fmp, avances

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Fuero Militar Policial

FIRMES Y FORTALECIDOS Alcances de la nueva Justicia Militar Policial



FUERO MILITAR POLICIAL

FOR

una DECADA BAJO FUEGO

TALE CIDO

Entre los añ la Justicia Mos 2000 y 2009 enfrentó el ilitar Policial d supervivenc esafío de su ia institucio nal. Producto de la acción implacable de organizaciones con claro sesgo político e ideológico el Tribunal Constitucional emitió 7 sentencias contra los estatutos de este organismo.

Y para cerrar el círculo de venganza, se presentaron varias denuncias cuestionando sus normas, sus fallos y su propia existencia, ante el Sistema Interamericano de DD.HH.

El Fuero Militar Policial quedó al borde de la extinción, con sus leyes y código mutilados, sin competencias para cumplir su misión. * Entonces Consejo Supremo de Justicia Militar.

Todas las constituciones que ha tenido el Perú han conservado el mandato de la Justicia Militar, por ello es incomprensible que ciertas organizaciones de DD.HH. pretendan su eliminación.


El Fuero Militar Policial constituye una jurisdicción excepcional e independiente, que tiene como misión el juzgamiento de los delitos de función en los que incurra el personal militar y policial en situación de actividad, con arreglo al Código Penal Militar Policial, el cual constituye un medio protector y de cumplimiento de los fines constitucionales de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, que contribuye al mantenimiento del orden y la disciplina en sus cuadros.

Tras superar una larga etapa de cuestionamientos y habiendo demostrado la constitucionalidad de su estatuto, el Fuero Militar Policial trabaja con renovada firmeza e implementa un proceso de reformas y modernización en todos los ámbitosde su actividad a fin de fortalecer su rol de guardian del orden y la disciplina.


FUERO MILITAR POLICIAL

LA BATALLA POR EL FUERO

DICIEMBRE 2009 Conforme a ley, se instala el Tribunal Supremo Militar Policial y asume el cargo de Presidente el Sr. Contralmirante Carlos Enrique Mesa Angosto. También se constituye la Fiscalía Suprema del Fuero Militar Policial.

Se fijan los objetivos: Recuperar y fortalecer la institucionalidad, la jurisdicción y la imagen del Fuero.


ESTRATEGIA Y ACCIÓN

Defensa estratégica e impulso al de la Justicia Militar Policial con Interamericano (CIDH-OEA) en W

AMBITO NACIONAL Defensa de la constitucionalidad del Fuero Militar Policial frente a demandas del IDL y CAL En esta vía se logra una resolución del Tribunal Constitucional (Sentencia Exp. Nº 00001-2009-PI/TC) que revierte todas las anteriores, que fueron adversas a la justicia militar, una decisión histórica que abrió las puertas al restablecimiento de facultades y mejorar la normativa del FMP a través de un nuevo Código Penal Militar Policial.

SISTEMA INTERAMERICANO Defensa y sustentación ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos - Washington, EE.UU. El Fuero Militar Policial gana el respeto y se hace escuchar en las sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. por primera vez a un representante de la Justicia Militar peruana le es permitido tomar la palabra. El equipo de defensa del Fuero Militar Policial encabezado por el Sr. Contralmirante Carlos Enrique Mesa Angosto acude hasta en tres oportunidades a dicho foro para responder con argumentos jurídicos a sucesivas demandas de organismos como IDL y APRODEH. Los miembros de la Comisión tuvieron palabras de reconocimiento y aceptación de los argumentos presentados.


l restablecimiento de la vigencia plena n acciones en el Perú y ante el Sistema Washington.

“Con la información recibida en esta audiencia (...)es mi opinión que se han observado significativos avances, que pueden ser ejemplares incluso referentes para otros países en América Latina.” Florentín Meléndez/ Comisionado CIDH

“Quisiera decir en primer lugar que es muy grato poder hablar de la justicia militar y no tener que hablar sobre la jurisdicción militar sobre los civiles, lo cual entiendo es un gran cambio.” Paolo Carozza / Comisionado CIDH

FOR

TALE CIDO


CON LA RAZĂ“N Y LA LEY FĂŠrrea defensa ante el Tribunal Constitucional en audiencia del 24 de junio de 2009


EL NUEVO CÓDIGO PENAL MILITAR POLICIAL Y LEGISLACION OPTIMIZADA DEL FUERO MILITAR POLICIAL En un hecho histórico para la Justicia Militar Policial, se promulgan los Decretos Legislativos N°1094 y N°1096(nuevo Código Penal Militar Policial y Optimización de la ley de Organización y Funciones del FMP). Se inicia un plan de capacitación de jueces y fiscales militares policiales y se programa la implementación del nuevo código y leyes del FMP.

