ReglamentoAdmisión

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DIGESTO – UCC

REGLAMENTO DE ADMISIÓN PREAMBULO 1. La Universidad Católica de Córdoba considera que la formación universitaria es una experiencia privilegiada de la persona y uno de los medios más eficaces con que cuenta la sociedad para moldear su futuro con dignidad. Para que ello suceda, el paso por la Universidad deberá conformar un proceso de responsabilidad y exigencia que no será posible si la Universidad y quien ingresa a ella no se han elegido mutuamente como contrapartes deseables y confiables. La Universidad necesita asegurarse, desde el mismo comienzo, que sus alumnos tendrán confianza en ella, en su experiencia, métodos y estilo y que se le entregarán confiadamente. El que ingrese, por su parte, deberá estar razonablemente seguro de que la Universidad será digna custodia y maestra de sus metas y desvelos. Si ello no fuere así por ambas partes, el paso fructuoso por la Universidad quedará comprometido. El sistema de ingreso a ésta -más allá de todos sus procedimientos- pretende asegurar que esta mutua elección exista realmente lejos de todo error o ficción y se fortalezca con el desarrollo de cada etapa. Su logro será lo que se denomina "compartir un mismo estilo", el "estilo de la Universidad Católica de Córdoba". OBJETIVO GENERAL 2. Supuesta la compatibilidad con los principios y estilo de la Universidad, el sistema de ingreso de nuevos alumnos tendrá como objetivo general la selección de aspirantes que posean vocación y aptitud suficiente para iniciar o proseguir estudios superiores en ella. Este objetivo se interpretará de acuerdo con la legislación de la Universidad, dentro del marco establecido por su capacidad docente y de infraestructura, y sus propias pautas de expansión y regulación de la matrícula. ASPIRANTES A INICIAR ESTUDIOS SUPERIORES ASPIRANTES CON ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO COMPLETOS 3. Los aspirantes a iniciar estudios en esta Universidad serán seleccionados mediante un Curso de Ingreso que se dictará en todas las Unidades Académicas. 4. El Curso de Ingreso tendrá los objetivos siguientes: a) Orientar a los aspirantes, favoreciendo una última revisión y ajuste de la opción vocacional y profesional, particularmente a aquellos que así lo requirieren. b) Informar acerca de la concepción, estilo y organización de la Universidad Católica de Córdoba y de la Unidad Académica específica, introduciendo inicialmente en ellas. c) Proveer material suficiente para el diagnóstico y evaluación de los postulantes, tanto en lo referido a cantidad de conocimientos que se consideraren indispensables como a su capacidad de aprendizaje, procurando dar primacía, en lo posible, a este último aspecto. d) Seleccionar a los que ingresarán. Esta selección se hará en dos niveles progresivos.


