Ante el pronunciamiento emitido por la Asamblea Legislativa en la sesión plenaria del día 17 de mayo de 2012, respecto de la admisión de dos recursos de inconstitucionalidad de los nombramientos de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia en 2006 y 2012, la Coalición para la Reforma Política y Electoral (CREE), respetuosa de los principios del Estado Constitucional de Derecho, a la opinión pública expresa: 1) Que recurrir ante el máximo tribunal en materia constitucional pidiendo que dictamine sobre la constitucionalidad de un decreto legislativo, no es atentar contra la unidad y estabilidad política, pues simplemente es el ejercicio responsable de un derecho reconocido como mecanismo para el control de los excesos del poder político, para restablecer la constitucionalidad en aquellos casos en que la norma secundaria la ha vulnerado. 2) El hecho que la Sala de lo Constitucional haya admitido las mencionadas demandas y pase a sustanciarlas para dictar las sentencias que correspondan, de ninguna forma se constituye en una conducta ilegal, ilegítima o lesiva, pues es el mero cumplimiento de las facultades y obligaciones constitucionales conferidas por el Art. 174 Cn, es decir, la de conocer y resolver las demandas de inconstitucionalidad de las normas jurídicas secundarias, con el fin de que sean expulsadas del ordenamiento jurídico nacional; por lo tanto, a la Sala le corresponde estudiar si en el ejercicio de la competencia legislativa de elegir funcionarios públicos se ha infringido la Constitución tal y como lo aseguran los ciudadanos que suscriben dichas demandas. Cabe por tanto remarcar que eso no es invasión de la autonomía del Órgano Legislativo, tal como lo asegura la Asamblea Legislativa, y que en materia constitucional no existen otros tribunales por encima de la Sala, esto incluye a la misma Corte plena. 3) Es inaceptable que desde la Asamblea Legislativa se exprese que dichas admisiones son una conducta ilegal, ilegítima o lesiva que atenta contra la unidad y estabilidad política. Al contrario, es la conducta de la Asamblea Legislativa la que está creando incertidumbre al desconocer las facultades que la Constitución otorga a la Sala de lo Constitucional y su consecuente obligación constitucional de cumplir las sentencias que dicho tribunal pronuncie. 4) Respecto de la petición de la Asamblea Legislativa para que se excuse el Magistrado Belarmino Jaime, debe valorarse que estos procesos de inconstitucionalidad no tienen por objeto satisfacer intereses o pretensiones particulares. En caso de declararse la inconstitucionalidad de estos nombramientos no puede verse a los magistrados de la Sala como “sujetos interesados” en las resultas de éstos, ni puede tampoco plantearse
que el magistrado Jaime es el beneficiado, ni mucho menos que la Asamblea Legislativa es la agraviada, pues es un conflicto objetivo de constitucionalidad y es la supremacía de la Constitución la que se preservaría. En ese sentido, la petición de excusa para el magistrado carece de todo sustento, puesto que no puede existir algún interés personal concreto en dichos procesos, dada la naturaleza del juicio de constitucionalidad, razón por la cual, son legítimas sus actuaciones. Sin embargo, corresponde de manera exclusiva a ese tribunal dilucidar si procede o no el apartar del conocimiento de la causa al magistrado Belarmino Jaime. *** Por todo lo anterior, la Coalición para la Reforma Política y Electoral (CREE): Censura categóricamente a la Asamblea Legislativa por recurrir a la acostumbrada aritmética legislativa y extralimitarse en las funciones que la Constitución le otorga. Reprocha la utilización de recursos estatales con el fin de esbozar argumentos falaces en contra de los demandantes y la Sala de lo Constitucional. Es inaceptable su conducta irrespetuosa del sistema político que la Constitución configura puesto que pone en riesgo una vez más la construcción de un Estado Democrático y Constitucional de Derecho en El Salvador. Por eso le exige a que sin miramientos respete la independencia entre órganos de gobierno, por ser el pilar de nuestro sistema constitucional. Hacemos un llamado a la ciudadanía en general para que no se deje sorprender por las expresiones que buscan infundir temor al crear un escenario de caos en caso que la Sala declare inconstitucionales los nombramientos. Les invitamos a que estén atentos a dichos procesos y que confíen en el buen criterio e independencia de la Sala de lo Constitucional.
San Salvador, 23 de mayo de 2012.