© Revolución socialista contra el tsunami de basura - 2010 © Fernando Barrett - 2010 eljejen2010@gmail.com 0416 8394880 Diagramación: Oralia Hernández Depósito Legal e ISBN: en trámite
INTRODUCCIÓN Este es un intento de presentar una tesis del tratamiento revolucionario, socialista del problema de la basura urbana en Caracas, y por extensión en todas las ciudades importantes de Venezuela, insistiendo en la minimización del volumen como primera prioridad, seguida de una política nacional de reciclaje. La necesidad de elaborar dicha tesis surgió a lo largo de un trabajo de corresponsalía popular en un colectivo ocupado y preocupado por los problemas habituales de los servicios públicos, y por cotejar la realidad de dichos servicios con las pretensiones de una ciudad socialista. La tesis ha sido la guía para recoger los distintos materiales que se presentan como datos útiles, tanto de las publicaciones del periódico “Negro Primero” como de notas de la popularísima publicación digital “Aporrea”, amén de otra página de indiscutible valor como es “Rebelión”. Ambas páginas son un abanico de posibilidades de obtener información y opinión confiables. No así los periódicos “capitalistas”, a los cuales se accedió para cotejar verdades y mentiras, y sobre todo porque contamos con el sentido de su influencia en su público lector. También, como boceto de un Observatorio Internacional, se insertan varios materiales que muestran, aun sin tanta precisión, cómo van las cosas en algunos países importantes para nosotros. Dado que el origen de los materiales es muy diverso, el talante, el humor o el estilo de todos ellos son también diversos. Como acudimos a experiencias de distintos países, la terminología requiere a veces alguna que otra “traducción”, que se irán insertando a lo largo del texto. Nadie sabe cuál será el camino ni el destino final de esta tesis. Tampoco si la intención de su creación, que es la de servir a la revolución se realizará. Eso está más allá del trabajo de preparación de estos textos. Pero, eso sí, con humildad y con firmeza, cumplimos con lo que la conciencia revolucionaria nos manda. 5
I LA BASURA URBANA EN VENEZUELA 1.
NUESTRO SERVICIO DE ASEO URBANO
Conozco nuestra ciudad capital desde 1960. Visualmente, para el común de las gentes, el aseo urbano es el mismo desde aquellos tiempos en que Rómulo Betancourt llevaba la batuta del puntofijismo. Los pocos cambios pueden contarse con los dedos de una mano: el Instituto Municipal de Aseo Urbano (IMAU), que al igual que el Instituto Municipal de Transporte Colectivo (IMTC) pronto desaparecieron junto a la chatarra de sus equipos estacionados en terrenos baldíos de los alrededores de la ciudad, procesos que como la muerte de muchas otras instituciones oficiales, fueron por el camino de las privatizaciones. Otro cambio consistió en que el tamaño de la ciudad permitía que los camiones recolectores descargaran directamente en los botaderos cercanos. Muchos caraqueños deben recordar cuando los incendios en el botadero de Mariche enviaban su aire contaminado a la ciudad, gracias a la eterna brisa del este. También en el noroeste y en el suroeste existieron botaderos, que luego fueron urbanizados. Agotadas las capacidades de los botaderos cercanos, y ya por efecto del crecimiento de la ciudad, se organizaron los actuales rellenos sanitarios pensados con criterios científicos conservacionistas, ubicados a mucha distancia de las zonas centrales de la ciudad. Esto obligó a la creación de estaciones de transferencia, que es hasta donde llegan los recolectores, y desde las cuales, luego de compactada la basura, se la transporta en camiones de gran capacidad de carga, hasta el relleno sanitario. Esto es otro de los pocos cambios. En lo funcional, todo lo malo que se dice del servicio de aseo urbano, aparte de ser generalmente la pura verdad, es lo mismo que siempre se dijo. 7
También los discursos de los responsables del funcionamiento del aseo urbano, son los mismos de siempre. Y, lo más importante, el servicio siempre estuvo por debajo de las exigencias de la ciudad. 2 .
LAS IDEAS VIGENTES
La concepción central, invariable en las últimas décadas, es que el servicio de aseo urbano consiste en el manejo de los desechos sólidos, manejo que comprende la recolección, la recepción en las plantas de transferencia, la compactación, y el transporte hasta los rellenos sanitarios, donde se realiza su disposición final. El modo exclusivo de llevar a cabo esa tarea, es la entrega de cada etapa a empresas privadas (capitalistas). Desde otra mirada, la basura esta ahí, nuestro trabajo es hacerla desaparecer. No interesan los porqués. No interesa el tiempo, ni el espacio, ni proceso alguno. No se mencionan las personas, las empresas, los negocios, implicados todos en el hecho de existencia de la basura urbana. La única mención a personas o grupos que se hace es cuando se dice, repetitivamente, que los ciudadanos, las familias son las que generan basura. Como toda media verdad, esta esconde una mentira completa. Otra idea, muy machacada en los videos educativos sobre la conducta humana en relación a cómo deshacerse de la cajita de chicle: buscar la papelera que (en el video) siempre está por ahí. 3.
LAS IDEAS INSURGENTES
Contrario a la concepción estática sobre el aseo urbano, y por un impulso natural de reacción ante el dilema de tratar de resolver un mismo problema con las mismas políticas, los mismos métodos, las mismas herramientas, durante tanto tiempo, surgen en la actualidad innumerables ideas y planteamientos.
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No se puede negar que los diez años de gobierno bolivariano constituyen como una interrogante sobre el tiempo de solución de los problemas sociales. En aseo urbano, se sigue haciendo lo mismo que en cuarenta años de cuarta república, y de ñapa todo el tiempo anterior. Más aún, la basura no es una cosa per se, es un final y/o el comienzo de un proceso. De allí que se intente romper el círculo vicioso basura-recolección-más basura-más recolección. El camino parece empezar con muchas interrogantes. El principal motivo de interrogantes es la cantidad de basura urbana, que siempre aumenta. Las otras preguntas giran sobre los componentes y sus orígenes. Es decir, se pide desmenuzar lo que se llama en la rutina municipal, la generación de la basura urbana. En Europa, Asia, Australia aún la sociedad lucha contra la práctica oficial de la incineración. En América Latina, en general, esta política contaminante ha sido derrotada. Nos queda la práctica del enterramiento, que en Venezuela superó su etapa brutal, también contaminante, y hoy se realiza en los elaborados rellenos sanitarios, en los cuales está prevista la acción de los lixiviados sobre el terreno y sus aguas relacionadas, los gases combustibles, y la acción de la lluvia. Lo no previsto en el relleno La Bonanza, es el control de incendios, que (marzo de 2010) anula tantas precauciones y lanza a los vientos el carbón, las cenizas, las dioxinas. Talvez el hidroavión ruso que en estos días hace exhibiciones, constituya el arma final contra los incendios forestales, que incluye el de los rellenos. Todo parece funcionar. Pero NO. El juicio final de todos los enterramientos o rellenos, está marcado por el crecimiento incontrolable del volumen de basura urbana, que llevará al colapso de toda capacidad de su manejo. La dirección principal de la acción es, por lo tanto minimizar la generación de la basura urbana.
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4.
LOS GRANDES NEGOCIOS DE LA BASURA
Minimizar la generación, es minimizar el manejo, es minimizar el tamaño de la burocracia y el gasto público, extender la vida útil de los rellenos, facilitar la vida sana de la ciudad, pero… Minimizar la generación de basura urbana, es minimizar los beneficios de las empresas capitalistas que lucran con la maximización continua del volumen de basura urbana. Las empresas privadas recolectoras, las que suministran los camiones especiales, los equipos, las compactadoras de alta potencia, los contenedores que se instalan en las calles, las empresas que operan los rellenos, las que suministran productos y equipos especiales para ellos. Esta es una banda de las empresas capitalistas que toman posición en el tema, por su propia naturaleza. ¿Qué contrapartida presentamos los socialistas? Ninguna, salvo la minimización. La otra banda de las empresas capitalistas que lucran con el crecimiento continuo de la basura urbana son las fabricantes, importadoras o distribuidoras de los productos de consumo masivo que se venden contenidos en envases desechables, sean envoltorios, cajas, potes, botellas, bultos o bolsas. El volumen de la basura urbana crece, porque dichas empresas, por su propia naturaleza, actúan siempre para que sus ventas, sus beneficios crezcan. Guiados por ese propósito han creado ramas especializadas de la ingeniería para aumentar su producción y a la vez disminuir sus costos. Así han implantado en la vida de las ciudades, en la mentalidad de la mayoría de los ciudadanos de las sociedades consumistas, la aparente paradoja de ahorrar en costos, botando a la basura parte de su producción: los envases.
“Es cómodo: disfrútalo y botas el envase”.
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Lo que no te dice es que ya te cobró el envase junto con el contenido El clásico envase reusable, que debe ser retornado a la planta de envasado tiene ese costo, el de volver a la planta donde debe ser sometido a lavado, desinfección y reetiquetado, para su siguiente utilización. En cambio, bajo el poder de la publicidad, el consumidor acepta ser el responsable de cargarle al servicio de aseo urbano la responsabilidad de la disposición final del envase vacío. Los camiones y el personal de las envasadoras quedan libres del transporte de retorno. En resumen, las empresas descargan sobre el presupuesto de la ciudad el costo de retorno de sus envases gracias a la colaboración del público consumidor. Y las autoridades de la ciudad hacen la vista gorda ante el crecimiento del flujo de basura urbana. No es su trabajo impedirlo, según las ideas vigentes. Pero sí es el trabajo de los insurgentes, empeñados en la minimización del volumen de la basura urbana. Y está claro que la reutilización es parte integrante de la minimización. 5.
LA INCINERACIÓN AÚN SE PRACTICA
En muchas regiones del mundo, gran parte de Europa, increíble, las autoridades municipales, los ciudadanos organizados practican como solución única o genial, la incineración. Los funcionarios consideran mágico el fuego, que los libera de la odiosa basura, dejando sólo unos restos humeantes, visiblemente inofensivos y reducidos. Claro, todo lo maligno se fue por el aire, pero ese aire que respiramos los humanos, lo respiran los animales y las plantas, y se va a nuestra atmósfera. Este tema parece innecesario tratarlo aquí, ya que dijimos que esa práctica fue desechada en nuestro país. Pero: basándose en lo dañino de la incineración de basura, más la urgencia mental de los funcionarios de deshacerse de la basura sin afectar, en lo posible el presupuesto de sus ciudades, un poderoso grupo transnacional ha construido un sistema de privatización del servicio de aseo urbano, bajo el nombre de “basura cero”. 11
Lo cierto es que basándose en estas realidades y con un poderoso lobby global, la transnacional ha logrado que ciudades, provincias y hasta estados soberanos, le entreguen el servicio de aseo urbano, legislando para ello según las pautas de la empresa. El poder de la transnacional “basura cero” se basa fundamentalmente en el terror a las obligaciones, al presupuesto y al desprestigio, cosas inevitables en la mente de los burócratas que se enfrentan a la tarea del aseo urbano. Así, la burocracia legisla, entregando el manejo de la basura urbana a la empresa, que junto a las instituciones educan a los ciudadanos para que entreguen su basura clasificada a la empresa, y además le paguen por llevársela Esa clasificación en origen, representa el 50 % del costo del proceso general de reciclaje. El otro 50 % es lo que paga cada ciudadano por la recolección, de modo que la venta de los componentes clasificados es ganancia pura para la empresa del grupo “Basura cero”.
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II EL RECICLAJE 1.
PLANTEAMIENTOS SUBJETIVOS
El más importante concepto erróneo sobre el reciclaje es que practicándolo se reduce el volumen de la basura urbana. La realidad es que sólo se cambia el curso del manejo, al cual se le agrega la planta de clasificación y las plantas de proceso de cada material separado. Hay muchas ideas que parecen insurgentes pero la realidad las ha derrotado, como: 1. El reciclaje resuelve el problema de la basura 2. Los materiales obtenidos por reciclaje resultan gratuitos 3 . La separación doméstica de los componentes, es el inicio del reciclaje 4. El reciclaje crea puestos de trabajo 5. El reciclaje ahorra energía 6. Basura es dinero 7. El ciudadano, la familia son los productores de basura 8. El problema de la basura se resuelve con educación del ciudadano 9. En vez de rellenos sanitarios deben construirse plantas de reciclaje 10. El aseo urbano se resuelve con mejor gerencia 11. Los contenedores deben ser subterráneos 12. Los envases desechables son imprescindibles 13. Si educamos a los niños, mañana no habrá problema de la basura 14. Los envases livianos ahorran energía 15. Lo desechable da más calidad de vida al ciudadano 16. Lo más saludable son las bolsas plásticas
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17. El plástico es ecológico porque ahorra papel, que son bosques 18. Cocinar con leña ahorra combustibles 19. Las comunidades pueden resolver el problema de la basura 20. En los barcos transatlánticos, no hay problema: se bota al mar 21. Las pilas son desechables Lo que disminuye parcialmente el volumen de la basura que va a los rellenos es la reutilización de los envases que actualmente se desechan. Una planta de reciclado no sustituye al relleno sanitario. Además, debe quedar claro que la planta básica es la de clasificación, y debe complementarse con las plantas de proceso de los materiales clasificados. Y después de todo el proceso, siempre quedará un volumen que debe ir al relleno. La propaganda pro-reciclaje sugiere que en la vivienda, la gente separe los distintos componentes de la basura. Eso es trabajo no pagado, con el cual no se puede contar firmemente. Después de la separación en casa, seguiría la deposición separada en los contenedores separados, para ser llevados a las plantas de reciclaje por camiones separados. ¡Cuánta inversión a ciegas! Un proceso similar es el realizado en los casos controlados por el consorcio “Basura Cero”, es decir casos de explotación del aseo urbano por empresas privadas, por concesión legal. 2.
INVERSIONES IRRACIONALES
Para reciclar hay que invertir en instalaciones y equipos apropiados. El reciclaje consume energía, necesita transporte, mano de obra y, sobre todo una planificación previa minuciosa. Necesariamente debe constar de la planta de clasificación y de las plantas procesadoras de los materiales clasificados, más la disposición final de los materiales desechados. 14
Para determinar el tamaño de la inversión y el tamaño de cada una de las partes, se debe realizar un estudio preciso de los volúmenes y componentes de la basura del área a la cual va a servir, y el relleno sanitario al cual se relacionará geográficamente. No es menos importante determinar la utilidad comercial de los componentes resultantes de la clasificación. Donde se invirtió sin planificar, quedan los esqueletos en deterioro, el descontento de la gente y el desprestigio de los líderes sociales o políticos promotores. Es importante para los promotores potenciales, saber que no hay gente experta o con experiencias aunque fueran parciales en el tema. El capitalismo y sus universidades no son amigos de esta actividad. El reciclaje, así como todas las ideas insurgentes en el campo del aseo urbano, no se enseñan, no se mencionan en el mundo universitario capitalista. También es valioso, para los eventuales promotores de actividades de reciclaje, realizar una exhaustiva labor de recopilación de experiencias locales sobre los intentos de desarrollar procesos de reciclaje. Es importante para los interesados en el tema de la basura urbana tomar muy en serio todo esto, porque la más frecuente idea asociada al tema, como primera idea insurgente, es el reciclaje. 3
ACTIVIDADES MARGINALES
El otro mito es que cualquier basura es reciclable, por lo tanto toda la basura es reciclable. Amarga verdad: de todo cuanto se ha dicho en el mundo, se saca en limpio que el máximo logrado entre todas las experiencias es el 14 %. También marea a los emprendedores del reciclaje la observación de algunos casos especiales, por el ejemplo el aluminio, del cual se recicla casi la totalidad. El aluminio usado es fácil de ubicar, es liviano, tiene un precio que rinde, hay muchos compradores. Resulta que todo proceso de almacenamiento, separación, compactación, transporte y transformación final de los materiales tiene un 15
costo, generalmente insospechado para los entusiastas. Equipos, transporte, locales son inversiones importantes. Y los puestos de trabajo creados son de baja calificación. Analfabetas, gente pobre y deprimida que no sueña mejorar su calidad de vida, madres solteras con más de un hijo, jubilados poco exigentes con el sueldo, etc. Gente, en fin con el mismo status de los “zamuros” del botadero. Aparte de eso, cosa que nadie menciona, estos puestos de trabajo son de alto riesgo sanitario. Las leyes dirán en cada caso cuál es la carga social que esto implica. Se dan buenos resultados en situaciones especiales con la recolección y proceso siguiente de un material en particular, como el vidrio. La gente junta vidrio, el resto de la basura sigue su curso clásico. Ver caso del Estado Vargas. La prensa y las instituciones difunden frecuentemente ejemplos de actividad de reciclaje como niños de una escuela reciclando papel, o un grupo de contenedores para disponer separados los componentes de la basura. Son sencillamente actividades docentes, sugestivas, que no representan nada concreto realizable en escala útil. En artes gráficas hay empresas que compran las planchas litográficas usadas que son de aluminio. También las que compran los negativos y el revelador saturado, de los cuales obtienen plata. En la industria existen buenas posibilidades de obtener residuos ya separados, en cantidades considerables, lo que hace rentable reciclarlos. No confundir residuos con desechos… Se ha hecho muy popular el “reciclaje” de los tinteros de las impresoras, que en realidad es una reutilización de ellos, un rellenado, en proceso equivalente a reusar las botellas. Estas y algunas más, son formas de reciclaje que han resultado exitosas, por su sencillez de manejo y por ser una alternativa a los altos precios de las tintas en los equipos de impresión para computadoras.
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Se ha presentado un proyecto de reciclado en gran escala de los cauchos usados, con importantes aplicaciones industriales. Dado el tamaño de las flota de vehículos automotores en Venezuela el proyecto es prometedor. También se pueden enumerar las obras de artesanos en las que se utilizan objetos reciclados. Pero eso es arte y artesanía, no aseo urbano. 4
BASURA CERO, TRANSNACIONAL CAPITALISTA
En la nota de GARA, captada de Rebelión, tenemos una larga y finísima propaganda del grupo “Basura Cero”. Este es un consorcio de dimensiones globales que arma el timo en cada ciudad, para obtener la legislación gracias a la cual se privatiza el manejo de la basura urbana. La legislación se logra agitando lo negativo de la incineración y cualquier otro aspecto maligno del manejo de la basura urbana. Dicha legislación prácticamente le entrega el servicio de aseo urbano a una empresa privada, y a la vez le entrega a los ciudadanos, que quedan obligados a pagarle la recolección “puerta a puerta”, en las condiciones que la empresa disponga, que consiste principalmente en entregar la basura ya clasificada, es decir con componentes separados, en cestas separadas. Con todo descaro, el documento declara que “la ciudad no paga nada”, que quiere decir que los burócratas no comprometen su responsabilidad sobre el presupuesto de la ciudad. Pero cada ciudadano sí paga, aunque no a las autoridades sino a la empresa privada protegida por la Ley. El poder de la transnacional “basura cero” se basa fundamentalmente en el terror a las obligaciones, al presupuesto y al desprestigio, cosas inevitables en la mente de los burócratas que se enfrentan a la tarea del aseo urbano. Así, la burocracia legisla, entregando el manejo de la basura urbana a la empresa, que junto a las instituciones educan a los ciudadanos para que entreguen su basura clasificada a la empresa, y además le paguen por llevársela
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Esa clasificación en origen, representa el 50 % del costo del proceso general de reciclaje. El otro 50 % es lo que paga cada ciudadano por la recolección, de modo que la venta de los componentes clasificados es ganancia pura para la empresa del grupo “Basura cero”, que nunca es mencionada en la propaganda ni en artículos de la prensa. Algunos portadores de ideas insurgentes, hablan de la clasificación en casa con las mejores intenciones, sin siquiera conocer la existencia de esta mafia transnacional.
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III LA NECESARIA REVOLUCIÓN 1.
LOS DESECHABLES, 55 % DE LA BASURA URBANA
Aquí entramos al contenido fundamental de esta tesis: Nadie en sano juicio puede imaginar siquiera que la basura urbana sea eliminada mágicamente, pero tenemos en las manos (las manos del poder socialista) cómo disminuir a la mitad el volumen actual de nuestra basura urbana. Es un paso de gigantes en dirección a la minimización, tenuemente sugerida en la legislación vigente. Sencillamente, hay que impedir que la montaña de envases y objetos desechables entren al flujo de la basura urbana. Los envases recuperan su valor propio, que siempre tuvieron hasta la aparición de la locura de los desechables, se utilizan repetidamente, viajan llenos de la planta industrial al vendedor detallista o al consumidor, y vuelven vacíos a la planta para su siguiente uso. Ver la nota “Ciudad Socialista”. 2.
DECISIÓN DE LEGISLAR
Está claro que parte del proceso revolucionario se dirime en la legislación. Pues ella responde sencillamente a la necesidad pública, y en este caso sobran los argumentos, la necesidad de la minimización de la basura urbana es clara y evidente. A las empresas no se les quitará lo que siempre tuvieron, sino el exceso de beneficios obtenidos por la deformación consumista de la sociedad, lograda con la inmersión total en la publicidad. Y se les sancionará por el abuso cometido contra el servicio público del aseo urbano. Las disposiciones de la “Ley sobre la fabricación, utilización y comercialización de envases y objetos desechables” deben estar desti19
nadas a prohibir, limitar o condicionar todo lo referente a los desechables. El lanzamiento de cualquier desechable debe ser tramitado ante la correspondiente dependencia del Estado. Esto es necesario porque hay desechables imprescindibles como los insumos médicos, que serían permitidos. Esta Ley pasará a ser conocida como la “ley de minimización de la basura urbana” El personal del servicio de aseo urbano, una vez disminuidas las exigencias de los tsunamis de basura, podrán pasar a ejercer, junto a las comunidades, funciones de contraloría ambiental y fiscalización del comportamiento de las empresas. Algunas ideas insurgentes recalcan la parte que los hábitos de consumo cumplen en el exceso de basura urbana, pero debe quedar claro que ese hábito de los envases desechables lo crearon las empresas de productos de consumo masivo, con un enorme poder mediático: la tv, la radio, las vallas, la prensa, todas dirigidas por técnicos de alta capacidad para el manejo mental del público. Como se dice en uno de los artículos incluidos en la documentación de esta tesis: no podemos seguir pellizcándole la cola a la culebra, hay que darle por la cabeza. No puede ser que con años y años de revolución socialista, sigamos engordando a las empresas capitalistas de capital extranjero que abusan de nuestros recursos nacionales embasurándonos. Las empresas recolectoras han mostrado la fibra escuálida más de una vez: en pleno tsunami de basura en un fin de año, cuando había un evento electoral cercano, pararon la recolección. Una extorsión a la alcaldía. Claro que lograron su objetivo, obteniendo lo que exigían. Además, es conocida la técnica de estas empresas: incumplen alguna parte contractual con sus trabajadores y estos van a la huelga. Técnicas mafiosas importadas de Estados Unidos Es tiempo de revisar todos esos contratos porque la ciudad toda no puede estar a merced de empresarios mafiosos.
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3.
LOS COSTOS INDUSTRIALES, QUIÉN LOS PAGA
En párrafos anteriores se hacía una lista de los enemigos de la minimización. Los dos sectores de empresas capitalistas que verían disminuidas sus ganancias: las relacionadas con los negocios de aseo urbano, y los beneficiarios del uso de los desechables, que han trasladado sus costos a la cuenta de los municipios, alcaldías, gobernaciones y ministerios, quienes son los que siempre tendrán que afrontar los gastos para garantizarle a los ciudadanos una vida sana. Es una verdad indiscutible que una parte de la basura urbana puede calificarse de doméstica (de donde viene la denominación de aseo urbano domiciliario), pero de allí a que se establezca como lugar común que la familia, el ciudadano generan esa basura, así a secas, no es sino un reflejo de que los funcionarios y concejales también están mentalmente condicionados por la propaganda consumista impuesta por la Polar, la Cocacola, la Brahnma, la Pepsicola, Pampero, Santa Teresa y todos los demás grandes poderes del consumo masivo. La idea insurgente, socialista, conservacionista, ambientalista es: el que fabricó, creó y lanzó al mercado un envase de producto de consumo masivo, es responsable por él, por su uso correcto, hasta su final. Es lo mismo que una planta industrial, digamos de cemento, monta su proceso de producción, y sus desechos contaminantes los lanza obligada necesariamente, al aire que es de todos: personas, animales, plantas y la atmósfera de esta nuestra querida y única nave espacial. Las sociedades han asumido las ideas insurgentes, y los responsables de esas plantas industriales son responsables por los efectos contaminantes de su actividad industrial y comercial. ¿Por qué van a seguir impunes los empresarios que lanzan sus millones de desechables al flujo de nuestra basura urbana, sin contribuir en lo mínimo a enfrentar el problema? El año pasado, en México surgió la información: el polietileno Tarda, 1.000 o más años según las condiciones en dejar de contaminar. Y reciclar una tonelada del mismo producto cuesta 4.000 dólares. El polipropileno es peor. Y a las pocas veces que pasan por el proceso 21
de reciclado, pierden las propiedades por las cuales se utilizan, es decir, de todos modos hay que enterrarlos. 4 .
LA EXPERIENCIA INTERNACIONAL
Cuando la guerra de Las Malvinas, referencia temporal, pasé unos días en casa de un familiar en Ginebra. Como al segundo día, me dijo el familiar que lo acompañara al abasto. En el camino, a pesar de distraerme mirando la ciudad desconocida para mí, noté que él llevaba un bolso cargado con algo, pero no me ocupé del tema, y seguí observando las calles, las casas, la gente. Cuando llegamos al abasto, me llamó la atención la fila de perros de raza de aspecto muy aseado que estaban amarrados a través de sus cadenas a unos ganchos colocados a propósito a lo largo de la pared del negocio. Al liberarme de esa tonta distracción, observé que el compañero estaba distribuyendo los envases y otros objetos desechados, desde su bolso a unas ventanas ovaladas de un trailer o remolque de aspecto muy higiénico, totalmente construido en acero inoxidable. Evidentemente, el remolque estaba ubicado allí intencionalmente. Abreviando, ya en esa época, una ciudad europea contaba con un sistema amigable de captación de productos reciclables separados según un criterio preestablecido, gracias a un acuerdo de cooperación entre la ciudad, los industriales, la asociación de comerciantes detallistas y los ciudadanos. Sería una ilusión, en América Latina, creer que las “colas” gringas, las cerveceras y otras empresas alcoholizantes, acordaran con los portugueses de los abastos y panaderías y las alcaldías constituir y financiar un sistema similar al descrito. Por estos lares, que “no son suizos”, la cosa se resolverá con métodos más expeditos. Toda idea diferente, está condenada al fracaso. Tenemos, sin embargo, en el artículo “Ciudad Socialista” una visión compacta de la solución a los principales problemas del aseo urbano en MONTEVIDEO. Alguna vez alguien calificó al Uruguay como 22
la suiza de América. Dan ganas de ir allá a ver de cerca, sin versiones subjetivas, esa experiencia. Ya se describió sucintamente la acción del consorcio global “basura cero”, la experiencia más descriptiva de lo que puede llegar a ser la privatización del servicio de aseo urbano. Ese consorcio actúa en San Francisco y numerosas ciudades de Estados Unidos, en Australia y está penetrando en algunas ciudades europeas. El balance de la acción de dicho consorcio se reduce a eso: explotación del servicio de aseo urbano fuera del control del estado. En ninguna de las ciudades en que actúa se ha reducido el volumen de la basura urbana, sino que todo lo contrario, sigue aumentando. Claro, el negocio de la empresa es el dinero que le rinde el reciclaje de la basura que recibe ya clasificada, y además cobra por llevársela. Es pues evidente que no le interesa la reducción del volumen de la basura, puesto que ganaría menos. La basura se reduce a cero, pero sólo para las ocupaciones de los funcionarios públicos, los burócratas. Lo mismo que en cualquier parte, desechan basura que va a los rellenos. Los burócratas, felices. Claro, parte de sus tareas la hacen los ciudadanos, que a la vez pagan a la empresa concesionaria la tarea de recolección.
Matemáticamente idéntico a todo proceso de privatización.
5.
AMÉRICA LATINA, DEPRIMENTE
En el resto de América Latina las prácticas actuales en relación al servicio de aseo urbano son mayoritariamente deprimentes. En el artículo sobre basura cero publicado por GARA, se miente descaradamente sobre la situación del aseo urbano en BUENOS AIRES. Insertamos notas de prensa que nos muestran parte de la realidad. Nada que ver… Tenemos notas sobre MÉXICO. Una sobre la lucha legal por eliminar las bolsas de plástico, otra que entra en lo más denso del tema de la ciudad capital. Se sabe que la ciudad genera unas 12.000 toneladas, pero no hay una institución responsable del Aseo Urbano. 23
Nadie cobra por el servicio, que es totalmente anárquico. Hay un súper botadero, llamado Bordo Poniente, pero no todos los camiones van a descargar en él. Gran cantidad de camioneros venden su carga a grupos de recicladores libres, que buscan terrenos baldíos donde operar, hasta que aparezcan dueños o responsables que los desalojen. En ASUNCIÓN, por una nota de una ONG pro-japonesa vemos que el tema está descuidado, anárquico, con una carencia de ideas ambientalistas que da dolor. En BRASIL, la nota es que van por su segundo año de reducción de las bolsas de plástico, y allí se habla en miles de millones… 6.
NUESTRA ÚNICA NAVE ESPACIAL
En cuanto a la conducta global en relación a la basura, debemos recordar que tenemos situaciones monstruosas creadas en espacios sobre los que no hay un control de ningún Estado: los océanos. Existe algo que ya se llama Séptimo Continente, en el norte del Pacífico. Son dos islas, una mucho más grande que la otra. Su tamaño, sumadas las dos, equivale a varias veces la superficie de Venezuela, según algunos, otros afirman que el total representa la superficie de de la Península Ibérica. Está constituido por basura, basura flotante, principalmente plástico como botellas, telas, cuerdas, redes de pesca. Al parecer, toda esa basura fue botada al mar desde distintos barcos, aparte de que grandes cantidades entran al mar por el curso de los ríos, y se ha reunido por acción de las corrientes marinas y los vientos. Los ambientalistas marinos viven denunciando que los plásticos causan la muerte a numerosos animales marinos. Tenemos acciones insurgentes en relación al tema de la contaminación de los mares, referidas en la nota “Mensaje en 12.000 botellas”, El catamarán “Plastiki” ha partido de San Francisco con destino a Australia, con una tripulación de 5 insurgentes… En los niveles locales, el tratamiento que se de a la basura urbana y también a la basura industrial, cosas ambas manejadas en conjunto 24
en algunos centros de incineración en España, también pasa a afectar a la atmósfera terrestre. El mal manejo local, afecta indefectiblemente a toda la región y al mundo. Aquí mismo, a causa del último incendio de La Bonanza cerraron once escuelas por varios días. Los gases de desecho de la industria inglesa, a lo largo de años de descontrol han destruido vida en dos mil lagos de la península escandinava, gracias al curso de la “lluvia ácida”. Estados Unidos ha contaminado casi todos sus ríos, y compra agua limpia al Canadá. Ni qué decir de la contaminación petrolera de los mares. Los dueños del Exxon Valdez aún no han pagado las multas, y su petróleo derramado al mar sigue matando peces y otros animales marinos. Los pescadores damnificados siguen esperando una compensación. Y lo actual, el peor desastre ambiental según el propio Presidente Obama, reventón de la plataforma de British Petroleum en el Golfo de México, que mientras se elabora este libro va afectando el Sur de Estados Unidos, las costas de México, talvez a Cuba, y el consecuente exterminio de los seres marinos… Aquí mismo, los famosos botaderos de Caracas siguen soltando por arriba los gases de la descomposición de elementos contenidos en la basura enterrada, y lo que no se ve ni se incendia, los lixiviados, están envenenando la tierra y las aguas subterráneas. Los ríos que reciben esas aguas, por cientos de años, estarán llevando veneno para las futuras generaciones. ¿Quién, si alguna vez sucediera, asumiría la responsabilidad de la contaminación consciente de las aguas de Haití, la única isla en el mundo que no pesca ni come pescado? Estos son algunos detalles que demuestran que la responsabilidad ambiental debe imponerse a todos, ciudades, países, empresas, personas. Hasta la actividad más inocente, mal manejada puede producir efectos dañinos a la gente, a los animales, a las plantas. Hay infinidad de ejemplos: el aserrín que suelta una carpintería, el humo de los motores diesel sin mantenimiento apropiado, el abuso de los insecticidas, 25
el agua que algunas industrias soltaban hacia el Guaire, en Los Ruices, la cementera y la metalúrgica que operaban en el oeste de Caracas, la llamada minería artesanal, que contamina las aguas con cianuro o mercurio, y ni hablar del agronegocio, su glyfosato y su endosulfán., en Argentina, Paraguay, Bolivia, Brasil. Vemos confirmado con estos últimos ejemplos que la competencia intensa en todas las actividades productivas, conlleva la inevitable tentación de tecnificar al máximo el trabajo, utilizando tecnologías que al final resultan contraproducentes.
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IV TEMAS CONEXOS 1.
GENERACIÓN
La generación de basura urbana se ubica en todo sitio de actividad humana: El hogar, por los desperdicios vegetales inevitables, los papeles de distintos usos y la obligada inclusión en la basura de los envases desechables, cajas, empaques, bolsas, que la producción de artículos de consumo masivo obliga al ciudadano a darle algún destino a lo que no se puede comer o beber. Las oficinas, talleres, tiendas, abastos, restaurantes, etc., que generan basura un tanto diferente a los hogares, pero que no pueden clasificarse ni manejarse separados de la basura doméstica. Las fábricas o instalaciones donde se desarrollan procesos industriales, que sí generan, aparte de la basura residuos industriales, que se diferencian de aquella por su contenido homogéneo, por ejemplo: recortes de láminas metálicas. Los lugares públicos como calles, plazas, aceras, con componentes como hojas secas del ornato público, excrementos de mascotas y todo objeto que la gente suelta en esos espacios. Los locales de espectáculos públicos, como el cine, donde la oscuridad es cómplice del ciudadano descuidado e irresponsable.
Dentro de los vehículos de transporte público o privado.
Debemos citar, entre la basura urbana algunas especialidades como: Aparte de la habitual basura de la cocina, en el hogar se descartan continuamente zapatos, ropa, potes de cosméticos, pañales, y cualquier artefacto que dejó de servir y cuya reparación resulta antieconómica. Además, los objetos mayores como colchones, cocinas, lavadoras, neveras, muebles varios 27
Naturalmente, los desechos vegetales, como los de las podas de los árboles del ornato público deben ser separados del flujo de la basura, modalidad no difícil porque son generados por equipos diferenciados, y en todo caso, donde hay disposición apropiada como los “composteros”, integrarlos como desechos orgánicos En las calles, están los carros que “le dieron sabana” para decirlo en llanero. Al principio es fuente de piezas y partes para los “nómadas”, y poco a poco se convierten en basura, basura pesada o chatarra. Finalmente, el popular escombro. Más frecuente que la chatarra, de aparición sorpresiva. Al igual que la chatarra, no se puede incluir en el flujo normal de la basura a recolectar, por los severos daños que pueden causar a los equipos de trabajo del servicio. Tampoco se puede dejar estar por semanas o meses en las calles, porque conforman criaderos de animales dañinos, y son una invitación para que los malos ciudadanos le agreguen cualquier basura, con lo que el cuadro antihigiénico se completa con los insectos. Ya existe una legislación y una práctica en relación a los desechos hospitalarios, los tóxicos. Lo que falta es crear un sistema de disposición de las pilas, que son altamente contaminantes y tóxicas. El servicio de aseo urbano debe cargar con estas especialidades como parte de la tarea de mantener una ciudad visualmente (no solo sanitariamente) decente. 2.
MATERIALES, EL MONSTRUO PLÁSTICO.
Es necesario conocer el contenido de la basura urbana, no sólo por el posible reciclaje, sino para evaluar las posibilidades de minimización. En Caracas se ha escrito en la prensa una supuesta clasificación de los componentes, y son dos: orgánicos e inorgánicos. En los países donde se incinera la basura, hablan también de dos: combustibles e incombustibles. Aquí, en la intención de esta tesis observamos dos componentes, pero determinados por cualidades bien diferentes: los envases desechables, uno de los componentes, y el otro todo lo demás. 28
El componente envases desechables, su análisis económico, social, mediático y ambiental es lo que muestra la posibilidad real de la minimización del volumen de basura urbana que aquí se plantea. En la documentación se muestran varios criterios de clasificación, que no se deben despreciar, porque tienen sentido y validez dentro de lo que en la tesis se califica como todo lo demás, que puede y debe ser sometido a clasificación-reciclaje, la más conocida como: papeles y cartones / vidrio / metal y plásticos. La cerámica, la loza, el vidrio, aunque tarden en deshacerse, en realidad no son contaminantes, porque son la tierra misma. Los metales de uso habitual, sufren un proceso de volver a su estado natural, los óxidos. Sin embargo, predominando entre los envases desechables, están los plásticos: el polietileno, el polipropileno y otros menos frecuentes. Estos materiales creados por el hombre por modificación de componentes del petróleo, fueron la maravilla industrial en sus inicios, por la amplia variedad de formas que se le pueden dar, tanto que por eso se les llamó plásticos, la resistencia, la durabilidad, etc. Pero, la durabilidad, al ser conocida en su verdadera magnitud, se ha convertido en su defecto terminal. Porque mientras dure, contamina. Hay ya un movimiento mundial por la eliminación de los plásticos. En Europa ya no se usan las bolsitas plásticas. En México se lucha por una ley que las prohíba y en Brasil llevan dos años en una eliminación progresiva. Así que el aseo urbano, y toda la población mundial, tienen un monstruo enfrente, el plástico. En Caracas, eliminando los envases desechables, estaremos contribuyendo a enfrentar a ese monstruo. Adicionalmente a la contaminación duradera de los plásticos y de su injustificado porcentaje de la basura urbana, las botellas plásticas tienen un efecto mecánico maligno que aumenta la obstrucción de los drenajes urbanos. Clásicamente los materiales arrastrados por los drenajes comprendían las grasas, que flotan y tienen consistencia líquida o cremo29
sa, y las arenas y otros materiales pesados, se arrastran por el fondo gracias a la acción del agua servida que corre dentro del drenaje, y por la inclinación del mismo. Los envases y otros objetos de plástico flotan pero tienen consistencia sólida, cualidades que le hacen obstruir el drenaje. Los funcionarios de los servicios públicos que tienen bajo su responsabilidad el buen funcionamiento de estos drenajes, tienen al monstruo en las tuberías. Es novedosa la reaparición de los biodegradables o simplemente degradables, después del fugaz intento de los años ’70 del siglo pasado. Puede, si son realmente como sus creadores lo afirman realmente degradables, significar un aporte a la protección del amiente.
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V ACCIÓN DEL ESTADO Y DE LA COMUNIDAD 1.
LEGISLACIÓN
Tomadas las decisiones, habrá que poner a expertos en legislación a resolver el entramado entre los contenidos de la legislación vigente, los cambios deseables, necesarios y posibles. Esta tesis es válida para una acción nacional, regional o local, pero, indiscutiblemente, la minimización es deseable y necesaria como modo de acción a nivel nacional. La aplicación de la minimización a niveles estadales o municipales sólo traería la aparición de Ordenanzas sin fuerzas para enfrentar a los poderosos intereses de las grandes industrias de consumo masivo, de las grandes contratistas de los servicios de aseo urbano y de los vendedores de equipos. Porque, nadie lo dude, si se intenta la minimización por la vía de la eliminación de los desechables, habrá enfrentamientos. Y en ese enfrentamiento se estará dirimiendo sobre una medida revolucionaria, anticonsumista, anticapitalista, ambientalista, destinada a beneficiar a toda la población de Venezuela, reduciendo el presupuesto del aseo urbano de todas las alcaldías del país y prolongando la vida útil de los rellenos sanitarios de todo el país. Así, debe plantearse el esfuerzo por legislar, como toda una movilización nacional que requerirá de un esfuerzo comunicacional, de un parlamentarismo de calle. Porque las empresas capitalistas no van a ceder tan fácilmente sus privilegios. 2.
INSTITUCIONES Y PERSONAL
La ley debe crear una autoridad encargada de realizar la revolución socialista en la administración del aseo urbano en el país. La realización de dicha tarea depende de las convicciones de los funcionarios 31
que asuman el compromiso de destruir la dictadura capitalista de las grandes industrias del consumo masivo y de las grandes contratistas y proveedoras de los servicios de aseo urbano en el país, y la ley debe dotarlos de los poderes necesarios a tal fin. Tanto el personal directivo como los técnicos, junto a los equipos de barrenderos deben trabajar bajo una clara orientación revolucionaria, única forma de acabar con la corrupción 3.
POLÍTICA Y TECNOLOGÍA
La orientación principal debe ser la una política de buen servicio al ciudadano con la coordinación entre instituciones y las comunidades locales. La minimización permitirá disponer de más presupuesto, lo que a su vez permitirá equipar a las comunidades para que se encarguen de algunas de las tareas del aseo urbano. La minimización, al liberar parte de los costos, permitirá la inversión en plantas de clasificación y proceso de los materiales clasificados, que se deben orientar hacia una mayor aplicación de tecnologías, y no a crear puestos de trabajo chatarra, que es la práctica común. 4 .
ACCIÓN DOCENTE
Para lograr aprobar una ley como la que se sugiere, será necesaria una campaña docente, una denuncia sistemática de los vicios consumistas impuestos por la publicidad masiva, a fin de crear una resistencia popular a los envases desechables. Esa será la principal orientación, debido al enfrentamiento que surgirá con los factores retrógrados del sistema capitalista, pero también se deberá promover la corresponsabilidad en el respeto a los vecinos, manteniendo despejados los espacios públicos. La organización del poder popular, en pleno desarrollo, será factor positivo para una contraloría social del servicio de aseo urbano. 5.
OBSERVATORIO INTERNACIONAL
Más que nunca, hoy Venezuela necesita crear un observatorio internacional sobre lo nuevo en el servicio de aseo urbano, que está retra32
sado en comparación con los servicios públicos fundamentales como alimentación, medicina y educación. Así como esos servicios, el manejo del aseo urbano también se merece una revolución socialista. Hay experiencias valiosas, como las de Montevideo, hechas en un país de pocos recursos, pero que emula con los adelantos en algunos países europeos. En otras ciudades como Buenos Aires, el tema está en plena discusión, pues el aseo urbano allá es de proporciones gigantescas, manejado por un monstruo de empresa (CEAMSE), que significa una enormidad de negocios, los mafiosos de “basura cero”, auque lograron una ley parecida a sus deseos, no pueden controlar una dualidad CiudadProvincia, campo de enfrentamientos políticos muy fuertes. Inexplicable: allí, Greenpeace, opuesta a tantas empresas imperialistas, realiza grandes campañas por basura cero.
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Internet: “Os cartoons mais premiados do mondo.�
MEDIOS COMUNITARIOS
La basura: las transnacionales vs. los Consejos Comunales Por: José Ferráz Fecha de publicación: 24/05/08 - Aporrea
LAS EMPRESAS Una empresa llamada PROACTIVA MEDIO AMBIENTE S.A. está metida en el negocio de la basura en Venezuela. El 50% de su capital pertenece a una empresa española de nombre Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) y el otro 50% pertenece a una de las mayores corporaciones del mundo: la francesa Veolia Environnement S.A. La Veolia Environnement S.A. es una transnacional que domina mundialmente la prestación de los servicios de agua, residuos, transporte y energía, está presente en los cinco continentes y en 84 países. Se anuncia como la única operadora de servicios medioambientales integrados en el mundo. Emplea alrededor de 300.000 personas y factura anualmente 28.000 millones de euros. Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) es uno de los primeros grupos de construcción y servicios medioambientales de España. Monopoliza en España la gestión de residuos y es el segundo operador privado en ese pais en el sector del agua. Presente en 16 países. Emplea a 63.000 personas y factura anualmente más de 6.000 millones de euros. El Grupo Proactiva Medio Ambiente es el de mayor presencia en Latinoamérica en el sector de servicios medioambientales. En el año 2004 las ventas fueron de 180 millones de euros. Operan en varios países de América Latina (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México y Venezuela). Explotan alrededor de 9 mil trabajadores en nuestros países. En Latinoamérica Proactiva ha dejado a miles de pobres sin acceso al agua potable y produce una gran contaminación vertiendo las aguas servidas a ríos, lagunas y costas. En Venezuela una de las empresas que se dedica al negocio de la basura es Cotecnica que inicio sus funciones en 1981, año en que se privatiza el servicio de aseo urbano que estaba en manos del muni37
cipio con la recordada IMAU (Instituto de Aseo Urbano para el Área Metropolitana de Caracas) En 1993 es liquidado el IMAU y sus 14 mil trabajadores fueron despachados y estafados, no les pagaron sus prestaciones de manera correcta. Pasado nueves años la demanda por sus prestaciones prescribia. (1) El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, crea en 1993, la Fundación para la Transferencia del Servicio de Aseo Urbano y Domiciliario del Área Metropolitana de Caracas, (FUNDASEO) que tuvo una duración de un año a partir del 17 de febrero. Esta Fundación debía asumir la responsabilidad del pago a los trabajados del IMAU y no lo hizo satisfactoriamente recibiendo varias demandas. La Sala de Casación Social –accidental del Tribunal Supremo de Justicia falló a favor de los trabajadores afectados quienes debieron recibir de la República sus pagos correspondientes. (2) En agosto del 2007, al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, se le aprobó un crédito por 5,6 millardos de bolívares, recursos que serian transferidos al Servicio Autónomo Servicios Ambientales del MARN (SAMARN), a los fines de cancelar pasivos laborales a ex trabajadores del extinto Instituto de Aseo Urbano para el área Metropolitana de Caracas (IMAU). (3) El capitalismo y su tendencia privatizadora lo vemos pues atropellando a los trabajadores como de costumbre. ASOCIACIONES DE EMPRESAS Cotecnica, perteneciente a la familia Salas, cuando se inicia la privatización del servicio de recolección de basura en la ciudad de Caracas, es favorecida en el proceso de licitación. A fin de asumir la recolección de la basura en gran parte de la ciudad de Caracas se asocia con la empresa francesa Vivendi Environmental que es igual que decir Veolia Environnement S.A. (4) (Esta empresa francesa es dueña del 60% de las acciones de Proactiva) Estas asociaciones han estado llenas de conflictos. Cotecnica y Proactiva se vieron enfrentadas en el año 2003 por desleatad de Proacti38
va, quien favorecía a FOSPUCA, empresa donde también Proactiva es accionista en 60% de las acciones) En el 2006, FOSPUCA plantea su separación como aliada estratégica de la empresa española Proactiva Medio Ambiente, y se convierte en un grupo 100% venezolano. (5) REACCIÓN DE LA ALCALDIA La Empresa Cotecnica fue intervenida por la alcaldía del municipio Libertador, por orden judicial. La situación se presenta por el paro de la empresa Cotécnica, la Alcaldía de Caracas ejerció varias acciones, entre las cuales solicitó una protección constitucional ante el Tribunal 25° de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en función de proteger la vida y la salud de dos millones de habitantes de Libertador. (6) Varios concejales, en el año 2002, tomaron la iniciativa de demandar a las empresas FOSPUCA Y COTECNICA por su pretensión de aumentar en un 100% sus tarifas: “Los concejales hemos realizado una supervisión de las labores de limpieza que ejecutan las empresas recolectoras y elaboramos un informe en torno a las graves deficiencias que presenta el servicio, además de que hemos atendido las denuncias que nos remiten las distintas comunidades, hecho por el cual hemos exhortado al alcalde Freddy Bernal, para que remueva la concesión entregada y llame a un nuevo proceso de licitación en un corto tiempo”. (7) LOS TRABAJADORES DENUNCIAN En comunicación de varios trabadores al viceministro Ricardo Dorado, los trabajadores explotados por FOSPUCA hacen serias denuncias: “los trabajadores de FOSPUCA, igual que todos los trabajadores del aseo en Venezuela, hemos sido victimas no solo de la usura desmedida de los patronos transnacionales de la basura, sino fundamentalmente de la negligencia de los funcionarios bajo su cargo y que constituyen, con dignas excepciones, un entramado de triquiñuelas jurídicas en la mayoría de las Insectorías del Trabajo exis39
tentes en el país. Por supuesto, el origen de la estafa y robo descarado permanente a los trabajadores del aseo, por parte de las transnacionales de la basura, se debe a que alcaldes, concejales y comisiones de licitaciones amañadas le han concedido el monopolio a estas operadoras transnacionales a través de licitaciones bien dudosas que dejan muy mal parada a la Revolución Bolivariana, es decir, mientras Chávez lucha incansablemente contra el ALCA, el Imperialismo y la lógica capitalista, nuestros alcaldes y concejales permiten ALCAS locales o alquitas con sus implicaciones neoliberales en todo el territorio nacional.” (8) EL RELLENO SANITARIO El Relleno sanitario La Bonanza, ubicado en el municipio Cristóbal Rojas del estado Miranda, con una extensión de 180 hectáreas, está en manos de Cotecnica (esto es, en otras palabras, una concesión a la empresas francesa Veolia y a la española Fomento y Contrata por 20 años desde 1998) El manejo del relleno sanitario ha provocado la protesta de los habitantes de las zonas adyacentes (Charallave), viéndose obligado los dirigentes políticos con cargos de dirección en la alcaldía a decretar ordenanzas que regulen la actividad en el vertedero de basura y exigir el pago de impuestos por el uso de esos terrenos que están en la jurisdicción de ese municipio. (9) CRISIS DE LA BASURA EN CARACAS En noviembre y diciembre del año 2007 la basura hizo una de sus mayores crisis en la historia de la ciudad. Casualmente el 2 de diciembre se celebraba en el país un referéndum para la aprobación o no de una propuesta de reforma constitucional promovida por el Presidente Hugo Chávez. Se trato de un proceso electoral con las calles repletas como nunca de basura. ¿Coincidencia? El gobierno nacional se vio en la necesidad de montar operativos especiales o plan de contingencia. El Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (Minamb) reportó la recolección de miles de toneladas de basura: solo en Caricuao en dos días se recogió 5 mil toneladas de desechos sólidos. (10) 40
En declaraciones de prensa, el vicepresidente Jorge Rodríguez, justificaba la crisis de basura, argumentando que la causa era que en el mes de diciembre la producción de basura aumentaba de 3.500 a 5.000 toneladas diarias. (11) Aunque anunciaba que se producirían reuniones con la empresas privadas encargadas de la recolección de basura para que “la disposición final pudiera ser armónicamente coordinado” LA BASURA ARGUMENTOS PARA LA OPOSICION En el proceso de campaña electoral, para las elecciones presidenciales de diciembre del año 2006, el partido Nuevo Tiempo, utilizó el asunto de la basura como una consigna, pregonando que en un supuesto gobierno de Manuel Rosales se acabaría la basura. (12) En el proceso de referéndum para la reforma igualmente la oposición se afincó en la ineficiencia del gobierno para resolver el problema de la basura. ¿Cuánto pesó el descontento de la gente, que veía muchas calles cerrados por los cerros de basura, en los resultados electorales? El caso es que los resultados fueron favorables a la oposición. Muchos ciudadanos denunciaban como muy sospechosa la acumulación de basura. En algunos sectores de Caracas la oposición utilizaba la basura para cerrar las calles y crear las famosas “guarimbas”. En municipios como Chacao el mismo alcalde opositor ordenaba a las empresas recolectoras paralizar el trabajo para que los guarimberos pudieran tener materia prima para sus acciones vandálicas. (13) UN BUEN NEGOCIO La empresa española de basura ha encontrado en Venezuela un buen negocio. Miles de contenedores, camiones especiales, decenas contenedores subterráneos y por su puesto la concesión de recolección y manejo de los sitios de transferencia y disposición final. Dos millones de bolívares fuertes se gastaron los ilustres alcaldes para comprar a España los contenedores subterráneos, esto como un pequeño ejemplo del negocio. (14) Erika Farías, siendo ministra del ambiente, anunciaba con bombos y platillos, en octubre del 2006, la compra y entrega a la alcaldía del Municipio Libertador de nuevos equipos de para la recolección de basura. Se trataba de camiones compactadores de carga lateral, con 41
capacidad para comprimir hasta 12 toneladas de desechos sólidos; 50 contenedores de 500 kilos cada uno, un camión de lavado a presión de agua, y 12 equipos para el barrido de aceras y bulevares. Aquí se irían apenas 15 millones de bolívares fuertes de los 141 que se destinarían para abordar el problema de la basura. (15) LA COMUNIDAD NO CUENTA El Alcalde Freddy Bernal hablaba de la “batalla contra la basura” y prometía la incorporación de los grupos sociales y los Consejos Comunales en esa batalla. Centraba la concientización de los vecinos solo en el cuidado que debían tener con los contenedores, que debían ser cuidados “como si fuesen de su propia casa” En julio de 2007 los alcaldes de Caracas se reunieron para discutir el problema y todos coincidieron que la tarea era mejorar la recolección: mas camiones, mas vertederos, mas contenedores, mas sitios de transferencia… (16) Nadie apuesta a que sean las comunidades organizadas, que sean los venezolanos y venezolanas preparados para darle una orientación diferente al problema. No se habla nunca de reciclaje. Algunos intentos espasmódicos se han observado, como el adelantado por la Alcaldía Mayor en mayor del 2005 cuando inicio un plan piloto de reciclaje con una orientación poco participativa de las comunidades, que por su puesto fracasó. (17) Alcaldes como Juan Aponte, del Municipio Acevedo, ante la crisis de diciembre del 2007, levantó su voz y planteo que la solución de la basura en Caracas está en el reciclaje y planteo como un modelo a seguir el trabajo que se adelanta en su municipio, específicamente en el sector Panaquire. Allí con una inversión de 22 millones de bolívares fuertes se esta construyendo una infraestructura bastante avanzada. Explicó Aponte que el mundo entero se inclina hacia esa acción, el del reciclaje. LOS CONSEJOS COMUNALES La recolección es parte del proceso, pero en Caracas, lamentablemente, el proceso está solo en la recolección. No hay dudas que el 42
sistema se consolidó de esta manera por intereses económicos. Empresas como Fospuca, Cotécnica y Sabenpe tienen en la recolección un gran negocio y seguramente muchos funcionarios públicos quedaron complacidos con sus respectivas comisiones, ayer y hoy. Nunca, ningún gobierno nacional ni regional, han tenido voluntad política para darle otro rumbo al proceso de disposición de la basura en Caracas. Hoy se debe estar involucrando a los Consejos Comunales, con la creación de los Comité de Recolección, disposición y reciclaje de los desechos sólidos. Que sean los vecinos que resuelvan en sus áreas geográficas el problema con un trabajo concientizador. Cada Consejo Comunal debe administrar su respectiva unidad de recolección, contratar entre sus vecinos (preferiblemente) dos trabajadores que se encargarán de recoger los desechos. En una primera etapa, de máximo un mes, se dedica la unidad a la recolección sin clasificación. A partir del segundo mes los vecinos deben separar el papel (periódicos, libros, folletos…) y se destina un día especial para la recolección de este material. A cada familia se le entrega una libreta de control donde los encargados de la recolección anotan la cantidad de papel entregado (en kilogramos) y los otros materiales reciclables. Este papel se vende a las recicladoras y el dinero se depositará en la cuenta del Banco Comunal. Regularmente el Consejo Comunal, a través del Comité respectivo, compraria y distribuiria combos especiales de limpieza para el hogar y bolsas especiales para que cada familia separe la materia orgánica y los desechos susceptibles de ser reciclados. También se invertiria en la elaboración de material formativo concientizador, tales como folletos, trípticos, videos, sobre la importancia del reciclaje y la siembra de una cultura ecologista. Un porcentaje de estos recursos deben destinarse al mantenimiento de la unidad de recolección. Cualquier excedente debe ser consultada la comunidad para definir su destino. Cuando varios Consejos Comunales vecinos consoliden el proceso inicial descrito, se puede dar comienzo a un proceso de trabajo mancomunado y en una circunscripción se habilitaría un terreno donde se procese el material recolectado para una clasificación y compactación 43
mas acabada. Esto estaría a cargo de una empresa socialista administrada por los Comité de Recolección, disposición y reciclaje de los desechos sólidos. Se iniciaría una etapa importante que seria el tratamiento de la materia organiza producida en la comunidad a través de procesos o técnicas como la Lombricultura, composteros y otros que se adapten y permitan aprovechar esos recursos tal como bio generadores de energía. JOSE FERRAZ CI: 6013201 TLF:0416-6227155 (1) http://www.ultimasnoticias.com.ve/ediciones/2002/07/28/p14n1.htm (2) http://www.tsj.gov.ve/informacion/notasprensa/2000/061200-2.htm (3) http://www.asambleanacional.gov.ve/publico/noticias/det_noticias.php?co=381 (4) http://www.dinero.com.ve/portada/gerencia.html (5) http://www.fospuca.com/Antecedentes.htm (6) http://www.aporrea.org/actualidad/n11916.html (7) http://www.ultimasnoticias.com.ve/ediciones/2002/06/06/p2n1.htm (8) http://aporrea.blogspot.com/2006/02/denuncia-de-los-trabajadores-de.html (9) http://la-voz.net/seccion.asp?pid=18&sid=1755¬id=178674&fecha=02/17/2006 (10) http://www.rnv.gov.ve/noticias/index.php?act=ST&f=28&t=58602&hl=basura &s= 8264aac18fc1307817b91f813b3fece8 (11) http://www.rnv.gov.ve/noticias/index.php?act=ST&f=28&t=58333&hl=basura& s= 8264aac18fc1307817b91f813b3fece8 (12) http://www.aporrea.org/oposicion/a23177.html (13) http://www.aporrea.org/oposicion/n95755.html (14) http://www.aporrea.org/actualidad/n85710.html (15) http://www.aporrea.org/actualidad/n84808.html (16) http://www.aporrea.org/actualidad/n98250.html (17) http://www.aporrea.org/actualidad/n57565.html ferrazvera@gmail.com
Segunda tanda de tortas Por: Fernando Barrett Periódico Negro Primero, Nº 6, p. 4, enero 2006
TORTA DE CAUSA Y EFECTO De las tortas anteriores, presentadas un tanto emotiva y figurativamente, se desprende que, al considerar el tema basura como el “tratamiento de la basura, su recolección, transporte y disposición final”, 44
nuestros funcionarios municipales están ocupándose de los efectos y no de las causas. No seamos extremistas negando que unas fricciones para calmar el dolor de estómago sirven para algo. Pero el funcionario con motor interno propio (Ché dixit) sabe que debe mandarse una endoscopia, unos análisis, unas imágenes pro-diagnósticas, y otros recursos, ya que al buscar la causa del dolor se está yendo a la solución del problema. En la cuarta república eso era ilusorio, pero HOY NO. Así que los elementos para resolver el “problema basura” se encontrarán mediante exámenes “regresivos” del proceso de producción de basura, del origen de los componentes. Nada que ver con la olímpica declaración de nuestros ediles y alcaldes de que “las familias generan basura”. Una falsedad basada en una aparente media verdad. Una bofetada que criminaliza al ciudadano, a las familias. TORTA DE CAMINO ERRADO Ha pasado un mes desde las primeras multas aplicadas a los comerciantes por no sacar la basura a la hora indicada por el servicio de aseo urbano, aniversario que pasa desapercibido ante la inmensidad que ha cobrado el problema. Aumenta la cantidad, que se prevé alucinante para las navidades. 62 millardos para repotenciar la planta de transferencia de Las Mayas, que no es más que un gran patio medio-pavimentado. “Sabempe” paraliza el transporte, sabiéndose impune. El inepto municipio pide auxilio a un par de Ministerios que aportan camiones. El alcalde se exhibe encaramado en una unidad grande y bonita, el diario “VEA” gasta la misma página fulcolor mostrando la impudicia frente a sus talleres. Una medida del tamaño del problema, es que ha llegado (por tercera vez) a atraer la atención del Presidente Chávez, provocando el llamado desesperado del mandatario a sus subordinados, a los gobernadores y alcaldes, a las empresas del Estado para que “no nos dejemos derrotar por la basura”. TORTA DE LA MENTE EN BLANCO Se habla, casi en voz baja de reciclaje, se menciona en la prensa a los zamuros y a los que viven de ellos. Se comenta en privado la torta 45
con las cooperativas de barrenderos. Se evita mencionar a los lateros. Se repiten desesperadamente las medidas de hace medio siglo, que nunca sirvieron más que para buenos negocios de las empresas forajidas y sus “llaves” los politiqueros de cuarta fila. Vamos a soltar un rosario de preguntas cuyas mudas respuestas dibujarán el desierto mental existente en el funcionariado administrativo y político cuya tarea, por mandato del soberano, es ocuparse eficientemente de los asuntos de las ciudades. ¿Conoce la pequeña historia de un objeto desechable? ¿Ha ingerido alguna vez una mermelada de la marca ADDA’S? ¿Qué es una tela? ¿Qué es un vestido? ¿Cree que los egipcios de hace 4.000 años bebían cerveza y vinos? ¿Nos da leche la vaca? ¿Cuántos derivados de la leche vacuna puede enumerar? ¿Cuántos kilos de vegetales limpian y descascaran en una Casa de Alimentación? ¿Cuando ve podar jardines, árboles y monte piensa adónde van los desechos? ¿Qué es el vidrio bronce? ¿Conoce la diferencia entre polietileno y polipropileno? ¿Qué pasa cuando el cafetero del cafetín calienta la leche en su envase de cartón? ¿Cuál es la diferencia de peso de un camión “700” que sale de reparto y el mismo que regresa a la planta una vez terminada la tarea cotidiana? ¿Cuánto vale una lavadora de botellas para 100.000 unidades por día? ¿Cuánta agua y cuánta energía consume esa máquina? ¿Cuántos obreros la manejan? ¿Cuáles son los trámites para crear y lanzar al mercado un producto desechable? ¿Qué hace una persona en la ciudad de Ginebra cuando va al abasto? ¿Qué solución se le da al problema basura en una vivienda campesina? 46
¿Qué es el abono orgánico? ¿Se atreve a masticar una pila alcalina? ¿Qué significa fotodegradable? ¿Qué es basura industrial? ¿Cuáles basuras líquidas conoce? ¿Existen basuras gaseosas? ¿Qué relación hay entre excrementos de rumiantes y energía? ¿Tienen baño las mascotas? Etceeeeeeeeeeeeeetera....... TORTA DE LOS CONSORCIOS GUERRILLEROS Las sociedades capitalistas y protocapitalistas tienen inmensas selvas enmarañadas (no de árboles) en las que se esconden unos guerrilleros muy especiales (no humanos) multimillonarios, poderosos pero inasibles, inmunes e impunes. Se esconden organizadamente, con el auxilio de las más avanzadas tecnologías, y con éstas logra acrecentar la selva que los protege hasta adentro de los cerebros de la población, con sus prolongaciones tales como la televisión, la radio, la prensa escrita, las universidades, los gremios profesionales, las cámaras de empresarios, las fundaciones, muchas leyes, ONGs, y, desde luego las logias politiqueras y burocráticas. ¿Porqué se esconden? Porque de conocerse sus pecados contra la ciudadanía, contra los municipios y alcaldías y contra el erario, que no es sino el dinero de todos nosotros, buscaríamos justicia, de alguna manera, más tarde o más temprano y lograríamos impedir que siguieran lucrando a costa de nuestros propios dineros, de nuestra propia salud y de nuestro ecosistema. Se buscan cerebros, en lo posible colectivos, para enfrentar esta guerrilla tan particular, para desarrollar la doctrina revolucionaria que complemente la eliminación de las exclusiones: la doctrina de la justicia económica, es decir el sometimiento de las actividades económicas al interés supremo de la comunidad humana. TORTA DE COOPERATIVAS Un alcalde respondió a un periodista sobre la intervención de cooperativas en la recolección de basura: “No ha resultado porque lo 47
que ellos tienen son unos camioncitos “300” o unas pickups, y eso en realidad no puede con el volumen de basura de esta ciudad”. Una tacañería enfermiza, cuando al mismo tiempo hay empresas escuálidas recibiendo financiamiento en millardos. A esas cooperativas de pobres es a las que les toca todo el derecho a un buen financiamiento, asistencia técnica y administrativa. De otra entrevista se copia: “La tarea de limpieza realizada en ese sector significaba un pago a la empresa privada XX de seiscientos millones de bolívares. La cooperativa contratada por nosotros realiza el mismo trabajo por doscientos millones”. ¿Dónde quedó el viejo precepto “a igual trabajo igual salario”? Lo que aprendemos de estas dos anécdotas es el profundo desprecio de los funcionarios hacia las cooperativas.
Basura: ¿Problema eterno? Por: Gladys Méndez Fecha de publicación: 23/11/09 Aporrea
El problema de la basura o residuos sólidos no es nuevo en Venezuela. Los habitantes de varias ciudades padecen el problema de la basura desde hace bastante tiempo. A diario surgen inquietudes, denuncias y reclamos sobre el “problema” que ocasionan los residuos en las comunidades, que afean la ciudad y genera enfermedades. Casos como contenedores desbordados, playas de basura arrinconada, envases plásticos - papel (que podrían ser reutilizados) y papeleras colapsadas; son los efectos del consumismo insaciable que aún existe en nuestra sociedad. Es cierto que actualmente hay más conciencia ambiental en relación con épocas pasadas, pero también es verdad que la conducta ambiental de la población desdice mucho. Para el manejo de los residuos sólidos domésticos se debe comenzar en la generación de los mismos, clasificándolo de acuerdo a sus características (plástico - vidrio - papel - materia orgánica, entre otras), proponiendo soluciones o alternativas para ser impulsadas por los consejos comunales, gobiernos parroquiales y otras organizaciones comunitarias. Principios como el REDUCIR, REUTILIZAR Y RE48
CICLAR pueden ser el primer paso, segundo hay que preguntarnos ¿Es realmente necesario lo que vamos a comprar?, ¿Son o no desechables?, ¿Lo podríamos reutilizar, retornar o reciclar?, ¿Cuál es el tiempo de vida de lo que desechamos?, ¿Conocemos el impacto que ellos prvocan al ambiente?. Claramente conocemos las respuestas pero concientemente no comenzamos a ¡TRABAJAR EN ELLO! Hechos que recaen en nuestra conciencia nos llama a participar y colaborar. Estas consideraciones son las que motivan no sólo a una persona o familia sino a una comunidad entera de la populosa parroquia 23 de enero. Cambiar el viejo y ortodoxo modelo de limpieza y recolección de residuos por uno más organizado, planificado y consciente es el trabajo desarrollado en el sector la Cañada. Imponentes bloques eran rodeados de toda clase de basura, la gran cantidad de contenedores no resultaban operativos para almacenar los residuos, lo que ocasionaba muchos problemas. Hoy en día la tarea es distinta; que sean operativas las casetas, el uso de pipotes y bolsas plásticas para almacenar la basura, la disminución en cantidad de contenedores y la eficiencia en la recolección transporte de los residuos sólidos domésticos son las acciones que este sector ha comprendido y que se hace posible para abordar el ¿problema eterno? sirapta@gmail.com
Estamos embasurando a nuestro país Por: (*) Roberto Villasana Fecha de publicación: 01/04/09 - Aporrea
Palabras claves: desechos sólidos, logística Inversa, recuperación ambiental Una mañana de enero, viajando en el tren de los Valles del Tuy hacía Caracas, observaba por los amplios ventanales de éste, hacía la 49
avenida perimetral de Charallave, las consecuencias de un voraz incendio de vegetación acaecido el día anterior, se había quemado toda la maleza y la vegetación presente, cuál fue mi sorpresa que me puso a reflexionar y a escribir estas líneas. Todas las márgenes de la referida avenida estaban cubiertas por botellas vacías de la llamada botellita azul no retornable y otras similares, por supuesto esta gran cantidad de vidrio al recibir el sol y las altas temperaturas propias del verano, actúan como una lupa dentro de la vegetación y ocasionan los incendios, dañando el suelo, la flora, la fauna, aumentando los gases efecto invernadero en la atmósfera, liberación de carbono, dañando y erosionando el paisaje, entre otros. Ahora quién paga por este pasivo ambiental, porque las grandes empresas cerveceras y de refrescos han ido eliminando las botellas retornables y las han cambiado por las no retornables; qué sucede en nuestro país?, en donde no se respeta el medio ambiente ni mucho menos existe una conciencia ambiental. Todas estas interrogantes pasaron por mi cabeza en aquel momento. En donde quiera que uno se encuentra y fíjese usted amigo lector, ya sea en la playa, la montaña, a orillas de carreteras, parques, plazas, etc., se observan sitios llenos de desechos de botellas de cervezas, maltas y los envases de refrescos de plásticos, en sus más variadas presentaciones. Es hora de imponer controles y exigirles a las empresas involucradas, primero que recojan todos los desechos que producen sus productos, por cierto bien dañinos a la salud de los consumidores y bien costosos (en estos días subió la malta y sin ninguna explicación), y no esperar que el estado siga cargando con esta cruz, porque ni que llenemos nuestras ciudades de unidades recolectoras ni obreros vamos a poder controlar esta avalancha de basura industrial, en segundo lugar estas empresas deben pagar por este pasivo ambiental, ya sea a través de impuestos o trabajos de beneficio social, tales como jornadas ambientales de recuperación (plantaciones forestales u ornamentales), mantenimiento de plazas, avenidas, parques, etc. y por último el estado debe exigirle a estas transnacionales el inmediato retiro de todos los envases no retornables y volver a colocar los retornables y la persona que no lo tenga a la hora de comprar 50
que pague por el vacío, tal como era antes, e inclusive con esta medida se controlaría la ingesta de alcohol en las carreteras, porque ese botellero presente a orillas de las vías, es producto de conductores irresponsables que beben mientras conducen y en el peor de los casos, causan accidentes, muertes de inocentes, heridos e incapacitados y molestias en el tránsito automotor. Existe un tipo de logística que se denomina Inversa, y la humanidad debe transitar hacía allí, y todas las empresas deben aplicarla en función del ambiente y del planeta tierra y consiste en que la industria debe velar porque se cumplan todas las etapas de producción de sus productos, desde el inicio o elaboración del producto hasta la deposición de sus desechos y la reutilización de éstos o su reciclaje, es decir garantizar la recolección de sus desechos y su posterior reciclaje. Empecemos entonces con las cervezas y los refrescos, para después controlar los desechos emanados de otras industrias, tales como enlatados, chucherías, pepitos, los vasitos de café en las autopistas, etc. (*) Ing. Forestal, M. Sc. Manejo de Bosques. rvillasan@hotmail.com
ADDENDA VIEJO PROBLEMA
Las botellas de vidrio desechables de cerveza Por: Luis Patiño Gonzáles Fecha de publicación: 19/03/09 - Aporrea
Este envase se ha convertido en el generador de contaminación sólido mal alto en el país, los fines de semana. Nadie le quiere aplicar normas y regulaciones, mientras estos envases cada día que pasa continúan dañando y contaminando el medio ambiente en suelos y aguas, pareciera que no hay dolientes de esta situación irregular, producto de una falta de política de orientación y educación ambiental, a partir de las industrias cerveceras primordial y obligatoriamente. Da verguenza, como en las islas, calzadas y redomas de avenidas y calles donde hay semáforos tanto en Puerto Ordaz como en San Felix, se observan los arrumes de botellas enteras y partidas vacías, contami51
nando el medio ambiente y el paisaje urbano; convirtiéndose este envase en un productor de daños físicos y materiales, debido a cortaduras de pies principalmente en personas y daños a cauchos de carros, motos y bicicletas. ¿Quién le pone el cascabel al gato? Las compañias cerveceras Brahma, Polar y Regional, etc; se orgullecen de su contribución al desaseo de la ciudad, a la contaminación urbana en general nacional y al daño físico de cualquier persona, al caos social, etc; sin preocuparles en lo más absoluto, el ordenamiento poblacional, las buenas costumbres, la moral, la limpieza, la decencia y la seguridad a todo nivel. ¿Cuándo tendremos alcaldes y gobernadores aplicando prohibiciones de venta de estos tipos de envase de cerveza en cada rincón del país? ¿Cuándo veremos nuestras orillas de carreteras, calles, avenidas, autopistas, ríos, playas descontaminadas de este envase no biodegradable ni altamente reciclable? Ahí viene la Semana Santa y allí entrará con mayor orgullo y contaminación este tipo de envase, porque no hay un gobernador ni alcalde que se apiade de la naturaleza y su conservación; excepto la región de Rio Caribe, en el Estado Sucre, que si se esta empleando esta regulación o normativa de eliminar la venta de estos envases de cerveza en vidrio. Váyase a una orilla de río o de playa, acérquese un árbol o grama alrededor de estas zonas y observará como encontrará botellas arrojadas irracionalmente en cualquier sitio y no se impresionará cuando encuentre en cualquier lado restos de botellas partidas en cualquier lado de orilla y hasta dentro del agua de ríos y playas; esto lo hacen seres irracionales que no tienen perdón con cualquier ser humano que desea pasar un rato de entretenimiento y placer en estos sitios, sin saber, que se puede traer de vuelta una ida a un hospital, ambulatorio ó clinica, por una cortada con vidrio filoso de un recipiente desechable de vidrio. Para mí sería un orgullo que el gobernador Francisco Rangel Gómez y los alcaldes de todo el Estado Bolivar, procedierán a prohibir totalmente, la venta de cervezas en envase desechables de vidrios en todo el estado y sus municipios, para descontaminar las ciudades, pueblos carreteras, caminos, etc; como también ¿Cuántos incendios forestales les estaríamos evitando a todo lo ancho del territorio nacional, con la 52
prohibición de envasar y vender esta cerveza, en ese envase de material referido? ¿Cuánto ahorraríamos en atención hospitalaria para realizarle sutura a cualquier ser humano en cualquier parte del territorio nacional y sobre todo en la Semana Mayor? ¿Y cuantos dolores de cabezas no le evitaríamos a carros, motos y bicicletas que sufren daños en cauchos y tripas productos de la expansión irracional de vidrios arrojados en cualquier sitio? Aplicando la prohibición de envasar este producto en envases de vidrios desechables, ahorraríamos muchisimos millones de bolivares a la asistencia médica, a la compra de cauchos, tripas y parches, a la limpieza contínua de playas y la inseguridad de salir cortado en la visita a un sitio de recreación. Señores gobernadores y alcaldes, tomar en cuenta esta situación y a aplicar las medidas y reglamentos correspondientes, ya que nuestro comandante en jefe, no puede ser quien tenga que aplicar regulaciones, también está en manos de ustedes, aplicar regulaciones en bien de toda la ciudadanía nacional. luisjose_patino@hotmail.com MENTIRAS DEL CAPITALISMO
Fundaciones Alcoholizantes LA HOJA DE PARRA DEL JOVEN MENDOZA Por: F. Barrett Carpeta “Red de Noticias Comunitarias”, RNLP, Abril 2007
“Empresas Polar, 65 años ayudando a Venezuela”… dice el joven heredero de la fortuna Mendoza por VALETV, un canal propiedad del Estado venezolano que el Presidente Rafael Caldera regaló a la Iglesia, pero que la Iglesia, entre gallos y medianoche se lo traspasó a los propietarios de los dos más poderosos canales privados, por cierto principales actores y dirigentes del golpe de estado de abril de 2002. La Iglesia, que conserva el 2 % de las acciones de Valetv como hoja de parra con la que intenta disfrazar la turbia entrega, accede al uso del canal para la propaganda de las “fundaciones” de las empresas privadas venezolanas y extranjeras. Pura publicidad comercial disfraza53
da, para “santificar” la fabricación y venta de productos nocivos para la salud mental y física de los seres humanos. Para hacer breve este artículo, citaremos sólo algunas, las más descaradas: Fundación Polar, la más poderosa, sostenida con migajas del producto de venta de más de 2.000 millones de litros de cerveza al año. (Hay dos cerveceras minoritarias que participan de ese botín). La FP mantiene en su nómina a un grupo de intelectuales cagatintas, realiza ediciones de cierto valor cultural, otorga algunas becas y cosas por el estilo. La cerveza, el abuso de ellas (que se logra con la propaganda) no sólo degenera la sana función social del deporte “rascando” al público en los estadios, sino que al modificar el estado de conciencia, hace estallar la violencia intrafamiliar y las reyertas callejeras entre beodos, la conducción irresponsable de vehículos, causales de miles de muertes anuales evitables, mortandad que es habitual hoy que los medios la atribuyan al gobierno. Esta es la “ayuda” a Venezuela de la que alardea en pantalla el joven Mendoza. TAMBIÉN EL RON QUIERE SANTIFICARSE Con un ínfimo porcentaje de los beneficios provenientes de los 26 millones de litros de ron producidos y vendidos en Venezuela, también funcionan otras “fundaciones”, “proyectos”, ediciones y becas, como el “Proyecto Alcatraz” lanzado por RON SANTA TERESA, empresa de la antigua familia Vollmer. La hoja de parra consiste en rehabilitar a delincuentes, sacados de las prisiones a cambio de becas y ayuda para insertarse en alguna actividad decente. Por la cifra citada se ve que se consume un litro de ron por cada venezolano, pero los litros correspondientes a los no bebedores o poco bebedores son ingeridos por los alcohólicos. Según el Presidente Chávez, esto es un grave problema de salud pública. Ciertas autoridades presumen que tenemos seis millones de bebedores habituales, muchos de ellos cometiendo asesinatos y agresiones en sus estados de conciencia modificada, sin contar las menores faltas como manejar vehículos, máquinas y “negocios” de manera irracional. 54
Pues el tal Proyecto Alcatraz no parece salvar de la abyecta condición de delincuente a más de doscientos ciudadanos. Esta es la gran hoja de parra de los Vollmer, con la cual han llegado a engatusar hasta al propio Presidente de la República, que ya dispuso la ayuda oficial a esa maniobra propagandística del Ron Santa Teresa, es decir de sus propietarios. OTROS APORTES DE LAS LICORERAS AL PAÍS Información colateral citable: con los 2.600.000 cajas de whisky anuales (importados y nacionales, todas las marcas) y el vino chileno, Venezuela se asegura el 5º lugar en el mundo en cuanto a la ingesta alcohólica, y en promedio el 20 % del presupuesto familiar se va en este renglón. El consumo de estos cuatro tipos de bebidas implica desechar 4.450.000.000 (cuatro mil cuatrocientos cincuenta millones) de botellas anuales, de distintos tipos de vidrio y aluminio al torrente normal de la basura, menos una parte de las de aluminio que se reciclan gracias a los muy denigrados “lateros”. Las licoreras también fabrican y venden los famosos refrescos transnacionales. Al que los consume les sería muy saludable leer en el envase la lista de sus componentes y asesorarse sobre las “virtudes” de ellos. Son otros 500.000.000 (quinientos millones) de envases desechados al año, que van a la basura que las autoridades municipales deben esconder bajo la alfombra. Además de los refrescos químicos, las mismas licoreras fabrican y venden una gran variedad de otros refrescos, bebidas lácteas y golosinas líquidas que suman otros 150.000.000 (ciento cincuenta millones) de envases de vidrio, plástico o cartón que van a la basura. ALCOHOLISMO Y BASURA Así, las licoreras y sus filiales “refresqueras” y “alimenticias” son las que originan la tontería de más de 5.000.000.000 (cinco mil millones) de envases anuales que el Estado, a nivel municipal o ministerial, debe esconder bajo la alfombra a un costo muy elevado.
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¿Por qué utilizan los envases desechables? Pues para ahorrar en el costo del transporte de los envases reutilizables de vuelta a las plantas, y para ahorrar el costo del proceso de lavado y desinfección de los envases para su reutilización. Es decir, trasladan a los municipios, las alcaldías, al estado el costo que ellos ahorran. Los alcaldes, campeones del mal desempeño en funciones públicas, dando prueba de una miopía sospechosa, declaran (está en las ordenanzas) que el ciudadano (y las familias) produce la basura y lo dicen clarito: un kilo por día por persona. No se les ocurre que el estado en todas sus instancias debe intervenir en el despropósito, y poner a pagar el costo del aseo urbano a sus millardarios depredadores, en vez de culpabilizar injustamente al ciudadano y a la familia. LEY PARA SENIAT No parece que los grandes consorcios alcoholizantes, “refrescantes” y “alimenticios” vayan a quebrar por pagar los costos que en cualquier país civilizado pagan sus congéneres. 5.000 millones de envases, a cien bolívares actuales por cada uno, darían medio billón al año para cubrir la cuota parte en el proceso de la basura. O que se vuelvan a los envases retornables. Tampoco parece muy mala la idea de establecer un impuesto especial a las bebidas alcohólicas, cuyo producto sea destinado a los huérfanos y viudas de las víctimas mortales de los borrachos. Esos recursos deberían ser administrados por una VERDADERA FUNDACIÓN HUMANITARIA bajo la autoridad del Minpades.
¡Los alcaldes del área metropolitana de Caracas se dan la mano por la ciudad! Por: Fernando Barrett Periódico Negro Primero, Nº 22, p. 3, Agosto 2007
Con este subtítulo de un aviso publicitario, el periódico “Ultimas Noticias” de los Capriles, se inicia el sábado 21 de julio, la
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tanda de reuniones y pronunciamientos colectivos de los alcaldes de Caracas, congregados a invitación del Profesor Eleazar Díaz Rangel, Director de ese diario. La festiva afirmación se ilustra con foto llena de felicidad. Una portada anterior reza “Unidos por Caracas”. Y sigue el aviso: “La Torre de la Prensa sirvió de escenario al histórico encuentro en el que los mandatarios de la capital se comprometieron a trabajar juntos por una Caracas más limpia y humana para todos” Histórico encuentro. Cierto. La notable diferencia política de tres alcaldes bolivarianos y tres escuálidos ha sido una barrera odiosa, que ha facilitado o justificado la incapacidad de los alcaldes para enfrentar con éxito no sólo la invasión de la basura, sino muchos otros problemas que les incumben, como el pésimo servicio de transporte superficial, la inseguridad y la diferente actitud ante los problemas sociales y urbanísticos. Dentro de cada campo político, incluso, los alcaldes han hecho alardes de carácter o de fraccionalismo político, con el (suponemos) no deseado objetivo de servir cada vez peor a la comunidad a la cual se deben. Así que, podemos deducir que ¡Por fin!, los alcaldes del Este se avinieron a formar, según el slogan bolivariano, “Un solo gobierno” para la capital. ¿Realmente saltarían la talanquera de allá para acá? ¡Vanas ilusiones! Todo lo contrario… los bolivarianos son los que se avinieron a compartir los criterios cuartorepublicanos y puntofijistas sobre el tema del aseo de la ciudad. ¿Cómo así?... diría un colombiano. Ansina nomás es… respondería un gaucho argentino. El contenido de las páginas 2 y 3 del diario “Ultimas Noticias” del sábado citado aporta, gracias a un excelente trabajo de redacción, el contenido de la primera gran reunión. El primer párrafo de la periodista Norma Ribas Herrera define, digo repite, la clásica definición cuartorrepublicana y capitalista del tema: “… surge la propuesta de crear una instancia coordinadora entre los distintos municipios del área metropolitana de Caracas donde converjan los gobiernos central, estadal y municipal para gestionar la 57
recolección, tratamiento, traslado y disposición final de los residuos sólidos”. Claramente definido el tema. Gestionar…final de los residuos sólidos. (Cursivas de este redactor). Semejante movilización de autoridades, semejante escándalo mediático, semejante autoalabanza del periódico con cuyos auspicios se logra la reunión, para que, por enésima vez se defina la culebra por lo largo de la cola, olvidando la cabeza. Para evitar dudas, la redactora remacha, en otro párrafo: “… quedaron en evidencia las coincidencias entre los participantes, quienes trabajaron en un marco de cordialidad…” En cuanto a pensamiento nuevo, se puede anotar que Evelyn Pallota, presente por la Alcaldía de Baruta, rozó el tema afirmando: “… Propuso que se evalúe el paradigma de la producción de basura, para ir más allá de lo coyuntural”. Sin embargo, pifia de objetivo en otro lugar del reportaje y afirma “Una solución fundamental al problema de la basura pasa por la búsqueda de una nueva conducta del ciudadano”. La misma filosofía de la Ordenanza de aseo urbano de Libertador, que declara culpable de producir basura al ciudadano, a la familia. Por lo tanto, hay que educarlo: que ponga la cajita de chikle en la papelera. Como si ése fuera el problema. Christian Chirinos, de la Alcaldía de Chacao, afirma por su parte “…Las cooperativas no son una solución, no generan prestaciones sociales, no pueden medir la productividad…” ¿Coincidencias bolivarianas? En la parte final del trabajo de Norma, bajo el titular de párrafo “Labor silenciosa”, describe los esfuerzos del poder ejecutivo, que tomó cartas en el asunto ante el tsunami de basura que llegó a arropar a la ciudad, superando la operatividad y la capacidad de las alcaldías y la acción interesada y antisocial de las recolectoras. Pero no debe ser ese el camino. El Presidente no puede ser el Alcalde de 320 alcaldías. El no cobra la cuota de aseo urebano, relleno con IVA, ni nada de eso. En la lista de propuestas en consideración de la magna reunión, resalta una en que todos coinciden: “Evaluación de las tarifas, para 58
ajustarlas a la realidad”. Es decir, todos aceptan evaluar cuánto castigo se aplicará al culpable de la generación del kilo diario de basura: el ciudadano. La undécima propuesta roza de nuevo el problema, al culpar a “las empresas y o comercios porque son los que generan basura”, y por lo tanto hay que cobrarles tributos. Casi le llega a la esencia del asunto. Todas las demás “propuestas” son las mismas de siempre, de hace medio siglo. Ninguna congenia con la realidad, con la nueva realidad, descrita por la Constitución Bolivariana y por el enorme crecimiento del consumo masivo. Ambas nuevas condicionantes de nuestra vida citadina se dan metidas en el bosque ideológico del capitalismo (ganancia máxima, ley del mercado). Esta cohabitación nefasta de lo nuevo con lo viejo, exige a los burócratas, un esfuerzo creativo, lo cual es generalmente escaso, si no imposible. La única esperanza de racionalidad en la solución de nuevo estilo a los viejos problemas, es incentivar y “pararle bola” a la crítica sincera y honesta. Ejemplo: Hay un montón de basura en una calle o plaza. El burócrata “comprende” el problema a su modo. Piensa: la basura es un problema. Hay que recogerla, transportarla y botarla en el relleno sanitario. En eso es que coinciden todos los invitados del Profesor Díaz Rangel. El crítico observa el montón de basura y aplica el raciocinio científico. Porqué está ahí. ¿Estuvo siempre ahí? Cuál es su origen o los orígenes de sus componentes, en fin, cosas así. Partiendo de la meticulosidad crítica, un funcionario cumplidor de sus obligaciones con la comunidad, llegará hasta la revisión sistemática de la “cosa”, hasta descubrir sus causas últimas, su razón de ser, su nacimiento, vida y muerte. En la magna reunión (que dicen se repetirá) estas frases serían sacrílegas, o por lo menos incomprensibles. Pero ellas definen el camino correcto para llegar a soluciones realistas, duraderas, tranquilizantes para la ciudadanía. Sin embargo… 59
Estamos cumpliendo dos años de campaña sobre este tema, aquí en la RLNP y su congénere el periódico “Negro Primero”. Y no es que ningún funcionario lea los periódicos comunitarios, que nadie escuche la radio comunitaria. Tampoco es que los periodistas no saben de la existencia de estos medios “esdientados”. Lo que sucede es que desde estos medios se hace crítica de la buena. Crítica libre y sin miedos. No tenemos anunciantes que perder. Nuestro presupuesto es sencillo: ingresos mínimos, esfuerzos máximos. No negociamos nada. Somos la voz de los que necesitan ser escuchados. Por eso insistiremos en la búsqueda de soluciones revolucionarias, a los problemas heredados de la cuarta república. Desafiamos a todos los alcaldes de Venezuela a revisar durante treinta días el contenido de cien contenedores de zonas típicas y a que tabulen el contenido. Comprobarán que más de la mitad de la basura lo constituyen los objetos y envases desechables. La gran industria impone el consumo masivo de lo desechable. Los medios trabajan para ella. El ciudadano no tiene alternativas. No puede tragarse el envase plástico o de cartón o de vidrio. Lo bota donde sea. El detallista que se lo vendió se considera inocente. El camionero que se libró de volver cada día hasta la planta industrial con su carga de envases retornables, está feliz. La gran empresa de XCOLA contabiliza sus ahorros en costos de transporte y lavado y desinfección de los envases. El Alcalde se vuelve loco porque ningún presupuesto le alcanza para botar tanto botellerío. El ciudadano paga su aseo urbano, y encima le acusan de productor de basura. Entonces… llaman a Chávez. Que resuelva esa porquería a realazos, para eso tenemos a PDVSA boyante. Chávez pone a sus ministros a trabajar, asigna sopotocientos millardos, aprueba los planes que le presentan, crea instituciones… Y las ciudades igual de sucias. Todas. Señores alcaldes y periodistas, ministros, ¿No creen que es hora de ponerse a pensar y trabajar en serio, científica y revolucionariamente para matar la culebra por la cabeza en vez de seguir pellizcándole la cola?