DIGESTO – UCC En primer lugar se seleccionará a los candidatos a partir del logro del nivel establecido para ingresar. El criterio de selección se referirá a la aptitud adecuada de un aspirante para emprender provechosa y responsablemente una profesión determinada y a su compatibilidad con los principios y estilo de esta Universidad. Este criterio será independiente de la cantidad de postulantes que cada año se presentaren y no será modificable en ninguna circunstancia, aún cuando la cantidad de los que hubieren de ingresar no alcanzare a cubrir el cupo establecido para el funcionamiento de la Unidad Académica. El segundo nivel de selección se adoptará sólo cuando la cantidad de postulantes, que hubieren satisfecho el nivel anteriormente mencionado, superare la del cupo establecido. El criterio de selección, en este caso, se referirá a la calidad de los candidatos y se dará preferencia, mediante un sistema lo más objetivo posible, a aquellos que, desde el punto de vista de la aptitud integral y compatibilidad con lo principios y estilo de esta Universidad, resultaren más adecuados. 5. El Curso de Ingreso de cada Unidad Académica abarcará tres áreas: la general, la específica y la complementaria. a) El área general será común a todas las Unidades Académicas y estará conformada por “Introducción a la Vida Universitaria” (IVU) y “Metodología del Aprendizaje”, ésta última sólo en aquellas que así lo requirieren. b) El área específica estará conformada por las asignaturas propias de cada Unidad y serán determinadas por ésta. La evaluación y selección de candidatos se fundamentará principalmente en ellas. c) El área complementaria abarcará entrevistas personales, a cargo del responsable de la Unidad Académica o de quien éste designare, a los postulantes. Serán implementadas sólo en aquellos casos en que la autoridad correspondiente lo estimare oportuno para completar la evaluación. 6. La asignatura “Introducción a la Vida Universitaria” incluirá información general sobre los principios y estilo de la Universidad, como así también la específica sobre carrera/s, profesión/es, funcionamiento administrativo de la Unidad Académica, etc. Conformará una asignatura distinta de las restantes que integraren el Curso. 7. Las asignaturas del área específica no serán menos de una ni más de tres e incluirán el material suficiente para su evaluación. 8. La duración estimada del Curso de Ingreso será de tres a cuatro semanas -15 a 20 días hábiles- durante las que se desarrollará toda la actividad. 9. La actividad diaria ocupará de cuatro a cinco horas, incluyendo el desarrollo de las tres áreas mencionadas y las evaluaciones parciales. 10. Cada Curso de Ingreso tendrá no menos de 75 ni más de 100 horas de duración total, de las cuales un máximo de 15 horas se dedicarán a “Introducción a la Vida Universitaria” y su correspondiente evaluación. 11. El sistema de evaluación se estructurará en base a los ítems siguientes: la promoción de cada una de las asignaturas, mediante el cumplimiento del 70% de asistencia como mínimo y por medio de evaluaciones parciales, coloquios, etc.; la obtención del puntaje mínimo establecido por la Unidad Académica y, cuando hubiere, la aprobación satisfactoria de una entrevista personal.


DIGESTO – UCC 12. El sistema de promoción podrá ser complementado con exámenes finales, que serán receptados dentro de las fechas límites fijadas para el Curso de Ingreso, en los siguientes casos: a) Cuando el aspirante no hubiere alcanzado el puntaje mínimo. b) Cuando se tratare de pases, autorizados por el responsable de la Unidad Académica, de otros Cursos de Ingreso de la Universidad. c) Cuando, a criterio de la autoridad de la Unidad Académica, existieren fundados motivos para tal proceder. 13. El orden de ingreso será establecido por el puntaje final conformado, en lo posible, de la siguiente manera: el 85 % de su valor, incluyendo el 15% de “Metodología de la Investigación Científica” cuando la hubiere, corresponderá al total de las asignaturas específicas y el 15% restante a “Introducción a la Vida Universitaria”. La entrevista personal deberá ser aprobada satisfactoriamente y no adjudicará puntaje. El postulante que no la aprobare, aún cuando hubiere satisfecho los otros requisitos, no podrá ingresar a la Universidad y lo mismo se podrá adoptar, en forma alternativa, para “Introducción a la Vida Universitaria” en los casos que así estableciere la autoridad de la Unidad Académica. 14. Iniciado el Curso de Ingreso sólo se autorizará la inscripción de un aspirante si éste tuviere posibilidades de promocionar las asignaturas conforme a lo establecido, a menos que el responsable de la Unidad Académica, con fundadas razones, juzgare lo contrario. La autorización será extendida siempre por dicha autoridad. 15. El Decano, o autoridad equivalente, será el responsable de la organización, implementación y control del Curso de Ingreso de su Unidad Académica. 16. El número mínimo de quienes ingresarán estará determinado por la cantidad de aspirantes que hubieren aprobado las condiciones mínimas de ingreso establecidas en cada Unidad de acuerdo con la selección del primer nivel señalado anteriormente. 17. El aspirante que se encontrare dentro del cupo de candidatos aceptados para ingresar y que renunciare a este derecho, o no se inscribiere en las fechas establecidas, deberá cursar y aprobar nuevamente el Curso de Ingreso si en años ulteriores deseare ingresar, excepto que hubiere sido autorizado por el responsable de la Unidad Académica para posponer su inscripción. 18. Los candidatos autorizados para ingresar podrán inscribirse en la Universidad hasta el día hábil anterior al inicio de las clases de su respectiva Unidad Académica. 19. El período que abarcarán los Cursos de Ingreso, como las fechas de sus exámenes y entrega de resultados, será establecido para cada año lectivo por el Rector.


