Universidad de Ibagué Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
Apuntes para el desarrollo regional
Jaime Eduardo Reyes Martínez Editor Académico
2011
Notas Universitarias Apuntes para el desarrollo regional Facultad de Ciencias Económicas y administrativas Universidad de Ibagué Ibagué, Colombia. Junio de 2011
ISSN 2216-0302
Rector Alfonso Reyes Alvarado Vicerrectora Nidia Chaparro Cuervo Decano Jaime Eduardo Reyes Martínez
© Universidad de Ibagué, 2011 © Samuel Azout, Sergio Cifuentes, Luis Eduardo Colmenares, Ana Milena Lizarazo, Samuel Alberto Mantilla, Felipe Rincón, 2011 Diagramación y diseño: Oficina de Publicaciones Universidad de Ibagué Dirección editorial: Oficina de publicaciones Universidad de Ibagué Calle 67, Carrera 22. Tel. (57 8) 2709400 Ibagué -Tolima, Colombia. www.unibague.edu.co publicaciones@unibague.edu.co Esta obra no puede reproducirse sin la autorización expresa y por escrito de la Universidad de Ibagué
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Tabla de Contenido
Presentación Una visión global a la reforma financiera Sergio Cifuentes Reforma financiera. Del leasing y las microfinanzas Ana Milena Lizarazo Reforma financiera: Deberes de información y asesoría. Felipe Rincón Prosperidad Social: Contexto y Justificación Samuel Azout Contaduría Pública: Adopción de estándares internacionales Samuel Alberto Mantilla Plan de trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública para la adopción de estándares internacionales Luis Eduardo Colmenares
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Presentación La presente publicación Apuntes para el Desarrollo Regional tiene como propósito brindarle a la comunidad académica del Tolima y a todas aquellas personas interesadas en el desarrollo económico y social del Departamento, información pertinente y actualizada sobre los diferentes temas que se relacionan con el desarrollo regional. Fortalecemos, así, la misión de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de “formar profesionales íntegros, conocedores de la problemática económica y social de la región y del país, con los conocimientos científicos, técnicos y humanos suficientes para un desempeño excelente de la profesión”. Los artículos y ensayos que esta publicación tratará en sus diferentes números son el resultado de diferentes actividades académicas, de docencia, investigación y extensión de profesores de la Facultad, de conferencistas invitados a seminarios y foros, y de expertos en asuntos relacionados con el liderazgo empresarial, procesos de desarrollo local y regional, y de temas de actualidad en el campo de la economía y la gerencia. En este primer número se ha realizado una selección de algunas de las conferencias ofrecidas por los programas de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas durante el semestre B de 2010 con motivo de la celebración de los treinta años de la fundación de la Universidad de Ibagué. El lector podrá enterarse de temas de actualidad como lo son la reforma financiera, la prosperidad democrática, algunos casos exitosos de mercadeo y estándares internacionales en la contaduría pública. La decanatura agradece a los directores de Programas por su gestión para el exito de las actividades realizadas. Son ellos Álvaro Vásquez, Mónica Calderón, Gustavo Garzón y Jairo Trilleros. Reconocemos también el apoyo de los profesores Gabriel Guzmán, Franklin Torres, Jairo Trilleros y Luis Carlos Esquivel, quienes nos apoyaron en la lectura final de las conferencias.
Jaime Eduardo Reyes Martínez Decano
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Reforma financiera. Del leasing y las microfinanzas Ana Milena Lizarazo1 En esta conferencia nos referiremos a los Títulos III2 y IV3 de la Ley 1328, de la Reforma Financiera que tratan sobre la estructura del sistema financiero, en lo concerniente al leasing, y a la promoción de las microfinanzas, dos temas que tienen que ver directamente con el negocio bancario. El leasing, como alternativa de bancarización, se constituye en un producto de financiamiento menos costoso que las líneas de crédito tradicionales, al que entendemos como un contrato de arrendamiento suscrito entre una entidad de financiamiento y un arrendatario, quien paga un canon según la modalidad. l Al vencimiento de la operación, el arrendatario decide si se queda o no con el bien, objeto del arrendamiento. Existen, en el país, diversas modalidades de leasing, como las siguientes: De infraestructura, mediante el cual, el banco provee al constructor de una obra de infraestructura, el equipo necesario para realizarla; al final de la misma, él tiene a bien si devuelve o no el equipo.
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Asociación Bancaria Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título III. De la estructura de los servicios financieros. 3 Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título IV. De la promoción de las microfinanzas. 2
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De importación-El banco provee al importador de equipos industriales que no se produzcan en el país, los recursos necesarios para su importación y los costos que de ella se deriven. De contratos de leasing financieros, en los que el banco proporciona el capital de trabajo al ejecutor de proyectos de infraestructura, en la modalidad de arrendamiento operático. Al respecto, mediante el Art. 26, del Título III4, el Gobierno autoriza este tipo de operaciones a los establecimientos bancarios; y, específicamente con la adición del numeral o5 al Art. 7, del Capítulo II del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, trabaja los aspectos relacionados con la estructura del leasing, en el que se establecen los lineamientos para que los bancos tengan la posibilidad de incluir en sus estructuras de costos y financieros, el servicio de leasing y su consecuente enfrentamiento financiero, sin opción de compra. Tal situación, permite que el leasing tenga mayor cobertura y flexibilidad en el fondeo de su actividad, viabiliza un mayor apalancamiento, amplía el espectro de las fuentes de financiamiento y, en razón de que se soporta en el patrimonio técnico de los bancos, asegura una mayor fortaleza en el respaldo de las transacciones financieras que realicen los grupos económicos6. Ahora, antes de la Reforma Financiera, si bien el leasing presentaba una fortaleza estructural, para el fondeo de su actividad, sólo captaba recursos, tipo CDT7; después de la misma, con su absorción por parte de los bancos, su estructura 4
Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título III. Artículo 26. Nuevas operaciones autorizadas a los establecimientos bancarios. 5 Decreto 663 de 1993. Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Parte I. Descripción básica de las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria. Capítulo 2. Establecimientos bancarios. Artículo 7. Operaciones. Numeral o: adicionado por la Ley 1328 de julio 15 de 2009. 6 En Colombia, un grupo económico está conformado por un banco, una entidad de leasing, una sociedad comisionista de valores, una fiduciaria y las entidades empresariales. 7 Certificado de Depósito a Término.
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se fortalece y ayuda a reducir los costos financieros de operación – fondeo, contabilidad, tesorería -, situaciones que permiten asegurar la eficiencia de su ejercicio, como producto de financiamiento. Tanto es así, que su participación en el mercado bancario ha pasado del 7% en el 2007, al 20% en el 2010. Adicionalmente, ofrece otras ventajas como: 1) Ser menos costoso que un crédito normal – hipotecario, bancario -. 2) Permite la financiación de los gastos asociados con el tema financiado: gastos de viaje, seguros de equipos, gastos de importación, entre otros. 3) Por ser arrendamiento, es deducible de la base del impuesto de renta. 4) En las importaciones de maquinaria industrial que no se produzca en el país, hay exención del impuesto de valor agregado, IVA. 3) Facilita la accesibilidad de las PYMES a la financiación de sus proyectos, sin que medie un capital inicial trabajo. De otra parte, el Título IV8, de la Ley de Reforma Financiera, en sus artículos 36 a 39, se refiere a la promoción de las microfinanzas, y en los que trabaja cuatro aspectos, a saber: El primero autoriza a las cooperativas de ahorro y crédito para que puedan prestar servicios de microfinanzas a personas jurídicas que no se encuentren asociadas ellas. El segundo se refiere a la consolidación de las cooperativas financieras. El tercero, establece los parámetros de las líneas de descuento para microcréditos. Y, el cuarto versa sobre la destinación parcial de los recursos del Fondo de Reserva, para la estabilización de cartera hipotecaria. Estos aspectos se constituyen en un tímido avance que ha adelantado el Gobierno, en el terreno de la bancarización; esto es, propiciar el acceso a los servicios bancarios, por parte de un sector más amplio de la población. De hecho, ya el mercado potencial cautivo de usuarios de los servicios bancarios, se ha extendido, en razón que mediante los corresponsales no bancarios, quienes son los 8
Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título IV. De la promoción de las microfinanzas. Art. 36. Cooperativas de Ahorro y Crédito. Art. 37 Cooperativas Financieras. Art. 38. Líneas de redescuento para microcréditos. Art. 39. Destinación parcial de los recursos del Fondo de Reserva para la estabilización de la cartera hipotecaria.
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representantes de las entidades financieras en municipios, bien sean remotos o de alta vulnerabilidad en el país, un mayor porcentaje de la población pueda acceder al portafolio de servicios del sector bancario. Esta política de bancarización que implementa el Gobierno, a través de Banca de Oportunidades, entidad gubernamental que promueve el acceso al crédito y a los diversos servicios financieros a las familias de escasos recursos económicos, que de otra manera no podrían acceder a las instituciones bancarias, está soportada, entre otras, por las entidades financieras. Resaltamos como productos que, desde el 2006, han crecido con la implementación de esta política, los siguientes: cuentas de ahorro, créditos de consumo y tarjetas de crédito. Ahora bien, cuando afirmamos que, en relación con el tema de las microfinanzas, el avance del Gobierno ha sido tímido, lo hacemos, en términos del gran obstáculo para la inclusión financiera: la tasa de usura, la que se define como el tope máximo de interés que se puede cobrar por un crédito; ya que la usura es aquella tasa de interés que se cobra por un crédito que excede en 50%, la tasa de interés corriente vigente, en el momento de la causación. No obstante, nos es posible afirmar que, a pesar de ser un obstáculo para la bancarización, la tasa de usura se constituye, por sí misma, en un control de precios, una especie de protección del consumidor. Sin embargo, como las microfinanzas están dirigidas a un mercado de alto riesgo, es susceptible de que la tasa de usura pueda restringir la competencia, pues al disminuir o afectar la rentabilidad de una operación crediticia, la entidad financiera que ofrece el producto, podría dejar de ofrecerlo. De hecho, podría distorsionar la financiación de créditos, reducir la oferta para el consumidor, además de reducir las probabilidades de financiamiento para la pequeña y mediana empresa. Otro de los obstáculos para el adecuado posicionamiento de la bancarización que consideramos importante mencionar, es el gravamen a los movimientos financieros, más conocido como el 4xmil, impuesto de emergencia, sobre las 10
transacciones financieras, creado por el Gobierno, a raíz de la crisis que se presentó hace algunos años en el sector financiero, según el cual, por cada transacción, salvo que esté sujeta a las exenciones descritas en el Estatuto Tributario, el Gobierno, recibe $4.oo por cada $1.000.oo. Si bien hacemos claridad que las instituciones financieras son simplemente recaudadoras, este tributo de emergencia ha afectado el ejercicio de la intermediación financiera, pues como reduce la rentabilidad de las inversiones, los posibles inversionistas prefieren no invertir en productos financieros, como nos lo demuestra, la curva decreciente de las cuentas corrientes. En fin, estos y otros obstáculos que no hemos mencionado en esta ocasión hacen que la consolidación de la Reforma Financiera avance muy lentamente. Al respecto, consideramos que su fortalecimiento debe ir, necesariamente, soportada en el Estatuto de Protección al Consumidor. En efecto, el Título I 9, de la Ley de Reforma Financiera, contempla aspectos como: la educación financiera, la mayor información, la integralidad de la información, los principios orientadores, cuya apropiación y uso racional conduciría a elevar los estándares de calidad en la gestión, relacionados con la protección del consumidor financiero. Sólo así, con una estructura financiera sólida, con unos productos como el leasing y las microfinanzas asertivas y equitativas, se podría llegar a una bancarización justa y efectiva para un amplio sector de la población colombiana.
