Foro Tierra y Género. Corporación Yira Castro y Mesa de Género PUJ

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“Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia de Restitución de Tierras: Una conversación desde el enfoque de género en el marco de la Reforma Rural Integral”

Conclusiones del foro: 15 de agosto de 2024

Conclusiones del foro “Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia de Restitución de Tierras: Una conversación desde el enfoque de género en el marco de la Reforma Rural Integral”

Tierra y Género: Conclusiones del foro “Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia de Restitución de Tierras: Una conversación

desde el enfoque de género en el marco de la Reforma Rural Integral”

© Corporación Jurídica Yira Castro

© Texto: Dana Isabella Ávila Argüello

© Poema: Melia Alzate

© Ilustración: Salomón Medina Amaya

© Diagramación: Andrés David Parada

Publicación: Agosto, 2024

Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia

de Restitución de Tierras

Restitución de Tierras Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia

de

Conclusiones del foro:

“Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia de Restitución de Tierras: una conversación desde el enfoque de género en el marco de la Reforma Rural Integral”

En el marco de las tensiones alrededor de la ruralidad, la asimetría de derechos y los distintos conflictos agrarios, resulta oportuno preguntarse por el papel de la mujer como un sujeto independiente, dada la naturaleza de su experiencia en comparación a la del hombre. Para entender la relevancia del enfoque diferencial de género debe partirse bajo el supuesto de que lo femenino y lo masculino son construcciones culturales aprendidas y no hechos naturales o biológicos inmodificables. Cualquier justificación de las asimetrías en función del género debe ser reevaluada y replanteada para corregir los desequilibrios y las inequidades que ello suscita. En el marco de las cuestiones de lo rural, “la relación con la tierra, en efecto, es distinta para hombres y mujeres, o para campesinos e indígenas. Las maneras como la pérdida afecta la supervivencia, la pertenencia, o ambas en el desarrollo del proyecto de vida, despliegan una profunda marca de género” (Centro Nacional de Memoria Histórica , 2010, pág. 33)

Las identidades de las mujeres se han ido construyendo en relación con las formas en que ellas han habitado y se han apropiado del territorio, acorde con las diversas lógicas económicas, políticas y culturales en las que se desenvuelven. Estas lógicas y dinámicas sociales usualmente se ven inscritas en un escenario de dominación masculina, un conjunto de relaciones estructuradas - denominadas regímenes de género -, consistentes en unas reglas de juego formales e informales que regulan las diferencias de género, y basadas en éstas se distribuye el poder (Centro Nacional de Memoria Histórica , 2010). Dentro de la sociedad rural en Colombia ha existido una tendencia a limitar el papel de la mujer dentro de la esfera privada, subordinándola a la construcción de una feminidad históricamente entendida como el rol de madres, cuidadoras, sostenedoras de la vida emocional de sus familias; e incluso, llegando a silenciar dinámicas de violencia dentro del hogar.

En el marco del foro “Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia de restitución de tierras: Una conversación desde el enfoque de género en el marco de la Reforma Rural Integral”, como Corporación Jurídica Yira Castro, junto a la Revista Código

Javeriana y la Mesa de Género de la Facultad de Ciencias Jurídicas, nos hemos propuesto establecer un espacio para dialogar y discutir sobre los avances en la garantía al acceso de derechos humanos en el país, particularmente en materia de uno de los momentos más relevantes durante el proceso de restitución de tierras: la etapa de post fallo.

«Lo femenino y lo masculino son construcciones culturales aprendidas y no hechos naturales o biológicos inmodificables.»

El proceso de Restitución de Tierras nace con la Ley 1448 del 2011 “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.” como una respuesta a las problemáticas que, históricamente, han existido y se han generado alrededor de la tierra con ocasión del conflicto armado colombiano. Este proceso se manifiesta como una garantía que tienen las víctimas para garantizar su retorno, recuperar sus predios o tener medidas para restablecer los derechos fundamentales afectados cuando fueron obligadas a desplazarse y abandonar sus territorios.

