Fuero Militar Policial
FIRMES Y FORTALECIDOS Alcances de la nueva Justicia Militar Policial
FUERO MILITAR POLICIAL
FOR
una DECADA BAJO FUEGO
TALE CIDO
Entre los añ la Justicia Mos 2000 y 2009 enfrentó el ilitar Policial d supervivenc esafío de su ia institucio nal. Producto de la acción implacable de organizaciones con claro sesgo político e ideológico el Tribunal Constitucional emitió 7 sentencias contra los estatutos de este organismo.
Y para cerrar el círculo de venganza, se presentaron varias denuncias cuestionando sus normas, sus fallos y su propia existencia, ante el Sistema Interamericano de DD.HH.
El Fuero Militar Policial quedó al borde de la extinción, con sus leyes y código mutilados, sin competencias para cumplir su misión. * Entonces Consejo Supremo de Justicia Militar.
Todas las constituciones que ha tenido el Perú han conservado el mandato de la Justicia Militar, por ello es incomprensible que ciertas organizaciones de DD.HH. pretendan su eliminación.
El Fuero Militar Policial constituye una jurisdicción excepcional e independiente, que tiene como misión el juzgamiento de los delitos de función en los que incurra el personal militar y policial en situación de actividad, con arreglo al Código Penal Militar Policial, el cual constituye un medio protector y de cumplimiento de los fines constitucionales de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, que contribuye al mantenimiento del orden y la disciplina en sus cuadros.
Tras superar una larga etapa de cuestionamientos y habiendo demostrado la constitucionalidad de su estatuto, el Fuero Militar Policial trabaja con renovada firmeza e implementa un proceso de reformas y modernización en todos los ámbitosde su actividad a fin de fortalecer su rol de guardian del orden y la disciplina.
FUERO MILITAR POLICIAL
LA BATALLA POR EL FUERO
DICIEMBRE 2009 Conforme a ley, se instala el Tribunal Supremo Militar Policial y asume el cargo de Presidente el Sr. Contralmirante Carlos Enrique Mesa Angosto. También se constituye la Fiscalía Suprema del Fuero Militar Policial.
Se fijan los objetivos: Recuperar y fortalecer la institucionalidad, la jurisdicción y la imagen del Fuero.
ESTRATEGIA Y ACCIÓN
Defensa estratégica e impulso al de la Justicia Militar Policial con Interamericano (CIDH-OEA) en W
AMBITO NACIONAL Defensa de la constitucionalidad del Fuero Militar Policial frente a demandas del IDL y CAL En esta vía se logra una resolución del Tribunal Constitucional (Sentencia Exp. Nº 00001-2009-PI/TC) que revierte todas las anteriores, que fueron adversas a la justicia militar, una decisión histórica que abrió las puertas al restablecimiento de facultades y mejorar la normativa del FMP a través de un nuevo Código Penal Militar Policial.
SISTEMA INTERAMERICANO Defensa y sustentación ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos - Washington, EE.UU. El Fuero Militar Policial gana el respeto y se hace escuchar en las sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. por primera vez a un representante de la Justicia Militar peruana le es permitido tomar la palabra. El equipo de defensa del Fuero Militar Policial encabezado por el Sr. Contralmirante Carlos Enrique Mesa Angosto acude hasta en tres oportunidades a dicho foro para responder con argumentos jurídicos a sucesivas demandas de organismos como IDL y APRODEH. Los miembros de la Comisión tuvieron palabras de reconocimiento y aceptación de los argumentos presentados.
l restablecimiento de la vigencia plena n acciones en el Perú y ante el Sistema Washington.
“Con la información recibida en esta audiencia (...)es mi opinión que se han observado significativos avances, que pueden ser ejemplares incluso referentes para otros países en América Latina.” Florentín Meléndez/ Comisionado CIDH
“Quisiera decir en primer lugar que es muy grato poder hablar de la justicia militar y no tener que hablar sobre la jurisdicción militar sobre los civiles, lo cual entiendo es un gran cambio.” Paolo Carozza / Comisionado CIDH
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TALE CIDO
CON LA RAZĂ“N Y LA LEY FĂŠrrea defensa ante el Tribunal Constitucional en audiencia del 24 de junio de 2009
EL NUEVO CÓDIGO PENAL MILITAR POLICIAL Y LEGISLACION OPTIMIZADA DEL FUERO MILITAR POLICIAL En un hecho histórico para la Justicia Militar Policial, se promulgan los Decretos Legislativos N°1094 y N°1096(nuevo Código Penal Militar Policial y Optimización de la ley de Organización y Funciones del FMP). Se inicia un plan de capacitación de jueces y fiscales militares policiales y se programa la implementación del nuevo código y leyes del FMP.
