Autor: Ministerio de Comercio Exterior Investigación: Viceministerio de Comercio Exterior Colaboración Ing. Ricardo Estrada – Corporación de Promoción de Importadores y Exportadores Ing. Eduardo Egas – Corporación de Promoción de Importadores y Exportadores Ab. Eduardo Ledesma – Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador Ing. Daniel Legarda – Federación Ecuatoriana de Exportadores Ing. Rafael Trujillo – Cámara de Nacional de Pesquería Ing. José Antonio Camposano – Cámara de Nacional de Acuacultura Ing. Mónica Maldonado – Cámara Ecuatoriana de Industriales y Procesadores Atuneros
Dr. Juan Carlos Cassinelli Cali Ministro de Comercio Exterior Mayo 2016 - Mayo 2017
6
AGRADECIMIENTO El equipo del Ministerio de Comercio Exterior del Ecuador pone a consideración de los ciudadanos las “Memorias de las Negociaciones del Acuerdo Comercial Multipartes entre Ecuador y la Unión Europea” y extiende un profundo agradecimiento a todos quienes hicieron posible relatar este importante proceso. De manera especial, a las autoridades del Gobierno Nacional del Ecuador, lideradas por el Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, y Vicepresidente, Jorge Glas Espinel. De igual forma, a las autoridades y miembros de los distintos órganos de la Unión Europea que apoyaron a Ecuador en el proceso de negociación, aprobación y ratificación del Acuerdo Comercial Multipartes, evidenciando el estrecho relacionamiento político y económico entre ambas regiones. Finalmente, al sector productivo y exportador ecuatoriano, gremios, federaciones, economías populares y solidarias, emprendedores y potenciales exportadores del Ecuador, todos ellos, por su predisposición para trabajar de manera conjunta en la definición de la posición nacional en beneficio del país. “Una cosa que no se sabe siempre es que los emprendimientos no solo nacen en las grandes empresas, cada uno es un emprendedor en potencia, el Acuerdo es un instrumento, el Ministerio de Comercio Exterior los acompaña, pero la decisión de aprovechar cada una de las oportunidades, es suya”
Dr. Juan Carlos Cassinelli Cali Ministro de Comercio Exterior del Ecuador
7
PRESENTACIÓN Ecuador concibe las relaciones comerciales desde la óptica de lo que dispone la Constitución Política que rige al país. El artículo 304 de esta norma fundamental brinda los principios que deben guiar toda negociación comercial y que podrían resumirse en la necesidad de que la política comercial tenga como objetivos el desarrollo económico y social inclusivo, de manera que los acuerdos comerciales constituyan un instrumento más para lograr este propósito. Esta visión ha llevado a un enfoque distinto sobre la inserción de Ecuador en el mundo y sobre el alcance y beneficios que deberían reportar los acuerdos de comercio. Así, el Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir estableció como uno de sus objetivos el “profundizar una política comercial estratégica y soberana, articulada al desarrollo económico y social del país”, a través de, entre otros aspectos, promover negociaciones comerciales en condiciones de comercio justo en el marco de acuerdos enfocados en el desarrollo e impulsar la complementariedad en las negociaciones comerciales, promocionando a los sectores potenciales, protegiendo los sectores vulnerables y generando beneficios para el acceso a los mercados de los pequeños productores y actores de la economía popular y solidaria. En este contexto, darle previsibilidad a las exportaciones e inversiones del país con un mercado como el de la Unión Europea, de 28 países con 514 millones de habitantes, constituyó un paso fundamental para reafirmar el proceso de inserción de Ecuador a la economía internacional. En consideración de los elementos expuestos, Ecuador emprendió con irrestricta responsabilidad y conciencia de sus prerrogativas y políticas de desarrollo, un proceso de negociación de un Acuerdo Comercial con la Unión Europea, que derivó finalmente en la suscripción de un instrumento equilibrado para las partes. Precisamente, una de las bases fundamentales para llevar adelante esta negociación fue el reconocimiento de las asimetrías existentes, lo que le permitió a Ecuador obtener un tratamiento especial y diferenciado de manera transversal en todo el acuerdo, facilitando su adaptación paulatina a las condiciones derivadas del mismo. Así, aunque Ecuador, en sentido estricto, se ha adherido al Acuerdo Multipartes preexistente entre la UE, Colombia y Perú, en la práctica alcanzó un instrumento único y diferenciado, adaptado a su realidad, salvaguardando espacios de política pública, protegiendo el empleo ecuatoriano y preservando la soberanía en el manejo de sectores estratégicos. Es importante considerar que para Ecuador el acuerdo comercial con la Unión Europea
9
representa el primer proceso concluido de negociación de amplio alcance, en el cual se involucran distintas áreas comerciales como el acceso a mercados de bienes, servicios, propiedad intelectual, contratación pública, defensa comercial, comercio y desarrollo sostenible, entre otras materias. No debe sorprender entonces, que los tiempos tomados por Ecuador hayan sido prudentes dada la importancia que tenía para el país precautelar las vulnerabilidades de los sectores más sensibles de la economía ecuatoriana. De hecho, para Ecuador lo fundamental no eran solamente los tiempos para la suscripción y ratificación del acuerdo, sino las condiciones y el contenido de este instrumento en beneficio de los sectores productivos y de exportación ecuatorianos. Por ello, es un motivo de satisfacción informar a la ciudadanía que el acuerdo que entró en vigencia desde el 1 de enero de 2017 logró equiparar las condiciones de acceso preferencial de nuestros productos a la UE con aquellas de sus principales competidores. Más aún, por medio del Acuerdo Comercial Multipartes, Ecuador pasó de ser beneficiario de un sistema unilateral de preferencias que no aseguraba la previsibilidad sostenida de la relación comercial, a convertirse en socio privilegiado de uno de los principales mercados del mundo. Esta condición de socios comerciales le permitirá al país contar con estabilidad y seguridad para fortalecer e iniciar nuevos emprendimientos, así como generar productos de mayor valor agregado, contribuyendo de esta forma al apuntalamiento del proceso de transformación productiva que ha impulsado y continuará promoviendo Ecuador como política prioritaria para generar desarrollo. Por otro lado, las condiciones de acceso a mercados negociadas en el acuerdo consideraron los principales aspectos ofensivos y defensivos del país. Así, mientras que aquellos productos europeos necesarios para la industria nacional como insumos y bienes de capital pueden ingresar libres de aranceles a Ecuador a partir de enero de 2017, los sectores sensibles de la economía ecuatoriana gozan de varios mecanismos de protección que incluyen exclusiones totales, reducciones arancelarias en diferentes períodos de tiempo y medidas de defensa comercial que permitan precautelar adecuadamente la producción nacional. Cabe notar que la Unión Europea constituye como bloque uno de los principales inversores en diferentes ramas productivas del país. De acuerdo con cifras del Banco Central de Ecuador, en el año 2016 la Unión Europea realizó inversiones en el país por más de $ 500 millones, lo que significó un crecimiento del 16% respecto al año 2015. En tal virtud, gracias al instrumento comercial negociado y ratificado, los países europeos podrán además tener un rol preponderante en el proceso de transformación productiva de Ecuador ya que el acuerdo incentivará la atracción de inversiones hacia el país, coadyuvando también al desarrollo de varios sectores de la economía nacional.
10
Con lo que antecede, a través de estas memorias se procura evidenciar las razones que condujeron al país a alcanzar un acuerdo comercial con la UE, así como explicar la importancia y beneficios de este instrumento, aspectos que serán desarrollados con detenimiento a lo largo de este documento. Me complace verificar que, en el primer mes de entrada en vigencia del acuerdo con la UE, ya se han visto efectos positivos en el comercio de Ecuador hacia este bloque. Según datos publicados por el Banco Central de Ecuador, todos los bienes exportados hacia la UE en enero de 2017 sumaron $ 257 millones, lo que representó un 15% más que lo exportado por el país hacia la UE en enero de 2016. En el ámbito agrícola y pesquero específicamente, las exportaciones registradas en el primer mes de vigencia del acuerdo representaron un 16% más que las de enero del año anterior. De igual forma, se debe resaltar que Ecuador consideró con anticipación las necesidades para la correcta implementación del acuerdo. Así, paralelamente a su negociación, se logró la asignación de fondos de cooperación para el apoyo al comercio exterior con énfasis en el aprovechamiento de los beneficios de este instrumento comercial, especialmente por pequeños y medianos productores. Además, el proceso técnico y político emprendido por Ecuador para la entrada en vigencia del acuerdo a partir del 1 de enero de 2017 logró que no se afecte, ni por un momento, el flujo de exportaciones ecuatorianas hacia el bloque europeo beneficiarias de concesiones arancelarias. Por otro lado, conscientes de que una correcta implementación de los acuerdos comerciales debe ir de la mano de procesos de capacitación técnica que faculte a los actores del sector público y privado tomar decisiones sobre la base del conocimiento, el Ministerio de Comercio Exterior emprendió una campaña de socialización del contenido del Acuerdo Comercial Multipartes. Desde el año 2016, se ha realizado un intenso trabajo de capacitación dirigida a entidades públicas y privadas, con el objetivo de transmitir a los diferentes actores los retos y oportunidades brindadas a partir de la vigencia de este instrumento. En ese sentido, durante el año 2016 y parte de 2017, se han capacitado a alrededor de 6.500 personas, que constituyen actuales y potenciales exportadores de todas las regiones del país. El Ministerio de Comercio Exterior pone a consideración del país estas memorias que contienen el proceso que incursó Ecuador durante aproximadamente diez años para llegar a un acuerdo comercial con la Unión Europea, con el propósito de que la historia recoja todos los aspectos que fueron necesarios analizar, desde distintos puntos de vista, para que este instrumento contenga finalmente elementos que precautelen las sensibilidades de Ecuador frente al bloque europeo. La motivación de desarrollar esta obra está encaminada a que los ecuatorianos conozcan de primera mano que, a pesar del tiempo transcurrido, el país suscri-
11
bió este instrumento en el momento oportuno. La entrada en vigencia del Acuerdo Comercial Multipartes llegó en circunstancias en las que Ecuador ha desarrollado herramientas nacionales para una mejor competitividad de sus productos. El hecho de contar con puertos, aeropuertos, infraestructura para la generación permanente de energía eléctrica, la histórica inversión en vialidad de más de 9.000 kilómetros a lo largo y ancho del país, ha permitido dotar al país de medios adecuados para garantizar la calidad y continuidad de la producción nacional. Se suma a ello, la gran inversión del Estado ecuatoriano en el desarrollo del talento humano, lo que posibilitará a los casi 20 mil becarios que retornen al país contribuir en la transformación de la matriz productiva, que no es otra cosa que incorporar mayor valor agregado a nuestros productos, dotándoles de calidad y diferenciación. Por lo tanto, los diez años trascurridos para lograr este acuerdo comercial permiten evidenciar una gran responsabilidad de los equipos técnicos del país, acompañados de la decisión política liderada por el Economista Rafael Correa Delgado, Presidente de la República de Ecuador. Estas memorias contienen elementos muy importantes de la negociación con la Unión Europea. Se relatan los antecedentes, el proceso técnico y político llevado a cabo para el logro de consensos entre las partes y, finalmente, se describe el contenido del acuerdo comercial Multipartes con la finalidad de que las instituciones públicas, el sector privado, estudiantes, profesores, y en general la ciudadanía, tenga a su disponibilidad la descripción, el contenido y las estrategias de negociación de uno de los hitos comerciales más importantes del país. Se ha concluido un proceso exitoso y equilibrado, y en el contexto de las perspectivas económicas y sociales del país, no tengo la menor duda de que el acuerdo comercial con la Unión Europea tendrá impactos positivos para las inversiones, las alianzas a nivel productivo y los emprendimientos que se desarrollarán con estándares de calidad y eficiencia, elementos demandados en los mercados internacionales. Concluyo resaltando que el acuerdo comercial con la Unión Europea es el resultado, y a la vez la ratificación, de la importante e histórica relación que ha mantenido Ecuador con dicho bloque de integración. La cancha está marcada, un nuevo reto ha comenzado con la entrada en vigencia de este instrumento y existe toda la motivación, los recursos y, sobre todo, el sentido de responsabilidad para propiciar el aprovechamiento pleno de sus beneficios. Se visualiza mucho trabajo por delante, pero también manos listas para continuar fortaleciendo esta relación en beneficio del progreso y crecimiento de la calidad de vida del pueblo
12
ecuatoriano, confiando siempre en que quienes nos sucedan, escriban memorias similares sobre los logros de la implementaciĂłn de este importante acuerdo asĂ como de otros hitos alcanzados en favor del desarrollo del paĂs.
Dr. Juan Carlos Cassinelli Cali Ministro de Comercio Exterior del Ecuador Mayo, 2017
13
ÍNDICE
CAPÍTULO I ANTESALA DE LA NEGOCIACIÓN 1.1. Antecedentes de la relación bilateral 1.2. Importancia del mercado de la Unión Europea para Ecuador a. Relación Comercial Ecuador – Unión Europea 1.3. Relevancia del Acuerdo para el Sector Productivo Ecuatoriano CAPÍTULO II LA NEGOCIACIÓN 2.1. Los inicios (2007 – 2009) 2.1.1. Negociación de un acuerdo de asociación entre bloques 2.1.2. Traslado a un enfoque de negociación bilateral 2.2. El período de análisis (2010 – 2012) 2.3. Reinicio de las negociaciones (2013 – 2014) 2.3.1. Gestión política y discusiones técnicas previas 2.3.2. Rondas de negociaciones 2.4. Gestiones posteriores a la negociación: revisión jurídica del Protocolo de Adhesión y p reservación de las preferencias arancelarias CAPÍTULO III LA APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN 3.1. Gestiones en el exterior 3.1.1. Gestiones con Colombia y Perú 3.1.2. Gestiones con la Unión Europea a. Gestiones emprendidas por Ecuador durante la II Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños - Unión Europea b. Resolución del parlamento europeo sobre la adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes c. Aprobación del protocolo de adhesión por parte del Comité de Comercio del Acuerdo Comercial Multipartes d. La aprobación en la Comisión Europea e. Visita de parlamentarios europeos a Ecuador
15
f. Gestiones ante el consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo g. Firma del protocolo de adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes h. Etapa de aprobación y ratificación del Parlamento Europeo 3.2. Gestiones nacionales 3.2.1. Revisión de preocupaciones comerciales bilaterales a. Reglamentos técnicos: Cosméticos b. Reglamentos técnicos: verificación de la conformidad c. Timbre fiscal para licores d. Impuesto a los consumos especiales (ICE) e. Hoja de ruta en materia sanitaria y fitosanitaria f. Cupo de vehículos g. Reaseguros h. Decreto 522 medicamentos genéricos i. Tasas de registro y mantenimiento de patentes j. Licencias obligatorias k. Código INGENIOS l. Salvaguardia por balanza de pagos 3.2.2. Aprobación y ratificación a. Corte Constitucional b. Asamblea Nacional c. Ratificación y vigencia del acuerdo 3.2.3. Proceso de socialización del acuerdo 3.2.4. Colaboración con el sector privado
CAPÍTULO IV EL CONTENIDO 4.1. Componentes del Acuerdo Comercial Multipartes y del Protocolo de Adhesión de Ecuador 4.2. Objetivos del Acuerdo Comercial Multipartes 4.3. Descripción del Contenido del Acuerdo Comercial Multipartes y del Protocolo de Adhesión 4.3.1. Disposiciones institucionales 4.3.2. Comercio de mercancías 4.3.2.1. Acceso de Ecuador a la Unión Europea: Bienes Agrícolas a. Acceso del Banano Ecuatoriano a la Unión Europea y Mecanismo de Estabilización
16
4.3.2.2. Acceso de Ecuador a la Unión Europea: bienes industriales y de pesca 4.3.2.3. Acceso de la Unión Europea a Ecuador: bienes agrícolas a. Negociación de productos lácteos b. Subvenciones a la exportación por parte de la Unión Europea 4.3.2.4. Acceso de la Unión Europea a Ecuador: bienes industriales y de pesca 4.3.2.5. Medidas de defensa comercial a. Salvaguardia bilateral 4.3.2.6. Aduanas y facilitación al comercio 4.3.2.7. Reglas de origen 4.3.2.8. Obstáculos técnicos al comercio 4.3.2.9. Medidas sanitarias y fitosanitarias 4.3.2.10. Excepciones transversales al comercio de mercancías 4.3.2.11. Subcomités para la administración del comercio de mercancías a. Subcomité de Acceso a los Mercados b. Subcomité de Agricultura c. Subcomité de Aduanas, Facilitación del Comercio y Reglas de Origen d. Subcomité de Obstáculos Técnicos al Comercio e. Subcomité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias 4.3.3. Comercio de servicios y establecimiento a. Aspectos relevantes de la negociación b. Compromisos asumidos por Ecuador c. Reservas horizontales incluidas por Ecuador d. Reservas sectoriales e. Movimiento de personas físicas f. Medidas prudenciales y de salvaguardia para la protección de la economía 4.3.4. Contratación pública a. Exclusiones en materia de contratación pública b. Contratación pública de servicios c. Desagregación tecnológica e impulso al desarrollo d. Excepciones generales
17
e. Subcomité de Contratación Pública 4.3.5. Propiedad intelectual a. Derechos de autor b. Datos de prueba c. Indicaciones geográficas d. Derechos de los agricultores y variedades vegetales e. Subcomité de Propiedad Intelectual 4.3.6. Competencia 4.3.7. Comercio y desarrollo sostenible a. Diálogo con la sociedad civil b. Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible 4.3.8. Excepciones generales del Acuerdo Comercial Multipartes a. Seguridad b. Impuestos c. Balanza de pagos 4.3.9. Solución de controversias a. Consultas y arbitraje b. Mediación 4.3.9. Asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades comerciales
CAPÍTULO V COOPERACIÓN EN MATERIA COMERCIAL 5.1. Negociación para el establecimiento de un componente de comercio exterior dentro del Programa de Cooperación Bilateral Ecuador – Unión Europea 5.2. Implementación del componente de comercio exterior
CAPÍTULO VI ACTORES PRINCIPALES 6.1.El acuerdo comercial más importate de la década 6.2. La reinserción en las negociaciones con la UE 6.3. Detrás del proceso del acuerdo con la UE 6.4. Cerrando negociaciones exitosas 6.5 Planteamiento correcto de soluciones 6.6 Desafíos y retos en las negociaciones
18
6.7. Un acuerdo con múltiples beneficios 6.8. CORPEI, un aliado clave para el acuerdo 6.9. Papel protagónico del gremio bananero en la firma del acuerdo con la UE 6.10. Acuerdo con UE afianza al sector pesquero y al sector procesador atunero 6.11. El mejor camarón del mundo un aliado del pv roceso 6.12. Sectores exportadores del país respaldados por FEDEXPOR ANEXOS A. Listado de anexos
1. Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes. 2. Resolución del Ministerio de Comercio Exterior de dictamen favorable de resultados de negociación.
3. Dictamen de la Corte Constitucional del Ecuador. 4. Resolución de la Asamblea Nacional del Ecuador. 5. Decreto de Ratificación del Presidente de la República de Ecuador. 6. Instrumento de ratificación del Acuerdo Comercial. 7. Notificación de finalización de trámites en la Unión Europea. 8. Lista de negociadores e instituciones nacionales que participaron en el proceso.
9. Equipo técnico que trabajó en el proceso de aprobación y ratificación del ACM en Ecuador.
10. Resumen de las actividades de socialización del Acuerdo Comercial Multipartes.
19
ANTESALA DE LA NEGOCIACIÓN
CAPÍTULO I 1.1. Antecedentes de la relación bilateral El acuerdo comercial suscrito entre la República de Ecuador y la Unión Europea responde, no solamente a una importante historia de relacionamiento comercial, económico y político entre los países de la Comunidad Andina (CAN) y de la Unión Europea (UE), sino a claros vínculos históricos y culturales, fruto de un devenir histórico común. La perspectiva humanista de las relaciones internacionales que ha impulsado desde su creación la Unión Europea, coincidió tradicionalmente con los objetivos de política internacional y particularmente comercial que persigue Ecuador en el ámbito externo. De hecho, la necesidad, pertinencia e incluso la urgencia de fortalecer las relaciones comerciales con la UE a través de un acuerdo comercial responde a la importancia que fue adquiriendo en las últimas décadas este bloque para Ecuador en todos sus ámbitos. La Unión Europea se ha convertido en el principal comprador de bienes y servicios a nivel mundial. En su conjunto, los países de la UE representan un enorme mercado de alrededor de 514 millones de habitantes, de grandes oportunidades, con consumidores que valoran la calidad, la responsabilidad social y el tra-
bajo de los pequeños produtores; ámbitos en los que precisamente Ecuador ha puesto particular empeño en desarrollar y promover en sus negociaciones comerciales. Tanto así que el artículo 416 de la Constitución de 2008, lo expresa y eleva como imperativo constitucional. En este contexto, negociar un acuerdo comercial con la UE no solo significaba no perder el espacio ya ganado por Ecuador dentro de este importante bloque por la competencia directa de otros países que ya habían suscrito acuerdos comerciales con este bloque, sino además consolidar relaciones birregionales de larga data y que ahora encuentran una nueva forma de expresión. El actual acuerdo comercial con la Unión Europea, si bien influenciado como no puede ser de otra manera, del contenido de las relaciones birregionales y bilaterales existentes que marcaban las condiciones básicas de confianza y de responsabilidad entre las partes, no responde a una decisión arbitraria por seguir ciegamente ciertas tendencias de la región latinoamericana. Por el contrario, tanto el proceso de negociación que inició en el 2007 junto con los demás países andinos, como el retiro temporal de Ecuador del proceso negocia21
ción en el 2009 y su posterior retorno a la mesa de negociaciones en el 2013, responden a una historia y a una realidad particular del país, que lo llevó a definir de manera consciente y con claro sentido de responsabilidad, la pertinencia histórica de asumir un compromiso de esta envergadura. El cual iba a modificar en buena medida el alcance de las relaciones comerciales externas de Ecuador, con importantes efectos en la realidad productiva y comercial del país. A fin de comprender los antecedentes que llevaron a Ecuador a negociar un acuerdo comercial con la Unión Europea, cabe remontarse al fortalecimiento de las relaciones birregionales entre la Comunidad Andina y el bloque europeo. El incremento de los flujos comerciales entre ambos bloques, que fue creciendo paulatinamente desde los años 70, conllevó a que se fortaleciera la relación bilateral en el ámbito de cooperación. Es así que, desde hace más de cuatro décadas, la cooperación y asistencia para el desarrollo con la UE se dirigió tradicionalmente hacia la generación de oportunidades en los campos económico y comercial, con énfasis en el desarrollo rural y agrícola; la mejora de la calidad de vida en áreas como salud, educación, medio ambiente, participación ciudadana; el fortalecimiento de la regionalización; y el combate al narcotráfico y delitos conexos. Cabe recordar que la cooperación para el combate a las drogas, bajo el principio
de responsabilidad compartida, justificó la concesión de las preferencias arancelarias del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP Drogas) de la UE a los países de la Comunidad Andina en 1990. Este derivó luego en el SGP+, sistema que regía para Ecuador desde el 2006 y que fortaleció la inserción y diversificación de la oferta exportable ecuatoriana en la Comunidad Europea. Además de la natural relación comercial que se dio entre estos dos bloques debido a su complementariedad, en el marco de la Comunidad Andina (CAN) Ecuador participó en varios procesos que contribuyeron a institucionalizar las relaciones de ambas regiones. Las que, con el tiempo, generaron el entorno idóneo para propender al inicio de negociaciones de un acuerdo comercial. Entre los principales hitos que marcaron la relación UE-CAN se pueden mencionar: *Acuerdo Marco de Cooperación entre los países de la Comunidad Europea (CCE) y los países del Pacto Andino, suscrito el 23 de abril de 1993, que entró en vigencia en 1998. Este acuerdo se convirtió en la antesala para estrechar los vínculos políticos entre la CAN y la UE ya que se enfocó no solo en aspectos de desarrollo y comerciales, sino que incorporó elementos vinculados con el desarrollo político y social.1 *Declaración de Roma de 30 de junio de 1996, a través de la que se estableció un mecanismo de Diálogo Político CAN-UE,
1 COMUNIDAD ANDINA, Cooperación CAN-UE, http://www.comunidadandina.org/Cooperacion_canue.aspx
22
ANTESALA DE LA NEGOCIACIÓN
institucionalizando los encuentros a nivel de Jefes de Estado y de Gobierno y a nivel de Ministros de Relaciones Exteriores. *Suscripción del Acuerdo de Diálogo Político y de Cooperación el 15 de octubre de 2003 que, entre otras metas, se refirió el interés de profundizar las relaciones entre ambos bloques a través de la negociación de un acuerdo comercial. *Declaración de Guadalajara, adoptada en mayo de 2004 durante la III Cumbre “América Latina y el Caribe – UE”, a través de la cual se decidió establecer un mecanismo de valoración conjunta del sistema de integración andino, con miras a la negociación de un Acuerdo de Asociación (AA), que incluya un instrumento de comercio entre la CAN y la UE. Este proceso de valoración conjunta se inició oficialmente el 21 de enero de 2005 durante una reunión de la Comisión Mixta CAN-UE, en Bruselas. *Declaración de Viena de mayo de 2006, en el marco de la IV Cumbre “América Latina y el Caribe – UE”, donde se acordó impulsar un proceso conducente a la negociación de un Acuerdo de Asociación que incluyera no solo el eje o pilar comercial, sino también el de diálogo político y el de cooperación. En julio de 2006, se concluyó el trabajo de valoración del proceso de integración de la CAN establecido en la Declaración de Guadalajara. De esta manera, las relaciones comer-
ciales entre la Comunicad Andina y la Unión Europea, han cumplido una función de estrechamiento y fortalecimiento de los vínculos entre estos dos bloques en otros ámbitos como el de cooperación y el político. Estos elementos fomentaron el ambiente adecuado para dar un paso adicional hacia la firma e implementación de un acuerdo comercial. 1.2. Importancia del mercado de la UE para Ecuador En un mundo en constante globalización y crecimiento de los flujos de intercambio comercial entre países, darle previsibilidad a las exportaciones e inversiones del país con un mercado como el de la Unión Europea, de 28 países con 514 millones de habitantes, constituyó un paso fundamental para reafirmar el proceso de inserción de Ecuador a la economía internacional. Cuando se habla de la Unión Europea, se debe recordar la importancia de este bloque en el contexto internacional. La Unión Europea es el principal exportador e importador de bienes y servicios en el mundo. Conforme a la información obtenida de Trademap, en el año 2015 las ventas externas de la UE representaron el 33% de las exportaciones mundiales, seguida por China (14%) y Estados Unidos (9%); de igual manera, en ese mismo año, la participación de la UE en las importaciones mundiales fue del 32%; mientras que los Estados Unidos participaron con 14% y China con 10%: 23
Principales Exportadores de Mercancías del Mundo Millones de US$ Dólares Exportador
Año 2015
Participación 2015
UE
5.385.185
33%
China
2.281.856
14%
Estados Unidos
1.503.870
9%
Japón
625.024
4%
Corea del Sur
526.901
3%
Hong Kong
498.558
3%
Canadá
407.140
2%
16.329.281
100%
Mundo
Fuente: Trademap Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
Principales Importadores de Mercancías del Mundo Millones de US$ Dólares Importador
Año 2015
UE
5.214.965
32%
Estados Unidos
2.306.822
14%
China
1.681.671
10%
Japón
812.185
5%
Hong Kong
600.613
4%
Corea del Sur
525.557
3%
Canadá
418.801
3%
Mundo
16.480.015
Fuente: Trademap Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
24
Participación 2015
100%
En lo que concierne al comercio de servicios, la Unión Europea también se ha posicionado como el principal exportador e importador mundial:
Principales Exportadores e Importadores de Servicios Millones de US$ Dólares País/Bloque
Exportaciones 2014
Importaciones 2014
UE
984.942
744.349
Estados Unidos
687.605
451.683
China
232.456
381.582
Japón
158.081
189.932
India
155.627
146.930
Corea del Sur
105.760
113.967
84.911
105.967
Canadá
Fuente: OMC – Perfiles Comerciales 2015 Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
Del total de exportaciones de mercancías realizadas por la UE en el período 20112015, el 63% correspondió a exportaciones intra-UE y el 37% a ventas extra-UE. Los principales destinos de las exportaciones de la UE –fuera del bloque– en este período, fueron los Estados Unidos, China, Suiza, Rusia y Japón. Los principales destinos en América Latina fueron Brasil, México, Argentina, Chile, Colombia y Venezuela. Conocer la realidad comercial del bloque europeo es especialmente relevante para Ecuador, considerando que la UE es el primer importador mundial de alimentos, en particular de frutas frescas, vegetales, pre-
paraciones alimenticias, pescados y crustáceos, cacao y sus derivados, rosas y flores, entre otros productos que forman parte de la canasta exportable ecuatoriana. La UE es un mercado de alto poder adquisitivo y sus habitantes se caracterizan por exigir productos de alta calidad, fabricados con responsabilidad social, lo que genera espacios para nichos donde Ecuador puede fortalecer su presencia. En su conjunto, la Unión Europea es una de las economías más fuertes del mundo. De acuerdo con datos del Banco Mundial, en el año 2015 el Producto Interno Bruto (PIB) de la UE ascendió a $ 16,31 billones, y su PIB per 25
cápita fue de $ 32.005, es decir, más de cinco veces mayor al registrado por Ecuador en ese mismo año que fue de $ 6.205. Por lo expuesto, la suscripción de un acuerdo comercial con la Unión Europea significa para Ecuador contar con acceso previsible a un mercado de gran relevancia económica a nivel mundial. Relación Comercial de Ecuador con la Unión Europea Ecuador ha mantenido históricamente un saldo comercial positivo con la UE. En el 2015, se registró un superávit comercial frente al bloque europeo por más de $ 400 millones. En ese año, según datos del Banco Central, Ecuador exportó un total de $ 2.700 millones hacia la UE: $ 1.500 millo-
nes en el ámbito agrícola y $ 1.200 millones en el ámbito industrial y pesquero. Durante el período 2007-2015, la Unión Europea representó para Ecuador el principal destino de las exportaciones no petroleras con el 27% del total de exportaciones del país. Considerando unicamente el año 2015 únicamente, la Unión Europea representó alrededor del 25% del total de exportaciones no petroleras de Ecuador, siendo el segundo destino de las exportaciones ecuatorianas en ese año. En lo que concierne a las exportaciones totales, estas pasaron de $ 1.816 millones en el 2007 a $ 2.773 millones en el 2015, lo que significó un crecimiento del 52,7% en los últimos 9 años:
Millones de US$ FOB
Balanza Comercial Total Ecuador-UE Millones US$ FOB - Miles TM 3.500 3.000 2.500 2.000 1.500 1.000 500 0 -500
3.000 2.500 2.000 1.500 1.000 500 2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
EXPORTACIONES
1.816
2.193
2.082
2.267
2.692
2.455
3.032
2.982
2.773
IMPORTACIONES
1.149
1.478
1.480
1.733
2.187
2.771
2.780
2.879
2.365
BC TOTAL
667
EXPORTACIONES TM 2.571
715
602
534
505
-316
252
103
408
2.662
2.716
2.472
2.793
2.264
2.473
2.377
2.366
Fuente: Banco Central del Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
26
0
La importancia comercial que ha adquirido la UE para las exportaciones no petroleras de Ecuador, la ha convertido en un mercado fundamental que impulsa la transición del país hacia una economía basada en la industrialización y el incremento del valor agregado de sus productos. Este proceso de desarrollo productivo
ecuatoriano, se ve también evidenciado a través del incremento de las exportaciones. En lo relacionado a las ventas no petroleras de Ecuador hacia la UE, estas pasaron de $ 1.788 millones en el 2007 a $ 2.773 millones en el 2015, lo que significó un incremento de 55,1% entre el 2007 y el 2015:
3.500 3.000 2.500 2.000 1.500 1.000 500 0
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
EXPORTACIONES
1.788 2.193 2.082 2.267 2.641 2.455 2.744 2.947 2.773
IMPORTACIONES
1.062 1.468 1.284 1.646 2.023 2.087 2.120 2.272 2.080
BC NO PETROLERA
726
725
798
621
618
368
624
675
3.000 2.500 2.000 1.500 1.000 500 0
Miles de TM
Millones de US$ FOB
Balanza Comercial No Petrolera Ecuador - UE Millones US$ FOB - Miles TM
693
EXPORTACIONES TM 2.517 2.662 2.716 2.472 2.711 2.264 2.046 2.328 2.366 Fuente: Banco Central del Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
Durante el período 2007-2015, la UE representó el 27% de las exportaciones no petroleras de Ecuador, seguido por los Estados Unidos (24%), la Comunidad Andina (CAN) (13%) y Rusia (7%): Principales destinos de las exportaciones no petroleras de Ecuador Participación según valor acumulado 2007 – 2015 ARGENTINA; 1% JAPÓN; 1% CHINA; 2% VIETNAM; 2% CHILE; 3%
LOS DEMÁS PAÍSES ; 12%
UE; 27%
VENEZUELA; 7% RUSIA; 7%
EEUU; 24% CAN; 13%
27
Los principales productos de exportación de Ecuador a la Unión Europea son: banano, frutas y hortalizas frescas, camarones y langostinos, conservas de atún y demás pescados, esencias de café, cacao y chocolates, confites, rosas y flores, conservas de frutas, de vegetales y de hortalizas, aceite de palma, confecciones, calzado, sombreros, manufacturas plásticas y artesanías. Cabe anotar que, de los productos mencionados, Ecuador se ha convertido en los últimos años en el principal proveedor de la Unión Europea de preparaciones y conservas de atún, extractos y esencias de café, jugos de frutas tropicales y de palmito.Además deser el tercer proveedor de rosas y aceite de palma. El ingreso preferencial de los productos ecuatorianos de exportación a la Unión Europea ha permitido mantener y mejorar las condiciones de acceso a este importante mercado, garantizando el crecimiento y desarrollo de la industria y la economía, generando y preservando empleos, sobre todo a nivel de las micro, pequeñas y medianas empresas. La UE es el principal consumidor de las exportaciones ecuatorianas de actores de la economía popular y solidaria (EPS), representando un 47% del total de sus exportaciones al mundo. Los principales productos exportados en el 2015 por EPS fueron: banano, cacao en grano, fibras de coco, azúcar de caña o de remo-
lacha, café incluso tostado, crustáceos, flores y capullos, y pescado congelado. De 2007 al 2015, las exportaciones de las EPS y aquellas bajo la modalidad de comercio justo a la Unión Europea, en volumen, incrementaron en 112% y 1.150%, respectivamente. Con relación a las exportaciones de comercio justo, la Unión Europea también es el principal consumidor (37%)2. Entre los principales productos exportados en el 2015 bajo esta modalidad se encuentran: banano (orgánico), cacao en grano, rosas y otras flores, frutas deshidratadas, quinua y café. Más aún, la Unión Europea es el segundo destino de las exportaciones de las MIPYMES (24%)3 Entre los principales productos exportados en el 2015 se destacan: banano fresco o seco, flores y capullos, crustáceos, cacao en grano, preparaciones y conservas de atún, camarones y langostinos congelados. Por el contrario, los principales productos de importación de Ecuador desde la Unión Europea son: bienes de capital (maquinaria, instrumentos de trabajo), materias primas e insumos (abonos, fertilizantes, materiales de construcción), combustibles y lubricantes, medicamentos, vehículos y cosméticos; lo que demuestra la complementariedad existente entre la economía ecuatoriana y la de la UE:
2 Valor FOB acumulado 2007-2015. Fuentes: SENAE/FLO/WFTO/IMO/ECOC ERT 3 Valor acumulado 2007-2015. Fuente: SENAE.
28
PRINCIPALES PRODUCTOS DE EXPORTACIÓN DE ECUADOR
PRINCIPALES PRODUCTOS DE IMPORTACIÓN DESDE UE
Banano y plátano Frutas y hortalizas frescas Camarones y langostinos Conservas de atún y demás pescados Esencias de café Cacao y chocolates Confites Rosas y flores Conservas de frutas Conservas de vegetales y hortalizas Aceite de palma Confecciones Calzado Manufacturas plásticas
Bienes de capital (maquinaria, instrumentos de trabajo) Materias primas e insumos (abonos, fertilizantes, materiales de construcción) Combustible y lubricantes Medicamentos Vehículos Cosméticos
Fuente: Banco Central del Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
a. Relevancia del acuerdo para el sector productivo ecuatoriano Dado que en los últimos años Ecuador había presentado importantes avances económicos y sociales, conforme al Reglamento 1421/2013 de la UE, el país debía graduarse del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) otorgado por el bloque europeo, el 31 de diciembre de 2014. En estas circunstancias, la necesidad de un acuerdo comercial con el bloque europeo era imperiosa a fin de mantener y mejorar las condiciones de competitividad del país. Situación que iba permitir al sector exportador ecuatoriano ampliar su presencia en ese mercado y prevenir el desplazamiento de los flujos comerciales a favor de países
competidores que cuentan con instrumentos comerciales con dicho bloque. En tal virtud, los principales sectores productivos del país reafirmaron su postura a favor de suscribir un acuerdo comercial con la UE, pues resultaba fundamental darle previsibilidad a importantes e históricas relaciones comerciales. En general, las opiniones del sector exportador han remarcado que este acuerdo permitirá al país no solamente mantener el flujo de comercio con el mercado europeo, sino incrementar su presencia en él. La suscripción de este instrumento le otorga herramientas al sector productivo para generar nuevos emprendimientos que podrían desarrollarse tanto 29
en Ecuador, como en cooperación con el sector privado de los otros socios andinos, e incluso de los centroamericanos, gracias a condiciones favorables negociadas en el acuerdo en materia de acumulación de origen (este aspecto se desarrolla en el capítulo IV de estas memorias).
posibilidad para impulsar el desarrollo de este importante sector de exportación que brinda oportunidades de empleo a cientos de personas. De igual forma, los productores aspiran captar recursos de la inversión europea para el mejoramiento de la eficiencia productiva.