DIGESTO – UCC ASPIRANTES CON ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO INCOMPLETOS 20. Excepcionalmente se podrán inscribir al CURSO DE INGRESO los mayores de 25 años que no hubieren terminado sus estudios de nivel medio y cumplimentaren los siguientes requisitos: a) Presentar en la respectiva Unidad Académica la documentación que muestre la experiencia y capacitación lograda hasta el momento. b) Acompañar la misma con los avales correspondientes de las Instituciones o Empresas donde hubiere adquirido la experiencia y capacitación señaladas. c) Presentar el CERTIFICADO de los estudios parciales aprobados de nivel medio (con indicación de: curso, asignaturas, notas y años de aprobación), expedido por el establecimiento correspondiente. d) Someterse a una entrevista, según el modo y con quien estableciere la autoridad de la Unidad Académica. e) Aprobar un examen de verificación de conocimientos indispensables según las formas que estableciere la Unidad Académica. f) Autorización escrita, expedida por la Unidad Académica, para inscribirse al CURSO DE INGRESO. ASPIRANTES A PROSEGUIR ESTUDIOS SUPERIORES 21. Cada Unidad Académica instrumentará, para alcanzar el objetivo general señalado, los medios necesarios que permitan ponderar individualmente la solicitud de cada aspirante a través de entrevistas personales y análisis de la documentación acreditada, consultando a la Secretaría Académica en los casos que fuere necesario. Se tendrá especialmente en cuenta la aptitud requerida para completar estudios superiores en orden a emprender responsablemente una profesión determinada como así también la compatibilidad con los principios y estilo de esta Universidad. En particular se analizarán las motivaciones de la solicitud, la voluntad de permanencia definitiva en la Institución, la cantidad de materias aprobadas, el lapso de tiempo en que se las aprobó, promedio, aplazos, etc. 22. La recepción de solicitudes de aspirantes y el análisis de cada caso se realizarán en la época y forma que determinare cada Unidad Académica. 23. Efectuado el análisis y siendo satisfactorios sus resultados, el candidato será seleccionado sólo a través de alguno de los siguientes modos: a) Aprobar la totalidad del Curso de Ingreso de la propia Unidad Académica, cuando la evaluación realizada y/o la cantidad y contenidos de las asignaturas aprobadas así lo requiriere. b) Cursar y aprobar solamente “Introducción a la Vida Universitaria”, en la propia Unidad Académica, cuando la cantidad y contenido de las materias aprobadas y sus calificaciones así lo aconsejaren. c) Ingreso directo, cuando el aspirante haya sido alumno de esta Universidad, u otra Universidad Católica, y la cantidad y contenido de las materias aprobadas así lo justificaren. 24. El Decano o autoridad equivalente, en todos los casos, determinará el modo a través del cual será seleccionado el candidato. 25. La cantidad de postulantes que se admitirán, para proseguir estudios superiores, será determinada para cada curso de la carrera por la Unidad Académica y nunca será