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Posibles soluciones, para el grave problema que padecemos.
La basura... Por: José Varela El Charrúa Latinoamericano Fecha de publicación: 22/01/09 Aporrea
Todos somos concientes que el Gobierno Nacional, ha implementado un sin fin de acciones para poder solucionar esta grave problemática. Contenedores de todo tipo colocados en los lugares claves, una flota considerable de nuevos camiones de recolección, barredoras de avanzada tecnología, publicidad para que la ciudadanía comprenda de la importancia de colaborar en todo lo concerniente a la limpieza, etc, etc... Creo que sería interesante estudiar nuevas alternativas y crear nuevas ordenanzas, para poder paliar esta grave problemática que padecemos todos por igual. No solo observamos los problemas de recolección, también somos testigos del montón de objetos regados por las principales arterias viales, como calles, avenidas, carreteras y autopistas. Si buscamos una solución en lo concerniente a lo que los distraídos ciudadanos botan por las calles, reduciríamos en forma considerable la cantidad de basura que llegan a diario a los vertederos y rellenos sanitarios. Si ponemos atención, veremos que la gran mayoría de la misma, está compuesta de los famosos vasos plásticos y botellas de vidrio no retornables por doquier. Si logramos atacar con firmeza esta parte de los desechos, habremos dado un gran paso, en tratar de solventar dicha problemática... Las nuevas reglamentaciones deben ir dirigidas a los comercios y las empresas, que son las que mas respetan las leyes, por sanciones y multas que acarrearían, de no acatar dichas normas. Tenemos que ser concientes que los ciudadanos de a pie, son los mas reacios en cumplir ordenanzas, tenemos el ejemplo de los semáforos, el ingerir alcohol en la vía publica, botar latas y botellas por las ventanas de los vehículos, etc, etc. 61
Implementar por medio de nuevas ordenanzas, que las fuentes de soda y panaderías, regresen nuevamente a la venta de café y con leche, en posillos y tazas, como en el ayer. Dicha medida obligaría indirectamente a las personas, a que consuman su café en dichos establecimientos, al igual que los refrescos y jugos naturales venderlos únicamente en vasos de vidrio, para ser consumidos en los locales. De esa manera eliminaríamos un sin fin de vasos plásticos regados por todas partes por parte de personas inconscientes y también por el mal servicio de recoger los mismos en los pipotes colocados en esos sitios para tal fin (que muchas veces se encuentran hasta el tope), lo que obliga muchas veces a botarlos en la vía publica, a sabiendas que eso no es lo correcto. Las botellas de refrescos y cerveza, obligatoriamente convertirlas todas sin excepción en retornables... Si un refresco o cerveza tiene un costo de 2.50 BF, que el envase tenga un costo de 5 BF, de ese modo el consumidor y el vendedor, pondrían una mayor atención y cuidado en el envase, por el alto costo de los mismos. Solamente permitir a las empresas comercializadoras de refrescos los envases plásticos para 1 litro y 2 litros y que las de menor contenido sólo sean expedidas en botellas de vidrio retornables y dejaremos de ver el desagradable panorama de ver cientos de botellas regadas por nuestra ciudad, tanto de plástico como de vidrio. Con estas simples medidas tendremos un gigantesco adelanto en tratar de solucionar el grave problema de los desechos, que se nos puede convertir en un grave problema de insalubridad.... (Soy conciente que estas medidas, solucionarían en parte la problemática de la basura, pero no es menos cierto que si la atacamos por distintos frentes con disciplina y sin descanso, lograremos vencer este grave problema que tenemos por delante) Si acompañamos esas ordenanzas con otras obligaciones: Obligar por decreto a todas las televisoras a difundir cada una hora mensajes agresivos, para difundir la irrenunciable obligación que 62
tenemos todos, de mantener limpias nuestras ciudades, concienciar a los ciudadanos la importancia de evitar el bote de basura en los barrios en lugares de peligro eminentes para su población, como son las quebradas donde todos sabemos que son las culpables de desbordamientos en tiempo de lluvias, poniendo en peligro la vida de sus habitantes. Concienciar a los niños, y en los colegios si es posible, para que por intermedio de ellos llegar a sus padres, en la irrenunciable tarea de colaborar. Cumplir a cabalidad con la recolección programada y sin ausencias, a sabiendas que dichas fallas conllevan a la ira de la ciudadanía y solo se logra con ello, que se pongan molestos y con razón y se nieguen a colaborar, por las causas aquí descriptas. Implementando estas acciones, acompañadas de mejores sistemas de recolección de desperdicios, con una mayor flota de camiones, con talleres propios para mejorar el mantenimiento de los mismos, con reservas considerables de repuestos, para que ninguna unidad quede en desuso y modernizando y ampliando los vertederos, tal vez podremos vencer este monstruo de mil cabezas que por momentos nos da la impresión que no tuviera solución. “NECESARIO ES VENCER” jovarela33@cantv.net
BASURA Y RECICLAJE Por: F. Barrett Carpeta del programa “Red de Noticias de comunitarias”, RNLP
ESQUEMA DE LOS CICLOS 1 – GENERACIÓN La basura es generada en la agricultura, la industria, el comercio, la construcción, y otras actividades propias de la sociedad. Un lugar muy especial es el hogar, la casa familiar. Especial, porque el hogar es donde se concentra el consumo de alimentos y todo tipo de artículos corrientes. El consumo también se desarrolla en lugares públicos: restaurantes, espectáculos, calles, plazas y parques, además del sitio menos apropiado, como el interior de los vehículos. 63
Los animales y la vegetación, también generan desperdicios que se asocian con la basura. Completa este ciclo cualquier objeto, aparato o herramienta que ya no sirve ni se puede reparar, que se integra a la basura. El sujeto fundamental de este tema es la basura urbana, ya que es la que se presenta visible, físicamente, como el gran problema de las ciudades. En pequeños asentamientos humanos, la proporción entre la gente y su entorno permite obviar el tema por poco importante. En la vivienda campesina típica es uso universal la excavación de pequeños espacios donde se botan los desperdicios, y periódicamente de entierran. 2 – MANEJO El conjunto de ideas establecidas sobre el problema de la basura se reproduce en la respuesta clásica: la ciudad crea un servicio de aseo urbano, que consiste en la recolección, transporte con una etapa intermedia de transferencia de los recolectores a los camiones de gran capacidad, que la lleva hasta su disposición final, antiguamente llamado botadero o bote, y que hoy, luego de complejos estudios y grandiosas inversiones se llama relleno sanitario. Estas etapas de este ciclo conforman una cadena de jugosos negocios que van desde la publicidad para educar al ciudadano sobre su colaboración necesaria para facilitar el servicio, el suministro de los costosos contenedores, la venta de maquinaria y equipos de altos precios para la recolección, la compactación, el transporte pesado, la construcción de los rellenos sanitarios, donde la basura queda aislada de la propia tierra, se le dota de tubos respiratorios, etc. También la ciudad debe costear el servido de barrido de calles y otros espacios públicos y el de recolección con los conocidos camiones, generalmente contratados con empresas transnacionales. Debe reconocerse que la innovación técnica de los actuales rellenos, pagan a la naturaleza los daños anteriores, durante los cuales la ciudad se deshacía de la maloliente, contaminante y vergonzante basura, a costa de llevarla a un campo fuera de la ciudad, para que hieda donde vive poca gente, contamine la tierra y envenene las aguas. 64
3 – REVISIÓN Y CUANTIFICACIÓN Lo que se incluyó siempre entre las ideas preestablecidas sobre el tema es la cantidad, el tonelaje de basura que produce la ciudad, y de allí la deducción de cuánto produce cada ciudadano. Parece razonable, pero no lo es. El tonelaje, una perogrullada extraída de cuántos camiones se llenan cada día. Pero de ahí a trasladar la responsabilidad de cada kilo de basura al ciudadano, a la familia, es una media verdad que oculta una mentira completa, metida a la cañona en la propia Ordenanza de Aseo Urbano. Revisar, analizar los componentes de la basura urbana se debe realizar en distintas formas, según para qué se analiza. Extraída de alguna página digital, apareció a comienzos de este año en la prensa la cuantificación de los componentes según su naturaleza: orgánicos e inorgánicos. Parece algo tecnológico, pero su utilidad se limitaría a las intenciones del reciclaje. Sin embargo, para esa intención, lo que debe precisarse es el porcentaje de los materiales que se decida reciclar, contenidos en la basura. Cuánto metal, cuánto vidrio, cuanto plástico, etc., que además puede variar mucho según de que zona proviene. Esto se ve muy claro cuando recordamos que desde finales de 2006 aumentó hasta lo nunca visto el cartón en la basura de Caracas. Y es que por no sé que motivos comerciales, cerró la mayoría de las empresas recicladoras de cartón. 4 – CUANTIFICAR PARA MINIMIZAR Talvez distinguir entre lo orgánico y lo inorgánico coincida con la diferenciación entre conchas de vegetales de nuestra cocina y latas o botellas de cerveza y licores. Y podemos cruzarlo con el espantoso tonelaje, para llegar a conclusiones muy válidas para intentar una política de minimización del volumen de la basura urbana, según reza una línea de nuestra Ley Sobre el ambiente.
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Así nos encontraremos con que, según nuestras propias mediciones, los envases desechables constituyen la mitad de la basura de Caracas. LA MITAD DE LAS 4 MIL TONELADAS DE LA BASURA DE CARACAS ESTÁ FORMADA POR ENVASES DESECHABLES: NADA MENOS QUE DOS MIL TONELADAS DIARIAS. Esta situación viene de años atrás. Y hace cuatro años que lo denunciamos. Si las autoridades se fijaran en tan grave situación, algunas de ellas hubieran sugerido tomar algunas medidas para minimizar ese despilfarro. Este hecho denunciado es mucho más importante que todos los proyectos de reciclaje juntos. Y aún mucho más grave es el fenómeno si miramos a todo el país. Véase Maracaibo: 30 millones de envases los fines de semana, que van al flujo común de la basura urbana. Es cierto que la ciudad (y todo el país) ahorraría una montaña de dinero si tomara el camino de legislar para imponer los envases reusables, como fue siempre, o cobrar un impuesto municipal para costear la mitad del aseo urbano. Señores Alcaldes, señores Ministros, saquen la cuenta. CASO REAL EN SUDAMÉRICA, SIN MUCHO DINERO
Una ciudad socialista Por: F. Barrett Periódico Negro Primero, Septiembre 2008, RNLP
El periódico NEGRO PRIMERO viene analizando, criticando, proponiendo soluciones en relación al problema de la basura urbana, trabajo que concluirá en breve tiempo con una proposición de Ley Nacional y otra de Ordenanza municipal modelo para enfrentar uno de los componentes demoníacos del asunto: la producción industrial de objetos y envases desechables. Hoy presentamos una aproximación preliminar a la experiencia de la ciudad de Montevideo que, bajo el gobierno socialista del Frente Amplio y sus aliados, ha enfrentado con éxito todos los problemas que agobian a Caracas.
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La señora Alicia Revello va, como todos los martes y viernes al supermercado. Sale de su casa con su carrito de compras lleno. Llega primero al trailer-container de envases y objetos reciclables, donde deposita todo cuanto pueda ser reutilizado, en tres compartimentos. Luego va a la sección “envases retornables”, introduce en un aparato todos los envases que lleva, con la etiqueta hacia arriba para que el aparato lea los códigos de barra. La máquina recibe todos los envases y expide un papelito con el valor de todos los envases recibidos, expresado en pesos uruguayos. Alicia entra a las instalaciones, guiada por una lista de compras habitual ya memorizada, corregida con accidentales faltantes en su alacena y, como etapa final de la tarea, hace su cola en la caja. La cajera le da el monto de su compra, Alicia le entrega el papelito de la máquina de los envases, y paga el resto en efectivo o con tarjeta. Conclusión: La legislación, la política administrativa del Gobierno de la Ciudad, ha rescatado de la historia el tradicional valor de los envases retornables, reusables. Actitud opuesta a la sociedad consumista, la sociedad del despilfarro, en la cual se oculta el valor social de lo que la publicidad promueve e impone, como es el caso de Caracas, Venezuela. Es determinante, para la solución de los problemas de la ciudad, la coincidencia de la cultura de los ciudadanos con la política del gobierno de la ciudad. Eso significa que las decisiones de las autoridades emanan de un intercambio creativo de criterios entre la ciudadanía y las instituciones. Situación que en nuestro caso no se ha dado. Los ciudadanos tienen claro que el envase desechable tiene un costo que el consumidor paga. Por eso prefiere el producto que viene en envases reusables. En la concepción general del sistema han participado, indiscutiblemente, todos los actores: fabricantes, distribuidores y consumidores, y el ente ciudad, el Municipio. Así, se frena el flujo de lo desechable que cae en el flujo general de la basura urbana. Luego viene el manejo de la basura en la calle. Montevideo, luego de un periodo de sunamis de basura, extensión de la basura por todos los espacios de aceras y calzadas, limitando la movilidad de ciudada67
nos y vehículos y agravando el riesgo de salud a lo largo y ancho de la ciudad, drama que los gobiernos dictatoriales y posdictatoriales nunca intentaron resolver, bajo el gobierno socialista, encontró el camino. Con una ayuda del poder ejecutivo nacional, que no puede compararse con las cuantiosas inversiones del ejecutivo nacional venezolano, la Intendencia Municipal de Motevideo (Alcaldía), dotó a la ciudad de suficientes contenedores para que los ciudadanos depositaran la basura a ser colectada por los camiones del sistema, demarcó las áreas adyacentes donde no puede estacionarse ningún vehículo, sensó, disciplinó, capacitó a los “hurgadores” (lateros), y les dotó de los equipos apropiados que aseguraban una tarea limpia, respetando las reglas para mantener la ciudad limpia. A finales de la dictadura militar y en los dos periodos de gobiernos “democráticos”, la buhonería convirtió a Montevideo en un gigantesco mercado persa de treinta kilómetros fuera de control, más las ferias locales en idénticas condiciones. Suciedad, desorden, espacios robados a la ciudadadnía, mercancías de dudoso origen circulando libremente, sin freno. Cuando llegó el gobierno socialista, LA CIUDAD, gobernada con criterio socialista, ubicó a los vendedores ambulantes DENTRO del circuito económico, dentro del cuadro social de la ciudad. Trabajo, salud, educación, capacitación, protección del Estado a los niños. Miles de ciudadanos reintegrados a la vida normal de la sociedad. Y todo sin la montaña de petrodólares que Venezuela dispone y gasta en esos menesteres. Lo principal que debemos señalar es que en todos esos cambios NO SE PROTEGIÓ A NINGUNA DE LAS EMPRESAS QUE ESTUVIERAN LUCRANDO CON LOS NEGOCIOS derivados del problema de la basura urbana, vicio permanente de la administración municipal de la cuarta repúiblica que la quinta no ha podido superar. Aprendamos. Copiemos lo bueno, que en la propia Sudamérica es posible y se está realizando. Potenciales candidatos a entidades municipales, redacten sus programas de acción.
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UNA VEZ MÁS, LA BASURA. PRINCIPAL ARMA DE SABOTAJE
Tsunami de basura Por: Fernando Barrett Periódico Negro Primero, Noviembre 2008, RNLP
La panoplia de los medios de sabotaje escuálido está conformada por el metro de Caracas y Los Teques, los apagones, Internet (novedad), el agua, los gatillos alegres, las guarimbas, y muy especialmente, la basura. Separadas o simultáneas, estas armas actúan sistemáticamente, martillando el consciente y el subconsciente de la población, apoyando el otro martilleo constante: el terrorismo mediático. El pesimismo consecuente de la falta de atención radical a esta ofensiva infernal, desorienta a la gente. Todo hace pensar que estas cosas no tienen solución. Pero veamos… Los escuálidos, como autómatas, lanzan los escombros, la basura, los restos de podar árboles y jardines, junto a los contenedores. Así agudizan el problema. El camión del aseo no pasa, o lo hace menos veces que lo necesario. El fin de semana inventaron un conflicto en las empresas de recolección. Evidente, el conflicto también es para agudizar… crecen los montones malolientes. Eso es lo anecdótico. El sabotaje visible, el pequeño. Porque el grande, el verdadero quid de la basura es el capitalismo. La producción masiva de artículos de consumo, promovidos, envasados, repartidos por todo el país. La gente consume lo de adentro, y bota el envase. Lo bota porque la televisión se lo enseña. Los fabricantes capitalistas, antes del neoliberalismo de manicomio, usaban los envases cien o mil veces. El envase iba y venía. Iba lleno al consumidor y volvía vacío a la planta embotelladora. LA CABEZA DE LA CULEBRA Ahí está la sinvergüenzura, la prestidigitación mental para estafar a los municipios, y por ende a los ciudadanos: la reutilización tiene un costo de transporte para volver a la planta, otro costo que es lavar y des-
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infectar los envases (maquinaria, energía, personal, tiempo, espacio…) además de que deben ser decorados, rotulados al calor, para resistir todo eso. La sinvergüenzura, nada genial pero oculta bajo la trampa de la “comodidad” del usuario que bota los envases usados en vez de retornarlos. Y el costo, que parece no haber sido creado por la empresa capitalista, pasa al manejo de la basura: embolsar, contenedores, recolección, compactación que todos pagamos, a través del Municipio o Alcaldía. Y luego viene el transporte final al vertedero, actualmente llamado “relleno sanitario”, y que al Estado, no a la fábrica de bebidas, le sale carísimo. El Estado traslada también ese costo al ciudadano. Los defensores de este modo de “tratar” la basura y su costo de manejo, son los que lucran con el sistema: los fabricantes que usan envases y empaques desechables, los que venden las máquinas e instalaciones para el “manejo”, las empresas recolectoras, las empresas que construyen los “rellenos”. Ninguno de estos está dispuesto a permitir que se aclaren las cosas oscuras de la basura, todos manipulan a las autoridades para que las cosas sigan igual. Los políticos no tienen ganas de trabajar en el tema. Es más fácil dejar que todo siga igual. Desde luego, al plantearse una discusión de éstas, sacan a relucir la afirmación de que “el ciudadano, las familias producen la basura”... En las casas, en las familias, no se producen cartones de jugos químicos, botellas de ron, de cerveza, de whisky, de vino, y menos los empaques de poliestireno expandido (“anime”) y cartón corrugado. BASURA NORMAL Y BASURA DELINCUENTE Hay un mínimo inevitable de basura, resultado de preparar comidas, usar el baño y barrer la casa: mondaduras (conchas) de papas, naranjas, tomates, pepinos, cambiar al bebé, servilletas de papel, medias rotas, lentes rotos y mil etcéteras. Pero desafiamos a cualquier alcaldía, a cualquier institución, a investigar y determinar el porcentaje de los desechables incorporado a la basura “normal”. Nuestras experiencias muestran un 55 %. 70
Pues lo revolucionario parece ser que ese 55 % lo paguen quienes lo produjeron, los fabricantes de alimentos, bebidas y otros artículos, distribuidos en envases y empaques desechables. Eso nos lleva a: legislar, a nivel nacional y a nivel municipal. Esta campaña electoral, donde tanta gente compite por asumir gobernaciones y alcaldías, es buena ocasión para volver por enésima vez sobre el tema. Para Caracas tenemos propuestos un Alcalde y un Alcalde Distrital o Mayor, cada uno de los cuales merece el apoyo de los ciudadanos, dados los desempeños de cada uno de ellos en importantes cargos anteriormente ejercidos. En serio y en broma, desde los micrófonos de la RLNP venimos repitiendo, incansables, la oferta de programas de gobierno ya elaborados por nosotros, para cederlos patrióticamente a nuestros candidatos preferidos. Creemos que quien adoptare nuestras propuestas sobre la basura y la aplicare en su ejercicio de gobierno, gobernará hasta sus últimos días, por la gratitud de su pueblo. Ojalá alguno de los dos nos tome la palabra, y el tema se trate en una asamblea popular, para palpar en vivo, qué opina, qué piensa la gente de estas ideas. Al que le interese el tema, le recomendamos revisar toda la serie de artículos sobre el tema aparecidos en este periódico en los dos últimos años. También haremos el esfuerzo de disponer de espacio digital, para poner al alcance de mucha gente esto materiales. MISTERIOS DE LA CIENCIA… Misterios de la ciencia 4
“La basura es un tesoro…” Por: Eduardo Rothe Fecha de publicación: 03/11/0 - Aporrea (FRAGMENTO DE LA NOTA)
…que la empresa privada nos regala donde sea que vivamos. Para mejor distribución de tal riqueza, los camiones de basura riegan su carga nauseabunda a lo largo de la Valle-Coche. No es fácil, 71
se requiere combinar dos factores: los camiones deben ir destapados (sin lona o encerado) y a toda velocidad. El tiempo es oro hasta para repartir un tesoro. ¿A dónde llevan el resto? Alguna parte la arrojan en el río que sale de la represa La Mariposa, para la fase líquida-contaminante de esta socialización. Años atrás el basurero de la Caracas-La Guaira estaba controlado por “El Señor de los Zamuros”, un italiano de apellido Porco cuya palabra era ley para los que vivían en y de la basura de la Cuarta. Porco era más limpio y menos corrupto que todos los empresarios que hoy manejan la basura de Caracas, de “Cotécnica” y los “panas de alcalde” que “colaboran” con camiones de volteo a 50 Bs. F la tonelada. Con 1000 a 3000 toneladas al día, son centenares de millones diarios, una pequeña y privada PDVSA del mosquero, con empresarios tan privados y tan sucios como su basura. Panamá, Buenos Aires, Montevideo, La Paz, Guatemala, no tienen basura. Caracas tiene iniciativa privada. rotheeduardo@hotmail.com
De Rebelión.
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Mandan carta dirigida al Presidente de la República, al Alcalde del Municipio Libertador y a la Ministra del Trabajo
Trabajadores de recolección de desechos llaman en asamblea a asumir el reto de la prestación del servicio del aseo urbano en Caracas Por: Aporrea.org Fecha de publicación: 16/01/04
Caracas, enero 16, 2003 (Aporrea.org).- En una asamblea a casa llena realizada este miércoles 14 de enero en la Casa Sindical de El Paraíso, los trabajadores de la antigua operadora transnacional de recolección de basura COTECNICA y de su homologa FOSPUCA, bajo la consigna “POR UN MEJOR VIVIR... ¡ASUMAMOS EL RETO!, se comprometieron a luchar por la defensa de sus puestos de trabajo, por no permitir que las operadoras transnacionales les roben el dinero que les corresponde por sus años de servicio y porque se busquen formulas distintas a la licitación que es una manera de privatizar nuevamente el servicio. Tanto a COTECNICA como a FOSPUCA se les venció el contrato de concesión para la recolección de basura en Caracas el 31-12-2003. Varios de los trabajadores denunciaron que la patronal de FOSPUCA, a la cual califican de “mafia”, a través de su gerente general Luis Roig, intentaron sabotear la asamblea cancelando por primera vez los beneficios de “cesta ticket” un día 14 y a la hora de inicio de la asamblea. A pesar de esta maniobra de las transnacionales de la basura, que el día 12 de abril del 2002 le cambiaron las franelas rojas a los trabajadores por franelas blancas, la Asamblea fue un éxito. Los trabajadores acusan a estas empresas de ser conspiradores y golpistas de vieja data, porque le han jugado sucio a los trabajadores, al municipio y a los caraqueños que son los!La base decide! El comunicado votado en la asamblea, el cual es dirigido al Presidente Hugo Chávez, al Alcalde del Municipio Libertador Freddy Bernal y a la Ministra del Trabajo Maria Cristina Iglesias, llama a explorar vías cogestionarias en la prestación del servicio, y a un fortalecimiento de la experiencia cooperativista con participación de las comunidades. 73
Cabe destacar que recientemente, la empresa estatal de servicio de agua Hidrocapital, decidió prescindir de los servicios de la contratista que operaba en el Sistema Barlovento, y darle el contrato a una cooperativa integrada por antiguos trabajadores de la empresa. Debido a los antecedentes del carácter político de algunas acciones llevadas acabo por estas dos empresas de basura, la propuesta de los trabajadores de prestar el servicio a través de cooperativas, cobra gran sentido, en especial dada la importancia que el Presidente Chávez le ha dado a este tipo de auto organización de los trabajadores. A la asamblea se invitó formalmente al Alcalde Freddy Bernal, a los representantes de la Central de Cooperativas del Municipio Libertador-LIBERCOOP y a la Ministra del Trabajo Maria Cristina Iglesias, pero sólo se contó con la presencia del Director de la Alcaldía Amilcar Figueroa en representación del Alcalde Bernal. El Sambil de la Candelaria
Demolerlo Por: Orángel Rivas Fecha de publicación: 07/01/09 - Aporrea
La orden del Presidente sobre la expropiación del Centro Comercial Sambil de la Candelaria, muestra el carácter contradictorio del socialismo en Venezuela. Esa decisión no fue el resultado de la movilización popular. Instancias comunitarias de la Parroquia Candelaria y sus adyacencias, iniciaron una lucha, pero el muro de la alienación, no posibilitó la movilización consciente, frente a la indiferencia de vecinos, y de la burocracia de la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Libertador, Distrito Capital. Autoridades municipales y nacionales, empresarios y profesionales pugnaron por sus intereses particulares y no por los intereses colectivos, lo que conllevó a que esa “mole de cemento” esté allí, por ahora. La parroquia Candelaria, tiene apenas 1,49 km2 y 63.000 habitantes. Es la más densa del Distrito Capital, que alcanza a 41.852 habitantes por Km2, para el año 2007, según cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE), lo cual representa 7,4 veces más que la correspondiente al mencionado Distrito. 74
La construcción del monstruo de la Candelaria, como lo dijéramos en el semanario Temas (Año 6, No. 247, de octubre de 2007) y en la página electrónica de Aporrea, publicado el 10 de octubre de 2007, es la expresión de la hegemonía del capital, el cual para subsistir tiene irremediablemente que expandirse, deviniendo en un crecimiento incontrolable, sin límites. Muestra de ello, es que hay una “sambilización” de Venezuela (Chacao, Margarita, Valencia, Maracaibo, Paraguaná, Barquisimeto, San Cristóbal, La Candelaria), sin contar con otras estructuras comerciales, construidas por el Grupo Cohen, como el “Sambilito” de Petare y el Centro Comercial Boleíta Center, en Boleíta Norte, municipio Sucre. El límite de la expansión del capital, modalidad de capitalismo o post capitalismo (por ejemplo, socialismo soviético) es la muerte de la naturaleza, esto es la destrucción del planeta. Vinculado con el espíritu depredador urbano del monstruo de la Candelaria es el envenenamiento del árbol Mijao, centenario y autóctono (al lado de la tienda Dorsay, del Edificio Belloral, también construido por la constructora Sambil, en la esquina Luís Razzeti, antigua Cervecería Caracas). Defensores del monstruo de la Candelaria, argumentan su necesidad porque se generan empleos, disminuye la inseguridad pública, es un sitio de recreación y se revalorizan las propiedades. Si realizáramos un balance, veríamos con claridad, los efectos negativos globales sobrepasan a los supuestos efectos positivos. Contabilicemos, las horas hombres de trabajo perdidas en el tráfico; contaminación atmosférica, especialmente la contaminación sónica, stress, menor entrada de aire natural a vecinos del lado sur de la obra; mayor carga sobre servicios de energía eléctrica, agua, aseo urbano. Es importante, que pensemos en la calidad de vida de la ciudad, y no en el beneficio individual, que traería ese monstruo. Seguramente, los dueños del Sambil cumplieron con los trámites y los procedimientos para la construcción, y que fueron “debidamente” otorgados. Lo cual nunca debió haber ocurrido, si nuestras instituciones responsables de la ciudad funcionaran adecuadamente. Pero, aún estas instituciones están inmersas en el metabolismo social del capital, al cual le está vinculado la corrupción, donde el desafío es superarla, porque es intrínsecamente ajena al contenido emancipatorio del socialismo. Ello 75
no los excluye de la responsabilidad que tienen ante los efectos negativos que han causado en la calidad de vida del venezolano, promoviendo el consumismo y el sedentarismo, causante de enfermedades tales como obesidad, diabetes, enfermedades coronarias. La madeja del dominio del capital arrastra a profesionales de la arquitectura, ingeniería, quienes tampoco tienen una actitud crítica ante propuestas del capital, por más inconvenientes que sean para la comunidad. Arquitectos e ingenieros, responsables del diseño y construcción de la obra, tuvieron conductas no éticas al comprometerse en el desarrollo de ese monstruo. Los gremios, los sindicatos y obreros de la construcción, comparten su responsabilidad, al igual que la comunidad, principalmente de la parroquia Candelaria. Los empresarios, que invirtieron en la compra de locales, sólo pensaron en sus ganancias futuras, sin importarles los daños que puedan causar al prójimo, y a la ciudad misma. La función de planificación urbana desapareció, desde hace varias décadas no cumple su función. En Venezuela, la planificación urbana entró tardíamente, específicamente en la década de los años 40 con el Plan Rotival, seguido del Plan Urbano para Caracas en los años 50. Han pasado cerca de 7 décadas y los problemas de Caracas, más bien se han agravado. La mayoría de las ciudades, incluida la añorada ciudad de los “techos rojos”, carecen de planificación urbana, quedando a merced del imperio del mercado dominado por los intereses del capital y no de los ciudadanos. Desde una perspectiva de planificación, es estratégico fomentar el crecimiento regional más desconcentrado para reducir la presión sobre las ciudades del Eje Norte Costero, con políticas territoriales claras y alcanzables. El metabolismo social del capital tiene su base en el trabajo asalariado y en la tasa de utilización decreciente de la mercancía (obsolescencia programada). ¿Acaso nos acordamos del número de generaciones de celulares que han inundado el mercado local, desde que aparecieron en Venezuela, a comienzos de la década de los noventa? ¿Cuántas versiones de computadoras?. La contrapartida de la obsolescencia programada es el “consumismo”, del cual los centros comerciales son espacios privilegiados para su materialización. Estamos hablando de consumismo y no de consumo, el cual permite la satisfacción de las necesidades. 76
El consumismo, está referido a distorsiones del proceso económico del consumo, en el sentido del consumo excesivo y refinado, por parte de algunas sociedades, o por determinados sectores sociales, por lo cual no conduce a una satisfacción adecuada de determinadas necesidades humanas, individuales, sociales y comunitarias. En tal sentido, el consumismo expresa más bien una situación de subdesarrollo del consumo. Esto es un proceso donde el consumo no cumple a nivel social sus objetivos racionales, y que no avanza hacia su perfeccionamiento y desarrollo. Mientras el capital domine al trabajo, a la vida misma, el futuro de la humanidad corre peligro. Al capital no le importa el daño que puede causar al ambiente, al tránsito, a la tranquilidad de los ciudadanos, a la salud. Lo único que importa es la maximización de la tasa de ganancia. Este monstruo lo que hará es aumentar los problemas ya existentes en esta parroquia, donde la solución no es ampliar aceras, tumbar el elevado de la Urdaneta, eliminar el boulevar de la Avenida Vollmer, reordenar la circulación del tránsito vehicular. La solución tampoco es cambiar su uso, porque no quedarían superados problemas que genera esa mole de cemento. Por todo ello, hay que comenzar reestableciendo el equilibrio en la ciudad de Caracas, cuyo comienzo debe ser la demolición total del monstruo de la Candelaria, extirpar ese cáncer de la ciudad, con un juicio popular a los responsables, desde las autoridades municipales y nacionales, que concedieron el permiso, a los arquitectos que la diseñaron e ingenieros y al dueño de la obra. Como pueblo, como revolucionarios, somos expresión del incipiente grado de desarrollo del proyecto, la teoría y la realidad del Socialismo Bolivariano. Tenemos el desafío de construir la institucionalidad pública de características socialistas y una cultura, que supere nuestras conductas con rasgos pequeños burgueses, que conlleve la construcción compartida de mejores ciudades, que ojalá tengan incluso rasgos socialistas. Correo Electrónico: orangelrivas@yahoo.es
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Por el derecho al trabajo y protección del medio ambiente
Mérida: La planta de desechos abandonada, es un síntoma de la irresponsabilidad del Estado Por: Colectivo Libre Aquiles Nazoa / Mérida Fecha de publicación: 18/04/08 - Aporrea
MERIDA, Venezuela; 18 de abril (Colectivo Libre Aquiles Nazoa) La Planta de Tratamiento de Desechos Sólidos se encuentra en un estado lamentable de abandono desde noviembre del año pasado. Mientras tanto, la burocracia ha encontrado en el Consejo Comunal de la zona un nuevo parachoque para sus políticas antiobreras. El 11 de enero de 2008, el diario Pico Bolívar reseñó una reunión realizada en la alcaldía de Libertador entre representantes de la empresa española Urbaser, responsable del aseo urbano en el municipio; consejos comunales, y funcionarios. En la nota se puede leer lo siguiente: “(el alcalde Carlos León) expuso que se ha venido discutiendo la posibilidad de que el consejo comunal de Puente Viejo sea el encargado de asumir esta inversión del Estado, para encaminar el servicio que presta la planta “. Nosotros proponemos que sea una empresa estatal bajo control obrero la que se encargue de la gestión de la planta. No obstante, los trabajadores están agrupados en una cooperativa que perfectamente podría funcionar como empresa de producción social bajo alguna modalidad de cogestión con el Estado, sólo hace falta la voluntad política de la mancomunidad para acordar una fórmula de gestión. Sin embargo, ni siquiera se informó a los trabajadores de lo acordado en la negociación entablada con el Consejo Comunal. La cooperativa se dirigió formalmente al Consejo Comunal de Puente Viejo para solicitar una reunión en la que plantearían la reactivación de la planta con el concurso de los trabajadores, la comunidad y las autoridades. En la respuesta obtenida, el 31 de enero de 2008, el Consejo Comunal plantea directamente: “no tenemos ningún interés en la planta.” Sin embargo, los representantes comunales ejercen funciones de vigilancia en la planta, y cobran un peaje a los recicladores informales que acceden al botadero, en virtud del acuerdo con las alcaldías. 78
Lamentablemente, en este caso la figura del Consejo Comunal sirve nuevamente al Estado como un modo de tercerizar los conflictos que se derivan de los manejos negligentes y antiobreros de la burocracia. Pese a todas las dificultades, los trabajadores mantienen la movilización por la reapertura de la planta, y preparan una campaña internacional de solidaridad apelando principalmente al movimiento obrero y a las organizaciones de recicladores a nivel mundial, para emplazar al Estado venezolano a asumir su responsabilidad frente al caso.
Botadero de Basura que la empresa “Sincreba” dejó como recuerdo para todos los merideños, en el sector El Balcón, ni el municipio Sucre, ni la mancomunidad de alcaldes, el Ministerio del Ambiente, le buscan solución a este problema ...será que el relleno es un negocio también.
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La Planta de Tratamiento de Desechos Sólidos y el capitalismo de la basura Por: Simón Rodríguez Porras Fecha de publicación: 16/01/08 - Aporrea
Hay procesos que nunca se enteraron de que pasamos de la cuarta a la quinta república, como el de la construcción y puesta en funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Desechos Sólidos de Mérida. La empresa de maletín de un ex legislador adeco, Ricardo Vielma, contrató con sus compañeros de partido la construcción de la planta, con un proyecto que ascendía al millardo y medio de bolívares. La corrupción no distingue colores partidistas, sino modelos de gestión, y la burocracia roja terminó otorgando más de diez veces el monto original a la empresa Sincreba. No contentos con ello, le otorgaron la administración de la planta en concesión a la misma empresa. La historia adquiere un giro cuando los trabajadores le ponen un parado a esta mafia y toman la planta, reivindicando el control obrero. La de los trabajadores ha sido una lucha en contra de la rapiña capitalista y sus aliados en el Estado. Cada institución se ha encargado de demostrar su real vocación frente a la lucha clasista desatada en esta planta, y los trabajadores han terminado defendiendo sus derechos y los bienes públicos frente al mismo Estado. De manera absurda, los trabajadores han tenido que enfrentarse a grupos de choque patronales y cuerpos policiales por igual, además de aguantar los ataques virulentos de alcaldes como Jesús Abreu y Aaron Varela, y funcionarios como el delegado de la Defensoría del Pueblo para Mérida, a la par de los mercenarios de Vielma. Como suele ocurrir en estos casos, los medios de comunicación privados conspiran junto con la patronal y las autoridades para presentar el conflicto como una lucha entre grupos de trabajadores. En estos momentos, a casi tres meses de que fuera revocada la concesión de Sincreba, las autoridades municipales no han querido avanzar hacia una fórmula de gestión que implique la participación protagónica de los trabajadores, y mantienen la planta cerrada, jugando al desgaste de la lucha. Bajo cuerda, los cuerpos policiales cobran 80
un peaje a los recicladores informales que acceden a la zona del botadero, detrás de la planta, pero el paso está prohibido a los trabajadores que han luchado durante estos meses en defensa de la planta. Mientras tanto, los alcaldes estudian planes para construir un nuevo relleno sanitario en el cañaveral de El Chorote, anunciando de esta manera un nuevo ecocidio, el cierre definitivo de la planta y el fin de la lucha obrera. Para las autoridades, el nuevo relleno representa simplemente una nueva oportunidad de negocios. Los trabajadores preparan nuevas movilizaciones frente a este escenario. (Especial para Voz de los Trabajadores, órgano del Movimiento por la Construcción de un Partido de los Trabajadores)
A propósito de la Cumbre de Copenhague ¿El Reciclaje es realmente una alternativa de protección del Ambiente? Por: Ana Villaquiran Fecha de publicación: 22/12/09 - Aporrea
A propósito de la Cumbre de Copenhague sobre cambio climático de las Naciones Unidas, se me ocurrió elaborar este artículo: Desde que me gradué de ingeniero químico (hace ya algunos años) he estado escuchando acerca del reciclaje, como una metodología ambiental aceptable para proteger el ambiente; sin embargo el reciclaje a nivel mundial no alcanza el 10 % de los residuos y desechos producidos, reciclajes de 23 % son considerados exitosos, por otro lado hasta ahora las experiencias no son sustentables, puedo citar el caso del Programa de Recogida Selectiva Reciclando Vidas del Municipio Londrina, Paraná, Brasil. En el caso nuestro, el relleno sanitario de la Bonanza de la Gran Caracas apenas recicla un 1 %. Aparte de pequeñas experiencias exitosas, como la de Londrina y el Relleno el Tigre Guacara, donde los pepenadores (recicladores de la basura que trabajan en los vertederos y rellenos sanitarios) se han carnetizado, tienen horario y le hicieron baños para su aseo y necesidades personales, en los vertederos y rellenos sanitarios a nivel mundial los pepenadores tienen una calidad de vida indigna; a propósito recomiendo la película japonesa “El Rey de la Basura”, donde se puede observar este mundo de mafias, de vidas de dolor y miseria, que ni siquiera tienen el tiempo ni la capacidad de 81
percatarse de ello; sin embargo los expertos siguen y siguen hablando de reciclaje. Entonces, si el reciclaje no es la solución política, revolucionaria e innovadora ¿Cuál es?, obviamente reducir el consumo, cambiar la filosofía del concepto de mercadeo, por un mercadeo orientado a la protección del ambiente, el 60 % de los desechos urbanos son empaques y envoltorios de cajas, repito lo que dijo el Ing. Ricardo Rollande experto Argentino en Recolección y transporte de residuos y desechos Municipales. ¿Para qué nos sirven los empaques de las cremas dentales? Si piensas un poco, a nosotros no nos sirven de nada, en cambio las compañías productoras de dentrificos, la usan y necesitan para VENDER, para facilitar el consumismo, porque este Sistema Capitalista en el que nacimos (Que si lo hubiera sabido, a lo mejor me devuelvo) no le importa más nada, sino vender, vender y vender y nosotros los mal llamados por ellos del “tercer mundo” como si hubieran varios mundos (a lo mejor son metafísicos) somos el mercado consumista, ellos se matan por que sus empaques sean más bonitos, mas llamativos, para que el usuario se sienta atraído, sumado a interminables propagandas y ¡compre! y así se acumulan y acumulan desechos en el mundo. De continuar así solo dentro de 30 años, tendríamos aproximadamente un 111 % más de desechos, el cual aumentaría cada vez más cada año, de seguir el desenfrenado consumismo y si no son cambiados los criterios para el mercadeo el cual en vez de desarrollar empaques para vender, los desarrollen solo cuando sea estrictamente necesario para proteger el artículo, además hay que reducir el consumismo y sustituir usos como el de eliminar el papel y usar sistemas electrónicos, comprar un champú que se pueda recargar y no votar cada mes un frasco de plástico vacío que va al depósito de basura y que además dura más de 200 años para degradarse, eso mismo podemos hacer con el lavaplatos, desinfectante, cloro, (que por cierto se debe usar solo cuando sea estrictamente necesario, por que es altamente contaminante) detergente etc. y así los desechos orgánicos podrían utilizarse para hacer compos o enterrarse en un adecuado Relleno sanitario con recuperación de Biogas, sistema para recolectar los lixiviados y con planta de tratamiento para los lixiviados. Finalmente compatriotas los invito a bajar el consumismo y a propagar esta información. Piensenlo. Ana Isabel Villaquiran S - anaisabelvillaquiran@gmail.com
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Proyecto Módulo de Reciclaje y Planta de Compostaje Ayuda urgente para la Madre Naturaleza Por: *Reyes E. Morales P. Fecha de publicación: 25/05/10 - Aporrea
80% del Proyecto sería educación a cada uno de los miembros de la familia, casa por casa, enseñándolos a separar en la fuente. Esto lo haría la mesa técnica de reciclaje, creada en cada Consejo Comunal. El Proyecto consiste en separar en la fuente la materia vegetal, vidrio, papel, plásticos, antes de que se convierta en basura. Construcción de un Módulo de Reciclaje en cada Consejo Comunal, para el almacenaje y comercialización de lo separado en los hogares. Hacer un Concurso Nacional para el diseño del Módulo, a través de su página y con su apoyo. Lo contrario sería un fracaso. Todos lo reciclado será comercializado por el Consejo Comunal para la obtención de recursos para fomentar éste y otros proyectos. Con la materia vegetal que generen los módulos de reciclaje en cada Consejo Comunal, producir abono orgánico en Plantas de Compostaje creadas estratégicamente en cada municipio. Sería utilizado para restablecer la capa vegetal a muchos terrenos deforestados y estériles. *Contador Público - 0414-7109748 Estoy dispuesto a hacer trabajo comunitario, en la parte educativa
¿De verdad reconocemos nuestros errores? Por: Alex Rivero Fecha de publicación: 01/01/09 - Aporrea
En esta ocasión, cuando comienza el 2009 les deseo a todos ustedes que este año nuevo nos traiga a todos más patria y más realizaciones de avanzada en el desarrollo de nuestra revolución socialista. Hoy, me voy a referir al tema de los servicios públicos. Ojalá se pueda lograr su mejoramiento o mejor dicho, su buen funcionamiento 83
en este nuevo año. Ya estamos un poco cansados de oír la cantaleta de “reconocemos nuestros errores”, errores que lamentablemente se han cometido durante esta revolución. ¿Hasta cuando? yo preferiría oír en el futuro que no se comete ninguno. Se que es una utopía pero es un sueño por el bienestar del país, o al menos quisiera oír, que se toman medidas efectivas para no caer en esos errores reiteradamente. Pero, para no cometer o minimizar su ocurrencia, se hace necesario llevar en la mente y en el alma - como dice el ciudadano presidente -, la disposición de mantener y sostener una verdadera actitud de combate, sustentada en una moral y una voluntad política que impida o neutralice la aparición de esos errores. En la gama de errores, los de corrupción son los más notables y se levantan como el paradigma de los demás errores. Los errores de aplicación de la justicia son los más perversos porque atentan contra la dignidad de la persona o contra la colectividad que los soporta, pero también hay errores producto de la falta de planificación, de la visión super limitada que no permite avizorar el futuro o de los que aparecen por la mezquindad y la flojera. He aquí un caso concreto: La Alcaldía Mayor metropolitana, manejada por un demente disociado - Antonio Ledesma -, deja sin cobrar a más de 11.000 empleados, aduciendo para ello que no ha recibido el dinero para tal fin. Por otra parte, los afectados afirman que los recursos si le han llegado a la Alcaldía Mayor a través del situado constitucional. Mi pregunta es: ¿Quién otorga el situado constitucional? Pero, lo más grave del caso es que en un proceso revolucionario, no exista NADIE que pueda controlar el destino y uso de ese dinero (Ese es el error), o sea, el alcalde se lo puede meter por los forros si le da la gana y el otorgante no puede hacer nada. ¿Como les parece? Esto significa, que si mañana yo soy alcalde y por situado constitucional se me envía un dinero para lograr un objetivo cualquiera, yo puedo beneficiarme personalmente, sin restricciones, y tengo el poder hacer con ese dinero lo que me de la gana sin importarme para nada lo que pueda pensar el otorgante o quien sea. Me sabe, yo tengo el poder de engañar al país y a mi otorgante como me de la gana. No hay ley establecida que me impida hacer lo que quiera y punto. 84
Si eso es así y no se puede hacer NADA, entonces que siga la pachanga y la falta de autoridad que la justifica. Ya en una ocasión se me ocurrió proponer, sólo proponer, porque no tengo una cuota de poder que me permita tomar decisiones para lograr lo propuesto. Me refiero a, la necesidad que tiene el Estado de crear un instituto para la formación de FISCALES PÚBLICOS. Dichos ciudadanos saldrían capacitados para inspeccionar los medios de producción industrial o agrícola, la calidad, cantidad y conservación de la mercancía que allí se produzca, o saldrían también para fiscalizar y controlar el comportamiento de la gente en la calle. El primer tipo evitaría la estafa y el sobre precio en los mercados de consumo y el segundo, evitaría el abuso del ciudadano por su comportamiento indeseado cuando anda por las calles o cuando conduce un automóvil o transporte urbano. La idea no es descabellada, se fundamenta en la formación de un nuevo tipo de hombre o mujer que sea capaz de hacer cumplir las normas de producción o del buen comportamiento civil. Serían por supuesto, personas BIEN remuneradas, no pela bolas que pudiesen ser comprados con facilidad por esas mafias que controlan la producción y el mercado, o por los matraqueros que te encuentras a diario vestidos de fiscales de transito o de policías. Ya se que el trabajo no es fácil, no es poca cosa tener que controlar la calidad y cantidad del productos que llegan a los mercados. Entre otras cosas, tendrían que manejar parámetros económicos acerca de los costos de producción para poder estimar los precios en el mercado. De igual manera nos referimos a los funcionarios policiales y de transito que se transformarían en fiscales públicos que llevarían sobre sus hombros una gran responsabilidad para mantener el orden y el control de la ciudadanía como debe ser. Claro está que todo esto es posible, si existe una acción mancomunada de un gobierno inteligente y capaz, que tenga la suficiente autoridad para penalizar a estos fiscales cuando caigan en el delito de la corrupción o del crimen organizado.
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Con respecto al área de servicios públicos no es posible negar que estos servicios no funcionan con eficiencia y nos encontramos a nivel de los países más subdesarrollados del mundo. Esto también es parte de los errores que se cometen o se han cometido en el proceso revolucionario. Más que el bla bla bla están los hechos que si hablan por si solos, la praxis a la que tanto hace mención el ciudadano presidente de la República en sus alocuciones es necesaria para enmendar los errores. En otros países más avanzados que el nuestro, en el área de prestación de servicios, se han construido una serie de minicentros de atención al público. Dichos centros se ubican dentro de las grandes ciudades con una capacidad de servicio del orden de los 250 a 300.000 habitantes. En Caracas se requerirían unos cuantos. Estos mini centros de atención pública permiten al ciudadano común cancelar sus deudas al Estado fácilmente, es decir, sin hacer esas tremendas colas sin fin y parados. Los mini centros le permiten al ciudadano pagar: el teléfono, la luz, el agua, los impuestos, el aseo urbano, sacar cédulas de identidad o pasaportes y además de todo eso, tener a disposición inmediata un banco para efectuar sus operaciones pertinentes. Aquí podrían ser sucursales del BCV ¿Cómo les parece? A sabiendas de que algo así fortalece la revolución bolivariana no sólo facilita el cumplimiento de nuestras obligaciones con el Estado, sino que también tendríamos que agradecer el aspecto humano que esto significa. Se dignifica al ciudadano con las facilidades que se le ofrece y además se evita esa enorme perdida de tiempo en esas colas interminables. ¿Será muy difícil la construcción de estos mini centros de atención al público? ¿Será que es algo sumamente costoso o será más bien que hay un rasgo de mezquindad que lo pudiese impedir? A propósito del pago del aseo urbano, el caso de la basura en esta querida Venezuela, se ha hecho insoportable, es horroroso, si queremos llegar a ser una POTENCIA empecemos por la limpieza. Hoy por hoy la imagen de Venezuela al mundo, es que es un país sumamente sucio, entiendo que habrán otros países más sucios en el mundo pero eso no justifica la suciedad que tenemos. 86
En Latinoamérica Caracas es reconocida por su suciedad. No podemos olvidar esto y tratemos de una vez por todas de resolver de alguna forma este problema, además de buscar una solución técnica de avanzada que sea factible, también se tendría que penalizar con rigor tanto a los ciudadanos que ensucian la Ciudad, como a los alcaldes que no atacan el problema de la basura como debe ser. Esperamos que este nuevo año les abra los ojos a los dirigentes que quieran ver y los hagan más responsables ante la colectividad que ellos representan. Aprovecho la ocasión para hacer un llamado al pueblo común que ensucia sus calles por negligencia, maldad, desidia o por falta de buenos contenedores y servicios que permitan controlar la basura en sus comunidades. No la tiren en el suelo. A los alcaldes que trabajen más y no roben a su propio pueblo que los ha elegido. Ojalá llegue pronto el día en que no tengamos que lamentarnos de “nuestros errores” porque no los atacamos a tiempo, bien por cobardía o por complicidad. Cuando el error se minimiza el afán del voto también se minimiza. El llegará con mucha más fluidez y facilidad cuando se mejoren los servicios. alexriver870@hotmai.com
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PRENSA NACIONAL
Min-Ambiente puso a operar planta de transferencia Por: Últimas Noticias Fecha de publicación: 19/11/0
La inversión en los modernos equipos supera BsF 25 millardos. Podrán recoger todos los días dos mil 500 toneladas de desperdicios Caracas 19 de noviembre 2008.- Aunque el pasado domingo el alcalde de Libertador, Freddy Bernal, inauguró la Planta de Transferencia de basura de Las Mayas, ayer el viceministro de Conservación Ambiental, Jesús Cegarra, puso a operar en ese lugar las cuatro compactadoras estacionarias que procesarán cada una 60 toneladas de basura en una hora. Jesús Cegarra, viceministro de Conservación Ambiental del Ministerio de Ambiente, informó que después de las pruebas y ajustes finales pusieron ayer en funcionamiento los nuevos equipos, cuya inversión supera los 25 millones de bolívares fuertes. Dijo Cegarra que el Gobierno nacional, la Alcaldía de Libertador y el Ministerio de Ambiente prestarán a partir de ahora un mejor servicio para la comunidad, pues la basura pasará de un camión a otro sin ser amontonada en la planta de transferencia, como ocurría anteriormente. Aseguró que la repotenciación de la planta de Las Mayas permitirá humanizar el entorno laboral de los trabajadores, aumentar la cantidad de desechos por viaje, acortar el tiempo de espera para la descarga de los camiones recolectores de basura y los lapsos entre la recolección que se realiza en la ciudad. Dijo que en esta primera semana, la planta de transferencia trabajará 16 horas continuas, con 52 nuevos empleados distribuidos en dos turnos de trabajo. Cuentan con 14 unidades de semirremolques. Mejor servicio. “Tenemos una capacidad para compactar 60 toneladas por hora por cada máquina, 240 toneladas simultáneamente, y poder transportar en 87 viajes diarios todos los desechos
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sólidos que se generan en la ciudad de Caracas a partir de este momento. Estamos prestando un servicio mejor para la comunidad”, expresó Cegarra. El viceministro dijo que cuentan con el personal idóneo, ya que el Ministerio de Ambiente ha trabajado en forma conjunta con los consejos comunales de cada zona y las cooperativas para generar una acción mancomunada. Acotó que en los 87 viajes se pueden recoger diariamente dos mil 500 toneladas de basura compactada. Señaló que todavía “se trabaja con un transporte a granel o suelto porque hay alguna basura que se recoge con escombros que podrían dañar las nuevas compactadoras”, dijo el viceministro. Según Cegarra, con estos nuevos equipos se reducirá el período de tiempo en el cual se llevan los desperdicios al relleno sanitario de La Bonanza, en los Valles del Tuy. “Lo estamos mejorando antes de la época decembrina, cuando aumenta el pico de basura, para garantizar que se mantenga limpia la ciudad capital”. Señaló que el Ministerio compró una quinta compactadora que comenzará a funcionar el primer trimestre de 2009. Con ella se le podría prestar servicio a otros municipios capitalinos. Para esa fecha ya estarán en funcionamiento cámaras de circuito cerrado en la planta.
Vecinos protestan en el relleno sanitario Por: Janette Yépez Palencia Fecha de publicación: 19/05/2010 - Panorama
Los vecinos cerraron, desde el pasado lunes, el acceso al relleno sanitario de La Concepción, lugar que recibe, a diario, más de 1.200 toneladas de desechos generados en Maracaibo. Exigen la presencia de maquinarias que aplaquen los incendios producto de la acumulación de gases. Los afectados denuncian que la situación lleva más de dos meses: “El pasado viernes comenzó a expandirse el fuego, debido a que el 92
Instituto municipal de aseo urbano (Imau) —adscrito a la Alcaldía de Maracaibo— no ha llevado las maquinarias para remover y aplacar los 25 metros de altura que alcanzan las torres de basura”, denunció Egnora Díaz, del consejo comunal Villa Pendal. Dijo que los residuos se prenden al entrar en contacto con el vidrio y el calor, provocando las constantes quemas en el lugar. “No es provocado por nosotros”. Solicitaron que el relleno pase a manos de la administración del Gobierno nacional e indicaron que hasta que no den una solución, no permitirán que metan más basura. Por su parte, el presidente del Imau, Horacio Marín, dijo desconocer la identidad de los protestantes, y atribuyó las protestas a “un plan político orquestado para dañar la salud ambiental de Maracaibo”. Destacó que tomarán acciones judiciales para “acabar con este relajo”, pues no se puede atentar contra la salud sanitaria. Actualizado el 19 de mayo de 2010 Nueva Democracia
Dos semanas sin aseo urbano
Por: Janette Yépez Palencia Feccha de publicación: 19/05/2010 - Panorama
La entrada de la urbanización Nueva Democracia está intransitable, pues las bolsas de basura casi toman la calle. Desde hace dos semanas el servicio del aseo urbano no pasa por la zona. “Yo tengo que sacar las bolsas negras y botarlas por mi cuenta, porque de lo contrario se reproducen las moscas”, dijo Guadalupe Hernández, residente. Explicaron los vecinos que los camiones del aseo, generalmente, no entran en la urbanización por lo que sacan los desperdicios hasta las plazas que están en la entrada.
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Fabrican bolsas biodegradables en el municipio San Francisco Por: Keila Vílchez Boscán Fecha de publicación: 11/05/2010 - Panorama
Con un aditivo especial, llamado d2w®, en el municipio San Francisco se están produciendo bolsas biodegradables. La empresa Plásticos del Sur desde hace seis meses comenzó a utilizar esta tecnología que beneficia al ambiente. Según explica la compañía, este aditivo se degrada totalmente y deja sólo agua, anhídrico carbónico y una pequeña cantidad de biomasa, pues el plástico se descompone a un nivel microscópico, a tal nivel como “para ser de valor nutricional para varias especies de microbios”, indica. Los productos fabricados con d2w® pueden estar en contacto con alimentos sin afectarlos y al ser desechados y una de sus ventajas es que no altera las propiedades del producto plástico durante su vida útil, esto incluye propiedades mecánicas, ópticas y de impresión, de sello, de impermeabilidad y de barrera. En Plásticos del Sur, desarrollaron pruebas durante año y medio y ahora la mayoría de sus productos son producidos con este material, que empezó a utilizarlo una empresa británica: Symphony Plastic Technologies. “Se ha comprobado que los plásticos que contienen aditivos d2w® son capaces de comportarse y servir de utilidad en el crecimiento de miembros del reino vegetal”, indica en un documento la empresa sureña, situada en la zona industrial
Habitantes denuncian fallas en servicio de aseo Por: Janette Yépez Palencia Fecha de publicación: 20/05/09 - Panorama
Las interrupciones en la ruta del servicio de de recolección de basura crean molestias en los vecinos. Los afectados denuncian que, 94
fuera del pago que deben realizar al Instituto Municipal de Aseo Urbano (Imau), también deben dar “una colaboración” a los recolectores. “A nosotros nos toca los lunes y los jueves, pero más son los días que faltan que los que vienen. A veces pasan en camiones volteos y en otras oportunidades en camiones del Imau. Nos piden una colaboración a partir de los Bs.F. 3, pues alegan que están trabajando con lo poco que tienen y por cuenta propia”, así lo denunció José Carillo, habitante del sector Nueva Vía. En El Milagro, los residentes también sufren por la acumulación de desechos. “Hemos permanecido más de una semana con las pipas repletas y las aceras intransitables, producto de la cantidad de basura acumulada. Los malos olores y los roedores nos hacen colocarla en la calle”, expuso María Castro, vecina del sector Lago y Sol, ubicado en El Milagro.
Bebida social zuliana Por: Janette Yépez Palencia Fecha de publicación: 20/05/09 - Panorama
Por razones culturales, por el clima y por tradición, la bebida social por excelencia entre los zulianos es la cerveza. “En Maracaibo, sólo en un fin de semana, se adquieren 840 mil cajas”. Así lo informó uno de los directivos de la Asociación de Licorerías y Afines de la ciudad, Luis Briceño. “Tomarse una friíta en Maracaibo es sinónimo de aplacar el inclemente calor, formar las parrandas o ahogar un despecho”, explicó Francisco Beltrán, un residente del populoso barrio Santa Lucía. En Maracaibo el licor que más se consume es la cerveza. En un fin de semana, los marabinos adquieren 840 mil cajas lo que equivale a 30 millones 240 mil unidades. “Tenemos registrados 1.400 licorerías, cada una maneja un promedio de 600 gaveras para esos días. Los vecinos de la zona oeste de Maracaibo son los que más compran, por contar con un mayor número de barrios”.
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Así lo informó uno de los directivos de a Asociación de Licorerías y Afines de la ciudad, Luis Briceño, quien señaló: “La adquisición de los licores varia por sectores, sin embargo, en todos ellos reina le cerveza. En los barrios lo que más se vende son las bebidas espirituosas a base de anís, colorantes y los licores secos a base de esencias. Los vecinos de clase media beben ron ginebra y vodka, mientras que los de mayor posición social se inclinan por el whisky a partir de los 12 años y ginebras importadas”, apuntó Briceño. Reportes de una empresa cervecera de la ciudad arrojó una producción para el Occidente del país, de 2 millones 466 mil 634 gaveras, sólo en abril. Lo que da como resultado 88 millones 798 mil 824 botellas que fueron adquiridas, arrojando un consumo de 3 millones 995 mil 947 grados de alcohol. “Tomarse una friíta en Maracaibo es sinónimo de aplacar el inclemente calor, formar las parrandas o ahogar un despecho”, así lo expone Francisco Beltrán, un luciteño de 78 años. “La cerveza venía embotellada en variados tamaños, de un cuarto, un tercio y medio litro, lo que llamó la atención del zuliano curioso”. Según Canadean, una organización analista del mercado de bebidas, los índices más altos de crecimiento de producción de licor se registra en países como: “Europa, Asia, África, China, Rusia y Estados Unidos, siendo este último el mayor importador de cerveza”. En cuanto al consumo por persona, los residentes de la República Checa , Irlanda, Alemania y Austria, son los principales consumidores. Venezuela se ubica en el segundo lugar como consumidor per cápita de cerveza de América Latina, después de Estados Unidos. “El mercado venezolano maneja tres tipos de bebidas: la cerveza, vinos y las espirituosas, pero los habitantes prefieren la cerveza por su bajo contenido de alcohol y por su precio. Representa el 68% del volumen de venta. Le siguen los aguardientes y las espirituosas con un 12,2%, el whisky con 6,4% y el ron con 5,6%. El segmento de vinos, apenas ocupa un 0,6%”, así lo señala un estudio de la empresa de investigaciones Veneconomía.
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El doctor Néstor Andrade, especialista en adicción, quien destacó que hay una predisposición genética muy elevada para desarrollar el alcoholismo. “Los hijos de las personas alcohólicas tienen cuatro veces más posibilidad de padecerla. Se desarrolla en tres fases: la pre-alcoholíca, prodrómica, crítica y crónica. La persona se va deteriorando ”. La Organización Mundial de la Salud (OMS), señala que la patología ha sido considerado como una enfermedad incurable, progresiva y mortal. Representa un 3,7% de las defunciones y 4,4% de las enfermedades mundiales. Además, 140 millones de personas padecen dependencia alcohólica. También el consumo excesivo la sustancia es responsable de más de 60 tipos de enfermedades y lesiones, señala la OMS. Se estima que entre el 20 y 30% de los cánceres de esófago, hígado, cirrosis del hígado, homicidios, epilepsia y accidentes viales, están relacionadas con la ingesta. BEBIDA SOCIAL 2
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Aprobada en primera discusión Ley para el Manejo de Desechos Sólidos Por: Agencia Bolivariana de Noticias Fecha de publicación: 08/01/10
Caracas, enero 8 - La plenaria de la Asamblea Nacional, aprobó en primera discusión el Proyecto de Ley para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos no Peligrosos. De acuerdo con una nota de prensa del ente legislativo, esta ley profundiza en todos los aspectos relacionados con el trazado de políticas públicas y directrices sobre el manejo de residuos y desechos sólidos. Igualmente aborda la supervisión, la fiscalización y sanción en la sede administrativa, de las actividades realizadas en contravención de la normativa técnica sobre la materia. Con ella se propone crear una Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos, bajo la figura de Instituto Público Nacional, instancia a la cual se le asignarán competencias para supervisar, fiscalizar y sancionar en todas las fases del manejo de los residuos y desechos sólidos, a nivel nacional. Asimismo, se le adjudican funciones en la formulación de políticas públicas sobre la materia y facultades para la contratación y ejecución de obras relacionadas con rellenos sanitarios. Como elemento innovador, se propone la labor preventiva y cautelar, en aplicación de los principios de gestión ambiental establecidos en la Ley Orgánica del Ambiente (2006) y en derecho ambiental internacional para evitar el daño al ambiente o la salud. Sobre este particular se incorpora un título específico para fomentar la formación de conciencia ciudadana ambientalista y de consumo con responsabilidad ambiental. Se pretende con ello incidir en la modificación de los hábitos de consumo. El diputado Luis Sánchez, señaló que esta ley tiene una alta prioridad en momentos en que el mundo enfrenta grandes amenazas ambientales 98
Refirió que el efecto invernadero influye en este problema así como el incremento de la población mundial. Este proyecto nació el año pasado y se elaboró con la participación activa de entes públicos y privados.
Ley para el manejo de desechos sólidos busca evitar daños al ambiente o la salud Por: Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) Fecha de publicación: 07/06/10
Caracas 7 Jun. ABN (Manuel Alexis Rodríguez).- El proyecto de Ley para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos tiene entre sus principales objetivos el cumplir una labor preventiva y cautelar, en aplicación de los principios de gestión ambiental establecidos en la Ley Orgánica del Ambiente (2006) y en el derecho ambiental internacional, para evitar daños al ambiente o la salud de la ciudadanía. Esta norma se llevó a parlamentarismo social de calle este lunes en Caracas, ya que fue aprobada en primera discusión en enero pasado, y se espera sea sancionada para el venidero mes de julio, una vez concluya la jornada de consulta pública. El diputado Luis Sánchez, de la Comisión Permanente de Ambiente, ha declarado que esta ley tiene una alta prioridad frente a uno de los grandes problemas a nivel ambiental en la actualidad, como lo es el manejo de los desechos sólidos. En ese sentido, la normativa establece disposiciones sancionatorias, en las cuales se incluye la obligatoriedad de reparación del daño causado al ambiente o la salud, la limpieza y el ornato público. Igualmente, exige de forma taxativa la responsabilidad civil de las empresas, en virtud de garantizar tales reparaciones o restauraciones ambientales. Este proyecto contempla delitos merecedores de hasta 3 años de cárcel por manejo inadecuado de residuos, así como también multas 99
que alcanzan las 3.000 unidades tributarias, es decir, unos 195.000 bolívares aproximadamente. Las jornadas de parlamentarismo social sobre esta Ley también comenzaron este lunes en la región Andina, específicamente en la sede de Coorpoandes del estado Mériday; así como en el estado Zulia. El próximo 14 de Junio se llevará a cabo la jornada para las regiones Nororiental y Guayana en el Hotel Mare Mare de Puerto la Cruz. El 18 de Junio se realizará para la región de Los Llanos en la ciudad de San Fernando de Apure. Seguidamente, el 21 de Junio las comunidades de la región Centro Occidental podrán debatir esta norma en la sede de la Fundación para el Desarrollo de la Región Centro Occidental de Venezuela (Fudeco), en el estado Lara. Y finalmente, se culminará su discusión pública el día 28 de Junio en la sede del Palacio Federal Legislativo de Caracas, para la región Capital y Central.
Freddy Bernal: Llegó la hora de hacer la revolución dentro de la revolución Por: Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) Fecha de publicación: 17/12/07
Caracas, 17 Dic. ABN.- El alcalde del Municipio Libertador Bolivariano, Freddy Bernal, afirmó que no se puede hacer silencio, “llegó la hora de hacer la revolución dentro de la revolución” Durante su participación este lunes en el programa En Confianza, de Venezolana de Televisión (VTV), Bernal comentó: “Hay que ser muy severos dentro de la revolución, si alguna gestión no sirve se desecha”. A su juicio el “jalamecatismo” daña las instituciones, “en la revolución deberíamos ver a los jalamecates como personas traidoras a la revolución”. El burgomaestre consideró que cada uno debe evaluarse desde adentro, para saber cómo hemos llegado al pueblo, qué nos falta. “Hay que revisarse, hay que monitorear el equipo que nos rodea”, dijo. 100
En este sentido, indicó que es necesario que se actúe como equipo, “pero debe evaluarse la gestión del mismo”. Por otra parte, destacó que los alcaldes y gobernadores deben volver a los cerros, “debemos visitar los cerros, saber cuáles son los problemas”. Según el alcalde Bernal, luego de los resultados de la reforma, donde salió victorioso el No, se está estudiando la gestión de las administraciones locales. En cuanto a la derrota de la consulta a la Reforma Constitucional, el burgomaestre señaló que el tiempo fue muy corto para el debate de contenido ideológico. Asimismo, dijo que estaba paralelamente la construcción del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv). Aunque reconoció que se hizo un gran esfuerzo, “pero aún así no lo logramos”. Indicó que “también mermó la cuestión de que si tienes dos casas, Chávez te quita una”. Según Bernal el 12% del chavismo tenía esa concepción un mes antes de la consulta. De igual manera, dijo: “No hay que negar que nuestra campaña comunicacional no fue lo suficientemente efectiva, la de la oposición fue más efectiva. Por ejemplo, la cuña de la carnicería, aunque mala, logró el cometido’. Para el alcalde Freddy Bernal la victoria del No en la consulta debe servir para reflexionar. En este sentido, dijo que los alcaldes y gobernadores deben revisarse, pues considera que pudo haberse hecho un mejor trabajo. Para finalizar, puntualizó: “El único camino para acabar con la pobreza y la exclusión es la revolución. No traicionaré mis principios revolucionarios y estaré con la revolución hasta que Dios me lleve de este mundo”. En cuanto a su gestión en la Alcaldía del Municipio Libertador Bolivariano, Freddy Bernal dijo que se seguirá en la batalla contra la basura. 101
Asimismo, manifestĂł que estĂĄ listo para enero de 2008 un plan de reordenamiento de la ciudad de Caracas, pero al respecto no dio ningĂşn detalle.
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PRENSA EXTRANJERA
La ciudad de Pekín ya no sabe dónde dejar sus basuras La ciudad de Pekín está actualmente produciendo más basura diaria de la que puede procesar, y la situación podría volverse crítica en cuatro o cinco años, cuando los 13 vertederos de la ciudad se llenen, según reconoció en un informe el Ayuntamiento de la capital china. La capital genera unas 18.000 toneladas de basura cada día, cuando sus plantas están sólo preparadas para tratar 11.000, según el informe de la comisión municipal de administración, del que se hicieron eco la agencia Xinhua y el diario “ China Daily ”. En la ciudad, donde todavía no se han instalado las suficientes infraestructuras para la separación y reciclaje de residuos, éstos suelen enterrarse en los vertederos de las afueras de la ciudad, sin incinerarlos, para no generar todavía más contaminación en una urbe ya de por sí muy afectada por el smog. Se calcula que la cantidad de basura en la ciudad está aumentando a un ritmo similar al de la economía (un 8 por ciento anual), y la preocupación ha comenzado a surgir cuando dos de los vertederos municipales han cerrado por alcanzar su límite de capacidad. Guo Weidong, director de publicidad de la comisión, subrayó que ante la saturación, el Ayuntamiento pequinés está considerando crear nuevas leyes y multas para limitar la cantidad de basura generada por familias y empresas. Por ahora, el país asiático no ha emprendido excesivas medidas para frenar esta contaminación, con la destacada excepción de la prohibición de las bolsas de plastico extrafinas, vetadas en el país desde el pasado año.
Basura y reciclaje: sea nuestro reportero Martes, 2 de octubre de 2007 - 15:15 GMT http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/forums/espacio_del_lector/ newsid_7022000/7022876.stm - #Galería: basura y reciclaje en el mundo
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Basura o reciclaje: dos palabras que hacen parte de la vida diaria de las ciudades o pueblos. Hay países en los que el reciclaje es la prioridad, pero hay otros en los que esto se hace de manera casi artesanal. En ciertos lugares la gente vive de lo que recoge de la basura, mientras que en otras ciudades la gente come de la basura para protestar por el exceso en el consumo. http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/forums/espacio_del_lector/ newsid_7022000/7022876.stm - # Grupo de neoyorquinos comen de la basura por convicción.
BBC Mundo está preparando un especial sobre basura y reciclaje. A través de esta convocatoria quisiéramos invitarlo para que nos envíe sus ideas y/o fotos de cuáles son los problemas -o las soluciones a ellosde la basura en su calle, barrio o ciudad. ¿Qué aspecto podríamos cubrir? ¿Qué problemas hay con la basura en el lugar en el que vive? ¿Qué solución propone? ¿Qué cosas se pueden reciclar de manera creativa? ¿Tiene fotos cosas que ha recogido de la calle? Envíe sus ideas, sus preocupaciones o sus fotos a BBC Mundo utilizando el formulario a la derecha o envíe sus fotografías a participe@bbc.co.uk con el Asunto: Basura. 106
No olvide incluir todos sus datos personales para que podamos contactarlo en caso de que nos interese su idea para el especial. Mientras tanto, vea nuestra galería de fotos sobre reciclaje y basura en el mundo. Términos y condiciones para enviar fotografías y textos Si usted nos envía una imagen o texto, usted está aceptando los términos y las condiciones de la BBC. Al contribuir con una imagen o texto a BBCMundo.com, usted acepta otorgar a la Corporación Británica de Radiodifusión una licencia gratuita y no exclusiva, sin cobro de cánones ni de regalías de ningún tipo, para publicar y utilizar su material en nuestro sitio, en la forma y el medio que creamos convenientes. Esto incluye la publicación gratuita de su material en las páginas de nuestros socios en todo el mundo. Es importante aclarar que usted seguirá conservando todos los derechos de autor de cualquier material que envíe a BBC Mundo. Si su imagen o texto es seleccionado y publicado, incluiremos su nombre como autor de la misma. La BBC no garantiza que todas sus fotografías sean publicados. Asimismo, nos reservamos el derecho de editar sus textos.
La necesidad de reciclar la basura 21/08/08 - Editorial - Clarín
El acuerdo entre la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires para el depósito de basura es un primer paso en el tratamiento de un conflicto que sólo se solucionará con un mejor manejo de los residuos en la Ciudad. Ambas jurisdicciones firmaron un acuerdo para el manejo de los residuos por el cual la Ciudad aumentará el pago de los que envía a la Provincia y se compromete a reducirlos en el futuro. Este último punto del acuerdo es fundamental, porque los depósitos que se habilitarán se llenarán en un futuro previsible, lo cual planteará un nuevo dilema sobre el destino de la basura, ya que los pobladores de la provincia rechazan la creación de depósitos en su vecindad. 107
Por eso es indispensable contar con un sistema adecuado de recolección y, fundamentalmente, de reciclado de los residuos, lo que requiere no sólo un mejor manejo por parte de los recolectores sino también una mejor cultura de vecinos de la Ciudad en relación al manejo de los residuos. El acuerdo por el depósito de residuos entre la Ciudad y la Provincia es un paso adelante en un tema cuya solución requiere una reducción de la producción de basura en la Ciudad, en particular a través del reciclado. YO: ¿No hay otra manera de reducir el volumen de basura?
Resolver el destino de la basura 18/03 /2010 - Editorial - Clarín
La disputa que mantienen desde hace largo tiempo los gobiernos de la provincia de Buenos Aires y el de la Ciudad por la administración de los residuos posterga la solución de un problema de suma importancia para la salud de la población y la higiene urbana. La Ciudad envía los residuos a depósitos de la Provincia que en muchos casos están saturados o cerca de estarlo. Ante este problema, el Gobierno provincial reclama que la Ciudad implemente el programa de reciclado y reducción de basura. Las autoridades de la Ciudad sostienen, por su parte, que la Provincia no cumple su compromiso de buscar nuevos lugares de depósitos y que está trabajando en el tema del reciclado. Para no seguir postergando la resolución del problema, es necesario que ambos Gobiernos discutan responsablemente y sin politizar el tema, para evitar futuros cuellos de botella que pueden dar lugar a respuestas de emergencia que pueden carecer de los resguardos sanitarios y ecológicos indispensables. La discusión entre la provincia de Buenos Aires y la Ciudad por el depósito de basura posterga la solución de un tema importante para la salud y la higiene urbana.
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Estudian en México ley para eliminar uso de bolsas de plástico Por: Prensa Latina (PL). Fecha de publicación: 25/12/08
México, 25 dic (PL) La Asamblea Legislativa del Distrito Federal estudia hoy una propuesta de reforma a la Ley de residuos sólidos de la capital mexicana para evitar los daños que las bolsas de plástico ocasionan al entorno. La idea es que se anule la entrega de esos envases en los establecimientos mercantiles de esta ciudad y se sustituyan por otros de material biodegradable. Sólo quedarían exonerados los productos que por cuestión de asepsia lo requieran como algunos alimentos. En ese sentido, las comisiones de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y Protección Ecológica de la Asamblea, aprobaron por unanimidad la propuesta. El diputado del Partido Verde Ecologista de México, Leonardo Álvarez, promotor de la iniciativa, recalcó que el uso excesivo de las bolsas de plástico afecta al medio ambiente y a la salud humana, pues son generadores de incendios, inundaciones y contaminan el suelo y el aire. Los productos derivados de ese material tardan hasta más de 1000 años en destruirse, a ello se suma que la fabricación es muy costosa, así como su reutilización. Reciclar una tonelada de plástico cuesta alrededor de cuatro mil dólares, precisó Álvarez, también presidente de la Comisión de Preservación de Medio Ambiente y Protección Ecológica en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Recordó que esas bolsas se introdujeron en México en la década de 1970, pero su uso se incrementó ciento por ciento en los últimos ocho años. En ese sentido instó a promover el uso de otras de material biodegradable por ser más fácil la descomposición, y además porque requieren menos combustible fósil en su producción.
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LA CORTE SUPREMA PIDIO INFORMES A NACIÓN, PROVINCIA Y CIUDAD
Examen por el Riachuelo 07/04/2010 - Página 12
A casi dos años del histórico fallo que ordenó a las tres jurisdicciones la limpieza del Riachuelo, el máximo tribunal quiere saber si se cumple la sentencia. La Corte Suprema de Justicia requirió a los gobiernos nacional, bonaerense y porteño que en el plazo de quince días presenten un informe conjunto sobre el cumplimiento de las órdenes que impartió en julio de 2008 para el saneamiento de la cuenca Riachuelo-Matanza. Casi dos años después de la histórica sentencia, ayer el máximo tribunal otorgó el mismo plazo a la Autoridad de Cuenca (Acumar) –órgano integrado por funcionarios de los tres estados– para que elabore su propio documento sobre las acciones llevadas a cabo para recomponer en forma “urgente” y “eficaz” los daños provocados por las contaminación hídrica de la zona. En caso de estar incumpliendo sus obligaciones, las autoridades gubernamentales podrían percibir multas personales y diarias sobre su propio patrimonio. En 2006, la Corte Suprema dio impulso a una causa judicial abierta por el reclamo de los vecinos damnificados de la zona de Villa Inflamable, en Dock Sud. Gracias al caso denominado “Mendoza” –por el nombre de uno de los querellantes–, se creó la Acumar, que en 2008 presentó un plan de saneamiento elaborado por funcionarios de Nación, provincia y ciudad de Buenos Aires. El 8 de julio del mismo año, y una vez analizada la presentación, la Corte conminó a los tres estados a recomponer los daños provocados por la contaminación del Riachuelo y prevenir que la historia se repita. El fallo de los jueces supremos fue unánime. Estipuló una lista de acciones, impuso plazos precisos para la limpieza de la cuenca hídrica y multas diarias ante eventuales incumplimientos en los tiempos. Así, según el fallo de 2008, la Autoridad de la Cuenca tenía seis meses “para impedir que sigan volcando residuos en los basurales –legales o clandestinos– que serán cerrados” y para aplicar las medidas de “prevención 110
de formación de nuevos basurales a cielo abierto”. En segundo lugar, la Corte estipuló un máximo de 90 días para que la Autoridad de la Cuenca realice un mapa que refleje factores ambientales en riesgo, la población vulnerable y los trastornos de salud existentes. Una vez recopilada esa información, tendrá 60 días para elaborar y ejecutar un programa sanitario, para atender a los pobladores. Por último, el tribunal fijó un máximo de 30 días para inspeccionar todas las empresas de la cuenca e identificar a las que dañan y 30 días más para que esas firmas (previamente informadas sobre líneas de crédito) presenten un plan de tratamiento de residuos. En el fallo, la aplicación de multas fue una novedad en la jurisprudencia de la Corte. La intención del castigo económico sobre el patrimonio de los funcionarios fue “garantizar el cumplimiento del plan” y, para ello, se delegó la ejecución de la sentencia en el titular del Juzgado Federal de Quilmes, Luis Antonio Armella. Casi dos años después de la sentencia, los miembros de la Corte decidieron solicitar un nuevo informe sobre el cumplimiento en el saneamiento de la cuenca a todos los gobiernos y organismos involucrados. En la resolución, se dispuso que los tres estados y el Acumar realicen, en forma conjunta y mediante una presentación única, un documento “circunstanciado sobre el íntegro y fiel cumplimiento llevado a cabo de todos los mandatos impuestos en la sentencia del 8 de julio de 2008”. Pese a que “el juez Armella está haciendo su trabajo de manera satisfactoria, lo importante y extraordinario es que la Corte pide sus propios informes y no se desentiende de la causa”, estimó Andrés Nápoli, director del Area Riachuelo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). Según Nápoli, “el mensaje que dio la Corte es claro y directo: el histórico fallo de 2008 se tiene que hacer cumplir”. El fallo de los jueces supremos, que fue unánime, insta a los funcionarios a “señalar separadamente cada uno de los objetivos y resultados establecidos, en forma sinóptica, con rigurosa precisión y mediante la utilización de pautas cuantitativas”. El informe también deberá contener “el grado en que han sido alcanzados –al 31 de marzo de 2010– cada uno de los objetivos y resultados que integraron el programa de ejecución obligatoria impuesta en el fallo”. 111
Consultado por Página/12, Enrique Viale –presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas–, definió como “complicada” la situación: “A la fecha, los funcionarios no sólo tienen que haber realizado inspecciones, cerrado basurales y resuelto la situación de las familias que viven en la zona, sino que además tienen que haber generado herramientas cuantitativas para medir la contaminación y, en caso de no cumplir, podrían ser penados con sumas importantes de dinero”. Informe: Mariana Seghezzo.
Casa ecológica y además... ¡barata!
Por: Laura Plitt BBC Mundo, Medio Ambiente
En un plazo de dos semanas, es posible levantar una casa reciclada que tiene las mismas comodidades que cualquier otra. De plástico, de vidrio, de uno, de dos litros y hasta de 600 mililitros. Todas las botellas le sirven a la boliviana Ingrid Vaca Diez para llevar adelante un proyecto ecológico y social que empezó hace casi siete años y hoy, gracias a las redes sociales, se ha extendido a una serie de países del continente americano. Con las botellas y otros materiales en desuso -que en muchos lugares terminan en la basura a falta de un sistema apropiado de reciclaje-, Ingrid construye viviendas ecológicas para familias de bajos recursos. Ya son seis las casas que ella levantó en su país, en la localidad de Warnes, en Santa Cruz de la Sierra. Ahora -después de visitar Uruguay, donde ofreció una charla sobre su método de trabajo- se encuentra en Argentina levantando la primera casa de botellas en la ciudad de Roldán, en la provincia de Santa Fe. Ingrid viajará en mayo a Haití, invitada por la Organización de Estados Americanos (OEA), para participar en los esfuerzos de reconstrucción del país, que quedó devastado tras el terremoto del 12 de enero.