El proceso de Restitución de Tierras actualmente se compone de tres grandes etapas: (i) la etapa administrativa, por medio de la cual la Unidad de Restitución de Tierras analiza preliminarmente la solicitud allegada a la entidad y, a partir de ello, deciden si se incluye el predio en el Registro Único de Predios; (ii) la etapa judicial, por medio de la cual se decide contenciosamente, si fuere el caso, sobre la posesión o propiedad alegada en la solicitud, atendiendo a los hechos y particularidades en que fue dado el abandono o despojo de tierras; y (iii) la etapa de post fallo, en medio de la cual se busca dar cumplimiento efectivo a las órdenes impartidas por el Juez de Restitución de Tierras competente. En esta etapa el Tribunal correspondiente hará el seguimiento correspondiente a la sentencia.

Actualmente, estamos viviendo una época de transición desde la firma del Acuerdo de Paz en el 2016. Sin embargo, la realidad es que el conflicto armado aún pervive en los múltiples territorios del país. Hoy, 13 años después de la expedición de la Ley 1448 resulta necesario reflexionar, desde una pluralidad de voces, las realidades actuales a las que se enfrentan las víctimas enmarcadas dentro de estos procesos y que afectan la materialización del derecho a la restitución de tierras. Si bien hoy en día nos encontramos en una época de transición, la realidad del conflicto armado aún pervive en diferentes territorios del país y, consecuentemente, continúa afectando a diversas poblaciones. Ello genera que el proceso de Restitución resulte largo y dispendioso para las víctimas, campesinos, comunidades y poblaciones involucradas.

El presente documento es una recopilación de las conclusiones principales que se derivaron del Foro “Avances y obstáculos de las órdenes de sentencia de restitución de tierras: Una conversación desde el enfoque de género en el marco de la Reforma Rural Integral”, luego de contar con la participación de seis ponentes:

Luis Alejandro Zambrano Cruz

Abogado de la Universidad de Nariño, especialista en Instituciones Jurídico Procesales de la Universidad Nacional de Colombia y en Derecho de Tierras de la Universidad Externado. Juez Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto y hace parte de la Red de Formadores de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” en Derecho de Género.

Paula Andrea Villa Vélez

Abogada de la Universidad de Antioquia y Maestrante de Asuntos Internacionales de la Universidad Externado de Colombia y maestrante de Derechos Humanos y Derecho Internacional

Humanitario de la Universidad de Nebrija. Actualmente es la directora jurídica de la Unidad de Restitución de Tierras.

María Mónica Parada Hernández

Abogada, socióloga y máster en derecho público de la Universidad del Rosario. Candidata a Doctora en Ciencia Política de la Universidad Estatal de Nueva York en Albany. Investigadora en el Observatorio de Tierras.

María José Hernández

Magister en derecho del Estado, actualmente profesora de derechos humanos en la Universidad Javeriana, ha sido consultora de entidades del Estado en cumplimiento de fallos del sistema de justicia transicional Colombiano.

Nury Jatsu Martínez Novoa

Abogada defensora de derechos humanos de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Derecho del Trabajo de la Universidad Nacional de Colombia y maestrante en Estudios Sociales de la Universidad Pedagógica Nacional de Colombia.

Edgardo González

Abogado, profesor titular de derecho agrario de la Universidad Nacional de la Plata. Investigador y extensionista INTA.

Una mirada desde el enfoque de género

Al ser un mecanismo que busca restaurar a las víctimas del conflicto armado, la Restitución de Tierras es un proceso al cual pueden acceder tanto hombres como mujeres víctimas en Colombia. El desplazamiento, la desaparición, las amenazas y los abandonos forzados no son sufrimientos padecidos de manera exclusiva por uno u otro género, como tampoco son experiencias vividas de la misma manera

Aunque históricamente no se ha reconocido de esta manera, la mujer campesina, tanto de manera individual como colectiva, ha sido un agente activo clave en los procesos y dinámicas agrarias y rurales en su territorio. Resulta interesante pensar la Restitución de Tierras desde un enfoque de género puesto que, inicialmente, este proceso fue pensado con la mirada del hombre como sujeto universal: “si el campesino es quien ara la tierra mientras la mujer se dedica a las tareas del cuidado, entonces es éste quien la norma debe reconocer en calidad de propietario”.

