C.P. Sta Bรกrbara Matarrosa del Sil
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Índice 1. El centro docente: características y entorno.
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Características del centro.
Situación actual de la convivencia.
Respuesta del centro a estas situaciones
Relación con las familias y la comunidad.
Experiencias de convivencia realizadas en el centro
Necesidades de formación.
2. Objetivos y actitudes a conseguir con el plan.
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3. Actividades previas.
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4. Procedimientos de actuación .
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5. Mecanismos de difusión, seguimiento y evaluación del Plan.
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1. EL CENTRO DOCENTE: CARACTERÍSTICAS Y ENTORNO
1.1 CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Las
características del centro en cuanto a su ubicación,
alumnado, equipo docente… está reiteradamente expuesto en los siguientes documentos, a los cuales remitimos: o
Proyecto Educativo de Centro.
o
Concreciones Curriculares del Centro.
o
Reglamento de régimen Interior.
o
Plan de Acción Tutorial.
o
Programación General Anual.
o
Documento de Organización del Centro.
1.2 SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA La situación actual de la convivencia en el centro no presenta observaciones dignas de mención. El alumnado de Educación Infantil no precisa más intervenciones que algunas anecdóticas y de fácil solución. El alumnado de Primaria sigue una pauta similar, que comienza a tener significaciones muy concretas y escasas cuando se llega a tercer ciclo de Educación Primaria, considerándose como más significativo
el
insulto,
alguna
agresión
leve
e
irreflexiva,
determinados abusos sobre otros/as alumnos/as más pequeños/as… Por lo general, no se aprecian causas que motiven estas conductas ni inciden en el buen ambiente que existe en el centro.
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1.3 RESPUESTA DEL CENTRO A ESTAS SITUACIONES La respuesta del centro a estas situaciones es inmediata y los alumnos/as lo saben. Las normas de convivencia constituyen para nosotros/as un estilo de trabajo. Prevenir las situaciones y cortarlas a tiempo cuando se producen nos da un resulta óptimo que se refleja en nuestra labor cotidiana. La buena respuesta por parte del alumnado, la
intervención
rápida
y
proporcionada
del
profesorado,
la
intervención firme del Equipo Directivo cuando el hecho adquiere alguna gravedad hacen que los conflictos contra la convivencia sean escasos.
El Reglamento de Régimen Interior y el Plan de Acción Tutorial nos indican las pautas a seguir ante posibles casos dignos de tener en cuenta.
1.4 RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y LA COMUNIDAD La relación con las familias es buena, con reuniones de información colectivas y entrevistas personales. Es relevante la actuación de los/as tutores/as en la coordinación con las familias.
Las situaciones particulares que afectan a la convivencia y resolución de conflictos en el centro suelen ser comentadas con la familia si procede algún tipo de intervención o información de la conducta.
También en las reuniones de los/as tutores/as con las familias, de inicio de curso, se informa de forma específica de las normas básicas de convivencia en el centro.
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1.5 EXPERIENCIAS DE CONVIVENCIA REALIZADAS En el curso 2004 / 2005 en el centro se llevó a cabo el Plan de Mejora “Aprendemos a convivir jugando”. En el Curso 2007/2008 un nuevo plan de Mejora se centró en la convivencia escolar “Educar para convivir”. Con estos Planes se intentó alcanzar los siguientes objetivos:
Los
-
Fomentar la convivencia entre alumnos de distintos niveles.
-
Mejorar las habilidades sociales de los alumnos.
-
Favorecer conductas de compañerismo.
miembros
de
la Comunidad
Educativa manifestaron su
satisfacción ante los resultados obtenidos y consideraron necesario continuar realizando actividades iguales o similares a aquellas que mejores resultados han generado o que más interés han despertado entre los/as alumnos/as. Dentro de estas actividades tendrán un espacio
privilegiado
aquellas
que
han
permitido
mejorar
la
convivencia de los/as alumnos/as.
En el curso 2008/2009 se realizó un Plan de Mejora para optimizar “Comunicación entre el Centro y la Comunidad Escolar”.