DIGESTO – UCC superior a la considerada necesaria para completar el cupo establecido para cada curso de una carrera. ASPIRANTES EXTRANJEROS A INICIAR O PROSEGUIR ESTUDIOS SUPERIORES 26. La cantidad de postulantes extranjeros que serán admitidos, para iniciar o proseguir estudios superiores y que hubieren cumplido los requisitos establecidos, será determinada por cada Unidad Académica teniendo en cuenta la cantidad de candidatos argentinos admitidos, la experiencia histórica de la Unidad en la adaptación y rendimiento de los alumnos extranjeros, etc. EXCEPCIONES E INTERPRETACION DEL PRESENTE REGLAMENTO 27. Podrán ser exceptuados de la letra de este Reglamento aquellos casos en los que, a juicio del responsable de la Unidad Académica y/o del Vicerrector Académico, ello fuere necesario para el cumplimiento de su espíritu, expresado particularmente en el Preámbulo y Objetivo General. 28. En consonancia con ello la Universidad se reservará, en todos los casos y al margen de todo lo establecido en este Reglamento, el derecho último de admisión tendiente al logro de sus objetivos, al mantenimiento de su propio estilo universitario y posibilidades docentes sin que quepa recurso alguno en contrario.

DIRECTIVAS PARA LA APLICACION DEL REGLAMENTO DE ADMISION Para mayor claridad en la interpretación y aplicación del Reglamento de Admisión, se establecen las presentes Directivas elaboradas para uso interno de las Unidades Académicas. 1) Sentido del Preámbulo (1.).- Este sistema de admisión es sólo un medio para el logro de la mejor selección posible de los aspirantes. Para el logro de esta “mejor selección posible” se estima condición indispensable la mutua elección y compatibilidad entre Universidad y futuro alumno. Este propósito nunca se perderá de vista y a él se subordinará todo el resto. Al respecto ayudarán las siguientes reflexiones: a) El punto decisivo a tener en cuenta en todos los casos será la probabilidad de un pronóstico favorable respecto a la inserción armónica del aspirante en la UCC. La falta de una certidumbre razonable no podrá ser compensada por ningún otro tipo de cualidades ni méritos. b) En la mutua elección entre Universidad y candidato, la iniciativa corresponde siempre a la Universidad, la cual define su perfil y lo hace conocer. Sólo ulteriormente cabe la elección por parte del candidato acerca de si la Universidad configura una oferta adecuada a sus aspiraciones. c) La definición, por parte de la UCC, de la no compatibilidad de un candidato no implica necesariamente un juicio de valor, pudiendo estar motivada simplemente


