at propietario o residente responsable. De hacer caso omiso a dicho llamado de atenci6n sera sancionado con una multa. De persistir en dicha conducta de incumplimiento, se hare el code de la energia electrica del local. 4.2.16. El propietario y/o residente que haya solicitado el use del SUM, sera responsable del evento y debera retirarse a la hora indicada, teniendo 15 minutos de tolerancia, caso contrario la administraciOn y/o personas autorizadas procederan at code de Ia energia electrica. 4.2.17. Los invitados at SUM no podran desplazarse dentro de los edificios, ni en las f areas comunes, salvo acompariados por el propietario y/o residente. 4.2.18. Las reuniones del SUM podran continuar en los departamentos, sin ocasionar bullas o molestias a los vecinos, case contrario se sancionara con una multa. 4.2.19. El aforo es de 55 personas. 4.2.20. El use del SUM es sin fines de lucre.
42. [NEL AREA DEL GIMNASIO 44.3.1.80ranasio debera permanecer con Ilave mientras no se encuentre ocupado. gimnasio sera utilizado solo por los propietarios y/o residentes mayores de 15 ahos. 4_3..3.. Ei horario es de lunes a domingo de 05:00 a.m. a 11:00 p.m. 43.4. El aforo del gimnasio es de siete (07) personas. El uso del gimnasio es con zapatillas, deberan traer consigo una toalla y agua en botella de plastico. Se sugiere el uso de audifonos si desea escuchar musica durante su actividad, para no incomodar al resto de usuarios. 4.3.6.Personas y/o acompafiantes que no realizan ejercicio no deben ingresar al gimnasio. 4.3.7.Para hacer uso del gimnasio deberan dejar en la caseta de seguridad su DNI y brindar ni"Jrnero de torre y departamento en el que reside. 4.3.8. Para el mantenimiento del gimnasio cada propietario y/o residente, abonara S/. 1.00 (Un 00/100 Nuevo Sol) mensual, el mismo que se incluira en la hoja de liquidacian de pago por mantenimiento. 4.3.9. El gimnasio solo sera usado para realizar ejercicios. no esta permitido realizar actividades que impliquen incomodidad para el resto de usuarios (acrobacias, danzas, etc), tampoco se permite su uso para reuniones. 4 321
4.4. DEL PARQUE Y AREAS DE JUEGO 4.4.1. Los nifios podran hacer uso de los juegos infantiles en el horario de lunes a domingo de 08:00 a.m. a 10:00 p.m., caso contrario se impondra una multa, siendo los responsables del pago sus padres o tutores. 4.4.2.Los nifios no podran desplazarse con patines, ni patinetas por el jardin artificial. Asimismo, no deberan caminar encima de los bancos. 4.4.3. No deberan utilizar patinetas, patines, bicicletas o skates, despues de las 10 p.m. 4.4.4.Los ninos deberan cuidar los jardines y no romper las plantas, siendo responsables del cumplimiento sus padres o tutores. 4.4.5. No se hare uso de pelotas pesadas, por ende no se puede practicar en esta area futbol, voley, basquet o cualquier otro deporte que pueda ocasionar dano fisico a las personas o a las estructuras de los edificios. 4.5. DE AREA DE EQUIPOS Y BOMBAS 4.5.1.No se podra realizar ningOn tipo de construccion en el cuarto de equipos y bombas. 4.5.2.No se permite el ingreso de nifios o menores de edad a dichas zonas. 4.5.3.Los propietarios o residentes podran ingresar a dichas areas con autorizaci6n de Ia AdministraciOn o Consejo Directivo. 4.6. DEL USO DE LOS CUARTOS DE DEPOSIT째 4.6.1.Los cuartos de depOsitos seran utilizados exclusivamente como almacen de bienes no perecibles. 4.6.2.Se prohibe almacenar sustancias peligrosas, t6xicas, material inflamable, explosivos, etc. 4.6.3.Esta prohibido usarlos como cuarto de servicio o fines similares. 5. DE LAS MASCOTAS 5.1. Las mascotas deberan ser conducidas con correas y bozales 5.2. Las mascotas no deberan permanecer en las areas comunes, por ningun motivo. 5.3. Las mascotas se trasladaran por las escaleras, salvo sea conducido por persona de la tercera edad. 5.4. Si Ia mascota hiciere sus necesidades en areas comunes, el dueno y/o el que conduce a Ia mascota, debera limpiar inmediatamente la zona, con uso de desinfectantes y desodorizantes; de lo contrario se le impondra una multa. 5.5. En caso de mordeduras de mascotas, u otros accidentes ocasionados por este, se hare la denuncia correspondiente, siendo el unico responsable el duefio de la mascota. Se recomienda la no tenencia o adquisicion de mascotas en el Condominio, por las siguientes rezones:
Las departamentos del Condominio no tienen as condiciones necesarias para la tenencia mascotas. Las necesidades de las mascotas producen mat olor, pueden ocasionar enfermedades, bathos e insectos en perjuicio de los residentes. c) Ocasiona incomodidad a los vecinos, al producirse mordeduras u otros accidentes; hay mascotas que son consideradas peligrosas y atemorizantes. d) No crier animates exoticos dentro del Condominio.
