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CAPíTULO i LA MiRADA SOBRE LA DiSCAPACiDAD
CAPíTULO ii AYUDAR(TE) ANTES DE AYUDAR A OTROS
CAPíTULO iii TRABAJO EN LA COMUNiDAD
CAPíTULO iv TRABAJO CON LA FAMiLiA
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LA MiRADA SOBRE LA DiSCAPACiDAD
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AYUDAR(TE) ANTES DE AYUDAR A OTROS
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TRABAJO EN LA COMUNiDAD
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EJERCICIO Dibujando a tu comunidad En un pliego de papel bond dibuja a tu comunidad como la observaste: ¿Cómo está organizada geográficamente? ¿Quiénes viven en la comunidad? ¿Dónde están las personas con discapacidad? En otro pliego de papel bond dibuja a tu comunidad ideal: ¿Cómo debería estar organizada? ¿Qué elementos debería tener? Pega los dos dibujos y haz la siguiente pregunta: ¿Qué es lo que tendrías que hacer para pasar de la comunidad actual a la comunidad ideal? Tú no puedes influir en todo, pero sí en algunos problemas. Marca en el primer dibujo con círculos en donde tu trabajo sí puede influir y transformar. Ahora imagina qué tipo de acciones puedes realizar para llegar a la comunidad ideal desde los círculos que marcaste. Haz una lluvia de ideas y ordena las acciones de las más fáciles a las más difíciles, y elige las tres primeras acciones. Éstas son las estrategias que te puedes ir plateando hasta llegar a las más complicadas. Ejemplo: ¿Qué? Hablar con los jóvenes de la comunidad sobre la discapacidad.
¿Para qué? Para sensibilizarlos.
¿Cómo? A partir de una proyección de una película.
¿Cuándo? El sábado a las 6 p.m.
¿En dónde? En las canchas.
Materiales Cañón o TV, video.
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TRABAJO CON LA FAMiLiA
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ANEXOS
ANEXO I
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
Artículo 1
Nadie tiene derecho a enviarte a la cárcel, o mantenerte en ella o enviarte fuera de tu país injustamente o sin una razón justificada.
Artículo 2
Si has de comparecer en juicio, este se deberá celebrar en público. Las personas que te juzguen no se deben dejar influir por otras.
Todas las personas pueden reivindicar los siguientes derechos aun cuando: * sean de sexo diferente, * tengan un color de piel diferente, * hablen un idioma diferente, * piensen cosas diferentes, * crean en otra religión, * posean más o menos bienes, * hayan nacido en otro grupo social.
Artículo 3
Tú tienes el derecho a la vida y a vivir en libertad y en condiciones de seguridad.
Artículo 4
Nadie tiene derecho de hacer de ti su esclavo y tú no debes hacer a nadie tu esclavo.
Artículo 5
Nadie tiene derecho a torturarte.
Artículo 6
La ley debe protegerte de la misma manera en todas partes y al igual que a toda otra persona.
Artículo 10
Artículo 11
Se te debe considerar inocente mientras no se pruebe que eres culpable. Si eres acusado de un delito, deberás tener siempre derecho a defenderte. Nadie tiene derecho a condenarte y a sancionarte por algo que no hayas hecho.
Artículo 12
Tienes derecho a pedir protección si alguien trata de perjudicar tu buen nombre, entrar en tu casa, abrir tu correspondencia o causar molestias a ti o a tu familia sin una razón justificada.
Artículo 13
Tienes derecho a circular de un lado a otro dentro de tu país. Tienes derecho a salir de tu país para dirigirte a otro y debes poder regresar a tu país si así lo deseas.
Artículo 14
Artículo 7
Si alguien te perjudica tienes derecho a dirigirte a otro país y pedirle que te proteja. Pierdes tal derecho si has dado muerte a alguien o si tú mismo no respetas lo que aquí está escrito.
Artículo 8
Artículo 15
La ley es igual para todos, se debe aplicar a todos en la misma forma. Debes poder solicitar ayuda jurídica cuando no se respeten los derechos que su país te concede.
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Artículo 9
Cuando nacen, los niños son libres y cada uno debe ser tratado equitativamente. Todos tienen razón y conciencia y deben comportarse amistosamente los unos con los otros.
Tienes derecho a pertenecer a tu país y nadie puede impedirte, sin razón, a pertenecer a otro país si lo deseas.
Artículo 16
Los gobiernos serán elegidos regularmente por votación, y la votación debe ser secreta. Debes tener derecho a un voto y todos los votos deben ser de igual valor. También tienes el mismo derecho que cualquier otro a emplearte en la función pública.
Tan pronto como una persona llega a la edad prevista por la ley, tiene derecho a casarse y fundar una familia. Al casarte, no tiene ninguna importancia el color de tu piel, el país de que procedes ni tu religión. Los hombres y las mujeres tienen los mismos derechos cuando están casados, y también cuando están separados. Nadie debe obligar a una persona a casarse. El gobierno de tu país debe proteger a toda tu familia.
La sociedad en que vives debe ayudarte a desarrollarte y a aprovechar al máximo todas las ventajas (culturales, laborales y de bienestar social) a tu disposición y a la de todos los hombres y mujeres de tu país.
Artículo 17
Artículo 23
Tienes derecho a poseer tus propios bienes y nadie tiene derecho a despojarte de ellos sin una razón justificada.
Artículo 22
Artículo 18
Tienes derecho a trabajar, a elegir libremente tu trabajo, y a percibir un salario que te permita vivir y mantener a tu familia. Si un hombre y una mujer realizan el mismo trabajo, deben percibir la misma paga. Todas las personas tienen derecho a asociarse para defender sus intereses.
Artículo 19
Artículo 24
Tienes derecho a profesar libremente tu religión, a cambiarla y a practicarla individualmente o con otras personas. Tienes derecho a pensar lo que quieras, a decir lo que desees y nadie debe prohibirte hacerlo. También debes poder compartir tus ideas con personas de cualquier otro país.
