Estudios previos internet invitación pública 2015

Page 1

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PASTO - NARIÑO Aprobada mediante Decreto Municipal Nº 0355, 26/08/03 SC-SER226335

Página: 1 de 7 Versión: 1 Cod: GDI_034

ESTUDIOS PREVIOS PARA SUSCRIBIR UN CONTRATO DE PRESTACION DEL SERVICIO DE CONECTIVIDAD A INTERNET A TRAVES DE UNA INFRAESTRUCTURA DE FIBRA OPTICA Y RADIO ENLACE CON GARANTÍA DE DISPONIBILIDAD, CALIDAD Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO De conformidad con el articulo 20 y 84 del Decreto 1510 de 2013 y en desarrollo de lo señalado en el artículo 87 de la ley 1474 de 2011, los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Institucion así como la distribución de riesgos que la misma propone. FECHA: 22 de junio de 2015 Elementos de los estudios y documentos previos 1.

Descripción de la necesidad

La Informática, en la actualidad es uno de los pilares básicos de la sociedad y esto obliga a las Instituciones educativas a proporcionar al estudiante una educación que incluya esta realidad en todos los niveles de enseñanza, de tal manera que les permita a los estudiantes el acceso a los fenómenos del mundo real, a los conceptos científicos y a los aspectos de la cultura. A través de la informática, el estudiante puede experimentar el conocimiento de una manera que resultaría imposible utilizando fuentes de referencia tradicionales. El acceso a estos recursos incide positivamente en la disposición que muestran los alumnos para profundizar su conocimiento indagando más fuentes de información. Por otra parte, la aplicación de herramientas informáticas a los procesos administrativos, permite diversifica, enriquecer y facilitar estos procesos provechando las múltiples fuentes de información de internet, contribuyendo así a fomentar la capacidad, celeridad y organización del trabajo gracias a herramientas como el correo electrónico o el trabajo colaborativo. Actualmente, la institución Educativa Municipal Ciudad de Pasto en sus cuatro sedes, cuenta con doce (12) aulas de informática, más cincuenta y tres (53) unidades distribuidas en las diferentes dependencias, destinadas a la gestión y desarrollo de procesos académicos y administrativo, con diferentes programas o conjunto de instrucciones almacenados adecuada y estratégicamente para cumplir con los planes propuestos para cada proceso. En este contexto, resulta difícil cumplir con los propósitos institucionales propuestos para los procesos académicos y administrativos, establecidos de forma tacita en el artículo 209 constitucional y de forma expresa en la ley 115 de 1994, pues los mismos requieren de un trabajo importante de planificación, asesoria, mantenimiento, acompañamiento técnico y organización por parte de cada funcionario administrativo y docente. Mediante la suscripción del presente contrato, la institución, pretende cubrir las necesidades que surgen como consecuencia del quehacer académico y administrativo, para cuyo efecto se requiere contratar el servicio de conectividad a internet a través de una infraestructura de fibra óptica y de una red multiservicios que garantice altos estándares de calidad del servicio, accesibilidad, disponibilidad y monitoreo permanente

www.iemciudaddepasto.edu.co Carrera 4 Nº 16 – 170 (El Potrerillo) Conmutador: 7219742 – Fax: 7212876

“Ad Augusta Per Angusta”


INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PASTO - NARIÑO Aprobada mediante Decreto Municipal Nº 0355, 26/08/03 SC-SER226335

Página: 2 de 7 Versión: 1 Cod: GDI_034

para cubrir los requerimientos de comunicación tanto internas como externas en la Institución Educativa Municipal Ciudad de Pasto