1.6 NECESIDADES DE FORMACIÓN Es necesaria una formación específica para atender situaciones relacionadas con la convivencia y la conflictividad. Esta formación será imprescindible para mejorar las pautas de actuación que potencien un clima favorable en el centro. La persona que ocupe el cargo de coordinadora de Convivencia deberá realizar todos aquellos cursos o actividades formativas que le permitan resolver las diversas problemáticas que surjan en el centro, en cuanto a esta materia se refiere.
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2. OBJETIVOS Y ACTITUDES A CONSEGUIR CONSEGUIR CON EL PLAN
Este Plan de Convivencia tiene como principal objetivo promover y desarrollar las actitudes relativas al fomento de la convivencia en nuestro centro escolar, basándonos en el Decreto 51 / 2007, 2007 del 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos, la participación y los
compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León. Una convivencia escolar adecuada es requisito y resultado de un proceso educativo de calidad. Convivencia y aprendizaje van estrechamente ligados entre sí.
El conflicto es inherente a la vida en común de las personas.
Su
existencia en el ámbito escolar provoca una especial preocupación en la comunidad educativa y en la sociedad en general, que exige una respuesta adecuada. La educación dentro de un sistema democrático, como el nuestro, debe inculcar en el alumnado, el desarrollo de los derechos a la par que el cumplimiento de los deberes hacia los demás.
Un eje fundamental para el logro de la convivencia, es la implicación de las familias en el proceso educativo, que se concreta no sólo en sus derechos y deberes sino también en la participación en medidas de corrección de conductas perturbadoras de la convivencia (Mediación escolar y procesos de acuerdo reeducativo).
Otro eje fundamental es el refuerzo de la autoridad del profesorado, plasmado en
herramientas disciplinarias inmediatas que estos pueden y deben utilizar en el mismo momento en el que tiene lugar una conducta perturbadora de la convivencia.
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Toda sanción o corrección tendrá un propósito formativo. Se pretenderá garantizar el buen funcionamiento general, la socialización y autonomía del individuo. La disciplina debe favorecer objetivos educativos estimulando cambio cognitivos, emocionales y conductuales.
Los objetivos y actitudes que se pretenden favorecer y desarrollar en este centro en materia de convivencia, deberán basarse en las siguientes Normas de
convivencia: Asistir a clase. Llegar con puntualidad. Seguir las orientaciones del profesorado en el ejercicio de sus funciones. Tratar con respeto y consideración a todos los miembros de la Comunidad Educativa. Estudiar con aprovechamiento, así como respetar el derecho al estudio de los/as compañeros/as. Respetar la dignidad, integridad, intimidad, ideas y creencias de todos los miembros de la Comunidad Educativa. No discriminar a ningún miembro de la Comunidad Escolar por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social. Cuidar y utilizar correctamente los bienes e instalaciones del centro. Respetar las pertenencias de los demás miembros de la Comunidad Educativa. Participar en la vida y funcionamiento del centro. No realizar actividades perjudiciales para la salud ni incitar a ellas. Aprender habilidades pacíficas y no violentas en la resolución de conflictos.
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3. ACTIVIDADES PREVISTAS
Las actividades previstas para la consecución de los objetivos de este Plan de Convivencia serán coordinadas por la Coordinadora de Convivencia y en este caso la Directora que cumple las funciones también de jefatura de estudios. o Debate y discusión sobre el Plan de Convivencia A comienzo de curso, cada tutor/a consensuará las Normas de Convivencia y funcionamiento del centro con su grupo de alumnos/as y les presentará el Plan de Convivencia del centro. Así mismo, en la primera reunión de padres se expondrá y debatirá dicho Plan.
o
Resolución de incidencias puntuales
Se abordará a lo largo del curso cualquier incidencia puntual que altera la convivencia del centro con el alumnado implicado y su familia, si procede. Serán responsables de esta actividad el Equipo Directivo, tutores/as y demás docentes del centro en colaboración con el E.O.E.P. Se dejará recogido por escrito en el “Libro de Incidencias” del despacho de dirección y/o en los libros de recogida individual de cada tutora.
Figura del inspector/a de patio Para resolver los posibles conflictos que puedan aparecer en el periodo de recreo, se crea la figura del inspector/a de patio, que asumirán los/as alumnos/as de 4º, 5º y 6º de primaria; que actuarán como mediadores entre los/as compañeros/as con objetivo de ayudar a solventar tales conflictos. Utilizarán un chaleco identificativo y un cuaderno de registro de incidencias. En él dejarán anotadas las medidas adoptadas en cada incidencia. La coordinadora de Convivencia ofrecerá las orientaciones necesarias para el desarrollo de esta tarea, enfocada siempre a fomentar la resolución de conflictos a través del diálogo y no del castigo.