Artículo 20
Tienes el derecho de organizar reuniones pacificas o participar en reuniones en forma pacífica. Es impropio obligar a nadie a pertenecer a un grupo.
Artículo 21
Tienes derecho a participar en los asuntos políticos de tu país, ya sea perteneciendo al gobierno, ya eligiendo a los políticos que tengan las mismas ideas que tú.
La jornada de trabajo no debe ser demasiado larga, pues toda persona tiene derecho a descansar y debe poder tomarse vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
Tienes derecho a tener de lo que necesites para que tú y tu familia: no se enfermen, no tengas hambre; tengas vestido y vivienda; y recibas ayuda si careces de trabajo, si estás enfermo, si eres anciano, si tu mujer o marido ha fallecido, o si no te ganas la vida por cualquier otra causa que no puedas impedir.
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La madre que va a tener un hijo y el hijo deben recibir ayuda especial. Todos los niños tienen los mismos derechos, esté o no casada la madre.
Artículo 26
Tienes derecho a asistir a la escuela y todos deben ir a la escuela. La enseñanza primaria debe ser gratuita. Tienes derecho a aprender un oficio o a continuar tus estudios mientras lo desees. En la escuela debes poder desarrollar todas tus aptitudes y te deben enseñar a llevarte bien con los demás, cualquiera sea su raza, religión o el país de que procedan. Tus padres tienen el derecho de elegir cómo y qué se te ha de enseñar en la escuela.
Artículo 27
Tienes derecho a participar en las artes y las ciencias de tu comunidad así como en las ventajas que reporten. En tu calidad de artista, escritor o científico, tus obras deben estar protegidas y debes poder beneficiarte de ellas.
Artículo 28
Para que se respeten tus derechos, debe haber un orden que los proteja. Ese orden debe ser local y mundial.
Artículo 29
Tienes obligaciones para con la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollarse plenamente tu personalidad. La ley debe garantizar los derechos humanos. Debe permitir a cada uno respetar a los demás, y a su vez, ser respetado.
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Artículo 30
Ninguna sociedad ni ser humano de ninguna parte del mundo puede tomarse la libertad de desarrollar actividades para destruir los derechos que acabas de leer. La versión en lenguaje corriente se proporciona sólo a título orientativo. El texto exacto de cada uno de los principios deberán comprobarlo los alumnos en el original. Esta versión se basa en parte en la traducción de un texto preparada en 1978 para la Asociación Mundial por la escuela Instrumento de Paz por un grupo de investigadores de la Universidad de Ginebra dirigido por el Profesor L. Massarenti. Para preparar la traducción, el citado grupo empleó un vocabulario básico de 2.500 palabras utilizadas en la parte francófona de Suiza. Los maestros pueden servirse de esta metodología al traducir el texto de la Declaración Universal al lenguaje de sus propias comunidades.
ANEXO II
¿QUÉ TIPOS DE DISCAPACIDAD EXISTEN? Una persona con discapacidad puede tener dificultades para hacer algunas actividades comunes que tú haces todos los días, como por ejemplo: Alimentarse, bañarse, vestirse, ir al baño o usar la letrina, trasladarse o desplazarse, ir a la escuela, trabajar, jugar, cocinar, entender lo que dicen otras personas, etc.
Las personas pueden tener:
Discapacidad física: Es la que presentan las personas que tienen dificultad para moverse o para mover alguna parte de su cuerpo, no pueden caminar, les falta una mano, un brazo o una pierna.
Discapacidad sensorial: Es la que presentan las personas que tienen problemas en alguno de sus sentidos, como la vista y el oído, en la comunicación y el lenguaje (personas que no ven, que no oyen o no pueden hablar)
Discapacidad intelectual: Es la que presentan las personas que tienen dificultades para aprender o para resolver problemas.
Discapacidad psicosocial: Es la que presentan las personas que tienen dificultades para relacionarse con otros en el lugar donde viven (de comportamiento o interacción social) Como ya habíamos mencionado, todos los tipos de discapacidad pueden ser causados por problemas en el embarazo o en el parto, por accidentes o por problemas en el organismo.
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ANEXO III ETAPAS
DEL DESARROLLO ¿Por qué es importante conocer las etapas del desarrollo de un niño o niña? Porque nos permite comparar el desarrollo de un niño o niña al que conocemos y saber si se está desarrollando bien o si necesita ayuda en algunas áreas y así podemos pensar y planear actividades para que le sean útiles. El desarrollo de un niño o niña se divide en etapas pues para que un niño o niña realice una actividad, es necesario que esté preparado y que haya realizado otra actividad menos compleja antes. Por ejemplo, para que un niño o niña pueda aprender a caminar es necesario que antes haya podido aprender a sentarse solo, luego a pararse y a tener equilibrio, para poder después caminar… Si queremos que el niño aprenda a caminar antes de haber realizado estos pasos, nos vamos a sentir frustrados nosotros y el niño y lo vamos a forzar a hacer algo que no es posible porque su cuerpo no está listo para esa actividad. Las niñas y niños se desarrollan en varias áreas a la vez, aquí las hemos separado para poder entenderlas mejor en cuatro áreas de desarrollo: Física (corresponde al desarrollo del cuerpo) Mental (corresponde al desarrollo de la mente y el pensamiento) Comunicación (corresponde al desarrollo del lenguaje y la comunicación con gestos) Social (corresponde al desarrollo de las relaciones y el trato con otras personas). En el cuadro que sigue se muestran varias actividades y habilidades que las niñas y niños hacen y desarrollan, divididas en las etapas física, mental, comunicación y social, según las edades en las que la mayoría de las niñas y niños lo hacen. Es importante aclarar que este cuadro es sólo una guía, y que las edades en las que las niñas y niños desarrollan estas habilidades o realizan estas actividades pueden variar, sin que esto signifique que hay un problema en su desarrollo. HAY QUE OBSERVAR AL NIÑO EN SU TOTALIDAD.
