Informe CeDOSTALC 2018 Bolivia

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Índice INTRODUCCIÓN 1.

REDLACTRANS, 1

2.

Centro de Documentación y Situación Trans en Latinoamérica y el Caribe

(CeDoSTALC), 2 Situación de las mujeres trans en Bolivia, 3 Metodología para el relevamiento de casos, 5 Violaciones a los derechos humanos de las mujeres trans en Bolivia en 2018, 6 a. Derecho a la igualdad y no discriminación, 6 b. Derecho a la la identidad de género, 14 c. Violencia institucional, 18 d. Derecho a la salud, 23 e. Derecho a la educación, 25 f. Derecho al trabajo, 29 g. Derecho al acceso a la justicia, 31 Recomendaciones al Estado Plurinacional de Bolivia, 34 Bibliografía, 36 Datos de contacto, 38


Introducción 1.

REDLACTRANS

La Red Latinoamericana y del Caribe de Personas Trans (REDLACTRANS) fue creada en 2006 y en la actualidad está integrada por 26 organizaciones lideradas por mujeres trans, promoviendo y asegurando que sean éstas quienes hablen por y se representen a sí mismas. La red promueve los principios de inclusión y participación sin discriminación de ningún tipo, con particular énfasis en la equidad de los géneros, el respeto de las etnias, de las identidades y las expresiones de género, de la edad, del país de origen y/o situación socioeconómica y cultural.

La REDLACTRANS se encuentra en la actualidad en Argentina, Barbados, Bahamas, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Trinidad y Tobago y Uruguay. Trabajamos con el propósito de hacer efectivo el cumplimiento y el ejercicio de los derechos humanos desde y hacia nuestra población a través de estrategias de incidencia política, visibilización, participación y fortalecimiento de nuestras organizaciones en acciones de salud, educación y justicia. Así, nuestra visión se orienta hacia una región sin discriminación ni violencia, con el respeto de nuestra identidad de género y el acceso a la salud, la educación y la justicia. En este sentido, el informe 2016-2017 ha contribuido a la incidencia política de las organizaciones de base en los diferentes países donde la REDLACTRANS está presente visibilizando las reiteradas violaciones que nuestra población sufre día a día. Asimismo, se han presentado informes en el 167° y 169° Período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, celebrados a lo largo de 2018 en Bogotá, Colombia, y Colorado, Denver, Estados Unidos.

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2. Centro de Documentación y Situación de las Mujeres Trans en Latinoamérica y el Caribe (CeDoSTALC) En la región se evidencia una falta de conocimiento e información sobre la situación social de la población trans. En 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó recolectar información estadística de manera sistemática sobre la violencia contra las personas LGBT en América Latina y el Caribe. En general, no se cuenta con suficientes datos epidemiológicos y socioeconómicos que faciliten la comparación entre los países, y los datos existentes tampoco brindan información suficiente para la toma de decisiones relacionadas con la respuesta frente al VIH-SIDA, teniendo en cuenta las particularidades de la población trans. Estas estadísticas señalan que una de las formas más extremas del estigma y la discriminación hacia las personas trans en América Latina es la violencia social e institucional. Si bien la violencia en América Latina y el Caribe afecta a toda la población, las personas trans la sufren en forma desproporcionada por ser víctimas de crímenes de odio y por la impunidad que rodea a estos crímenes. El estigma social y la discriminación se acrecientan cuando las personas trans adquieren VIH-SIDA, constituyendo una barrera importante que impide acceder a los servicios de tratamiento y apoyo. Como respuesta a esta situación, la REDLACTRANS ha puesto en marcha el Centro de Documentación y Situación Trans de América Latina y el Caribe (CeDoSTALC), que permite obtener información de primera mano a partir de la recepción de denuncias sobre las violaciones y vulneraciones de derechos humanos que sufre la población trans en la región, particularmente en las áreas de violencia institucional y acceso a la salud. El CeDoSTALC se constituye como un sistema comunitario para recopilar información, monitorear y responder a las barreras que impiden el acceso a los derechos humanos de la población trans en la región. Se enfoca particularmente en las áreas de violencia institucional, acceso al VIH y otros servicios de salud. Dicho sistema se ancla en una plataforma virtual de recolección de casos que posibilita la circulación y centralización de la información de las OTBN (Organización Trans de Base Nacional) con la Secretaría Regional de la REDLACTRANS.

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Para la puesta en marcha del CeDoSTALC, la REDLACTRANS ha realizado talleres de capacitación a fin de que una mujer trans se desempeñe como documentadora de violaciones a los derechos humanos en su país. Se trata de una estrategia que garantiza el éxito en la documentación debido al acercamiento directo hacia su misma población. REDLACTRANS reconoce el apoyo brindado por el Fondo Mundial de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria y Robert Carr Civil Society Networks Fund, por el trabajo de documentación y elaboración del presente informe. Este proceso ha demostrado que el trabajo en asocio entre diferentes organizaciones es la estrategia que asegurará la continuidad del CeDoSTALC para disminuir las violaciones a los derechos humanos que sufren las mujeres trans en América Latina y el Caribe.

Situación de las mujeres trans en Bolivia Las características de la situación de las mujeres trans durante el período que nos ocupa en este informe, no han variado sustancialmente respecto al período anterior. Para ampliar detalles, invitamos a revisar el documento Esperando la muerte, informe 2016 – 2017 Bolivia, presentado por el CeDoSTalc. A continuación, hacemos un mínimo resumen que puede ampliarse si se consultan las referencias bibliográficas insertas al final de este informe. El Estado Plurinacional de Bolivia ha suscrito

la mayoría de las convenciones y

tratados internacionales de derechos humanos, por lo tanto debe respetar, garantizar y proteger estos derechos. La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2008) ha dado un cambio en la visión social y política del Estado basado en el respeto, la igualdad, la no discriminación y con enfoque de derechos humanos, llegando a reconocerse por primera vez los derechos sexuales y reproductivos. El Estado boliviano ha promulgado normativas que protegen el derecho a una vida libre de violencia y la no discriminación en razón de sexo e identidad de género de las personas trans y con diversa orientación sexual : 3

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       

Ley 045. Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación. 2010 Ley 348. Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. d 9 de marzo de 2013 Ley 807. Ley de Identidad de Género. 21 de mayo de 2016 ley 603. Código de las Familias y el Proceso Familiar. 19 de noviembre de 2014 Decreto Supremo Nº 1022 que declara el 17 de mayo de cada año como el “Día de lucha contra la homofobia y transfobia en Bolivia” Decreto Supremo N° 0189 que declara el 28 de junio de cada año como “Día de los Derechos de la Población con orientación sexual diversa en Bolivia” Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos Bolivia para vivir bien 20092013 Quince leyes municipales de La Paz, Potosí, Cochabamba, El Alto, Sucre, Tarija, Santa Cruz y Villa Tunari, relacionadas con la prohibición de toda forma de discriminación, conformación de consejos ciudadanos de diversidades sexuales, y declarativas de días específicos contra la discriminación por orientación sexual, homofobia y transfobia. Ley municipal Autonómica de La Paz, N° 311. De promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género en el Municipio de La Paz. 27 de junio de 2018.

Los datos principales aportados por el Informe Anual Derechos Humanos de Personas Lesbianas/Gays/ Bisexuales/Transexuales/Transgénero en Bolivia (La Paz, Oruro, Sucre, Cochabamba y Santa Cruz), publicado en enero del año 2014, referido a la vulneración de derechos, siguen vigentes. Está claro que el mayor problema es la práctica sistémica de vulneración de los derechos humanos, que se traducen en comportamientos transfóbicos, tanto en el ámbito público como privado. Según la Defensoría del Pueblo, en la última década ocurrieron más de 64 asesinatos de personas trans y LGB, de los cuales 14 fueron investigados, pero ninguno llegó a tener sentencia, información reseñada en el periódico Página Siete. Asimismo, no se cuenta con una información estadística oficial acerca de la población trans y con diversa orientación sexual; la información es relevada y proporcionada por organizaciones de la sociedad civil que trabajan con esta población y en defensa de sus derechos, como el CeDoSTALC. Corroboran esta situación algunos testimonios de personas que acudieron a solicitar asesoramiento jurídico o apoyo a la Red Trébol. El siguiente testimonio de la compañera trans evidencia la discriminación y el acoso laboral por parte de los propietarios del 4