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Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título IV. De la promoción de las microfinanzas. Art. 36. Cooperativas de Ahorro y Crédito. Art. 37 Cooperativas Financieras. Art. 38. Líneas de redescuento para microcréditos. Art. 39. Destinación parcial de los recursos del Fondo de Reserva para la estabilización de la cartera hipotecaria.
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Reforma financiera: Deberes de información y asesoría. Actividad Financiera Felipe Rincón
En esta conferencia nos referiremos a dos temas que consideramos relevantes: El primero, se refiere al deber de información y asesoría, aplicado a los consumidores financieros. El segundo, sobre la actividad financiera: qué es y en qué consiste el mercado de valores. Cuando hablamos de la información y la asesoría en el sector, cabe preguntarnos ¿qué implica eso en la práctica? Para responder tal interrogante, invocamos a aspectos que en la Reforma Financiera ha trabajado el Gobierno, en relación la protección de los consumidores financieros. Al efecto, creemos como un gran aporte de la regulación, un logro de la Reforma Financiera, es la ampliación de la cobertura para los sujetos de protección. Es decir, ¿a quiénes queremos proteger con la categoría de consumidor financiero? Al cliente, al cliente potencial y al usuario. El cliente es quien mantiene una relación contractual con la entidad: cuenta corriente, cuenta de ahorros, CDT, seguro, inversión en un fondo. El cliente potenciales la persona que, susceptible de convertirse en cliente, se constituye en el 13
receptor de la publicidad, la información sobre los productos de las entidades y que podría tomar decisiones de inclusión, de acuerdo con tales insumos informativos. Por último, el usuario es la persona que utiliza los servicios de la entidad sin ser necesariamente cliente. La regulación actual enfatiza en la importancia del manejo de la información brindada a los consumidores, tal y como se explicita en el numeral c 1
del Art, 3, del Título I, la que debe ser cierta, precisa, veraz, completa, suficiente,
oportuna, y adecuada para el tipo de decisiones que podría tomar el consumidor. De otra parte, en el gobierno colombiano se ha esforzado en regular y establecer los topes a las tarifas, como la tasa de usura; sin embargo, a pesar de la Ley de Reforma Financiera, no existe aún, claridad al respecto, pues nos movemos en un país, que aplica una economía de mercado. De hecho, una economía de mercado significa que el comportamiento de los productos, sean bienes o servicios obedece al libre juego de fuerzas de oferta y demanda. De modo que, son las leyes de la oferta y de la demanda, las que posibilitan la existencia de incentivos para que los empresarios produzcan y obtengan utilidades al ofertar sus productos. El precio de tales productos, depende de la radiación de la demanda, de la sana competencia, y de la intervención estatal para proteger los intereses del consumidor. Por eso, de hecho, regula intensamente el sector financiero. No obstante lo anterior, para garantizar la simetría en la información, ni el Gobierno ni el sector financiero están solos, porque el otro protagonista del mercado financiero es el consumidor, quien debe informarse de manera adecuada para que pueda diferenciar entre los tipos de productos que le están vendiendo y pueda escoger, racionalmente, cuál es el que le conviene más que otro. Por tanto, el tema de la información más que un asunto de buenas intenciones, es un elemento
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Ley 1328 de 2009. Ley de la Reforma Financiera. Título I. Del Régimen Protección al Consumidor Financiero. Capítulo I. Aspectos Generales. Artículo 3. Principios. Numeral c. Transparencia e información suficiente y oportuna.
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primordial y fundamental en la interacción entre entidades financieras y consumidores, tal como nos lo recuerda el Art. 62 del Título I, de la Ley de Reforma Financiera, ya que es crucial que los consumidores financieros (clientes, clientes potenciales y usuarios) desarrollen prácticas de protección propia que les permita, por sí mismos, cerciorarse de la idoneidad de la entidad financiera e informarse adecuadamente de los productos o servicios que piensa consumir; en fin, de los insumos de información necesarios para salvaguardar sus inversiones. En otras palabras, el Estado protege a los consumidores, pero no a quienes no quieren. Es decir, los consumidores deben informarse adecuadamente, para prevenir el riesgo moral3, uno de los más graves de la industria financiera. En la actualidad, el sector financiero está trabajando en la consolidación del sistema de atención al consumidor financiero, SAC, ya que es orden del Gobierno de que las entidades deben tenerlo implementado a finales del 2010, según consta en el Título I4 de la Ley de Reforma Financiera, entre cuyos mecanismos se espera, exista la figura de defensoría del consumidor financiero, que obre de manera independiente para asegurar la eficacia de la protección al consumidor. Adicionalmente, existen otros deberes de información, establecidos como principios de acción, por parte de los organismos de autorregulación, como es el de Agentes de Mercado de Valores, AMV,
mediante los cuales la entidad financiera debe asegurarse de la información
que brinda al consumidor es comprendida en su totalidad: características del producto ofrecido, riesgo, rentabilidad, etc.
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Ley 1328 de 2009. Ley de la Reforma Financiera. Título I. Del Régimen Protección al Consumidor Financiero. Capítulo II. Derechos y Obligaciones. Artículo 6. Prácticas de protección propia por parte de los consumidores financieros. 3 Riesgo moral, es una expresión inglesa, moral hazard, que como fenómeno, se presenta cuando la desinformación y las condiciones del entorno conducen a que las partes que interactúan en una transacción financiera lleguen a modificar los comportamientos y compromisos acordados. Concepto consultado en: Milgrom, PR y Robert, J. Economía, organización y gestión de la Empresa. 1993. revecap.com. Consulta 2011. 4 Ley 1328 de 2009. Ley de la Reforma Financiera. Título I. Del Régimen Protección al Consumidor Financiero. Capítulo III. Sistema de Atención al Consumidor Financiero.
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Por ello, el decreto único y vigente que trata sobre la regulación financiera y de valores, es el Decreto 3139 de 2006. Este mismo, enfatiza en la importancia de la asesoría, especialmente para con los productos de inversión: compra de acciones, compra de títulos de renta fija fondos de pensiones voluntarias. En efecto, es tan compleja esta asesoría que sólo los agentes certificados pueden brindarla, pues solo ellos están capacitados profesionalmente para, desde su conocimiento del mercado, orientar al posible inversionista de acuerdo con su capital para invertir, el perfil de riesgo que presenta (conservador, moderado, agresivo), el tipo de producto, la edad, sus responsabilidades familiares, el ingreso real del que dispone, su patrimonio y su horizonte de inversión, entre otros factores. A estas alturas del discurso creemos pertinente abordar el segundo tema planteado: la actividad financiera, qué es y en qué consiste el mercado de valores. En primera instancia, definimos la actividad financiera como el conjunto de operaciones que permiten las transacciones de unos recursos financieros entre un oferente (banco, entidad financiera) y un demandante (el consumidor financiero). En otras palabras, es la intermediación financiera, propiamente dicha y se fundamenta en la captación de recursos. Ahora, como con respecto de tal actividad, aún existen tantas imprecisiones, el Gobierno, la ha trabajado bastante. Es así que desde finales de los años 80, ha expedido varias leyes (45/90, 9/91, 35/93, 100/93, 1328/09) y el Decreto 2349 que enuncian, modifican y consolidan a la actividad financiera. De tal manera que, en la actualidad, en Colombia, para ejercerla, es indispensable contar con el permiso estatal, someterse a las entidades gubernamentales de vigilancia. Cuando la captación de recursos, está representado, de modo simplificado, en valores, hablamos entonces de mercado de valores. Es decir, el mercado de valores es un conjunto de actividades financieras, cuya captación y contraprestación está representado por un documento valor: acciones, dividendos. En relación con el mercado de valores, el comercio transfronterizo, las emergencias económicas y los períodos de crisis financiera nacional e internacional, el Gobierno se manifiesta al 16
respecto, con la 1328 Ley de Reforma Financiera, en su totalidad y, específicamente en los Títulos VII5y VIII6. Adicionalmente, observamos que la crisis financiera internacional ha cambiado el paradigma de lo que es la autorregulación financiera en el mundo, y, particularmente la crisis de captación en Colombia, con la presencia de entidades ilegales como DMG, ha llevado a quienes estamos en el sector a la redefinición, tanto de la actividad financiera como del mercado de valores en el país y, su indispensable autorregulación. En conclusión, en el sector financiero
es crucial el que exista una
realimentación permanente entre los actores (entidades financieras y consumidores) que desarrollan la actividad, siempre bajo el marco de regulación y vigilancia establecido por el Gobierno.
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Ley 1328 de 2009. Ley de la Reforma Financiera. Título VII. De la liberación comercial en materia de Servicios Financieros. 6 Ley 1328 de 2009. Ley de la Reforma Financiera. Título VIII. De la Superintendencia Financiera de Colombia.
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Una visión global a la reforma financiera Sergio Cifuentes1
Hablaremos sobre cuatro aspectos que atañen a la Ley 1328, Ley de la Reforma Financiera: El primero, trata sobre los antecedentes y fundamentos de la Reforma Financiera. El segundo versa sobre consideraciones en relación con algunos artículos de la Norma. El tercero, trata acerca de los mercados y su evolución en los últimos cinco años. Y el cuarto, relacionado con algunos comentarios finales frente a la ley.