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El sueño de Claudia. En imágenes Vea el proyecto en acción El proyecto empezó casi por casualidad. Ingrid guardaba botellas en el patio de su casa para una señora muy humilde que pasaba todas las semanas a recogerlas. Un día, la señora se enfermó y las botellas, desperdigadas por todas partes, despertaron la ira de su marido. “’Bota esas botellas’, me dijo, ‘tienes suficiente como para hacer una casa’. Y así fue como se me ocurrió cumplir el sueño de Claudia, una niña pequeña que poco antes me había pedido como deseo para Navidad un cuarto para ella, que vivía en una habitación de cuatro por cuatro con toda su familia”, le dijo Ingrid a BBC Mundo. “Antes ya había hechos artesanías con botellas, sillas, sillones, pero nunca una casa”. Para hacer una vivienda de 170 metros cuadrados se necesitan alrededor de 36.000 envases. “De las botellas de dos litros, necesito 81 para hacer un metro cuadrado”, explicó Ingrid. Cada botella se rellena con material descartable: papel, bolsas plásticas, pilas, arena y tierra. Una vez rellenas (cada botella pesa 3,6 kilos), se las emplea para construir los muros. Se las une con cal, cemento y se las sujeta con una suerte de trenzado. El revoque es otro ejemplo de reciclaje. “Yo uso una mezcla de leche en polvo vencida, heces de caballo, aceite de linaza, sangre de ganado, melaza de la caña... en fin, lo que haya”, dice Ingrid. “Para hacer el piso”, agrega, “utilizo llantas picadas”. Fiesta Información • Con las botellas llenas, la casa se levanta en 15 días • Por cada metro cuadrado se necesitan 81 botellas de dos litros • Una persona puede rellenar 50 botellas por día 113
Con la ayuda de la comunidad, a la que Ingrid le enseña la técnica de construcción, una casa se levanta -cuando las botellas están llenasen 15 días. Y a pesar de que el trabajo es duro, el ambiente se parece más al de una fiesta: todos los vecinos, incluso los niños, participan en la obra. Los curiosos que se acercan a mirar, pueden comprar comida casera que preparan los lugareños para la ocasión y artesanías hechas con botellas plásticas y otros productos desechables que Ingrid les enseñó a hacer para que aquellos que carecen de recursos puedan ganar un poco de dinero. Por eso Ingrid pone énfasis en los dos aspectos que caracterizan su trabajo: es un proyecto ecológico porque saca de circulación materiales que de otro modo contaminarían el planeta y enseña a cuidar el medio ambiente, pero es también un proyecto social porque ofrece una vivienda digna a los más pobres y fomenta la solidaridad y los lazos dentro de la comunidad. Aquellos que estén interesados en saber más o contribuir con el proyecto Ecocasas Sociales de Botellas pueden enviar un correo a ingridvacadiez@hotmail.com o visitar la página www.casasdebotellas. com
Una vida sin bolsas plásticas Por: Ana Marisol Angarita BBC Mundo, Londres
Adivine por cuánto se vendió en Internet la simple bolsa de algodón para cargar víveres que se publica en la foto adjunta. La respuesta podría sorprenderlo: US$400. ¡Quién habría pensado que una bolsa para hacer las comprar pudiera alcanzar tan alto precio! 114
Lea: Montevideo a la vanguardia vs. las bolsas De algodón, de yute, “eternas”, baratas o caras...En el Reino Unido, los clientes en algunas tiendas, farmacias y supermercados tienden cada vez más a buscar alternativas para evitar utilizar bolsas plásticas. “Son más fuertes, le caben más cosas y cada vez que pago me siento mejor porque pienso que estoy haciendo algo por el medio ambiente”, le contó a BBC Mundo Samantha Ryder, a la salida del un automercado en el este de Londres. Opine: ¿El fin de las bolsas de plástico? De acuerdo con cifras de la organización no gubernamental We Are What We Do, en el Reino Unido se utilizan 10.000 millones de bolsas plásticas cada año. Impacto ambiental Según los críticos del uso de bolsas plásticas, el problema radica en que este tipo de bolsas se fabrican con petróleo, lo cual contribuye al calentamiento global y además se requieren unos 500 años aproximadamente para que se degraden por sí solas. Los opositores señalan que las bolsas plásticas contaminan el ambiente y representan un peligro para la vida de las especies marinas al contener material tóxico para éstas. Además, pueden contribuir a empeorar las inundaciones y hasta pueden producir atascones en las tuberías. En el Reino Unido, el gobierno y más de 20 cadenas de tiendas y supermercados llegaron a un acuerdo para reducir el impacto ambiental que producen las bolsas plásticas en 25% para finales de 2008. De allí que los negocios en este país ofrezcan incentivos para minimizar el uso de las bolsas plásticas entre sus clientes. Algunos supermercados como Marks & Spencer decidieron cobrar a los usuarios que soliciten bolsas plásticas para transportar los víveres que adquieren: cobran US$0,09 por cada bolsa.
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“Hemos notado una reducción de 80% en el número de bolsas plásticas utilizadas por nuestros clientes. Todo el dinero recaudado es destinado a Groundwork, una organización de caridad dedicada a mejorar espacios verdes en el Reino Unido”, señaló a BBC Mundo Neil Lewis, líder de la iniciativa de Marks & Spencer. Otros establecimientos como Tesco ofrecen un programa de recompensa a sus clientes, quienes ganan puntos cada vez que reutilizan bolsas. Los consumidores pueden posteriormente cambiar los puntos por cupones de descuento en víveres. Bolsas plásticas en el Reino Unido Aproximadamente 10 mil millones de bolsas plásticas son utilizadas cada año en el Reino Unido. Anualmente, cada persona utiliza unas 167 bolsas plásticas. Toma hasta 500 años para que cada bolsa se degrade. Fuente: We Are What We Do ¿Conciencia o sólo moda? Pero más allá de las “verdes” intenciones, las nuevas bolsas pueden llegar a convertirse en algunos casos en la ostentación de una moda, como la famosa bolsa de la que ya les hablé y que también llevaban las actrices Keira Knightley, Scarlett Johansson y Jessica Alba.
EN CONTRA DEL BOICOT Las bolsas plásticas representan el 0,05% de los desechos encontrados en los basureros del Reino Unido. La contribución de las bolsas plásticas al cambio climático es de 2,6 kilos de los 11.000 kilos de dióxido de carbono que el británico promedio emite cada año. Las bolsas plásticas utilizan 0,2% de petróleo como materia prima mientras que el transporte utiliza 29% y la calefacción se lleva 35%. Fuente: CBC 116
Y es que la bolsa de algodón que llevaba escrito “No soy una bolsa plástica” había sido diseñada por Anya Hindmarch, conocida por sus creaciones que pueden llegar a costar hasta US$2.000. Sólo el año pasado a pocas horas de su lanzamiento se agotó, aunque normalmente se vendía a US$10 en los supermercados Sainsbury’s. “Quizás sea una bolsa convencional pero era mi oportunidad de tener un bolso de diseñador”, me confesó la sobrina de mi vecina quien agregó que al menos no está utilizando una bolsa plástica para hacer las compras. En desacuerdo Pero no todos están de acuerdo con la creencia de que ahorrar en bolsas de plástico ayuda al medio ambiente. “¿De qué vale no utilizar bolsas plásticas si de todas formas la comida viene empaquetada en plástico? Además yo reutilizo las bolsas plásticas, las uso para botar la basura, para meter los zapatos cuando voy al gimnasio y hasta cuando saco a pasear al perro ¡No podría vivir sin ellas!”, expresó Mark Russell. Además, de acuerdo con el Carrier Bag Consortium (CBC), organización que agrupa a los proveedores de bolsas plásticas, este tipo de medidas están basadas en mitos y son engañosas. Esta organización le dijo a través de un comunicado a BBC Mundo que “en todo el mundo, los políticos están creando una histeria pública en torno a las bolsas plásticas y lo están haciendo para convencer a la gente de que se preocupan por la ecología pero realmente lo hacen para desviar la atención de temas ambientales bastante serios”. “Las bolsas plásticas son la mejor opción que tenemos desde el punto de vista ambiental, para hacer las compras siempre y cuando la gente reduzca su uso innecesario, las reutilice y las lleve al programa de reciclaje más cercano”, agregó el comunicado. Además, según la CBC siempre hay que buscar dónde se hizo la bolsa porque quizás la huella ecológica que deja por ejemplo, si fue fabricada en China, podría ser peor que la de la bolsa plástica doméstica. 117
Para algunos ambientalistas, la eliminación de bolsas plásticas es sólo un paso, pues hasta que los establecimientos no reduzcan la energía que utilizan, disminuyan su huella ecológica al trasportar comida y traten mejor a los agricultores, ahorrar en el uso de bolsas plásticas es sólo algo superficial
Montevideo contra las bolsas Por: Verónica Psetizki BBC, Montevideo
El impuesto comenzará a cobrarse en enero de 2009 pero ya la municipalidad abrió el debate. La Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) aplicará un impuesto a las bolsas plásticas con el objetivo de reducir su uso y, como consecuencia, evitar la contaminación. “Existe un enorme problema con la contaminación que producen aquellos envases que, por tener un valor tan bajo, su porcentaje de reciclado es muy pequeño, y se acumulan en el ambiente”, explicó a BBC Mundo Néstor Campal, director de Desarrollo Ambiental de la IMM. “La bolsa de nylon tiene un impacto mayor dentro del conjunto de envases porque su costo es ínfimo y el daño que produce es máximo”, indicó. Opine: ¿El fin de las bolsas de plástico? Campal señaló que la bolsa, al volar, no sólo contamina la ciudad visualmente sino que provoca un daño económico y medioambiental. “La bolsa permanece en el ambiente por decenas de años y, además de ser un problema estético cuando cuelga de árboles y se desplaza por los arroyos, también causa problemas en la navegación, se introduce en el sistema de saneamiento obstruyendo cañerías y hace mucho más costosa la limpieza de las playas”. 118
Lea: Una vida sin bolsas plásticas Tendencia mundial La IMM intentó emular medidas similares tomadas en otras partes del mundo para combatir el uso de las bolsas plásticas. Sin llegar a su prohibición, como en el caso de China -que prohibió las bolsas gratuitas-, Bangladesh, Israel, Taiwán, Singapur y varios países africanos, Montevideo decidió seguir el ejemplo de la capital irlandesa. Las bolsas causan problemas en la navegación, obstruyen cañerías y encarecen la limpieza de las playas. Con un impuesto introducido en 2002, Dublín logró reducir el consumo de bolsas de nylon en un 90%, según las autoridades del país europeo. El impuesto que cobrará el gobierno departamental por cada bolsa es de poco menos de medio centavo de dólar. Con el dinero que recaude espera financiar tareas de limpieza y recolección de estos envases, así como campañas educativas. “Se requiere una modificación de hábitos de la población. Si planifico mis compras y llevo un recipiente adecuado, no tengo necesidad de salir del supermercado con seis o siete bolsas de más”, indicó Campal. El razonamiento es que si cada una de las 400.000 personas que se estima hacen compras diariamente en esta ciudad de 1,3 millones de habitantes dejara de recibir una bolsa por día, se evitaría el uso de 12 millones de bolsas al mes. La Asociación de Supermercados del Uruguay (ASU) anota, sin embargo, que aunque se logre cambiar la mentalidad del consumidor, algo que -señalan- tomaría un período considerable de tiempo, hay muchas compras que no se planifican. 119
“Si cada una de las 400.000 personas que hacen compras diariamente en esta ciudad dejara de recibir una bolsa por día, se evitaría el uso de 12 millones de bolsas al mes.” “Mucha gente hace sus compras a la salida del trabajo, pasa a comprar un par de cosas por un almacén o un minimercado y no va a estar llevando un bolso de tela u otro recipiente especial”, indicó Washington Villot, gerente general de la ASU. La Intendencia recalca que lo que se intenta es controlar el uso innecesario de la bolsa de nylon. “Muchas veces vemos que para llevar una botella se usan dos o tres bolsas, por si una no resiste. Ése es un acto irracional. Esas bolsas se pueden sustituir por una de tela reusable, pero requiere que pensemos qué vamos a traer a casa a la hora de hacer las compras”, señaló Campal. De acuerdo...y no tanto El impuesto comenzará a cobrarse en enero de 2009 pero ya la municipalidad ha logrado un primer objetivo: abrir un debate en la sociedad sobre el uso que se da a las bolsas y cuál sería la mejor forma de promover el uso responsable de las mismas. El anuncio de la tasa que cobrará la IMM generó críticas pero también algunas voces de apoyo. “Todos coincidimos en que las bolsas de nylon son una plaga que contamina el medio ambiente”, admitió el edil del opositor Partido Colorado, Fitzgerald Cantero. “Pero no creo que un impuesto reduzca el uso de las bolsas sino que la IMM debería estimular el uso de otras alternativas, como se hace en países de Europa, donde cada uno lleva su bolsa, o el supermercado le vende una”, explicó. El impuesto por cada bolsa es de poco menos de medio centavo de dólar. Dirigentes de la ASU se reunirán la semana próxima con autoridades de la IMM para discutir opciones. “El problema es que la bolsa de papel es muy cara, y si se hume120
dece o se quiebra no sirve”, explicó a BBC Mundo Washington Villot, Gerente General de la agrupación. “Hace 15 años que la bolsa es insustituible y eliminarla sería retroceder en el tiempo”, indicó. El representante de los supermercados entiende que el impuesto terminará recayendo en el bolsillo de los clientes. “Los que importan y producen las bolsas van a trasladar esa tasa a los supermercados, y los consumidores van a tener que pagarla”. Razonable Sin embargo, algunos consumidores creen que el impuesto es razonable, a pesar de que quizás lo sientan en su billetera. “Yo estoy en contra del uso de las bolsas de nylon. Ya era hora de que se tomaran medidas”, dijo Nela Pérez a BBC Mundo, cargada con varias bolsas plásticas a la salida de un supermercado capitalino. Algunos consumidores creen que el impuesto es razonable, aunque lo sientan en el bolsillo. Sin embargo, admitió que cuando va a hacer las compras olvida llevar un bolso o un carro para evitar volver con tanto plástico. La introducción del impuesto, ¿logrará disminuir el uso de las bolsas? El economista Juan Dubra, de la Universidad de Montevideo, cree que no, “porque el monto del impuesto es muy bajo”. “Es una parte muy pequeña del costo total de la compra. Por lo tanto, no es probable que los consumidores cambien sus patrones de compra, como por ejemplo, cambiar de supermercado, incluso si un comercio transfiere el costo del impuesto al cliente y otro no”, explicó el economista a BBC Mundo.
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En Irlanda, por ejemplo, el impuesto establecido en 2002 y que logró reducir el consumo de bolsas era de 15 centavos de euro, por lo menos 50 veces más de lo que se pretende cobrar en Montevideo. Habrá que esperar por lo menos al término del primer trimestre de 2009 para verificar la efectividad de la medida.
Busca de la “isla de la basura”
Por: Laura Plitt BBC Mundo, Medio Ambiente
En los océanos del mundo hay cinco remolinos gigantes, pero el del Pacífico Norte es el que concentra más cantidad de desechos plásticos. Este fin de semana parte desde San Francisco, Estados Unidos, un equipo de científicos, ambientalistas e innovadores en busca de una de las islas más siniestras que existen en el planeta. Bautizada por algunos como “la isla de la basura” o el “parche de basura del Pacífico Norte”, se trata en realidad de un remolino de desechos formado por más de seis millones de toneladas de plástico, que flota a la deriva entre California y Japón. Fue descubierto en 1997 por el oceanógrafo Charles Moore, quien haciendo caso omiso a las recomendaciones de evitar esta zona poco
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propicia para los marineros por la falta de vientos y corrientes, decidió tomar esta inusual ruta. A lo largo de su viaje Moore se topó con trozos de botellas, bolsas plásticas, jeringas y una multitud de otros objetos plásticos reconocibles y no tanto, ya que por la acción del sol y los vientos, este material se desintegra en fragmentos diminutos que permanecen durante años flotando a merced de las corrientes marinas. La desintegración del plástico en partículas microscópicas -algunas son infinitamente más pequeñas que un grano de arena- hacen que este parche, cuyo tamaño supera en dos veces la superficie del estado de Texas, sea casi imposible de localizar mediante radares o tecnología satelital. A cazar basura Proviene de la actividad en el continente, principalmente de las costas. También llega a través de los ríos. Los vientos y las corrientes la empujan hasta el remolino en el Pacífico Norte. Desafiando su ubicación imprecisa y la dificultad que plantea qué hacer una vez frente a frente con esta gigantesca colección de basura, el equipo del Proyecto Kaisei se lanza a las aguas los primeros días de agosto con el fin de estudiar en profundidad la composición de esta “sopa” plástica (otro de los apodos que ha recibido), la toxicidad de sus componentes, su efecto sobre la vida marina y su rol en la cadena alimentaria. Según le explicó a BBC Mundo Doug Woodring, líder del Proyecto Kaisei, lo más difícil es atraparla sin capturar a su vez criaturas marinas. “Tendremos que utilizar distintas tecnologías dependiendo del volumen de los residuos por kilómetro cuadrado. También contamos con diferentes tamaños de redes”. A esto se añade la dificultad de traerla de regreso. “En esta expedición no lo estamos intentando, no salimos con suficientes botes. La idea es primero analizar de qué se trata y luego entonces podremos discutir la mejor manera de lidiar con ella”, dice Woodring, quien vislumbra como una alternativa posible “transformar la basura en combustible diesel”. 123
El problema principal es que está en aguas internacionales. Nadie pasa por allí, no es parte de las principales rutas comerciales, no está bajo ninguna jurisdicción y el público no sabe de su existencia Doug Woodring, líder del Proyecto Kaisei Resulta curioso que aunque ya ha pasado más de una década desde su descubrimiento, nadie ha tomado -hasta el momento- cartas en el asunto para resolver el problema. A Woodring no le sorprende: “el problema principal es que está en aguas internacionales. Nadie pasa por allí, no es parte de las principales rutas comerciales, no está bajo ninguna jurisdicción y el público no sabe de su existencia”, le dijo a BBC Mundo. “Ojos que no ven, corazón que no siente”. “Por ello”, agrega, “no hay presión sobre ningún gobierno o institución para que trate de solucionarlo. Es un poco similar a lo que ocurre con la basura espacial”. Pariente no tan lejano Dos naves llevarán a cabo la expedición. Una permanecerá allí por 21 días y la otra por 30. Si bien este gigantesco vertedero de basura pareciera estar a una distancia relativamente “cómoda”, una suerte de pariente molesto pero muy lejano, las consecuencias que se derivan de su existencia nos afectan a todos. Los peces pequeños confunden las partículas plásticas con alimentos. Muchos mueren tras ingerir estos fragmentos, que además actúan a modo de esponja para las sustancias tóxicas y metales pesados. Pero otros sobreviven y cuando son ingeridos por animales más grandes, entran a formar parte de la cadena alimentaria. La expedición -a cargo de dos naves, “Kaisei” y “New Horizon”regresará a la costa después de un mes, pero quienes quieran acompañarlos en sus descubrimientos pueden seguir la travesía a través de su página de internet.
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México: basura enterrada contamina aguas Por: Alberto Nájar BBC Mundo, México
Vertederos como el de la imagen contaminan las aguas subterráneas que alimentan ríos y lagos. Unas 30 millones de toneladas de basura enterradas en el este de Ciudad de México contaminan los mantos freáticos de la región. Según el Instituto Politécnico Nacional, a 1.500 kilómetros de distancia de la capital, en la Península de Yucatán, la mayoría de los cenotes (manantiales que se abastecen de corrientes subterráneas) están afectados por aguas residuales y basura. Especialistas advierten que de no frenarse la tendencia, en la próxima década el país tendrá serios problemas para garantizar el abastecimiento a los mexicanos. “Muchos acuíferos someros ya tienen contaminación bacteriológica, ese es un problema importante”, le dijo a BBC Mundo Luis Marín, investigador del Instituto de Geofísica de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Zonas muertas Los especialistas y autoridades señalan que el problema de contaminación y abastecimiento de agua es complejo. Muchos acuíferos someros ya tienen contaminación bacteriológica, ese es un problema importante. 125
Por ejemplo, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) reconoce que la tercera parte de los ríos y lagos están contaminados, y de éstos el 4,6% se considera con alto índice de degradación, donde no hay vida acuática. La mayor parte de los afluentes contaminados están cerca de las zonas urbanas, sobre todo en el centro y el occidente del país. De acuerdo con el especialista de la UNAM, las principales fuentes de contaminantes son los desechos de zonas urbanas y el uso de fertilizantes y pesticidas en el campo. De hecho, según el informe Estadísticas del Agua 2008 de Conagua, el 77% del líquido que hay en el país se utiliza en tareas agrícolas. Estos contaminantes son difíciles de rastrear porque vienen de zonas extensas. La superficie destinada a cultivos es de 25 millones de hectáreas. “Puede ser un asunto cultural, pero muchos campesinos utilizan grandes cantidades de fertilizantes y pesticidas que se van directo a los ríos”, explicó el especialista. Enfermos por agua contaminada En volumen, la agricultura es la actividad que más contamina el agua en México, pero el mayor daño es causado por desechos urbanos e industriales. La falta de tratamiento de las aguas residuales es un problema serio en el país, afirmó el especialista, pues facilita la propagación de enfermedades intestinales, paludismo, hepatitis y tracoma. Legalmente, los responsables de sanear las aguas y desechos urbanos son los municipios, pero generalmente estos gobiernos no tienen recursos suficientes para construir o mantener en operación plantas de tratamiento. Así, en decenas de poblaciones los residuos se van directamente a los ríos, lo cual aumenta el riesgo de enfermedades.
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“Las diarreas son la quinta causa de muerte infantil en México, y está asociada con el agua que se consume”, subrayó el investigador. La falta de recursos para sanear los desechos urbanos es un aspecto más de la contaminación del agua, porque en el país se cobra, en promedio, la quinta parte del costo real por abastecer agua potable. Datos de la Conagua señalan que, mientras en ciudades como Copenhague la tarifa por metro cúbico de agua es de US$6, en Ciudad de México los capitalinos pagan US$0,16. El futuro Desde hace varios años el país registra una caída importante en la calidad del agua disponible. Según la Conagua en 2003 el 51,8% de los ríos, lagos y manantiales eran considerados excelentes. Cinco años después la cifra bajó a 38,2% del total. También hay sobre explotación de los acuíferos subterráneos, especialmente en el Valle de México y los estados del norte del país. Así, la previsión es que bajen aún más las reservas. La Conagua establece que, para 2030, las zonas más pobladas tendrán una disponibilidad menor a 1.000 metros cúbicos por habitante al año, es decir, “una condición grave de escasez”.
México en crisis por la basura Por: Alberto Nájar BBC Mundo, México
Las autoridades definen el problema como “el enemigo público número uno”. La Ciudad de México -que produce 12.500 toneladas de basura al día- vive una crisis para procesar sus desperdicios, pues las lluvias inundaron la zona donde se almacenan la mayoría de los desechos que ahora se acumulan en las calles. Autoridades locales reconocieron que hay riesgos sanitarios por la emergencia, además de la posibilidad de congestionar el sistema de 127
drenaje de la ciudad a donde van a parar los desperdicios arrastrados por la lluvia. “La basura es nuestro enemigo público número uno”, dijo el secretario de Protección Civil, José Elías Moreno. Hace diez días la zona conocida como el Bordo Poniente, donde la ciudad concentra la mayoría de los desechos, está inundada y los camiones que los transportan no han podido ingresar. Decenas de unidades cargadas hasta con 30 toneladas de basura cada una están varadas a la espera de que baje el nivel del agua. Algunos conductores decidieron tirar los desechos en bosques y parques en los suburbios de la capital. Basureros clandestinos De acuerdo con las autoridades, durante una semana no se recolectó el 45% de la basura que se produce diariamente en la ciudad. En algunos lugares como la delegación Miguel Hidalgo los basureros a cielo abierto aumentaron en 300%, según dijo el jefe delegacional Alfredo Vinalay. El gobierno del Distrito Federal construye caminos alternos para ingresar al Bordo Poniente y depositar la basura, pues los originales están anegados o cubiertos de lodo. El secretario de Obras, Fernando Aboitiz, indicó que la crisis podría resolverse esta semana. Crisis ecológica Pero superar la emergencia no resolverá el problema de la capital mexicana para procesar sus desechos, advirtió la Secretaría de Medio Ambiente. Las autoridades reconocieron que hay riesgos sanitarios por la emergencia. Y es que el Bordo Poniente, un relleno sanitario de 600 hectáreas que curiosamente se encuentra al oriente de la capital, debió cerrar el año pasado pues ha superado su capacidad para recibir y procesar la basura. 128
Actualmente en el sitio hay enterrados 70 millones de toneladas de desperdicios, que se acumulan en montículos de hasta 15 metros por encima de la superficie. Es el relleno sanitario más grande de América Latina. Su superficie equivale a 13 veces el territorio de la Ciudad del Vaticano y según datos oficiales, con la basura que se genera diariamente en la capital mexicana se podría llenar cuatro veces el Estadio Azteca, uno de los más grandes del mundo con capacidad para 110 mil espectadores. La Comisión Nacional del Agua advirtió sobre una eventual crisis ecológica, pues el exceso de basura produce gas metano y lixiviados que podrían contaminar los mantos freáticos de la zona. Según la dependencia, el exceso de basura provoca hundimientos de hasta 40 centímetros al año en la zona. El gobierno de la capital, en cambio, ha dicho que el Bordo Poniente aún puede recibir basura durante algunos años más.
Prohíben venta de agua embotellada Redacción – BBC Mundo
La pequeña localidad de Bundanoon, en el estado de Nueva Gales del Sur, es la primera de Australia -y según sus habitantes, del mundo entero- en prohibir la venta de agua embotellada. Los promotores dicen que el agua embotellada es mala para el medio ambiente. Con el visto bueno de los comercios locales, los residentes del pueblo -de 2.500 habitantes- decidieron en una reunión comunal acabar con las botellas de agua, preocupados por el impacto que el uso de las botellas de plástico tiene en el medio ambiente. La medida fue aprobada por una abrumadora mayoría: 350 votos a favor y dos en contra, de los cuales uno era un representante de la industria del agua embotellada. Los promotores de la idea se basaron en las enormes cantidades de recursos que se usan para extraer, envasar y transportar el agua y en el hecho de que esas botellas terminan conviertiéndose en basura. 129
Según cuenta desde Sidney Nick Bryant, de la BBC, muchas tiendas ya han dejado de vender botellas de agua y muchos habitantes del pueblo creen que están sentando precedentes en materia de políticas medioambientales. Agua de canilla y listo La decisión tomó forma luego de que una empresa de bebidas anunciara sus planes de extraer agua proveniente de una reserva subterránea de la localidad. La idea era extraer el agua en Bundanoon, envasarla en Sidney y transportarla nuevamente al pueblo para venderla, explicó John Dee, uno de los promotores de la campaña. La idea es que copien la medida en Australia y el mundo entero. El gobierno de Nueva Gales del Sur respaldó la medida de los pobladores y ordenó a los departamentos estatales que no compren más agua embotellada y que tomen agua corriente. Los lugareños dicen que no atacarán a los visitantes que ignoren la prohibición, pero sí les recomendarán usar, en cambio, fuentes de agua públicas instaladas de la calle principal. Además, esperan que otras localidades, de Australia y el mundo entero, imiten su decisión. El movimiento global contra el uso de bolsas de plástico comenzó en 2003 en otro pueblito australiano, Coles Bay. En 2008, los australianos gastaron unos US$388 millones en la compra de agua embotellada, un 10% más que en 2007.
¿Qué miran estos niños? Niños indios esperan para hurgar un basurero en las afueras de Jammu, India. Este jueves 22 de abril se conmemora el 40º aniversario del “Día de la Tierra”, que tiene como objetivo concienciar a la población sobre temas medioambientales. (AP Photo/Channi Anand) 130
RECLAMO VECINAL CONTRA LA BONAERENSE
Conflicto por la basura Por: Laura Vales Página 12
Cruzando bicicletas sobre la colectora, vecinos de los asentamientos que rodean el relleno sanitario de José León Suárez cortaron el Camino del Buen Ayre. Reclamaron así contra la Policía Bonaerense, que el martes detuvo a doce personas, cinco de ellas menores, y lesionó a otras cinco, al desalojarlos del predio del Ceamse donde cirujean. La empresa deja entrar durante 45 minutos por día a la gente de los barrios cercanos, quienes buscan alimentos y objetos reciclables en la montaña 131
de basura. Los vecinos denunciaron el maltrato policial y pidieron que se abran más plantas de reciclaje que generen empleo. La protesta comenzó a las diez de la mañana sobre el Camino del Buen Ayre a la altura de la calle Debenedetti. “No es la primera vez que la policía nos reprime, por eso pedimos seguridad para entrar al predio a buscar alimentos y materiales”, señaló allí Alicia Duarte. La versión de la policía fue que la represión se originó por una pelea entre dos cartoneros, pero los vecinos aseguran que no fue así y que se trató de un abuso de la Bonaerense. Cerca del mediodía, a la gente de los barrios se sumaron recicladores de las plantas del Ceamse, que les dieron su apoyo y reclamaron por la baja en el precio del cartón, que cayó un 50 por ciento. Los manifestantes entregaron un petitorio en el que plantearon, además de la garantía de no ser reprimidos, su reclamo del desprocesamiento de los doce detenidos del martes y la devolución de las bicicletas y los carros que les secuestró la policía. Voceros del Ceamse argumentaron que desde que está la Policía Bonaerense haciendo la seguridad del lugar, “el ingreso de la gente es más ordenado”, pero Diego Diegues Ontiveros, abogado de una organización que nuclea a los cartoneros, señaló que los incidentes tienen que ver con que hace un tiempo la empresa empezó a hacer una selección entre los que pretenden entrar al predio. En la Secretaría de Derechos Humanos bonaerense informaron que once de los doce arrestados recuperaron la libertad, mientras que continúa detenido un joven llamado Matías Auxilio, quien fue herido en una pierna con una bala de goma. La titular del organismo, Sara Derotier de Cobacho, detalló que los cinco heridos fueron atendidos en el hospital de la zona y ya recibieron el alta médica. “Estoy podrido” El gobernador bonaerense, Daniel Scioli, criticó a la alianza en proceso de implosión Unión-PRO de Mauricio Macri, Francisco de Narváez y Felipe Solá, por entender que en ese sector “hay ráfagas de individualismo” y “contradicciones” y destacó que allí “se superponen aspiraciones personales”. Scioli también cuestionó a Macri porque desde la gestión porteña le “echa la culpa a los demás y nunca se cargo” y, en tal sentido, aseguró estar “podrido” de que el jefe de Gobierno porteño no “haga algo” para cumplir con la ley de Basura. 132
“Estamos podridos de recibir cada vez más volúmenes de residuos, le pediría al jefe de Gobierno, ya que últimamente se está ocupando de hacer referencia a algunas cosas de la provincia, que cumpla con la ley de Basura de la Capital Federal porque no se aplica el reciclaje ni la reducción de los residuos, y esto afecta a la salud”, señaló el mandatario bonaerense. Luego de reunirse en un hotel porteño con el ministro de Seguridad de Israel, Yitzhak Aharonovitch, y con el embajador de ese país, Daniel Gazit, Scioli hizo declaraciones a la prensa en un tono más elevado al que acostumbra. “El gobierno mío viene a hacerse cargo, y ya cuando van más de dos años de gobierno tiene el problema de las inundaciones, de que las obras en el subte no se hicieron, de que la basura gana un 30 por ciento más de volumen, y encima habla de cuestiones y cada problema que hay en la Ciudad la culpa la tienen o los que estuvieron antes de él, o la provincia, o la tiene el gobierno nacional”, dijo. Macri se había referido al distrito bonaerense cuando señaló respecto de De Narváez que “las ambiciones personales de cada uno son propias, pero él también recuerde que asumió un compromiso con la gente en la provincia”. En tal sentido, Scioli dijo: “Nosotros tenemos un proyecto colectivo, esa es la diferencia con otro espacio político”, y aconsejó mirar “lo que pasa cuando hay ráfagas de individualismo, sino fíjense lo que está ocurriendo con el espacio que se había creado para la elección en la provincia de Buenos Aires”. PRESOS POR PROTESTAR EN EL OBELISCO
Una escalada ambientalista Siete militantes de Greenpeace fueron detenidos por reclamar contra el pliego de licitación de la basura porteña. Por: Eduardo Videla Página 12
Siete militantes de la organización ambientalista Greenpece terminaron detenidos y seguían prestando declaración indagatoria anoche, después de haber escalado una de las paredes del Obelisco, en una demostración de protesta por la licitación del servicio de recolección de residuos y limpieza de la ciudad, impulsada por el gobierno porteño que, para la agrupación ecologista, generará mayor contaminación en los re133
llenos sanitarios del Gran Buenos Aires. El gobierno porteño presentó una denuncia judicial contra los activistas por “daño y resistencia a la autoridad”. La movida derivó en un embotellamiento descomunal en el centro porteño, pero no fue por la performance sino por la intervención de los funcionarios del gobierno y de la Policía Federal, que cortaron la avenida Corrientes y bloquearon parte de la 9 de Julio. La licitación del servicio de higiene urbana será debatido hoy en una audiencia pública, en la Legislatura (ver recuadro). La acción de Greenpeace se inició a las 5.30 de la mañana, cuando un grupo de ocho voluntarios saltó la reja que rodea al Obelisco. Cuatro de ellos ingresaron a la construcción de hormigón y subieron la escalera caracol hasta llegar a la ventana que se ve en su extremo: desde allí desplegaron un cartel que hacía mención, con ironía, a un supuesto “1º Premio en Contaminación” que recibiría la ciudad de implementarse la licitación que propone Macri, explicó a Páginal12 Juan Carlos Villalonga, director político de Greenpeace. A las 6.30, con el cartel ya desplegado, comenzaron a trepar la pared norte del Obelisco dos escaladores, un varón y una mujer, utilizando las sogas que soltaron los que ya habían llegado a la cumbre. “La idea era sostener la malla que colgaba con el cartel, porque suele quedar torcida, por el viento”, explicó Villalonga. Lo cierto es que la escalada generó un gran impacto y el lugar se convirtió enseguida en centro de atención. “Lo que buscamos es interpelar al gobierno de la ciudad, pero también a los ciudadanos porteños para advertir que la basura que se genera contamina el suelo y el agua del Gran Buenos Aires. Y que si se aprueba el pliego que propone (Mauricio) Macri se va a intensificar esa contaminación”, argumentó Villalonga. Greenpeace cuestiona el criterio del gobierno macrista de pagar el servicio por la cantidad de toneladas de basura recolectada ya que, sostienen sus dirigentes, no se promueve la reducción de residuos a disponer en rellenos sanitarios, tal como lo exige la ley de Basura Cero. La organización también cuestiona el pliego porque “sólo hace referencia a la recolección de residuos húmedos, no reciclables, mientras que sobre los secos (que supuestamente deben recoger los cartoneros, puerta a puerta, para reciclar) no dice nada”. Greenpeace apoya el proyecto 134
de ley que presentaron los diputados Juan Cabandié y Gabriela Cerruti (Frente para la Victoria), que promueve “la separación en origen y el reciclaje como prácticas indispensables para reducir la basura”. Lo cierto es que la protesta culminó alrededor de las 9.30, con el descenso de los dos activistas en una pluma de los Bomberos, tras lo cual fueron detenidos por la policía, junto con otros cinco integrantes de la organización ambientalista que se encontraban adentro del monumento. El octavo pudo salir sin ser advertido. Los siete fueron derivados a la Fiscalía en lo Contravencional de la ciudad, acusados de “desobediencia, daño y violación de domicilio”, según informó Gonzalo Girolami, vocero de la organización. La causa quedó a cargo de la fiscal Claudia Barcia. El gobierno porteño dio instrucciones su procurador general, Pablo Tonelli, para que inicie acciones legales contra los ambientalistas. “Las personas identificadas con esta organización habrían incurrido en el delito de daño agravado al forzar los candados y las puertas de acceso a un monumento público y se resistieron a cumplir las órdenes impartidas por la Policía Federal para que depusieran su actitud”, manifestó el gobierno en un comunicado de prensa. Sin embargo, Villalonga aclaró que “al candado (que cerraba la reja) lo rompió la policía cuando ingresó al lugar; los voluntarios de Greenpeace ingresaron saltando la reja”. “Y la puerta de acceso tampoco fue forzada, ya que estaba abierta”, agregó. Como parte de la acción, Greenpeace difundió un estudio en el que constató que los residuos urbanos que son depositados en los rellenos del conurbano contienen una variedad de sustancias químicas que al descomponerse “liberan líquidos lixiviados y gases que son altamente tóxicos”. Dentro de este proceso “los líquidos arrastran partículas de residuos y disuelven metales que son vertidos en el suelo y llegan así a los cursos de agua”, alertaron. Villalonga recordó que la organización había hecho una demostración en el Obelisco en 1998, en ocasión de la Cumbre por el Cambio Climático. “Esa vez el jefe de Gobierno, Fernando de la Rúa, también se enojó, pero no hubo denuncia judicial y nadie fue preso”, diferenció.
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SE REUNEN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD Y DE LA PROVINCIA DE BS. AS.
Crean una Comisión de trabajo para tratar el problema de la basura Los gobiernos porteño y bonaerense acordaron hoy la conformación de una comisión de trabajo bilateral para resolver la instalación de nuevas plantas de tratamiento de residuos en el área metropolitana.
En el encuentro, que tuvo lugar esta mañana en la sede de la Coordinadora Ecológica Area Metropolitana (CEAMSE), de Parque Patricios, funcionarios de ambos distritos acordaron encontrar a corto plazo dos nuevos espacios para volcar la basura de la ciudad de Buenos Aires y su conurbano, y establecieron que en 15 años ya deberán estar funcionando nuevos centros depositarios a más de 100 kilómetros de la Capital. Voceros oficiales indicaron que durante la reunión, encabezada por los jefes de gabinete porteño y bonaerense, Horacio Rodríguez Larreta y Alberto Pérez, respectivamente, se comenzó a discutir también sobre “la sustentabilidad financiera del CEAMSE”, entidad a la que calificaron como “deficitaria”, y de un canon diferencial que la Ciudad aceptaría pagar a la Provincia para trasladarle sus residuos. Asimismo, durante el encuentro, presidido por el titular del CEAMSE, Raúl de Elizalde, se armó una comisión de trabajo con representantes de los ministerios de Hacienda y Medio Ambiente de ambas jurisdicciones. Esta comisión trabajará en la rápida búsqueda de dos nuevas plantas de transferencia, debido al cierre de dos de los tres rellenos sanitarios del conurbano. Estas plantas comenzarían a operar en pocos meses para complementarse con la única que quedará habilitada, la del Camino del Buen Ayre en el partido de San Miguel. También se acordó la selección de nuevos depósitos que estarán situados a más de cien kilómetros de la Capital, y que la Ciudad disminuya sus 5000 toneladas diarias de basura que vuelva en la provincia mediante el reciclaje. 136
Según destacó un informante a esta agencia, la administración que conduce Mauricio Macri aceptaría pagar un canon superior al actual a la provincia para la deposición de los residuos porteños, aunque no se determinó cuál será ese monto. Respecto del CEAMSE, los dos distritos aceptaron que se encuentra en una situación “deficitaria”, por lo que estudiarán nuevos montos en los aportes que le realizan la ciudad y la provincia. En declaraciones, Pérez indicó que “avanzamos con la Ciudad en acuerdos que nos vana permitir resolver la cuestión de la basura a corto y largo plazo, con un compromiso de mayor inversión de todos los socios del CEAMSE y la búsqueda de la reducción de la cantidad de basura de la ciudad a la provincia”. EXPERTOS INTERNACIONALES TRAEN SU EXPERIENCIA A BUENOS AIRES
La Basura Cero tiene su academia Por: Pedro Lipcovich Página 12
En San Francisco, Estados Unidos, y en Nueva Zelanda se implementan los planes más avanzados en gestión de residuos. Sus responsables explican a Página/12 las claves del programa: concientización desde las escuelas y clasificación domiciliaria de residuos.
“Academia de Basura Cero”: esta designación –correspondiente a uno de los programas que desarrolla el gobierno de Nueva Zelanda– bien puede servir para caracterizar la presencia en Buenos Aires de representantes de dos de los planes más avanzados de gestión de residuos: el neozelandés y el de San Francisco, Estados Unidos. Entre las enseñanzas de esta academia se cuentan: educar a las autoridades de los municipios; propiciar la participación de los ciudadanos en general, mediante consignas claras, fáciles de cumplir y sostenidas en el tiempo; no hay Basura Cero si la clasificación no empieza en los domicilios. La academia debe iniciarse en las escuelas: porque los chicos, así concientizados, concientizan a sus familias, y porque así la basura de las escuelas mismas recibe tratamiento adecuado. La academia también debe ser capaz de ponerles 137
mala nota a las empresas que no se responsabilicen de los efectos ambientales de los productos que fabrican. Y todas estas enseñanzas deben basarse en el ejemplo de los distintos efectos beneficiosos de la Basura Cero: producción de abonos, nuevos combustibles y materiales y muchas fuentes de trabajo. En rigor, nadie se graduó todavía en esta academia, pero ciudades como San Francisco, que recupera el 63 por ciento de su basura, pueden dar su testimonio de estudiantes avanzados. “Una clave para la participación de los ciudadanos en los programas de Basura Cero es que las demandas sean claras y fáciles de cumplir –destacó Jack Macy, coordinador de reciclaje del Departamento de Medio Ambiente de San Francisco, California, quien participa en el Seminario sobre Basura Cero organizado por la Legislatura porteña–: nosotros ofrecemos tres tipos de recipientes: el azul, para botellas y otros materiales reciclables; el verde, para restos de comida y plantas; el negro, para todo lo que no corresponda a los otros dos.” El municipio agrega, como incentivo, una tasa diferencial de impuesto según el cumplimiento del vecino. Y de todos modos, “la ciudad proyecta hacer que esta separación en origen sea obligatoria, como en otras muchas ciudades de Estados Unidos”. San Francisco inició en 2002 un programa para llegar a Basura Cero en 2020. “El programa obedece a una ley del estado de California, que penaliza con mil dólares diarios a los municipios que lo incumplan”, señaló Macy. Su ciudad recupera ya más del 63 por ciento de los residuos. Jo Knight es titular del Programa Basura Cero de Nueva Zelanda, adoptado ya por el 67 por ciento de los municipios de ese país, que es el primero en adoptar este criterio a escala nacional: “Un aspecto central es educar a las autoridades comunales –sostuvo–: los funcionarios crecieron en un mundo donde, para la basura, no había nada mejor que los rellenos sanitarios. Y son muy importantes las campañas en escuelas y jardines de infantes. Organizamos un concurso para que los chicos produzcan cortos sobre el tema, que serán difundidos por TV. Los chicos llevan el mensaje a sus casas, ayudan a cambiar a sus familias. Y también cambia el manejo de residuos en las escuelas: muchos chicos, que llevaban sus viandas envueltas en film plástico, ahora lo hacen en 138
envases reutilizables. Muchas escuelas tienen ya su planta de producción de compost”. El programa neozelandés también creó la denominada Academia de Basura Cero, con una universidad, “para capacitar a la gente que trabaja con los residuos urbanos”. La basura de origen industrial tiene especial importancia en San Francisco, donde el 70 por ciento de los residuos tienen ese origen. Por decisión voluntaria, “los residuos de la industria cervecera, que son muy altos en proteínas, se reciclan como alimento para animales; sumado a la devolución de envases, una cervecería logró un 99,5 por ciento de eficacia, prácticamente Basura Cero”, contó Macy, y se mostró partidario de “una ley como la que rige en el estado de Washington, que obliga a los fabricantes de equipos electrónicos y otros productores a hacerse cargo física y financieramente de sus productos cuando el consumidor los desecha”. Ambos visitantes extranjeros subrayaron que una poderosa arma de concientización sobre la Basura Cero son sus efectos benéficos: “La creación de nuevas y diversas fuentes de trabajo; la recuperación de sustancias que cada vez son más valiosas, como los plásticos derivados del petróleo; la instalación de plantas de biodiesel, biogás y, a partir de ello, usinas eléctricas; la producción de nuevas bolsas plásticas de base vegetal –Knight las presentó, fue posible palpar su textura rara, apenas áspera–, totalmente biodegradables, y de ‘madera plástica’, obtenida con plásticos reciclados, parecida a la madera natural pero más flexible y resistente, que se usa en náutica y en parques infantiles”. Juan Carlos Villalonga –director político de Greenpeace, que integra la comisión asesora para la reglamentación de la Ley de Basura Cero porteña— comentó que “cuando un programa es creíble y sostenido, la gente responde muy bien: así está sucediendo en el barrio de Palermo, con el programa que desarrolla la cooperativa El Ceibo. Habrá que hacer programas piloto para determinar, según las características propias de Buenos Aires, si lo mejor es poner colectores en las esquinas o utilizar bolsas diferenciadas”. El ambientalista recordó que la Ley de Basura Cero, sancionada en noviembre pasado, “fue necesaria en el marco de tres factores: los rellenos sanitarios empezaban a agotarse y a mostrar sus efectos ambientales perjudiciales, como en el caso de Villa Dominico; ningún municipio bonaerense aceptó ser sede de un 139
nuevo relleno sanitario porteño, incluso hubo puebladas al respecto; y la acción de los recuperadores urbanos, los cartoneros, mostró que en la basura hay materiales valiosos que cuentan con un mercado potencial”. La ley porteña obliga a reducir en un 30 por ciento la cantidad de residuos sólidos urbanos para 2010, en un 50 por ciento para 2012, en un 75 por ciento para 2017 y, en 2020, Basura Cero.
Basura Cero no es voluntarismo Por: Juan Manuel Velasco *
Albert Einstein señaló alguna vez que “hay una fuerza motriz más poderosa que el vapor, la electricidad y la energía atómica: la voluntad”. Según el Diccionario de la Real Academia Española, se entiende por voluntarismo “la doctrina que propugna la superioridad de la voluntad sobre la inteligencia o el pensamiento”; en tanto que voluntad es “la facultad de hacer o no hacer una cosa, la intención o el deseo de hacer una cosa”. Así, calificar de voluntarista una propuesta o una acción es, en realidad, descalificarla por atentar contra la inteligencia o el raciocinio de las personas. La propuesta de Basura Cero no es para nada voluntarista. Implica plantear objetivos progresivos de reducción de la disposición final de los residuos domiciliarios hasta alcanzar la meta de que todo residuo sea reciclado, reutilizado o reaprovechado. Adoptar esta política significa reducir los riesgos de contaminación que presentan los rellenos sanitarios a partir de la emisión de gases y de líquidos que produce la basura en descomposición (lixiviados) y eliminar la contaminación lacerante que producen los basurales a cielo abierto. El principio de Basura Cero, además, tiene implícito un concepto diferente de la forma de encarar el problema de la basura en las ciudades, poniendo el acento en el reciclaje y no en la disposición inútil e improductiva, así como en una visión crítica del consumo, de la pérdida ociosa, de la irresponsabilidad corporativa e individual, avanzando hacia los objetivos de responsabilidad, autosuficiencia y sustentabilidad. 140
En el mundo, San Francisco, Washington y Toronto, entre las ciudades, y Australia y Nueva Zelanda, entre los países, han adoptado a nivel gubernamental esta política. Bélgica, Dinamarca, Alemania, Italia, Holanda, Suecia, Bulgaria, Noruega y hasta los Estados Unidos han reducido drásticamente la cantidad de basura dispuesta en los rellenos sanitarios en todo su territorio. La Ciudad de Buenos Aires fue pionera en desterrar los basurales a cielo abierto para disponer rellenos sanitarios, lo que significó un importante avance en materia de calidad de vida para los ciudadanos. Después de más de un cuarto de siglo, la Ciudad de Buenos Aires debe dar un nuevo paso. Y ese nuevo paso es la adopción de la política de Basura Cero.Así lo entendimos un grupo de diputados que, con la colaboración de Greenpeace, presentamos un proyecto de Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Domiciliarios que se inspira en esta política. Se trata, en definitiva, de una parte más de la batalla cultural por instalar una mirada que contemple a todos, una mirada impregnada en una cultura distinta. Y para lograrlo se requiere voluntad. En este, como en tantos otros temas, podemos seguir a Victor Hugo: “A nadie le faltan fuerzas; lo que a muchísimos les falta es voluntad”. * Diputado de la Ciudad, presidente de la Comisión de Ecología de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
“Los rellenos sanitarios son la mejor solución para la basura”
Por: Eduardo Videla Página 12
Eduardo Epszteyn, el hombre que maneja el mayor presupuesto de la ciudad, está a favor de reducir la generación de residuos, pero dice que el proyecto de Basura Cero es “voluntarista”. A pocos días de que los porteños comiencen a controlar el servicio de recolección de residuos, según el nuevo contrato de concesión, muy pocos saben cómo hay que hacer para ejercer esta supervisión. Las campañas de separación de residuos y para mantener la ciudad más limpia estarán a cargo de las cinco empresas contratadas, pero será uni141
ficada y consensuada con el Gobierno de la Ciudad. En tanto, el proceso para la separación y selección de residuos reciclables será lento: aún no están definidos los lugares donde funcionarán las plantas separadoras que deben construir las empresas. Página/12 consultó al secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, Eduardo Epszteyn, quien maneja el presupuesto más grande de la ciudad (140 millones de pesos para todo el año) sobre la marcha del nuevo contrato, cómo continuará el trabajo de los cartoneros, el problema de los rellenos sanitarios y el proyecto de Basura Cero. –Los vecinos se enteraron del cambio de contrato para la recolección de residuos porque en esos días la ciudad amaneció con bolsas de basura. ¿Qué fue lo que cambio? –Ahora son las empresas y no el gobierno las que tienen que gerenciar el servicio. Esto ha producido un cimbronazo en las empresas: la primera semana, dos de ellas fueron multadas. Y una tuvo que echar a uno de sus gerentes. –¿Cuándo comienza la recolección diferenciada de residuos? –Ya se impartieron recomendaciones a los administradores de los edificios de más de 19 pisos de toda la ciudad y a los hoteles de cuatro y cinco estrellas para que saquen a la calle los residuos en forma diferenciada, por un lado los orgánicos y por otro los inorgánicos. Ahora se están incorporando las escuelas y los edificios públicos. Los reciclables están yendo a los galpones de la cooperativa (de cartoneros) El Ceibo, en Retiro. –La licitación prevé la construcción de centros de separación de materiales recuperables. ¿Cuándo van a empezar a funcionar? –Hay uno que está construyendo la ciudad en el Bajo Flores, frente a la cancha de San Lorenzo. Estamos pensando que allí va a trabajar una cooperativa de cartoneros. Los otros cinco los van a construir las empresas, pero primero hay que conseguir los terrenos. Ya tenemos el primero, en terrenos ferroviarios de Once, nos falta el estudio de impacto ambiental. Hay otro detrás de la Villa 3. No es fácil, porque el Código de Planeamiento Urbano es muy restrictivo para permitir este tipo de usos. Y además, nadie quiere que le pongan un centro de separación de residuos al lado de su casa. 142
–¿Con la recolección diferenciada, las empresas se van a llevar lo que hoy recogen los cartoneros? –De hecho, si el cartonero pasa antes que el camión, se va a llevar la bolsa. Eso está pasando y va a seguir pasando. Además, los Centros Verdes van a recibir materiales de los cartoneros. –¿Qué evaluación hace de la campaña de separación de papeles y cartones que el gobierno hizo en 2002? –Esa campaña se hizo en el marco de la emergencia y tuvo un alto nivel de instalación, pero lamentablemente no tuvo continuidad. A diferencia de los países desarrollados, donde el debate sobre el medio ambiente se instala a partir del crecimiento de la producción y el consumo, aquí fue al revés, a partir de la pobreza, cuando la recuperación de residuos se convirtió en un medio de supervivencia para miles de familias y en un problema de higiene urbana. En muchos barrios residenciales quedó instalado el acuerdo entre los vecinos y los cartoneros para separar esos residuos. –¿Por qué no se aprovechó esa situación para extender la separación de residuos? –Estaba prevista una campaña en diciembre, pero primero ocurrió el conflicto con los recolectores, que quemaron la basura frente a la Jefatura de Gobierno. Y luego vino Cromañón. Creímos que no era momento de hacerlo. Primero, porque para instalar una campaña un gobierno debe tener una fuerte legitimidad. No se le puede pedir un esfuerzo al vecino si el Estado no hace bien las cosas. Ahora, si el vecino ve que la calle mejora, que está más limpia, entonces va a colaborar. –La asociación Greenpeace y algunos legisladores presentaron un proyecto de Basura Cero, un concepto que se aplica con éxito en muchos países. ¿Qué piensa de esa propuesta? –El de Basura Cero es un proyecto con buenas intenciones, pero voluntarista: no dice qué hacemos con el Código de Planeamiento Urbano, que es muy restrictivo para instalar plantas de reciclaje. Estos proyectos, que se aplican en ciudades de países desarrollados, requieren de un importante nivel de subsidios estatales para reducir la genera143
ción de residuos. Se necesita, por ejemplo, una ley nacional de envases y embalajes, que estimule el reciclado de los materiales; además, se requieren fondos para el manejo de la recolección diferenciada: más camiones, más frecuencias de recorridos, plantas de tratamiento. Entonces, estamos de acuerdo con el objetivo de reducir la generación de residuos, de hecho este contrato lo contempla, pero hay que discutir las medidas para lograrlo. El tema ambiental tiene que ser tomado como una prioridad a nivel nacional. –¿El modelo de rellenos sanitarios del Ceamse no está agotado? –No. Lo que hay que hacer son rellenos sanitarios más chicos, en lugar de los rellenos enormes que se han hecho hasta ahora. Y que funcionen con control de la emisión de gases y de lixiviados (líquidos que produce la basura en descomposición). Los rellenos sanitarios son la mejor solución: en Misiones, por ejemplo, funcionan maravillosamente bien. –Pero la ciudad lleva la basura a la provincia y ningún municipio quiere que le pongan ahí un relleno sanitario. –Lo curioso es que todos los que no quieren rellenos controlados tienen basurales a cielo abierto, que son mucho peores. Lo que ocurre es que éste es un tema en el cual es muy fácil hacer política. Lo municipios tienen que tener en cuenta que con rellenos sanitarios, que no van a estar cerca de las ciudades sino en lugares alejados, pueden financiar proyectos a través de los bonos verdes, que pagan los países desarrollados a partir del protocolo de Kioto. LAS DESCARGAS PARA LEVANTAR LOS TERRENOS
Para unos, basura; para otros, suelo Por A. B.
A toda hora, los siete días de la semana, camiones de basura y transportadores de contenedores ingresan al 17 de Noviembre para descargar allí lo que otras personas, en otros barrios, descartaron de sus casas. Es decir que los desechos de un sector de la población se convierten, de un momento a otro, en el suelo donde otro sector come y duerme; donde miles de niños y niñas juegan. Donde, en el caso del nuevo 144
barrio de Lomas de Zamora, más de 3600 familias viven. Pero la distribución de los elementos que traen sin cesar esos camiones es también una fuente de subsistencia para otras personas que cobran dinero por separar las descargas de los camiones de chatarra y cartón –elementos que luego venden–, y desparramarla en los lotes. “Mientras no tiren desechos tóxicos, que traigan lo que quieran. El problema aparece cuando tiran químicos. Ahí se pudre todo y nos tenemos que ir.” Juan tiene 26 años y trabaja en las “descargas” desde los 14. Antes de llegar al 17 de Noviembre pasó por los basurales del Mercado Central y el Ceamse, entre otros. Forma parte de un grupo de cinco hombres que, como él, viven de la actividad. En cada día de trabajo generan como mínimo mil pesos, a repartir entre todos, sólo de la venta de las cosas que rescatan de entre los desechos. A eso, le suman entre “150 y 200 pesos que pagan los dueños de los lotes por rellenárselos”, apuntó tras remarcar: “No estaría acá si no hubiera plata. Ni loco”. Su trabajo consiste en guiar a los camiones desde la entrada del barrio a los diferentes puntos de descarga que hay en el interior. En la actualidad, son seis pero “van cambiando todo el tiempo”, continuó Juan con la explicación. Es que las llamadas “descargas” son en realidad lotes de vecinos que le pagan a Juan y su grupo para levantar el nivel de sus terrenos. “Una vez que rellenamos el predio, la descarga se muda a otro lugar”, señaló. De los camiones baja de todo: escombros, basura, chatarra y cualquier otra cosa que entre en la imaginación de los lectores –caminando el predio pueden encontrarse desde monitores de computadoras hasta gomaespuma, carteles de publicidades y rollos fílmicos–. Juan y su equipo se dividen en dos grupos. Quienes trabajan de noche tienen la tarea de separar lo que ellos pueden vender y “que no les sirve de nada a la gente de acá, porque lo que necesitan es tierra, piedra, y no cartón o chatarra”, y apilarlo a un costado de la descarga. Durante el día siguiente, Juan carga esa pila en un contenedor hasta llenarlo, cuando lo retira con un camión y lo vende. “Les hacemos un doble favor porque limpiamos todo lo que llega de chatarra y cirujeadas, y les emprolijamos el terreno”, continúa Juan, 145
luego de jurar que no tiene nada que ver con los punteros que se adueñaron del negocio del relleno en el barrio. “Yo laburo por la mía y arreglo con los vecinos”, sostuvo. Muchos habitantes del predio aseguran que son los punteros políticos los que dirigen hacia dónde tienen que ir a descargar los camiones “y encima, algunos te piden una colaboración para rellenarte tu zona. Si no les pagás a ellos se llevan el camión a otro lado. Acá nada es gratis. Todo se maneja de la misma manera”, concluyó Fernanda. SE NORMALIZA LA RECOLECCIÓN DE RESIDUOS
Trabajadores del CEAMSE levantan el paro contra el cierre de la empresa Trabajadores de la Coordinadora Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) levantaron esta tarde el paro que concretaban en protesta de un proyecto de ley que promueve el cierre de la empresa encargada del entierro de residuos de la Capital y el Gran Buenos Aires El jefe del gremio que agrupa a los empleados, Jorge Mancini, dijo que el sindicato suspendió la medida tras haber recibido “una nota” firmada por el jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, en la que el funcionario resaltó que la Provincia “no apoya” la iniciativa legislativa. “Desde las 18, los camiones con residuos podrán volver a entrar en los rellenos sanitarios y las estaciones de transferencia de residuos”, adelantó Mancini. PABLO SCHAMBER, AUTOR DE UNA INVESTIGACION ANTROPOLOGICA SOBRE LA RECUPERACION DE RESIDUOS
“Siempre hubo recolectores informales” Para el investigador, los cartoneros de hoy son herederos de los “rebuscadores” del siglo XIX y los cirujas de hace medio siglo. Su trabajo hace un recorrido por los vaciaderos, la quema, el “cinturón ecológico” y el papel de las cooperativas. Siempre hubo un circuito paralelo en la recolección de la basura”, dice Pablo Schamber, antropólogo e investigador, quien acaba de publi146
car un trabajo donde bucea en la historia de la recolección de residuos en la ciudad de Buenos Aires. Ese recorrido, que pasa por los cajones y tachos antes de llegar a las actuales bolsas y se detiene en espacios como la “quema”, incluye testimonios de protagonistas, antepasados de los actuales cartoneros. “La recuperación de residuos está asociada a la crisis del desempleo, en la segunda mitad de los ‘90. Pero se inicia casi con la historia de la ciudad, cuando sus habitantes comenzaron a generar desperdicios que podían tener alguna utilidad comercial”, dice el investigador. Sobre la propuesta del macrismo de incorporar a las cooperativas de cartoneros en la separación de residuos, Schamber opina que “la idea de formalizar la actividad es correcta, pero no viene acompañada de otras políticas, como campañas para promover la separación domiciliaria. Entonces es una idea limitada”. Schamber, graduado en Misiones y doctorado en la UBA, participó como asesor en la redacción de la ley que regula la actividad de los cartoneros en la ciudad de Buenos Aires y es docente en la Universidad de Lanús. Su trabajo “De los desechos a las mercancías. Una etnografía de los cartoneros” recoge la historia de la basura porteña, ensaya una “arqueología del cirujeo” desde 1821 y se detiene en hitos fundamentales como la construcción de usinas para quemar la basura o la creación del Ceamse, el “cinturón ecológico” de la dictadura, convertido hoy en una controvertida fuente de contaminación del conurbano. –¿Qué lo llevó a hacer una “etnografía de los cartoneros”, como llama usted a su trabajo? –La etnografía es la metodología del antropólogo, un registro descriptivo de comportamientos. En este caso fue un recurso metodológico para indagar sobre una situación que llama la atención en el presente, pero que tiene su origen en nuestra historia. Para tener una cabal comprensión de ciertos fenómenos es importante conocer sus antecedentes. En el caso de los recolectores informales, su existencia está asociada a la crisis del desempleo de la segunda mitad de los ‘90. Pero si se revisa la historia, se encuentra que desde que se organizó la recolección de basura en la ciudad existen claros registros de su existencia, aunque no con el nivel de masividad actual. Schamber revela que fue la policía porteña, allá por 1821, la que le encontró por primera vez una utilidad a la basura generada por los 147
vecinos: la usaba como relleno de los terrenos bajos. Por ese entonces, la recolección era municipal y se hacía en carros, pero sólo en el casco del centro. En los barrios, los vecinos vaciaban sus desperdicios en los terrenos baldíos. Pero ya en 1861 se produjo la primera privatización: “Surgen allí los llamados empresarios de la basura, que no cobran por recolectar, sino que pagan por el servicio: podían extraer todos los objetos que consideraran útiles y tenían la obligación de quemar el resto”, dice Schamber. Y recuerda que por esa época apareció el llamado “tren de la basura”, que llevaba los desperdicios desde un vaciadero ubicado en la actual Estación Once hasta la Quema, en el sur de la ciudad. “Antes tenían que pagar y recuperaban residuos, ahora obtienen grandes ganancias y se entierra casi todo”, compara Schamber. “El paradigma era diferente: no había separación por vocación ecológica, sino porque se ganaba dinero.” –¿Qué objetos podían ser de utilidad en aquella época? –En una de las ofertas de aquellos empresarios puede leerse que proponían extraer huesos, metales y pieles de animales muertos. Otros recuperaban envases de vidrio o piezas de loza. El uso del papel recién se da durante el siglo XX, cuando se desarrolla la industria papelera. El valor de la basura se manifiesta en que, en forma paralela a estos contratistas, aparecieron los rebuscadores de residuos, que intentaban apropiarse de los elementos valiosos antes de que pase el carro recolector. A poco de nacer, los vaciaderos y la quema comenzaron a generar problemas: la contaminación y la salubridad. Según el trabajo de Schamber, un informe oficial de 1899 da cuenta de la presencia de unas 600 personas (“hombres, mujeres y niños de aspecto miserable”) que revuelven la basura en los vaciaderos en busca de productos útiles. Las cosas no han cambiado demasiado en más de un siglo. “Epidemias como la de fiebre amarilla fueron decisivas para adoptar el sistema de quema controlada en incineradores, que empezó en 1910”, acota Schamber. –Hay distintas teorías sobre el origen del concepto de ciruja. ¿Cuál es la suya? –Si se rastrean los documentos oficiales, se encuentra que a estas personas se las llamó primero “rebuscadores” y hasta se los denominó con la categoría de “atorrante seleccionador”. Ya desde la primera época se puede ver un paralelismo con la actualidad: la disputa por la ex148
plotación formal e informal y la denuncia del rebuscador. Una comisión creada en 1945 para estudiar el problema de la basura ya los menciona como cirujas. El término puede obedecer a que en un principio trabajaban con huesos (como los cirujanos) o utilizaban una especie de bisturí para limpiar los materiales. Las usinas no dieron abasto, la basura se acumulaba a la espera de la incineración y las quemas a cielo abierto no pudieron ser desterradas. Fue así como surgió entonces la obligación de construir hornos crematorios en cada edificio de departamentos. Las bocas de esos hornos todavía pueden verse en los pisos de las construcciones de la década del ‘40 y el ‘50. En la investigación no podía estar ausente la referencia a Guillermo Laura, el ideólogo de las autopistas urbanas que partieron la ciudad y que también ideó el Ceamse, el relleno sanitario de tierras bajas que debían terminar siendo cinturones verdes y hoy son inmensos focos de contaminación en zonas urbanas, además de un eterno negocio para las empresas contratistas. –Su trabajo también incorpora historias de vida. ¿Qué diferencias hay entre las historias de los cirujas y las de los actuales cartoneros? –Está la historia de Pedro, que empezó de chico a trabajar con su tío, en la quema, en la década del ‘50. Y en poco tiempo se dio cuenta de que con su actividad, en uno o dos días ganaba más que su primo albañil en una semana. Nunca más dejó la actividad. Su nieto hoy trabaja en un carro tirado por caballo. –Pese a que ganaba más, no hubo ascenso social. –En ese caso no, pero sí en otros, que se convirtieron en empresarios. Algunos se reconvirtieron en prestadores del servicio de retiro. Tienen depósitos, pero ya no les compran a otros cartoneros, sino que van directamente a retirar los materiales a los que llaman clientes, aunque en realidad son proveedores. –Un trabajo similar hace la cooperativa El Ceibo. ¿Es posible extender el sistema de cooperativas a toda la actividad, como pretende la dirigencia política?
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–La cooperativa es una forma de asociación que tiene buena imagen. Pero yo les preguntaría a los que proponen esto si alguna vez formaron parte de una cooperativa. Porque hasta dentro de un mismo grupo familiar cada uno recolecta lo suyo y luego lo vende. Y la idea de que juntos pueden negociar un mejor precio, no siempre es así. –El gobierno de Macri propone incorporar a los cartoneros en la recolección de los materiales reciclables y entregarles a las empresas el resto de la recolección. ¿Cuál es su opinión? –No sé si los cartoneros están en condiciones de hacerse cargo de la recolección de diferenciados en toda la ciudad, al mismo tiempo. A la vez, no se ven de parte del gobierno de la ciudad políticas serias para promover la separación de materiales. La única campaña que se vio en un año es “jugá limpio”, donde la única consigna es “tirá la basura al tacho”. Entonces cuesta creer que la incorporación de los cartoneros sea una propuesta seria. No obstante, la idea de una gradual formalización es correcta. OPINION
Los residuos y la vieja política
Por: Juan Manuel Velasco * Página 12
Durante la campaña, el actual jefe de Gobierno, Mauricio Macri, planteó entre sus propuestas la continuidad de la política de Basura Cero en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires. Volvió a ratificar este compromiso en varias oportunidades una vez que asumió el gobierno. Quienes militamos por una política verde vimos con esperanza la posibilidad de que se diera continuidad a una política que diferencia positivamente a Buenos Aires de otras ciudades del mundo y que, además, tiene una fuerte adhesión en la población, tanto en su formulación como en los primeros pasos de su implementación. Sin embargo, cada vez con más frecuencia nos vemos más decepcionados por las actitudes y expresiones de sus funcionarios, que no son coherentes con esa promesa electoral y de gobierno. Hace unos días, uno de estos funcionarios criticó la ley de basura cero porque prohibía la incineración, mostrando un evidente desconocimiento de la ley y una manifiesta intención de hacer lobby a favor de un sector empresarial 150
que está perdiendo posiciones en todo el mundo en la medida en que las naciones más desarrolladas deben asumir compromisos cada vez más estrictos con la protección del ambiente, producto de la presión y el aumento de la conciencia de su ciudadanía. Para refutar esos argumentos falaces, hacemos las siguientes consideraciones: a. El costo ambiental de la incineración es terriblemente alto, pues los incineradores utilizan como combustible primario combustibles fósiles, incrementando las emisiones de gases de efecto invernadero. b. El costo de plantas incineradoras es mucho mayor que el de muchas otras alternativas de reciclado de residuos tanto secos como húmedos, ya que los filtros y controles necesarios para que no emitan gases nocivos para la salud son de extrema complejidad y rigurosidad. c. Desalienta el proceso de separación en origen, pues los materiales que más poder calórico tienen son los residuos secos (papel, cartón, plástico, por ejemplo), desperdiciando la posibilidad de reusar y reciclar, tal como lo proponen todas las recomendaciones internacionales en la materia. Por eso es que la Ley Basura Cero no prohíbe totalmente la incineración y permite considerar la evaluación de este sistema una vez que se haya alcanzado la meta de reducir el envío a relleno sanitario del 75 por ciento de los residuos recolectados en la ciudad. Uno de los argumentos “incineratorios” es que desde su sanción en diciembre de 2005 no se redujeron las cantidades de residuos enviadas al Ceamse. a. La ley comenzó a ser operativa recién en mayo de 2007, cuando fue reglamentada por decreto del entonces jefe de Gobierno, Jorge Telerman. Es importante recordarles a los funcionarios la necesidad de distinguir entre la vigencia y la operatividad de la ley. La ley Basura Cero recién cumplió un año de operatividad en mayo de este año. b. No se puede evaluar el éxito o fracaso de una política de largo plazo con menos de un año de implementación, y menos tratándose de una ley que propone metas y políticas para las próximas décadas y que fue aprobada por unanimidad por una Legislatura donde el actual partido gobernante era la fuerza política con mayor número de diputados. c. Las estadísticas del Ceamse muestran que la cantidad de residuos producidos aumenta con el incremento del consumo. Desde 1990, 151
el año que más residuos se produjeron fue en 1999 (1.977.252 toneladas anuales). Comienza a caer en el 2000 hasta llegar a las 1.421.842 toneladas anuales en el 2003 y empieza a recuperarse en el 2004, alcanzando 1.645.368 toneladas anuales en el 2007. Podrían describirse los últimos años de la situación económica del país a partir de la producción de residuos. Si observamos la gestión Macri, la producción de residuos de la ciudad viene avanzando a un ritmo mayor que los años anteriores. En enero, 12.000 toneladas más que el año pasado, en febrero 21.000 toneladas más, en marzo 15.000 toneladas más, y en abril 24.000 toneladas más. Entre el 2006 y el 2007, el incremento total de la cantidad de residuos fue de 108.916 toneladas; mientras que sólo en el primer cuatrimestre de este año la cifra de incremento ya alcanza las 72.000 toneladas. Por lo tanto, la proyección de incremento para el 2008 rondará las 216.000 toneladas, si el gobierno actual no empieza a poner en práctica alguna política coherente con la Ley de Basura Cero. Nueva política significa cambio de prácticas y no inexperiencia e ignorancia de los asuntos de los que se es responsable en la función pública. Vieja política es defender intereses sectoriales o corporativos desde los cargos públicos donde se debe defender el interés general. * Ex ministro de Medio Ambiente; portavoz de Partido Iniciativa Verde. Deben usarse para generar bienes: Esther Orozco
Alista el GDF propuesta para procesar desechos sólidos Por: Bertha Teresa Ramírez La Jornada
Tras inaugurar el Foro Metropolitano de Tratamiento de Desechos, Por un manejo inteligente de residuos sólidos urbanos, la directora del Instituto de Ciencia y Tecnología del Distrito Federal (ICTDF), Esther Orozco, aseguró que el próximo año la administración capitalina tendrá una propuesta para procesar las 12 mil toneladas de basura que se generan diariamente en el Distrito Federal. En ese contexto, la secretaria del Medio Ambiente del gobierno capitalino, Martha Delgado Peralta, informó que a la brevedad se debe empezar a solucionar el problema de los desechos y no cuando se tiene la presión encima. 152
Delgado Peralta se pronunció por sincronizar las acciones del gobierno de la capital con las propuestas de los académicos y científicos, porque de lo contrario no se puede tener una solución a corto plazo. En entrevista, Orozco dijo que este foro servirá para que especialistas de la UNAM, el Instituto Politécnico Nacional, la Universidad Autónoma Metropolitana, el Consejo Mexiquense para la Ciencia, así como la Comisión de Ciencia y Tecnología de la ALDF, presenten las mejores soluciones, no sólo para ver qué hacer con los desechos sólidos, sino para buscar las tecnologías que permitan su aprovechamiento. Ha llegado el momento en que los desechos que se producen en la ciudad se reciclen y con ellos se pueda generar energía eléctrica, producir fertilizantes, materiales de construcción, asfalto o juguetería, entre algunas de las cosas que están en la larga lista de productos que se pueden fabricar si se utilizan como insumos, indicó. Además, aprovechar los conocimientos de los científicos mexicanos para asimilar lo que se hace en otras ciudades con los desechos sólidos y adaptar técnicas a la nuestra, subrayó. Por su parte el director del IPN, José Enrique Villa Rivera, calificó de acierto del GDF haber convocado a científicos y académicos de estas instituciones por medio del ICTDF a fin de abordar la problemática y encontrar una solución específica para la ciudad. En el foro, Héctor Castillo, especialista del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, dijo que el problema de la basura requiere una visión metropolitana y sostuvo que uno de los retos es despolitizar su manejo, instrumentar un programa de separación en las fuentes de generación de desechos, incorporando a las industrias, y crear subsistemas de recolección especializada para cada fuente de generación, agregó. Hay que entender a profundidad las enormes potencialidades sociales y económicas que se generan en este medio, y reorganizar la economía informal que existe alrededor de la basura, incorporando a los trabajadores. No se trata de quitarles el pan de la boca, sino organizarlos, añadió. En la zona metropolitana del valle de México se producen más de 21 mil 500 toneladas de basura al día, lo cual representa 34 por ciento del total del país; además, 47 por ciento de la basura generada 153
en el DF está formada por residuos orgánicos no reciclables, que en su mayoría provienen de la basura domiciliaria. Por otra parte existe una recolección de residuos mezclados, lo cual disminuye su valor en un rango de 25 a 75 por ciento para el aprovechamiento en las plantas de separación. Gustavo Alanís, del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, expuso que la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, emitida por la pasada ALDF, “es letra muerta, pues nadie la cumple, nadie la aplica”, por lo que propuso efectuar los cambios que se necesiten para que la legislación se haga valer. Han probado ser una tecnología obsoleta y peligrosa: ambientalista
Los rellenos sanitarios “no son opción” para Edomex Detenido, proyecto para construir generadora de electricidad con biogás Acolman analiza la posibilidad de quemar basura para producir energía Por: Silvia Chávez, Javier Salinas e Israel Dávila (Corresponsales) La Jornada
Ramón Ojeda Mestre, secretario general de la Corte Internacional de Arbitraje, consideró que la tecnología del relleno sanitario ha sido rebasada y que en Europa su fracaso es palpable, pues luego de 50 años los vertederos se han salido de control y han contaminado suelos, agua y aire. Es necesario evolucionar hacia nuevas tecnologías y buscar alternativas a enterrar los desechos, advirtió el ambientalista. Separar y reciclar la basura parece ser la primera opción. También hay varias tecnologías para aprovechar los residuos para generar energía. Ojeda Mestre explicó que los movimientos sísmicos y la acumulación de materiales pesados o cortantes afectan la estructura de los rellenos sanitarios. Además, situaciones no controladas pueden provocar la ruptura de las membranas de plástico de los confinamientos, hay emisiones de gas metano al ambiente y algunos desechos, por no ser biodegradables, se quedarán enterrados “una eternidad”. 154
Lo óptimo sería que la tecnología de los rellenos sanitarios perdurara por siempre y que no se saliera de control, pero “está ocurriendo lo contrario, y para las alcaldías y los concesionarios resulta difícil entrar a la siguiente fase, que es aprovechar el biogás para generar electricidad”. Un ejemplo es el basurero de Tlalnepantla. Con una extensión de 36 hectáreas, empezó a funcionar en abril de 1998 mediante una concesión de 20 años otorgada por el gobierno municipal a Mexicana del Medio Ambiente. En nueve años han sido sepultadas ahí más de cuatro millones de toneladas de basura doméstica. A simple vista parece haber un control estricto de los desechos; no obstante, las emanaciones de gas se desperdician y contaminan el aire. Investigaciones de la empresa Estudios y Técnicas Especializadas en Ingenieria SA (ETEISA), por encargo del ayuntamiento y Banobras, señalan que hasta 2004 el relleno y el tiradero habían producido al menos 50 millones de metros cúbicos de biogás. Las proyecciones del estudio señalan que para 2018 este sitio habrá generado 90 millones de metros cúbicos de biogás, “el equivalente a 16 mil 750 pipas de gas de 40 mil litros con las válvulas abiertas”. El combustible no aprovechado, agrega el análisis, contribuye a agravar el efecto invernadero, causante del cambio climático. Pese a ello, el proyecto para construir una planta generadora de electricidad a partir de biogás sigue detenido. Tultitlán planea dejar de sepultar desechos Con aval del Instituto Politécnico Nacional y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y en coordinación con la Asociación de Industriales del Estado de México y la empresa Tecnosilicatos de México, el municipio tiene listo un proyecto para dar tratamiento integral a los desechos y dejar de confinarlos. Ubicado en una planicie del ex ejido de Coatepec y a unos metros de la vía José López Portillo, el Centro de Integral de Residuos tiene un avance de 30 por ciento y usará maquinaria fabricada en España, Austria, Alemania y Estados Unidos.
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Con inversión de 40 millones de pesos, Tecnosilicatos reciclará al menos 2 mil toneladas de basura doméstica al día, para lo que empelará a 300 pepenadores del antiguo tiradero municipal, en proceso de clausura. Los desechos no reciclables serán transformados en arenas sílicas, que a su vez podrían emplearse para la manufactura de otros materiales. El ayuntamiento de Acolman presentó recientemente a la Secretaría del Medio Ambiente del estado un proyecto de la empresa canadiense Global Business Exchange Corporation, para la construcción de una planta que generaría electricidad mediante la quema de 750 tolenadas de basura al día. El presidente municipal, el priísta Darío Zacarías Capuchino, informó que la empresa pretende invertir 100 millones de dólares en el proyecto, en el cual también podrían participar los ayuntamientos de Atenco, Chiuautla y Texcoco.
En imagen de archivo, el inicio de operaciones del relleno sanitario controlado del municipio de Calimaya, que recibe la basura de los municipios del valle de Toluca Foto: Hernán Vázquez / Agencia MVT
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Necesita el estado 600 plantas tratadoras; algunas están ociosas
A ríos y acuíferos, 80% de las aguas residuales de Veracruz Jesús Lastra y Saúl Maldonado (Corresponsales) La Jornada
Coatzacoalcos, Ver., 19 de febrero. Ochenta por ciento de las aguas residuales de la entidad se desalojan sin recibir tratamiento y contaminan ríos y mantos acuíferos, aseguró Rafael Arias Hernández, coordinador del Comité de Planeación para el Desarrollo del estado, quien dijo que es urgente que los gobiernos federal y municipal y los empresarios asuman su responsabilidad. El funcionario aseguró que Veracruz necesita 600 plantas tratadoras de aguas residuales para restaurar el equilibrio ambiental y disminuir la contaminación del agua; sin embargo, el número de plantas ha disminuido de 313 en 2005 a 255 en 2006, debido a que algunas nunca funcionaron o no se conectaron a la red de drenaje. Señaló que ni las empresas ni el sector público respetan las disposiciones ambientales. Por ejemplo, dijo, los ayuntamientos no se aseguran de que los nuevos asentamientos humanos, industrias y hoteles cuenten con plantas de tratamiento. Sobre la contaminación del río Coatzacoalcos, generada tanto por la industria como por las viviendas, dijo que, de acuerdo con cifras de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), las fábricas trataron únicamente 43 por ciento de sus aguas residuales y los municipios 9 por ciento. Precisó que cada segundo se vierten a ese cauce mil 648.9 litros de aguas residuales y negras sin tratamiento, volumen superior al del agua potable que se distribuye desde el río Yuribia. Mientras, en Durango, trabajadores de la dirección de servicios públicos municipales sacaron cuatro toneladas de basura del río Tunal, el más visitado por los duranguenses capitalinos y el más contaminado. Al iniciar la limpieza que se realiza cada año antes de las vacaciones de Semana Santa, en sólo dos horas y 50 metros del cauce se 157
extrajeron varias toneladas de basura que dejan los paseantes: bolsas y botellas de plástico, vidrios y pañales desechables, entre otros desperdicios, informó Tomás Cisneros, jefe de reforestación del gobierno municipal de Durango. FUNCIONARIOS DE LA CONTRALORIA, EN LA COMUNA ASUNCENA
Investigan disposición de la basura Fecha de publicación: 20/04/2010 - ABC Color
Funcionarios de la Contraloría General de la República se encuentran en la Municipalidad de Asunción para auditar la recolección y disposición final de la basura en el municipio. Esto a raíz de denuncias por supuestas irregularidades que involucran a la empresa EMPO, responsable de la disposición final de la basura por contrato con la comuna. Los funcionarios de Contraloría informaron que la auditoría obedece a una resolución de noviembre del año pasado, por la cual la institución ordena una intervención en la Dirección de Aseo Urbano de la comuna asuncena y en la Secretaría del Medio Ambiente (Seam). La investigación se centra en tres ejes principales: La provisión de combustible a la Dirección de Aseo Urbano, la recolección y disposición final de basura y el alquiler de camiones recolectores. Llamativamente, ningún concejal fue avisado sobre la presencia de funcionarios de Contraloría en la comuna. “Como ediles, es nuestro deber hacer el papel de contralores en la institución, y resulta que nos enteramos extraoficialmente de esta investigación interna por parte de Contraloría”, sostuvo Myriam Ferreira, concejala por la bancada de Patria Querida. Los primeros informes de la investigación serían dados a conocer recién en algunas semanas, según la explicación de los funcionarios. Intendenta molesta La intendenta de Asunción, Evanhy de Gallegos, sostuvo que la intervención de los concejales de Patria Querida Nicolás Chase y Miriam Ferreira “es una irrupción al trabajo de la Contraloría”. “La presencia de funcionarios de Contraloría en instituciones públicas o municipalidades es completamente normal”, reza parte de un comunicado 158
emitido en la tarde de ayer por la Intendencia capitalina. “Esto permite también transparentar la gestión”, agrega el comunicado. Presentarán minuta A su vez, la concejala Myriam Ferreira indicó que presentará esta mañana una minuta al pleno para sugerir a la Contraloría hacer hincapié en el proceso de compra y distribución de combustible para los camiones de la Dirección de Aseo Urbano.
La basura nuestra de cada día Por: Gustavo Lird Nusmeci Fecha de publicación: 20/04/2010 - ABC Color
Hay una perversidad manifiesta en el servicio de recolección de basura en los barrios de Asunción. Como si al tributar en el municipio capitalino ya no se estuviera pagando por el servicio, los vecinos tenemos que soportar otra vez el famoso “pecheo” de los personales del Departamento, de Aseo Urbano, cuando advierten la brillante oportunidad de un “extra” en aquellas bolsas de residuos que contienen mangos, arbustos podados, etc. Pero para que la picardía sea completa y la libre competencia goce de buena salud, si no se opta por el servicio municipal, está el de los “carreros”, quienes por casi el doble de lo que piden los primeros, aseguran retirar los desechos desde el frente de la casa del contratante, para tirarlos a la vuelta de la primera esquina que les venga en gana. En síntesis, la cosa huele mal con la basura nuestra de cada día.
«Son los hijos de la generación sin trabajo» Radio Mundo Real - 22 de abril, | Entrevistas | Anti-neoliberalismo
Alicia Montoya, de la cooperativa «El Alamo», señaló que es un logro de miles de cartoneros el reconocimiento que tiene el servicio «estratégico» que prestan.
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Cooperativas de recuperadores urbanos de residuos denunciaron en Argentina la intención del gobierno de la ciudad de Buenos Aires de hacerlos «desaparecer» de las calles para reubicarlos en centros verdes. Calificaron de «xenófobo, inviable y arbitrario» al «supuesto» plan para «confinarlos» en «galpones de concentración». Los cartoneros venían negociando con el gobierno porteño la incorporación de 2 mil 500 personas a las cooperativas para que «miles de jóvenes, hombres y mujeres» puedan «esquivarle» al delito promoviendo la solidaridad y el trabajo. Información recogida de la prensa escrita por los trabajadores señalaba que el ministro de Ambiente y Espacio Público, Diego Santilli, había afirmado que el nuevo pliego del servicio de higiene urbana apuntaba a que no hubieran más «carritos» en la ciudad, aseguró Montoya. «Nos convocaron a una reunión. Para nuestra sorpresa, con la misma cara con la que [el Ministro] afirmó, negó haber hecho esas declaraciones», indicó. La dirigente de la Cooperativa «El Álamo», dijo que se encuentran en proceso de estudiar el pliego, para lo cual tienen 60 días. «Estamos concentrados para tener una posición común las organizaciones», afirmó. En representación de unos 4 mil trabajadores, las cooperativas señalaron que su trabajo, «digno, seguro, limpio y ecológico», consiste en la recolección diferenciada de residuos sólidos secos a través del servicio puerta a puerta. Indicaron que su trato con los vecinos es directo y cordial, y que realizan tareas de promoción ambiental en escuelas y universidades. En tanto, acusaron al Estado de haber pagado en 2009 más de 102 millones de pesos a las empresas de recolección de residuos sin que se haya reciclado «un solo kilo de papel». Además, aseguraron utilizar uniformes, portar credenciales identificatorias y contar con cobertura de salud y aportes jubilatorios. Montoya explicó que cerca del 40 por ciento de los cartoneros vive en alguna de las villas de la ciudad de Buenos Aires, mientras que el otro 60 por ciento se asienta en el conurbano bonaerense. 160
«Algún día la historia dirá si efectivamente el Ministro dijo o no dijo; por ahora hay un acta firmada donde dice lo contrario y con la discusión sobre el pliego de reciclables», agregó. * Activistas, comunidades y movimientos sociales pueden comunicarse con nuestros corresponsales en Argentina Raquel Schrott y Ezequiel Miodownik. Foto: http://www.prensadefrente.org/
La cuenta regresiva se detuvo Radio Mundo Real - 5 de abril | Entrevistas | Derechos humanos
Tras 28 años, cierran uno de los mayores vertederos de residuos de la Argentina Vecinos de la localidad cordobesa de Bouwer celebraron durante el fin de semana la clausura de un basural a cielo abierto, receptor de los residuos de la capital provincial y 17 localidades aledañas. El acto central se produjo el 1º de abril, 100 días después de que los vecinos instalaran un cartel sobre la Ruta Nacional 36 señalando el plazo para que la basura dejara de entrar al predio. De la ciudad de Córdoba, ubicada a 17 kilómetros de Bouwer, provenía el 96 por ciento de las 2500 toneladas diarias de desperdicios que recibía el basural. Luego de un corte de ruta y el bloqueo a los camiones recolectores de residuos en marzo de 2009, los vecinos lograron que la Municipalidad de Córdoba se comprometiera a cerrar el vertedero definitivamente en un año. «Estamos muy contentos. Lo que festejamos el 1º de abril fue que este cierre fue producto de una lucha muy larga de los vecinos, muy dura», afirmó la encargada de prensa de la agrupación Bouwer Sin Basura, Nayla Azzinnari. «Casi más que el cierre, lo que hay que festejar es la acción conjunta, la organización», dijo. Desde la agrupación anunciaron que la remediación del lugar abrirá una nueva etapa de su lucha. Denunciaron que la montaña de 161
residuos dejada, de 900 metros de largo, 350 de ancho y 35 de altura, aún emana nauseabundos olores y gases tóxicos. «La basura que durante 28 años se depositó ahí no se la llevan ―señaló Azzinnari―, se queda ahí, muy mal depositada. La pelea continúa». En tanto, la habilitación de un nuevo predio de enterramiento de desechos de 60 hectáreas, en reemplazo de las fosas de Bouwer, en la zona sur de la ciudad ya generó la oposición de los lugareños, quienes cortaron la ruta en 4 oportunidades. «La idea de la Municipalidad de Córdoba es llegar dentro de un año a una planta de tratamiento de los residuos que tienda al enterramiento cero; esperamos que eso se concrete», precisó la vocera de Bouwer Sin Basura. Para Azzinnari, ahora es el tiempo de «buscar una manera más responsable de tratar los residuos» y de producir la menor cantidad posible de ellos. * Activistas, comunidades y movimientos sociales pueden comunicarse con nuestros corresponsales en Argentina Raquel Schrott y Ezequiel Miodownik. Foto: http://bouwersinbasura.blogspot.com/Abc color
Intendente de Areguá podría ser investigado por la fiscalía Fecha de publicación: 22/04/2010 - ABC Color
AREGUA (María Teresa Blanco, corresponsal). El intendente de esta localidad, Luis Villalba (PLRA), podría ser investigado por copartícipe en la causa caratulada “César Aguilera S/ procesamiento ilícito de desechos”. El caso es llevado adelante por la fiscala de Medio Ambiente, María Bernarda Alvarez. El caso guarda relación con los residuos domiciliarios depositados en un vertedero clandestino ubicado en la compañía Valle Pucú. La fiscala emplazó al jefe comunal por tres días para retirar los desperdicios. 162
El vertedero clandestino, propiedad de César Aguilera, está situado a la vera del arroyo Yukyry y forma parte de la cuenca de lago Ypacaraí. Está contaminando el agua, el suelo y el aire debido al estado de putrefacción de los residuos domiciliarios que existen en el sitio. La fiscala intimó al intendente para que en el plazo de 72 horas, disponga el retiro de todos los residuos existentes en el inmueble y la limpieza del lugar. Igualmente la remisión de los desperdicios a un vertedero habilitado como tal, procediendo a tomar las medidas correctivas necesarias para evitar al vecindario los olores desagradables y la proliferación de insectos. En el sitio, Aguilera se dedica, además del reciclado, a la crianza de animales diversos (cerdo, vacas, cabras, ovejas y aves de corral) y los alimenta con los desperdicios sin ningún criterio ambiental, ni higiénico. Pone en peligro no solo la salud de su familia que reside en el lugar, sino también de las personas que trabajan con él o adquieren carne de sus animales faenados. A raíz de varias denuncias formuladas por los lugareños, una comitiva fiscal policial, encabezada por la doctora Bernarda Alvarez, allanó el lugar el pasado 14 de abril. En la ocasión detectaron numerosos delitos ambientales y la fiscala solicitó la clausura definitiva del sitio e intimó a Luis Villalba al retiro de los residuos, y en caso de no cumplir se expone a una imputación.