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negocio donde trabajaba, de los compañeros de trabajo y de funcionarios policiales quienes, lejos de resolver objetivamente el caso, hacen que la víctima asuma una supuesta responsabilidad: Yo trabajé casi un año en una zapatería como vendedora en el mercado de la calle Comercio. En este almacén hay unos cuatro jóvenes, yo soy la única mujer. Bueno, el tema es que cambiaron a unos dos de los chicos del almacén. Estos chicos que entraron cada vez hacían faltar calzados en el inventario y me decían: capaz te estás haciendo robar vos y no te das cuenta. Yo, durante todo el tiempo de trabajo he estado siempre al cuidado de ver bien la venta. Les decía, yo cuido bien todo pero aun así el dueño me estaba descontando los tres pares que se perdieron. Yo le dije que no podría pagar o descontarme porque no se me perdió, ni me hice robar. Y le dije: prefiero retirarme. La esposa del dueño me dijo, no hay problema que los chicos hagan bien todo el inventario y listo. Fue cuando me hicieron aparecer más pérdida de calzado y me dijo que tenía que reponerlos yo. Me fui a la policía y puse mi denuncia. Citaron a los dueños, pero la verdad ellos le dieron la razón a los dueños, me dijeron que para ya no seguir con esto, porque no querían enviarme a la cárcel, mejor que todo quede así, que me perdonaban todo y que mi pago de los dos meses quedara a cuenta de los pares de zapatos que se perdieron. Yo vi que ellos, como tienen dinero, podían hacer mucho, así que firmé el acta que me dieron en la policía y me fui sin ningún pago de mis dos meses de trabajo. Incluso me hacían trabajar más de las horas, hasta las 9 de la noche me quedaba. La policía no me aceptó mi denuncia, más bien los apoyó a ellos como dueños. El policía tuvo el cinismo de decirme, pero ándate no más, porque sabemos que ustedes son así, se roban para tomar, para pagar hombres. Más bien la señora te está perdonando lo que has hecho. Y me retiré de la policía. N.H. A.J.M., dama de compañía en un lenocinio, fue herida por un sujeto de aproximadamente 20 años con quien estaba en un cuarto privado. La compañera trans murió por desangramiento. El sospechoso fue aprendido en la FELCV de la urbe paceña. El coronel Víctor Hugo Soria, director de esta dependencia, presume que esto es un hecho pasional según las investigaciones y pericias las que bridan más detalle del hecho.

Metodología para el relevamiento de casos Respecto a la metodología implementada para la recopilación y sistematización de la información relacionada con la identificación y registro de casos de violación de derechos humanos de personas trans o con diversa orientación sexual, se trabajó sobre la base de los instrumentos utilizados en el informe del CeDoSTALC de la gestión 2017, es decir se aplicó la ficha de registro, en formato digital (sistema Martus) e impreso, instrumento que fue revisado y validado colectivamente por las referentes de la REDLACTRANS, y que toma 5

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en cuenta la realidad y características propias de cada país. El registro, documentación y sistematización de casos de violación de derechos humanos de las personas trans (transformistas, travestis y transexuales) fue realizado por el equipo técnico (asesora jurídica y documentadora) Mesa de Trabajo Nacional – MTN, organización que brinda apoyo multidisciplinario a personas trans y con diversa orientación sexual (lesbianas, gays, bisexuales, hombres que tiene sexo con hombres – HSH-, trabajadoras sexuales –TS-, y personas con VIH) y genéricas. Cabe mencionar que la MTN trabaja en la defensa de derechos de esta población desde el año 2006, en la ciudad de Cochabamba.

Violaciones a los derechos humanos de las mujeres trans en Bolivia en 2018 a. Derecho a la igualdad y no discriminación El derecho a la igualdad y a la no discriminación es un derecho humano reconocido por la normativa internacional. Los siguientes son ejemplos de normativas suscritas por el Estado boliviano. 

“Derecho a la no discriminación por orientación sexual e identidad de género”, Organización de Estados Americanos, OEA.

“Declaración sobre orientación sexual e identidad de género de las Naciones Unidas”, 2008.

“Declaración conjunta para poner alto a los actos de violencia y a las violaciones de derechos humanos dirigidas contra las personas por su orientación sexual e identidad de género”, presentada ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 2011.

“En contra de la discriminación por orientación sexual e identidad de género”, 2011, Resolución adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Mención aparte merece la resolución adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 30 de junio de 2016, sobre "Protección contra la violencia y la discriminación basadas en la orientación sexual y la identidad de género". Esta resolución 6

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ordena el nombramiento de un experto independiente con la potestad de evaluar la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos existentes, identificando las mejores prácticas y brechas, generando toma de conciencia sobre violencia y discriminación basadas en la orientación sexual y la identidad de género, a través del diálogo y la consulta con los Estados y otras partes interesadas, además de brindar asesoramiento, asistencia técnica, capacitación y cooperación para ayudar a identificar violencia y discriminación por estos motivos, resolución que también fue apoyada por el Estado boliviano. En cuanto a la normativa nacional, tenemos: 

Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Específicamente Art. 14 núm. II

Ley 045, Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, en especial el Art. 5, inc. A)

Varias disposiciones municipales.

La discriminación señalada en el Informe anual de derechos humanos de personas LGB y transgénero en Bolivia publicado en el año 2014, así como los datos aportados por el Comité Nacional contra el racismo y toda forma de discriminación (2012 – 2013), instancia creada en el marco de la Ley 045, se repiten en el presente en diferentes ámbitos (salud, educación, trabajo, etc.) e incide negativamente en el ejercicio pleno de derechos fundamentales, a esto se suma la imposibilidad de contar con recursos económicos suficientes para su manutención, defensa cuando son acusadas/os o detenidas/os por supuestos delitos cometidos. En el ámbito de la salud se agrava cuando viven con el VIH/SIDA, son estigmatizadas y discriminadas por ello, además de tener que cubrir los costos elevados del tratamiento y cuidado. En el ámbito laboral también conlleva una connotación negativa, porque al ser rechazadas o retiradas por ser personas trans o con diversa orientación sexual, se les limita o niega el derecho al trabajo y por ende a contar con un seguro social a corto (seguro de salud) y largo plazo (renta de vejez), situación que responde a prejuicios, desconocimiento o información errónea de los empleadores y prestadores de servicios.

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En el ámbito civil y comercial, esta población no puede acceder a préstamos bancarios pues, al tener trabajos eventuales o ejercer el trabajo sexual, no logran demostrar un ingreso fijo mensual, ni capacidad de ingresos, por ende, tampoco pueden beneficiarse de políticas sociales como los préstamos para vivienda a bajo interés impulsados actualmente por el gobierno. Del total de casos registrados en la OTBN Bolivia a lo largo de la presente gestión, se han identificado siete formas de violación de derechos o abusos cometidos en contra de la población trans, destacando en mayor porcentaje los hechos de discriminación con un 49% y Golpiza y agresión física con 20%. (Gráfico 1)

Expedientes de Martus 2018

Gráfico: 1 En la presente gestión se han identificado siete tipos de violencia frente a once identificados en la gestión del año 2017. El siguiente cuadro comparativo 2017 – 2018 nos permite advertir que los hechos de discriminación y violencia intrafamiliar se han duplicado, los hechos de asesinato y extorsión o detención ilegal han bajado casi en un 50%, mientras que en el resto se ha dado un ligera variación.

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TIPO DE AGRESION Obstrucción a la justicia

2017

2018

%

%

2

2

Mala praxis en adecuaciones

3

médicas Violencia intrafamiliar

9

18

Asesinato

9

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Golpiza/agresión física

18

20

Extorsión/detención ilegal

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Discriminación

28

49

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Cuadro 1. Fuente: elaboración propia

Con relación a la identificación del o de los los principales autor/es de la vulneración de derechos de las personas trans o con diversa orientación sexual, se puede advertir que las variables de mayor peso son: “otro familiar” 26%, “no pertenece a ninguna institución/sin relación con la persona afectada” 13% y “personal del servicio de salud pública” 10%.

