Revista No. 3 Diciembre del 2012
CONTENIDO
EDITORIAL
Superintendente de Industria y Comercio Pablo Felipe Robledo del Castillo
OJO A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Publicaciones de PI
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LO ÚLTIMO Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial José Luis Londoño Fernández
Noticias sobre PI
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¿QUIÉN ES QUIÉN?
Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta revista, por cualquier proceso reprográfico, o fónico, por fotocopia, microfilme, offset o mimeógrafo, sin previa autorización de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Jefe de Oficina de Servicios al Consumidor y de Apoyo Empresarial Ana María Uribe Navarro Directora de la Revista Marta Lucía Acevedo Arias
Entrevista a Felipe Figueroa Cardozo, abogado experto en propiedad intelectual
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ARTÍCULO CENTRAL Oportunidades para los empresarios colombianos en el sistema de propiedad intelectual de la UE
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¿CÓMO VAMOS? Cifras de diseños industriales en Colombia
Diseño Juan Felipe Ulloa Mónica Montes Carátula Juan Felipe Ulloa Diagramación Juan Felipe Ulloa Preprensa Legis Editores S.A. Impresión Legislación Económica S.A.
¿QUÉ HAY DETRÁS DE? ¿Qué hay detrás de la elección de una marca?
TIPS MIPYMES Consejos sobre PI
COLUMNISTAS INVITADOS
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Carlos Iván Camargo
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Luis A. Madrid Emilio García
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LA SIC RESPONDE ISSN 2322-6854
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Respuestas a dudas sobre PI
DECISIONES SIC Resoluciones SIC
SABÍA QUE... Datos curiosos
DIVIÉRTASE CON Trivia, Crucigrama y Sopa de letras
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editorial
E DITORIAL
Q
Hoy, desde la otra barrera, asumo grandes retos en la Superintendencia de Industria y Comercio, entre ellos, avanzar en su proceso de transformación hacia una entidad más cercana a los administrados.
Quiero aprovechar la tercera y última edición de de este año, para compartir con Ustedes el inmenso orgullo que me embarga, pero igualmente, el compromiso que asumo ante esta Entidad y la comunidad en general, como nuevo Superintendente de Industria y Comercio. Durante muchos años, con ocasión de mi ejercicio profesional y cátedra universitaria, me dediqué a la atención de diferentes asuntos relacionados con la propiedad industrial y desde entonces me sumergí, con especial interés, gusto y dedicación, en tan interesante temática, que constituye quizá, una de las más claras herramientas para el impulso del desarrollo económico de un país y el alcance de su prosperidad. Hoy, desde la otra barrera, asumo grandes retos en la Superintendencia de Industria y Comercio, entre ellos, la misión de avanzar en su proceso de transformación hacia una Entidad más cercana a los administrados, de suerte que su oferta institucional y su portafolio de servicios lleguen a todos los colombianos y sea plenamente aprovechado, particularmente por aquellos que pretenden el reconocimiento y protección de los derechos derivados de sus invenciones y esfuerzos intelectual e industrial. Asimismo, continuaremos avanzando en la mejora de la calidad y en la eficiencia de los trámites administrativos que se adelantan en la Superintendencia en materia de propiedad industrial, conscientes de la imperiosa necesidad de brindar al ciudadano soluciones prontas y definitivas, que faciliten el desarrollo de su actividad comercial dentro de un marco jurídico que garantice los derechos de todos. No puedo dejar pasar esta oportunidad para felicitar nuevamente a los funcionarios que hacen parte de la familia SIC, pero, particularmente, hago un reconocimiento especial en esta ocasión, a quienes integran la Delegatura para la Propiedad Industrial por los logros alcanzados durante el año 2012.
Pablo Felipe Robledo del Castillo Superintendente de Industria y Comercio
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Diciembre Nº 3 - 2012
publicaciones
OJO A LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL 4
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Publicación Boletín Tecnológico Uso de la propiedad industrial por multinacionales farmacéuticas en relación con los antirretrovirales más importantes Autor: Grupo Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
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Publicación Boletín Tecnológico Tecnologías para una movilidad en beneficio del medio ambiente – Biocombustibles Biodiésel de primera generación
Publicación Boletín Tecnológico Tecnologías para una movilidad en beneficio del medio ambiente – Biocombustibles Biodiésel de segunda y tercera generación Autor: Grupo Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
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Autor: Delegatura de Propiedad Industrial - Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
Publicación Boletín Tecnológico Cosméticos capilares
Consulta: www.sic.gov.co Propiedad industrial / API Aula de propiedad intelectual / Biblioteca 4
Publicación Boletín Tecnológico Autopartes, diseño de componentes
Consulta: www.sic.gov.co Propiedad industrial / Información tecnológica y herramientas / Banco de patentes / Cápsulas
Consulta boletines tecnológicos: www.sic.gov.co De interés / Boletín tecnológico Publicación ABC de propiedad industrial Autor: Delegatura de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
Publicación Cápsulas de propiedad industrial sobre patentes y marcas Autor: Delegatura de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
Autor: Grupo Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
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Publicación Guía interactiva de trámite para marcas y patentes
Autor: Grupo Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
Autor: Grupo Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
Autor: Grupo Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) 4
Publicación Boletín Tecnológico Cosméticos decorativos
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Publicación Propiedad industrial 2020 Autor: Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) Consulta: www.sic.gov.co
Consulta: www.sic.gov.co Propiedad industrial / API Aula de propiedad intelectual / Biblioteca
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LO ÚLTIMO Nacionales
4 Taller itinerante sobre el Tratado de Cooperación en materia de Patentes
El pasado 25 de octubre del 2012, la Superintendencia rindió cuentas ante la ciudadanía, informando los resultados y avances logrados por la entidad en el periodo comprendido entre septiembre del 2011 y agosto del 2012. La audiencia contó con la participación de Pablo Felipe Robledo del Castillo, superintendente de Industria y Comercio y las demás directivas de la entidad.
El 19 y 20 de noviembre del 2012 se realizó en Bogotá el Taller itinerante sobre el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), evento organizado en conjunto por la Superintendencia de Industria y Comercio y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI. El evento se realizó en las ciudades de Barranquilla y Bucaramanga los días 21 y 22 de noviembre del 2012, respectivamente.
4 La SIC participó en la asamblea de la OMPI en Suiza La Superintendencia de Industria y Comercio participó con el superintendente delegado de propiedad industrial, José Luis Londoño Fernández, en la asamblea de los Estados Miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, que se celebró en Ginebra, Suiza, del 1º al 9 octubre del 2012.
Internacionales
4 Rendición de cuentas Superintendencia de Industria y Comercio
4 Reunión regional de Latipat Colombia fue anfitrión de la reunión regional de Latipat para representantes de las oficinas nacionales de propiedad industrial de la región celebrada los días 5 y 6 de noviembre en la ciudad de Medellín. El evento fue organizado por la OMPI, la Oficina Europea de Patentes (EPO) y la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) en colaboración con la SIC.
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noticias
Última hora
4 Modificación de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) Mediante Resolución 54093 del 18 de septiembre del 2012 se modificó el numeral 1.2.2.5 del capítulo primero del título X de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, relativa a los requerimientos de la Superintendencia para realizar el examen de patentabilidad. 4 La Superintendencia de Industria y Comerció expidió la nueva regulación sobre las denominaciones de origen Mediante Resolución 57530 del 28 de septiembre del 2012 la Superintendencia de Industria y Comercio adicionó el capítulo VII, titulado Denominaciones de origen al título X sobre propiedad industrial de la Circular Única de esta entidad. Mediante este acto se derogó expresamente la Resolución 33190 del 10 de octubre del 2007. 4 Taller de la OMPI Del 29 de octubre al 2 de noviembre del 2012 se realizó, en las instalaciones del Hotel Tequendama, el taller sobre redacción de solicitudes de patentes en las áreas de la ingeniería mecánica, eléctrica, electrónica y telecomunicaciones; evento organizado en cooperación con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y el Actualidad Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias). 4 XIX Convención Científica 2012 4 Taller sobre propiedad Del 26 al 28 de septiembre industrial para Mipymes del 2012 se llevó a cabo la XIX El 7 de noviembre del 2012 se Convención Científica; evento realizó en la ciudad de Medellín en el que la Superintendencia un taller sobre propiedad de Industria y Comercio (SIC) industrial dirigido a la Mipymes. hizo presencia compartiendo El evento fue organizado en información relevante de la conjunto por la Superintendenentidad. Uno de los objetivos cia de Industria y Comercio principales de la participación (SIC), la Organización Mundial de la Superintendencia, en la de la Propiedad Intelectual convención, fue incentivar a los (OMPI) y la Asociación niños y jóvenes a la creación de Colombiana de las Micro, nuevos inventos, apoyados por Pequeñas y Medianas Empresas, el Aula de Propiedad Intelectual (Acopi). (API).