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Falta inteligencia para solucionar el problema de los vertederos Fecha de publicación: 17/05 /2010 Editorial - ABC Color
La incapacidad para resolver el problema de los vertederos necesarios para el área metropolitana de Asunción y de otras es otra muestra 164
más de la ineptitud que nos caracteriza a los paraguayos para la organización y la toma de decisiones políticas. Hace al menos una década estamos oyendo hablar de que el vertedero asunceno de Cateura ya no soporta más carga, que está contaminando el suelo y hasta el río Paraguay, que constituye un riesgo para la salud pública, que genera a su alrededor un ambiente de miseria y promiscuidad, etc., etc. En países medianamente organizados, un vertedero municipal constituye un polo de desarrollo zonal, pero aquí no lo podemos promover con ese atractivo, enseñando y demostrando a la gente que, si está correctamente hecho y funciona como debe ser, un vertedero no tiene por qué contaminar el ambiente ni despedir olores desagradables, ni juntar alimañas ni causar otros daños o molestias. Ya es hora de que las municipalidades den un corte definitivo a esta situación, fundamentalmente permitiendo que la iniciativa privada, licitación pública mediante, opere los vertederos de la forma adecuada y conveniente que hasta ahora no han podido emprender muchas comunas. BIOPACKCOLOMBIA Biopack es el representante Comercial de EPI, una compañía Canadiense de alta tecnología, pionera y líder mundial en la Oxo-Biodegradación de los plásticos, con presencia en más de 30 países, comprometida con el uso y desecho responsable de plásticos en el medio ambiente. El equipo, de staff y de expertos de EPI, cuentan con una amplia experiencia en la industria de los polímeros y trabajan con base en tecnología de punta, innovadora, a la vez que suministran al cliente productos con una relación costo/desempeño altamente rentable. EPI está en capacidad de trabajar hombro a hombro con sus clientes, para suministrarles productos a la medida, conduciendo ensayos y mejorando permanentemente sus aditivos y productos finales. Siendo un proveedor de valor agregado, asesoramos nuestros clientes en el desarrollo y ensayo de nuevos productos, aditivos y tecnología de transformación de plásticos. La filosofía en EPI es seguir el principio de las 3 B: Bue165
nas Estrategias Ambientales, Buena Base Científica, resultando en Buenos Negocios. Biopack opera desde Cali y Bogotá Colombia, con cobertura para Ecuador, Panamá, Perú, Bolivia y Venezuela. PRODUCTOS Y SERVICIOS Biopack Comercializa los aditivos TDPA® de EPI, brindando acompañamiento al cliente en todo lo referente al soporte científico y asesoramiento comercial para que tenga el respaldo de la mejor empresa. Servicios • Acompañamiento durante todo el desarrollo • Capacitación fuerza de ventas y Mercadeo • Apoyo en la estrategia de lanzamiento • Soporte científico y tecnológico por parte de nuestro laboratorio en Canadá • Acompañamiento post venta TECNOLOGÍA TDPA EPI desarrolla, fabrica, distribuye y vende: (a) aditivos químicos para los fabricantes de productos plásticos terminados, para las industrias de empaques, agrícolas y de compostage, y (b) para películas degradables para rellenos sanitarios a clientes del sector de manejo de desechos sólidos. Los principales productos vendidos por EPI, propietarios de EPI, son aditivos para la fabricación de plásticos oxo-biodegradables, Aditivos Plásticos Totalmente Degradables (TDPA®), y espumas y agentes depuradores –agentes de purga- especiales (CFA). La tecnología de EPI ha sido diseñada para el control y manejo de productos perdurables fabricados con los plásticos comúnmente utilizados por la sociedad moderna. La tecnología TDPA® permite que productos fabricados con polietileno (PE), polipropileno (PP) y poliestireno (PS) se degraden, y en la mayoría de los casos biodegraden, al ser desechados, y se conviertan, en pocos meses o en el término de un par de años, en productos benignos para el medio ambiente en comparación con las décadas o centurias que necesitarían los mismos productos para degradarse al no incorporar el beneficio de la tecnología.
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EPI comercializa los aditivos TDPA® entre los convertidores de plástico alrededor del mundo con el fin de que los incorporen en sus productos y líneas de productos plásticos desechables – primordialmente empaques plásticos y plásticos agrícolas. Actualmente, la tecnología es aplicada en una diversidad de productos, entre ellos bolsas de supermercado, espumas y envolturas termo-encogibles. EPI también ofrece el Enviro™ Cover System (Películas), las cuales incluyen películas para rellenos sanitarios y aplicaciones para el manejo de desechos. Por ultimo el rango de productos degradables de EPI se complementa con agentes depuradores –agentes de purga- para equipos de extrusión y con una línea de agentes químicos espumantes. EPI desarrolla, fabrica, distribuye y vende: (a) aditivos químicos para los fabricantes de productos plásticos terminados, para las industrias de empaques, agrícolas y de compostage, y (b) para películas degradables para rellenos sanitarios a clientes del sector de manejo de desechos sólidos. Los principales aditivos vendidos por EPI, propietarios de EPI, para plásticos son aditivos oxo-biodegradables, Aditivos Plásticos Totalmente Degradables (TDPA™), y espumas y agentes depuradores –agentes de purga- especiales (CFA). El grupo de compañías EPI ha venido trabajando, desde comienzo de los años ’90, en el desarrollo de una tecnología de aditivos costeables que ayude en el manejo de las secuelas derivadas de la excelente estabilidad que tienen, en el tiempo, los productos fabricados con materiales plásticos convencionales. La tecnología de los Aditivos Plásticos Totalmente Degradables (TDPA™) acelera la rata a la cual los plásticos convencionales se degradan. Los productos plásticos que incorporan aditivos TDPA™ se desintegran y finalmente se biodegradan bajo condiciones normales de desecho de los productos. La preservación del medio ambiente se ha convertido en material de primera plana del debate público y de las políticas gubernamentales de todos los países alrededor del mundo. Preocupaciones que van desde el calentamiento global y la salud humana, hasta los efectos de la polución y acumulación de basuras y la reutilización de materiales. El perfil y la importancia de estas consideraciones seguramente se incrementarán en la medida en que la población mundial aumenta, los estándares
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de vida en los países menos desarrollados se mejoran y la impresión que dejan estas actividades en el medio ambiente se incrementa. Esta tendencia ha creado la necesidad de nuevas estrategias, comportamientos y tecnologías. También ha creado oportunidades para las compañías que abastecen la cadena para satisfacer estas necesidades con productos y servicios innovadores que ganen competitividad en el proceso. Algunas estadísticas claves en lo relacionado con la utilización de los plásticos son las siguientes: · En el año 2005, el mundo consumió un total de 235.000 millones de kilogramos de plásticos de todo tipo, para toda clase de usos. · Los plásticos son un material de empaque ideal debido a sus excelentes propiedades, bajo peso, excelente procesamiento y bajo costo. El 40% de todos los plásticos consumidos en Europa, y el 25% de los consumidos en los Estados Unidos de América fueron materiales de empaque. · Todo lo anterior es finalmente desechado después de un solo uso. En los países desarrollados, casi todo el material termina en rellenos sanitarios; en los países menos desarrollados, en basura y contaminación. · La gran mayoría de los materiales plásticos empleados en empaques pueden permanecer inmodificados por décadas, después de haber sido desechados. · La extremadamente larga vida de los plásticos convencionales limita su utilización en algunos casos tales como películas para cubrimiento de rellenos sanitarios o películas de uso agrícola y es necesario desecharlos en rellenos sanitarios y otros rellenos. Cómo Trabajan? Estos fragmentos de menor peso molecular se degradan, lo cual ha sido demostrado, en dióxido de carbón, agua y biomasa (la estructura celular de los microorganismos), los cuales son materiales que se encuentran en la naturaleza y en el bio-ciclo (Páginas disponibles úni168
camente en Ingles). Se ha demostrado que las películas comerciales disponibles, que incorporan los aditivos TDPA™ convierten el 60% de su carbón estructural en dióxido de carbón dentro del término de 1-1/2 a 2 años, y el carbón remanente, en forma de células de micro-organismos. Películas no modificadas con los aditivos tomará un tiempo mucho mas prolongado para esta reacción. El proceso químico detallado anteriormente es un proceso conocido ampliamente por los científicos de la industria de los polímeros durante años. De hecho, los fabricantes de resinas poliméricas agregan, rutinariamente, productos químicos antioxidantes a sus productos para prevenir al oxidación durante su procesamiento térmico para su transformación en productos finales. La contribución de EPI se concentra en el manejo de estos procesos de forma predecible – balancear el efecto de los catalizadores contenidos en los antioxidantes con el fin de que los productos manufacturados cumplan con las necesidades de vida útil y que a la vez inicien la degradación o biodegradación, a una rata adecuada con su desecho final. Una característica útil de la oxo-degradación catalítica es que mientras existan residuos de antioxidantes en el plástico, el catalizador no tendrá ningún efecto. Esto es un factor de mucha importancia en el diseño de la vida útil de los productos que incorporan aditivos TDPA™, los cuales permiten el reciclaje dentro de los ciclos normales, antes de evidenciar las señales visuales comunes a la degradación – fragilidad y desintegración. Otra característica práctica de la tecnología es que su utilización en los productos y polímeros comunes comercialmente disponibles no afecta sus características de procesamiento ni sus propiedades. El proceso general, la transformación de polímero a agua, dióxido de carbón y biomasa es llamada oxo-biodegradación. EPI ha sido el pionero y el líder mundial en lo referente a la tecnología de la oxobiodegradación y tiene la experiencia y el conocimiento técnico para diseñar sistemas de aditivos para polietilenos, polipropileno y poliestireno, que cumplen con las diferentes necesidades de vida útil de los productos y para que la degradación de comporte dentro de un rango variado de condiciones y situaciones de desecho.
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¿Qué es la isla de basura flotante? BBC Mundo
Las 10 millones de toneladas de desperdicios que año a año recibe el mar de materiales no biodegradables, son arrastradas por las corrientes llegando hasta una zona en el área del Pacífico Norte de un tamaño similar a la Península Ibérica que conforma una verdadera isla de basura flotante. Básicamente la conformación de esta “isla de desperdicios” radica en los residuos plásticos que no se degradan y tardan decenas de años en finalmente desintegrarse por acción del sol y la erosión. Seguir leyendo » Esta zona que recibe los desechos debido a las corrientes marinas que giran en forma de agujas del reloj, lleva el nombre de “vortex del Pacífico” o “garbage patch“. Lamentablemente los restos flotantes siguen incrementándose día a día y cada cinco kilogramos de plancton aparece un kilogramo de desechos plásticos que causa la muerte de aproximadamente más de un millón de aves y cien mil mamíferos por su ingestión.
BBC Mundo recicla algunos datos para la reflexión Fecha de publicación: 10/05/2010, Enviado por: ECOticias.com / Red / Agencias, Viernes, 16 de agosto de 2002 - 18:03 GMT
Pañales, pilas y montañas de basura
Montañas de problemas para el futuro: una niña gitana busca basura para vender en Grecia. Cinco datos para pensar: • Los habitantes de los países industrializados producen más de 700 kgs de basura por persona al año • Los pañales desechables contienen plásticos que duran cientos de años, según algunas estimaciones • Cada niño usa en promedio 5.020 pañales en 2,5 años de vida 170
• Muchas pilas contienen metales pesados como el mercurio y no deben simplemente “tirarse a la basura” • Un estadounidense promedio usa 346 kgs de papel cada año, más de 50 veces que el promedio utilizado por un africano.
España procesa 314.000 toneladas de neumáticos, un 10% más que la UE. El 70% del caucho se recicla ó se reutiliza y el 30% restante se transforma en combustible alternativo. Entre las múltiples aplicaciones del caucho reciclado se encuentra la fabricación de: suelos elásticos prefabricados, granza para campos de fútbol de hierba artificial, pavimentos para parques infantiles o materiales aislantes, tanto térmicos como acústicos. En TECMA’10 y SRR, certámenes que se celebrarán del 8 al 11 de junio en los pabellones 4, 6 y 8 de Feria de Madrid, se podrán conocer los últimos avances que la industria del reciclaje ha incorporado a sus plantas de tratamiento. España cerró el ejercicio con un volumen de Neumáticos Fuera de Uso (NFU) de 314.000 toneladas, según un informe realizado por la Asociación Europea de Fabricantes de Neumáticos y Productos de Caucho (ETRMA, en sus siglas en inglés), cifra que nos posiciona un 10% por encima de la media de los países de la Unión Europea. Este volumen supone el 100% del tratamiento de neumáticos, con la consiguiente reducción del impacto medioambiental. El reparto en porcentajes del total tratado se sitúa en el 70% para reutilización o reciclaje, de ellos, el 50% (153.000 toneladas) solo se recicla, un 8% se reutiliza directamente si la cubierta lo permite, y un 12% se recauchuta. El resto, un 30%, se transforma en combustible alternativo para uso en cementeras. Los visitantes que acudan al Salón del Reciclado y la Recuperación (SRR), que se celebra en paralelo a TECMA ´10 del 8 al 10 de junio en Feria de Madrid, podrán ver los últimos avances desarrollados por este sector y las nuevas utilidades del caucho reciclado. Según el estudio de la ETRMA, el mercado español es el quinto país de la Unión Europea que más NFU produce anualmente, tan sólo por detrás de Alemania (568.000 toneladas), Reino Unido (508.000), 171
Italia (421.000) y Francia (369.000). Aunque el proceso de reciclado de neumáticos al final de su vida útil puede mejorar si se amplían las utilidades del caucho, el punto de partida de España, en comparación con estos cuatro países, es positivo. Por este motivo, la gestión adecuada a través de la red de plantas de recogida y tratamiento, que colaboran con los dos sistemas integrados de gestión existentes (Signus Ecovalor y TNU), evita que estos desechos acaben en vertederos. No sucede lo mismo en otros mercados como el italiano o el británico donde sólo se tratan el 83% y el 95%, respectivamente, del volumen generado. Líderes en la recuperación de residuos neumáticos en la UE-27 BUENOS AIRES - Preocupación en Recoleta y Barrio Parque
Crece el reclamo por el fuerte aumento del ABL en la Capital Vecinos analizan recurrir a la Justicia Diciembre 2005, La Nación
Vecinos de Recoleta y de Barrio Parque, entre otras zonas de la Capital Federal, están evaluando cómo recurrir a la Justicia en protesta por el notable aumento aplicado a la tasa de contribución territorial y aseo urbano (ABL) para 2008, que en algunos casos ronda el 250% respecto de este año. A medida que llegan las boletas a los hogares porteños, las quejas de los vecinos van in crescendo, especialmente entre aquellos cuyas propiedades ya habían sido revaluadas en 2002: unos 100.000 inmuebles, según fuentes oficiales. En muchos de esos casos los propietarios están consultando con estudios jurídicos para ver de qué forma pueden intervenir los tribunales en la controversia, ya que el incremento tributario fue decidido por una ley de la Legislatura porteña. En el gobierno de Mauricio Macri, en tanto, insisten en que en la gran mayoría de los casos el monto anual del ABL ha quedado por debajo del 0,5 por ciento del valor real de la propiedad y que el tope fijado por la ley para el revalúo inmobiliario es del 1% del precio de mercado. 172
“No obstante, se recuerda a los contribuyentes que la misma ley contempla un mecanismo de reclamo para todo aquel propietario que considere que el total del monto que deberá abonar en concepto de ABL durante 2008 supere el 1% del valor real de mercado de su inmueble, que deberá comprobar acompañando dos valuaciones de sendas inmobiliarias incluidas en el Registro de la AFIP”, se informó. Carlos González Fernández, por ejemplo, vive en Callao y Posadas y recibió las nuevas boletas con un aumento superior a lo anunciado. “Hay un montón de departamentos más grandes, más altos y más caros que el mío, que pagan menos. Según el aumento, tengo que abonar 13.500 pesos por año, unos 2400 por bimestre. Yo no quiero no contribuir con los impuestos porque es una obligación ciudadana, pero quiero que se aplique con criterio”, dijo el vecino de Recoleta que antes del incremento pagaba unos $ 630 por bimestre. “Lo mejor que puede hacer el jefe de gobierno es suspender la aplicación [del aumento] y revisarlo con relación a los departamentos que ya pagaron antes un revalúo”, agregó y sostuvo que incluso la boleta de 2008 no le llegó con el descuento del 10 por ciento por haber pagado en una cuota el precio anual de la tasa del año pasado. “Como el objetivo de la medida fue recaudatorio y no buscar la justicia tributaria, se hizo a las apuradas, no como marca el Código Fiscal, cuadra por cuadra. Es cierto que 80 es mejor que tres zonas [las tres correspondían a un primer proyecto analizado durante el gobierno de Jorge Telerman y luego desechado], pero se siguen produciendo desigualdades. Por esta falencia los vecinos pueden recurrir a la Defensoría del Pueblo o a los tribunales tributarios, ya que la suba no se hizo como lo marca el Código”, dijo el diputado del Frente para la Victoria Juan Manuel Olmos. Con él coincidió Diego Kravetz, presidente del bloque kirchnerista de la Legislatura, quien aseguró que “acompañará a los vecinos que se presenten ante la Justicia”. Alejandro Otero, ex director de Rentas porteño, agregó: “Lo que hay que hacer hoy no tiene nada que ver con lo que se está haciendo. La actualización de las valuaciones debe hacerse caso por caso y que el aumento sea gradual”. 173
El incremento actual fue acordado por una comisión especial que dividió la ciudad en 80 zonas y estableció aumentos promedio, según la valuación del terreno. Aunque el kirchnerismo no votó en favor de la reforma en la sesión de la Legislatura, participó activamente de esa comisión y diseñó los lineamientos centrales del proyecto. Porcentajes Según informaron en el gobierno, “sólo el 3 % de los contribuyentes deberá pagar porcentajes de aumento superiores al 250 por ciento, en tanto que el 22% abonará ajustes inferiores al 50 por ciento y el 4% no tendrá ningún incremento en su boleta de ABL”. Nora Solerno no opina lo mismo. Según contó a LA NACION se mudó a su actual departamento en 2004, año en que se estrenó. Y ya estaba revaluado. “Hay un error porque yo tengo una valuación de hace tres años. Quiero pagar lo que corresponde, pero me parece que está mal calculado”. En su caso el aumento supera el 240 por ciento. El pago anual, sin contar el descuento del 10 por ciento si lo quiere realizar en una sola cuota, es de 14.987 pesos. Ese ahorro la vecina lo verá en la factura de 2009. “Mi tributo anual, hasta el año pasado, era de 375,54 pesos para un departamento situado en Recoleta. Y este año me cobrarán 1333,58 pesos”, escribió a LA NACION Julián Augusto Paz. “No discuto que el monto del tributo sea justo, pero lo que me molesta es que nadie del gobierno que voté haya verificado que lo anunciado y lo real no se corresponden, lo cual me lleva a concluir que no existe diferencia con los Telerman, los Ibarra o los Kirchner. Nos mienten siempre.” Alvaro González, legislador por Pro y presidente de la Comisión de Presupuesto de la Legislatura, reconoció que existen algunos reclamos. Consultado por LA NACION, sostuvo: “La idea es atender los casos puntuales que existan”. Y a título personal, consideró que “de existir alguno no debería ser el punitorio [hasta el momento en que finalmente sea corregido, si corresponde]”.
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Basura cero: ¿realidad o utopía? Por: Laura Rocha Fecha de publicación: 08/12/2005 - Editorial II - La Nación
Frente a la triste comprobación de que los habitantes de la ciudad de Buenos Aires parecerían estar condenados a vivir en una ciudad cada día más sucia, la Legislatura local sancionó, por unanimidad, la llamada ley de basura cero, propuesta tendiente a modificar en forma sustancial el procesamiento de los residuos sólidos urbanos. Se ha concretado, sin dudas, una intención altamente positiva. No obstante, habrá que seguir siendo escéptico acerca del éxito de esta iniciativa, por lo menos hasta que otras medidas no apunten a corregir el resto de los numerosos factores que han convertido a casi toda Buenos Aires en un muy desagradable foco séptico. Es probable que la elevada producción y pésima eliminación de los residuos sólidos sea una de las causas esenciales -aunque no la única- de que, salvo raras excepciones, las avenidas, calles, parques, paseos y plazas porteños aparezcan a toda hora como inmensos depósitos de desperdicios. Por ese motivo, la norma aquí comentada dispone aquel modelo global. En él están incluidos programas referidos a la maximización del tratamiento y reciclaje de los residuos, la disminución de los desechos domiciliarios e industriales, la instalación de plantas de tratamiento de los desperdicios y la fabricación de productos aptos para ser reutilizados o reciclados. Por ese camino se aspira a que en 2017 se haya logrado disminuir en un 75% el volumen de la basura que debe ser volcada en los rellenos sanitarios. No habría motivos válidos para discutir ese enfoque, siempre y cuando fuere asumido como punto de partida para una auténtica política de Estado acerca de la limpieza urbana, y no se le atribuyese la condición de panacea que habrá de eliminar por arte de magia la lacra del desaseo urbano. Buenos Aires está poblada por casi tres millones de residentes estables y por varios millones más que todos los días entran en ella a partir del amanecer y la abandonan al terminar la jornada. Es, entonces, forzosa productora de toda clase de residuos. Nada más ni nada menos que un promedio de algo más de cinco mil toneladas diarias. 175
Las bolsas de desperdicios son depositadas en la vía pública a cualquier hora y con total desprecio respecto de cuál será su destino. Después, las despanzurran los cartoneros, descontrolados cuentapropistas del cirujeo, o las revolean por los aires, esparciendo por doquier su contenido, los empleados de las empresas concesionarias de la recolección -es un decir- de basura. Los restos de esas patéticas demostraciones de incultura cívica quedan librados a la mejor o peor predisposición de los escasos barrenderos que por allí andan o de los vecinos: los mismos que hasta arrojan desde sus balcones aquellas bolsas repletas de basura, tampoco cuidan los recipientes públicos de desperdicios, humillan embaldosados y céspedes con las deposiciones de sus mascotas caninas y, desde hace un tiempo, se han tomado la descarada costumbre de aliviar ciertas urgencias fisiológicas en plena vía pública. En casi toda su extensión, salvo zonas muy privilegiadas, Buenos Aires está muy sucia -por no decir mugrienta-, sobre todo en su olvidado y relegado sector sur. Se trata de uno de sus flancos más endebles, francamente descuidado por sus últimas gestiones de gobierno. A quien supusiese que esa afirmación es exagerada le bastará recorrer cualquier calle en horas de la noche. Lo sorprenderá, es seguro, la amplia y repugnante variedad de residuos esparcida por veredas y calzadas, incluso tras el paso de los supuestos responsables de eliminarlos. Cientos o miles de focos de contaminación que todo el año -y más en esta época de temperaturas elevadas- atraen insectos y alimañas portadores de graves enfermedades. Hay que insistir. Basura cero puede ser el comienzo de la acción higiénica, pero si el mal de la suciedad no es atacado de raíz, la novísima ley terminará por ser utópica o un precario emparchamiento. Junto con esta iniciativa, pues, sería menester efectuar reiteradas campañas educativas, para ver si la sociedad se convence de que, al fin y al cabo, es la principal responsable del mantenimiento y de la preservación del aseo de los espacios públicos. Al margen, convendría dictar normas punitivas, de inexorable cumplimiento, que permitiesen sancionar severamente a gobernantes y gobernados que no se hagan cargo del respeto que a todos debería merecernos la responsabilidad de hacer 176
cuanto corresponda y fuere menester para que Buenos Aires pueda volver a ser considerada una ciudad limpia. DIRECTORA GENERAL: CARMEN LIRA SAADE DIRECTOR FUNDADOR: CARLOS PAYAN VELVER SUPLEMENTO MENSUAL DIRECTOR: IVAN RESTREPO EDICIÓN: LAURA ANGULO LUNES 1 DE JUNIO 2009 NUMERO ESPECIAL
Rechazan trabajadores concesión de servicio de limpia en Mazatlán Por: Irene Sánchez, corresponsal Fecha de publicación: 28/04/2010 - La Jornada
Mazatlán, Sin. Dirigentes y trabajadores del gobierno municipal manifestaron su rechazo a la concesión del manejo de la basura a la empresa Promotora Ambiental, porque se han detectado diversas irregularidades en dicho proceso y porque pone en riesgo el empleo de 300 trabajadores de aseo urbano, afirmó Carlos Furichi Aguirre, secretario general del sindicato al servicio del ayuntamiento, quien anunció acciones en defensa de sus agremiados ante la privatización de dicho servicio que pretende el alcalde priísta Jorge Abel López. Los artículos de este suplemento Este suplemento está conformado por nueve artículos que versan sobre diferentes temáticas del gran problema de la generación y disposición de residuos. El obtener la opinión de varios especialistas es obra del poder de convocatoria del doctor Gerardo Bernache, basurólogo de reconocido prestigio e investigador del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, CIESAS, y a quien agradecemos su invaluable colaboración. Un primer grupo de cinco artículos aborda el manejo de los residuos sólidos municipales. Claudia Saldaña se ocupa de la gestión de residuos en el municipio de Tepic y comenta sobre las dificultades que enfrenta la participación social en el manejo de la basura.
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Luis Lozoya se adentra en el raquítico sistema de manejo de residuos en los municipios rurales, fruto en buena parte de las mismas carencias de recursos que tienen los ayuntamientos en el estado de Chihuahua y en otras zonas rurales del país. Otoniel Buenrostro brinda una radiografía del sistema de recolección mixto (camiones del ayuntamiento y asociaciones de permisionarios recolectores) que impera en la ciudad de Morelia, así como los problemas de contaminación del agua que ocasionan los lixiviados peligrosos que escurren del tiradero municipal. Un problema particular de manejo de residuos a nivel municipal es el de la disposición final de llantas de automotores. En condiciones normales, la producción de llantas es alta en cualquier ciudad de la República. Pero en Mexicali y otras ciudades fronterizas el asunto se agrava con la importación de llantas usadas del estado de California, principalmente. Sara Ojeda y Elizabeth Ramírez exponen precisamente la situación de la acumulación de llantas de desecho en centros de acopio y tiraderos irregulares. Por último, Carolina Velázquez describe el sistema de gestión de residuos que se promueve en la Unión Europea y nos presenta ejemplos de Alemania. Este sistema de gestión es muy estricto y tiene obligaciones bien definidas para la industria, los consumidores y las autoridades. Un segundo grupo de tres artículos centra su interés en las personas. El texto de Carmen Himilce Macías describe las condiciones del trabajo cotidiano de los pepenadores en el vertedero Peñasco, en la ciudad de San Luis Potosí. Gerardo Bernache trata en su colaboración un problema que crece diariamente: los asentamientos urbanos de todo tipo en los alrededores de los vertederos y tiraderos municipales de las grandes ciudades. El que miles de familias vivan a unos metros de un vertedero es un gran riesgo para su salud. Estas comunidades estarán condenadas a vivir en un ambiente contaminado. De paso, cabe recomendar a los estudiosos y funcionarios públicos el reciente libro de Bernache: Cuando la basura nos alcance. El impacto de la degradación ambiental, publicado bajo el sello de La Casa Chata.
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Por último, en este grupo figura el texto de Francisco Rangel que nos presenta las condiciones de vida de los habitantes de la comunidad El Huizache, el asentamiento más cercano al confinamiento de residuos peligrosos instalado en el municipio de Guadalcázar, San Luis Potosí. Para finalizar se presenta un programa exitoso de manejo de residuos en el campus de la Universidad Autónoma Metropolitana, en Azcapotzalco. Los autores son Rosa María Espinosa, Sylvie Turpin, Griselda Polanco, Alfonso de la Torre e Irma Delfín. Ellos también son los responsables del programa “Separación por un mejor UAMbiente”. En su artículo nos brindan los detalles del programa en sus diferentes etapas y los logros alcanzados en el manejo sustentable de los residuos sólidos en el campus citado. La Jornada Ecológica agradece a cada uno de los especialistas que con sus textos ayudan en este número a mostrar un panorama actualizado de lo que pasa con la basura en el país. Pero igualmente el tramo que debemos recorrer todos, sociedad y gobierno, para hacer de México un territorio libre de basura.
Una mirada al tiradero municipal de Peñasco, SLP Por: Carmen Himilce Macías Manzanarez Estudiante de la maestría en antropología social, El Colegio de San Luis Correo electrónico: ant07007@colsan.edu.mx Fecha de publicación: 28/04/2010 - La Jornada
La ciudad de San Luis Potosí, como muchas otras en nuestro país, ha dependido de los tiraderos para enterrar sus basuras. En 1995 se abrió el de Peñasco, ubicado en la entonces periferia de la capital, en una zona conocida como Milpillas, actualmente rodeada por colonias y fraccionamientos. El sitio nunca contó con un diseño que garantizara que la disposición final de los residuos sólidos no acarrearía daños ambientales. Peñasco ha seguido operando casi en las mismas condiciones en las que comenzó. Los residuos sólidos en San Luis Potosí En esta ciudad habitan 730 mil 950 personas, y 226 mil 803 más que se localizan en Soledad de Graciano Sánchez (Conteo Nacional de
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Población y Vivienda 2005) . En cuanto a la producción de basura la Dirección de Ecología y Aseo Municipal calcula que se generan entre 850 gramos y 1 kilo diario de residuos sólidos por persona. El municipio recolecta unas 157 mil 677 toneladas anuales. Se argumenta que es difícil saber la cifra total y exacta de lo que se recolecta. El ayuntamiento potosino cuenta con 148 rutas de camiones recolectores, sin contar las de los carretoneros (existen tres uniones: la Francisco Villa y dos que no tienen nombre) y los camiones de recolección voluntaria (Frente Recolector Urbano, Recolectores Libres, Federación de Prestadores de Servicios Únicos y Similares, Confederación de Trabajadores de Mantenimiento Limpia, Unión de Servidores de Limpieza Pública, Prestadores de Servicios, Unión Independiente) registrados por ayuntamiento. Las autoridades afirman que en el tiradero se deposita un promedio de mil 100 toneladas de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, mientras que la empresa da un promedio diario más exacto: 929 toneladas. La vida diaria en el tiradero Desde la apertura del tiradero se han congregado allí personas dedicadas a separar de la basura materiales reutilizables que más tarde venden. A esta actividad se le denomina pepena (del náhuatl pepena : escoger, recoger). La adquisición del oficio de la pepena va más allá y se remonta a esos tiraderos clandestinos que por muchos años proliferaron por la zona norte de la capital potosina. Personas que aprovecharon las circunstancias y la oportunidad para hacerse de un dinero extra y que poco a poco fueron introduciéndose más en el trabajo por las ventajas económicas que les ofrecía. Doña Mary es una señora de 55 años, vive en San José del Barro, comunidad ubicada en la periferia de la ciudad. Doña Mary me platica que llegó al tiradero porque tenía que mantener a siete hijos pues su marido la abandonó. Cerca de su hogar iban varios camiones a tirar la basura en un baldío al que acudían personas a juntar material. Un día que andaba cerca tirando su basura uno de los choferes de un camión del municipio le dijo que por qué no juntaba, que había mucha gente que sacaba buen dinero de ahí. Días más tarde ella fue sola a recolectar basura. En un principio no sabía ni qué se juntaba ni cómo se vendía, pero poco a poco fue viendo resultados. 180
La gente manifiesta que ese trabajo les ofrece varias ventajas: no tienen horarios, ni jefe, no trabajan a destajo y, sobre todo, los ingresos que perciben son mucho más altos que los que podrían obtener en un trabajo asalariado. La mayoría expresa que se encuentran a gusto con su trabajo. Chuy, una de las hijas de doña Mary, dice entusiasmada que le gusta mucho, que no lo cambiaría por nada. Cuenta que ella desde los ocho años le ayudaba a su mamá y a sus hermanos en el tiradero. Van de lunes a viernes, pero cuando la familia decide quedarse en la casa pueden incluso faltar toda la semana al tiradero y no hay problema. Su casa queda un poco retirada del tiradero y como se transportan en una “volanta”, tiene que salir a las 3 o 4 de la mañana. En el tiradero laboran hasta las 4 o 5 de la tarde. Por semana ella saca entre mil y mil 200 pesos, recogiendo “de todo”: PET (botellas de plástico), plástico duro (por ejemplo envases de leche), cartón, papel, botes (latas de alimentos), fierro, aluminio, cobre (estos últimos tres son por los que se recibe mejor paga, pero también son los más escasos de pepenar). Hay otros pepenadores que también recogen zapatos (sirven de combustible para las ladrilleras), desperdicio, otros tipos de metales (regularmente junto con los ya mencionados, son los mejores pagados), alimento para el autoconsumo (aquel que llega a estar en un mejor estado) e incluso objetos más especializados, como las botellas de perfume o los cartuchos de tinta. Cuando se les pregunta si les gustaría otro trabajo, la mayor parte de las personas exponen estas razones para explicar el porqué prefieren trabajar en el tiradero, aunque muchos de ellos no tienen otra opción pues ni siquiera terminaron la primaria. Es el caso de Chuy, quien a sus 24 años apenas llegó a tercero de primaria. Su mamá ni siquiera asistió a la escuela. Para otros, la pepena es el único trabajo que han conocido. Como Esther, quien tiene 15, está embarazada y asiste al lugar desde que sus padres la llevaban al tiradero, cuando apenas tenía dos años. Actualmente existe otra generación más de niños que asisten tan sólo a acompañar a sus padres o a ayudarlos a juntar basura. Estos niños 181
en varios de los casos no asisten a la escuela, por lo que el destino que les espera es seguir en el mismo oficio que sus padres. Una situación difícil de soportar son los continuos pleitos. Al sitio asiste una familia, que fue pionera en llegar a Peñasco. La denominan Los Diablos. Chuy dice “no trabajan y no dejan trabajar”, ya sea simplemente que insultan a la gente; incluso se ven envueltos en peleas. El riesgo de perder su fuente de trabajo Para los pepenadotes, el principal riesgo que ellos contemplan es la pérdida de su trabajo. A pesar de que se tiene registrados 641 pepenadores, tan sólo entre 200 y 300 asisten diaria y regularmente al lugar. Para hacer frente al ayuntamiento y ante la inestabilidad en la que se encuentra su situación laboral, los pepenadores decidieron unirse en la llamada Coalición Organizada de los Pueblos, dirigida por Margarito Sánchez, uno de los primeros pepenadores en llegar a Peñasco. Esta organización ha tenido algunos cambios y actualmente se llama Sindicato Único de Pepenadores. Todo aquel que quiera entrar al tiradero debe de estar inscrito en el “sindicato”, y para ello hay que pagar entre 70 y 100 pesos para que se les haga una credencial que los acredite como parte del sindicato. Esta organización es la única que agrupa a los pepenadores que trabajan en el tiradero. Se ha convertido en una fuerza importante para defender su fuente de empleo. Varias han sido las movilizaciones que ha organizado el sindicato (apoyado por otras uniones de recolectores voluntarios) ante el temor de que se “privatice la basura” y se les deje sin empleo. Esta situación se intensificó desde 2005 cuando se conoció el proyecto de convertir el lugar en estación de transferencia, así como la propia introducción de la empresa, acciones que levantaron sospechas de los pepenadores. El futuro del tiradero La situación actual y futura del tiradero de Peñasco debe de abordarse desde múltiples ejes. El basurero en sí mismo es una fuente muy redituable: uno de los compradores de PET alguna vez dijo “yo no me levanto de mi cama si no es por mínimo 15 mil pesos”, esto mientras sacaba un fajo muy grueso de billetes de alta denominación para pagarle a 182
un pepenador. Otro punto es que para cumplir con las normas ambientales y una correcta disposición final de los residuos sólidos, se tendría que retirar por completo a los pepenadores, ya que se han convertido en elemento que, según la opinión de algunos, ha enviciado (e incluso manipulado) la administración del lugar. Hay que tomar en cuenta que para un buen número de gente ésta es su única fuente de empleo. ¿Qué pasaría entonces con todas estas familias? También hay que ver la forma en la que ayuntamiento aprovecha a los pepenadores en asuntos que nada tienen que ver con la gestión de los residuos sólidos. Los obliga a participar en manifestaciones públicas a favor de los funcionarios del ayuntamiento.
La basura sin rienda Por: Gerardo Bernache Pérez CIESAS Occidente Correo electrónico: gbernache@yahoo.com.mx
La basura es un problema porque su producción va en aumento y no hay un manejo apropiado ni un control de sus impactos. Por una parte, su manejo demanda montos considerables del presupuesto de los ayuntamientos y la disposición final es la única forma de deshacerse de la basura. No hay tratamientos de los residuos y son escasos los programas efectivos de separación, por lo que la mayor parte de la basura termina enterrada en condiciones deplorables y ocasionando altos niveles de contaminación en el sitio y en la región. La responsabilidad del manejo de los residuos sólidos la tienen los ayuntamientos y éstos, por lo general, no cuentan con el personal capacitado, ni los recursos económicos para brindar un servicio de recolección eficiente y un tratamiento que no ocasione contaminación ambiental. En la realidad, los gobiernos locales se ven rebasados por las montañas de toneladas de basura que generan las actividades de producción, comercio y consumo.
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¿Cuánta basura se tira? La generación de residuos tiene relación directa con los patrones de consumo de la población. Tales patrones han cambiado en las últimas décadas hacia el uso de más material para empaques, vida útil más corta de los productos y mercancías, reducción de los tipos de envases y botellas retornables, así como un aumento en empaques y materiales que se definen comercialmente como “desechables”. Si en 1950 cada habitante tiraba unos 300 gramos de residuos y el país tenía 25.8 millones de habitantes, ahora, en la primera década del siglo XXI, ha triplicado los montos de generación de residuos y tira unos 900 gramos . El último censo nacional apunta que la población supera los 103 millones de mexicanos. Lo anterior significa que si en los cincuenta se generaban 7 mil 740 toneladas de residuos, para el 2005 son unas 93 mil toneladas cada día. Como se puede apreciar, el problema se ha crecido de manera exorbitante. El manejo de cada tonelada de residuos municipales cuesta un poco más de 200 pesos, por lo que la estimación del costo de su manejo –distribuido en los ayuntamientos del país– está en el orden de los 20 millones de pesos diarios y unos 7 mil 300 millones de pesos anuales. Los patrones de consumo no son iguales en todo el país y se pueden encontrar diferentes condiciones y variables que inciden sobre éste en diversas ciudades mexicanas. Esto se ilustra con la generación de residuos municipales, pues los estudios de las diversas ciudades reportan cantidades per capita que van de los 715 gramos en Morelia, a los 898 gramos en Hermosillo y 914 en Guadalajara. Se estima que, en promedio, cada mexicano tira unos 900 gramos diarios de basura, aunque en la zona metropolitana de la Ciudad de México el monto puede llegar a los mil 400. Durante la década de los noventa, los residuos que generaba el Distrito Federal representaban el 14 por ciento del total nacional, con un promedio diario de 12.5 mil toneladas y cerca de 4 mil 581 millones de toneladas anuales. Para 2008, se calcula que la zona metropolitana de la Ciudad de México generó más de 20 mil toneladas diarias. En segundo lugar de producción de residuos, vienen las ciudades de Monterrey y Guadalajara, cuya generación de residuos municipales es superior a las 4 mil 500 toneladas diarias. 184
El reto de la gestión integral de los residuos El manejo de los residuos plantea una serie de retos para controlar la alta producción de basura, para establecer sistemas eficientes de recolección y transferencia, así como controlar los vectores de contaminación en los vertederos. Estos problemas de manejo de residuos se relacionan directamente con la voluntad política para resolverlos y con los recursos financieros necesarios para solventar el servicio, esto en el nivel de los gobiernos locales. Si bien es cierto que en muchos municipios se evidencia una falta de compromiso de las altas autoridades, también es una realidad que los ayuntamientos carecen de los recursos necesarios para costear un servicio eficiente y con una cobertura amplia. El desafío de la gestión pública en cuestión de manejo integral de residuos es múltiple. En primer lugar hay que mencionar el impulso necesario a programas de amplia participación social que incorporen a grupos vecinales en la transformación de basura en residuos, en subproductos materiales para el reciclaje. Así pues, las nuevas propuestas para un manejo sustentable de los servicios urbanos giran alrededor de la participación ciudadana y la cogestión de los residuos. En segundo lugar viene el proceso de reciclaje propiamente. Incluye, por una parte, la consolidación de programas de separación y, por otra, la eficiente comercialización de los materiales separados para incorporarlos como materia prima en un proceso de producción industrial. Es importante promover y consolidar nuevos mercados para la comercialización de materiales separados provenientes de los programas de manejo de los residuos sólidos municipales. Hasta ahora, ése ha sido el cuello de botella que ha desalentado los programas de separación porque no es fácil comercializar los subproductos separados. Los residuos separados no van al vertedero por lo que no producen contaminación. En tercer lugar está la minimización o reducción en la producción de basuras. Aunque las estrategias disponibles para lograrlo actualmente son pocas, se requieren cambios sustantivos en las formas de distribución y comercialización de productos. La minimización tiene que ver con una serie de acciones enfocadas a generar cambios en los sistemas productivos (por ejemplo: evitar los empaques desechables) y modificaciones de fondo en los actuales patrones de consumo. La reducción 185
implica generar menos desechos de empaques y materiales pues así las personas tirarían menos basura. La Ley General para la Prevención y la Gestión Integral de Residuos, aprobada en el 2003, brinda un marco normativo que permite enfrentar el problema de los residuos urbanos con una gestión pública más coherente con los principios ambientales y con mayor eficiencia en el rubro administrativo. La ley ha reorientado las políticas públicas en materia de manejo de residuos hacia la gestión integral para el desarrollo sustentable a partir de un esquema de responsabilidad compartida entre las autoridades y los ciudadanos. El reto es impulsar la gestión integral de los residuos sólidos municipales como parte de una amplia agenda municipal para el desarrollo regional sustentable. Este tipo de gestión es compleja y sólo se consolidará a partir del compromiso de los ayuntamientos y de la amplia participación ciudadana. La obligación de separar los residuos en Jalisco La Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/2008 del estado de Jalisco, que entró en vigor a finales del año pasado, establece “los criterios y especificaciones técnicas bajo las cuales se deberá realizar la separación, clasificación y valorización de los residuos”. Es decir, la publicación de la norma referida establece que es obligatorio para los ayuntamientos y las empresas que son responsables del manejo de residuos en el estado. La norma fue redactada por la Secretaría Estatal del Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable (Semades) y está dirigida, en primer lugar, a los ayuntamientos que son los responsables de brindar el servicio de limpia en los municipios. En segundo lugar, se dirige a las empresas concesionarias de los servicios de recolección y disposición final de residuos municipales. Y en tercer lugar, a las empresas que brindan servicio de recolección a comercios e industrias. Aunque la norma tiene una buena intención y es deseable promover la separación, el hecho es que un decreto no es la solución mágica para un problema de grandes dimensiones. Para recolectar separada la basura, mantenerla separada y usarla como materia prima (reciclaje) se 186
requieren de cambios importantes en los procesos y en las formas tradicionales de manejo de residuos. Tales cambios implican nuevos conocimientos, inversiones considerables en equipo de recolección separada, sistemas de control de calidad de la separación, programas de comercialización de materiales recuperados, industrias capaces de absorber el flujo de materiales para producir nuevos productos y un consumidor que busca comprar mercancías que tienen un componente de materiales reciclados (compra verde). Cuando no se está preparado para realizar el cambio de la estrategia de gestión de residuos, el resultado deja mucho que desear. Los ayuntamientos de Jalisco, como los del resto del país, no están preparados para el cambio y han improvisado mecanismos para tratar de cumplir, a medias, con la recolección separada. En el caso del municipio de Guadalajara, la empresa concesionaria Caabsa no tiene interés en manejar los residuos separados, ni en promover una gestión integral; su negocio es que se produzca más basura y enterrarla al costo más barato; evitando, en lo posible, cumplir con la normatividad ambiental vigente. Por lo tanto, la recolección separada se reduce a recolección de material orgánico los lunes, miércoles y viernes, y los inorgánicos, los martes, jueves y sábados. Después de cuatro meses de vigencia de la norma de separación, ésta sólo se hace en un sector del municipio. La recolección separada no tiene supervisión, por lo que si un usuario se equivoca de tipo de materiales, o no quiere separar sus residuos, el camión recolector de cualquier manera recoge sus basuras de la misma forma que lo hacía antes. Se estima que más de la mitad de la población sí ha respondido al llamado de separar sus residuos. La otra mitad podría responder también si se viera bajo la lupa de la supervisión a la hora de entregar sus residuos. Por otra parte, un seguimiento al camión recolector que va a descargar al vertedero Los Laureles, comprueba que al llegar a este sitio deposita su carga directamente en la trinchera donde es enterrado. En el sitio no se sigue el proceso de terminar el proceso de separación de
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todos los materiales por lo que no se comercializan ni son aprovechados por la industria. Esto se debe en parte en la actitud negativa de la empresa concesionaria respecto a la norma de separación. Otra razón, también de mucho peso, es que los precios de los materiales recuperados han caído considerablemente al aumentar la oferta, mientras las pocas industrias que absorben el flujo de estos materiales se han visto saturadas. Esto es un cuello de botella que obstaculiza las buenas intenciones de separación. Por último, las empresas e industrias no generan productos con material reciclado porque al consumidor mexicano no se hace a la idea de que los productos nuevos que compra tengan algo de “basura” sucia. Lo cual no es así. Tal actitud del consumidor inhibe el desarrollo de nuevos productos reciclados y por lo tanto no hay una buena demanda de materiales separados. Prohibir las bolsas de plástico ¿una solución? El 17 de marzo pasado, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó una modificación a la Ley de Residuos Sólidos en la que se prohíbe a los establecimientos comerciales regalar bolsas plásticas para empacar sus mercancías. A pesar de que la bolsa de plástico está en todas partes, su aporte al torrente de basura que se genera a nivel municipal es apenas de 4 por ciento. Las bolsas que regalan los establecimientos mercantiles suman quizá 2 por ciento. Suponiendo que la prohibición de usarlas fuera exitosa, únicamente solucionaría una pequeña parte del problema de la basura en la Ciudad de México: 280 toneladas diarias. ¿Cómo se efectuará el manejo apropiado de las otras 13 mil 720 toneladas diarias de basura que produce el DF? Veamos la medida desde otro problema muy focalizado: los pañales desechables. En el DF se recogen cada día más de 700 toneladas de pañales usados ¿habría que prohibirlos también? Parece evidente que se ha abusado del uso de la bolsa de plástico y ahora la encontramos en el supermercado, en la taquería, en el puesto de frutas y verduras y muchas otras partes. Recibimos bolsa sobre bolsa. Es un hecho que no queremos tantas y no sabemos que hacer con ellas, excepto tirarlas a la basura. 188
La prohibición refleja una buena intención por parte de los legisladores que la aprobaron, pero igualmente su ignorancia respecto a un problema sumamente complejo que no se resuelve con la promulgación de una ley que prohíbe un artículo específico. A Estados Unidos llegó el furor del “plástico biodegradable” a principios de los años noventa. Sin embargo, duró poco cuando después de un escrutinio detallado se determinó que tales plásticos eran más un resultado de una estrategia de comercialización que un producto realmente biodegradable. En aquel entonces se le añadían ciertos aditivos al plástico, por lo general a base de harina de maíz, que supuestamente garantizaban la biodegradación. Algunos expertos señalaron que, a final de cuentas, tales bolsas resultaban en un mayor desperdicio de plásticos pues las bolsas biodegradables eran más gruesas, de otra manera se rompían fácilmente. Algunos estudios del profesor William Rathje (Universidad de Arizona) en rellenos sanitarios de Nueva York, Chicago, Phoenix y Tucson determinaron que las bolsas de plástico “biodegradables” se rompen y forman escamas (pedazos pequeños de plástico) en el contexto del entierro de basura, pero eso no significa que se degraden. La conclusión es que se puede hablar mucho sobre la “biodegradación” de ciertos plásticos y otros materiales sintéticos, pero su degradación completa en las condiciones específicas de los vertederos es algo que está por demostrarse aún. Por otra parte, el papel es un material más benigno con el ambiente y es 100 por ciento reciclable. Lo anterior quiere decir que si queremos separar y reciclar el papel lo podemos hacer sin mayor problema. Pero que un artículo o un material de papel sea reciclable, no quiere decir que será, de manera automática, reciclado por los consumidores. Si las bolsas de plástico se cambian por bolsas de papel grueso puede traer un gran beneficio. Siempre y cuando estas bolsas se separen y se reciclen. De otra forma, el impacto ambiental será negativo a la larga porque usaremos más papel y terminaremos talando más árboles para producirlo.
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Las pretendidas soluciones fáciles y por decreto son una ilusión de que se puede cambiar el mundo con una frase escrita, sin hacer nada más y dejándole toda la responsabilidad a un sector específico de la sociedad: los establecimientos comerciales. El problema de la basura se solucionará con una combinación de políticas públicas novedosas, con programas sólidos de gestión, con educación y cultura ambiental, con participación ciudadana y con el compromiso de todos. Las leyes y las prohibiciones pueden jugar un papel importante en una estrategia integral de manejo sustentable de residuos. Pero por sí mismas y de manera aislada no resultan en una solución casi milagrosa a los grandes problemas que afrontamos en el manejo de las basuras.
Los basureros y comunidades contaminadas Gerardo Bernache Pérez CIESAS Occidente Correo electrónico: gbernache@yahoo.com.mx en La Jornada Ecológica
El problema más serio en materia de manejo de residuos es la disposición final. La práctica común en todos los municipios mexicanos es enterrar la basura en sitios que no son aptos por el riesgo de contaminación de fuentes de agua y por el impacto que pueden tener sobre los residentes que habitan zonas vecinas y predios cercanos. Tipos de sitios de disposición final La basura se entierra en tres tipos de sitios de disposición final. El primero es el tiradero a cielo abierto, un basurero. En este sitio no hay control de la disposición final: cualquiera puede llegar y tirar ahí su carga de basuras. A veces hay alguna persona que cobra al ingreso una cuota dependiendo del tamaño de la carga, pero los controles administrativos y ambientales están ausentes en los basureros. Estos sitios sufren de incendios regularmente, ya que se les prende fuego para reducir el volumen de los residuos a cenizas y poder seguir depositando más cargas de basuras. Un tiradero a cielo abierto no tiene ningún control sobre la disposición, ni sobre la contaminación que ocasiona en toda una región. 190
El segundo son los vertederos municipales, sitios con un control administrativo que restringe el acceso y la disposición en el sitio. Se ubican en predios de propiedad municipal, cuentan con caminos para camiones pesados, malla perimetral, caseta de ingreso y vigilancia. Por lo general los vertederos tienen una planificación de ingeniería para el uso del sitio por sectores, que se van rellenando en trincheras, celdas o estratos. Allí se utiliza maquinaria pesada para acomodar y compactar los residuos que descargan los camiones. Los camiones de recolección del ayuntamiento tienen una identificación que les permite un ingreso automático. Los demás usuarios tienen que darse de alta con las autoridades municipales correspondientes y pagar un monto por disposición que va de acuerdo al peso en toneladas. En el vertedero se tienen algunos controles mínimos sobre los procesos de contaminación del suelo, pero en la mayoría de los casos no se realiza apropiadamente la captura y almacenamiento de los lixiviados que regularmente escapan del predio. Los lixiviados son escurrimientos líquidos que contienen microorganismos patógenos y otros tipos de residuos peligrosos como plomo, cromo hexevalente, cadmio, níquel y arsénicos. La descomposición de los residuos orgánicos en el sitio produce gas metano el cual se escapa libremente a la atmósfera o es liberado intencionalmente por tubos de ventilación con el fin de evitar explosiones. El metano es un gas tipo invernadero y se produce masivamente en los vertederos. Cuando los vertederos liberan el metano, éste contribuye significativamente a la contaminación atmosférica en las ciudades mexicanas. El tercer tipo de sitio de disposición es el relleno sanitario, obra compleja de ingeniería que requiere de una inversión millonaria y cuyo fin es confinar los residuos enterrados de tal manera que los vectores de contaminación estén bajo control dentro del sitio y reciban tratamiento para neutralizarlos. Este es el tipo ideal de infraestructura para una disposición final de residuos municipales. Es ambientalmente segura. Sin embargo, hasta el relleno sanitario de más alta seguridad no es una solución sustentable para el problema de la basura. 191
El manejo integral de los residuos lleva a considerar como puntos fuertes la minimización, así como la separación para el reciclaje. Es decir, a pesar de que actualmente se requiere construir y operar sitios de disposición final más seguros, la solución a largo plazo no es construirlos más grandes y con mayor seguridad, sino reducir la cantidad de basura que producimos y establecer programas de separación para evitar que los residuos sean enterrados. La disposición final de residuos en México México tiene 2 mil 439 municipios donde los ayuntamientos tienen la responsabilidad del manejo de la basura. Se estima que de cada 100 sitios para la disposición de residuos sólidos en México, unos 66 son tiraderos a cielo abierto sin ningún control ambiental. Otros 33 son vertederos municipales con mínimos controles técnico administrativo, pero con fallas en la infraestructura para controlar la contaminación ambiental. Apenas uno es un depósito con mayor control y se puede llamar relleno sanitario. Es decir, dos terceras partes de los sitios de disposición final son tiraderos y una tercera parte son vertederos municipales. Así las cosas, el porcentaje de rellenos sanitarios es mínimo. Los tiraderos a cielo abierto se encuentran en rancherías, poblaciones rurales, ciudades pequeñas y medias donde los ayuntamientos tienen escasos recursos para el manejo de la basura. Los vertederos municipales son más comunes en ciudades con población mayor a los 250 mil habitantes, donde los gobiernos locales tienen cierto nivel de ingresos y presupuesto estable exclusivo para el manejo de residuos. Finalmente, los pocos rellenos sanitarios en el país se ubican, por lo general, en las principales ciudades y zonas metropolitanas, por lo que logran captar grandes volúmenes de residuos municipales. Se estima que un 17 por ciento de los residuos municipales que se generan diariamente a lo largo de la república van a sitios con mayor control y rellenos sanitarios, es decir tienen una buena o muy buena disposición final, desde el punto de vista ambiental. El otro 83 por ciento de los residuos se depositan en sitios cuya infraestructura y operación se pueden clasificar en un rango que va de mala a pésima. Es común que tanto los ayuntamientos como las empresas dedicadas al manejo de residuos le den el nombre de relleno sanitario a 192
todo tipo de vertederos, lo cual es incorrecto. Igualmente lo es que los responsables de operar vertederos les otorguen el nombre de “relleno sanitario” a un vertedero para aparentar que es un sitio de disposición seguro ambientalmente, aunque no cumpla con la normatividad de desempeño ambiental. El problema es cuando las cifras y estadísticas serias que reportan tanto el INEGI como la Semarnat caen en el juego de los conceptos tergiversados de “rellenos sanitarios” y reportan una cifra exagerada de 88 rellenos sanitarios que supuestamente funcionan en el país. Luego, también asumen que dos terceras partes de los residuos sólidos municipales que se producen en México están siendo confinados en sitios ambientalmente seguros, lo cual dista mucho de ser la realidad. Si se revisa a detalle las operaciones de sitios de disposición final que tienen operaciones en territorio nacional, apenas 24 saldrían bien evaluados. Vecinos incómodos: los vertederos Actualmente, el principal riesgo que ocasiona la contaminación de los basureros y vertederos es que cada vez una población mayor se asienta en predios contiguos o cercanos. Si bien existe una norma que no permite la instalación de un sitio de disposición final a menos de 500 metros de una zona habitada, no hay ninguna restricción para que se construyan fraccionamientos formales y asentamientos irregulares en los alrededores de un vertedero. La construcción de todo tipo de viviendas en predios cercanos es un fenómeno creciente en las grandes zonas metropolitanas, así como en las principales ciudades del país. A principios de los años noventa, en la zona metropolitana de Guadalajara los asentamientos humanos cercanos a los tiraderos eran pocos y pequeños, en colonias marginales y asentamientos irregulares con alto índice de pobreza. El caso de San Gaspar es uno de los más importantes, ya que en esta zona de 30 hectáreas se asientan cinco colonias que albergan unas mil 500 viviendas habitadas. La construcción de casas habitación de diversos niveles económicos, principalmente bajo y medio bajo, sigue a un ritmo constante. La comunidad afectada por el contacto diario con la contaminación de los tiraderos en San Gaspar es de unos 10 mil habitantes.
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La construcción del fraccionamiento UrbiQuinta en un enorme predio contiguo al vertedero de Coyula es un caso excepcional por la magnitud del asentamiento. Se estima que unas 17 mil familias habitarán igual número de viviendas que se están terminando de construir en un predio de más de 500 hectáreas . La parte baja del fraccionamiento de UrbiQuinta se ubica en la dirección que corren los lixiviados y los vientos procedentes del vertedero de Coyula. Los lixiviados del vertedero corren pendiente abajo, en unos casos cruzan por partes del predio de UrbiQuinta y en otros siguen un curso paralelo a su perímetro en su recorrido hasta lo profundo de la barranca del Río Santiago. No sólo hay aquí escurrimientos superficiales, sino también subterráneos que hacen afloramiento a cientos de metros de distancia del vertedero. En el municipio de El Salto hay una decena de colonias y en Tonalá al menos dos pueblos (Puente Grande y Tololotlán) que están siendo afectados por la contaminación que se origina en el vertedero Los Laureles. La producción agropecuaria en esta zona se acabó por el envenenamiento que sufrieron los pozos de agua que fueron alcanzados por las filtraciones de lixiviados peligrosos. El ganado de granjas dedicadas a la producción de leche, a la crianza de vacas y borregos se fue muriendo y los productores decidieron cerrarlas y moverse a otra parte porque no podían afrontar las pérdidas. La población que vive en esas colonias y pueblos ha sufrido en carne propia el impacto de la contaminación. En efecto, no pueden disponer del agua de sus pozos y su salud se ve afectada por la inhalación de gases y de los olores nauseabundos que se dispersan hacia sus colonias y dentro de sus casas de manera constante. También por los polvos cargados de partículas de residuos pulverizados. Las enfermedades de la piel, ojos, gastroinstestinales y otras más son reportadas por los habitantes que viven cerca del vertedero Los Laureles. Palabras finales Cada vez más familias viven en predios cercanos a los vertederos que se localizan en la zona metropolitana de Guadalajara. En el futuro cercano esta tendencia se incrementará y con ello el riesgo a la 194
salud de los habitantes de estas colonias que se identificarán como comunidades contaminadas por su exposición constante a emisiones de gases y polvos, a aguas envenenadas con residuos peligrosos. Se trata de un asunto que exige solución urgente por parte de las autoridades.
Aprendiendo a vivir con la basura Ana Carolina Velázquez Patiño Investigadora independiente Correo electrónico: xarolina@web.de en La Jornada Ecológica
En la época moderna, el bienestar se entiende principalmente como crecimiento económico, y éste arrastra consigo el consumismo y la contaminación ambiental. En el mundo se producen y envían al mercado miles de nuevos productos con presentaciones llamativas para los consumidores que no son otra cosa que residuos potenciales, que se compran para ser utilizados y poco después desechados. En algunos países (Estados Unidos, Japón, Alemania y los países nórdicos) se buscan y aplican otras técnicas para el tratamiento de la basura. El reciclaje y la incineración son algunas de las más practicadas y través de ellas se promueve una relación más amigable con el ambiente: se ahorra energía y recursos naturales, además se evita la contaminación de los suelos y los mantos acuíferos. En países como México la razón que exponen los gobiernos para no utilizar estas técnicas todavía son las económicas, ya que la puesta en operación requiere de cuantiosas inversiones. Efectivamente, pero también es preciso mencionar que los primeros esfuerzos para corregir este problema han comenzado a través de los cambios en actitudes de consumo y de realizar prácticas simples de separación, tratamiento y disposición de los 195
residuos. Este artículo intenta identificar algunos de los problemas detectados en nuestro país durante el proceso de consumo de un producto y la disposición de sus residuos, al mismo tiempo se identifican las soluciones que países europeos han manejado en las últimas décadas. Procedimientos para la gestión de los residuos domésticos En las últimas décadas, el crecimiento de la población en México se ha concentrado en las ciudades, donde los habitantes consumen enormes cantidades de artículos y generan igualmente volúmenes crecientes de basura. En cuanto al servicio de limpieza y recolección, con frecuencia es deficiente. Ante esta situación, los habitantes dejan sus bolsas de basura fuera de sus viviendas, sin una separación previa de los materiales o productos que podrían ser reutilizados con algún otro fin. Aparentemente, lo que ocurre con la basura una vez que ésta se encuentra fuera del hogar no tiene importancia; pocos se interesan por conocer el destino que recibirá o lo que sucede si no es recogida por el servicio de limpieza. La justificación ante dicha apatía se basa en la creencia generalizada de que el único responsable de resolver este problema es el gobierno. En México no se tiene aún conciencia del beneficio que traería consigo la separación de la basura desde el punto de origen, desde las viviendas.
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En los países pertenecientes a la Unión Europea se adoptó desde 1975 una ley que exige a los gobiernos garantizar una gestión segura de la basura con la que se minimicen los efectos perjudiciales causados por la recolección, transporte, tratamiento, almacenamiento y disposición de los residuos. Asimismo, esta ley fomenta el uso racional de los recursos a través de la reducción y recuperación de la basura, actividades en las que cada sector de la sociedad tiene que participar de distintas maneras. Estas se ejemplifican en el cuadro anterior. Obligaciones de los sectores sociales en la Unión Europea Tras los primeros años de operar bajo los lineamientos exigidos por la ley, los países europeos coinciden en que la recolección y tratamiento de la creciente cantidad de basura generada es una actividad demasiado costosa para los municipios y en la que, además, debe intervenir la industria para cumplir cabalmente con el principio de responsabilidad extendida del productor. El decreto Töpfer El primer país en delegar a la industria la obligación de recoger sus productos, específicamente los envases desechados por los consumidores, fue Alemania. En 1991 publicó una ordenanza que obliga a las empresas a recoger sus envases desechados por los consumidores de sus productos. Con el fin de facilitar dicha labor a los productores, la ordenanza, conocida más bien como decreto Töpfer, ofrece dos alternativas de recolección: Sistema de depósito, devolución y retorno. Los productores cobran a los clientes por el uso de sus envases. Este cobro adicional lo paga el consumidor final y el monto le será reintegrado cuando el envase sea devuelto al productor o al expendedor. Este sistema es similar a lo que en México se conoce como el pago de importe por envases retornables. Sistema integrado de gestión. Este segundo sistema está configurado de manera tal que los productores-envasadores que no quieren tener las obligaciones del sistema anterior, puedan librarse de ello y dejar esa función a agentes económicos privados. Este sistema debe garantizar que los envases sean recogidos periódicamente en el domi197
cilio del consumidor. El financiamiento de este proceso lo realizan los productores al pagar por cada envase que ponen en el mercado. Este segundo sistema es el más difundido en toda Europa. Los envases integrados a este sistema se distinguen por portar un logotipo conocido como “punto verde”, que comenzó a funcionar en Alemania en 1991. Una de las peculiaridades de este sistema es que delega en los ciudadanos parte de la responsabilidad para que el programa funcione adecuadamente, de modo que su éxito está condicionado, en gran medida, a la sensibilización y educación ciudadana para la separación de su basura. Consumidores ambientalmente responsables Desde la puesta en marcha de estos sistemas los consumidores tienen que realizar distintas actividades para desprenderse de los residuos: Separación cuádruple en origen. Los consumidores finales tienen que separar la basura antes de ser entregada al servicio de recolección en hasta cuatro recipientes distintos. Uno de ellos es una bolsa amarilla que se entrega gratuitamente en sitios oficiales y deberá contener exclusivamente materiales portadores del “punto verde”, como botellas, empaques y bolsas de plástico, así como latas y envases metálicos. El segundo contiene los restos de comida, tierra y materia orgánica del jardín. El tercero, únicamente cartón, restos de papel de oficina y material impreso. Por último, el cuarto recipiente contiene todos los residuos no reciclables, tales como ropa vieja, pañales, restos de productos higiénicos, polvo, escombro, entre otros. Recolección selectiva en contenedores. Estos recipientes se localizan en las calles o zonas comunes como parques y estacionamientos. Las personas acuden allí para desprenderse de materiales como botellas y envases de vidrio. Cambiar el estilo de producción, consumo y desprendimiento de un producto no es sencillo. Pero ha funcionado bien la combinación de educación ambiental, legislación pertinente y pago de impuestos ciudadanos, ya que logró que los consumidores tomen conciencia de que el manejo de los residuos es una responsabilidad compartida. Además, paga más quien más basura produce. 198
El resultado de la iniciativa por parte de las empresas, de los ministerios de medio ambiente y las ONG para la difusión de temas ambientales en los medios de comunicación y con programas educativos que han creado una cultura ambiental (junto con la presión reguladora del Estado), se expresa en mejoras sustanciales en el tratamiento de la basura. Y, claro, con repercusiones económicas y ambientales favorables para la sociedad en general y para la protección del medio ambiente. Esto se demuestra al comparar los datos de lo que pasaba con la basura hace más de una década y actualmente. Destino de la basura producida en la Unión Europea Destino de los residuos producidos millones de toneladas 444 Enterrados Incinerados Reciclaje
1990
1995
2000
2002
480 78.4% 21.6% –
545 39.6% 54.2% 6.2%
566 31% 38.2% 30.8%
25% 41.2% 33.8%
Como se aprecia en esta tabla, el cambio más evidente es la disminución de los residuos que son destinados al entierro. Pero este simple cambio en la gestión ha traído consigo muchos otros beneficios, como la mejora ambiental y la prolongación del tiempo de vida de los rellenos sanitarios, la reintroducción de materiales en el ciclo de vida de los productos, ahorro de recursos naturales y energía, además de cambios de conducta en la población. Lo que queda por hacer Los ciudadanos mexicanos no podemos quedarnos de brazos cruzados y creer que algo así solamente se logra en otros países. Existen actividades muy sencillas que podemos realizar en el hogar, adaptadas de la experiencia de los europeos y con las que comenzaríamos a tomar el control de este asunto. Por ejemplo: Separar nuestra basura desde el momento en que la producimos. La basura generada en la cocina podría ser dispuesta en una bolsa diferente a aquella en la que pongamos botes y latas y otros materiales reciclables. 199
Entregar en los centros de acopio el papel y las latas, o donar estos materiales a otras personas para que las vendan. Incluso los encargados de recoger nuestra basura se alegrarían de que ésta estuviera separada, pues podrían separarla de una manera más sencilla y venderla posteriormente. Preferir el consumo de productos con menos empaque, pues así reduciremos la cantidad de basura inútil. Que los productos no tengan empaques llamativos no significa que estos tengan una calidad inferior. Ahorrar en el uso de bolsas de plástico. En su lugar, podemos retomar las antiguas usanzas de nuestros padres o abuelos y llevar con nosotros la bolsa para las compras. Éstas y algunas otras actividades son lo mínimo que podemos hacer como ciudadanos preocupados por preservar nuestro medio ambiente. AFIRMÓ EL GOBIERNO
Panamá acumula 600 toneladas de basura diarias PANAMÁ. La capital de Panamá acumula desde hace meses 600 toneladas de basura diarias ante la falta de capacidad de las autoridades municipales y la empresa privada, informó este jueves la Presidencia del país. Fecha de publicación: 15/104/2010 - EFE
La situación tiene su origen en que de las 1.600 toneladas de basura que se generan diariamente en la capital, la empresa privada recolecta 400 y la Dirección Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario (DIMAUD) sólo recoge 600, señaló la Presidencia panameña en un comunicado. El Consejo de Ministros aprobó el martes una partida de hasta 3,1 millones de dólares para resolver el problema de la basura, debido a que el DIMAUD no cuenta con fondos para cumplir “a cabalidad” con sus tareas, indicó el Ejecutivo. El ministro de la Presidencia, Jimmy Papadimitriu, anunció este jueves, por su parte, que de esta partida, el Ejecutivo utilizó 2,7 millones de dólares para contratar los servicios de cuatro empresas privadas, 200
para que en coordinación con la DIMAUD limpien la ciudad, con un ahorro de 40.000 dólares, apuntó. Se contrató todo el equipo necesario, se dividió el distrito capital en cuatro zonas y se diseño la logística para facilitar el trabajo de recolección de 108.000 toneladas de basura, lo que se estima se hará en 90 días, señaló Papadimitriu. La medida de urgencia se produce luego de que esta semana las autoridades de salud declararán una alerta sanitaria por el problema de la basura, y a la espera de que el Municipio de Panamá reciba 51 camiones recolectores nuevos por un monto de 8,6 millones de dólares, dentro de unos tres meses. Cuando lleguen los camiones se incorporarán al trabajo de la DIMAUD en las 154 rutas de recolección de desechos en la ciudad de Panamá, que tiene casi 900.000 habitantes.
Cambio climático: mensaje en 12.000 botellas Fecha de publicación: 22/03/10. Redacción. BBCMundo
Está hecho de 12.000 botellas de plástico y partió este fin de semana desde San Francisco, Estados Unidos, rumbo a Australia, con el propósito de aumentar la conciencia sobre la contaminación de los océanos. La tripulación está encabezada por un ambientalista millonario británico. Bautizado con un nombre que le hace honor a su material, el Plastiki es un catamarán que se mueve a fuerza de energía solar, viento y turbinas marinas. Bicicletas especiales son la fuente energética de los computadores personales, hay un baño ecológico y jardineras para cultivar frutas y verduras. Si todo sale bien, durante tres meses el bote recorrerá 20.000 kilómetros llamando la atención sobre la gran cantidad de desechos que flotan en los mares del mundo, matando a miles de aves y especies marinas que los confunden con alimentos.
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Uno de los puntos clave de la travesía es el paso por la llamada “isla de la basura” o el “parche de basura del Pacífico Norte”, formada por más de seis millones de toneladas de plástico, que flota a la deriva entre California y Japón. ¿Y si falla? Las botellas que dan forma al Plastiki están llenas con dióxido de carbono para hacerlo más durable y resistente. Este es un tema poco visible que, sin embargo, causa mucho daño y tiene que ser enfrentado David De Rothschild Pero los criticos del proyecto aseguran que si tienen problemas y el bote se desintegra dejará miles de botellas plásticas esparcidas en el mar. Además argumentan que sólo servirá para perpetuar la creencia de que usar plástico está bien, siempre y cuando se recicle, en lugar de fomentar la postura más radical de eliminarlo por completo. La tripulación del Plastiki, encabezada por el millonario ambientalista británico David De Rothschild, desestima las críticas. “Llegó la hora de ganarle a la basura”, dijo el ambientalista en una entrevista con la BBC. “Este es un tema poco visible que, sin embargo, causa mucho daño y tiene que ser enfrentado”, agregó De Rothschild, quien relató que para crear el Plastiki se inspiró en la expedición del Kon Tiki, en la que un grupo de científicos liderados por el noruego Thor Heyerdahl navegó a través del Pacífico en una balsa de madera.
“Saco es un saco”: Brasil prevé dejar de usar mil 500 millones de bolsas plásticas este año Fecha de publicación: 28/03/10 - EFE
29 de marzo 2010.- El ministro del Medio Ambiente de Brasil, Carlos Minc, afirmó este domingo que el país suramericano dejará de usar este año mil 500 millones de bolsas de plástico, informó servicio oficial de noticias Agencia Brasil. 202
“El año pasado, fueron 600 millones menos de bolsas plásticas lanzados al medio ambiente. Nuestra meta este año es de mil 500 millones”, en base a una producción anual de 18 milmillones, señaló Minc al inaugurar en la playa de Ipanema, en Río de Janeiro, el programa “Saco es un saco”. BASURA EN PARAGUAY
Problema de la basura debe tratarse en origen, dice ONG Fecha de publicación: 09/04/2010. ABC Color
Los vertederos, las quemas de basura o arrojar residuos urbanos en cualquier sitio generan todo tipo de males en la población y el ambiente. Puede reducirse si los municipios educaran a sus ciudadanos sobre la correcta disposición. Financiación extranjera exhorta a las intendencias a concienciar. La ONG Gestión Ambiental (Geam) culmina hoy un curso que incentiva a los municipios a crear proyectos de sensibilización ciudadana y educación ambiental entre contribuyentes sobre la problemática de la basura. Los cinco mejores planes recibirán una millonaria financiación de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA). La Ing. Carmen Moreira, de la Geam, explicó a los funcionarios que asistieron al taller que las intendencias deben reducir la cantidad de basura urbana en su origen. Datos de la entidad señalan que en Paraguay se arroja una media de 3.600.000 Kg. de basura urbana al día. De la cifra el 65% es materia orgánica y otro 25% es reciclable. Solo un 10% es desecho inutilizable. Sin embargo, todo es manejado inadecuadamente en vertederos o en barrios marginales donde los círculos de pobreza se expanden. Estos grupos terminan expuestos a enfermedades y el ambiente queda contaminado. Industrias recicladoras nacionales incluso terminan importando materia prima ante esta situación. Quemar la basura deja consecuencias en la salud como cáncer y enfermedades respiratorias. Enterrar los residuos provoca la contaminación de los recursos naturales como el terreno y el agua subterránea. 203
La solución domiciliaria o “de origen” corre por usar cosas perdurables o que generen menos desperdicios, utilizar bolsas resistentes, elegir botellas retornables, evitar productos descartables o aquellos que terminen dañando el ambiente. Exhortan también a reutilizar todo lo que se pueda y a reciclar los desechos de acuerdo a su material de elaboración. Los municipios que presenten los mejores proyectos para promover estas prácticas accederán a la financiación, en cuyo presupuesto también figura el monitoreo de otras 10 localidades donde el plan ya fue puesto en marcha. El curso se desarrolla en el local de la Opaci (Mcal. Estigarribia Nº 1082) de 8:00 a 13:00.
La mitad del personal de limpia carece de sueldo, por eso comercializa residuos: experto
Por propinas y material reciclable la basura maneja $40 millones diarios - Ex director del Bordo Poniente asegura que es necesario cobrar a las delegaciones la recolección de desechos - Debe institucionalizarse este mercado para obtener recursos extras, afirma La Jornada 05/04/2010, p. 29,
Entre propinas y venta de materiales reciclables, que significan poco más de una décima parte de las 12 mil toneladas de desechos que se recolectan, diariamente el manejo de la basura en la ciudad de México mueve 40 millones de pesos “fuera de toda carga fiscal”, señaló Jorge Sánchez Gómez, director del relleno sanitario Bordo Poniente de 1989 a 1995. La existencia de 10 mil trabajadores, de los cuales la mitad carece de sueldo y prestaciones sociales, ha motivado esta situación, por lo que alrededor de mil 500 toneladas de latas, PET, metales y cartón, entre otros, no llegan al relleno y se comercializan en el mercado de reciclaje entre uno y 45 pesos el kilogramo, lo cual “no es privativo del Distrito Federal, pues se presenta por igual en Monterrey, Puebla y Durango, así como en España”, comentó. 204
El Bordo Poniente no es infinito, pero aún puede dar servicio un par de años más, afirma Jorge Sánchez Gómez. ex director de este lugar. Foto Notimex - Laura Gómez Flores
Por eso, algunas veces los camiones recolectores no llegan a los puntos donde no hay propinas o residuos “rentables”, provocando la aparición de tiraderos clandestinos en lotes baldíos, espacios de cultivo, ríos y vialidades secundarias; así como servicios irregulares en colonias populares a cambio de una propina, donde se selecciona lo que tiene valor y abandonan el resto, afirma. En entrevista, el gerente general de Sistemas de Ingeniería y Control Ambiental y ex presidente de la Asociación Mexicana para el Control de los Residuos Sólidos y Peligrosos explicó que el Código Financiero local señala que 10 mil establecimientos mercantiles que generan 50 kilogramos de basura diaria y 3 mil con 250 kilos al día deben pagar un precio unitario de 1.13 pesos por el servicio, lo cual “es poco, pero se desconoce si se paga. Y si sucede, el dinero se va al arca pública y no a mejorar el funcionamiento del Bordo Poniente”. Por ello, la necesidad de cobrar a las delegaciones por la recolección de residuos, que se realiza mediante 2 mil 500 camiones diarios, aunque sea “una medida dictatorial”, y regular la informalidad, pues anualmente mueve cerca de 10 mil millones de pesos. “Hoy –agregó– somos de las pocas ciudades del mundo donde no se cobra el servicio, cuando ese monto equivale a 10 por ciento de los recursos requeridos para mejorar el relleno y ampliar su vida útil”. Sánchez Gómez mencionó que “no se trata de eliminar ese mercado, sino institucionalizarlo como empresa, y parte de los recursos canalizarlos a impulsar proyectos de tratamiento de la basura”, pues 205
mensualmente se generan en promedio 3 millones de metros cúbicos de residuos sólidos, por lo cual se necesitan tres estadios Azteca para depositarla, comentó. Además se requiere mantener el cobro a los grandes generadores de basura y una mayor participación de las organizaciones no gubernamentales en la difusión y aplicación de las medidas adoptadas por la administración capitalina para atender esta problemática, pues “las leyes, reglamentos o sanciones no penetran en la gente cuando no hay una campaña de sensibilización y colaboración”, afirmó el también ex presidente de la Federación Mexicana de Ingeniería Sanitaria y Ciencias Ambientales. Reconoció que el Bordo Poniente no es infinito, pero tiene posibilidades de operar algunos años más con ciertas reglas, independientemente de la posiciones políticas y partidistas que se dan a su alrededor.
Una propuesta poco clara para el tratamiento de los residuos sólidos urbanos Fecha de publicación: 02/08/2009 - ANRed-M En Berazategui y en Florencio Varela el modelo de tratamiento de residuos sigue siendo el de “enterramiento”, es decir, el de contaminación de aire, tierra y agua como lo viene haciendo el CEAMSE. La siguiente denuncia es presentada por el Foro Regional en Defensa del Río de la Plata, la Salud y el Medio Ambiente.
En periódicos regionales se publicó que el intendente de Berazategui, Juan Mussi, gestionó ante el secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Doctor Homero Bibiloni, la obtención de un crédito para la adquisición de tierras linderas a Florencio Varela, alejadas de la población, para la instalación de una Planta de Residuos Sólidos Urbanos. Posteriormente, los medios locales reflejaron una segunda postura: el intendente Mussi, junto con el de Florencio Varela, Julio Pereyra, firmaron una “carta de intención” con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo sustentable para elaborar un proyecto de creación de un “Parque Ambiental Regional”. En dicha nota se resaltaba como un logro que se “reducirá el enterramiento de basura en un 50 por ciento”, cuando distintos municipios 206
del interior de la Provincia de Buenos Aires crearon sus propias plantas de tratamiento y disponen en vertederos solo un 10 por ciento del volumen total de la basura procesada. De este modo, el supuesto tratamiento de los residuos domiciliarios que se plantean los mencionados jefes comunales no es tal, ya que se enterrará la mitad de la basura recolectada y se seguirá contaminando el aire, la tierra y el agua, como lo hizo y lo hace la Ceamse, que tantos perjuicios trajo al ambiente y las personas que habitaban alrededor de esos rellenos sanitarios. Cabe destacar que la ley provincial 13.592, que los intendentes dicen “obligarse a respetar”, data de los últimos meses de la gestión del gobernador Felipe Solá, por la cual se otorga a los municipios la facultad de crear sus propios sistemas de tratamientos de residuos dejando vigente la opción del sistema de enterramiento como el de la Ceamse, sin que nada cambie desde el punto de vista ambiental. Bueno es recordar que ese 50 por ciento de la basura que se entierre, tal como mencionan las gacetillas de prensa, generará líquidos lixiviados (es el jugo de la basura que desprende en su putrefacción) que más temprano que tarde contaminarán la tierra y las aguas subterráneas, hasta llegar al Puelche, el acuífero más importante de la región, desde donde se extrae el agua para que tomen los berazateguenses. Por si fuera poco, destacan que “no se emitirán gas metano” a la superficie, sino un gas que es “23 veces menos nocivo para la salud”, como es el dióxido de carbono, gas que no es inocuo, sino que también es nocivo para la salud y el principal responsable de la perforación de la capa de ozono. Además, no se menciona ni una línea sobre qué va a pasar con los más de 190 gases que genera la basura en su descomposición, aparte del metano… ¿se los va a captar y reutilizar como combustible? o, ¿se los va a ventear y librar al ambiente como hizo/hace la Ceamse y que generó contaminación y muerte por las emisiones libradas en el relleno sanitario de Villa Domínico? Bueno es recordar que entre febrero y mayo de 2008 se firmó un convenio entre Julio Pereyra, como titular de la Federación Argentina de Municipios (FAM) autoridades y diplomáticos austríacos, (donde participó el intendente Mussi) y una empresa de tratamiento de residuos 207
sólidos urbanos llamada Komptech (Austria), ratificando acuerdos anteriores suscriptos con la Cámara Federal de Economía de Austria y la mencionada empresa. Frente a los convenios firmados con la citada multinacional austríaca, desde el Foro nos preguntamos si es ésta la empresa que operará en el llamado “Parque Ambiental Regional” y bajo que sistemas y condiciones y a qué costos para la población, ya que no se sabe nada de la modalidad para acceder a la tecnología que Komptech ofrece, es decir, el costo de acceso a dicha tecnología, si es por inversión directa, leasing o si es por venta; si se va a financiar con créditos externos o no; si existe garantías de asistencia operativa, tecnológica o de resultados de procesos. Bueno es recordar que existen muchos municipios argentinos que procesas sus residuos con plantas creadas con tecnología autóctona, con excelentes resultados (como las comunas de General Lavalle, Trenque Lauquen, Laprida, Gualeguay, San Pedro, entre otras) donde se reutiliza todo lo reciclable, se captan los gases en digestores para luego ser utilizado como combustible, donde se extraen y tratan los líquidos lixiviados de los residuos, se convierte lo orgánico en un nutritivo abono, enterrándose solo alrededor de un 10 por ciento de los RSU. Berazategui, 29 de julio de 2009 Foro Regional en Defensa del Río de la Plata, la Salud y el Medio Ambiente. Correo electrónico: fororioplata@aol.com TE: 155-9265302 - 156-467-8485 - 155-759-7048
Basura, vos sos la dictadura Fecha de publicación: 21/02/2008- ANred-Sur La instalación de una planta de transferencia de residuos cerca de “Puente 12”, en la entrada a Ciudad Evita, viene movilizando a los vecinos que intentan frenar un nuevo avance de la misma política que envenenó por décadas la zona de González Catán y alrededores. Los vecinos de Ciudad Evita se unieron al reclamo de las localidades que tienen enquistado al Ceamse hace años. Alberto, es uno de los Vecinos Autoconvocados de Ciudad Evita, y cuenta como la articulación, la experiencia compartida y la solidaridad recíproca les permitieron comenzar a movilizarse a tiempo. Por Agite después de usar.
