Reglamento Consejo Ciudadano

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CONSEJO CIUDADANO MARBELLA-SAN PEDRO

REGLAMENTO DEL CONSEJO CIUDADANO MUNICIPAL PODEMOS MARBELLA – SAN PEDRO (CCMPMSP) Disposiciones generales Artículo 1. El CCMPMSP es el órgano de dirección política de Podemos con funciones ejecutivas. Artículo 2. Las tareas ejecutivas cotidianas serán desarrolladas, en el marco de sus respectivas responsabilidades, por las distintas áreas de las que se componga el CCMPMSP. Es responsabilidad del/la Secretario/a General garantizar, en el desarrollo cotidiano, la coordinación entre las distintas áreas ejecutivas (tarea para la cual se apoyará en el Consejo de Coordinación). Artículo 3. El CCMPMSP estará organizado en áreas. Las áreas de este consejo serán: -

-

CONSEJO DE COORDINACION •

Vicesecretaria

Extensión y Círculos. Participación.

Relación con la sociedad civil y movimientos sociales.

Estudios y programa.

Empleo. Análisis social y político.

Redes y prensa.

4 Personas asesoras técnicas.

AREAS •

Derechos sociales: educación, sanidad y vivienda.

Financiación y transparencia.

Municipalismo. Estrategia y campañas.

Ecología y medio ambiente.

Mujer e igualdad.

Anticorrupción, justicia y seguridad. Gestión pública.

Juventud.

Formación y cultura.

Deporte.

Economía. Turismo.


CONSEJO CIUDADANO MARBELLA-SAN PEDRO De la composición del CCMPMSP Artículo 4. Composición del CCMPMSP. El CCMPMSP estará compuesto por 17 miembros: a) El/la Secretario/a General será miembro nato del CCMPMSP y presidirá sus reuniones. b) 17 miembros elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana. Artículo 5. En caso de bajas de miembros del CCMPMSP En caso de bajas permanentes por dimisión, motivos de causa mayor o por un proceso revocatorio se procederá a una nueva la elección para cubrir la baja. Artículo 6. Dinámica de sesiones Las sesiones del CCMPMSP serán presididas por el/la Secretario/a General que podrá delegar con carácter puntual o permanente en algún/a miembro del CCMPMSP para las tareas de moderación, seguimiento del orden del día, ordenamiento de los debates, orden de comienzo y recuento de votaciones, asignación y turno de palabra así como levantamiento de actas. De las competencias del CCMPMSP Artículo 5. Son competencias del CCMPMSP las establecidas en el artículo 33 del Documento de principios organizativos además de las siguientes: 1. Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la ACMMSP y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Podemos en el Municipio de Marbella. 2. Convocar a la CCMPMSP tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta, según lo establecido en el apartado “Asambleas Ciudadanas Territoriales”. 3. Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, cualquier Asamblea de nivel territorial inferior. 4. Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin perjuicio de que la ACMMSP pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).


CONSEJO CIUDADANO MARBELLA-SAN PEDRO 5. Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las actividades específicas del Municipio de Marbella para campañas de nivel estatal o territorial. De la convocatoria y las reuniones del CCMPMSP Artículo 6. El CCMPMSP podrá ser convocado en cualquier momento: a) A propuesta del/la Secretario/a General. b) A petición del 25% del CCMPMSP. c) A petición de 10 % de los inscritos en PODEMOS o del 10% de los Círculos validados. En ningún caso podrán transcurrir más de 3 meses entre 2 reuniones plenarias del CCMPMSP. El/la Secretario/a General tendrá la obligación de convocar al CCMPMSP antes de que transcurra ese plazo. La Comisión de Garantías Democráticas velará por el cumplimiento de esta exigencia. El Secretario/a General podrá delegar la formalidad de convocatoria con carácter temporal o permanente en cualquier miembro del CCMPMSP. Artículo 7. Para que el CCMPMSP pueda considerarse reunido y con capacidad decisoria, deberán estar presentes la mitad más uno de sus integrantes, ya se trate de una reunión presencial o telemática. En el acta se recogerá el número de integrantes presentes y la fecha y hora de inicio y de fin de la reunión. En caso de falta de quorum y transcurrida media hora del momento de la convocatoria podrá considerarse constituido en CCMPMSP si están presentes la mitad más uno de los integrantes de elección directa. Las decisiones del CCMPMSP serán de obligada ejecución a partir del día siguiente a su adopción, salvo que expresamente se indique lo contrario. Artículo 8: El orden del día será elaborado por el/la Secretario/a General y comunicado con al menos dos días de antelación a los miembros del CCMPMSP. Deberán ser incluidos puntos a tratar a propuesta de los responsables de área del CCMPMSP. También serán incluidos en el orden del día los puntos propuestos por un 10% de los miembros de elección directa del CCMPMSP o cualquiera de