Al enmarcarse desde esta racionalidad, la mujer se convierte en un agente externo o secundario, desconociendo su rol y participación en el trabajo de la tierra.

La necesidad vital de reconocer a la mujer campesina como una parte esencial de la Restitución de Tierras ha generado el imperativo de reflexionar, desde un enfoque diferencial, la manera en que el conflicto ha atravesado el cuerpo y la materialidad de éstas. Como lo plantea la doctora Paula Villa, vale la pena preguntar, en la realidad, qué tanto se toman en cuenta las particularidades y necesidades individuales de las mujeres. Si bien jueces, magistrados y demás actores en el proceso han llevado un proceso propio en cuanto al acoplamiento y entendimiento de la mujer como solicitante en el proceso de tierra, hace falta una mayor apertura en cuanto al tema desde la mirada de enfoque de género.

«La Restitución de Tierras, pensada desde un enfoque de género, revela la necesidad de reconocer las experiencias y roles específicos de las mujeres en el contexto rural»

El enfoque de género es una herramienta metodológica que permite analizar la realidad observando las diversas experiencias y la distribución de poder que prima entre hombres y mujeres. Al observar la realidad desde dicha perspectiva, se hacen evidentes las desigualdades de poder existentes entre ambos géneros, las cuales han situado históricamente a las mujeres en

un lugar de subordinación y desventaja. En este sentido, es también una herramienta de cambio que nos permite transformar dichas situaciones de desigualdad abogando por un mundo más igualitario y plural. Cada una de las circunstancias, los contextos y las vivencias de cada mujer en cada uno de sus territorios son distintas entre sí y con respecto a las de los hombres. En el marco del proceso de Restitución de Tierras, se ha hecho evidente la necesidad de tomar en cuenta estas diferencias para implementar medidas que puedan generar verdadera reparación con respecto a las víctimas. Cuestiones que van desde cómo las personas se relacionan con la tierra, las actividades productivas que realizan, el cómo funcionan las economías agrarias y de cuidado, hasta el cómo se puede y debe acercarse a grupos de mujeres afectadas por el conflicto armado.

Comprender los roles de género dentro de los contextos territoriales permite una mejor aproximación en cuanto al proceso de Restitución con las mujeres solicitantes. Este proceso, por supuesto, requiere de un trabajo pedagógico paralelo con las diferentes instituciones y sujetos que participan en la Restitución de Tierras, pues implica un conocimiento y sensibilización a entender las dinámicas territoriales desde una mirada no universal, sino particular en relación a los roles de género que juegan en el contexto de las víctimas. Igualmente, la labor pedagógica deberá ser realizada con las mismas víctimas, quienes ven el derecho a la propiedad desde una perspectiva más parental, como lo es cuando se piensa la tierra como propiedad de su marido, hermano, padre o hijo.

De manera particular, resulta necesario llamar la atención frente a una de las percepciones más marcadas y generalizadas por parte, tanto de las mujeres beneficiarias de las sentencias de Restitución de Tierras como de las organizaciones de la sociedad civil que representan a estos grupos, consistente en que las sentencias de Restitución de Tierras no se han tenido en cuenta aspectos específicos referentes al tema del enfoque diferencial de género. Las órdenes allí integradas se han limitado a la solicitud de inclusión en los programas de vivienda de interés rural y de subsidio integral de tierras. Sin embargo, se evidencia una ausencia de prelación de las mujeres despojadas en el universo de reclamantes (Artículo 114 y 115 de la Ley 1448 de 2011), falta de prioridad en la aplicación de los beneficios de la Ley 731 de 2002 (Artículo 117 de la Ley 1448 de 2011), y ausencia de pronunciamiento en los fallos referente al tema de protección para mujeres líderes en los procesos de restitución.