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Mejora de la Convivencia y la Seguridad Escolar Se solicitará la participación en el Plan Director a través de la ficha de inscripción así como en las charlas del CEAS (Diputación de León) de Toreno, orientadas tanto al alumnado como a las familias, que sobre esta materia sean convocadas.
Diversidad de juegos Dado que la mayoría de conflictos, durante el curso 2012/2013, se producían jugando al fútbol, este curso se crea un cuadrante de juegos para el momento del recreo. Lunes y viernes serán de juego libre, martes podrán usar balones o pelotas, miércoles cuerdas o gomas y jueves aros. Además el especialista de EF impartirá un taller extraescolar de “Juegos tradicionales
y populares” con el fin de recabar información, valorar y aprender otros modos de jugar.
Análisis de la convivencia Cada grupo de alumnos/as analizará con su tutora, trimestralmente o cuando sea necesario, la marcha de la convivencia de la clase y del centro. De forma trimestral, dentro del Claustro así como del Consejo Escolar, se evaluará la marcha de la convivencia en nuestro centro. Quedará recogido en los libros de actas de ambos órganos colegiados. A final de curso se realizará una evaluación final que será enviada a Dirección Provincial de Educación.
Formación en en valores democráticos y habilidades sociales Fomentar los valores democráticos, las habilidades sociales así como la resolución de conflictos de forma pacífica y no violenta… a lo largo de todo el curso. Se aplicará el programa “Relacionarnos Bien” proporcionado por el EOEP de Fabero durante todo el curso formando parte inherente del quehacer diario.
Celebración de Actividades Complementarias Además
de
perseguir
otros
objetivos,
tanto
en
las
actividades
complementarias conjuntas como específicas, en todas ellas se pretenden desarrollar
y favorecer valores tales como el respeto, la escucha activa,
habilidades sociales, tolerancia…
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Aplicación informática Se recogerá periódicamente en una aplicación informática contenida en la web www.educa.jcyl.es todos los datos, actividades… referentes a la convivencia de nuestro centro.
Sociograma Con el fin de controlar las relaciones sociales que se nos pueden escapar a través de la observación directa y los registros del Inspector/a de patio, usaremos la aplicación informática “socioescuela” que nos permite detectar alumnado en peligro de exclusión así como un sociograma de cada grupo clase de Primaria.
Control del Absentismo Como se indica en nuestro “Plan de prevención y control Absentismo Escolar” se recogerá de forma continuada los partes de comunicación de las faltas del alumnado y profesorado acompañados de sus correspondientes justificantes. Mensualmente, se informará a la Dirección Provincial de Educación de las faltas justificadas e injustificadas de ambos colectivos.
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4. PROCEDIMIENTOS PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN
Los procedimientos o estrategias de intervención que se elijan para la resolución de problemas no suplantarán a ninguno de los órganos de gobierno, órganos de participación en el control y gestión ni tampoco a los órganos de coordinación del centro, sino, por el contrario contribuirán a facilitar el desarrollo de sus funciones y, con mayor motivo, las referidas a la tutoría que, de modo explícito, dispone que el/la tutor/a ejerza como mediador/a en los problemas que surjan.
Se promoverán las pautas y hábitos de convivencia en una sociedad plural mediante el desarrollo de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia escolar con el fin de impulsar acciones preventivas y de resolución pacífica de conflictos y no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
Las conductas perturbadoras de los/as alumnos/as pueden calificarse en dos categorías: a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro. b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, calificadas como faltas.
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CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
1. Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos. 2. Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que no sean calificadas como faltas. 3. La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada. 4. La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares. 5. El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos/as. 6. El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de pertenencias de otros/as alumnos/as, realizado de forma negligente o intencionada. 7. La utilización inadecuada de aparatos electrónicos. 8. Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y no constituya falta según el artículo 48 de este Decreto.
-
Las conductas contrarias a las normas de convivencia prescriben en el plazo de 30 días.