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ANEXO IV CUADRO DE DESARROLLO EDAD
0 a 3 meses
Área de desarrollo físico
Área de desarrollo mental
Levanta la cabeza y la sostiene por momentos breves.
Explora sus manos y comienza a registrar sus movimientos.
Sigue objetos cercanos con los ojos.
Le llaman la atención los colores brillantes y las luces.
Mueve los brazos (los dos a la vez). Sostiene el dedo de otra persona si se lo pone en la mano (sólo por reflejo). Mama.
Área de desarrollo de la comunicación Voltea hacia el lugar de donde vienen los sonidos. Empieza con sonidos guturales (ooohh- ahhh).
Llora cuando tiene hambre o está incómodo. Reconoce a las personas que más lo cuidan.
Área de desarrollo social Fija la mirada en el rostro de la mamá cuando lo alimenta. Hacia el segundo o tercer mes sonríe.
Se mueve o llora con los ruidos fuertes. El llanto es una de sus formas de expresión.
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EDAD
3 a 6 meses
Área de desarrollo físico Sostiene firmemente la cabeza en alto.
Área de desarrollo mental Mira los objetos que tiene en sus manos.
Se lleva todo a la boca. Se sienta con apoyo. Se voltea de panza a espalda. Empieza a arrastrarse. Trata de alcanzar objetos.
Busca con la mirada de dónde viene un ruido. Breve interés en juguetes y sonidos.
Área de desarrollo de la comunicación Responde a la voz de su mamá.
Se levanta y sostiene sobre los brazos. Toma objetos entre sus manos y los suelta. Golpea sobre la mesa. Muerde. Se sienta apoyándose con las manos.
Repite sílabas ba-ba. Produce nuevos sonidos en varios tonos.
Área de desarrollo social Ríe a carcajadas. Sonríe al espejo.
Se enoja si le quitan algo. Se resiste si quieren sacarle algo. Reconoce a su mamá.
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EDAD
6 a 9 meses
Área de desarrollo físico Boca abajo, voltea la cabeza y cambia su peso de lado. Se voltea de espalda a panza. Se arrastra sentado o gatea. Empieza a sentarse sin apoyo Agarra objetos con toda la mano (en puño o garra).
Área de desarrollo mental Juega con objetos sencillos. Juega con su cuerpo.
Área de desarrollo de la comunicación Le gusta la música rítmica. Hace sonidos sencillos. Reacciona cuando dicen su nombre.
Área de desarrollo social Mastica comida sólida. Boca abajo levanta los brazos y estira las rodillas (posición como avioncito).
Se encariña con las personas que lo cuidan. Reconoce diferentes caras.
Se acuesta y se sienta solo.
Demuestra agrado y desagrado. No le gusta estar solo. No se da cuenta del peligro.
Quiere tocar y agarrar todo. Aplaude Sostiene la mamila con las manos.
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EDAD
9 a 12 meses
Área de desarrollo físico
Área de desarrollo mental
Sostiene bien la cabeza cuando lo levantan. Acostado, da vueltas varias veces.
Empieza a comer solo. Empieza a entender lo que quiere decir NO y a obedecer.
Se para jalándose de algo. Se pasa un objeto de una mano a otra.
Busca juguetes que se le caen y que ya no puede ver (fuera del alcance de la vista). Ayuda cuando lo visten.
ve bien los objetos lejanos. Se sienta bien sin apoyo. Da algunos pasos. Examina lo que tiene en sus manos y le da vueltas.
Área de desarrollo social Empieza a disfrutar los primeros juegos con otras personas.
Área de desarrollo de la comunicación Usa sonidos para diferentes cosas. Dice NO moviendo la cabeza.
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Entrega y recibe los juguetes.
EDAD
1 año a 2 años
Área de desarrollo físico Sostiene y mueve la cabeza en todas las direcciones. Entiende palabras y frases sencillas. Se voltea y se mueve fácilmente estando sentado. Camina. Corre. Agarra con el pulgar y el índice. Trepa. Salta. Patea.
Área de desarrollo mental Mira objetos o dibujos pequeños. Empieza a hacer cosas sencillas que se le piden (ven aquí, etc.). Toma solo de un vaso. imita a la gente. Empieza a manejar nociones de arriba-aabajo, adentro-afuera. Reconoce en fotos a su familia.
Área de desarrollo social Área de desarrollo de la comunicación Empieza a decir palabras sencillas solas (mamá, papá). Dice su nombre.
Se interesa más en las actividades y juguetes. Expresa sus necesidades. Colabora.
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EDAD
2 años a 3 años
Área de desarrollo físico Puede caminar en puntas de pies y sobre los talones. Puede mover un dedo desde su nariz hacia un objeto que se mueve y del objeto de vuelta a su nariz. ve bien objetos pequeños a varios metros de distancia. Sube y baja escaleras. Hace garabatos en una hoja. Desenrosca tapones.
Área de desarrollo de la comunicación Empieza a juntar palabras. Señala diferentes cosas cuando se le pide (¿dónde está tu nariz? Y el niño la señala).
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Área de desarrollo mental Sigue frases o instrucciones sencillas. Se quita algunas ropas solo. Separa y ordena objetos diferentes. Reconoce animales por su sonido.
Área de desarrollo social Empieza a jugar con otros niños. Le gusta que lo feliciten si cumple una tarea sencilla.
EDAD
3 años a 5 años
Área de desarrollo físico Puede caminar hacia atrás. Puede brincar sobre un pie. Avienta y atrapa la pelota.
Área de desarrollo de la comunicación Dice oraciones sencillas.
EDAD
Área de desarrollo mental Se baña y se viste. Sigue varias frases o instrucciones. Sabe ir al baño.