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Nosotros nos enteramos a finales de noviembre de 2007 que había intención de instalar algo del Ceamse en Ciudad Evita, en un predio de 44 hectáreas que está pegado a la autopista Richieri y al río Matanza. En cuanto corrió la noticia se realizó la primer asamblea donde participaron alrededor de 700 vecinos. Desde el primer día hubo presentes autoconvocados de González Catán, que nos plantearon lo que significaba el Ceamse. Teniendo la experiencia de la gente de Catán, quemamos etapas mucho más rápido. Empezamos a trabajar con un “recurso de amparo” por si eran verdad los rumores, y una vecina planteó que pidamos hablar con el “Subsecretario de Gobierno”. Era una primera pulseadita. Entramos 10 vecinos, había un grupo de una comunidad religiosa que compraron 23 propiedades en la zona más cara de Ciudad Evita, que vinieron a vivir desde Nueva Zelanda, Australia y EEUU. Uno de ellos planteó la inversión inmobiliaria que se había hecho desde distintas partes del mundo en Ciudad Evita, con la idea de que no iba a haber ningún tipo de basurero. Ciudad Evita es una ciudad planificada en función del bienestar de la gente, una ciudad obrera. Terminó siendo una ciudad espectular, con casas reformadas que valen fortunas de hasta 2 millones de dólares. Primero pusieron los cables de teléfono, luz, gas, hicieron la red cloacal, los desagües. Se planificó para que no se inunde nunca, se hizo una ciudad obrera como debería ser una ciudad bien planificada. Ciudad Evita era parte de un proyecto de varias “ciudades satélite”. Algunos plantearon que Ciudad Evita es “Monumento Histórico”, otros planteábamos el tema de la salud nuestra y de nuestros hijos. Este funcionario nos dijo “muchachos yo no sé absolutamente nada”. Al día siguiente sale una gacetilla de prensa del Municipio, donde afirmaban que estaban haciéndose los estudios para instalar la planta de transferencia. Es un predio de 44 hectáreas. La planta de transferencia de Colegiales tiene 1 hectárea, una manzana, la de Flores tiene una manzana. Acá son 44 manzanas, o sea que no hay nada que indique que va a ser una planta de transferencia, sino un depósito final de residuos. Tanto el Gobierno Municipal, como el Provincial, como el Nacional, no tienen 209
ningún proyecto a largo plazo de “que miércoles hacer” con los residuos. Lo único que pretenden es seguir enterrándola. Decían que la planta era para transferir desde camiones chicos, los “cola de pato” que andan circulando por todos lados juntando residuos y compactándolos, a camiones más grandes donde se compacta más y economizan combustible para llevar la basura. El proyecto es que todo lo del Gran Buenos Aires y la Capital vaya a “Norte 3”, que es un basurero que está en José León Suárez. Eso no es ningún tipo de política respecto a la basura. Es sacarla de un lado y ponerla en otro. Residuos de la dictadura Tampoco hay políticas para sanear el daño que ya hicieron. Fue emocionante escuchar a docentes que viven acá y trabajan en Catán, cuando nos contaban en el estado que venían los chicos. Todos con dermatitis, problemas de la vista, en las vías respiratorias, casos de leucemia, enfermedades conmovedoras. La reacción de los vecinos es cada vez más contundente. Llevamos seis cortes de la Autopista Richieri, represión de Gendarmería incluida, dos bloqueos del centro de San Justo, ni siquiera nos denominamos “Movimiento Ambientalista”, somos vecinos autoconvocados de Ciudad Evita contra el Ceamse, uno de los muchos residuos que dejo la dictadura militar. Los vecinos de Catán tienen claro que la lucha nuestra es la misma. Nosotros participamos en las medidas que toman ellos y ellos participan en las asambleas y medidas que tomamos nosotros. Ciudad Evita está en la Autopista Richieri, a la altura del Camino de Cintura, donde está esa iglesia enorme de los mormones. Está el Club Deportivo Italiano, cuyos jugadores salen a la cancha con los pasacalles que dicen “No al Ceamse en Ciudad Evita”, porque después de muchos años de trabajar para conseguir el predio, a Deportivo Italiano lo hunden en el medio de la basura. Seguir enterrando basura es la “no política”. Scioli dijo que había que abrir una docena nueva de basurales, el tema es que no los pueden abrir, porque en todos los lugares donde quieren abrir un basural la gente se opone, sale, protesta. Los intendentes no quieren saber nada, porque no quieren tener un despelote en puerta. Tuvimos dos reuniones donde vino el “Jefe de Gabinete de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de La Matanza”, que nos trató de explicar las 210
bondades que tenía la planta de transferencia. Nos dijo que había dos tipos de “tecnología de punta”, una era por “compactación”, otra era por “gravedad”. Tecnología de punta La compactación la descartaban porque los vecinos se oponían a los líquidos lixiviados que iban a caer en la zona, con los olores y contaminación que eso trae. Entonces, la tecnología que habían elegido era la de gravedad, y mostraron un camioncito que tiraba la basura en el camión más grande. Los vecinos le preguntamos si nos estaban tomando el pelo. Tecnología de punta no puede ser la “ley de gravedad” de Newton, que la descubrió hace cientos de años. El método que usaban es el método que usa mi nieta de 4 años cuando pasa arena de un camioncito a otro en la playa. Hubo una segunda reunión. Estábamos mejor preparados. Nos enviaron al “Secretario de Medio Ambiente”, a funcionarios de la cuenca Matanza-Riachuelo, al “Subsecretario de Gobierno de la Municipalidad”, estaban todos los de la plana mayor del Gobierno Municipal y la plana mayor de Medio Ambiente. No aportaron nada. Seleccionaban las preguntas que estaban por escrito y cuando los vecinos planteaban que las estaban tirando a la basura, fue una “ecatombe”. Habíamos tenido la previsión de llevar un escribano. Aparte de los funcionarios y un locutor, había un montón de caras que no veíamos en las asambleas, pero que eran “corpulentos”. Empleados municipales o punteros políticos que venían a patotearnos. Frente a los gritos de la gente de “No al Ceamse”, uno de los funcionarios tuvo la idea de decir: “¿Quiénes están a favor de la instalación de la planta y quiénes están en contra?”. A pesar de toda la gente que habían llevado, fue abrumadora la mayoría que votó en contra. Terminamos cortando Ciudad Evita en tres lugares distintos. Zona de Conflictividad Social En una de las charlas se escaparon las razones por las cuales habían elegido a Ciudad Evita. Por un lado el tema del costo del combustible, ya que el gasoil es muy caro y la vida de nuestros hijos es muy barata. Entonces, como tenemos la Richieri, pueden traer la basura de Capital. Tenemos el Camino de Cintura, que es la Ruta 21 que viene de La Ferrere. La segunda razón por la que eligieron Ciudad Evita fue 211
por la “baja conflictividad social”. El Gobierno consiguió revertirla. La convirtieron en una zona de “altísima conflictividad social”. Te encontrás con carteles “No al Ceamse” escritos a mano, impresos, dibujados, pero con una sola consigna: “No al Ceamse, No a la planta de transferencia”. Intentaron colocar pasacalles diciendo “No al Ceamse, Sí a la planta de transferencia”, firmando “Vecinos Unidos de Ciudad Evita”. Omitían “unidos a la gobernación, a la intendencia”. Otra muestra de ignorancia, ya que el Ceamse es quien operaría la planta de transferencia. Lo que más contamina no es la bolsita de basura que sacamos, sino los residuos industriales. Hicieron análisis del agua en González Catán y la conclusión fue que había que llevarle un bidón de agua a cada familia por día, que al margen de no alcanzar, cubre solamente la parte alimentaria, pero la gente se tiene que seguir bañando con el agua contaminada, con metales pesados, con venenos, con plaguicidas. Es posible reciclar hasta el 90 por ciento de la basura. El Ceamse actúa a través de tercerizadas. Una de las principales empresas con la que terceriza los servicios es Techint. En el tema de la recolección de residuos estuvo en su momento Macri, estuvo Roggio, Bulgueroni, la burguesía nacional que supuestamente hay que reconstruir. Nosotros creemos que hay que reciclar toda la basura. No hay nada que no sea aprovechable. Morir dos veces No vamos a dejar que coloquen la planta en Ciudad Evita. No queremos el Ceamse. Ciudad Evita fue pensada por Evita. No soy peronista, y no quiero faltarle el respeto con esto nadie. Fue pensada por Evita, diseñada con la silueta de Evita. Cualquiera que mire un mapa de Ciudad Evita, ve el rodete, las calles circulares, el perfil de Evita, el ojo de Evita, la nariz de Evita, el mentón de Evita. Ahora pareciera que quieren completar la obra colocándole el tumor. Ese tumor es el Ceamse. Para contactarte con los Vecinos Autoconvocados de Ciudad Evita prensa.noplantaevita@gmail.com Más información sobre Ciudad Evita http://www.vecinosciudadevita.com.ar Agite Después de Usar - http://agite.ourproject.org 212
REBELIÓN
El obierno de Asturias incentiva rentabilizar el capital con nefastas inversiones en perjuicio de la salud, el empleo y el medioambiente
La incineración y el reciclaje en cifras Por: Miguel Ángel Llana Fecha de publicación: 10/05/2010 -Rebelión
Si comenzamos por considerar a los residuos como “basura”, estamos anticipando, despectivamente, que nos estorban, que hay que deshacerse de ellos de cualquier manera sin que importe cómo ni tampoco las consecuencias que pueda originar el procedimiento elegido. Pero, sucede, que los residuos no son “basura” sino valiosas materias primas que, además, escasean; no son más que los restos de los productos utilizados para la alimentación y las necesidades domésticas. Los recursos de la naturaleza son limitados, los bosques se reducen y las tierras de cultivo sobre explotadas se empobrecen. Por otra parte, el suelo y atmósfera no son un basurero en donde podamos ir echando sin parar cada vez más y más “basura”. El problema no está tanto en los residuos -en la basura- sino en las prioridades establecidas que comienzan por las grandes inversiones al servicio de intereses políticos y económicos. Para dar una respuesta adecuada es necesario conocer en detalle de qué estamos hablando y ver el alcance de determinadas decisiones y, también, cómo y por qué se han tomado y qué responsabilidad o irresponsabilidad hay en ellas. Hay datos suficientes para poder tener una opinión con cierta consistencia. Asturias, como cualquier otra comunidad, genera al año 517.000 toneladas de residuos domiciliarios, 479 kg por habitante y año, de los que sólo recicla el 9,9% y, el resto, 466.000 toneladas, van al vertedero. Destacan 196.000 toneladas de residuos orgánicos (38%) y 107.000 toneladas de papel y cartón (20,6%). Los plásticos y los textiles llegan casi al 11% cada uno, mientras que el vidrio sólo es el 5,6%, los metales el 3,6% y otros residuos el 10,5% restante. Estos residuos sólo representan el 12,4% del total de los residuos regionales. Con la basura domiciliaria sólo caben dos soluciones: eliminarla por incineración o en vertedero, o recuperarla. Enterrarla como se está 215
haciendo es más “aceptable” que incinerarla como se pretende, porque es “tirar” al aire, a la atmósfera, el 70%, principalmente en forma de CO2, dioxinas y polihalogenados y, el 30% restante, son cenizas que han de ir al vertedero. Pero sólo se pueden quemar las 219.000 toneladas de papel, cartón, plásticos y textiles, el 42,3% de los residuos, con una escasa producción de energía eléctrica ya que la eficiencia energética neta de las incineradoras sólo es del 15,3%, de modo que, además, se obtiene mucha menos energía que la necesaria para obtener los productos quemados pero, eso sí, con mucha más contaminación. El reciclado y la reutilización es la única solución sostenible, no presenta contraindicación alguna y favorece al medio ambiente y a la salud. Sin grandes inversiones de capital puede proporcionar mil puestos de trabajo directos, mientras que una incineradora de 450.000 toneladas apenas llegan a 80. El tratamiento adecuado de la “basura” es una fuente de riqueza próxima y propia que, además del empleo directo, genera otros empleos necesarios para poner en el mercado, de forma adecuada, las materias primas recuperadas. Sirva de ejemplo y de modelo una ciudad tan poco sospechosa como San Francisco, en California que, planteando una combinación de estrategias tan simples como factibles, ya fijó como objetivo en el 2003, llegar a cero residuos para el 2020. El tratamiento de los residuos domésticos está regulado, incluso a nivel de la UE, aunque en Asturias, como en la mayor parte de las comunidades, poco o nada se ha hecho. La recuperación de residuos ya tendría que ser del 50% (frente al actual 9,9%) y del 75% en pocos años. Tampoco hay planteamiento alguno respecto a la nueva Directiva Marco de Residuos 2008/98/CE que ahora entra en vigor para desarrollar la política a seguir. En el “Artículo 4. Jerarquía de residuos”, establece el orden de prioridades para la gestión de los residuos comenzando por la prevención, la reutilización, el reciclaje y la digestión anaeróbica, de tal modo que incluso previene a las autoridades responsables que tendrán que demostrar en base a qué criterios o jerarquía de valores deciden saltarse el orden establecido en la Directiva si optan por comenzar por la eliminación por incineración, que es la forma más dañina posible. Como los objetivos de la recuperación están bien definidos,
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las sanciones serán inevitables ya que se plantea la construcción de la incineradora de espaldas a la Directiva. El tratamiento de los residuos no es ninguna alta tecnología, pero sí requiere una laboriosa planificación para gestionar tanto la recogida como su posterior comercialización. Sin apenas inversión y con la creación de diez veces más puestos de trabajo directos, más los derivados del acondicionamiento de los residuos tratados y más allá de una apuesta por una política ecológica y sostenible, es un desafío para la capacidad de organización y planificación del Gobierno. Pero, contrariamente, sin planificación alguna, lo “fácil” es invertir 400 millones de euros en una incineradora, porque se trata de un gran negocio y sólo hace falta “adjudicarla”, aunque así se vaya en contra de numerosos intereses sociales y sea un temerario desafío a las leyes regionales, estatales y a la citada Directiva de la UE. En medio de una situación económica y social tan complicada que no para de degradarse, el Gobierno asturiano desperdiciando otras ventajas económicas y sociales, se plantea una millonaria inversión similar a la necesaria para la construcción del HUCA (Hospital Unuversitario Central de Asturias). Y, no sólo no hay una apuesta por una economía social y de mayor respeto por el medio ambiente y por la salud, sino que en sentido contrario, se vuelve a la prodigalidad en las cuantiosas inversiones improductivas de capital. No sólo se trata de un despilfarro, sino de una afrenta a los ciudadanos. Nota: Dentro del Gobierno de Asturias formado por la coalición del PSOE-IU-BA-LV, algunas personas pertenecientes a IU-BA-LV se han mostrado en contra de la incineradora pero, como en tantas otras ocasiones, se olvida que mientras se está en el Gobierno las decisiones son colegiadas. En éste como en tantos otros graves problemas y discrepancias, las amenazas de romper el pacto de gobierno o de medidas similares, nunca han pasado de amenazas. www. asturbulla.org
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Basura cero, de sueño idealista a meta realista Por: Joseba Vivanco Fecha de publicación: 13/03/2010 - Gara
El premio Goldman, el Nobel del medio ambiente, recayó en 2009 en Yuyun Ismawati por su trabajo en contra de la incineración de residuos y a favor de la aplicación de programas Basura Cero en Bali. ¿Les suena esta filosofía? En Usurbil sí. Y lo mismo en decenas de pueblo y ciudades en el mundo. Yes, we can, parafraseaba a Obama el químico estadounidense Paul Connett en una visita a Catalunya. Él es un firme detractor de la incineración como sistema para gestionar los residuos, pelea en la que lleva implicado más de un cuarto de siglo. Y un enrocado defensor, al mismo tiempo, de la filosofía conocida como Basura Cero. «Desde el punto de vista de los ciu- dadanos, la basura se hace con las diez cosas que tenemos en los extremos de nuestras manos y si queremos una solución con la que nosotros y la tierra podamos convivir, son esas diez cosas las que tienen que ser elegidas en primer lugar. En resumen, la basura se hace mezclando y se previene manteniendo los desechos separados en origen», defendía en su recurrido manual ``Agenda ciudadana hacia la Basura Cero’’ (1991). El respaldo popular del vecindario de Usurbil a esta política de reciclaje, lo mismo que la apuesta hecha por otros municipios como Hernani u Oiartzun, no es sino otra reafirmación más de una alternativa que desde hace tiempo, y no sólo ahora en unos testarudos pueblos guipuzcoanos, dejó de ser un sueño idealista para convertirse en un objetivo realista. La primera población en aplicar esta recogida de basura puerta a puerta no fue ningún pequeño pueblo o aldea. Fue la city australiana de Camberra, la cual en 1995 legisló y se planteó como meta llegar a 218
2010 sin «ningún desecho», aunque la fecha ha llegado y haya alcanzado «sólo» el 74% del reciclaje. Fue una decisión, la de Camberra, que coincidió casi en el tiempo con la de otra gran urbe, la ciudad de San Francisco, que en una década llegó a reducir sus residuos a la mitad. El de la ciudad estadounidense es un ejemplo que han seguido otros. Sus números la avalan y es que logró pasar de un 10% de residuos reciclados en los años noventa al 70% actual. Tiene 800.000 habitantes, pero cada día 1,3 millones de personas se mueven en sus calles. «Una clave para la participación de los ciudadanos en los programas de Basura Cero es que las demandas sean claras y fáciles de cumplir», defendía hace unos años uno de sus coordinadores, Jack Macy. Con él coincidía otro de los responsables durante cinco años de este programa, Parin Shah, al explicar que «una cosa que aprendimos en los programas de educación pública es que la gente no es muy astuta cuando es perezosa. Así que cuanto más fácil hagas el programa, va a ser más probable que participen». Ésa es una de las claves. San Francisco inició en 2002 un programa para llegar a Basura Cero en 2020. La meta obedece a una ley del estado de California, de 1989, que penaliza con hasta 10.000 dólares diarios a los municipios que incumplan los objetivos. En los edificios tienen cestos pequeños en sus departamentos, para después despositar esa basura en la calle en uno de los tres cestos más grandes. El programa está constituido con tres tipos diferentes de residuos. Cada uno, un cesto. Uno es la basura en general; otro, los reciclables, papel, plástico, vidrios, todo; y el otro son los orgánicos. Los camiones pasan una vez por semana. La ciudad no paga nada. La empresa cobra a las viviendas por el cesto de basura. Si tienes un cesto muy grande, pagas más al mes; si tenes uno pequeño, que es la mitad del otro, pagas menos. Y también hay que pagar más si pides una recogida más frecuente. Después, la empresa vende los productos y devuelve dinero a la ciudad para que lleve adelante programas de educación sobre reciclaje y compostaje. Resulta básica la importancia que se da a los programas de educación pública, sufragados con un buen presupuesto. Aun así, 219
uno de los peros es que la generación de basura en este estado californiano no ha dejado de crecer. Pero hoy, medio centenar de comunidades en EEUU han seguido el paso de la pionera californiana. Berkley, Nueva York, Seattle... todos aplicando el proyecto Basura Cero en menor o mayor medida. Su vecina Canadá es otra de las referencias a nivel mundial en esta forma de recogida. En las ciudades implicadas, a aquéllos que no cumplan con la ley de reciclar sus desperdicios o de tener una trituradora en el fregadero se les sanciona con una multa. Más de veinte lugares lo tienen asumido, entre ellos Ontario y Toronto, siendo Halifax, capital de Nueva Escocia, con casi un millón de habitantes, un espejo a seguir para sus convecinos canadienses. De Yokohama a Monza «Basura Cero es una necesidad en una sociedad tan consumista como la nuestra, y está probando generar muchos beneficios y reducir muchos riesgos una vez que se entra en el camino hacia esa dirección. En realidad, la falacia es creer que podemos consumir y destruir recursos infinitamente en un planeta finito», respondía a GARA, hace tres años, en una visita a Euskal Herria, la activista argentina Cecilia Allan, de la Alianza Global para Alternativas a la Incineración. Así se lo han debido de tomar, por ejemplo, en Japón. El paraíso de reciclaje, dicen algunos. Veamos un ejemplo. ``No a los residuos, no se quieren’’, podría ser el lema de Kamikatsu, un pequeño pueblo montañés en la prefectura de Tokushima. Aquí no hay camiones de residuos. La basura domiciliaria que los habitantes no convierten en compost la llevan hacia una instalación de recolección, separando los elementos reutilizables y reciclables. La meta del pueblo, como muchos otros que apuestan por esta filosofía a lo largo y ancho del planeta, es eliminar los residuos para el año 2020. Este movimiento data del año 2001, cuando una incineradora de basura que había sido instalada en el pueblo en 1998 incurrió en incumplimientos de los estándares de control de dioxinas. El entonces alcalde Yoshio Yamada decidió cerrarla con el interés de prevenir que se produjera más contaminación ambiental. Ello condujo al proyecto 220
de Basura Cero. En Kamikatsu, los residuos se clasifican en hasta 34 categorías, tales como latas aluminio, botellas, pañales, periódicos y volantes, pilas... Hablamos de un municipio de un par de miles de habitantes. Pero ¿y Tokio? La capital nipona genera 12.500 toneladas de basura al día, menos que Nueva York, pero el doble de Londres. Allí, se selecciona la basura combustible y la no combustible. La primera se recoge dos o tres veces a la semana -así que mejor comer el pescado el día antes-; la otra, sólo una, y un día más para el papel. ¿Problemas? Sí, los cuervos que rebuscan en las bolsas, por lo que éstas se depositan en zonas protegidas con mallas. En Yokohama, otra ciudad neurálgica, llevan un tiempo ya siendo muy celosos con la basura que generan. Lo hacen desde 2002, cuando se marcaron el objetivo de reducir los residuos no reciclables al 30% para 2010. Separan la basura en hasta once grupos. ¿Que cuesta seguirlo a rajatabla? Claro, sobre todo al principio, pero... todo sea por Yokohama. Como recuerda siempre el activista Paul Connett, «Basura Cero requiere de un cambio de mentalidad». Desde luego, el objetivo de esta filosofía no es tan sencillo como depositar la bolsa de basura en un contenedor y olvidarse de todo. «Yo me encargo de todo», es el lema de las administraciones. Basura Cero supone una implicación institucional, pero sobre todo de la ciudadanía. La italiana de Monza es uno de los ejemplos a seguir en Europa. Implantó el sistema nada menos que en 1993 y ya en 2007 separaban la mitad de los desechos. Hacerlo en un pueblo de mil habitantes puede resultar menos complejo, pero Monza es un éxito, y allí viven 100.000 personas. Catalunya es otro de los iconos internacionales en la materia. Tiana fue la primera localidad en implementar la recogida puerta a puerta en el año 2000. Y sigue con éxito. Lo mismo que muchas otras entidades catalanas, a pesar de la propaganda en contra de políticos como los del pueblo de Vilassar de Mar, que instaló la medida en 2006 y CiU la suprimió dos años después. Pero casi un centenar de municipios catalanes lo aplican.
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Hay ejemplos en municipios de Valencia, Asturias... Más de 1.800 comunidades locales lo practican en Italia, les han copiado ciudades como Aarhus (Dinamarca), Niort (Estado francés) o Tralee (Irlanda). Pero también se han puesto a ello capitales europeas como Bruselas, Munich o Viena. O un referente habitual, el de Buenos Aires, donde desde 2005 rige una ley que prohíbe la incineración y persigue el objetivo de Basura Cero para 2020, aunque la implicación de las autoridades no parece todo lo deseable. La clave, el compromiso Los casos más próximos a nosotros, como Usurbil, Oiartzun o Hernani, no hacen sino seguir una apuesta que ya hacen otros en otros lugares. Uno de esos últimos en sumarse es un municipio italiano de apenas 45.000 habitantes, Capannori. Allí han diseñado un plan para sus residuos, pero también para modificar su estilo de vida. En febrero de 2005 comenzaron con el plan piloto del puerta a puerta. Un año después, la recogida domiciliaria se había extendido a un área de 10.000 habitantes y 610 comercios y empresas. ¿Su sistema? Tres veces a la semana, recolección de residuos orgánico; dos, de residuos multimateriales; y una vez, recolección de papel y cartón y de residuos indiferenciados; recolección mensual para los aceites usados; recolección personalizada para pañales para niños y adultos mayores; y recolección con predotación para residuos de poda y jardín. Todo ello sumado con una política global de concienciación. Comunidades, pueblos, ciudades... y un país. Nueva Zelanda tiene legislada esta filosofía de reciclaje y objetivos. Allí nació Zero Waste Alliance (http://zwia.org/zwc.html), que propone implementar prácticas para reducir los desechos. «La clave para tanto éxito ha sido la aceptación y compromiso de la ciudadanía. Se ha apostado mucho en términos de recursos humanos, financieros y de tiempo», insistía el concejal de Medio Ambiente del ayuntamiento de Capannori, Eugenio Baronte. Las claves están, pero tampoco es fácil. «No quisiéramos dar la impresión que alcanzar la meta de Basura Cero, o incluso acercarse a ella, va a ser fácil», advierte Paul Connett. Pero eso sí, añade convencido, «por más trabajosa que 222
pueda parecer la tarea, el enfoque de Basura Cero está llevando a nuestra sociedad en la dirección correcta». Fuente: http://www.gara.net/paperezkoa/20100307/186786/es/Basura-cerosueno-idealista-meta-realista
El Gobierno de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón atentando contra el medio ambiente y la salud, apuestan por las grandes inversiones, no por el empleo
Se incineran recursos, no basura Por: Miguel Ángel Llana Fecha de publicación: 15/03/2010 - Rebelión
Se propone la incineración como método ineludible para poder eliminar los residuos urbanos añadiendo que se pueden obtener “energía” y que carecen de efectos perjudiciales porque técnicamente todo el proceso está controlado. Sin embargo, sólo se aporta como argumento la limitación de los vertederos pero sin ningún otro dato sobre las consecuencias de la incineración. Tampoco se plantea ninguna otra solución como pudiera ser el reciclado, la selección, una política de reducir embalajes y envases o cualquier otra alternativa. De este modo, la propuesta cerrada y sin argumentos para incinerar -es decir, quemar, destruir- como única solución, es una imposición y, así planteado, no cabe la discusión. Pero sí hay, sí existen, otros planteamientos, otras consideraciones y, sobre todo, serios motivos para adoptar otras medidas. Sí hay datos que apoyan el tratamiento de las basuras y no su incineración, cuando además, las basuras urbanas no son el problema. El total de residuos recogidos en Asturias en 2009 fue de 4,2 millones de toneladas, sólo 526.000 toneladas fueron residuos urbanos de los que sólo se han reciclado el 10%, una cantidad irrisoria muy por debajo de cualquier cifra razonable. El volumen importante de los residuos son escorias, cenizas y otros deshechos procedentes de las centrales térmicas y de actividades industriales como lo son la metalurgia del hierro, aluminio, zinc, etc.
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Los residuos urbanos sólo representan el 12,5% del total y, si además, pueden ser reciclados hasta en un 70% o más, ¿dónde está el problema? Con la incineradora prevista de 450.000 toneladas/año, supondría “quemar” el 86% de los residuos urbanos lo que implicaría una renuncia expresa del reciclado. Y, la incineradora también generaría más de un 20% de residuos sólidos, además de toda la contaminación atmosférica, es decir, lanzaría al aire un 80% de los residuos y al vertedero un 20% de cenizas altamente concentradas más difíciles de tratar que el 30% de residuos no reciclables. Muchas y muy variadas son las razones, y las necesidades, para apostar decididamente por el aprovechamiento exhaustivo de los residuos. Porque los recursos de la Naturaleza son escasos y, algunos, ya han entrado en la fase de agotamiento. En cambio, la actividad económica y el planteamiento político actúa y se comporta como si fueran ilimitados y, en el caso de los que son renovables, como si su capacidad de recuperación fuera instantánea y no de siglos. Y, aún habría que añadir el deterioro sobre el medio ambiente en el que vivimos y que afecta a la propia salud. El actual modelo de “usar y tirar” no es sostenible, agrede al medio ambiente y despilfarra las limitadas materias primas; unas porque provienen de yacimientos que tienen unas reservas concretas y, otras, porque aún siendo renovables, lo son a muy largo plazo. A diario extraemos recursos para transformarlos en productos de los que apenas aprovechamos una pequeña parte y, el resto, es catalogado como “basura” creando, además, un grave problema dada su gran cantidad y poder contaminante. Aparte de la necesidad de una política que limite envases y embalajes, el reciclaje es obligado, no sólo para resolver el problema de la cuantiosa basura generada sino, precisamente, para convertir esta “basura” en recursos útiles mediante el adecuado tratamiento. Sin aportar argumento alguno, salvo el inexistente agotamiento de los vertederos, la incineración no es más que desperdiciar una importante fuente de materias primas tan necesarias en la agricultura y para otras actividades industriales. La incineración produce una importante emisión de dioxinas, furanos, CO2 y otras micro partículas, cenizas volantes, extremadamente nocivas para la salud. 224
Quemar y destruir no es ningún invento y, mucho menos, una solución propia de una comunidad que se dice “desarrollada”. En tiempos de crisis y de paro se plantea una incineradora de 250 millones, más sobrecostes, -negocio seguro para algunos- que han de pagar los ciudadanos y que choca frontalmente con la recogida selectiva de la basura urbana que, además, crearía numerosos puestos de trabajo. El estilo depredador –incendiario, destructor- se ha apoderado del modelo económico y de los dirigentes políticos hasta tal punto que lo que es rentable y aprovechable lo han convertido en un problema y, que además, es mucho más costoso. Se relegan avanzadas técnicas de selección y reciclaje para recurrir a lo “fácil” como es quemar en vez de propiciar el reciclaje selectivo y la reutilización. El modelo agrícola industrial intensivo y extensivo ejerce tal presión sobre el suelo que ha provocado una pérdida masiva de materia orgánica y de fertilidad que se intenta suplir con abonos químicos que nunca podrán aportar los nutrientes orgánicos necesarios. Cuanto más se satura el suelo con abonos nitrogenados tanto más reducen su fertilidad, la retención de agua y de CO2, todo ello como consecuencia directa de la pérdida de materia orgánica provocada por los abonos químicos. En las últimas décadas, los 60 o 70 minerales que el suelo aporta a las frutas, hortalizas, etc, se han reducido a casi la mitad dada la pérdida de minerales y de materia orgánica. Los productos orgánicos contenidos en la basura debieran recuperarse, mediante el compostaje, para mejorar la fertilidad de los suelos cultivados y no para ser destruidos, quemados. Y, aún habría que añadir que los fertilizantes actuales provienen principalmente de los combustibles fósiles, para mayor incertidumbre. A nivel mundial, la explotación de los yacimientos del conjunto de los minerales ya han superado el 60% de sus reservas y, en algunos casos, sólo quedan minerales para 20 años, pero, en cambio, sólo se reciclan, se recuperan, menos de la mitad de los metales consumidos. Esta situación se agrava porque una buena parte de los yacimientos se encuentran “concentrados” en China, Australia y África del Sur. El rendimiento energético neto de la incineración es desfavorable porque aunque sí es posible obtener energía con la combustión y fermentación de estos residuos, siempre va a ser menos energía de la 225
que será necesaria para volver a obtener estos productos. Todo ello sin contar con que el 80% de la basura quemada, no desparece, se lanza al aire, al agua y a los cultivos.
Las empresas envasadoras confunden a la opinión pública sobre los residuos de envases Amigos de la Tierra Fecha de publicación: 24/01/2009 - Rebelión
Ayer, martes 20 de Enero, Ecoembes presentó su “Catálogo para la prevención de residuos de envases”, que recoge 40 ejemplos de acciones desarrolladas por las empresas para minimizar los impactos ambientales que sus residuos de envases provocan. Dichas medidas están encaminadas principalmente (64%) hacia la reducción del peso de los envases y embalajes, mediante el aligeramiento del peso de los mismos, cambiando su diseño y materiales de fabricación. Por otro lado, la reutilización, supone únicamente un 21,7% de estas medidas. Amigos de la Tierra considera que este tipo de mensajes confunden a la ciudadanía pues simplifican las 3 R´s a sólo una: Reciclar. Las empresas fabricantes de envases, por la naturaleza de sus intereses, no son los actores más adecuados para poner en marcha campañas de prevención reales: la prevención de la generación de residuos de envases sólo es posible mediante la reducción del consumo de los mismos (no únicamente de su peso), la reutilización (en todos los ámbitos, desde el domicilio a la industria, con materiales que lo permitan) y, por último el reciclaje de todos aquellos envases que sea imprescindible consumir. El mensaje de la industria envasadora es falsamente esperanzador: a pesar de la reducción en peso de cada envase, se ha aumentado de manera exponencial el número de envases en las estanterías de los supermercados y por ende los residuos de envases, por lo que las medidas de prevención alabadas por Ecoembes representan una cortina de humo. En España, desde que apareció la ley de envases en el año 1997, 226
y hasta la fecha que marca Ecoembes para sus planes de prevención, 2006, la población ha pasado de producir 140 Kg a 170 Kg de residuos de envases por persona y año, según fuentes del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Gran parte de este aumento se debe a la cada vez mayor cantidad de envases puestos en el mercado, cuyo destino obligado es el cubo de basura, en la mayoría de los casos inmediatamente después de la compra. Según Alodia Pérez, responsable del área de residuos de Amigos de la Tierra:” tomando como premisa que la reducción significa disminución real de la cantidad global de los residuos a gestionar, solicitamos a la industria envasadora que deje de engañar a la ciudadanía con sus falsas soluciones y que incorpore en sus políticas de producción y gestión de los residuos la R de Responsabilidad, para que no ponga trabas a la necesaria reflexión de la población sobre sus hábitos de consumo, las “necesidades” creadas y las posibles alternativas. “ Para más información: Teresa Rodríguez Pierrard, Prensa de Amigos de la Tierra: 680 936 327 – 913069900 Alodia Pérez, Responsable de Residuos de Amigos de la Tierra, 913069921 – 649420922
Cubillos del Sil (León) vive un sueño con ribetes de pesadilla
El pueblo que Zapatero quiere que sea ejemplo contra el cambio climático está rodeado de contaminación Por: Danilo Albin Fecha de publicación: 31/03/2010 - Interviú - Rebelión
El Gobierno decidió que este pueblo sirva de base para la primera planta de captura de CO2 y de centro español contra el cambio climático Aquí, en vez de usar el dinero para progresar, lo hacemos para todo lo contrario”. Tomás Ramos es concejal de Cubillos del Sil por el Movimiento Alternativo y Social (MASS). Cuando le preguntan por el
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presupuesto municipal, se pone entre sonrojado y rabioso: tres millones de euros para 1.600 habitantes. No en vano, Cubillos tuvo fama de ser el pueblo más rico del Bierzo. Hoy su nombre sale de León, pasa por Madrid y retumba en Bruselas: la Unión Europea ha aprobado una ayuda de 180 millones de euros para el proyecto de captura de CO2 que impulsa Ciudad de la Energía (Ciuden), una fundación promovida por el presidente Rodríguez Zapatero para demostrar la viabilidad de la combustión limpia del carbón. El dinero recaerá en la planta de Cubillos, una localidad muy castigada por la contaminación. Sin embargo, los planes de La Moncloa van mucho más allá de las fronteras de este pequeño pueblo. El denominado Programa de Tecnologías de Oxicombustión y Captura de CO2 busca conseguir que España “alcance una posición de liderazgo en el contexto europeo e internacional, construyendo y operando en Cubillos del Sil la mayor planta piloto experimental de la UE”. Según consta en los documentos de Ciuden, la captura y almacenamiento consistirá en la separación del dióxido de carbono “presente en los gases emitidos por la industria”, concretamente en centrales térmicas, “para transportarlo e inyectarlo en formaciones geológicas adecuadas y seguras para confinarlo por un tiempo indefinido”. Algo así como un cementerio de dióxido de carbono. Para efectuar la captura se emplearían unas complejas técnicas de oxicombustión, mediante las cuales “la combustión se realiza con oxígeno y no con aire, lo que hace que los gases de combustión estén constituidos casi exclusivamente por CO2 que se separa de forma relativamente sencilla”, explica la fundación en uno de sus manuales. A su juicio, “se trata de una tecnología altamente prometedora”, y por ella se decantarían en la planta de Cubillos del Sil. En julio pasado, Ciuden y Endesa –cuya central térmica de Compostilla está situada junto al terreno en el que se construye la planta– formaron una sociedad mixta para explotar esta tecnología experimental. Ahora falta saber dónde se enterrará el dióxido de carbono y cómo se trasladará hasta ese cementerio. Los expertos del Instituto Geológico y Minero de España están buscando la localización idónea para ese enterramiento. Hace algunos días, los portavoces de Ciuden insinuaron que la Cuenca del Duero podría reunir las condiciones necesarias. Se 228
trata de una técnica muy discutida que no cuenta con el visto bueno de los ecologistas. “No se puede garantizar un almacenamiento seguro y permanente del CO2. Pueden producirse fugas, incluso de muy baja entidad, que podrían poner en riesgo todos los esfuerzos por mitigar el cambio climático”, dice la integrante de Greenpeace Sara Piccinato, que cuenta con un informe en el que advierte que se trata de una “tecnología que todavía no está probada, cara y potencialmente peligrosa, que no debería servir como excusa para continuar construyendo centrales térmicas de carbón bajo la promesa de que estén preparadas para capturar”. A pesar de las críticas de los ecologistas, en Cubillos del Sil nadie se anima a disparar contra este proyecto. “Queremos creer en las promesas que nos hizo Zapatero”, dice el concejal del MASS, Tomás Ramos. Sin embargo, el edil apunta que el presidente había prometido que esta planta experimental se instalaría en el polígono del pueblo, pero finalmente se eligió el terreno situado junto a la térmica de Endesa. “Se trata de una parcela calificada como rústica, con protección agropecuaria, y sale más barato montarla allí”, se queja. Ramos asegura que el Ayuntamiento, en manos del PSOE, firmó un acuerdo con Ciuden en el que se comprometió a recalificar los terrenos, “convirtiéndolos en industriales y corriendo con los gastos que ese cambio conlleva”. Según este concejal, la última factura abonada por el Ayuntamiento marcaba 50.000 euros. “Es ilógico. Si el Ayuntamiento corre con estos gastos, el convenio debería establecer que habrá un porcentaje de empleos para el municipio”, critica. El terreno del polígono industrial de Cubillos en el que se iba a instalar Ciuden tendrá otro destino también polémico. Allí se instalará Aqualdre Zinc, una empresa que se dedicará al tratamiento de 100.000 toneladas anuales de polvo de acería. La Junta de Castilla y León ya otorgó la licencia ambiental para esta fábrica, que requerirá una inversión cercana a los 36 millones. La plataforma Bierzo Aire Limpio, compuesta por ecologistas y colectivos vecinales, ha iniciado una campaña para tratar de frenar su llegada “a una zona donde la calidad del aire ya es muy baja”, indican Luis Fernández y Carmen Núñez, sus portavoces.
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Los opositores a este proyecto se basan en un informe de los propios técnicos del Ayuntamiento, en el que señalan que “la instalación es potencialmente contaminante del suelo, el aire y el agua”. “En plantas similares ya se han dado situaciones de entrada de polvos de acería que contienen metales radiactivos”, advierten, remarcando que esto no se menciona en la documentación de los empresarios. Cuando trascendió que Aqualdre Zinc se instalaría en la zona, Darío Vidal –ecologista– llevaba meses luchando contra los planes de la cementera Cosmos, situada cerca de Cubillos, que pretende dedicarse a la quema de residuos. “Aquí nadie piensa en el futuro de esta zona y sus verdaderas posibilidades de crecimiento”, lamenta. El Bierzo cuenta con seis sellos de calidad para productos agroalimentarios. Pablo Linares, que representa a las Denominaciones de Origen de manzanas, peras y castañas, advierte que el modelo de desarrollo industrial que se promueve en la comarca “solo servirá para agravar la despoblación rural”. Los efectos de esta contaminación hacen temer al bodeguero Ricardo Palacios. Su apuesta por un vino ecológico le ha llevado a producir 400.000 botellas anuales, de las que un 70 por ciento se consumen en mercados extranjeros. “Con el aire que respiramos y, por lo visto, seguiremos respirando, será complicado apostar la agricultura ecológica”, subraya. Elvio Rodríguez, un vecino que no puede consumir ni vender las uvas de su viña, asegura que los racimos quedan cubiertos de carbón, procedente de las gigantescas montañas de mineral que pertenecen al empresario Victorino Alonso. Cuando el viento sopla más fuerte, un humo negro inunda el pueblo. “Imagínese cómo se quedan mis pobres uvas”, dice el dueño de los inutilizados racimos. En enero de 2008, un juez de León sentenció que Alonso tenía que indemnizarlo con 1.059,63 euros por la cosecha perdida. Protesta con camiones Este empresario también está en el ojo del huracán por la singular protesta que desarrolla desde agosto: ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo con Endesa sobre el precio del carbón que se apilona cerca de las uvas de Rodríguez, Alonso mantiene cerca de 40 camiones aparcados en el vial que lleva a las instalaciones de Endesa. “No solo está perjudicando a la térmica, sino que también dificulta las labores de los 230
camiones que transportan materiales para la obra de la planta de CO2”, se queja el concejal Tomás Ramos. El representante del MASS dice que a veces, cuando mira a su alrededor, “dan ganas de hacer las maletas”. En su listado de cuentas pendientes figura la denuncia que presentó ante un juez por la contaminación provocada por una fábrica de plásticos “que trabajó tres años sin permisos” y que hoy, cuando ya han pasado más de doce meses de su cierre, mantiene toneladas de residuos abandonadas. El recinto de aquella fábrica se ha convertido en uno de los símbolos de este pueblo en la lucha contra la contaminación. “Si nos vieran en Kioto…”, comenta un parroquiano mientras mira por la rendija de la planta. Fuente: http://www.interviu.es/default.asp?idpublicacio_PK=39&idioma=CAS & idnoticia_PK=60658&idseccio_PK=547&h=100215
Esa inocente coca-cola… Por: Gregorio Morán Fecha de publicación: 03/05/2010 - La Vanguardia - Rebelión
Llevamos un par de siglos dándole vueltas a la libertad de expresión frente a las instituciones y hemos llegado a unos grados de autonomía, irregulares y viciados, pero aceptables en ocasiones, donde la prensa y los medios de comunicación pueden criticar a la judicatura, al ejército, a la iglesia. Levemente por supuesto y según el principio hoy sagrado de la corrección política. Lo que aún no sabemos es dónde figuran los derechos de la ciudadanía frente a las grandes empresas, auténticas instituciones internacionales frente a las cuales una persona es menos que un ciudadano, es un consumidor; una nada que paga. Ha tenido que ser en un país tan lejano como Canadá -que la subvenciona-, y en ciudad tan abierta y deslumbrante como Montreal -lugar en que viven los realizadores-, donde pude ver en un cine y a una hora normal un documental sorprendente. El Affaire Coca-Cola. No seríamos más de dos docenas en la sala pero al menos lo pude elegir porque lo anunciaban los diarios de la ciudad. (Nuestra vida cultural española conserva algo de viejos modelos de la clandestinidad. Para oxigenarse de la bazofia publicitada hay que ser amigo del que corta 231
el bacalao alternativo o estar pendiente de lo que aparece en letra muy pequeña.) El Affaire Coca-Cola comprime en 86 minutos las historias nunca contadas de las prácticas mafiosas y asesinas ejecutadas en las plantas embotelladoras del refresco. En Colombia, Centroamérica o Turquía. Ninguna broma que consienta tomársela como una palomita entre sorbo y sorbo de la espuma de la vida. Van más de cuatrocientos los sindicalistas asesinados en Colombia por exigir sus derechos en las plantas embotelladoras de la multinacional Coca-Cola. Está realizado por el colombiano Germán Gutiérrez y la francesa Carmen García García, hija del exilio español. Germán tiene en su haber una auténtica joya del documental, realizado en el 2005 -¿Quién disparó a mi hermano?-, donde en menos de dos horas pasa revista a la sociedad colombiana, con sus violencias, sus narcos, sus guerrilleros, sus políticos, y sus pobres y pacientes aldeanos. Todo a partir del atentado que sufrió Óscar Gutiérrez, hermano del realizador y único diputado de izquierda en la zona cafetera de Caldas. Unos sicarios le atravesaron la cara a balazos y sobrevivió, y allí sigue, dispuesto a demostrar que aún cabe la esperanza, o que quizá no cabe nada, salvo el coraje. Desconozco si en España se ha pasado alguna vez el filme ¿Quién disparó a mi hermano?, pero cuando tengan el privilegio de verlo, entenderán quizá por qué. Ocurre y en mayor medida con El Affaire Coca-Cola. No conozco a nadie que haya visto este documental y no quede impresionado. Se proyectó en el Festival de Documentales de Barcelona y obtuvo el premio de TV3, que incluso lo compró para emitirlo. Aún nadie parece saber cuándo lo harán, por más que al premiarlo ya iba subtitulado en catalán. Sentiría que no fuera pronto porque esas cosas ganan en caliente. TV3, junto a la TV australiana, fueron las únicas que osaron adquirir este filme boicoteado por la más importante fábrica de publicidad del mundo. Me aseguran que lo emitirán en mayo en un festival de Málaga, y en octubre, en otro de Madrid, pero no es cuestión, creo yo, de montar viajes como cuando se iba a Perpiñán. Los buenos documentales tienen algo que los convierte en pedagogía viva, por eso yo propondría que se proyectara en los colegios; sería bueno para la formación de los muchachos, porque oirían cosas que 232
jamás han escuchado, ni siquiera imaginado. El pasado lunes se vio en la Universidad de Nueva York, aunque en este caso no tanto por cuestiones pedagógicas como porque probablemente sea la única sala capaz de proyectarlo. ¿Acaso hay mejor día que hoy, Primero de Mayo, símbolo ajado de la lucha obrera, para hablar de unos sindicalistas colombianos que negocian con los grandes abogados gringos, con ayuda del traductor, por supuesto? La colisión de dos mundos, un nuevo encuentro en la tercera fase en el que los caballeros del Imperio de la Coca-Cola no logran entender que unos pringados, que ni siquiera hablan su idioma, coloquen la memoria de sus luchadores muertos y de sus deudos, por encima de la plata que les ofrecen, y las becas, y el futuro garantizado para ellos y sus hijos… No lo pueden entender, y a nosotros mismos nos cuesta trabajo, porque hay algo de provocador, casi obsceno para los tiempos que corren, en esa honestidad sindicalista explicada como la mayor de las obviedades. Si la pedagogía consiste en enseñarnos a vivir con dignidad, se dan en el documental varios cursos intensivos. Uno se reduce a la sesión informativa en la Cámara de los Representantes, Washington DF, del bisoño abogado de los sindicalistas, un joven gringo, gordito y voluntarioso, que ha de enfrentarse a los curtidos letrados lobbistas. Le descolocan hasta la humillación y el ensañamiento. “¿Es verdad que tiene usted un cartel del Che Guevara en su despacho?”. Un abogado así no es de fiar. Otro es el debate entre los estudiantes de Economía de la Universidad de Chicago. La futura flor y la nata del mundo financiero. Chicos con acné y niñas pecosas convencidos de que el capitalismo es maravilloso porque da a cada uno la oportunidad que busca, y luego está el azar, la suerte de cada cual. ¡Qué nivel, qué cinismo del bueno! Porque hay cinismo con pedigrí y cinismo de alcalde en campaña electoral, hay clases. Y qué decir del diálogo, digno de Beckett en Esperando a Godot,entre dos repartidores colombianos, con sus uniformes de la empresa y el logo bien visible, respondiendo a las preguntas de un entrevistador que parece bajado de la luna: ¿Quién pone los uniformes? Nosotros. ¿Quién paga el camión del reparto? Nosotros. ¿Quién abona las botellas que se reparten antes de venderlas? 233
Nosotros. ¿Entonces qué pone la Coca Cola? Y ellos ríen, con esa risa de gente hecha a todo y un poco hartita de que le pregunten lo evidente. Pues, nada. La empresa no pone nada. Dentro de las sugerencias, ya sé que escasamente probables, yo animaría a las prestigiosas escuelas de Formación de Futuros Empresarios que hay en Barcelona a que dedicaran unos minutos a las secuencias de la Asamblea de Accionistas de la gran Coca Cola. No sólo porque allí hay inversores que dicen cosas insólitas, por su sensibilidad y buen juicio, chocantes quizá para un accionista de este lado del océano, sino también por ese momento genial, sublime, merecedor por sí solo de ser resaltado y oscarizado como el premio al más desvergonzado de los instantes fílmicos. El presidente del Consejo, Mr. Isdell, un serio y locuaz caballero, responde a las responsabilidades de la empresa en los crímenes y amenazas a líderes sindicales. “Como antiguo líder estudiantil no consentiría algo así…”. Memorable. Si excluimos un plano final que me parece no sé si fuera de lugar pero, al menos, innecesario –y el cine tiene eso, que todo lo que es innecesario puede ser demagógico—,fuera de eso, no hay un ápice de demagogia. Nunca la verdad es demagógica, sólo si se instrumentaliza; por eso el comparativo entre los sueldos del presidente de la compañía y el de los distribuidores de botellas me parece un error, porque hace a los espectadores gentes que necesitan que les expliquen lo evidente para que alcancen a entender lo obvio: la lucha de clases en su estado más enfebrecido, allí donde se incorpora al sicario y al crimen. Busquen, insistan, pregunten a TV3 cuándo podrán ver El Affaire Coca-Cola. Es tal la fuerza de las imágenes que ni siquiera la chispa de la vida se les resiste. No hay nada inocente, y lo menos cándido de todo es la inocencia embotellada. Todo lo que va en botella, desde el alcohol hasta los mensajes de los náufragos, oculta una historia ácida, y para endulzarla siempre está por el medio alguien que sufre. Por eso el sudor es agrio y la saliva dulce; esa definitiva diferencia entre el trabajo y la palabra. La publicidad busca eso; si diluimos el esfuerzo en palabras, parece que lo endulzamos. Tomado de: http://www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=3288
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INSTITUCIONES
ECOEMBES, ESPAÑA
ESTUDIO DE ‘ECOEMBES’
Casi nueve de cada diez españoles separan residuos en su hogar Planta de reciclaje de basuras inórganicas de Urnieta, en San Sebastián. (Foto: Justy García) Actualizado lunes 04/08/2008 18:21 (CET)) (DATOS DE 2008)
EFE MADRID.- El reciclaje va calando poco a poco en los hogares españoles. El 86% afirma que separó algún tipo de residuo en su hogar en 2007, un 13% más que en 2006. Además, un 45% asegura que separó al menos cinco clases de desechos (los orgánicos y otros cuatro), un porcentaje que subió siete puntos. Estos datos se desprenden de una encuesta realizada por Ecoembes en cinco mil hogares. Ecoembes es el sistema integrado de gestión de recogida selectiva de envases. El reciclaje, no obstante, tiene diferentes grados. Por un lado, están los hogares en los que se separa la basura orgánica de otros dos o tres tipos de residuos, incluidos vidrio y pilas. Ese porcentaje fue el que más creció, un 9%, situándose ahora en el 35%. Por otro lado, se ha 237
reducido la cifra de los que sólo separan un tipo de basura de la bolsa gris, que ha caído cayó del 8 al 6%. Por tipo de residuos El reciclaje de envases de plástico ha aumentado un 30% respecto del año anterior. Papel y cartón y vidrio coinciden en la subida, siendo en este caso de un 20%. El contenedor amarillo tiene un 79% de asiduos que separan plástico, latas y briks, y coincide con su vecino el contenedor azul, si bien el volumen de envases del contenedor amarillo que se recuperaron el año pasado fue de un 63% frente al 65% de los de papel y cartón. La mayoría de las personas (un 51%) creen que una de las razones del aumento de la separación de envases se debe a la mayor preocupación por el cambio climático. Otra buena parte, un 45%, apunta al mayor número de campañas de concienciación y publicidad sobre separación y reciclaje. Los encuestados reconocen la labor de sus ayuntamientos en este área. En torno a un tercio destaca como causas del aumento de la separación las medidas adoptadas por los ayuntamientos, la optimización de los servicios de recogida y reciclaje, y el mayor número de contenedores instalados cerca de los domicilios. Además, el sentimiento de responsabilidad ha crecido, porque ha pasado de un 24 a un 60% los que creen que tienen un compromiso importante en este asunto, aunque son más quienes piensan que los ayuntamientos son los principales encargados (así lo cree el 84%) mientras que el 59% de los encuestados señala al Gobierno central Coordinación Ecológica
Area Metropolitana CEAMSE Sociedad del Estado Empresa líder en el transporte y disposición final de los residuos con más de 31 años de experiencia ambiental. En Latinoamérica es la primera y más importante gestión en 238
el tratamiento y disposición final de los RSU, mediante la aplicación del método de relleno sanitario. La misma se lleva a cabo a partir del compromiso con el medio ambiente, implementando políticas y tecnologías tendientes a la reducción, minimización y reciclaje de los residuos que provienen del Area Metropolitana de Buenos Aires, donde se producen aproximadamente 15 mil toneladas diarias de desperdicios. ceamse recicla más de 13 años de experiencia -1994 / 2008 Lograr un eficiente sistema de servicios para responder a las necesidades de las ciudades modernas, es uno de los grandes desafíos que afrontan los gobiernos del mundo entero. Dentro de este contexto, el problema de los residuos urbanos del Area Metropolitana de Buenos Aires constituye un aspecto clave y de creciente gravitación. En este sentido, el reciclaje y la minimización se presentan como nuevas acciones sólidas y eficaces para incorporar al actual sistema de gestión. reciclaje y tratamiento CEAMSE decidió impulsar de manera concreta una política que tenga el reciclaje como uno de los ejes fundamentales de su gestión. Definió la construcción y el establecimiento de Plantas de Clasificación y Separación de Residuos en los complejos ambientales que posee en el conurbano bonaerense. El objetivo inicial es reducir, de manera progresiva en un plazo de 5 años, un 20% la cantidad de residuos que se disponen en los rellenos sanitarios, recuperando materiales para su reingreso a la cadena productiva. reciclaje y tratamiento COMPROMISO EMPRESARIO CON EL RECICLAJE Este programa socio-ambiental se encuentra en la política de gestión que impulsa CEAMSE, que consiste en incorporar la separación, clasificación y reciclaje, a las prácticas de disposición final de los residuos sólidos urbanos, logrando de esta manera un tratamiento integral 239
de los mismos, reduciendo la fracción a disponer y brindándole sustentabilidad a la gestión de los mismo. Las empresas participantes se comprometen a recolectar y almacenar los materiales reciclables, proveniente de los residuos generados en su ámbito y/o actividad, los cuales estarán compuestos por papel, pet, vidrio y aluminio. Los mismos serán retirados y entregados a la CEAMSE para su traslado a las Plantas Sociales donde serán procesados para su posterior reciclado. La fracción resultante del proceso que no pueda recuperarse, será llevada a las celdas de disposición final en el complejo ambiental. Todo otro material a reciclar acopiado que no estuviera compuesto por los materiales descriptos, quedará a previo estudio y criterio de CEAMSE para su retiro. Una vez en las Plantas Sociales; instalaciones especiales diseñadas y ubicadas en los distintos Complejos Ambientales; recolectores infomales organizados en Asociaciones, realizan las tareas de separación, clasificación y reciclaje con las máquinas y equipamientos de higiene y seguridad necesarios. De esta forma se convierte al reciclaje y recupero de residuos en un factor, además del ambiental, de inclusión social con generación de ingresos genuinos. Empresas participantes: (CITAN A 16 EMPRESAS Buenos Aires, Diciembre de 2007
Transferencia y Transporte En los últimos años, en las grandes ciudades o áreas metropolitanas en general, se utilizaron para las tareas de recolección de residuos domiciliarios, vehículos de los denominados compactadores. Estos camiones, luego de realizar su tarea especifica, se dirigían directamente a los Rellenos Sanitarios o Centros de Disposición Final. Pero la distancia cada vez mayor entre los núcleos urbanos de recolección y los rellenos sanitarios, dio origen a un grave inconveniente por la necesidad de transporte, dado que el camión recolector, en general, no esta preparado para este tipo de función, ni para recorrer grandes distancias. 240
Como parte de la solución a esta problemática surgieron las denominadas “Estaciones de Transferencia”, instalaciones donde los residuos de los vehículos recolectores son transferidos a equipos de transporte de gran capacidad de carga los cuales finalmente son los encargados de llevar los residuos al Centro de Disposición Final.-
disposición final antecedentes Durante siglos los desechos de las poblaciones se arrojaban en forma indiscriminada, creando basurales en las cercanías de las ciudades. Como la mayoría de los residuos eran orgánicos, terminaban incorporándose naturalmente al suelo y prácticamente no existía lo que hoy conocemos como contaminación. 241
La revolución industrial incorporó nuevos tipos de desechos, sin embargo no hubo variaciones sustanciales en la forma de disponerlos. Comenzaron a aparecer vertederos en los que la basura se tapaba con tierra, pero sin controles que eviten la contaminación del suelo y las napas de agua. Hacia 1950 comenzó la aplicación de técnicas de ingeniería sanitaria que propician el aislamiento de los residuos para no afectar el medio ambiente. De allí surge el método del relleno sanitario, como una forma de darle destino final y seguro a los desechos. A finales el siglo XX, con el incremento en la generación de residuos y la variación en su calidad, producto de la industrialización, comenzó un debate sobre cuál es el método más adecuado para darle un destino final y seguro a los desechos. Las soluciones que se aplican en distintos países varían de acuerdo con las características socioeconómicas de cada comunidad. Así, surgieron propuestas complementarias para el manejo ambientalmente adecuado de la basura: la incineración, el reciclaje, el compostaje. No obstante, el objetivo a alcanzar es disminuir la generación de residuos. Sin embargo, ningún sistema de gestión de residuos puede prescindir de la existencia de rellenos sanitarios. El volumen de residuos que se destinan a los rellenos sanitarios dependerá de circunstancias tales como: el grado de desarrollo tecnológico, de progreso económico, y otras consideraciones. Pero, en definitiva, el último de los residuos, aquel que no puede ser tratado de alguna manera, el que no puede ser reciclado, las cenizas de cualquier proceso de incineración, tienen que ir indefectiblemente a un relleno sanitario. En la Argentina, existen diversas experiencias en el manejo de los residuos. Desde 1977, Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado- CEAMSE -en el área metropolitana de Buenos Aires- la más importante del país en extensión y población- se encarga del destino final de los residuos a través del método de relleno sanitario. Se disponen cerca de 14 mil toneladas diarias de residuos mediante técnicas de ingeniería sanitaria ambientalm preocupaciones de la vida moderna. ente adecuadas como respuesta segura a una de las,
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Complejo Ambiental Villa Dominico El 31 de Enero de 2004 se produjo el cierre definitivo del Centro de Disposición Final Villa Dominico. Inicio de operación: Octubre de 1978 Cierre del ingreso de residuos: a partir del 1 de Febrero de 2004 Superficie total del predio: 747 ha Superficie rellenada: 520 ha Superficie conservada de humedal ribereño: 227 ha Total de toneladas dispuestas al 1/02/2004: 48.046.677 ton.
Nuestro Objetivo: Utilización de este espacio en forma integral con su entorno, conformando una zona que actúe como modelo de desarrollo sostenible, convirtiéndolo en un ámbito saludable que permita desarrollar actividades comunitarias, ecológicas y culturales, demandadas por la población. Nuestra Propuesta: Se propone la transformación y rehabilitación de las áreas modificadas originalmente, mediante la creación de espacios verdes abiertos para la comunidad, a través de una importante revegetación, incor243
porando especies arbóreas, arbustivas y herbáceas, nativas y exóticas naturalizadas, efectuando la unificación paisajística y funcional de los módulos de relleno con su entorno y especialmente con el conjunto de comunidades vegetales preservadas entre estos y el Río de la Plata, permitiendo de este modo también el acceso de la población al mismo.
Municipio de Avellaneda
Municipo de Quilmes
GOBIERNO DE LA CIUDAD
Basura Cero La política que promueve el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a partir de la Ley 1.854 “Basura Cero” promulgada en enero de 2006 y reglamentada en mayo de 2007 respecto a gestión de los residuos sólidos urbanos, está orientada a la eliminación progresiva de los rellenos sanitarios. Basura Cero plantea la adopción de medidas dirigidas a la reducción de la generación de residuos, la recuperación y el reciclado así como también la disminución de la toxicidad de la basura y la asunción de la responsabilidad del fabricante sobre sus productos. La Dirección General de Reciclado creada por el Decreto 2075/07 forma parte de una política pública orientada a la implementación de la gestión integral de los residuos. En el marco del cumplimiento de la Ley 1.854 es el área responsable de incrementar los niveles de recuperación y reciclado de materiales producidos en la Ciudad.
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Los objetivos principales que se están llevando a cabo son: Concientizar a los vecinos y a los grandes generadores acerca de la necesidad de la separación en origen de residuos, diferenciando entre reciclables y basura. Minimización de los residuos a enterrar mediante la consolidación de práctica de separación de materiales reciclables en origen. Formalización e integración de los Recuperadores Urbanos en el circuito del servicio público de recolección diferenciada. Garantizar los espacios necesarios para la disposición final, incorporando nuevas tecnologías. Proyectos ambientales que contemplan la puesta en marcha de sistemas de recuperación y reciclado de residuos sólidos urbanos. Aumento de los materiales que regresan como materia prima post consumo a la industria. Contribuir al ordenamiento de la cadena de valor del reciclado.
Metas de reducción progresiva: Tomando como línea base la cantidad de1.497.656 toneladas de residuos enviados a relleno sanitario durante el año 2004. 30% para el año 2010 50% para el año 2012 75% para el año 2017 Se prohíbe la disposición final de materiales tanto reciclables como aprovechables para el año 2020 245
La cantidad de toneladas máximas a ser dispuestas en rellenos sanitarios, son las detalladas a continuación: Cantidad de toneladas máximas Toneladas máximas a ser dispuestas en relleno sanitario Año 2010
Toneladas máximas a ser dispuestas en relleno sanitario Año 2012
Toneladas máximas a ser dispuestas en relleno sanitario Año 2017
1.048.359
748.828
374.414
De la página de VITALIS ¿Qué es reciclar? Reciclar es cualquier proceso donde los residuos o materiales de desperdicio son recolectados y transformados en nuevos materiales que pueden ser utilizados o vendidos como nuevos productos o materias primas. ¿Por qué es importante reciclar? Se pueden salvar grandes cantidades de recursos naturales no renovables cuando en los procesos de producción se utilizan materiales reciclados. Los recursos renovables, como los árboles, también pueden ser salvados. La utilización de productos reciclados disminuye el consumo de energía. Cuando se consuman menos combustibles fósiles, se generará menos CO2 y por lo tanto habrá menos lluvia ácida y se reducirá el efecto invernadero. En el aspecto financiero, podemos decir que el reciclaje puede generar muchos empleos. Se necesita una gran fuerza laboral para recolectar los materiales aptos para el reciclaje y para su clasificación. Un buen proceso de reciclaje es capaz de generar ingresos
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¿Se recicla en Venezuela? Existen muchas compañías de reciclaje en Venezuela, que hacen grandes esfuerzos por reciclar. Sin embargo, del total de alrededor de 19 mil toneladas de residuos que se producen diariamente en el país, solo entre el 10 y el 20% de total de los residuos pudieran estarse reciclando. De acuerdo con las estadísticas que maneja VITALIS, en Venezuela se recicla alrededor del 95% del aluminio, 90% de hierro, 25% de vidrio, 1% de materia orgánica, 20% de papel y cartón, y alrededor del 2% en plásticos. Sin embargo, en función del volumen total de residuos, menos de la quinta parte pudieran estar recibiendo un tratamiento final apropiado. No obstante, la capacidad para reciclar en el país, pudiera duplicarse o triplicarse en el caso del papel, los plásticos y el vidrio, en tanto que el aprovechamiento de los residuos orgánicos pudiera incrementarse hasta un 1000%. Tomando en cuenta que alrededor del 80% de los residuos domésticos e industriales pudieran ser reciclados, no sólo resolveríamos el primer problema ambiental del país que es la basura, sino hasta pudiéramos generar alrededor de 250 mil empleos directos y más de 1 millón indirectos en un año. La gente de VITALIS recomienda: * Disminuya la cantidad de basura que genera en casa y reutilice aquellos residuos orgánicos que pueden servir para abonar sus plantas. * Reutilice lo más posible los envases y demás recipientes en el hogar, el colegio o el trabajo. * Recicle. Diversas empresas compran vidrio, papel, cartón, plásticos y hasta radiografías médicas. * Infórmese de los horarios de recolección de basura en su calle o avenida. En caso de no cumplirse, comuníquese con la empresa recolectora y formalice su reclamo. * Disponga la basura en bolsas herméticamente cerradas. Evite la proliferación de insectos, perros y roedores. 247
* Evalúe la gestión de su alcalde. En la práctica, el (o ella) es la máxima autoridad ambiental de su municipio y por ende el principal responsable del problema de basura de su localidad. Basura Ecoeficiencia
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La basura es el principal problema ambiental de Venezuela. Así ha quedado evidenciado en las diversas evaluaciones que VITALIS ha realizado a finales de año. La basura es todo material considerado como residuo o desecho y que se necesita eliminar. Es producto de las actividades humanas y no necesariamente debe ser producir malos olores, ser repugnante o indeseable, pues todo dependerá de su origen y composición. Es importante diferenciar los residuos de los desechos. Los primeros pueden ser reutilizados o reciclados, en tanto que los segundos, requieren ser tratados y dispuestos de forma tal que no generen impactos ambientales indeseables. Por eso se ha dicho que la “basura es un tesoro”, porque muchos de sus materiales pueden ser reutilizados o reciclados. De acuerdo con su composición, y de manera general, la basura está conformada por materiales orgánicos, inorgánicos y peligrosos: Orgánicos: de origen biológico, que alguna vez estuvo vivo o
fue parte de un ser vivo, por ejemplo: hojas, ramas, cáscaras y residuos de la fabricación de alimentos en el hogar.
Inorgánico: de origen no biológico, industrial o de algún otro
proceso no natural, por ejemplo: plástico, telas sintéticas, papel o vidrio.
Peligrosos: todo desecho, ya sea de origen biológico o no, que
constituye un peligro potencial para la salud humana o el ambiente y por lo cual debe ser tratado de forma especial. Entre ellos encontramos el material médico quirúrgico, pilas y baterías, ácidos y sustancias químicas corrosivas, entre otros.
De acuerdo con su origen, la basura puede ser: Domiciliaria: proveniente de los hogares y/o las comunidades. Industrial:
producto de la manufactura o proceso de transformación de la materia prima.
Hospitalaria:
desechos que son catalogados por lo general como residuos peligrosos y pueden ser orgánicos e inorgánicos. 249
Comercial: provenientes de ferias, oficinas, tiendas o negocios
de comida. Su composición puede ser orgánica o inorgánica, e incluye restos de frutas, verduras, cartones, papeles, cartones, y otros materiales de embalaje.
Urbanos:
correspondiente a las poblaciones, como desechos de parques y jardines, mobiliario urbano inservible y escombros, entre otros.
Espacial:
Objetos y fragmentos artificiales de origen humano que han sido abandonados en el espacio sideral.
La basura también se puede clasificar según el tiempo que tardan sus materiales en degradarse por la acción de los organismos descomponedores llamados bacterias y hongos. Así, los materiales se clasifican en biodegradables y no biodegradables. Los
biodegradables se descomponen en forma natural en un tiempo relativamente corto; por ejemplo, los desechos orgánicos como los alimentos.
Los
no biodegradables no se descomponen fácilmente sino que tardan mucho tiempo en hacerlo. Por ejemplo: el vidrio tarda alrededor de 4.000 años, tal y como se señala seguidamente.
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RECORTES DE PRENSA
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ACLARACIONES NECESARIAS
El autor no tiene títulos honoríficos, ni profesionales ni de propiedad. Se autodefine como pensador insurgente, oficio en que debutó en 1946, en la guerra civil del Paraguay. Esta tesis de la minimización socialista de la basura urbana es una muestra de gratitud hacia los pueblos latinoamericanos, por haberle permitido sobrevivir a tantos dolores por tantos años, en esta inconclusa lucha por la Patria Grande. Por esas causas, los profesionales que tengan a bien examinar este material, seguramente, lo verán lleno de deficiencias técnicas, académicamente inaceptable. Es natural que así sea, porque, como se afirma en alguna parte del escrito, las universidades no están hechas para formar profesionales que en su ejercicio le dificulten a las empresas capitalistas la “buena marcha” de sus negocios. Es inimaginable que la UCV, la USB o la UCAB formen expertos en minimización de basura urbana, que durarían en el ejercicio de su profesión lo que demore la Coca-Cola en mandarlos a SICARIAR. La Coca-cola, cualquier cola o cualquier empresa alcoholizadora, que son las responsables todas ellas de los 5.000 millones de envases desechables que engrosan el flujo de la basura urbana en Venezuela (similar a lo que sucede en muchos otros países). Con una limitada indagación en Internet, se comprueba la razón que tenían los artículos del modesto periódico comunitario “Negro Primero”, en los que se proponían medidas, soluciones, legislación, que HOY SON UNA REALIDAD EN PAÍSES COMO ALEMANIA, donde el “Decreto TOPFER” establece que TODO FABRICANTE ES RESPONSABLE DE SUS ENVASES DEL PRINCIPIO AL FIN. Lo mismo debe decirse de varios pensadores insurgentes venezolanos, cuyas ideas emergieron a través de APORREA, con planteamientos valiosos y que se han recogido en la documentación de apoyo de esta tesis. Ambientalistas, amantes de su país y de su maravillosa naturaleza, que hoy es atacada por la gran industria del consumismo. Queda claro que, de disponerse de un presupuesto apropiado, se podría realizar un trabajo de documentación más preciso, más extenso, más testimonial inclusive, que daría mayor fuerza al planteamiento. 293
En la presentación gráfica se ha evitado el efecto sensacionalista de ilustrar el material con un inmenso collage de fotos de basurales, tratamiento típico de las empresas comerciales mediáticas. Se ha preferido la humilde fuerza de la Verdad. Y en honor a la Verdad, el planteamiento y su presentación, con todas sus deficiencias académicas, ES SUFICIENTE. Es suficiente para que los administradores, dirigentes, líderes en fin del proceso revolucionario, perciban la magnitud del problema y capten la solución revolucionaria que se plantea. Una constante de los materiales consultados, de las referencias copiadas es la omnipresencia del Frankestein de la industria del consumismo masivo: el PLÁSTICO. Pesada carga de los servicios de aseo urbano, terror de los rellenos sanitarios y taponador principal de los drenajes de la ciudad. Este material, con muchas virtudes en su uso inmediato, ha tomado posesión (por cientos de años) de todos los rincones del planeta Tierra, incluido el “Séptimo Continente” que flota en el Pacífico Norte. Más allá de lo que se demora en consumir el contenido de una botella de agua o refresco, el monstruo contamina y contaminará por siglos nuestro medio ambiente. Ya se ha iniciado, en varias partes del mundo un movimiento por la exclusión del plástico de la vida cotidiana de millones. En nuestro país se plantea aquí en esta tesis una batalla contra los plásticos, en cuanto a envases desechables, que forma parte de la guerra por la minimización de la basura urbana. Es importante tomar nota de la reaparición, después de más de treinta años, de los plásticos BIODEGRADABLES, o sencillamente degradables. Hemos encontrado una empresa inglesa y otra canadiense que suministran a los industriales del plástico la tecnología para aplicar sus aditivos patentados en los plásticos tradicionales, que cobran, según las empresas, la propiedad de volverse degradables. Nuestras instituciones correspondientes someterán a dichos productos a las pruebas necesarias para reconocerles las virtudes ofrecidas, que de confirmarse significarán un aporte al cuidado ambiental. 294
Se dice en la presentaciรณn de la tesis que la primera idea insurgente ante el tsunami de la basura es el RECICLAJE. En otro aparte se aclara que el reciclaje no es reducciรณn, sino cambio del flujo de la basura, que en vez de ir directo al relleno, va a as plantas de clasificaciรณn y de proceso de los materiales seleccionados. Pero, auque se llegue a aplicar el proceso de reciclado a todo el volumen de basura urbana existente, los pesados recolectores seguirรกn por nuestras calles, los contenedores seguirรกn bajo su cerro de basura, las plantas de compactaciรณn seguirรกn su ciclรณpea tarea, los grandes semirremolques seguirรกn por nuestras autopistas y carreteras. Por eso, lo prioritario es minimizar, reducir, reutilizar envases, limitar la expansiรณn consumista, liberar la mitad del presupuesto que consume el tsunami de la basura urbana. Y liberar los drenajes de la ciudad. Una vez logrado el objetivo de reducir a la mitad el flujo de la basura urbana, el reciclar serรก la siguiente tarea, que tambiรฉn se enfrentarรก a solamente la mitad de del volumen actual.
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LEYES, REGLAMENTOS Y ORDENANZAS
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY PARA LA GESTIÓN DEL MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS El manejo y Gestión de los desechos sólidos se ha convertido a nivel mundial en uno de los mayores problemas que atentan contra la salud pública y los ecosistemas. La producción creciente de desechos cuyo destino final no encuentra soluciones integrales ha contribuido notablemente con la contaminación de las tierras y las aguas, así como de la atmósfera por gases emitidos, con efectos impredecibles en la flora, fauna y clima. La población sigue creciendo y a medida en que se incrementan los ingresos de ésta, crece el consumo de productos, sobre todo de manufacturas que no se relacionan con la propia sobrevivencia del ser humano, sino con la satisfacción de necesidades artificialmente creadas por la publicidad o por patrones de consumo exógenos, generando residuos y desechos acumulados en forma más rápida de lo que la naturaleza pueda absorberlos en el proceso de biodegradación. Aunado al incremento de los volúmenes de desechos sólidos, se suman el auge de empaques y envoltorios que no son reciclables, retornables o recuperables, lo que se ha traducido en la generación de grandes cantidades de residuos y desechos. Esta concepción debe cambiar, de manera tal que se reduzca el empleo de materiales no biodegradables. Nuestro país no escapa a estos problemas ni a estas tendencias; en efecto, debe recordarse que a partir de 1936, fecha del comienzo de la explotación petrolera a escala industrial, se inicia en el país un ciclo indetenido de crecimiento de la población urbana, de tal modo que para principios del siglo XXI la población del país es mayoritariamente urbana. Los pequeños pueblos van convirtiéndose en ciudades, sin contar, en la mayoría de los casos, con un adecuado sistema de servicios públicos, incluyendo el de aseo urbano y domiciliario, resultando situaciones de deficiencias en la prestación de los mismos. En ese contexto, se han generado un conjunto de respuestas que tienen como marco la legislación sobre la materia, buscando articular las competencias de los entes públicos, las responsabilidades del sector privado y la participación ciudadana, para lo cual se promulgó la Ley de Residuos y Desechos Sólidos, el 18 de noviembre de 2004, publicada en la Gaceta Oficial W 38.068. Este instrumento legal no ha sido suficiente para contribuir significativamente en la solución del problema de los residuos y desechos sólidos, en parte por la ausencia del Reglamento respectivo, así como por la omisión en que han incurrido los municipios en la formulación de los planes locales sobre la materia, lo que ha impedido la articulación entre los órganos de los distintos niveles territoriales del Poder Público, en el ejercicio de las competencias concurrentes sobre el tema. En virtud de las debilidades citadas y tomando en consideración la necesidad de definir las responsabilidades del sector privado y la participación ciudadana sobre la materia, la Comisión Permanente de Ambiente, Recursos Naturales y Ordenación Territorial, incluyó en su agenda legislativa correspondiente al año 2009, el Proyecto de Reforma Parcial de la Ley de Residuos y Desechos Sólidos. El presente Proyecto de Ley nació como una reforma parcial de la actual Ley sobre Residuos y Desechos Sólidos, pero, el análisis de la normativa vigente y la necesidad de acometer con eficacia la solución del grave problema ambiental del manejo integral de los residuos y desechos sólidos , llevó a la Comisión redactora a proponer la elaboración de una nueva ley, pues las modificaciones en la estructura, propósito, orientación y sentido de la ley actual son de tal carácter e importancia que determinaron que el Proyecto se convirtiera en un nuevo instrumento jurídico. La ley profundiza en la competencia nacional, en todos los aspectos relacionados con el trazado de políticas públicas y directrices sobre el manejo de residuos y desechos sólidos, la supervisión, la fiscalización y sanción en sede administrativa, de las actividades realizadas
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en contravención de la normativa técnica sobre la materia. La ley crea una Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos (SNMIRDS), bajo la figura de Instituto Público Nacional, instancia a la cual se le asignan competencias para supervisar, fiscalizar, sancionar en todas las fases del manejo de los residuos y desechos sólidos, a nivel nacional; asimismo se le adjudican funciones en la formulación de políticas públicas sobre la materia y facultades para la contratación y ejecución de obras destinadas a servir como rellenos sanitarios. Otra innovación del proyecto de Ley que se propone es la labor preventiva y cautelar, en aplicación de los principios de gestión ambiental establecidos en la Ley Orgánica del Ambiente (2006) y en derecho ambiental internacional para evitar daño al ambiente o la salud. En tal sentido se consagra la restricción a la generación de residuos y desechos sólidos incluyendo la regulación de las acciones previas a la generación de los residuos y desechos, tanto por incentivos a la reutilización, recarga, retorno y biodegradabilidad de los materiales que conforman los envases o envoltorios en forma general, empaques, envoltorios y recipientes, como por la restricción de los que tengan ciclos cortos de vida o desechables, especialmente si son productos de consumo masivo inmediato. Con ello se encaminan acciones directas sobre las causas del problema y no solo sobre sus efectos, como hasta ahora. Las regulaciones incorporadas a la ley permiten combatir las prácticas frecuentes de importar desechos indirectamente, muchas veces de naturaleza peligrosa como las baterías de juguetes, envases con polímeros o pigmentos peligrosos, vidrios mezclados con polímeros o minerales que los hacen no reciclables. En el mismo orden de ideas de la prevención, se incorpora un título específico para fomentar la formación de conciencia ciudadana ambientalista y de consumo con responsabilidad ambiental, a través de la educación ambiental, de manera de incidir en la modificación de los hábitos de consumo, y al mismo tiempo lograr actuar en su rol de contraloria social de manera de allanar el camino hacia la participación protagónica de la ciudadanía. El Proyecto, contiene un conjunto sistemático de normas, con relación a la implantación de tecnologías aplicadas a la disposición final, al estudio de factibilidad de las mismas y al aval que requieren para ser ofertadas públicamente en el país; se definen las conductas y obligaciones a cargo de los generadores, prestadores de servicio y usuarios, con las respectivas sanciones pecuniarias y corporales, que conllevan el incumplimiento de aquéllas. El proyecto de Ley para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos no Peligrosos se divide en nueve (9) Títulos, algunos de los cuales se subdividen en capitulos y secciones de algunos de éstos, en función de la profundidad de detalles que la ley aspira regular. La estructura propuesta se conforma de la siguiente forma: • TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES. En el título se establecen las disposiciones generales de la ley, comprendiendo el objeto general de la ley, sus objetivos estratégicos, las definiciones que a modo de glosario explican algunos términos técnicos en la materia y los principios rectores que rigen la actividad de la gestión para el manejo integral de residuos y desechos sólidos. • TÍTULO III: DE LAS COMPETENCIAS. Se contemplan las competencias en la materia, que corresponden a los diversos niveles territoriales del Poder Público. • TÍTULO III: DE lA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DEL MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS. En este título se consagra la creación de la Superintendencia nacional del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos, bajo figura de Instituto Público adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente con competencia en el establecimiento de políticas públicas y directrices sobre el manejo de residuos y desechos
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sólidos, la supervisión, la fiscalización y sanción en sede administrativa, de las actividades realizadas en contravención de la normativa técnica sobre la materia; asimismo se le faculta para definir la ubicación de los rellenos sanitarios, la contratación y construcción de éstos. • TÍTULO IV: DEL MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS, INERTES Y VOLUMINOSOS. En el Título se regula la elaboración de los planes nacionales, estadales o regionales y municipales o locales de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos; todo el proceso del manejo integral de residuos y desechos, desde la generación hasta la disposición final. Se incorpora en este título un capítulo que regula lo relativo al manejo de residuos y desechos voluminosos, lo cual constituye una innovación legislativa en la materia, puesto que, por primera vez se sistematiza un conjunto de normas vinculadas con el almacenamiento, disposición temporal y final de éstos. Dentro de esta categoría, se incluyen los escombros, chatarras, neumáticos y materiales similares. Comprende también un conjunto de normas sobre el régimen económico que permitirá habilitar el proceso de la gestión para el manejo integral de residuos y desechos, conformado por las tarifas y tasas que se cobren por la prestación de dicho servicio y demás recursos económicos y financieros, que le sean ingresados por cualquier otro concepto. • TÍTULO V: DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA. El titulo desarrolla los derechos y deberes de los ciudadanos en el proceso del manejo de residuos y desechos sólidos, entre los que destacan la participación en el proceso de la elaboración de los planes, programas y proyectos; el acceso a un servicio de aseo urbano, domiciliario y de disposición final de residuos y desechos sólidos de forma eficiente y eficaz, en lo que respecta a los derechos. En lo concerniente a los deberes destacan la obligación de pagar las tasas por los servicios prestados por el municipio o por el prestador de servicio; el deber de abstenerse de arrojar y colocar residuos y desechos sólidos fuera de los sitios, recipientes y contenedores colocados para el acopio de los mismos; abstenerse de colocarlos fuera de los horarios establecidos para su recolección. Se incluye un conjunto de normas en materia de educación ambiental, orientadas fundamentalmente hacia la promoción desarrollo y consolidación de una cultura de producción y consumo ambientalmente responsable para prevenir y minimizar la generación de residuos y desechos, estimulando la participación individual y colectiva en planes, programas y proyectos vinculados con la materia. Se incorpora en todos los niveles y modalidades del sistema educativo formal los contenidos, relacionados con el tema de residuos y desechos sólidos y se estimula el desarrollo de procesos educativos no formales orientados a la participación individual y colectiva en el manejo adecuado de residuos y desechos. Se promueve la participación en la definición, ejecución, control y evaluación de la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos, incentivándose la incorporación de los ciudadanos y de las comunidades organizadas en el proceso de gestión mediante talleres de trabajo, difusión de mensajes en medios de comunicación; se consagra la obligación de los órganos y entes competentes de interactuar con las comunidades organizadas para conocer los aspectos relacionados con las de eficiencias y con las irregularidades en la prestación del servicio para mejorar la calidad eficiencia y eficacia • TÍTULO VI: DEL CONTROL. En este título se establecen los procedimientos para el otorgamiento de la factibilidad ambiental y sanitaria; para los interesados en presentar propuestas de métodos y tecnologías para el manejo de residuos; para obtener la ocupación del terrítorio y la afectación de recursos en los casos de personas naturales y jurídicas que deseen realizar actividades de tratamiento para transformar, reducir, eliminar o minimizar residuos y desechos sólidos. Se tipifican las actividades comprendidas dentro del manejo integral de residuos y desechos, consideradas como capaces de degradar el ambiente y afectar la salud. Se enumeran los instrumentos a través de los cuales los órganos y entes del estado ejercerán el
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control previo ambiental-sanitario y del servicio, en el proceso del manejo integral de residuos y desechos sólidos. Se crea el registro nacional de manejo que contendrá la información básica sobre los prestadores de servicio y demás manejadores habituales, así como de los tipos y cantidades de residuos y desechos manejados. Por otra parte, se establece la obligación a cargo de los prestadores del servicio o manejadores habituales, de cumplir las medidas ambientales, sanitarias y administrativas fijadas en el instrumento de control previo y en la normativa técnica que rige la materia. El control posterior ambiental y sanitario, lo ejercerán los ministerios con competencia en materia de salud y ambiente, a nivel nacional y las alcaldías a nivel local, para asegurar el cumplimíento de las normas y condiciones previstas en los instrumentos de control previo. Se prevé la posibilidad de ordenar la realización de auditorías ambientales por parte de la Autoridad Nacional Ambiental, entre otros casos, para verificar el cumplimiento de disposiciones ambientales, sanitarias y de calidad del servicio; para proponer medidas y acciones que mitiguen o corrijan los impactos ambientales derivados de las actividades en curso. • TÍTULO VII: DE LOS INCENTIVOS. Se establecen los incentivos económicos fiscales, financieros, tecnológicos, sociales y educativos que se otorgarán a las personas naturales y jurídicas, comunidades organizadas, pueblos y comunidades indígenas que formulen y ejecuten planes, programas y proyectos en materia de residuos y desechos sólidos dirigidos a la optimización del manejo de los mismos. los incentivos se orientan a favorecer actividades que utilicen tecnologías limpias, que minimicen el efecto contaminante al ambiente y daños a la salud; a promover el empleo y el desarrollo de sistema de gestión sanitaria ambiental; impulsar la adopción de procesos productivos y de comercialización que reduzcan la generacíón de productos de materiales desechables de consumo masivo; apoyar planes y proyectos en materia de recolección, reutilización o reciclaje de residuos y demás materiales aprovechables entre otros. • TÍTULO VIII: DE LAS DISPOSICIONES SANCIONATORIAS. En este título se establecen las medidas preventivas destinadas a evitar las consecuencias negativas originadas de actividades ilícitas con relación al manejo de residuos y desechos sólidos, entre las que destaca la ocupación temporal del sitio donde se realiza el manejo inadecuado y la clausura temporal del establecimiento. Se consagran las medidas destinadas a asegurar los resultados de sus decisiones, tales como la retención de materiales y maquinarias. Se establecen las sanciones accesorias tales como el comiso de materiales, equipos y productos; la efectiva reparación del daño causado, la inhabilitación del responsable para solicitar nuevos actos administrativos autorizatorios o para obtener contratos para la ejecución de actividades de manejo de residuos y desechos. Se tipifican como infracciones, aquellas conductas antijurídicas de menor gravedad, para las cuales se establecen sanciones con penas pecuniarias. Igualmente se tipifican los delitos por manejo inadecuado de residuos y desechos sólidos, estableciéndose las respectivas sanciones privativas de libertad, dada la gravedad de la conducta desplegada por el responsable. En cualquiera de los casos, será obligatorio la reparación del daño causado al ambiente o la salud, la limpieza y el ornato público, para lo cual será taxativamente exigida la responsabilidad civil que garantice tales reparaciones o restauraciones ambientales. • TÍTULO IX: DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATORIAS. En el presente titulo se fija un plazo máximo de 180 días continuos, contado a partir de la publicación de la ley en la Gaceta Oficial para que los estados, distritos y municipios, elaboren sus respectivos planes de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, dado que estos instrumentos de planificación permitirán optimizar todas las fases de ejecución, operatividad, control y supervisión de la gestión respectiva. Se fija un plazo de 180 días continuos, contado a partir de la fecha de la constitución formal de la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos (SNMIRDS), para que ésta, proponga al ejecutivo nacional
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el reglamento de esta ley y la normativa técnica correspondiente. Se prevé la prohibición de la disposición de residuos y desechos en vertederos a cielo abierto y con respecto a los existentes cada municipio o mancomunidad debe presentar en el lapso de 180 días continuos, contados partir de la publicación de la ley en Gaceta Oficial, un plan de adecuación del vertedero a su cargo, ante la Autoridad Nacional Ambiental. Se consagra a cargo de las autoridades municipales competentes la realización de un inventario de los vertederos a cielo abierto existentes en su jurisdicción, que entregarán a la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos (SNMIRDS), en un lapso no mayor de 90 días continuos, contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. El Capítulo 11 se establecen las disposiciones derogatorias de la legislación vigente que colidan con el presente Proyecto de Ley. Culminando con la disposición final en la cual se fija una vecetio Jegís de 90 días, con el propósito de crear y organizar, la SNMIRDS, así como generar las condiciones indispensables para asegurar el cumplimiento de los cometidos y objetivos del instrumento legal que se crea y para asegurar la adecuación gradual de los productores, distribuidores, importadores, exportadores, comercializadores, consumidores, prestadores de servicios y demás agentes que participan en el manejo integral de los residuos y desechos sólidos, así como de los entes públicos que participan de su gestión, con competencias propias y concurrentes que deben ir articulándose.
