Permiso retribuído FMB (ARV) para interino

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ii!i Gobierno li!iI de Canarias

Consejerla de Educaci6n, Universidades, Cultura y Deportes

Folio 1/2

Direcci6n Territorial de Educaci6n de Las Palrnas

RESOLUCION DEL DlRECTOR TERRITORIAL DE LAS PALMAS POR LA QUE SE ESTlMA LA SOLlClTUD DE PERMISO PARA FORMACION MlLlTAR, BA.SICA Y ESPECiFICA

Asunto: ESTlMACION PERMISO PARA FORMACION MILlTAR, BA.SICA Y ESPECiFICA lnteresado/a: D.

Vista la solicitud recibida en el registro auxiliar deI IES Corralejo, 15 de febrero de 2010, formulada por don

~CD 37895, el

~conD.N . I.n°

ANTECEDENTES DE HECHO: PRIMERO.- Con fecha 15 de febrero de 2010, don permiso para formaci6n militar, basica y especifica, para 19 de abril y el 3 de mayo de 2010, ambos inclusive.

solicita entre el

SEGUNDO.- Adjunto a la solicitud, el interesado presenta copia deI modelo de documento de activaci6n de RV(A-3), emitido por la Subdelegaci6n de Defensa en Canarias, en el que figura que el motivo de la activaci6n es para la Fase de Formaci6n Basica Militar. EI periodo de activaci6n sera de 14 dias, entre el 18 de abril y el 1 de mayo de 2010. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

PRIMERO.- EI Capitulo II, deI Titulo VI de Ia Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar (BOE n° 278, de 20 de noviembre ) trata de los reservistas voluntarios. EI articulo 122.1 de la sefialada norma dispone que son reservistas los espafioles que, en aplicaci6n del derecho y deber constitucional de defender a Espafia (articulo 30 de la CE), pueden ser llamados a incorporarse a las Fuerzas Armadas para participar en las misiones definidas en la Ley Organica 511005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, en las circunstancias y condiciones que se establecen en esta Ley.


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SEGUNDO.- Por otro lado, el articulo 134.2 de la norma sefialada, precept6a que "los reservistas voluntarios y los aspirantes a adquirir tal condici6n, en el caso de que fueran funcionarios al servicio de las Administraciones Publicas, tendnin los siguientes derechos : a. Los periodos de formaci6n militar, basica y especifica, y de formaci6n continuada a los que se refiere el articulo 127 seran considerados corno permiso regulado en el articulo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, deI Estatuto Basico deI Empleado publico. b. Los periodos de activaci6n para prestar servicios en unidades, centros y organismos deI Ministerio de Defensa, previstos en el articulo 123 , seran considerados corno situaci6n de servicios especiales para los funcionarios de carrera. TERCERO.- EI Decreto 133(2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Organico de la Consejeria de Educaci6n, Universidades, Cultura y Deportes, (BOC de 1 de agosto) que atribuye a las Direcciones Territoriales la facultad para conceder permisos y licencias deI personal docente.

Por todo ello,

RESUELVO PRIMERO.- Estimar permiso para formaci6n militar, basica y especifica, a d o n _ entre el 19 de abril y el 2 de mayo de 2010, ambos inclusive. SEGUNDO.- Notificar la presente resoluci6n al interesado y dar traslado de la misma al centro de destino.

Contra la presente resoluci6n, que no pone fin a la via administrativa, el interesado podra interponer Recurso de Alzada an te la Direcci6n General de Personal en el plazo de un mes, a contar desde el dia siguiente su notificaci6n, conforme a los articulos 114 y 115 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAP y PAC, sin perjuicio de cualquier otro que estime conveniente.

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Director Territori al de Las Pa lmas Julio V Gutierrez Gonzalez


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