Área de desarrollo social Ayuda con el trabajo sencillo. Se relaciona con niños y adultos. Juega con niños y juguetes.
5 años
Área de desarrollo físico Copia figuras sencillas.
Área de desarrollo de la comunicación Habla de lo que ha hecho. Hace muchas preguntas. Puede dialogar y tiene un lenguaje amplio.
Área de desarrollo mental Arma rompecabezas sencillos. Sabe contar. Usa su memoria. Tiene nociones más organizadas del espacio. Muestra interés por aprender letras, palabras, números.
Área de desarrollo social Juega con otros niños. Entiende las reglas del juego. Expresa sus sentimientos.
Fuente: David Warner, “El niño campesino deshabilitado” Mariana Narvarte, “Estimulación y aprendizaje”
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ANEXO v
GUíA PARA UNA PRiMERA ENTREviSTA
Nombre: _______________________________________________________________ Fecha de nacimiento: __________________________________________________ ¿Cuántos años tiene la persona con discapacidad?_____________________ Dirección donde vive: __________________________________________________ ¿Con quién vive? ______________________________________________________ Nombre
Relación/parentesco
Edad
¿Cuánto pesa?__________________ ¿Cuánto mide?______________________ ¿Alguna vez el adulto o niño con discapacidad fue al médico?_________ ¿Cuándo?_______________¿Dónde?_____________________________________ ¿Durante cuánto tiempo?______________________________________________ ¿Usa apoyo de algún aparato (silla de ruedas, bastón, auxiliar auditivo, etc.)?__________________ ¿Qué aparatos usa?___________________________ _______________________________________________________________________ ¿Oye bien?__________________¿ve bien?________________________________ ¿Habla?__________________¿Tiene ataques?____________________________ ¿Con qué frecuencia?_________________________________________________ ¿Cómo son los ataques?:______________________________________________ _______________________________________________________________________ ¿Toma medicinas?___________¿Cuáles?________________________________ _______________________________________________________________________ ¿Para qué?___________________________________________________________ ¿Qué resultados ha tenido con las medicinas? _______________________________________________________________________
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¿Qué actividades puede hacer?______________________________________ ______________________________________________________________________ ¿Qué no puede hacer?_______________________________________________ ______________________________________________________________________ ¿Qué nuevas actividades le gustaría a la familia que la PCD hiciera? ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ¿Qué cree la familia que puede hacer para ayudar a la PCD a realizar esas actividades? ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ¿Cómo ha hecho la familia hasta ahora para apoyar a la PCD? ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ Nombre de la Madre: ______________________________________________________________________ Nombre del Padre: ______________________________________________________________________ En la familia: ¿Cuál creen que es el problema principal de la PCD? ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ¿Desde cuándo ven este problema? _________________________________ ______________________________________________________________________ ¿Qué otros problemas tiene? ________________________________________ ______________________________________________________________________ ¿Siempre tuvo este problema? ______________________________________________________________________ ¿El problema siempre fue igual o ahora ven que está mejor o peor? ______________________________________________________________________ ¿Qué espera la familia de la RC? _____________________________________________________________________ ¿La PCD tiene cartilla de vacunación?________________________________ ¿Qué vacunas ha recibido? __________________________________________ ______________________________________________________________________ ¿La PCD ha tenido alguna enfermedad?_____________________________ ¿Cuáles?____________________________________________________________
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¿Qué puede hacer la PCD? Para llenar el cuadro será necesario que consultes el anexo iv (cuadro de desarrollo). Si es necesario adulto identifica las acciones que puede hacerde solo. Para llenar el cuadro será que consultes el anexo vi (cuadro desarrollo). Si es adulto identifica las acciones que puede hacer solo. Acción Controlar la cabeza Usar las manos voltearse de lado cuando está boca abajo o boca arriba Arrastrarse o gatear Pararse, caminar Agarrar objetos y sostenerlos Jugar Comer o beber ir al baño Asearse vestirse Hablar Trabajar Otras
Comentario
Acorde al cuadro de desarrollo, señala la etapa en la que ese encuentra la PCD (no importa si es un adulto)
visita 1
visita 2
visita 3
visita 4
¿va o fue a la escuela?__________________ ¿A cuál?_________________________________ Último año escolar cursado: _____________ Si no va a la escuela: ¿alguna vez fue?___ Si no va a la escuela: ¿le gustaría a la familiar que la PCD fuera a la escuela?_____¿Para qué?_________________ __________________________________________ ¿El padre de la PCD trabaja?____________ ¿Qué trabajo realiza?____________________ __________________________________________ ¿La madre de la PCD trabaja?___________ ¿Qué trabajo realiza?____________________ __________________________________________ Anota aquí detalles que te parezcan importantes de la situación familiar que observaste: __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ Anota aquí todas las observaciones que te parezcan importantes: __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________ __________________________________________
ANEXO VI
CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN FÁCIL LECTURA
Una convención es un acuerdo importante que un grupo de países o instituciones establece sobre un tema o sobre un asunto.
Preámbulo
Los Países que forman parte de la Convención Recuerdan que los principios de la Carta de las Naciones Unidas reconocen que todas las personas tienen los mismos derechos y libertades. Reconocen que es necesario garantizar que las personas con discapacidad disfruten de los derechos humanos y las libertades sin discriminación alguna. Reconocen que la discapacidad es el resultado de la relación entre la persona con deficiencias y las barreras que impiden que participe en la sociedad como los demás. Reconocen que la discriminación contra cualquier persona por causa de su discapacidad constituye una acción contra la dignidad y el valor del ser humano. Igualmente, los Países Reconocen que la independencia individual es muy importante para las personas con discapacidad. Reconocen que las mujeres y las niñas con discapacidad se exponen a mayores riesgos de abusos, abandonos o malos tratos que los hombres y los niños con discapacidad.