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4 Índice Mundial de Innovación 2012: fortalecer los vínculos de la innovación en pos del crecimiento de la economía mundial. La delegatura para la propiedad industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio pone a disposición del público el informe “Índice mundial de innovación”, en el que se clasifican 141 países o economías en función de sus capacidades y resultados en al ámbito de la innovación y que fue publicado por la Escuela Internacional de Administración de Empresas (Insead); la OMPI y sus colaboradores expertos. El informe destaca la importancia de las interacciones de los participantes en la innovación, entre ellas las empresas, el sector público, el sector académico y la sociedad en los modernos ecosistemas de innovación. Se encuentra disponible para consulta en la página web de la entidad: www.sic.gov.co.
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¿QUIÉN ES QUIÉN? LA PROPIEDAD INDUSTRIAL SE RELACIONA CON EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES “Ninguna nación del mundo está alejada de un sistema de patentes”
Entrevista al abogado experto en propiedad intelectual Felipe Figueroa Cardozo para Ruta PI
¿
¿ Por qué ha cobrado importancia la propiedad intelectual en los últimos tiempos ? Hay toda una dinámica política, social y económica alrededor de los derechos de propiedad intelectual, en especial, en el caso de las patentes de invención que son el derecho clásico por excelencia. En Colombia, en las décadas de 1970 a 1990, el tema de la propiedad intelectual estaba alejado de la opinión pública, pero el proceso de globalización hizo que Colombia, como un mercado y una economía competitivos, entrara a ser un actor en este campo. ¿ Tal interés en el tema se puede atribuir específicamente a la internacionalización económica ? Los tratados de libre comercio son una evidencia del proceso de globalización. Ya no podemos tener una economía separada de las vertientes mundiales de integración económica. La propiedad intelectual es un tema político porque genera mucha controversia. Precisamente, por ese derecho monopólico que se adquiere cuando se obtiene una patente de invención o un derecho exclusivo de propiedad intelectual, ningún país del mundo está alejado de un sistema de patentes. Cualquier país con determinada clase de gobierno tiene un sistema de patentes. Se parte de la base de que los derechos de propiedad intelectual son mundialmente reconocidos, por más controversia que generen. ¿ Por qué se considera un asunto tan relevante ?
Humberto Pinto
Porque la protección de los derechos de propiedad industrial tiene una relación directamente proporcional con el desarrollo tecnológico de los países. En Colombia estamos en una dinámica en la cual el Gobierno se ha dado cuenta de que la manera de despegar económicamente es a través de proyectos de ciencia, tecnología e innovación y su protección mediante derechos de propiedad intelectual; por eso es tan importante que en la sinergia
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¿quién es quién?
entre universidad, empresa y Estado se creen condiciones que fortalezcan a cada una de estas partes. ¿ Cuáles son las principales fuentes de invención en el país ? Las universidades, las instituciones y las empresas, aunque especialmente las universidades públicas tienen la ventaja de contar con un presupuesto definido para investigación. También existen iniciativas privadas; no podemos desconocer institutos y universidades de naturaleza privada que tienen un sistema de investigación muy fuerte.
4 entrevista
Hay que llegar a todos estos sectores, tanto de la sociedad como de la economía y mostrar que en las universidades colombianas existe investigación.
¿ Puede ser una debilidad que la innovación esté concentrada en las universidades ? Lo considero una oportunidad para que la empresa se vincule directamente con la universidad y que esta primera vea a la segunda como un eje de desarrollo tecnológico, con el fin de que surjan proyectos de investigación conjunta, por supuesto, con el apoyo del Estado. ¿ Cómo es la dinámica de la invención en la universidad colombiana ? Hablo a nombre de uno de mis clientes, la Universidad del Valle, que tiene un modelo exitoso de gestión de ciencia, tecnología e innovación, construido durante varios años, en cabeza de la vicerrectoría de investigaciones, a cargo de Patricia Guerrero y de la dirección de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI). Se ha conformado todo un andamiaje en el cual se realiza una evaluación de las tecnologías desarrolladas por los grupos de investigación de la universidad; se tramita la protección de las mismas que se validan y valoran para tener un adecuado modelo de transferencia a la empresa y la sociedad. Pero en ese sistema están las instituciones. Hay un estatuto de propiedad intelectual que rige todas las relaciones sobre el tema, dentro de la Universidad del Valle y frente a terceros. Existe un comité de propiedad intelectual que es el organismo encargado, tanto de la protección de los derechos de la universidad como de resolver todas las situaciones donde estén inmersos derechos de propiedad intelectual y posibles actos de transferencia de tecnología. ¿ Desde cuándo se estructuró ese modelo en la institución ? En el 2003 se aprueba el estatuto de propiedad intelectual que rige para cada universidad de acuerdo con su autonomía.
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Desde ese año se empieza a estructurar toda la política de propiedad intelectual y de transferencia de tecnología. En el 2005 se crea la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) que se encarga de la evaluación, la protección, la valoración de las tecnologías y servir de enlace con el sector empresarial. También se ha buscado que exista una apropiación social de ese conocimiento, de tecnologías que tienen un alto impacto en la vida de las comunidades cuando se habla, por ejemplo, de agua, de saneamiento básico, de recursos naturales. Se trata de llegar a todos estos sectores, tanto de la sociedad como de la economía y mostrar que en las universidades colombianas existe investigación de muy alta calidad haciendo énfasis en que la empresa debe tener un eje totalmente cohesionado con la universidad.
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Se deben tener en cuenta los criterios de protección intelectual y entender que esta involucra un trámite jurídico y técnico ante la oficina nacional competente (SIC).
innovaciones en Colombia y también en un mundo globalizado; la universidad ha tenido la visión de blindar sus invenciones en países donde exista la posibilidad de aprovechamiento comercial de las mismas. ¿ Cómo se ha avanzado en la protección internacional ? La universidad ha participado en convocatorias de Colciencias para la cofinanciación de solicitudes de patente en el exterior; de la mano de esa cofinanciación hoy la universidad tiene solicitudes de patente en China, Brasil, EE. UU. y México, donde se están buscando y haciendo las alianzas comerciales necesarias con el fin de que esa innovación tenga impacto, no solo nacional, sino internacional. ¿ A las mismas doce innovaciones con patente nacional se les solicitó protección internacional ?
¿ Qué tantas invenciones ha patentado esta universidad ? En el 2005 se creó la OTRI y como resultado en el 2008 empezamos a tramitar la primera generación de solicitudes de patentes; se presentaron cinco solicitudes, proceso que recogió todos estos años de labores y de esfuerzos de un sistema de gestión. Una de las funciones de esta oficina fue identificar el mecanismo idóneo de protección para cada unas de estas tecnologías y cuáles, de las susceptibles de obtener patente, tendrían un alto impacto económico. En estos años se han presentado ante la Superintendencia de Industria y Comercio doce solicitudes de patentes de invención y en la actualidad estamos hablando de tramitar doce solicitudes de patentes de invención a través del Tratado de Cooperación en materia de Patentes, PCT, porque estamos protegiendo las
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A algunas, porque eso depende de un estudio de mercado. Hay solicitudes de patente que tienen un alto impacto en Colombia, pero, posiblemente, en otro país no, dependiendo de las necesidades del mercado y de la industria colombiana. Cuando se toma la decisión de patentar, tanto en Colombia como en algún otro país, no solamente miramos los requisitos técnicos de patentabilidad, sino los factores de prefactibilidad económica. Tenemos en cuenta un estudio de mercado y financiero. ¿ Qué invenciones de la universidad destaca ? Tenemos una patente para el tratamiento de lixiviados (sustancias complejas con partes insolubles y solubles); representa la solución para los rellenos sanitarios, sin huella ambiental, con unos costos reducidos frente a las tecnologías que actualmente se utilizan en esos sitios. Contamos con una invención relacionada con la reducción de la demanda química en las vinazas (sedimentos de líquidos) de la industria de la caña de azúcar y donde existan destilerías; es para el tratamiento de aguas residuales industriales que, en Colombia y en todo el mundo, son un problema ambiental. Estas invenciones tienen un plus y es el manejo ambiental, porque son respuestas a problemas tecnológicos que no tienen un daño colateral desde el punto de vista del medio ambiente. ¿ Qué innovación puede resaltar por su aplicación en beneficio de las comunidades ? Un biorreactor de lagunas anaeróbicas de alta tasa para el tratamiento de agua. Sería una solución para comunidades donde
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¿quién es quién?
4 entrevista
actores de la generación del conocimiento estén ahí.
Humberto Pinto
¿ Cómo pueden innovar los empresarios ?