Expedientes de Martus 2018

Gráfico 2

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Así, vemos que el derecho a la no discriminación, igualdad y equidad de la población trans o diversa orientación sexual no es respetada ni protegida, ni en el ámbito público ni en el privado, pese a que son derechos fundamentales protegidos por la norma internacional de derechos humanos, la Constitución y la normativa especial. Comparando los datos registrados del año 2017 con los del año 2018, se advierte en el Cuadro 2 que la variable “otro familiar” se ha incrementado notablemente, alcanzando un 26%. En este caso las víctimas refieren haber sufrido hechos de violencia física, psicológica, sexual y económica, por parte de padres, madres, hermanos, tíos o familiares de segundo o tercer grado, que no aceptan la identidad de género asumida. Este rechazo es consecuencia de la construcción social machista, androcéntrica y homofóbica que persiste en nuestra sociedad y que es reforzada por factores socio culturales y religiosos. En cambio, la variable “fuerzas de seguridad /uniformados” se ha mantenido igual, mientras que la variable “pareja” ha bajado de 13% a 7%. AUTOR PRINCIPAL DEL HECHO

2017

2018

%

%

Personal de servicio de salud pública

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10

Cliente trabajo sexual

9

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Pareja

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7

Otro funcionario público/agente del Estado

13

5

No pertenece a ninguna institución/sin

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7

7

Otro familiar

7

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Compañeros de trabajo

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relación con la persona afectada/individuo civil Fuerzas de seguridad / uniformados (personal del sistema carcelario)

Fundamentalistas religiosos

3

Jefe/a

3

Grupos criminales (pandillas, narcos, etc.)

5

Otros

5 Cuadro 2. Fuente: elaboración propia

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Los hechos de discriminación y violencia de los cuales son víctimas constantemente las personas trans o con diversa orientación sexual, inciden negativamente en el ejercicio de otros derechos humanos fundamentales, como el derecho a la salud, educación, seguridad ciudadana, al trabajo, entre otros. Esta situación se agrava cuando implica el trabajo sexual pues con frecuencia hay un contexto de consumo de alcohol, drogas o actos ilícitos, por los cuales las personas son detenidas y remitidas a centros policiales o, en el peor de los casos, a centros penitenciarios, donde son víctimas de malos tratos o violencia (física, psicológica y/o sexual) por parte de los clientes, otros internos/as o de los mismos funcionarios policiales a cargo. En el caso específico de los centros penitenciarios, pocos veces se toma en cuenta la identidad de género, lo cual es corroborado por los siguientes testimonios: En mi casa mis padres nunca me dejaron que me asumiera como una chica. Siempre estaban viendo la manera de hacerme que me sienta como hombre. Me cortaban el pelo, pantalones de varón, zapatos, todo de hombre. Cuando un día me puse la ropa de mi hermana a escondidas, mi padre me vio y me pegó hasta dejarme en cama. Desde entonces mis padres nunca dejaron de maltratarme verbal y físicamente. Yo no podía seguir aguantando esa mala vida. Todo me vigilaban, me parecía estar con policías. Un día mi hermano mayor me hizo pasar un mal momento cuando me llevó a un lenocinio, quería que estuviera con una mujer que él pagó. Entré pero no tuvimos nada con la chica. Cansada de todo un día decidí matarme y tomé veneno para ratas, pero una amiga vecina me llevó al hospital y me dieron atención rápida y lograron salvarme. No quise regresar a mi casa nunca más. Una señora me dijo que si quería trabajar, me dio trabajo y hospedaje en su casa que es donde estoy hoy trabajando. Mi familia me dio maltrato, me humillaba, para ellos yo tenía que ser hombre y no maricón porque la gente va hablar mal. Me dijeron, prefiero verte muerto que vivo. F.M.C. Soy trabajadora sexual. Un viernes un amigo que fue cliente me recogió de mi zona y me llevó al motel. Cuando terminó todo me regresó a la esquina donde es mi lugar de trabajo. Estábamos tomando unas cervezas cuando en eso pasó la patrulla y nos pidió documentos, yo no tenía. Dijeron que bajemos y buscaron en el auto, en donde estaba yo sentada encontraron cinco sobres de cocaína, yo no sabía nada. Los de la policía me dicen, esto de quién es. Mi amigo cliente les dijo, no sé, debe ser de ella porque yo solo le invité unas cervezas, y no sé si cuando los vio a ustedes ella capaz lo escondió. Les dije que es mentira pero no me creyeron y me llevaron a la policía. Luego el fiscal me remitió a juzgado y me llevaron a la cárcel de Sacaba que es mixta. En la sección de los varones no querían recibirme porque decían que maricones no entran. En la sección de mujeres decían no hay lugar, pásenla a otra cárcel. Luego me hicieron dormir en el patio por dos semanas, hasta cuando el coronel habló y me dieron una pieza para dormir. Pero me trataban mal, me hacían limpiar todo, me discriminaban los de la policía de 11

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seguridad de la cárcel cuando tenía que ir al baño. Me decían, vaya al baño de hombres no de las mujeres. Me cortaron el pelo corto diciendo que es una ley interna de la cárcel. El coronel en la oficina me dijo, tienes que ser fuerte hasta que ellos se acostumbren, yo no puedo hacer nada porque tienen leyes ellos dentro del régimen. Pero con los meses que estoy, fue bajando ese maltrato. Pero fui encarcelada sin ningún motivo, esos sobres no eran míos ni sabía que estaba sentada encima de ellos, eran de él porque al parecer él consumía o vendía, no lo sé, pero pagué injustamente por algo que yo no tenía en mi poder. La juez no valoró mi solicitud de apelación, fui discriminada por el juez, policías y en la cárcel. L.C.Z. En este contexto, si bien el Estado boliviano ha avanzado en el diseño e implementación de políticas públicas en el marco de sus atribuciones y competencias, no resulta suficiente debido a que no se asigna presupuesto o es insuficiente, lo que obviamente limita o impide su correcta implementación. A manera de ejemplo, el Estado boliviano cuenta con un Comité Nacional Contra el Racismo y toda forma de discriminación, instancia que en su primera sesión ordinaria del 26 y 27 de septiembre de 2017 redactó la Resolución CN–N° 003/2017, que dice: Artículo primero: Reposicionar los Comités Departamentales Contra el Racismo y toda forma de discriminación. II. Los gobiernos departamentales deberán implementar Direcciones o Unidades Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación (…) Artículo segundo: En el nivel de coordinación con los gobiernos municipales, estos atenderán denuncias por racismo, discriminación y delitos conexos a través de los SLIMs y/o DNAs y unidades o áreas de prevención. Cabe señalar que los gobiernos municipales tienen limitaciones para implementar los servicios de SLIMs y DNAs, que deberían contar con un equipo de tres recursos (abogado, psicólogo y trabajador social) cuando en la mayoría de los municipios funcionan con uno o dos recursos. Además carecen de presupuesto suficiente para acciones de prevención y sensibilización. Si se toma en cuenta esta realidad, se puede concluir que difícilmente estos servicios, que no cuentan con personal especializado o sensibilizado, podrían cubrir la atención a la población trans o con diversa orientación sexual. El Plan multisectorial del Estado Plurinacional de Bolivia contra el racismo y toda forma de discriminación 2016-2020, Pilar 1, meta 4, resultado 5, asigna un presupuesto de Bs. 5.090.000. En cuanto al porcentaje de ejecución por gestión de las seis acciones a desarrollar, si bien todas son importantes, la primera y la tercera acción deberían contar 12

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con más apoyo pues a partir de ellas las personas trans asumirían su identidad de género y les brindaría más libertad en otros ámbitos. En cuanto a la tercera, relacionada con la recopilación de información, es un proceso que debería ser apoyado y/o coordinado con el INE. Cabe señalar que, aun cuando es parte una política pública nacional, aun no se visibilizan a cabalidad los avances y el resultado esperado en las dos primeras gestiones.

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PLAN MULTISECTORIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACION 2016-2020 Pilar 1: Erradicar la extrema pobreza Meta 4: CoMbatir la discriminación y el racismo Programas Acciones

Plurinacio

Entidades

nales

2016

2017

%

%

2018

2019

2020

Total

%

%

%

%

Resultado 5: Se ha promovido el respeto, la solaridad y los derechos de las personas respecto a su identidad sexual e identidad de género Difusión y seguimiento a

Min. de Justicia.

la implementacion de la

Min. de Gobierno a

Ley 807 de Identidad de

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través del SEGIP

Género.

Comité Nal.

Desarrollar una

Min. de Justicia.

propuesta legislativa

Comisiones de

para tipificar los

DDHH del Órgano

crímenes de odio por

4

orientación sexual e

Legislativo.