1. Antecedentes y fundamentos de la Reforma Financiera La Ley de Reforma Financiera es una reforma que se caracteriza por ser completamente distinta a las que se han dado en los últimos años, pues no pretende responder a momentos de crisis, sino que, a partir de los estudios que para el efecto, el Gobierno, acompañado del Banco Mundial, vienen realizando, desde el año 2006, mediantes los cuales se realizó una lectura de la estructura del sistema financiero colombiano, con base en los interrogantes ¿qué se debería mejorar?, ¿cuáles serían los puntos críticos que se deberían tocar? Para trabajar en la reestructuración, el 2006 era apropiado, pues el país vivía un proceso de crecimiento económico constante, no sólo a nivel mundial, sino también a nivel interno. En materia económica, teníamos un sistema financiero 1
Asociación de fiduciarias
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estable, lo cual les daba a los interlocutores las garantías para poder trabajar tranquilamente, frente a cualquier cambio en regulación que se pudiese dar. Sin embargo, aparece en el horizonte económico, la crisis financiera internacional. Tal situación, provocó un aceleramiento en el proceso de reestructuración. Sin embargo, ha sido trabajada concienzudamente y se sigue trabajando a partir de la misma, tanto, por parte de las autoridades como de las entidades reguladas, en procura de lograr ajustar la regulación y la normatividad del sistema financiero del país con los estándares internacionales, además de responder a las necesidades de la Nación. Entonces, el Gobierno le dio vía libre a la Reforma Financiera del país, por lo que los analistas se centraron en: 1) La revisión de la normatividad vigente hasta el 2005 y 2006 2) La fusión de lo que era la Superintendencia de Valores y la Superintendencia Bancaria, en lo que es ahora la Superintendencia Financiera de Colombia. 3) Lo adelantado en la autorregulación del mercado de valores, en relación con el tema del régimen de insolvencia, Ley 1116, norma que permitió aclarar muchos puntos de lo que eran las empresas que estaban entrando en liquidación forzosa; la Ley estatutaria del Habeas Data; la normatividad de la cámara de riesgos central de contraparte que era un tema que le brindaba seguridad a las entidades del sector
financiero; la normatividad en el tema del mercado de
derivados, las normas de negociación y registro, en los mercados transaccionales y de registro. En conformidad con tales antecedentes, la Reforma Financiera se soporta en tres pilares fundamentales que son: El primero, mejorar el acceso al crédito de todas las personas; el segundo pilar, la profundización bancaria; y el tercero, el ajuste de las estructuras del sistema financiero, teniendo en cuenta dos aspectos novedosos pero no, por ello, menos importantes: la crisis internacional y la protección al consumidor financiero. Cuando se presenta la Reforma Financiera al Congreso, contempla los siguientes temas: la Superintendencia Financiera, como resultado de la fusión de la Superintendencia de Valores y la Superintendencia Bancaria, hecho crucial, para 20
brindarle mayor fortaleza a este organismo de control y supervisión. Los temas de tasas de interés y los temas de los acreedores. Luego, del Congreso sale con las siguientes modificaciones: Aparece un título nuevo que es la protección al consumidor financiero. El tema de la Superintendencia Financiera se reduce a su mínima expresión. Los temas de tasas de interés y de acreedores no se incluyen. Gana preponderancia el tema que tiene que ver con los multifondos, lo que se constituye en uno de los grandes momentos de la Reforma, específicamente, lo relacionado con lo pensional y de cesantías. Los Títulos, en los cuales queda articulada la Reforma Financiera son, en su orden: Título I. Del régimen de protección al consumidor financiero. Título II. De las facultades de intervención del Gobierno Nacional. Título III. De la estructura del sistema financiero. Título IV. De la promoción de las microfinanzas. Título V. Del fondo de garantías de las instituciones financieras. Título VI. Del régimen financiero de los fondos de pensión obligatoria y cesantía. Título VII. De la liberación comercial en materia de servicios financieros. Título VIII. De la Superintendencia Financiera de Colombia. Título IX. Otras disposiciones.
2. Consideraciones en relación con algunos artículos de la Norma En el segundo aspecto presentamos las siguientes consideraciones puntuales que tienen que ver con algunos artículos de la Ley de Reforma Financiera, y son: Primera. Está referida al numeral f., del Art. 22 de la Ley de Reforma Financiera, y dada en relación con lo que se conoce como el Estatuto del 2
Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título I. Del Régimen de Protección al Consumidor Financiero. Capítulo I. Aspectos Generales. Artículo 2. Definiciones. Numeral f. Contratos de adhesión.
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Consumidor Financiero, el que pretende regular el ejercicio de la intermediación financiera, en términos de protección al consumidor. En este sentido, la Ley establece que los productos financieros, manejados en forma masiva, sean conocidos en su integridad por los usuarios o potenciales usuarios. Sinembargo, en lo concerniente a los contratos de adhesión, que son aquellos elaborados unilateralmente por la entidad financiera, limitándose el usuario a aceptarlo o rechazarlo en toda su integridad, sin participación alguna, creemos que el consumidor está en una situación de desventaja frente a la entidad, pues es susceptible de que se le vulnere el derecho del principio de transparencia e información, con respecto del negocio pactado y haya lugar a cláusulas abusivas3, prohibidas, por la Ley de Reforma Financiera.
Segunda. Tiene que ver con el capital mínimo de las sociedades administradoras de inversión, SAIS. Al respecto, entendemos que el capital mínimo de las entidades está regulado por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; no obstante, nos causa curiosidad que en el Art. 274 de la Ley de Reforma Financiera, reglamente que el capital mínimo de inversión para tales entidades, sea establecido por el Gobierno y esté en cabeza de la Superintendencia Financiera su definición, pues nos parece que si la naturaleza de las entidades de intermediación financiera es la misma, todas, independientemente de su clasificación, dentro del sector, deberían regirse por una normatividad común. Además, entendemos que las firmas comisionistas de bolsa no están catalogadas como entidades de servicios financieros y no corresponden a ninguna tipología, dentro de la clasificación
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Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título I. Del Régimen de Protección al Consumidor Financiero. Capítulo V. Cláusulas y prácticas abusivas. Artículo 11. Prohibición de utilización de cláusulas abusivas en los contratos. 4 Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título III. De la Estructura del Sistema Financiero. Artículo 27. Régimen patrimonial de las sociedades administradoras de inversión.
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que se da dentro del Estatuto Orgánico a las entidades que operan en el mercado. También es curioso el tratamiento dado al ICETEX, pues según lo consignado en el Art. 315 se le da la posibilidad de emitir y colocar títulos nominativos, conocidos como TAES6, administrados esos recursos, por entidades fiduciarias. Tercera. Tiene que ver con el Art. 337, en el que el Gobierno autoriza que los recursos destinados a la promoción de comercio exterior, puedan ser transferidos, a través de Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, al patrimonio autónomo de PROEXPORT y administrados por entidades fiduciarias. No entendemos esa doble vuelta. Cuarta. Atañe a lo establecido en el Título IV8 de la Ley de Reforma Financiera, las microfinanzas. Al respecto, pensamos que para que sea viable lo reglamentado por la Norma, es necesario de dotar de liquidez o de mecanismos de liquidez a instrumentos que hoy día no cuentan con ellos. No obstante desde que fue promulgada, la Nación trabaja en ello. Por ejemplo, el FRECH,
o fondo de recursos para la cartera hipotecaria.
Quinta. Corresponde a las eliminaciones, pues con la Reforma, el Gobierno modificó algunas disposiciones que, por obsoletas, eran un obstáculo para la adecuada actividad financiera. Entre ellas, evocamos la modificación a la Ley 45 de 1990, en lo relacionado con la eliminación del depósito de garantía, 5
Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título III. De la Estructura del Sistema Financiero. Artículo 31. 6 TAE: Título de Ahorro Educativo. 7 Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título III. De la Estructura del Sistema Financiero. Artículo 33. 8 Ley 1328 de 15 de julio de 2009. Ley de Reforma Financiera. Título IV. De la Promoción de las Microfinanzas.
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entregado al momento de la constitución de una entidad fiduciaria, y la modificación del término de permanencia, de máximo de 20 años de los contratos fiduciarios. Tales eliminaciones le han prestado agilidad a la intermediación financiera. Sexta. Toca el tema de las adiciones, ya que con la Reforma se logró en materia de titularización, que se crearan las sociedades de servicios técnicos y administrativos para que realicen actividades de titularización de cartera hipotecaria, basadas en contratos de leasing y, también, en todo lo que fueran títulos o activos no hipotecarios; por ejemplo la Titularizadora de Colombia, emite lo que se conoce como los TICS, que son títulos subyacentes, referidos a la cartera hipotecaria.
Séptima. Está relacionada con lo pensional. A pesar de que con la Reforma y otras normatividades ulteriores, tal como los DEBS que forman parte de una norma que aún no está regulada por el Gobierno, cuyo objetivo, en borrador, es el de asegurar unos recursos mínimos de supervivencia, para aquellas personas que no tengan la posibilidad de tener un ahorro suficiente para poderse pensionar; creemos que debe seguir siendo
analizada con
detenimiento, pues de los contrario podría desincentivar, el desarrollo que se ha generado para los fondos de pensiones obligatorios y los fondos de pensiones voluntarios.
3. Los mercados y su evolución en los últimos cinco años Ahora vamos a hacer un ligero recorrido sobre el comportamiento de los mercados en los últimos cinco años. Para empezar, Colombia cuenta, hoy día, con la Superintendencia Financiera de Colombia, entidad que consolida el sistema autorregulador del mercado de valores, pues tenemos ahora un representante 24
importante para el sistema financiero, contamos con el marco regulatorio, el marco rector del mercado de valores, que es la Ley 964, la que compendia la normatividad a nivel del mercado. Se ha avanzado, también, en el tema del régimen de insolvencia, Ley 1116, norma que permite aclarar muchos de los aspectos que intervienen cuando las empresas entran en liquidación forzosa. Sumada al tema de insolvencia, la Ley 1266 de 2008, Ley estatutaria del Habeas Data, ya operando,
que trabaja temas
relacionados con centrales de riesgos y la seguridad para las entidades del sector financiero. En lo que respecta al sector del mercado de derivados, el Gobierno y las entidades vigiladas trabajan en ello. En efecto este un negocio, instalado, desde ya en el futuro de los mercados financieros; por tanto, amerita un análisis de riesgo profundo, un conocimiento de los mercados muy amplio. Por fortuna ya contamos con las bases, en materia regulatoria, pues existen normas que hablan sobre el tema de negociación y registro en los mercados transaccionales, lo que permite posibilitar el acceso a los servicios financieros por parte de un sector más amplio de la población. En otras palabras, es el ejercicio en pleno de la bancarización (corresponsalía no bancaria, por ejemplo) y el crecimiento de la Banca de oportunidades. En el tema de proveer de información, el Gobierno ha revisado, modificado y expedido nuevas normas en materia de sistemas de administración de riesgos; posiblemente los que están estudiando hoy en día Administración Financiera, tendrán que hablar y escuchar de esos temas, términos de SAR, SAR EWING, SAR EMING, SARO, SARG
y demás denominaciones con las cuales han sido llamados los
sistemas generales de riesgo, por parte de la Superintendencia Financiera. Tal normatividad ha permitido avanzar en el desarrollo de una banca mucho más segura y blindada frente a terceros. De otra parte, la Reforma Financiera ha incidido en las reformas tributarias de 2008, 2009, como el incluir el tema de incentivos para 25
facilitar la gestión de algunas entidades gubernamentales y su interacción con las entidades de intermediación financiera. Tales son los casos como los negocios con el Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural, INCODER, y los incentivos forestales. El sector fiduciario, a partir de la Reforma Financiera, también se ha beneficiado, pues soportado con la normatividad ha incrementado sus activos de manera bastante notable, casi el 100%, en los últimos 5 años. De hecho, participa con un 32% en el mercado accionario del país, participación par a la de los fondos de pensiones, frente a la participación mucho menor de otras entidades de intermediación financiera. Además se consolidan los productos de fiducia como: de inversión, de garantía, de administración, de recursos de seguridad social de empresas y de entidades del Estado. Por ejemplo, algunas universidades manejan los pasivos pensionales de los docentes y del cuerpo directivo a través de fiducia.