2. El objeto a contratar, con sus especificaciones y la identificación del objeto a contratar 2.1. Objeto contractual: La prestación del servicio de conectividad a internet a través de una infraestructura de fibra óptica y de una red multiservicios que garantice altos estándares de calidad del servicio, accesibilidad, disponibilidad y monitoreo permanente para cubrir los requerimientos de comunicación tanto internas como externas en la Institución Educativa Municipal Ciudad de Pasto 2.2. Especificaciones técnicas: En cumplimiento del objeto contractual el CONTRATISTA deberá cumplir con las siguientes obligaciones:  Proveer el servicio de telecomunicaciones y conectividad a Internet de acuerdo con las condiciones jurídicas y técnicas establecidas  Iniciar la prestación de los servicios requeridos por la Institución de acuerdo a lo pactado por las partes  Adoptar las medidas de seguridad requeridas para garantizar la inviolabilidad de las comunicaciones, la información que cursa a través de las redes y los datos personales de la Institucion  Ejercer las medidas preventivas y correctivas necesarias para garantizar la disponibilidad de los servicios contratados  Atender, tramitar y responder oportunamente las solicitudes, sugerencias o reclamos que presente la Institucion con relación al objeto contractual.  El contratista a demás de lo anterior deberá cumplir con los siguientes requerimientos: 1.- INFRAESTRUCTURA DEL PROVEEDOR La Plataforma del Proveedor debe permitir el despliegue de servicios garantizando el óptimo rendimiento de los enlaces de datos. Como mínimo debe permitir:  El despliegue de Servicios Triple Play como: Voz, Datos y Video.  La plataforma debe estar orientada a Servicios Corporativos que requieren un Ancho de Banda Totalmente Garantizado.  El Backbone del Proveedor deberá estar soportado sobre una Red de Fibra que permita el transporte de datos a altas velocidades.  Brindar Soluciones vía Fibra Óptica y radio enlaces de Extremo a Extremo.  Manejo de Elevadas Velocidades (Giga Bits por Segundo).  Garantiza Redundancia de la Red.  Plataforma Integrada de Acceso a Multiservicios.  Equipo dispuesto en las instalaciones del cliente.  El servicio de conectividad deberá ser suministrado sobre una plataforma soportada en Fibra óptica y radio enlace. 2.- CARACTERISTICAS DE LOS ENLACES

www.iemciudaddepasto.edu.co Carrera 4 Nº 16 – 170 (El Potrerillo) Conmutador: 7219742 – Fax: 7212876

“Ad Augusta Per Angusta”


INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PASTO - NARIÑO Aprobada mediante Decreto Municipal Nº 0355, 26/08/03 SC-SER226335

Página: 3 de 7 Versión: 1 Cod: GDI_034

 Disponibilidad: La disponibilidad en todos los enlaces (Datos e Internet) debe ser del 99.6%  Tasa de re-uso hasta el Backbone de primer nivel (para Canales de Datos e Internet): 1:1  Modo para canales de Internet: Simétrico  Direcciones IP:  Mínimo 3 direcciones IP Públicas – Sede Central IEMCP  Interfaz para conexión a la LAN de la Institución que da acceso a Internet: Ethernet: 100  Base-T y/o 1000 base T (interfaz LAN de equipo enrutador o similar)  Última Milla (para Canales Principales (Datos e Internet): Todos los enlaces para la sede de la Institución Educativa donde serán instalados los servicios deberán ser implementados únicamente sobre fibra óptica e interconectado con el Backbone del Proveedor.  Sitio de Instalación y Entrega de los Enlaces: Los enlaces se instalarán en la sede Central de la Institución Educativa Ciudad de Pasto.  Segmentación LAN: Los Canales de Internet deben permitir ser segmentados en una interfaz diferente al servicio de datos.  Seguridad de Internet: debe suministrar esquemas de seguridad por Hardware para Internet y la red de datos mediante un Firewall que incluya servicios de IPS, IDS, Antivirus, AntiSpam y que se pueda ofrecer puertos con DMZ.  Monitoreo de instrucciones y Seguridad de la Información: El operador debe contar con la infraestructura necesaria para realizar el monitoreo de canales con el fin de garantizar la seguridad de la información y prevenir intrusiones a los sistemas de la Institución Educativa Ciudad de Pasto.  Acceso Remoto por VPN: El operador debe ofrecer la posibilidad de tener conectividad mediante accesos remotos por Internet (VPN IPSec)  Protocolos Soportados: La Solución de Conectividad basada en canales dedicados debe ser capaz de soportar protocolos de voz, datos y video. La plataforma debe proporcionar políticas de QoS con priorización de tráfico y redundancia de red.  Priorización de tráfico: El Operador debe garantizar la Priorización y segmentación de tráfico mediante la aplicación de políticas de clases de Servicio (CoS)  Ancho de Banda Por demanda: El Operador debe ser capaz de ampliar el Ancho de Banda de los canales de datos dedicados de acuerdo a la necesidad del cliente.  Calidad de Servicio: La Solución debe soportar protocolos para la implementación de políticas que permitan priorizar tráfico de acuerdo a las necesidades del Cliente. 3.- GESTIÓN DE SERVICIO El proveedor deberá suministrar los esquemas de gestión aplicados a los canales. Deberá indicar que procesos pueden ser desarrollados por la dirección de sistemas de la Institución Educativa y cuales son realizados por el proveedor. El proveedor deberá suministrar las herramientas que permitan a la Institución, llevar un control de los parámetros de cada uno de los canales y de los eventos ocurridos sobre los mismos. 4.- SOPORTE Y ATENCION  Contacto Comercial: Ejecutivo de Cuenta asignado en la Ciudad de Pasto.  Rango de Soporte para Atención: 7x24x365