30

40

10

10

10

100

30

40

30

00

00

100

40

60

00

00

00

100

25

30

20

15

10

100

Comité Nal.

identidad de género en el Código Penal. Recopilar y sistematizar

Min. de Justicia.

informacion sobre las

Min. de Educación

formas de violencia y

Observatorio

crímenes de odio por

15

plurinacional de la

orientación sexual e

calidad educativa

identidad de género.

Comité Nal.

Desarrollar programas

Min. de Educación

de educación y

CUB

sensibilizacion sobre respeto a los DDHH de poblaciones vulneradas

6

por racismo y/o discriminación, con énfasis en temáticas de diversidad sexual y de

13


género y familias diversas en el Sistema Educativo. Garantizar el acceso al trabajo digno de personas pertenecientes

3

Min. de Trabajo

20

20

20

20

20

100

a poblaciones vulnerables por racismo

14

y discriminación , respetando las diversidades sexuales

Cuadro 3 Fuente: Plan multisectorial del Estado Plurinacional de Bolivia contra el racismo y toda forma de discriminación 2016-2020

b. Derecho a la identidad de género La normativa internacional de los derechos humanos reconoce en toda su diversidad de identidad de género u orientación sexual con capacidad jurídica en todos los aspectos o ámbitos de la vida. Al respecto, debemos citar el estudio de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en cumplimiento de la resolución AG/RES. 2653 (XLI-O/11): Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género (2012), que establece la siguiente definición: La identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales. En el mismo marco internacional de derechos humanos, debemos tomar en cuenta un valioso documento que a pesar de no tener carácter vinculante, sirve como carta global para los derechos LGTB, se trata de Principios de Yogyakarta, Organización de Naciones Unidas, 2006, cuyo principio 3, “Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica”, establece: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Las personas en toda su diversidad de orientaciones 14


sexuales o identidades de género disfrutarán de capacidad jurídica en todos los aspectos de la vida. La orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí, es esencial para su personalidad y constituye una de los aspectos fundamentales de la autodeterminación, la dignidad y la libertad. (…) (Los Estados) Adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias a fin de asegurar que existan procedimientos mediante los cuales todos los documentos de identidad emitidos por el Estado que indican el género o el sexo de una persona — incluyendo certificados de nacimiento, pasaportes, registros electorales y otros — reflejen la identidad de género que la persona defina para sí;… A nivel nacional, la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, en su Art. 9, num. 1 establece como fines y funciones especiales del Estado: Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización(…) Mientras que el Art. 14, num. II, establece: El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género (…). También mencionaremos: 

Ley 045, Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación

(9),

específicamente Art. 23 

Ley 807 , Ley de Identidad de Género del año 2016, específicamente Art. 1

Sentencia

del

Tribunal

Constitucional

en

respuesta

al

recurso

de

inconstitucionalidad de la Ley 807, en cctubre de 2016. A nivel de las políticas públicas, como se refirió anteriormente, se cuenta con el Plan Multisectorial del Estado Plurinacional de Bolivia contra el racismo y toda forma de discriminación 2016-2020, cuya meta 4 determina combatir la discriminación y el racismo, al mismo tiempo que promueve el respeto, la solidaridad y los derechos de las personas respecto a su orientación sexual e identidad de género a través de cinco acciones específicas y de las que se puede destacar (Ver cuadro 3): a. Difusión y seguimiento a la implementación de la Ley 807 de Identidad de Género y b. Desarrollar una propuesta legislativa para tipificar los crímenes de odio por orientación sexual e identidad de género en el Código Penal. En este contexto normativo y de acuerdo con la información recopilada a través de reportes periodísticos, se conoce que en el marco de la Ley 807, desde el 1 de agosto de 2016 al 21 de octubre de 2018, 192 personas realizaron el cambio de nombre y dato de 15

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sexo a nivel nacional mediante trámite administrativo ante el Servicio de Registro Cívico, SERECI: 57 en La Paz, 52 en Santa Cruz, 36 en Cochabamba, 5 en el Beni, 14 en Chuquisaca, 11 en Oruro, 9 en Tarija y 8 en Potosí, mientras que en Pando no se registró ninguna solicitud y solo 2 habrían sido rechazadas. Cabe aclarar que, según el Tribunal Supremo Electoral, el cambio de datos en la partida de nacimiento de las personas trans, no modifica los datos de los documentos de identidad de las y los hijos/as que pudieran tener las y los solicitantes, así como las obligaciones y derechos con personas naturales o jurídicas. Como se puede advertir, Bolivia ha logrado avances significativos en el reconocimiento del derecho a la identidad de género y la no discriminación de las personas trans, sin embargo, la realidad social y económica de estas personas determina la capacidad real de poder lograr el cambio de identidad y dato de sexo, por no contar con los medios económicos suficientes o por desconocimiento de la norma y los requisitos que deben cumplir:            

Realizar el pago de Bs. 115 Edad mínima 18 años 2 formularios de solicitud de cambio de género, originales Examen técnico psicológico, emitido por un profesional Certificado de nacimiento Certificado de datos emitidos por el SEGIP (sin observaciones) Certificado de descendencia Certificado de REJAP Fotografía con la nueva identidad de género Registro en el Padrón Electoral Biométrico Carta de solicitud de cambio de nombre propio y dato de sexo, manifestando el nombre propio y dato de sexo registrado, y el nuevo nombre propio elegido y dato de sexo correspondiente a su identidad de género Certificado de libertad de Estado Civil

De los casos registrados en la OTBN Bolivia, se han identificado siete causales que han impedido a las personas trans realizar el cambio de identidad de género y dato de sexo, tal como se observa en el gráfico 3:

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16


Expedientes de Martus 2018

17

Gráfico 3 Como se observa, las variables de mayor peso corresponden a “prefiere no decirlo”, 61% , y a “falta de dinero”, 13%. Esta última limitante tiene que ver con dos factores: primero, con el hecho de que cuando empiezan a hacer visible su identidad de género son expulsadas del entorno familiar a muy temprana edad (adolescencia), carentes de medios y preparación necesaria para subsistir. Segundo, consecuencia del primero, es que las personas trans, por la falta de preparación, se ven obligadas a aceptar trabajos en los que son víctimas de explotación laboral (10 a 12 horas de trabajo con bajos sueldos); y cuando ingresan al trabajo sexual, debido al horario nocturno y el ambiente, no priorizan la tramitación del proceso de cambio de nombre. En cuanto a la variable “ser menor de edad”, 3%, constituye una limitante legal pues la norma establece como requisito la mayoría de edad. Cabe destacar que la Mesa de Trabajo Nacional – MTN brinda apoyo y asistencia técnica a personas trans que desean hacer el cambio de nombre y dato del sexo. Como resultado de este apoyo se han recibido 19 solicitudes (incluyendo solicitudes del interior del país) de las cuales 17 cuentan con resolución del SERECI y están en proceso de obtener su nueva cédula de identidad, mientras que dos aún están en proceso. Desde que comencé a mostrar mi apariencia de género, mis familiares empezaron primero con hacerse la burla, me hacían bullying. Mi papá siempre 17


me defendía, pero cuando ya se comenzó a dar cuanta de mi cambio, todo cambió. Una vez me pegó muy fuerte en el baño y me mojó con agua fría diciéndome que los hombres no lloran, ni gritan, tengo un hijo hombre. Desde entonces empezó mi calvario. A mi corta edad, en el colegio algunos amigos se reían de mí, pero los profesores sí me apoyaban. El director llamó a los padres y cambió un poco todo, pero en mi casa nada cambió con mi familia. Cada vez yo me mostraba más, porque yo siento que soy una mujer y no lo podía ocultar. Eso ha hecho que mi vida sea dura y no puedo decidir irme porque no tengo dónde ni cómo mantenerme. No quiero estar en la calle parada, quiero mi profesión, ser médica, pero tendré que aparentar ser macho hasta que cumpla mis 18 años y vea alguna oportunidad para trabajar y salirme. A.R.S. Estoy terminando mi carrera de comunicador en la Universidad de San Simón, vivía con mi familia: mi madre, mi abuela, y tías. Yo nunca pude decirles que me sentía diferente a lo que ellos creían de mí por ser varón. Tuve que estar casi, se puede decir, encerrado, ocultando mi verdadera identidad en mi casa. Pero en la universidad me abrí, sabían y nunca recibí un rechazo claro, sí de algunos, pero fueron más los que me apoyaron. Mi docente no me dijo nada. El problema no fue solo eso. Fue más cuando decido hacer mi trámite de cambio de nombre y decirle a mi familia mi verdadera identidad. Cuando les dije, mi familia me rechazó, me gritó, me botaron de la casa. Al extremo incluso de decirme que me van a denunciar a la policía porque supuestamente le robé su billetera con dinero. Yo le dije que era mentira pero nadie me creía, hasta que ese mismo día me salí con mi ropa. Me fui donde una amiga de la universidad que me prestó un dinero para alquilarme un cuarto barato cerca de la universidad, me fui ahí y para mantenerme estoy vendiendo zapatos en una tienda. Sigo en mi estudio. Solo por decir la verdad a mi familia decidieron botarme. Nunca tuve un padre, me crié solo con mi madre, ni el apellido de él tengo, ni lo conozco, nunca le reclamé nada. Pero cuando les dije mi identidad me reclamaron, me dijeron maleante. Hoy me toca una vida solo porque mi familia me discriminó. M.H.