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Fuente: “Publicación del Grupo UAM-Fácil Lectura y del Real Patronato sobre Discapacidad” e incluyendo los logos del Grupo UAM-Fácil Lectura y del Real Patronato sobre Discapacidad.
Reconocen que la mayoría de las personas con discapacidad viven en la pobreza. Reconocen que es importante que las personas con discapacidad tengan acceso a la salud y que disfruten de todos los derechos y libertades fundamentales. Protegerán a las familias con personas con discapacidad. Esta protección ayudará a que las personas con discapacidad disfruten de los mismos derechos que las demás personas. Por todo esto, los Países creen que esta Convención Protegerá los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. Contribuirá a reducir la desventaja social de las personas con discapacidad. Promoverá la participación de las personas con discapacidad en la vida civil, política, económica, social y cultural de todos los países, tanto los que están en desarrollo, como los desarrollados.
Artículo 1
Propósito Las personas con discapacidad son personas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a lo largo del tiempo. La Convención quiere que estas personas Disfruten de todos los derechos humanos y de todas las libertades. Sean respetadas por todos como cualquier otra persona. La Convención quiere eliminar las barreras que impiden la participación de las personas con discapacidad en la sociedad. ¿Qué es una barrera? Una barrera es algo que impide a una persona realizar una tarea o conseguir algo. Por ejemplo, una escalera es una barrera para las personas que no pueden andar. Un informativo en televisión sin que se transmita en la lengua de señas es una barrera para las personas que no pueden oír. Los semáforos que no emiten sonidos que avisan a los peatones para cruzar la calle son una barrera para las personas que no pueden ver. Las leyes escritas en un lenguaje jurídico complejo son barreras para las personas que tienen dificultades para leer y comprender.
Artículo 2
Definiciones Para que la Convención consiga su propósito es necesario entender correctamente las siguientes ideas: LENGUAJE Todos nos comunicamos con el lenguaje. El lenguaje se manifiesta de muchas maneras. Por ejemplo, hablando o haciendo señas con las manos. FORMAS DE COMUNICACIÓN Hablar es una forma de comunicación. El lenguaje de signos es una forma de comunicación. Escribir también es otra forma de comunicación. El Braille es un sistema de escritura y lectura. Con
el tacto de los dedos, las personas que no pueden ver reconocen los signos. LENGUAJE ACCESIBLE Para comunicarse es necesario utilizar un lenguaje que todos comprendamos. Sin embargo, algunas personas tienen dificultades para entender los textos escritos. Estas personas necesitan que los textos sean sencillos y fáciles de leer. DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE DISCAPACIDAD Las personas con discapacidad sufren discriminación por motivos de discapacidad si se les impide disfrutar de los derechos humanos y de las libertades fundamentales a causa de su discapacidad. Para evitar este tipo de discriminación, a veces será necesario adaptar las cosas a las distintas capacidades de las personas. DISEÑO UNIVERSAL Los productos que pueden ser usados por todas las personas son productos de diseño universal. El diseño universal debe aplicarse a todo lo que consuman o utilicen las personas, incluidas las personas con discapacidad.
Artículo 3
Principios generales La Convención se basa en Respetar la independencia de las personas y su libertad para decidir lo que les afecta. Evitar la discriminación. Procurar que todas las personas participen plenamente en la sociedad. Respetar a las personas con discapacidad. Promover la igualdad de oportunidades. Promover la accesibilidad. Promover la igualdad entre el hombre y la mujer. Respetar el desarrollo de los niños y de las niñas con discapacidad y su propi identidad.
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Artículo 4
Obligaciones generales Todos los Países se comprometen a asegurar los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad. Para conseguirlo, los Países se comprometen a Crear leyes y normas administrativas que protejan los derechos humanos de las personas con discapacidad. Comprobar que todos cumplen las leyes, especialmente las empresas y las instituciones. Fomentar el diseño universal. Promover el uso de las nuevas tecnologías. Proporcionar asistencia, servicios de apoyo e información comprensible para todos. Informar a profesionales y trabajadores sobre los derechos reconocidos en la Convención. Todos los Países se comprometen a asegurar los derechos económicos, sociales y culturales de las personas con discapacidad. Todos los Países consultarán a las personas con discapacidad y a las organizaciones que las representan cuando hagan leyes que les afecten. La Convención respeta las leyes que cada país tiene para garantizar los derechos de las personas con discapacidad. Estas leyes son válidas. La Convención se aplicará en todos los estados y regiones de los Países firmantes de la Convención.
Artículo 5
Igualdad y no discriminación Todos los Países Reconocen que todas las personas son iguales ante la Ley. Prohibirán la discriminación por motivos de discapacidad. Fomentarán la igualdad mediante la adaptación de los productos y de los servicios para que puedan usarlos las personas con discapacidad.
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Artículo 6
Mujeres con discapacidad Los Países reconocen que las mujeres y las niñas con discapacidad sufren muchas formas de discriminación. Por ello, todos los Países se comprometen a Conseguir que las mujeres y las niñas con discapacidad disfruten de todos los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Para lograrlo los Países Fomentarán la igualdad mediante la adaptación de los productos y de los servicios para que puedan usarlos las personas con discapacidad.
Artículo 7
Niños y niñas con discapacidad Todos los Países Harán lo necesario para que los niños y las niñas con discapacidad disfruten de todos los derechos humanos como los demás niños y niñas. Garantizarán que los niños y las niñas con discapacidad puedan opinar con libertad como cualquier niño o niña de su misma edad.
Artículo 8
Toma de conciencia Todos los Países se comprometen a Fomentar en la sociedad el respeto de los derechos de las personas con discapacidad Luchar contra los prejuicios existentes relacionados con la discapacidad. Los prejuicios son las falsas ideas, generalmente negativas, que tienen algunas personas sobre algo o alguien porque no conocen la realidad. Mostrar a la sociedad que las personas con discapacidad tienen muchas capacidades. Para conseguir este fin, todos los países Harán actividades informativas para que la sociedad valore positivamente a las personas con discapacidad.
