Revista MP 99 Marzo-Abril 2020

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Normatividad

Actualización de la norma de etiquetado:

NOM-051-SCFI/SSA1-2010 os envases y embalajes son esenciales para promover y mantener la salud pública y el bienestar económico de toda sociedad moderna. Asimismo, la función de informar en ocasiones sigue sin ser considerada en algunos productos, por lo que es necesario saber colocar los textos y gráficos para que este llegue al usuario de manera eficiente. En este sentido, destacamos la importancia que tiene la etiqueta, que sin duda, se convierte en un componente integral de los envases y embalajes. Un sistema de etiquetado eficiente tiene como objetivo principal ofrecer a los consumidores los datos necesarios para seleccionar y adquirir un producto. Las etiquetas tienen que ayudar a este proceso, cumpliendo con tres características fundamentales: Describir de manera clara, breve y sencilla el uso o consumo del producto que contiene. Informar de manera gráfica o textual, si el contenido puede causar riesgo o daño a la salud humana, animal o vegetal. Informar al usuario sobre datos tales como: precio del producto, cantidad contenida, fecha de caducidad. Debe utilizar una codificación adecuada con información útil para toda la cadena comercial en sus distintos procesos. Lo anterior, describe el marco legal vigente en nuestro país para el caso del etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas. La norma se conoce como NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (NOM 051) y su cumplimiento es obligatorio.

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Marzo • Abril 2020

Hiram Cruz Cortés, director General de la Asociación Mexicana de Envase y Embalaje, AMEE. Cuenta con 23 años de experiencia en la industria de envase y embalaje.

Las etiquetas Para el caso de los envases, y haciendo referencia a las definiciones que establece la NOM 051, entendemos por etiqueta cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida, sobrepuesta o fijada al envase del producto preenvasado o, cuando no sea posible por las características del producto, al embalaje. Se hace énfasis en que las etiquetas que ostenten los productos preenvasados deben fijarse de manera tal que permanezcan disponibles hasta el momento del consumo en condiciones normales, y deben aplicarse por cada unidad, envase múltiple o colectivo. Dentro de este marco legal, el pasado 24 de enero del presente año, los Comités Consultivos, Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía y el de Regulación y Fomento Sanitario de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) aprobaron la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (NOM 051) sobre el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados.


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