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I LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLlCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente LEY PARA LA GESTIÓN DEL MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS TÍTULO I
Disposiciones Generales
Objeto Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones regulatorias para la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos de naturaleza no peligrosa, a fin de reducir su generación y garantizar que sea realizado en forma sanitaria y ambientalmente segura, en todas sus fases. El manejo integral de residuos y desechos sólidos propenderá a la minimización o prevención de su generación y a la recuperación para fines de reutilización, regeneración o aprovechamiento a escala industrial o comercial, con el propósito de alargar su vida útil, y destrucción de desechos y propiciar las actividades económicas que empleen estos procesos o se surtan de estos materiales que sean ambientalmente seguros. Objetivos estratégicos Artículo 2: En atención al interés nacional, regional y local, la presente ley establece los siguientes objetivos estratégicos: 1. Garantizar que los residuos y desechos sólidos se manejen sin poner en peligro la salud y el ambiente, a fin de procurar el bienestar social. 2. Organizar la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos, así como establecer las competencias concurrentes entre los diversos niveles del poder público, garantizando la participación comunitaria. 3. Priorizar las acciones y medidas destinadas a prevenir y reducir la generación y limitar la importación de residuos sólidos que por su cantidad o características puedan representar riesgos a la salud o al ambiente o requieran un manejo complejo, aun cuando puedan considerarse bienes de consumo, y prohibir el ingreso al país de desechos sólidos. 4. Implantar un sistema de instrumentos de planificación que comporte, entre otros, los planes para la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 5. Promover la creación de alternativas tecnológicas apropiadas que minimicen los riesgos sanitarios y ambientales asociados al manejo de residuos y desechos sólidos. 6 Implantar programas de educación ambiental y participación comunitaria en la gestión del manejo de residuos y desechos sólidos. 7. Prevenir y sancionar las conductas que pudieran afectar la salud o el ambiente por el manejo inadecuado de residuos y desechos sólidos. Definiciones Artículo 3: A los efectos de lo dispuesto en esta Ley se entenderá por: Biodegradable: Material de cualquier origen que puede ser descompuesto, en sustancias inorgánicas, por la acción de microorganismos como bacterias u hongos, hasta generar compuestos sencillos como agua, bióxido de carbono, entre otros. Desecho: Todo material o conjunto de materiales remanentes de cualquier proceso u operación, para los cuales no se prevé otro uso o destino inmediato y debe ser eliminado o dispuesto en forma permanente. Envase, Empaque o envoltorio desechable recuperable: Recipiente elaborado con cualquier tipo de material no biodegradable, que por sus características físicas y químicas, puede ser aprovechado con un fin igualo distinto para el que fue fabricado.
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Lixiviado: Líquido residual generado por la descomposición biológica de la parte orgánica o biodegradable de los residuos y desechos sólidos, bajo condiciones aeróbicas o anaeróbicas y como resultados de la percolación del agua a través de los residuos en proceso de degradación. Reciclaje: Proceso mediante el cual los materiales aprovechables segregados de los residuos son reincorporados como materia prima al ciclo productivo. Residuo: Material remanente o sobrante resultante de los procesos de producción, transformación, utilización o consumo de bienes materiales y que ya no tiene utilidad para su generador, pudiendo ser aprovechable para su recuperación, reparación, retorno, reutilización o reciclaje, en nuevos procesos que lo revaloricen. Segregador o Recuperador: Persona que se dedica a separar en forma clasificada algunos materiales presentes en los residuos sólidos que puedan ser aprovechables. Tecnología limpia: Aquella que al ser aplicada no produce efectos secundarios o trasformaciones nocivas al equilibrio ambiental o a los sistemas naturales (ecosistemas). Vertedero a cielo abierto: Terrenos donde se depositan y acumulan los residuos y desechos sólidos en forma indiscriminada, sin recibir ningún tratamiento sanitario, ambiental ni de control técnico. Gestión del manejo Artículo 4: La gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos comprende las políticas, recursos y acciones tendentes a su manejo y comprende tanto los procesos como los agentes que intervienen en las fases de generación, segregación, recolección, almacenamiento, transporte, transferencia, tratamiento o procesamiento y aprovecha-miento, hasta la disposición final. Principios Artículo 5: La gestión integral de los residuos y desechos sólidos se regirá conforme a los principios de prevención, integridad, precaución, participación ciudadana, corresponsabilidad, responsabilidad civil, tutela efectiva, prelación del interés colectivo, información y educación para una cultura ecológica, igualdad y no discriminación, debiendo ser eficiente y sustentable, a fin de garantizar un adecuado manejo de los mismos. Utilidad pública e interés social Artículo 6: Se declara de utilidad pública e interés social todo lo relativo a la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos. TÍTULO II De las competencias CAPITULO I De las competencias del Poder Público Nacional Competencias del Poder Público Nacional Artículo 7: Corresponde al Poder Público Nacional, a través de sus órganos y entes con competencia en la materia: 1. Formular y desarrollar políticas que contemplen estrategias generales y planes sectoriales, atendiendo a objetivos ambientales, sanitarios, económicos, sociales, en sus diversas regiones. 2. Diseñar y promover políticas de financiamiento que permitan coadyuvar en el cumplimiento de las metas de calidad y eficiencia en los servicios prestados para el manejo integral de residuos y desechos sólidos. 3. Establecer criterios para estimar las tarifas o tasas por la prestación de los servicios de manejo de residuos y desechos sólidos. 4. Otorgar asistencia técnica a los gobiernos regionales, locales y comunales para un mejor manejo de los residuos y desechos sólidos. 5. Realizar la supervisión y control del manejo integral de los residuos y desechos sólidos.
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6. Supervisar, fiscalizar y asesorar el manejo de residuos y desechos en todas sus fases 7. Regir el manejo de las fases de tratamiento y disposición final de desechos sólidos, incluyendo la clausura y post-clausura de vertederos y rellenos sanitarios. 8. Promover y garantizar la participación comunitaria para el manejo integral adecuado de los residuos y desechos sólidos. 9. Promover la participación conjunta del sector público y privado en la gestión y ejecución de los servicios, especialmente con organizaciones socio-productivas comunales. 10. Coordinar la elaboración del Plan Nacional de Gestión del Manejo Integral de los Residuos y Desechos Sólidos, difundir su contenido y verificar su cumplimiento. 11. Elaborar, difundir y ejecutar los programas de educación ambiental para el logro de una cultura ecológica en el manejo integral de residuos y desechos sólidos, a todo nivel. 12. Promover la creación de formas asociativas entre municipios, o entre éstos y otros niveles de gobierno, para la gestión compartida del manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 13. Promover la reducción de la generación de residuos y desechos sólidos y el uso de materiales que sean biodegradables, retornables o reutilizables. 14. Restringir la generación de residuos y desechos sólidos que no sean biodegradables ni reutilizables y los productos de consumo masivo de corto ciclo de vida. 15. Cualesquiera otras que le sea asignada, de conformidad con la ley. CAPÍTULO II De la competencia del Poder Público Estadal Competencias del Poder Público Estadal Artículo 8: Los estados y el Distrito Capital tendrán las siguientes competencias: 1. Coordinar la elaboración de los respectivos Planes de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos sólidos con los otros niveles de gobierno. 2. Aprobar, a través del ente legislativo regional, el respectivo Plan Estadal de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos. 3. Cumplir y velar por la ejecución del Plan Estadal de Gestión del Manejo Integral de los Residuos y Desechos Sólidos. 4. Apoyar técnica y financieramente a los gobiernos municipales y comunales en el manejo integral de residuos y desechos sólidos. 5. Diseñar y apoyar planes conjuntos, con los distintos niveles de gobierno, para la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos en situaciones excepcionales. 6. Prestar los servicios de transferencia y disposición final de desechos sólidos cuando les sean transferidas por municipios, mancomunidades o distritos metropolitanos; y avocarse a su operación directa cuando éstos no los presten o lo hagan deficientemente, así como en situaciones de contingencia. 7. Cualesquiera otras que por disposición legal le corresponda. CAPÍTULO III De la competencia del Poder Público Municipal Competencias del Poder Público Municipal Artículo 9: Es de la competencia del municipio y distritos metropolitanos: 1. La gestión del servicio de aseo urbano y domiciliario, comprendido los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos. 2. Elaborar el Plan Local de Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos que incluya las condiciones, modalidades y términos específicos conforme a los cuales se realizará el manejo de los mismos, con sujeción a las políticas y directrices del órgano rector. 3. Prestar, de manera eficiente, directamente o a través de terceros, los servicios de aseo ur-
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bano y domiciliario, comprendidos los de limpieza, recolección y tratamiento de residuos y desechos, así como el transporte de estos últimos hasta el sitio de disposición final, de acuerdo con las políticas, estrategias y normas fijadas por el Ejecutivo Nacional, y a lo previsto en el respectivo plan. 4. Seleccionar y contratar prestadores de servicios, dando preferencia a aquellas organizaciones de interés social, de acuerdo a la normativa vigente, previa demostración de su capacidad para garantizar la prestación del servicio. 5. Regular la gestión de los servicios de aseo urbano y domiciliario, mediante la respectiva normativa municipal, con base a la presente Ley y su reglamentación. 6. Aprobar, mediante ordenanzas, las tarifas, tasas o cualquier otra contraprestación por los servicios, calculados sobre la base de sus costos reales y las previsiones establecidas en el respectivo Plan, conforme a los criterios establecidos por el Poder Público Nacional. 7. Incorporar la participación de la comunidad en el proceso de definición, ejecución, control y evaluación de la prestación del servicio. 8. Establecer formas asociativas entre municipios, o entre éstos y otros órganos o entes metropolitanos o estadales con los cuales estén relacionados; fundadas en criterios técnicos, ambientales, sanitarios, socio-culturales, económicos, de solidaridad, entre otros, para la prestación del servicio de aseo urbano o domiciliario y, en particular, para las operaciones de la transferencia y disposición final de desechos sólidos. 9. Prever en los presupuestos las partidas necesarias con el objeto de financiar las inversiones incluidas en el Plan Local de Gestión del Manejo Integral de los Residuos y Desechos Sólidos. 10. Gestionar y aportar, total o parcialmente, los recursos financieros para la ejecución del Plan Local de Gestión de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos. 11. Priorizar el desarrollo y difusión de los programas educativos y capacitación de las organizaciones de interés social en el manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 12. Proponer las zonas adecuadas para la ubicación de instalaciones a ser utilizadas, en la gestión de manejo integral de residuos y desechos sólidos, de conformidad con los planes, en sus diferentes niveles. 13. Coordinar con la autoridad ambiental y sanitaria correspondiente, la aplicación del Plan Local de Gestión del Manejo Integral de los Residuos y Desechos Sólidos. 14. Someter los vertederos a cielo abierto al cronograma de adecuación para su clausura o para su conversión a estación de transferencia o relleno sanitario. 15. Transferir a los órganos y entes mancomunados, distritales o estadales la operación de las fases de transferencia y disposición final de desechos sólidos cuando no puedan ser prestados adecuadamente por el municipio. 16. Cualesquiera otras que por disposición legal le corresponda. TÍTULO III: De la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos CAPÍTULO I Disposiciones fundamentales Creación de la Superintendencia Artículo 10: Se crea la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos, bajo la figura de Instituto Público Nacional, con personalidad jurídica, patrimonio propio independiente del Fisco Nacional y gozará de las prerrogativas que corresponden a éste; adscrito a la Autoridad Nacional Ambiental.
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Domicilio Artículo 11: La Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos tendrá su domicilio en el Área Metropolitana de Caracas; pudiendo establecer sedes, oficinas y demás instalaciones en cualquier lugar del territorio nacional. Objeto Artículo 12: La Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos tiene como objeto servir de instancia asesora en el establecimiento de políticas, investigación y coordinación en materia de manejo integral de residuos y desechos sólidos; así como la supervisión, fiscalización, rectoría técnica, asesoría y la ejecución de obras y servicios en las fases de transferencia y disposición final. CAPITULO II De las funciones de la Superintendencia Funciones Artículo 13: Para el cumplimiento de su objeto, la Superintendencia Nacional del Manejo Integral de Residuos y Desechos podrá realizar, por cuenta propia o mediante contratos, las siguientes actividades: 1. Ejercer la rectoría nacional del manejo integral de residuos y desechos. 2. Asesorar y fijar directrices para el manejo adecuado de residuos y desechos sólidos por parte de los órganos y entes municipales, mancomunados, distritales y estadales competentes. 3. Supervisar y fiscalizar el manejo de residuos y desechos sólidos en todas sus fases y apoyar a los órganos y entes municipales, mancomunados, distritales o estadales competentes. 4. Realizar las labores de guardería ambiental con facultades de instrucción para la apertura, sustanciación y aplicación de sanciones administrativas previstas en la presente ley. 5. Elaborar el proyecto de Plan Nacional para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos, conjuntamente con la Autoridad Nacional Ambiental. 6. Proponer a la Autoridad Nacional Ambiental, la elaboración de proyectos de normas técnicas para el manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 7. Ejecutar las obras y servicios destinados a la transferencia y disposición final de desechos sólidos. 8. Gestionar la construcción, clausura y post-clausura de rellenos sanitarios así como el saneamiento y clausura de vertederos 9. Gestionar el confinamiento ambiental de sitios afectados por residuos y desechos sólidos, incluyendo el diseño y aplicación de medidas ambientales y socio-culturales pertinentes y las actividades de post-clausura que sean necesarias. 10. Pronunciarse con relación a la pertinencia y factibilidad técnica, ambiental, sanitaria, sociocultural y económica de las solicitudes de recursos para el manejo de las fases de transferencia y disposición final de desechos sólidos por parte de los órganos y entes municipales, mancomunados, distritales o estada les responsables de su operación. Realizar estudios de selección de sitio y proyecto integral de rellenos sanitarios y estaciones de transferencia de desechos sólidos. 11. Coordinar con los Municipios la recaudación de datos concernientes al manejo integral de residuos y desechos sólidos, para mantener actualizado el registro de información ambiental que lleva la Autoridad Nacional Ambiental y la Autoridad Nacional de Estadísticas. 12. Propiciar la cooperación técnica entre los diferentes organismos e instituciones con competencia en materia de residuos y desechos sólidos. 13. Proponer las guías referenciales para cálculos y ajustes de las tarifas y tasas por los servicios de manejo de residuos y desechos sólidos.
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14. Impartir, en forma directa o en cooperación con centros de formación y capacitación laboral, programas de capacitación para el personal que labora en manejo integral de residuos y desechos sólidos. 15. Impartir, en forma directa o en cooperación con centros de estudio, programas de formación profesional a todo nivel, en gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos. 16. Diseñar y promover programas de información, sensibilización y educación ambiental y sanitaria en el manejo de residuos y desechos sólidos. 17. Promover la producción y consumo de bienes y servicios de forma ambientalmente responsable, a fin de procurar su reducción, reutilización, recuperación y reciclaje de residuos sólidos. 18. Someter a la consideración de la Autoridad Nacional Ambiental la verificación de la sustentabilidad ambiental y económica de materiales, productos y procesos que en su denominación comercial o información publicitaria se presenten como ecológicos, reciclables, biodegradables o cualquier otra denominación, signo o distintivo que lo sugiera. 19. Promover la investigación, creación y desarrollo de tecnologías aplicadas al manejo integral de residuos y desechos sólidos, conjuntamente con la Autoridad Nacional en la materia. 20. Coordinar con órganos y entes públicos y privados competentes lo relativo a la disposición final de desechos cuyas características de peligrosidad hayan sido previamente anuladas. 21. Cualquier otra que le sea conferida por la normativa legal o reglamentaria. CAPÍTULO III De la dirección, administración y control de la Superintendencia Rectoría Artículo 14: La Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos estará regido por un Directorio, que tendrá la plena representación, dirección, supervisión y control de la misma; y una Dirección Ejecutiva, responsable de las funciones ejecutivas y administrativas. SECCIÓN PRIMERA DEL DIRECTORIO Integración del Directorio Artículo 15: El Directorio estará integrado por siete (7) Directores, responsables de las áreas técnica operativa en materias de ambiente, salud, seguridad pública, guardería ambiental, poder comunal y educación, quienes serán de libre nombramiento y remoción por parte de los respectivos despachos ministeriales, y un Presidente, de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República o el funcionario en quién este delegue esa facultad. Invitación al Directorio Artículo 16: Cuando el contenido de alguna materia o asunto específico lo requiera, serán invitados a participar en las deliberaciones del Directorio la representación de otros órganos y entes, tanto públicos como privados, y de la comunidad organizada, a fin de considerar sus puntos de vista en la materia. Designación de los representantes e instalación Artículo 17: La designación de los representantes y la instalación del Directorio de la Superintendencia se hará en un plazo máximo de treinta (30) días, prorrogable una sola vez, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. Vencido el lapso sin que las autoridades respectivas hubiesen designado su representante, quedarán investidos como tales los funcionarios que hayan sido designados para ocupar los cargos inherentes a las materias señaladas en los respectivos despachos ministeriales. Quórum de Instalación Artículo 18: El Directorio de la Superintendencia se considerará validamente constituido, cuando reúna para su instalación la mitad más uno de sus miembros.
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Atribuciones Artículo 19. Son deberes y atribuciones del Directorio de la Superintendencia los que a continuación se señalan: 1. Elaborar su propio reglamento interno de funcionamiento, en un lapso improrrogable de noventa (90) días, contados desde el momento de su constitución. 2. Aprobar la estructura organizativa y el reglamento interno de la Superintendencia. 3. Asesorar a los órganos y entes públicos nacionales y locales en la materia de su competencia. 4. Asesorar al órgano encargado de la elaboración del Plan Nacional de Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos. 5. Emitir su opinión con relación a los proyectos de normas técnicas en materia de residuos y desechos sólidos. 6. Propiciar la realización de investigaciones en el campo técnico, a fin de lograr soluciones efectivas para el manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 7. Recomendar la adopción de medidas necesarias para mejorar la gestión de los órganos y entes ejecutores del manejo integral de residuos y desechos sólidos. 8. Emitir su opinión sobre uso de metodologías, fórmulas y modelos con criterios técnicos, para el cálculo y ajustes de las tarifas y tasas por los servicios de manejo de residuos y desechos sólidos. 9. Pronunciarse con relación a los proyectos y tecnologías relacionados con el manejo integral de los residuos y desechos sólidos, presentados por los entes ejecutores. 10. Aprobar el plan operativo de la Superintendencia y su presupuesto anual. 11. Aprobar la celebración de los contratos relacionados con las operaciones de la Superintendencia. 12. Aprobar las guías referenciales para cálculos y ajustes de las tarifas y tasas por la prestación de los servicios de manejo de residuos y desechos, para cada tipo de servicio. 13. Autorizar el establecimiento de oficinas o dependencias y su supresión. 14. Aprobar, objetar o improbar los proyectos de Memoria y Cuenta Anual y Balance General. 15. Proponer a la Autoridad Nacional Ambiental, los proyectos de Reglamentos que considere necesarios. 16. Ordenar la revisión semestral de estados financieros, movimientos de caja y ejecución de los servicios, así como la situación de las inversiones realizadas. Aprobar las normas de procedimientos y control administrativo para la ejecución de los servicios. 17. Servir de instancia jerárquica superior a las decisiones de la Dirección Ejecutiva como órgano ejecutivo y administrativo. 18. Autorizar a la Dirección Ejecutiva la firma de convenios de cooperación, especialmente con centros universitarios y de investigación, para la creación de programas de investigación, formación y capacitación en manejo integral de residuos y desechos sólidos. 19. Las demás que le atribuyen las leyes y reglamentos. SECCIÓN SEGUNDA DE LA DIRECCiÓN EJECUTIVA
Dirección Ejecutiva Artículo 20: La Dirección Ejecutiva estará representada por la persona designada por la Autoridad Nacional Ambiental. Atribuciones de la Dirección Ejecutiva Artículo 21: La Dirección Ejecutiva ejercerá las funciones ejecutivas y administrativas de la Superintendencia, teniendo a su cargo las atribuciones de: 1. Ejecutar las decisiones y acuerdos del Directorio de la Superintendencia.
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2. 3. 4. 5.
Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Directorio. Seleccionar, contratar y administrar el personal, bienes y servicios. Gestionar y administrar los recursos económicos y financieros. Contratar los estudios, proyectos, obras y servicios que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones, previa aprobación del Directorio. 6. Coordinar la elaboración de proyectos de normas técnicas y reglamentarias que serán sometidas por el Directorio a consulta ante la Autoridad Nacional Ambiental. 7. Coordinar con las demás instancias del poder público, en todos sus niveles, lo relativo a las competencias concurrentes. 8. Supervisar y apoyar en las actividades de manejo de residuos y desechos sólidos realizadas por los órganos y entes estadales, distritales, metropolitanos, mancomunados o municipales ante situaciones de contingencia o emergencia. 9. Servir como órgano de instrucción para la apertura, sustanciación, decisión y aplicación de sanciones administrativas previstas en la presente ley. 10. Cualquier otra actividad que le sea conferida por el Directorio. CAPÍTULO IV Del patrimonio de la Superintendencia Patrimonio Artículo 22: El Patrimonio de la Superintendencia estará constituido por: 1. los aportes presupuestarios asignados por el Ejecutivo Nacional. 2. los bienes muebles e inmuebles y los derechos que a cualquier título adquiera o le fueren cedidos por el Ejecutivo Nacional y cualquier otro órgano y ente público o privado. 3. El producto resultante de las operaciones y negociaciones que realice en cumplimiento de su objeto. 4. las cantidades percibidas por concepto de prestación de los servicios que le hayan sido contratados. 5. los recursos que perciba por aplicación de multas e indemnizaciones por responsabilidad civil derivada del hecho ilícito, ejecución de fianzas y demás recaudaciones aplicables. 6. Cualquier otro ingreso que perciba con ocasión del ejercicio de sus competencias. TÍTULO IV DEL MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS CAPÍTULO I De los Planes de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos Consulta pública Artículo 23: El proyecto de Plan Nacional para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos, elaborado por la Autoridad Nacional Ambiental, será sometido a consulta pública, luego de la cual será aprobado conforme a los lineamientos de la planificación centralizada. Adecuación Artículo 24: El Plan Nacional de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos deberá considerar los aspectos sociales, económicos, sanitarios y ambientales, previendo la utilización de tecnologías y procesos que respondan a las necesidades y características de las diversas regiones del país, con la finalidad de optimizar las fases de ejecución y operatividad, control, fiscalización y supervisión de la gestión. Plazo de elaboración y vigencia Artículo 25: El Plan Nacional de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos será elaborado en el lapso de dos (2) años a partir de la aprobación de la presente ley. Tendrá una vigencia de diez (10) años, y será objeto de revisión y actualización cada cinco años, sin
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perjuicio de incorporar la información de relevancia nacional que aporten los planes estadales y municipales que entren en vigencia posteriormente. Concordancia Artículo 26: los Planes de Gestión del Manejo Integral de los Residuos y Desechos Sólidos, en e! ámbito estadal y municipal, deberán estar en concordancia con lo establecido en el Plan Nacional de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos y demás planes aplicables, debiendo considerar los medios de consulta y participación ciudadana para su elaboración. Programas diferenciados de servicio Artículo 27: En los planes de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, deberán considerarse las acciones adecuadas para los residuos y desechos sólidos que por sus características físicas, químicas o biológicas, complejidad o cuantía ameriten condiciones especiales de manejo, para los cuales deberán existir programas diferenciados de servicio, cuya prestación estará sujeta a tarifas especiales con cargo a sus generadores, poseedores o responsables. Obligatoriedad Artículo 28: Las previsiones y determinaciones de los Planes de Gestión del Manejo Integral de los Residuos y Desechos Sólidos serán de obligatorio cumplimiento, dentro de su ámbito de aplicación, para las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. Contingencias y prevención de riesgos Artículo 29: En los planes de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos deberán considerarse las acciones inmediatas frente a posibles contingencias y los programas para la prevención de riesgos por eventos socio-naturales y tecnológicos. Plan Local Artículo 30: La aprobación de las ordenanzas del Plan Local de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos y de aseo urbano y domiciliario, incluyendo la fijación de las nuevas tarifas, se hará en el lapso de los doce (12) meses siguientes a partir la publicación de la presente ley en la gaceta oficial Lapso Artículo 31: La aprobación del Plan Estadal de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos se realizará en el lapso de doce (12) meses a partir de la vigencia de la presente ley. El incumplimiento de esta normativa genera responsabilidad administrativa. Solícitud de recursos Artículo 32: Sin perjuicio de lo previsto por la Autoridad Nacional de Planificación y Presupuesto, las solicitudes de recursos financieros para adquisición de bienes, prestación de servicios, ejecución de obras y similares deberán demostrar su correspondencia y pertinencia con lo dispuesto en los respectivos planes para la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, además de contar con la aprobación de los respectivos Consejos de Planificación y Control de Políticas Públicas del ámbito que se trate. Mientras dichos planes no entren en vigencia, los proyectos cuyo financiamiento se solicite deberán contar con la autorización de la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos o, en su defecto, de la Autoridad Nacional Ambiental. Capítulo II Del manejo integral SECCIÓN PRIMERA DISPOSICIONES GENERALES De las fases del manejo Artículo 33: El manejo integral de los residuos y desechos sólidos abarca las fases de generación, limpieza o barrido, acopio, recolección, almacenamiento, transferencia, tratamiento,
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disposición final, clausura y post-clausura de rellenos sanitarios; las actividades necesarias para reducir o minimizar la generación de residuos y desechos sólidos y la recuperación de materiales aprovechables. Sujeción Artículo 34: El manejo integral de los residuos y desechos sólidos deberá ser sanitario y ambientalmente adecuado, con sujeción a las medidas de prevención, mitigación, corrección y control de impactos negativos sobre el ambiente y la salud, conforme a las disposiciones establecidas en esta Ley y su reglamentación. Corresponsabilidad Artículo 35: Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas concurrirán, dentro de los límites de su responsabilidad, en el manejo adecuado de residuos y desechos sólidos, a los fines de: 1. Realizar el manejo en forma adecuada, efectiva y eficaz, conforme a la normativa técnica y planes de gestión aplicables. 2. Prevenir y reducir la generación de residuos y desechos sólidos, especialmente cuando se trate de la fabricación, distribución y uso de productos de consumo masivo inmediato. 3. Evitar riesgos a la salud o al ambiente por el manejo inadecuado de residuos y desechos sólidos. 4. Valorizar los residuos sólidos generados, mediante programas que garanticen su recuperación, reutilización, reciclaje, transformación o cualquier otra acción dirigida a obtener materiales aprovechables o energía. 5. Desarrollar y aplicar tecnologías ambientalmente sustentadas que eviten o minimicen la generación de residuos y desechos sólidos. Manejo separado Artículo 36: El manejo de residuos y desechos sólidos no peligrosos deberá realizarse en forma separada de materiales, sustancias y desechos peligrosos, salvo que éstos se presenten encapsulados o neutralizados previamente, conforme indique la reglamentación; en caso contrario deberá ser manejado conforme a la normativa que rige para desechos peligrosos. Manejo inadecuado Artículo 37: En caso de encontrarse residuos y desechos sólidos abandonados o depositados sin adecuado manejo, las autoridades competentes ordenarán la realización del manejo que sea requerido, a expensas del responsable de su abandono o manejo inadecuado. Uso de equipos y tecnologías Artículo 38: Los equipos y tecnologías a ser utilizados en las diferentes etapas del manejo de los residuos y desechos sólidos deberán ser adecuados a la cantidad, clasificación y cualidades de los mismos y contar con la autorización emitida por los ministerios competentes en materia de Ciencia y Tecnologia, Ambiente y Salud, avalados por la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos. Cronograma de adecuación Artículo 39: Las personas naturales o juridicas, públicas o privadas que tengan establecimientos, equipos, materiales e instalaciones para actividades de manejo de residuos y desechos sólidos deben presentar un cronograma de adecuación para su efectiva realización, acordado por la Autoridad Nacional Ambiental, en un plazo no mayor de cuatro (4) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. El cronograma de adecuación deberá contener la información que exija la reglamentación técnica e indicará el plazo máximo de adecuación. Evaluación del cronograma Artículo 40: Presentado el cronograma de adecuación, el organismo competente procederá a su evaluación. De ser procedente, autorizará la continuación temporal de la actividad y fijará las condiciones, limitaciones y restricciones bajo las cuales dicha actividad se desarrollará mientras cumple con el plazo de adecuación. Si no lo considera adecuado, lo comunicará al interesa-
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do para que efectúe las rectificaciones correspondientes y proceda a la consignación del nuevo cronograma dentro de los treinta (30) días consecutivos, a partir de la notificación. SECCIÓN SEGUNDA DE LA GENERACiÓN Deberes de los generadores Artículo 41: La persona natural o jurídica, pública o privada, que genere o posea residuos y desechos sólidos, deberá: 1. Realizar el manejo de residuos y desechos sólidos de manera segura, a fin de evitar daños a la salud y al ambiente. 2. Realizar la segregación inicial de los mismos conforme se indique el Plan Local de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos y la normativa técnica. 3. Realizar el acopio de los residuos y desechos sólidos mediante el uso de un depósito temporal, contenedores o recipientes adecuados para los tipos de residuos y desechos sólidos y colocarlos en los sitios, días y horarios definidos comunalmente para facilitar el servicio de recolección, conforme indique el Plan Local de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos y la normativa técnica. 4. Facilitar la recuperación de materiales aprovechables acopiados en la forma, sitio, días y horarios definidos comunalmente y permitir su libre recolección. 5. Permitir el acceso a los sitios o instalaciones donde se acumulen y acopien residuos y desechos sólidos dentro del inmueble y prestar facilidades a los organismos competentes en materia de ambiente y salud, para que realicen labores de inspección, control y profilaxia en caso de ser requerido. 6. Adoptar medidas para reducir la generación de residuos y desechos sólidos, a través de procesos productivos tecnológicamente viables, con sujeción a lo establecido en la presente Ley, su reglamento y la normativa técnica. Programas de retorno Artículo 42: Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas responsables de la importación, fabricación o distribución de mercancías o productos de consumo masivo que generen residuos y desechos sólidos, deberán contar con programas de retorno para la recuperación de sus residuos, incluyendo los mecanismos de devolución o depósito equivalente, acopio, almacenamiento y transporte, que garantice su reutilización en la cadena productiva o su efectivo reciclaje. Se entiende por consumo masivo la utilización inmediata y en grandes cantidades, en forma individual o colectiva, de productos que conllevan a la generación de residuos o desechos sólidos, tales como envases, envoltorios, recipientes y similares. Prohibición Artículo 43: Se prohíbe la introducción en parques nacionales, monumentos naturales y zonas sin acceso terrestre o de difícil acceso, de mercancías o productos de consumo cuyos residuos sólidos sean desechables, salvo que los responsables de su distribución, comercialización o consumo se comprometan a retirarlos, previa caución o depósito equivalente. Información a los consumidores Artículo 44: Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas responsables de la importación, fabricación o distribución de mercancías o productos de consumo masivo, deben asegurar que los mismos cuenten con adecuada identificación e información a sus consumidores que faciliten la identificación y tipo de manejo dentro del programa de retorno o reciclaje. Uso de simbología Artículo 45: Sólo podrá utilizarse simbología y textos indicativos de reutilizable o reciclable cuando el programa respectivo esté disponible al público.
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Uso de material Artículo 46: Los fabricantes de envases y envoltorios, especialmente los contentivos de productos de consumo masivo inmediato, deberán manufacturarlos con materiales que faciliten su retorno, reutilización, biodegradabilidad o reciclaje efectivo. Condiciones de seguridad Artículo 47: Los residuos y desechos sólidos no peligrosos provenientes de establecimientos o instituciones de salud o investigación animal o humana, laboratorios y similares, deberán cumplir con las condiciones de seguridad para su manejo integral, a fin de garantizar su separación de los residuos y desechos peligrosos. Prohibición Artículo 48: Se prohíbe a las personas que transitan por espacios públicos, así como las personas que laboran en la economía informal, arrojar residuos y desechos sólidos fuera de los dispositivos previstos para su acopio y recolección. Programa de separación Artículo 49: La autoridad municipal deberá implantar mecanismos para que los generadores participen en los programas de separación de residuos y desechos sólidos desde su origen, de conformidad con los lineamientos existentes en materia sanitaria y ambiental y lo que prevea el reglamento de la ley. Programa de minimización y segregación Artículo 50: Los generadores de grandes volúmenes de residuos y desechos sólidos deberán contar con programas de minimización y segregación en el origen convenidos con la autoridad municipal competente, para insertarlos en los programas y proyectos de retorno y reciclaje. Los generadores de residuos inertes voluminosos, como escombros, chatarras, neumáticos o similares, deberán ajustarse a las previsiones de las normativas locales y nacionales para el manejo de los mismos. SECCIÓN TERCERA DE LA LIMPIEZA URBANA Limpieza urbana Artículo 51: Las operaciones de limpieza urbana son de ejecución continua y deberán realizarse conforme a los programas y proyectos a desarrollarse por cada municipio, bajo las directrices del plan local de manejo de residuos y desechos sólidos. Colocación de residuos y desechos Artículo 52: Los residuos y desechos sólidos que provengan de las labores de limpieza de espacios públicos deberán ser colocados en el lugar, horario y forma que indique el respectivo plan local de manejo en función de la cantidad, clasificación y cualidades de los mismos. SECCIÓN CUARTA DEL ALMACENAMIENTO Almacenamiento Artículo 53: A los efectos de la presente ley se entenderá por almacenamiento el acopio de los residuos y desechos sólidos no peligrosos tratados o no, en un sitio ambiental y sanitariamente apropiado. Los desechos sólidos de orígen doméstico, comercial, industrial o de cualquier naturaleza que no sean peligrosos, deben ser depositados y almacenados conforme a la normativa técnica en materia ambiental y sanitaria. Segregación en el origen Artículo 54: A los efectos de promover la segregación en el origen, los recipientes o contenedores destinados al acopio de residuos y desechos sólidos deberán estar debidamente identificados para el tipo de residuo o desecho que corresponda y deberán ser frecuentemente vaciados y
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aseados, a fin de mantenerlos en óptimas condiciones sanitarias, evitar el derrame de su contenido o su acumulación prolongada. Prohibición Artículo 55: Se prohíbe el bote, vertido o abandono de residuos y desechos sólidos fuera de los sitios o dispositivos destinados para tal fin. De las condiciones del almacenamiento Artículo 56: Todo inmueble que requiera un sitio de almacenamiento temporal de residuos y desechos sólidos deberá cumplir con las siguientes condiciones mínimas: 1. Disponer de un espacio con las dimensiones adecuadas para la cantidad y tipo de desechos generados, considerando las frecuencias de recolección y posibles contingencias. 2. Contar con facilidades de acceso para las maniobras de carga y descarga, a los efectos de la limpieza del área. 3. Las que establezca la presente Ley, su reglamentación y demás normativa técnica sanitaria y ambiental. Diseño de contenedores Artículo 57: Los contenedores y recipientes destinados al almacenamiento temporal de los residuos y desechos sólidos, deberán diseñarse y utilizarse en función de la cantidad, tipo y frecuencia de recolección de los materiales. El reglamento de la presente ley establecerá todo lo atinente a esta materia. Ubicación de contenedores Artículo 58: En los sitios de alta densidad poblacional, de difícil acceso vehicular o de condiciones topográficas limitantes, el responsable de la gestión de los residuos y desechos sólidos ubicará en sitios estratégicos los contenedores o recipientes de almacenamiento temporal, a fin de facilitar su recolección, de acuerdo con los lineamientos previstos en el reglamento de la presente ley, la normativa técnica aplicable y el plan local de manejo respectivo. Minimización de riesgos Artículo 59: Para el almacenamiento, los materiales recuperables segregados deberán estar empacados, separados yen lugares seguros, de modo de minimizar riesgos de incendios, plagas o enfermedades y a los fines de facilitar su manejo. SECCIÓN QUINTA DE LA RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y TRANSFERENCIA De la recolección Artículo 60: La recolección de residuos y desechos sólidos es una operación continua, conforme al proyecto de rutas establecidas en el plan local, que contendrá frecuencia, horarios y patrones de ejecución, que deberán ser del conocimiento de la comunidad. Recolección clasificada en origen Artículo 61: El ente responsable de la gestión local deberá ubicar los contenedores apropiados para la recolección clasificada desde el origen, por tipo de material, e informar debidamente a la población respecto de la frecuencia de recolección de los materiales reciclables, sin perjuicio de la dotación que puedan ofrecer las empresas recicladoras conforme a lo establecido en el respectivo plan local. Servicio especial Artículo 62: Los residuos y desechos sólidos que por sus características o volumen impidan el manejo en forma regular, requerirán de un servicio especial para su recolección, transporte o transferencia, conforme a la ordenanza de aseo urbano y domiciliario. Medidas de seguridad Artículo 63: La recolección, transporte y transferencia de residuos y desechos sólidos debe realizarse debiendo asegurar que durante su traslado no se disperse la carga, ni se derramen
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líquidos o lixiviados a su paso, evitando o controlando malos olores, presencia de plagas y minimizando los riesgos a la salud y el ambiente, conforme a la normativa técnica. Vehículos para la recolección Artículo 64: El transporte de residuos y desechos sólidos deberá ser realizado en vehículos destinados exclusivamente a ese efecto. El equipo de recolección y transporte deberá ser adecuado a la cantidad y tipo de residuos o desechos, a las características de la vialidad, estar identificados y cumplir con condiciones de higiene y seguridad para su operación, conforme lo que indique el respectivo plan local. Transferencia Artículo 65: Transferencia es la fase del manejo de los residuos y desechos sólidos que tiene como función primordial facilitar el trasbordo y compactación de los mismos para ser transportados hacia el sitio de disposición final en unidades de mayor capacidad. La operación de transferencia deberá considerarse, cuando la distancia desde los límites del área servida a los sitios de disposición final así lo requiera y deberá realizarse en instalaciones debidamente acondicionadas. Responsabilidad del generador Artículo 66: En los casos de manejo de grandes volúmenes de alimentos, que por razones de deterioro natural, vencimiento del lapso para su consumo, descomposición, contaminación o cualquier otra situación que a juicio de la autoridad sanitaria produzcan riesgo para la salud, deben ser considerados como residuos o desechos sólidos, según sea el caso y deberán ser tratados o llevados para su disposición final por el generador, previa autorización de los órganos competentes en materia de salud y ambiente. SECCIÓN SEXTA DEL APROVECHAMIENTO Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS Sistemas de aprovechamiento Artículo 67: El aprovechamiento de residuos es el proceso mediante el cual se obtiene un beneficio de los residuos sólidos, como un todo o parte de él. Se consideran sistemas de aprovechamiento de residuos sólidos, el reciclaje, la recuperación, la reducción, la reutilización y otros que la ciencia y la tecnología desarrollen. Programas de manejo Artículo 68: El aprovechamiento de los residuos sólidos se hará a través de programas para su manejo, en los cuales se establecerán las obligaciones, condiciones y modalidades para el cumplimiento de tal fin. Medidas y acciones Artículo 69: Dentro de sus respectivos ámbitos de competencias, los municipios, los estados yel Ejecutivo Nacional, adoptarán las medidas y acciones pertinentes para prevenir o minimizar la generación de residuos y desechos sólidos, tales como envases, envoltorios y recipientes desechables, entre otros, así como promover la producción de los que sean reciclables, reutilizables y retornables. Limitación Artículo 70: El Estado limitará progresivamente la producción, importación, distribución y comercialización de productos de consumo masivo cuyos envases, empaques, envoltorios y recipientes sean desechables. Se exceptúan aquellos que sean de materiales reutilizables, reciclabies o biodegradables, siempre que se garantice su acopio, recolección local y exista demanda para su aprovechamiento como materia prima. Plazo para cumplimiento de objetivos Artículo 71: La Autoridad Nacional Ambiental, conjuntamente con quien ejerza la competencia en materia de industrias ligeras y comercio, establecerán los plazos para cumplir los objetivos
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de reducción, retorno, reutilización y reciclaje, sin perjuicio de lo dispuesto en los respectivos planes de gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos. Condiciones de seguridad y calidad Artículo 72: El producto resultante del aprovechamiento de los residuos sólidos deberá reunir las condiciones sanitarias, ambientales, de seguridad y de calidad establecidas en las normas correspond ientes. Registro de empresas recuperadoras Artículo 73: Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que pretendan recuperar materiales aprovechables, deben inscribirse como empresas recuperadoras en el Registro correspondiente, por ante la Autoridad Nacional Ambiental y obtener la autorización correspondiente. Objetivo del tratamiento Artículo 74: El tratamiento de los residuos sólidos tendrá como objetivo la reducción del volumen, forma, peso o modificación de propiedades, a los fines de facilitar su manejo, propiciar su aprovechamiento o reducir los riesgos a la salud y al ambiente. Tratamientos de neutralización previa Artículo 75: Los productos utilizados con fines farmacológicos o cosméticos, que estén vencidos, contaminados, abandonados o hayan cumplido los fines para los cuales fueron producidos, deberán ser tratados mediante algunos de los métodos existentes en caso que presenten riesgo de peligro a la salud o el ambiente, a fin de neutralizar sus efectos y ser llevados para su disposición final por un prestador de servicio autorizado, previa autorización de los órganos competentes en materia de salud y ambiente. En caso que su neutralización no sea posible, deberá manejarse como residuos peligrosos. SECCIÓN SÉPTIMA DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS Artículo 76: Se prohíbe la importación de desechos sólidos.
Prohibición
De la Importación Artículo 77: La importación de residuos sólidos sólo podrá efectuarse cuando se requieran como materia prima para procesos productivos plenamente demostrados, siempre que no exista disponibilidad en el país de materiales equivalentes y se garantice su consumo total o su disposición en condiciones que no representen riesgos para la salud o el ambiente, previa aprobación de las autoridades competentes. De la exportación Artículo 78: La exportación de los residuos sólidos aprovechables podrá ser autorizada, una vez satisfecha la demanda interna. La regulación de dicha actividad será establecida en el reglamento respectivo. Prohibición de importación Artículo 79: Se prohíbe la importación de residuos que exijan condiciones especiales de manejo, en particular, los que pretendan ingresar de forma indirecta como componentes desechables de otros bienes o mercancías, tales como baterías en juguetes, electrodomésticos y afines, así como residuos de demolición y productos tecnológicos obsoletos. SECCIÓN OCTAVA DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS Disposición final de desechos Artículo 80: La disposición final es la fase del manejo integral de los residuos y desechos que tiene por finalidad la eliminación o confinamiento en forma definitiva, sanitaria y ambientalmente segura de los mismos.
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Todo desecho sólido, así como los residuos sólidos que no tengan aprovechamiento en el plazo que determine el reglamento o el plan local de manejo, en función de sus características, deberán destinarse al sitio de disposición final que corresponda. Condiciones de los rellenos sanitarios Artículo 81: La disposición final de desechos sólidos de origen doméstico se realizará en rellenos sanitarios, los cuales son obras de ingeniería manejado por personal técnico calificado y deben reunir las condiciones que indiquen las normas técnicas para su ubicación, diseño y operación. Ubicación de rellenos Artículo 82: Todo municipio debe contar con un relleno sanitario para la disposición final de sus desechos sólidos, el cual podrá estar dentro o fuera de su jurisdicción, en forma mancomunada con otros municipios. Prohibición en sitios de disposición final Artículo 83: Se prohíbe la separación y extracción de materiales aprovechables en los sitios de disposición final. Las personas que han venido realizando esta actividad en vertederos a cielo abierto, previo censo y estudio social, tendrán prioridad para conformar las rutas de recolección con segregación desde el origen y ser beneficiarias de los programas de reinserción socio-cultural. Progresivamente estas personas deberán adecuar su actividad a lo que establezca la autoridad competente, en concordancia con las normas sanitarias y ambientales. Lodos tratados Artículo 84: Los lodos producidos por las plantas de tratamiento de aguas o tratamientos residuales no peligrosos, una vez solidificados o estabilizados, así como los desechos peligrosos cuyos riesgos hayan sido reducidos por tratamientos tales como esterilización, neutralización, encapsulamiento o similares, deberán ser llevados a los sitios de disposición final previstos en esta ley, previa aprobación de la Autoridad Nacional Ambiental o Sanitaria, según el caso. Prohibición de quema Artículo 85: Se prohíbe la quema de desechos sólidos. Se podrán utilizar sistemas de tratamiento térmico controlado, tales como autoclaves, hornos, crematorios y similares, solo para materiales ya segregados, en función de sus tipos, conforme al Plan Local de Gestión del Manejo de Residuos y Desechos Sólidos, previa aprobación de las autoridades competentes. Sujeción al manual de operaciones Artículo 86: En la operación de rellenos sanitarios se deberá cumplir con lo dispuesto en su respectivo manual de operación, en particular, la conformación, compactación y enterramiento diario de los desechos, así como la captación y eliminación de lixiviados y gases. El biogás liberado deberá ser quemado a los fines de evitar su incidencia en el calentamiento global; su aprovechamiento energético con fines comerciales deberá contar con la aprobación del órgano o ente con competencia en materia de energía. SECCIÓN NOVENA DE LA CLAUSURA Y POST CLAUSURA DE RELLENOS SANITARIOS Clausura y Post-clausura Artículo 87: Se entiende por clausura la suspensión definitiva o temporal de un sitio de disposición final de residuos sólidos, por no cumplir con los requisitos que establecen la reglamentación y normatividad correspondientes, o por cumplir su ciclo de operación. Conversión a relleno sanitario Artículo 88: Los municipios, mancomunidades y otras formas asociativas que actualmente utilizan vertederos a cielo abierto, deberán ajustarlos a un cronograma de adecuación de operación y conversión a relleno sanitario. Si el sitio no tiene posibilidades de convertirse en relleno
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sanitario, será sometido a un plan de saneamiento, clausura y post-clausura que apruebe la Autoridad Nacional Ambiental. Vertederos inoperativos Artículo 89: Los rnurucipros, mancomunidades y otras formas asociativas deberán delimitar e identificar los lugares que hayan sido utilizados para la disposición final de desechos sólidos y que actualmente no estén en operación, a fin de someterlos a un plan de saneamiento, clausura y postclausura que apruebe la Autoridad Nacional Ambiental. Plan de clausura y post-clausura Artículo 90: Todo relleno sanitario, una vez cumplida su vida útil, estará sujeto al plan de clausura y post-clausura que apruebe la Autoridad Nacional Ambiental en el respectivo manual de operación, debiendo aplicarse además las medidas sanitarias y ambientales definitivas para garantizar la eliminación de gases y lixiviados, así como el saneamiento y reordenación del sitio. CAPÍTULO III Del manejo de residuos y desechos inertes voluminosos Generación y Almacenamiento Artículo 91: La generación y almacenamiento de residuos con materiales inertes voluminosos, como escombros, chatarras, neumáticos o similares, deberán ajustarse a la normativa técnica para el manejo de los mismos. Manejo especial Artículo 92: Los residuos sólidos inertes voluminosos que por su calidad, cantidad, magnitud, volumen o peso impidan su recolección, transporte y tratamiento en forma regular, tales como escombros, cadáveres de animales, restos de árboles y otros desechos sólidos, requerirán de un manejo especial y deberán ser gestionados por ante la autoridad municipal competente, conforme a la normativa técnica. Prohibición Artículo 93: Para los desechos inertes voluminosos como escombros, chatarras, neumáticos o similares, el plan local o mancomunado de gestión del manejo de residuos y desechos sólidos debe establecer los sitios previstos para su disposición temporal o final. Se prohíbe disponer este tipo de desechos en celdas de relleno sanitario, salvo como material de cobertura. Mientras no estén vigente los referidos planes de gestión, corresponderá a la Autoridad Nacional Ambiental aprobar los sitios de disposición temporal o final de los mismos, prefiriendo lugares ya afectados por otras actividades; los escombros y tierra, provenientes de demolición y excavación, se podrán disponer en terrenos que requieran nivelación o relleno, de conformidad con la normativa ambiental. CAPÍTULO IV Del régimen económico
Régimen económico Artículo 94: El régimen económico estará conformado por las tarifas y tasas que se cobren por la prestación del servicio de manejo integral de residuos y desechos sólidos; así como los subsidios, donaciones y demás recursos materiales, económicos y financieros aportados por los órganos y entes de la Administración Pública en todos sus niveles y cualquier otro que ingrese por concepto de manejo especial de residuos y desechos sólidos. Responsabilidad del municipio Artículo 95: El Municipio es responsable de garantizar la prestación de los servicios de aseo urbano y domiciliario, en forma adecuada, eficiente y eficaz. Los servicios a los que se refiere esta Ley comprenden cada una de las fases de manejo integral de los residuos y desechos sólidos, salvo la disposición final, que podrán ser prestados de acuerdo con las siguientes modalidades:
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1. Por los municipios o distritos en forma directa. 2 Por mancomunidades de municipios u otras formas asociativas municipales. 3 Por asociaciones cooperativas, empresas de propiedad social o comunitarias y otros entes de carácter privado, mediante contrato o concesión. 4 Por La Superintendencia Público Nacional para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos y cualquier otro ente público nacional o estadal, mediante convenio, contratación o por avocamiento en casos de contingencia. 5. Por cualquier otra modalidad que el municipio estime conveniente, de acuerdo con las normativas sobre licitaciones, contrataciones y concesiones de obras y servicios. Tasa Artículo 96: La prestación de los servicios de manejo integral de residuos y desechos sólidos, realizada en forma directa o delegada por la autoridad municipal, tendrá como contrapartida obligatoria el pago de la tasa que corresponda, en función de las tarifas vigentes para el tipo, características y cuantía de los residuos y desechos cuya operación involucre. Quienes detenten o posean residuos y desechos sólidos que requieran un servicio de manejo especial, deberán pagar adicionalmente la tasa fijada para el servicio requerido. Tarifas Artículo 97: Las tarifas y forma de pago por el costo de los servicios especiales prestados serán aprobadas anualmente, en función de los costos reales para cada tipo de servicio, atendiendo al principio de equidad. Cesión de bienes Artículo 98: Cuando la ejecución de cualesquiera de las fases de manejo integral de residuos y desechos sólidos sean transferidas o contratadas por los municipios a otros órganos o entes del Poder Público Distrital o Estadal, o que ante situaciones de emergencia o contingencia éstos deban avocarse a su ejecución, le serán transferidos también los bienes y personal propios que puedan ser afectados a la prestación del servicio, mientras dure la contingencia o culmine la duración del contrato. Dichos bienes serán inventariados para su registro y control. Así mismo serán evaluados para su posterior devolución. Los costos invertidos en la ejecución temporal o permanente del servicio transferido podrán ser cubiertos por aportes de los municipios beneficiados o mediante el cobro de las tasas que correspondan directamente en la recaudación domiciliaria y demás usuarios del servicio, conforme a las tarifas vigentes. Prohibición de subrogación Artículo 99: En caso de ser contratada la prestación de los servicios, el órgano o ente estadal o distrital no se subrogará en las obligaciones laborales, civiles y mercantiles que puedan tener el ente contratante o el anterior prestador del servicio, las cuales serán asumidas por sus responsables. TÍTULO V De la Participación Ciudadana CAPÍTULO I De los derechos y deberes en manejo de residuos y desechos sólidos Derechos Artículo 100: En el proceso de gestión del manejo de los residuos y desechos sólidos, serán considerados como derechos de las personas: 1. La protección de la salud y del ambiente frente a los riesgos o daños que se puedan producir durante todas las operaciones. 2. La participación en el proceso de elaboración de los planes, programas y proyectos. 3. El acceso a un servicio de aseo urbano, domiciliario y de disposición final de desechos sólidos de calidad, eficiente y eficaz, que permita disfrutar de espacios públicos libres de residuos y desechos.
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4. El acceso a la información y obtención de los datos relacionados con el manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 5. La formación y capacitación básica para participar activamente en el manejo apropiado de los residuos y desechos sólidos que le compete a la ciudadanía, a fin de alcanzar una cultura de producción y consumo ambientalmente responsable. 6. Tener la opción a comprar productos de consumo masivo que no sean desechables, o que estén contenidos en envases, recipientes, empaques o embalajes que sean retornables. Deberes Artículo 101: En el proceso de gestión del manejo de los residuos y desechos sólidos, serán considerados como deberes de las personas: 1. Pagar las tasas por los servicios prestados por el municipio, cancelar las mullas y demás cargas aplicadas por las autoridades competentes. 2. Cumplir con las normas y recomendaciones técnicas establecidas por las autoridades competentes. 3. Informar a las autoridades competentes de las infracciones que cometan los generadores y operadores de los residuos y desechos sólidos, en contra de la normativa existente en la presente Ley y su Reglamento. 4. Abstenerse de arrojar residuos y desechos fuera de los sitios, recipientes y contenedores colocados para su acopio; así como de colocarlos fuera de los horarios establecidos para la recolección. 5. Almacenar los residuos y desechos sólidos con sujeción a las normas sanitarias y ambientales, para evitar daños a terceros y facilitar su recolección, según lo establecido en esta Ley, su Reglamento y las ordenanzas. 6. Participar en los programas de reducción de la generación de residuos y desechos, así como en los de recuperación, reutilización y reciclaje de envases, empaques y afines. CAPÍTULO II De la educación ambiental Objeto Artículo 102: La educación ambiental en la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos tiene por objeto promover, desarrollar y consolidar una cultura de producción y consumo ambientalmente responsable, para prevenir y minimizar la generación de residuos y desechos sólidos, así como estimular la participación individual y colectiva en planes, programas y proyectos relacionados con la materia. Educación ambiental Artículo 103: Las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, responsables de la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, deberán llevar a cabo procesos permanentes de educación ambiental que permitan la participación ciudadana en su adecuado manejo, así como en la prevención y reducción de su generación, de conformidad con la normativa que rige la materia yen concordancia con lo previsto en los planes de gestión respectivos. CAPÍTULO III De los medios de participación De la participación Artículo 104: Toda persona natural o jurídica, pública o privada, concurrirá en el ámbito de sus responsabilidades y capacidades, a participar en la definición, ejecución, control y evaluación de la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos. De las comunidades organizadas Artículo 105: Las comunidades organizadas podrán insertarse en el proceso de toma de decisiones de las distintas actividades que tengan que ver con el manejo de los residuos y desechos
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sólidos, en los términos establecidos en esta Ley y los que establezcan las respectivas coordinaciones con los organismos públicos competentes. De la información Artículo 106: Las autoridades ambientales deberán incorporar a los ciudadanos en los procesos de gestión contemplados en esta ley, mediante mecanismos idóneos y dispositivos de intercambio de información, tales como talleres de trabajo, espacios físicos y virtuales de información, medios de difusión masivos y todos aquellos que consideren importantes para facilitar la efectiva participación. Interacción Artículo 107: Los órganos y entes competentes deberán interactuar con las comunidades organizadas, a los fines de: 1. Conocer y tratar sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio, para mejorar la calidad, eficiencia y eficacia del mismo. 2. Conocer y tratar sobre aspectos relativos al sistema tarifario, modificaciones o ajustes de las tasas por los servicios. 3. Conocer y dar respuesta a los requerimientos de las comunidades con relación a la gestión del manejo de los residuos y desechos sólidos. Participación Protagónica Artículo 108: En la gestión, supervisión y manejo de residuos y desechos sólidos podrán participar todas las formas asociativas que legal y legítimamente representen a las comunidades y demás movimientos sociales, como medios de participación directa y protagónica. De la contraloría social Artículo 109: Las comunidades organizadas y demás grupos sociales ejercerán la contraloría social para la supervisión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, integrada en la forma y modalidad que decidan, conforme a las normas de participación y las de protección a consumidores y usuarios. Participación en programas y proyectos Artículo 110: Dentro de su ámbito territorial, las comunidades organizadas tendrán prioridad para la participación en la elaboración y ejecución de los diversos programas y proyectos contenidos en los planes de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, mediante convenios de cooperación con la autoridad municipal, previa demostración de su capacidad para realizarlo, por Artículo 111: Se dará preferencia a la participación de las comunidades organizadas en la realización del manejo de los materiales recuperados en el proceso de separación clasificada desde el origen, en su propia circunscripción y en la recolección y transporte hasta los centros de acopio o directamente a las empresas recicladoras. Establecimiento de rutas Artículo 112: En los casos en que las rutas de recolección clasificada desde el origen no se encuentren establecidas, las comunidades organizadas convendrán directamente con la autoridad municipal competente el procedimiento para posibilitar su incorporación gradual en las mismas. De no resultar significativa la recuperación de materiales aprovechables, dichas comunidades podrán participar de los demás componentes del plan local de gestión que estén en capacidad de realizar. Prioridad en la participación Artículo 113: En las rutas de recolección de residuos y desechos sólidos clasificados desde el origen, tendrán prioridad de participación las organizaciones integradas por personas que han realizado recuperación de materiales aprovechables en los actuales vertederos y se hayan acogido al programa de reinserción social, bien sea en la prestación del servicio como comunidad organizada, con otros prestadores del servicio o directamente a disposición de la autoridad municipal competente.
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Educación permanente Artículo 114: Las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, responsables de la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, deberán llevar a cabo procesos permanentes de educación ambiental que permitan la participación ciudadana en su adecuado manejo, así como en la prevención y reducción de su generación, de conformidad con las normativas que rigen la materia y en concordancia con lo previsto en los planes de gestión respectivos. TÍTULO VI Del Control CAPÍTULO I Disposiciones Generales Del Control Artículo 115: El Estado, a través de los órganos y entes con competencia en materia de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, ejercerá el control establecido en la presente ley. Propuestas de métodos y tecnologías Artículo 116: Los interesados en presentar propuestas de métodos y tecnologías para manejo de residuos sólidos deberán tramitar, por ante el Directorio dLa Superintendencia , la factibilidad ambiental y sanitaria. En caso de tratarse de tecnologías en fase de experimentación o investigación, deberá tramitarse conjuntamente con la autoridad nacional en materia de ciencia y tecnología. De las actividades de tratamiento Artículo 117: Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que pretendan realizar actividades de tratamiento para transformar, reducir, eliminar o minimizar residuos y desechos sólidos, deben obtener de la autoridad competente la ocupación del territorio y la afectación de recursos. Sujeción a control Artículo 118: Las actividades del manejo integral de los residuos y desechos sólidos estarán sujetas a los instrumentos y mecanismos de control previo y posterior, que sean establecidos en los respectivos planes de gestión y en las normas sanitarias y ambientales. Desarrollo de programas y proyectos Artículo 119: El Estado, a través de sus órganos, entes y misiones competentes, deberá desarrollar y promover programas y proyectos de monitoreo, supervisión, seguridad sanitaria y calidad del servicio en la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos, sin perjuicio de la contraloría social participativa. Control ambiental y sanitario Artículo 120: El control ambiental y sanitario en el manejo de los residuos y desechos sólidos se regirá por lo establecido en la presente Ley así como en las normas técnicas y de control que se desarrollen, por parte de las autoridades nacionales competentes. CAPÍTULO II Control Previo Sanitario-Ambiental Del Control Previo Artículo 121: El Estado, a través de los diversos órganos y entes competentes en la gestión del manejo integral de residuos y desechos ejercerá el control previo ambiental, sanitario y del servicio a través de los siguientes instrumentos: 1. Autorizaciones a particulares. 2. Aprobaciones a órganos y entes públicos. 3. Permisos.
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4. 5. 6. 7. 8.
Concesiones. Contratos. Los Planes de gestión Registros. Los demás que establezca el reglamento.
Del registro nacional del manejo Artículo 122: La Autoridad Nacional Ambiental, por órgano de la Superintendencia Pública Nacional para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos, creará un Registro Nacional de Manejo, que forma parte del Registro de Información Ambiental, y contendrá la información básica sobre los prestadores de servicio y demás manejadores habituales, así como de los tipos y cantidades de residuos y desechos manejados. La autoridad municipal competente deberá mantener actualizada la información de su jurisdicción y la remitirá al Registro Nacional de Manejo. De la inscripción en el registro Artículo 123: Los prestadores del servicio y manejadores habituales de residuos y desechos sólidos deben estar inscritos en el registro referido, además de contar con la autorización para el manejo específico que pretenda ejercer, de conformidad con la normativa técnica y ambiental. Cumplimiento de medidas Artículo 124: En el manejo de residuos y desechos sólidos, los prestadores del serVICIO o manejadores habituales deberán garantizar el cumplimiento de las medidas ambientales, sanitarias y administrativas fijadas en los instrumentos de control previo, conforme a la normativa que rige la materia. Estudio de Impacto Ambiental Artículo 125: Se requerirá un estudio de impacto ambiental y sociocultural para los proyectos de construcción y operación de sitios de transferencia y disposición final de desechos sólidos a ubicarse en terrenos no afectados, cuyos términos, alcances y procedimientos se regirán por la normativa en la materia. En los sitios ya afectados por este tipo de actividades se ordenará la realización de una auditoria ambiental, como requisito previo al plan de adecuación. Procedimientos administrativos Artículo 126: Los procedimientos administrativos vinculados con los instrumentos de control previo para el manejo integral de residuos y desechos sólidos, se regirán por los principios y normas establecidos en las leyes orgánicas de Procedimientos Administrativos y de la Administración Pública, salvo lo dispuesto en normas especiales. De la obtención de instrumentos Artículo 127: Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que conforme a la ley solicite la obtención de cualquier instrumento de control previo para la ejecución de una actividad vinculada al manejo integral de residuos y desechos sólidos, deberá cumplir con lo previsto en los planes de gestión del manejo integral, además de los requisitos exigidos en la ordenanza de aseo urbano y domiciliario y las normas ambientales y sanitarias. Intransferibilidad de los instrumentos Artículo 128: Los instrumentos de control previo para la prestación del servicio, en cualquiera de sus fases, no son transferibles. De la oposición Artículo 129: Toda persona natural o jurídica, pública o privada, podrá oponerse a cualquier solicitud de instrumento de control previo en el manejo de residuos y desechos sólidos, siempre que exprese las razones de hecho y de derecho que le asisten, acompañados de los recaudos y pruebas pertinentes, salvo que se trate de derechos difusos. La autoridad competente decidirá en el mismo procedimiento tanto la oposición como la solicitud. De la nulidad Artículo 130: Serán nulos de nulidad absoluta, y no crearán derechos en favor de los destinata-
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rios, los instrumentos de control previo dictados en contra de las disposiciones establecidas en esta Ley, leyes especiales y normativa técnica ambiental y sanitaria. CAPÍTULO III Control Posterior Ambiental y Sanitario Del Control Posterior Artículo 131: El control posterior ambiental y sanitario en la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, a nivel nacional y local será ejercido por los órganos de salud, ambiente y las alcaldías, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y condiciones establecidas en los basamentos e instrumentos de control previo, sin perjuicio de los demás mecanismos de control posterior establecidos en la Ley Orgánica del Ambiente. Constancias de desempeño Artículo 132: Las personas que ejecuten actividades relativas al manejo integral de residuos y desechos sólidos, podrán solicitar a la Autoridad Nacional competente constancias de desempeño ambiental y sanitario, mediante las cuales se verifique el cumplimiento de la normativa en la materia y de las condiciones impuestas en los instrumentos de control previo. Liberación de garantías Artículo 133: Las garantías no quedarán liberadas hasta tanto se verifique el cabal cumplimiento y efectividad de las medidas ambientales y sanitarias con el otorgamiento de las respectivas constancias. En las pólizas y documentos de garantías se establecerá esta exigencia. Corresponsabilidad Artículo 134: Quienes ejecuten actividades relativas al manejo integral de residuos y desechos sólidos, serán corresponsables de acuerdo con el tipo de actividad y efectos derivados de la misma, basada en la normativa ambiental y sanitaria, así como en los instrumentos de control previo. Remisión legal Artículo 135: La corresponsabilidad en la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos se regirá conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y la Ordenanza respectiva. Del financiamiento Artículo 136: La financiación con recursos públicos de actividades, obras, servicios y adquisiciones de bienes para el manejo integral de residuos y desechos sólidos conducirá al control posterior del uso de los recursos, incluyendo la adecuada operación y conservación de las obras y servicios ejecutados y los bienes adquiridos, y que en la fijación de tarifas sobre las tasas por la prestación del servicio no sean recargados indebidamente a los usuarios la amortización de inversiones donadas los entes públicos estadales o nacionales. Auditoria ambiental Artículo 137: A los fines del control ambiental pertinente, la Autoridad Nacional Ambiental podrá, según el caso, ordenar la realización de la auditoria ambiental, con el propósito de: 1. Diagnosticar, analizar e interpretar los efectos ambientales, sanitarios y socioculturales de las fases del manejo que se estén realizando en el sitio. 2. Verificar el cumplimiento de las disposiciones ambientales, sanitarias y de calidad del servicio. 3. Proponer las medidas y acciones ambientales, sanitarias y de control de calidad del servicio que permitan prevenir, controlar, mitigar, corregir o compensar los impactos ambientales y socioculturales derivados de las actividades en curso. 4. Verificar si las predicciones de los impactos ambientales, sanitarios o socio-culturales previos son aún válidas para la situación actual y si las respectivas medidas aplicadas han sido efectivas para contrarrestar tales impactos.
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TÍTULO VII De los incentivos CAPÍTULO ÚNICO Disposiciones generales Incentivos Artículo 138: El Estado fijará los incentivos económicos, fiscales, financieros, tecnológicos, sociales y educativos que se otorgarán a las personas naturales y jurídicas, los pueblos y comunidades indígenas y las comunidades organizadas que formulen, ejecuten, participen con iniciativas, planes, programas, proyectos o inversiones en materia de residuos y desechos sólidos para optimizar la gestión integral de su manejo, en los términos establecidos en la presente Ley y en las normas técnicas aplicables. Apoyo en los incentivos Artículo 139: Las autoridades competentes podrán apoyar e incentivar, dentro del régimen económico, las acciones propuestas por particulares y comunidades en la recuperación de materiales aprovechables, obtención de energía o productos del tratamiento de residuos sólidos, recarga, reutilización, retorno o reciclaje efectivo, así como la realización de proyectos prioritarios de los diversos planes de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, mediante incentivos económicos o fiscales, siempre que mejoren los parámetros de calidad ambiental y sanitaria. Publicación de prioridades Artículo 140: La Autoridad Nacional Ambiental establecerá y hará públicas las prioridades dentro de los planes, programas, proyectos o actividades a ser incentivadas en el marco de la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos. Fines Artículo 141: Los incentivos económicos y fiscales estarán dirigidos a: 1. Favorecer aquellas actividades que utilicen tecnologías limpias que minimicen el efecto de contaminantes al ambiente y daños provocados a la salud. 2. Promover el empleo y desarrollo de sistemas de gestión sanitario ambiental. 3. Impulsar la adopción de procesos productivos y de comercialización que minimicen la generación de productos y materiales desechables de consumo masivo. 4. Fomentar la fabricación de productos con envases, empaques o embalajes retornables, biodegradables, reutilizables o de ciclos de vida largo, a fin de reducir el impacto sanitario y ambiental. 5. Apoyar los planes y proyectos en materia de recolección, reutilización, reparación o reciclaje de residuos y demás materiales aprovechables propuestos y desarrollados por las personas naturales y jurídicas, pueblos y comunidades indígenas y comunidades organizadas. 6. Incorporar la enseñanza del componente sanitario y ambiental en materia de gestión del manejo integral de residuos y desechos en los programas educativos de los diferentes niveles del sistema educativo nacional formal y no formal. 7. Todas aquéllas que determinen las leyes especiales. Clases de Incentivos Artículo 142: Los incentivos económicos y fiscales a que se refiere la presente Ley comprenderán: l. El acceso al sistema crediticio del Estado para optar a créditos preferenciales. 2. Las exoneraciones parciales o totales del pago de impuestos, tasas y contribuciones, de conformidad con el Código Orgánico Tributario. 3. Cualquier otro incentivo económico y fiscal legalmente establecido. Otorgamiento de exoneraciones Artículo 143: El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, mediante
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decreto, oída la opinión favorable de la Autoridad Nacional Ambiental y de la Administración Tributaria Nacional, podrá conceder las exoneraciones a que haya lugar. Recuperación de materia, obtención de energías y desarrollo de tecnologías Artículo 144: El Estado apoyará e incentivará las acciones y medidas que adopten las personas naturales o jurídicas destinadas a la recuperación de materias y obtención de energías provenientes del manejo integral de residuos y desechos sólidos; así como el desarrollo de aquellas tecnologías que conduzcan a la optimización de los procesos, a la prevención y disminución de la generación de residuos y desechos sólidos mediante incentivos económicos o fiscales, siempre que se mejoren los parámetros de calidad ambiental y sanitaria. Incentivos sociales, educativos y tecnológicos Artículo 145: Los incentivos sociales, educativos y tecnológicos en materia de residuos y desechos sólidos, estarán asociados a la naturaleza de los planes, programas, proyectos o actividades endógenas formulados por los pueblos y comunidades indígenas y las comunidades organizadas. Tales incentivos serán normados en el reglamento de esta ley. Establecimiento de porcentaje Artículo 146: El Ejecutivo Nacional coordinará y concertará con la Banca, el establecimiento de un porcentaje de la cartera de créditos para ser dirigidos al financiamiento de planes, programas y proyectos en materia de gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos, en los términos establecidos en esta Ley. Información sobre beneficiarios Artículo 147: Los órganos y entes que otorguen los incentivos previstos en la presente ley, estarán en la obligación de proporcionar al Instituto Público Nacional para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos, la información de todas las personas naturales o jurídicas y comunidades organizadas beneficiarias de los mismos, a los fines de ser incorporados al registro estadístico nacional respectivo. Incentivos municipales Artículo 148: las autoridades municipales, dentro del ámbito de su competencia, podrán establecer incentivos económicos y fiscales en función de lo establecido en el presente Título. Incentivos a tecnologías Artículo 149: El Estado apoyará e incentivará las tecnologías dirigidas al tratamiento de los residuos sólidos, siempre que se mejoren los parámetros de calidad ambiental establecidos en la reglamentación técnica Incentivos para la exportación Artículo 150: La exportación de residuos y desechos sólidos se considera como un sistema de aprovechamiento, por lo cual tendrá las mismas preferencias e incentivos que el uso de materiales recuperables. TITULO VIII De las disposíciones sancionatorias CAPÍTULO I Disposiciones comunes Medidas preventivas Artículo 151: La autoridad competente, una vez conocido el hecho o en el curso del procedimiento sancionatorio, podrá adoptar las medidas preventivas necesarias para evitar las consecuencias degradantes del hecho que se investiga, las cuales podrán consistir en: l. Ordenar la aplicación de las medidas ambientales y sanitarias que el caso amerite. 2. Ocupación temporal, total o parcial del sitio donde se esté realizando el manejo inadecuado de los residuos y desechos sólidos.
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3. Retención de los residuos y desechos sólidos involucrados, bajo la responsabilidad del generador o del prestador del servicio. 4. Retención de maquinarias, equipos, instrumentos y demás medios utilizados en el presunto manejo inadecuado de los residuos y desechos sólidos. 5. Clausura temporal del establecimiento involucrado en el presunto manejo inadecuado de los residuos y desechos sólidos, hasta tanto se corrija o elimine la causa degradante o minimicen sus riesgos a la salud y el ambiente. 6. Prohibición temporal de las actividades relacionadas con el manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 7. Levantar acta de las circunstancias del hecho que permitan establecer las responsabilidades del caso y aplicar las sanciones. 8. Cualquier otra que sea necesaria para proteger el ambiente y la salud. Medidas de aseguramiento Artículo 152: Las autoridades administrativas o judiciales podrán adoptar en cualquier estado o fase del procedimiento, las medidas destinadas a asegurar los resultados de sus decisiones, las cuales podrán consistir en: 1. La fijación de una suma por día de retardo en el cumplimiento de las obligaciones contados a partir de la notificación de la medida. Dicha suma podrá ser fijada hasta en diez (10) unidades tributarias por día de retardo. 2. La retención de materiales, maquinarias u objetos y la suspensión de energía eléctrica con la finalidad de asegurar la interrupción de la actividad. 3. Cualquier otra medida complementaria para garantizar la efectividad y resultado de las medidas que hubiere decretado. La autoridad judicial podrá adicionalmente acordar la constitución de una caución para garantizar la realización de trabajos o el reembolso de los gastos causados por su ejecución de oficio, siempre en unidades tributarias. Medidas accesorias Artículo 153: Además de las sanciones principales previstas, deberán aplicarse obligatoriamente en todo caso las siguientes: 1. Revocatoria del acto administrativo autorizatorio o rescisión de la concesión, vinculados al manejo integral de residuos y desechos sólidos. 2. Inhabilitación, hasta por un período de dos (2) años, para solicitar y obtener nuevos actos administrativos autorizatorios o contratos para la realización de actividades vinculadas con la gestión del manejo integral de residuos y desechos sólidos. 3. Ejecución de las fianzas aplicables al caso. 4. El comiso de materiales, aparatos, instalaciones, equipos y productos, envases y similares no autorizados y sus medios de producción, distribución o transporte. 5. La ejecución forzosa para la efectiva reparación del daño causado. 6. La publicación a costa del sancionado, hasta por tres oportunidades sucesivas a través de los medios de difusión masiva, de la decisión condenatoria administrativa o judicial, una vez que éstas hayan adquirido firmeza, con fines persuasivos y no infamantes. 7. La reexportación, tratamiento o disposición final de las sustancias o materiales objeto de la infracción, a costa del responsable. Acumulación de sanciones Artículo 154: En caso de concurrir para un mismo agente activo, la comisión de varios delitos se procederá conforme a la normativa penal ordinaria, mientras que las infracciones pecuniarias se acumularán las multas hasta completar el monto máximo. Los costos de reparación de daños se estimarán conforme al costo real.
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Acumulación en caso de infracciones Artículo 155: En caso de infracciones, se acumularán las sanciones respectivas hasta completar el monto máximo previsto. Sanción concurrente Artículo 156: Salvo disposiciones especiales, para la determinación de las sanciones aplicables en cada caso, se seguirán las siguientes reglas: 1. Cuando en un mismo artículo aparezcan en forma disyuntiva una pena privativa de libertad y una de multa, en todo caso las primeras serán para las personas naturales y las segundas para las personas jurídicas. 2. Independientemente de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, los propietarios, presidentes o administradores responderán penalmente por su participación en los delitos cometidos por sus empresas. CAPÍTULO II: De las infracciones administrativas Órganos sancionadores Artículo 157: El ejercicio de la potestad sancionatoria prevista en la presente ley corresponde a la Autoridad Nacional Ambiental y a los municipios, en el ámbito de sus competencias. Concurrencia de ilícitos Artículo 158: La aplicación de sanciones en caso de concurrencia de ilícitos será acumulativa, hasta el monto máximo previsto en la norma orgánica ambiental. Infracciones leves Artículo 159: Serán sancionados con multa entre diez (10) y cien (100) unidades tributarias, quienes: 1. Arrojen, abandonen, mantengan o acopien residuos y desechos sólidos en contravención a la normativa técnica. 2. Retarden la remisión de información o el aporte de información errónea a las autoridades competentes sobre el registro unificado de manejadores y prestadores del servicio. Infracciones graves Artículo 160: Serán sancionados con multa entre ciento uno (101) y ciento noventa y nueve (199) unidades tributarias, quienes: 1. Presten el servicio de manejo de residuos y desechos sólidos sin estar registrado por ante el organismo competente. 2. Realicen el transporte y almacenamiento en contravención a las normas técnicas. 3. Quienes no se ajusten a los cronogramas de adecuación para minimizar la generación de residuos y desechos sólidos o no utilicen los programas de retorno o reciclaje efectivo o de recolección segregada desde el origen. 4. Usen los símbolos que identifiquen la participación en programas de reutilización, recuperación o reciclaje sin que sea real o efectivo tal programa. 5. Incumplan la obligación de hacerse cargo de los envases usados, en los términos expresados en la normativa, planes y programas aplicables en la materia. 6. Incumplan las condiciones de seguridad previstas en la normativa técnica para el manejo integral de residuos y desechos sólidos, que generen riesgos para la salud y el ambiente. 7. Transmitan o cedan a terceros los instrumentos otorgados para la prestación del servicio en cada una de las fases de manejo de los residuos y desechos sólidos, sin cumplir las notificaciones y requerimientos en la materia ante las autoridades competentes. 8. Incumplan la obligación de suministrar la información ecológica sobre los envases y envoltorios de productos a los consumidores.
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9. Coloquen en el mercado envases que no se ajusten a los requisitos, lineamientos y obligaciones establecidos en la normativa técnica o en los programas relacionados con la materia. 10. Importen, fabriquen, distribuyan o comercialicen productos que utilicen los símbolos y textos alusivos a reciclable, retornable, reutilizable o biodegradable, sin que el mismo cumpla con tales características o no existan los medios para hacer efectivo el programa de retorno. Infracciones gravísimas Artículo 161: Serán sancionados con multa entre doscientas (200) y trescientas (300) unidades tributarias, quienes: 1. Incineren o realicen tratamientos de residuos o desechos sólidos, en contravención a las normas técnicas. 2 Importen o introduzcan al territorio nacional, residuos sólidos en contravención a las normas técnicas. 3 Importen desechos sólidos. 4 Realicen la disposición final de desechos sólidos en contravención a las normas técnicas. 5 Coloquen en el mercado nacional envases con una concentración de sustancias, materiales o compuestos que excedan las características de peligrosidad esperadas para residuos y desechos no peligrosos o que impidan los procesos tecnológicos de tratamientos, aprovechamiento, reutilización o reciclaje. 6 Importen, produzcan, distribuyan o comercialicen productos de consumo masivo inmediato contenidos en envases, envoltorios, empaques o recipientes desechables, sin estar acogidos a un programa de acopio, depósito, devolución y retorno para su reutilización o reciclaje. CAPÍTULO III De los delitos por manejo inadecuado de residuos y desechos sólidos Introducción de materiales peligrosos Artículo 162: Toda persona natural o jurídica que introduzca en los servicios de manejo integral de residuos y desechos no peligrosos otras sustancias, materiales y desechos calificables como peligrosos, serán penados con prisión de uno (1) a tres (3) años o multa de mil a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), más el monto correspondiente a la responsabilidad civil del manejo adecuado y operación especial de los mismos. Incumplimiento de la normativa técnica Artículo 163: Toda persona natural o jurídica, que no cumplan con la normativa técnica, los planes de gestión del manejo respectivo o pongan en riesgo el ambiente y la salud en las fases de tratamiento, transferencia y disposición final, serán penados con prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de mil unidades tributarias (1.000 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), más el monto correspondiente a la responsabilidad civil del manejo adecuado y operación especial de los mismos. Responsabilidad civil por daños Artículo 164: Si en la comisón del delito anterior concurriera el deterioro, daño, pérdida o inutilización de las instalaciones físicas, obras civiles, mecánicas o ambientales realizadas por el Estado, será sancionado acumulativamente el ilícito contra el patrimonio público que corresponda, más la responsabilidad civil de recuperación o reparación de los daños causados a las instalaciones u obras involucradas. Sanciones a los funcionarios públicos Artículo 165: Los funcionarios públicos responsables del manejo integral de residuos y desechos sólidos que no cumplan con el plan de adecuación de operación en las fases de transferencia, tratamiento, disposición final, clausura y post-clausura, para ajustar la actividad a la normativa técnica y los planes respectivos, serán penados con prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de mil unidades tributarias (1.000 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.),
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además de la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por un lapso igual, adicional al cumplimiento de la pena. TÍTULO IX Disposiciones Transitorias, Finales y Derogatorias CAPÍTULO I Disposiciones Transitorias Primera: Los Estados, Distritos y Municipios deberán elaborar los proyectos de sus respectivos Planes de Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos y presentarlos ante el Consejo Nacional para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos no peligrosos, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días a partir de la publicación de la presente Ley. Segunda: La Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos elaborará y propondrá al Ejecutivo Nacional el Reglamento de esta Ley y la normativa técnica correspondiente, en el término de ciento ochenta (180) días a partir de su constitución formal y lo propondrá al órgano de adscripción. Tercera: Queda prohibida la disposición de residuos y desechos sólidos en vertederos a cielo abierto o en vertederos furtivos. La autoridad municipal o mancomunada competente debe presentar ante la Autoridad Nacional Ambiental el plan de adecuación de los vertederos existentes en su circunscripción, en el lapso de ciento ochenta (180) días a partir de la vigencia de la presente ley, cuya ejecución se realizará en el ejercicio fiscal inmediato. Las alcaldías de otros municipios que concurren en la transferencia o disposición final de desechos sólidos hacia vertederos a cielo abierto situados en otras circunscripciones serán ca-responsables de la adecuación ambiental de sus operaciones. Cuarta: Las autoridades municipales competentes realizarán los inventarios de vertederos a cielo abierto en su jurisdicción y lo entregarán al Instituto Público Nacional para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos, en un lapso no mayor de noventa (90) días a partir de la publicación de la presente Ley en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Quinta: Los municipios, mancomunidades y otras formas asociativas deberán continuar con la operación de los sitios de transferencia y disposición final de desechos sólidos, por si mismos o a través de terceros, previa fijación de un cronograma de adecuación que establezca la Autoridad Nacional Ambiental; y seguirán realizado estas labores hasta tanto los órganos o entes estadales, distritales o metropolitanos puedan asumir su ejecución, por transferencia, contratación o avocamiento, conforme a lo previsto en esta ley y su reglamentación. CAPÍTULO II Disposiciones Derogatorias Primera: Se deroga la Ley sobre Residuos y Desechos Sólidos de fecha 21/0cV2üü4, publicada en Gaceta Oficial Nº 38.068 de fecha 18/Nov/04. Segunda: Se excluye la fibra secundaria producto del reciclaje de papel y cartón de la prohibición de exportación prevista en el artículo 16 del Decreto 3.895 de fecha 12/Sep/üS, publicado en Gaceta Oficial N° 38.271 de fecha 13/Sep/ü5. Tercera: Se excluye el servicio de aseo urbano y domiciliario de la regulación de precios y tarifas por parte de la Autoridad Nacional de Producción y Comercio, conforme a lo previsto en el Decreto 2.304 de fecha 05/Feb/03, publicado en Gaceta Oficial Nº 37.626 de fecha 06/Feb/03.
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CAPÍTULO III Disposición Final Única: Esta Ley entrará en vigencia transcurridos noventa (90) días a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dado en Caracas, a los ... días de ... de 2009, ‘” años de la Independencia, ... años de la Federación y 10 años de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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ASAMBLEA NACIONAL Informe de Impacto Económico y Presupuestario del Proyecto de Ley para la Gestión del Manejo Integral de Residuos Sólidos No Peligrosos DIAEF - DGIDL Diciembre 2009 - SERIE IE A.1208.385 RESUMEN EJECUTlVO.- El presente informe, fue elaborado a solicitud del Diputado Earle Herrera Silva. Presidente de la Comisión Permanente de Ambiente. Recursos Naturales y Ordenación Territorial de la Asamblea Nacional, el cual responde a la necesidad de la comisión de contar, con la estimación del impacto e incidencia presupuestaria y económica acerca de las disposiciones establecidas en el Proyecto de Ley para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos No Peligrosos. De igual manera, este proyecto genera costos presupuestarios en materia de Economía Macroeconómica. Ambiental. Institucional y Fiscal. También, contribuye al a fomentar la incorporación de planes locales en esta materia, que han sido omitidos por los municipios. Así mismo, este instrumento legal contribuye a la solución del problema de los residuos, ya que estos no han sido atendidos suficientemente por la actual ley que rige esta actividad, como es la Ley de Residuos y Desechos Sólidos, Publicada en Gaceta Oficial N° 38.068 de fecha 18 de noviembre de 2004. En este mismo sentido, en el mencionado proyecto, se incorporan disposiciones regulatorias, a fin de solucionar el grave problema ambiental que implica la generación excesiva de residuos y desechos Asamblea Nacíonal, Informe deImpacto Económico y Presupuestario sólidos, que conforman las diferentes fases de la gestión integrada sobre todo, propender a la minimización de su generación es uno de sus fines más importantes, además de su reutilización y aprovechamiento a escala comercial e industrial, tal como se expresa en su Artículo 1. Así mismo, la creación de la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos, representa un impacto presupuestario estimado de Bs. F. 78.9 millones. En otro orden de ideas, el presente proyecto de ley, reforma el actual orden jurídico de 2004, y se justifica debido a la necesidad de contribuir significativamente a las obligaciones en este ámbito y es cónsono con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela [1.999], en sus artículos 127, 128 Y 129. Cabe destacar que por primera vez, en la historia constitucional del país, se incluye en la carta magna venezolana, un capítulo especialmente dedicado a los derechos ambientales. Palabras Claves: Desechos, Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos, Manejo de Residuos y Desechos, Minimización, Desechos de Manejo Especial, Aprovechamiento, Lixiviados, Biodegradable, Reciclaje, Consumo Masivo, Compostaje, Detentor, Relleno Sanitario, Saneamiento Ambiental, Segregación, Sustentabilidad, Disposición Final, Envase, Empaque o envoltorio desechable recuperable, Segregador o Recuperador, Tecnología limpia, Vertedero a cielo abierto.
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1. INTRODUCCIÓN El presente Proyecto de Ley se fundamenta en la necesidad de proporcionar herramientas jurídicas necesarias como alternativas de solución a los problemas ambientales que confronta Venezuela, derivados del manejo inadecuado e ineficiente de residuos y desechos sólidos, también plantea la falta de planificación y omisión por parte de los municipios en la formulación de planes locales en esta materia, lo que ha constituido un impacto terrible de insalubridad en la población asociado a la contaminación o disfuncionalidad urbana, AsI mismo, se requiere de políticas públicas que busquen concretar el esfuerzo individual y colectivo en el ejercicio de una nueva cultura urbanoambiental que permita incorporar modificaciones sustantivas en cada una de las fases del ciclo de los desechos sólidos, En este sentido, los objetivos estratégicos que presenta el proyecto de ley en su articulo 2, como son: Artículo 2: 1.- Garantizar que los residuos y desechos sólidos se manejen sin poner en peligro la salud y el ambiente, a fin de procurar el bienestar social. 2.- Organizar la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos, así como establecer las competencias concurrentes entre los diversos niveles del poder público, garantizando la participación comunitaria, 3.- Priorizar las acciones y medidas destinadas a prevenir y reducir la generación y limitar la importación de residuos sólidos que por su cantidad o características puedan representar riesgos a la salud o al ambiente o requieran un manejo complejo, aun cuando puedan considerarse bienes de consumo, y prohibir el ingreso al pais de desechos sólidos, 4.- Implantar un sistema de instrumentos de planificación que comporte, entre otros, los planes para la gestión del manejo integral de los residuos y desechos sólidos. 5.- Promover la creación de alternativas tecnológicas apropiadas que minimicen los riesgos sanitarios y ambientales asociados al manejo de residuos y desechos sólidos. 6.- Implantar programas de educación ambiental y participación comunitaria en la gestión del manejo de residuos y desechos sólidos. 7.- Prevenir y sancionar las conductas que pudieran afectar la salud o el ambiente por el manejo inadecuado de residuos y desechos sólidos,”
Estos objetivos se orientan en atención al interés nacional, regional y local y es cónsono con los derechos ambientales que expresa la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1.999), en su artículo 127 y 128. El cual expresa lo siguiente: Artículo 127. “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de si misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica, El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia, Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley”.