CONSEJO CIUDADANO MARBELLA-SAN PEDRO las propuestas de los círculos y de los inscritos siguiendo el proceso reglado en el documento organizativo Artículo 9. Cuando un 10% o más de los integrantes de elección directa del CCMPMSP lo solicite, las votaciones serán secretas y por escrito. Las personas encargadas de moderar la reunión serán responsables del recuento de los votos y de la comunicación de los resultados de la votación. Artículo 10. Las decisiones del CCMPMSP se tomarán por mayoría simple salvo en los casos en los que el Documento de principios organizativos de Podemos indica una mayoría distinta. Artículo 11. Si las personas integrantes de las Áreas del Consejo se reúnen en momentos distintos de las reuniones plenarias del CCMPMSP, estas reuniones estarán sometidas a la misma regulación que las reuniones del CCMPMSP en lo relativo a quorum, moderación de los debates, forma de toma de decisiones, posibilidad de voto secreto y levantamiento de actas. Las áreas del CCMPMSP tendrán un responsable encargado de exponer las conclusiones de las mismas al CCMPMSP. Las áreas del CCMPMSP podrán contar para su trabajo con miembros ajenos al CCMPMSP. Del Consejo de coordinación El CCMPMSP nombrará de entre sus integrantes y a propuesta del/la Secretario/a General, un Consejo de Coordinación de entre 6 y 10 personas con una secretaría a su cargo y que asumen las tareas ejecutivas mientras no esté reunido el CCMPMSP.


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ANEXO I

Protocolo aparición en medios

El CCMPMSP velará y cumplira lo establecido en el artículo 16 del Documento de principios organizativos además de las siguientes diposiciones:

a) Hacer constar expresamente la condición en virtud de la cual se ejerce la tarea de portavocía y sin exceder el ámbito concreto de sus competencias. b) Ejercerla, como miembro del CCMPMSP, en sintonía con los principios éticos, políticos y organizativos establecidos entre todos y todas y de un modo coordinado con el Área de Redes y Prensa (ARP).

Así, desde el ARP del CCMPMSP se establece como protocolo para coordinar la aparición en medios: -

Es el ARP y el Secretario/a General del CCMPMSP los responsables de validar la aparición de cualquier persona que vaya a identificarse como Podemos Marbella – San Pedro en los medios de comunicación del ámbito del Municipio de Marbella.

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Es el ARP y el Secretario/a General del CCMPMSP los responsables de validar la aparición de cualquier persona que vaya a identificarse como Podemos Marbella – San Pedro en los medios, sean de ámbito nacional, regional o provincial, que vayan a hablar sobre temas de especial sensibilidad que son competencia del CCMPMSP: economía, articulación territorial, etc. Para coordinar estas apariciones, aquellas personas que hayan sido

invitadas a participar en un medio tendrán que dirigirse al Consejero del ARP o al Secretarío/a General, así como también está disponible el correo electrónico redesyprensa@podemosmarbella.com


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