Nuevo enfoque del Delito de Función Una nueva definición del Delito de Función, al amparo de la nueva resolución del Tribunal Constitucional y con base en la jurisprudencia de la propia CIDH. restablece los alcances del Fuero Militar Policial y le permite recuperar su posición como juez natural para militares y policías.

El delito de función es toda conducta ilícita cometida por un militar o un policía en situación de actividad, en acto del servicio o con ocasión de él, y que atenta contra bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funciones de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional. Artículo II.- Delito de función Nuevo Código Penal Militar Policial


Tribunales Superiores Militares Policiales a Nivel Nacional

TUMBES

LORETO AMAZONAS

PIURA

CAJAMARCA

LAMBAYEQUE

SAN MARTÍN

LA LIBERTAD

ANCASH HUANUCO UCAYALI PASCO

TSMP del Norte sede: Chiclayo TSMP del Oriente sede: Iquitos TSMP del Centro Salas 1 y 2 sede: Lima TSMP del Sur sede: Arequipa TSMP del Sur Oriente sede: Cusco

LIMA

JUNIN MADRE DE DIOS

HUANCAVELICA

CUSCO

APURIMAC ICA

AYACUCHO

PUNO

AREQUIPA MOQUEGUA TACNA


INSTALACIÓN DE TRIBUNALES Y FISCALÍAS


FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Gestión integr optimización d Implementaci

REESTRUCTURACIÓN Y UNIFICACIÓN Una nueva estructura unificada, con eficiencia administrativa y jurisdiccional La nueva estructura del Fuero Militar Policial tiene un enfoque de eficiencia, con autonomía y ahorro de recursos por la suma de capacidades que implica el integrar en uno solo a los cuerpos jurídicos del Ejército, La Marina de Guerra, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional. Todo esto traerá como resultado una óptima administración de justicia especializada y por consiguiente impulsará estándares superiores de disciplina y valores en las Fuerzas Armadas y PNP.

Oficiales de todas las armas presiden e integran el nuevo sistema

INFRAESTRUCTURA Gestión de recursos y bienes para la implementación y construcción de las nuevas sedes integradas El Fuero Militar Policial gana el respeto y se hace escuchar en las sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. por primera vez a un representante de la Justicia Militar peruana le es permitido tomar la palabra. El equipo de defensa del Fuero Militar Policial encabezado por el Sr. Contralmirante Carlos Enrique Mesa Angosto acude hasta en tres oportunidades a dicho foro para responder con argumentos jurídicos a sucesivas demandas de organismos como IDL y APRODEH. Los miembros de la Comisión tuvieron palabras de reconocimiento y aceptación de los argumentos presentados.


ral de modernización, reestructuración organizativa y de recursos humanos y materiales. ión del nuevo modelo jurisdiccional

TSMP del NORTE

FOR

TALE CIDO

ANALISIS COMPARATIVO

La Libertad, Lambayeque Piura, Tumbes Cajamarca, Amazonas

sede: Chiclayo

Iquitos

ANTERIOR MODELO

NUEVO MODELO

TRIBUNALES SUPERIORES

12

05

FISCALIAS SUPERIORES

12

06

JUZGADOS

82

29

FISCALIAS

34

29

TSMP del Oriente Loreto, San Martín Ucayali

Chiclayo

sede: Iquitos TSMP del Centro Salas 1 y 2 Lima, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Ica, Huancavelica, Ayacucho

sede: Lima Lima

TSMP del Sur Oriente Apurimac, Cusco Madre de Dios, Puno

sede: Cusco

Cusco

TSMP del Sur Arequipa, Tacna Moquegua

Arequipa

sede: Arequipa

HUÁNUCO

CHICLAYO


RECONOCIMIENTOS

Florianópolis, Brasil, noviembre 2010 Collar del Mérito Judicial de las Justicia Militares Estatales

“Recibo esta condecoración con profunda gratitud, como un reconocimiento a la justicia militar policial peruana que ha batallado incansablemente por su permanencia, para honrar su sagrada misión de administrar justicia”.


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