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Articulo 128. “El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento”.1
Nuestro ordenamiento jurídico interno, no sólo reconoce la existencia de un valor social y bien jurídico de trascendencia para la vida, como es la protección del ambiente; sino que también asume el concepto de seguridad ambiental y la participación ciudadana como pilar fundamental de la política ambiental venezolana. A nivel Nacional, Estadal y Municipal, las disposiciones contempladas en el proyecto, se vinculan con el orden constitucional de 1999, a los fines supremos de preservarla, Muestra de ello, se observa en el artículo 178, numeral 4, el cual expresa y establece claramente que son competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas: ....4.- “Protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos y protección civil”.
En ese contexto, el ámbito municipal tiene una gran responsabilidad en la prestación del manejo de los desechos sólidos que se generan en los municipios, sin menoscabar las competencias a nivel nacional y estadal que rigen en esta materia. No obstante. se estima que aproximadamente el 78% de los municipios en Venezuela manejan los desechos sólidos bajo su responsabilidad en forma directa. Lo cual quiere decir que son financiados por los recursos propios de la municipalidad, a partir de los procesos de manejo de los desechos tales como la recolección, transporte y disposición final o también la provisión del recurso humano, insumas, equipos, y la contratación de empresas para cumplir y proporcionar las actividades del servicio de limpieza pública. El proyecto de ley presenta un nuevo ordenamiento jurídico respecto a la Ley de Residuos y Desechos Sólido 2004, ya que propone modificaciones en la estructura, propósito, orientación y el sentido de la ley actual cuyo carácter e importancia determinan que el Proyecto se convirtiera en un nuevo instrumento jurídico. Sobre la base de este contexto, la estructura de las disposiciones contenidas en el proyecto de ley, incluyen en su Titulo III, Capítulo I. Artículo 10, las normas correspondientes en materia institucional, relativas a la creación de la Superintendencia Nacional del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos adscrita al Ministerio Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 11999). Publicada en Gaceta Oficial Número N° 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1999. 1
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del Poder Popular para el Ambiente. En su titulo IV, Capitulo I, Artículos del 23 al 32, nos habla de los planes de gestión del manejo de los desechos; Capitulo II. Artículos 33 al 90 Del manejo integral; En el Capitulo III, artículo 91 al 93 Del manejo de residuos y desechos inertes voluminosos; Capitulo IV. Artículos 94 al 99. Del régimen económico; en su Titulo V. De la Participación Ciudadana, Capítulo I. De los derechos y deberes en manejo de residuos y desechos sólidos. Artículos 100 y 101. Capitulo II. Artículos 102 al 103 De la Educación Ambiental. Capitulo III. Artículos 104 al 114. De los Medios de Participación. Titulo VI. Del Control. Capítulo I. Artículos 115 al 120 Disposiciones generales. Capitulo II. Artículos de 121 al 130. Control previo sanitario ambiental. Capitulo III. Artículos 131 al 137. Control Posterior Ambiental y Sanitario. Título VII. De los Incentivos. Capitulo Único. Artículos 138 al 150. Disposiciones generales. Titulo VIII. De las disposiciones sancionatorias. Capitulo Disposiciones Comunes Artículos 151 al 156. Capítulo II. De las Infracciones administrativas. Artículos 157 al 161; Capítulo III. De los delitos por manejo inadecuado de residuos y desechos sólidos. Artículo 162 al 165. Titulo IX. Disposiciones Transitorias, Finales y Derogatorias. Capitulo I. Transitorias. Artículos numerales del primero al quinto. Capítulo II. Disposiciones derogatorias. De la primera a la tercera. Capítulo III. Disposición Final. Única. A los fines de este proyecto de Leyes perentorio destacar, algunos aspectos esgrimidos en el mismo, como es la participación protagónica de los ciudadanos, en el cual se destina un título, específico para el desarrollo de los derechos y deberes de los ciudadanos en los procesos de manejo de residuos y desechos sólidos. En el caso de los derechos, a los ciudadanos se le da la facultad de intervenir en: El proceso de elaboración de los planes, programas y proyectos; el acceso a un servicio de aseo urbano, domiciliario y de disposición final de residuos y desechos sólidos de forma eficiente y eficaz. Así mismo, en su artículo 108, se refuerza la participación protagónica, el cual expresa lo siguiente: “En la gestión, supervisión y manejo de residuos y desechos sólidos podrán participar todas las formas asociativas que legal y legítimamente representen a las comunidades y demás movimientos sociales, como medios de participación directa y protagónica”.
Sobre este contexto, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela ha adoptado instrumentos como la Ley de los Consejos Comunales, Publicada en Gaceta Oficial N° 5.806 Extraordinario de fecha 10 de abril de 2006, la cual recoge elementos antes identificados en el proyecto, que le dan mayor sustentabilidad, expresando en su artículo 2 , lo siguiente: Artículo 2. “Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”.
De acuerdo esto, los ciudadanos que conforman las comunidades organizadas, tienen un rol importante y decisivo en cuanto al planteamiento, elaboración, formulación e implementación de las políticas publicas, ya que la corresponsabilidad está distribuida entre el gobierno y todos los ciudadanos, expresándose en este instrumento, en
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su articulo 9, numeral 14, existe comités de trabajo conformados por las comunidades que tienen como propósito velar y promover el bienestar de las mismas en materia de servicios, entre los que se canaliza el servicio de aseo urbano. En lo concerniente a los deberes de los ciudadanos, el proyecto destaca la obligación de pagar las tasas por los servicios prestados por el municipio o por el prestador de servicio; el deber de abstenerse de arrojar y colocar residuos y desechos sólidos fuera de los sitios, recipientes y contenedores colocados para el acopio de los mismos; abstenerse de colocarlos fuera de los horarios establecidos para su recolección y participar en los programas de reducción de la generación de residuos y desechos, así como en los de recuperación, reutilización y reciclaje de envases, empaques y afines. En este último numeral que plantea en e artículo 101 del presente proyecto, confirma la participación popular en las tareas de aprovechamiento y tratamiento de residuos sólidos. Así mismo, podría decirse que el rol de la ciudadanía en la participación de las diferentes fases del manejo de los residuos y desechos sólidos es básicamente constructivo en su concepción general, por lo que no sólo se propone verificar las deficiencias de una gestión integrada, sino que se desea, de manera mancomunada que todos los actores involucrados formulen políticas públicas que permitan prestar un servicio a toda fa comunidad de manera óptima que contribuya al desarrollo, crecimiento y progreso del país en esta área. Para comprender el alcance que puede tener el Proyecto de Leyes necesario establecer el escenario analítico en el cual se encuentra inmerso el mencionado instrumento legal, ya que propone una labor preventiva y cautelar en la aplicación de los principios de gestión ambiental establecidos en la ley Orgánica del Ambiente (2006). En su artículo 4, el cual expresa que la gestión del ambiente comprende: la corresponsabilidad, prevención, precaución; participación ciudadana; tutela efectiva; Educación ambiental; La conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado debe ser un valor ciudadano, limitación a los derechos individuales; responsabilidad en los daños ambientales; evaluación de impacto ambiental; daños ambientales. Bajo estos criterios expuestos en la ley del ambiente 2006 es evidente que este marco jurídico representa la base fundamental para dar paso a la consolidación y codificación del desarrollo del derecho ambiental en el país. Así mismo, se observa que alguno de sus principios como es la limitación a los derechos individuales, los derechos ambientales prevalecen sobre los derechos económicos y sociales, limitándolos en los términos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes especiales. En razón a ello, es preciso insertar el término de “Economía ecológica”2, la cual no está relacionada con las técnicas de manipulación de la propiedad y la riqueza, ni comparte los objetivos de maximizar al más corto plazo los valores de cambio monetarios, para propietarios determinados. La economía ecológica es una economía que adopta una visión de largo plazo y que evalúa los costos y beneficios considerando los intereses del conjunto de la comunidad. Una economía ecológica debe por lo tanto recomendar:
Lorna Martínez Abreu. “Investigación teórica sobre economía ecológica como una nueva visión de la economía”. 2009. 2
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• Usar los recursos renovables (corno pesca, leña). en un ritmo que no debe exceder su tasa de renovación. • Usar los recursos agotables (corno el petróleo, el carbón), en un ritmo no superior al de su substitución por recursos renovables. • Sólo generar residuos en la cantidad que el ecosistema sea capaz de asimilar o reciclar. • Conservar la diversidad biológica. 1.1. JUSTIFICACIÓN Y NECESIDAD DEL PROYECTO El presente proyecto de ley presenta la necesidad de revisar y adecuar las normas jurídicas que rigen actualmente los Residuos y Desechos Sólidos como respuesta a las disposiciones emanadas de CRBV 1.999, en su artículo 127, el cual expresa los derechos ambientales de todos ciudadanos y ciudadanas venezolanas. Así mismo, es perentorio evidenciar los efectos adversos que la basura genera por su inadecuado manejo, ocasionando problemas de salud a la población, deterioro al ambiente, al ecosistema, contaminación del aire, suelo, aguas superficiales y subterráneas, sobre todo en las grandes ciudades. Sobre la base de estas premisas, la ley profundiza las competencias en los ámbitos nacional, estadal y municipal, en todos los aspectos relacionados con la implementación de políticas públicas y directrices sobre el manejo de residuos y desechos sólidos; como también, crea una Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos (SNMIRDS), bajo la figura de Instituto Público Nacional, instancia a la cual, se le asignan competencias para supervisar, fiscalizar, sancionar en todas las fases del manejo de los residuos y desechos sólidos, así como también, se le otorga funciones en la formulación e implementación de políticas públicas sobre la materia y, además de que se le faculta para la contratación y ejecución de obras destinadas a servir como rellenos sanitarios. En el mismo orden de ideas, el proyecto nos presenta un titulo destinado a la prevención, a fin de promover la formación de conciencia ciudadana ambientalista y de consumo con responsabilidad ambiental, a través de la educación ambiental, ya que la generación de desechos sólidos, como consecuencia del actual modelo de producción y consumo, ha tomado dimensiones preocupantes en los países industrializados y muy especialmente en los países de América Latina y el Caribe. Por otra parte, en cuanto a las prácticas de importar desechos, vale decir, que este proyecto de ley incorpora regulaciones bajo el criterio de procesos productivos demostrables, que requieran de materia prima, que no haya disponibilidad en el país y no representen riesgos para la salud y el ambiente. Del mismo modo, las exportaciones se realizaran siempre y cuando se satisfaga la demanda interna. En este sentido, las importaciones progresivas en materia de desechos reciclados se deben especialmente, por ejemplo en el caso I plástico, a la problemática planteada por el sector transformador, ya que los costos y el suministro de materias primas son elevados, pasando a ser éste sector una alternativa para incorporar materiales reciclados en la elaboración de algunos productos, lo que implicó el surgimiento de la industria de reciclaje de plástico. En este contexto, cobra especial importancia la necesidad de controlar los precios relativos a las materias primas en nuestro país.
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Otro aspecto que se ve reflejado en el presente proyecto de leyes lo relativo al control; incentivos y disposiciones sancionatorias, transitorias, finales y derogatorias. El control de la Gestión Integral de los Desechos y residuos sólidos se ejercerá a través de los órganos del Estado con competencia en la materia. Así mismo, se establecen los procedimientos para el otorgamiento de la factibilidad, tanto ambiental como sanitaria. Finalmente, en este título se plantea que para los interesados en la presentación de propuestas, métodos y tecnologías en esta materia debe tramitarse a través de la Superintendencia, a los fines del otorgamiento de su factibilidad y viabilidad. En materia de gestión integral es importante, que se fomenten y vinculen a través del órgano rector, centros y grupos de investigación que promuevan el desarrollo científico, tecnológico que contribuyan a la satisfacción de las necesidades y demandas de las comunidades y organizaciones locales, regionales y nacionales, a través de redes de investigación de carácter multidisciplinario e interdisciplinario en materia de desechos y residuos sólidos. En materia de Incentivos, el proyecto de ley establece incentivos económicos, fiscales, financieros, tecnológicos, sociales y educativos y va dirigido a las personas naturales, jurídicas y comunidades organizadas, que fomenten y ejecuten, planes y proyectos en materia de desechos sólidos favoreciendo la utilización de tecnologías limpias, que coadyuven a minimizar el efecto contaminante al ambiente y daños a la salud; así como también, promuevan el empleo y el desarrollo de sistema de gestión sanitaria ambiental; que impulse la adopción de procesos productivos y de comercialización y que reduzcan la generación de productos de materiales desechables de consumo masivo. Dentro del marco de los incentivos económicos y fiscales, el artículo 142 del proyecto de ley establece las clases de incentivos, los cuales se expresan a continuación: Clases de Incentivos Artículo 142: “Los incentivos económicos y fiscales a que se refiere la presente Ley comprenderán: 1. El acceso al sistema crediticio del Estado para optar a créditos preferenciales. 2. Las exoneraciones parciales o totales del pago de impuestos, tasas y contribuciones, de conformidad con el Código Orgánico Tributario. 3. Cualquier otro incentivo económico y fiscal legalmente establecido.
Respecto a las disposiciones sancionatorias, este título establecen las medidas preventivas destinadas a evitar las consecuencias negativas originadas de actividades ilícitas con relación al manejo de residuos y desechos sólidos, entre las que se destacan: - Medidas preventivas. En el artículo 15 J, se insertan las medidas preventivas necesarias, a través de las cuales se evitará consecuencias degradantes en cuanto a lo que se investiga. - Medidas de aseguramiento. En el Articulo 152, las autoridades administrativas o judiciales podrán adoptar en cualquier estado o fase del procedimiento, las medidas destinadas a asegurar los resultados de sus decisiones. - Medidas accesorias. En el Artículo 153, además de las sanciones principales previstas, deberán aplicarse obligatoriamente en todo caso las sanciones relativas al comiso de materiales, equipos y productos; la efectiva reparación del daño causado, la inhabilitación del responsable para solicitar nuevos actos administrativos autoriza-
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torios o para obtener contratos para la ejecución de actividades de manejo de residuos y desechos. En cuanto a las infracciones, se tipifican como aquellas conductas antijurídicas de menor gravedad, para las cuales se establecen sanciones con penas pecuniarias. Igualmente se tipifican los delitos por manejo inadecuado de residuos y desechos sólidos, estableciéndose las respectivas sanciones privativas de libertad dada la gravedad de la conducta desplegada por el responsable. Sobre la base de estas premisas sancionatorias, será de obligatorio cumplimiento la reparación del daño causado al ambiente o la salud, la limpieza y el ornato público, para lo cual será taxativamente exigida la responsabilidad civil que garantice tales reparaciones o restauraciones ambientales. En aras de aportar soluciones a la problemática que aqueja el ineficiente manejo de los residuos y desechos sólidos, es importante tener presente la relevancia del presente proyecto de ley, ya que le reconoce fundamentalmente el derecho a los venezolanos de vivir en un medio ambiente ecológicamente equilibrado en la medida que se provean los mecanismos jurisdiccionales adecuados para asegurar su cumplimiento en caso de violación. 2. MARCO TEÓRICO Los crecientes problemas que aquejan a los países en vías de desarrollo, respecto del agotamiento de los recursos naturales, plantea el gran desafío de cómo conjugar el desarrollo económico con la preservación del medio ambiente. La respuesta ha sido el desarrollo sostenible, cuyo postulado central se basa en el equilibrio entre crecimiento económico, equidad social y conservación de recursos. Desde hace más de una década, el manejo de los residuos se plantea desde esta perspectiva y ha estado presente como preocupación en los distintos sectores sociales, aunque sin soluciones efectivas. La complejidad del tema, ya expresada en las múltiples dimensiones que involucra, nos enfrenta hoy, además, a patrones de producción y consumo que tienden a privilegiar la generación cada vez mayor de residuos sólidos. El manejo inadecuado de los residuos tiene impactos presentes y futuros. A los problemas sanitarios y ambientales de hoy, se agrega la generación de pasivos ambientales y otros tipos de residuos, con altos costos de reparación. En este sentido, el manejo de los residuos y desechos sólidos implica un interés económico en virtud de que representa costos para los generadores de estos y una oportunidad de negocio para agentes económicos que estén dispuestos a procesar este tipo de desechos. En consecuencia, este proceso implicará un cambio en la conducta de los agentes económicos que se vean involucrados en el manejo de este “mal”. A este respecto, la economía ambiental proporciona una visión de cómo explicar este creciente problema. Conviene explicitar que la economía ambiental no es la aplicación de las ciencias económicas en general a la problemática ambiental. Se llama así a la interpretación de una escuela del pensamiento económico, que pasó a incorporar el medio ambiente como objeto de estudio. La economía ambiental se basa, entonces, en los mismos conceptos y presupuestos básicos de la teoría económica, que concentra el análisis sobre la escasez, y donde los bienes son valorados según su abundanciarareza, de tal manera que cuando se trata de bienes escasos, éstos son considerados bienes económicos, mientras que cuando son bienes abundantes, no son económicos.
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A este respecto, Chang, Man Y. (2005) en su obra La economía ambiental plantea que el medio ambiente viene adquiriendo estatus de bien económico porque muchos recursos naturales, como el agua y algunas fuentes de energía no renovables, comienzan a escasear y presentan horizontes de agotamiento previsibles. Al mismo tiempo, estos bienes naturales, aun cuando sean insumas indispensables del proceso productivo, presentan características de bienes no económicos, por no poseer precio, ni dueño. Por esta razón, el medio ambiente se encuentra externo al mercado. La incorporación del medio ambiente al mercado se daría mediante el procedimiento de internalización de esas externalidades, adjudicándoles un precio. Por eso, la economía ambiental se ocupa principalmente de la valoración monetaria del medio ambiente. Una vez internalizado, el medio ambiente pasa a tener las características de un bien económico, o sea, pasa a tener precio y/o derecho de propiedad. De acuerdo a Chang, uno de los fundamentos básicos sobre los cuales se apoya la economía ambiental es la Internalización de las externalidades A este, Chang (2005) plasma dos vertientes de pensamiento, una planteada por Arthur Pigou3, y la otra por Ronald Coase4. Piguo fue el precursor de la teoría sobre la necesidad de la presencia del Estado en la economía para reglamentar y disciplinar los efectos externos. Reconoce que, salvo bajo competencia perfecta -situación rarísima- hay muchas fallas en el mercado. Son estas fallas las que hacen que la maximización del bienestar privado no coincida con la maximización del bienestar social. Piguo afirmó que todos los efectos involuntarios en el bíenestar de las personas y empresas son denominados “externalidades”: positivas, cuando benefician a otros, y negativas cuando los perjudican. Como las externalidades positivas no generan problemas, al contrario, ayudan, lo que importa son las negativas. Externalidades son, entonces, costos privados pasados a la sociedad [terceros] que indican una falta de adecuación con los sociales. Es necesario, por lo tanto, internalizar estos costos individuales que quedaron fuera del mercado. Coase. por su parte, procuró desmontar la teoría pigouviana con su artículo “The Problem of the Social Cost” (“El problema del costo social”, 1960). En ese artículo Coase muestra que un efecto externo no enfrenta un interés privado a un interés público, sino un interés privado frente a otro interés privado. Con esta propuesta se revierte el sentido moral de que el contaminador es el que hace el mal y que, por tanto, tiene que pagar. Según Coase, para la sociedad como un todo no interesa quién paga: al final de cuentas, sea el contaminador o el contaminado, resulta igual. Hay una neutralidad en la solución. Si el contaminado es el propietario del recurso, quien paga es el contaminador, para compensar la contaminación causada. Si el contaminador es el propietario, quien paga es el contaminado, para que el contaminador acepte reducir sus beneficios, con la reducción o interrupción de la producción. Economista inglés, conocido por sus trabajos en la economía del bienestar. Economista inglés y profesor emérito en la Universidad de Chicago. Recibió el Premio Nobel de Economía en 1991 por el descubrimiento y aclaración del significado de los costes de transacción y derechos de propiedad para la estructura institucional y el funcionamiento de la economía. 3 4
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A pesar de las diferencias expuestas en la visiones, ambas denotan los efectos de las externalidades negativas en la sociedad. En este sentido, la Economía Institucional proporciona una visión de cómo regular las actividades de producción y consumo que generen este tipo de efectos. Ronald Coase también desarrolló ampliamente esta rama de la economía, para Coase “La moderna economía institucional debería estudiar al hombre tal como este es, actuando dentro de las restricciones impuestas por las instituciones reales. La moderna economía institucional es la economía tal como debería ser” (Coase, [1984], p. 231.). La afirmación arriba expuesta por Coase evidencia que el establecimiento de reglas claras en la economía e instituciones que las hagan cumplir resultan fundamentales para el funcionamiento eficiente de una economía. North, Douglas C. (1990) en su papel de trabajo La Nueva Economía Institucional hace mención a este respecto cuando afirma que la libertad de mercados no lleva implícita la eficiencia de los mercados. Los mercados eficientes implican un sistema legal bien especificado, un tercero imparcial, el gobierno, para hacerlo cumplir, y una serie de actitudes hacia los contratos y el intercambio que alienten a las personas a realizar los a bajo costo. En resumen, se puede afirmar que la economía institucional propone la reglamentación del contexto en el cual se desenvuelven los agentes económicos en virtud de lograr los fines que ellos mismos establecen. En este sentido, el mercado sólo puede alcanzar algunos fines específicos, sin embargo, se concibe de una mejor manera como un contexto de organización que media para la consecución de fines disímiles autodeterminados por los individuos. Los intercambios expresan la realización voluntaria de estos fines, para la cual se requiere de una reglamentación legal y política, y también de un sustento ético central que garantice la cooperación. Además, esta disciplina plantea que el mundo económico no puede ser entendido como un estado de permanencia sino como un proceso evolutivo de aprendizaje cultural. La eficiencia en este escenario dinámico tiene un carácter adaptativo que no se puede entender en términos de información sino como el resultado de la adaptación de los agentes a los contextos en los que se desenvuelven las interacciones sociales. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR VENEZUELA EN MATERIA DE DESECHOS SÓLIDOS. A partir de la preocupación del Estado Venezolano y la Comunidad Internacional acerca de la degradación del ambiente a nivel mundial. Venezuela en este escenario ha sido partícipe de un impresionante corpus de Declaraciones, Resoluciones, Tratados Multilaterales y Bilaterales, que han reforzado la política ambiental nacional. En este sentido. el país ha suscrito y ratificado una serie de instrumentos internacionales, entre los que se señalan los siguientes: l.-El Convenio de Basilea, relativo al Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación. Suiza. (1989) A nivel mundial este convenio fue adoptado por la Conferencia Diplomática de Basilea (Suiza en 1989) y entra en vigor en mayo de 1992. Desde 1997, un total de 114, Estados y la Comunidad Europea son partes del convenio, constituyéndose en el primer instrumento mundial que rige los movimientos
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trans-fronterizos de desechos peligrosos y su eliminación. Venezuela firmó el presente convenio el 03 de marzo de 1998, así el país adquirió una serie de obligaciones con relación al comercio, tratamiento, reducción y eliminación de este tipo de desechos, obligaciones que son cónsonas con los mandatos constitucionales. El objeto fundamental de este instrumento es reducir el volumen de los intercambios de residuos con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente, estableciendo un sistema de control de las exportaciones e importaciones de residuos peligrosos así como su eliminación. En el Artículo 2, numeral 1, se definen los desechos como: “Las sustancias u objetos a cuya eliminación se procede. se propone proceder o se está obligado a proceder en virtud de los dispuesto en la legislación nacional”,
El numeral 2, define “por manejo” lo siguiente:
“la recolección, el transporte y la eliminación de los desechos peligrosos o de otros desechos, incluida la vigilancia de los lugares de eliminación”.5
A partir de estas premisas, el convenio prevé que todos los países partes podrán añadir a esta lista de categorías de desechos el control de otros residuos clasificados peligrosos en su legislación nacional. (Anexo ) del Convenio de Basilea. 1989). Los objetivos del presente instrumentos son: -Reducir los movimientos trans-fronterizos de desechos peligrosos de una manera consistente con su gestión ecológicamente racional. -Tratar y eliminar los desechos peligrosos lo más cerca posible de su lugar de generación. -Minimizar la generación de los desechos peligrosos (volumen y peligrosidad). Así mismo, este instrumento considera movimiento trans-fronterizo a todo movimiento de residuos peligrosos o de otros residuos procedentes de una zona que sea competencia nacional de un Estado y con destino a una zona que sea competencia nacional de otro Estado, o en tránsito por dicha zona, o de una zona que no sea competencia nacional de ningún Estado, o en tránsito por dicha zona, siempre y cuando al menos dos Estados se vean afectados por el movimiento. En lo que respecta a la gestión de los residuos, es imprescindible considerar también los principios en los que se basa el Convenio, tales como: • Principio de prevención. • Principio de proximidad. • Principio de no discriminación. • Principio de autosuficiencia. • Principio de soberanía nacional. • Principio de oportunidad ecológica. 2.- Agenda o Programa 21, de la Organización de las Naciones Unidas. Del 3 al 14 de junio de 1992. Río de Janeiro. Brasil. La agenda 21 de las Naciones Unidas, marca los lineamientos generales para su implementación en cada uno de los países miembros de la ONU, permitiendo su adaptación a las particularidades y contextos de cada región. Arteaga. Zully. Tesis sobre: “Gestión Integrada de los Desechos Sólidos Urbanos como Política Pública en el Municipio Libertador. Parroquia Catedral. Años 2006-2007”. 2009. Pag, 4. 5
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En el marco de la Agenda 21 se ha incorporado el Capitulo 21 sobre La Gestión Ecológicamente Racional de los Desechos Sólidos y cuestiones relacionadas con las Aguas Cloacales como parte de los temas fundamentales de este programa, en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 3 de la sección I de la resolución 44/228 de la Asamblea General, afirmando esta última que la Conferencia debía elaborar estrategias y medidas para detener e invertir los efectos de la degradación del medio ambiente en el contexto de la intensificación de los esfuerzos nacionales e internacionales hechos para promover un desarrollo sostenible y ambientalmente racional en todos los países, y en el párrafo 12 g de la sección I de la misma resolución, la Asamblea afirmó que la gestión ecológicamente racional de los desechos se encontraba entre las cuestiones que más importancia tenían para mantener la calidad del medio ambiente de la Tierra y, sobre todo, para lograr un desarrollo sostenible y ecológicamente racional en todos los países del mundo. En este sentido, cobra gran importancia los principios que emanan de la Agenda o Programa 21, de la Organización de las Naciones Unidas, relativos al manejo ambientalmente adecuado de los residuos. Entre ellos, se señalan los siguientes: • Principio de reducción en la fuente. • Principio de inventario de ciclo de vida. • Principio de precaución. • Principio de control integral de la contaminación. • Principio de estandarización. • Principio de autosuficiencia. • Principio de proximidad. • Principio de soberanía. • Principio quien contamina paga. • Principio de participación pública.6 3.- Protocolo de Kyoto (1997) El tratado de Kyoto fue uno de los eventos de gran envergadura el cual fue celebrado en Kyoto, Japón en diciembre de 1997. En esa Conferencia se tomó la decisión de aprobar un Protocolo en virtud del cual, los países industrializados se comprometen a reducir, para el periodo 2008 - 2012, el total de sus emisiones de gases de efecto invernadero por lo menos en un 5%, en relación con los niveles de 1990. A partir de allí, se espera que este compromiso vinculante produzca una reversión histórica de la tendencia ascendente de las emisiones, que se inició en dichos países hace unos 150 años. No obstante, en la conferencia de Río de 1992 se abordó el tema de las emisiones de gases invernadero a la atmósfera, en la cual Estados Unidos insistió en no incluir objetivos vinculantes, pero si exige a los firmantes que lleven acabo inventarios nacionales de las emisiones de gases invernaderos, y que presenten planes de acción para el control de las emisiones. Por consiguiente, El Protocolo de Kyoto en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático en su artículo 2 establece que:
Arteaga, Zully. Tesissobre: “Gestión Integrada de los Desechos Sólidos Urbanos como Política Pública en el Municipio Libertador. Parroquia Catedral. Años “2006-2007”. 2009. Pág. 56 y 57. 6
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“Con el fin de promover el desarrollo sostenible, cada una de las Partes incluidas en el anexo 1, al cumplir los compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones contraídos en virtud del artículo 3: a) Aplicará y/o seguirá elaborando políticas y medidas de conformidad con sus circunstancias nacionales, por ejemplo las siguientes: .........viii) Límitación y/o reducción de las emisiones de metano mediante su recuperación y utilización en la gestión de los desechos así como en la producción, el transporte y la distribución de energía ...... ”7
Por tanto, el problema es esencialmente alarmante ya que se está modificando la manera de cómo la energía solar se relaciona con la atmósfera y se disgrega de ella y del riesgo que corremos al alterar el clima global, sobre todo cuando hay emisiones de gases que produce la incineración de basura y genera metano degradando el ambiente. Esto por supuesto, influye y trae consecuencias climáticas como el aumento de la temperatura media de la superficie de la Tierra y el cambio de los modelos climáticos mundiales. 4.-Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de Johannesburgo (2002). Esta reunión tuvo lugar en Johannesburgo Sudáfrica, del 26 de agosto al 2 de septiembre de 2002, y su objetivo fue analizar la marcha de la instrumentación de los acuerdos de la Conferencia de Río, centrar su atención en la identificación de esferas que requieran mayor esfuerzo y decisiones orientadas a la acción; abordar nuevos retos y oportunidades, y reiterar su compromiso político y apoyo al desarrollo sustentable. No obstante, los resultados de Johannesburgo que cumplieron con las expectativas anunciadas, los paises ricos y los subdesarrollados llegaron a Sudáfrica con aspiraciones totalmente opuestas; los industrializados se encargaron desde el principio de aclarar que no aceptaban ningún nuevo compromiso, como tampoco harían aportes al desarrollo del Tercer Mundo. En este sentido, el balance en el que estuvo enmarcada la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de Johannesburgo, cobra especial importancia, algunos elementos de esta convocatoria como también la postura nacional en este evento: l.- Muchos de los Países acordaron, entre ellos Venezuela, que se mantuviera sin ningún tipo de modificación, lo estipulado en los principios de la Agenda 21, ya que estos representan la plataforma política para orientar el desarrollo de todos los países del mundo. 2.- Se planteó la necesidad de realizar un balance mundial acerca de cada país a fin de verificar los adelantos o atrasos con respecto a los compromisos adquiridos en la Agenda o Programa 21. 3.- Se planteó la necesidad de evaluar la situación del Ambiente desde la perspectiva futura, enmarcada en los resultados del lapso de JO años, desde la Cumbre de Río. 4.- Se hizo referencia a la gran preocupación a nivel mundial sobre el uso, aprovechamiento y manejo de los Recursos Naturales, La conservación de la Biodiversidad, la lucha contra la pobreza, en consonancia esta última, con la premisa sobre Desarrollo sustentable y de los nuevos paradigmas establecidos en el marco de las relaciones internacionales en los cuales figuran las relaciones Norte-Sur y Sur-Sur. 7
Organización de las Naciones Unidas. ONU (1997). Protocolo de Kyoto.
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Según Briceño (2006), “Venezuela en el balance de 10 años, realizado en Johannesburgo, manifestó a nivel mundial la postura sobre del Desarrollo Sustentable, la cual fue asumida como política de Estado y recogida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1.999, en consonancia con los derechos Ambientales que se le otorga al pueblo venezolano”.8 3. IMPACTO ECONÓMICO Y PRESUPUESTARIO 3.1. IMPACTO ECONÓMICO La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece en su artículo 127 que: Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
En este sentido, la economía ambiental proporciona un contexto ideal de desarrollo del marco jurídico nacional en virtud de asegurar a la sociedad un medio ambiente libre de contaminación. No obstante lo anterior y tomando en consideración el marco jurídico actual en cuanto al manejo de los residuos y desechos sólidos se hace evidente la adecuación de este marco jurídico a los requerimientos en materia ambiental. El nuevo institucionalismo económico plantea las bases para la regulación de esta materia en virtud de que considera que los procesos de intercambio no se reducen a relaciones de precios y cantidades entre los individuos, en los que la suma de todas las decisiones explica el funcionamiento de tales procesos, sino que hay que tomar en cuenta el carácter institucional con el que operan tales procesos de intercambio. En el enfoque institucional, el análisis debe incluir elementos fundamentales para el buen funcionamiento de la economía; tales elementos son: el marco jurídico, las estructuras de poder, el acceso a la información, la formación de individuos y hasta las características del sistema político alrededor de lo que se entiende como instituciones o reglas del juego y las organizaciones o actores. En tal sentido, la calidad de las instituciones de un Estado, de sus leyes, ordenamientos, disposiciones y normas formales, se traduce en una determinada calidad del funcionamiento y operación de su economía. En virtud que el Estado pueda actuar en la economía para procurar alcanzar el máximo nivel de felicidad social posible debe intervenir en diferentes ámbitos de la Briceño, Manuel (2006). Desarrollo, Ambiente y Ordenación del Territorio. Asamblea Nacional. Comisión Permanente de Ambiente. Recursos Naturales y Ordenación del Territorio. Impreso en Talleres Gráficos de la Asamblea Nacional. Caracas. Pág. 42. 8
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realidad nacional. En este sentido, el Estado debe proveer un marco jurídico coherente, sencillo y transparente que genere mayor confianza de los agentes económicos en la economía ya que si no se dispone de un marco jurídico con las características mencionadas anteriormente no se podrían operar y realizar diversas transacciones económicas, los costos de transacción serían elevados y esto devendría en desconfianza de los ciudadanos y las empresas, con lo cual no se incentivarían las inversiones, por el contrario tenderían a disminuir, aumentarían los costos transacciones y de los productos, entre otros aspectos. El desarrollo de este marco institucional generaría, primero, que funcione la economía de manera más justa y, luego que se desarrollen procesos eficientes al menor costo posible, porque a final de cuentas está sustentado en el capital social, que es la confianza en sus leyes y organizaciones, y sólo se genera en un Estado de derecho donde se hacen cumplir y se observan las leyes a través de un sistema judicial que también sea institucional y efectivo. 3.2. IMPACTO PRESUPUESTARIO El Proyecto de Ley para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos No Peligrosos plantea en su articulado la creación de “...la Superintendencia Nacional de Manejo Integral de Residuos y Desechos bajo la figura de de Instituto Público Nacional con personalidad jurídica, patrimonio propio independiente del Fisco Nacional...” (art. 10) Y tendrá como “...objeto servir de instancia asesora en el establecimiento de politicas, investigación y coordinación en materia de manejo integral de residuos y desechos sólidos, así como la supervisión, fiscalización, rectoría técnica, asesoría y la ejecución de obras y servicios en las fases de transferencia y disposición final. ..” (art. 12). Los artículos parcialmente transcritos dejan ver que el proyecto de ley propuesto implica la creación de un organismo, creación que implica costos para el Estado en términos de infraestructura física, personal. equipos y materiales, etc. El propio proyecto de ley proporciona mayor detalla al respecto del funcionamiento de la mencionada superintendencia. A este respecto, el artículo 14 indica que dicha superintendencia estará regida por un Directorio que tendrá la plena representación, dirección, supervisión y control de la misma; y una Dirección Ejecutiva, responsable de las funciones ejecutivas y administrativas. A su vez, el artículo 17 del proyecto de ley establece que el directorio estará integrado por 7 directores, responsables de las áreas técnicas operativas, y un presidente, mientras que Dirección Ejecutiva estará representada por la persona designada por la Autoridad Nacional Ambiental. Estos artículos proporcionan elementos necesarios para determinar el costo de funcionamiento de la menciona superintendencia. Sin embargo, existen elementos no plasmados en el proyecto de Ley y que implican costos de funcionamiento. En virtud de que al momento de la realización del presente análisis no se dispone de todos los datos necesarios para un cálculo del funcionamiento del instituto que se propone crear es necesario realizar una serie de supuestos, entre los cuales se tienen: • Cada área técnica implica un personal profesional calificado no inferior a 5 personas.
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• El costo en los primeros 3 años podría ser superior en virtud de la inversión en capital (equipos de oficina, mobiliario, etc) Una vez considerados estos supuestos se procede a la simulación para el cálculo del costo operativo del instituto. CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL Tipo de Cargo Nº de Cargo Personal Fijo a Tiempo Completo Directivo Profesional y Técnico Administrativo Obrero
93 9 40 17 27
Presupuesto Miles Bs. F 3.780,0 650,0 2.460,2 669,2 0,7
RESUMEN DE CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS Código Denominación
Presupuesto Miles Bs. F.
4.01 Gastos de Personal 4.02 Materiales, suministros y mercancías 4.03 Servicios no personales 4.04 Activos reales Total
56.703,0 1.098,4 7.453.4 13.705,2 78.957.3
Entonces, el costo total de la puesta en marcha del instituto propuesto significa aproximadamente Bs. F. 78.957,3 lo que significa 0,009% del PIS estimado para el 2010. Debe destacarse que el cálculo realizado implica gastos recurrentes como los serían los ocasionados por los gastos de personal, materiales, suministros y mercancías y servicios no personales mientras que los gastos no recurrentes estarían incluidos en la partida Activos reales, en la subpartida destinada a inversión de capital. Por el lado de los ingresos, de causarse alguna multa o incentivo estipulado en el proyecto de Ley implicará una disminución en la recaudación impuestos por parte del fisco lo que implicará una disminución en los ingresos del fisco. 4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES La Dirección General de Desarrollo Legislativo considera que el presente Proyecto de Ley constituye un valiosísimo aporte para impulsar el desarrollo integral de la nación, ya que proporciona los incentivos a los agentes económicos para influir en su conducta de manera de que su actividad económica no implique un perjuicio para el medio ambiente. Se promueve el fortalecimiento de la misma, como parte esencial e indisoluble del Poder Público Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las políticas públicas correspondientes a la gestión integrada de los Residuos y Desechos Sólidos, la cooperación y articulación entre los diferentes órganos del poder nacional, regional y local. De esta manera, cobra especial importancia en el mantenimiento del orden jurídico interno y la participación activa de la
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sociedad, a fin de proporcionar la orientación estratégica para el funcionamiento y desarrollo de las instituciones en esta materia. 4.1. CONCLUSIONES El Proyecto de Ley para la Gestión del Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos No Peligrosos genera cambios institucionales y operativos en esta materia ya que permite que a nivel local, se diseñen y formulen planes locales ajustados a las necesidades que requieren las comunidades y sobre todo permite que el ciudadano tenga una participación protagónica efectiva y responsable, creándose una nueva cultura ambiental frente a este problema social, con miras a definir mejores condiciones y calidad de vida en la población. Proporciona un contexto ideal de desarrollo del marco jurídico nacional en virtud de asegurar a la sociedad un medio ambiente libre de contaminación y plantea las bases para la regulación de esta materia en virtud de que genera, primero, que funcione la economía de manera más justa y, luego que se desarrollen procesos eficientes al menor costo posible. De causarse alguna multa o incentivo estipulado en el proyecto de Ley implicará una disminución en la recaudación impuestos por parte del fisco lo que implicará una disminución en los ingresos del fisco. 4.2,RECOMENDACIONES. 1. Se sugiere incorporar en la estructura de este proyecto, un artículo o capítulo relacionado a desarrollar y estimular, a través de la nueva institucionalidad, la descentralización del ente rector en materia de gestión de desechos y residuos sólidos hacia otras ciudades importantes del país a fin de que se desconcentre la ciudad metropolitana y se atienda las necesidades estadales, municipales que se puedan presentar en otras regiones del país. Además de que se le de oportunidad a los interesados presentar propuestas, proyectos de investigación que contribuyan al mejoramiento del control y manejo de los desechos sólidos. - Promover la inversión de la economía social, a los fines de crear cooperativas, asociaciones que generen servicios que contribuyan al problema de basura y fortalezcan el desarrollo económico del país. - Integrar a los planes de estudio de las escuelas, liceos y universidades, programas educativos ambientales relacionados a la gestión integral de los desechos sólidos urbanos, así como también elaborar programas de sensibilización e información de los sistemas de funcionamiento en el manejo de la basura para fomentar la formación y capacitación de los ciudadanos en esta área. -Se sugiere Revisar, reformar y establecer mecanismos de evaluación y seguimiento de las políticas nacionales, locales de gestión de desechos sólidos, ya que este último tiene competencia directa en el aseo urbano y domiciliario de los municipios, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 178º, Ordinal 4º. -En el ámbito Internacional se sugiere fomentar a través de los mecanismos de integración la vinculación y la cooperación regional que permita articular redes entre las diferentes ciudades metropolitanas, a fin de coadyuvar a crear capacidades en los
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gobiernos locales para el mejoramiento urbano, elevando las condiciones de gestión técnica y administrativa, así como el intercambio de experiencias obtenidas, aunado a la transferencia de tecnologías. Es perentorio instrumentar los Convenios Internacionales Ambientales a las Políticas Públicas. 5. FUENTES BIBLIOGRÁFICAS • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. r 1999). Publicada en Gaceta Oficial Número, N° 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1999. • Ley de Residuos y Desechos Sólidos (2004). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 38.068, Noviembre J8, 2004. • Ley de los Consejos Comunales (2006). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Asamblea Nacional. Informe de Impacto Económico y Presupuestario Venezuela, N° 5.806 (Extraordinario), Abril 10, 2006. • Arteaga, Zully. (2009). “Gestión Integrada de los Desechos Sólidos Urbanos como Política Pública en el Municipio Libertador. Parroquia Catedral. Años 2006 - 2007. Tesis de grado. UNEFA. Caracas. • Briceño, Manuel (2006). Desarrollo, Ambiente y Ordenación del Territorio. Asamblea Nacional. Comisión Permanente de Ambiente, Recursos Naturales y Ordenación del Territorio. Impreso en Talleres Gráficos de la Asamblea Nacional. Caracas. • Organización de las Naciones Unidas. ONU, (1992). Agenda o Programa 2l,[Página web en línea]. [Consultada 26/06/2008J. Disponible en: http://www.un.org/esa/ sustdev/documents/agenda21/spanish/agenda21spchapter21.hm • Organización de las Naciones Unidas, (1997). Protocolo de Kyoto. [Página en línea]. [Consultada el 05/05/2008]. Disponible en: http://unfccc.int/resource/docs/convkp/ kpspa n.pdf. • Organización de las Naciones Unidas ONU. (2002J. Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de Johannesburgo. [Página web en línea]. [Consultada el 03/03/2008]. Disponible en: http:j/www.un.org/spanish/conferences/wssd/. • http://www.gestiopolis.com/economia/investigacion-teorica-economia-ecologica nueva vision-economica.htm.
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GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA AÑO CXXXIVMES III Caracas, viernes 22 de diciembre de 2006 No. 5.833 Extraordinario LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Capítulo I Disposiciones Generales Objeto Artículo 1 Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad. De igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. Gestión del Ambiente Artículo 2 A los efectos de la presente Ley, se entiende por gestión del ambiente el proceso constituido por un conjunto de acciones o medidas orientadas a diagnosticar, inventariar, restablecer, restaurar, mejorar, preservar, proteger, controlar, vigilar y aprovechar los ecosistemas, la diversidad biológica y demás recursos naturales y elementos del ambiente, en garantía del desarrollo sustentable. Definiciones Artículo 3. A los efectos de la presente Ley, se entenderá por: Ambiente: Conjunto o sistema de elementos de naturaleza física, química, biológica o socio cultural, en constante dinámica por la acción humana o natural, que rige y condiciona la existencia de los seres humanos y demás organismos vivos, que interactúan permanentemente en un espacio y tiempo determinado. Ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado: Cuando los elementos que lo integran se encuentran en una relación de interdependencia armónica y dinámica que hace posible la existencia, transformación y desarrollo de la especie humana y demás seres vivos. Aprovechamiento sustentable: Proceso orientado a la utilización de los recursos naturales y demás elementos de los ecosistemas, de manera eficiente y socialmente útil, respetando la integridad funcional y la capacidad de carga de los mismos, en forma tal que la tasa de uso sea inferior a la capacidad de regeneración.
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Auditoría ambiental: Instrumento que comporta la evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva realizada sobre la actividad sujeta a regulación, para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta Ley y demás normas ambientales. Bienestar social: Condición que permite al ser humano la satisfacción de sus necesidades básicas, intelectuales, culturales y espirituales, individuales y colectivas, en un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. Calidad del ambiente: Características de los elementos y procesos naturales, ecológicos y sociales, que permiten el desarrollo, el bienestar individual y colectivo del ser humano y la conservación de la diversidad biológica. Capacidad de carga: Máximo valor posible de elementos o agentes internos o externos, que un espacio geográfico o lugar determinado puede aceptar o soportar por un período o tiempo determinado, sin que se produzcan daños, degradación o impida la recuperación natural en plazos y condiciones normales o reduzca significativamente sus funciones ecológicas. Compensación: Trabajos realizados o por realizar por el responsable de una afectación de carácter permanente o temporal, con el propósito de compensar los daños o alteraciones ocasionadas a los recursos naturales. Contaminación: Liberación o introducción al ambiente de materia, en cualquiera de sus estados, que ocasione modificación al ambiente en su composición natural o la degrade. Contaminante: Toda materia, energía o combinación de éstas, de origen natural o antrópico, que al liberarse o actuar sobre la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier otro elemento del ambiente, altere o modifique su composición natural o la degrade. Control ambiental: Conjunto de actividades realizadas por el Estado conjuntamente con la sociedad, a través de sus órganos y entes competentes, sobre las actividades y sus efectos capaces de degradar el ambiente. Daño ambiental: Toda alteración que ocasione pérdida, disminución, degradación, deterioro, detrimento, menoscabo o perjuicio al ambiente o a alguno de sus elementos. Desarrollo sustentable: Proceso de cambio continuo y equitativo para lograr el máximo bienestar social, mediante el cual se procura el desarrollo integral, con fundamento en medidas apropiadas para la conservación de los recursos naturales y el equilibrio ecológico, satisfaciendo las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las generaciones futuras. Diagnóstico: Determinación, en un momento dado del estado del ambiente, las especies, poblaciones, ecosistemas, de la diversidad biológica y demás recursos naturales y elementos que lo integran, sus restricciones y potencialidades de uso. Ecosistema: Sistema complejo y dinámico de componentes biológicos, abióticos y energía que interactúan como una unidad fundamental. Educación ambiental: Proceso continuo, interactivo e integrador, mediante el cual el ser humano adquiere conocimientos y experiencias, los comprende y analiza, los internaliza y los traduce en comportamientos, valores y actitudes que lo preparen para participar protagónicamente en la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable.
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Estudio de impacto ambiental y socio cultural: Documentación técnica que sustenta la evaluación ambiental preventiva y que integra los elementos de juicio para tomar decisiones informadas con relación a las implicaciones ambientales y sociales de las acciones del desarrollo. Evaluación de impacto ambiental: Es un proceso de advertencia temprana que opera mediante un análisis continuo, informado y objetivo que permite identificar las mejores opciones para llevar a cabo una acción sin daños intolerables, a través de decisiones concatenadas y participativas, conforme a las políticas y normas técnicas ambientales. Gestión del ambiente: Todas las actividades de la función administrativa, que determinen y desarrollen las políticas, objetivos y responsabilidades ambientales y su implementación, a través de la planificación, el control, la conservación y el mejoramiento del ambiente. Guardería ambiental: Acción de vigilancia y fiscalización de las actividades que, directa o indirectamente, puedan incidir sobre el ambiente para la verificación del cumplimento de las disposiciones relativas a la conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. Restablecer: Aplicación de un conjunto de medidas y acciones a objeto de restaurar las características de los elementos del ambiente que han sido alteradas o degradadas, por un daño ambiental de origen antrópico o natural. Impacto ambiental: Efecto sobre el ambiente ocasionado por la acción antrópica o de la naturaleza. Inventario: Levantamiento de información cuantitativa y cualitativa sobre los ecosistemas, la diversidad biológica, los recursos naturales y demás elementos del ambiente. Manejo: Prácticas destinadas a garantizar el aprovechamiento sustentable y la conservación de los recursos naturales, así como aquéllas orientadas a prevenir y minimizar efectos adversos por actividades capaces de degradarlos. Medidas ambientales: Son todas aquellas acciones y actos dirigidos a prevenir, corregir, restablecer, mitigar, minimizar, compensar, impedir, limitar, restringir o suspender, entre otras, aquellos efectos y actividades capaces de degradar el ambiente. Mejorar: Acciones tendientes a incrementar, desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo, la disponibilidad de recursos naturales y de diversidad biológica y demás elementos del ambiente. Norma técnica ambiental: Especificación técnica, regla, método o parámetro científico o tecnológico, que establece requisitos, condiciones, procedimientos y límites permisibles de aplicación repetitiva o continuada, que tiene por finalidad la conservación un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, cuya observancia es obligatoria. Planificación ambiental: Proceso dinámico que tiene por finalidad conciliar los requerimientos del desarrollo socio económico del país, con la conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. Política ambiental: Conjunto de principios y estrategias que orientan las decisiones del Estado, mediante instrumentos pertinentes para alcanzar los fines de la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable.
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Preservación: Aplicación de medidas para mantener las características actuales de la diversidad biológica, demás recursos naturales y elementos del ambiente. Recursos naturales: Componentes del ecosistema, susceptibles de ser aprovechados por el ser humano para satisfacer sus necesidades. Reparación: Es el restablecimiento, compensación o el pago indemnizatorio, según cada caso, de un daño ambiental, riesgo ambiental, probabilidad de ocurrencia de daños en el ambiente por efecto de un hecho, una acción u omisión de cualquier naturaleza. Riesgo Ambiental: Probabilidad de ocurrencia de daños en el ambiente, por efecto de un hecho, una acción u omisión de cualquier naturaleza. Principios para la gestión del ambiente Artículo 4. La gestión del ambiente comprende: 1. Corresponsabilidad: Deber del Estado; la sociedad y las personas de conservar un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. 2. Prevención: Medida que prevalecerá sobre cualquier otro criterio en la gestión del ambiente. 3. Precaución: La falta de certeza científica no podrá alegarse como razón suficiente para no adoptar medidas preventivas y eficaces en las actividades que pudiesen impactar negativamente el ambiente. 4. Participación ciudadana: Es un deber y un derecho de todos los ciudadanos la participación activa y protagónica en la gestión del ambiente. 5. Tutela efectiva: Toda persona tiene derecho a exigir acciones rápidas y efectivas ante la administración y los tribunales de justicia, en defensa de los derechos ambientales. 6. Educación ambiental: La conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado debe ser un valor ciudadano, incorporado en la educación formal y no formal. 7. Limitación a los derechos individuales: los derechos ambientales prevalecen sobre los derechos económicos y sociales, limitándolos en los términos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes especiales. 8. Responsabilidad en los daños ambientales: La responsabilidad del daño ambiental es objetiva y su reparación será por cuenta del responsable de la actividad o del infractor. 9. Evaluación de impacto ambiental: Todas las actividades capaces de degradar el ambiente deben ser evaluadas previamente a través de un estudio de impacto ambiental y socio cultural. 10. Daños ambientales: Los daños ocasionados al ambiente se consideran daños al patrimonio público. Utilidad pública e interés general Artículo 5. Se declara de utilidad pública y de interés general la gestión del ambiente. Orden Público Artículo 6. Las normas previstas en esta Ley, en las leyes que la desarrollan y demás normas ambientales, son de orden público. Política ambiental Artículo 7. La política ambiental deberá fundamentarse en los principios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la presente Ley, las
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demás leyes que la desarrollen y conforme a los compromisos internacionales contraídos válidamente por la República Bolivariana de Venezuela. Acción de lo gestión del ambiente Artículo 8. La gestión del ambiente se aplica sobre todos los componentes de los ecosistemas, las actividades capaces de degradar el ambiente y la evaluación de sus efectos. De las herramientas de la gestión del ambiente Artículo 9. A los efectos de esta Ley, se consideran herramientas de la gestión del ambiente, la ordenación del territorio, la planificación, la evaluación y el control. Objetivos Artículo 10. Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la rectoría y coordinación de la Autoridad Nacional Ambiental: 1. Formular e implementar la política ambiental y establecer los instrumentos y mecanismos para su aplicación. 2. Coordinar el ejercicio de las competencias de los órganos del Poder Público, a los fines previstos en esta Ley. 3. Cumplir las directrices y lineamientos de las políticas para la gestión del ambiente. 4. Fijar las bases del régimen regulatorio para la gestión del ambiente. 5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación protagónica de la sociedad. 6. Prevenir, regular y controlar las actividades capaces de degradar el ambiente. 7. Reducir o eliminar las fuentes de contaminación que sean o puedan ocasionar perjuicio a los seres vivos. 8. Asegurar la conservación un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. 9. Estimular la creación de mecanismos que promuevan y fomenten la investigación y la generación de información básica. 10. Establecer los mecanismos e implementar los instrumentos para el control ambiental. 11. Promover la adopción de estudios e incentivos económicos y fiscales, en función de la utilización de tecnologías limpias y la reducción de parámetros de contaminación, así como la reutilización de elementos residuales provenientes de procesos productivos y el aprovechamiento integral de los recursos naturales. 12. Elaborar y desarrollar estrategias para remediar y restaurar los ecosistemas degradados. 13. Resguardar, promover y fomentar áreas que coadyuven a la preservación de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. 14. Cualesquiera otros que tiendan al desarrollo y el cumplimiento de la presente Ley. Incorporación de la dimensión ambiental Artículo 11. Corresponde al Estado, por órgano de las autoridades competentes, garantizar la incorporación de la dimensión ambiental en sus políticas, planes, programas y proyectos; para alcanzar el desarrollo sustentable. De la calidad ambiental Artículo 12. El Estado, conjuntamente con la sociedad, deberá orientar sus acciones para lograr una adecuada calidad ambiental que permita alcanzar condiciones que
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aseguren el desarrollo y el máximo bienestar de los seres humanos, así como el mejoramiento de los ecosistemas, promoviendo la conservación de los recursos naturales, los procesos ecológicos y demás elementos del ambiente, en los términos establecidos en esta Ley. TÍTULO II ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Capítulo I Disposiciones Generales Suprema dirección de la política nacional ambiental Artículo 13. El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de Ministros, ejerce la suprema dirección de la política nacional ambiental. Desarrollo de las normas ambientales Artículo 14. El Ejecutivo Nacional, a través de la Autoridad Nacional Ambiental, desarrollará las normas técnicas ambientales, en coordinación con los organismos competentes, atendiendo a los objetivos previstos en la presente Ley y las que la desarrollen. Responsabilidad de los órganos del poder público Artículo 15. Los órganos del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, son responsables de la aplicación y consecución de los objetivos de esta Ley, en el ámbito de sus respectivas competencias. De la coordinación Artículo 16. Los órganos del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, ejercerán las atribuciones constitucionales y legales en materia ambiental, cada uno dentro del ámbito de sus competencias, de manera coordinada, armónica y con sujeción a la directrices de la política nacional ambiental, a fin de garantizar el tratamiento integral del ambiente a que se refiere esta Ley. Complementariedad de las normas ambientales Artículo 17. Los estados y municipios podrán desarrollar normas ambientales estadales o locales, según sea el caso, en las materias de su competencia exclusiva, asignadas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes; con base en las disposiciones establecidas en la presente Ley y atendiendo a los principios de interdependencia, coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiariedad y a las particulares características ambientales de cada región. Capítulo II De las Autoridades Ambientales Autoridad nacional ambiental Artículo 18. La Autoridad Nacional Ambiental será ejercida por el ministerio con competencia en materia ambiental como órgano rector, responsable de formular, planificar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas, proyectos y actividades estratégicas para la gestión del ambiente. De la promoción a la desconcentración y descentralización en materia ambiental Artículo 19. La Autoridad Nacional Ambiental promoverá los procesos de desconcentración y descentralización en materia ambiental hacia los estados, municipios y
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distritos, bajo los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad, en función de las necesidades y aptitudes regionales y locales, de conformidad con la presente Ley, las que la desarrollen y las especiales que regulen los procesos de descentralización. Instancias regionales, estadales y locales de coordinación Artículo 20. A los fines de coadyuvar con la gestión del ambiente, se podrán establecer instancias regionales, estadales y locales de coordinación y participación ciudadana e interinstitucional. Capítulo III De la Defensa Ambiental Órganos de la defensa ambiental Artículo 21. A los fines de la presente Ley, además de la Autoridad Nacional Ambiental, intervienen en la defensa un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, la Procuraduría General de la República, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Fuerza Armada Nacional, así como los demás órganos y entes nacionales, estadales y municipales con competencia en la materia, conforme a las normas que rijan su funcionamiento y de acuerdo con las disposiciones establecidas en esta Ley y las que la desarrollen. TÍTULO III DE LA PLANIFICACIÓN DEL AMBIENTE Capítulo I De la Planificación del Ambiente Finalidad Artículo 22. La planificación del ambiente constituye un proceso que tiene por finalidad conciliar el desarrollo económico y social con la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable. Lineamientos para la planificación del ambiente Artículo 23. Los lineamientos para la planificación del ambiente son: 1. La conservación de los ecosistemas y el uso sustentable de éstos asegurando su permanencia. 2. La investigación como base fundamental del proceso de planificación, orientada a determinar el conocimiento de las potencialidades y las limitaciones de los recursos naturales, así como el desarrollo, transferencia y adecuación de tecnologías compatibles con desarrollo sustentable. 3. La armonización de los aspectos económicos, socioculturales y ambientales, con base en las restricciones y potencialidades del área. 4. La participación ciudadana y la divulgación de la información, como procesos incorporados en todos los niveles de la planificación del ambiente. 5. La evaluación ambiental como herramienta de prevención y minimización de impactos al ambiente. 6. Los sistemas de prevención de riesgos para garantizar su inserción en los planes nacionales.
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Dimensión ambiental Artículo 24. La planificación del ambiente forma parte del proceso de desarrollo sustentable del país. Todos los planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social, sean de carácter nacional, regional, estadal o municipal, deberán elaborarse o adecuarse, según proceda, en concordancia con las disposiciones contenidas en esta Ley y con las políticas, lineamientos, estrategias, planes y programas ambientales, establecidos por el ministerio con competencia en materia de ambiente. Programación y ejecución de actividades Artículo 25. Las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, deberán programar y ejecutar sus actividades de acuerdo con los planes establecidos y las disposiciones contenidas en esta Ley y los demás instrumentos legales aplicables. Capítulo II De los Instrumentos para la Planificación del Ambiente Sistema integrado de planes Artículo 26. La planificación del ambiente está circunscrita a un sistema integrado y jerarquizado de planes, cuyo instrumento fundamental es el Plan Nacional de Ordenación del Territorio. El Plan Nacional del Ambiente se desarrollará con carácter vinculante por todos los órganos y entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, así como por los consejos comunales. Los planes ambientales, nacionales, regionales, estadales, municipales y locales, conforman el sistema nacional para la planificación del ambiente y son instrumentos fundamentales de la gestión pública en materia ambiental. Alcance de los planes Artículo 27. Los planes ambientales deberán ajustarse a las políticas que al efecto se dicten en materia ambiental, y definirán los objetivos, lineamientos, estrategias; metas y programas que orienten la gestión del ambiente, así como prever la viabilidad social, política, económica, financiera y técnica a los fines de lograr sus objetivos. Características de los planes Artículo 28. Los planes ambientales deben ser instrumentos flexibles, dinámicos, prospectivos y transversales, que definan y orienten la gestión del ambiente, y permitan prever y enfrentar situaciones que directa o indirectamente afecten los ecosistemas y el bienestar social. De otros instrumentos para la planificación del ambiente Artículo 29. Constituyen otros instrumentos para la planificación del ambiente la ordenación del territorio, las normas técnicas ambientales, las evaluaciones ambientales, la gestión integral de todas las áreas del alto valor ecológico, los sistemas de información geográfica y los criterios e indicadores de sustentabilidad. Capítulo III De los Mecanismos de Elaboración, Ejecución y Revisión de los Planes Del Plan Nacional Artículo 30. El Plan Nacional del Ambiente es un instrumento a largo plazo que pauta la política ambiental nacional a escala regional, estadal, municipal y local, y contendrá las siguientes directrices:
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1. Mecanismos y acciones para la consecución de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, para maximizar el bienestar social. 2. La conservación, manejo y uso sustentable de los recursos naturales. 3. Criterios prospectivos y principios de sustentabilidad que orienten los procesos de urbanización, industrialización, ampliación de la frontera agrícola y ocupación del territorio en materia ambiental. 4. Detección y evaluación de conflictos socioambientales y manejo alternativo de los mismos. 5. Programa de investigación sobre problemas ambientales. 6. Los objetivos y medidas de instrumentación del Plan. 7. La educación ambiental y participación ciudadana. Elaboración y coordinación de los planes Artículo 31. Los planes ambientales, en sus diferentes niveles, serán elaborados y coordinados por el ministerio con competencia en materia ambiental con la participación de la Administración Pública y demás sectores del país. Aprobación Artículo 32. El Plan Nacional del Ambiente será aprobado por el Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, mediante decreto en Consejo de Ministros. Publicidad y obligatoriedad Artículo 33. Los planes ambientales serán de obligatorio cumplimiento y estarán sujetos a revisión y actualización periódica. Los planes y sus modificaciones entrarán en vigencia una vez sean publicados en la Gaceta Oficial que corresponda al nivel político territorial respectivo. TÍTULO IV DE LA EDUCACIÓN AMBIENTAL Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Capítulo I De la Educación Ambiental Objeto Artículo 34. La educación ambiental tiene por objeto promover, generar, desarrollar y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos, aptitudes y actitudes para contribuir con la transformación de la sociedad, que se reflejará en alternativas de solución a los problemas socioambientales, contribuyendo así al logro del bienestar social, integrándose en la gestión del ambiente a través de la participación activa y protagónica, bajo la premisa del desarrollo sustentable. Lineamientos para la educación ambiental Artículo 35. Los lineamientos para la educación ambiental son: 1. Incorporar una signatura en materia ambiental, con carácter obligatorio, como constitutivo del pénsum en todos los niveles y modalidades del sistema educativo bolivariano, dentro del continuo proceso de desarrollo humano, con el propósito de formar ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables, garantes del patrimonio natural y sociocultural en el marco del desarrollo sustentable. 2. Vincular el ambiente con temas asociados a ética, paz, derechos humanos, participación protagónica, la salud, el género, la pobreza, la sustentabilidad, la conservación
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de la diversidad biológica, el patrimonio cultural, la economía y desarrollo, el consumo responsable, democracia y bienestar social, integración de los pueblos, así como la problemática ambiental mundial. 3. Desarrollar procesos educativos ambientales en el ámbito de lo no formal que promuevan y fortalezcan el derecho a la participación de ciudadanos, ciudadanas y comunidad en general, en el marco de una gestión del ambiente en forma compartida. 4. Incorporar la educación ambiental para el desarrollo endógeno sustentable, desde una perspectiva participativa, crítica, influyente, transformadora de los sistemas productivos que reconozca la diversidad cultural y ecológica en el ámbito de la organización social. 5. Promover el diálogo de saberes, como base del intercambio, producción y difusión de información en los procesos educativos ambientales para generar acciones colectivas en el abordaje y solución de problemas socio ambientales. Generación de procesos de educación ambiental Artículo 36. Las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, responsables en la formulación y ejecución de proyectos que impliquen la utilización de los recursos naturales y de la diversidad biológica, deben generar procesos permanentes de educación ambiental que permitan la conservación de los ecosistemas y el desarrollo sustentable. Promoción de la educación ambiental Artículo 37. Las instituciones públicas y privadas deberán incorporar principios de educación ambiental en los programas de capacitación de su personal. Consideración de aportes Artículo 38. En el proceso de educación ambiental, se tomarán en consideración los aportes y conocimientos tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas y de otras comunidades organizadas, así como las técnicas e innovaciones, asociados al uso de los recursos naturales y de formas de vida ecológicamente armónicas. Capítulo II De la Participación Ciudadana Derecho y deber a participar Artículo 39. Todas las personas tienen el derecho y el deber de participar en los asuntos relativos a la gestión del ambiente. Mecanismos de Participación Artículo 40. El Ejecutivo Nacional, a través del ministerio con competencia en materia ambiental, reglamentará los mecanismos para hacer efectivo el ejercicio legítimo del derecho a la participación ciudadana en la formulación, adopción, ejecución y control de las políticas, planes, proyectos y otras medidas dirigidas a la conservación del ambiente. Participación de los pueblos indígenas y comunidades locales Artículo 41. Los pueblos indígenas y comunidades locales tienen el derecho y el deber de participar en la formulación, aplicación, evaluación y control de los planes y programas de desarrollo nacional, regional y local, susceptibles de afectarles directamente en sus vidas, creencias, valores, instituciones y bienestar espiritual y en el uso de las tierras y hábitats que ancestralmente ocupan y utilizan colectivamente.
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Formas asociativas en la gestión del ambiente Artículo 42. Las organizaciones ambientalistas, los pueblos y comunidades indígenas, los consejos comunales, las comunidades organizadas y otras formas asociativas, podrán desarrollar proyectos enmarcados en una gestión del ambiente compartida y comprometida con la conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y el desarrollo sustentable bajo las modalidades de la autogestión y cogestión. Derecho y deber de denunciar agresiones al ambiente Artículo 43. Toda persona tiene el derecho y el deber de denunciar por ante las instancias competentes, cualquier hecho que atente contra un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. Descentralización hacia las comunidades Artículo 44. La Autoridad Ambiental Nacional deberá implementar los mecanismos para la descentralización y transferencia de los servicios concernientes a la gestión del ambiente a las comunidades y grupos vecinales organizados, previa demostración de su capacidad para asumirlos, conforme al principio de la corresponsabilidad y para desarrollar procesos autogestionarios y cogestionarios para un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. TÍTULO V DE LOS RECURSOS NATURALES Y LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA Capítulo I Disposiciones Generales Objeto Artículo 45. El presente Título establece las disposiciones que regirán el manejo, la conservación de los ecosistemas y sus funciones, los recursos naturales y de la diversidad biológica, para garantizar su permanencia y los beneficios sociales que se derivan de ellos como elementos indispensables para la vida y su contribución para el desarrollo sustentable. Ecosistemas de importancia estratégica Artículo 46. La Autoridad Nacional Ambiental declarará como ecosistemas de importancia estratégica, a determinados espacios del territorio nacional en los cuales existan comunidades de plantas y animales que por sus componentes representen gran relevancia desde el punto de vista de seguridad agroalimentaria; para la salud humana y demás seres vivos; para el desarrollo médico y farmacológico; de conservación de especies; de investigación científica y aplicada de utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica; de prevención de riesgos; de seguridad de la Nación y de otra naturaleza de interés al bienestar colectivo. Capítulo II Disposiciones Especiales Protección Artículo 47. La Autoridad Nacional Ambiental, ante la presunción o inminencia de impactos negativos al ambiente, deberá prohibir o, según el caso, restringir total o parcialmente actividades en ejecución que involucren los ecosistemas, recursos naturales o la diversidad biológica, sin que ello genere derechos de indemnización.
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Medidas prioritarias de protección Artículo 48. A los fines de la conservación de los ecosistemas, recursos naturales y de la diversidad biológica, serán objeto de medidas prioritarias de protección: 1. Los ecosistemas frágiles, los de alta diversidad genética y ecológica y los que constituyan áreas de paisajes naturales de singular belleza o ecosistemas prístinos, poco intervenidos y lugares con presencia de especies endémicas y aquéllos que constituyen hábitat y tierras de pueblos indígenas susceptibles de ser afectados en su integridad cultural. 2. Las especies o poblaciones de animales y plantas particularmente vulnerables, endémicas o que se encuentren amenazadas o en peligro de extinción. 3. Las especies raras o poblaciones de singular valor ecológico, científico, estratégico o económico, de utilidad actual o potencial. 4. Las especies de la fauna silvestre con potencialidad para la zoocría y aquellas especies de plantas y animales que puedan ser utilizadas para el mejoramiento genético. 5. Las poblaciones animales y vegetales de importancia económica que se encuentren sometidas a presiones de caza, pesca o colecta excesivas, o sobreexplotación para fines comerciales, o a procesos de pérdida y fraccionamiento de su hábitat. 6. Las áreas naturales que tengan un interés especial para su conservación. 7. Los bancos de germoplasma, de genes y centros de tenencia de la diversidad biológica. 8. Cualesquiera otros ecosistemas, recursos y espacios que ameriten protección. Planes de manejo Artículo 49. El aprovechamiento de los recursos naturales y de la diversidad biológica en las diferentes cuencas hidrográficas, ecosistemas, áreas naturales protegidas, áreas privadas para la conservación y demás áreas especiales, estará sujeto a la formulación e implementación de los respectivos planes de manejo. En los correspondientes instrumentos de control se fijarán las condiciones y limitaciones a las que queda sometida la actividad. Capacidad de regeneración o recuperación Artículo 50. El aprovechamiento de los recursos naturales y de la diversidad biológica debe hacerse de manera que garantice su sustentabilidad. Artículo 51. Como protección a las especies autóctonas y de la diversidad biológica, las especies exóticas declaradas perjudiciales deben estar sujetas a programas de control, erradicación e ingreso al país. Conocimiento y manejo de información Artículo 52. Todo aprovechamiento y uso deberá promoverse en función del conocimiento disponible y del manejo de información sobre los recursos naturales, la diversidad biológica y los ecosistemas. Libre aprovechamiento Artículo 53. El Ejecutivo Nacional podrá decretar el libre aprovechamiento de determinados recursos naturales y de los componentes de la diversidad biológica, por razones de catástrofe natural o situaciones similares que pongan en peligro a la población. Adopción de medidas Artículo 54. La Autoridad Nacional Ambiental, en coordinación con los órganos
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competentes, adoptará las medidas necesarias para restablecer, mejorar, recuperar y restaurar la diversidad biológica y los ecosistemas, sometiéndolos a planes de manejo y programas especiales que garanticen su conservación. Capítulo III De los demás Elementos del Ambiente Gestión integral del agua Artículo 55. La gestión integral del agua está orientada a asegurar su conservación, garantizando las condiciones de calidad, disponibilidad y cantidad en función de la sustentabilidad del ciclo hidrológico. Ciclo hidrológico Artículo 56. Para asegurar la sustentabilidad del ciclo hidrológico y de los elementos que intervienen en él; se deberán conservar los suelos, áreas boscosas, formaciones geológicas y capacidad de recarga de los acuíferos. Conservación de la calidad del agua Artículo 57. Para la conservación de la calidad del agua se tomarán en consideración los siguientes aspectos: 1. La clasificación de las aguas atendiendo a las características requeridas para los diferentes usos a que deba destinarse. 2. Las actividades capaces de degradar las fuentes de aguas naturales, los recorridos de éstas y su represamiento. 3. La reutilización de las aguas residuales previo tratamiento. 4. El tratamiento de las aguas. 5. La protección integral de las cuencas hidrográficas. 6. El seguimiento continuo y de largo plazo de la calidad de los cuerpos de agua. 7. El seguimiento continuo de los usos de la tierra y sus impactos sobre las principales cuencas hidrográficas, que abastecen de agua a las poblaciones humanas y los sistemas de riego de las áreas agrícolas. Gestión integral de la atmósfera Artículo 58. La gestión integral de la atmósfera está orientada a asegurar su conservación, garantizando sus condiciones de calidad. Elementos de la atmósfera Artículo 59. El aire como elemento natural de la atmósfera constituye un bien fundamental que debe conservarse. Conservación de la calidad de la atmósfera Artículo 60. Para la conservación de la calidad de la atmósfera se considerarán los siguientes aspectos: 1. Vigilar que las emisiones a la atmósfera no sobrepasen los niveles permisibles establecidos en las normas técnicas. 2. Reducir y controlar las emisiones a la atmósfera producidas por la operación de fuentes contaminantes, de manera que se asegure la calidad del aire y el bienestar de la población y demás seres vivos, atendiendo a los parámetros establecidos en las normas que la regulan y en cumplimiento de los convenios internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.
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3. Establecer en las normas técnicas ambientales los niveles permisibles de concentración de contaminantes primarios y secundarios, capaces de causar molestias, perjuicios o deterioro en el ambiente y en la salud humana, animal y vegetal. 4. Establecer prohibiciones, restricciones y requerimientos relativos a los procesos tecnológicos y la utilización de tecnologías, en lo que se refiere a la emisión de gases y partículas, entre otros, que afectan la capa de ozono o inducen el cambio climático. 5. Dictar las normas técnicas ambientales para el establecimiento, operación y mantenimiento de sistemas de seguimiento de calidad del aire y de las fuentes contaminantes. 6. Llevar un inventario y registro actualizado de las fuentes contaminantes y la evaluación de sus emisiones. Gestión integral del suelo y del subsuelo Artículo 61. La gestión integral del suelo y del subsuelo está orientada a asegurar su conservación para garantizar su capacidad y calidad. Conservación del suelo y del subsuelo Artículo 62. La gestión para la conservación del suelo y del subsuelo debe realizarse atendiendo a los lineamientos siguientes: 1. La clasificación de los suelos en función de sus capacidades agroecológicas. 2. El uso y aprovechamiento del suelo y del subsuelo debe realizarse en función a su vocación natural, la disponibilidad y acceso a las tecnologías ambientalmente seguras, a fin de evitar su degradación. 3. La adopción de medidas tendientes a evitar y corregir las acciones que generen erosión, salinización, desertificación o modificación de las características topográficas y otras formas de degradación del suelo y del paisaje. 4. La restauración y recuperación del suelo y del subsuelo que haya sido afectado por la ejecución de actividades. Prevención y control Artículo 63. A los fines de la conservación, prevención, control de la contaminación y degradación de los suelos y del subsuelo, las autoridades ambientales deberán velar por. 1. La utilización de prácticas adecuadas para la manipulación de sustancias químicas y en el manejo y disposición final de desechos domésticos, industriales, peligrosos o de cualquier otra naturaleza que puedan contaminar los suelos. 2. La realización de investigaciones y estudios de conservación de suelos. 3. La prevención y el control de incendios de vegetación. 4. El incremento de la cobertura vegetal a través de la reforestación. TÍTULO VI DE LA INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL Capítulo I Disposiciones Generales Derecho a la Información Artículo 64. El derecho a la información sobre el ambiente debe ser reconocido a cada persona. El Estado es el garante de su ejercicio, de la confiabilidad de la información y de su difusión. Este derecho será ejercido según las modalidades definidas en esta Ley yen los demás instrumentos normativos que al efecto se dicten.
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Promoción de intercambio de información Artículo 65. A fin de cumplir con lo previsto en el artículo anterior, el Estado promoverá el intercambio de información sobre los conocimientos vinculados con el ambiente y el desarrollo sustentable. Registro de información ambiental Artículo 66. La Autoridad Nacional Ambiental establecerá y mantendrá un Registro de Información Ambiental, el cual deberá contener los datos biofísicos, económicos y sociales, así como la información legal, relacionados con el ambiente. Los datos del registro son de libre consulta y se deberán difundir periódicamente por medios eficaces cuando fueren de interés general. Alcance del Registro de Información Ambiental Artículo 67. El registro al que se refiere el artículo anterior deberá contener al menos los siguientes aspectos: 1. Los inventarios de sistemas ambientales. 2. Los inventarios de recursos hídricos. 3. Los inventarios del recurso suelo. 4. Los inventarios de diversidad biológica y sus componentes. 5. Los inventarios forestales. 6. Los inventarios de cuencas hidrográficas. 7. El inventario de fuentes de emisión y contaminación de suelos, aire y agua. 8. La información sobre áreas bajo régimen de administración especial. 9. La información hidrometeorológica e hidrogeológica. 10. La información jurídica de leyes, decretos y resoluciones vigentes en materia ambiental. 11. Información cartográfica. 12. La información sobre el hábitat y tierras de los pueblos y comunidades indígenas debidamente demarcadas. 13. Cualesquiera otras, de interés para la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable. Suministro de información Artículo 68. A los fines de lograr el intercambio de información previsto en la presente Ley, las instituciones públicas y privadas que tengan información sobre los aspectos mencionados en el artículo anterior, deben suministrarla a la Autoridad Nacional Ambiental. Recopilación de información Artículo 69. Toda persona natural o jurídica que aproveche o utilice los ecosistemas, deberá recopilar la información relacionada con los recursos que utiliza, su posible deterioro y las acciones para su recuperación y restauración. Esta información deberá ser suministrada al Registro de Información Ambiental dentro de los periodos, modalidades y costos establecidos por las normas que regulen la materia. Actualización del Registro de información ambiental Artículo 70. A los fines de mantener actualizado el Registro de información Ambiental y garantizar la adecuada recuperación, restauración o mejoramiento del ambiente, toda solicitud para la ejecución de actividades que impliquen la afectación de los ecosistemas y sus componentes, deberá ser acompañada de la información básica ac-
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tualizada que pueda servir como parámetro comparativo de las consecuencias de la afectación que se pretenda realizar. Dicho parámetro comparativo deberá ser conformado por la Autoridad Nacional Ambiental. Acceso a la información ambiental Artículo 71. El Estado garantizará a toda persona el acceso a la información ambiental, salvo que ésta haya sido clasificada como confidencial, de conformidad con la ley. Mecanismos de intercambio Artículo 72. Las personas deberán establecer mecanismos de intercambio de información ambiental, de conformidad con los lineamientos de sistematización que establezca la Autoridad Nacional Ambiental, mediante resolución debidamente publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Promoción y divulgación Artículo 73. La Autoridad Nacional Ambiental coordinará con los organismos y entes públicos la promoción y divulgación de la información técnica, documental y educativa de carácter ambiental, facilitando el acceso a la misma y definiendo estrategias permanentes para su suministro. Incorporación de temas ambientales Artículo 74. Los medios de comunicación y difusión deberán incorporar en la programación, los temas ambientales que propicien la información y el conocimiento de las complejas interrelaciones y vínculos entre los procesos de desarrollo social y económico en la búsqueda de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado, fomentando la educación ambiental. Orientación, fomento y estímulo de estudios e investigaciones con fines de información Artículo 75. La Autoridad Nacional Ambiental orientará, fomentará y estimulará los estudios y la investigación básica y aplicada sobre el ambiente, según las leyes que regulan la materia. Asimismo promoverá, apoyará y consolidará proyectos con las instituciones, universidades nacionales e internacionales, pueblos y comunidades indígenas, consejos comunales y comunidades organizadas de vocación ambientalista. Orientación de los estudios e investigaciones Artículo 76. Los estudios e investigaciones a que se refiere el Artículo anterior estarán dirigidas prioritariamente al conocimiento de los ecosistemas y la diversidad biológica, con la finalidad de conocer sus potencialidades, beneficios ambientales y limitaciones, con el objeto de orientar el uso sustentable de las poblaciones con potencial económico y preservar las especies que pudieran estar amenazadas, restaurar los hábitats degradados, prevenir y mitigar los impactos adversos sobre ellos. TÍTULO VII CONTROL AMBIENTAL Capítulo I Disposiciones Generales Control ambiental Artículo 77. El Estado, a través de la Autoridad Nacional Ambiental, ejercerá el con-
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trol ambiental sobre las actividades y sus efectos capaces de degradar el ambiente, sin menoscabo de las competencias de los estados, municipios, pueblos y comunidades indígenas, en aquellas materias ambientales expresamente asignadas por la Constitución y las leyes, garantizando así la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable. Control preventivo Artículo 78. El Estado implementará planes, mecanismos e instrumentos de control preventivo para evitar ilícitos ambientales. Desarrollo de programas Artículo 79. El Estado, a través de sus organismos competentes, debe desarrollar y promover programas, planes y proyectos de medición y control de la calidad ambiental. Actividades capaces de degradar el ambiente Artículo 80. Se consideran actividades capaces de degradar el ambiente: 1. Las que directa o indirectamente contaminen o deterioren la atmósfera, agua, fondos marinos, suelo y subsuelo o incidan desfavorablemente sobre las comunidades biológicas, vegetales y animales. 2. Las que aceleren los procesos erosivos y/o incentiven la generación de movimientos morfodinámicos, tales como derrumbes, movimientos de tierra, cárcavas, entre otros. 3. Las que produzcan alteraciones nocivas del flujo natural de las aguas. 4. Las que generen sedimentación en los cursos y depósitos de agua. 5. Las que alteren las dinámicas físicas, químicas y biológicas de los cuerpos de agua. 6. Las que afecten los equilibrios de los humedales. 7. Las vinculadas con la generación, almacenamiento, transporte, disposición temporal o final, tratamiento, importación y exportación de sustancias, materiales y desechos peligrosos, radiactivos y sólidos. 8. Las relacionadas con la introducción y utilización de productos o sustancias no biodegradables. 9. Las que produzcan ruidos, vibraciones y olores molestos o nocivos. 10. Las que contribuyan con la destrucción de la capa de ozono. 11. Las que modifiquen el clima. 12. Las que produzcan radiaciones fonizantes, energía térmica, energía lumínica o campos electromagnéticos. 13. Las que propendan a la acumulación de residuos y desechos sólidos. 14. Las que produzcan atrofización de lagos, lagunas y embalses. 15. La introducción de especies exóticas. 16. La liberación de organismos vivos modificados genéticamente, derivados y productos que lo contengan. 17. Las que alteren las tramas tróficas, flujos de materia y energía de las comunidades animales y vegetales. 18. Las que afecten la sobrevivencia de especies amenazadas, vulnerables o en peligro de extinción. 19. Las que alteren y generen cambios negativos en los ecosistemas de especial importancia.
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20. Cualesquiera otras que puedan dañar el ambiente o incidir negativamente sobre las comunidades biológicas, la salud humana y el bienestar colectivo. Fundamento del control ambiental Artículo 81. El control ambiental se regirá por lo establecido en esta Ley, en las leyes especiales y normas técnicas ambientales que desarrollen la materia. Capítulo II Control Previo Ambiental Instrumentos del control previo Artículo 82. La Autoridad Nacional Ambiental ejercerá el control previo ambiental, a través de los siguientes instrumentos: 1. Autorizaciones. 2. Aprobaciones: 3. Permisos. 4. Licencias. 5. Concesiones. 6. Asignaciones. 7. Contratos. 8. Planes de manejo. 9. Registros. 10. Los demás que establezca la ley. La afectación tolerable Artículo 83. El Estado podrá permitir la realización de actividades capaces de degradar el ambiente, siempre y cuando su uso sea conforme a los planes de ordenación del territorio, sus efectos sean tolerables, generen beneficios socioeconómicos y se cumplan las garantías, procedimientos y normas. En el instrumento de control previo se establecerán las condiciones, limitaciones y restricciones que sean pertinentes. Orientación de la evaluación de impacto ambiental Artículo 84. La evaluación de impacto ambiental está destinada a: 1. Predecir, analizar e interpretar los efectos ambientales potenciales de una propuesta en sus distintas fases. 2. Verificar el cumplimiento de las disposiciones ambientales. 3. Proponer las correspondientes medidas preventivas, mitigantes y correctivas a que hubiere lugar. 4. Verificar si las predicciones de los impactos ambientales son válidas y las medidas efectivas para contrarrestar los daños. Estudio de impacto ambiental y sociocultural Artículo 85. El estudio de impacto ambiental y sociocultural constituye uno de los instrumentos que sustenta las decisiones ambientales, comprendiendo distintos niveles de análisis, de acuerdo con el tipo de acción de desarrollo propuesto. La norma técnica respectiva regulará lo dispuesto en este artículo. Garantías ambientales Artículo 86. El respaldo del cumplimiento de las medidas de orden ambiental fijadas en los instrumentos de control previo estarán constituidas por depósitos en garantía o
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fianzas de fiel cumplimiento solidarias, según corresponda, en favor y satisfacción de la Autoridad Nacional Ambiental, otorgados por empresas de seguros o instituciones bancarias de reconocida solvencia y por las pólizas de seguros de cobertura de responsabilidades civiles e indemnizaciones frente a posibles siniestros ambientales; así como por los fondos especiales establecidos en materias especificas. Expresión y actualización de las garantías Artículo 87. Las garantías ambientales serán expresadas en monedas de curso legal y se actualizarán periódicamente, conforme a las exigencias que establezca la Autoridad Nacional Ambiental, en el acto de control previo correspondiente. Procedimientos administrativos autorizatorios Artículo 88. En los procedimientos administrativos vinculados con los instrumentos de control previo, se seguirán los principios y normas establecidos en las leyes orgánicas de Procedimientos Administrativos y de la Administración Pública, salvo lo dispuesto en otras leyes y normas especiales que rijan la materia ambiental. Acreditación del derecho Artículo 89. Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que conforme a la ley solicite o pretenda la obtención de cualquier instrumento de control previo ambiental, para la ejecución de una actividad capaz de degradar el ambiente, deberá acreditar suficientemente el derecho que le asiste y cumplir con los requisitos exigidos en las normas ambientales. Oposición Artículo 90. Toda persona natural o jurídica, pública o privada, podrá oponerse a cualquier solicitud de instrumento de control previo ambiental, siempre y cuando exprese claramente las razones de hecho y de derecho que le asisten, acompañando los documentos probatorios pertinentes. La autoridad competente decidirá la oposición siguiendo el procedimiento ordinario establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, salvo la existencia de procedimientos especiales establecidos en normas ambientales. Nulidad de los instrumentos de control previo Artículo 91. Serán nulos de nulidad absoluta y no crearán derechos en favor de los destinatarios, los instrumentos de control previo ambiental dictados en contra de las disposiciones establecidas en esta Ley, leyes especiales y normativa técnica ambiental y planes. Capítulo III Control Posterior Ambiental Control posterior Artículo 92. El Estado, a través de sus órganos competentes, ejercerá el control posterior ambiental, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y condiciones establecidas en los basamentos e instrumentos de control previo ambiental, así como para prevenir ilícitos ambientales. Mecanismos de control posterior Artículo 93. El control posterior ambiental se ejercerá a través de los siguientes mecanismos: 1. Guardería Ambiental.
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2. Auditoría Ambiental. 3. Supervisión Ambiental. 5. Policía Ambiental.