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CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES O FALTAS
1. La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en general, a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro educativo. 2. Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas. 3. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos y material académico. 4. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la Comunidad Educativa. 5. Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la Comunidad Educativa del centro. 6. La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.
- Las faltas o conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro prescriben en el plazo de 90 días.
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A efectos de gradación:
Agravan
Atenúan a) El reconocimiento espontáneo
a) La premeditación.
de la conducta, así como la petición
de
excusas
y
la
reparación espontánea del daño producido ya sea físico o moral. b) La falta de intencionalidad.
b) La reiteración.
c) El carácter ocasional de la
c) La incitación o estímulo a la
conducta.
actuación individual o colectiva lesiva de los derechos de los demás
miembros
de
la
C.
Educativa. d) Por causas ajenas al alumno
d) La alarma social causada por las
infractor o la negativa expresa
conductas perturbadoras de la
del alumno perjudicado.
convivencia,
con
especial
atención a aquellos actos que presenten
características
de
acoso o intimidación a otro/a alumno/a. e) Otras circunstancias de carácter
e) La gravedad de los perjuicios
personal que puedan incidir en
causados
al
centro
o
a
su conducta.
cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa. f) La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia
a
través
de
apartados electrónicos u otros medios.
-
Si concurren efectos agravantes y atenuantes se podrán compensar.
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Para ambos tipos de conductas existen actuaciones inmediatas con el fin de lograr el cese de la conducta perturbadora de la convivencia. Estas serán aplicadas por cualquier docente del centro, quien las comunicará al/la tutor/a del alumno/a y este si lo estima oportuno a la familia. a) Amonestación pública o privada. b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas. c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor. La suspensión de este derecho estará regulada en el reglamento de régimen interior del centro, quedando garantizado, en todos los casos, el control del/la alumno/a y la comunicación posterior, en caso de ser necesario, al jefe de estudios, en nuestro caso a la directora. d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, en este caso con permanencia o no en el centro.
Tras la aplicación de las actuaciones inmediatas se pueden aplicar medidas posteriores. posteriores Estas son de 3 tipos:
a) Medidas de corrección Para las conductas contrarias
b) Apertura de procedimientos sancionadores Para las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
c) Mediación y procesos de acuerdos reeducativo Pretenden solucionar los conflictos provocados por las conductas de los alumnos a través del acuerdo y diálogo.
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a) Medidas de corrección 1. Amonestación escrita 2. Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y salida del centro como al período de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 días lectivos. 3. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa por un máximo de 5 días lectivos. 4. Realización de tareas de apoyo a otros/as alumnos/as y profesores/as por un máximo de 15 días lectivos. 5. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo máximo de 15 días. 6. Cambio de grupo del alumno/a por un máximo de 15 días lectivos. 7. Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no superior a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del alumno/a en el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden. 8. Reparar el daño material causado o sustraído o hacerse cargo del coste económico de su reparación.
-
La aplicación de las mismas corresponde a la directora del centro.
-
Excepto en la medida 1, en todas las demás será preceptiva la audiencia al alumno/a y a su padre/madre/tutor/a.
-
Las medidas prescriben en el plazo de 30 días desde su imposición.
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b) Apertura
de
procedimientos
sancionadores: sancionadores Se inicia el
procedimiento de oficio mediante acuerdo de la directora a iniciativa propia o de un miembro de la comunidad educativa, en un plazo de 2 días desde los hechos. La incoación se formaliza con: hechos, identificación del alumno, nombramiento de un instructor (personal del centro) y en caso de aceptar proceso de resolución de conflictos. Se notificará a la familia del alumno/a, a quien propusiera su incoación, al/la instructor/a y al/la inspector/a.
Se pueden tomar medidas cautelares como máximo de 5 días lectivos que luego se descontarán de la sanción a cumplir. Se comunicarán al alumno/a y a su familia. La directora puede revocar estas medidas en cualquier momento.
1. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos. 2. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares de centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos. 3. Cambio de grupo del alumno/a durante un periodo comprendido entre 16 días lectivos y la finalización del curso escolar. 4. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, por un período superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno/a un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho. 5. Cambio de centro.
-
Las sanciones prescriben en el plazo de 90 días desde su imposición.