Estas impresiones a favor del acuerdo con la UE han sido recogidas por la prensa nacional, los boletines expedidos por el sector productivo y exportador, y fue también expresado ante la Comisión de la Asamblea Nacional que conoció y emitió informe favorable sobre el acuerdo. Al respecto, cabe destacar algunas posiciones:
Asociación de Productores Ecuatorianos de Frutas y Legumbres, APROFEL: La Asociación ha explicado que el cultivo y cosecha de productos como el brócoli, espinaca y zanahoria, dan empleo a más de 3.000 personas, con una presencia laboral muy importante de mujeres. Ha señalado además que el ACM permitirá evitar un 14% de arancel para el caso del brócoli, lo que mejorará las perspectivas de crecimiento de este sector.
Cámara Nacional de Acuacultura: Este sector ha señalado que el Acuerdo Comercial Multipartes con la UE (ACM) es un instrumento para mejorar el acceso al mercado comunitario y abre la oportunidad para que los productos ecuatorianos sean más competitivos en un escenario donde la producción nacional debe competir con países asiáticos que ya cuentan con acuerdos comerciales con la UE, estructuras de costos más flexibles y moneda propia. El sector ha destacado además que Ecuador provee el 24% del camarón importado por la UE y que el ACM permitirá expandir las ventas de este producto, así como captar inversión extranjera para fortalecer esta rama productiva. Provefrut S.A.: Esta empresa ha explicado que, en el campo de los productos vegetales congelados, el ACM abre la 30
Federación Ecuatoriana de Exportadores, FEDEXPOR: Para este gremio, el acuerdo contribuye al crecimiento económico general del país dado que permite mejorar la competitividad del sector productivo ecuatoriano, tomando en cuenta que la UE representa casi el 25% de las exportaciones no petroleras de Ecuador y generan más de 300.000 plazas de empleo directos. Según FEDEXPOR, la no suscripción de un Acuerdo con la UE generaría un alto impacto económico durante los primeros años de no contar con preferencias. Se cita el caso del banano, cuyas condiciones de acceso a la UE ya se encontraban en desventaja en comparación con otros países competidores que tenían vigentes instrumentos comerciales
con el bloque europeo. Adicionalmente, el gremio prevé que con el ACM existirá un aumento gradual y significativo de las exportaciones ecuatorianas, generándose una oportunidad para diversificar las ventas nacionales de productos no tradicionales. Corporación de Promoción de Exportaciones e Inversiones, CORPEI: Para CORPEI, en toda negociación existen sectores ganadores y aquellos sectores que requieren de ciertos mecanismos de protección para su adaptación a las nuevas condiciones de competencia. No obstante, para esta corporación el acuerdo con la UE permitirá importantes beneficios para más del 90% de productos ecuatorianos, por lo que el sector productivo ecuatoriano visualiza el ACM como una oportunidad para mejorar la competitividad del país. Consorcio Ecuatoriano de Comercio Justo: El Consorcio dio a conocer la importancia de este sector productivo ecuatoriano basado en comercio justo, cuyo fundamento es el trabajo comunitario y sostenible. Este tipo de producción les atribuye a los productos calidades especiales que han sido apreciadas por varios mercados alrededor del mundo, en particular por Europa, en donde han podido ubicarse exportaciones de productos como banano, cacao, elaborados de banano y productos agrícolas en general. Este sector ha informado además que los beneficiarios directos del comercio justo alcanzan a 500.000 familias ecuatorianas.
Fundación Maquita Cushunchic, MCCH: Según esta Fundación, la quinua, el cacao y sus derivados, entre otros productos agrícolas de la economía popular y solidaria podrán beneficiarse directamente del ACM. Los campesinos sentirán el valor de sus propios productos a través de las exportaciones a este importante mercado, en ese sentido, es fundamental aprovechar cada uno de las oportunidades que vendrán de la mano con este instrumento comercial. Cámara Ecuatoriana de Industriales y Procesadores de Atún, CEIPA: Según lo ha manifestado CEIPA, entre los años 2007 y 2015 las actividades de pesca han contribuido en promedio con el 1,5% del PIB no petrolero y representaron un 13,6% de las exportaciones no petroleras de Ecuador. Según cifras del sector, el 60% de su producción depende del mercado de la UE, por lo que es esencial para los productos de la pesca contar con previsibilidad en ese bloque comercial a efectos de mantener su participación y competitividad, lo que impulsará el desarrollo de nuevos productos con valor agregado. Asociación de Exportadores de Banano de Ecuador, AEBE: Para el sector bananero, el ACM beneficiaría directamente a la producción de alrededor de 40.000 hectáreas de propiedad de pequeños y medianos productores, asegurando el empleo directo e indirecto de alrededor de 700.000 personas que colaboran en toda la cadena productiva. Para AEBE, la contribución del banano en el ingreso 31
de divisas a Ecuador y en la generación de empleo ha sido trascendental para el país. Alrededor del 30% del banano ecuatoriano se exporta a la UE, convirtiendo a este mercado en uno de los más atractivos para la actividad bananera. Asociación Nacional de Productores y Exportadores de Flores de Ecuador, EXPOFLORES: Para este sector, el acuerdo brinda retos y oportunidades pues permite a los productores nacionales exigirse mayor calidad y valor agregado, lo que incentivará la innovación de los procesos productivos del país. Asociación de Pequeños Productores de Banano Certificado, ASOGUABO: Para esta Asociación, el ACM beneficiará directamente a pequeños productores asociados bajo la modalidad
32
de comercio justo, dado que la Unión Europea representa un importante nicho de consumo en los segmentos de fruta orgánica. El sector productivo ha reconocido la decisión política y el trabajo técnico realizado con el objetivo de suscribir un Acuerdo Comercial con la Unión Europea, que impulsará el desarrollo, la diversificación y la innovación de la producción y la oferta exportable ecuatoriana. Para estos sectores, las familias que dependen directa e indirectamente de este instrumento comercial podrán contar con un mercado seguro y sostenible para la exportación de sus productos, lo que permitirá mayor estabilidad y previsibilidad en la relación comercial con uno de los mercados más grandes del mundo.
LA NEGOCIACIÓN
CAPÍTULO II 2.1. Los inicios (2007-2009) 2.1.1. Negociación de un acuerdo de asociación entre bloques Con el mandato negociador entre bloques establecido en la Declaración de Viena, la CAN y la UE expresaron, en mayo de 2007, la intención de iniciar las negociaciones para establecer un Acuerdo de Asociación (AA). Un Acuerdo de Asociación implicaba una negociación de bloque a bloque, es decir que los países de la Comunidad Andina debían consensuar posiciones comunes. Para el efecto, los países andinos adoptaron la Decisión 667 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Reunión ampliada con la Comisión del 8 de junio de 2007, por medio de la cual se definieron las bases de la negociación comercial con la UE. Dicha normativa, entre otros factores, reconocía “la existencia de diferentes niveles de desarrollo y enfoques económicos entre sus Países Miembros”, así como “las asimetrías existentes entre la Comunidad Andina y la Unión Europea y al interior de la Comunidad Andina” con el objeto de asegurar un “trato especial y diferenciado para Bolivia y Ecuador”.
Las negociaciones entre los dos bloques económicos se lanzaron el 14 de junio de 2007 durante la XVII Reunión del Consejo Presidencial Andino, que tuvo lugar en Tarija, Bolivia. Durante este encuentro, las partes expresaron la importancia de considerar los diferentes niveles de desarrollo económico existentes entre la CAN y la Unión Europea y se anunció “la voluntad por parte de la Unión Europea de reconocer las asimetrías existentes en el interior de la región andina”, lo que “daría lugar cuando fuese pertinente a un tratamiento diferenciado a Bolivia y Ecuador”.4 A fin de establecer una base legal para el proceso de negociaciones del Acuerdo de Asociación al interior de Ecuador, el Consejo de Comercio e Inversiones (COMEXI)5, como órgano rector de la política comercial y de inversiones, emitió la Resolución No. 392, publicada en el Registro Oficial No. 169 del 13 de septiembre de 2007. En los artículos 1 y 3 estableció las estrategias y políticas generales para la negociación del Acuerdo de Negociación con la UE y dio las directrices para la conformación del equipo negociador.6 El inicio de las negociaciones del Acuerdo de
4 Esta decisión fue derogada en el 2010, a través de la Decisión 738 de la CAN, no obstante, constituyó un antecedente fundamental para lograr el Trato Especial y Diferenciado reflejado en el Acuerdo Comercial Multipartes actual. 5 El Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI) fue el cuerpo colegiado conformado por representantes del sector público y privado, encargado de determinar políticas, expedir normas y proponer lineamientos relacionados con estas materias, desde 1997 hasta finales de 2010, año en el que se expidió el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), a través del cual se creó el Comité de Comercio Exterior (COMEX), que reemplazó al COMEXI. 6 La Resolución COMEXI No. 169 estableció que el Coordinador General de las Negociaciones con la UE sería el Subsecretario de Asuntos Económicos y Comerciales de la Cancillería y que se nombraría responsables para la coordinación de los tres grupos de negociación: Comercio, Diálogo Político y Cooperación. En este sentido, el Subsecretario de Asuntos Económicos y Comerciales de la época, Embajador Mentor Villagómez, asumió el rol de Jefe Negociador de Ecuador, y se nombró a los siguientes responsables de cada grupo: Humberto Jiménez (Comercio), Leonardo Arízaga (Diálogo Político) y Lourdes Puma (Cooperación).
35
Asociación con la Unión Europea coincidió con el primer año de Gobierno del Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, quien puso sobre la mesa la necesidad de cambiar la lógica de los acuerdos de libre comercio tradicionales que traían desventajas para los países menos desarrollados y planteó la importancia de buscar un nuevo modelo de acuerdo que cubra no solo el ámbito comercial, sino que se complemente con el desarrollo de un diálogo político y de cooperación, que permita superar las asimetrías. De hecho, los lineamientos que guiarían los procesos de negociaciones comerciales en Ecuador cambiaron de manera sustancial con la expedición de la nueva Constitución de la República en el año 2008 y la adopción del Plan Nacional de Desarrollo, que “conciben al comercio exterior como una herramienta de desarrollo endógeno, como modelo adecuado para la reducción de la pobreza e inserción del país en la economía global”.7 En este nuevo escenario de política comercial, el Acuerdo de Asociación que se diseñó entre la CAN y la UE calzaba con el enfoque de los instrumentos comerciales propuestos por el país. No obstante, a pesar de los esfuerzos realizados por Ecuador para mantener la negociación del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea sobre la base de sus tres pilares constitutivos: diálogo político, cooperación y comercio, no fue posible continuar con este esquema por la falta de con-
senso entre las posiciones de los países andinos, debido principalmente a diferencias en la visión de desarrollo.8 Solo se dieron tres rondas siguiendo el formato entre bloques, entre los años 2007 y 2008. La primera ronda tuvo lugar en Bogotá entre el 17 y 21 de septiembre de 2007, la segunda ronda se realizó en Bruselas del 10 al 14 de diciembre de ese mismo año y la tercera se dio en Quito del 21 al 25 de abril de 2008. Fue en esta última ronda donde se hizo evidente la dificultad de los países andinos de encontrar un consenso respecto a temas específicos en los ámbitos de propiedad intelectual, compras públicas, desarrollo sostenible y servicios, a la vez que la UE expresó limitaciones para atender las asimetrías entre los bloques, así como entre los países andinos. 2.1.2. Traslado a un enfoque de negociación bilateral Las dificultades de avance suscitados en el formato entre bloques condujeron a que durante la V Cumbre entre la UE y América Latina y el Caribe, llevada a cabo en Lima el 17 de mayo de 2008, la CAN y la UE establecieran un marco flexible para la asociación de ambos bloques, en el cual cada país de la CAN pudiera elegir si negociaba todos los pilares del referido acuerdo (comercio, diálogo político y cooperación) o solo alguno de ellos, según sus posibilidades, intensidades, plazos y velocidades.9
7 LEVÍ, Michel, Ecuador-Unión Europea: lógicas de una negociación inconclusa, Friedrich-Ebert-Stiftung (FES), 2013. 8 VILLAGÓMEZ, Mentor, Acuerdo Comercial Multipartes Ecuador-Unión Europea, Revista AFESE Nro. 56. 9 ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA), Países Andinos – Unión Europea, Sistema de Información de Comercio Exterior (SICE), http://www.sice.oas. org/TPD/AND_EU/AND_EU_s.ASP
36
LA NEGOCIACIÓN
Con estas condiciones de mayor flexibilidad, se tenía previsto realizar la cuarta ronda de negociaciones en julio de 2008, pero se presentaron nuevas dificultades que agudizaron las ya existentes al interior de los países andinos. Por su parte, Perú estaba interesado en flexibilizar la normativa andina de propiedad intelectual, con lo que especialmente Bolivia no estaba de acuerdo. Por otro lado, Colombia y Ecuador habían roto relaciones diplomáticas desde marzo de 2008, tras el operativo militar del ejército colombiano en territorio ecuatoriano.10 Días antes de la cuarta ronda, programada para ser realizada entre el 7 y 11 de julio de 2008, Ecuador en ejercicio de la Presidencia Pro-Témpore de la CAN, solicitó a la UE que no se discutieran los temas en los que todavía no se alcanzaba un consenso andino (comercio y desarrollo sostenible y propiedad intelectual). Ante esta solicitud, la UE decidió la suspensión de la ronda, en espera de que la CAN resuelva sus diferencias internas. Mientras Ecuador y Bolivia deseaban avanzar en las negociaciones, siempre y cuando se logre un acuerdo equilibrado en el que se respeten las asimetrías y las diferentes visiones de desarrollo, Colombia y Perú tenían mayor urgencia de avanzar hacia la consolidación de un instrumento comercial con la UE. En este contexto, en septiembre de 2008 Colombia y Perú decidieron enviar, cada país, cartas idénticas a la Comisión Europea, solicitando dar inicio a una negociación bilateral entre cada país andino y la Unión Europea.
Pese a que Ecuador, en su calidad de presidente Pro-Témpore de la CAN, convocó a una Cumbre Andina, que tuvo lugar en octubre de 2008, con el objetivo de impulsar la continuación del proceso de negociaciones entre bloques, finalmente no se logró mantener el consenso al interior del bloque. Tanto Colombia como Perú decidieron avanzar a su propio ritmo a través de negociaciones bilaterales, conforme al ofrecimiento formulado por el presidente de la Comisión Europea, Juan Manuel Durao Barroso, en comunicaciones enviadas a esos países antes de la mencionada Cumbre. Como resultado de la Cumbre Andina, los miembros de la CAN acordaron mantener una reunión con la UE en noviembre de 2008. En las discusiones intra-bloque mantenidas previamente a este encuentro, se verificó la falta de acuerdo entre los países andinos, puesto que Colombia y Perú insistieron en avanzar en negociaciones bilaterales. En este sentido, pese a que Ecuador, como Presidencia Pro-Témpore solicitó postergar la reunión de noviembre con la UE, Colombia y Perú asistieron a la cita que fue presidida por la comisaria de Relaciones Exteriores de la UE, Benita Ferrero-Waldner. En esta reunión, la Unión Europea decidió optar por la vía propuesta por Colombia y Perú de iniciar negociaciones de manera bilateral con los países andinos que estén dispuestos a participar en el proceso, dejando la apertura para que los países andinos que no inicien la negociación en ese momento, se incorporen al acuerdo posteriormente.
10 ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE ORGANIZACIONES DE PROMOCIÓN AL DESARROLLO, Negociaciones comerciales entre la UE y los países Andinos, Gloobal, Bruselas, 2009, http://www.gloobal.net/iepala/gloobal/fichas/ficha.php?entidad=Textos&id=11053&opcion=documento#ficha_gloobal
37
Con estos antecedentes, el 19 de enero de 2009 el Consejo de la Unión Europea modificó el mandato original y autorizó a la Comisión Europea la negociación en una modalidad multipartes. Esto significó que, aunque el acuerdo tendría un tronco común, ciertos aspectos del marco normativo y las listas de ofertas se negociarían de manera bilateral entre la UE y cada uno de los países andinos. Así cada negociación podría concluir en diferentes fechas. El presidente de la Comisión Europea informó a los países de la CAN sobre la Decisión adoptada por el Consejo de la UE de dar luz verde a una negociación bilateral del capítulo comercial, mientras que para los capítulos de diálogo político y cooperación se mantendría el enfoque de región a región. Por otro lado, en el marco de la Comunidad Andina no fue necesario adoptar una Decisión que viabilice la negociación multipartes, debido a la existencia de la Decisión 598 del Consejo Andino de ministros de Relaciones Exteriores, adoptada en reunión ampliada con la Comisión, publicada en la Gaceta Oficial el 16 de julio de 2004, por la cual los países Miembros establecieron que “de no ser posible, por cualquier motivo, negociar comunitariamente, los países miembros podrán adelantar negociaciones bilaterales con terceros países”.
11
Aunque la Unión Europea había manifestado su intención de que el pilar comercial se negocie de manera bilateral, mientras que los pilares de diálogo político y cooperación se manejen a nivel de bloque, Colombia y Perú deci-
dieron enfocarse en la negociación del ámbito comercial. Esto debido a que ya se contaba con un Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación, suscrito por los dos bloques en el año 2003, el cual podría satisfacer estos ámbitos. Si bien Ecuador procuró defender la negociación en bloque de estos pilares, finalmente planteó como solución que el Acuerdo Comercial Multipartes incluya un componente de cooperación económica, a lo cual la UE accedió. Pese a que el fin del formato de una negociación entre bloques causó dificultades, dada la importancia del mercado europeo para Ecuador y la pérdida de competitividad para sus exportaciones si sus vecinos y principales competidores alcanzaban un acuerdo comercial con ese bloque, el Gobierno ecuatoriano decidió, en enero de 2009, continuar participando junto con Colombia y Perú en la negociación de un “Acuerdo Comercial Multipartes con la Unión Europea”, mientras que Bolivia, por su parte, anunció su retiro definitivo del proceso. No obstante, Ecuador anticipó que su permanencia en la negociación estaría ligada a que se tenga en cuenta las asimetrías entre la UE y los países andinos, así como entre estos últimos; que se respeten las disposiciones de su nueva Constitución y sus políticas públicas de desarrollo; las sensibilidades expresadas por Ecuador en materias tales como servicios, propiedad intelectual, compras públicas y competencia; y, la existencia de una cooperación que permita la ejecución y aprovechamiento del acuerdo en beneficio del desarrollo del país.12
11 Ibid 12 Con fecha 22 de enero de 2009, el Presidente de la República de Ecuador, Rafael Correa Delgado, dirigió al Presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durao Barroso, una comunicación expresando la disposición del Gobierno Nacional para “…avanzar bilateralmente en una negociación comercial que involucre la cooperación económica, para desarrollar las capacidades institucionales necesarias para un real aprovechamiento de esa negociación y que facilite la implantación de políticas de desarrollo justo y equitativo, de manera tal que se pueda estructurar lo que se llamaría un verdadero Tratado Comercial para el Desarrollo”.
38
LA NEGOCIACIÓN
Continuando en el proceso para retomar las negociaciones en un esquema multipartes, el 22 de enero de 2009 los jefes negociadores de Colombia, Perú, Ecuador y la Unión Europea firmaron el Marco General para las Negociaciones de un acuerdo comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos, en el cual se reiteró la necesidad del reconocimiento de asimetrías entre los países andinos y la UE, así como entre los países andinos. Este documento, suscrito por el jefe negociador de Ecuador de aquel momento, el embajador Mentor Villagómez Merino, se convertiría en los términos de referencia o lineamientos que guiarían la negociación. Precisamente fue el reconocimiento por parte de la Unión Europea de las diferencias y asimetrías existentes con Ecuador, lo que facilitó en su momento al país negociar este acuerdo comercial a través de un tratamiento especial y diferenciado, permitiéndole salvaguardar espacios de política pública, protección del empleo ecuatoriano, el manejo de sectores estratégicos, entre otros importantes aspectos. Marco general de la negociación (22 de enero de 2009) Una de las características generales del ACM será constituir un acuerdo equilibrado, “…admitiendo cuando sea necesario diferenciaciones y excepciones para tomar en cuenta, entre otras, la asimetría de desarrollo y las sensibilidades de cada una de las partes. Las asimetrías existentes entre los países an-
dinos y la Unión Europea y entre los países andinos serán reconocidas y reflejadas, cuando sea pertinente, en el grado de los compromisos que las partes asuman, asegurando un trato especial y diferenciado para los países andinos frente a la Unión Europea…” Desde el inicio de este nuevo proceso de negociaciones, Ecuador participó en cuatro rondas, que tuvieron lugar durante los meses de febrero (Bogotá), marzo (Lima), abril (Quito) y junio (Bruselas) de 2009. Sin embargo, antes de la quinta ronda, realizada en julio de 2009, Ecuador decidió suspender temporalmente su participación en las negociaciones, debido en parte, a que las necesidades nacionales en el momento no siempre compaginaban con las de Perú y Colombia y, por ende, se requería de un examen más cuidadoso de varios apartados del texto en negociación, en atención a los lineamientos de la Constitución de Ecuador y al nuevo modelo de desarrollo adoptado por el país. Ecuador encontró dificultades para avanzar con el enfoque de la UE principalmente en los ámbitos de propiedad intelectual, servicios y establecimiento, compras públicas, competencia y agricultura. Sobre este último ámbito, el principal obstáculo fue el banano, ya que la UE no había implementado de manera satisfactoria las recomendaciones que había formulado el Órgano de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre el régimen europeo de importación de este producto.13 En este sentido, Ecuador condicionó
13 Con la consolidación del mercado único europeo en 1991, se estableció un solo régimen de importación de banano, el cual se caracterizó por el establecimiento de cuotas y licencias de importación que tenían como objetivo proteger a la producción de banano de los países ACP (África, Caribe y Pacífico) bajo el Convenio de Lomé, así como, a la producción de la fruta en territorios comunitarios como las Islas Canarias, Creta, Guadalupe, Martinica, entre otros, generando una situación de discriminación para los otros países proveedores de este producto.
39
su retorno a la mesa de negociaciones hasta que se logre un acuerdo satisfactorio para el tema del banano en el ámbito multilateral. Para este efecto Ecuador, junto con otros países productores de banano interesados, negociaron con la UE un acuerdo sobre comercio de banano, el cual fue suscrito finalmente el 31 de mayo de 2010 (Acuerdo de Ginebra sobre el Comercio de Bananos). 14 En dicho instrumento, la UE otorgó un trato no discriminatorio a todos sus proveedores de banano y se comprometió a desgravar el arancel para la importación de este producto de 176 euros/tonelada métrica hasta 114 euros/tonelada métrica, en forma progresiva hasta el año 2017. Mientras tanto, Colombia y Perú continuaron con la negociación del Acuerdo Multipartes, concluyendo la misma en la novena ronda, realizada en Bruselas entre el 22 y el 28 de febrero de 2010. Desde su retiro, Ecuador asistió como observador a todas las demás rondas, excepto a la sesión de cierre. Cabe resaltar que antes del retiro temporal, Ecuador había participado en total en siete rondas de negociación junto con los demás socios andinos (tres rondas en el proceso entre bloques y cuatro rondas en el proceso multipartes). En esas rondas, el país tuvo la oportunidad de presentar una serie de propuestas, que fueron recogidas en gran medida en el texto del Acuerdo Multipartes suscrito por Perú y Colombia con la UE.
Esto facilitó el proceso de negociación que Ecuador retomó posteriormente. 2.2. El período de análisis (2010-2012) Una vez suscrito el Acuerdo de Ginebra sobre el Comercio de Bananos, se decidió al más alto nivel retomar el diálogo técnico con miras a reiniciar las negociaciones. Esta decisión fue comunicada oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador a las autoridades europeas el 18 de febrero de 2010. En ese mismo año, Ecuador inició un trabajo de revisión de los textos concluidos por Colombia y Perú. Se acordó con la UE efectuar un ejercicio de evaluación detallado y conjunto para determinar el alcance de los compromisos que podían asumirse entre las partes, así como las modalidades y el cronograma de la negociación. El análisis para retomar el proceso de negociaciones requirió de cuatro reuniones de evaluación conjunta entre Ecuador y la UE, que se desarrollaron entre el año 2010 y 2012. Durante el 2010, se realizaron dos reuniones de evaluación conjunta, la primera tuvo lugar en la ciudad de Quito, del 14 al 16 de junio de 2010 y la segunda se realizó en Bruselas, del 4 al 6 de octubre de ese mismo año. Durante este proceso Ecuador dejó claro que, si bien existía el entendimiento de que el Acuerdo Multipartes era un instrumento único, enmarcado en la normativa de la OMC, este debía contemplar diferencias específicas
14 Los países que suscribieron el Acuerdo del Banano con la UE fueron: Ecuador, Brasil, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú y la República Bolivariana de Venezuela.
40
LA NEGOCIACIÓN
para el país de conformidad con su legislación. En este sentido, Ecuador empezó a trabajar para que la negociación con la UE no constituya una simple adhesión a los resultados alcanzados por los otros países andinos, sino que se incluyan especificidades a favor de los intereses del país. Como ya se mencionó, gran parte de las premisas y requerimientos que Ecuador había presentado durante las rondas de negociación en las que participó fueron incluidas dentro del acuerdo concluido por Colombia y Perú con la UE, por lo que Ecuador se sintió en la capacidad de asumir como suyos diversos ámbitos negociados en el Acuerdo Multipartes. No obstante, además de la lógica necesidad de que se negocie con la UE compromisos específicos en acceso a mercados de bienes y servicios, Ecuador advirtió la necesidad de negociar adaptaciones en el ámbito de contratación pública, servicios, propiedad intelectual y otras materias en el texto general del acuerdo, a fin de que se consideren aspectos importantes de la legislación nacional. En cumplimiento de este proceso, en febrero de 2011 Ecuador remitió al jefe negociador de la UE de la época, Gaspar Frontini, clarificaciones y posiciones nacionales en los temas de servicios y establecimiento y compras públicas, para el análisis por parte de la UE. Para revisar dichos temas, la ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad, Nathalie Cely, acompañada del viceministro de Comercio Exterior e Integración Económica, Francisco Rivadeneira, y del jefe negociador de Ecuador, Mentor Villagómez, decidieron vi-
sitar a las autoridades europeas en Bruselas, entre el 25 y 27 de mayo de 2011.
De izquierda a derecha: embajador Mentor Villagómez, jefe negociador en la primera etapa del proceso y Gustavo Martín Prada, director de la UE para América Latina. 2010. Fuente: Diario El Universo
Previamente a dicho viaje, se recibió respuesta de parte de la UE solicitando mayor precisión y claridad en cuanto al alcance de los compromisos que Ecuador podría adquirir en los ámbitos mencionados, para lo cual sugirieron la realización de una reunión a nivel técnico de los jefes negociadores y sus expertos o asesores. En respuesta, la ministra Cely transmitió a las autoridades europeas (Comisión y Parlamento) la voluntad del Gobierno ecuatoriano de culminar la negociación del acuerdo comercial con la UE y ofreció realizar un análisis de lo solicitado a fin de que la reunión técnica tenga lugar lo antes posible. La visita de las autoridades ecuatorianas finalmente se concretó en las fechas previstas.
41
Cabe señalar que en este punto, la instrucción del Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, era el mantener las negociaciones para lograr un acuerdo que resulte efectivo para el desarrollo de Ecuador; que respete las asimetrías entre las partes; que articule elementos de diálogo político e integración; que preserve espacios para la aplicación y desarrollo de políticas nacionales; que tome en cuenta el nuevo ordenamiento jurídico del país; y que conceda un acceso real y efectivo de los productos ecuatorianos de exportación al mercado europeo. La tercera reunión de evaluación conjunta entre Ecuador y la UE tuvo lugar el 9 de septiembre de 2011. Después de esta reunión, la UE remitió un Non Paper a Ecuador con preguntas e inquietudes sobre los ámbitos de contratación pública y de servicios y establecimiento, las cuales fueron respondidas por Ecuador antes de la siguiente reunión de evaluación, que tuvo lugar los días 2 y 3 de mayo de 2012. Con esta última reunión se finalizó el proceso de evaluación. El proceso de evaluación, las reuniones y las comunicaciones cursadas entre Ecuador y la UE entre los años 2010 y 2012 permitieron sentar compromisos que luego fueron retomados por el país una vez que reiniciaron oficialmente las negociaciones en el 2013, permitiendo salvaguardar los espacios de política pública de Ecuador de conformidad con su legislación interna. Sin embargo, al término del proceso de evaluación Ecuador constató que, a pesar de los esfuerzos realizados por ambas partes, exis-
42
tía aún una brecha entre lo que esperaba la Comisión Europea y lo que Ecuador estaba dispuesto a conceder. Los principales problemas se relacionaban con la aceptación de compromisos en materia de contratación pública (Ecuador solicitaba la transitoriedad de ciertas concesiones especiales a su favor) y de servicios (cumplimiento de la excepcionalidad para la prestación de servicios públicos y en sectores estratégicos por parte del sector privado). Todo el proceso de evaluación y reflexión que desarrolló Ecuador con la Unión Europea con el objetivo de retomar las negociaciones, coincidió con el proceso de revisión jurídica, firma y aprobación del Acuerdo Comercial Multipartes negociado por Colombia y Perú con ese bloque comercial. El 26 de junio de 2012, Colombia, Perú y la UE firmaron oficialmente el acuerdo y, en diciembre de ese año, fue ratificado por parte del Parlamento Europeo a fin de que pueda entrar en aplicación provisional. El Acuerdo Comercial Multipartes de la Unión Europea con Colombia y Perú entró en aplicación provisional en el 2013. Esto ocasionó que, según disposiciones del propio instrumento comercial, la incorporación de Ecuador a este acuerdo debía darse a través de la negociación de un Protocolo de Adhesión. 2.3. Reinicio de las negociaciones (2013-2014) 2.3.1. Gestión política y discusiones técnicas Previas
LA NEGOCIACIÓN
En el año 2013, se verificó un nuevo impulso político para reiniciar las negociaciones con la Unión Europea al producirse una reunión en Berlín entre el Presidente de la República de Ecuador, Rafael Correa Delgado, y la Canciller de la República Federal de Alemania, Angela Merkel. En dicha reunión, realizada el 17 de abril de 2013,
hubo la oportunidad de ratificar la voluntad política del Gobierno Nacional de continuar la negociación del acuerdo comercial con la UE. En esta ocasión, Ecuador expuso las necesidades de flexibilidad que requería para concluir la negociación y, a su vez, Alemania reiteró su voluntad de apoyar el proceso ante los órganos europeos correspondientes.
Reunión oficial entre la canciller de la República Federal de Alemania, Angela Merkel, y el Presidente de la República de Ecuador, Rafael Correa Delgado. Berlín, 17 de abril de 2013.
Sobre la base de los compromisos alcanzados en abril de 2013, y por instrucción de la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración de Ecuador, remitió el 17 de mayo de ese año, una nota al comisario de Comercio de la UE, en la que se señalaba que Ecuador estaba “listo para reanudar dichas negociaciones en un espíritu de franco entendimiento sobre las asimetrías que existen entre las
partes”. Asimismo, la nota expresaba que “con inteligencia y espíritu de colaboración” se podrían superar “las dificultades técnicas y concluir a la brevedad posible las negociaciones”. A través de esta comunicación, además se informó a la UE que el Presidente de la República, Rafael Correa, había encargado al viceministro de Comercio Exterior e Integración Económica, Francisco Rivadeneira, la dirección de dichas negociaciones.
43
Ante estas gestiones, en junio de 2013 el Comisario de comercio de la UE envió una respuesta a la Cancillería ecuatoriana, indicando la voluntad de recibir al equipo de Ecuador en Bruselas el 8 y 9 de julio de ese año, a fin de continuar con las discusiones técnicas en los ámbitos de contratación pública y servicios. Con miras a conformar el equipo negociador y preparar las discusiones técnicas, el Viceministro de Comercio Exterior e Integración Económica, Francisco Rivadeneira, remitió el 20 de mayo de 2013, comunicaciones a las autoridades de las diferentes Carteras de Estado que tenían competencias en este proceso, solicitando se designen a los funcionarios que formarían parte de las diferentes mesas de negociaciones que se retomarían. Esta nueva etapa del proceso tuvo incluso un mayor impulso con la decisión del Presidente de la República de Ecuador, Rafael Correa, de crear el 12 de junio de 2013 el Ministerio de Comercio Exterior. 15En ese momento, Francisco Rivadeneira Sarzosa, fue nombrado ministro de Comercio Exterior y máxima autoridad encargada de dirigir las negociaciones comerciales internacionales. Por su parte, el embajador Roberto Betancourt Ruales pasó a ocupar funciones como Subsecretario de Negociaciones Comerciales e Integración Económica en el Ministerio de Comercio Exterior y, en tal calidad, fue nombrado jefe negociador de Ecuador con la UE.
Con este antecedente, el 8 y 9 de julio de 2013 el ministro de Comercio Exterior, el jefe negociador y otros altos funcionarios de Ecuador, sostuvieron reuniones con el Comisario de Comercio de la UE, Karel de Gucht, el Director General de Comercio de la Comisión Europea, Jean-Luc Demarty y otros funcionarios de esa Dirección, para establecer las bases que permitirían la reanudación de las negociaciones bilaterales para alcanzar un Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes. Entre julio y diciembre de 2013, se produjeron varios encuentros de trabajo entre los jefes negociadores de Ecuador y de la UE con el objeto de preparar los aspectos técnicos y logísticos para la primera ronda de negociaciones, resultado de lo cual, Ecuador presentó para consideración de la UE dos paquetes de propuestas con textos que contenían los elementos que se había juzgado conveniente incorporar en el Acuerdo Comercial Multipartes. El trabajo desarrollado entre julio y diciembre de 2013 se basó en la revisión de las propuestas de Ecuador con precisiones a los textos del Acuerdo Comercial Multipartes, así como las solicitudes y ofertas intercambiadas por las partes en materia de acceso a mercados (agrícola e industrial), servicios y contratación pública. Se realizaron además discusiones previas sobre todas las disposiciones del acuerdo comercial.
15 El Ministerio de Comercio Exterior fue creado a través del Decreto Ejecutivo No. 25, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 19, de 20 de junio de 2013. El artículo 1 del Decreto dispone la creación de esta Ministerio como entidad rectora del comercio exterior y las inversiones y, en tal virtud, encargada de formular, planificar, dirigir, gestionar y coordinar, entre otros, la política de comercio exterior, la promoción comercial y las negociaciones bilaterales y multilaterales, entre otras funciones.