Fomentarán en las escuelas el respeto a los derechos de las personas con discapacidad. Animarán a los medios de comunicación a que difundan una imagen respetuosa y positiva de las personas con discapacidad. La accesibilidad es la propiedad que tienen algunos lugares a los que se puede llegar o entrar fácilmente. También es la propiedad que tienen algunas cosas que se comprenden con facilidad.
Artículo 9
Accesibilidad Para que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente, los Países Garantizarán el acceso a todos los lugares: edificios, escuelas, hospitales, viviendas. También a los lugares de trabajo y a las calles. Garantizarán que la información llegue a todas las personas. Para conseguir este fin, todos los países Desarrollarán normas que permitan que las personas con discapacidad puedan entrar y salir de todos los lugares, así como desplazarse por las calles y los caminos de las ciudades y pueblos. Vigilarán que las personas con discapacidad puedan usar los servicios abiertos al público. Señalizarán las instalaciones públicas en todas las formas de comunicación, incluidas la escritura en Braille y en formato de fácil lectura. Ofrecerán la asistencia de personas o de animales para facilitar el acceso a los edificios o el uso de las instalaciones públicas. Por ejemplo, se facilitarán intérpretes en la lengua de señas para las personas con discapacidad auditiva. Promoverán formas que permitan a las personas con discapacidad acceder a la información.
Artículo 10
Derecho a la vida Todos los seres humanos tienen derecho a la vida. La Convención exige a todos los Países que Garanticen el derecho de las personas con discapacidad a disfrutar de la vida.
Artículo 11
Riesgos y emergencias humanitarias La Convención exige a todos los Países que Garanticen la seguridad de las personas con discapacidad. Especialmente cuando existan guerras o conflictos armados, catástrofes naturales o situaciones de riesgo.
Artículo 12
Igual reconocimiento ante la Ley Todos los Países asegurarán la igualdad de derechos de las personas con discapacidad ante la Ley. La Convención exige que todos los Países garanticen que las personas con discapacidad Tienen los mismos derechos a heredar y poseer propiedades. Deben conocer y controlar sus actividades y bienes económicos. Pueden acceder a los servicios financieros, como por ejemplo los créditos o las hipotecas.
Artículo 13
Acceso a la justicia Los Países asegurarán que todas las personas Accedan a la justicia en igualdad de condiciones, sin que puedan ser excluidas de los procedimientos judiciales. Por ejemplo, podrán declarar como testigos.
También el acceso a Internet y a otras tecnologías de la información.
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Artículo 14
Libertad y seguridad de la persona Los Países asegurarán que todas las personas Disfruten del derecho a la libertad y seguridad de la persona. No puedan ser privadas de la libertad sin motivo, injusta y arbitrariamente. En los juicios, tendrán todas las garantías del Derecho Internacional y de los Derechos Humanos.
Artículo 15
Protección contra la tortura y el trato inhumano Ninguna persona será sometida a tortura. Ninguna persona recibirá un trato inhumano. Ninguna persona será humillada. Una persona es humillada cuando es ofendida o insultada con la intención de que se avergüence de sí misma. Todos los Países garantizarán que las personas con discapacidad no sean sometidas a experimentos médicos o científicos en contra de su voluntad.
Artículo 16
Protección contra la explotación, la violencia y el abuso La Convención exige a todos los Países que las personas con discapacidad No sean explotadas, ni sufran abusos o violencia. En especial las mujeres y las niñas. Tengan servicios de protección. Estos servicios serán supervisados por autoridades independientes. Los Países promoverán La recuperación física y psicológica de las personas con discapacidad. También asegurarán la incorporación a la sociedad de las personas que hayan sido víctimas de abusos y malos tratos.
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Artículo 17
Protección de la integridad personal Las personas con discapacidad tienen derecho a que se respete su integridad física y mental en igualdad de condiciones con las demás personas.
Artículo 18
Libertad de desplazamiento y nacionalidad Como cualquier otra persona, las personas con discapacidad pueden Viajar libremente. Elegir su residencia y su nacionalidad. Disponer de su documentación de identidad. Entrar y salir de cualquier país libremente, incluido su propio país. Los niños y las niñas con discapacidad tienen derecho a Tener un nombre y ser inscritos al nacer. Adquirir la nacionalidad. Conocer a sus padres y ser atendidos por ellos.
Artículo 19
Derecho a vivir con independencia y a formar parte de la comunidad Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a participar en la vida de la comunidad. La Convención garantizará que las personas con discapacidad Elijan libremente con quién quieren vivir, y dónde quieren vivir. Tendrán la ayuda necesaria para vivir bien y para que no sean aislados de la comunidad. Dispondrán de los mismos servicios e instalaciones que el resto de las personas. Estos servicios e instalaciones estarán adaptados a sus capacidades.
Artículo 20
Movilidad personal Todas las personas con discapacidad tienen derecho a moverse libremente, a desplazarse de un lado a otro. Los Países facilitarán El desplazamiento de las personas sin que les cueste muy caro. La asistencia humana o animal y la tecnología que permita que puedan moverse libremente. El desarrollo de tecnologías y la fabricación de aparatos que sirvan para que las personas con discapacidad puedan moverse cuando quieran.
Artículo 21
Libertad de expresión, de opinión y de acceso a la información Todas las personas con discapacidad tienen derecho a expresar sus opiniones con libertad. También tienen derecho a comunicarse de la forma que elijan. Para ello los Países harán leyes que Garanticen que la información general es accesible a las personas con discapacidad. Faciliten todos los sistemas de comunicación que requieran las personas con discapacidad. En especial, la lengua de señas, el Braille, la fácil lectura y otros formatos accesibles. Animen a las instituciones y empresas privadas a que elaboren su información en los sistemas de comunicación que necesitan las personas con discapacidad. Animen a los medios de comunicación a que den sus informaciones y servicios a través de varios sistemas de comunicación.