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c) Mediación
y procesos de acuerdo reeducativo: Se pueden
utilizar junto con otras medidas de corrección o sanciones. Pero nunca cuando las conductas gravemente perjudiciales tengan algún agravante. Si se usan antes de que se produzca una conducta perturbadora entonces se denominan estrategias preventivas.
MEDIACIÓN:
PROCESO DE ACUERDO REEDUCATIVO:
Aborda los conflictos surgidos
Se soluciona el conflicto mediante
entre 2 o más personas, usando un un acuerdo formal por escrito entre el mediador/a,
que
regula
la centro, alumno/a y padres/ tutores. La
comunicación y reconciliación entre las iniciativa proviene de un maestro/a y partes. Los acuerdos y compromisos será un docente designado por la asumidos se recogen por escrito y se directora el que coordine dicho proceso. marca el plazo para su ejecución, como El período máximo es de 25 días máximo en 10 días hábiles desde su lectivos desde la reunión inicial de las inicio.
partes intervinientes.
- Es de carácter voluntario.
- Es de carácter voluntario.
- El mediador debe tener una
- Se formará una comisión de
formación. Y ser aceptado por las
observancia: observancia familia, coordinador/a,
partes afectadas. Puede ser propuesto
tutor/a y director/a.
por ellas.
- Si el acuerdo se cumple en caso de - Si el acuerdo se cumple en caso de existir expediente sancionador, este existir expediente sancionador, este puede archivarse.
puede archivarse.
- Si no se llega a acuerdo por causas - Si la familia rechazase la implicación ajenas al infractor o por negativa del directa solicitada desde el centro se alumno/a perjudicado/a se considerará pondrá atenuante.
en
conocimiento
de
instituciones públicas competentes.
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las
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5. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE ESTE PLAN
Los mecanismos de seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia de este centro se guiarán fundamentalmente por el título II del Decreto 51 / 2007, 2007 del 17 de mayo donde se habla de la convivencia escolar, en concreto en su capítulo I (Distribución de competencias) y en su capítulo II (Instrumentos para la convivencia en el centro). De acuerdo con lo establecido en este Decreto, se realizarán en el centro docente las siguientes actuaciones de seguimiento y evaluación:
El Consejo Escolar: Escolar c) Aprobará el Plan de Convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el Reglamento de Régimen Interior. d) Propondrá medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. e) Revisar, a instancia de los padres/madres o tutores legales, las medidas adoptadas por la dirección del centro en relación con las sanciones
de
conducta
de
los/as
alumnos/as
gravemente
perjudiciales. f) Evaluar, y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de convivencia, especialmente sobre los resultados de la aplicación del Plan de Convivencia.
La Comisión Comisión de convivencia: convivencia a) Informará al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso, sobre las actuaciones realizadas y hará las propuestas oportunas para la mejora de la convivencia en el centro. b) Colaborará en la planificación de medidas preventivas y en la resolución de conflictos.
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c) El/la coordinador/a de convivencia colaborará, en nuestro caso, con la directora en la coordinación de las actividades previstas para la consecución de los objetivos del Plan de Convivencia El Claustro: Claustro a) Propondrá medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. Estas propuestas serán tenidas en cuenta en la elaboración del Plan de Convivencia. b) Conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará para que éstas se atengan a la normativa vigente. c) Los/as tutores/as tutores/as mediarán entre profesores/as, alumnos/as y familias o tutores legales. Además de impulsar las actuaciones del Plan de Convivencia dentro de su grupo de tutoría. Tendrá conocimiento de las actuaciones inmediatas y medias adoptadas por los/as profesores/as que imparten docencia en su grupo de tutoría.
El/ La Director/ Director/a: a) Impondrá las medidas de corrección que se establecen en el artículo 38 del presente Decreto, que podrá delegar en el/a tutor/a docente del alumno/a o en la comisión de convivencia, en su caso. b) Garantizar el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo
para
la
resolución
de
conflictos
según
los
procedimientos establecidos para cada uno de ellos en este Decreto. c) Incoar expedientes sancionadores, e imponer, en su caso, las sanciones que correspondan, sin prejuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar, y según el procedimiento establecido en este Decreto. d) Coordinar y dirigir las actuaciones del coordinador de convivencia, de los/as tutores/as y de los/as profesores/as, establecidas en el Plan de Convivencia y en el Reglamento de Régimen Interior, relacionadas con la convivencia escolar.
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