44
LA NEGOCIACIÓN
Pese a que el Título de Propiedad Intelectual del Acuerdo Comercial Multipartes no constaba dentro de aquellos pendientes de conclusión, Ecuador solicitó su reapertura para introducir ajustes y consideraciones de interés específico del país. En este mismo ámbito, la UE solicitó someter a discusión una metodología para el registro y protección de las indicaciones geográficas de interés de las partes. Durante todo el ejercicio preparatorio, que tuvo lugar entre julio y diciembre de 2013, el jefe negociador de Ecuador convocó a un sinnúmero de reuniones presenciales y videoconferencias con los técnicos delegados de las Carteras de Estado para el apoyo en las diferentes temáticas de negociación y, estableció además contacto con quienes habían formado parte de las negociaciones hasta el año 2009.16 Cabe destacar que la introducción de ciertas precisiones en el texto general del acuerdo fue una de las cuestiones básicas solicitadas por Ecuador. Estas precisiones perseguían:17 El reconocimiento transversal de asimetrías entre Ecuador y la Unión Europea, así como entre Ecuador y el resto de países andinos. La preservación del manejo de sectores estratégicos mediante diversos mecanismos introducidos a lo largo del texto del ACM, especialmente en el Título de
Servicios y Establecimiento. La preservación de espacios de política pública en los diversos títulos. La introducción de varios mecanismos de defensa comercial, particularmente de salvaguardia de industria naciente. La preservación del manejo de compras públicas como herramienta de desarrollo en base a las especificidades de la Ley de Contratación Pública. Actualización de los mecanismos e institucionalidad nacional en obstáculos técnicos al comercio y medidas sanitarias y fitosanitarias. Mayores niveles de trato especial y diferenciado con relación a Colombia y Perú en materia de acceso a mercados y normas de origen. Durante los meses de noviembre y diciembre de 2013, se llevaron a cabo también discusiones con la UE para coordinar las modalidades y temas logísticos de la primera ronda de negociaciones. Se acordó que la primera ronda tendría lugar en Bruselas entre el 13 y 17 de enero de 2014 y que la negociación se desarrollaría en seis mesas: acceso a mercado agrícola, acceso a mercado no agrícola, servicios y establecimiento, contratación pública, asuntos técnicos (indicaciones geográficas) y jefes negociadores. En esta última, se negociarían las
16 Informe del Jefe Negociador al Ministro de Comercio Exterior, 11 de noviembre de 2013. 17 Ibid.
45
precisiones al texto general del ACM, defensa comercial, ciertos aspectos de propiedad intelectual. Así como otros temas que requerían de una decisión de alto nivel. Entre otras gestiones políticas, el Presidente de la República, Rafael Correa, aprovechó su visita oficial a Francia realizada entre el 6 y 8 de noviembre de 2013, para apuntalar el proceso de negociaciones comerciales entre Ecuador y la UE. Es así que, en el marco de la declaración de los jefes de Estado Rafael Correa y François Hollande, se acordó “poner todo su esfuerzo a fin de que la conclusión de dicho acuerdo pueda darse sobre la base del intercambio de ofertas entre las dos partes”, que “fortalecer(á), en
un espíritu de igualdad y de interés mutuo, los intercambios económicos entre el Ecuador, Europa y Francia”.18 2.3.2. Rondas de negociaciones
La primera ronda de negociación tuvo lugar entre el 13 y 17 de enero de 2014, en Bruselas. De manera general, el tratamiento de las discusiones en esta ronda y sus resultados giraron en torno a las propuestas presentadas por Ecuador para modificar o precisar el texto general del instrumento. En esa oportunidad, Ecuador insistió en la necesidad de recibir un trato especial y diferenciado no solo con relación a la UE, sino también con relación al resto de países andinos, considerando los diferentes niveles de desarrollo.
La UE mostró flexibilidad y apertura durante la primera ronda y aceptó varias de las propuestas de precisiones al texto presentadas por Ecuador19. A su vez, solicitó explicaciones y mayor información sobre algunas medidas del país que de una u otra forma afectaban el ingreso de productos europeos a Ecuador. Entre estas se econtraban las normas de etiquetado, impuesto a los consumos especiales (ICE) cobrado a los licores, licencias no automáticas para productos agrícolas, certificados de reconocimiento de conformidad, entre otros En lo que respecta al acceso a mercados, Ecuador dejó sentado también la necesidad de obtener flexibilidades por parte de la UE y solicitó revisar algunas líneas establecidas en el arancel de base declarado en el 2007 para iniciar el cronograma de desgravación desde un nivel superior. Durante esta ronda, en la mesa de contratación pública Ecuador solicitó ciertas exclusiones a la cobertura del acuerdo orientadas a resguardar la capacidad reguladora del Estado en esta materia, de manera que el país pueda, conforme a su legislación, aplicar preferencias de contratación pública a favor de las MIPYMES y Asociaciones de la Economía Popular y Solidaria (AEPYS). Ecuador también solicitó, como parte de las excepciones al trato nacional, la desagregación tecnológica.20Además, se presentaron cambios en la oferta de 2009, los que se justificaron en función del papel relevante que el Gobierno Nacional les
18 Declaración Conjunta del Presidente de la República de Ecuador, Rafael Correa Delgado, y del Presidente de la República Francesa, François Hollande, de 7 de noviembre de 2013. Disponible en: http://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2013/11/declariacion-presidencial-ecuador-francia.pdf 19 Informe del Jefe Negociador sobre la Primera Ronda de Negociaciones, 31 de enero de 2014 20 Según el Art 6.10 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública la desagregación tecnológica es el “Estudio pormenorizado (…) sobre las características técnicas del proyecto y de cada uno de los componentes objeto de la contratación, en relación a la capacidad tecnológica del sistema productivo del país, con el fin de mejorar la posición de negociación de la Entidad Contratante, aprovechar la oferta nacional de bienes, obras y servicios acorde con los requerimientos técnicos demandados, y determinar la participación nacional…”
46
LA NEGOCIACIÓN
De izquierda a derecha: Santiago Apunte, Roberto Betancourt (Jefe Negociador de Ecuador), Javier Aliaga y Natalia Jiménez. Segunda Ronda de Negociaciones entre Ecuador y la UE. Manta, marzo de 2014.
había otorgado a las compras públicas para promover el desarrollo económico del país, en especial, de los sectores menos favorecidos. Finalmente, Ecuador solicitó un trato diferenciado con relación a Perú y Colombia en lo que respecta a umbrales21, ante lo que la UE indicó la posibilidad de ofrecer umbrales más altos con una temporalidad. La segunda ronda de negociaciones tuvo lugar en la ciudad de Manta, entre el 24 y 28 de marzo de 2014. Durante este encuentro, Ecuador puso especial énfasis en la importancia de incluir como precisión, dentro de los considerandos del acuerdo (Preámbulo), una redacción referente a los diferentes niveles de desarrollo económico y social tanto entre los Países Andinos como entre los Países Andinos signatarios y la Unión Europea,
y se buscaron alternativas de redacción con este propósito. Uno de los logros más importantes de esta ronda fue que la UE acordó incluir referencias con relación al concepto ecuatoriano de Asociaciones de la Economía Popular y Solidaria (AEPYS) en el texto del acuerdo, con el objetivo de salvaguardar un trato excepcional para las mismas conforme a lo estipulado en la legislación ecuatoriana. Por su parte, la Unión Europea presentó sus inquietudes relacionadas con aspectos de propiedad intelectual y su compatibilidad con el acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), tales como las tasas de registro y mantenimiento de patentes
21 En contratación pública, el umbral es el nivel o valor de contratación pública (marcado generalmente en Derechos Especiales de Giro – DEG) sobre el cual las Partes contratantes del Acuerdo están obligadas a cumplir con los compromisos y responsabilidades asumidas en el marco del mismo. 19Ecuador logró una prórroga de cinco años, contados desde la entrada en vigencia del Acuerdo, para aplicar la normativa de este instrumento relativa a la protección de datos de prueba.
47
y de obtentores vegetales cobradas en Ecuador.Así como del proceso de otorgamiento en el país de licencias obligatorias y sobre el artículo 61 de los ADPIC. En ese mismo ámbito, una de las principales solicitudes de Ecuador a la UE fue la necesidad de contar con una prórroga para la aplicación por parte del país de la protección de datos de prueba a fin de contar con suficiente tiempo de adaptación. En lo que respecta a contratación pública, Ecuador insistió en obtener excepciones con la finalidad de incluir disposiciones sobre desagregación tecnológica y protección de pequeños y medianos proveedores. Asimismo, Ecuador solicitó negociar una lista positiva de servicios de contratación pública, cambiando la modalidad acordada anteriormente por el país junto con los socios andinos. Igualmente, Ecuador obtuvo una herramienta adicional para proteger la industria nacional en el proceso de apertura de mercados, posibilitándole de aplicar una salvaguardia bilateral en caso de daño o amenaza de daño grave a una industria naciente y de no compensar a la UE cuando se aplique una salvaguardia bilateral, sino a partir del cuarto año. La tercera ronda tuvo lugar en Bruselas entre el 9 y 13 de junio de 2014. A partir de esta ronda, se empezó a trabajar de mane-
ra intensa con la Comisión Europea, a fin de que se establezca un mecanismo jurídico que permitiera a Ecuador seguir contando con las preferencias arancelarias del SGP+ hasta que pueda entrar en vigencia el acuerdo. En esta oportunidad, los jefes negociadores lograron consensos en la redacción conjunta para los pies de página pendientes relativos a protección de datos de prueba 22 y cooperación en el marco de la Convención Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV)23. Situación con la que se finalizó la revisión de todas las precisiones al texto general del acuerdo que Ecuador había solicitado incluir en un inicio de la negociación. En materia de propiedad intelectual, se acordaron adicionalmente los términos de una Declaración Conjunta relacionada con las obligaciones de Ecuador y de la Unión Europea en el marco del acuerdo de los ADPIC de la OMC. Por otra parte, para este tercer encuentro, Ecuador había logrado atender una de las principales preocupaciones de la Unión Europea relacionada con los procedimientos de evaluación de la conformidad de los reglamentos técnicos ecuatorianos. Una vez cerrados la mayor parte de temas de discusión en la mesa de jefes negociadores, la atención de Ecuador durante esta ronda se enfocó en el ámbito de acceso a
22 Ecuador logró una prórroga de cinco años, contands desde la entrada en vigencia del Acuerdo, para aplicar la normativa de este instrumento relativa a la protección de datos de prueba 23 Ecuador incluyó una referencia indicando que al momento de la firma del Acuerdo, para el país aplica la Convención Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) de 1978, y no su reforma de 1991, con lo cual se buscó proteger los derechos de los agricultores y la soberanía alimentaria.
48
LA NEGOCIACIÓN
mercados, principalmente en el acceso agrícola. Ecuador expresó la necesidad de contar con mecanismos que faciliten salvaguardar sectores sensibles de la economía ecuatoriana, tales como carnes y productos lácteos. Además, insistió en lograr un mejor tratamiento para el banano, tomando en cuenta lo acordado por la UE con otros países exportadores de la fruta. Con relación a la protección de Indicaciones Geográficas (IG), tema de interés para la Unión Europea, durante esta ronda las partes alcanzaron un consenso para lanzar, no más tarde de julio de 2014, el proceso de “oposición”, requisito previo al reconocimiento de las IG. En contrapartida a esta flexibilidad, Ecuador reiteró a la UE su interés en la protección de IG para los productos no agrícolas y solicitó incluir este tema en la Declaración Conjunta de Propiedad Intelectual. En esta etapa, se vio la necesidad de escalar ciertas temáticas de negociación a nivel político, por lo que el ministro de Comercio Exterior, Francisco Rivadeneira, viajó a Bruselas para reunirse con el director general de Comercio, Jean-Luc Demarty. Los principales temas abordados por las autoridades fueron el acceso del banano, contratación pública y la extensión de las preferencias SGP+ a favor de las exportaciones ecuatorianas. Además, Ecuador dejó sentado ante la UE la necesidad de que el país reciba trato especial y diferenciado por su condición de país dolarizado. Así, los siguientes temas fueron abordados:
Banano: Ecuador insistió en que no debería recibir un trato menos favorable que Colombia y Perú e instó a la UE a tener en consideración que el banano es uno de los productos más importantes para la economía del país. Este tratamiento fue posteriormente reconocido a Ecuador, de manera que para el año 2020 los tres países andinos tendrán el mismo arancel de ingreso al mercado europeo. Contratación pública: ante los argumentos presentados por Ecuador, la UE accedió a conceder tratamiento especial en lo que respecta a umbrales y desagregación tecnológica, pero insistió en la temporalidad de este tratamiento. Adicionalmente, Ecuador indicó que su interés de proteger a las MIPYMES y AEPYS en el ámbito de compras públicas se deriva de principios constitucionales y de una política del Gobierno Nacional enfocada en el desarrollo de las mismas como motor de la economía. Sobre esta temática, la UE accedió a considerar la exclusión de estos sectores. SGP+: la Unión Europea aseguró a Ecuador que, en el caso de que se concreten exitosamente las negociaciones del acuerdo comercial, la UE buscaría un mecanismo legal adecuado para permitir al país seguir contando con preferencias arancelarias hasta la entrada en vigencia provisional del acuerdo.
49
De izquierda a derecha: Roberto Betancourt, Jefe Negociador de Ecuador y Mathhias Jorgensen, Jefe Negociador de la UE. Manta, marzo del 2014.
Considerando el gran progreso alcanzado durante la tercera ronda, las partes decidieron agilizar la negociación y acordaron elevar los temas pendientes sobre contratación pública y acceso agrícola a la mesa de jefes negociadores, a fin de tratarlos en el próximo encuentro que tendría lugar en julio de 2014. Del 7 al 17 de julio de 2014 se llevó a cabo la cuarta ronda de negociaciones en Bruselas. Esta ronda permitió alcanzar acuerdos que requerían la aprobación de las máximas autoridades de Ecuador, razón por la cual se dividió en dos etapas. La primera, del 7 al 12 de julio y la segunda fase del 15 al 17 del mismo mes. En el intervalo del fin de semana entre la primera y la segunda etapa, el equipo negociador retornó a Quito para realizar consultas directas con el señor Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, y el señor Vicepresidente de la República, Jorge
50
Glas Espinel, así como con los principales ministros de Estado. Durante la primera fase de la cuarta ronda se avanzó exitosamente en todas las mesas de negociación. Algunas de ellas incluso se cerraron como el caso de la mesa de servicios y establecimiento y la de acceso a mercados de bienes no agrícolas, en la cual se logró que la UE acceda a que Ecuador empiece la desgravación para ciertas subpartidas desde niveles más altos que los declarados en el 2007. En acceso agrícola, se cerró la negociación de prácticamente todas las partidas arancelarias agrícolas, quedando pendiente únicamente la definición de las condiciones para las bebidas alcohólicas y el banano. Finalmente, en lo que respecta a contratación pública, se intercambiaron varias propuestas y contrapropuestas de negociación con lo que
LA NEGOCIACIÓN
se logró flexibilidades en temas sensibles para Ecuador, en particular en lo que respecta a los planes y programas de apoyo a los sectores más vulnerables de la economía nacional que se ejecutan a través de la contratación pública. En esta etapa, el ministro de Comercio Exterior de Ecuador, Francisco Rivadeneira, se reunió con el Comisario de Comercio de la UE, Karel de Gucht, con quien alcanzó finalmente un acuerdo importante para el país con relación al banano24. Además, Ecuador aprovechó para dejar clara su posición sobre las declaraciones conjuntas sugeridas por la UE en materia de propiedad intelectual y en acceso a mercados. Después de que el equipo negociador realizó
una revisión de los resultados de esta primera etapa ante el Presidente de la República de Ecuador y las más altas autoridades del país involucradas en el proceso, y contando con el visto bueno de las autoridades de Gobierno, el equipo regresó a Bruselas para negociar los últimos detalles pendientes. A nivel de jefes negociadores se cerró la mesa de acceso agrícola, en la que el país logró proteger sus sectores sensibles, al tiempo de conseguir un arancel para el banano que permitiría al sector mantener su competitividad en el mercado europeo. Por otra parte, en contratación pública Ecuador logró la aceptación por parte de la UE de negociar una lista positiva de servicios y consiguió exclusiones para salvaguardar la política pública de protección y desarrollo de las MIPYMES y AEPYS.
De izquierda a derecha: Mathhias Jorgensen, Jefe Negociador de la UE, Karel de Gucht, Comisario de Comercio de la UE, Francisco Rivadeneira, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador, Roberto Betancourt, Jefe Negociador de Ecuador. Bruselas, diciembre del 2014. 24 El Comisario de Comercio de la UE instruyó al equipo negociador europeo que se negocie con Ecuador una condición que sea aceptable para este producto.
51
Con prácticamente todos los temas cerrados, lo único que restaba pendiente de negociación eran los términos de la Declaración Conjunta de Propiedad Intelectual, la cual era de suma importancia para la Unión Europea. Este último punto fue elevado por los jefes negociadores, para negociación y decisión del ministro de Comercio Exterior, Francisco Rivadeneira y el Comisario de Comercio de la UE, Karel de Gucht. La noche previa a este encuentro, que tuvo lugar en el aeropuerto de Bruselas el 17 de julio de 2014, el ministro Rivadeneira mantuvo una conversación telefónica con el Presidente de la República, Rafael Correa, a fin de ponerse de acuerdo sobre la decisión y compromisos que asumiría el país para cerrar la negociación.
Con el trabajo finalizado, el ministro de Comercio Exterior ofreció entrevistas a la prensa desde Bruselas, en las que, entre otros temas, remarcó que la negociación había sido un proceso difícil pero necesario. Sobre todo si se toma en cuenta que los principales competidores de Ecuador a nivel internacional ya habían cerrado el acuerdo con la UE. No obstante, aseguró que el equipo negociador había realizado un trabajo intenso y responsable para lograr una negociación positiva, sin ceder los intereses nacionales, protegiendo a MIPYMES y a los Actores de la Economía Popular y Solidaria (AEPYS), además de salvaguardar los productos agrícolas sensibles y establecer tiempos diferentes de desgravación para proteger la industria local.
Esta Declaración finalmente tuvo una redacción satisfactoria para las dos partes. Por un lado, Ecuador se comprometió a poner en concordancia con sus compromisos comerciales multilaterales los costos de las tasas de patentes y de obtentores vegetales, la tipificación de los delitos de propiedad intelectual en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y los procesos de otorgamiento de licencias obligatorias en el país. Por su parte, el país logró el compromiso de la UE de “revisar el interés de Ecuador en que el nivel de protección de las indicaciones geográficas no agrícolas sea el mismo que el de los vinos, vinos aromatizados, bebidas espirituosas, productos agrícolas y alimenticios en el marco de la Subcomité de Propiedad Intelectual”
En un boletín de prensa publicado por el Ministerio de Comercio Exterior, el Ministro Francisco Rivadeneira declaró:
52
“Después de casi cuatro años de trabajo, finalmente hemos cerrado hoy un acuerdo equilibrado con la Unión Europea, que potencia al máximo las oportunidades, reduce a su mínima expresión los costos, respeta el modelo de desarrollo del país y permite proteger a nuestros sectores sensibles” Boletín del Ministerio de Comercio Exterior 17 de julio de 2014 En esa misma tarde, los jefes negociadores se reunieron para rubricar los textos negociados recogidos en un paquete de cierre, con el objetivo de oficializar los compromisos alcanzados.
LA NEGOCIACIÓN
importancia de negociar un acuerdo con la Unión Europea, con el objetivo de obtener resultados técnicos, confiables e imparciales que respalden la decisión del país de volver a la mesa de negociaciones.
De izquierda a derecha: Mathhias Jorgensen, Jefe Negociador de la UE y Roberto Betancourt, Jefe Negociador de Ecuador, con los textos rubricados del Acuerdo. Bruselas, diciembre del 2014
Se debe resaltar que, a fin de acelerar el proceso y finalizar la negociación durante el primer semestre de 2014, el equipo negociador realizó un importante trabajo inter-rondas, con reuniones y videoconferencias mantenidas no solo con la contraparte europea, sino también con las diferentes instituciones del Estado involucradas en el proceso. Durante todo el proceso de negociación, se realizaron reuniones periódicas con las autoridades rectoras del país: Presidente de la República, Vicepresidente de la República, Ministros Coordinadores, y diferentes Ministros de Estado implicados en las materias de negociación, por lo que se puede constatar que la negociación del acuerdo comercial con la UE fue el resultado de un trabajo de equipo, coordinado entre las diferentes instituciones del Gobierno Nacional. Paralelamente, el proceso de negociación fue respaldado mediante diferentes estudios, entre ellos uno elaborado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en el cual se analizó la
El 1 de agosto de 2014 en Bucay, el Presidente de la República, Rafael Correa, en sesión de Gabinete ampliado, recibió una larga y detallada explicación del contenido de lo negociado, felicitando al equipo negociador por haber logrado el acuerdo comercial. Asimismo, instruyó al jefe negociador continuar urgentemente las conversaciones con Europa para lograr la extensión de las preferencias arancelarias en vista de que el SGP+ expiraba el 31 de diciembre de ese año. 2.4. Gestiones posteriores a la negociación: revisión jurídica del Protocolo de Adhesión y preservación de las preferencias arancelarias Todos los aspectos negociados por Ecuador, así como las enmiendas introducidas al texto común del Acuerdo Comercial Multipartes (ACM), fueron recogidos en el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM, lo que requirió de nuevas negociaciones y de un extenso trabajo jurídico entre los funcionarios de la Comisión Europea y el Ministerio de Comercio Exterior. Finalmente, el 12 de diciembre de 2014, se rubricó un Acta en Bruselas, entre el Ministro de Comercio Exterior, Francisco Rivadeneira y la nueva Comisaria de Comercio de la UE, Cecilia Malmström, quienes sellaron la conclusión del proceso de revisión jurídica.
53
De izquierda a derecha: Francisco Rivadeneira, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Cecilia Malmström, Comisaria de Comercio de la UE. Rueda de prensa con ocasión de la inicialización del Acuerdo. Bruselas, diciembre del 2014.
De izquierda a derecha: Francisco Rivadeneira, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Cecilia Malmström, Comisaria de Comercio de la UE. Ceremonia de inicialización del Acuerdo. Bruselas, diciembre del 2014.
Además, entre julio y noviembre de 2014, el equipo del Ministerio de Comercio Exterior realizó un importante trabajo para consolidar y culminar la negociación y lograr la aprobación por parte de las diferentes instancias de la UE, de un instrumento legislativo comunitario que permita la extensión de las preferencias del SGP+ a favor de Ecuador. Estas discusiones, como se ha mencionado anteriormente, habían comenzado de manera paralela al proce-
54
so de negociación del acuerdo, con el propósito de evitar la pérdida del mercado comunitario para los productos de exportación ecuatorianos y sus subsecuentes efectos sobre el empleo, producción y economía del país. La normativa que regula el SGP establece que un país deberá ser graduado de este sistema cuando “haya sido clasificado por el Banco Mundial como país de renta alta o de renta
LA NEGOCIACIÓN
media-alta durante los tres años inmediatamente anteriores a la actualización de la lista de países beneficiarios” (Art 4.a del Reglamento 978/2012). La Comisión Europea aprobó, el 31 de diciembre de 2013, el Reglamento 1241/2013, en el cual manifiesta que Ecuador, junto con China, Maldivas y Tailandia, han sido considerados por el Banco Mundial como países de ingresos medio-altos en 2011, 2012 y 2013, lo que significaba que, según dicho reglamento, las preferencias del SGP podrían ser usadas por dichos países solamente hasta diciembre de 2014.
un mecanismo alternativo que permita al país mantener las preferencias en condiciones similares a las del SGP+, sin que sea observado como un tratamiento discriminatorio ante los otros Miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC). La UE informó que el mecanismo tendría que ser discutido en la Comisión Europea y que se contaría con una alternativa en septiembre de 2014. A la luz de lo señalado, el Ministerio de Comercio Exterior y la Comisión Europea mantuvieron múltiples contactos informales a nivel de Jefes Negociadores en torno a los avances que se producían para la realización del compromiso logrado.
Durante la cuarta ronda de negociaciones del acuerdo a inicios de julio de 2014, Ecuador mantuvo una reunión de trabajo con los negociadores de la Comisión Europea para evaluar la situación del país en el SPG+ y la necesidad de que dicho sistema se mantenga inalterable hasta la vigencia del Acuerdo Multipartes y su aplicación provisional, haciendo hincapié en los argumentos técnicos y legales de Ecuador, entre los cuales se destacó la dificultad de defender el acuerdo al interior del país si se perdían las preferencias y el hecho de que existiría una discriminación con relación al tratamiento que Colombia y Perú recibieron sobre este mismo punto, ya que para esos países sí se mantuvieron las ventajas del SGP hasta después de la entrada en vigencia del acuerdo.
En este contexto, el 1 de octubre de 2014 la Comisión Europea aprobó una propuesta mediante la cual se garantizaba que la UE no aumentaría los derechos de aduana aplicados hasta la fecha de rúbrica del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM (12 de diciembre de 2014) y que no se aplicarán nuevos derechos de aduana a los productos originarios de Ecuador25. De esta forma, el acto legislativo propuesto prolongaría efectivamente las preferencias comerciales concedidas a Ecuador en el marco del Reglamento SPG+. Este proyecto de Reglamento fue presentado al Consejo de la UE y al Parlamento el 2 de octubre de 201426 para que se siga el procedimiento legislativo ordinario.
La Comisión Europea aceptó los argumentos presentados por Ecuador y reconoció la sensible situación económica que se produciría en caso de que el país ya no pueda beneficiarse del SGP+, afectando las exportaciones hacia la UE. Como resultado, la Comisión Europea asumió un compromiso político de encontrar
El MCE formuló algunos comentarios y solicitó precisiones sobre el proyecto de Reglamento aprobado por el Colegio de Comisarios de la UE. El 6 de octubre de 2014, Ecuador y la UE mantuvieron una reunión en Bruselas para abordar los comentarios y precisiones ecuatorianas. En las deliberaciones, la UE indicó que este es un
25 EUR-LEX, Normativa legal de la Unión Europea, http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/HIS/?uri=CELEX:52014PC0585 26 Ibid.
55
mecanismo especial y único que aprobaría a favor de Ecuador y que ha sido concebido en el marco de la negociación del acuerdo comercial, esto es, en el entendido de que ambas partes se concedan recíprocamente beneficios. En ese sentido, la UE resaltó la necesidad de que Ecuador no introdujera nuevas restricciones arancelarias o no-arancelarias sobre los productos europeos. En tal virtud, Ecuador asumió el compromiso de no introducir nuevas restricciones al comercio de productos provenientes de la UE (compromiso denominado “standstill”) a través de la Resolución 042-2014 del COMEX, de 29 de noviembre de 2014. Este instrumento fue un elemento más que coadyuvó en la aprobación del Reglamento para la extensión de preferencias de la UE a favor de Ecuador. No obstante, el país tuvo el cuidado de preservar su derecho a implementar, si las condiciones lo ameritaban, el Título III del Libro IV del COPCI y las medidas de defensa comercial de los acuerdos de la OMC. El 20 de octubre de 2014, el Parlamento Europeo acogió oficialmente el trámite y delegó a su Comisión de Comercio Internacional – INTA– el tratamiento del tema. En esa misma fecha, se eligió al Parlamentario europeo Helmut Scholz como ponente para este asunto. El 22 de octubre de ese año, el Parlamentario Scholz presentó el informe a ser debatido en INTA, en el que se proponía que se adopte un procedimiento de aprobación rápido en el Parlamento, debido a que la Comisión había presentado el proyecto de Reglamento a los co-legisladores (Consejo y Parlamento) recién en octubre de 2014.
56
Asimismo, el informe del Parlamentario Scholz sometía a consideración de INTA la aprobación de algunas enmiendas al Reglamento propuesto por la Comisión Europea. Con el propósito de promover una decisión favorable por parte de los principales actores en el proceso, el Ministro de Comercio Exterior, Francisco Rivadeneira, viajó a Bruselas el 29 de octubre, del 1 al 4 de diciembre y del 9 al 12 de diciembre de 2014, para reunirse con miembros del Consejo de la UE y del Parlamento Europeo. El Ministro Rivadeneira se reunió, entre otros, con el Representante Permanente de Italia, país que mantenía la Presidencia Rotatoria del Consejo de la UE, diferentes Europarlamentarios de los grupos políticos mayoritarios del Parlamento, y con uno de los asesores principales del presidente del Parlamento, a fin de solicitar que se priorice este tema en la agenda de ese organismo. Durante estas reuniones, gran parte de los Europarlamentarios de los partidos políticos mayoritarios comunicaron que no aprobarían las enmiendas propuestas por el Parlamentario Scholz, a fin de acelerar aún más el proceso. Adicionalmente, el 3 de diciembre de 2014 el Ministro de Comercio Exterior intervino en la reunión de INTA para explicar la importancia de aprobar la extensión de preferencias arancelarias a favor del país. El documento fue analizado en INTA del 5 de noviembre al 3 de diciembre de 2014, y el 4 de diciembre de ese año se realizó la votación. Debido a que los partidos mayoritarios del Parlamento estaban a favor de que se apruebe de manera expedita este reglamento, todas las enmiendas propuestas por el Parlamentario Scholz fueron rechazadas. La votación del Re-
LA NEGOCIACIÓN
glamento fue: 35 a favor, 4 en contra y 2 abstenciones27. El informe de la Comisión fue enviado al Pleno del Parlamento Europeo el 8 de diciembre de 2014. Paralelamente, se inició un procedimiento rápido denominado “de silencio” o “procedimiento escrito” en el seno del Comité de Política Comercial28 del Consejo de la UE. Este procedimiento fue impulsado por Italia, que mantenía en aquel momento la Presidencia Rotatoria del Consejo de la UE. Esto dio como resultado la aprobación provisional del Reglamento el 8 de diciembre de 2014. Inmediatamente, este asunto pasó a la Parte I del orden del día del Comité de Representantes Permanentes de la Unión Europea (COREPER)29 para que sea aprobado sin debate. El 10 de diciembre de 2014, el COREPER dio el visto bueno al Reglamento. El 11 de diciembre de 2014, se llevó a cabo una Reunión de la Conferencia de presidentes de Grupos Políticos del Parlamento Europeo, en la que se acordó poner en agenda el debate y votación del Reglamento para la Plenaria que tendría lugar del 15 al 17 de diciembre de 2014. Conforme a la agenda establecida, y atendiendo el pedido de INTA de aprobar el acuerdo por procedimiento rápido, el 16 de diciembre de 2014 se debatió en el Pleno del Parlamento el proyecto de Reglamento y el 17 de diciembre
de ese año el Pleno del Parlamento aprobó el proyecto propuesto por la Comisión sin introducir enmiendas. La votación en el Pleno del Parlamento fue: 523 a favor, 39 en contra y 102 abstenciones30. Con el dictamen favorable del Parlamento, Italia, como Presidencia Rotatoria del Consejo de la UE, impulsó inmediatamente la aprobación por “procedimiento escrito”, que consiste en que, para casos considerados urgentes, si después de un determinado plazo dado no hay objeción de ningún miembro, la propuesta se considera adoptada sin debate (Art. 12 Reglas de Procedimiento del Consejo de la UE). El procedimiento escrito concluyó exitosamente el 18 de diciembre de 2014 y, en esa misma fecha, el Reglamento fue firmado por la Presidencia Rotatoria en manos de Italia y por el Presidente del Parlamento Europeo. Finalmente, después de concluir los trámites administrativos internos, el Reglamento se publicó en la Gaceta Oficial el 30 de diciembre de 201431 con la numeración 1384/2014. Es fundamental resaltar que, si bien las reglas de procedimiento tanto del Parlamento como del Consejo de la UE permitieron adoptar mecanismos para la aprobación acelerada de este reglamento, esta aprobación tan expedita fue posible gracias al entendimiento por parte de la UE de la importancia para Ecuador de mantener las preferencias arancelarias hasta la entrada en vigencia del Acuerdo Comercial Multipartes.
27 PARLAMENTO EUROPEO, Informe sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al trato arancelario a las mercancías originarias de Ecuador, 8 de diciembre de 2014, http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?type=REPORT&reference=A8-2014-0056&language=ES 28 El Comité de Política Comercial es uno de los órganos técnicos y preparatorios del trabajo del Consejo de la UE. 29 El COREPER es la segunda instancia preparatoria dentro del Consejo de la UE y se encarga de revisar los temas que pasarán al Consejo de Ministros, así como de preparar su agenda 30 PARLAMENTO EUROPEO, 2014/0287(COD) - 17/12/2014 Text adopted by Parliament, 1st reading/single reading, http://www.europarl.europa.eu/oeil/popups/summary. do?id=1372003&t=d&l=en 31 PARLAMENTO EUROPEO, Procedure File of the Tariff treatment for goods originating from Ecuador, http://www.europarl.europa.eu/oeil/popups/ficheprocedure.do?reference=2014/0287%28COD%29&l=EN#documentGateway
57
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
CAPÍTULO III 3.1. Gestiones en el exterior 3.1.1. Gestiones con Colombia y Perú Una vez concluida la revisión jurídica del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM, el siguiente paso que debía cumplirse para seguir con los trámites al interior de la UE, era conseguir la aprobación del Comité de Comercio del acuerdo comercial, conformado, según lo dispone el artículo 12 del ACM, por las autoridades de comercio de la UE, Colombia y Perú. Para la adhesión de nuevos Miembros de la Comunidad Andina al acuerdo, este Comité debía aprobar, conforme a lo estipulado en el artículo 329.4 del ACM, el Protocolo
de Adhesión negociado entre el país andino candidato y la Unión Europea. Esta aprobación debía darse solamente sobre las modificaciones realizadas al texto general del acuerdo, no así sobre los compromisos y listas de concesiones otorgadas entre la UE y el país andino en proceso de adhesión. En cumplimiento del compromiso de agilizar los procesos tendientes a la aprobación y entrada en vigencia del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM, la Unión Europea puso a consideración de Colombia y Perú, en febrero de 2015, el texto en español del Protocolo a fin de que estos países se pronuncien sobre el mismo en la reunión del Comité de Comercio que estaba prevista para junio de ese año.
De izquierda a derecha: Embajador Roberto Betancourt, Jefe Negociador de Ecuador y Francisco Rivadeneira, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador. Rueda de prensa sobre avances de gestiones con Colombia. Quito, febrero del 2015.