6.
DEL AREA DE ESTACIONAMIENTO 6.1. Los propietarios y/o residentes de estacionamientos, deberan obligatoriamente colocar en lugar visible del parabrisas, el stiker que sera entregado por Ia Administracion. 6.2. El uso del area del estacionamiento esta destinado Onicamente para el parqueo de
vehiculos de los propietarios y/o residentes, no pudiendo ser utilizados por personas ajenas at Condominio, salvo la autorizacion o alquiler del propietario, comunicada previamente a la Administracion. 6.3. Los vehiculos deberan estar estacionados en la cochera que le pertenece a cada propietario, salvo previa autorizaciOn a un tercero, comunicada a la Administracion. 6.4. Se debe mantener el correcto sentido vertical al estacionar su vehiculo no invadiendo otra area. 6.5. Se prohibe estacionar vehiculos en zonas de maniobras, zonas de discapacitados, zonas de seguridad o a Ia entrada del condominio. 6.6. Las alarmas de los vehiculos deberan graduarse a fin de evitar ruidos molestos al activarse. 6.7. Dentro del area de estacionamientos, los vehiculos deberan ser conducidos con el debido cuidado, las lutes encendidas y a una velocidad no mayor a 15 km/h. 6.8. Los propietarios deberan verificar que sus vehiculos no tengan fugas de aceite, evitando que se manche el piso de los estacionamientos. En caso que los hubiere, colocar un protector. 6.9. Este prohibido el uso de claxon dentro del estacionamiento, incluyendo la rampa de entrada y de salida. 6.10. El propietario debera informar a la AdministraciOn, del alquiler de su cochera. 6.11. Los propietarios que alquilen sus cocheras seran responsables de los danos y perjuicios que ocasione su inquilino at momento del ingreso at estacionamiento, quedando prohibido su reingreso hasta que se rectifique o solucione el problema. 6.12. Esta prohibido el uso del estacionamiento como area de juegos, esto incluye adennas la rampa de entrada y salida del mismo. De identificar a nifios usado estas areas se comunicara a sus padres y/o tutores. De persistir dicha conducta, se sancionara con una multa, siendo responsable del pago los padres y/o tutores. 6.13. Se prohibe el uso del estacionamiento con fines de almacenamiento (cajas, Ilantas, muebles o cualquier otro objeto). 6.14. Se prohibe el ingreso de vehiculos de servicio de taxi particulares, mudanza, u otro tipo de movilidad at Condominio, salvo consideraciones especiales, por edad o salud, que deberan ser comunicadas previamente a la Administraci6n. 6.15. Se prohibe realizar el lavado de vehiculos en los estacionamientos. 7.
DE LOS INQUILINOS 7.1. Los propietarios que alquilen sus departamentos del Condominio, incorporaran en su
contrato de alquiler una clausula que estipule o indique la obligation de respetar el Estatuto y Reglamentos internos del Condominio. 7.2, En caso que los propietarios vendan o alquilen su inmueble, tienen la obligation de entregar copia del Estatuto y Reglamentos internos del Condominio al nuevo propietario o inquilino. 7.3. Los propietarios que alquilen sus departamentos y/o cocheras, deberan informar mediante comunicaciOn escrita a la Administracion, el nombre de la persona a quien arrienda, el periodo del alquiler y de ser el caso entregar copia del contrato de alquiler. 7.4. El propietario debera informar a la Administraci6n los dias que el inquilino haga sus mudanzas tanto de ingreso o de salida del Condominio, a fin de no dejar deudas de mantenimiento pendientes.
DE LAS MUDANZAS 8.1. Las mudanzas en el Condominio se realizaran en el horario de lunes a sabado de 09:00 a_m. a 5:00 p.m., los digs domingos y feriados de 09:00 am. a 1:00 p.m. 8.2_ Pasada la hora establecida segun inciso previo, no se permitira por ningun motivo la mudanza. 8.3. Es de total responsabilidad del propietario e inquilino reparar todos los danos generados producto de su mudanza. 9.
DEL PAGO DE LAS CUOTAS DE MANTENIMIENTO 9.1. Es responsabilidad del propietario el cumplimiento del pago de las cuotas ordinarias y/o extraordinarias, ya sea que el departamento estuviese ocupado o desocupado. 9.2. Si el propietario tuviese en alquiler su unidad inmobiliaria, sera el responsable de cumplir con el pago de las cuotas ordinarias y/o extraordinarias, salvo que exists clausula contractual en Ia que esta obligacion sea transferida al inquilino. En dicho supuesto este ultimo sera el responsable de los pagos hasta el vencimiento del contrato. 9.3. Los propietarios y/o residentes deberan canceler sus cuotas de mantenimiento hasta cinco (05) dies calendarios posteriores a Ia fecha de vencimiento. Vencido este plazo, se cobrara un interes moratorio de S/. 1.00 (Un y 00/100 Nuevo Sol) por dia de retraso. Asimismo, se procedera a reducir al minim() la presion del agua, hasta que se realicen los pagos totales correspondientes. 9.4. Sin perjuicio de indicar el numero de edificio y departamento al momento de realizar el pago en el banco, el propietario y/o residente debera guardar sus vouchers, los mismos que seran pruebas Unicas de haber cumplido con el pago. 9.5. Los propietarios y/o residentes que paguen el mantenimiento por transferencia interbancaria, deberan obligatoriamente entregar los vouchers de pago a Ia Administracion.