Felipe Figueroa Cardozo “la innovación no es un gasto, es una inversión”.
aún no ha llegado un acueducto, porque tenemos este problema de infraestructura en el país. Es una solución idónea que va a beneficiar a miles de colombianos. ¿ Cómo se promueve entre los estudiantes la importancia de proteger la propiedad intelectual ? El estatuto de propiedad intelectual de la Universidad del Valle creó el comité de propiedad intelectual, en el cual tienen participación todas las unidades académicas de la institución, la parte administrativa y los estudiantes, quienes tienen voz y voto. Ha sido un proceso incluyente de todos los actores de la generación del conocimiento; profesores, estudiantes y empleados. Dentro de las iniciativas del comité se tiene un proceso de capacitación en todas las áreas de la universidad, no solamente en las facultades de ingeniería y en las denominadas ciencias duras, donde se supone que se obtienen invenciones susceptibles de patente, no se han desconocido las ciencias humanas porque dentro de la concepción legal, en las ciencias humanas, pues no van a surgir creaciones objeto de protección a través de patentes de invención, pero sí hay protección a través de otros derechos de propiedad intelectual. No ha sido un proceso solamente encaminado a patentar, sino a lograr que todos los
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Hay que hacer inversión, porque la innovación no es un gasto, es una inversión. Se deben tener en cuenta los criterios de protección intelectual y entender que esta involucra un trámite jurídico y técnico ante la oficina nacional competente que es la Superintendencia de Industria y Comercio, que ha abierto sus puertas a los empresarios y a las instituciones de educación; ha realizado una gran labor de divulgación de los trámites, y la nueva administración los ha hecho más expeditos. Se debe valorar la gran labor de la delegatura de propiedad industrial y la dirección de nuevas creaciones, porque sé que ha sido titánica. Como usuario he podido palpar todo el avance de los trámites, se han recortado los tiempos de protección, hecho importante para el empresario al saber que va a tener un trámite mucho más corto de lo que era comúnmente, del cual va a tener un beneficio concreto. Resulta importante que el empresario entienda que la manera adecuada de proteger esa innovación, si ya se decidió a hacer una inversión en innovación y tiene resultados potencialmente protegibles, es acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio y resguardar sus creaciones como factor de competitividad empresarial.
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ARTÍCULO CENTRAL OPORTUNIDADES PARA LOS EMPRESARIOS COLOMBIANOS
Tomado de www.freevectors.net
En el sistema de propiedad intelectual de la UE
La internacionalización de la economía y la apertura de nuevos mercados.
i
Por Manuel Guerrero Gaitán
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4 Introducción Con el proceso de internacionalización de la economía en Colombia se han abierto diferentes oportunidades para empresarios nacionales que, gracias a la firma de acuerdos de libre comercio, tienen ahora la oportunidad de acceder a nuevos mercados en el entorno global. En el campo de las marcas, con la adopción del sistema de Madrid, nace la necesidad para los profesionales dedicados a la propiedad industrial de conocer la forma
en que operan otros sistemas de propiedad industrial con el fin de proporcionar una correcta y oportuna asesoría jurídica. El éxito o fracaso de la ya señalada internacionalización de la economía colombiana dependerá en gran medida de la preparación que nuestros profesionales de todos los campos del conocimiento tengan para afrontar esta nueva situación. Por esta razón, el espíritu de este escrito será el de dar a conocer algunas herramientas que puedan ser
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artículo central
utilizadas por las compañías y empresarios nacionales que decidan emprender o continuar el camino de la conquista de nuevos mercados, en especial el de la Unión Europea, en adelante UE. En la primera parte de este artículo se realizará una breve descripción del funcionamiento del sistema de la patente europea. Posteriormente, se llevará a cabo una descripción de las particularidades del sistema de la marca y el diseño comunitario. Finalmente, se extractarán conclusiones que esperamos sean de utilidad para el lector. 4 El sistema de patentes en Europa Las patentes de invención son uno de los elementos más importantes al momento de establecer procesos de innovación, pero paradójicamente, también constituyen el área que tal vez en la actualidad tiene un menor grado de armonización dentro de la UE. No existe en la UE un sistema de patente unitario o comunitario como sí lo hay en el derecho de marcas. La existencia de la patente comunitaria ha sido un viejo anhelo que se ha visto frustrado en numerosas ocasiones y, a pesar de que la Comisión presentó una propuesta de Reglamento de la Patente Europea y ha realizado ingentes esfuerzos para impulsarlo (proceso de cooperación reforzada), hasta la fecha no ha sido posible la
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creación de esta figura y no se vislumbra su aprobación en un futuro cercano. Así las cosas, al no estar en vigor la figura de una patente unitaria o comunitaria, es necesario tener en cuenta que el mecanismo europeo para el registro de patentes de invención actualmente en vigor es el proporcionado por el Convenio sobre concesión de la Patente Europea de 5 de octubre de 1973, en adelante CPE. A través del CPE es posible presentar una única solicitud de patente ante la Oficina Europea de Patentes (en adelante EPO) y una vez llevado a cabo el procedimiento administrativo de concesión, la patente obtenida debe ser objeto de validación ante las oficinas de propiedad industrial de los países designados. El uso del sistema de la patente europea presenta innegables ventajas, tales como la reducción de las tasas oficiales y, por supuesto, el respaldo que ofrece contar con un proceso de examinación riguroso como el llevado a cabo por la EPO que implica tener la seguridad de contar con una patente fuerte. No obstante, uno de los grandes problemas y críticas que ha generado desde sus inicios el sistema de la patente europea es el excesivo costo que implica la obtención de la patente europea y sus posteriores validaciones1. 4 La marca comunitaria Debemos empezar por decir que dentro de la UE conviven tres sistemas diferentes de marcas. En primer lugar, el
No existe en la UE un sistema de patente unitario o comunitario como sí lo hay en el derecho de marcas.
1. Un cálculo aproximado del costo que tiene la obtención de una patente europea y su validación en los principales mercados europeos (DE, UK, FR y ES) sería de 50.000 €.
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El sistema de marca comunitaria se fundamenta en tres principios: autonomía, coexistencia y carácter unitario.
sistema de marcas nacionales establecido por cada uno de los países miembros de la Unión; en segundo lugar, el de la marca comunitaria, administrado por la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI); y finalmente, el sistema de Madrid para la solicitud y registro de marcas internacionales. El sistema establecido por el Reglamento de Marca Comunitaria, en adelante RMC2, otorga derechos exclusivos mediante el registro (art. 6º). Este punto, coincidente con el sistema colombiano y que parecería obvio, es relevante, ya que al mismo se contraponen sistemas en los que se privilegia el uso, es decir, en los que el uso extrarregistral de un signo concede derechos exclusivos a su titular. En el sistema de la marca comunitaria, el uso también juega un papel fundamental pero este
2. Reglamento (CE) N° 207/2009 del Consejo de 26 de febrero del 2009 sobre la marca comunitaria.
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protagonismo se dirige al mantenimiento de la vigencia del derecho y su utilización como antecedente en los procesos de oposición al registro (prueba de uso). El sistema de la marca comunitaria se fundamenta en tres principios. El primer principio es el de la autonomía, en virtud del cual la marca comunitaria estará gobernada exclusivamente por un instrumento independiente, el RMC y la legislación derivada de él. El segundo principio es el de la coexistencia, según el cual los sistemas de marcas nacionales convivirán con el sistema de marca comunitaria, de tal suerte que un signo puede gozar de protección, tanto a través de una marca comunitaria, como de una marca nacional. Finalmente, el tercer principio es el del carácter unitario. Debido a su importancia práctica consideramos pertinente detenernos en este principio: El carácter unitario de la marca comunitaria implica que una sola solicitud tendrá efecto directo en los veintisiete países miembros de la UE, tanto para el caso en que a esta se le conceda el registro, como si es objeto de denegación. Una de las principales expresiones de este principio se manifiesta en el artículo 7.2 del RMC, donde se establece que la solicitud debe ser negada en el caso que se presente un motivo de denegación absoluto al menos en un país miembro. Por ejemplo, si un signo denominativo es descriptivo en idioma maltés este hecho impide que se conceda el registro para todo el conjunto de la Unión. Igual situación se presenta en el caso que exista un signo nacional anterior (o comunitario) de cualquier país miembro que sea similarmente confundible a la marca solicitada. Como se puede apreciar, el carácter unitario de la marca comunitaria comporta ventajas para los empresarios colombianos que quieran expandir sus horizontes comerciales, ya que con el pago de una sola tasa oficial, que incluye tres clases de productos o servicios, será posible obtener una protección en todo el territorio de la UE. Adicionalmente, si se posee una marca base colombiana, será posible utilizar el sistema de Madrid, evitando de esta manera tener que incurrir en el gasto de los honorarios del agente local. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la exposición al ataque por vía de oposición por parte de un signo anterior es alta, por tanto, es altamente recomendable realizar una búsqueda de antecedentes por lo menos en las oficinas más grandes de la Unión, incluyendo la OAMI. 4 Diseño comunitario El diseño comunitario es otra de las figuras jurídicas que ofrece oportunidades a los empresarios colombianos, ya que al igual que la marca comunitaria presenta un carácter unitario, de tal modo que se aplica lo comentado sobre este principio en el epígrafe anterior.
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Tomado de www.freevectors.net
artículo central
Dentro de la UE conviven tres sistemas diferentes de marcas.