59
i.j. Entre tanto, cabe señalarse que el 6 marzo de 2015, el Comité de Comercio Exterior de Ecuador –COMEX– adoptó la Resolución No. 011-2015, a través de la cual se adoptó una Salvaguardia por Balanza de Pagos a fin de disminuir las importaciones y, de esta manera, evitar una crisis de balanza de pagos causada por la grave caída de los precios del petróleo que Ecuador tuvo que enfrentar desde finales del año 2014, conjugado con el fortalecimiento del dólar que restó competitividad a los productos ecuatorianos, poniéndolos en desventaja frente a sus competidores regionales que pueden aplicar políticas monetarias. La adopción de esta salvaguardia y otras medidas comerciales de Ecuador preocuparon a Perú y Colombia, lo que provocó que durante la reunión del Comité de Comercio del ACM, que tuvo lugar en Bogotá el 19 de junio de 2015, esos países no se pronuncien con relación al Protocolo de Adhesión en ese momento, con la finalidad de mantener conversaciones adicionales con Ecuador. Este proceso implicó una serie de consultas entre los países andinos, lo que de cierta forma retrasó las previsiones iniciales efectuadas. Considerando este atraso en la aprobación del Protocolo de Adhesión, desde junio de 2015 la Unión Europea coordinó un proceso de consultas entre Ecuador, Colombia y Perú, con relación a las dudas e inquietudes que tenían estos últimos países sobre las enmiendas introducidas por Ecuador al texto del acuerdo. Uno de los principales puntos en los que Colombia y Perú presentaron observaciones fue en el texto introducido por Ecuador en el Preámbulo, relativo a las diferencias de desarrollo entre la UE
60
y la CAN, así como entre los países Miembros de la CAN. Ante estas observaciones, Ecuador recordó a sus vecinos que en la Declaración de Jefes Negociadores de 2009 se dejó sentado que estas asimetrías serían consideradas en la negociación, por lo que no debía causar inconveniente que esto quede reflejado en el acuerdo. Adicionalmente, se remarcó que tanto la UE como Ecuador tuvieron especial precaución en no incluir ningún tipo de norma en elaAcuerdo que pudiera afectar los compromisos que los otros dos países Miembros adquirieron con anterioridad con la UE y que, las enmiendas introducidas por Ecuador, obedecían a precisiones que el país requería para reflejar aspectos de su legislación nacional. En consideración a la importancia de la histórica relación comercial y política que mantiene Ecuador con Colombia y Perú, al ser países vecinos y socios andinos, se trabajó a nivel técnico en alternativas para dinamizar el comercio bilateral, elevando el tratamiento de estos temas al más alto nivel político. En este sentido, los países decidieron adoptar compromisos sobre estos asuntos durante los Gabinetes Binacionales que tuvieron lugar, el 15 de diciembre de 2015 con Colombia en la ciudad de Cali e, inmediatamente, el 18 de ese mismo mes, con Perú en la ciudad de Jaén. En las Declaraciones de Jefes de Estados durante estas dos reuniones, los Presidentes de Colombia y Perú reiteraron la voluntad de sus Gobiernos para apoyar la adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes. Además, durante los Gabinetes Binacionales y
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
como resultado de las gestiones técnicas y políticas lideradas por el ministro de Industrias y Productividad, Eduardo Egas, en conjunto con las autoridades del Ministerio de Comercio Exterior, se suscribió a nivel de ministros el “Entendimiento entre Ecuador y Colombia en temas comerciales” y el “Entendimiento entre Ecuador y Perú en temas comerciales”. A través de estos instrumentos, Ecuador se comprometió a asegurar que los diferentes procesos administrativos de importación se realicen de manera efectiva, sin que se tornen en obstáculos al comercio con estos países. Estos entendimientos bilaterales se convirtieron en muestras del compromiso tanto de Ecuador, como de Perú y Colombia, en su calidad de socios andinos, de otorgarse mutuamente un trato no menos favorable en materia de acceso a mercados que el que se conceda a otros socios comerciales. Una vez alcanzados estos acuerdos a nivel político y técnico, Colombia envió, el mismo 15 de diciembre de 2015, una carta oficial a la Comisaria de Comercio de la UE indicando que su país no tenía observaciones al Protocolo de Adhesión negociado por Ecuador. Por su parte, Perú envió el 11 de enero de 2016 una comunicación a la UE en la que manifestó su conformidad con la adhesión de Ecuador al ACM y solicitó que se convoque a una reunión del Comité de Comercio del acuerdo para abordar este tema. 3.1.2. Gestiones con la Unión Europea Ecuador tenía presente que sería necesario realizar importantes gestiones políticas ante
las autoridades de la UE, a fin de acelerar el proceso de aprobación y entrada en vigencia del Protocolo de Adhesión. El país contaba únicamente con dos años –desde la finalización del proceso conjunto de revisión jurídica en diciembre de 2014– para lograr que se cumpla todo este proceso, debido a que las preferencias arancelarias otorgadas por la UE a Ecuador a través del Reglamento 1384/2014 fenecerían el 31 de diciembre de 2016. Se conocía que los procesos de aprobación de acuerdos comerciales al interior de la UE son bastante extensos. Así, la aprobación del mismo Acuerdo Multipartes negociado por la UE con Colombia y Perú duró tres años desde que concluyeron las negociaciones hasta la finalización de los trámites internos en la UE, tiempo con el que Ecuador no contaba. En este sentido, el Ministerio de Comercio Exterior se planteó una agenda para el año 2015 para reunirse con autoridades de las diferentes instancias de la UE, a fin de exponerles sobre la importancia para el país de contar con su apoyo para que los trámites al interior de la UE sean expeditos. Conociendo que la Salvaguardia por Balanza de Pagos, adoptada a través de la Resolución COMEX No. 011-2015 de 6 marzo de 2015, podía causar preocupación en los socios comerciales del país, incluida la Unión Europea, el entonces ministro de Comercio Exterior, Diego Aulestia Valencia, quien había asumido la jefatura de esta Cartera de Estado en marzo de 2015, realizó una visita a Bruselas en abril de ese año, para reunirse con autoridades de la Comisión Europea y del Parlamento Eu-
61
ropeo, con el objetivo de exponer las razones macroeconómicas y coyunturales por las que se había adoptado esta medida de manera temporal. a. Gestiones emprendidas por Ecuador durante la II Cumbre CELAC-UE La II Cumbre UE-CELAC tuvo lugar en Bruselas entre el 9 y el 11 de junio de 2015. Aprovechando que el país tendría un alto nivel de representatividad durante este evento al ostentar la Presidencia Pro-Témpore de la CELAC y considerando la oportunidad de tener reunidos en un solo lugar a altas autoridades del sector público y privado europeo, se estructuró una agenda de reuniones para el ministro de Comercio Exterior, Diego Aulestia. Además, se recomendó que el señor Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, mantenga reuniones bilaterales con los Jefes de Estado de países Miembros de la UE con miras a lograr mayor apoyo en el proceso de aprobación del acuerdo. Durante esta Cumbre, el Presidente Rafael Correa mantuvo reuniones bilaterales con los representantes de Letonia, Luxemburgo y los Países Bajos, debido a la relevancia que tenían estos países en ese momento, ya que ocuparon la Presidencia Rotatoria del Consejo de la Unión Europea en los períodos de enero – junio de 2015 (Letonia), julio – diciembre de 2015 (Luxemburgo) y enero – junio de 2016 (Países Bajos). Además, se estableció un encuentro bilateral entre el Presidente de Ecuador, Rafael Correa, y la Canciller de Alemania, Angela Merkel, quien había otorgado anteriormente un im-
62
pulso político clave para la reanudación de las negociaciones. Por otra parte, el ministro de Comercio Exterior, Diego Aulestia, mantuvo una agenda previa y paralela a la Cumbre, en la que se reunió con varios miembros del Parlamento de la UE y mantuvo un encuentro con empresarios ecuatorianos y europeos, a fin de conocer la posición del sector privado y solicitar su apoyo para posicionar la importancia del acuerdo ante las autoridades de la Unión Europea. La presencia y el apoyo de los empresarios y representantes de diferentes cámaras ecuatorianas fue muy importante durante este encuentro, pues permitió que el propio sector exportador exprese su sentir sobre la relevancia del acuerdo para el país. Las reuniones mantenidas con los Parlamentarios Europeos sirvieron para conocer, con mayor profundidad, su visión sobre lo que el Parlamento consideraba esencial que Ecuador atendiera a fin de que este organismo considere la adhesión de Ecuador al ACM. Una de las reuniones más importantes mantenidas fue con el Europarlamentario Helmut Scholz, quien había sido designado en el 2014 por la Comisión de Comercio Internacional (INTA por sus siglas en inglés) del Parlamento Europeo, como Ponente Principal para los temas relativos a la adhesión de Ecuador al ACM. El Parlamentario Scholz presentó su apoyo para impulsar los procesos al interior del Parlamento Europeo tendientes a la aprobación de Protocolo de Adhesión y comunicó que se tenía planeado que el Parlamento se pronuncie durante el 2015, a través de una Resolución,
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
sobre la adhesión de Ecuador al ACM. El objetivo de esta Resolución, que sería similar a la que se emitió para Colombia y Perú en su momento, sería el demarcar las condiciones previas solicitadas por el Parlamento Europeo para la posterior aprobación de la Adhesión de Ecuador al ACM. b . Resolución del Parlamento Europeo sobre la adhesión de Ecuador al ACM Los acuerdos de comercio que negocia la Unión Europea con sus socios comerciales buscan que el comercio se convierta en un medio para el desarrollo sostenible, por lo que normalmente incluyen un ámbito de Comercio y Desarrollo Sostenible en los instrumentos comerciales, en el que se ata el impulso del comercio exterior con la adquisición y el cumplimiento de compromisos para asegurar el efectivo respeto de, entre otros, los derechos laborales y ambientales. A fin de asegurar que los compromisos de comercio y desarrollo sostenible incluidos en los acuerdos se cumplan de manera efectiva y, al ser el Parlamento Europeo un órgano político que representa los intereses de la ciudadanía europea, este órgano comunitario se preocupa de que la producción interna no se enfrente a competencia desleal provocada por situaciones de dumping social o ambiental, por lo que previo a la aprobación de los acuerdos comerciales negociados por la Comisión Europea, busca conocer la realidad de estos ámbitos en los próximos socios comerciales de la UE. En el caso del proceso de aprobación del acuerdo negociado con Colombia y Perú, el 12 de ju-
nio de 2012 el Parlamento Europeo emitió una Resolución a través de la cual solicitó que estos países presenten una hoja de ruta sobre la protección de los derechos humanos, laborales y ambientales. Con este antecedente, el Parlamento Europeo adelantó a Ecuador durante las diferentes reuniones mantenidas con las autoridades del país, que demandaría la entrega de un documento similar al solicitado a Perú y a Colombia. Conociendo que el Parlamento Europeo se pronunciaría durante el 2015 sobre la adhesión de Ecuador al ACM, el Ministerio de Comercio Exterior realizó un monitoreo constante sobre los avances y contenido de la Resolución que se estaba discutiendo en la Comisión INTA, con el objetivo de analizar su contenido y asegurarse de que refleje la realidad del país sobre derechos humanos, laborales y ambientales. En este sentido, se planificó un nuevo viaje del ministro Diego Aulestia a Bruselas, en septiembre de 2015, en el cual se coordinó también la participación de la ministra Coordinadora de Desarrollo Social de ese entonces, Cecilia Vaca Jones, ya que el principal objetivo de las reuniones sería el exponer a los miembros del Parlamento Europeo todos los logros sociales del país en los últimos años en materia de derechos humanos, laborales y ambientales. En esta ocasión, los ministros ecuatorianos mantuvieron reuniones independientes con varios Europarlamentarios de los diferentes grupos políticos. Además, fueron invitados a participar en la Reunión del Grupo de Monitoreo de la Comisión INTA (en la que participaron también los miembros de la Co-
63
misión de Relaciones Internacionales) y en la reunión de los miembros de la Delegación para las Relaciones con los Países de la Comunidad Andina. En estas dos reuniones, los ministros tuvieron la oportunidad de exponer los logros sociales, laborales y ambientales alcanzados por el país en los últimos 9 años, ante un gran número de miembros de Parlamento Europeo y, sobre todo, ante los miembros de las Comisiones encargadas de pronunciarse sobre la adhesión de Ecuador al ACM. Previo a este viaje, se envió un documento a todos los miembros de la Comisión INTA del Parlamento Europeo con información sobre los logros y progresos del país en materia económica, social y ambiental, así como cartas dirigidas por el ministro Diego Aulestia al Presidente y a algunos miembros de esa Comisión, con mayores especificaciones al respecto. Las gestiones realizadas entre abril y septiembre de 2015 ante los Europarlamentarios también se encaminaron a explicar las razones por las que era absolutamente necesaria para el país la aplicación de la Salvaguardia por Balanza de Pagos y resaltar el hecho de que las autoridades de la Comisión Europea habían acordado con Ecuador que, al ser un mecanismo adaptado en base a la normativa multilateral, este tema sería tratado con la Unión Europea en ese mismo marco y no a nivel bilateral. Después de las intensas gestiones realizas por Ecuador, la Comisión INTA integró en el proyecto de Resolución para la Adhesión
64
de Ecuador enunciados en reconocimiento de los logros alcanzados por el país en los ámbitos antes mencionados. El contenido de esta Resolución puede considerarse como un logro adicional para el país, pues en ella se utilizó un lenguaje positivo sobre la adhesión de Ecuador al ACM, reflejando de manera adecuada los progresos del país en esas materias. Adicionalmente, a través de esta Resolución, el Parlamento plasmó las solicitudes realizadas a Ecuador para considerar su adhesión, entre ellas, el que se presentara un documento que muestre los avances y logros en materia de derechos humanos, derechos laborales y protección del medio ambiente y que a la vez haga una presentación de los proyectos y programas que aseguran la sostenibilidad de los mismos. Por otro lado, la Resolución del Parlamento hizo un llamado para que Ecuador vele porque sus políticas concuerden con sus compromisos con la OMC y el Acuerdo Comercial Multipartes, en tal sentido, solicitó que se llegue a un entendimiento con Ecuador sobre los obstáculos para el acceso a los mercados de productos europeos que se habían detectado. Finalmente, mediante esta Resolución, el Parlamento respaldó la posición de la Comisión Europea y del Consejo de la UE. La rápida aprobación de la Resolución fue una señal positiva que demostró la voluntad del Parlamento Europeo por apoyar la pronta adhesión de Ecuador y, el hecho de que haya sido adoptada en el 2015, le permitió al país conocer con anticipación las solicitudes del Parlamento y prepararse para la próxima etapa en la que este órgano tendría que
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
pronunciarse para aprobar el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM. Esta Resolución y las conversaciones que se mantuvieron durante el 2015 con las autoridades europeas marcaron dos aspectos claves en los que Ecuador tendría que trabajar para lograr la aprobación del Protocolo de Adhesión: a) coordinar con las diferentes Carteras de Estado sobre la información y redacción del documento solicitado por el Parlamento Europeo en materia de derechos humanos, laborales y ambientales y, b) evaluar la pertinencia de las preocupaciones comerciales expresadas por la UE. Adicionalmente, el país tenía claro que sería necesario seguir realizando un intenso trabajo de relacionamiento y coordinación con las autoridades de los diferentes órganos de la UE para lograr la oportuna aprobación y entrada en vigencia del Protocolo de Adhesión. c. Aprobación del protocolo de adhesión por parte del Comité de Comercio del ACM Todas las gestiones mencionadas transcurrieron a la par de las reuniones y negociaciones que realizó Ecuador con Perú y Colombia para lograr su aprobación en el marco del Comité de Comercio del ACM, que era estrictamente necesaria para que la Comisión Europea pueda someter oficialmente el Protocolo de Adhesión a la revisión y aprobación de los juristas-lingüistas que debían entregar el texto traducido a los 24 idiomas oficiales de la UE.
La Comisión Europea jugó un papel clave a partir de 2016, ya que asumió la Presidencia del Comité de Comercio del ACM y realizó gestiones a fin de que la reunión de este Comité decida la aprobación del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM en modalidad de videoconferencia. Con esto, se evitó demoras por preparativos que normalmente demandan las reuniones presenciales. Así, el 8 de febrero de 2016 se realizó la referida reunión por videoconferencia, la cual dio como resultado que el Comité de Comercio emita la Decisión No. 1/2016, a través de la cual las partes del comité aprobaron el texto del Protocolo. Adicionalmente, la Comisión Europea impulsó el aceleramiento del proceso al iniciar la traducción del Protocolo a los 24 idiomas, antes de que el Comité de Comercio se pronuncie, estableciendo solamente la necesidad de que los juristas-lingüistas realicen adaptaciones finales en el caso de que el Comité de Comercio llegase a solicitar algún cambio o precisión. Con esto, la Comisión Europea demostró su interés en apoyar a Ecuador para la pronta aprobación y entrada en vigencia del Protocolo de Adhesión antes de que fenezcan las preferencias arancelarias otorgadas a través del Reglamento 1384/2014. d. La aprobación en la Comisión Europea Con la etapa cumplida en el Comité del Comercio del ACM, la Comisión Europea finalizó de manera expedita el trabajo de traducción del Protocolo de Adhesión e inició las consultas inter-servicios, es decir, que trans-
65
mitió el Protocolo a todos los servicios o carteras de la Comisión Europea para su análisis y revisión. Este proceso fue necesario ya que los acuerdos comerciales deben ser elevados a consideración del Consejo Europeo por parte del Colegio de Comisarios32, lo que requiere que todas las carteras de la Comisión estén de acuerdo con el instrumento. El proceso en la Comisión Europea duró alrededor de dos meses, lo cual significó un tiempo récord con relación al tiempo que suele tomar este tipo de procesos. Una vez culminada la consulta inter-servicios, el 4 de abril de 2016 el Colegio de Comisarios aprobó el texto del Protocolo de Adhesión y lo transmitió oficialmente al Consejo de la Unión Europea, junto con las propuestas de dos Decisiones que debería adoptar dicho Consejo sobre este instrumento: la una relativa a la firma y aplicación provisional (aprobada el 11 de noviembre de 2016) y la otra sobre su celebración o entrada en vigencia definitiva (pendiente33). e. Visita de parlamentarios europeos a Ecuador De manera paralela a estos eventos conducidos por la Comisión Europea, durante el mes de marzo de 2016 la Cancillería de Ecuador se encargó de coordinar con el Parlamento Europeo la visita al país de dos Europarlamentarios que habían tenido participación importante en este proceso: Helmut Scholz
y Santiago Fisas, quienes habían sido designados por la Comisión INTA del Parlamento Europeo como ponente principal y ponente a la sombra, respectivamente, del proceso de aprobación del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM. En colaboración con el Ministerio de Comercio Exterior, la Cancillería coordinó una agenda de trabajo de tres días, del 21 al 23 de marzo de 2016, con reuniones que incluyeron a los ministros y responsables de las Carteras de Estado relacionadas con la gestión del desarrollo económico y social del país, incluyendo el cumplimiento de los derechos humanos, laborales y ambientales. Esta agenda de trabajo contuvo también reuniones con miembros de la Asamblea Nacional de Ecuador, con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y con representantes de los empresarios y de la sociedad civil ecuatoriana, con el objetivo de que los Europarlamentarios conozcan de primera mano las políticas públicas para asegurar el respeto a los derechos humanos, laborales y ambientales. Otro de los objetivos de la visita de los Europarlamentarios a Ecuador fue el reunirse con las autoridades de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y de Productividad de Ecuador, a fin de presentar sus puntos de vista y recomendaciones para lograr que la aprobación del Protocolo de Adhesión de Ecuador al interior de la Unión Europea pueda agilizarse. Los Europarlamentarios
32 El Colegio de Comisarios es el máximo órgano político, administrativo y ejecutivo de la Comisión Europea. Está conformado por su Presidente, sus 7 Vicepresidentes y los 28 Comisarios representantes de cada uno de los países Miembros. Cada Comisario se encarga de los diferentes servicios o áreas de gestión de la Comisión Europea. 33 La entrada en vigencia definitiva de los acuerdos comerciales que negocia la UE requiere de la aprobación previa de cada uno de los Parlamentos Nacionales de los países Miembros de este bloque. El Acuerdo Comercial Multipartes de Colombia y Perú con la UE, por ejemplo, se mantiene en aplicación provisional hasta la fecha actual.
66
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
advirtieron que sería necesario realizar un importante trabajo de relaciones políticas con los países Miembros de la Unión Europea, representados en el Consejo de la UE, a fin de solicitar su apoyo para que se aceleren los tiempos en esta instancia. Los Europarlamentarios informaron que el Parlamento Europeo estaba dispuesto a realizar esfuerzos para que el proceso al interior de este órgano comunitario se lleve adelante de manera ágil y recomendaron que Ecuador refuerce este objetivo a través de un adecuado tratamiento de las preocupaciones comerciales transmitidas por países Miembros de la UE. f. Gestiones ante el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo Con estas recomendaciones y una vez que la Comisión Europea había trasladado el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM para gestión del Consejo de la UE34, el Ministerio de Comercio Exterior inició la coordinación de una agenda estratégica de visitas a Bruselas y a diferentes países de la Unión Europea, con la finalidad de afianzar la voluntad política de sus Miembros para que se dé prioridad al proceso de aprobación del Protocolo de Adhesión de Ecuador. Los días 4 y 5 de abril de 2016, el ministro de Comercio Exterior, Diego Aulestia, el ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Guillaume Long, el ministro de
Industrias y Productividad, Eduardo Egas y el entonces Asambleísta de Ecuador, Juan Carlos Cassinelli, acompañados de otras autoridades del ramo productivo y económico del país, visitaron Bruselas para mantener reuniones con la Comisaria de Comercio de la UE, Cecilia Malmström, y con la Alta Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini. El principal objetivo de estas reuniones fue transmitir a las autoridades europeas la importancia que tenía para Ecuador la oportuna ratificación de su Protocolo de Adhesión al ACM. Este viaje fue el inicio de los contactos con representantes del Consejo de la UE, ya que la delegación ecuatoriana se reunió con el Representante Permanente de los Países Bajos ante la UE, Pieter de Gooijer, país que ocupaba en ese momento la Presidencia Rotatoria del Consejo de la Unión Europea35. Durante la visita de los Europarlamentarios Helmut Scholz y Santiago Fisas a Ecuador, se extendió una invitación al ministro de Comercio Exterior, Diego Aulestia, para que participe en la sesión de la Comisión INTA que tendría lugar los días 20 y 21 de abril de 2016. En atención a esta invitación, se planificó un nuevo viaje a Bruselas del ministro de Comercio Exterior con el objetivo principal de exponer los logros del país en materia de derechos humanos, laborales y ambientales y reiterar su compromiso de entregar el documento solicitado por el Parlamento a
34El Consejo de la UE es el órgano comunitario donde los Ministros nacionales representan con voz y voto a los 28 países Miembros. Tiene funciones co-legislativas junto con el Parlamento Europeo. Los países Miembros ejercen la Presidencia Rotatoria de la UE. 35Países Bajos estuvo frente a la Presidencia Rotatoria del Consejo de la UE entre enero y junio de 2016. Para el período de julio a diciembre, esta fue asumida por Eslovaquia.
67
En esta ocasión el ministro Diego Aulestia viajó acompañado por el entonces Asambleísta de Ecuador, Juan Carlos Cassinelli, el viceministro de Relaciones Exteriores, Fernando Yépez y por representantes del sector exportador
ecuatoriano. Previo a esta visita, que ya estaba planificada para las fechas indicadas, Ecuador sufrió el 16 de abril de 2016 el embate de un fuerte terremoto que sacudió y devastó las provincias costeras del país y, con particular fuerza, las provincias de Manabí y Esmeraldas en donde se concentra gran parte de la actividad productiva de Ecuador.
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli y Asambleísta de la República del Ecuador, Gabriel Mato, Europarlamentario. Bruselas, abril del 2016.
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Asambleísta de la República de Ecuador e Izaskum Bilbao, Europarlamentaria. Bruselas, abril del 2016.
través de la Resolución del 26 de noviembre de 2015.
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Asambleísta de la República de Ecuador, Santiago Fisas, Europarlamentario. Bruselas, abril del 2016.
68
Durante la reunión que mantuvieron las autoridades ecuatorianas en la Comisión INTA, se expuso además los trágicos efectos y las graves consecuencias económicas y sociales del terremoto y, se instó al Parlamento a apoyar con mayor razón aún la pronta aprobación y entrada en vigencia del acuerdo antes de que fenezcan las preferencias arancelarias, a fin de evitar un empeoramiento de la situación económica del país, que ya venía siendo difícil por los bajos precios del petróleo y la apreciación del
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
dólar estadounidense, y que se complicó aún más como consecuencia del terremoto. Como una demostración de solidaridad con el país, los Europarlamentarios de grupos representativos del Parlamento –el Partido
De izquierda a derecha: Luis de Grandes, Europarlamentario, Diego Aulestia, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Juan Carlos Cassinelli, Asambleísta de la República de Ecuador. Bruselas, abril del 2016.
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Asambleísta de la República de Ecuador y Pierre Sellal, Representante Permanente de Francia ante la Unión Europea. Bruselas, abril del 2016.
Popular, los Socialistas y los Liberales– coincidieron en la posibilidad de acelerar la aprobación parlamentaria en un plazo récord de dos meses, una vez que el Consejo de la UE remitiera el Protocolo de Adhesión a dicha instancia comunitaria. Además de mantener la reunión en la Comisión INTA y reuniones individuales con diferentes Europarlamentarios, las autoridades ecuatorianas se reunieron con los Representantes Permanentes ante la UE de diferentes países de la Unión Europea, entre ellos Francia, Alemania y España, así como de Eslovaquia, país que asumiría la Presidencia Rotatoria del Consejo de la UE desde julio de 2016. Ecuador solicitó a estas autoridades su apoyo para agilizar la inclusión del tratamiento del Protocolo de Adhesión al ACM en la agenda del Consejo de la UE.
De izquierda a derecha: Reinhard Silberberg, Representante Permanente de Alemania ante la Unión Europea y Juan Carlos Cassinelli, Asambleísta de la República del Ecuador. Bruselas, abril del 2016.
69
te Constitucional y luego aprobado por la Asamblea Nacional.
De izquierda a derecha: Teresa Zapatero, Encarga de temas comerciales de la Misión Permanente de España ante la Unión Europea, Juan Carlos Cassinelli, Asambleísta de la República de Ecuador y Alfonso Datis, Representante Permanente de España ante la Unión Europea. Bruselas, abril del 2016.
A inicios de mayo de 2016 el Presidente de la República, Rafael Correa, nombró como ministro de Comercio Exterior a Juan Carlos Cassinelli Cali. En una rueda de prensa que mantuvo el ministro Juan Carlos Cassinelli junto con el ministro saliente, Diego Aulestia, declaró que la ratificación del Acuerdo Comercial con la UE sería una de las metas prioritarias de su gestión en esta Cartera de Estado. Con este enfoque, la gestión del Ministerio de Comercio Exterior se centró en establecer intensas agendas de reuniones con las autoridades de los diferentes órganos comunitarios de la UE, especialmente del Consejo de la UE, para acelerar la autorización de este órgano para la firma oficial del Protocolo de Adhesión, a fin de que este pueda pasar lo antes posible a las instancias legislativas tanto de la UE como de Ecuador. Cabe destacar que en Ecuador también se requeriría de un tiempo prudencial para que este instrumento pudiera ser analizado en la Cor-
70
Como punto de partida, la gestión del ministro Juan Carlos Cassinelli, apoyado por el Embajador Humberto Jiménez como viceministro de Negociaciones, Integración y Defensa Comercial, se enfocó en analizar las principales preocupaciones comerciales transmitidas por la Unión Europea y estructurar una hoja de ruta para considerarlas de manera conjunta, con el propósito de dar señales positivas a los órganos de la UE sobre el compromiso del país de adecuar su legislación a los contenidos negociados en el acuerdo y de esa forma facilitar una pronta ratificación del Protocolo de Adhesión. En lo que concierne a la agenda de visitas y reuniones con las autoridades europeas, la primera misión encabezada por el ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, se dio el 13 de mayo de 2016, a pocos días de haber asumido el cargo. En esa ocasión, el ministro visitó Bruselas, aprovechando que en esa fecha se mantendría una reunión del Consejo de ministros de Asuntos Exteriores para el tratamiento de temas de comercio, por lo que varias autoridades de comercio de los países de la UE estarían reunidos en esa ciudad. En esta oportunidad, el ministro Juan Carlos Cassinelli mantuvo reuniones con las autoridades responsables de la política comercial y exterior de algunos países Miembros de la UE, como el caso de Países Bajos (país que ocupaba en ese momento la Presidencia Rotatoria del Consejo de la UE), Eslovaquia
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Jaime García-Legaz, Secretario de Estado de Comercio de España. Bruselas, mayo del 2016.
(país que ocuparía la Presidencia en el segundo semestre), España, Grecia y Hungría. Se solicitó a estos países apoyar el aceleramiento del proceso de revisión jurídico-lingüística del acuerdo al interior del Consejo de la UE y la inclusión de la aprobación del Protocolo de Adhesión de Ecuador como prioridad de la agenda del Consejo de Asuntos Exteriores.
Tanto la ministra de Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo de los Países Bajos, Lilianne Ploumen, como el Secretario de Estado de Economía de Eslovaquia, Rastislav Chovanec, manifestaron que harían todo lo posible desde la Presidencia Rotatoria del Consejo de la UE para que la adhesión de Ecuador al ACM se acelere y concluya antes de que finalice el año 2016.
De izquierda a derecha: Rastislav Chovanec, Secretario de Estado de Economía de Eslovaquia y Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador. Bruselas, mayo del 2016.
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Lilianne Ploumen, Ministra de Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo de Países Bajos. Mayo del 2016.Bruselas, mayo del 2016.
71
Cabe destacar que esta ocasión también sirvió para propiciar el primer encuentro entre el ministro Cassinelli y el Director General de Comercio de la UE, Jean Luc Demarty, para revisar el estado de situación de la relación comercial bilateral.
Principal para temas de Política Exterior del Presidente del Consejo Europeo. En esta ocasión, por primera vez se transmitió a Ecuador un posible cronograma para la ratificación del acuerdo, el cual implicaba los siguientes pasos: 1. Finalización de la revisión jurídica-lingüística por parte del Consejo de la Unión Europea (prevista para el 11 de julio de 2016). 2. Fecha límite para Ecuador y los Miembros del ACM para que hagan llegar los comentarios sobre el texto al Consejo de la Unión Europea (22 de agosto de 2016).
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Jean Luc Demarty, Director General de Comercio de la Comisión Europea. Bruselas, mayo del 2016.
3. Fecha tentativa para que el Consejo de la Unión Europea adopte la decisión autorizando la firma del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM y su entrada en aplicación provisional (21 de octubre de 2016). 4. Suscripción del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM y envío al Parlamento Europeo para su ratificación (11 de noviembre de 2016).
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador e István Mikola, Secretario de Estado para Política de Seguridad y Cooperación Internacional de Hungría. Bruselas, mayo del 2016.
Para continuar con estas gestiones, el 23 de mayo de 2016 el ministro Juan Carlos Cassinelli mantuvo una reunión por videoconferencia con la señora Rina Kionka, Asesora
72
5. Sesión plenaria del Parlamento Europeo en la que tentativamente se ratificaría el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM (del 12 al 15 de diciembre de 2016). La señora Rina Kionka transmitió que dicho cronograma indicaba que existía la posibilidadque el acuerdo entre en aplicación a fina-
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
les del año 2016, pero que eso dependía de que Ecuador logre alinear a los decisores en el Consejo de la Unión Europea y en el Parlamento Europeo para que accedan a incluir en las respectivas agendas de las reuniones el tratamiento de este tema. Resumió que el objetivo era posible, pero bastante difícil de sacar adelante. Por lo expuesto, el mensaje que transmitió el ministro Cassinelli sobre este tema a la prensa, a los sectores empresariales y al público en general, se enmarcó en un halo de prudencia, indicando que se iba a proceder paso por paso, esperando contar con la suscripción del Protocolo durante el 2016, pero que era muy aventurado afirmar terminantemente que la ratificación estaría lista para ese mismo año. Una vez planteado este escenario, se tuvo claro que la única manera de sacar adelante este objetivo nacional era redoblando la estrategia de posicionamiento en las diferentes instancias europeas. Así, el 6 de junio de 2016 el ministro Juan Carlos Cassinelli regresó a Bruselas para reunirse con el señor Jeppe Tranholm-Mikkelsen, Secretario General del Consejo de la UE, y con el Asesor Jurídico del Consejo Europeo, con el objetivo de solicitar apoyo y asesoramiento para adelantar los tiempos en el proceso de aprobación del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM. El Secretario General del Consejo de la UE se mostró receptivo a las necesidades de Ecuador y se comprometió a impulsar que la revisión jurídica-lingüística del Protocolo de Adhesión concluya en los plazos previstos.
Para continuar con la agenda de posicionamiento de este interés ecuatoriano en las instancias europeas, así como para tratar un tema sensible relacionado con la acumulación de origen de productos pesqueros en el marco del SGP, el ministro de Comercio Exterior Juan Carlos Cassinelli regresó a Bruselas el 21 de junio de 2016. En esta ocasión, el ministro mantuvo reuniones con diversas autoridades de la Comisión Europea, del Consejo de la UE y del Parlamento Europeo. Atendiendo la urgencia del sector pesquero sobre el tema de acumulación de origen, el ministro Cassinelli se reunió en primera instancia con personeros de la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Unión Europea (DG TAXUD), a fin de solucionar un problema causado por un vacío legal que no se había previsto. El Reglamento 1384/2014 que extendió las preferencias arancelarias a favor de Ecuador permitía al país mantener las condiciones de acumulación de origen establecidas en la normativa del SGP+; no obstante, no se había anticipado que Colombia, Perú y los países de Centroamérica serían graduados del SGP+ en enero de 2016, lo que impedía que Ecuador acumulara origen con estos países bajo las condiciones usuales. Esta situación implicaba un riesgo para las exportaciones de Ecuador, lo que podría haber generado una grave afectación al sector atunero ecuatoriano, el cual normalmente acumula origen con países de la región. En ese sentido, el ministro Cassinelli alcanzó el compromiso de la DG TAXUD de desarrollar una alternativa jurídica que permita al sec-
73
tor pesquero ecuatoriano seguir acumulando origen con esos países hasta que entrara en vigencia el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM36, el cual tenía previstas sus propias reglas sobre acumulación de origen.
Europeo, a fin de acelerar su proceso de aprobación cuando este haya pasado oficialmente a sus manos. Este gesto fue una importante señal de apoyo a Ecuador por parte del Parlamento Europeo.
Durante esta visita, el ministro Juan Carlos Cassinelli se reunió también con los Europarlamentarios Helmut Scholz, Santiago Fisas y Bernd Lange, este último Presidente de la Comisión INTA. En la reunión mantenida con el Eurodiputado Lange, el ministro Cassinelli le entregó el informe de Ecuador sobre las políticas, acciones y logros del país en materia de derechos humanos, laborales y ambientales, con el objetivo de cumplir con la solicitud del Parlamento expresada en la Resolución de 26 de noviembre de 2015.
De manera adicional, el ministro de Comercio Exterior mantuvo reuniones con dos miembros del Consejo de la UE durante este viaje. Así, se reunió con el ministro de Relaciones Exteriores y de Asuntos Europeos y Vice-Primer ministro de Bélgica, Didier Reynders, quien ofreció el apoyo de su país para impulsar la pronta autorización de la firma del Protocolo de Adhesión en el seno del Consejo de la UE. Luego, el ministro Cassinelli viajó a Francia el 22 de junio de 2016 para reunirse con el Secretario de Estado de Comercio Exterior, Matthias Fekl, quien transmitió igualmente su apoyo al objetivo planteado por Ecuador.
Este documento, titulado “Panorama de Políticas, Logros y Acciones de Ecuador Encaminadas al Buen Vivir”, fue el resultado de varios meses de trabajo del Ministerio de Comercio Exterior, en coordinación con las Carteras de Estado competentes, para resumir en un documento, no solo los logros en materia social, laboral y ambiental del país, sino también las políticas, lineamientos y acciones adoptadas por Ecuador para asegurar la sostenibilidad de estos progresos. Como resultado de las reuniones mantenidas, los Europarlamentarios se comprometieron a adelantar el tratamiento preliminar del Protocolo de Adhesión en la Comisión INTA, incluso antes de que el Consejo de la UE haya transmitido el instrumento al Parlamento
Cabe indicar que al estar en ese momento el trámite en el Consejo de la Unión Europea, la estrategia de Ecuador era lograr que la aprobación de la decisión autorizando la suscripción del Protocolo de Adhesión al ACM, sea incluida como punto de agenda en una reunión de alguna formación del Consejo de la Unión Europea anterior a la del 21 de octubre de 2016, ya que eso permitiría contar con más tiempo para el resto de pasos de la ratificación, no solo dentro de las instancias europeas, sino también en Ecuador. Sin embargo, en ese momento la acción ecuatoriana se encontró con reticencias de las instancias europeas para alterar su programación, lo cual se veía reforzado por el
36 En atención a este compromiso, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución 2016/1380, de 16 de agosto de 2016. Este Reglamento permitió aplicar de manera retroactiva (desde el 1 de enero de 2016) la acumulación de origen con Colombia, Perú y los países de Centroamérica que antes formaban parte del Grupo II de acumulación en la normativa del SGP.
74
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Didier Reynders, Ministro de Relaciones Exteriores y de Asuntos Europeos y Vice-Primer Ministro de Bélgica. Bruselas, 21 de junio del 2016.
mantenimiento de algunas preocupaciones comerciales a nivel bilateral. Fruto de las gestiones realizadas, el 8 de julio de 2016 el ministro de Relaciones Exteriores y de Cooperación de España, José Manuel García Margallo, remitió una comunicación a la Comisaria de Comercio de la UE, Cecilia Malmström, solicitando que se aceleren los trámites para que se suscriba el Protocolo de Adhesión de Ecuador, a fin de permitir que el país pueda beneficiarse de las ventajas económicas que representa el ACM. Al haberse producido el cambio de la Presidencia Rotatoria del Consejo de la Unión Europea, el 13 de julio de 2016 el ministro de Comercio Exterior de Ecuador transmitió oficialmente al ministro de Relaciones Exteriores y Asuntos Europeos de Eslovaquia y Presidente de turno
del Consejo de la Unión Europea, Miroslav Lajcak, que “(…) sería ideal que el Consejo de la Unión Europea autorice la suscripción y aplicación provisional del Protocolo en septiembre de este año, en ocasión de la reunión del Consejo de Asuntos Generales”. Dicha gestión fue complementada mediante la organización de una reunión entre el ministro Cassinelli y el ministro Lajčák. En vista de la prioridad dada por Ecuador a esta gestión, se obtuvo de la Cancillería eslovaca que dicha reunión sea realizada el 16 de julio de 2016, en la ciudad de Nueva York. El objetivo de la misma era buscar el apoyo de la Presidencia del Consejo de la Unión Europea para que la aprobación de la firma del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM sea adelantada para la reunión del Consejo de Asuntos Generales prevista para el 20 de septiembre de 2016, en lugar
75
de como estaba planificado originalmente, es decir en la reunión del Consejo Europeo prevista para el 21 de octubre de 201637.
De izquierda a derecha: Miroslav Lajčák, Ministro de Relaciones Exteriores y Asuntos Europeos de Eslovaquia y Presidente de turno del Consejo de la Unión Europea y Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador. Nueva York, 16 de julio del 2016.
El ministro Lajčák expresó su simpatía por la propuesta realizada por Ecuavdor e indicó que iba a instruir a los servicios del Consejo Europeo para que realicen todos los esfuerzos para agilizar dicho proceso. Al mismo tiempo, solicitó que Ecuador continúe en el proceso de resolución de los problemas identificados para la implementación del referido protocolo38. El 27 de julio de 2016, el ministro Juan Carlos Cassinelli se reunió con Ana Paula Zacarías, Embajadora de la Unión Europea para Colombia y jefa de la delegación para Ecuador, y Peter Zchwaiger, Encargado de Negocios a.i. de la Delegación de la Unión Europea para Ecuador, para realizar un recuento del estado de situación de este proceso.