Si bien los Estados deben velar porque todos los aspectos de los procedimientos de reclamación de restitución sean justos, oportunos, accesibles y gratuitos, y que en ellos se tengan en cuenta las cuestiones de edad y género, como uno de los principios de la Restitución de Tierras; en la materialidad, esta situación se manifiesta con el hecho de que mujeres viudas tengan que soportar cargas significativas tratando de sostener a su núcleo familiar, o que en ocasiones deban observar la separación de sus familiares buscando su propia seguridad y subsistencia. Las mujeres, en su calidad de madres cabeza de familia, madres buscadoras o viudas, han tenido que buscar las formas y los espacios de dignificar sus formas de vida y los derechos que les corresponden. El reconocimiento de la mujer en el proceso de Restitución de Tierras implica también que ella misma se pueda reconocerse e identificarse como beneficiaria de la restitución y, por ende, de la tierra misma. De esta manera, se vuelve un partícipe activo en la tenencia de tierra, más allá de entenderla como propiedad exclusiva de la figura masculina de su núcleo familiar.

Las dificultades del sistema

Una de las principales dificultades en relación con la etapa de post fallo, en el marco del proceso de Restitución de Tierras, recae en los mismos obstáculos que se presentan al momento de articular a la institucionalidad, bien sea del orden nacional o local, para el cumplimiento de las sentencias. Aunado a esto, el número de sentencias emitidas y pendientes de ser ejecutadas no es un tema menor, toda vez que el número puede ascender a más de 9.000 Ante tal volumen de casos, la realidad que encontramos es un sistema sobresaturado con personal limitado y presupuestos ajustados. Frente a este tema, alguna de las panelistas advirtieron que si bien es cierto que se le debe exigir a la institucionalidad el cumplimiento de sus funciones en materia de Restitución de Tierras ante las necesidades y las reparaciones de las víctimas, para ello también es necesario la exigibilidad de que se disponga de los recursos necesarios para su realización; sean estos económicos, de personal o, incluso, administrativos.

Así, además del aspecto presupuestal para manejar tal volumen de casos, vale la pena llamar la atención sobre las voluntades políticas detrás de la disposición para materializar la Política

Agraria e impulsar los casos de Restitución de Tierras como una deuda y garantía para el campesinado. La Restitución de Tierras no es un tema ajeno a las realidades del país y, ciertamente, no es un tema que pueda limitarse a una visión abarcadora desde el centro capitalino. Al ser un tema transversal para los diferentes entes territoriales a lo largo del país, resulta de vital importancia el apoyo y cooperación de los gobiernos locales y demás autoridades competentes. La falta de comunicación e interlocución entre los entes territoriales y nacionales deviene en retrasos, faltas en el cumplimiento y, en consecuencia, una indudable revictimización contra quienes han dispuesto años resistiendo a las adversidades. Solo con el conocimiento del contexto y las realidades que vive cada territorio se podrá realizar un proceso de restitución que considere los intereses y necesidades de las poblaciones que allí residan. Lo anterior solo es posible en la medida en que haya participación e intervención activa por parte del Estado y los gobiernos locales, que permitan seguimientos y cumplimientos de las órdenes de sentencia.

«La falta de recursos y coordinación institucional revictimiza a las víctimas en la Restitución de Tierras.»

De esta manera, más allá de una aplicación genérica y universal de la ley, se podrán tomar acciones con base en las realidades y particularidades específicas de cada territorio y cada comunidad. Más allá de un cumplimiento mecánico de la ley, son necesarias decisiones que tomen en cuenta los intereses del territorio. Un ejemplo de ellos puede verse en los casos expuestos por el Juez Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto, Luis Andrés Zambrano, quien expuso mecanismos alternos que permitan la solución de las problemáticas asociadas a la tierra, planteando de esta manera los escenarios de diálogo socioterritoriales. En estos, se busca que comience a desescalar el conflicto y, así, buscar soluciones que protejan los derechos de las partes involucradas y que en definitiva no se encuentren como actores directos del conflicto armado interno.

Perspectiva de territorio: El caso de Nariño

En el departamento de Nariño, la Corporación Jurídica Yira Castro ha realizado acompañamiento jurídico y psicosocial a más de 7.000 familias campesinas que se encuentran inmersas en un proceso judicial de restitución de derechos territoriales que cursa en los juzgados especializados de Restitución de Tierras de la ciudad de Pasto. En el marco de este contexto, la fundamentación conceptual y empírica recibida por los panelistas invitados al foro generó una profunda reflexión en los asistentes que participaron en sala virtual desde el departamento de Nariño.