4. Comentarios finales frente a la Ley A manera de conclusión, entendemos que la Reforma Financiera, se realizó en momento muy positivo para el desarrollo del mercado interno, y coyuntural para con la crisis financiera mundial. Tal acierto gubernamental, nos lleva a pensar que el Gobierno, seguirá ajustando, bien a través de una nueva reforma o a mediante ulteriores regulaciones, la normatividad que permita avanzar en la consolidación del mercado de capitales y el mercado de valores colombiano, acorde con las circunstancias actuales y reales. Incluso, existen otros temas en los que se realicen análisis detallados, como son los relacionados con las valoraciones del precio del mercado y la valoración de inversiones; esto debido a que, si bien están normatizadas, no ha entrado el primer proveedor de precios (play down) al país; por tanto, se presumen problemas dificultades acerca de cómo valorar títulos en un mercado ilíquido o en un mercado donde no tiene una rotación muy alta. Asimismo, existe un tema que guarda relación con el anterior y que tiene que ver con el acceso a mecanismos de liquidez, 26
susceptibles de constituirse en instrumentos generadores de liquidez, en tiempos de crisis. Bueno, en fin, hay que revisar las temáticas de carácter fiscal, pues aunque el Gobierno se ha manifestado sobre el gravamen a los movimientos financieros, GMF, el conocido 4xmil, y su posible, no tan cercano desmonte, sabemos que tal tributo no ha sido bueno para el mercado, ya que distorsiona la información en el tema de valoración, genera dificultades en las inversiones en el corto plazo, incide en la disminución en el universo de captación, entre otros efectos. Por último, las entidades de intermediación financiera, con el Gobierno y las entidades gubernamentales, estamos atentos a los cambios en la regulación a nivel internacional (USA) y a las recomendaciones del Grupo de Basilea; por ende, seguiremos trabajando para que el sistema financiero colombiano, esté a la altura de los mercados mundiales.
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Prosperidad Social: Contexto y Justificación Samuel Azout1
La Prosperidad Social, es una expresión conformada por un grupo de palabras muy exóticas, y no muy claras, que definitivamente tienen que ver con el desarrollo, con equidad económica e inclusión política. Los temas que se abordan están en el contexto de la problemática social en Colombia y de algunos de sus indicadores, como la pobreza, la desigualdad y los problemas existentes con el impulso y la promoción social en Colombia. De esta manera, se hace necesario explicar, por qué se requieren cargos como el de Alto Consejero; cuál es la misión central, los criterios y los grandes retos en materia social que tiene Colombia. El problema de la pobreza es muy grande y acompaña al ser humano desde su aparición hace aproximadamente 40.000 años. Fue durante los primeros 27.000 años, cazador y recolector; los últimos 13.000 años, período en el que nació la agricultura, se hizo sedentario. Hoy en día en el mundo hay más pobres que toda la población mundial de hace cien años. Más del 40% de la población del planeta vive con algo menos de US$2.oo al día, -que es un indicador de pobreza por ingresos-, 1
Samuel Azout es barranquillero, egresado de la Universidad de Harvard en los Estados Unidos. Cuenta con un Máster en Administración Pública. Es egresado también del programa Sea Management, con una experiencia laboral importante en Almacenes Vivero, en donde fuera Subgerente General durante ocho años, Presidente de Almacenes Vivero durante seis años, Presidente de Carulla Vivero S.A. Ha sido profesor de posgrados en Administración de Empresas en la Universidad del Norte y miembro principal de las Juntas Directivas del IFI, ETB, Asociación Tejido Humano, CISA, ECOPETROL, Almacenes Éxito, Bavaria Saab Miller, Aero República y Fundación Carulla, en donde fungió como Presidente de la Junta Directiva. En la actualidad, es el Consejero presidencial para la Prosperidad Social. 16 de septiembre de 2011.
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problema sin solucionar y que año tras año, empeora. Si bien es cierto que hay regiones que han sacado gente de la pobreza, en el año 2009 más de cien millones de personas engrosaron las filas de la pobreza en el mundo, convirtiéndose junto con la destrucción de nuestro medio ambiente, en los dos más grandes problemas que afronta la humanidad.
Pobreza multidimensional En la tabla de control para la medición de la pobreza que utiliza el Gobierno se encuentran los indicadores de pobreza por ingresos y por subsidios; se hace referencia a la pobreza multidimensional que es el último índice entregado por la Universidad de Oxford, y pueden ser considerados los indicadores más importantes por su enfoque multidimensional; de otro lado, están los indicadores de desigualdad, y el índice de oportunidades humanas, importante indicador, relativamente nuevo. Este es el tablero donde se va a medir, o al menos saber, cómo está la situación de pobreza y desigualdad en Colombia, lo cual constituye un gran avance, porque antes se encontraban diferentes enfoques en relación a cómo se medía la situación de pobreza en Colombia. Para hablar de ingreso autónomo en Colombia, debemos hacer referencia a más o menos unos cuarenta y cinco millones de habitantes, de los cuales veinte y medio millones de personas son pobres, lo que corresponde al 45.5% de la población y un 17% de este porcentaje, corresponde a población en pobreza extrema. Si el indicador Gini, que mide desigualdad fuera 1, toda la riqueza del mundo la tendría una sola persona. Por ejemplo, si Bill Gates fuera el dueño de toda la plata del mundo, el Gini sería 1, sin olvidar que la fortuna de Bill Gates es igual al PIB anual de 28 países juntos, lo que evidencia el grado de desigualdad existente en el mundo. En Colombia tuvimos un Gini
de .58 en el año 2008, a pesar de los vacíos
existentes en las estadísticas de algunos años en virtud a la homologación de la forma en que se hacía anteriormente el cálculo. No hay un indicador para esos años, 30
pero hoy en día se puede decir que Colombia tiene un Gini relativamente alto, lo que lo hace una sociedad desigual. La desigualdad no hay que mirarla solamente en forma aislada, porque en un país puede que no haya pobreza, pero sí desigualdad. Lo que se quiere es conducir a una sociedad menos desigual, y que a la vez que tenga un ingreso per cápita grande. De otra parte, se mide la pobreza con subsidios, en el año 2009 el Gobierno colombiano invirtió, algo así, como diecisiete billones de pesos en el 40% más pobre de la población. A través de los Programas Sociales del Gobierno, como los subsidios de salud, del régimen subsidiado, educación,
familias en acción,
prevención y protección en la niñez o el programa del adulto mayor, se logró que el porcentaje de la pobreza pasara de 46.8% a 32.4%. Esto quiere decir, que gracias al trabajo y la inversión que ha hecho el Gobierno, ya los pobres en Colombia no son veinte y medio millones sino catorce millones, lo cual tampoco es una cifra para estar orgullosos porque aún son demasiados, pero sin los subsidios, aún estaríamos en el 45%, La pregunta es: ¿no debieran esos dieciséis o diecisiete millones de pesos sumados a otras inversiones sociales del Gobierno, que superan cuatro veces más esa cifra, ser suficientes además de ser producto de inversiones sostenibles y de alto impacto, para poder reducir aún más esa brecha de pobres que hay en Colombia? Con subsidios el Gini mejora, pasa del .58 al .53, lo que demuestra claramente que éstos han ayudado a reducir los niveles de desigualdad, pero no se sabe si esos recursos están invertidos adecuadamente para justificarlos, o si pudieran implementarse de tal manera que mejoraran aún más esos penosos indicadores. La pobreza desnuda a una sociedad colombiana que presenta estos niveles de necesidades humanas y deja mal parado al país ante el planeta. Pero los colombianos son inteligentes y capaces de reducir esos niveles de pobreza. El índice multidimensional de pobreza de la Universidad de Oxford, mira las diferentes dimensiones de las necesidades humanas; si la población no cumple con 5 de 16 dimensiones, se considera pobre, y si deja de cumplir 8 se considera un pobre 31
extremo. Un ejemplo que ilustra claramente los indicadores de pobreza por ingresos, es la canasta familiar, cuyo valor es de US$2.25 al día y quienes no alcanzan a adquirirla, son considerados pobres; la extrema pobreza se estima en la imposibilidad de adquirir una canasta que vale US$1.15. En Colombia de acuerdo a este índice, en el 2003 teníamos el 43% de pobres y en el 2008,el 26%, o sea mientras que el otro índice hablaba del 43%, éste habla del 26%. No es que hayan dejado de ser pobres, sino que es una forma diferente de medir; son elementos, para muchos una técnica relevante y moderna, que arroja un número de pobres en Colombia del 26% de la población y en extrema pobreza del 7%. Este indicador es más favorable que los de ingresos vistos anteriormente. En el índice de oportunidades humanas, que es un índice de desigualdad, no de pobreza como es el Gini, Colombia registra que el 69% de los niños en Colombia tienen iguales oportunidades para acceder a educación y a servicios públicos básicos, indicador que nos favorece porque mira las dimensiones de la pobreza, pero hace ajustes por equidad, lo cual resulta más complejo de entender. Pero si se mira la desigualdad en el índice de oportunidades humanas, Colombia viene mejorando significativamente en los últimos años. La pobreza por ingreso autónomo da 45.5%, por subsidios da 30.4% y por el multidimensional de Oxford da el 26%; en desigualdad el Gini .58, en subsidios el 32% y en el índice de oportunidades humanas el 19%. Esa es la foto actual del país y se debe proyectar la medición para comprobar si en los próximos años, la sociedad y el Gobierno, liderando las diferentes políticas públicas, puede hacer una mejora considerable en estos indicadores.