Paralelamente, la Comisión Europea había iniciado en junio de 2016 la coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior de Ecuador y las autoridades de comercio de Colombia y Perú, para realizar una nueva revisión del texto del Protocolo de Adhesión conforme surgían los comentarios y modificaciones de forma planteadas por el Consejo de la UE. En atención al compromiso asumido por el Secretario General del Consejo de la UE, el Comité de Política Comercial39 de este órgano comunitario concluyó la revisión jurídico-lingüística del Protocolo de Adhesión el 11 de julio de 2016 y se estableció como plazo máximo hasta el 22 de agosto de ese año para que Ecuador, Colombia y Perú envíen las observaciones finales sobre este proceso de revisión. Con esto, el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM podría pasar al Comité de Representantes Permanentes de los Estados Miembros de la UE (COREPER40) y luego al Consejo de Ministros para la aprobación de las decisiones que viabilizaban la firma y entrada en vigencia provisional de este instrumento. Mientras tanto, entre los meses de junio a agosto de 2016 se realizó un intenso trabajo de coordinación interinstitucional al interior del Gobierno ecuatoriano, a fin de considerar las preocupaciones comerciales formuladas
37 Finalmente, no fue posible incluir este tema en la agenda del Consejo de septiembre, debido a que las traducciones a todos los idiomas oficiales de la Unión Europea no podían ser finalizadas en ese plazo. 38 En seguimiento a esta reunión, el 3 de agosto de 2016, el Ministro de Comercio Exterior remitió una comunicación oficial a los Ministros de Comercio Exterior y/o de Relaciones Exteriores de todos los Miembros de la Unión Europea, a fin de solicitar su apoyo para el oportuno tratamiento del Acuerdo Comercial de Ecuador con la UE en el Consejo de la Unión Europea. 39 El Comité de Política Comercial del Consejo de la UE es uno de los Grupos u órganos preparatorios que revisan y preparan el trabajo y decisiones a ser adoptadas por el Consejo de Ministros. Este Comité se encarga también de asesorar y asistir a la Comisión Europea en la negociación y celebración de acuerdos comerciales con gobiernos u organizaciones internacionales. 40 El COREPER es el principal órgano preparatorio del Consejo. Todos los puntos que vayan a incluirse en el orden del día del Consejo en sus diferentes Formaciones son examinados antes por el COREPER, salvo que el Consejo decida otra cosa. No obstante, no es un órgano decisorio de la UE, y cualquier acuerdo al que llegue puede ser cuestionado por el Consejo de Ministros, el único que tiene poder de decisión.
76
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
en su momento por la Unión Europea y buscar soluciones que, sin sobrepasar los compromisos de Ecuador en el ámbito multilateral y en lo acordado en el Protocolo de Adhesión, sean satisfactorias para las partes.41
Reunión del Ministro de Comercio Exterior de Ecuador, Juan Carlos Cassinelli, acompañado del Embajador de Ecuador en Suecia, concurrente en Lituania, Mario Guerrero, con el Viceministro de Relaciones Exteriores de Lituania, Raimundas Karoblis. Vilna, 5 de septiembre del 2016.
Con los resultados de este último proceso ya bastante adelantados, en septiembre de 2016 se programó un viaje del ministro Cassinelli a varios países de la Unión Europea con los cuales no se había tenido un contacto previo: Lituania (5 de septiembre), Dinamarca (6 de septiembre), Suecia (7 de septiembre), Finlandia (8 de septiembre) y Polonia (9 de septiembre), a fin de explicar la importancia del acuerdo con la UE para Ecuador, el impacto que produciría la pérdida de las preferencias arancelarias, los estragos causados por el terremoto de abril, las acciones tomadas por Ecuador con respecto a las preocupaciones
comerciales con la UE y el pedido de apoyo para viabilizar una pronta suscripción del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM. La respuesta recibida fue altamente positiva. El viceministro de Relaciones Exteriores de Lituania, Raimundas Karoblis, indicó que veía factible alcanzar el objetivo de ratificar el acuerdo antes de finalizar el año, por lo que comprometió el apoyo de su país a favor de este objetivo. Por su parte, el Secretario de Estado para Comercio de Dinamarca, Embajador Lars Thuesen, transmitió que se encontraba “impresionado con los avances sociales de Ecuador, la reducción de la pobreza y la importante ampliación de la clase media”, al tiempo que ofreció el apoyo de su país para el desarrollo de este proceso.
Reunión del Ministro de Comercio Exterior de Ecuador, Juan Carlos Cassinelli, acompañado del Embajador de Ecuador en Suecia, concurrente en Dinamarca, Mario Guerrero, con el Secretario de Estado para Comercio de Dinamarca, Lars Thuesen. Copenhague, 6 de septiembre del 2016.
41 A fin de atender las preocupaciones expresadas por varios Miembros de la UE, el Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, remitió una comunicación oficial el 19 de agosto de 2016 a los Ministros de Comercio, Relaciones Exteriores o Economía, según el caso, de los 28 países Miembros de la UE, reiterando el compromiso de Ecuador para implementar oportunamente los compromisos adoptados en el marco del Protocolo de Adhesión al ACM y a la vez solicitando el apoyo para que dicho instrumento pueda ser ratificado oportunamente.
77
La ministra de Asuntos de la Unión Europea y Comercio de Suecia, Ann Linde, expresó su optimismo en que el acuerdo entre Ecuador y la Unión Europea pueda entrar en vigencia antes de que venzan las preferencias arancelarias para Ecuador el 31 de diciembre de 2016.
El ministro de Comercio Exterior y Desarrollo de Finlandia, Kai Mykkanen, señaló que su país revisará los mecanismos para poder viabilizar una pronta resolución de parte del Consejo de la Unión Europea del acuerdo con Ecuador.
De izquierda a derecha: Ann Linde, Ministra de Asuntos de la Unión Europea y Comercio de Suecia y Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador. Estocolmo, 7 de septiembre del 2016.
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Kai Mykkanen, Ministro de Comercio Exterior y Desarrollo de Finlandia. Helsinki, 8 de septiembre del 2016.
Finalmente, el viceministro de Desarrollo Económico responsable de Asuntos Políticos de Comercio Exterior de Polonia, Radoslaw Domagalski-Labedzki, manifestó el apoyo de su país al objetivo de Ecuador de finalizar el proceso de ratificación del acuerdo con la UE hasta finales de 2016.
Reunión del Ministro de Comercio Exterior de Ecuador, Juan Carlos Cassinelli, con el Viceministro de Desarrollo Económico responsable de Asuntos Políticos de Comercio Exterior de Polonia, Radoslaw Domagalski-Labedzki. Varsovia, 9 de septiembre del 2016.
78
Inmediatamente después de esta serie de visitas realizadas por el ministro Cassinelli, fue organizada una gira encabezada por el señor Vicepresidente de la República, Jorge Glas Es-
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
pinel, para consolidar el apoyo de los europeos dentro del proceso de decisión en las instancias comunitarias: Italia, España y Francia, así como para reunirse con la Comisaria de Comercio de la UE. En dichas reuniones, el Vicepresidente de Ecuador estuvo acompañado por el ministro Cassinelli y el viceministro de Relaciones Exteriores, Fernando Yépez. En Italia, el 12 de septiembre de 2016 el Vicepresidente Jorge Glas mantuvo reuniones con el Pre-
De izquierda a derecha: Guido Matarella, Presidente de Italia y Jorge Glas Espinel, Vicepresidente de la República de Ecuador. Roma, 12 de septiembre del 2016.
sidente de la República Italiana, señor Guido Matarella, a quien explicó la importancia del acuerdo para Ecuador y la necesidad de acelerar su proceso de ratificación. El Presidente Matarella fue claro en asegurar todo el respaldo del Gobierno italiano a este propósito.
En España, el 13 de septiembre de 2016, el Vicepresidente Glas se reunió con la señora Soraya Saénz de Santamaría, Vicepresidenta del Gobierno español, quien manifestó el apoyo irrestricto de este país al objetivo planteado por Ecuador, comprometiéndose incluso a informar a los representantes españoles del
79
Partido Popular en el Parlamento Europeo para que también apuntalen en ese instancia la pronta ratificación del acuerdo entre la UE
y Ecuador.42 En Francia, el 14 de septiembre de 2016 se
Reunión del Vicepresidente de la República de Ecuador, Jorge Glas Espinel, con la Vicepresidenta del Gobierno Español, Soraya Sáenz de Santamaría. Madrid, 13 de septiembre del 2016.
De izquierda a derecha: Jorge Glas Espinel, Vicepresidente de la República de Ecuador y Manuel Valls, Primer Ministro de Francia. París, 14 de septiembre del 2016.
42 Como ejemplo de la positiva actitud mostrada por España en este proceso, el 7 de septiembre de 2016 el Ministro de Economía y Competitividad de ese país dirigió una comunicación al Ministro de Economía de la República Eslovaca, Peter Ziga, solicitando que se adelante el tratamiento del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM en el Consejo de la Unión Europea.
80
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
desarrolló un encuentro con el señor Manuel Valls, Primer ministro de Francia, quien transmitió que se encontraba positivamente sorprendido por los avances de las gestiones realizadas por Ecuador en relación a las preocupaciones comerciales, expresando el total apoyo de ese país para que el acuerdo sea ratificado hasta finales de 2016. Finalmente, en la reunión con la señora Cecilia Malmström, Comisaria de Comercio de la UE, realizada el 16 de septiembre de 2016, se realizó una discusión más detallada alrededor de los avances realizados por Ecuador para tratar las preocupaciones comerciales. En esta ocasión, se les indicó a las autoridades ecuatorianas que todas las instancias de la Unión Europea reconocían el intenso trabajo realiza-
do por Ecuador durante los últimos meses para viabilizar la oportuna ratificación del acuerdo con la UE. La Comisaria Malmström indicó además que había solicitado a la Presidencia eslovaca del Consejo de la Unión Europea que este tema sea tratado en la reunión del 17 de octubre de 2016. A fin de auscultar la respuesta que daría la Presidencia eslovaca al pedido de adelantar el tratamiento del acuerdo entre Ecuador y la UE, el Ministerio de Comercio Exterior gestionó una nueva reunión del ministro Cassinelli con el señor Miroslav Lajčák, ministro de Relaciones Exteriores y Asuntos Europeos de Eslovaquia y Presidente de turno del Consejo de la Unión Europea. Al igual que en la reunión de julio de 2016, dicho encuentro pudo ser
De izquierda a derecha: Cecilia Malmström, Comisaria de Comercio de la Unión Europea; Sergio Ruiz, Secretario General de la Vicepresidencia de la República de Ecuador; Pablo Villagómez, Representante Permanente de Ecuador ante la UE; Jorge Glas Espinel, Vicepresidente de la República de Ecuador; y, Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador. Bruselas, 16 de septiembre del 2016.
81
realizado en Nueva York el 22 de septiembre de 2016. El ministro Lajčák manifestó que la Unión Europea no percibía problemas sustanciales con Ecuador que pudieran impedir la oportuna ratificación del acuerdo comercial. Sin embargo, el ministro Lajčák indicó que las agendas para los diferentes comités ya habían sido previstas con anticipación y que, en el caso específico del acuerdo con Ecuador, se debía esperar a que, por un lado, la Secretaría del Consejo de la Unión Europea culmine la preparación de todos los documentos y, por otro lado, se reúnan las instancias previas a la reunión del Consejo de la Unión Europea, es decir el Comité de Política Comercial del Consejo de la Unión Europea y el Consejo de Representantes
Permanentes (COREPER)43. En tal sentido, se definió que se mantendría el cronograma original planteado por la Secretaría del Consejo de la Unión Europea efectuando, en una sola reunión, la aprobación de la Decisión autorizando la firma del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM y su entrada en aplicación provisional, así como la suscripción del mismo. g.Firma del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM Tal como fue informado por el ministro Miroslav Lajčák, recién el 12 de octubre de 2016 los integrantes del Comité de Política
De izquierda a derecha: Jorge Glas Espinel, Vicepresidente de la República de Ecuador; Cecilia Malmström, Comisaria de Comercio de la UE; y, Peter Ziga, Ministro de Economía de la República Eslovaca (Presidente de turno del Consejo de la UE). Ceremonia de firma delProtocolo de Adhesión de Ecuador al ACM. Bruselas, 11 de noviembre del 2016 43 El 24 de octubre de 2016, el Canciller eslovaco transmitió dicha información mediante comunicación oficial: el COREPER tenía previsto conocer y decidir sobre este tema en su reunión de 26 de octubre y el Consejo conocería y aprobaría las decisiones que viabilizaban la suscripción el 11 de noviembre de 2016. En esta última fecha, también se realizaría la suscripción de dicho Acuerdo.
82
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Comercial del Consejo de la UE recibieron las traducciones finales del Protocolo de Adhesión al ACM en todos los idiomas oficiales de la UE y, el 14 de octubre, se realizó la primera discusión del documento. Una vez superada la etapa en dicho Comité, se incluyó este tema en la agenda del COREPER y su tratamiento se dio el 26 de ese mes, fecha en la que se emitió por consenso una recomendación para el Consejo de Ministros a fin de que apruebe la suscripción del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM y su entrada en aplicación provisional. En este sentido, y conociendo que había el consenso de los países Miembros de la UE para aprobar esta Decisión, el Consejo de la UE coordinó un encuentro con Ecuador y los Representantes Permanentes de Colombia y Perú ante la UE, el 11 de noviembre de 2016,
para suscribir oficialmente el Protocolo de Adhesión de Ecuador al instrumento multipartes. Esta ocasión era ideal para la firma puesto que todas las autoridades de comercio de los países de la UE se encontrarían en Bruselas con motivo de la reunión del Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores, por lo que constituyó la oportunidad idónea para suscribir dicho instrumento. Por parte de Ecuador, se decidió que el Protocolo sería firmado por el Vicepresidente de la República, Jorge Glas Espinel, quien viajó a Bruselas acompañado del ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, y de representantes del sector exportador ecuatoriano. Por parte de la UE, el Protocolo de Adhesión fue suscrito por los ministros de los 28 países Miembros, por el Ministro de Economía de la República Eslovaca, Peter Ziga (en
De izquierda a derecha: Eduardo Ledesma (AEBE); Pablo Villagómez, Representante Permanente de Ecuador ante la UE; Padre Graziano Mazón (Fundación Maquita); Fernando Yépez, Viceministro de Relaciones Exteriores de Ecuador; Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador; Jorge Glas Espinel, Vicepresidente de la República del Ecuador; José Antonio Campuzano (CNA); Daniel Legarda (FEDEXPOR); Mónica Maldonado (CEIPA); Alejandro Martínez (EXPOFLORES); y, Eduardo Egas (CORPEI). Bruselas, 11 de noviembre del 2016.
83
representación de la UE) y por la Comisaria de Comercio, Cecilia Malmström. Adicionalmente, al ser un instrumento multipartes, el Protocolo de Adhesión fue suscrito por los Representantes Permanentes ante la UE de Colombia, Embajador José Rivera Salazar, y de Perú, Embajadora Cristina Ronquillo, en representación de estos países. Todas las autoridades que participaron en esta ceremonia afirmaron la trascendencia que tenía el haber finalmente suscrito el Acuerdo Comercial entre Ecuador y la Unión Europea, lo cual se constituía en un hito histórico dentro de las relaciones comerciales entre ambas partes, que sin duda beneficiaría a los sectores productivos y exportadores del Ecuador. Igualmente, los asistentes a la firma del instrumento hicieron votos para que las instancias de ambas partes que debían participar en la ratificación del acuerdo, lo hagan de manera expedita, para evitar que Ecuador deba afrontar una pérdida temporal de las preferencias arancelarias que caducarían a finales de diciembre de 2016. h.Etapa de aprobación y ratificación del Parlamento Europeo Una vez firmado el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM, este instrumento pudo ser puesto en consideración del Parlamento Europeo. De manera paralela, el Ministerio de Comercio Exterior viabilizó el inició de los trámites internos en Ecuador para su ratificación.
84
De izquierda a derecha: Juan Carlos Cassinelli, Ministro de Comercio Exterior de Ecuador y Helmut Scholz, Ponente Principal en el Parlamento Europeo para los temas relativos a la adhesión de Ecuador al ACM. Bruselas, diciembre del 2016.
Las intensas gestiones realizadas permitieron generar un clima favorable entre Ecuador y los miembros del Parlamento Europeo, lo cual resultó ser de gran relevancia en esta etapa. En el caso de la aprobación del acuerdo suscrito entre la Unión Europea con Perú y Colombia, el trámite desde la firma oficial del instrumento hasta la aprobación en el Parlamento Europeo demoró prácticamente seis meses. Ecuador no contaba con ese tiempo, de hecho, desde la firma restaba solamente un mes y medio para lograr la aprobación antes de la caducidad de las preferencias arancelarias. Conforme al compromiso adquirido por los Europarlamentarios en junio, el 9 de septiembre de 2016 el ponente del proceso, Helmut Scholz, tenía listo el Proyecto de Recomendación para que el Pleno del Parlamento aprobara la celebración del Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM. Con ello, la Comisión INTA inició las discusiones preliminares del Protocolo de Adhesión en el mes de septiembre y mantuvo una segunda discusión en el mes de octubre de ese año.
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
El adelanto en las discusiones preliminares facilitó la votación de la Recomendación del Europarlamentario Scholz, lo antes posible, en la agenda de esta Comisión. En este sentido, apenas el Consejo de la UE envió el trámite oficialmente al Parlamento, la votación se agendó para la siguiente reunión de la Comisión INTA que tendría lugar el 29 de noviembre de 2016. La Comisión INTA aprobó la propuesta del Parlamentario Scholz sin debate ni modificaciones en la fecha prevista, con lo cual se pudo transmitir dicho documento al Pleno del Parlamento para su debate y votación, a tiempo, para ser agendado su tratamiento en las reuniones que se tenían programadas para el mes de diciembre de 2016. A fin de asegurar que exista el clima propicio dentro del Parlamento Europeo para que se realice el proceso sin contratiempos, el ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, realizó una última visita a Bruselas entre el 29 de noviembre y el 3 de diciembre de 2016, a fin de reunirse con los Europarlamentarios que habían sido parte importante en dicho proceso, principalmente con Helmut Scholz y Santiago Fisas, ponentes para el tratamiento de este tema en el Parlamento Europeo. El ministro Cassinelli se reunió además con Ramón Jauregui, Presidente de la Delegación para América Latina, con Luis Grandes, Presidente de la Delegación para las Relaciones con los Países de la Comunidad Andina, y con Inmaculada Rodríguez Piñero, miembro del INTA. Igualmente, en dicha ocasión el ministro Cassinelli participó en una reunión de la Delegación del Parlamento Europeo para las Relaciones de
Reunión del Ministro de Comercio Exterior de Ecuador, Juan Carlos Cassinelli, acompañado del Viceministro de Negociaciones, Integración y Defensa Comercial, Humberto Jiménez, con Santiago Fisas, Ponente a la Sombra en el Parlamento Europeo para los temas relativos a la adhesión de Ecuador al ACM. Bruselas, diciembre del 2016.
la Comunidad Andina, a fin de exponer la importancia que tenía para Ecuador la oportuna ratificación del acuerdo con la Unión Europea. En todas las reuniones mantenidas, Ecuador recibió con satisfacción la mejor disposición del Parlamento Europeo para que este proceso sea aprobado sin contratiempos. El debate y la votación en el Pleno del Parlamento Europeo tuvieron lugar los días 13 y 14 de diciembre de 2016, respectivamente. Durante el debate, el Parlamentario Helmut Scholz, como ponente del proceso, indicó que Ecuador había ofrecido garantías suficientes de que sus políticas tomaban muy en cuenta los temas sociales y ambientales, lo que permitió que la Comisión INTA apoye sin problemas la adhesión de Ecuador al ACM. Por su parte, la Comisaria de Comercio, Cecilia Malmström, quien también intervino en el debate, resaltó que era la primera vez que Ecuador suscribía un instrumento amplio de comercio, lo que demostraba su empeño por desarrollar y modernizar su economía. Ade-
85
más, aseveró que el Gobierno ecuatoriano había tomado medidas oportunas por adaptarse a los compromisos del acuerdo, esfuerzo que era digno de reconocimiento. El 14 de diciembre de 2016 fue aprobado por el Pleno de Parlamento el Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes con una significativa mayoría de 544 votos a favor, 114 en contra y 44 abstenciones. Conforme el mandato del artículo 231 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 108 del Reglamento del Parlamento de la Unión Europea, la aprobación de los Tratados Internacionales en el Parlamento se decide por mayoría de los votos emitidos, esto indica que solo cuentan los votos a favor y en contra de quienes estuvieron presentes. El mismo día en que se dio la aprobación por parte del Parlamento Europeo, el Consejo de la UE transmitió una nota verbal a la Misión
de Ecuador ante la Unión Europea, notificando la finalización de los procesos internos en la Unión Europea para la aplicación provisional del Protocolo de Adhesión del acuerdo comercial entre la Unión Europea y sus países Miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador. Además, a través de esta nota el Consejo de la UE remarcó que, conforme a lo estipulado en el artículo 27 numerales 4 y 6 del Protocolo de Adhesión, su aplicación provisional se daría el primer día del mes siguiente a la fecha en la que la Secretaría del Consejo de la UE, depositaria del acuerdo, recibiera el instrumento de ratificación por parte de Ecuador. Con el cumplimiento de los trámites internos en la Unión Europea, restaba que se concluyan los trámites en Ecuador. El 24 de diciembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea No. L
Imágenes de la sesión del Pleno del Parlamento Europeo que ratificó el Protocolo de Adhesión de Ecuador y del resultado de la votación. Estrasburgo, 14 de diciembre del 2016.
86
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
356 el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM, con lo cual se viabilizó que el mismo pueda ser aplicado de manera provisional a partir del 1 de enero de 2017. 3.2. Gestiones nacionales 3.2.1. Revisión de preocupaciones comerciales bilaterales El proceso emprendido por Ecuador previo a la ratificación del Protocolo de Adhesión al Acuerdo Comercial Multipartes tuvo, entre sus componentes, el establecer las condiciones adecuadas para la implementación ordenada de los compromisos establecidos en dicho instrumento. Para el efecto, durante el año 2016 se realizó un intenso trabajo interno, cuyos resultados fueron consensuados a nivel nacional y comunicados formalmente a la Comisión Europea: a. Reglamentos técnicos: cosméticos Para establecer procedimientos claros para la importación de productos cosméticos en el Ecuador, se homologó el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 093 con la Decisión de la Comunidad Andina 516. Esto se realizó mediante Resolución No. 16357 de la Subsecretaría del Sistema de la Calidad de la Productividad, del Ministerio de Industrias y Productividad de Ecuador (MIPRO), emitida el 1 de septiembre de 2016. A través de dicho instrumento se aprobó y oficializó con carácter de obligatorio la Modificatoria 1 al Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 093 (1R) “Productos Cosméticos”. Esta Resolución
eliminó los numerales 9.1 al 9.3 y la Disposición Única relacionada al procedimiento para evaluar la conformidad, insertos en el Reglamento Técnico 093, e incluye el siguiente texto sustitutivo: “9.1. Para la demostración de la conformidad de los productos contemplados en este Reglamento Técnico, los fabricantes nacionales e importadores deberán demostrar su cumplimiento de los requisitos establecidos en la Decisión Andina 516 con sus regulaciones y modificaciones establecidas, lo cual deberá ser sustentado a través de la presentación de la Notificación Sanitaria Obligatoria NSO, vigente expedida por la Autoridad Sanitaria del país de destino; y, en productos importados, se debe adjuntar el Registro de Operadores establecido mediante Acuerdo Ministerial No. 14114 del 24 de enero de 2014”. Con esta modificación, la reglamentación técnica ecuatoriana se encuentra homologada a la Decisión Andina 516, debiendo seguirse los trámites establecidos a nivel andino, esto es la presentación únicamente de la NSO. En este sentido, se suprimió la presentación de otros requisitos y procedimientos que eran solicitados para la certificación de conformidad. b. Reglamentos técnicos: verificación de la conformidad Para efectos de dar cumplimiento a las disposiciones que figuran en el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM, se adoptó el Acuerdo Ministerial No. 16136 del Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO),
87
que instrumentalizó el procedimiento y los requisitos documentales para la obtención del certificado de conformidad INEN para los productos originarios de la UE, lo cual había sido regulado con el Acuerdo Ministerial 14241 de 3 de junio de 2014. El certificado de conformidad INEN es el requisito de conformidad técnica que se requiere en la aduana para importar. En el mencionado acuerdo se establecieron los procesos para la demostración de la conformidad de las mercancías comprendidas en los Reglamentos Técnicos Ecuatorianos, los cuales se podrían cumplir a través de una de las siguientes alternativas: 1. Procedimientos de evaluación de la conformidad previstos en los respectivos reglamentos técnicos ecuatorianos; o 2. Certificado de Conformidad de Primera Parte; o 3. Declaración Juramentada del Importador de cumplimiento del Reglamento Técnico Ecuatoriano. Estos documentos deberán ser apostillados ante un Cónsul ecuatoriano o legalizados (notariados en el Ecuador). Una vez que se ha verificado el cumplimiento de los requisitos, el INEN emitirá el certificado en el plazo máximo de 5 días de forma electrónica. En la cláusula quinta del acuerdo MIPRO No. 16136, referida a “prevalencia” se establece que los requisitos establecidos serán
88
los únicos solicitados por el INEN para la verificación de la conformidad. En el caso de que la autoridad requiera nuevos documentos, estos deberán ser autorizados mediante reforma al mencionado acuerdo. c. Timbre fiscal para licores La Resolución No. 0185 del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), de 6 de abril de 2015 (Regulación de las Etiquetas fiscales y el Control en las Importaciones de Bebidas Alcohólicas), con el objetivo de evitar el contrabando de licores, introdujo la obligación de que los importadores de whisky, vodka, ron y tequila adquieran etiquetas fiscales ($ 0,25 centavos c/u) que debían colocarse en cada botella antes de que la mercadería saliera de aduana. Dichas etiquetas solo podían ser colocadas en el puerto de Guayaquil. Al respecto era necesario asegurar dos circunstancias: en primer lugar, que exista trato nacional con respecto a estos bienes (es decir garantizar un mismo tratamiento a licores nacionales e importados) y, en segundo lugar, evitar que se impongan condiciones que puedan ser consideradas como restrictivas (abriendo la posibilidad de que se coloque la etiqueta en cualquier puerto de entrada de la mercancía al país). En ese sentido, se generaron dos modificaciones: •
Se emitió la Resolución SENAEDGN-2016-0632-RE, de 11 de agosto de 2016, que permite que el Servicio Nacional de Aduana coloque la eti-
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
queta fiscal (whisky, vodka, tequila y ron) en cualquier depósito aduanero del país por el que ingrese la mercancía, sin ocasionar gastos extras al importador por trasladar sus productos a Guayaquil ni realizar trámites adicionales. •
Se operativizó una medida similar para evitar la evasión fiscal y la falsificación de los productos sujetos a ICE, lo que incluye a los licores, desarrollando el Sistema de Identificación, Marcación, Autentificación y Rastreo (SIMAR). Este es un sistema para la marcación e identificación de productos y su posterior rastreo y es aplicado a los productos de origen nacional.
d. Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) Con la finalidad de mantener consistencia con el principio de trato nacional en relación a los valores que se incluían en el cálculo de la base imponible para el cobro del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), el 8 de agosto de 2016 el Presidente de la República, Rafael Correa, incluyó una reforma al cálculo de este impuesto para licores importados en el Proyecto de “Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para varios Sectores Productivos” enviado a la Asamblea Nacional. Dicho proyecto, en su artículo 1, numeral 3, estableció una reforma al artículo 76 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, a fin de modificar la definición del precio
ex-aduana (base imponible para licores importados) para el cálculo del ICE. Con la reforma realizada, la definición que se mantenía del precio ex-aduana: “El precio ex aduana considerará el valor en aduana de los bienes, las tasas y fondos recaudados por la autoridad nacional de aduanas y los demás rubros que se incluyen en el precio ex fábrica”, fue reemplazada por la siguiente: “El precio ex aduana es aquel que se obtiene de la suma de las tasas arancelarias, fondos y tasas extraordinarias recaudadas por la autoridad aduanera al momento de desaduanizar los productos importados, al valor en aduana de los bienes”. Dicha reforma legal entró en vigencia el 12 de octubre de 2016. Adicionalmente, el Ministerio de Comercio Exterior indicó a la Comisión Europea que, desde antes de que el acuerdo fuera inicializado (diciembre de 2014), ya se había modificado la normativa tributaria ecuatoriana a fin de aclarar que el ajuste anual del valor de $ 4,28, en función de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor, se aplicaría tanto para el precio ex fábrica como ex aduana, por lo que se respetaba el principio de trato nacional. e. Hoja de ruta en materia sanitaria y fitosanitaria Con la finalidad de establecer los procedimientos necesarios para la implementación del acuerdo con la Unión Europea en mate-
89
ria sanitaria y fitosanitaria, se suscribió una Hoja de Ruta por parte de las siguientes instituciones: -
Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
-
Ministerio de Salud Pública
-
Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (AGROCALIDAD)
-
Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA)
-
Instituto Nacional de Pesca (INP)
Durante el año 2016, se completaron las acciones para la implementación de dicha hoja de ruta, estableciendo procedimientos y requisitos unificados de importación para los productos originarios de la UE, así como para la exportación y homologación de certificaciones entre las instituciones sanitarias competentes.
cuantitativas para la importación de vehículos, ya que se establecerían regulaciones técnicas aplicables a los automóviles que ayudarían a garantizar la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. g. Reaseguros La Resolución No. 051-2015-F, adoptada por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera el 5 de marzo de 2015, estableció, entre otras disposiciones, que las empresas de seguros y compañías de reaseguros que operen en los ramos de vida individual, vida en grupo, accidentes personales, asistencia médica y vehículos, deberán retener el 95% de la prima total neta emitida.
A través de las Resoluciones del COMEX No. 65 y 66 del año 2012, se establecieron cupos para la importación de vehículos armados y en CKD con el objetivo de disminuir los niveles de emisión de gases de efecto invernadero, al amparo del artículo XX (b) del GATT de 1994 y de otras regulaciones similares que existen en los acuerdos comerciales bilaterales de Ecuador.
Dicha medida fue originada en la constatación de que las empresas de seguros en Ecuador en los referidos ramos reaseguraban un altísimo porcentaje de su cartera de primas, rebasando de lejos el promedio de la región, lo que ponía en riesgo su capacidad para poder responder a las obligaciones contratadas con los asegurados, por lo que era necesario aplicar una medida cautelar con miras a garantizar el funcionamiento del mercado de seguros. Cabe destacar que este tipo de medida está amparada en la normativa multilateral (Anexo sobre Servicio Financieros del Acuerdo General sobre Comercio de Servicios y en el artículo 154 del ACM).
A finales del año 2016, luego del análisis técnico y jurídico tendiente a definir el régimen que ampararía la importación de vehículos desde el 1 de enero de 2017, se resolvió que a partir del mencionado año no se aplicarían restricciones
Al registrarse un resultado positivo de la aplicación de esta medida durante el año 2016, específicamente visible en los niveles de capitalización que habían registrado las empresas de seguros, se decidió reducir el
f. Cupo de vehículos
90
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
nivel de retención de primas al 90%. Dicha medida fue adoptada mediante Resolución 283-2016-S de 15 de septiembre de 2016. h. Decreto 522 – medicamentos genéricos A fin de aclarar el alcance de la disposición del Decreto Ejecutivo No. 522 de 17 de diciembre de 2014, relacionado con la obligatoriedad de marcar como genérico a las medicinas cuya patente haya vencido, el Presidente de la República, Rafael Correa, expidió el Decreto Ejecutivo No. 1159, vigente desde el 19 de septiembre de 2016, el cual establece que: “Para el caso de los medicamentos de referencia, una vez vencida la patente, se registrarán como tales y para su comercialización, la etiqueta contendrá primordialmente la Denominación Común Internacional (DCI) y la denominación de “Medicamento de Referencia”, por sobre el nombre del fabricante. Se entiende como medicamento de referencia a aquellos que obtuvieron originalmente la patente de invención ya caducada”. Dicho desarrollo fue incorporado en el Reglamento de Aplicación a la Ley de Producción, Importación, Comercialización y Expendio de Medicamentos Genéricos de Uso Humano. Esta modificación dejaba en claro que la intención de esta reforma no era vulnerar las obligaciones en materia de propiedad intelectual asumidos por Ecuador a nivel multilateral y dentro del propio acuerdo con la UE. En resumen, Ecuador sigue permitiendo la comercialización de medicamentos genéricos y de referencia con una marca en particular.
i. Tasas de registro y mantenimiento de patentes Con Resolución No. 001-2016-CD-IEPI de 3 de agosto de 2016, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 822 de 19 de agosto de 2016, se modificaron los valores de las tasas para el registro y mantenimiento de patentes, a fin de que reflejen costos similares a los cobrados por los otros países, lo cual va en línea con los compromisos comerciales multilaterales asumidos por Ecuador. j. Licencias obligatorias En uso de las flexibilidades vigentes en los acuerdos multilaterales sobre propiedad intelectual, el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI), otorgó licencias obligatorias a varios productos farmacéuticos, entre los que se contaban Abacavir, Sunitinib y Certolizumab, que tienen origen o producción europea. En base a la solicitud de la licenciataria (ENFARMA), mediante Resoluciones de enero y julio de 2016, el IEPI aprobó la revocatoria y/o desistimiento de estas licencias, para lo cual se tomó en consideración que dichas medicinas no habían llegado a producirse en el país durante el tiempo en el que estuvieron vigentes las licencias obligatorias. k. Código INGENIOS A fin de reemplazar a la Ley de Propiedad Intelectual (que estaba vigente desde el año 1998), a partir del año 2014 se comenzó la elaboración del Código Orgánico de la Eco-
91
nomía Social de los Conocimientos, la Creatividad y la Innovación (Código INGENIOS). Durante dicho proceso y, a fin de asegurar que la nueva normativa esté en línea con los compromisos asumidos por Ecuador en el Protocolo de Adhesión al ACM, la Unión Europea solicitó aclaraciones respecto de ciertos artículos relacionados con varias materias de propiedad intelectual, entre ellas la presunción de titularidad de las obras, el establecimiento de porcentajes fijos de beneficios en obras creadas por encargo, compensación en licencias obligatorias, los datos de prueba para medicamentos y agroquímicos y las medidas en frontera. Dichas preocupaciones fueron incluidas en el análisis que las instituciones competentes realizaron en el proceso para la aprobación de esa normativa, en el cual se incluyó también una valoración de la normativa internacional, las Decisiones Andinas, el acuerdo con la Unión Europea y la normativa local. Esto tuvo como consecuencia que se realicen ajustes al borrador del Código, a fin de que se garantice por un lado el espacio de política pública que Ecuador requería en esta área, y por otro, el cumplimiento de sus compromisos internacionales. El Código INGENIOS fue finalmente aprobado por la Asamblea Nacional en diciembre de 2016. L. Salvaguardia por Balanza de Pagos En marzo de 2015, Ecuador notificó a sus socios comerciales que comenzaría a aplicar una salvaguardia por balanza de pagos, al
92
amparo del Art. XVIII.B del GATT/1994 y de normativa similar existente en sus acuerdos comerciales bilaterales. El objetivo era regular el nivel general de importaciones, precautelar la liquidez de la economía y disminuir el desequilibrio de balanza de pagos proyectado entre $ 2.000 y $ 2.400 millones. Durante todo el proceso para la firma y ratificación del acuerdo con la Unión Europea, Ecuador mantuvo que este tema debía ser tratado en el marco de la Organización Mundial de Comercio. Al igual que con el resto de socios comerciales, se informó a la UE sobre las modificaciones de la situación económica de Ecuador, las cuales permitieron que en enero de 2016 se disminuya la sobretasa del 45% a 40%; en abril de 2016 se elimine la sobretasa de 5%; y, en octubre de 2016 se redujera la tasa de 40% a 35%, la de 20% a 15% y se eliminara el nivel de 25%. La medida de salvaguardia se eliminará progresivamente en los meses de abril a junio de 2017, disminuyendo las dos sobretasas del 35% y 15% de manera mensual. 3.2.2. Aprobación y Ratificación Una vez suscrito el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM el 11 de noviembre del año 2016, Ecuador debía realizar los trámites internos necesarios a fin de poner en vigor dicho Acuerdo. Para cumplir ese objetivo era necesario cumplir con los requisitos dispuestos en los artículos 417, 418, 419 y 438 de la Constitución de la República de Ecuador y los artículos 107 al 112 de la Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, a saber:
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
a) Dictamen de la Corte Constitucional, de acuerdo con el numeral 1 del Art. 438 de la Constitución de la República de Ecuador, el artículo 107 de la Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, artículo 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y el numeral 2 del artículo 82 de la Codificación del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional. b) Aprobación por parte de la Asamblea Nacional, de acuerdo con el numeral 6 del artí-
culo 419 de la Constitución de la República de Ecuador, el numeral 8 del artículo 9 y numeral 6 del artículo 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. c) Ratificación por parte del Presidente de la República de Ecuador y depósito del Instrumento de Ratificación, de acuerdo con el artículo 418 de la Constitución de la República de Ecuador, artículo 330 del Acuerdo Comercial Multipartes y los artículos 11 y 16 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados.