c. Violencia institucional Con el surgimiento de los movimientos de mujeres por la lucha de sus derechos humanos con enfoque de género y equidad, desde hace más de dos décadas, el Estado boliviano ha logrado avances significativos en todos los ámbitos; sin embargo, todavía la sociedad boliviana está marcada por una cultura machista y androcéntrica, en la cual no cabe la posibilidad de insertar y visibilizar plenamente a las personas trans o con diversa orientación sexual. Esta realidad se manifiesta en el rechazo, la invisibilización y la vulneración de los derechos la población trans o con diversa orientación sexual, tanto en el ámbito público, ya sea por acción u omisión (centros de salud, establecimientos educativos, unidades policiales, entre otros), como en el ámbito privado donde es la famlia 18

18


la que rechaza y ejerce diferentes formas de violencia. En este contexto, la Constitución Política del Estado, al igual que la normativa especial y otras disposiciones relacionadas con el derecho a la igualdad y no discriminación en razón del sexo, identidad de género, cultura o religión, constituyen un importante avance en la defensa de los derechos humanos de esta población, a través del diseño e implementación de planes como el “Plan multisectorial del Estado Plurinacional de Bolivia contra el racismo y toda forma de discriminación 2016-2020” (Ver cuadro 3), o en el área de la salud con la adecuación de su infraestructura y protocolos de atención como el Manual de atención integral a la población trans, aprobado por el Ministero de Salud. La Ley 807, Ley de Identidad de Género, ha permitido el cambio de nombre y dato de sexo por la vía administrativa a través del Servicio de Registro Civil, SERECI, que cuenta con oficinas en los nueve departamentos del país, evitando de esta manera procesos judiciales y costos elevados. A nivel municipal producto de las acciones de incidencia política, se han aprobado quince leyes (antes ordenanzas municipales) que prohíben toda forma de discriminación, disponen la conformación de concejos ciudadanos de diversidades sexuales y declaran días específicos contra la discriminación por orientación sexual, homofobia y transfobia, estas últimas de carácter declarativo y no cuentan con presupuesto que permita el Desarrollo de acciones de prevención y atención a esta población. En el caso específico del municipio de La Paz, se ha logrado la aprobación de la Ley municipal Autonómica de La Paz, N° 311, de 27 de junio de 2018. Se trata de una ley integral de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género en el municipio de La Paz que cuenta con la asignación de un presupuesto y la creación de una unidad específica para su implementación y prestación de servicios. También cabe destacar que la Policía Nacional cuenta con una Dirección de Investigación Policial Interna encargada de hacer seguimiento al trabajo de los funcionarios policiales y y de capacitar sobre temas de derechos humanos, normativa internacional del uso de la fuerza, Ley 045 Contra el Racismo y Toda Forma de 19

19


Discriminación y Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana de 4 de abril de 2011. Esta última determina el tipo de faltas y establece sanciones administrativas en el marco de su norma interna, sin perjuicio de la vía penal en el caso de la Ley 045. Así, se cuenta con un avance normativo importante que protege y garantiza derechos fundamentales de las personas trans y con diversa orientación sexual, y que determina responsabilidades tanto de los servidores públicos como de la sociedad en general. Sin embargo, esto no es suficiente sino se cuenta de forma paralela con datos estadísticos oficiales del Instituto Nacional de Estadísticas, INE. (como rango de edad, indicadores de violencia, niveles de acceso a la salud, a la educación, índice de violencia, etc.), con proyectos sociales sostenibles de información, sensibilización y atención, orientados a lograr un cambio socio cultural de modo que gradualmente se acepte y respete a estas personas como a cualquier otra,en igualdad de condiciones y sin discriminción. A continuación, el cuadro 4 refleja los tipos de violencia en los casos atendidos en la OTBN Bolivia en la presente gestión.

TIPOS DE VIOLENCIA Discriminación Extorsión/detención ilegal Golpiza/agresión física Asesinato

% 46 3 21 3

Violencia intrafamiliar

19

Mala praxis en adecuaciones médicas

5

Obstrucción a la justicia

3

Cuadro 4. Fuente: elaboración propia

En cuanto al cuadro 5, que registra el autor principal del hecho de violencia, se advierte que pese a la favorable normativa vigente existe una recurrente violación de los derechos por parte de los servicios públicos: Otro funcionario público/agente del Estado 14%, Fuerzas de seguridad/uniformados (personal del sistema carcelario) 11%, personal de servicio de salud pública 5%. La suma de estas variables llega al 30% y refleja una realidad que exije ser atendida por los tomadores de decisión para lograr un cambio gradual en la 20

20


percepción e imaginario de los servidores públicos con relación al respeto y protección de derechos de la población trans y con diversa orientación sexual. AUTOR PRINCIPAL DEL HECHO

2018 %

Personal de servicio de salud pública

5

Cliente trabajo sexual

8

Pareja

3

Otro funcionario público / agente del Estado

14

No pertenece a ninguna institucion / sin

11

21

relación con la persona afectada/individuo civil Fuerzas de seguridad / uniformados

11

(personal del sistema carcelario) Otro familiar

32

Compañeros de trabajo

8

Fundamentalistas religiosos

5

Jefe/a

3

Grupos criminales (pandillas, narcos, etc.)

3

Otros

8 Cuadro 5. Fuente: elaboración propia

En cuanto al lugar donde ocurrió el hecho, como se observa en el gráfico 4, el mayor porcentaje de los hechos de violencia se presentan en el domicilio de la persona afectada, lo cual tiene relación con la identificación del o de los autores del hecho de violencia cuya mayor recurrencia corresponde a “otro familiar” con un 32% (Ver cuadro 2 ).

21


Expedientes de Martus 2018

22

Gráfico 4 A continuación, compartimos los siguientes testimonios: Tengo una amiga que trabajaba en mi zona de trabajo sexual y yo puedo dar fe de que cuando fue detenida por miembros de la policía fueron ellos quienes le causaron la muerte. Debió haber sido gracias a los muchos golpes y maltrato que le dieron ellos. Al día siguiente en la noche, recién tipo 11, pasaron en su moto y nos dijeron, ¿por qué no van a recoger el cuerpo de su amiga que ayer se mató? Nosotras quedamos frías. Cuando fuimos estaba en un esquina de la celda, tirada, envuelta en una frazada. Pude ver todo el lugar y me di cuenta de que la puerta tenía rastros de patadas, porque estaba doblada. Ellos dijeron que mi amiga se colgó con sus propias medias, ¿cómo puede colgarse si para colgarse tenía que haberse subido en algo alto para y luego lanzarse? No había nada de eso. Uno de ellos me dio un lakaso (golpe) en mi pecho y me dijo, maricón, ¿nos estás diciendo que nosotros la matamos? Cuidado estés acompañando a tu amiga, pobre que estés hablando algo. Mis amigas me dijeron que no digamos nada, porque ellos podrían tomar represalias, y decidimos no decir nada a nadie y la llevamos a mi amiga a darle entierro. M.M.P. Estábamos yendo a comer a un restauran por la calle de la Radial 10, a unas cuadras de donde vivimos, cuando unos chicos incitaron a unos pandilleritos de la calle para que nos roben lo que teníamos. Estos jóvenes callejeros, más de cuatro, se acercaron, nos rodearon y nos quitaron el bolso, mi cadena y el reloj. Por no dejarnos quitar sufrimos golpes, patadas, me arrastraron de los pelos. Nadie de la gente se metió, todos miraban. Luego los tipos que incitaron a los pandilleros se fueron corriendo, se reían. Llamamos a la policía y la policía en lugar de detenerlos, más bien nos gritaron a nosotras. Nos dijeron que seguro son de su pandilla y les atacaron por alguna deuda de grupo. No nos quedó más 22


que irnos todas golpeadas al cuarto. No hay justicia para nosotras. D.S.A.