Una mirada a la región Colombia debe pasar de ser un país de desarrollo medio a un país con unos elementos con el que entre a considerarse un país de mayor desarrollo, como ha 32
ocurrido en Chile y en Brasil. Se debe entonces mirar a las ciudades. En Ibagué, por ejemplo, el índice de pobreza antes del subsidio era del 31.6% de la población, o sea que de cada 10 personas que viven en Ibagué, 3 son pobres. Un índice mejor que el de Pereira (4 de 10); inclusive Ibagué en este rango, con todos sus problemas, registra mejores cifras que Cúcuta, Cartagena, Medellín, Pasto y Barranquilla, entre otras, pero peores que Bogotá, Bucaramanga y Villavicencio, donde Bucaramanga es una de las ciudades con menores niveles de pobreza, un 18%, incluso su índice de pobreza extrema está por debajo del 3%. Por lo tanto, es una de las ciudades colombianas que ha sido capaz de ir reduciendo sus niveles de pobreza. Ibagué registra un 7.2% de población de pobreza extrema menor que el de las otras ciudades a excepción, una vez más, de Bogotá, Villavicencio y Bucaramanga que tienen unas condiciones de vida en general, mejores que Ibagué, pero sin lugar a dudas mejora día tras día, por el esfuerzo y labor de personas y entidades. Lo anterior evidencia las desigualdades regionales; el Gini por área metropolitana indica que Manizales tiene casi un 12% de pobreza extrema, mientras que Bogotá tiene sólo un 4%, Ibagué, sin embargo, está en lo mejor de la tabla superando a ciudades con un PIB per cápita mayor como Medellín, Montería y Bogotá, de acuerdo a la citada medición. En cuanto a la Región Caribe, que representa el 21% de la población, su PIB es sólo el 17%, muy por debajo del promedio nacional, máxime si se tiene en cuenta que las regiones costeras son las que tienen un mejor desarrollo en la historia económica del mundo; pero en Colombia pasa lo opuesto. La Colombia Andina es más desarrollada que la Colombia de las costas, el PIB per cápita del Caribe creció el 1% en los últimos 50 años, mientras que el PIB per cápita del país creció el 2% en términos anualizados; entonces, el Caribe creció a la mitad del ritmo que creció el país en PIB per cápita, registrando hoy un 18% menos que el de toda Colombia. El 49% de los municipios están bajo la Ley 550, la gestión pública ha tenido dificultades y la pobreza en el Caribe es del 69%, o sea muy alto; tenemos unas 33
poblaciones con índice de desarrollo humano muy bajo y con un índice de necesidades básicas insatisfechas muy altas, el 17% de la población de Santa Marta es desplazada por la violencia y altamente vulnerable. Si se habla del PIB per cápita del Chocó, este es 8 veces menor que el de Bogotá, la expectativa de vida es igualmente 8 años mayor en Bogotá que en el Chocó; Bogotá tiene el nivel de vida de Hungría y el Chocó tiene el nivel de vida de Kenia. Las ciudades del Caribe reciben un 4.7 de desplazados por cada 1.000 habitantes, mientras que Bogotá sólo recibe el 2.6%, es decir, que Bogotá no tiene el drama del desplazamiento de otras ciudades. El 60% de la población rural del Caribe tiene además necesidades básicas insatisfechas. Bogotá tiene un computador por cada 20 estudiantes, mientras que en Cartagena hay un computador por cada 150 estudiantes, cifra que al parecer cambia en virtud al esfuerzo de la actual administración. El 10% de los programas de educación superior están en el Caribe cuya población es el 20% de la Nación, lo cual rompe la dinámica entre la educación y el desarrollo, siendo la primera, clave fundamental de éste. Tiene sólo el 8% de los grupos de investigación del país y el 80% de los colegios del Caribe se encuentran en categoría baja en la calificación del ICFES cuando el promedio nacional es del 2%. Hay claramente una situación de desigualdad en relación con las otras regiones del país. De una
simple caricatura surgen varias inquietudes. ¿Lo que se está
construyendo como Gobierno y como sociedad, para reducir los problemas, eliminar la pobreza y las grandes desigualdades, es realmente lo que se necesita? ¿Lo que se está haciendo conduce o no a los resultados que se quieren? ¿Se reducirán y mejorarán los indicadores vistos en el tablero de control? Surgen soluciones bastante interesantes, como la Red Button, red de diferentes organizaciones gubernamentales locales y nacionales, que trabaja en forma articulada y coordinada por la población más pobre, es decir, atiende a la gente que está en la base de la pirámide, da asistencia y ayuda con base en 9 34
estrategias y 45 diferentes dimensiones para, de esta manera, sustraer a la población de la pobreza. También se encuentra ahora el Sisben 3, que es una herramienta mejorada, más limpia y ordenada, que incluye a personas en vulnerabilidad en donde el Gobierno va a enfocar la inversión social en Colombia. Estas soluciones son rescatables, buenas y prometedoras, pero todavía hay mucho por hacer y se presentan algunas dificultades, como la duplicidad. En el tema de la nutrición, el ICBF, el Ministerio de Salud, Acción Social y los Entes Territoriales, tienen programas similares generando duplicidad de servicios y, por supuesto, ineficiencia y mala calidad. El Gobierno de Uribe fue muy interesante porque trató de dar cobertura a los servicios sociales del Gobierno, pero no necesariamente esa cobertura venía acompañada de la calidad requerida; en atención a la infancia, en educación, en salud, hay indicios claros que la calidad no es la adecuada; si bien hoy en día hay una cobertura mayor, hay problemas de calidad y no estamos seguros en la claridad de los objetivos. Por eso se está trabajando actualmente en lo que se llama el Plan de Desarrollo que hace parte del Plan del Gobierno. Este Plan para mejorar la condición de vida en Colombia y hacer que el país crezca con igualdad y equidad, será presentado al Congreso por el Gobierno del Presidente Santos, a principios del año entrante para ser aprobado antes de la mitad del año. El sector privado, a través de fundaciones, filantropía y la empresa privada en general, tiene muchas ofertas, pero no comparte los procesos de focalización, es decir, las empresas privadas y las fundaciones invierten en forma a veces indiscriminada, fragmentada y no están ni coordinados ni focalizados hacia dónde están las necesidades específicas de la población. Las fundaciones creadas por personas o entidades con buena intención y suficientes recursos, no necesariamente se articulan con las actividades del Gobierno para lograr mejorar los indicadores, por lo que es pertinente dimensionar, clasificar y alinear la inversión privada para que genere progreso. 35
Varios elementos constituyen los ejes del Plan del Gobierno. En el primero, focalización, se necesita ubicar en dónde están realmente los problemas, porque es posible que se invierta donde no hay necesidad; hay que detectar la población más vulnerable, que requiera solución de problemas, y focalizarnos en ellas, para verificar que los servicios sean verdaderamente para los pobres -algunos subsidios que se dan no le llegan a éstos, sino a quienes no lo necesitan, y esto ocurre porque hay trampas en el sistema. Muchos gastos e inversiones que se hacen no generan resultados; grandes inversiones que realmente, si se miden por la cantidad de dinero invertido o por el número de personas atendidas, son efectivamente grandes, pero si se mide por el impacto verdadero, el resultado es otro. De otra parte, los Entes Territoriales y el Gobierno central tienen que apoyar a las regiones, trabajando en forma mancomunada, coordinada, bien alineada hacia el objetivo, para lograr que la gente salga de la pobreza, tenga mejores ingresos y pueda mejorar sus condiciones de vida. Finalmente, no tenemos que ir al modelo asistencialista puro, porque la pobreza no se acaba regalándole plata a los pobres; la pobreza se acaba cuando le damos las herramientas y los recursos para que ellos mismos puedan generar sus propios recursos. Ese es el gran enfoque del Plan del Gobierno en construcción, donde la Alta Consejería para la Prosperidad Social, facilita el cumplimiento del objetivo social en el Plan del Gobierno, que apunta definitivamente a reducir la desigualdad, a impulsar los proyectos sociales y a vigilar que eso se cumpla. Además, asegurar que la inversión que hace el Gobierno sea de alto impacto, sostenible en el tiempo y escalable para llegar al mayor número de personas. Finalmente, para ayudar a que las inversiones que hace el Gobierno realmente logren el impacto que se necesita y mejorar esos penosos indicadores. Esa es la misión, esa es la razón de ser de la Alta Consejería de la Presidencia.
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Estrategias de la Alta Consejería Son tres los elementos para considerar: primero, que las inversiones sean estratégicas, dirigidas y conectadas con un resultado final, lo que implica una adecuada planeación, coordinación y control, porque si se realizan acciones arbitrarias, seudotácticas, que no se miden, éstas deben ser las pertinentes para lograr este resultado; algunas veces es más importante hacer lo que hay que hacer, que hacer las cosas bien. La evaluación gira en torno a si se está haciendo o no lo que hay que hacer, o si los programas conducen o no a estos resultados, porque de no ser así, se estarían gastando los recursos donde no está realmente el impacto que se quiere. Debe existir en lo público una cultura de medir lo que se hace, pero no sólo medir número de personas y plata invertida, sino medir el verdadero impacto; por ejemplo, si tenemos un programa en primera infancia, que son los niños y niñas menores de cinco años, no es importante saber que solamente pasan por el sistema un millón o un millón doscientos niños de los cuatro millones que hay Colombia, lo cual refleja un déficit muy grande en cobertura, sino saber qué pasa; si es verdad que esos niños tienen un mejor desarrollo en su vida; si es verdad que mejora sus habilidades psicoafectivas, sus habilidades sociales, sus habilidades emocionales y su desarrollo físico. ¿Es verdad que ese billón y medio de pesos que invierte el país en primera infancia está logrando que esos niños a futuro estén bien preparados? Lo preguntamos porque los primeros seis años de vida son los más importantes en la vida de un ser humano. Como se puede apreciar, son importantes los programas dirigidos a la primera infancia que maneja el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, pero ¿se está atendiendo a la infancia? ¿Se les está dando realmente esa herramienta? ¿Se están formando bien, o simplemente se invierten esos recursos para mostrar que hay atención, pero sin constatar que sean todas las herramientas necesarias para que ellos tengan una vida digna y productiva? 37
El tercer elemento es la calidad, la cual tiene que ver con los dos primeros, es decir, para que haya calidad tenemos que medir, porque la medición nos dice qué tan buena es, y la cobertura sin calidad, no genera resultados.
Pensamiento multisectorial Existen otros criterios a los cuales hay que referirse y uno de ellos es la Consulta Comunitaria. El desarrollo no se puede imponer y eso está probado en varios países del mundo. En los últimos 40 años se invirtieron cuatro trillones de dólares en el África Sub Sahariana, pero todo ese dinero no ayudó en nada a aliviar sus niveles de pobreza, porque fueron impuestos por bancos mundiales, y no consultaron con las comunidades, no hicieron el desarrollo de abajo hacia arriba, no desarrollaron capacidades en las comunidades, con los líderes comunitarios, con las organizaciones comunitarias, que permitieran a estas comunidades crecer. No se puede obligar a una persona a que salga de la pobreza, las personas tienen que querer un mundo mejor y abrazar nuevas oportunidades de vida. Otro criterio es empoderar a los pobres, lo cual no significa regalar la plata, sino disponer de todas las herramientas necesarias para que ellos mismos salgan de su condición. Se requieren créditos para capacitación; se necesita formación, capital social, y toda una serie de cosas que no se solucionan dando plata, ésta alivia el síntoma, pero hay que ir al fondo de la causa de las problemáticas humanas; pensar en la pobreza desde una forma multidimensional. No es suficiente la educación en un buen colegio, con buenos profesores, con buenas aulas, con computadores, si no hay agua potable, si no hay un centro de salud, si no están bien alimentados; entonces, ¿para qué sirve el colegio? Tampoco sirve tener buenos hospitales y buena atención en salud, si no hay escuelas y tampoco hay vivienda; se necesita salud, educación, vivienda, generación de ingresos, en otras palabras, mirar el enfoque multidimensional. Alguien hace un colegio en Pasto, otro monta una biblioteca en Lorica y aquel otro implementa un centro de salud en Maicao, pero son simplemente 38
fragmentos de necesidades. Si se pudiera concentrar la oferta e ir a las poblaciones en forma concreta, consistente, dando toda la oferta completa, se tendrían mayores posibilidades con un mayor grado de eficiencia. La multisectorialidad por otro lado, funciona cuando los sectores trabajan juntos, el sector público con toda la fuerza que trae; el sector privado que es una fuente de empleo, de conocimiento de procesos, de eficiencia; el sector ciudadano, el sector social, las ONG, las fundaciones que entran a cubrir los vacíos que dejan los sectores público y privado, la academia, en fin todos, porque para solucionar los problemas necesitamos la multisectorialidad, el pensamiento multisectorial: trabajo colectivo coordinado. Tradicionalmente se enseña que hay dos sectores: el sector privado que genera la riqueza y el sector público que la redistribuye, pero en la práctica, eso no funciona así tan fácil, el modelo no es tan sencillo. El sector privado, por ejemplo, no tiene mayor incentivo para la equidad, y sólo busca el beneficio de sus accionistas; el sector público es insuficiente, por lo que es vital la participación del sector ciudadano, del sector social para que entre a cubrir las deficiencias que lo público y lo privado dejan dentro de la gobernabilidad de la sociedad. Entonces, aparece otro de los criterios, la multifuncionalidad, el trabajo comunitario del empoderamiento de los pobres, con un enfoque poblacional en los más vulnerables, en los grupos de desplazados, los grupos destruidos, los grupos que viven en la marginalidad, los grupos de reinsertados excombatientes de fuerzas irregulares, los grupos étnicos, los afrodescendientes, para estar bien seguros de que lo que se está haciendo, sea dirigido a aquellos que más lo necesitan realmente. Para terminar, no existe una fórmula mágica para el desarrollo. Cada sociedad debe construir su propia forma, hay que buscar un desarrollo a la colombiana respetando la megadiversidad y la plurietnia, porque Colombia es una sociedad multicultural que, con tanta riqueza, tanta gente inteligente y talentosa, es inexplicable por qué no se tienen mejores indicadores sociales. 39
Solucionar las causas, no los síntomas Al recorrer el país desde la Sierra Nevada de Santa Marta, donde la montaña está tan cerca al mar; llegar a Ibagué y ver los cerros y las montañas en todos lados; ir al Amazonas y encontrar su diversidad biológica;
pasar a los Llanos y luego al
Pacífico para terminar en las Islas, observando tanta riqueza y belleza, se piensa en la gente talentosa y joven, con ganas, con pasión, con iniciativa, con deseos de innovar, e inevitablemente, se vuelve a la misma pregunta: ¿Cómo es posible que un país como Colombia tenga tantos problemas? Para algunos, los problemas tienen que ver con una cultura de ilegalidad, producto del narcotráfico; para otras, la gestión pública ha sido inferior a las necesidades. ¿Cuáles son las razones por la que la sociedad colombiana no haya avanzado como debiera, teniendo en cuenta la riqueza que tiene? Si miramos a Colombia en el globo, tiene un muy buen lote, con costas en dos océanos, está en el ombligo del mundo, cerca al país de mayor ingreso que es Estados Unidos, fácil acceso a Europa y unas condiciones naturales para ser una sociedad realmente ejemplar. El reto, es a partir de esas fortalezas, construir la Colombia que se quiere; el desarrollo no se logra regalando plata a los pobres, sino solucionando las causas y no los síntomas de la pobreza. La política y el afán de mejorar las condiciones de vida nos llevan a un esquema muy asistencialista. Los jóvenes, que tienen una mentalidad progresista y quieren resultados extraordinarios, deben hacer
cosas extraordinarias, y éstos igualmente resultan de gente
extraordinaria; si se quieren los mismos resultados de antes, entonces, hay que hacer las mismas cosas de antes. Hay que mirar hacia afuera en el mundo, mirar la innovación en impacto social, ver qué están haciendo, cómo se adapta a Colombia y realmente comprometerse a hacer la vida mucho mejor para todos los colombianos.