www.iemciudaddepasto.edu.co Carrera 4 Nº 16 – 170 (El Potrerillo) Conmutador: 7219742 – Fax: 7212876

“Ad Augusta Per Angusta”


INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PASTO - NARIÑO Aprobada mediante Decreto Municipal Nº 0355, 26/08/03 SC-SER226335

Página: 4 de 7 Versión: 1 Cod: GDI_034

 Medios de Acceso a Soporte (para Canales de Datos e Internet): Por vía telefónica con llamada local o línea gratuita nacional, fax o correo electrónico. El suministro de trouble tickets es obligatorio.  Forma de Ingreso de los Tiquetes de Servicio: Por vía telefónica con llamada local o línea gratuita nacional, escrito en papel impreso, vía fax o correo electró nico.  Formas de seguimiento por parte de La Institución Educativa Municipal Ciudad de Pasto a los Tiquetes de Servicio: Deben ser consultados por vía telefónica con llamada local o línea gratuita nacional y/o a través de la Web  Reportes: Herramienta de monitoreo vía Web, con disponibilidad las 24 horas del día donde de manera directa y sin necesidad de cálculos adicionales, el funcionario designado por la Institución aprecie el porcentaje de utilización y el porcentaje de Disponibilidad del canal, como mínimo por períodos mensuales.  Plazo de Instalación: Máximo 15 días calendario.  Porcentaje mensual mínimo de disponibilidad de los canales: 99.6%  Tiempo máximo de Atención a Fallas: 2 horas independientemente de la hora de reporte o del día de la semana. TABLA INDISPONIBILIDAD DE SERVICIO Tiempo máximo de Solución Fallas Desconexión Total : 3,0 Horas (para Operación Degradada : 5,0 Horas Canales de Datos e Internet) Falla no Grave : 6,0 Horas 100 > DI>= 99.6 99.6 >DI>= 99.0 99.0 >DI>= 97.0 97.0 >DI>= 95.0 95.0 >DI>= 90.0 90.0>DI

0% 5% 10% 25% 50% 100% REQUERIMIENTOS ZONAS LIBRE - WIFI

Usuarios a Soportar mínimo Cobertura Habilitación de Políticas de Acceso Filtrado - Acceso Proxy Número de Puntos de Acceso Acceso al Hot spot Tecnologías Inalámbricas Soportadas Velocidad Promedio de Operación Tecnologías de Seguridad al Medio Soportadas Area de cobertura Outdoor - Indoor

135 Outdoor - Indoor Si Si 3 libremente 802.11b, 802.11g 128 Mbps WPA, WPA2 o superior 200

s Sede Central IEMCP

La Institución Educativa Municipal Ciudad de Pasto NO aceptará ofertas parciales. 3.