d. Derecho a la salud Las personas trans enfrentan diversos problemas de salud relacionados con hechos de violencia (física, psicológica y/o sexual), vinculados a su vez con problemas de salud mental, infecciones de transmisión sexual y/o VIH, elevado consumo de alcohol y otras substancias psicoactivas, efectos de hormonas auto administradas que pueden derivar en disfunción hepática, desarrollo de hipertensión, cálculos biliares, migrañas, retención de líquidos, mala praxis en adecuaciones médicas, problemas de salud reproductiva, problemas de sueño, entre otros que deben ser tomados en cuenta a tiempo a fin de promover o implementar políticas públicas que faciliten y garanticen su acceso a la salud. Las mujeres trans, por varias razones antes mencionadas, como el no contar con trabajos formales, no tienen seguro de salud. Además, portan el estigma de ser señaladas como población “de riesgo”, y cuando acuden a los centros de salud pública suelen ser víctimas de mal trato, discriminación o rechazo por parte del personal de salud. En cuanto al VIH/SIDA, recomendamos revisar el Informe Nacional de Progresos en la Respuesta al VIH/SIDA, 2014 – Seguimiento a la Declaración Política sobre VIH/sida 2011. Como resultado de las acciones de incidencia política por parte organizaciones no gubernamentales, entre ellas la Mesa de Trabajo Nacional – MTN, se ha logrado que en el marco normativo constitucional (Art. 14), la Ley 045 Contra el Racismo y toda Forma de Discrimiancion (art. 2 y 5) y la Ley 3729 Ley para la Prevención del VIH/SIDA, el Ministerio de Salud, a través del Area del Programa Nacional ITS/VIH/SIDA, aprobar e implementar el Manual de atención integral a poblacion GB-HSH que brinda un marco normativo, conceptual y propositivo para que el personal médico brinde atención integral a las personas trans y con diversa orientación sexual.

23

23


Del total de casos registrados en la OTBN Bolivia, el 46 % refiere haber sido víctima de hechos de discriminacion y 5 % de mala praxis en adecuaciones médicas. El cuadro 6 compara los porcentajes registrados en 2017 con los de 2018. Observamos que los hechos de discriminación casi se duplican, mientras que la mala praxis en adecuaciones médica se incrementa en un punto porcentual. TIPOS DE VIOLENCIA

Mala praxis en

24

2017

2018

AUTOR PRINCIPAL

2017

2018

%

%

DEL HECHO

%

%

4

5

adecuaciones médicas

Personal del

5

5

servicio de salud pública

Discriminación

2

4

8

6

Cuadro 6. Fuente: elaboración propia

En el caso del cambio hormonal y las adecuaciones médicas, las personas trans suelen no contar con suficientes recursos económicos para cubrir los gastos, por eso con frecuencia acuden a personal médico sin experiencia en lugares poco higiénicos e inseguros con el consiguiente riesgo de contraer infecciones que incluso pueden ser mortales. Esto puede ser corroborado en los siguientes testimonios: Soy activista de la población trans de Tarija. Junto a mí trabaja en el activismo mi compañera Colodro, quien fue víctima de discriminación y violencia verbal por parte de una funcionaria del área de psicología. Una doctora, cuando vio a mi amiga, la trató mal, se reía de ella haciendo burla en su cara. Mi compañera se puso mal y se fue. Este centro de salud está en el centro y es parte del programa nacional, que es donde se debería tener un personal capacitado y muy sensibilizado para atender a las poblaciones. No pudimos hacer la denuncia, pero ahora, junto a la MTN, vamos a realizar las acciones legales. L.V.C. Yo trabajé por mucho tiempo en Chile donde logré juntar mi dinero para poner mi peluquería en la ciudad de Oruro. Al regresar a Bolivia me hospedé en casa de una amiga que me alquiló una habitación. Luego de estar una semana me puse a trabajar en una peluquería de una amiga. En eso un cliente que atendí me dijo que ponía siliconas y si deseas me buscas. Me dijo que me daría todas las garantías, yo le dije que bueno. Fue a mi casa y me coloco el silicón, pagué 10 mil Bs, que es 1500 dólares. A la semana comenzó a ponerse negra mi piel, por otro 24


lado me salieron manchas rojas feas, se me deformó todo. Cuando fui a reclamarle él solo me dijo que fue mi responsabilidad por no haberme cuidado, que él no va pagar ningún gasto extra. Entonces me fui a la policía a poner la denuncia, me dijeron que primero tenía que ir al médico forense. El médico forense no quiso darme ningún día de impedimento, solo me dio un certificado donde decía que tenía unas manchas en la piel, las medidas de las manchas y abajo puso que necesita un estudio del cirujano para ver qué grado de necrosis tenía. Para sacar un certificado del cirujano me costaba 60 dólares y con eso recién me podían atender la denuncia. En la policía me dijeron que este caso si se tomaría iba durar alrededor de 7 a 9 meses, que demoraba, que hay que hacer mucho trámite, que debía pensar en ponerme esto. Mejor dicho, no me tomaron mi denuncia. Nunca pude hacerle que me regrese toda mi plata que me estafó este hombre, porque esto es una mala práctica. Incluso les dije, esto es una demanda de salud pública porque este señor me engañó y me desfiguró el cuerpo. Pero en vano fue todo porque me dijeron que ponga mi abogado, que traiga certificado del cirujano, que haga otras valoraciones, y la verdad me cansé. No hice nada porque todo es dinero y lo dejé porque no existe justicia. P.C.V.M.

e. Derecho a la educación La educación es un derecho humano inherente a todas las personas que permite el desarrollo de otros derechos, porque en base al conocimiento y la obtención de un oficio o profesión se puede mejorar los ingresos económicos, las condiciones de vida, poder pedir o exigir el cumplimiento de derechos que sean limitados o negados. La ignorancia o el desconocimiento pueden dar lugar al abuso y a una sistemática vulneración de derechos tanto en el ámbito público como privado. En el marco normativo internacional, el derecho a la educación está presente en: 

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Pacto internacional de Derechos Humanos Civiles y Políticos

Convención americana sobre Derechos Humanos, el Pacto internación de Derechos Económicos, sociales y culturales

Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de discriminación contra la Mujer - CEDAW

Principios de Yogyakarta, N° 16

A nivel nacional, la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia establece 25

25


como un derecho fundamental el derecho a la educación de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, y sin discriminación (Art. 17). La Ley 045 Contra el racismo y toda forma de discriminación (Art. 6), garantiza este derecho fundamental y la obligación del Estado de garantizar a través de la implementación y adecuación de políticas públicas, tomando en cuenta las características y la diversidad socio cultural de los y las bolivianas, incluyendo a las personas trans y las diversidades sexuales. La Ley 070, Ley de la Educación “Abelino Siñani – Elizardo Pérez”, en su art. 1, Núm. 1., establece: Toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación. Pero la realidad de las personas trans y con diversa orientación sexual se ve afectada negativamente cuando van asumiendo su identidad de género y experimentan el rechazo, la presión y la violencia (física, psicológica y/o sexual, discriminación y bullying) por parte de sus compañeros de estudio o de algunos profesores o docentes o personal de apoyo, que no los/as aceptan, las rechazan, lo que las obliga a abandonar los estudios. Ya en el informe Anual de Derechos Humanos de personas LGBT y transgénero en Bolivia del año 2014 se aportan datos de discriminación por orientación sexual e identidad de género en unidades educativas, tanto por parte de alumnos como de profesores. También se reportan altos indicadores de abandono. El gráfico 5 corrobora esto, pues del 100% de casos atendidos y registrados en la OTBN Bolivia, solo un 25 % logra terminar la primaria, frente a un 49 % que no lo logra. Estas cifras desalentadoras se incrementan notablemente cuando se trata de estudios secundarios, llegando a cero cuando se pregunta por estudios técnicos o universitarios.