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Comentarios sobre otros temas de interés
El empleo El hoy Presidente Santos en su campaña presidencial señalaba que quería la prosperidad y bienestar para el país, y fue el empleo una de sus principales banderas. Pero su proyectada reestructuración laboral que pretende eliminar la provisionalidad de empleos que han ocupado personas durante 16 ó 18 años terminará en la utilización de esos empleos, puestos o vacantes que van a quedar libres, en el cumplimiento de compromisos adquiridos por las campañas políticas. Se supone que las reestructuraciones se hacen para buscar mayor eficiencia en el manejo de los recursos, porque el empleo no se hace por decreto; si se pudiera decirle a todas las empresas de Colombia, que tienen que emplear un 20% más de las personas que emplean hoy, se eliminaría el desempleo; pero qué ocurre con esas empresas, dejan de ser competitivas, desaparecen y luego se pierde no sólo ese 20%, sino todos los empleos. Hay que crear las condiciones para que el mayor número de personas esté empleado, tener las políticas económicas en su lugar para que haya generación de empresas, generar los claustros económicos, tener una buena política industrial, proteger la moneda para que no se deprecie a tal punto que nuestros productos no sean competitivos en el mundo, tener buena política fiscal, tener buena política monetaria; que el gasto público sea controlado y eficiente. Colombia invierte gran cantidad de dinero en los temas sociales, y tal vez no se necesite tanto para lograr el impacto esperado. Hay organizaciones que se están reestructurando para ser más eficientes, y Colombia debe ser igualmente un país eficiente y no se puede, por el hecho de crear empleo, promover la ineficiencia; se tienen que crear las condiciones, para que vengan empresas e inversionistas y generar puestos de trabajo.
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Y esa es la Política económica, competencia del Ministro de Hacienda, del Ato Consejero, del Ministerio de Comercio, los cuales desarrollan un trabajo serio y se espera que la creación de empleos se empiece a notar, para disminuir las altas tasas de desempleo del país; en Ibagué, la tasa de desempleo ha bajado en forma importante y si lo ha hecho Ibagué y Bucaramanga, también lo pueden hacer las demás regiones del país, como el curso esperado de los acontecimientos en materia de generación de empleo.
Impulso a los sectores de clase mundial La Feria de la Salud, Exposalud, liderada por la Fundación Mejor Vivir, realiza en el presente año su quinta versión, es una Feria de entrada libre, de extensión a la comunidad, donde se manejan temas de prevención del cáncer de cuello uterino, de cáncer de mama, maltrato infantil; diferentes flagelos que se presentan en la vida cotidiana de la población, tanto de gente vulnerable, como de estratos muy bien establecidos. Exposalud maneja tanto la parte social como la artística, pero no cuenta con el apoyo del Gobierno departamental. Sin embargo, el cluster textil, realiza una Feria que se llama Ibagué, Maquila y Moda, para la cual cuentan con un promedio más o menos de quinientos millones de pesos para la sola organización del evento, lo que en sí, evidencia la desigualdad en el apoyo en dos eventos. Esta situación puede obedecer a una concentración estratégica, ya que el cluster de Maquila y confecciones es muy importante, porque genera puestos de trabajo en la ciudad, sin menospreciar al sector salud que ha venido demostrando un movimiento importante, tanto a nivel nacional como internacional, porque los servicios son de muy buena calidad y a muy buen precio. El seguir demostrando las bondades del sector, muy seguramente convencerá a dirigentes públicos, con buen criterio, de que este sector es una fuente de desarrollo para la ciudad y para el Departamento y que iniciativas como éstas deben ser apoyadas. El Ministerio de Comercio, que es el encargado de impulsar los 42
sectores denominados como de clase mundial, entre los cuales está la Salud, coordina con las autoridades locales, para que proyectos como el citado realmente tengan el apoyo del Gobierno.
Las imperfecciones del mercado Si una persona tiene un carro para trabajar y no logra pagar el impuesto, se le impone una sanción, que vale casi más de lo que vale el carro. Algo similar sucede con el servicio de energía eléctrica o de gas cuando no se paga a tiempo, lo adeudado puede ser $10.000.oo ó $12.000.oo, pero si le cortan el servicio, la reconexión vale $20.000.oo ó $25.000.oo. Las cooperativas como Actuar Tolima y otras entidades que se dedican a fomentar la microempresa, cobran unas tasas de interés muy altas, por encima de las que cobra el sistema bancario, y este último no tiene ningún tipo de estímulo para una persona que quiere ahorrar, porque cuando abre su cuenta de ahorros, lo que le reconocen por intereses, ni siquiera cubre la mitad de lo que le están cobrando por administrarle la cuenta. A una empresa grande que solicita un crédito le resulta mucho más barato que a una persona pobre. Esto es inequitativo; enriquece más al rico y empobrece más al pobre, aumenta el indicador Gini y las brechas sociales y no hay convergencia social. Esas son las imperfecciones del mercado. ¿Por qué?, porque el rico ya tiene plata pero, como va a pagar, le cobran menos intereses; al pobre que corre un riesgo mayor, le cobran más intereses. Por eso, la economía del mercado no conduce a equidad, cuando uno tiene un sólo sistema de mercado. No se necesita que el Gobierno entre a hacer las regulaciones de esa imperfección, para evitar esos desajustes, porque si bien hay unos esfuerzos del Gobierno en quitar ese desbalance que crea el mercado, parece que no es suficiente, porque todavía los pobres están subsidiando a los ricos. Es pertinente entonces revisar bien la política pública y económica, además de buscar cómo se puede hacer más intervención y regulación, 43
porque el mercado crea distorsiones que aumenta la brecha social y las inequidades son aún muy grandes. Hay injusticia social en el sistema y, de lo anterior, se puede concluir que es insuficiente lo que está haciendo el Gobierno en materia de regulación y de intervención, para lograr darle más aire, por así decirlo, a los menos favorecidos, para que puedan salir de su pobreza y no hundirlos más en su situación de miseria. Es gratificante que se empiece a reconocer la posibilidad, la oportunidad y la legitimidad del tercer sector, o Sector Solidario, en los procesos de desarrollo, pero es fundamental que ese primer sector sea calificado y cualificado, porque en la base se tienen una cantidad de organizaciones y asociaciones que se forman por procesos coyunturales, por oferta de recursos y no hay una base fundamental de formación ciudadana para la asociatividad. El Gobierno ha orientado sus políticas en este tema, desde el término genérico, y las asociaciones tienen una función social y no una función productiva. Por otro lado, algunas organizaciones, tienen
una buena
capacidad técnica para hacer un muy buen trabajo, con racionalidad de recursos, con resultados concretos, pero una deficiente capacidad política y económica, que les impide ser buenos interlocutores a la hora de gestionar y negociar. Las fundaciones empresariales que están en la cumbre de esa clasificación, cuentan con apoyo político, capacidad económica y de gestión, pero muchas veces no con una buena capacidad técnica; pero son las que están haciendo un buen trabajo. Es necesario un trabajo muy fuerte en cultura solidaria y de convivencia, porque otro elemento para el desarrollo y la eliminación de la pobreza es generar asociatividad, pero basada en emprendimiento y en la convivencia, y esa es una tarea del Departamento Administrativo de Economía Solidaria. A la entidad o a la organización que menos presupuesto le dan para intervenir en los procesos asociativos y de gestión del emprendimiento es a la social, ésta tiene un presupuesto algo así como de cinco mil millones de pesos y al Tolima anualmente le dejan cincuenta o sesenta millones de pesos para hacer asociatividad, cultura solidaria, 44
convivencia y emprendimiento. Del 2001 al 2003, se destinaron algunos subsidios para proyectos productivos, pero la política no se orientaba a procesos asociativos, sino a procesos individuales, beneficiando a campesinos que no tenían ninguna experiencia en emprendimiento, que ni siquiera sabían leer y escribir y quienes terminaban manejando y consumiendo una tienda en un período de seis meses. El emprendimiento no es para todo el mundo, hay madres cabezas de hogar, que se desempeñan muy bien en una labor productiva, en un empleo, pero que no son emprendedoras, y hay quienes con mínimos recursos montan un negocio y sostienen a su familia. De esto se puede colegir que los esquemas no pueden ser iguales para todo el mundo y el Ministerio de Comercio, al hacer presencia, brinde capacitación técnica, buscando que los proyectos sean viables en la región, se trabajen en esquemas de asociatividad orientados al emprendimiento, para que prosperen los procesos de autogestión y procesos de generación de empleo. De igual manera, no hay una aplicación clara de la calificación, pues se legitiman en las regiones a entidades de carácter mixto o inclusive a entidades del Gobierno, a quienes se les asignan importantes sumas de dinero, sin resultados positivos. Algo similar sucedió con el Programa Empleo en Acción, experiencia que buscaba dar trabajo a través de las ONGS. La Cámara de Comercio registró a todas las organizaciones, algunas con más de 90 puntos de calificación y otras que escasamente llegaban a los 10 ó 15 puntos de calificación, sin embargo, el 90% de los proyectos fueron adjudicados por los Alcaldes a organizaciones que no estaban bien calificadas, lo cual significa realizar acciones urgentes contra la corrupción y vigilancia en la ejecución de recursos para el bienestar y desarrollo social.