Ahora bien, además de las ventajas que puede suponer la protección jurídica de un diseño en los vientisiete países de la UE, el diseño comunitario posee una ventaja adicional, la ausencia, tanto de examen de fondo (a diferencia del sistema colombiano), como de procedimiento análogo al de oposición establecido para la marca comunitaria. Es decir, que la concesión de las solicitudes de diseño comunitario se realizará de una forma expedita (un mes aproximadamente) y casi automática, solo estando sometidas a un control ex post por vía de la nulidad de la concesión del registro. Debido a las ventajas antes señaladas, cada vez es más común encontrar signos que, aunque deberían ser protegidos como marcas, son presentados ante la OAMI como diseños comunitarios bidimensionales. El mismo fenómeno ocurre con las formas tridimensionales que al tener un nivel de exigencia bastante elevado en cuanto al examen de motivos absolutos por la división de marcas, en sede de diseño industrial son concedidas automáticamente. 4 Conclusiones El proceso de internacionalización de la economía colombiana unido a la profunda crisis económica que atraviesa el viejo continente deben ser vistos como oportunidades para ganar espacios comerciales que antiguamente se veían como escenarios imposibles. Para afrontar de una manera adecuada estos retos y oportunidades que la situación económica actual impone, es
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imprescindible que, tanto los empresarios colombianos, como sus asesores, estén conscientes de los instrumentos jurídicos que tienen a su alcance para iniciar con fortaleza la conquista de nuevos mercados. La fortaleza de la economía colombiana reside, más que en la producción tecnológica protegida por patentes, en los productos y servicios identificados a través de signos distintivos. Creemos firmemente que las figuras jurídicas comentadas pueden servir como una forma para, no solamente conquistar nuevos mercados, sino buscar nuevas posibilidades de negocios mediante sistemas de licencias o franquicias, pero para que ello sea posible, el primer paso es contar con derechos exclusivos que coadyuven al éxito de las nuevas incursiones empresariales.
Las figuras jurídicas comentadas pueden servir como una forma para, no solamente conquistar nuevos mercados, sino buscar nuevas posibilidades de negocios mediante sistemas de licencias o franquicias.
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¿CÓMO VAMOS? CIFRAS DE DISEÑOS INDUSTRIALES EN COLOMBIA
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Los diseños industriales son toda forma externa o apariencia estética de elementos funcionales o decorativos que sirven de patrón para su producción en la industria, manufactura o artesanía; con características especiales de manera que le dan valor agregado al producto, haciendo que sea atractivo. En los últimos diez años, comprendidos entre el 2001 y el 2011, se presentaron en Colombia un total de 4.121 solicitudes de diseños industriales, entre las cuales
Elaborado por: Grupo Banco de Patentes
sobresalen algunas regiones como Bogotá con 683 solicitudes, lo cual representa el 49%; Antioquia con 20% y Valle del Cauca 7%. Cabe anotar que en estas regiones se encuentran grandes industrias del país, entre las que incursionan empresas de empaques, mobiliario, maquinaria y alimentos, entre otros. Las solicitudes de registro de diseño industrial varían de acuerdo con el número de radicaciones presentadas durante el año por nacionales y extranjeros. Durante este
683
273
Solicitudes de diseños industriales por región entre el 2001 y el 2011
162 102 43
29 18 16 15 12
8
6
5
4
3
2
2
1
1
a ila ia ar ca rca er da co ca as er cá ío ta tá ra ño ar go ioqu sific Cau ma tand ral ánti au ald olív and oya ind olim Hu Me uaji ari u t B T C C t N B G la el ina an sa Atl n Q i n C a A n R d d S S e Si alle Cun d V rte No
Bo
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¿cómo vamos?
1000 466
900
475 446 411
800
377
4 estadísticas
383
398
384
700
Solicitudes de diseños industriales por residentes y no residentes entre el 2001 y el 2011
600
282 253
500
246
400
330 219
300
280
249
365
276
289
237
166 163
162
200 100
91
116
158
134
136
83
166 110
135
109
147
0 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
periodo de tiempo, el promedio de solicitudes ha sido de 375 por año. Del total de las solicitudes presentadas el 66% corresponde a solicitudes de extranjeros y el 44% a nacionales. Al mismo tiempo dentro de este periodo podemos observar que los años con mayor número de solicitudes
TOTAL
No. de solicitudes - NO Residentes
Diseños industriales concedidos a residentes y no residentes entre el 2001 y el 2011
900 800 772
700 600 500 459
400 300 200
370 319
269 244
235
265
84 25
113 41
2001 2002
276
197
186 154 129 57
183
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251 211
177
98 65
2003 2004 2005 2006
Solicitudes Concedidas a Residentes
313
269 242
100 0
281
135
94 54
62 18
2007 2008 2009 2010
Solicitudes Concedidas a NO Residentes
2011
TOTAL
No. de solicitudes - Residentes
de registro de diseño industrial son el 2008 con 475, el 2006 con 466 y los de menor número de solicitudes son el 2003 con 246 y el 2001 con 253. Entre el 2001 y el 2011 se han concedido 3.324 registros de diseño industrial, correspondientes al 81% del total de las solicitudes presentadas durante este periodo. De ese total el 73% corresponde a diseños que fueron concedidos a extranjeros y el 27% a nacionales. Al comparar los años 2010 y 2011, se encuentra que el número de diseños industriales concedidos aumenta en 259 registros para solicitantes nacionales y 248 para solicitantes extranjeros. Dentro de las solicitudes de registro de diseño industrial encontramos dos tipos de diseños, de una parte los bidimensionales, los cuales únicamente contemplan
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100
Número de solicitudes de diseño bidimensional en cada clase, según clasificación de Locarno (clases 5 y 9)
80 60 65
95
40
No. de solicitudes por clase
20 0
5
material artificial o natural y papelería, entre otros. Este tipo de elementos bidimensionales son protegidos a través de las clases 5 y 19 de la clasificación de Locarno. Para la clase 5 se hallaron 65 resultados y para la clase 19 se encuentran 95 solicitudes de diseño industrial dentro del periodo mencionado, es del caso indicar que los diseños industriales bidimensionales no han alcanzado el estatus suficiente para lograr atraer un número mayor de diseñadores que se encaminen por esta rama de la propiedad industrial.
9
Clases (según Clasificación de Locarno)
largo y ancho y los podemos hallar como resultado de una combinación de colores, líneas, texturas o formas las cuales se encuentran en alfombras, tapices, configuración de una tela o papel, láminas de
1200 1024 1000 No. de solicitudes por clase
800
Número de solicitudes de diseño tridimensional en cada clase, según clasificación de Locarno (clases 1 a 31)
600 448 400 238 200 65 0
198
70
179 147 72 65
159 151 42 29
59
222 188 144 195 142
95 85 77 12 4 12
4
7
9 3 16
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 1112 13 1415 16 17 18 19 20 21 22 2324 25 26 2728 29 30 31 Clases (según Clasificación de Locarno) 1 a 31
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¿cómo vamos?
195
28
222
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Clases con mayor número de solicitudes de diseños industriales
Clases con mayor No. Solicitudes 448
12 Clases
4 estadísticas
1024
9 198
4 2
238 0
200
400
600
800
1000
1200
Cantidad de solicitudes
De otra parte están los diseños tridimensionales, es decir, ancho, alto y profundo, característica apreciable en todo tipo de objetos. Estos elementos los encontramos distribuidos en la clasificación de Locarno en veintinueve clases de las treinta y una en total, entre las cuales encontramos productos alimentarios, herramientas, juguetes, elementos de construcción, aparatos de alumbrado, entre otros. Dentro de estas veintinueve clases encontramos 4.001 solicitudes de diseños tridimensionales, las cuales corresponden al 96%, el 4% restante corresponde a las solicitudes de diseños bidimensionales, vale la pena destacar que los diseños tridimensionales se encuentran mejor posicionados entre el sector industrial y artesanal.
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Existen mayor número de solicitudes en algunas clases dentro de las cuales sobresalen: clase 9, envases, recipientes, entre otras con un total de 1.024 solicitudes; clase 12, medios de transporte y elevación con 448 solicitudes; clase 2, artículos de vestir y mercería con 238 solicitudes; clase 23, instalaciones de calefacción, ventilación con 222 solicitudes; clase 4, cepillería con 198 solicitudes, y clase 28, productos farmacéuticos y de cosmética con 195 solicitudes. Los diseños industriales son concedidos por un periodo de diez años, al cabo de los cuales pasan a ser de dominio público, es decir, que los diseños industriales no son susceptibles de renovación en nuestra legislación. Durante el mencionado periodo el
titular tiene la exclusividad de explotación del diseño industrial, lo que involucra adicionalmente: El derecho a impedir a terceros la fabricación, venta, copia o imitación del diseño sin su autorización. Contribuye a que el titular pueda recuperar su inversión en la creación y explotación de su diseño. Fomenta la creatividad, promoviendo a otros diseñadores la creación de productos novedosos. Los diseños industriales se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía, que van desde instrumentos técnicos y médicos a los relojes, joyas y otros artículos de lujo.
