Edición 1756

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Años

Circulando por Fontibón y el DC Registro ISSN 2216-121X

Desde el próximo 28 de noviembre ciudadanos deberán pagar si se portan mal con el medio ambiente. Habrá multa individual si realiza alguna de las siguientes 20 conductas: Presentar para la recolección los residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos sólidos, de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos. Disponer residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por autoridad competente. Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público o en sitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras estructuras de servicios públicos, entre otros. Arrojar escombros o residuos sólidos a humedales, páramos, fuentes de agua y bosques, entre otros ecosistemas. Destapar y extraer, parcial o totalmente, sin autorización alguna, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección, en infracción a las normas sobre recuperación y aprovechamiento vigentes. Romper, rasgar, quemar o de cualquier otra manera dañar o destruir las bolsas y recipientes en que los residuos sólidos hayan sido almacenados o depositados para ser objeto de recolección, o abrirlos sin volverlos a cerrar debidamente, o extraer de ellos los residuos y dejar el lugar en que se produzca la extracción en un estado de aseo peor a aquél en que se encontraba. Presentar para la recolección dentro de los residuos domésticos animales muertos o sus partes, diferentes a los residuos de alimentos, en desconocimiento de las normas sobre recolección de animales muertos de conformidad con las normas vigentes. Dificultar la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros. Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas. Realizar quema de residuos sólidos y/o escombros sin los controles y autorizaciones establecidos por la normatividad vigente. Instalar cajas de almacenamiento, unidades de almacenamiento, canastillas o cestas de almacenamiento, sin el lleno de los requisitos establecidos por las normas vigentes sobre la materia. Hacer limpieza de cualquier objeto en vías públicas, causando acumulación o esparcimiento de residuos sólidos o dejar esparcidos en el espacio público los residuos presentados por los usuarios para la recolección. Permitir la deposición de heces fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados, sin la recolección debida. No administrar con orden, limpieza e higiene los sitios donde se clasifican, comercializan y reciclan residuos sólidos. Disponer desechos industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados por autoridad competente. No recoger los residuos sólidos o escombros en los horarios establecidos por la empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada, conforme a las normas vigentes. No disponer separadamente para su recolección, los residuos reciclables de los no reciclables. Arrojar los escombros en sitios diferentes a los autorizados por la normatividad vigente. Arrojar basuras desde un vehículo automotor o de tracción humana o animal en movimiento o estático a las vías públicas, parques o áreas públicas. Las multas Quien sea sorprendido cometiendo una infracción contra el ambiente en el espacio público se hará acreedor a una sanción de 5, 10 ó 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, de acuerdo con la gravedad de la infracción; es decir $102.666, $205.333 o $307.999. 15 salarios ($307.999): desorden o ausencia de higiene en las bodegas. 10 salarios ($205.333): botar escombros y elementos voluminosos en espacio público; depositar animales domésticos muertos; no recoger las heces de las mascotas; y la incorrecta disposición de desechos industriales. 5 salarios ($102.666):sacar los residuos en días y horarios no establecidos; no hacer uso debido de las cestas públicas; destapar las bolsas de basura para recuperación o aprovechamiento; hacer limpieza de objetos que generen residuos en espacio público; dificultar la actividad de barrido y recolección; y no separar en la fuente.


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