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La juventud Los jóvenes en su afán de conseguir todo rápido y de manera fácil, se enfrentan a la dificultad de hacerlo de una manera formal o lícita, y basados en esa expectativa de vida facilista, se dedican a lo ilegal encontrando en la política una posibilidad real de conseguir las cosas como el dinero fácil. No le tienen miedo a la justicia, porque no actúa y no se articulan programas que vayan dirigidos a ellos en temas de ética y de valores. Los jóvenes siguen estando por fuera de muchas cosas, tal vez hasta de la misma educación, y los que tienen acceso a ella, son muy privilegiados, por ello es interesante, teniendo en cuenta que el sector financiero es un sector excluyente y expulsor, conocer qué acciones realiza el Gobierno frente al tema de consecución de recursos, así sean de crédito o no para las iniciativas de los jóvenes. Muchos de ellos quieren salir, pero al quedarse con el Estado, quieren hacer política, pero para buscar lo que se dijo anteriormente. En Colombia solamente el 30% de las personas entre los 18 y los 24 años tienen acceso a algún tipo de educación, ya sea técnica o de instrucción universitaria. El 70% restante, sin acceso a la educación, sin plata, sin trabajo, entran en el mundo oscuro de la ilegalidad. ¿Qué se debe hacer para que estos jóvenes tengan trabajo y oportunidades? ¿Cómo se generan oportunidades para los más jóvenes? La población joven de Colombia es numerosa y hay que darle cabida en la economía, para que ellos consigan trabajo y puedan desarrollarse profesionalmente, pero dentro de la legalidad. El Presidente ha fijado como meta pasar del actual 30% a un 60%, todo ello enmarcado en políticas públicas que incluyen hasta créditos, y la recién propuesta Ley del Primer Empleo, que incentiva a las empresas a contratar personas más jóvenes. Ley que está actualmente en trámite con el Congreso. Todas estas políticas, van finalmente a conducir a que los jóvenes tengan oportunidades de vida, cerrándole la puerta a la violencia y a los problemas sociales. 46
El Ministerio de Educación ha retomado la enseñanza de valores, urbanidad, civismo y cultura ciudadana en las escuelas; sin valores como el respeto, la solidaridad, la tolerancia y la responsabilidad, los que cometen actos ilegales, se convierten casi en héroes, en un país donde claramente hay una cultura de la ilegalidad. Es prioritario empezar a educar a las nuevas generaciones, con una escala y un sistema completamente diferente.
El plan de consolidación del sur del Tolima Adelantado por el Gobierno Departamental, el plan está orientado a la recuperación de esa zona en particular. La inquietud surge en torno a las acciones que debe realizar el Departamento para que esta política continúe. Hasta el momento ha sido un trabajo intersectorial donde participan el Gobierno Nacional, Organizaciones No Gubernamentales, Cooperación Internacional y el Departamento del Tolima, logrando invertir más de cuatrocientos mil millones de pesos en el sur del Tolima, recuperando incluso una zona que, históricamente, había sido tomada por grupos al margen de la ley. Hoy se cuenta con un plan que debe ser incluido dentro del Plan de Desarrollo del Gobierno Nacional, como modelo de desarrollo y de igualdad para toda la población. El Departamento del Tolima debe articular su política pública de infancia y de adolescencia con la Alta Consejería y lograr su inclusión en el Plan de Desarrollo para consolidarla y desarrollarla en el futuro. En el Departamento del Tolima, cerca del 20% del Producto Interno Bruto, proviene del sector agropecuario, rural por excelencia; sin embargo, los indicadores de necesidades básicas insatisfechas, evidencian grandes disparidades entre las condiciones de vida del sector rural y el sector urbano, cuando el rural podría ser el motor de desarrollo económico y social en el Departamento y a nivel Nacional. En Colombia y en el mundo entero por lo general y, particularmente en los países en desarrollo, los sectores rurales son más pobres que los urbanos, pero en Colombia es más acentuado por los problemas de violencia, que han afectado principalmente a 47
los sectores rurales. La inversión en estas zonas, tiene doble efecto; primero, se generan ingresos, permite que hayan alimentos y se reduce el precio de los mismos, lo cual conduce a mejores condiciones de vida. Ni el Presidente Santos, ni el Alto Consejero, ni las asesoras, ni las multilaterales, ni la empresa privada, ni las gobernaciones, ninguno va a resolver por sí sólo los problemas de Colombia. Este tiene que ser un trabajo conjunto como sociedad. Todos pueden contribuir a hacer una Colombia próspera, a alcanzar la prosperidad democrática que quiere el Presidente Santos y que le ha propuesto a la Nación, a través de un acuerdo para que este sea un proyecto de todos los colombianos. Tenemos problemas que solucionar, temas de legislación para arreglar, políticas públicas inadecuadas, pero el país tiene gente capaz, que aporta al progreso y le apuesta a la prosperidad.
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Adopción de estándares internacionales Samuel Alberto Mantilla1
De conformidad con la experiencia personal, como miembro del equipo que, a nivel mundial, ha trabajado en los estándares internacionales de las normas de información financiera, en esta ocasión, nos referirnos a la problemática que se presenta con el tema de la adopción de los estándares internacionales, para la información financiera a nivel mundial. Concretamente, hablaremos de tres aspectos que consideramos importantes para comenzar a entender la normatización respectiva, a saber: la Ley de Convergencia (Ley 1314 de 2009), la mecánica de las IFRS, y la capacitación pertinente.
Ley de Convergencia (Ley 1314 de 2009) En función de la competitividad y de la internacionalización de la economía, Colombia, mediante la Ley 1314 de 2009, regula los principios y normas contables, de información financiera y del aseguramiento de la información, con el fin de ajustarse a los estándares internacionales vigentes, con el fin de que el articulado normativo se constituya en, tal como lo explicita el Art. 1º 2 de la mencionada Ley, “(…) sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible y de forzosa
1
Samuel Alberto Mantilla es contador público, especialista en Revisoría Fiscal y Auditoría Externa. Se desempeñó como decano de la Facultad de Contaduría Pública de la Universidad Autónoma de Bucaramanga y como director del Departamento de Ciencias Contables de la Universidad Javeriana en Bogotá. 2 Congreso de la República de Colombia. Ley 1314 de 2009. Art. 1º. Objetivos de esta Ley. Diario Oficial № 47.409 de 13 de julio de 2009.
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observancia, por cuya virtud los informes contables y, en particular los estados financieros,
brinden
información
financiera
comprensible,
transparente
y
comparable, pertinente y confiable (…)”. Tal sistema permitirá tanto al Estado como a los empresarios tomar las decisiones adecuadas a su momento productivo, competitivo y de desarrollo. De hecho, la Ley 1314 soluciona un problema importantísimo para la Contabilidad en Colombia, regularla,
pues faculta al Presidente de la República, para
pues anterior a su promulgación, múltiples entidades del Estado,
emanaban normas relacionadas con el tema, situación que era causa de confusión y falta de una gobernabilidad real frente a la regulación contable y financiera. Para asegurar las buenas prácticas de tal regulación y en relación con la mencionada Ley, existen, al menos, dos maneras completamente diferentes de abordarla y entenderla: la primera, referida a las normas de auditoría generalmente aceptadas y, la segunda, relacionada con el aseguramiento financiero. Adicionalmente, al actual Gobierno, en su carácter corporativo, le es prioritario, el tema relacionado con la información financiera, en lo que tiene que ver con las normatividad nacional e internacional y en la responsabilidad que detenta para dirigirla, regularla y orientarla. En este sentido, el Consejo Técnico de la Contaduría, contribuiría a las intenciones gubernamentales con la elaboración de proyectos y propuestas, que si bien no serían de obligatorio acatamiento para los Ministerios de Hacienda y Comercio, cumplirían la función de orientar, en términos de sugerir aspectos de mejora sobre la normatización. Al respecto, participamos en dos grupos de soporte. El primero trabaja en derredor del valor razonable y el otro, sobre auditoría basada en riesgos. Ambos grupos existen antes de la emisión de los estándares, publicados en septiembre de 2010. Lo que pretendemos con nuestras reflexiones es que haya en el mundo, un único conjunto de estándares de alta calidad, a pesar de la renuencia del país a acogerlas. 50
Mecánica de las IFRS Las IFRS, son un sistema mundial, International Financial Reporting Standards, diferente a los sistemas de registro contable tradicionales, y cuya mecánica de funcionamiento atiende a:
Una decisión política. Es un asunto pertinente al ejercicio de la alta dirección de las empresas, que involucra decisiones, tanto macro como micro, de carácter político. Por tal razón, la Ley 1314, se constituye en una oportunidad de privilegio de realimentación entre el alto Gobierno, el Consejo Técnico de Contadores,
las
empresas
y
los
escenarios
internacionales,
pues
la
estandarización permite a unos y a otros trabajar de similar manera, la información financiera.
Una incorporación jurídica. Con base en la decisión tomada, la empresa, asume con el carácter de obligatoriedad que acompaña a su aplicación, la incorporación jurídica de las IFRS. En este momento, las empresas tienen la opción de determinar cuáles IFRS van a adoptar y concretar cuáles y cómo, de las adoptadas, van a aplicar, específicamente.
De hecho, en las condiciones actuales de las interacciones empresariales mundiales, las empresas se ven abocadas a consolidar su información financiera para poder competir; por tanto, ante el estándar internacional, que impera ya en, al menos, 100 países en el mundo, la alta dirección debe orientar la incorporación jurídica de acuerdo con la regulación vigente al respecto. Por ejemplo, en el caso de las organizaciones empresariales que son filiales de multinacionales, deben regirse por lo impuesto por la casa matriz y no por la Superintendencia de Sociedades. Adicionalmente, la incorporación jurídica, va acompañada de determinaciones 51
gerenciales para la operación, como: el reconocimiento inicial y las mediciones, inicial y subsiguientes, en términos del cómo, el cuándo y el cuánto.
