Acuerdo Comité de Ministros por reclamaciones de HidroAysén

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REPÚBLICA DE CHILE SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL IFTROS FE COMV/ ACUERDO RECURSO DE RECLAMACIÓN (TITULAR), "PROYECTO HIDROELÉCTRICO AYSÉN", DE CENTRALES HIDROELÉCTRICAS DE AYSÉN S.A. En sesión de fecha 30 de enero de 2014, el Comité de Ministros a que se refiere el artículo 20 de la Ley N° 19.300, reunido en sesión ordinaria, ha adoptado el siguiente: ACUERDO N° 02/2014 VISTOS: 1. El recurso de reclamación interpuesto el 24 de Junio de 2011 por el Sr. Daniel Fernández Koprich en representación de Centrales Hidroeléctricas de Aysén S.A., en contra de la Resolución Exenta N° 225, de 13 de Mayo de 2011 (en adelante RCA), de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo (en adelante, Región de Aysén) y rectificada mediante Resolución Exenta N° 231, de 23 de mayo de 2011, que calificó ambientalmente favorable con condiciones el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto denominado "Proyecto Hidroeléctrico Aysén", de Centrales Hidroeléctricas de Aysén S.A. 2. La Resolución Exenta N° 225, de 13 de Mayo de 2011, de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén (en adelante, la Comisión), rectificada mediante Resolución Exenta N° 231, de 23 de Mayo de 2011, que calificó ambientalmente favorable el EIA del proyecto denominado "Proyecto Hidroeléctrico Aysén" (en adelante, el Proyecto o PHA), de Centrales Hidroeléctricas de Aysén S.A. (en adelante, el Titular o Hidroaysén). 3. La Resolución Exenta N° 779, de 25 de Octubre de 2011, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, (SEA), que admitió a trámite el recurso individualizado en el Visto N° 1 anterior. 4.

La presentación de fecha 11 de Diciembre de 2012, interpuesto por el señor Alejandro del Pino Larzet, la señora Tamara Cynthia Ullrich Railton, el señor Peter Hartmann Samhaber, el señor Patricio Orlando Segura Ortiz y la señora Daniela Alejandra Castro Polanco, en contra del recurso de reclamación interpuesto por el Titular de Proyecto, individualizado en el Visto N° 1 anterior.

5. La presentación de Patricio Rodrigo Salinas, de fecha 31 de octubre de 2012, la de Miriam Ninoska Contreras, Patricio Orlando Segura Ortiz, Christian Ernesto Medina Zamora, Peter Hartmann Samhaber, Alejandro Eugenio del Pino Larzet, Tamara Cynthia Ullrich Railton y Juan Francisco Croxatto Díaz, de fecha 18 de octubre de 2012, y la de Elisabeth María Schindele, de fecha 18 de octubre de 2012, en virtud de la cual piden que al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley N° 19.880, se acceda a la apertura de un periodo de información pública en relación con el recurso de reclamación interpuesto por Centrales Hidroeléctricas de Aysén 6. El Memorándum N° 67, de 31 de octubre de 2012, del Jefe de Gabinete del Ministerio de Medio Ambiente, que adjunta Carta S/N de la Corporación de Desarrollo Aysén por Aysén, de 29 de octubre de 2012, en la que se manifiesta diversas inquietudes respecto del Proyecto HidroAysén. 7. El Memorándum N° 30, de 9 de Diciembre de 2013, del Jefe de Gabinete del Ministerio de Medio Ambiente, que adjunta Carta S/N del Consejo de Defensa de la Patagonia, de 27 de Noviembre de 2013, en la que se manifiesta a la autoridad ambiental las ilegalidades e irregularidades administrativas que tiene la tramitación del Proyecto HidroAysén. 8. El oficio Ord. N° 539, de fecha 13 de Junio de 2013, del Director Nacional (S) del Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), que informó al tenor del recurso indicado. 9. El oficio Ord. N° 3.621, de fecha 14 de Junio de 2013, de la Subsecretaria de Transportes, que informó al tenor del recurso indicado.


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