Parte del equipo del Ministerio de Comercio Exterior a cargo de la gestión del proceso de ratificación del Protocolo de Adhesión. De izquierda a derecha: Iván Ortiz, Ana María Cobo, Andrea Cáceres, Javier Latorre, Humberto Jiménez (Viceministro de Negociaciones, Integración y Defensa Comercial), Juan Carlos Sánchez, Natalia Jiménez y Carlos Sevilla.
Es importante señalar que el proceso interno de ratificación no debía tomar en cuenta solamente el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM, sino también el propio Acuerdo Comercial Multipartes, el cual había sido suscrito en el año 2012 por la Unión Europea, Colombia y Perú. Ambos instrumentos deben ser leídos conjuntamente para tener el panorama completo de los derechos y obligaciones asumidos por Ecuador en el marco de su negociación con la Unión Europea. El
ACM constituye la base común de obligaciones para Ecuador, Colombia, Perú y la Unión Europea, mientras que el Protocolo de Adhesión incluye los elementos específicos que fueron negociados entre Ecuador y la Unión Europea. A efectos de que las instituciones competentes puedan conocer con claridad y amplitud el contenido del acuerdo suscrito, el Ministerio de Comercio Exterior emprendió
93
una serie de reuniones con las autoridades ecuatorianas competentes en esta materia. Dichas reuniones dieron la oportunidad de transmitir el contenido e importancia del acuerdo, así como absolver las consultas recibidas. Todas las instituciones concernidas estaban conscientes de la urgente necesidad de ratificar el acuerdo con la Unión Europea para evitar las complicadas consecuencias en caso de la pérdida temporal de las preferencias arancelarias para el ingreso de productos ecuatorianos al mercado de la UE. En este escenario, las instituciones del Estado involucradas en el proceso ejercieron, con responsabilidad y apego a la legislación nacional, todos los requerimientos impuestos en la normativa ecuatoriana para la ratificación del referido acuerdo, lo que finalmente permitió cumplir con el objetivo planteado. De manera previa, en seguimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 4 del Reglamento al libro IV del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), el Comité de Comercio Exterior (COMEX), mediante Resolución número 024-2016 de 29 de septiembre de 2016, emitió un dictamen favorable respecto del resultado de la negociación del acuerdo de Ecuador con la Unión Europea. Dicha decisión fue tomada en base a un extenso informe técnico preparado por el Ministerio de Comercio Exterior, el cual analizaba todo el proceso de negociación, desde su inicio en el año 2007 hasta el 11 de julio de 2016, fecha en la que el Consejo de la UE y la Comisión Europea dieron por concluido el proceso de revisión
jurídica y traducción del texto del Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes. El COMEX aprobó el proceso llevado a cabo y encargó al Ministerio de Comercio Exterior continuar con los trámites de aprobación y ratificación del instrumento internacional. a. Corte Constitucional El 11 de noviembre de 2016, la Corte Constitucional recibió de la Presidencia de la República la copia certificada del Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes con la Unión Europea y del Acuerdo Comercial Multipartes, con la finalidad de que esta instancia se pronuncie sobre la constitucionalidad de estos instrumentos y emita un informe respecto de la pertinencia de la aprobación legislativa, previo a su ratificación. El 12 de diciembre de 2016, mediante Dictamen 009-16-DTI-CC, sobre el caso número 0015-16-TI, la Corte Constitucional señaló textualmente que: “las disposiciones contenidas en el ‘Protocolo de Adhesión del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador’, suscrito en Bruselas el 11 de noviembre de 2016 y en el ‘Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y los Estados de Colombia y Perú, por otra’, suscrito en Bruselas el 26 de junio de 2012, son compatibles con la Constitución de la República del Ecuador, en consecuencia de lo cual la Corte Constitucional expide dictamen favorable del mismo”44.
44 Dictamen 009-16-DTI-CC, CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, emitido el 12 de diciembre de 2016, numeral 2 de la pág. 39.
94
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Como punto 1 del dictamen, la Corte Constitucional dispone que el acuerdo “requiere la aprobación legislativa previa por parte de la Asamblea Nacional por encontrarse dentro de los supuestos previstos en los numerales 3, 4 y 6 del artículo 419 de la Constitución de la República”45. Esta parte del dictamen
consideró que el acuerdo con la Unión Europea contenía compromisos que obligaban a expedir, modificar o derogar una ley (numeral 3); se referían a los derechos y garantías establecidos en la Constitución (numeral 4); y, comprometían al país en acuerdos de integración y de comercio (numeral 6).
Reunión del Ministro de Comercio Exterior de Ecuador, Juan Carlos Cassinelli, y el Presidente de la Corte Constitucional de Ecuador, Alfredo Ruíz Guzmán. Quito, 12 de octubre del 2016.
Es importante anotar que el 22 de noviembre de 2016, previo el informe de la jueza sustanciadora, el Pleno de la Corte abrió el término de diez días, conforme lo determina el literal b) del artículo 111 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y del numeral 2 del artículo 82 de la Codificación del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, para que la ciudadanía pueda
defender o impugnar la constitucionalidad de estos instrumentos internacionales. En el término concedido fueron presentados cuatro escritos de impugnación a los acuerdos comerciales suscritos, en los que en términos muy generales se cuestiona la procedencia de ratificar estos acuerdos, sin que, en ninguno de ellos, exista una clara alegación de violación de derechos constitucionales, sino más
45 Dictamen 009-16-DTI-CC, CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, emitido el 12 de diciembre de 2016, numeral 1 de la pág. 39.
95
bien referencias a experiencias que habrían tenido lugar en otros países y opiniones personales sobre la situación coyuntural que estaba atravesando el país. En consecuencia, la Corte Constitucional luego de la revisión correspondiente de estos alegatos, concluyó que los argumentos presentados no eran análisis normativos sobre los que debería pronunciarse. El análisis de la Corte Constitucional detalla los derechos y garantías referidos en el acuerdo comercial con la Unión Europea y los compara con las normas positivas de la Constitución de la República de Ecuador. Así, existen referencias al alcance de los artículos 59; 196; 201.8; 234; 260; 269; 270; y 275 del ACM, por los que en opinión de la Corte Constitucional serán necesarias ciertas modificaciones o ajustes normativos en la legislación comercial ecuatoriana. Por tanto, señala la Corte que “nos encontramos ante un instrumento internacional vincu-
lante para el Estado ecuatoriano, que requiere la aprobación de la Asamblea Nacional de forma previa a su ratificación (…)” Asimismo, el alto tribunal constitucional señala que el Protocolo de Adhesión suscrito el 11 de noviembre de 2016 y el Acuerdo Comercial Multipartes, “no contradicen ningún mandato constitucional, por lo cual nuestro país se encuentra en posibilidad de adherirse al mismo y contraer las obligaciones que se derivan de dicho instrumento internacional.” b. Asamblea Nacional El 12 de diciembre de 2016, la Corte Constitucional remitió a la Presidencia de la República de Ecuador el dictamen correspondiente, la cual a su vez transmitió el expediente a la Asamblea Nacional. La Comisión Especializada Permanente del Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa fue la encargada de seguir el tratamiento legislativo correspondiente.
Reunión de la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa de la Asamblea Nacional. El Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, presenta su informe sobre los contenidos del Acuerdo. Quito, diciembre del 2016.
96
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Así, el 14 de diciembre de 2016 la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa puso en conocimiento de la Presidencia de la Asamblea Nacional el informe respectivo que incluye un detallado análisis sobre la juridicidad del acuerdo, presenta los antecedentes e importancia de su negociación para el país en el marco de las estrechas e importantes relaciones comerciales con la Unión Europea y destaca al instrumento negociado como un factor importante para el desarrollo económico, social e inclusivo de Ecuador.
Reunión de la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa de la Asamblea Nacional. El Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, presenta su informe sobre los contenidos del Acuerdo a la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa de la Asamblea Nacional, presidida por la Asambleísta Soledad Buendía. Quito, diciembre del 2016.
El informe elaborado por la Comisión al Pleno de la Asamblea recoge una síntesis de la exposición que el ministro Juan Carlos Cassinelli presentó ante dicha comisión legislativa. Es importante destacar que ese texto señala que el acuerdo comercial con la Unión Europea “es el más importante componente de la agenda comercial internacional de Ecuador. Este acuerdo es consistente con el proceso de gradual inserción internacional del Ecuador en las corrientes internacionales de comercio e inversión; constituye un aporte fundamental para complementar el mercado
nacional con las oportunidades que generan un comercio con alrededor de 514 millones de consumidores en Europa”. Es importante resaltar en esta parte la destacada participación de la Presidenta de esta Comisión Legislativa, Asambleísta Soledad Buendía, quien supo mantener abiertos los canales de comunicación con el Ministerio de Comercio Exterior y con todas las instancias públicas y privadas con competencias e intereses en este proceso. Así, en las sesiones de la Comisión llevada a cabo el 13 y 14 de diciembre de 2016 también participaron como expositores sectores representativos del sector productivo y exportador: la Federación Ecuatoriana de Exportadores (FEDEXPOR), la Cámara Nacional de Acuacultura, la Cámara Ecuatoriana de Industriales y Procesadores Atuneros (CEIPA), la Asociación de Pequeños Exportadores de Banano (ASOGUABO), la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE), además de representantes de asociaciones de la economía popular y solidaria como CAMARI.
Reunión de la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa de la Asamblea Nacional. En la foto: la Asambleísta Soledad Buendía, Presidenta de la Comisión, y el Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli. Quito, diciembre del 2016.
97
Este conversatorio dio la oportunidad para que los miembros de este órgano colegiado puedan absolver las inquietudes sobre el contenido y la importancia del Acuerdo Comercial Multipartes. El informe de la Comisión fue aprobado el 14 de diciembre de 2016, con el voto favorable de todos los miembros presentes, lo que permitió que se recomiende al Pleno de la Asamblea Nacional aprobar el Protocolo de Adhesión de Ecuador al ACM. En su informe, la Comisión destaca los siguientes elementos: La trascendencia económica, política, social y de relacionamiento estratégico para Ecuador de esta negociación. La gravedad de la pérdida de mercado que hubiere podido tener Ecuador de no efectuar y concluir estas negociaciones y los costos asociados a esta pérdida.
El aval otorgado a todos y cada uno de los puntos negociados y la importancia y conveniencia para el país de los resultados obtenidos. El desarrollo económico, equilibrado, inclusivo y armónico de Ecuador que se puede generar en función del correcto aprovechamiento del acuerdo. La importancia de que Ecuador emprenda acciones para consolidar su paulatina inserción en el contexto de las relaciones económicas internacionales. La responsabilidad otorgada a la Función Ejecutiva y, en concreto, al MCE para llevar a plena ejecución y aplicabilidad el ACM. El 19 de diciembre de 2016, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el instrumento
Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, y parte de la delegación que asistió a la reunión del Pleno de la Asamblea Nacional que aprobó el Protocolo de Adhesión. Quito, 19 de diciembre del 2016.
98
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
comercial con 97 votos afirmativos, 1 negativo, 2 blancos y 2 abstenciones. Es útil señalar que el trámite a seguirse en este procedimiento, si bien semejante a la aprobación de una ley, no obliga a que la Asamblea Nacional discuta el contenido del referido acuerdo en dos oportunidades en el Plenario, como lo dispone el artículo 136 de la Constitución,
sino en una sola ocasión. Además, conforme lo determina el artículo 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, corresponde a la Asamblea Nacional, por mayoría absoluta de sus miembros, solamente pronunciarse de forma afirmativa o negativa sobre el texto sometido a su consideración, sin posibilidad de presentar enmiendas a dicho texto.
Parte de la delegación que asistió a la reunión del Pleno de la Asamblea Nacional que aprobó el Protocolo de Adhesión. Quito, 19 de diciembre del 2016.
c. Ratificación y vigencia del acuerdo Para perfeccionar la ratificación por parte de Ecuador del acuerdo con la Unión Europea, el Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, emitió el 20 de diciembre de 2016 el Decreto Ejecutivo No. 1285, publicado en el Registro Oficial No. 906, con el cual encargó al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana la ejecución para asegurar la inmediata entrada en aplicación provisional del acuerdo.
Así, dicho Ministerio expidió ese mismo día el instrumento de ratificación correspondiente, el cual fue remitido inmediatamente al depositario del acuerdo, responsabilidad otorgada al Secretario General del Consejo de la Unión Europea, para viabilizar su cabal perfeccionamiento. El 22 de diciembre de 2016, el Secretario General del Consejo de la Unión Europea comunicó que ese día habían concluido los trámites para la entrada en aplicación provisional del Proto-
99
colo de Adhesión de Ecuador al ACM, de conformidad con lo que disponen los artículos 329 del ACM y 27 del indicado Protocolo, lo que haría que “el acuerdo comercial y su protocolo entren en vigencia provisional para Ecuador y la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2017”. En el caso de Ecuador, el Protocolo de Adhesión y el Acuerdo Comercial Multipartes se publicaron en las Ediciones Especiales 807 y 808 del Registro Oficial, de 23 de diciembre de 2016. 3.2.3 Proceso de socialización del acuerdo Parte importante del proceso para asegurar un aprovechamiento pleno de las ventajas del
acuerdo con la Unión Europea ha consistido en la socialización de los contenidos del mismo entre los sectores productivos y exportadores. En este contexto, a partir del mes de noviembre de 2016 el Ministerio de Comercio Exterior inició un amplio proceso de difusión de los beneficios del acuerdo. Para tal efecto, se organizaron varios equipos de trabajo especializados para cubrir el gran número de requerimientos recibidos y organizados por iniciativa del MCE. En una variedad de ocasiones, dichos equipos de trabajo estuvieron liderados por el ministro Juan Carlos Cassinelli, lo cual reafirmaba la alta importancia otorgada por el Ministerio de Comercio Exterior a este tipo de actividad.
Seminario “Beneficios del Acuerdo Comercial Multipartes”. De izquierda a derecha: Wilfred Meinlschmidt, Presidente de la Eurocámara; Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli; y, Marianne Van Steen, Embajadora de la Unión Europea en Ecuador. Guayaquil, 26 de enero del 2017.
Para que estas gestiones cuenten con un mayor efecto multiplicador, se buscó cubrir el mayor espacio geográfico posible. De esta
100
forma, se han impartido capacitaciones en las provincias de Esmeraldas, Manabí, Guayas, El Oro, Los Ríos, Carchi, Imbabura,
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Azuay, Loja y Sucumbíos, logrando capacitar a alrededor de 6.500 personas pertenecientes a diversos sectores
productivos de Ecuador, incluyendo gremios, asociaciones, economías populares y solidarias, universidades, y ciudadanía en general.
Evento de socialización por parte del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, en la Universidad de Guayaquil. 12 de enero de 2017.
Seminario “Beneficios del Acuerdo Comercial Multipartes”. Guayaquil, 26 de enero del 2017.
Evento de socialización por parte del Embajador Humberto Jiménez, Viceministro de Negociaciones, Integración y Defensa Comercial, en la Cámara de Comercio de Quito. Quito, 12 de enero del 2017.
Evento de socialización en Cuenca por parte de Juan Carlos Sánchez, Coordinador de Relaciones Comerciales Extraregionales, organizado por FEDEXPOR. 19 de enero del 2017.
Evento de socialización por parte del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, en la Universidad de Quevedo. 5 de enero del 2017.
101
Evento de socialización en la Cámara de Comercio de Guayaquil. Humberto Jiménez, Viceministro de Negociaciones, Integración y Defensa Comercial. Guayaquil, 19 de diciembre del 2016.
Seminario “Beneficios del Acuerdo Comercial Multipartes”. Por parte del Ministerio de Comercio Exterior, Pablo Patiño, Subsecretario de Políticas de Comercio Exterior. Quito, 24 de enero del 2017.
Evento de socialización en Ibarra. Ana María Cobo, Coordinadora Técnica de COMEX. 15 de marzo del 2017.
102
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Evento de socialización por parte del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, en la Cámara de la Pequeña y Mediana Empresa de Pichincha. Quito, 11 de enero del 2017.
En este esfuerzo, el Ministerio de Comercio Exterior no ha estado solo. En varias ocasiones se ha colaborado con otras instituciones públicas como coorganizadoras, tal es el caso del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; el Ministerio de Industrias y Productividad; el Instituto de Economía Popular y Solidaria; el Ministerio de Inclusión Económica y Social; las Gobernaciones Provinciales, entre otras entidades. También, es importante destacar los procesos emprendidos en conjunto con el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones (PRO-ECUADOR), a cargo de su Directora Ejecutiva, Silvana Vallejo Páez, para realizar capacitaciones a funcionarios de sus oficinas zonales de Quito y Guaya-
quil, así como de las Oficinas Comerciales en Alemania, Francia, España, Italia, Holanda, Reino Unido, Suecia, Rusia, Estados Unidos (Nueva York, Los Ángeles, Chicago, Miami), Canadá, México, Perú, Venezuela, Bolivia, Guatemala, Chile, Argentina, Colombia, Brasil, Corea del Sur, Japón, China (Cantón, Shanghái, Beijing), Irán, Turquía y Dubái. La estructura de los eventos permitió a los interesados conocer no solo acerca de los beneficios del Acuerdo Comercial Multipartes con la Unión Europea, sino también sobre los servicios que brinda PRO-ECUADOR para apoyar la internacionalización de las empresas, así como las ventajas del proyecto Marca País.
Evento de socialización en coordinación con el IEPS dirigido a actores de la economía popular y solidaria, en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Andrea Cáceres Romero, Directora de Negociaciones de Acceso a Mercados de Bienes Agrícolas. Quito, 10 de enero del 2017.
103
Evento de socialización en coordinación con el IEPS dirigido a representantes de la economía popular y solidaria. Javier Latorre Vaca, Coordinador de Integración Económica Latinoamericana. Tena, 15 de marzo del 2017.
Evento de socialización por parte del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, realizado en conjunto con el IEPS, dirigido a economías populares y solidarias y a nuevos emprendimientos de la provincia de Manabí. Portoviejo, 6 de febrero del 2017.
Evento de socialización por parte del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, en la Universidad Técnica de Machala. Machala, 2 de febrero del 2017.
104
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Evento con ASOGUABO, potenciando las opciones para que los pequeños productores aprovechen los beneficios del Acuerdo. El Oro, 2 de febrero del 2017.
Evento de socialización por parte del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, en Cotopaxi. 25 de enero del 2017.
105
Evento de socialización por parte del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, en la provincia de Bolívar. Guaranda, 13 de enero del 2017.
Evento de socialización en Quito, organizado por FEDEXPOR. Ana María Cobo, Coordinadora Técnica de COMEX. Quito, 15 de febrero del 2017.
Finalmente, es importante señalar que estas actividades permitieron fortalecer el vínculo de comunicación con los sectores productivos y exportadores, lo que ha hecho que se incrementen las solicitudes de información al Ministerio de Comercio Exterior sobre contenidos específicos de interés para
cada sector. Además, durante todo el proceso los medios de comunicación tuvieron un rol importante, a través de la difusión del cumplimiento de hitos en favor de la ratificación acuerdo, así como del contenido y de las oportunidades que brinda este instrumento comercial.
Socialización del Acuerdo Comercial Multipartes dirigida a medios de comunicación. Guayaquil, 12 de diciembre del 2016.
Socialización del Acuerdo Comercial Multipartes dirigida a medios de comunicación. Quito, 14 de diciembre del 2016.
106
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Es importante mencionar que el proceso de socialización se mantiene en marcha, de conformidad con los requerimientos de diferentes sectores productivos del país, así como de las iniciativas institucionales en favor de la difusión del instrumento comercial. El objetivo del Ministerio de Comercio Exterior es llegar con esta información a todas las provincias del territorio ecuatoriano.
3.2.4. Colaboración con el sector privado Si bien el acuerdo con la Unión Europea representa una serie de ventajas para el país en su conjunto, dichos beneficios se verán canalizados principalmente a través de la coordinación
de acciones con el sector privado, es decir de los productores y exportadores ecuatorianos. En este contexto, una parte importante del proceso de coordinación emprendido por el Ministerio de Comercio Exterior consistió en mantener informado e involucrar al sector privado en el proceso para la suscripción y ratificación del referido acuerdo. De esta manera, se realizaron una serie de reuniones con asociaciones de productores y exportadores bananeros, pesqueros, acuícolas, florícolas, cacaoteros, cafeteros, productores hortícolas y frutícolas, productores de bienes manufacturados, entre otros. Se hizo especial énfasis en incluir en este proceso, a asociaciones de pequeñas y medianas empresas y de actores de la economía popular y solidaria.
Evento organizado con Cámaras de Comercio Binacionales. Guayaquil, 21 de diciembre de 2016.
El apoyo recibido por estos sectores fue unánime e incluyó la coordinación de gestiones con asociaciones de importadores en la Unión Europea para que hagan conocer a las autoridades de la Comisión Europea y
a los Gobiernos Nacionales el interés de los agentes económicos en la entrada en aplicación provisional del acuerdo. Igualmente, se contó con el respaldo del sector privado en momentos clave del proceso.
107
Reunión y rueda de prensa del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, acompañado de dirigentes de gremios de exportadores a la Unión Europea. Quito, 24 de octubre del 2016.
Reunión y rueda de prensa del Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, acompañado de dirigentes de gremios de exportadores a la Unión Europea. Quito, 24 de octubre del 2016.
108
LA APROBACIÓN Y LA RATIFICACIÓN
Socialización de beneficios del ACM organizado con la Cámara Nacional de Pesquería. Guayaquil, 16 de enero del 2017.
Socialización de beneficios del ACM organizado por CEIPA. Manta, 8 de diciembre del 2016.
Este proceso se ha transformado en un excelente ejemplo de las ventajas de la coordinación entre el sector público y privado, ya
que ha permitido generar sinergias que finalmente fueron importantes para alcanzar un alto objetivo nacional.
109
EL CONTENIDO
CAPÍTULO IV 1. Componentes del Acuerdo Comercial Multipartes y del Protocolo de Adhesión de Ecuador
Preámbulo
El Acuerdo Comercial Multipartes (ACM) es un instrumento de comercio que norma un amplio espectro de la relación comercial con la Unión Europea. Este Acuerdo no solamente regula el comercio bilateral de bienes, sino también el comercio de servicios, la normativa de propiedad intelectual relacionada con el comercio, la contratación pública y la relación del comercio con el desarrollo sostenible, entre otros temas. En relación al ámbito de inversiones, el ACM recoge únicamente disposiciones a nivel de concesiones en acceso a mercados y trato nacional, en un formato muy similar al adoptado para la negociación de compromisos en Modo 3 a nivel multilateral.
Título II: Disposiciones institucionales
El Protocolo de Adhesión es el documento que contiene las enmiendas introducidas por Ecuador y la Unión Europea al Acuerdo Comercial Multipartes que había sido acordado en años anteriores con Colombia y Perú. Es decir, el Protocolo de Ecuador incorpora elementos específicos que son de beneficio para los sectores productivos y exportadores derivados de la relación bilateral del país con el bloque europeo.
Título IX: Comercio y desarrollo sostenible
El Acuerdo Comercial Multipartes contiene en total catorce títulos, detallados de la siguiente manera:
Título I: Disposiciones iniciales
Título III: Comercio de mercancías Título IV: Comercio de servicios, establecimiento y comercio electrónico Título V: Pagos corrientes y movimientos de capital Título VI: Contratación pública Título VII: Propiedad intelectual Título VIII: Competencia
Título X: Transparencia y procedimientos administrativos Título XI: Excepciones generales Título XII: Solución de controversias Título XIII: Asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades comerciales Título XIV: Disposiciones finales
111
Adicionalmente, el Acuerdo Comercial Multipartes contiene catorce anexos: Anexo I: Cronogramas de eliminación arancelaria Anexo II: Relativo a la definición del concepto de productos originarios y métodos para la cooperación administrativa
Anexo XIII: Lista de indicaciones geográficas Anexo XIV: Mecanismo de mediación para medidas no arancelarias Declaraciones Conjuntas
Anexo III: Disposiciones especiales sobre cooperación administrativa
Por su parte, el Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes contiene veintinueve artículos incluidos en once secciones detalladas de la siguiente manera:
Anexo IV: Medidas de salvaguardia agrícola
Sección I: Partes contratantes
Anexo V: Asistencia administrativa mutua en materia de aduanas
Sección II: Disposiciones del Acuerdo
Anexo VI: Medidas sanitarias y fitosanitarias Anexo VII: Lista de compromisos sobre establecimiento Anexo VIII: Lista de compromisos sobre suministro transfronterizo de servicios Anexo IX: Reservas sobre presencia temporal de personas físicas con fines de negocios Anexo X: Puntos de contacto en materia de comercio de servicios, establecimiento y comercio electrónico Anexo XI: Entendimiento relativo al subpárrafo (B) de la definición de servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales Anexo XII: Contratación pública
112
Sección III: Cronogramas de eliminación arancelaria Sección IV: Normas de origen Sección V: Medidas de salvaguardia agrícola Sección VI: Medidas sanitarias y fitosanitarias Sección VII: Comercio de servicios, establecimiento y comercio electrónico Sección VIII: Contratación pública Sección IX: Indicaciones geográficas Sección X: Declaraciones conjuntas Sección XI: Disposiciones generales y finales Adicionalmente, el Protocolo de Adhesión de
EL CONTENIDO
Ecuador contiene veinte anexos:
la UE en suministro transfronterizo de servicios
Anexo I: Enmiendas negociadas e introducidas por Ecuador al texto del Acuerdo Comercial Multipartes
Anexo XII: Lista de compromisos asumidos por Ecuador en suministro transfronterizo de servicios
Anexo II: Cronograma de desgravación arancelaria de la parte UE para mercancías originarias de Ecuador
Anexo XIII: Reservas negociadas por la UE sobre presencia temporal de personas físicas con fines de negocios, específicamente en lo relacionado a personal clave y practicantes con grado universitario
Anexo III: Lista de aranceles de la parte UE para mercancías originarias de Ecuador Anexo IV: Cronograma de eliminación arancelaria de Ecuador para mercancías originarias de la UE Anexo V: Lista del cronograma de eliminación arancelaria de Ecuador para mercancías originarias de la UE Anexo VI: Reglas de origen negociadas entre Ecuador y la UE
Anexo XIV: Reservas negociadas por Ecuador sobre presencia temporal de personas físicas con fines de negocios, específicamente en lo relacionado a personal clave y practicantes con grado universitario Anexo XV: Reservas negociadas por la UE sobre presencia temporal de personas físicas con fines de negocios, específicamente en lo relacionado a proveedores de servicios contractuales y profesionales independientes
Anexo VIII: Autoridades competentes en materia sanitaria y fitosanitaria
Anexo XVI: Reservas negociadas por Ecuador sobre presencia temporal de personas físicas con fines de negocios, específicamente en lo relacionado a proveedores de servicios contractuales y profesionales independientes
Anexo IX: Lista de compromisos asumidos por la UE en establecimiento (comercio de servicios)
Anexo XVII: Entendimiento interpretativo a la definición de ‘servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales’
Anexo X: Lista de compromisos asumidos por Ecuador en establecimiento (comercio de servicios)
Anexo XVIII: Cobertura sobre contratación pública negociada por la UE
Anexo VII: Medidas de salvaguardia agrícola incluidas por Ecuador
Anexo XI: Lista de compromisos asumidos por
Anexo XIX: Cobertura sobre contratación pública negociada por Ecuador
113
Anexo XX: Declaraciones conjuntas entre Ecuador y la UE relativas a propiedad intelectual y acceso a mercados
f) La apertura efectiva y recíproca de los mercados de contratación pública de las partes.
4.2. Objetivos del Acuerdo Comercial Multipartes
g) La protección adecuada y efectiva de los derechos de propiedad intelectual, de conformidad con las normas internacionales que estén en vigor entre las partes, de manera que se asegure el equilibrio entre los derechos de los titulares de derechos de propiedad intelectual y el interés público.
Los objetivos del Acuerdo son los siguientes: a) La liberalización progresiva y gradual del comercio de mercancías, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XXIV del GATT de 1994. b) La facilitación del comercio de mercancías mediante, en particular, la aplicación de las disposiciones acordadas en materia de aduanas y facilitación del comercio, normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad y medidas sanitarias y fitosanitarias; c) La liberalización progresiva del comercio de servicios, de conformidad con el artículo V del AGCS; d) El desarrollo de un clima conducente a un creciente flujo de inversiones y en particular, la mejora de las condiciones de establecimiento entre las partes en virtud del principio de no discriminación; e) Facilitar el comercio y la inversión entre las partes mediante la liberalización de los pagos corrientes y los movimientos de capital relacionados con la inversión directa.
114
h) El desarrollo de las actividades económicas, en particular lo relativo a las relaciones entre las partes, de conformidad con el principio de la libre competencia. i)
El establecimiento de un mecanismo expeditivo, efectivo y previsible de solución de controversias.
j)
Promover el comercio internacional de modo que contribuya al objetivo del desarrollo sostenible y trabajar para integrar y reflejar este objetivo en las relaciones comerciales de las partes; y
k) Asegurar que la cooperación para la asistencia técnica y el fortalecimiento de las capacidades comerciales de las partes contribuyan a la implementación de este Acuerdo y al aprovechamiento óptimo de las oportunidades ofrecidas por el mismo, conforme al marco jurídico e institucional existente. 4.3. Descripción del contenido del ACM y del Protocolo de Adhesión
EL CONTENIDO
4.3.1. Disposiciones institucionales El Acuerdo Comercial Multipartes estableció la creación de un Comité de Comercio a nivel de autoridades de comercio exterior a fin de supervisar y evaluar el funcionamiento del Acuerdo y sus desarrollos posteriores, así como servir de instancia preliminar para la solución de controversias respecto a los aspectos negociados. Entre las funciones de este comité está examinar el impacto del Acuerdo sobre las MIPYMES. En esta parte es importante hacer notar que Ecuador introdujo entre las funciones de este comité la de examinar cualquier problema o impacto que recaiga sobre las AEPYS. Además del comité de Comercio, el Acuerdo también determina la conformación y el funcionamiento de los siguientes Subcomités u Órganos especializados: 1) Subcomité de Acceso a los Mercados 2) Subcomité de Agricultura
8) Subcomité de Propiedad Intelectual. El Acuerdo establece que el Comité de Comercio deberá reunirse al menos una vez al año. 4.3.2. Comercio de mercancías En materia de comercio de mercancías, las partes del acuerdo se comprometieron a liberalizar los aranceles de sus productos de conformidad con lo que se establezca en cada uno de los anexos que contienen los cronogramas de desgravación arancelaria. En el caso de Ecuador, las listas de mercancías y sus respectivos compromisos de desgravación de aranceles se encuentran detallados en el Protocolo de Adhesión. Para el caso de las mercancías originarias de Ecuador: Anexo II: Cronograma de desgravación arancelaria de la parte UE para mercancías originarias de Ecuador
3) Subcomité de Obstáculos Técnicos al Comercio
Anexo III: Lista de aranceles de la parte UE para mercancías originarias de Ecuador
4) Subcomité de Aduanas, Facilitación del Comercio y Reglas de Origen
Para el caso de las mercancías originarias de la Unión Europea:
5) Subcomité de Compras Públicas 6) Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible 7) Subcomité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Anexo IV: Cronograma de eliminación arancelaria de Ecuador para mercancías originarias de la UE Anexo V: Lista del cronograma de eliminación arancelaria de Ecuador para mercancías originarias de la UE
115
4.3.2.1. Acceso de Ecuador a la Unión Europea: bienes agrícolas En lo concerniente a los productos agrícolas, prácticamente toda la oferta exportable de Ecuador cuenta con desgravación inmediaCadena productiva
ta (0% de arancel) a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo con la Unión Europea. Entre las principales cadenas agrícolas que gozan de acceso inmediato libre de aranceles al mercado de la UE, se encuentran las siguientes:
Principales productos de exportación del Ecuador beneficiados con acceso inmediato 0% de arancel
Rosas, claveles, flores de verano
-
Frutas frescas o congeladas
Frutas deshidratadas, frutas no tradicionales (melones, papayas, maracuyá, pitahaya, uvilla, guabas, mango, plátano, piña) y todo tipo de frutas congeladas
a) Banano: se beneficia de calendario de desgravación arancelaria b) Cítricos, uvas, manzanas frescas, peras frescas: se desgrava el arancel ad valorem y se mantiene arancel específico
Vegetales frescos o congelados
Brócoli, espárragos, mezclas de vegetales congelados, mandioca
Flores
Cereales
Quinua, avena, harina y polvo de banano
Café
Café cafeinado y descafeinado, extractos y esencias de café
Cacao y sus derivados
Cacao en grano, pasta de cacao, manteca de cacao, polvo de cacao, chocolates
Oleaginosas (Aceites)
Aceite de palma, aceite de palmiste, margarinas, grasas vegetales
Confites
Chicles, caramelos, chocolate blanco
Vegetales y frutas procesados
Palmito, mezclas de vegetales, guisantes, frijoles, alcachofas, mermeladas, puré de frutas, pastas y jugos de frutas
Fuente: Ministerio de Comercio Exterior Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
116
Tratamientos particulares a determinados productos
a) Tomate: se desgrava el arancel ad valorem y se mantiene arancel específico b) Maíz dulce: Se beneficia de un contingente de 400 TM con 0% de arancel c) Ajo: se beneficia de un contingente de 500 TM con 0% de arancel a) Maíz: se beneficia de un contingente de 37.000 TM con 0% de arancel y el contingente crece 1.110 TM por año b) Arroz: se beneficia de un contingente de 5.000 TM con 0% de arancel
a) Chocolates con contenido de azúcar > 70%: se benefician de un contingente de 10.000 TM con 0% de arancel y el contingente crece 150 TM por año a) Margarinas con contenido de grasa de leche > 10% y < 15%: 3 años de desgravación arancelaria, a partir del año 4 el arancel será 0% a) Mazapán, turrón y otros artículos de confitería con contenido de azúcar > 70%: se benefician de un contingente de 10.000 TM con 0% de arancel y el contingente crece 150 TM por año a) Productos con contenido de azúcar >30% o > 70% (dependiendo del producto): se benefician de un contingente de 10.000 TM con 0% de arancel y el contingente crece 150 TM por año
EL CONTENIDO
Con la negociación en el mercado de bienes agrícolas, Ecuador ha asegurado el libre acceso y acceso preferencial para un monto de exportaciones hacia la Unión Europea de cerca de $ 1.500 millones. Esto incluye todo el ámbito agrícola, sin tomar en cuenta los productos pesqueros y acuícolas, lo cuales están considerados entre los productos industriales. En varias de las cadenas mencionadas, los pequeños productores tienen una importante presencia en relación con la estructura productiva nacional. A través del acceso logrado al mercado europeo, se impulsarán los productos agrícolas que sustentan el agro negocio familiar y las economías pequeñas y solidarias, entre las cuales se destacan los siguientes productos: quinua, fréjol, chocho, mora, frutilla, yuca, brócoli, arveja, plátano, plantas medicinales, cebollas, maracuyá, pitahaya, papa, alcachofa. Los productos mencionados, entre otros, se benefician de acceso inmediato con 0% de arancel para ingresar al mercado de la Unión Europea. Adicionalmente, para los productos pertenecientes a las cadenas de arroz, azúcar, maíz, panela y fécula de yuca, que no contaban con los beneficios del SGP+, se logró su acceso al mercado de la UE con 0% de arancel a través de contingentes46, a pesar de que son productos sensibles para ese bloque. Algunos de estos productos involucran a pequeños y medianos productores agrícolas ecuatorianos y, si bien la mayor parte de su producción se destina al mercado interno, los programas de fomento productivo (semillas, incentivos) proyectan a Ecuador como potencial exportador. En ese sentido, la Unión Europea
constituye un destino seguro de exportación. Al mismo tiempo, en lo que tiene que ver con insumos para la agricultura, se acordó la eliminación inmediata de aranceles a partir de vigencia del Acuerdo en abonos y fertilizantes (ejemplo: urea) provenientes de la UE, lo cual generará mayor competitividad en los costos de producción de algunos bienes agrícolas cultivados en Ecuador. Cabe además señalar que durante los últimos años la Unión Europea se ha convertido en el principal destino de Ecuador para las exportaciones provenientes del comercio justo y de la economía popular y solidaria, volviéndose un mercado clave para Ecuador, ya que permite impulsar la estrategia de diversificación de productos. a. Acceso del banano ecuatoriano a la Unión Europea y mecanismo de estabilización Ecuador es el primer proveedor de banano a nivel mundial. Alrededor del 30% de las exportaciones mundiales de banano tiene origen ecuatoriano, seguido de Guatemala con el 12%, Costa Rica con el 9%, Colombia con el 8%, Filipinas con el 6% y Honduras con el 3%, entre otros47. Sin duda la contribución del banano en el ingreso de divisas a Ecuador y en la generación de empleo directo e indirecto es muy importante. El banano ha ocupado el primer lugar de los productos no petroleros exportados por el país al mundo. Entre los años 2013 y 2015, este producto representó el 21% de las exportaciones ecuato-
46 Un contingente implica que se otorgará arancel cero a una cantidad limitada de importaciones por año. El momento que se completa la importación de dicha cantidad, las siguientes importaciones que se hagan deberán pagar el arancel normal de la Unión Europea. 47 COMTRADE, exportaciones (toneladas) mundiales de banano, año 2015.
