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GESTIÓN CONVENIOS CON CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR:

Las UT garantizarán los derechos humanos, la aplicación de la Constitución Política y las leyes laborales de Colombia.

20. VIGENCIA:

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Conforme a lo establecido en el artículo 477 del CST, las partes convienen que la vigencia de la presente Convención Colectiva de Trabajo será la misma de la vigencia del contrato 993 de 2022 Y 996 de 2022, y todas sus prorrogas y/o adiciones establecidas en la Ley 80 de 1993, ley 1150 del 2007 y demás normas concordantes y aplicables. En los términos establecidos en los artículos 478 de la obra citada, las partes convienen que la presente convención colectiva de trabajo podrá ser denunciada.

21. PUBLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA:

Las U.T. dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario, siguientes a la rma de la presente Convención Colectiva de Trabajo, entregara al sindicato ATHENAS S.I, los 200 folletos con todo el contenido de la convención colectiva de trabajo, en letra imprenta, legible, papel de buena calidad y con el respectivo logotipo de la UT, las empresas y del sindicato ATHENAS S.I.

TERMINOS.

Para los efectos legales de la presente Convención Colectiva de Trabajo, cuando se reere a: FAMILIA: Hace referencia a los beneciarios del trabajador, o sea; padres, padres adoptivos, esposo(a), compañero(a) permanente, hijos menores de 18 años, hijos entre los 18 a los 25 años que se encuentren estudiando y dependan económicamente o que padezcan algún tipo de discapacidad. EMPRESA: Hace referencia a la empresa con la cual está contratado el trabajador, llámese GUARDIANES COMPAÑÍA LIDER EN SEGURIDAD LTDA, con NIT. 860.520.097-5, COBASEC LIMITADA con NIT. 891.801.317-1, EXPERTOS SEGURIDAD LTDA NIT 800010866-6, COOPERATIVA DE VIGILANTES STARCOOP CTA NIT. 830.101.476-7 y VIGILANCIA GUAJIRA LTDA NIT. 892.120.119-9.

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