Capacitación en las IFRS La capacitación, de carácter eminentemente técnico, es fundamental para quienes toman decisiones de alta gerencia (presidente, gerentes, propietarios, accionistas), para los participantes en el proceso, en calidad de facilitadores para la toma de decisiones (revisor fiscal, contador, asesor jurídico) y para los funcionarios que lideren procesos (ingenieros, abogados, administradores, etc.). El tema principal de la capacitación se soporta en las
transacciones de
riesgos y de condiciones; o sea, contratos, operaciones relacionadas con el valor razonable que impliquen cambios sustanciales en la contabilidad. Consiste pues, en un aprendizaje comprensible y en una aplicación consecuente y coherente de las IFRS, en aspectos pilares de la información financiera como la propiedad planta y equipo, los costos de desmantelamiento y de efectos ambientales, la valoración de los elementos funcionales de la empresa, entre otros. Adicionalmente, es indispensable capacitar a los funcionarios designados para el efecto, en la nueva manera de presentar los resultados financieros, en términos del impacto financiero real que implica la implementación de las IFRS en la organización. Es imperativo, entonces, tratar de resolver los interrogantes: ¿cuál es el problema práctico de la implementación?, ¿cómo salen los estados financieros IFRS?, ¿cómo se elabora, por primera vez, un conjunto de estados financieros IFRS? y ¿cómo se siguen produciendo estados financieros IFRS?
A manera de conclusión Si bien la adopción en Colombia de los estándares internacionales IFRS es incierta, es inminente su aplicación en las empresas nacionales, en cumplimiento de la 52
normatización descrita en el Decreto 26493,
requisito exigible para la
internacionalización de la economía, tanto para las grandes empresas grandes del sector real, independientemente de que coticen o no en bolsa, como para las empresas medianas y PYMES. De otra parte, las IFRS, son indispensables para consolidar la información financiera de las entidades gubernamentales, en aras de alcanzar el carácter de gobierno corporativo, en el que está empeñado el Gobierno Nacional. Esto, con el fin de acceder a los grupos económicos del continente como OISD
y UNASUR, entre otros.
3
Congreso de la República de Colombia. Decreto 2649 de 1993. Por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia. Diario Oficial № 41.156 de 29 de diciembre de 1993.
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Plan de trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública para la adopción de estándares internacionales Luis Eduardo Colmenares1
Presentamos a continuación, el plan de trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública., atendiendo a la Ley 1314 de 20092, mediante la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información financiera, aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento. El plan de trabajo está articulado por 4 ejes temáticos, que son: La organización y funcionamiento administrativo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, la convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información, la difusión de las normas contables de información financiera y aseguramiento y, la capacitación para el desarrollo y aplicación de la estructura normativa.
1. Organización y funcionamiento administrativo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública La organización y el funcionamiento administrativo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, está descrita, concretamente, en el Art. 113 de la Ley 1314 de
1
Presidente del Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Congreso de la República de Colombia. Ley 1314 de 2009. Diario oficial № 47.409 de julio 13 de 2009. 3 Congreso de la República de Colombia. Ley 1314 de 2009. Art. 11. Ajustes institucionales. Diario oficial № 47.409 de julio 13 de 2009. 2
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2009, en el que se establece que el Gobierno Nacional modifica la conformación, estructura y funcionamiento de la Junta Central de Contadores y del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, para garantizar que se puedan cumplir adecuadamente sus funciones. De hecho, el Gobierno Nacional expide, entonces el Decreto 691 de 20104, por el cual se presenta la conformación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en un articulado de 4 miembros, que representan, de manera individual, al Presidente de la República, al Ministro de Comercio, Industria y Turismo, al Ministro de Hacienda y Crédito Público y al Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Adicionalmente, el Art. 135 de la Ley 1314 de 2009, establece que, a partir del 1 de enero de 2010 y dentro de los seis meses siguientes, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, previa revisión de la normatividad vigente, debe presentar un primer plan de trabajo al Ministro de Comercio, Industria y Turismo, para que sea divulgado y ejecutado dentro de los 24 meses siguientes de la entrega de ese mismo plan.
Lo anterior,
implica la presentación de los proyectos resultantes, a la
consideración de los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda y Crédito Público. Esperamos que con el trabajo desarrollado por el grupo de funcionarios designados, se apliquen unas normas de alta calidad, que: Primero, propugnen por el incremento significativo de la capacidad de los inversionistas. Segundo, permitan un seguimiento de las empresas, para asegurar la confiabilidad y comparabilidad de sus informes. Y, tercero, faciliten un acceso más amplio al conocimiento de los resultados de las empresas, en términos de la relación causa-efecto.
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Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Decreto 691 de 2010. Modificación del Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Marzo 4 de 2010. 5 Congreso de la República de Colombia. Ley 1314 de 2009. Art. 13. Primera revisión. Diario oficial № 47.409 de julio 13 de 2009.
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Convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información Estamos ciertos de que la globalización de la economía mundial, los avances hacia tratados de libre comercio, el acceso a la inversión extranjera y a los mercados internacionales de capital, exigen normas de alta calidad en materia de contabilidad, revelación de información financiera y aseguramiento de la información. Por tanto, Colombia no puede permanecer aislada a las tendencias mundiales de la globalización, ni sustraerse a los tratados de libre comercio, que se constituyen en instrumento útil para orientar al país en las corrientes internacionales de comercio. Por ello, es necesario ofrecer los medios que permitan atraer inversiones para promover el desarrollo, generar empleo e imprimirle a la economía nacional la dinámica adecuada para poder competir. Para lograrlo, se requieren normativas e instrumentos que garanticen las relaciones comerciales productivas y de inversión y, además, aseguren la confianza, transparencia y comparabilidad de la información contable de los empresarios que pretendan realizar transacciones, inversiones y demás operaciones financieras, a nivel mundial, tal como está descrito en el Art. 1º6, de la Ley 1314 de 2009, en relación con la convergencia de las Normas de Contabilidad de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, para alcanzar estándares internacionales de aceptación mundial, con las mejores prácticas y debida cuenta de la rápida evolución de los negocios. De ahí que la convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad, información financiera y aseguramiento, sea la esencia, prácticamente, de las facultades y competencias que se establecen en la Ley 1314 de 2009. Por tal naturaleza y bajo la nueva normatividad, en lo que respecta al ejercicio profesional contable, surgen otras oportunidades de trabajo; de ahí que la comunidad contable, que es el articulado conformado por los gremios, las instituciones de educación, las 6
Congreso de la República de Colombia. Ley 1314 de 2009. Art. 1º. Objetivos de esta Ley. Diario oficial № 47.409 de julio 13 de 2009.
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asociaciones de contadores públicos, tenga que repensar la profesión, para asegurar su renovación, tanto en el objeto del conocimiento, como en la práctica social, en términos de lo multidisciplinario y de la consolidación de un liderazgo efectivo y asertivo, en aras de generar confianza pública. En consecuencia, consideramos que los cambios que se avecinan son sanos para el país y para la profesión, tales como el carácter obligatorio de la actualización periódica de los profesionales, en conformidad con lo reglamentado por la Ley 43 de 1990; la interacción laboral
con otros actores, en procura de emitir los
estándares, promulgar normas, normalizar, supervisar, vigilar el buen ejercicio empresarial en el contexto de la internacionalización de los mercados, lo que implica conjugar la teoría contable, con la de los mercados y con la de las organizaciones. Esto, para aportar propuestas congruentes en la definición y el desarrollo de un marco conceptual que se constituya en el sólido soporte
de las condiciones
definitorias de normas convergentes con la normativa internacional.
Difusión de la nueva normatividad La difusión de las normas contables de información financiera y aseguramiento financiero, establece que se tendrá que acudir a los medios, formas, procedimientos e instancias que permitan la universalización del conocimiento con respecto de la nueva normatividad. De hecho, una vez revisada la nueva normatividad, puesta a consideración de los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda y Crédito Público, y aprobada por los mismos, comenzará a aplicarse a partir de enero 1 de 2014, lo que implicaría que las empresas comiencen a implementarlas, en una etapa de transición, desde enero 1 de 2013. Tal etapa de transición, va acompañada de la capacitación para los funcionarios de las entidades designados para desarrollarla para que, de esta manera,
el impacto del cambio a las normas
internacionales sea reflejado de modo consistente en el balance de apertura, a partir 58
de enero 1 de 2014 y los estados financieros preparados, bajo RISK o IFRS, a partir de diciembre 31 de 2014.
Capacitación para el desarrollo y aplicación de la estructura normativa En el mundo actual de los negocios, la actividad comercial es cada vez más compleja, pues las situaciones emergentes, la globalización, la falta de conocimientos mínimos en temas financieros, la propensión permanente a la ocurrencia de fraudes, el incremento de normatividad y de regulación, los nuevos instrumentos de financiación en los mercados de valores, exigen la existencia de una comunidad contable mejor preparada, competente en la investigación y en el desempeño para el manejo de los estándares internacionales. Es primordial, entonces, la capacitación
para el desarrollo de toda esta
estructura normativa, que va a empezar a aplicarse en Colombia, situación que lleva a repensar el ejercicio de la profesión de la Contaduría Pública y de las demás disciplinas profesionales de los actores participantes, en la nueva manera de manejar la información financiera y contable. Para alcanzar tal competencia, es imprescindible revisar los contenidos curriculares de las diversas facultades y programas de Contaduría Pública existente en el país, para asegurar que los profesionales de la disciplina respondan adecuadamente a las necesidades de la población. Adicionalmente, consideramos que para la revisión de las normas y los estándares internacionales a aplicarse en el país, debe desarrollarse, soportada en procesos que, conformes con lo que ordena la regulación expedida recientemente, sean abiertos, independientes, públicos y participativos, pues en la medida en que seamos conscientes de la importancia de la convergencia de la información, desde las normas contables nacionales hacia las normas contables internacionales, podremos interpretarlas y aplicarlas del modo más adecuado para garantizar el beneficio en las empresas que las utilicen, en el país. 59
Para el efecto, instamos al Gobierno Nacional para que destine recursos del presupuesto general de la Nación para llevar a cabo procesos de capacitación y de apoyo al desarrollo de los procesos transicionales, que, eventualmente, pueden ser de carácter inmediato, como es el caso de la integración internacional de las Bolsas de Valores de Chile, Perú y Colombia; Chile y Perú, la incorporación de empresas nacionales en los mercados externos de Estados Unidos, Canadá, Europa, los reportes oficiales de sucursales de sociedades extranjeras, la información para créditos con banca internacional o extranjera y la incorporación de empresas colombianas a mercados de capitales externos También es importante precisar los roles que la Ley 1314 de 2009 señala, en los pertinente a las competencias que le corresponden a los diferentes organismos de la estructura administrativa del Estado, en lo pertinente a la definición de quiénes se constituyen en
autoridades de regulación y quienes, en autoridades de
normalización.
A manera de conclusión El plan de trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría, según lo dispuesto en el Art. 13 de la Ley 1314 de 2009, lo consideramos como la hoja de ruta que nos permitirá llevar a feliz término la emisión de normas contables y de información financiera y de aseguramiento financiero, mediante un proceso de convergencia hacia estándares internacionales de la mejor calidad, de conformidad con las instancias respectivas de coordinación y de integración y la divulgación pertinente. El panorama aquí descrito, quizá sea, para algunos, supremamente oscuro. Sin embargo, creemos que, más bien, lo que vislumbramos, nos permite reflexionar sobre las condiciones actuales del ejercicio de nuestra profesión, la mejor profesión del mundo, y desarrollar las aptitudes y actitudes indispensables, para asumirlo, con la certeza de que no obstante lo movedizo del proceso, dicha asunción la tendremos que abordar con gran responsabilidad y competencia. 60