117
rianas no petroleras, con un promedio de $ 2.500 millones en exportaciones48. Los principales mercados de destino para el banano ecuatoriano son: Unión Europea (30%), Rusia (22%), Estados Unidos (15%), Turquía (8%), China (4%), los destinos restantes representan el 21% y se distribuyen en alrededor de 40 mercado49. El mercado de la Unión Europea tiene características específicas que lo convierten en uno de los más atractivos para la actividad bananera. La UE es el mayor consumidor de la fruta a nivel mundial, presenta los precios más altos frente a otros mercados de alto consumo como son los Estados Unidos y Japón, y tiene importantes nichos de consumo en los segmentos de fruta orgánica y de comercio justo. Al ser la Unión Europea el primer mercado de destino para las exportaciones de banano de Ecuador, el Acuerdo Comercial con dicho bloque
constituye un valioso instrumento para otorgar al sector mejores condiciones de acceso y mayor competitividad en sus operaciones comerciales frente a otros países que exportan banano y que cuentan con acuerdos comerciales con la UE, como es el caso de Colombia, Perú y los países de Centroamérica. Por todos estos aspectos, el banano fue uno de los productos críticos de esta negociación, en la que Ecuador solicitó y consiguió condiciones similares a las alcanzadas por los principales competidores de la región (Colombia y Costa Rica). Con el Acuerdo Comercial Multipartes, el arancel vigente en el año 2016 de 127 euros por tonelada métrica (TM), se redujo a 97 euros por TM desde la entrada en aplicación del Acuerdo en el año 2017. Para el año 2020, dicho arancel se reducirá a 75 euros por TM. Esto le brindará a Ecuador condiciones de acceso a la UE similares a las que poseen otros socios comerciales que también proveen de banano al bloque europeo.
Arancel en UE para banano ecuatoriano Condiciones de acceso para el banano euros/toneladas 127
ECUADOR* SIN ACUERDO UE 122 103 104
2016
COLOMBIA, PERÚ Y CENTRO AMÉRICA 117
96
2017
97
114 89
90
2018
ECUADOR CON ACUERDO UE 114
82
2019
83
114
75 2020
75
75
75
2021
*Acuerdo de Ginebra (2009) por el cual la UE se comprometió a establecer un cronograma de desgravación arancelaria para el banano hasta el año 2019, año a partir del cual permanecerá en 114 euros/TM. Antes de la entrada en aplicación provisional del Acuerdo, estas eran las condiciones que aplicaban a Ecuador. Fuente: Acuerdo Comercial Multipartes y Protocolo de Adhesión de Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
48 BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, exportaciones por valor de banano al mundo, 2013-2015. 49 BANCO CENTRAL DEL ECUADOR,exportaciones por valorde bananoal mundo, 2013-2015
118
EL CONTENIDO
Adicionalmente, en el Protocolo de Adhesión de Ecuador se incluyó en el cronograma de eliminación arancelaria que aplica la Unión Europea a las mercancías originarias de Ecuador (Anexo II, Subsección 3) el mecanismo de estabilización del banano, que consiste en que la Unión Europea se reserva el derecho de subir los aranceles al banano procedente de Ecuador, si las exportaciones ecuatorianas de la fruta superan ciertos volúmenes de exportaciones que constan en el propio Protocolo y que fueron acordados en montos por encima de los volúmenes históricos de exportación de Ecuador. Dicho mecanismo se aplica también para las exportaciones de banano originarias de Colombia y de Perú, lo que ya constaba en el Acuerdo Comercial Multipartes negociado por dichos países vigente desde el 2013 (Anexo I, Sección B, Subsección 1 para Colombia y Subsección 2 para Perú), así como para los países centroamericanos. Este mecanismo de estabilización podrá ser activado únicamente durante 3 meses del año calendario, en el caso de que cada año el volumen supere los niveles de “activación” establecidos en el Protocolo de Adhesión de Ecuador. Además, este mecanismo podrá ser usado por la UE hasta el 2019, es decir que, a partir de 2020, Ecuador podrá exportar sin limitaciones de volumen beneficiándose de los aranceles preferenciales del Acuerdo. Los volúmenes de activación establecidos hasta el año 2019 son los siguientes:
VOLÚMENES DE ACTIVACIÓN DEL MECANISMO AÑO 2017 2018 2019 2020
VOLUMEN ACTIVADOR (TONELADAS) 1.801.788 1.880.127 1.957.500 No aplicable
Fuente: Acuerdo Comercial Multipartes y Protocolo de Adhesión de Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
Así, para el año el 2017, si se supera el volumen de exportación de banano de 1.801.788 toneladas métricas (volumen de activación), la UE podría subir los aranceles al nivel normal de su arancel, pero únicamente durante 3 meses al año. A manera de ejemplo, si se analiza el período de 2015, Ecuador exportó 1.361.756 toneladas métricas (fuente: Eurostat), lo que significa que el volumen de activación para el 2017 es 32% superior a las exportaciones de Ecuador en dicho período. Para aplicar dicho mecanismo a Colombia y Perú, al interno de la UE se adoptó, en enero de 2013, el Reglamento (UE) No. 19/2013, por el que se aplica la “cláusula bilateral de salvaguardia y el mecanismo de estabilización del banano”. En el proceso de negociación de la adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial, la UE consideró necesario realizar algunas enmiendas al Reglamento señalado, las cuales fueron aprobadas por los órganos comunitarios. El objetivo de dichas reformas fue incluir a Ecuador en el Reglamento, que ya era aplica-
119
ble para otros socios comerciales como Colombia y Perú, así como lograr una mejor comunicación entre las instituciones de la Unión Europea para la aplicación del mecanismo de salvaguardia y estabilización del banano. Es así que, se incluyó un mecanismo de alerta temprana para que la Comisión de la UE, pueda informar al Parlamento y al Consejo de la UE cuando las exportaciones desde los países lleguen al 80% de la cifra fijada a cada uno para activar el mecanismo de salvaguardia, y enviar estadísticas de las importaciones registradas. Adicionalmente, se incluye una declaración en la que la Comisión se compromete a llevar a cabo una evaluación de la situación de los productores de banano europeos antes de enero de 2019. Si se constata un deterioro grave del sector, se analizaría la posibilidad de prolongar dicho mecanismo, lo cual solo sería posible si se cuenta con el consentimiento de los Países Andinos. 4.3.2.2. Acceso de Ecuador a la Unión Europea: bienes industriales y de pesca
Camarón
12%
3,6%
En la siguiente tabla se pueden observar más ejemplos de esta situación:
Confites
24%
10%
Chocolates
23%
14%
Galletería
33%
24%
Mermeladas 38%
3%
Atún
0%
Flores y rosas Esencias de café
12%
0%
9%
0%
Brócoli
14%
0%
Manufacturas 6,5% plásticas
0%
12%
0%
Textiles
Fuente: Acuerdo Comercial Multipartes y Protocolo de Adhesión de Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
120
Es importante mencionar que gracias al Acuerdo negociado con la Unión Europea, se consolida el acceso libre para los productos que ya podían ingresar con esa ventaja a través del Sistema Generalizado de Preferencias, y además, se consigue ese mismo tratamiento para productos que no gozaban de liberalización arancelaria total mediante ese sistema. Un claro ejemplo de esta realidad es el camarón, cuyo arancel de ingreso a la UE era de 3,6% bajo el esquema de preferencias arancelarias SGP+. Con el Acuerdo, el camarón ingresa a ese mercado con 0% de arancel a partir del año 2017.
CON PREFERENCIAS SGP+ (VENCIERON 31/12/2016)
SIN PREFERENCIAS/ SIN ACUERDO
24%
En cuanto a los bienes industriales (manufacturas) y los productos pesqueros y acuícolas, se consiguió la liberalización inmediata del 100% de aranceles para los productos originarios de Ecuador, es decir que, desde el 1 de enero de 2017, esos productos pueden ingresar libres de aranceles a la Unión Europea.
Con acuerdo todos estos productos, y la mayor parte de la oferta exportable del ecuador, ingresarán a la ue con 0% de arancel
EL CONTENIDO
Al asegurar el libre acceso para los bienes industriales y de pesca de Ecuador se estaría preservando y potenciando las exportaciones a la Unión Europea, las cuales llegaron en el año 2015 a $ 1.200 millones. Entre los principales productos de estos sectores se encuentran: Atún Camarón Filetes de pescado congelado Conservas de pescado y moluscos Harina de pescado Artículos de plástico Elaborados de cuero Elaborados de madera Textiles Confecciones Calzado de plástico y de caucho Sombreros Artículos de cerámica Bisutería Artículos de tagua y ...................... demás artesanías
Otro aspecto a recalcar es que si bien el sector industrial ecuatoriano (sin contar los productos de la pesca) tiene un menor peso dentro de las exportaciones hacia la Unión Europea, el Acuerdo Comercial se convierte en un incentivo para el fomento de la producción y exportación de otros productos industriales, incluyendo aquellos de los sectores identificados en el cambio de la matriz productiva. Por lo tanto, se ha generado una valiosa herramienta que incentivará de manera importante el desarrollo de la industria ecuatoriana. El escenario de transformación de matriz productiva dinamizará la economía expandiendo la producción y, con ello, en alguna medida también la capacidad de exportación, para lo cual la Unión Europea será un destino seguro y predecible. En resumen… Con el Acuerdo Comercial Multipartes se asegura el acceso libre de aranceles en la UE para prácticamente toda la oferta exportable de Ecuador: 99.7% de los productos agrícolas y 100% de los productos industriales y pesqueros. Ecuador asegura el libre acceso y acceso preferencial para un monto de comercio de cerca de $ 1.500 millones en el ámbito agrícola y de $ 1.200 millones en el ámbito industrial y pesquero (exportaciones hacia la UE del año 2015). El acuerdo otorga previsibilidad para las relaciones comerciales entre Ecuador y la UE, evitando un ambiente de incertidumbre que desestabilice los flujos de comercio y promoviendo mayores inversiones a favor del sector productivo ecuatoriano.
121
Se abren además oportunidades para que los actores de la economía popular y solidaria puedan desarrollarse y proyectarse para las exportaciones. Los productos con valor agregado, especialmente aquellos priorizados en el cambio de la matriz productiva, tendrán la seguridad de beneficiarse de acceso sin aranceles a un mercado conformado por 28 países. 4.3.2.3. Acceso de la Unión Europea a Ecuador: bienes agrícolas En cuanto al acceso de bienes agrícolas de la Unión Europea en el mercado ecuatoriano, varios mecanismos fueron incluidos en el Acuerdo Comercial con la finalidad de precautelar las principales sensibilidades de los sectores productivos del país, así como proteger la soberanía alimentaria y el desarrollo del sector rural. Entre estos mecanismos se destacan: - Exclusiones totales: Ecuador no tiene el compromiso de reducir sus aranceles en 93 productos pertenecientes a las cadenas de carnes y procesados de bovino; carnes y procesados de aves; carnes de porcino; leche líquida; quesos frescos; maíz y derivados; arroz y derivados; soya; azúcar y edulcorantes.
del Sistema Andino de Franjas de Precios para el tocino; semillas oleaginosas; aceite de soya; aceite de maíz; aceite de girasol; aceites de colza; margarinas, grasas y aceites de origen vegetal; salvados y moyuelos de cereales; torta de soya y tortas de girasol. - Salvaguardias agropecuarias: se reservó la posibilidad de aplicar este tipo de mecanismo para 13 productos, como son quesos maduros y semi-maduros (humedad de hasta 63,5%) y productos de economía campesina como cebollas y fréjoles. - Largos períodos de desgravación: para varios grupos de productos que llegan hasta: o 17 años, como es el caso de los quesos de pasta azul, semi-maduros y maduros (humedad de hasta 63,5%). o 15 años de desgravación arancelaria para carne de porcinos salada o en salmuera, seca o ahumada; piernas y trozos de pierna de porcinos conservadas; papa fresca. o 10 años de desgravación arancelaria para miel; cebollas; fréjoles; pimienta; té; chocolates, pasta y manteca de cacao; cacao en polvo; jugos y otros productos procesados de frutas y hortalizas.
- Exclusiones parciales (contingentes): para 35 productos de las cadenas de derivados lácteos (leche en polvo, quesos semi-maduros, yogurt, leche condensada y evaporada); vegetales (maíz dulce); papa congelada; embutidos cocidos de porcinos; alimentos para animales y balanceados; despojos de bovino.
a. Negociación de productos lácteos
- Sistema andino de franjas de precios: se preservó la aplicación del componente variable
Considerando que el sector de lácteos forma parte importante de la economía agropecuaria
122
EL CONTENIDO
y es un sector fundamental para la soberanía alimentaria del país, su negociación se basó en varias condiciones que permitan precautelar la sensibilidad de estos productos, a través de exclusiones totales (ningún tipo de desgravación arancelaria), y desgravaciones parciales (desgravación dentro de contingentes) para prácticamente todos los productos de este sector. Debido a su gran sensibilidad, la leche líquida y los quesos frescos fueron excluidos en su totalidad de cualquier compromiso de reducción arancelaria a favor de la UE, lo cual implica que para poder ser importados a Ecuador seguirán rigiendo las condiciones arancelarias que se aplican para terceros países.
Por otro lado, existen otros derivados lácteos que tendrán desgravación dentro de un contingente, fijado para cada grupo de productos. Una vez que se supere la importación del volumen fijado, estos productos pagarán el arancel normal para ingresar a Ecuador. Cabe destacar que el volumen asignado en el contingente aplica para la importación de todos los productos del grupo en su conjunto, no así para cada uno de ellos. Por ejemplo, el contingente de 400 TM aplica para los productos: leche en polvo, lactosuero, suero de mantequilla y productos lácteos acidulados o fermentados; si uno de ellos llegare a completar el cupo asignado, el resto de productos quedan excluidos de la preferencia.
Resumen de concesiones de Ecuador para productos lácteos provenientes de la UE
Leche líquida: EXCLUSIÓN TOTAL
Quesos frescos (incluido el mozzarella, requesón, queso cremas): EXCLUSIÓN TOTAL
Leche en polvo, lactosuero, suero de mantequilla, productos lácteos acidulados o fermentados: cupo de 400 TM con crecimiento de 20 TM anuales. Fuera del cupo: EXCLUSIÓN
Leche evaporada, condensada y otras con adición de azúcar: cupo de 600 TM con crecimineto de 30 TM anuales. Fuera del cupo: EXCLUSIÓN
Yogurt, pastas lácteas para untar, queso fundido, queso rallado, quesos con más del 63.5% de humedad: cupo de 500 TM con crecimiento de 25 TM anuales. Fuera del cupo: EXCLUSIÓN
Quesos de pasta azul y quesos con menos del 63% de humedad (quesos maduros): cupo de 1.000 TM con crecimiento de 50 TM anuales. Fuera del cupo: desgravación del arancel en 17 años. Posibilidad del Ecuador de activación de SALVAGUARDIA AGRÍCOLA
Fuente: Acuerdo Comercial Multipartes y Protocolo de Adhesión de Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
123
En la siguiente tabla se observa el contingente asignado para cada grupo de productos y su equivalente en litros de leche líquida. La producción nacional de leche líquida en el 2015 fue de alrededor de 1.971 millones de litros50. Equivalente del contingente sobre la producción nacional de leche líquida PRODUCTOS
CONTINGENTE (TM)
% DE LA EQUIVALENTE EN PRODUCCIÓN LITROS LECHE NACIONAL
Leche en polvo + suero de leche Leche condensada + leche evaporada Quesos fundidos + rallados + yogurt + quesos maduros
400 600 1.500
3.333.332 1.500.000 6.000.000
0,17% 0,08% 0,30%
TOTAL CONTINGENTE
2.500
10.833.332
0,55%
PRODUCCIÓN NACIONAL AÑO 2015 (LITROS)
1.971.000.000
Como se puede observar, los contingentes asignados buscaron precautelar la producción de lácteos a nivel nacional, especialmente por la incidencia que tiene la importación de algunos productos en la absorción de leche líquida a nivel nacional. Según los datos de producción de leche líquida a nivel nacional del año 2015, se ha determinado que el total de 2.500 TM en productos lácteos a los que tendrá acceso la Unión Europea en el primer año del ACM, son equivalentes al 0,55% de la producción nacional de leche líquida. Aunque Ecuador permitirá ciertos incrementos (dependiendo del grupo de productos) de los contingentes, partiendo del supuesto de que la producción nacional de leche líquida permaneciera constante durante los siguientes 10 años, los contingentes otorgados a la Unión Europea representarían en el 2027 únicamente el 0,80% de la producción nacional de leche líquida. 50 Fuente: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
124
Los únicos subproductos dentro del sector de lácteos que estarán sujetos a desgravación total serán los quesos maduros (quesos de pasta azul y quesos con menos del 63% de humedad). En los quesos maduros, se otorgó a la UE un período de desgravación arancelaria de 17 años y un contingente con 0% de arancel para 1.000 TM al año (aplicable a partir del año 2017), lo que representa alrededor del 9% de la producción de quesos maduros en Ecuador. Por fuera del contingente, la UE tendrá que pagar el arancel que le corresponda en cada año, hasta llegar a su desgravación total. No obstante y con miras a precautelar la sensibilidad del sector productor de quesos maduros y adecuar el proceso de ajuste, se acordó la posibilidad de aplicar una salvaguardia agrícola por volumen, cuyo activador se disparará al llegar al 20% sobre el nivel del contingente. El uso de esta salvaguardia limitará durante 17 años el ingreso de estos productos con menor arancel.
EL CONTENIDO
b. Subvenciones a la Exportación por parte de la UE Es importante subrayar que los principales productos agrícolas susceptibles de recibir subvenciones a la exportación por parte de la Unión Europea, fueron excluidos totalmente de cualquier compromiso de reducción arancelaria (ejemplo: arroz, maíz, azúcar, leche líquida, carnes, entre otros), por lo que las condiciones de importación en Ecuador de dichos productos no sufren ningún cambio por la entrada en aplicación provisional del Acuerdo. Por otro lado, en aquellos productos en los que Ecuador otorgó algún tipo de concesión arancelaria, sea total o parcial, la Unión Europea deberá eliminar las subvenciones a la exportación, existiendo además disposiciones de compensación si este bloque reintroduce el uso de estas medidas. ART. 32 Subvenciones a la exportación y otras medidas de efecto equivalente 5. “[…] si una Parte mantiene, introduce o reintroduce subvenciones a la exportación u otras medidas de efecto equivalente sobre mercancías agrícolas parcial o completamente liberalizadas hacia otra Parte, la Parte importadora podrá aplicar un arancel adicional que incremente el arancel aduanero para dicha mercancía […] por el período en que se mantenga el subsidio a la exportación.” Acuerdo Comercial Multipartes
Como se puede observar, al ser la agricultura un sector importante de la economía ecuatoriana que salvaguarda la soberanía alimentaria del país y, considerando que este sector sostiene la economía familiar y el sustento de economías pequeñas y solidarias, Ecuador negoció condiciones que permitirán proteger los sectores agrícolas más vulnerables y aquellos fundamentales para la economía del país. 4.3.2.4. Acceso de la Unión Europea a Ecuador: bienes industriales y de pesca Respecto a las condiciones de acceso de bienes industriales a favor de la Unión Europea, es importante en primer lugar recalcar que cerca del 90% de los productos que cuentan con desgravación inmediata de aranceles desde la UE, ya ingresaban al país con 0% de arancel antes de la entrada en vigencia del ACM por tratarse, en algunos casos, de insumos, maquinarias y materias primas. Las concesiones arancelarias otorgadas por nuestro país a favor de la UE, van desde concesiones inmediatas en el primer año de vigencia del Acuerdo y, en otros casos, concesiones con procesos de desgravación arancelaria de hasta 10 años. Como se indicó, gran parte de las importaciones provenientes de la UE en el sector industrial pertenecen a insumos y bienes de capital. En ese sentido, la industria nacional tendrá la seguridad de proveerse con 0% de arancel de bienes de origen europeo necesarios para la producción local, lo cual
125
contribuirá en la mejora de la competitividad de algunas industrias nacionales. Entre los bienes industriales que podrán importarse desde la UE sin aranceles se encuentran: Tractores y maquinaria agrícola Materia prima para la industria plástica Herramientas para trabajar madera Máquinas para el procesamiento de alimentos Maquinaria para la industria textil, de cuero y calzado Equipos informáticos Motores y hélices para embarcaciones Máquinas para procesamiento de pescado, entre otros. En otros bienes industriales que actualmente cuentan con aranceles para ser importados al Ecuador, los compromisos de desgravación arancelaria para los productos originarios de la UE son los siguientes: Vehículos: Eliminación de aranceles en un período de 7 años a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo para vehículos de menos de 10 pasajeros. Camiones y vehículos de más de 10 pasajeros tendrán un período de 10 años de desgravación. Licores: Eliminación inmediata de aranceles a partir de la entrada en vigencia del
126
Acuerdo para todo tipo de licor. Medicamentos: Eliminación de aranceles en períodos de hasta 10 años (dependiendo del producto) a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo. Equipos médicos: Eliminación inmediata de aranceles a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo para instrumentos de cirugía, aparatos de uso médico y equipos de diagnóstico. Insumos para la construcción: Entre 5 y 10 años de desgravación (dependiendo del producto) para productos como tornillos, pernos, baldosas de cerámica, perfiles y barras de hierro, puertas y ventanas, entre otros. Artículos de limpieza: Entre 5 y 10 años de desgravación (dependiendo del producto) para productos como jabones, productos de limpieza personal, detergentes, betunes. Cosméticos: Entre 7 y 10 años de desgravación (dependiendo del producto) para productos como perfumes, maquillaje, champús, productos para el cabello. Textiles: liberalización inmediata, en algunos casos, y períodos de 5 y 10 años en otros (dependiendo del producto): 5 años para tejidos, lanas, algunas prendas de algodón y 10 años para fibras artificiales y algunas prendas de vestir.
EL CONTENIDO
Calzado: liberalización inmediata, en algunos casos, y períodos de 10 años (dependiendo del producto) para productos como zapatos de cuero, calzado deportivo, zapato de caucho, entre otros. Línea blanca: 10 años de desgravación para refrigeradores, cocinas, televisores, aires acondicionados. Motocicletas: 10 años de desgravación para motocicletas de cualquier cilindraje. Es importante mencionar que en referencia a la importación de algunos productos industriales, Ecuador podrá mantener las prohibi-
ciones a las importaciones de ropa, calzado y vehículos usados (Resoluciones No. 182 del COMEXI y No. 51 del COMEX). La necesidad de mantener estas medidas se podrá revisar 5 años después de la entrada en vigor del ACM. Esta excepción no incluye maquinaria usada. Como se ha podido observar, en términos generales, la eliminación de aranceles para los bienes industriales producidos en el país tienen los períodos más largos de reducción arancelaria, precisamente para darle a la industria nacional tiempos para adecuarse a las nuevas condiciones que derivan del Acuerdo con la Unión Europea.
En resumen. Ecuador negoció el acceso de productos de origen de la UE a través de varios mecanismos que permitan precautelar la producción nacional, especialmente de aquellos productos muy sensibles en el ámbito agrícola.
Se preservó el uso del Sistema Andino de Franja de Precios¸ especialmente en productos derivados de aceites de origen vegetal, tocino, salvados de cereales, torta de soya, entre otros.
En ese sentido, los compromisos de Ecuador en materia de reducción arancelaria incluyen exclusiones totales para algunos productos en los que no deberán reducirse los aranceles (ejemplo: maíz, azúcar, arroz, carnes de bovino, carnes de aves, leche líquida, quesos frescos, entre otros).
Largos períodos de desgravación que incluyen períodos de 10, 15 y 17 años dependiendo del producto para cadenas sensibles de producción agrícola.
Exclusiones parciales, es decir reducciones arancelarias para volúmenes limitados de importación (contingentes) para productos como embutidos de porcino, alimentos para animales, maíz dulce, derivados lácteos. Posibilidad de aplicación de salvaguardia agrícola para productos como quesos maduros y semi-maduros (hasta 63% de humedad) y productos de economía campesina como cebollas y fréjoles.
En cuanto a los bienes industriales provenientes de la UE, los períodos de desgravación arancelaria van hasta 10 años, dependiendo del producto. Algunos insumos y bienes de capital podrán importarse desde la UE con 0% de arancel. En este grupo ingresan productos como semillas, abonos, fertilizantes, herramientas y maquinaria, tractores, equipos informáticos, entre otros productos que brindarán mayor competitividad a la industria nacional.
127
4.3.2.5. Medidas de defensa comercial En este capítulo, las partes del Acuerdo Comercial Multipartes reafirmaron sus derechos y obligaciones en virtud del GATT de 1994 y los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio – OMC, en relación a medidas antidumping, subvenciones y salvaguardias. En materia de defensa comercial las negociaciones se enfocaron en contar con herramientas que, eventualmente aplicadas, otorguen protección a la producción y economía nacional y que permitan acompañar el desarrollo y modernización industrial que demanda el objetivo de cambio de matriz productiva. En ese sentido en el acuerdo con la Unión Europea se incluyeron las siguientes cláusulas: a. Salvaguardia bilateral Consiste en la supresión temporal de preferencias arancelarias negociadas en virtud de los calendarios de desgravación acordados
por las partes. Es importante indicar que esta salvaguardia fue negociada por Ecuador teniendo en cuenta las necesidades y estructura de la economía del país. En tal virtud, Ecuador tiene la posibilidad de aplicar salvaguardia bilateral en caso de daño o amenaza de daño grave a los productores nacionales cuando ese daño o amenaza sean atribuidos a las importaciones de productos similares o directamente competidores desde la Unión Europea. La salvaguardia bilateral podrá ser aplicada por Ecuador por un período de hasta cuatro años, y de ellos, tres sin ninguna obligación de compensar a la Unión Europea. En esta medida de defensa comercial, Ecuador se diferencia con la negociación del ACM de Colombia y Perú puesto que estos países pueden aplicar la salvaguardia bilateral durante dos años, a partir de lo cual deberán compensar a la UE en caso de requerir extenderla durante dos años adicionales.
Aplicación de la salvaguardia bilateral
AUMENTO DE IMPORTACIONES
Se realiza una investigación para determinar la relación directa entre estos dos parámetros
AFECTACIÓN A LA PRODUCCIÓN NACIONAL
Fuente: Ministerio de Comercio Exterior Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
128
Ecuador puede aplicar salvaguardia durante 3 años sin necesidad de compensar a la UE
EL CONTENIDO
La industria ecuatoriana podría enfrentar competencia como resultado de la desgravación arancelaria que, en algunos casos, podría dañar o amenazar con dañar algún sector productivo. En tal sentido, este mecanismo permite proteger la industria nacional temporalmente a fin de que se adecue a esta competencia, protegiendo además el empleo nacional. Otra cláusula innovadora y muy importante que fue concedida solamente a Ecuador por parte de la UE, es la posibilidad de que se apli-
que salvaguardia bilateral en caso de daño o amenaza de daño grave a la industria naciente, siempre que las importaciones desde la Unión Europea estén directamente relacionadas con dicho daño o amenaza. Este es un aspecto importante para Ecuador, sobre todo en un escenario de priorización del cambio de matriz productiva del país, en el cual algunas industrias ecuatorianas están apuntando a la diversificación, la agregación de valor y calidad con la finalidad de competir con los productos importados.
ART. 48 Aplicación de una medida de salvaguardia bilateral 1.“No obstante lo dispuesto en la Sección 2 (Medidas de Salvaguardia Multilateral), si como resultado de las concesiones en virtud del presente Acuerdo, las importaciones de un producto originario de una de las partes al territorio de otra parte han aumentado en tal cantidad, en términos absolutos o en relación con la producción nacional, y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar daño grave a los productores nacionales (9bis) de productos similares o directamente competidores, la parte importadora podrá adoptar las medidas apropiadas en las condiciones y de conformidad con los procedimientos establecidos en la presente Sección. (9 bis) Para efectos de este artículo, con respecto a Ecuador, por daño grave o amenaza de daño grave a los productores nacionales se entenderá también daño o amenaza de daño grave en una industria naciente.”
Protocolo de Adhesión del Ecuador al ACM
4.3.2.6. Aduanas y facilitación al comercio En materia de aduanas y facilitación al comercio, en el ACM las partes reconocen la importancia de los asuntos aduaneros y de facilitación del comercio en la evolución del entorno global del comercio. En ese sentido, se acordó reforzar la cooperación en esta área con miras a asegurar que la legislación y los procedimientos pertinentes de cada
parte, así como su capacidad administrativa, cumplan con los objetivos de control efectivo y promoción de la facilitación del comercio, sin comprometer, en ninguna manera, los objetivos legítimos de política pública, incluyendo los relacionados con la seguridad, la prevención y la lucha contra el fraude.
129
En este sentido, se promoverá la cooperación y asistencia particularmente, pero no de manera exclusiva, en: Formación de capacidades. Técnicas legislativas para desarrollar y promover la legislación aduanera. Aplicación de modernas técnicas aduaneras, incluyendo manejo de riesgo, resoluciones anticipadas, valoración aduanera, procedimientos simplificados para la entrada y despacho de mercancías, controles post despacho y métodos de auditoría de compañías. Capacitación en procedimientos y prácticas establecidas en instrumentos internacionales en el campo de las aduanas y el comercio. Simplificación, armonización y automatización de procedimientos aduaneros. ART. 75 Cooperación y facilitación del comercio “1. Las Partes acuerdan que la cooperación entre las autoridades e instituciones, tanto del sector público como del privado, involucradas en, la reglamentación técnica, la normalización, la evaluación de la conformidad, la acreditación, la metrología y el control en frontera y vigilancia en los mercados, es importante para facilitar el comercio entre las Partes. […]” Acuerdo Comercial Multipartes
130
4.3.2.7. Reglas de origen En lo que respecta a las Reglas de Origen, estas se encuentran contenidas en el Anexo II del ACM “Relativo a la definición del concepto de productos originarios y métodos para la cooperación administrativa” que establece los criterios para la calificación de origen de los productos y disposiciones relativas a la determinación de origen como: transporte directo, requisitos territoriales y pruebas de origen. En conjunto, las disposiciones del Anexo son similares a la normativa del SGP en esta materia. Dentro de los criterios para la calificación de origen, se contempla la posibilidad de acumular origen entre los países de la CAN (incluido Bolivia), Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá.
Adicionalmente, el Acuerdo deja abierta la
posibilidad de acumulación de origen entre Ecuador, Perú, Colombia y la Unión Europea con otros países de América Central, México y América del Sur, sujeta al cumplimiento de especificaciones indicadas en el ACM.
El texto del Anexo incorpora dos tipos de prue-
bas de origen: el certificado de circulación de mercancías EUR1 y la declaración en factura para los operadores autorizados por las entidades aduaneras de las partes. Se ha obtenido un marco normativo con procedimientos claros para la calificación y certificación del origen de las mercancías, así como un marco general para los procedimientos de verificación y control del origen de los productos.
EL CONTENIDO
Los Requisitos Específicos de Origen acor-
dados son claros y previsibles, y permiten a la oferta exportable ecuatoriana beneficiarse del tratamiento preferencial establecido en el Acuerdo Comercial. De igual manera, las autoridades gubernamentales contarán con un marco normativo que brinda mayores herramientas y facilita la realización de sus funciones de control y verificación. 4.3.2.8. Obstáculos técnicos al comercio En materia de obstáculos técnicos al comercio, a través del Acuerdo Comercial Multipartes se busca la facilitación e incremento del comercio de mercancías por medio del acceso efectivo a los mercados, preservando sus derechos y obligaciones en virtud del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio – OMC-, con el objetivo de que los reglamentos técnicos, las normas y los procedimientos de evaluación de la conformidad no sean discriminatorios ni creen obstáculos innecesarios. No obstante, de forma transversal las disposiciones establecidas en este capítulo garantizan el derecho de las partes de aplicar medidas necesarias para lograr objetivos legítimos de política, como aquellos relacionados con la protección de la salud y seguridad humana, la preservación del medio ambiente y los derechos del consumidor. Además, el Acuerdo Comercial Multipartes prevé mecanismos de transparencia e intercambio de información que faciliten el co-
mercio, a través de la cooperación en los tres aspectos relevantes: normalización, reglamentación técnica y evaluación de la conformidad. En esos tres ámbitos, el ACM busca fortalecer la cooperación mutua para facilitar el acceso a los mercados y aumentar el conocimiento y compresión de los respectivos sistemas regulatorios, con miras a lograr una simplificación de los procedimientos de certificación y de los requisitos administrativos de las normas y reglamentos técnicos. En ese sentido, el ACM incluye disposiciones que generan una mayor transparencia y comunicación entre las partes para la implementación y cooperación en las diferentes esferas. En el marco de este capítulo, se prevé también la cooperación técnica a través del intercambio de experiencias, el fortalecimiento de las capacidades de las instituciones nacionales y la infraestructura técnica. 4.3.2.9. Medidas sanitarias y fitosanitarias En relación a las medidas sanitarias y fitosanitarias, en el ACM se preservan los derechos y obligaciones de las partes de conformidad con las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio – OMC, en el sentido de establecer medidas sanitarias y fitosanitarias con la finalidad de proteger la salud y vida de las personas o de los animales, y de preservar los vegetales, siempre que estas medidas no se utilicen como una restricción injustificada al comercio. El objetivo de este capítulo es facilitar los procedimientos y el intercambio de información
131
entre las partes, con la finalidad de que las medidas sanitarias y fitosanitarias no dificulten el normal comercio entre Ecuador y la Unión Europea. En el marco del trato especial y diferenciado, el ACM prevé la asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades para Ecuador en caso de que se hayan identificado dificultades con algún procedimiento de medidas sanitarias o fitosanitarias notificado por la Unión Europea:
ART. 100 Trato especial y diferenciado “En aplicación del artículo 10 del Acuerdo MSF, cuando un País Andino signatario haya identificado dificultades con un proyecto de MSF notificada por la parte UE, el País Andino signatario podrá solicitar, en los comentarios presentados a la parte UE de conformidad con el artículo 7 del Acuerdo MSF, la oportunidad de discutir el asunto. Las partes correspondientes iniciarán consultas con el fin de acordar: (a) condiciones alternativas de importación a ser aplicadas por la parte importadora; y/o (b) asistencia técnica conforme al artículo 101; y/o (c) un período transitorio de seis meses, que podría ser excepcionalmente prorrogado por un nuevo período no mayor a seis meses.” Acuerdo Comercial Multipartes
132
En cuanto al comercio de productos de origen animal, se establece la posibilidad de que las partes elaboren listas de establecimientos aprobados por las autoridades nacionales competentes en materia sanitaria y fitosanitaria, con la finalidad de que estos productos puedan tener mayores facilidades en la exportación. Por otro lado, se acordó un proceso expedito para la transferencia y el intercambio de información, lo que permitirá conocer los requisitos de importación específicos y el estado de las solicitudes de autorización para las exportaciones. En ese sentido, se acordaron los siguientes elementos: Transparencia con respecto a las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables al comercio entre las partes. Intercambio de información sobre asuntos relacionados con el desarrollo y aplicación de este tipo de medidas, incluyendo el progreso de nueva evidencia científica disponible, a fin de minimizar los efectos negativos al comercio. Facilidad de comunicación entre las partes en relación a procedimientos para la autorización de importación de productos específicos. De manera general, las disposiciones incluidas en este capítulo permiten fortalecer a las instituciones en materia sanitaria y fitosanitaria, lo cual contribuirá de manera positiva en el fomento de exportaciones de Ecuador no solamente hacia la Unión Europea sino también a otros mercados.