Una de las situaciones que generó mayor interés e inquietud es cómo potencialmente un fallo de restitución de tierras podría afectar los derechos territoriales de la comunidad campesina. En el contexto de las comunidades nariñenses existe un conflicto de tierras interétnico y cultural con una población afrocolombiana,

toda vez que estos últimos reclaman su territorio como colectivo. Se trata, entonces, de un elemento que, de acuerdo con la propia comunidad, podría dejar desprotegida y vulnerable a la población campesina. Al respecto, la comunidad preguntó a los panelistas: ¿Qué efectos y obstáculos puede conllevar un fallo de restitución de derechos territoriales para aquellas personas declaradas como segundos ocupantes?

En Nariño, la restitución de tierras plantea conflictos interétnicos que podrían dejar vulnerable a la población campesina

Al respecto, destacaron como relevante lo manifestado por la Directora Jurídica de la Unidad de Restitución de Tierra, quien reconoció la complejidad en los asuntos étnicoterritoriales, pero que más allá de eso estableció que la experiencia les ha permitido entender que muchos de los problemas de tierras no han tenido una solución efectiva a través de las decisiones judiciales o mediante la aplicación exegética del ordenamiento jurídico, sino que se ha comenzado a estructurar mecanismos alternos que permitan realmente la solución de las problemáticas asociadas a la tierra, planteando de esta manera los escenarios de diálogo socioterritoriales a través de los cuales se comience a desescalar el conflicto y buscar soluciones que protejan los derechos de las partes involucradas y que en definitiva no se encuentran como actores directos del conflicto armado interno.

En el mismo sentido, el Juez de Restitución de Tierras invitado manifestó que el derecho debe trasladarse a la realidad de la comunidad, debe ser más cercana para que las personas comprendan los alcances y efectos de esta justicia transicional, y que en muchas ocasiones fue la misma intervención de la justicia la que originó o agravo las conflictividades, puesto que previo a establecer alguna demanda de restitución las comunidades han convivido con cierto grado de armonía, misma que ha sido rota cuando se notifica el inicio de una acción judicial, pues se crea el escenario de rivalidad o confrontación, que parte desde el mismo desconocimiento del proceso judicial y de sus efectos jurídicos. Finalmente, cabe destacar que si bien desde estos encuentros académicos se puede inferir un grado de voluntariedad para la consecución efectiva de los objetivos de los procesos de restitución de tierras, lamentablemente la institucionalidad desde la rama ejecutiva no muestra que efectivamente los postulados de protección a la población vulnerable declarada como segundos ocupantes corresponda a un respeto integral de sus derechos y garantías constitucionales.

Nació en el corregimiento San Antonio del Chamí, Mistrató, Risaralda, 1993... Estudió Agroindustria en UNISARC, miembro del Comité de Jóvenes Caficultores “Empalme generacional”, de la Asociación de Productores de Café de Alta Calidad. (ASOJARDIN CAFÉ). Hija de pequeños caficultores.

Actualmente es estudiante de Estudios Literarios de la Universidad Javeriana, donde hace parte del colectivo Tinzi.

El título más grande que tengo es el de ser mujer, campesina y afrocolombiana. Me reconozco encuerpada, en la raíz pivotante de los territorios.

Melia

Alzate

Mujeres sin terminar

Las he visto rodeando el árbol de café con una extraña agilidad, con una pizca femenina y un puñado de esperanza.

Se hacen a un lado, se frotan la frente para borrar el pensamiento que no es fructífero, pero escurre.

Ellas, que vagan en el fondo de mí, son mujeres sin terminar.

Cuando miran al cielo, apenas alcanzan la silueta de los pájaros y añoran ver a sus hijos con esas mismas alas. Cantan bien, y su melodía termina con el oscilar de las cuerdas de alguna prestada guitarra. Suspiran, hablan solas, no piden explicación y cargan con alguna maldita herencia.