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¿QUÉ HAY DETRÁS DE? ¿QUÉ HAY DETRÁS DE LA ELECCIÓN DE UNA MARCA?
E
Elaborado por: Grupo Banco de Patentes
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Elegir la marca con la que se identificarán los productos o servicios de una empresa no es asunto fácil, pues en ella se deben reunir una serie de elementos que tienden a satisfacer las necesidades del consumidor, iniciando por la atracción visual hasta la satisfacción posterior al consumo por parte de quienes adquieren tales productos o servicios. La elección de una marca como resultado de un estudio profundo y con la cual una empresa se identificará en el comercio es un gran paso para hacer de esta un valioso activo intangible. El reconocimiento de una marca por parte de los consumidores hace que esta se posesione en el mercado y así mismo pueda establecer el valor que estos llegarían a pagar por el producto o servicio al sentir que se responde a sus expectativas. Es así como el dueño de una marca reconocida y con una buena reputación hace que su empresa tenga una clara ventaja frente a sus competidores. La elección adecuada de una marca es un aspecto fundamental que debe estar involucrado en la
Una marca reconocida y con una buena reputación hace que su empresa tenga una clara ventaja frente a sus competidores.
estrategia de comercialización de las empresas. Si bien no existen criterios establecidos para hacer una elección adecuada de una marca, existen aspectos que pueden resultar útiles en el proceso de su creación. A continuación se indican algunos puntos clave que pueden ser tenidos en cuenta para la elección de la marca: a) Verificar que la marca elegida cumple con todos los requisitos legales para poder ser registrada. b) Realizar una búsqueda de las marcas registradas o en trámite de registro para establecer que la nueva marca no es idéntica o similar a otra ya registrada o en trámite de registro y que pueda inducir a confusión al consumidor. c) Confirmar que la marca no tenga connotaciones
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Leonardo Peña Salamanca
¿qué hay detrás de?
negativas en el idioma de origen, como tampoco en los idiomas de los potenciales mercados de exportación a los que la empresa quiere incursionar. d) Simplicidad de la marca. Es decir, la marca debe ser fácil de escribir ya que una marca complicada o muy profunda puede resultar inapropiada para lograr una identidad propia, y el reconocimiento dentro del mercado y del consumidor. e) La marca debe ser práctica, de tal manera que pueda ser apropiada para ser utilizada en los diferentes medios de comunicación como la televisión, los impresos, los informes, la radio y demás. Es necesario tener en cuenta que la practicidad de la marca está estrechamente vinculada con la simplicidad de la misma. f) Consistencia de la marca. Un buen proceso de
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creación de marca debe ser reflejado en cada una de las piezas de comunicación hechas por la compañía, así como cada uno de los elementos del diseño, por ejemplo: el logo, la fotografía, la paleta de colores usada, etc., de tal forma que la marca sea la misma en todos los lugares a los que llegue. g) Creación de una identidad única. Si una imagen excelente o sobresaliente es importante para la estrategia de comercialización de la empresa, es necesario tener cuidado en evitar que la marca se vea similar a otra en el mercado y más aún si la segunda tiene suficiente presupuesto para invertir en el fortalecimiento de la publicidad. h) La estética de la marca es un elemento fundamental para que llegue a ser memorable. Los colores y sus combinaciones son un factor importante, ya
que estos hacen que la marca sea más fácil de recordar e identificar en el mercado. De igual manera, es importante tener en cuenta las formas en que se disponen los colores. i) La marca es un medio para reflejar los valores y objetivos de la empresa. Es decir, dependiendo de lo que la empresa quiera que se identifique con la marca, esta debe emplear los colores y estilos indicados para que sea un representativo de ello. j) La marca debe ser adaptable al mercado que tenga por destino o como meta. Es apropiado que no sea muy moderna, de tal manera que excluya a los conservadores como tampoco deber ser muy conservadora que aleje a los consumidores modernos. k) La sustentabilidad en el tiempo. Debido a los cambios
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Es necesario tener cuidado en evitar que la marca se vea similar a otra en el mercado y más aún si la segunda tiene suficiente presupuesto para invertir en el fortalecimiento de la publicidad.
que trae consigo la evolución del mundo y los mercados, los empresarios se ven en la obligación actualizar las marcas de acuerdo con las necesidades y requerimientos de la modernidad. Por ello es importante tener un concepto de marca que no tienda a ser considerado obsoleto con el transcurrir del tiempo. De otra parte, es importante tener en cuenta las consecuencias derivadas de la elección de los tipos de palabras que conformarán la marca, como: 4 Las marcas de fantasía o inventadas Son palabras que aunque hubieran podido tener un origen, no tienen ningún significado intrínseco o real. Las palabras inventadas tienen la ventaja de ser más fáciles de registrar, dado que es más probable que se consideren distintivas. De otra parte, debe tenerse cuidado debido a que puede resultar para los consumidores más difícil de recordar y la publicidad de sus productos podría exigir más imaginación. 4 Las marcas arbitrarias Son palabras cuyo significado no guarda relación con el producto. Aunque estos tipos de marcas también son fáciles de proteger, es probable que requieran más publicidad con el objeto que los consumidores asocien mentalmente la marca con el producto o con el servicio.
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4 Las marcas sugerentes Son palabras que insinúan uno o varios atributos del producto. El atractivo de las marcas sugerentes es que actúan como una forma de publicidad. Sin embargo, estas marcas traen consigo el riesgo que en algunos países se considere que es demasiado descriptiva y denieguen su registro. Los aspectos anteriormente mencionados son una guía para considerar al momento de elegir la marca, pues de ello dependerá que se constituya en un fuerte signo que represente a la empresa, como también en un medio adecuado para que los consumidores elijan los productos o servicios que ella identifica. Una marca atractiva logra incorporarse fácilmente en la mente de los consumidores, pues se constituye en la puerta de entrada a nuevos mercados. Independientemente del tipo de marca que elija, es importante que evite imitar marcas ya existentes. Es probable que no le permitan registrar ni una marca que varíe ligeramente de la marca notoriamente conocida o famosa de un competidor, ni una que esté mal deletreada.
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tips mipymes
TIPS MIPYMES Participación en acuerdos internacionales
Tener patentes Al recaudar fondos, poseer patentes sobre los aspectos innovadores del producto, resulta a menudo útil para convencer a los inversores, a los empresarios de capital de riesgo o a los bancos de las oportunidades comerciales que presenta el producto. Empresarios y mercados internacionales Dada la participación de Colombia en acuerdos internacionales relacionados con la protección de los derechos de PI, como por ejemplo, el Tratado sobre el Derecho de Marcas, el Tratado sobre el Derecho de Patentes y el Protocolo de Madrid, es evidente el deseo de los empresarios de incursionar en mercados extranjeros y, para ello, es pertinente involucrar la propiedad intelectual en su estrategia exportadora.
El precio El precio del producto dependerá en parte de la medida en que los consumidores del mercado de exportación reconozcan y valoren la marca, así como de la existencia de productos similares o idénticos.
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Titularidad de lso derechos de PI En la negociación de acuerdos con los socios, tendrá que tener en cuenta las cuestiones relativas a la titularidad de los derechos de propiedad intelectual, especialmente en caso que el producto sea fabricado en otro país o sea modificado, empaquetado o distribuido por socios de otro país.
La participación en acuerdos internacionales considera aspectos importantes como: a) Identificar los mercados de exportación adecuados. b) Calcular las necesidades de la demanda y de los mercados. c) Encontrar socios locales y canales de distribución. d) Adaptar el producto o servicio al nuevo mercado. e) Negociar y firmar acuerdos contractuales con representantes comerciales que se dediquen a la exportación, distribuidores, etc. f) Presupuestar los gastos de exportación y recaudar fondos. g) Determinar los precios para los mercados de exportación. h) Participar en ferias comerciales que se celebren en otros países.
La imagen empresarial y su marca La comercialización del producto dependerá enormemente de la imagen de la empresa, plasmada fundamentalmente en su marca, y si esta no está protegida, sería imposible o mucho más difícil hacer valer sus derechos en caso de copia o imitación por parte de competidores.
Fuente: http://www.wipo.int/sme/es/ documents/guides/secrets_ip.html
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Problemática de la industria electrónica en Colombia Ing. Carlos Iván Camargo* cicamargoba@unal.edu.co
*Ingeniero Eléctrico de la Universidad Nacional de Colombia, magíster en Ingeniería Eléctrica de la Universidad de los Andes y doctor en Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia. Profesor asociado del Departamento de Ingeniería Eléctrica y Electrónica de la Universidad Nacional de Colombia. Áreas de trabajo: transferencia tecnológica, diseño digital y diseño de sistemas embebidos.