DIGESTO – UCC por el perfil de personalidad e idiosincrasia particular del aspirante. La Universidad no pretende representar una oferta educativa adecuada y provechosa para todos los tipos de candidatos. Por lo mismo, su negativa a la aceptación de determinados candidatos, representa también una manera de ayudarlos. 2) Aptitud (cfr. en especial 2.).Para la comprensión del concepto de aptitud puede servir como orientación la siguiente reflexión. Para que un aspirante sea considerado apto para esta Universidad se requiere: personalidad estructural, capacidad de aprendizaje y conocimientos suficientes. Por personalidad estructural se entiende aquel nivel de integración de los diversos aspectos vitales que, frente a las requisitorias específicas de la vida universitaria, permita prever una respuesta animosa y provechosa. Desde un punto de vista operativo, se consideran signos demostrativos de la existencia de tal integración -entre otros- los siguientes: buen nivel de automotivación, capacidad de esfuerzo sostenido en pro de objetivos de largo alcance, autodisciplina, espíritu de lucha, lealtad, aprecio por los valores humanos, etc. Por capacidad de aprendizaje, -que se supone de nivel medio- se apunta no sólo a la facilidad para adquirir nuevos contenidos sino también a la capacidad de transferencia. Por último, aquella dosis de conocimientos considerada mínima para emprender el primer año de la carrera elegida. 3) Virtualidades y límites del Sistema de Admisión.No habiendo diseñado todavía la Universidad una experiencia de ingreso y selección que responda acabadamente a sus aspiraciones y objetivos, convienen las siguientes observaciones para el mejor aprovechamiento del actual. a) El actual sistema pone una innegable acentuación sobre la dimensión cognoscitiva en la creencia de que, una experiencia de aprendizaje intelectual fuertemente exigente y sostenida, facilita, además de una evaluación de los contenidos propiamente intelectuales, una captación y ponderación indirectas de las características no intelectuales de la personalidad (vgr. autodisciplina, relación no conflictiva con los demás, perseverancia, sentido del humor y equilibrio, etc.). Sin negar las limitaciones de este enfoque, conviene marcar las virtualidades que ofrece como así también la búsqueda de su futuro mejoramiento. b) La limitación mencionada afecta asimismo a la misma área intelectual en lo que se refiere al desarrollo y evaluación de la capacidad de aprendizaje. Por esta razón se dice expresamente de otorgarle primacía durante el desarrollo del curso "en lo posible" ( 4, inc. c). c) La nivelación de conocimientos -de ser requerida- es un objetivo que sólo puede ser encarado de modo directo durante el primer año de la carrera, según el criterio y metodología de cada Unidad Académica. Durante el Curso de Ingreso, la nivelación solamente será encarada de modo secundario, es decir, en la medida en que no entorpezca los cuatro objetivos específicos enunciados en el Reglamento (4.). 4) Valor condicional y valor ponderativo (IVU y Metodología del Aprendizaje).Según el criterio que decida adoptar cada Unidad Académica, las asignaturas IVU y “Metodología del Aprendizaje” podrán tener un valor condicional o ponderativo con respecto al ingreso. Valor condicional significa que, sin su aprobación, ningún aspirante podrá ingresar a primer año de una carrera; valor ponderativo significa que el puntaje obtenido tendrá influencia en la calificación y por tanto en el puesto obtenido, determinando, consecuentemente, el ingreso en caso de que el cupo establecido fuera excedido. En este último caso, el puntaje correspondiente tanto al IVU como a “Metodología del Aprendizaje”, en lo posible no excederá el 30% del total (15% para cada una). 5) Evaluación de la compatibilidad del aspirante con la UCC.- La evaluación de la compatibilidad con los principios y estilo de la Universidad será realizada a lo largo de


DIGESTO – UCC todo el Curso de Ingreso y en diversa medida estarán comprometidos en ella todas las asignaturas y docentes participantes. Quede pues en claro que no es función privativa del Curso de IVU. Para ello será de suma importancia la observación que realizaren los docentes de cada aspirante y el intercambio de información con las autoridades de la Unidad Académica. Esto último hará posible la utilización adecuada de las entrevistas -cuando ello fuera indicado- como forma simultánea de completar la información y establecer una evaluación definitiva. 6) Cantidad de aspirantes por grupo.Cada Facultad trabajará en el Curso de Ingreso con grupos no mayores de 100 candidatos. En caso de que la cantidad de postulantes superare esta cifra, se procederá a desdoblar en grupos no menores de 60 . Estos grupos podrán ser subdivididos para las clases prácticas cuando las hubiere. En aquellos casos en que la cantidad de aspirantes resultare excesiva para la capacidad de la Unidad Académica, ésta podrá determinar un examen previo al Curso de Ingreso cuya forma y requisitos ella misma reglamentará. 7) Profesores.- Cada asignatura estará a cargo de un Profesor Titular/Encargado para cada grupo. En caso de clases prácticas habrá un Adjunto o Jefe de Trabajos Prácticos por grupo. 8) Participación de los alumnos de la Facultad.- En ningún caso se recurrirá a Ayudantes Alumnos para las diversas tareas del Curso de Ingreso, lo cual no excluye la invitación a alumnos adecuados para la participación en paneles, etc. 9) Responsabilidad del Decano.- Como único responsable del Curso de Ingreso, el Decano no delegará esta facultad en ningún Director de Curso. Pondrá especial atención en que las diversas áreas y asignaturas del Curso de Ingreso -particularmente el IVU- no se desperdiguen en sus efectos sino que confluyan armónicamente en el logro de los objetivos y que las fuerzas del alumno resulten concentradas en un esfuerzo único de aprendizaje. 10) Extranjeros - Visa.- A los candidatos provenientes del extranjero se les exigirá la correspondiente Visa (Estudiante). Ante cualquier duda se remitirá a los postulantes a la Secretaría Académica de la Universidad. 11) Alumnos que se inscriben tarde.- La fecha límite de inscripción a los Cursos de Ingreso será la que establezca cada Facultad teniendo en cuenta las disposiciones reglamentarias correspondientes (asistencia, parciales, etc.). En todos los casos serán autorizados por escrito por la Facultad. 12) Recuperación de asignaturas del nivel medio.Los alumnos que debieren recuperar asignaturas del nivel medio durante el Curso de Ingreso y que no cumplieren con las condiciones establecidas para el mismo (asistencia, parciales, etc.) no tendrán por regla general ninguna consideración particular. Igualmente para los casos de enfermedad u otros pedidos de excepción. 13) Repitentes de Cursos de Ingreso.- No se establece ninguna restricción. Los Decanos continuarán evaluando la cantidad de casos que se presentaren para definir en el futuro la necesidad de alguna norma que regule esta situación. Por ahora se contemplan los siguientes casos: a) Alumnos que no aprobaron el Curso: deberán repetirlo en años sucesivos si desearen ingresar. b) Alumnos que aprobaron el Curso pero no fueron seleccionados para ingresar por razones de cupo: estos postulantes deberán repetir el Curso de Ingreso en años sucesivos si desearen ingresar.