La ley protegerá estos derechos. Los Países mantendrán en privado los datos sobre la salud y la rehabilitación de las personas con discapacidad.
Artículo 23
Respeto del hogar y de la familia Los Países harán leyes para que las personas con discapacidad Estén informadas sobre los medios que evitan el embarazo y sobre la planificación familiar. Puedan tener relaciones sexuales e íntimas como las demás personas. Se casen si lo desean. Tengan hijos o puedan adoptarlos. Mantengan su capacidad reproductiva en igualdad de condiciones que los demás. Los Países garantizarán que las personas con discapacidad ejerzan responsablemente la crianza de los hijos. Los Países garantizarán que los niños y niñas con discapacidad disfruten de la vida familiar y tengan los mismos derechos que los demás niños. Para ello: Darán información y apoyo a los niños y a las niñas con discapacidad y a sus familias. Los Países asegurarán que los niños y niñas vivan con sus padres. Ningún niño podrá ser separado de sus padres porque él o sus padres sean personas con discapacidad. Si los padres no pueden atender a los hijos, los Países proporcionarán a los niños un entorno familiar.
Artículo 22
Respeto de la privacidad Todas las personas con discapacidad tienen derecho a proteger su vida privada, su honor y su reputación.
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Artículo 24
Educación Todas las personas con discapacidad tienen derecho a la educación, en igualdad de oportunidades que los demás. Los Países asegurarán la educación en todos los niveles y a lo largo de toda la vida de las personas. Para lograr esto, crearán un sistema educativo para que las personas con discapacidad desarrollen Su talento y creatividad. Su dignidad y personalidad y autoestima. Sus aptitudes mentales y físicas. Los Países asegurarán que las personas con discapacidad Estén incluidas en el sistema general de educación. Estudien la enseñanza obligatoria y gratuita, tanto primaria como secundaria, en igualdad de condiciones que los demás. Tengan los apoyos necesarios para facilitar su formación real. Los Países harán que las personas con discapacidad puedan aprender las habilidades que les permita desarrollarse socialmente, aprender y vivir en comunidad. Para lograr esto, los Países Facilitarán el aprendizaje del Braille y otros sistemas de comunicación alternativos, tales como la lengua de señas, lenguaje natural de las personas sordas. Impartirán la educación en los lenguajes que sean adecuados para las personas con discapacidad. Los Países emplearán profesores que conozcan la lengua de señas o el sistema Braille y formaran a profesores que conozcan estos sistemas. Entre los profesores contratados habrá profesores con discapacidad. Los Países garantizarán que las personas con
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discapacidad Accedan a la educación superior y a la educación profesional. Accedan a la educación para adultos y al aprendizaje durante toda la vida, sin discriminación y en igualdad de condiciones con los demás.
Artículo 25
Salud Todas las personas con discapacidad tienen derecho a disfrutar de la salud. Para lograrlo, los Países proporcionarán a las personas con discapacidad programas y atención sanitaria gratuita o a precios asequibles Estos programas incluyen todos los ámbitos de la salud de las personas. También la salud sexual. Los servicios de salud se prestarán cerca de donde vivan las personas con discapacidad, con independencia de que vivan en ciudades grandes o en pueblos pequeños. Los Países exigirán a los profesionales de la salud que presten su atención sanitaria de forma semejante para todas las personas, incluidas las personas con discapacidad. Por tanto, las personas con discapacidad serán informadas de su salud y consentirán los tratamientos que necesiten como cualquier otra persona. Vigilarán que los seguros de salud sean iguales para todas las personas, incluidas las personas con discapacidad.
Artículo 26
Habilitación y rehabilitación Los Países garantizarán que las personas con discapacidad sean independientes y puedan participar en todos los aspectos de la vida. Para conseguirlo, los Países
Organizarán y facilitarán programas sociales, educativos, laborales y sanitarios que capaciten a las personas con discapacidad. Procurarán que estos programas lleguen a todas las personas con discapacidad, con independencia de su lugar de residencia. Promoverán la formación de los profesionales que trabajen en los servicios de rehabilitación de las personas con discapacidad. Harán que las personas con discapacidad dispongan de los medios tecnológicos que necesiten para su plena inclusión en la sociedad.
Artículo 27
Trabajo y empleo Las personas con discapacidad tienen derecho a trabajar y a ganarse la vida con el trabajo que elijan. Para hacer realidad este derecho, los Países Prohibirán la discriminación por motivos de discapacidad en el trabajo y en el empleo. Velarán para que las personas con discapacidad tengan las mismas condiciones de trabajo que el resto de las personas, los mismos salarios y la misma protección contra los abusos laborales. Procurarán que las personas con discapacidad ejerzan sus derechos laborales y sindicales. Fomentarán los programas de formación y colocación profesional para las personas con discapacidad. Apoyarán a las personas con discapacidad en el mercado laboral para que consigan trabajo o para que creen por su cuenta empresas o cooperativas propias. Emplearán a personas con discapacidad en el sector público y promoverán su contratación en el sector privado mediante incentivos a las empresas. Vigilarán que en los trabajos y empleos se realicen las adaptaciones que requieran las personas con discapacidad. Los Países asegurarán que las personas con discapacidad no son esclavas y están protegidas,
como el resto de las personas, contra los trabajos forzosos u obligatorios.
Artículo 28
Nivel de vida adecuado y protección social Los Países reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a un buen nivel de vida y a los sistemas de protección social. Esto significa que deben vivir bien, deben tener una vivienda digna, una alimentación adecuada y un vestido apropiado. Para garantizar estos derechos a las personas con discapacidad, los Países deben asegurar El acceso al agua potable. El acceso de las niñas y de las mujeres con discapacidad a la protección social y a programas de reducción de la pobreza. Que las personas que están en situaciones de pobreza tengan la asistencia relacionada con su discapacidad. El acceso a la vivienda pública. Los beneficios de la jubilación.