26

26


Expedientes de Martus -2018

27

Gráfico 5 El cuadro 7 establece una comparación entre los datos registrados en 2017 y 2018. Se observa que la categoría “primaria completa” ha bajado 7 puntos porcentuales, mientras que la categoría “secundaria completa” ha tenido un incremento favorable de 4 puntos porcentuales. En la categoría “primaria incompleta” se tiene un incremento negativo de 12 puntos porcentuales, mientras que la “secundaria incompleta” un incremento negativo de 5 puntos porcentuales. Finalmente, el nivel universitario no ha registrado ningún dato en la gestión 2018. N°

NIVEL DE INSTRUCCION

2017

2018

%

%

1

Primaria completa

32

25

2

Primaria incompleta

37

49

3

Secundaria completa

6

10

4

Secundaria incompleta

2

7

5

Terciaria o universitaria completa

2

0

6

Terciaria o universitaria incompleta

4

0

7

Prefiere no contestar

17

10

Cuadro 7. Fuente: elaboración propia

27


Compartimos los siguientes testimonios: Mi madre, por temas personales, tuvo que irse de Bolivia y nos dejó a cargo de su hermano mayor. Todo estaba bien hasta que empecé a mostrar mi cambio de género. Mi tío empezó a tratarme mal, pasé penurias, me botaba, no me daba de comer, me pegaba, me decía siempre que me va enseñar a ser hombre, que no puedo mostrarme como un maricón, en la familia somos hombres. Desde mi adolescencia sufrí mucha violencia verbal y psicológica, hasta que decidí irme de la casa. Me fui a la casa de una amiga donde estaba un poco mejor que en mi casa. Pasó un tiempo y empecé a estudiar en la noche para terminar mi escuela. Este año salgo bachiller. Cuando mi madre llegó, me aceptó, me abrazó mucho, le dije todo lo que pasé con mi tío, porque me fui de la casa. Mi tío se negó, le dijo cosas de mí que estaba con malos amigos, que tomaba, que me salía y llegaba tarde, que quería hacer lo que quería, por eso nosotros acá le pusimos reglas y él no aceptó y se fue. Bueno, luego de todo esto hoy vivo en casa de mi mamá, estoy terminando de estudiar, luego paso a la universidad y este mes estoy por tramitar mi nuevos documentos. M.D.A.G. Soy una chica trans. Desde que tuve uso de razón mis padres y familiares casi poco me entendían. Cuando comencé a demostrar mi identidad, la primera violencia que viví fue en la escuela. Un grupo de padres de familia se reunieron para discutir mi presencia en el colegio y luego pidieron una reunión con toda la junta del colegio, incluyendo a mi papá. Manifestaron que mi comportamiento generaba mucho que hablar en los niños y jóvenes del colegio, que nuestros hijos llegan a la casa y nos consultan, preguntan por qué A. habla como mujer, por qué es medio raro, parece mujer, y muchos de nosotros los papás no sabemos qué responder. Lo mejor es que pueda ser cambiado de colegio o cambie su actitud. Esto le generó a mi padre una molestia muy fuerte. Cuando vino a la casa con toda su rabia me gritó, me pegó y me dijo que ya no regresaré al colegio porque los padres de familia se quejaron que tengo un hijo maricón. Fue de esta manera que dejé de estudiar. Me enviaron a Salta y ahí me escapé de la casa de mis tíos. Hice mi vida, empecé a trabajar de decoradora, luego me regresé a Yacuiba donde estoy trabajando de limpieza de casa por medio día. No logré terminar mi colegio por rechazo de los padres de familia y por no tener el apoyo de mi familia. Me quedé sin familia y sin educación. Hoy estoy viendo estudiar en la noche para terminar mi educación y también hacer mi trámite de cambio de nombre. A.S.C.

28

28


f.

Derecho al trabajo

Si bien el derecho al trabajo está reconocido por la Organización Internacional del Trabajo, la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (art. 46 y siguientes) y por la Ley General del Trabajo, en el caso de la personas trans y con diversa orientación sexual no es ejercido ni respetado. Por el contrario es vulnerado de manera sistemática tanto por los empleadores como por los trabajadores, vulneración que se traduce en hechos de discriminación, violencia, acoso laboral, exclusión, y estigmatización. Esto se produce desde la fase de convocatoria, entrevista y/o selección, y puede tornarse mucho más agresivo si se logra ingresar a una fuente laboral. Durante la permanencia en el trabajo, son objeto de violencia o acoso laboral, situación que determina su despido o abandono, con la consiguiente pérdida de los beneficios sociales a corto plazo (Cajas de salud) y largo plazo (jubilación) que por ley le correspondería. En algunos casos, las personas que ingresan a un trabajo, se ven obligadas a ocultar su identidad de género para no ser víctimas de una estructura socio laboral androcéntrica y machista, en cuyo imaginario no existen las personas trans o con diversa orientación sexual, aspecto que se refleja en la falta de disposiciones internas (estatutos, reglamentos, manuales de funciones y otros) orientadas a visibilizar y proteger sus derechos, dejando de lado la valoración de las capacidades, habilidades o experiencia que puedan tener y aportar. Esta situación trae consecuencias directas e indirectas en la salud y bienestar, en el rendimiento y abandono laboral, y en la tendencia a optar por el trabajo sexual con los riesgos de esta actividad. La realidad descrita hace ocho años en la Encuesta Nacional 2010, Situación de las poblaciones TLGB en Bolivia, no difiere mucho de la actual pues en el registro de casos atendidos en la OTBN – Bolivia, 51% se dedica al trabajo sexual, 38% al trabajo formal (limpieza, asistentes en establecimientos de peluquería, comercio informal), 3% desocupada, 2% realiza otro trabajo informal, 3% activista de derechos humanos, mientras que 3% no especifica el trabajo que realiza.

29

29


Expedientes de Martus 2018

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Gráfico 6 Comparando estos datos de 2018 con los de 2017 se observa que el ejercicio del trabajo sexual tuvo una baja significativa de 9 puntos porcentuales mientras que el trabajo formal se incrementó en 10 puntos porcentuales. Lamentablemente el trabajo sexual prevalece sobre el resto de las categorías. N°

OCUPACION

1

Trabajo sexual

2

Otro trabajo informal

3

Trabajo formal

4

Otros/Activista/Defensor

2017

2018

%

%

60

51

4

2

28

38

2

3

Derechos Humanos 5

Desocupada

5

6

Otro

3 Cuadro 8. Fuente: elaboración propia

Soy secretaria comercial. Terminé esa carrera y a los 20 años me presenté a varias convocatorias, pero no quería trabajar como secretario, yo quería ser secretaria. Mi currículum nunca fue tomado en cuenta, me lo rechazaron por mi identidad. Ahora, a mi edad mayor, me quedé con el sueño de haber querido lograr mi sueño de mi juventud. La falta de políticas públicas en derechos e 30


inclusión me hizo estar en una esquina parada por más de 20 años. Hoy dejé el trabajo y puse mi puesto de venta de refrigerios cerca de un colegio, es lo que me da el sostén para mantenerme. C.T.V. Me presenté a varias convocatorias de trabajo pero nunca logré que me reciban. Me miraban y me decían, ya no hay, ya se cerró la convocatoria. El punto fue que nunca logré conseguir trabajo. Por muchos años estuve viendo algo, pero llegó el momento en que me cansé y lo único que logré hacer fue capacitarme para decoradora y poner mi propio negocio de decoraciones. Para eso pasé mucho, incluso para reunir mi dinerito para hacer este negocio. G.F.R.

g. Derecho al acceso a la justicia Bolivia es uno de los países que ha suscrito la mayoría de las convenciones y tratos internacionales de Derechos Humanos, mismos que forman parte del bloque de constitucionalidad del Estado boliviano, y determinan a su vez la universalidad, indivisibilidad, complementariedad e interdependencia de los derechos humanos. También establecen que los seres humanos nacen libres, con dignidad e igualdad de derechos, libertades y obligaciones, sin distinción o discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, nacionalidad, posición económica o de cualquier otra índole; teniendo el Estado la obligación de respetar, garantizar y proteger los derechos de sus ciudadanos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción. Asimismo, el principio N° 8 de los Principios de Yogyakarta, anteriormente mencionado, establece: Toda persona tiene derecho a ser oída en audiencia pública y con justicia por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, para la determinación de sus derechos y obligaciones en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada en su contra, sin prejuicios ni discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género. Como referimos anteriormente, este marco normativo internacional ha permitido en Bolivia lograr avances en la protección de derechos humanos de la población trans y con diversa orientación sexual, a través de la promulgación de leyes nacionales, departamentales y municipales orientadas a la.defensa y protección de sus derechos fundamentales, entre ellos el derecho al acceso a la justicia y a reducir su vulneración 31

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(discriminación, violencia en sus diferentes formas, acoso laboral, detenciones ilegales, etc.). La Ley 807, Ley de identidad de Género de 21 de mayo de 2016, como ya se mencionó, reconoce los derechos sociales y económicos, incluido el matrimonio, y permite a la población trans mayor de 18 años realizar el cambio de nombre propio y dato del sexo e imagen a través de un trámite administrativo. El marco normativo visibiliza avances significativos que contribuyen a reducir la discriminación, segregación y violencia hacia la población trans y con diversa identidad de género. Sin embargo, cabe puntualizar: a. El derecho al cambio de identidad de género y dato de sexo de las personas trans en el marco de la Ley 807. Pese a ciertas dificultades y negativas de algún personal del SERECI, este proceso se va dando de manera gradual y está siendo asimilado por las y los interesados. En el caso de Cochabamba cuenta con un apoyo directo de la Mesa de Trabajo Nacional y de la Dirección Departamental del SERECI, razón por la cual algunas personas trans del interior del país prefieren ir a esa capital para realizar su trámite. b. El derecho a una vida sin discriminación y violencia lamentablemente no es ejercido a pleno en los diversos ámbitos de la vida, donde no son respetados estos derechos ya sea por acción u omisión de las instancias competentes o de la ciudadanía en general.