DIGESTO – UCC c) Postulantes que aprobaron el Curso de Ingreso, fueron seleccionados pero por alguna razón no se inscribieron: en estos casos cada Facultad utilizará su propio criterio. Aquellos casos que fueren autorizados a inscribirse en Primer Año en el período lectivo siguiente, sin realizar el Curso de Ingreso, deberán poseer dicha autorización por escrito y con la firma del Decano. 14) Entrega de programas.- Las Facultades entregarán los programas analíticos correspondientes a las asignaturas que se desarrollen en el Curso de Ingreso de acuerdo con las pautas señaladas en el Memorándum del Rectorado del 14 agosto 1992. Se prohibe toda propaganda o promoción, en el ámbito de la Universidad, de cursos paralelos de preparación al ingreso organizados por Academias, Institutos o particulares, tomando cada Decano los recaudos necesarios al respecto. 15) Pases inter-Cursos.de estas Directivas. 16) IVU.-

Se realizarán hasta la fecha límite señalada en el nº 11

Todos los alumnos deben cursar y aprobar IVU.

17) Instrucciones.Al comienzo de cada Curso de Ingreso los Decanos, o Secretarios Técnicos y/o Profesores de cada asignatura, informarán a los postulantes en forma clara sobre la metodología y requisitos para el cursado, promoción y aprobación de las asignaturas y la selección para el Ingreso. Asimismo se informará de la sanción que se aplicará en los casos de copia, indisciplina, etc. 18) Inscripción a Primer año.Se inscribirán en las fechas determinadas por Secretaría Académica, de común acuerdo con cada Facultad, y deberán tener para esa fecha toda la documentación correspondiente. Para el caso de alumnos que adeudaren asignaturas del nivel medio, la fecha límite la establecerá cada Facultad de acuerdo con Secretaría Académica. Cada Decano utilizará su criterio, experiencia y el porcentaje de tolerancia establecido (10% del cupo) para extender la cantidad de autorizaciones de inscripción en Primer Año. 19) Excepciones.- Cualquier excepción a las normas del Reglamento de Ingreso, o a las pautas de las presentes Directivas, deberá tener la expresa autorización del Vicerrectorado Académico y haber sido solicitada con la adecuada antelación. 20) Estadísticas.Cada Facultad confeccionará una estadística de los datos relevantes que surjan en el desarrollo de los cursos, especialmente de aquellos casos o situaciones no contemplados en la reglamentación, para ser incorporados posteriormente a ésta cuando ello resultare aconsejable.


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