Artículo 29
Participación en la vida política y en la vida pública Los Países deben garantizar la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en la vida pública. Las personas con discapacidad tienen derecho a elegir a sus gobernantes o a ser elegidos como cualquier otra persona. Para que se cumpla este derecho, los Países deben Garantizar que los procedimientos electorales y las instalaciones y materiales sean fáciles de entender y de utilizar. Garantizar el secreto del voto. Garantizar la posibilidad de que las personas con discapacidad se presenten como candidatas a las elecciones.
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Garantizar que las personas con discapacidad participen en organizaciones y asociaciones no gubernamentales y en los partidos políticos. Garantizar que se formen organizaciones que representen a las personas con discapacidad. El esparcimiento es lo que hacemos para divertirnos, entretenernos o descansar del trabajo o del estudio.
Artículo 30
Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte. Los Países reconocen el derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida cultural, igual que las demás personas. Para hacer efectivo este derecho, los Países garantizarán que las personas con discapacidad Dispongan de libros y otros materiales culturales en formatos accesibles y comprensibles. Dispongan de programas de televisión, películas, obras de teatro y otras actividades culturales en formatos accesibles. Igualmente, los Países garantizarán que las personas con discapacidad tengan fácil acceso a Teatros, cines, bibliotecas, museos, monumentos y demás lugares culturalmente importantes. Los Países adoptarán las medidas que permitan que las personas con discapacidad puedan desarrollar sus capacidades artísticas e intelectuales para su propio bien y el de la sociedad. Los Países adoptarán las medidas que garanticen que los derechos de propiedad intelectual no son una barrera para el acceso de las personas con discapacidad a los bienes culturales. Los Países reconocerán y apoyarán la identidad cultural y lingüística propia de las personas con discapacidad, incluidas la lengua de señas y la cultura de los sordos. Los Países garantizarán que las personas con discapacidad participen en actividades recreativas y deportivas.
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Para ello los Países harán que las personas con discapacidad participen en Las actividades deportivas generales, igual que los demás. Las actividades deportivas específicas para las personas con discapacidad. Igualmente, los Países harán que los niños y las niñas con discapacidad Participen con los demás niños y niñas en actividades lúdicas y deportivas, incluidas las realizadas en la escuela.
Artículo 31
Recopilación de datos y estadísticas Los Países seleccionarán y reunirán información que ayude a cumplir los derechos de las personas con discapacidad contenidos en la presente Convención. Esta información se respetará siempre y será confidencial y privada. La información permitirá identificar a las personas con discapacidad para que ejerzan sus derechos. Toda la información será siempre muy clara para que todos la comprendan.
Artículo 32
Cooperación internacional Los Países deben ayudarse entre ellos. También deben colaborar con las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de personas con discapacidad para conseguir los objetivos de la Convención. Así, los Países deben Hacer que la cooperación internacional sea accesible y comprensible para las personas con discapacidad. Apoyar los programas que permitan a las personas con discapacidad formarse. Facilitar la cooperación en la investigación.
Artículo 33
Aplicación y seguimiento nacionales Los Países deben nombrar uno o más organismos del gobierno para vigilar el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad expresados en la Convención. La sociedad, las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan vigilarán que se cumplan los derechos de la Convención. Un Comité es un equipo de personas que han sido elegidas en representación de otras personas o países para hacer un trabajo.
Artículo 34-39
Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad La Convención establece que se constituya un Comité que vigile el cumplimiento de la Convención. Este Comité estará formado por personas independientes. Su misión es Recibir informes de los distintos Países sobre las medidas que han hecho para garantizar los derechos de las personas con discapacidad. Estudiar los informes de los Países y proponer sugerencias y recomendaciones para la mejora de los derechos de las personas con discapacidad.
Artículo 41
Depositario El Secretario General de las Naciones Unidas será el depositario de la presente Convención.
Artículo 42-45
Firma y entrada en vigor Todos los Países podrán firmar la Convención en la Sede de las Naciones Unidas. La Convención entrará en vigor un mes después de que haya sido firmada por 20 países.
Artículo 49
Formato accesible El texto de la presente Convención se difundirá en formato accesible. Un formato accesible es un lenguaje que puede llegar a las personas con discapacidad y que puede ser entendido por ellas. Este documento está escrito en un lenguaje accesible. Es un documento de fácil lectura para personas con discapacidad intelectual leve.
Artículo 40
Conferencia de los Países firmantes de la Convención Los Países se reunirán cada cierto tiempo para estudiar los asuntos relacionados con la Convención. La reunión la convocará el Secretario General de las Naciones Unidas. El Depositario es una persona o institución que guarda y conserva las cosas de mucho valor.
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SER PROMOTOR ES: PRESTAR UN SERviCiO QUE iMPLiCA RESPONSABiLiDAD, RESPETO, iGUALDAD, COMPROMiSO Y ENTREGA. PARA ADQUiRiR Y COMPARTiR NUEvOS CONOCiMiENTOS A LA COMUNiDAD.
Colaboradores Adalberto Casimiro Nieto Elsy Martínez García Lucía García Ortega Gabriela Montiel Rojas Marlene García Rodríguez Belisario Martínez Martínez Ángeles García Hernández Zoraida Jiménez de la Cruz Mercedes Luisa Hernández Cruz
Rosalba López Cruz Martiniana Salvador Zárate Guadalupe Pérez Romero Teresa Pérez Romero Santos Cruz Hernández Norma Rojas vásquez Miriam Del Carmen Abad Rojas Neli Toledo Zaragoza Audelia iglesias Leyva
Autores Ana Karla Enríquez Reyes Sol González Eguía Ana Carolina Recio