Según el Informe Anual Derechos Humanos de Personas Lesbianas/Gays/ Bisexuales/Transexuales/Transgénero, 2014, referido anteriormente, los prestadores de servicios son los que cometen más hechos de violencia y discriminación debido a sus prejuicios. La formación policial está fuertemente permeada por una cultura machista, androcéntrica y jerárquica, que tiene bajo su responsabilidad la protección y seguridad ciudadana, misma que no se cumple a cabalidad en el caso de la población trans y con diversa orientación sexual, cuyos derechos son constantemente vulnerados producto de detención ilegales, uso excesivo de la fuerza policial e incluso, acusaciones falsas, etc. Acerca de la decisión de las personas trans de denunciar la vulneración de sus derechos, del total de casos registrados en la OTBN Bolivia, 87 % son reportados por las 32

32


propias víctimas, porcentaje mayor al registrado en 2017 (64%) y que puede entenderse como resultado del acceso a la información en materia de derechos y apropiación de los mismos, cosa que a su vez permite dar a conocer la violación de sus derechos en instituciones como la MTN.

Expedientes de Martus 2018 33

Gráfico 7 Del análisis de los casos registrados y los testimonios brindados, se puede observar que persiste la desconfianza y el temor de las personas trans a acudir y denunciar en el sistema judicial, en particular en la policía nacional a causa de maltrato, agresión física y psicológica. Los siguientes testimonios lo corroboran: Para mí fue muy duro que, siendo una persona trans activista, haya pasado por una gran violencia física, psicológica y emocional. Yo trabajo como promotora en salud para mi población y hago alcances llegando a la cárcel de Palma Sola, donde hay casi 30 mujeres trans detenidas. Fui a hacer visita a las chicas, llevé como refrigerio pollo con arroz, y cuando llegué al sector de revisión los policías me abrieron las bolsas, vaciaron todas las meriendas y las mezclaron como para que coma el perro. Me enojé y les dije, cómo van a destrozar así la comida, en eso el policía me lanzó un manaso, me tiró al suelo, me pegaron y me dijo, maricón, ay que caigas aquí, y te va ir peor como digas algo, hablas algo y ten seguro que a tus amigas de adentro les vamos a dar su castigo día y noche, pobre de vos maricón. Me amenazaron si decía algo a alguien, me torturaron, me dejaron golpeada, pero yo no pude denunciar porque sé cómo son los policías de esta cárcel en Santa Cruz. Podrían tomar represalias contra mis compañeras adentro 33


y desde entonces no quiero, ni puedo, visitar a mis compañeras de la cárcel. L.V.L.V. Soy mujer trans. Durante toda mi vida he estado bajo el dolor de los insultos de mis hermanos quienes siempre me insultaban cuando estaban borrachos. Mi padre fue una persona muy machista, como podrán entender mi vida no fue nada buena mí. Mi denuncia es que fue y es maltrato psicológico, verbal y emocional, por esta razón me fui mi casa. Hice trabajo sexual y luego de mucho tiempo en este trabajo fui víctima de violencia por la policía, hasta llegar a la cárcel por el supuesto robo de un celular que según costaba mil dólares, estuve casi tres años pagando una deuda que no correspondía. Nunca denuncié, y aunque denuncie sabía que no hay justicia para una trans. E.V.U. Estaba en mi esquina trabajando cuando llego la policía y buscaron en todas nuestras pertenencias unas billeteras que supuestamente un cliente denunció que una persona de la zona le robó. Entre que buscaban todo, nos encontraron tres sobres de mariguana y me dijo, qué haces con esto. Le dije, es para mi consumo. Me dijo, qué crees que te crea, y me llevaron a la policía donde me detuvieron por venta de drogas. Mi detención fue por portar sustancias controladas, por más que les dije que es mi consumo me llevaron al juzgado y me dieron detención en la cárcel de Sacaba. Ese lugar fue mi tortura. Desde que entré, lo primero me pusieron en la sección de hombres, me cortaron mi pelo y me pidieron derecho de piso, suma que yo no tenía. Me trataban mal, me decían maricón báñate. Dormí al lado de la pared, tenía que limpiar los baños por varias semanas. Los de la policía en lugar de ayudarme lo único que me decían, pórtate bien para que no te agredan, pedí a tu familia dinero para el pago de tu derecho de piso. Estuve más de siete meses hasta que logré salir gracias a los abogados de defensa. La discriminación en la cárcel es fuerte, pero nadie puede decir ni quejarse porque nos va peor y rogaría no regresar más. V.M.A.

Recomendaciones al Estado de Bolivia Producto del trabajo de incidencia política a nivel nacional y local, la población trans y con diversa orientación sexual ha logrado avanzar en el ejercicio y exigibilidad de derechos en el ámbito público y privado, como resultado de las acciones de información, sensibilización con autoridades y sociedad civil. Así, de alguna manera se ha logrado la visibilización y aceptación de manera directa e indirecta a través de los medios de comunicación que cubren los eventos realizados o protagonizados por esta población. Avances que, si bien son importantes, aún son insuficientes. En ese sentido se recomienda al Estado boliviano:

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1.

Identificar agencias de financiamiento para interponer una demanda a nivel

internacional orientada a la reposición del numeral 2 del artículo 11 de la Ley 807, declarado inconstitucional por la sentencia constitucional N° SC/076/2017 de 9 de noviembre de 2017. 2.

Formar líderes y facilitadoras que brinden apoyo y asistencia a sus pares para

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exigir el respeto de sus derechos. 3.

Promover el protagonismo personal de las personas trans, que les permita

desenvolverse y ejercer plenamente sus derechos en el ámbito público y privado y plantearse metas a nivel profesional y laboral. 4.

Realizar acciones de incidencia en el Ministerio de Trabajo y las direcciones

departamentales de trabajo para sensibilizar e informar a su personal y lograr el registro de casos por acoso laboral o despido indirecto de personas trans o con diversa orientación sexual. 5.

Realizar acciones de coordinación que permitan coadyuvar en la ejecución del

“Plan multisectorial del estado plurinacional de Bolivia contra el racismo y toda forma de discriminación 2016-2020” (Pilar1, Meta 4, resultado5), de 7 de diciembre de 2016. 6. En alianza con organismos internacionales y nacionales incidir para que el Instituto Nacional de Estadística (INE) inserte en su línea de estudio poblacional a la población trans y con diversa orientación sexual, a fin de disponer de datos estadísticos oficiales que den cuentan del número y características de esta población en Bolivia, desagregada por edad, sexo, origen, capacidad económica, índices de violencia y tipo de violencia. Así se hará posible en diferentes ámbitos el diseño e implementación de políticas públicas favorables a esta población.

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DATOS DE CONTACTO Organización: Mesa de Trabajo Nacional – MTN Elaborado por: Tania Alvarez Pelaez, Asesora Jurídica Revisión y aportes: Raiza Torriani G., Directora Ejecutiva Frank Arteaga, Coordinador de Proyectos Teléfono: 4508307 Celular: 77402120 Dirección: Av. Heroínas N° 108 esq. San Martín, Edif. Golden Tower, Piso 3, Of, 3d (zona central) Cochabamba - Bolivia Correo electrónico: rayzatrebol@gmail.com

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