Constancia ambiental Artículo 94. Las personas que ejecuten actividades capaces de degradar el ambiente podrán solicitar por ante la Autoridad Nacional Ambiental constancias de cumplimiento o de desempeño ambiental, mediante las cuales se verifiquen el cumplimiento de la normativa ambiental en general y de las condiciones impuestas en los instrumentos de control previo. Liberación de garantías ambientales Artículo 95. Las garantías ambientales no quedarán liberadas hasta tanto se verifique el cabal cumplimiento y efectividad de las medidas ambientales con el otorgamiento de la constancia ambiental. En las pólizas y documentos de garantías respectivos se establecerán como condición estas exigencia. Corresponsabilidad en la gestión del ambiente Artículo 96. Quienes ejecuten actividades capaces de degradar el ambiente, serán corresponsables en la gestión del ambiente, de acuerdo con el tipo de actividad y efectos derivados de la misma, basada en la normativa ambiental y en los instrumentos de control previo. Cumplimiento de la corresponsabilidad Artículo 97. La corresponsabilidad en la gestión del ambiente se cumplirá mediante: 1. Supervisores ambientales acreditados ante la Autoridad Nacional Ambiental. 2. Auditorías Ambientales acreditadas ante la Autoridad Nacional Ambiental. 3. Equipos adecuados. 4. Sistemas de monitoreo ambiental. 5. Personal capacitado. 6. Mecanismos de prevención y contingencias. 7. Cualesquiera otras, por iniciativa propia o de acuerdo con la normativa ambiental. Artículo 98. El supervisor deberá verificar el cumplimiento del Plan de Supervisión, exigido conforme al Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, los instrumentos de control previo y demás medidas ambientales. Supervisor ambiental Artículo 99. El auditor ambiental verificará el cumplimiento de las disposiciones establecidas en las normas ambientales y en los instrumentos de control previo y propondrá las medidas de adecuación pertinentes. Capítulo IV Guardería Ambiental Guardería Ambiental Artículo 100. La guardería ambiental será ejercida por los ministerios con competencia en materia de: Ambiente, Industrias Básicas y Minería, Infraestructura, Salud, Agricultura y Tierra, Energía y Petróleo y por la Fuerza Armada Nacional, por órgano de la Guardia Nacional, y por los demás órganos y entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal en el marco de sus competencias. Igualmente ejercerán la guardería ambiental, como órganos auxiliares, las comunidades organizadas, los consejos
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comunales y demás organizaciones y asociaciones civiles con fines ambientales, de conformidad con la presente ley y demás normativa que regule la materia. La Guardería que ejerce la Fuerza Armada Nacional, a través del componente Guardia Nacional, es realizada en calidad de órgano de policía administrativa especial. Facultad de los funcionarios de la Guardería Ambiental Artículo 101. Los funcionarios de la Guardería Ambiental, representantes del Poder Público, están facultados para tramitar en el marco de sus competencias y de conformidad con la normativa sobre la materia, lo conducente ante la comisión de un hecho punible ambiental o de una infracción administrativa, en garantía de la conservación del ambiente y del desarrollo sustentable. TÍTULO VIII INCENTIVOS ECONÓMICOS Y FISCALES Capítulo I Disposiciones Generales Establecimiento de los incentivos Artículo 102. El Estado establecerá los incentivos económicos y fiscales que se otorgarán a las personas naturales y jurídicas que efectúen inversiones para conservar el ambiente en los términos establecidos en la presente Ley, en las leyes que la desarrollen y en las normas técnicas ambientales, a fin de garantizar el desarrollo sustentable. Fines de los incentivos Artículo 103. Los incentivos económicos y fiscales estarán dirigidos a: 1. Estimular aquellas actividades que utilicen tecnologías limpias o mecanismos técnicos que generen valores menores que los parámetros permisibles, modifiquen beneficiosamente o anulen el efecto de contaminantes al ambiente. 2. Promover el empleo de nuevas tecnologías limpias, sistemas de gestión ambiental y prácticas conservacionistas. 3. Fomentar el aprovechamiento integral de los recursos naturales. 4. Establecer programas y proyectos de reforestación y aforestación. 5. Todas aquéllas que determinen las leyes especiales. Identificación de los incentivos económicos y fiscales Artículo 104. Los incentivos económicos y fiscales a que se refiere este Título son: 1. Sistema crediticio financiado por el Estado. 2. Exoneraciones del pago de impuestos, tasas y contribuciones. 3. Cualquier otro incentivo económico y fiscal legalmente establecido. Otorgamiento de exoneraciones Artículo 105. El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, mediante decreto, oída la opinión favorable de la Autoridad Nacional Ambiental y de la Administración Tributaria Nacional, podrá otorgar las exoneraciones a que se refiere el Artículo anterior. Promoción de incentivos y reconocimientos Artículo 106. El Estado promoverá el establecimiento de incentivos y, reconocimientos a los esfuerzos emprendidos por la población, en forma colectiva o particular, relativa a la generación de información orientada a la conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
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Incentivos estadales y municipales Artículo 107. Las autoridades estadales y municipales, dentro del ámbito de sus competencias, podrán establecer incentivos fiscales y económicos en función de lo establecido en el presente Título. TÍTULO IX MEDIDAS Y SANCIONES AMBIENTALES Capítulo I Disposiciones Generales Sanciones Artículo 108. En ejecución de esta Ley, deberán dictarse las adecuadas normas penales y administrativas en garantía de los bienes jurídicos tutelados por la misma. Las sanciones pecuniarias correspondientes serán hasta de diez mil unidades tributarias (10.000 U.T.); y hasta de diez años de prisión si consistieren en penas privativas de libertad, debiéndose hacer la fijación de acuerdo con la mayor gravedad del hecho punible, a las condiciones del mismo y a las circunstancias de su comisión, manteniendo la debida proporcionalidad y adecuación con el supuesto de hecho. Nulidad de los actos administrativos autorizatorios Artículo 109. Los permisos, autorizaciones, aprobaciones o cualquier otro tipo de acto administrativo, contrario a los principios establecidos en esta Ley o sus reglamentos, se considerarán nulos, no pudiendo generar derechos a favor de sus destinatarios; y los funcionarios públicos que los otorguen incurrirán en responsabilidades disciplinarias, administrativas, penales o civiles, según sea el caso. Alcance de las sanciones a particulares Artículo 110. Las sanciones impuestas a los particulares previstas en las leyes ambientales, serán aplicadas sin perjuicio de las acciones civiles o penales a que hubiere lugar, ni de las sanciones consagradas en otras leyes. Medidas preventivas Artículo 111. El organismo competente para decidir acerca de las infracciones previstas en esta Ley y leyes especiales, podrá adoptar desde el momento del conocimiento del hecho, al inicio o en el curso del procedimiento correspondiente, las medidas preventivas que fueren necesarias para evitar las consecuencias degradantes del hecho que se investiga, los cuales podrán consistir en: 1. Ocupación temporal, total o parcial de las fuentes contaminantes hasta tanto se corrija o elimine la causa degradante. 2. La retención de los recursos naturales, sus productos, los agentes contaminados o contaminantes. 3. La retención de maquinarias, equipos, instrumentos y medios de transporte utilizados. 4. Clausura temporal del establecimiento que con su actividad degrade el ambiente. 5. Prohibición temporal de las actividades degradantes del ambiente. 6. Cualquier otra medida necesaria para proteger y prevenir los daños al ambiente. Medidas accesorias Artículo 112. Además de las sanciones contempladas, deberán ordenarse en todo caso las siguientes:
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1. Revocatoria del acto administrativo autorizatorio. 2. Inhabilitación hasta por un periodo de dos años, para solicitar y obtener nuevos actos administrativos autorizatorios para la afectación del ambiente, la diversidad biológica y demás recursos naturales. 3. Ejecución de fianza de fiel cumplimiento, si fuere el caso. 4. El comiso de equipos, instrumentos, armas, materiales, aparatos, instalaciones o equipos con que se cometió la infracción o delito y los productos que de ellos provengan, a no ser que pertenezcan a un tercero ajeno al hecho. 5. El comiso de los recursos naturales o sus productos obtenidos ilegalmente y su restitución el medio natural, si ello es posible o conveniente. 6. Efectiva reparación del daño causado. 7. La ocupación o eliminación de obstáculos, aparatos, objetos u elementos que entorpezcan el funcionamiento de vehículos, establecimientos, instalaciones, plantas de tratamiento o fuentes emisoras de contaminantes. 8. La retención de vehículos y medios de transporte utilizados para la comisión del ilícito ambiental; hasta tanto se pague la multa, se repare el daño o se garantice la reparación efectiva del mismo. 9. Cualquier otra medida tendiente a conjurar un peligro de daño o evitar la continuación del daño ambiental, y asegurar su reparación si el daño ha comenzado a manifestarse. Multa adicional equivalente Artículo 113. En caso de no ser posible la reparación del daño, la autoridad administrativa o judicial podrá establecer una multa adicional equivalente al doble del valor del daño causado, sin perjuicio que se dicte una medida complementaria de compensación en las cercanías del ambiente modificado. Medidas de seguridad Artículo 114. La aplicación de las sanciones administrativas o penales a que se refiere esta Ley deberá además estar acompañada, cuando fuere el caso con la imposición de las medidas necesarias para impedir la aparición, continuación o para lograr la reparación del daño, o prevenir el peligro y a contrarrestar las consecuencias perjudiciales derivadas del acto sancionado; tales medidas podrán consistir en: 1. Ocupación temporal de las fuentes contaminantes hasta tanto se corrija o elimine la causa degradante o se otorguen las garantías necesarias para evitar la repetición de los hechos. 2. Clausura temporal o definitiva de las instalaciones o establecimientos que con su actividad alteren el ambiente, degradándolo o contaminándolo, ya sea directa o indirectamente. 3. Prohibición temporal o definitiva de la actividad degradante del ambiente. 4. Modificación o demolición de construcciones violatorias de las disposiciones de gestión y planificación del ambiente. 5. Restauración de los lugares alterados a la entidad más cercana posible en que se encontraban antes de la agresión al ambiente, una vez cesada la acción lesiva. 6. Reordenación del espacio a fin de tornarlo utilizable ambientalmente con otro uso distinto al original, en aquellos casos en que las características esenciales del ecosis-
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tema alterado fueron completamente destruidas de manera irreversibles, al punto de resultar imposible recuperar la vocación inicial del suelo. 7. La destrucción o neutralización de sustancias, recursos naturales o productos comprobadamente contaminantes o contaminados. 8. Devolución al medio natural de los recursos o elementos extraídos si tal acción es posible y conveniente. 9. La instalación o construcción de los dispositivos necesarios para evitar la contaminación o degradación del ambiente. 10. Cualquier otra medida tendiente a corregir, reparar los daños y evitar la continuación de los actos perjudiciales al ambiente. Imputación de los costos y gastos Artículo 115. Los costos y gastos justificados en que incurra la administración por el procedimiento administrativo, serán imputados a los responsables de la infracción, lo cual se determinará en el acto administrativo sancionatorio. Responsabilidad objetiva Artículo 116. La responsabilidad derivada de daños causados al ambiente es de carácter objetiva, la simple existencia del daño determina la responsabilidad en el agente dañino de haber sido el causante de ese daño, y por tal quien deberá indemnizar los daños y perjuicios causados por su conducta. Queda exceptuada el de probar el nexo de causalidad entre la conducta ejercida y el daño causado, bastando la simple comprobación de la realización de la conducta lesiva. Valoración del daño provocado Artículo 117. Para la imposición de las multas y medidas correspondientes, la autoridad competente deberá realizar una valoración que comprenda los aspectos técnicos, económicos, jurídicos, socioculturales y ecológicos del daño provocado. Créditos privilegiados Artículo 118. Los gastos realizados por la República Bolivariana de Venezuela, para la reparación de los daños ambientales, producto de ilícitos debidamente comprobados de conformidad con la ley, constituyen créditos privilegiados frente a otros acreedores. Capítulo II De las Infracciones Administrativas Sanciones y medidas administrativas Artículo 119. La Autoridad Ambiental Nacional aplicará las sanciones administrativas y medidas que en materia ambiental prevé esta Ley y demás leyes especiales, previo procedimiento legal respectivo, sin menoscabo de las competencias de los estados y municipios en aquellas materias ambientales expresamente asignadas por la Constitución y las leyes. Limitación de la multa Artículo 120. Las infracciones administrativas serán sancionadas con multas de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la presente Ley. En todo caso dicha multa no podrá excederse de diez mil unidades tributarias (10.000 U.T.), debiéndose hacer la fijación del monto de acuerdo con la gravedad del hecho punible, a las condiciones del mismo y a las circunstancias de su comisión.
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Reincidencia Artículo 121. En caso de reincidencia se incrementará en un veinticinco por ciento (25 %) el monto de la multa Medidas Artículo 122. La aplicación de la multa a que se refiere el Artículo anterior, no obsta para que se adopten e impongan las medidas necesarias para prevenir, suspender, corregir, reparar, entre otras, las actividades ilícitas, sus efectos y los daños. La autoridad competente podrá aplicar, según las circunstancias y el tipo de infracción, entre otras las sanciones accesorias establecidas en el artículo 112 de la presente Ley y demás leyes que la desarrollen. Graduación de medidas reparatorias Artículo 123. Las sanciones que se apliquen incluirán la imposición de las medidas que garanticen el restablecimiento del ambiente a su estado natural si éste resultare alterado. En caso de no ser posible el restablecimiento previsto en este artículo, deberán adoptarse otras medidas para que garanticen la recuperación del daño al ambiente, en especie y en el mismo lugar de la afectación o en su defecto mediante compensación o pago de una cantidad sustitutiva por el valor del daño causado. Incumplimiento de las sanciones Artículo 124. El incumplimiento de las sanciones impuestas por la Autoridad Nacional Ambiental, dará lugar, una vez agotados los mecanismos de ejecución forzosa administrativa, a la interposición de la acción civil ante los tribunales competentes, por la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. Responsabilidad de los funcionarios públicos Artículo 125. Los funcionarios públicos responsables del control ambiental, responderán civil, penal y administrativamente por los hechos u omisiones realizadas en el ejercicio de sus funciones. Prescripción del procedimiento e imposición de sanciones Artículo 126. El ejercicio de la potestad pública para el inicio de los procedimientos administrativos sancionatorios y para la imposición de las sanciones en sí, prescribe a los diez años contados a partir del conocimiento del hecho por parte de la autoridad competente. De las sanciones pecuniarias Artículo 127. Los funcionarios públicos que hubieren otorgado instrumentos de control previo y legales para la realización de actividades capaces de degradar el medio ambiente, serán sancionados con multa de hasta diez mil unidades tributarias (10.000 U.T.), sin menoscabo de la declaratoria de nulidad absoluta del acto en cuestión. Prescripción de las sanciones y medidas Artículo 128. La ejecución de las sanciones y de las medidas impuestas en los actos administrativos sancionatorios son imprescriptibles, en consecuencia la responsabilidad civil prescribe en este mismo lapso. Determinación de la cuantía Artículo 129. La determinación de la cuantía del daño se hará por experticia que determine lo pertinente, la cual se agregará al expediente correspondiente y servirá de base para las sanciones y medidas ambientales.
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Capítulo III De los Delitos Ambientales
De los delitos Artículo 130. Las leyes penales que se dicten en ejecución de esta Ley, incluirán sanciones privativas de libertad, disolución de la persona jurídica y sanciones pecuniarias, que serán aplicadas según el caso, tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas. Independientemente de la responsabilidad de las personas jurídicas, los propietarios, presidentes o administradores responderán penalmente por su participación culpable en los delitos cometidos por sus empresas. Responsabilidad penal por delitos ambientales Artículo 131. La determinación de la responsabilidad penal en los delitos ambientales, es objetiva, para lo cual sólo basta la comprobación de la violación, no siendo necesario demostrar la culpabilidad. Responsabilidad de las personas jurídicas Artículo 132. Las personas jurídicas serán responsables por sus acciones y omisiones por delitos cometidos con ocasión de la contravención de normas o disposiciones contenidas en leyes, decretos órdenes, ordenanzas, resoluciones’ y otros actos administrativos de carácter general o particular de obligatorio cumplimiento. Las personas jurídicas serán sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de esta Ley, en los casos en que el hecho punible haya sido cometido a causa del ejercicio de sus actividades o en su representación, o por orden suya y en su interés exclusivo o preferente. Medidas en sentencia condenatoria Artículo 133. En toda sentencia condenatoria por los delitos en los cuales resulten daños o perjuicios contra el ambiente o los recursos naturales, el juez impondrá al responsable o responsables la obligación de ejecutar las medidas restitutivas correspondientes, reparar los daños causados por el delito e indemnizar los perjuicios. En tal sentido el juez podrá ordenar, entre otras, las siguientes medidas: 1. La modificación de construcciones violatorias de disposiciones sobre conservación del ambiente y los recursos naturales, y su conformidad con la normativa infringida. 2. La restauración de los lugares degradados al estado más cercano posible al que se encontraban antes de la degradación. 3. La remisión de elementos al medio natural de donde fueron sustraídos, en caso de ser posible y pertinente. 4. La restitución de los productos forestales, hídricos, faunísticos o de suelo obtenidos ilegalmente. 5. El saneamiento o la reordenación del espacio a fin de tornarlo utilizable ambientalmente con otro uso distinto al original, en aquellos casos en que el daño sea irreparable, al punto de resultar imposible recuperar la vocación inicial del suelo. 6. La repatriación al país de origen de los residuos o desechos peligrosos importados ilegalmente o prohibidos en su lugar de origen, por cuenta del condenado. Experticia Artículo 134. Conjuntamente con las sanciones y las medidas reparatorias, el juez podrá acordar en las sentencias la obligación de realizar experticias a costa del condenado, cada año y hasta por el lapso de 10 siguientes a la sentencia definitiva, a fin de
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determinar la efectiva eliminación de los riesgos ambientales, cuando se sospeche su aparición futura o no sea posible su eliminación inmediata. Disposición complementaria Artículo 135. Cuando los tipos penales requieran de una disposición complementaria para la exacta determinación de la conducta punible o su resultado, ésta deberá constar en una ley o en un decreto del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de Ministros y Ministras. TÍTULO X DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PENAL AMBIENTAL Creación Artículo136. Se crea la Jurisdicción Especial Penal Ambiental para el conocimiento y decisión de las causas provenientes de acciones u omisiones tipificadas como delito por la ley especial respectiva. Organización, composición y funcionamiento Artículo 137. La organización, composición y funcionamiento de los órganos de la Jurisdicción Especial Penal Ambiental se regirán por las disposiciones establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, en la ley orgánica correspondiente y en el Reglamento Interno de los Circuitos Judiciales Penales Ambientales. TÍTULO XI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera. Las normas reglamentarias vigentes no contrarias a las disposiciones de esta Ley, se mantendrán en vigencia hasta tanto sean sustituidas por los nuevos instrumentos que desarrolle esta Ley. Segunda. El Ejecutivo Nacional, los estados y los municipios y demás autoridades competentes, dictarán y adecuarán los planes previstos en esta Ley en un plazo de tres años contado a partir de su entrada en vigencia. Tercera. Hasta tanto se constituya la Jurisdicción Penal Ambiental corresponderá a la Jurisdicción Penal Ordinaria el conocimiento y decisión de las causas provenientes de acciones u omisiones tipificadas como delitos por la ley especial respectiva. Cuarta. Las disposiciones legales que desarrollen esta Ley, así como las reglamentaciones técnicas complementarias, deberán dictarse en un plazo máximo de un año contado a partir de la vigencia de esta Ley. Disposición Derogatoria Única. Se deroga la Ley Orgánica del Ambiente publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 31.004 de fecha 16 de junio de 1976. Disposición Final Única. Esta Ley entrará en vigencia transcurridos seis meses a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los doce días del mes de septiembre de dos mil seis. Año 196° y 147° de la Federación.
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CILIA FLORES Presidenta de la Asamblea Nacional DESIRÉE SANTOS AMARAL Primera Vicepresidenta ROBERTO HERNÁNDEZ WOHNSIEDLER Segundo Vicepresidente IVÁN ZERPA GUERRERO Secretario Palacio de Miraflores, en Caracas, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil seis. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación. Cúmplase, (L.S.) HUGO CHÁVEZ FRÍAS Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo, JOSE VICENTE RANGEL El Ministro del Interior y Justicia, JESSE CHACON ESCAMILLO El Ministro de Relaciones Exteriores, NICOLÁS MADURO MOROS El Ministro de Finanzas, NELSON JOSÉ MERENTES DÍAZ El Ministro de la Defensa, RAÚL ISAÍAS BADUEL La Ministra de Industrias Ligeras y Comercio, MARÍA CRISTINA IGLESIAS El Ministro de Industrias Básicas y Minería, JOSÉ SALAMAT KHAN FERNÁNDEZ El Ministro del Turismo, WILMAR CASTRO SOTELDO El Ministro de Agricultura y Tierras, ELÍAS JAUA MILANO El Ministro de Educación Superior, SAMUEL MONCADA ACOSTA El Ministro de Educación, ARISTÓBULO ISTÚRIZ ALMEIDA El Ministro de Salud, FRANCISCO ARMADA El Ministro del Trabajo y Seguridad Social, RICARDO DORADO CANOMANUEL El Ministro de Infraestructura, JOSÉ DAVID CABELLO RONDÓN El Ministro de Energía y Petróleo, RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO
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La Ministra del Ambiente, JACQUELINE COROMOTO FARÍA PINEDA El Ministro de Planificación y Desarrollo, JORGE GIORDANI La Ministra de Ciencia y Tecnología, MARLENE YADIRA CÓRDOVA El Ministro de Comunicación e Información, WILLIAN RAFAEL LARA El Ministro para la Economía Popular, PEDRO FRITZ MOREJÓN CARRILLO La Ministra para la Alimentación, ERIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA El Ministro de la Cultura, FRANCISCO DE ASÍS SESTO NOVAS El Ministro para la Vivienda y Hábitat, RAMÓN ALONZO CARRIZÁLEZ RENGIFO El Ministro de Participación Popular y Desarrollo Social, JORGE LUIS GARCÍA CARNEIRO El Ministro del Despacho de la Presidencia, ADÁN CHÁVEZ FRÍAS El Ministro de Estado para la Integración y el Comercio Exterior, GUSTAVO ADOLFO MÁRQUEZ MARÍN
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Gaceta Oficial Nº 38.673 del 30 de abril de 2007
Resolución Nº 046, por la cual queda expresamente prohibida dentro del Parque Nacional Archipiélago Los Roques, la Introducción, comercialización y venta de cervezas, maltas, refrescos y jugos en botellas y envases de vidrio no retornables REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Resolución N° 046 Caracas, 27 de Abril de 2007 Años 196° y 148° De conformidad con lo dispuesto en los artículos 76, numeral 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 21, numerales 1, 7, 10 y 11 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional, en concordancia con lo previsto en el artículo 5 de la Ley de Residuos y Desechos Sólidos y, según lo establecido en el artículo 3, numeral 4 de la Ley Orgánica del Ambiente. CONSIDERANDO Que es una obligación fundamental del Estado garantizar la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente como un derecho y un deber constitucional de cada generación, CONSIDERANDO El impacto ambiental causado por la inadecuada gestión de los envases de vidrio no retornables dentro del Parque Nacional Archipiélago Los Roques, lo cual se evidencia en la acumulación de estos desechos en lugares inapropiados para ellos, lo que trae como consecuencia la generación de vectores trasmisores de enfermedades, CONSIDERANDO Que es deber del Estado adoptar medidas para atender la alta generación de residuos y desechos en el Parque Nacional Archipiélago Los Roques, que inciden negativamente en el ambiente y la salud y por ende minimizar los impactos en el ambiente de toda afectación que pudiera derivarse de los envases cualquiera sea su tipo, así como de su manejo. RESUELVE Artículo 1. Queda expresamente prohibida dentro del Parque Nacional Archipiélago Los Roques la introducción, comercialización y venta de cervezas, maltas, refrescos y jugos en botellas y envases de vidrio no retornables. Artículo 2. A los efectos de la presente Resolución se establecen las siguientes definiciones: Botellas de vidrio no retornables: Aquellas que luego de consumir su contenido, son desechadas conjuntamente con otros residuos o desechos sólidos y gestionados por los servicios de aseo urbano domiciliarios existentes, ya que el productor o comerciante no tiene la responsabilidad de aceptarlas y devolverlas a su centro de origen. Envase no retornable de vidrio: Recipiente elaborado en vidrio que contiene alimentos o bebidas como alimentos únicos, que luego de ser consumidos, no son devueltos
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al agente que lo elaboró o comercializó, por lo tanto son desechados por el propietario y manejados por el servicio de aseo urbano del municipio o localidad. Artículo 3. Todo incumplimiento a lo establecido en la presente Resolución será sancionado de acuerdo a lo previsto en las normas que le sean aplicables. Artículo 4. La presente Resolución entrará en vigencia en el plazo de un (1) mes contado a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y Publíquese, Por el Ejecutivo Nacional, YUVIRÍ ORTEGA LOVERA Ministra del Poder Popular para el Ambiente
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LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Acuerdo con motivo de celebrarse el Día Mundial del Ambiente CONSIDERANDO Que por resolución emanada de las Naciones Unidas, el año 1972 se declara el 5 de junio como Día Mundial del Ambiente; CONSIDERANDO Que el calentamiento global del planeta es producto de un modelo económico contrario a la vida en el planeta y definitivamente inviable; CONSIDERANDO Que es deber del Estado, de la sociedad y el pueblo organizado velar por un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado; CONSIDERANDO Que en la República Bolivariana de Venezuela, los Parques Nacionales y las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial, son objeto de las fuertes presiones ocasionadas por el crecimiento económico, el aumento de la densidad poblacional y la expansión de la frontera agrícola. ACUERDA Primero: Reiterar nuestras denuncias ante todos los parlamentos y foros del mundo, contra la destrucción del planeta como consecuencia de un sistema de explotación económica y de consumismo irracional por parte de las potencias industriales; modelo impuesto a los países del Tercer Mundo y las llamadas economías emergentes. Segundo: Adherimos en todas sus partes a la Carta Ecológica para las Américas presentada en esta Asamblea por el Parlamento Latinoamericano. Tercero: Exhortar al Ejecutivo Nacional para que reglamente la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley de Aguas, así como también completar los palnes de ordenamiento territorial, manejo y uso de los Parques Nacionales y las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial. Cuarto: Dar publicidad al presente Acuerdo. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los cinco días del mes de junio de dos mil ocho, año 198º de la Independencia y 149º de la Federación. CILIA FLORES Presidenta de la Asamblea Nacional SAÚL ORTEGA CAMPOS JOSÉ ALBORNOZ URBANO Primer Vicepresidente Segundo Vicepresidente IVAN ZERPA GUERRERO JOSÉ GREGORIO VIANA Secretario Subsecretario
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE RESOLUCIÓN Nº 30023 Caracas, 28 de abril de 2009 Años 199º y 150º De conformidad con lo dispuesto en los artículos 47 de la Ley Orgánica del Ambiente; 8 y 10, numeral 8 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Bosques y Gestión Forestal; 77, numeral 9 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública y 21, numerales 7 y 8 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional. CONSIDERANDO Que de las actuaciones practicadas por los Órganos de Guardería Ambiental se ha evidenciado un alto índice de ilícitos ambientales vinculados al tráfico ilegal de bienes forestales maderables en horas nocturnas y fines de semana, haciéndose necesaria la urgente adopción de medidas tendientes a preservar dichos bienes y salvaguardar los intereses patrimoniales de la República. RESUELVE Artículo 1º. Se prohibe la circulación de bienes forestales maderables y no maderables en el territorio nacional durante el horario comprendido desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. y sábados y domingos las veinticuatro (24) horas. Artículo 2º. Se exhorta a los Órganos de Defensa Ambiental a velar por el efectivo cumplimiento del contenido de esta Resolución. Artículo 3º. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y publíquese, Por el Ejecutivo Nacional YUVIRÍ ORTEGA LOVERA Ministra del Poder Popular para el Ambiente
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Ley Penal del Ambiente Gaceta Oficial Nº 4358 de fecha 3 de enero de 1992 El Congreso de la República de Venezuela Decreta La siguiente,
LEY PENAL DEL AMBIENTE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto.- La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar. Artículo 2. Extraterritorialidad.- Si el hecho punible descrito por esta Ley se comete en el extranjero, quedarán sujetas a ella la persona responsable, cuando aquél haya lesionado o puesto en peligro, en Venezuela, un bien jurídico protegido en sus disposiciones. En este caso, se requiere que el indiciado haya venido al territorio de la República y que se intente acción por el Ministerio Público. Requiérase también que el indiciado no haya sido juzgado por tribunales extranjeros, a menos que habiéndolo sido hubiere evadido la condena. Artículo 3. Requisitos de las sanciones a personas jurídicas.- Independientemente de la responsabilidad de las personas naturales, las personas jurídicas serán sancionadas de conformidad con lo previsto en la presente Ley, en los casos en que el hecho punible descrito en ésta haya sido cometido por decisión de sus órganos, en el ámbito de la actividad propia de la entidad y con recursos sociales y siempre que se perpetre en su interés exclusivo o preferente. Artículo 4. Responsabilidad de representante.- Cuando los hechos punibles fueran cometidos por los gerentes, administradores o directores de personas jurídicas, actuando a nombre o en representación de éstas, aquellos responderán de acuerdo a su participación culpable y recaerán sobre las personas jurídicas las sanciones que se especifican en esta Ley. Artículo 5. Sanciones a personas naturales.- Las sanciones serán principales y accesorias. Son sanciones principales: 1. La prisión. 2. El arresto. 3. La multa. 4. Los trabajos comunitarios. La pena de trabajo comunitario consiste en la obligación impuesta al reo de realizar, durante el tiempo de la condena, labores en beneficio de la comunidad, que indicará el juez, quien tendrá presente para tal fin la capacitación de aquél y, en todo caso, sin menoscabo de la dignidad personal. Esta pena podrá ser impuesta en sustitución de la de arresto en los casos en que el juez
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lo estimare conveniente, atendidas la personalidad del procesado y la mayor o menor gravedad del hecho. Son sanciones accesorias, que se aplicarán a juicio del tribunal: 1. La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos, hasta por dos (2) años después de cumplirse la pena principal, cuando se trate de hechos punibles cometidos por funcionarios públicos. 2. La inhabilitación para el ejercicio de la profesión, arte o industria, hasta por un (1) año después de cumplida la sanción principal, cuando el delito haya sido cometido por el condenado con abuso de su industria, profesión o arte, o con violación de alguno de los deberes que le sean inherentes. 3. La publicación de la sentencia, a expensas del condenado, en un órgano de prensa de circulación nacional. 4. La obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos u objetos fabricados, importados u ofrecidos en venta, y susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas. 5. La suspensión del permiso o autorización con que se hubiese actuado, hasta por un lapso de dos (2) años, después de cumplida la sanción principal. 6. La suspensión del ejercicio de cargos directivos y de representación en personas jurídicas hasta por tres (3) años, después de cumplida la pena principal: y 7. La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta por un lapso de tres (3) años, después de cumplida la sanción principal. Es necesariamente accesoria a otra pena principal, el comiso de los equipos, instrumentos, sustancias u objetos con que se hubiere ejecutado, a no ser que pertenezcan a un tercero ajeno al hecho; y de los efectos que de él provengan. Los objetos e instrumentos decomisados se venderán, si son de lícito comercio, y su producto se aplicará a cubrir las responsabilidades civiles del penado. Artículo 6. Sanciones a personal jurídicas.- La sanción aplicable a las personas jurídicas por los hechos punibles cometidos, en las condiciones señaladas en el artículo 3 de esta Ley, será la de multa establecida para el respectivo delito y, atendida la gravedad del daño causado, la prohibición por un lapso de tres (3) meses a tres (3) años de la actividad origen de la contaminación. Si el daño causado fuere gravísimo, además de la multa, la sanción será la clausura de la fábrica o establecimiento o la prohibición definitiva de la actividad origen de la contaminación, a juicio del juez. El Tribunal podrá, así mismo, imponer a la persona jurídica, de acuerdo a las circunstancias del hecho que se haya cometido, alguna o algunas de las siguientes sanciones: 1. La publicación de la sentencia a expensas del condenado, en un órgano de prensa de circulación nacional. 2. La obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancias, materiales, instrumentos u objetos fabricados, importados u ofrecidos en venta, y susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas. 3. La suspensión del permiso o autorización con que se hubiese actuado, hasta por un lapso de dos (2) años; y La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta por un lapso de tres (3) años.
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Artículo 7. Definición de salario mínimo.- Para los efectos de esta Ley un día de salario mínimo se entiende como el día de salario mínimo para los trabajadores urbanos, vigente al momento de dictarse la sentencia definitiva, en el lugar en el cual se causó el daño o donde se cometió el delito, si se trata de un delito de peligro. Artículo 8. Leyes penales en blanco.- Cuando los tipos penales que esta Ley prevé, requieran de una disposición complementaria para la exacta determinación de la conducta punible o su resultado, ésta deberá constar en una ley, reglamento del Ejecutivo Nacional, o en un decreto aprobado en Consejo de Ministros y publicado en la Gaceta Oficial, sin que sea admisible un segundo reenvío. Artículo 9. Penalidades del delito culposo.- Si los delitos previstos en el Título II de esta Ley fuesen cometidos por imprudencia, negligencia, impericia o por inobservancia de leyes, reglamentos, órdenes o instrucciones, la pena establecida para los hechos punibles dolosos, se rebajará de una tercera parte a la mitad de la normalmente aplicable. En la aplicación de esta pena, el juez apreciará el grado de culpa del agente. Artículo 10. Aumento de penalidad.- Cuando por la comisión de algún delito de peligro contemplado en la presente Ley, se produzca además daño, la pena se aumentará en la mitad. Si el daño fuese de carácter grave el aumento podrá ser de las dos terceras partes. En ambos casos, el aumento se hará tomando como base la pena normalmente aplicable. Artículo 11. Agravante.- La condición de funcionario público en el sujeto activo del hecho punible, en aquellos casos en que el tipo no lo requiera y siempre que aquél actuare en ejercicio de sus funciones, constituye circunstancia agravante genérica de la responsabilidad penal. Artículo 12. Aumento de penalidad.- Si los delitos tipificados en el Título II se cometieren en lugares, sitios o zonas pobladas o en sus inmediaciones y pusieren en peligro la vida o la salud de las personas, la pena correspondiente se aumentan hasta la mitad. Artículo 13. Aumento de penalidad.- Cuando alguno de los delitos previstos en esta Ley, se cometiere en áreas bajo régimen de administración especial o en ecosistemas naturales, la pena se aplicará aumentada hasta la mitad. De acuerdo con la gravedad del daño se podrá aumentar la sanción hasta las dos terceras (2/3) partes, siempre y cuando no se hubiere previsto sanción especial. Artículo 14. Aumento de penalidad.- La pena que corresponda a los delitos cometidos, será aumentada hasta el doble si los agentes degradantes, contaminantes o nocivos fuesen cancerígenos, mutagénicos, teratogénico o radiactivos. Artículo 15. Atenuante.- Cuando el hecho punible se cometiere con fines de subsistencia personal o familiar, tal circunstancia se considerará como atenuante genérica de la responsabilidad penal. Artículo 16. Obligación de orden público.- Se considera de orden público la obligación de restituir, reparar el daño o indemnizar los perjuicios causados al ambiente, por quienes resultaren responsables de los delitos previstos en esta Ley. A estos efectos, el tribunal practicará, aún de oficio, las diligencias conducentes a la determinación de la responsabilidad civil de quienes aparecieran como autores o partícipes en el delito.
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Artículo 17. Prelación.- El pago de la reparación de los daños y de la indemnización de los perjuicios a que se hubiere condenado por el hecho punible, tendrá prelación sobre cualquiera obligación que contraiga el responsable después de cometido el hecho, salvo las laborales. Artículo 18. Destino de las recaudaciones.- Las cantidades recaudadas por concepto de ejecución de fianzas o de garantías u otras similares ingresarán al Servicio Autónomo del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables correspondiente, y serán destinadas a la reparación y corrección de daños causados al ambiente. Artículo 19. Prescripción de acciones.- Las acciones penales y civiles derivadas de la presente Ley, prescribirán así: Las penales: 1. A los cinco (5) años, si el delito mereciere pena de prisión de más de tres (3) años. 2. A los tres (3) años, si él delito mereciere pena de prisión de tres (3) años o menos, o arresto de más de seis (6) meses; y 3. Al año, si el hecho punible sólo acarreare arresto por tiempo de uno (1) a seis (6) meses. La pena de trabajos comunitarios prescribe en los mismos lapsos que la de arresto. Las civiles, por diez (10) años. Artículo 20. Acciones derivadas del delito.- De todo delito contra el ambiente, nace acción penal para el castigo del culpable. También puede nacer acción civil para el efecto de las restituciones y reparaciones a que se refiere esta Ley. La acción penal derivada de los delitos previstos en esta Ley es pública y se ejerce de oficio, por denuncia o por acusación. Artículo 21. Obligación del ministerio público.- Los fiscales del Ministerio Público tendrán la obligación de ejercer la acción civil proveniente de los delitos establecidos en esta Ley. Artículo 22. Competencia.- El conocimiento de los delitos ambientales corresponde a la jurisdicción penal ordinaria. A los efectos de esta Ley, el Ejecutivo Nacional podrá crear una policía ambiental con facultades instructoras del proceso penal. Artículo 23. Emplazamiento de personas jurídicas.- Cuando quede firme el auto de detención que se dictare, por alguno de los delitos previstos en esta Ley, en contra de una persona que aparezca como representante de una persona jurídica, el juez ordenan el emplazamiento de ésta, a través de quien ejerciere su representación teniéndose desde ese momento como parte en el juicio. En el plazo indicado en el Artículo 218 del Código de Enjuiciamiento Criminal, el Fiscal del Ministerio Público, en escrito separado al de cargos, pedirá la sanción que corresponda en contra de la persona jurídica. si existieren fundados indicios de encontrarse ésta en los supuestos del Artículo 3 de la presente Ley. En el mismo escrito, en Capítulo distinto propondrá acción civil en contra de la persona jurídica, observándose los requisitos establecidos en el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil se dará lectura en la audiencia del reo en presencia del representante legal de la persona jurídica o de su apoderado. En el mismo acto se le dará contestación, y podrán oponer-
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se las excepciones contempladas en los artículos 227 y 228 del Código de Enjuiciamiento Criminal, siguiendo el curso del proceso conforme a su Libro Segundo. Artículo 24. Medidas judiciales precautelativas.- El juez podrá adoptar, de oficio o a solicitud de parte o del órgano administrativo denunciante, en cualquier estado o grado del proceso, las medidas precautelativas que fuesen necesarias para eliminar un peligro, interrumpir la producción de daños al ambiente o a las personas o evitar las consecuencias degradantes del hecho que se investiga. Tales medidas podrán consistir en: 1. La ocupación temporal, total o parcial, de las fuentes contaminantes, hasta tanto se corrija o elimine la causa degradante, o se obtengan las autorizaciones correspondientes. 2. La interrupción o prohibición de la actividad origen de la contaminación o deterioro ambientales. 3. La retención de sustancias, materiales u objetos sospechosos de estar contaminados, causar contaminación o estar en mal estado. 4. La retención de materiales, maquinarias u objetos, que dañen o pongan en peligro al ambiente o a la salud humana. 5. La ocupación o eliminación de obstáculos, aparatos, objetos o elementos cualesquiera que alteren el aspecto o el aprovechamiento racional de los recursos hídricos, medio lacustre, marino y costero o zonas bajo régimen de administración especial. 6. La inmovilización de vehículos terrestres, fluviales, marítimos o aéreos, capaces de producir contaminación atmosférica o sónica; y 7. Cualesquiera otras medidas tendientes a evitar la continuación de los actos perjudiciales al ambiente. Artículo 25. Experticia de los daños.- A los fines de la determinación de la cuantía de los daños, el Tribunal sólo podrá nombrar como expertos a personas naturales especialistas en la materia, o a instituciones oficiales. universitarias, fundaciones u organismos no gubernamentales especializados, siempre que estas instituciones se encuentren debidamente acreditadas y legalmente constituidas. Artículo 26. Contenido de la sentencia.- En la sentencia definitiva, el juez se pronunciará sobre la responsabilidad civil del enjuiciado y, en su caso. de la persona jurídica. Igualmente aplicará la sanción que corresponda según el artículo 5 de esta Ley. Para la determinación del monto o tipo de daños ocasionados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Ambiente. El Juez, aparte de las penas podrá condenar al procesado o a la persona jurídica a: 1. Restaurar, a su costa, las condiciones ambientales preexistentes al hecho punible de ser ello posible. 2. Modificar o demoler las construcciones violatorias de disposiciones sobre protección, conservación o defensa del ambiente. 3. Devolver los elementos al medio natural de donde fueron sustraídos. 4. Restituir los productos forestales, hídricos, fáunicos o de suelos. 5. Repatriar, al país de origen, los residuos o desechos tóxicos o peligrosos. 6. Instalar los dispositivos necesarios para evitar la contaminación o degradación del ambiente.
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Artículo 27. Sentencia conminatoria.- Cuando el juez señale un plazo para la ejecución de trabajos, y éste venciere sin haberse dado cumplimiento a la obligación impuesta, se aplicará por el juez de la causa una multa equivalente a diez (10) días de salario mínimo por cada día de retardo, hasta el cumplimiento íntegro de la obligación, sin perjuicio de ordenarse la ejecución de los trabajos por un tercero a costa del infractor, practicándose las medidas necesarias para garantizar el pago de las obras. TÍTULO II De los delitos contra el ambiente CAPÍTULO I De la Degradación, Envenenamiento, Contaminación y demás Acciones o Actividades capaces de causar daños a las Aguas Artículo 28. Vertido ilícito.- El que vierta o arroje materiales no biodegradables, sustancias, agentes biológicos o bioquímicos, efluentes o aguas residuales no tratadas según las disposiciones técnicas dictadas por el Ejecutivo Nacional, objetos o desechos de cualquier naturaleza en los cuerpos de las aguas, sus riberas cauces, cuencas, mantos acuíferos, lagos, lagunas o demás depósitos de agua, incluyendo los sistemas de abastecimiento de aguas, capaces de degradarlas, envenenarlas o contaminarlas, será sancionado con prisión de tres (3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salado mínimo. Artículo 29. Alteración térmica.- El que provoque la alteración térmica de cuerpos de agua por verter en ellos aguas utilizadas para el enfriamiento de maquinarias o plantas industriales, en contravención a las normas técnicas que rigen la materia, será sancionado con prisión de tres (3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salario mínimo. Artículo 30. Cambio de flujos y sedimentación.- El que cambie u obstruya el sistema de control, las escorrentías, el flujo de las aguas o el lecho natural de los ríos, o provoque la sedimentación de éste, en contravención a las normas técnicas vigentes y sin la autorización correspondiente, será sancionado con arresto de tres (3) a nueve (9) meses y multa de trescientos (300) a novecientos (900) días de salario mínimo. Artículo 31. Extracción ilícita de materiales.- El que contraviniendo las normas técnicas vigentes y sin la autorización de la autoridad competente, extraiga materiales granulares, como arenas, gravas o cantos rodados, será sancionado con arresto de cuatro (4) a ocho (8) meses y multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días de salario mínimo. Artículo 32. Contaminación de aguas subterráneas.- El que realice trabajos que puedan ocasionar daños, contaminación o alteración de aguas subterráneas o de las fuentes de aguas minerales, será sancionado con prisión de uno (1) a dos (2) años y multa de mil (1.000) a dos mil (2.000) días de salario mínimo. Artículo 33. Daños a las defensas de aguas.- El que rompiendo o inutilizando, en todo o en parte, barreras, exclusas, diques u otras obras destinadas a la defensa común de las aguas, a su normal conducción, o a la reparación de algún desastre común, haya hecho surgir el peligro de inundación o de cualquier otro desastre, será penado con prisión de seis (6) a treinta (30) meses y multa de quinientos (500) a dos mil quinientos (2.500) días de salario mínimo.
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Si efectivamente se hubiere causado la inundación u otro desastre común, se aplicará la pena de prisión de tres (3) a cinco (5) años y la multa se elevará al doble. Artículo 34. Permisos o autorizaciones ilícitos.- El funcionario que otorgue permisos o autorizaciones para la construcción de obras y desarrollo de actividades no permitidas, de acuerdo a los planes de ordenación del territorio o las normas técnicas, en los lechos, vegas y planicies inundables de los ríos u otros cuerpos de agua, será sancionado con prisión de seis (6) meses a un (1) año y multa de seiscientos (600) a mil (1.000) días de salario mínimo. CAPÍTULO II Del Deterioro, Envenenamiento, Contaminación y demás Acciones o Actividades capaces de causar daño al Medio Lacustre, Marino y Costero Artículo 35. Descargas contaminantes.- El que descargue al medio lacustre, marino y costero, en contravención a las normas técnicas vigentes, aguas residuales, efluentes, productos, sustancias o materiales no biodegradables o desechos de cualquier tipo, que contengan contaminantes o elementos nocivos a la salud de las personas o al medio lacustre, marino o costero, será sancionado con prisión de tres (3) a doce (12) meses y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salario mínimo. Para los efectos de esta Ley, el medio lacustre, marino y costero comprende las playas, Mar Territorial, suelo y subsuelo del lecho marino y Zona Económica Exclusiva. Artículo 36. Construcción de obras contaminantes.- El que construya obras o utilice instalaciones, sin las autorizaciones y en contravención a las normas técnicas que rigen la materia, susceptibles de causar contaminación grave del medio lacustre, marino o costero, será sancionado con arresto de tres (3) a seis (6) meses y multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días de salario mínimo. Artículo 37. Degradación de las playas.- El que, con peligro o daño o degradación del medio lacustre, marino o costero, impida o dificulte el acceso a las playas con muros, barreras u otros obstáculos, será sancionado con arresto de cuatro (4) a ocho (8) meses y multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días de salario mínimo. Artículo 38. Contaminación por fugas u descargas.- El capitán de buque que haya provocado, por fugas o descargas de hidrocarburos o de otros agentes, contaminación del medio lacustre, marino o costero, será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de mil (1.000) a tres mil (3.000) días de salario mínimo. Artículo 39. Omisión de aviso.- El capitán de buque que no diere aviso de un accidente de mar en que haya participado su navío, en aguas interiores de la República o en su medio lacustre, marino o costero susceptible de causar contaminación, será sancionado con arresto de cuatro (4) a ocho (8) meses y multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días de salario mínimo. Artículo 40. Vertido de hidrocarburos.- El que vierta hidrocarburos o mezcla de hidrocarburos directamente en el medio marino, con ocasión de operaciones de exploración o explotación de la Plataforma Continental y la Zona Económica Exclusiva, de modo que pueda causar daños a la salud de las personas, a la fauna o flora marinas o al desarrollo turístico de las regiones costeras, será sancionado con prisión de tres
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(3) meses a dos (2) años y multa de trescientos (300) a dos mil (2.000) días de salario mínimo. Artículo 41. Pesca ilícita.- El capitán de barco pesquero que ejecute actividades de pesca en zonas o lapsos prohibidos, será sancionado con arresto de cuatro (4) a ocho (8) meses y multa de cuatrocientos (400) a ochocientos días de salario mínimo. Quedan exceptuados de la pena corporal y de las multas previstas en este artículo, los pescadores artesanales siempre y cuando utilicen prácticas o técnicas de pesca conservacionistas, de acuerdo con las normas técnicas o reglamento sobre la materia. CAPÍTULO III De la degradación, alteración, deterioro, contaminación y demás acciones capaces de causar daños a los suelos, la topografía y el paisaje Artículo 42. Actividades y objetos degradantes.- El que vierta, arroje, abandone, deposite o infiltre en los suelos o subsuelos, sustancias, productos o materiales no biodegradables, agentes biológicos o bioquímicos, agroquímicos, objetos o desechos sólidos o de cualquier naturaleza, en contravención de las normas técnicas que rigen la materia, que sean capaces de degradarlos o alterarlos nocivamente, será sancionado con arresto de tres (3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salario mínimo. Artículo 43. Degradación de suelos, topografía y paisaje.- El que degrade suelos clasificados como de primera clase para la producción de alimentos, y la cobertura vegetal, en contravención a los planes de ordenación del territorio y a las normas que rigen la materia, será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de mil (1.000) a tres mil (3.000) días de salario mínimo. En la misma pena prevista en este Artículo incurrirá el que provoque la degradación o alteración nociva o deterioro de los suelos o su cobertura vegetal; la topografía o el paisaje por actividades mineras, industriales, tecnológicas, forestales, urbanísticas o de cualquier tipo, en contravención de los planes de ordenación del territorio y de las normas técnicas que rigen la materia. Si el daño fuere gravísimo, la pena será aumentada al doble. CAPÍTULO IV Del envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la atmósfera o el aire Artículo 44. Emisión de gases.- El que emita o permita escape de gases, agentes biológicos o bioquímicos o de cualquier naturaleza, en cantidades capaces de envenenar, deteriorar o contaminar la atmósfera, o el aire en contravención a las normas técnicas que rigen la materia, sea sancionado con prisión de seis (6) meses a dos (2) años y multa de seiscientos (600) a dos mil (2.000) días de salario mínimo. Artículo 45. Emisiones radiactivas.- El que, mediante la emisión de radiaciones ionizantes, ocasione graves daños a la salud pública o al ambiente, será sancionado con prisión de tres (3) a seis (6) meses y multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días de salario mínimo. El que importe, fabrique, transporte, almacene, comercie, ceda, a título oneroso o gratuito, o emplee con fines industriales, comerciales, científicos, médicos y otros se-
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mejantes, aparatos o sustancias capaces de emitir radiaciones ionizantes o radiactivas, con violación de las normas sobre la materia, será sancionado con prisión de seis (6) meses a dos (2) años y multa de seiscientos (600) a dos mil (2.000) días de salario mínimo. Artículo 46. Contaminación por unidades de transporte.- Los propietarios de vehículos, cuyas unidades de transporte terrestres aéreo o marítimo generen contaminación atmosférica del aire o sónica, en contravención a las normas técnicas vigentes sobre la materia, serán sancionados con arresto de tres (3) a seis (6) meses y multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días de salario mínimo. Artículo 47. Degradación de la capa de ozono.- El que viole con motivo de sus actividades económicas, las normas nacionales o los convenios, tratados o protocolos internacionales, suscritos por la República, para la protección de la capa de ozono del planeta, será sancionado con prisión de uno (1) a dos (2) años y multa de mil (1.000) a dos mil (2.000) días de salario mínimo. CAPÍTULO V De la destrucción, contaminación y demás acciones capaces de causar daño a la flora, la fauna, sus hábitats o a las áreas bajo régimen de administración especial Artículo 48. Incendio de plantaciones.- El que haya incendiado haciendas, sementeras u otras plantaciones, será sancionado con prisión de uno (1) a cinco (5) años y multa de mil (1.000) a cinco mil (5.000) días de salario mínimo. Artículo 49. Incendio de dehesas.- El que haya incendiado dehesas o sabanas de cría, sin permiso de sus dueños, o sabanas que toquen con los bosques que surtan de agua a las poblaciones, aunque éstos sean de particulares, será sancionado con prisión de seis (6) meses a dieciocho (18) meses y multa de seiscientos (600) a mil seiscientos (1.600) días de salario mínimo. Artículo 50. Incendio de vegetación natural.- El que provocare un incendio en selvas, bosques o cualquier área cubierta de vegetación natural, será sancionado con prisión de uno (1) a seis (6) años y multa de mil (1.000) a seis mil (6.000) días de salario mínimo. Artículo 51. Negativa de colaboración.- El que se negare a colaborar en la facilitación de la extinción de incendios forestales o entorpezca las labores que se realicen para tal finalidad, será sancionado con arresto de quince (15) días a tres (3) meses y multa de cincuenta (50) a trescientos (300) días de salario mínimo. Artículo 52. Negativa a informar.- El que se niegue a transmitir, gratuitamente y con carácter de emergencia, las noticias, llamados e informaciones de las autoridades sobre incendios forestales, será sancionado con arresto de uno (1) a seis (6) meses y multa de cien (100) a seiscientos (600) días de salario mínimo. Artículo 53. Destrucción de vegetación en las vertientes.- El que deforeste, tale, roce o destruya vegetación donde existan vertientes que provean de agua las poblaciones, aunque aquélla pertenezca a particulares, será penado con prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de mil (1.000) a tres mil (3.000) días de salario mínimo. Artículo 54. Difusión de gérmenes.- El que ocasionare una epidemia mediante la
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difusión de gérmenes patógenos, será sancionado con prisión de seis (6) a diez (10) años y multa de seis mil (6.000) a diez mil (10.000) días de salario mínimo. Artículo 55. Difusión de enfermedades.- El que difunda una enfermedad en animales o en plantas, incurrirá en prisión de seis (6) meses a dos (2) años y multa de seiscientos (600) a dos mil (2.000) días de salario mínimo. El propietario o tenedor de vegetales o animales o de sus productos respectivos, que tenga conocimiento de que uno u otros estén atacados de enfermedades contagiosas o plagas, y no haya denunciado el hecho ante la autoridad competente en la materia, será sancionado con arresto de cuatro (4) a ocho (8) meses y multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días de salario mínimo. Artículo 56. Obligación del ministerio del ramo.- El Director Regional del Ministerio del Ramo, o quien haga sus veces, que no proceda inmediatamente a tomar las medidas pertinentes relativas a la denuncia mencionada en el artículo anterior, será sancionado con prisión de seis (6) meses a dos (2) años y multa de quinientos (500) a dos mil (2.000) días de salario mínimo. Artículo 57. Propagación ilícita de especies.- El que, sin permiso de la autoridad competente o infringiendo las normas sobre la materia, introduzca, utilice o propague especies vegetales, animales o agentes biológicos, bioquímicos capaces de alterar significativamente a las poblaciones animales o vegetales o de poner en peligro su existencia, será sancionado con prisión de tres (3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salario mínimo. Artículo 58. Actividades en áreas especiales o ecosistemas naturales.- El que ocupare ilícitamente áreas bajo régimen de administración especial o ecosistemas naturales, se dedicare a actividades comerciales o industriales o efectúe labores de carácter agropecuario, pastoril o forestal o alteración o destrucción de la flora o vegetación, en violación de las normas sobre la materia, será sancionado con prisión de dos (2) meses a un (1) año y multa de doscientos (200) a mil (1.000) días de salario mínimo. Artículo 59. Caza y destrucción en áreas especiales o ecosistemas naturales.- El que, dentro de los parques nacionales, monumentos naturales, refugios o santuarios de fauna, o en ecosistemas naturales practique la caza de ejemplares de la fauna silvestre o destruya o cause daños a los recursos que les sirvan de alimento o abrigo, será sancionado con arresto de tres (3) a nueve (9) meses y multa de trescientos (300) a novecientos (900) días de salario mínimo. Si los delitos se cometieren por medio de incendios, sustancial químicas, armas de caza no permitidas o cualesquiera otros métodos o artes que aumenten el sufrimiento de las presas o sobre ejemplares vedados o poblaciones de especies que estén en peligro de extinción, o que sin estarlo, sean puestas en peligro de extinción por el delito, cualquiera fuere la zona de la perpetración de éste, la pena será aumentada al doble y el arresto convenido en prisión. Parágrafo Único: El que, con fines de comercio, ejerciere la caza o recolectare productos naturales de animales silvestres sin estar provisto de la licencia respectiva, o se excediere en el número de piezas permitidas o cazare durante épocas de veda, será sancionado con prisión de nueve (9) a quince (15) meses y multa de novecientos (900) a mil quinientos (1.500) días de salario mínimo.
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Artículo 60. Daños a monumentos y yacimientos.- Los que degraden, destruyan o se apropien de monumentos naturales, históricos, petroglifos, glifos, pictografías, yacimientos arqueológicos, paleontológicos, paleoecológicos o cometan estas acciones en contra del patrimonio arquitectónico o espeleológico, serán sancionados con prisión de tres (3) a dieciocho (18) meses y multa de trescientos (300) a mil quinientos (1.500) días de salario mínimo. CAPÍTULO VI De las omisiones en el Estudio y Evaluación del Impacto Ambiental Artículo 61. Omisión de requisitos sobre impacto ambiental.- El funcionario público que otorgue los permisos o autorizaciones, sin cumplir con el requisito de estudio y evaluación del impacto ambiental, en las actividades para las cuales lo exige el reglamento sobre la materia, será sancionado con prisión de tres (3) a seis (6) meses y multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días de salario mínimo. CAPÍTULO VII De los desechos tóxicos o peligrosos Artículo 62. Gestión de desechos tóxicos.- Serán sancionados con prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de mil (1.000) a tres mil (3.000) días de salario mínimo, los que en contravención a las normas técnicas sobre la materia: 1. Generen o manejen sustancias clasificadas como tóxicas o peligrosas. 2. Transformen desechos tóxicos o peligrosos que impliquen el traslado de la contaminación o la degradación ambiental a otro medio receptor. 3. Mezclen desechos tóxicos o peligrosos con basura de tipo doméstico o industrial y los boten en vertederos no construidos especialmente para tal fin. 4. Operen, mantengan o descarguen desechos tóxicos o peligrosos en sitios no autorizados. 5. Omitan, en caso de siniestros, las acciones previstas en los planes para el control de emergencias. 6. Exporten desechos tóxicos o peligrosos. Artículo 63. Introducir desechos tóxicos.- El que introduzca desechos tóxicos o peligrosos al Territorio Nacional, será sancionado con prisión de tres (3) a seis (6) años y multa de tres mil (3.000) a seis mil (6.000) días de salario mínimo. A los efectos de la presente Ley, desechos peligrosos también incluyen a los desechos o residuos nucleares o radiactivos. TÍTULO III Disposiciones finales y transitorias CAPÍTULO I Disposiciones Finales Artículo 64. Supletoriedad.- Las disposiciones de los Códigos Penal, Civil, de Enjuiciamiento Criminal y de Procedimiento Civil, se aplicarán supletoriamente en cuanto no colidan con la presente Ley.
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Artículo 65. Derogatoria.- Se derogan los artículos 345, 346. 349 y el encabezamiento del artículo 364 del Código Penal; el artículo 113 de la Ley Forestal de Suelos y Aguas y cualquiera otra disposición contraria a lo establecido en la presente Ley. CAPÍTULO II Disposiciones Transitorias Artículo 66. Exención de penas para campesinos.- El Ejecutivo Nacional dictará un reglamento que establezca un régimen especial para aquellos campesinos que se ubiquen en núcleos espontáneos, de conformidad con los criterios técnicos de conservación ambiental y uso racional de los recursos naturales, sin menoscabo de las atribuciones que en materia de zonificación, conservación, fomento de los recursos naturales renovables asignan las leyes al Ejecutivo Nacional. Entre tanto, quedan exceptuados de las previsiones sancionadoras de esta Ley, los campesinos ubicados actualmente en núcleos espontáneos, cuando los hechos tipificados en ella ocurriesen en los lugares donde siempre han morado y hayan sido realizados, según su modo tradicional de subsistencia, ocupación del espacio y convivencia con el ecosistema. En ningún caso quedan exentas de la aplicación de las sanciones contempladas en esta Ley, las personas naturales y jurídicas que instiguen o se aprovechen de la buena fe de los campesinos para generar daños al ambiente. Cuando exista peligro de daño, la autoridad competente tomará las medidas preventivas a los efectos de garantizar la protección del ambiente. Artículo 67. Régimen de excepción a indígenas.- Hasta tanto se dicte la Ley del Régimen de Excepción para las comunidades indígenas que ordena el Artículo 77 de la Constitución de la República, quedan exentos de las sanciones previstas en esta Ley, los miembros de las comunidades y grupos étnicos indígenas, cuando los hechos tipificados en ella ocurriesen en los lugares donde han morado ancestralmente y hayan sido realizados según su modelo tradicional de subsistencia, ocupación del espacio y convivencia con el ecosistema. En ningún caso quedan exentas de la aplicación de las sanciones contempladas en esta Ley, las personas naturales y jurídicas que instiguen o se aprovechen de la buena fe de los indígenas para generar daños al ambiente. En caso de ser necesario, el juez podrá tomar las medidas preventivas adecuadas para garantizar la protección del ambiente y la relación armoniosa de las comunidades indígenas con el mismo. Parágrafo Único: En todo lo referente a las comunidades y grupos étnicos indígenas, el juez solicitará un informe socio - antropológico del órgano rector de la política indigenista del Estado y tomará en cuenta la opinión de la comunidad o grupo étnico afectado. Artículo 68. Disposiciones complementarias de la ley.- Conjuntamente con la publicación de esta Ley, o dentro del lapso de su vacatio legis, el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables publicará, por una sola vez, todas las disposiciones complementarias vigentes a que remiten los tipos penales previstos en esta Ley.
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Artículo 69. Vacatio legis.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de los noventa (90) días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela. Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y uno. Años 181° de la Independencia y 132° de la Federación. PEDRO PARIS MONTESINOS Presidente LUIS ENRIQUE OBERTO G. Vicepresidente JOSE RAFAEL QUIROZ SERRANO Secretario JOSE RAFAEL GARCÍA - GARCÍA Secretario Palacio de Miraflores, en Caracas, a los dos días del mes de enero de mil novecientos noventa y dos. Año 181 de la Independencia y 132 de la Federación. Cúmplase CARLOS ANDRÉS PEREZ Refrendado Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables ENRIQUE COLMENARES FINOL Refrendado Ministerio de Justicia ALFREDO CUCHARNE
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EL CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 168, 175, 178, numeral 4, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 4, 9, 10 y 36 numeral 12 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal, sanciiona lo siguiente:
ORDENANZA REGULADORA DE LA ACTIVIDAD DE GENERACIÓN, ALMACENAMIENTO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRANSFERENCIA, APROVECHAMIENTO Y TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS EN EL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR.
Un problema de Todos que tenemos que resolver entre Todos
Estimados compatriotas: La presente Ordenanza constituye el producto de más de un año de trabajo de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Libertador, durante el cual mantuvimos numerosas conversaciones con los más diversos sectores de la comunidad a fin de incorporar sus opiniones, comentarios y sugerencias sobre el acuciante problema de la basura en nuestra jurisdicción. En esta Ordenanza –la más moderna, integral y completa jamás elaborada en todo el país– se destacan tres novedosos aspectos esenciales: el educativo, la nueva logística para la recolección de la basura y el concerniente a las multas para los infractores. Es evidente que el problema de la basura no puede resolverse sólo mediante la labor de la Alcaldía, aunque sobre ésta, por supuesto, recaiga la mayor responsabilidad. Diariamente, sólo en Caracas, se acumulan más de 3 mil toneladas de basura que no pueden ser eliminadas por más cmaiones, dispositivos y empleados de que se disponga.
Por eso, la participación de todos es esencial.
En la Alcaldía del Municipio Libertador aspiramos a que esta Ordenanza, en lo referente a limpieza, se convierta para sus pobladores como en una Constitución que todos aprendamos a conocer, a cumplir y hacer cumplir para que, tamibén entre todos, hagamos de Caracas una ciudad más humana, limpia y hermosa, no de simples habitantes, sino de ciudadanos.
Cordialmente,
Freddy Bernal Rosales Alcalde
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CAPÍTULO I Disposiciones Generales y Definiciones Objeto de Ámbito de Aplicación Artículo 1: La presente Ordenanza tiene como objeto establecer el régimen jurídico aplicable a la producción y gestión responsabe de los residuos y desechos sólidos de origen doméstico, industrial o de cualquier otra naturaleza no peligrosa que se generen en el ámbito territorial del Municipio Bolivariano Libertador, a los fines de evitar riesgos a la salud de las personas y a la calidad del ambiente. Interés General de la Ordenanza Artículo 2: Los intereses generales del objeto de la presente Ordenanza son: 1. Garantizar que los residuos y desechos sólidos se gestionen sin poner en riesgo la salud y el ambiente, mejorando la calidad de vida de los habitantes del Municipio Libertador. 2. Dar prioridad a las actuaciones dirigidas a controlar la cantidad de resiudos y desechos sóldios, así como evitar el peligro que pueda causar a la salud. 3. Promover la implementación de técnicas, instrumentos y métodos de planificación, inspección, evaluación, seguimiento y control, que favorezcan la seguridad y eficiencia de las actividades de manejo de los residuos y desechos sólidos en el ámbito del Municipio. 4. Asegurar a los habitantes del Municipio el acceso a la información sobre la acción de los organismos municipales y empresas ejecutoras en materia de gestión de residuos y desechos sólidos, promoviendo su participación en el desarrollo de las acciones previstas en el Plan Municipal de Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos. 5. Minimizar los daños al ambiente y garantizar la calidad de vida, con disposiciones eficientes en cuanto a la seguridad sanitaria, en un marco de gestión sustentable y sostenible, en el cual destaque la corresponsabilidad en la prestación del servicio. Principios que Rigen la Gestión Integral Artículo 6. La Autoridad Municipal en ejecución de la presente Ordenanza, velará porque la gestión integral de los residuos y desechos sólidos se realice conforme a los principios de Integridad, Participación Ciudadana, Información, Educación, y sin discriminación, debiendo ser eficiente, sustentable, sostenible, con el fin de garantizar un manejo adecuado de los mismos, en todas las etapas del proceso. Nueva Visión del Servicio de Aseo Urbano Domiciliario Artículo 7: Los principios, garantías, y disposiciones legales compredidas dentro del marco regulador de la actividad de generación almacenamiento, recolección, transporte, transferencia, aprovechamiento, tratamiento o precesamiento, de los residuos y sólidos establecidos en la presente Ordenanza, incorporan las actividades comprendidas en el preliminar servicio integral de aseo urbano y domiciliario, como un servicio público municipal, de acuerdo con la nueva visión y necesidades de las comunidades del Muncipio Bolivariano Libertador.
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CAPÍTULO II De la Prestación del Servicio y los Usuarios. Sectorización del Municipio Artículo 10: Para el supuesto en que fueran otorgadas concesiones del servicio de almacenamiento, limpieza urbana, transporte, transferencia, aprovechamiento, tratamiento o procesamiento y disposición final de los resiudos y desechos sólidos, que podrán ser ejecutados por los entes respectivos de manejra conjunta o separadamente, el Municipio se dividirá en cuantas zonas y modalidades se considere necesario, de acuerdo a los criterios que surjan de las consultas que se realicen con las comunidades, el ejecutivo municipal, las empresas concesionarias y el Consejo Local de Planificación Pública, que serán dirigidas por la Comisión Municipal para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos en coordinación con la Comisión Nacional para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos sólidos y el ente competente de la Alcaldía Metropolitana de Caracas. La división resultante será sometida a discusión para su aprobación en primer lugar por las Juntas Parroquiales de cada Zona, y posteriormente por la Cámara Municipal para la definitiva aprobación del plan general de División Territorial. Para todos los efectos, el territorio del municipio a los efectos de la prestación del servicio integral de aseo urbano, se dividirá en un número de zonas que no será en ningún caso menor de tres (03) ni mayor a cinco (05), que deberán ser adjudicadas mediante las modalidades estipuladas en el ARTÍCULO siguiente de esta ordenanza. CAPÍTULO III Del Manejo y la Generación Derechos de los habitantes del Municipio Artículo 13: En el proceso de gestión de los residuos y desechos sólidos serán considerados como derechos de los habitantes y visitantes del Municipio, los siguientes: 1. El acceso a los depósitos temporales o finales de resiudos y desechos sólidos, estructurados conforme a lo previsto en la Ley respectiva y su Reglamento. 2. La obtención de la información de la Comisión Municipal para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos, sobre todo lo relacionado con la realización de las etapas en el manejo de los residuos y desechos sóldios conforme a lo previsto en el Plan Municipal Anual de Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos. 3. La protección de la slaud y del ambiente frente a los riesgos sanitarios y daños físicos que se puedan producir durante todas las operaciones ambientales seguras de gestión de los residuos y desechos sólidos en el ámbito territorial del Municipio, con el objeto de garantizar la salud de la población. 4. La participación en el proceso de elaboración de los planes, programas y proyectos de los residuos y desechos sólidos en el Municipio. Deberes de los Habitantes del Municipio. Artículo 14: En el proceso de gestión de los resiudos y desechos sólidos serán considerados con deberes de los habitantes y visitantes, los señalados a continuación: 1. Pagar, en forma oportuna, los servicios prestados por los entes ejecutores al servicio del municipio, cancelar las multas y demás cargas aplicadas por la autoridad municipal.
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2. Cumplir con la ejecución de normas y recomendaciones técnicas que hayan sido establecidas por las autoridades nacionales municipales. 3. Almacenar los resiudos y desechos sólidos con sujeción a las normas sanitarias y ambientales, para evitar daños a terceros, y facilitar su recolección, según lo establecido en esta Ordenanza. 4. Informar a las autoridades competentes de las infracciones que cometan los generadores y operadores de los residuos y desechos sólidos, en contra de la normativa existente en la Ley y su Reglamento, y en esta Ordenanza. CAPÍTULO IV De la Limpieza Urbana Carácter Obligatorio del Servicio Artículo 20: El uso del servicio Limpieza Urbana y Domiciliaria es de carácter obligatorio para todos los habitantes del Municipio, independientemente del tipo de modalidad en que el mismo sea explotado. Usuarios Artículo 21: Son usuarios del Servicio de Limpieza Urbana y Domiciliaria, las personas naturales o jurídicas, propietarias y/o ocupantes a cualquier título de inmuebles en la jurisdicción del Municipio; incluidas las personas que desarrollen actividades consideradas como de la economía informal. Consulta popular para elaboración de rutas y horarios Artículo 22: Los órganos de la Alcaldía, en conjunto con las Juntas Parroquiales, el Consejo local de Planificación Pública y las empresas ejecutoras, asociaciones cooperativas o microempresas que presten servicio, en consulta pública con las comunidades, evaluarán, elaborarán o modificaran conjuntamente los horarios y rutas correspondientes para el barrido, recolección y limpieza de los espacios del Municipio, para lo cual tendrán en cuenta las características del mismo y las circunstancias que concurren en el lugar de su prestación. Servicio de Limpieza Urbana Artículo 23: La prestación del servicio de limpieza urbana comprende: A. Colocación de los recipientes adecuados, debidamente identificados, en lugares públicos, en sitios accesibles y en cantidades suficientes, especificando el tipo de desechos sólidos a contener. B. La remoción y la limpieza de desechos sólidos de aceras, calzadas, trocales, plazas, parques, bulevares, vías públicas y espacios similares empelnado para ello la aplicación de agua o aire a presión, herramientas manuales y mecánicas. C. La eliminación de desechos sólidos en taludes y laderas provenientes de zonas urbanas no consolidadadas. D. Cualquiera otra modalidad que se establezca en el contrato de prestación o explotación del servicio. Barrido Diario de Aceras Artículo 25: Los propietarios, gerentes, administradores o engargados de establecimientos comerciales o industriales, quedan obligados a garantizar el barrido diario de las aceras adyacentes a los edificios, los estacionamientos y otros lugares de uso del establecimiento.
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Artículo 26: Se apercibe a Los Propietarios, inquilinos y ocupantes por cualquier título de inmueble residencial, tiene la obligación de garantizar el barrido de la acera adyacente. En los edificios de apartamentos esta obligación recaerá sobre los administradores, conserjes o encargados. CAPÍTULO VII De la Recolección y del Transporte Carácter continuo y permanente Artículo 40: La recolección se considera una operación continua y permanente, conforme al horario y el proyecto de rutas de recolección y sus respectivas frecuencias que será suministrado a los entes ejecutores por la Comisión Municipal para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos, y en consecuencia, no deberán alterarse sus frecuencias, rutas, horarios ni los patrones de ejecución, excepto en la oportunidad que el se produzca un rediseño previa información a la comunidad. Nueva Conciencia en Manejo de Residuos Artículo 55: La concensión del servicio integral de aseo urbano domiciliario comprendidos dentro de la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos deberá estar motivada por la necesidad de implementar una nueva conciencia en el manejo de los residuos y deschos sólidos en la jurisdicción del Municipio, sobre la base de la participación de las comunidades de la entidad, así como del rol que deben jugar las instancias públicas y privadas en el sanemaiento ambiental y conservación de los recursos naturales, por lo que el respectivo contrato mediante el cual se la otorga deberá obligar entre otros aspectos a las empresas, cooperativas y cualquiera otra forma de asociaciones comunitarias, a contribuir a dichos propósitos, así como en el diseño, orientación, dirección, operación e implementación de planes educativos que ayuden a fomentar una nueva conciencia ciudadana en relación con la problemática del aseo y del saneamiento ambiental. CAPÍTULO XII Del reciclaje y la Educación Ambiental Programas Educativos en materia de Desechos Sólidos Artículo 79: El Municipio diseñará e implantará programas educativos y de incentivo fiscal que conlleven a un cambio cultural sobre el manejo de los desechos sólidos, haciendo énfasis en la reducción, clasificación, reciclaje y reutilización de los mismos. Con la finalidad de asegurar el éxito de la prstación del servicio de almacenamiento, limpieza urbana, transporte, transferencia, aprovechamiento, tratamiento o procesamiento y disposición final de los residuos y desechos sólidos incluidas en las labores de aseo urbano en general, los entes ejecutores del servicio implementarán mecanismos de financiamiento y ayuda dirigidos a diseñar e implementar programas educativos sobre el manejo de la basura y el saneamiento ambiental, por parte de dichas empresas y los organismos municipales que a tales fines sean designados por el ciudadano Alcalde, así como de aquellos programas educativos que sean implementados por la Comisión Permanente de la Cámara Municipal que tenga asignada las competencias en materia ambiental.
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CAPÍTULO XIII De la Participación Ciudadana y Municipal Artículo 81: Toda persona natural o jurídica, pública o privada, concurrirá en el ámbito de sus competencias y dentro del límite de su responsabilidad, a participar en la definición, ejecución, gestión, control, evaluación de la gestión integral de los residuos y desechos sólidos. Artículo 83: La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es uno de los emidos de participación política directa y de protagonismo del pueblo, en ejercicio de su soberanía. Las Asambleas de ciudadanos y ciudadanas se llevarán a cabo en el ámbito local, como espacio natural y primario de la participación política. Artículo 89: Se promueve la fiugra de la Contraloría Social, la cual cumplirá funciones de supervisión y seguimiento de la gestión y estará integrada por un funcionario de la alcaldía, un experto en el área de los residuos, un representante de la comunidad beneficiada del manejo de los residuos y desechos sólidos, y un representante de la Alcaldía Metropolitana de Caracas. CAPÍTULO XVI De las Prohibiciones Artículo 93: Queda prohibido por cualquier motivo: 1. El incumplimiento del horario de recolección de desechos sólidos 2. Depositar en la vía pública escombros, desechos provenientes de demolicones o reparación de inmuebles y materiales de construcción. En este último caso sólo se permitirá por el tiempo estrictamente necesario para acarrrearlos al sitio donde serán utilizados. En este supuesto, el encargado de la construcción queda obligado a la limpieza del lugar. 3. Arrojar en las calles aguas servidas y desperdicios líquidos, aún cuando provengan del aseo o limpieza de los inmuebles. Sin embargo, los vecinos pueden asperjar los suelos correspondientes al frente de sus casas, siempre que no ocasionen perjuicios, lo hagan en horas opotunas y con agua limpia y evitando el empozamiento o formación de lodo. 4. Arrojar o abandonar en la vía pública, áreas comunes, parques, bulevares, taludes, quebradas, torrenteras, canales, embaulamientos y en general en sitios no autorizados, resiudos sólidos o semisólidos de cualquier especie, tales como cáscaras, papeles, botellas o cualquier otro tipo de desechos o similares. Quienes transiten por el Municipio Libertador y necesiten desprenderse de residuos como los descritos en el presente artículo estarán en la obligación de utilizar las papeleras instaladas para tal fin. 5. La manipulación de los residuos y desechos sólidos por terceras personas una vez que los mismos hayan sido presentados para su recolección. Parágrafo Único: La violación de la prohibición prevista en este Artículo acarreará la imposición del arresto previsto en el ARTÍCULO 523 del Código Penal a cuyos efectos los funcionarios de la Policía Municipal de Caracas quedan facultados para inicial los procedimientos que corrrespondan. 6. Depositar animales muertos, residuos sólidos que despidan olores desagradables o aquellos provenientes de la construcción en los contenedores instalados en la vía pública para el almacenamiento temporal de residuos sólidos de las transeúntes.
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7. Depositar en la vía pública, plazas, parques, bulevares, terrenos baldíos, quebradas, canales, embaulamientos, sistemas de drenaje urbano y/o en áreas comunes piezas y partes automotrices provenientes de la reparación de vehículos automotores de cualquier tipo incluidos sus componentes. Parágrafo Único: La violación de la prohibición prevista en este ar´ticulo acarreará la imposición del arresto prvisto en el artículo 523 del Código Penal a cuyos efectos los funcionarios de la Policía Municipal de Caracas, quedan facultados para iniciar los procedimientos que correspondan. 8. Abandonar en la vía pública mobiliario de cualquier tipo tales como colchones, electrodomésticos. 9. Colocar y depositar sobre las vías públicas, plazas, parques, bulevares, terrenos baldíos, márgenes de quebradas y cauces, embaulamientos, y en obras de drenaje urbano de restos vegetales provenientes de labores de tala, poda y/o desmalezamiento de especies vegetales. Parágrafo Único: Indistintamente que las labores contenidas en el presente artículo sean ejecutadas por propietarios, empresas privadas o entes gubernamentales, en todos los casos la recolección de dichos residuos y desechos se hará simultáneamente con las operaciones de tala, poda o desmalezamiento. 10. Colocar en la vía pública los residuos tecnológicos provenientes de las industrias de informática, fabricantes de productos electrónicos o de vehículos automotores y otros que al transcurrir su vida útil y que, por sus características, requieran de un manejo específico. 11. Colocar sobre la vía pública, los neumáticos usados, muebles, enseres domésticos usados en gran volumen, plásticos y otros materiales de lenta degradación. 12. Colocar sobre la vía pública los desechos de laboratorios industriales, químicos, biológicos, de producción o de investigación. 13. Quemar a cielo abierto o en lugares no autorizados, cualquier tipo de residuos sólidos; 14. Arrojar o abandonar en terrenos baldíos, o en cuerpos de aguas superficiales o subterráneas, sistemas de drenaje, alcantarillado o de efluentes públicas, residuos sólidos de cualquier especie; 15. La colocación de desechos y residuos provenientes de la manipulación, preparación, comercialización y consumo de bebidas en recipientes distintos a los establecidos en la presente Ordenanza. Aquellos residuos que generen líquidos efluentes deberán ser doblemente embolsados y cerrados herméticamente. 16. romper y extraer residuos sólidos de los recipientes instalados en la vía pública y dentro de los sitios de disposición transitoria y sus alrededores; 17. Instalar contenedores de los residuos sólidos en lugares no autorizados; 18. Fijar propaganda comercial o política en el equipamiento urbano destinado a la recolección de los residuos sólidos, así como fijar en los recipientes u otro mobiliario urbano destinado al depósito y recolección colores alusivos a algún partido político; 19. Fomentar o crear basureros clandestinos. 20. Confinar residuos sólidos fuera de los sitios destinados para dicho fin en parques, áreas verdes, áreas de valor ambiental, áreas naturales protegidas, o áreas de conservación ecológica;
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21. Tratar térmicamente los residuos sólidos recolectados, en cualquier sitito sin considerar las disposiciones jurídicas aplicables; 22. Diluir o mezclar residuos sóldios o industriales peligrosos en cualquier líquido y su vertimiento al sistema de alcantarillado, a cualquier cuerpo de agua o sobre suelos con o sin cubierta vegetal; 23. Mezclar resiudos peligrosos con residuos sólidos e industriales no peligrosos; 24. Confinar o depositar en sitios de disposición, transitoria residuos en estado líquido o con contenidos líquidos que excedan los máximos permitidos por las normas oficiales. Las violaciones a lo establecido en este ARTÍCULO se sancionarán de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, sin perjuicio de lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, Ley Penal del Ambiente, u otros ordenamientos jurídicos aplicables. Ubicación de Contenedores Artículo 96. Queda prohibido ubicar los contenedores o recipientes, con volumen superior a 100 litros, en las adyacencias de instituciones educacionales, de salud, centro dispensadores de comida, lugares de recreación y turismo. CAPÍTULO XVII DE LAS SANCIONES Artículo 98: En la imposición de sanciones se tomarán en cuenta los siguientes criterios. 1. La trascendencia social, snaitaria, impacto ambiental negativo y el perjuicio causado por la infracción cometida. 2. El ánimo de lucro ilícito y la cuantia del beneficio obtenido en la comisión de la infracción; 3. el crácter intencional o negligente de la acción u omisión constitutiva de la infracción; 4. La reincidencia en la comisión de infracciones, la gravedad de la conducta y la intención con la cual fue cometida. 5. Los antecedentes del infractor con relación a las disposiciones de esta ordenanza y demás normas que regulan la materia. Carcácter de las Sanciones Artículo 99: Los infractores de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza serán sancionados por el Municipio en forma directa, mediante Resolución motivada tomando en cuenta las circunstancias agravantes, atenuantes y la reincidencia, sin perjuicios de otras sanciones que puedan derivarse de la aplicación de la Ley que regula la materia. Penalización Personas Naturales Artículo 100: Las personas naturales, que violen las disposiciones prevista en el ARTÍCULO 93, numeral 1, serán sancionadas con multa de UNA (1) a CUATRO (4) U.T.; la cual podrá ser impuesta al propietario o arrendatario del inmueble, y en caso de ser un inmueble sometido a propiedad horizontal a la administradora o junta de condominio.
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Parágrafo Único: El incumplimiento de la disposición prvista en el numeral primero Art. 93 por parte de personas jurídicas que desempeñen la actividad comercial; acarreara multa de CINCUENTA (50) U.T. a TRESCIENTAS (300) U.T.; en caso de reincidencia llevara consigo la aplicación del doble de la multa original y cierre del establecimiento por setenta y dos horas (72); mediante resolución motivada. Artículo 101: Serán sancionados con multas comprendidas entre UNA (1) y CUATRO (4) U.T.; las personas naturales que infrinjan lo dispuesto en el ARTÍCULO 93, numerales 2,3,4,6,7,8,9,11,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23 y 24 de la presente ordenanza. Artículo 102: Serán sancionados con mutlas de UNA (1) a CINCO (5) U.T.; las personas que ordenen, permitan o infrinjan lo dispuesto en el ARTÍCULO 94 d ela presente ordenanza. Artículo 103: Serán sancionadas con multad de UNA (1) a CINCO (5) U.T.; las personas que infrinjan lo dispuesto en el ARTÍCULO 95 de la presente Ordenanza. Parágrafo Único: En todos los casos de reincidencia por parte del infractor, la sanción aplicable será el doble de la multa original. Penalización Personas Jurídicas Artículo 104: El incumplimiento de lo dispuesto en el ARTÍCULO 93, numerales 10, 12 y 18; acarreara multa de QUINCE (15) a TREINTA (30) U.T. Artículo 105: El incumplimiento de lo dispuesto en el ARTÍCULO 94, numerales 1, 2, 3, 4, 5 6, 7; acarreara multa de TREINTA (30) a CIENTO CINCUENTA (150) U.T. Parágrafo Único: Habrá reincidencia cuando el imputado después de una resolución definitivamente firme, cometiera una infracción de igual o diferente índole; lo que acarreara la aplicación del doble de la multa. Penalización de Personas Jurídicas de Carácter Público Artículo 106: El incumplimiento de las disposiciones previstas en esta ordenanza, acarreara sanciones para el ente infractor; es de advertir que se determinara la responsabilidad disciplinaria, penal y civil por el órgano competente. Régimen Especial Niños y Adolescentes Artículo 107: Los niños y adolescentes que infrinjan las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, le serán tomados sus datos, así como el de su representante con el objeto de que previa citación del Consejo Municipal de los Derechos del Niño y el Adolescente con la finalidad de recibir una charla sobre educación ambiental y de reincidir en esta infracción, sus padres o representantes responderán por ellos. Aplicación de Sanciones Artículo 109: Hasta tanto no se reglamente la creación y funcionamiento de la división de Gestión Ambiental; será la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria; el órgano encargado de iniciar; sutanciar y decidir los procedimientos administrativos sancionatorios aperturados con ocasión de la imposición de las multas y sanciones previstas en la presente ordenanza, todo ello de conformidad con la ordenanza de procedimientos adminsitrativos del Municipìo Bolivariano Libertador.
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CAPÍTULO XVII Tarifa de Aseo Urbano y Domiciliario Artículo 112: Todo usuario del servicio de almacenamiento, limpieza urbana, transporte, transferencia, aprovechamiento, tratamiento o procesamiento y disposición final de los residuos y desechos sólidos comprendidos en las actividades del Aseo Urbano y Domiciliario, queda obligado al pago del tributo que le corresponda para sufragar el mismo, de conformidad con las tarifas establecidas en la correspondiente Ordenanza, sobre Tarifas del Servicio Integral de Aseo Urbano y domiciliario y las posteriores modificaciones que tengan lugar.
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Índice Introducción..................................................................................................5 I La basura urbana en Venezuela.........................................7 1. Nuestro servicio de aseo urbano.......................................................7 2. Las ideas vigentes.............................................................................8 3. Las ideas insurgentes........................................................................8 4. Los grandes negocios de la basura.................................................10 5. La incieneración aún se practica.....................................................11 II. EL RECICLAJE...................................................................................13 1. Planteamientos subjetivos..............................................................13 2. Inversiones irracionales..................................................................14 3. Actividades marginales...................................................................15 4. Basura cero, transnacional capitalista.............................................17 III. La necesaria Revolución......................................................19 1. Los desechables 55% de la basura urbana......................................19 2. Decisión de legislar........................................................................19 3. Los costos industriales, quién los paga...........................................21 4. La experiencia internacional...........................................................22 5. América Latina, deprimente...........................................................23 6. Nuestrá única nave espacial............................................................24 IV. Temas Conexos............................................................................27 1. Generación......................................................................................27 2. Materiales, el monstruo plástico.....................................................28 V. Acción del Estado y de la comunidad...........................31 1. Legislación.....................................................................................31 2. Instituciones y Personal..................................................................31 3. Política y tecnología.......................................................................32 4. Acción docente...............................................................................32 5. Observatorio internacional.............................................................32 Medios comunitarios...................................................................................35 Prensa nacional...........................................................................................89 Prensa extranjera.......................................................................................103 Rebelión....................................................................................................213 Recortes de prensa....................................................................................251 Aclaraciones necesarias............................................................................291 Leyes, reglamentos y ordenanzas.............................................................297 411
Este libro se termin贸 en el mes de octubre de 2010. En su composici贸n se utiliz贸 Times New Roman sobre papel Bond 20. Caracas, Venezuela.