Identificación del contrato a celebrar:

www.iemciudaddepasto.edu.co Carrera 4 Nº 16 – 170 (El Potrerillo) Conmutador: 7219742 – Fax: 7212876

“Ad Augusta Per Angusta”


INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PASTO - NARIÑO Aprobada mediante Decreto Municipal Nº 0355, 26/08/03 SC-SER226335

Página: 5 de 7 Versión: 1 Cod: GDI_034

3.1. Tipo de Contrato: De conformidad con el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013, son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Las entidades estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la entidad estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita. 3.2. Plazo: El plazo establecido para el cumplimiento del objeto contractual de la referencia es, desde el 01 de julio hasta el 31 de diciembre de 2015, previo cumplimiento de los requisitos legales y contractuales de celebración y perfeccionamiento del contrato, para lo cual se hace necesario la suscripción de la respectiva acta de inicio. La ejecución de las actividades relacionadas up supra se realizaran de acuerdo a la propuesta presentada previamente por el CONTRATISTA la cual debe tener como fundamento las necesidades de las dependencias de la Institución Educativa Municipal Ciudad de Pasto. 3.3. Valor: El valor estimado a pagar como contraprestación del servicio objeto del contrato a suscribir será de VEINTITRÉS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($23.000.000). Los impuestos y las tasas de carácter nacional, departamental o municipal presentes al momento de suscribir el contrato estarán a cargo del CONTRATISTA. 3.4. Forma de pago: Los honorarios derivados de la prestación del servicio de referencia, se cancelaran en 6 cuotas de la siguiente manera: las cuotas de agosto, septiembre octubre y noviembre cada cuota por un valor igual a CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/L ($4.600.000), y las cuotas de julio y diciembre, meses en los que se prestará el 50% del servicio contratado, se pagarán al 50% igualmente, es decir , en dos cuotas iguales de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M/L ($2.300.000) cada mes respectivamente, para cuyos pagos mensuales se hace necesario la expedición de una constancia del cumplimiento parcial del objeto contractual y al finalizar el contrato , la entrega de un informe de gestión de las actividades realizadas en la vigencia, mas la suscripción del acta de finalización expedido por el supervisor delegado, la cual certifique el cumplimiento del objeto contractual. Las retenciones, impuestos y des cuentos a que haya lugar por el pago de cuentas serán a cargo del CONTRATISTA 4. Disponibilidad presupuestal: De conformidad con el artículo 71 del Decreto 111 de 1996 y con base en los requerimientos técnicos del objeto contractual, el valor asignado para este proceso de contratación es de VEINTITRÉS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($23.000.000), el cual está respaldado por el certificado de disponibilidad presupuestal No. 20150118 del 17 de junio de 2015, expedido por la Oficina de Secretaria Financiera de la Institución con código presupuestal No. 21020205. 5.

Fundamentos jurídicos:

Modalidad de selección: De conformidad con el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la ley 1474 de 2011 modalidades de selección y con el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013, contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, las Entidades seleccionaran a los contratistas a través de las modalidades de licitación pública, selección abreviada, concurso de meritos, c ontratación directa y mínima cuantía, esta ultima también reglamentada por el Decreto 4791 el cual

www.iemciudaddepasto.edu.co Carrera 4 Nº 16 – 170 (El Potrerillo) Conmutador: 7219742 – Fax: 7212876

“Ad Augusta Per Angusta”


INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PASTO - NARIÑO Aprobada mediante Decreto Municipal Nº 0355, 26/08/03 SC-SER226335