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En la actualidad Colombia atraviesa por una crisis de diseño de sistemas digitales que permite afirmar que hay un atraso muy grande en esta área. Existen dos grandes responsables de esta situación: por un lado, las políticas de la mayoría de las industrias al no realizar inversión de capital en sus departamentos de investigación y desarrollo (I+D) y por otro, algunas universidades no cuentan con programas actualizados que permitan explotar los avances realizados en las industrias electrónica y de semiconductores. La situación se agrava aún más al ver el estado de la relación entre la universidad y la industria. Desde el punto de vista industrial los resultados obtenidos en la academia parten de entornos ideales y no se tienen en cuenta las características de los entornos industriales, lo cual da como resultado sistemas poco robustos y con problemas funcionales. Adicionalmente, los tiempos de desarrollo son muy largos ya que la mayoría de las universidades colombianas no cuenta con grupos de investigación consolidados en estas áreas; esto, debido a la
falta de recursos económicos y de personal especializado que posea las habilidades necesarias para abordar este tipo de proyectos. La industria electrónica nacional no es ajena a las políticas que siguen las empresas nacionales en cuanto a la apropiación de tecnología, Colombia depende totalmente de economías más desarrolladas para el suministro de dispositivos electrónicos en diversas áreas. La industria electrónica presenta una gran dinámica a nivel mundial, el uso de los sistemas electrónicos se extiende a todas las actividades humanas; la demanda mundial de este tipo de sistemas aumentará de forma importante en los próximos años, especialmente en los sectores de tecnología médica, movilidad, seguridad, comunicaciones y consumo. Desafortunadamente la industria electrónica en Colombia se encuentra muy rezagada en relación con la de los países industrializados, estas ventajas y oportunidades de negocios no son aprovechadas en la actualidad. Uno de los problemas que más afecta este desarrollo
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columnista invitado
es el atraso tecnológico, el cual es originado por varios factores: por un lado, tenemos el sector académico, que según el sistema nacional de información superior, ha creado durante los últimos diez años 230 programas relacionados con la industria electrónica. El número de ingenieros graduados en un año es de dos a ocho veces mayor que en los países en vías de desarrollo y doce veces mayor que los que se gradúan en los países desarrollados. En Colombia, este aumento es aportado por instituciones de poca consolidación académica; además, las preferencias en la educación superior son formación técnica / formación tecnológica / formación profesional que es justamente lo opuesto a la de los países desarrollados. Lo que origina una sobre oferta de profesionales en el área electrónica, formados con programas desactualizados que no tienen en cuenta los avances tecnológicos y metodológicos, lo que explica la falta de ingenieros con altos niveles de formación y la escasa demanda de profesionales en el área. Por esta razón, no es de extrañar la poca confianza que tienen los industriales en los productos nacionales. Esto unido a la falta de políticas de Estado que tracen normas encaminadas a incentivar la inversión en investigación y desarrollo, defina líneas y campos de investigación, regule la oferta laboral y los programas académicos, generan el clima
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4 Carlos Iván Camargo
perfecto para que el atraso tecnológico se mantenga durante mucho tiempo y Colombia siga siendo consumidor de tecnología. La adopción de productos provenientes del mercado asiático es una respuesta de la industria a la escasez de profesionales con las habilidades necesarias para crear productos locales que compitan con los importados. Ante esta situación, es necesario cuestionar el papel que han tenido las facultades con programas relacionados en el desarrollo de habilidades en los actuales profesionales y preguntarse por la función que deben cumplir para dar solución a este problema. Es necesario hacer que los diferentes sectores de la sociedad sean conscientes de la importancia de esta industria y la capacidad que tiene el país para desarrollar dispositivos comerciales. También es muy importante que la sociedad prefiera los productos realizados internamente; pero esto no es posible si no se cuenta con un sistema que permita conocer el estado del desarro llo local, registrando la producción y protegiéndola contra copias y productos provenientes del mercado asiático. De aquí la importancia que tiene la Superintendencia de Industria y Comercio en la divulgación de las diferentes formas de protección que se pueden aplicar a este tipo de desarrollos.
La adopción de productos provenientes del mercado asiático es una respuesta de la industria a la escasez de profesionales con habilidades necesarias para crear productos locales.
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Estrategias regionales en propiedad intelectual Una visión desde Bogotá Región
Luis A. Madrid* luis.madrid@usa.edu.co
* Abogado de la Universidad del Rosario, LLM en Derecho del London School of Economics & Political Science (Londres, UK) y LLM en Derecho Económico Internacional de la Universidad de Warwick (West Midlands, Inglaterra) y especialización en Negociaciones y Relaciones Internacionales de la Universidad de los Andes. Profesor e investigador de la Universidad Sergio Arboleda. En coautoría con Emilio García, abogado de la Universidad Externado de Colombia. Especialización en Derecho Financiero de la misma universidad. Magíster en Derecho de la Empresa de la Universidad Pompeu Fabra (Barcelona-España). Profesor de la Universidad Sergio Arboleda. Consultor y abogado litigante. emilio.garcia@eg abogados.com.co 1. La calificación ha tenido un modesto incremento en los últimos tres años (5,5, 5,4 y 5,3) atribuido a la protección de los DPI y al control de la piratería.
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La Cámara de Comercio de Bogotá (en adelante, CCB) contrató a la Universidad Sergio Arboleda para la formulación de una propuesta de estrategia regional en propiedad intelectual que partiendo de un diagnóstico, identificó acciones para impulsar la generación de conocimiento con fines productivos. El trabajo, desarrollado en los años 2010 y 2011 se enfocó en sectores priorizados en la Agenda Interna para la Productividad y Competitividad Región Bogotá-Cundinamarca (DNP, 2007) y el Programa de Transformación ProductivaSectores de Clase Mundial (MCIT, 2010), a saber: comunicación gráfica, energía eléctrica, autopartes, textiles, diseños y moda, software y tecnologías de la información, servicios a distancias BPO, cosméticos, artículos de aseo, turismo de salud, agregando al análisis: industrias culturales, logística y agroindustria. Dos parámetros fueron relevantes en el estudio: de una parte, el Global Innovation Index (GII) de Insead, que mide las actividades de innovación
mundial a través de siete pilares, de los cuales son de relevancia por su vínculo con la propiedad industrial, la producción científica (creación, impacto y difusión del conocimiento) y la producción creativa (intangibles, bienes y servicios). En este estudio, Colombia para el año 2012 ocupa el puesto 65 entre los 141 escrutados, lo que confirma un ascenso respecto de años anteriores, puesto 90 (2010) y 71 (año 2011). No obstante, con referencia a otros países de Latinoamérica, Colombia se encuentra por debajo de Chile, Brasil y Costa Rica. En segundo lugar, el International Property Rights Index (IPRI) de la “Hernando de Soto Foundation” y la Property Rights Alliance, cuyo tercer componente atiende los derechos de propiedad intelectual (en adelante, DPI), que se desagrega a su vez en tres variables: protección de los DPI, protección de patentes y piratería de obras protegidas por derecho de autor. Colombia ocupa el lugar 53 entre los 130 países estudiados y el quinto entre los veintidós países de la región, con una calificación de 5,5 sobre 101. En este índice Colombia aparece
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columnista invitado
por debajo de Chile, Trinidad y Tobago, Jamaica y Brasil. La investigación revisó la evolución y el estado actual del uso de la propiedad industrial por los sectores priorizados y los centros de investigación en Bogotá Región, en cuatro aspectos específicos a través de encuestas y entrevistas: conocimiento y entendimiento de los DPI, las causas de la baja utilización del sistema de los DPI, mecanismos de protección utilizados e implementación de políticas en propiedad industrial. A grandes rasgos, los resultados reflejan un muy bajo conocimiento (el 60% no tiene información sobre propiedad industrial y el 27% se declaran medianamente informados), así como una baja gestión de la PI, encontrándose que apenas 7,5% negocia licencias de terceros, que el 85,6% no cuenta con una política para proteger la propiedad industrial propia o de terceros y que el 70,3% de las empresas no tiene un responsable de administrar y gestionar los DPI, así como que el 90,2% no ha solicitado recientemente asesoría profesional acerca de los DPI. Consecuentemente, el 77,7% de las organizaciones no vigila posibles violaciones a los derechos de propiedad industrial propios o ajenos. Por su parte, los investigadores no llevan a cabo procesos de protección de la propiedad industrial porque consideran que estos
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son responsabilidad de las áreas administrativas de las universidades y su prioridad es la actividad investigativa. Adicionalmente, se observa que las universidades se centran en labores de formación profesional dejando de lado la investigación y el desarrollo del conocimiento, lo que ocasiona la no implementación de políticas que incentiven la innovación. Habiendo confirmado el desconocimiento de los DPI por los empresarios y la falta de gestión por los centros de investigación se propuso una línea de trabajo dirigida a superar los problemas identificados. Los lineamientos de la estrategia propuesta al sector empresarial organizado en la CCB, fueron los siguientes: (i) Articulación con el sector público por ejemplo, en el entorno de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual (CIPI) y en la participación como sector privado en las negociaciones internacionales y en la Red PILA, entre otros; (ii) Prestación de servicios estratégicos en gestión de la PI; (iii) Apoyo especializado en temas como diagnóstico, valoración y gestión contractual de activos intangibles tanto en empresas como centros de investigación; (iv) Servicios de mecanismos alternativos de solución de conflictos para PI; (v) Acciones sectoriales por ejemplo en moda, promocionar y capacitar a los empresarios del sector en el uso y protección de los diseños industriales.