El día cae sobre sus cansados hombros, están de pie, arrastran cadillos y el olor a trabajo pordebajiado.

Mueven sus manos para no desacomodar sus sueños, terminan el surco pero el día no termina con ellas y aunque el coco recolector de semilla esté lleno siguen de pie.

Mirando sus pies mitad de caucho mitad cansados la huella se ahonda por la subida, por la estructura del camino, por el café, por el pensamiento, por la esperanza que por este día que es casi noche está almacenada.

Llegan a casa con una agilidad que no da tiempo de descifrarla juntan las brasas y otra vez es tarde.

Las mujeres campesinas somos mujeres sin terminar. Es el cansancio sin terminar son los proyectos sin terminar son los hijos sin terminar es el compromiso frente a lo injusto que no termina es la tierra sin terminar, pero con linderos es la luna sin terminar es semilla sin terminar.

Las mujeres campesinas somos seres sin índice sin páginas numeradas.

Este poema pertenece al poemario “mujeres sin terminar” de luna libros

La Corporación Jurídica Yira Castro –CJYC– es una organización de Derechos Humanos, no gubernamental, fundada en el año 2001, sin ánimo de lucro.

Desde sus áreas de formación, asistencia e incidencia ofrece a víctimas y organizaciones sociales y campesinas y/o de víctimas del conflicto armado, herramientas para la exigibilidad de sus derechos y, a la vez, promover su empoderamiento como comunidad.

Así mismo, interpone acciones jurídicas y/o de representación judicial en defensa de los derechos fundamentales de la población víctima como la verdad, la justicia y la reparación integral.

Nuestra misión la defensa y exigibilidad de los Derechos Humanos de personas en situación de vulnerabilidad, mediante la implementación de acciones jurídicas y políticas a nivel nacional e internacional que permitan alcanzar mayores niveles de justicia social en Colombia.

Mesa de género - PUJ

Desde la Mesa de Género, nos articulamos como un grupo comprometido de mujeres y disidencias con el firme propósito de deconstruir una facultad que ha sido históricamente patriarcal y colonial. Nos enfocamos en visibilizar diversas formas de violencia, con un énfasis especial en aquellas basadas en género, que muchas veces permanecen invisibles o silenciadas dentro de nuestro entorno académico.

Nuestro objetivo central es transformar la facultad y la carrera de derecho en un espacio verdaderamente seguro para todas las mujeres, donde puedan desarrollarse sin temor y con la confianza de que su voz será escuchada y respetada. Para lograrlo, nos dedicamos a acompañar procesos de denuncia, ofreciendo apoyo a quienes deciden alzar la voz. Además, creamos y sostenemos espacios educativos que fomenten el aprendizaje y la reflexión crítica, así como círculos de apoyo donde las personas puedan encontrar la solidaridad y la empatía que necesitan.

Sabemos que no es una tarea fácil incomodar y cuestionar estructuras tan sólidas, pero estamos convencidas de que vale la pena cada esfuerzo. Nuestro trabajo es fundamental para garantizar que, en el futuro, el derecho sea una carrera donde las mujeres no solo se sientan seguras, sino que también perciban ese espacio como suyo, un lugar donde puedan expresarse con libertad y participar activamente en la construcción de comunidad.

La Revista Código, como medio estudiantil, ha apostado por un enfoque crítico y diverso de la discusión política. Con más de treinta años de historia, se gestó como una plataforma para hablar de actualidad y opinión desde formatos no tradicionales: en Código, un poema puede ser una postura crítica. Somos un espacio dialéctico, un puente y un tejido de diálogos entre opiniones, actores y situaciones sociales heterogéneas.

Colectivizando nuestro andar, nos constituimos en contra de la marginalización, la opresión y la discriminación.

En el marco de este evento, sumamos nuestra voz a la potencia creativa de una polifonía fundada en el respeto y el reconocimiento del otro. Hoy, nuevamente, dando continuidad a nuestra historia, apostamos por la necesidad de construir espacios de diálogo franco, abierto, y siempre colectivo.

Sigamos descentralizando la política: dejemos de hablar por y empecemos a hablar con.

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