Qué dice la Ley del Tabaco hoy La actual Ley 19.419 o Ley del Tabaco, promulgada en noviembre de 2007, es un cuerpo legal que regula actividades relacionadas con el tabaco, estableciendo el control a la publicidad de productos de tabaco, la prohibición de su venta en las cercanías de establecimientos educativos y las prohibiciones y restricciones de consumo en espacios públicos cerrados, tales como centros de salud, medios de transporte y establecimientos formativos de educación pre-básica, básica y media. Esta normativa prohíbe la venta de tabaco en establecimientos ubicados a menos de 100 metros de un colegio o liceo. La ley también prohíbe la venta de tabaco a menores de 18 años, así como la venta fraccionada de cigarrillos (por unidades). También establece cómo y dónde si es posible realizar el acto de fumar, reservado exclusivamente para personas adultas mayores de 18 años. Declara la obligación que los planes y programas de estudios de la Educación General Básica y Media contemplen objetivos y contenidos destinados a educar e instruir a los estudiantes sobre los daños que provoca el consumo de tabaco y su carácter adictivo. Con relación a universidades y centros de estudios, el artículo 11 de la Ley del Tabaco, establece que los lugares donde no se puede fumar son aulas, bibliotecas, laboratorios, espacios de uso común, pasillos y baños, entre otros. Se permite fumar en patios y espacios al aire libre y en salas que estén habilitadas para fumadores. En oficinas de propiedad de particulares serán los dueños o administradores quienes determinarán si se puede o no fumar, siempre y cuando se haya consultado el parecer a los empleados. En las oficinas públicas se prohíbe fumar, con excepción de oficinas individuales que cuenten con ventilación hacia el exterior. En los centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general no se puede fumar salvo en patios y espacios al aire libre y en salas habilitadas. Ello incluye lugares de pago, centros de llamadas telefónicas, telecentros, cibercafés, tiendas y almacenes.
Una de las indicaciones clave de la actual Ley es la que establece que en lugares tales como restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarets, casinos de juego y similares legalmente autorizados, que dispongan de más de 100 m2 de atención al público, para que se pueda fumar en el local deberán existir espacios separados para fumadores y no fumadores. Esta situación deberá ser declarada con la frase “existen espacios separados para fumadores y no fumadores” en letreros destacados. Espacios abiertos al público similares a los arriba mencionados, pero con menos de 100 m2 de espacio de atención al público podrán declarar ser para fumadores, excluyendo el ingreso a menores de 18 años. De igual manera, en locales con ambientes separados no se permitirá la permanencia de menores de edad en las áreas reservadas para fumadores. La fiscalización del cumplimiento de las reglas sobre el tabaco está a cargo de la Autoridad Sanitaria y de Carabineros de Chile.
Tenemos una ley adecuada El actual cuerpo legal que rige es conocido por la ciudadanía, y tanto los usuarios como empresarios del entretenimiento para personas adultas, reconocen en sus principios y regulaciones la declaración de áreas libres de tabaco, pero también la existencia de espacios para personas no fumadores y para fumadores en espacios públicos cerrados. Estas restricciones son ampliamente aceptadas y respetadas por las personas, permitiendo la asistencia de distintos públicos en áreas especialmente habilitadas. Como han manifestado usuarios de espacios de entretenimiento, existe la convicción de que la ley Anti Tabaco que quiere aprobar el Gobierno generará un impacto negativo en las ventas de bares y otros lugares de esparcimiento de personas adultas. De igual manera, los restaurantes que hace 3 años realizaron forzadamente las inversiones para adecuar sus espacios para poder recibir a ambos tipos de públicos, ante un cambio que torne la legislación hacia el prohibicionismo, perderán la inversión efectuada, y muy probablemente tendrán una merma considerable en su afluencia. Más que una rigidización de la ley, requerimos más cultura cívica, exigir que se cumpla la normativa vigente, para que todos podamos disfrutar con libertad del tiempo libre y del esparcimiento.