4 Luis A. Madrid - Emilio García
En conclusión, la propiedad industrial no puede seguir siendo una preocupación exclusiva de las políticas públicas, sino además del sector empresarial, buscando sinergias con los centros de investigación que permitan un verdadero encuentro entre la oferta de servicios tecnológicos y la demanda empresarial.
Los investigadores no llevan a cabo procesos de protección de la propiedad industrial porque consideran que estos son responsabilidad de las áreas administrativas de las universidades y su prioridad es la actividad investigativa.
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LA SIC RESPONDE Frente al decreto antitrámites ¿qué documentos ya no son requeridos para tramitar afectaciones?
¿Cuál es el término de respuesta para los procesos de afectaciones y renuncias de derechos?
La resolución de tarifas indica que todo trámite que se hace por la página web para propiedad industrial tiene un 5% de descuento. ¿Dicho porcentaje aplica también para las afectaciones?
¿Si se realiza el registro de marca en línea en varias clases, también aplica el descuento del 5% referido del punto anterior?
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El artículo 167 del Decreto 19 del 2012, incluye las siguientes disposiciones que deben ser tenidas en cuenta dentro de los trámites relacionados con el sistema de propiedad industrial: “a) Los documentos que se deban adjuntar estarán exentos de atestación, autenticación, legalización o cualquier otra certificación de una firma u otro medio de identificación personal, salvo en los casos de renuncias a los derechos. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones penales establecidas en la legislación vigente en materia de fraude procesal y falsedad de documentos. “b) No se exigirán pruebas de existencia y/o representación legal al solicitante, a menos que exista duda razonable acerca de la veracidad de cualquier indicación o elemento contenido en la solicitud, caso en el cual será requerido de conformidad con el procedimiento legalmente establecido para ello. “c) Los poderes no requerirán presentación personal, podrán otorgarse mediante documento privado y referirse a una o más solicitudes identificadas en el poder, o a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros del titular que otorgue el poder. En todo caso, la facultad de desistir de la solicitud en trámite o de renunciar al derecho otorgado debe estar expresamente consagrada en el poder”.
Para las actuaciones que tuvieron inicio antes del 2 de julio del 2012, el tiempo de respuesta es de dos (2) meses. Para las posteriores a esta fecha el tiempo es de un (1) mes prorrogable a solicitud del interesado por un término igual.
Sí. El descuento referido del 5% también está previsto para la solicitud de inscripción de afectaciones.
En el caso de solicitudes de línea de marcas multiclase, además del descuento del 5%, debe tenerse en cuenta que mediante la Resolución 20963 del 2012, artículo primero, fueron fijadas las tarifas pertinentes, previendo un descuento a partir
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la SIC responde
de la segunda clase reivindicada. En ese orden, si bien la tarifa prevista por la solicitud en una clase es de $750.000, en tres clases será de $2.184.000.
¿Cuál es el proceso para solicitar una renuncia de derechos?
De acuerdo con el trámite referido en la Resolución 21447 del 2012, el titular de un bien de propiedad industrial sobre signos distintivos podrá renunciar a los derechos, diligenciando y radicando el Formulario de Renuncia a Derechos del Registro de Marcas de Productos y/o Servicios, Formato PI01-F-05, adjuntando el pago de la tasa correspondiente.
¿Después de que hacen una renuncia de derechos de una marca, cuánto tiempo tiene la SIC para dar respuesta?
Dentro del cuerpo normativo aplicable a los trámites de propiedad industrial, no se incluye un término para dar respuesta a la solicitud de renuncia de derechos. Sin embargo, de acuerdo con el plan de acción de la entidad, una vez radicado el formulario correspondiente con el lleno de los requisitos previstos, se dará curso a la solicitud de forma inmediata.
¿En qué consiste el nuevo sistema de notificaciones en materia de propiedad industrial?
La Decisión 486 de la Comunidad Andina, piedra angular del sistema legal de protección de la propiedad industrial, establece en su artículo 6º que “la oficina nacional competente podrá establecer un sistema de notificación que permita comunicar adecuadamente sus decisiones a los interesados”. En razón de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en aras de desarrollar un sistema de notificación que permitiera agilizar los trámites administrativos ante esta entidad y, con ello, prestar un mejor servicio a sus usuarios, mediante Resolución 42847 del 2012, modificó dicho sistema. La nueva forma de notificación contempla un sistema simultáneo por tres vías: correo electrónico, fijación en la página web y fijación en la Secretaría de la SIC, en este, si el usuario ha aportado una dirección de correo electrónica tendrá la facilidad de recibir un correo electrónico informándole de la expedición del acto administrativo y con un hipervínculo que le permite acceder a la resolución de forma inmediata. No obstante, esto no significa que el término para presentar los recursos comience a contar desde ese momento, por cuanto una de las bondades que introduce la modificación es que para el caso de las resoluciones que deciden sobre la registrabilidad de una marca o la patentabilidad de una invención, entre otras resoluciones, las partes en trámite se entienden notificadas pasado un mes de la fecha del envío del correo y de la fijación, (fijación que será de forma física y electrónica a través de la página web de la entidad).
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DECISIONES SIC
REFERENCIA: Expediente 11-11246 MARCA: Figurativa TITULAR: Carolina Arango Ochoa RESOLUCIÓN: 56948 de 27 de septiembre del 2012 TEMA: Infracción de derechos de autor: obra arquitectónica
1. Concepto emitido por la Dirección Nacional de Derechos de Autor, radicación 2-2010-48003.
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N
No puede pretenderse el registro de una obra arquitectónica, bajo el supuesto de que el literal h) del artículo 22 de la Decisión 351 de la CAN y el artículo 39 de la Ley 23 de 1982 establecen una serie de excepciones al derecho de autor, respecto de la reproducción de las obras arquitectónicas situadas de forma permanente en lugares abiertos al público. En efecto, la reproducción que implica el signo solicitado de la obra protegida, no puede ser considerada como una mera transcripción de la obra, puesto que por su uso como marca implicará la disposición de dicha imagen ante el público en la realización de actos de comercio en los que el solicitante obtendrá un beneficio económico, constituyéndose un aprovechamiento indebido de la obra y un detrimento de los intereses de sus legítimos titulares, puesto que por el monopolio concedido por el registro de marca, aquellos se verían imposibilitados de explotar la obra con plena libertad. […] “En efecto, si bien es cierto que en el literal h) del artículo 22 de la Decisión 351 de la CAN y en el artículo 39 de la Ley 23 de 1982 existe una serie de excepciones respecto de la reproducción de la obras arquitectónicas situadas de forma permanente en lugares abiertos al público, tal y como señaló la dirección de signos distintivos, también es cierto que dicha limitación al derecho de autor está sujeta a circunstancias especiales. Al respecto la Dirección Nacional de Derechos de Autor señaló1: “En el derecho de autor existe un principio general, cual es, que toda utilización que se haga de una obra literaria o artística requiere de la previa y expresa autorización por parte del autor o del titular de los derechos patrimoniales. “Las limitaciones y excepciones en el campo del derecho de autor, constituyen la excepción a esa regla general, es decir, son aquellos casos en los cuales el legislador autoriza a terceros para que utilicen las obras sin que medie consentimiento alguno por parte del autor o titular del derecho. Dichas excepciones que son consagradas a manera de numerus clausus por el legislador colombiano y comunitario, deben cumplir con los siguientes requisitos: a) deben estar expresamente establecidas en la ley,
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decisiones SIC
b) no deben atentar contra la normal explotación de la obra, c) no deben causar un perjuicio injustificado a los legítimos intereses del titular o titulares de los derechos. A su vez, la misma entidad al explicar el alcance de las excepciones contempladas en el literal h) del artículo 22 de la Decisión 351 de la CAN y en el artículo 39 de la Ley 23 de 1982, aclaró que2: “Encontramos dos disposiciones que hacen relación al mismo aspecto de una limitación o excepción para obras ubicadas de manera permanente en espacios públicos. Es claro, que mientras la norma Andina habla de la reproducción, emisión por radiodifusión o transmisión pública por cable, la legislación nacional considera la reproducción, la distribución y la comunicación pública de dichas obras allí señaladas. Al respecto, es importante considerar que en nuestro ordenamiento jurídico el derecho comunitario tiene carácter prevalente o preeminente sobre las normas nacionales, ello implica que en caso de contradicción entre una norma comunitaria y la ley nacional debe aplicarse la norma andina. […] “Para el caso particular, es claro que la norma comunitaria buscó restringir a solo tres actividades la limitación relacionada con obras puestas en lugares públicos, queriendo permitir su uso a la mera reproducción y a dos tipos específicos de comunicación pública. Bajo este entendido, a la luz del derecho comunitario, debe prevalecer la limitación contenida en la Decisión Andina 351 de 1993 sobre la esgrimida en la Ley 23 de 1982, teniendo en cuenta que por tratarse de la misma materia debe darse lugar la norma supranacional. “Por lo anterior, cualquier acto de distribución o de comunicación pública (salvo la emisión por radiodifusión o transmisión pública por cable) de una obra arquitectónica que se encuentra de manera permanente en lugares abiertos al público deberá contar con la autorización previa y expresa de su autor o titular. “Por el contrario, cualquier acto de reproducción, emisión por radiodifusión o transmisión pública por cable de obras arquitectónicas que se encuentran en lugares abiertos al público, no requieren de la mencionada autorización por encontrarse dentro de una limitación señalada en la Decisión Andina 351 de 1993”. Así las cosas, entendiendo que por acto de distribución al público se entiende por la “puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma”3, es posible concluir que “esta limitación permite la reproducción y algunos actos de comunicación pública pero excluye la posibilidad de distribuir las copias de las obras así reproducidas. Es decir[,] que un transeúnte
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4 resoluciones
2. Concepto emitido por la Dirección Nacional de Derechos de Autor, radicación 2-2012-782. 3. Artículo 3º de la Decisión 351 de la CAN.
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4. Concepto emitido por la Dirección Nacional de Derechos de Autor, radicación 2-2010-48003.
REFERENCIA: Expediente 10-136365 TÍTULO: Equipo para la medición automatizada del flujo de cortes y derrumbes de perforación en pozos petroleros TITULAR: Ecopetrol RESOLUCIÓN: 61419 TEMA: Solicitudes nacionales de patentes de modelo de utilidad en el área de ingeniería mecánica
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puede, a la luz de la disposición que viene de transcribirse, por ejemplo, tomar fotografías de la fachada de una obra (sic) arquitectónica, pero no está facultado para distribuir a ningún título (venta, alquiler o préstamo) postales, afiches o cualquier copia de dichas reproducciones”4. En vista de lo anterior, es claro que la reproducción que implica el signo solicitado de la obra protegida, no puede ser considerada como una mera transcripción de la obra, puesto que por su uso como marca implicará la disposición de dicha imagen ante el público en la realización de actos de comercio en los que el solicitante obtendrá un beneficio económico, constituyéndose un aprovechamiento indebido de la obra y en un detrimento de los intereses de sus legítimos titulares, puesto que por el monopolio concedido por el registro de marca, aquellos se verían imposibilitados de explotar la obra con plena libertad. Finalmente, si bien fuese cierta la afirmación del solicitante según la cual la obra arquitectónica en estudio no merece mayor protección por responder a los “más elementales y simples conceptos y desarrollos artísticos y técnicos” por existir fachadas similares o idénticas, lo cierto es que no obra en el expediente prueba que corrobore dicha versión, y aunque la hubiera, lo cierto es que nos encontramos frente a un caso de reproducción total de la obra, lo que implica mayor rigurosidad en su protección […]”.
L
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) otorgó patente de modelo de utilidad a la solicitud nacional titulada “Equipo para la medición automatizada del flujo de cortes y derrumbes de perforación en pozos petroleros”. Esta invención pertenece al campo de control de derrumbes en pozos petroleros y fue presentada por Ecopetrol S.A. La motivación para el desarrollo de la invención fue la necesidad de eliminar el error humano generado en la medición del flujo de cuttings y cavings en pozos petroleros, al ser realizada por un técnico que determina el tiempo en que se llena un recipiente de material rocoso. El inconveniente más representativo de este procedimiento, es que la medición se hace teniendo en cuenta el volumen del recipiente y no el del material rocoso como tal. Para resolver este problema técnico, el solicitante propone un dispositivo que permite realizar la medición del flujo de cuttings y cavings de forma totalmente automatizada, cuyo funcionamiento consiste en medir el peso del material rocoso en un recipiente determinado y calcular su volumen por medio de su densidad; finalmente, se determina el flujo con el tiempo que demora en llenarse dicho recipiente. Estas mediciones se realizan con el fin de obtener, con mayor confiabilidad, la probabilidad de que se presenten derrumbes dentro del pozo petrolero.
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sabía que...
4 datos curiosos
SABÍA QUE... ¿
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) tiene sus orígenes en 1883, año en el que grandes artistas se dedicaban a sus creaciones como el caso de Johannes Brahms que componía su tercera sinfonía, Robert Louis Stevenson que escribía La isla del tesoro, y John y Emily Roebling que finalizaban la construcción del puente de Brooklyn en Nueva York.
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El nombre de la compañía Amazon fue estratégicamente elegido, en la medida que debía empezar por la letra “A” debido a que los buscadores de Internet eligen los resultados de las búsquedas por orden alfabético. De otra parte Amazon fue elegido, además, por tratarse del río más ancho del mundo. El 9 de febrero de 1995 el nombre Amazon.com quedó registrado en una corporación de Delaware, y se convirtió en la primera marca que se registró con la coletilla “.com”.
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Las raíces de Lego son en Dinamarca en el año 1932, donde Ole Kirk Christiansen construía artículos de madera. Entre los productos estaban escaleras de tijera, tablas de planchar y juguetes. Christiansen observó que los juguetes tenían buenas perspectivas para el futuro, se concentró en ello y le dio el nombre a su trabajo: Lego, una combinación de las palabras danesas “Leg godt”, que significan “jugar bien”.
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La marca Pizza Hut nació en 1958 cuando Da y Frank Carney hacían pizzas y la tienda donde las producían se parecía a una “choza” (hut, en inglés). Ellos abrieron el primer lugar para la Pizza Hut en Kansas (EE. UU.).
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En 1908, Marquis M. Converse creó la compañía luego de resbalarse en Malden Massachusetts. Este incidente le dio la idea de crear una zapatilla, cuya suela estuviera hecha a base de caucho para evitar resbalones. En 1909 la compañía ya estaba en marcha y creando zapatillas de suela de caucho antideslizantes para hombres, mujeres y niños.
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“Converse All Stars”, es la marca de calzado deportivo más famosa del mundo. Grandes íconos de la cultura pop los han usado a lo largo de la historia. Su carácter juvenil y despreocupado le han dado a esta prenda una personalidad propia, que generación tras generación va tomando más fuerza.
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Las zapatillas de marca “Converse All Stars”, originalmente fueron concebidas para jugar baloncesto y hoy en día la marca pertenece a Nike. Se han vendido más de ochocientos millones de pares de zapatos Converse alrededor del mundo desde 1966.
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diviértase con
4 juegos
N O C E S A T R É DIVI Trivia 1
HORIZONTALES 1. Signo que puede registrarse como marca
Los diseños industriales son concedidos por un período de
2. Uno de los diez países del índice mundial de la innovación (inv.) 3. Uno de los países miembro de la OMPI
a) Cinco años b) Siete años c) Diez años Cuál de estos no es un tipo de diseño industrial? 1/2
a) Bidimensional b) Tridimensional c) Unidimensional 3
1. Industria 2. Apariencia 3. Forma 4. Estética 5. Diseño 6. Combinación 7. Textura
Un diseño industrial es:
a) Un derecho exclusivo concedido a una invención b) El aspecto ornamental o estético de un artículo c) Es un signo utilizado para productos que tienen origen geográfico
Sopa de letras
I N D U S T R
I
A X N
Q E T V C D O L K O G A P A R
I
E N C
I
A Ñ
T D N S B Z N C W F X Z G E A L V A M R O F X Ñ L C B N R T H A Q O F O D I A U P Y C P V P Y B A K T
J
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5 2
Crucigrama
2
4. Acción de cancelación del registro de una marca (inv.)
2 9 6
3/8
3 7 7 4
VERTICALES 5. Primer nombre del director general de la OMPI (inv.) 6. Es un tipo de marca de la que se valen asociaciones de productores 7. Es el eslogan que va asociado a una marca previamente solicitada (inv.) 8. Uno de los países del BRIC (nuevos protagonistas de la geopolítica mundial) (inv.) 9. Signo que puede registrarse como marca (inv.)
R T L
M G M L Ñ U X S A W Y C A C
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I
T E T S E
J
K
Respuestas: Crucigrama 4 Horizontales: (1) Colores, (2) Irlanda, (3) Angola, (4) Notoriedad (inv.). Verticales: (5) Francis (inv), (6) Colectiva, (7) Lema (inv.), (8) Rusia (inv.), (9) Sonidos (inv). Trivia 4 1(c) Diez años, 2(c) Unidimensional, 3(b) El aspecto ornamental o estético de un artículo.
Y O D Q T R E H M I U
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