Página: 6 de 7 Versión: 1 Cod: GDI_034

modifica a su vez la ley 715 de 2001. En efecto, por su naturaleza, la suscripción del presente contrato se fundamentará en la modalidad de contratación mínima cuantía. Naturaleza del contrato: Por la naturaleza del contrato a suscribir, el cual versa sobre la prestación de servicios que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, la selección, la modalidad de contratación, su celebración y ej ecución del presente contrato, se reglamentara por lo dispuesto en el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013 y de manera general, estará sometido a la legislación y jurisdicción colombianas rigiéndose por las siguientes normas: Ley 80 de 1993, ley 715 de 2011, Decretos vigentes y demás normas que la complementen, modifiquen o reglamenten, y por las disposiciones del Derecho común (Régimen civil y comercial) que reglamenten la materia. Proceso de contratación: En relación con la ejecución del presupuesto y con el proceso de contratación, por su cuantía, el presente contrato se regirá por las disposiciones del Decreto 4791 de 2008, el cual establece en su artículo 17 el régimen de contratación a que haya lugar con los recursos del Fondo de Servicios Educativos. En relación con la modalidad de selección del objeto contractual del presente, se hará mediante el modo de contratación mínima cuantía, con todas las garantías sustanciales y procedimentales de conformidad con la ley 1474 de 2011. La Constitución de garantías se regirá por el parágrafo 2 del artículo 94 de la ley 1474 de 2011, el artículo 7 de la ley 1150 de 2007 y por los artículos 110 y siguientes del Decreto 1510 de 2013; el régimen de inhabilidades e incompatibilidades del presente contrato será el establecido en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 13 de la ley 1150 de 2007 y en el artículo 90 de la ley 1474 de 2011; la terminación, modificación e interpretación unilaterales del presente contrato, se regirá por las disposiciones del los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo adicionen, reglamenten o modifiquen y su finalización y liquidación se determinara por lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Justificación de la contratación: Actualmente, la institución Educativa Municipal Ciudad de Pasto en sus cuatro sedes, cuenta con doce (12) aulas de informática, más las unidades distribuidas en las diferentes dependencias, destinadas a la gestión y desarrollo de procesos académicos y administrativo, los cuales cuentan con sus respectivos periféricos y con diferentes programas o conjunto de instrucciones almacenados adecuada y estratégicamente para cumplir con los planes curriculares propuestos para cada proceso. En este contexto, resulta difícil cumplir con los propósitos institucionales propuestos para los procesos académicos y administrativos, establecidos de forma tacita en el artículo 209 constitucional y de forma expresa en la ley 115 de 1994, en el Decreto 1860 de 1994; en la Resolución 2343 de 1996; en el Decreto 1290 de 2009, en los Lineamientos curriculares y en los Estándares básicos de competencias para las diferentes áreas. Este proceso, requiere de un gran esfuerzo de cada funcionario y docente implicado en los procesos y requiere de un trabajo importante de planificación, asesoria, mantenimiento, acompañamiento técnico y organización de inventario de equipos por parte del personal de apoyo a la gestión. De conformidad con la Ley 80 de 1993, articulo 32 de los contratos estatales, numeral 3 Contrato de prestación de servicios, estos contratos solo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o que requieran conocimientos especializados y en este sentido la autonomía técnica y científica es la esencia de este tipo de contrato (Sentencia C 154 de 1997). La IEM Ciudad de Pasto no cuenta con el personal de planta suficiente y con capacitación técnica para satisfacer las

www.iemciudaddepasto.edu.co Carrera 4 Nº 16 – 170 (El Potrerillo) Conmutador: 7219742 – Fax: 7212876

“Ad Augusta Per Angusta”


INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PASTO - NARIÑO Aprobada mediante Decreto Municipal Nº 0355, 26/08/03 SC-SER226335

Página: 7 de 7 Versión: 1 Cod: GDI_034

necesidades cubiertas con el presente objeto contractual (Art 3 Decreto 1737 de 1998 y Art 23 Decret.26 de1998) 6.

Documentos jurídicos

 Certificado de disponibilidad presupuestal  Registro presupuestal  Estudios previos  Copia de cedula de ciudadanía ampliada al 150%  Copia de Libreta Militar, solo para hombres menores de 50 años  Certificado de antecedentes disciplinarios (Ley 190 de 1995, Art. 1).  Certificado de antecedentes fiscales (Ley 190 de 1995, Art. 1).  Fotocopia del certificado judicial de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica (Ley 190 de 1995 Art. 1).  Copia de RUT ó NIT  Paz y Salvo Municipal  Certificado de afiliación o constancia de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensiones (Ley 100 de 1993) Atentamente, JOSÉ VICENTE GUANCHA G. Rector IEMCP

www.iemciudaddepasto.edu.co Carrera 4 Nº 16 – 170 (El Potrerillo) Conmutador: 7219742 – Fax: 7212876

“Ad Augusta Per Angusta”


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.