Nuevo enfoque del Delito de Función Una nueva definición del Delito de Función, al amparo de la nueva resolución del Tribunal Constitucional y con base en la jurisprudencia de la propia CIDH. restablece los alcances del Fuero Militar Policial y le permite recuperar su posición como juez natural para militares y policías.
El delito de función es toda conducta ilícita cometida por un militar o un policía en situación de actividad, en acto del servicio o con ocasión de él, y que atenta contra bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funciones de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional. Artículo II.- Delito de función Nuevo Código Penal Militar Policial
Tribunales Superiores Militares Policiales a Nivel Nacional
TUMBES
LORETO AMAZONAS
PIURA
CAJAMARCA
LAMBAYEQUE
SAN MARTÍN
LA LIBERTAD
ANCASH HUANUCO UCAYALI PASCO
TSMP del Norte sede: Chiclayo TSMP del Oriente sede: Iquitos TSMP del Centro Salas 1 y 2 sede: Lima TSMP del Sur sede: Arequipa TSMP del Sur Oriente sede: Cusco
LIMA
JUNIN MADRE DE DIOS
HUANCAVELICA
CUSCO
APURIMAC ICA
AYACUCHO
PUNO
AREQUIPA MOQUEGUA TACNA
INSTALACIÓN DE TRIBUNALES Y FISCALÍAS
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
Gestión integr optimización d Implementaci
REESTRUCTURACIÓN Y UNIFICACIÓN Una nueva estructura unificada, con eficiencia administrativa y jurisdiccional La nueva estructura del Fuero Militar Policial tiene un enfoque de eficiencia, con autonomía y ahorro de recursos por la suma de capacidades que implica el integrar en uno solo a los cuerpos jurídicos del Ejército, La Marina de Guerra, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional. Todo esto traerá como resultado una óptima administración de justicia especializada y por consiguiente impulsará estándares superiores de disciplina y valores en las Fuerzas Armadas y PNP.
Oficiales de todas las armas presiden e integran el nuevo sistema
INFRAESTRUCTURA Gestión de recursos y bienes para la implementación y construcción de las nuevas sedes integradas El Fuero Militar Policial gana el respeto y se hace escuchar en las sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. por primera vez a un representante de la Justicia Militar peruana le es permitido tomar la palabra. El equipo de defensa del Fuero Militar Policial encabezado por el Sr. Contralmirante Carlos Enrique Mesa Angosto acude hasta en tres oportunidades a dicho foro para responder con argumentos jurídicos a sucesivas demandas de organismos como IDL y APRODEH. Los miembros de la Comisión tuvieron palabras de reconocimiento y aceptación de los argumentos presentados.
ral de modernización, reestructuración organizativa y de recursos humanos y materiales. ión del nuevo modelo jurisdiccional
TSMP del NORTE
FOR
TALE CIDO
ANALISIS COMPARATIVO
La Libertad, Lambayeque Piura, Tumbes Cajamarca, Amazonas
sede: Chiclayo
Iquitos
ANTERIOR MODELO
NUEVO MODELO
TRIBUNALES SUPERIORES
12
05
FISCALIAS SUPERIORES
12
06
JUZGADOS
82
29
FISCALIAS
34
29
TSMP del Oriente Loreto, San Martín Ucayali
Chiclayo
sede: Iquitos TSMP del Centro Salas 1 y 2 Lima, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Ica, Huancavelica, Ayacucho
sede: Lima Lima
TSMP del Sur Oriente Apurimac, Cusco Madre de Dios, Puno
sede: Cusco
Cusco
TSMP del Sur Arequipa, Tacna Moquegua
Arequipa
sede: Arequipa
HUÁNUCO
CHICLAYO
RECONOCIMIENTOS
Florianópolis, Brasil, noviembre 2010 Collar del Mérito Judicial de las Justicia Militares Estatales
“Recibo esta condecoración con profunda gratitud, como un reconocimiento a la justicia militar policial peruana que ha batallado incansablemente por su permanencia, para honrar su sagrada misión de administrar justicia”.