10. DE LAS SANCIONES Y MULTAS 10.1. En caso del incumplimiento de las normas descritas u otra no considerada, pero que atente contra la pacifica convivencia en el Condominio, el Consejo Directivo procedera aplicar una multa. 10.2. Las multas se aplicaran segun la tabla de sanciones, la misma que se encuentra detallada en el anexo uno (01) que forma parte del presente Reglamento. 11. DE LAS PROHIBICIONES EN GENERAL 11.1. Se prohibe fumar en areas comunes cerradas segOn ley N 째 28705 y modificatorias. En caso de incumplimiento sera multado. 11.2. Se prohibe el use de drogas en areas comunes de todo el Condominio. En caso de incumplimiento sera multado. 11.3. Si se detecta que en el interior de algun departamento se este cOnsumiendo drogas, se comunicara a las autoridades correspondientes. 11.4. Se prohibe ingerir bebidas alcoholicas en los Halls de cada piso, escaleras, estacionamientos, area de juegos, parque y cualquier otra zona comun. 11.5. No se permite Ia yenta ambulatoria o delivery en los departamentos, caso contrario sera multado. Si el propietario y/o residente desea hacer alguna consulta podia consignarlo en el correo de la Administracian, del Consejo Directivo, los mismos que se les comunicara oportunamente.
ANEXO 01 TABLA MULTAS
Por ckjar basura fuera de los contenedores y de hacer caso omiso luego de la Ilamada de atencion; La multa es de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) . 2.- Por escribir y/o ensuciar as paredes del ingreso a los edificios y los lobbys de cada piso, y de hacer caso omiso a Ia Ilamada de atenciOn a los responsables; la multa sera de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). 3.- Por utilizar los balcones como tendederos y/o depOsitos, la multa es de S/. 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles). 4.- Por producir ruidos molestos en las areas comunes y en los departamentos, que alteren la paz y tranquilidad de los residentes y de hacer caso omiso a Ia Ilamada de atenciOn verbal; la multa sera de S/. 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles). 5.- Por no respetar la moral y las buenas costumbres, protagonizando escandalos en el Condominio, Ia multa sera de S/. 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles).
6.- Por no mantener un volumen moderado de musica y voces (acorde con los niveles maximos permisibles en decibeles, aprobados por Ia Municipalidad Distrital de San Miguel), en las fiestas familiares y/o sociales en los departamentos y de hacer caso omiso a la Ilamada de atenciOn verbal; la multa sera de S/. 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles). 7.- Por no respetar el horario para las fiestas familiares y/o sociales, dentro del departamento y que perturben Ia tranquilidad de los vecinos, y de hacer caso omiso a la Ilamada de atencion verbal, Ia multa sera de S/. 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles). 8.- Por realizar trabajos o arreglos de albanileria, carpinteria, electricidad u otros fuera del horario autorizado y de hacer caso omiso a Ia Ilamada de atencion verbal; la multa sera de 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles). 9.- Por jugar con los ascensores y los intercomunicadores y de hacer caso omiso luego de Ia Ilamada de atencion verbal a los responsables; la multa sera de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). 10.- Por no hacerse cargo de los danos ocasionados a los acabados de las cabinas de los ascensores en el momento del traslado de bultos o similares, la multa sera del monto que determine el Consejo Directivo, previa evaluacion de los desperfectos ocasionados. 11.- Por exceder los Ilmites maximos permisibles en decibeles de emisiOn de ruidos en los eventos familiares y/o sociales en el SUM; y de hacer caso omiso luego del Ilamado de atencion verbal al responsable; la multa sera de S/. 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles). 12.- Por hacer uso de los juegos infantiles fuera del horario permitido y de hacer caso omiso luego de la Ilamada de atencion a los padres y/o tutores; la multa sera de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100
Nuevos Soles). 13.- Por no limpiar inmediatamente Ia zona, con uso de desinfectantes y desodorizantes; cuando la mascota haya hecho sus necesidades, Ia multa sera de S/. 120.00 (Ciento Veinte y 00/100 Nuevos Soles). 14.- Por usar las zonas de estacionamiento y rampas de entrada y salida como areas de juegos, y de hacer caso omiso a la Ilamada de atenciOn a los responsables, la multa sera de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). 15.- Por fumar en areas comunes cerradas, la multa sera de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles).
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use y consumo de drogas en areas comunes de todo el Condominio, la multa sera de S. 200_00 (Doscientos y 00/100 Nuevos Soles). V.- P Inge& bebidas alcoholicas en los Halls de cada piso, escaleras, estacionamientos, area de juegos, parque y cualquier otra zona cornim. la multa sera de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Por hater yenta ambulatoria o delivery en los departamentos, la multa sera de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles).