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Suprema Corte tiene congelado el Plan B

Así se mantiene la suspensión que otorgó el ministro Pérez Dayán para que el proyecto de AMLO no aplique en las elecciones del próximo 4 de junio en el Estado de México y Coahuila

PORTAVOZ/AGENCIAS

Nuevo revés al Plan B en la Corte. Los ministros de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazaron el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, donde planteaba en el recurso de reclamación interpuesto por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República revocar la suspensión de la primera parte del Plan B de la reforma electoral y que impide su aplicación en el Estado de México y Coahuila.

Con la mayoría de votos en contra de la propuesta de la ministra Ortiz, el proyecto este será retornado al ministro, Javier Laynez Potisek, con la finalidad de que se vote con el criterio de la mayoría en una próxima sesión. ce el derecho a la igualdad y prohíbe cualquier forma de discriminación, y porque algunos estados ya cuentan con determinaciones e incluso criterios jurisdiccionales que permiten garantizar este derecho (a contraer matrimonio) a las autoridades de los registros civiles correspondientes, sin el que padecer una enfermedad de este tipo sea impedimento para obstaculizar el acceso, goce y ejercicio de otros derechos fundamentales.

Los ministros Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez votaron en contra de la propuesta, con esto se mantiene la suspensión que otorgó el ministro Alberto Pérez Dayán para que el Plan B no aplique en las elecciones del próximo 4 de junio en el Estado de México y Coahuila.

El “Plan B” de reforma electoral propuesto por el presidente Andrés Manuel López Obrador plantea la reestructuración del Instituto Nacional Electoral (INE), lo que implica la liquidación de trabajadores especializados en materia electoral y la remoción anticipada del secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina.

Precisó que al resolver el amparo directo en revisión 670/2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estableció que la decisión de unirse en matrimonio o concubinato con una persona que padece una enfermedad crónica o incurable que sea contagiosa o hereditaria, solo le corresponde a quien puede sufrir ese riesgo, por lo que cualquier impedimento absoluto es injustificado.

Este y otros detalles se detectan en la revisión de la reforma a leyes secundarias, la cual incluye un recorte al INE, mismo que podría cristalizarse tras la reorganización de estructuras del órgano electoral y que este jueves al ser publicada la segunda parte del “Plan B” en el el Diario Oficial de la Federación (DOF), ya comenzó a tener efectos con el cese inmediato del que fuera su secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina.

¿QUÉ CONTIENE EL PLAN B DE LA REFORMA ELECTORAL DE AMLO?

Entre los cambios esperados estaban lo concerniente al INE, en este caso, la nueva iniciativa no modifica las facultades del INE para integrar el padrón y la lista nominal de electores; aunque sí plantea cambios a los procesos de organización electoral y cambiar las fechas de inicio del proceso electoral federal por lo que, de entrar en vigor para 2024, la elección comenzaría la tercera semana de noviembre de 2023.

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