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SEGUNDO SUPLEMENTO

Año II - Nº 390 Quito, viernes 5 de diciembre de 2014 Valor: US$ 6.00 + IVA

ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12 de Octubre N23-99 y Wilson Edificio 12 de Octubre Segundo Piso Dirección: Telf. 2901 - 629 Oficinas centrales y ventas: Telfs. 2234 - 540 3941 - 800 Ext. 2301 Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 - 110 Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 - 107 Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional 200 páginas www.registroficial.gob.ec Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895

SUMARIO: Págs. CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR: DICTÁMENES: 003-14-DCP-CC No emitir dictamen de constitucionalidad de la convocatoria a consulta popular en el caso N.º 001-13-CP, hasta que se cumpla de manera integral la verificación del requisito de legitimidad democrática ..............................................................

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004-14-DCP-CC No emitir dictamen de constitucionalidad de la convocatoria a consulta popular en el caso N.º 0001-12-CP, hasta que se cumpla la verificación del requisito de legitimidad democrática ...............

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SENTENCIAS: 049-13-SCN-CC Niégase la consulta de norma planteada por el Juez Vigésimo Segundo de Garantías Penales y Multicompetente del Guayas .................

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001-14-SIA-CC Niégase la acción de inconstitucionalidad planteada por el señor José Mercedes Cabello Rosado y otra ...........................................................

17

004-14-SAN-CC Acéptase la acción por incumplimiento propuesta por el señor Juan Pablo Chunata Inca y otros ..........................................................................

23

006-14-SIS-CC Niégase la acción de incumplimiento de sentencia constitucional planteada por el señor Cesario Enrique Vélez Macías................................

30

008-14-SIN-CC Niégase la acción pública de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Ciro A. Díaz Guzmán ..............................................

35

022-14-SIS-CC Niégase la presente acción de incumplimiento por improcedente planteada por el señor Juan Carlos Jairala Reyes ........................

42

023-14-SIS-CC Acéptase la acción de incumplimiento de sentencia constitucional presentada por la accionante señorita Karina Elizabeth Perero Tomalá ......................................................................

46

024-14-SIS-CC Declárase el incumplimiento parcial de la sentencia constitucional dictada el 4 de julio de 2011, dentro de la acción de protección N.º 531M-2011, seguida por el señor Víctor Raúl Palacios Palacios .....................................................................

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