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FUERO SINDICAL
COMPAÑÍA LIDER DE SEGURIDAD LTDA NIT 860.520.097-5, COBASEC LTDA NIT 891.801.317-1, EXPERTOS SEGURIDAD LIMITADA NIT 800.010.866-6 STARCOOP C.T.A NIT 830.101.4767 Y VIGILANCIA GUAJIRA LTDA NIT 892.120.119-9, aliados al sindicato ATHENAS S.I, NIT 90.152.164-2 en el proyecto UNP, contratos 993 de 2022 y 996 de 2022
4. DERECHO DE ASOCIACIÓN:
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La U.T. reconoce a sus trabajadores el derecho de asociación sindical y a la organización sindical el libre ejercicio de sus funciones legales y estatutarias y a la representación de los trabajadores aliados; igualmente reconoce el derecho de representación y asistencia que otorga la Ley a entidades Federales y Confederales a las cuales este aliado el Sindicato.
5. FUERO SINDICAL:
La UT se compromete en no despedir a ningún trabajador aforado, tampoco podrán ser desmejorados, trasladado a otro departamento en el territorio nacional sin justa causa, previamente calicada por un juez laboral, según lo contemplado en el artículo 405 y 406 del CST.
6. CUOTA SINDICAL:
La U.T. efectuara los descuentos de cuotas ordinarias y extraordinarias a los trabajadores sindicalizados y a los que se benecien de la presente Convención Colectiva de Trabajo, previa información que la organización remita a la U.T., dineros que serán entregados dentro de los primeros 12 días siguientes al pago de la nómina, junto con el listado de los trabajadores a quienes se le realizo la retención, de conformidad con el artículo 400 del CST.
Todos estos dineros serán consignados a la cuenta de la Tesorería Nacional de la Junta Directiva Nacional del Sindicato.
7. PERMISOS SINDICALES:
La U.T. concederá treinta (30) días de permiso sindical remunerados con total devengo, por el tiempo de vigencia de la presente convención colectiva de trabajo, para que la junta nacional de ATHENAS S.I, los distribuya entre sus directivos y aliados.