EL CONTENIDO
4.3.2.10. Excepciones transversales al comercio de mercancías Es importante indicar que las condiciones establecidas en el Acuerdo Comercial Multipartes no impiden a las partes aplicar medidas con el fin de cumplir objetivos de política pública en relación a la protección de la salud humana, salud animal y vegetal, o de carácter ambiental, siempre que no constituyan mecanismos que discriminen o restrinjan el comercio injustificadamente. Siempre y cuando se respeten estos dos últimas condiciones, ninguna disposición cubierta en el Título III en materia de Comercio de Mercancías impedirá a Ecuador adoptar o aplicar medidas: necesarias para proteger la moral pública o para mantener el orden público; necesarias para proteger la vida o la salud humana, animal o vegetal, incluyendo las medidas en materia ambiental; impuestas para proteger los tesoros nacionales de valor artístico, histórico o arqueológico; y necesarias para la conservación de los recursos naturales agotables; entre otros. 4.3.2.11. Subcomités para la administración del comercio de mercancías En el Título III del Acuerdo Comercial Multipartes relativo al Comercio de Mercancías, se establecieron varios subcomités para administrar y supervisar los diferentes ámbitos involucrados en esta materia. a. Subcomité de Acceso a los Mercados En el Acuerdo Comercial Multipartes, se estableció un Subcomité de Acceso a los Merca-
dos, con la finalidad de promover el comercio de las mercancías, abordar cualquier obstáculo o medida no arancelaria que restrinja el comercio y resolver cualquier diferencia relacionada a los compromisos de reducción arancelaria. Este subcomité podrá reunirse a solicitud de una parte o a solicitud del Comité de Comercio del Acuerdo. b. Subcomité de Agricultura Dada la importancia que tiene el sector agrícola, en especial para las exportaciones actuales y potenciales de Ecuador, es muy importante contar con un subcomité que revise temas relacionados al comercio agrícola. Este subcomité podrá abordar temas de interés de las partes, tales como la promoción del comercio de las mercancías agrícolas, resolver cualquier obstáculo injustificado al comercio de estos productos, así como evaluar la aplicación del Acuerdo en pro del comercio de estos bienes Este subcomité se reunirá al menos una vez al año. c. Subcomité de Aduanas, Facilitación del Comercio y Reglas de Origen En el ACM se estableció un Subcomité de Aduanas, Facilitación del Comercio y Reglas de Origen con la finalidad de supervisar la aplicación y administración de estas materias, sirviendo además de foro para consultas en temas relacionados a procedimientos aduaneros, regímenes y nomenclatura arancelaria, reglas de origen, cooperación y asistencia técnica en estos asuntos.
133
El Subcomité se reunirá según lo acuerden las partes. d. Subcomité de Obstáculos Técnicos al Comercio En el ACM, se estableció un Subcomité de Obstáculos Técnicos al Comercio, con la finalidad de promover el comercio de las mercancías y abordar cualquier obstáculo que pudiera afectar el acceso a los mercados de sus productos. En este espacio, se podrán definir las necesidades de cooperación, intercambio de información, entre otros aspectos relevantes. Se dispone además la posibilidad de establecer grupos de trabajo a fin de solucionar problemas específicos en la aplicación de este capítulo. Salvo que las partes acuerden algo distinto, el Subcomité se reunirá como mínimo una vez al año. e. Subcomité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias En el Acuerdo Comercial Multipartes se establece un Subcomité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, que servirá de foro de discusión para solucionar los problemas de acceso de productos entre las partes, a través del desarrollo y supervisión de la aplicación de este capítulo, la identificación de necesidades de cooperación y la realización de consultas en asuntos relacionados a esta materia. Si las partes así lo deciden, el Comité puede establecer programas conjuntos para deter-
134
minar la pertinencia de la armonización de medidas y el consiguiente cumplimiento por parte de Ecuador de las condiciones sanitarias de acceso a la UE. El Subcomité se reunirá de manera ordinaria por lo menos una vez al año y tendrá reuniones extraordinarias cuando sean requeridas por las partes. 4.3.3. Comercio de servicios y establecimiento La negociación del Título de Servicios con la Unión Europea se basó principalmente en los compromisos, derechos y obligaciones del país en esta materia ante la Organización Mundial del Comercio – OMC, pero incluyendo algunas flexibilidades a favor de Ecuador para mantener la potestad estatal de implementar normas relacionadas al funcionamiento adecuado de servicios a nivel nacional, conforme a su legislación. a. Aspectos Relevantes de la Negociación Acuerdo equilibrado, basado en el principio de compromisos recíprocos y reglas comunes, pero admitiendo diferenciaciones y excepciones, para tomar en cuenta las asimetrías de desarrollo y las sensibilidades de cada una de las partes. En la negociación de servicios también se ve reflejado un trato especial y diferenciado para los países andinos frente a la Unión Europea así como entre países andinos. Se mantuvo en lo fundamental las disciplinas que estaban contempladas en el Acuerdo General de Servicios de la OMC.
EL CONTENIDO
En materia de inversiones, el ACM, a diferencia de otros acuerdos comerciales, no incluye normas sobre su protección, aplicándose solamente regulaciones sobre el acceso a mercados para los inversionistas extranjeros, el reconocimiento de trato nacional y ciertas provisiones post-admisión, exclusivamente en los sectores de servicios en los que se realizaron compromisos. El Acuerdo no contempla un mecanismo de arbitraje inversionista-Estado, por lo que no se cede jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en plena coincidencia con el Art. 442 de la Constitución de Ecuador. El Acuerdo podrá generar nuevas oportunidades de intercambio en servicios, particularmente en cadenas y sectores productivos que requieren consolidarse y la posibilidad de incrementar el flujo de inversiones procedentes de los países Miembros de la UE. En relación con el Modo 4 (movimiento de personas físicas), se adoptan varias categorías de personas naturales que pueden prestar servicios en el territorio de la otra parte. A estas se asignan requisitos específicos y modalidades necesarias para permitir dicha prestación. Es importante destacar que en este ámbito no se comprometen tratamientos migratorios o de visados preferenciales. La UE reconoce y respeta la soberanía de Ecuador en la administración, regula-
ción, control y gestión de los servicios públicos y sectores estratégicos, de conformidad con la Constitución de Ecuador. b. Compromisos asumidos por Ecuador Se negoció con aquellos sectores de servicios que convenían a Ecuador para permitir el suministro externo de servicios necesarios para los procesos de producción. Los compromisos asumidos están acorde a las disposiciones constitucionales51 y legales que regulan al sector de servicios en Ecuador. En la siguiente tabla se resume el alcance de la liberalización previsto por el Acuerdo Comercial Multipartes en materia de Comercio de Servicios (suministro transfronterizo – Modo 1 y 2) y Establecimiento (Modo 3). En ambos casos, se adoptó un enfoque de lista positiva para las modalidades de negociación, lo que implica que solo los sectores indicados en la tabla quedan cubiertos por las obligaciones del Acuerdo. Es importante destacar que la tabla menciona sectores de servicios en general, pero los compromisos fueron asumidos en muchos casos para solamente algunos subsectores dentro de cada sector referido. Adicionalmente, la tabla presenta las excepciones y exclusiones previstas para cada caso. Cabe destacar que quedaron excluidos de los compromisos asumidos los servicios
51 Artículos 313,314, 315, 316, 317, 318, 337, 339, 404, 405 y 416 de la Constitución de la República de Ecuador.
135
que tienen que ver con el ejercicio de las facultades gubernamentales: políticas de los bancos centrales, de la seguridad social, servicios públicos, y
aquellas medidas que se adoptan por razones de seguridad o moral pública. En estos sectores, el Estado tendrá plena capacidad de regulación.
Matriz de Cobertura Sectorial – Negociación de Servicios y Establecimiento Ámbito de aplicación
Suministro transfronterizo de los servicios (Modos 1 y 2) El suministro de un servicio:
Definición
Modo 1: del territorio de una Parte al territorio de la otra Parte. Modo 2: en el territorio de una Parte al consumidor de servicios de la otra Parte. Las medidas que afecta al suministro fronterizo están relacionadas con: a) la adquisición, el pago o el uso de un servicio; y b) el acceso a y el uso de, en relación con el suministro transfronterizo de un servicio, servicios solicitados por la Parte para ofrecerlos al público en general
Cobertura Sectorial
136
Establecimiento (Inversión - Modo 3) La presencia comercial implica todo tipo de establecimiento comercial o profesional, a través, entre otros medios, de la constitución, adquisición o mantenimiento de una persona jurídica, o la creación o mantenimiento de una sucursal o una oficina de representación, dentro del territorio de un Miembro de la OMC con el fin de suministrar un Servicio. Cualquier tipo de empresa o profesional mediante: a) la constitución, adquisición o mantenimiento de una persona jurídica, o la creación o el mantenimiento de una filial o una sucursal en el territorio de la Parte a fin de realizar una actividad económica.
Sectores negociados (Modos 1, 2 y 3) Agricultura, ganadería, caza y silvicultura (únicamente Establecimiento) Pesca y acuacultura (únicamente establecimiento) Explotación de minas y canteras (únicamente establecimiento) Industrias manufactureras (únicamente establecimiento) Producción, transmisión y distribución por cuenta propia de electricidad, gas, vapor y agua caliente (únicamente establecimiento) Servicios prestados a las empresas Servicios de comunicaciones
EL CONTENIDO
Servicios de construcción y servicios de ingeniería conexos Servicios de distribución Servicios relacionados con el medio ambiente Servicios financierosServicios sociales y de salud Servicios de turismo y servicios relacionados con los viajes Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos Servicios de transporte Servicios auxiliares de transporte Servicios de energía
Exclusiones sectoriales (Modo 1 y 2) Servicios de enseñanza Servicios audiovisuales Servicios de transporte aéreo nacional e internacional, ya sean regulares o no regulares, y servicios directamente relacionados con el ejercicio de derechos de tráfico(con excepción de servicios auxiliares de transporte aéreo) Cabotaje marítimo nacional
Exclusiones específicas en sectores negociados (Modo 1 y 2) En servicios jurídicos: asesoramiento y la representación en juicio y servicios notariales en el marco de la legislación nacional En servicios de ingeniería: los servicios contratados por el Estado En servicios integrados de ingeniería: los servicios contratados por el Estado
Exclusiones sectoriales (Modo 3) Servicios de enseñanza Servicios audiovisuales Servicios de transporte aéreo nacional e internacional, ya sean regulares o no regulares, y servicios directamente relacionados con el ejercicio de derechos de tráfico (con excepción de servicios auxiliares de transporte aéreo) Extracción, fabricación y procesamiento de materiales nucleares Producción o comercio de armas, municiones y material bélico Cabotaje marítimo nacional Procesamiento, disposición y deshecho de basuras tóxicas Otros servicios no incluidos en otra parte
Exclusiones específicas en sectores negociados (Modo 3) Silvicultura, extracción de madera: excluyendo servicios de asesoría y consultoría. Pesca y acuacultura: excluyendo servicios de asesoría y consultoría. Pesca artesanal está reservada exclusivamente a los pescadores ecuatorianos. Extracción de petróleo crudo y gas natural: no incluye los servicios
137
En trabajos generales de construcción en obras de ingeniería civil: los servicios contratados por el Estado En otros servicios comerciales al por mayor: productos energéticos, minerales, productos químicos y farmacéuticos En servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología (servicios de energía): los servicios contratados por el Estado
relacionados con la fundición de minerales a comisión o por contrato en campos petroleros o gasíferos Fabricación de otros tipos de equipo de transporte: excluye fabricación de buques de guerra, de aviones de guerra y otro equipo de transporte de uso militar. Producción, transmisión y distribución por cuenta propia de electricidad, gas, vapor y agua caliente: excluye la generación de energía nuclear. Servicios de espectáculos: excluyen los servicios de juegos de azar y apuestas Trabajos generales de construcción en obras de ingeniería: excluidos los servicios contratados por el Estado En servicios de comisionistas: excluidos los servicios de comercialización de combustibles. Servicios de transporte marítimo, en transporte de carga: excluido el transporte de cabotaje nacional. Servicios auxiliares de transporte aéreo, en los servicios de explotación de aeropuertos: excluidos los servicios de manipulación de carga. Servicios auxiliares del transporte por carretera: La carga y descarga y el almacenamiento de hidrocarburos se asigna exclusivamente a empresas de navieras nacionales, estatales o mixtas en las que el Estado tenga una participación de por lo menos el 51% del capital social.
Fuente: Acuerdo Comercial Multipartes y Protocolo de Adhesión del Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
c. Reservas Horizontales incluidas por Ecuador
todos los sectores de servicios que Ecuador incluyó en el Acuerdo.
Ecuador negoció con la UE notas horizontales, que corresponden a excepciones que limitan el alcance de los compromisos en
a) Inversión y prestación de servicios en Sectores Estratégicos y Servicios Públicos.
138
EL CONTENIDO
En determinadas actividades económicas relacionadas con la explotación de sectores estratégicos o para la prestación de servicios públicos, se requerirá la previa obtención de derechos de concesión, licencias, autorizaciones u otro título habilitante de conformidad con la respectiva legislación aplicable para el sector de que se trate, así como la domiciliación o constitución de un establecimiento en Ecuador para el caso de personas jurídicas constituidas bajo las leyes de otro país y con domicilio principal en el exterior. Es aplicable lo anterior para la provisión de servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, incluyendo los relacionados con la explotación de energía en todas sus formas, la explotación de recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, y el espectro radioeléctrico. b) Propiedad de tierras y aguas • Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir, a ningún título, con fines de explotación económica, tierras o concesiones en zonas de seguridad nacional. Ecuador se reserva el derecho de adoptar o mantener medidas relacionadas con la propiedad de bienes inmuebles por parte de extranjeros en las regiones limítrofes, las costas nacio-
nales o el territorio insular. c) Soberanía alimentaria y desarrollo rural. Reconocimiento de la potestad del Gobierno de Ecuador de ejercer sus competencias y de regular e introducir nuevas reglamentaciones relativas a la promoción de la producción sustentable y comercio justo de bienes agrícolas, el desarrollo de prácticas agrícolas que protejan y promuevan la soberanía alimentaria, el fomento de las condiciones económicas y sociales de agricultores y a las comunidades rurales y para la conservación, restauración y distribución de los suelos cultivables.
d) Contratación de trabajadores extranjeros Todo empleador que cuente con un personal de más de 10 empleados debe contratar a personas de nacionalidad ecuatoriana en proporción no inferior al 90 por ciento de los trabajadores ordinarios, y no inferior al 80 por ciento de los empleados calificados o especialistas, el personal administrativo o las personas con cargos de responsabilidad. e) Representación legal Los apoderados de todas las compañías nacionales o extranjeras que negociaren o contrajeren obligaciones en Ecuador deberán tener un apoderado o represen-
139
cualquier medida que otorgue derechos o preferencias a comunidades locales relacionada con la protección, conservación, recuperación y promoción del patrimonio natural de Ecuador, entendido como el conjunto de formaciones físicas, biológicas y geológicas que representan un valor desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico y que incluyen al sistema nacional de áreas protegidas y a los ecosistemas frágiles y amenazados.
tante que pueda contestar las demandas y cumplir las obligaciones respectivas, quien deberá tener residencia en el Ecuador. f) Economía popular y solidaria Ecuador, conforme a la Constitución de la República, se reserva el derecho de establecer medidas que otorguen un tratamiento preferencial y diferenciado a los sectores que actúen y realicen actividades bajo la forma de organización económica popular y solidaria, que incluye los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios. g) Régimen tributario Respecto de todo tipo de transferencias o remesas al exterior, rige en Ecuador un impuesto a la salida de divisas, que se entiende plenamente compatible con lo dispuesto en el artículo 296 del Acuerdo Comercial Multipartes. h) Patrimonio cultural y patrimonio natural Ecuador se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue derechos o preferencias a las comunidades locales con respecto al apoyo, fomento, promoción y desarrollo de expresiones relacionadas con el patrimonio cultural inmaterial, de conformidad al artículo 379 de la Constitución de la República. De igual forma, se reserva el derecho de adoptar o mantener
140
i)
Seguridad esencial
Se prohíbe la fabricación, importación, tenencia y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos, conforme lo establece el artículo 15 de la Constitución de la República. j)
Industria editorial
Ecuador se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue a una persona natural o jurídica de la Parte de la UE el mismo trato otorgado a una persona natural o jurídica ecuatoriana en el sector editorial de esa otra Parte. d. Reservas Sectoriales Respecto de las previsiones en sectores específicos de servicios, Ecuador incluyó reservas sectoriales en las áreas de: servicios profesionales, servicios postales, servicios
EL CONTENIDO
de telecomunicaciones, seguros, servicios bancarios, turismo, servicios auxiliares de transporte, energía, entre otros. Estas reservas tuvieron como objetivo primordial resguardar políticas públicas en materia de servicios, de conformidad con lo establecido en la legislación nacional. e. Movimiento de Personas Físicas Los compromisos en materia de movimiento de personas físicas (Modo 4) que asumieron las Partes se dirigen a los siguientes tipos de personas y profesionales: Personal clave y practicantes con grado universitario. Proveedores de servicios contractuales. Profesionales independientes. Con relación al personal clave y practicantes con grado universitario (Art. 124), se negoció para ambas partes un período máximo de dos años de estancia para las personas transferidas, renovables por un año adicional. Para proveedores de servicios contractuales (Art. 126) se negoció para ambas Partes el suministro de servicios en cada territorio para 18 sectores. En cuanto a profesionales independientes (Art. 127), se negoció para ambas Partes el suministro de servicios en cada territorio para 9 sectores. La Unión Europea reconoce que en Ecuador la membresía a una asociación profesional
acreditada no tiene carácter obligatorio. f. Medidas Prudenciales y de Salvaguardia para la Protección de la Economía Igualmente, el Acuerdo reconoce el derecho de Ecuador de establecer, entre otras, las siguientes medidas, bajo las condiciones previstas en dicho instrumento: Medidas prudenciales: Ecuador podrá adoptar o mantener medidas prudenciales para mantener la seguridad, solidez, integridad o responsabilidad financiera de cada proveedor de servicios financieros. Medidas de salvaguardia: Ecuador podrá adoptar medidas de salvaguardia con respecto a los movimientos de capital, por un período que no exceda un año, cuando en circunstancias excepcionales, los pagos y movimientos de capital causen o amenacen causar serias dificultades en la liquidez de la economía ecuatoriana. Estas medidas de salvaguardia podrán mantenerse más allá de dicho plazo por razones justificadas. Excepciones generales: Al igual que en el Título del ACM referente a Comercio de Mercancías, las condiciones establecidas en materia de servicios no impiden a las Partes aplicar medidas con el fin de cumplir con objetivos de política pública en relación a la protección de la salud humana, salud animal o vegetal, o de carácter ambiental, siempre que no constituyan mecanismos discriminato-
141
rios o restricciones injustificadas. En ese sentido, las disposiciones establecidas en esta materia no impedirán a Ecuador adoptar o aplicar medidas necesarias para lograr los fines mencionados. 4.3.4. Contratación Pública
Unión Europea otorgarán mutuamente a sus mercancías, servicios y a los proveedores que ofrezcan tales mercancías y servicios, un trato no menos favorable que el trato otorgado a sus propias mercancías, servicios y proveedores nacionales.
bienes y servicios en los procesos de contratación pública de la otra Parte. Esto conlleva la aceptación de normas de transparencia, no discriminación, previsibilidad, plazos y procedimientos que hagan factible que los proveedores de la otra Parte presenten sus ofertas, las mismas que pueden ser seleccionadas o rechazadas en función de los precios y de las condiciones ventajosas que presenten.
Sin embargo, se negociaron amplias excepciones a este principio general. En efecto, el principio se aplica solamente a las entidades, mercancías y servicios que han sido enlistadas por ambas Partes en el ACM. Estas listas figuran como anexo al Protocolo de Adhesión de Ecuador. En segundo lugar, este principio no se aplica a las contrataciones cuyos montos estén por debajo de los umbrales que se acordaron. Finalmente, tampoco se aplica a los casos de excepción o a las limitaciones que Ecuador incluyó en el anexo de cobertura.
En ese sentido, el Acuerdo Comercial Multipartes negociado establece que Ecuador y la
Los umbrales acordados con la UE son los siguientes:
El Título de Contratación Pública tiene por objeto viabilizar la oportunidad para licitar
Umbrales negociados por Ecuador – Contratación pública UMBRALES Acuerdo Ecuador UE POR TIPO DE ENTIDAD CONTRATANTE
ECUADOR*
COLOMBIA Y PERÚ
NIVEL CENTRAL Bienes y servicios
$ 355 mil
$ 178 mil
NIVEL SUBCENTRAL Bienes y servicios
$ 478 mil
$ 273 mil
OTRAS ENTIDADES Bienes y servicios
$ 547 mil
$ 547 mil
CONSTRUCCIÓN
$ 8,2 millones
$ 6,8 millones
El ACM NO ES APLICABLE para las contrataciones públicas del Ecuador que estén por debajo de estos umbrales. Para las contrataciones del Ecuador, por encima de los umbrales, se deberá aplicar el Acuerdo ÚNICAMENTE para los sectores elistados en el mismo (a no ser que de otra forma estén excluidos)
DEG= USD 1,367 (valor promedio histórico 2015-2016) *Los umbrales establecidfos por Ecuador deberán llegar a los niveles de Colombia y Perú después de 5 años de entrada en vigor del ACM. Fuente: Acuerdo Comercial Multipartes y Protocolo de Adhesión de Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
142
EL CONTENIDO
Los umbrales negociados por Ecuador tienen una temporalidad de 5 años, luego de lo cual se ajustarán a los valores que aplican para Colombia y Perú. a. Exclusiones en Materia de Contratación Pública El Acuerdo Comercial Multipartes excluye: La adquisición o arrendamiento de tierras, de edificios existentes o de otros bienes inmuebles o a los derechos sobre esos bienes. Los acuerdos no contractuales ni forma alguna de asistencia que preste una Parte, incluidos los acuerdos de cooperación, las donaciones, los préstamos, las subvenciones, las aportaciones de capital, las garantías, los avales y los incentivos fiscales. La contratación o adquisición de servicios de agencias fiscales o servicios de depósito, servicios de liquidación y gestión para instituciones financieras reguladas, ni los servicios vinculados a la venta, redención y distribución de la deuda pública, incluyendo préstamos y bonos, notas y otros títulos de valores públicos (para mayor certeza, el Título de Contratación Pública no se aplica a la contratación pública de servicios bancarios, financieros o especializados relativos al endeudamiento público, o la administración de deuda pública); contratos de empleo público y medidas relacionadas; y la contratación realizada:
o con el propósito específico de prestar asistencia internacional, incluida la ayuda para el desarrollo; o de conformidad con un procedimiento o condición particular de un acuerdo internacional relacionado con el asentamiento de tropas; o, la ejecución conjunta de un proyecto de los países signatarios de dicho acuerdo; o de conformidad a un procedimiento o condición particular de una organización internacional, o financiada mediante donaciones, préstamos u otras formas de asistencia internacionales, cuando el procedimiento o condición aplicable sea incompatible con el Título sobre Contratación Pública. A las exclusiones anteriores se suman las que Ecuador negoció de manera particular: Las contrataciones reservadas a las medianas, pequeñas y micro empresas (MIPYMES), así como a los Actores de la Economía Popular y Solidaria (AEPYS). Las contrataciones dirigidas a programas de asistencia social. Las contrataciones de los Gobiernos Autónomos Parroquiales. La contratación de servicios de construcción de unidades educativas, hasta secundaria.
143
Las contrataciones de mercancías y servicios en el sector de defensa y seguridad pública. La contratación de mercancías para programas de ayuda alimentaria. Las contrataciones realizadas por todas las instituciones del sector público que se encuentren ubicadas o que tengan incidencia en Galápagos. Las contrataciones para la preparación y realización de elecciones y de consultas populares. Las contrataciones financiadas mediante donaciones, préstamos u otras formas de asistencia. Mercancías para la ejecución de servicios de investigación y desarrollo. Servicios vinculados a la venta, redención y distribución de la deuda pública.
Contratos de empleo público. La contratación de material didáctico y de uniformes escolares. Las contrataciones de alimentos, insumos agropecuarios y animales vivos, relacionadas con los programas de apoyo a la agricultura y asistencia alimentaria. Las contrataciones de petróleo, gases de petróleo y derivados. b. Contratación Pública de Servicios Cabe destacar además que Ecuador negoció una lista positiva de servicios, marcando una diferencia con todos los demás países latinoamericanos que han negociado con la Unión Europea, que utilizaron una lista negativa. La lista positiva solo incorpora los sectores que se licitarán y los que no están mencionados quedan excluidos del Acuerdo. La lista positiva negociada en el Acuerdo abarca los siguientes servicios:
Servicios incluidos en lista positiva - Contratación Pública
144
Servicios de transporte: terrestre; por vía acuática, por ferrocarril, aérea (excepto transporte de correo)
Servicios complementarios y auxiliares de transporte
Servicios de transporte por tuberías (oleoductos)
Servicios de telecomunicaciones
Servicios de mensajeros y servicios auxiliares de telecomunicaciones
Servicios de hotelería (excepto provisión de alimentos y bebidas)
Servicios de distribución de energía eléctrica
Servicios de agencias de viaje
Servicios auxiliares de seguros
Servicios de arrendamiento o alquiler de maquinaria
Servicios de informática y conexos
Servicios de teneduría de libros
Servicios de asesoría tributaria
Servicios de investigación de mercado
Otros servicios como
Servicios de consultoría en administración, excepto arbitraje Servicios ambientales:
Servicios para la agricultura, caza, pezca y minería, exceptuando manufacturas de productos
Servicios de mensajeros y servicios auxiliares de telecomunicaciones
Servicios de hotelería (excepto provisión de alimentos y bebidas)
Servicios de distribución de energía eléctrica
Servicios auxiliares de seguros
Servicios de arrendamiento o alquiler de maquinaria
Servicios de informática y conexos
Servicios de asesoría tributaria
Servicios de investigación de mercado
Servicios de consultoría en administración, excepto arbitraje
Servicios para la agricultura, caza, pezca y minería, exceptuando manufacturas de productos
Servicios de veterinaria
Servicios ambientales: Servcios de limpieza de gases de combustión; y servicios de amortiguamiento de ruido
Servicios de protección del paisaje y de la naturaleza
Otros servicios como traducción, copia, duplicación, contestación de llamadas, recopilación de listas por correo Otros servicios de protección del medio ambiente
Servicios de Ingeniería (con temporalidad de 15 años desde la entrada en vigencia del Acuerdo)
Servicios de agencias de viaje
EL CONTENIDO Servicios de teneduría de libros
Servicios de Publicidad (con temporalidad de 10 años desde la entrada en vigencia del Acuerdo)
Fuente: Protocolo de Ahesión de Ecuador Elaborado por: Ministerio de Comercio Exterior
Sobre los servicios de publicidad e ingeniería, Ecuador logró un período de gracia de 15 y 10 años a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo, para su incorporación a los compromisos en materia de compras públicas. c. Desagregación tecnológica e impulso al desarrollo •
•
•
Como se mencionó anteriormente, para precautelar las sensibilidades en materia de MIPYMES y AEPYS, se incluyó en el texto el reconocimiento de su importancia y papel en el desarrollo económico y se excluyó de las obligaciones de este Título a los procedimientos de contratación pública que Ecuador reserve para estas economías.
Ecuador logró incorporar la exigencia de desagregación tecnológica en el Acuerdo. En esta materia, el país consiguió la posibilidad de, por un período de 5 años desde la entrada en vigencia del Acuerdo, someter la contratación pública de bienes y servicios de construcción, a requisitos obligatorios para la incorporación de contenido nacional, por un valor no superior al 40% del total del contrato.
d. Excepciones generales
Adicionalmente, el Acuerdo también prevé cooperación en esta materia, con lo que se compartirá información estadística y experiencias, capacitación y asistencia técnica para participar en las licitaciones en la UE y el fortalecimiento institucional.
e. Subcomité de Contratación Pública
Las condiciones establecidas en materia de contratación pública no impiden a las Partes aplicar medidas con el fin de cumplir con objetivos de política pública en relación a la protección de la salud humana, salud animal o vegetal, o de carácter ambiental, siempre que no constituyan mecanismos discriminatorios e injustificados.
En el ACM se estableció un Subcomité en materia de Contratación Pública, el cual evaluará el aprovechamiento de las oportunidades ofrecidas por este Título y hará seguimiento de las actividades de cooperación que presenten los
145
países. El subcomité se reunirá cuando una de las Partes del Acuerdo lo solicite. 4.3.5. Propiedad Intelectual En materia de propiedad intelectual, de manera general el Acuerdo Comercial Multipartes no establece compromisos adicionales a los que Ecuador tiene dentro de su legislación interna y en el marco de los organismos internacionaEn resumen. El Acuerdo Comercial Multipartes no obliga a Ecuador a contratar proveedores de la UE, tampoco les da ninguna ventaja sobre las empresas locales. El Acuerdo indica los procesos de licitación pública a los que deberá Ecuador invitar a participar a proveedores de la UE. Una vez dentro del proceso, los contratos pudieran ser adjudicados solo si representan la opción más ventajosa para el país. Esto significa, que cuando el Estado adquiera bienes o servicios tendrá una mayor oferta y la posibilidad de ahorrar dinero al país. Las exclusiones incluidas por Ecuador en el Protocolo de Adhesión permiten precautelar a proveedores nacionales, especialmente por la exclusión de todos los programas de Gobierno reservados para actores de la economía popular y solidaria, MIPYMES y AEPYS, así como las contrataciones de los Gobiernos Autónomos Parroquiales. Para Ecuador las compras públicas constituyen una herramienta para incentivar el desarrollo nacional. Por tanto, en el Protocolo de Adhesión, el país adoptó las medidas necesarias para garantizar que esto siga siendo posible.
146
les a los que pertenece como la Organización Mundial de Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Así, la mayor parte del título VII sobre propiedad intelectual del ACM ratifica los compromisos preexistentes de Ecuador en el marco de organizaciones internacionales de propiedad intelectual a las que pertenece desde hace varias décadas. En ese sentido, se reafirman las obligaciones de Ecuador en materia de: derechos de autor, derechos conexos, patentes, marcas, nombres comerciales, diseños, indicaciones geográficas, biodiversidad, variedades vegetales y conocimientos tradicionales. Además, como parte del reconocimiento de las asimetrías existentes, Ecuador no fue obligado ni se comprometió a adherir a nuevas convenciones internacionales relacionadas con esta materia. Adicionalmente, el acuerdo reconoce y respeta el derecho que tiene Ecuador para hacer pleno uso de las excepciones y flexibilidades establecidas o derivadas de los acuerdos multilaterales de propiedad intelectual con fines de protección a la salud pública, la nutrición de la población, el acceso a las medicinas, la soberanía alimentaria y para impedir el abuso de los derechos de propiedad intelectual. a. Derechos de autor El Acuerdo Comercial Multipartes establece un período de protección de 70 años para los derechos de autor, el cual es totalmente equivalente con lo previsto por la Ley No. 83 de Propiedad Intelectual de Ecuador de 1998, así como el Código INGENIOS que la reemplazó en diciembre de 2016.
EL CONTENIDO
b. Datos de prueba En el ACM se establece la protección de datos de prueba por un período de 5 años en caso de medicamentos y 10 años en agroquímicos. Esto empezará a aplicarse 5 años después de la entrada en vigencia del Acuerdo Comercial Multipartes. De igual manera, los 5 años de protección para los datos de prueba de medicamentos y 10 para agroquímicos empiezan a contarse a partir de la autorización de comercialización, por lo que, normalmente, el período de protección a los datos de prueba se daría dentro del período de protección por patente (20 años). La aplicación de la protección es exclusiva para productos que contengan nuevas entidades químicas (no comercializados antes en Ecuador), y se aplicará únicamente si Ecuador decide exigir como condición para aprobar su comercialización la presentación de datos de prueba u otros no divulgados. Si el Ecuador decide comprobar la eficacia y seguridad de nuevas entidades químicas por otro mecanismo, no estará obligado a otorgar los 5 y 10 años de protección indicados en el párrafo anterior. El ACM prevé además flexibilidad para uso de datos de prueba en casos de interés nacional relativo a salud pública (licencias obligatorias). c. Indicaciones geográficas Entre los nuevos compromisos adquiridos en el ACM se encuentra el de proteger las indicaciones geográficas (IG). Las IG representan un gran potencial para Ecuador, en especial por el valor agregado que pueden brindar a la producción agrícola y las artesanías. Este tipo de identificación para los
productos de regiones determinadas puede contribuir a: El desarrollo socioeconómico, la sostenibilidad de la región y sobre todo el beneficio de los pequeños y medianos productores que aportan con materia prima y mano de obra en la construcción del producto final. La promoción del patrimonio biocultural artesanal y el impulso del agroturismo. La redistribución equitativa a lo largo de la cadena productiva para alcanzar un desarrollo sostenible. El beneficio de la comercialización de un producto reconocido por su alta calidad y procedencia de una zona geográfica específica, lo cual se traduce en un precio más alto y un aprovechamiento de los segmentos de mercado especializados, sobre todo los relacionados con el turismo. Esta oportunidad es ya un hecho para productos como el cacao ecuatoriano con la denominación “Cacao Arriba”. Este producto milenario que en Ecuador se encuentra protegido desde el año 2008, cumplió con las formalidades relacionadas a la publicación y oposición en la Unión Europea. Adicionalmente, en el Protocolo se estableció la protección de la IG “Sombrero de Montecristi”, pero la misma no puede ser aplicada aún, debido a que la legislación europea no contempla las IG de artesanías. No obstante, la UE se comprometió a revisar su legislación una vez se verifique una voluntad política 147
común de los países Miembros de la Unión en regular este tipo de IG en el ordenamiento jurídico comunitario. Las indicaciones geográficas de la Unión Europea son 116, correspondientes a IG de los 28 Miembros de ese bloque comercial. Estas IG se encuentran en el Anexo XIII del ACM. Finalmente, el ACM prevé la adición de indicaciones geográficas en el futuro. Por lo tanto, Ecuador tiene un gran reto y oportunidad en el desarrollo de nuevas indicaciones geográficas gracias a la diferenciación y características especiales de muchos de sus productos, especialmente agrícolas (ejemplo: Café de Galápagos, Naranja de Caluma, Café de Zaruma y otras que podrían protegerse). De esa manera, se fortalecerá la capacidad de asociación de productores, la calidad y uniformidad de los productos, así como el prestigio e imagen del país. d. Derechos de los agricultores y variedades vegetales Ecuador en el ACM no asumió compromisos para otorgar protecciones adicionales a las variedades vegetales, notoriamente aquellas contempladas en la Convención Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), revisada el 19 de marzo de 1991. Por el contrario, reafirmó que a la entrada en vigencia del Acuerdo Comercial Multipartes, Ecuador seguirá formando parte de UPOV de 1978. De esta manera, se preserva el derecho del país a continuar rigiéndose por el Acta de la
148
UPOV de 1978, instrumento del cual Ecuador es Miembro desde el 8 de agosto de 1997 y que permite y facilita la protección de la soberanía alimentaria del país, ya que faculta a los agricultores el intercambio libre de semillas. Estos compromisos guardan armonía con las disposiciones constitucionales (artículo 13) referentes al derecho de las personas y colectividades de acceder de forma segura y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos. Al mismo tiempo, se ha acatado la obligación constitucional de mantener la soberanía alimentaria consagrada en el artículo 281, especialmente los numerales 1 y 6, en lo relativo a la responsabilidad del Estado ecuatoriano de impulsar la producción, transformación agroalimentaria de las pequeñas y medianas unidades de producción, comunitarias y de la economía social y solidaria; y, a promover la preservación y recuperación de la agrobiodiversidad y de los saberes ancestrales vinculados a ella; así como el uso, la conservación e intercambio libre de semillas. En consecuencia, lo acordado en esta materia por Ecuador con la Unión Europea no altera la situación jurídica existente a la fecha en el país y es consistente con su Constitución. e. Subcomité de Propiedad Intelectual En el ACM, las Partes establecieron un Subcomité sobre Propiedad Intelectual para hacer un seguimiento de la implementación de las disposiciones del presente Título. Este Subcomité podrá evaluar y proponer la adición de nuevas indicaciones geográficas en caso de que
EL CONTENIDO
una de las Partes lo solicite. Este órgano se reunirá al menos una vez al año, salvo que las Partes acuerden algo distinto. 4.3.6. Competencia Las disciplinas de este Título del Acuerdo se ajustan a lo previsto en la Ley Orgánica de la Regulación y Control del Poder de Mercado de la República de Ecuador (Ley de Competencia). Este Título contiene regulaciones generales establecidas sobre monopolios designados y empresas del Estado. Es importante recalcar que nada de lo negociado en materia de competencia impide al Ecuador establecer o mantener empresas del Estado, de conformidad con la legislación nacional. 4.3.7. Comercio y desarrollo sostenible El ACM tiene como objetivo ratificar la coherencia entre las políticas de comercio y el desarrollo sostenible, lo que implica promover el desarrollo económico, desarrollo social y la protección del medio ambiente a nivel nacional e internacional. El título sobre Comercio y Desarrollo Sostenible promueve el diálogo y la cooperación entre las Partes, a fin que al tiempo de potenciar las relaciones comerciales, se fortalezcan los principios y derechos laborales y se promueva la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica y de los recursos naturales, así como la reducción de la contaminación. En el ACM se reconoce la obligación de respetar, preservar y mantener los conocimientos,
innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promover la aplicación más amplia de estos, pero de manera condicionada al consentimiento informado previo de los titulares de tales conocimientos, innovaciones y prácticas. Esto fomentará la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de tales conocimientos. Por otro lado, se reconoce también que el cambio climático es un tema de preocupación común y global que requiere la más amplia cooperación posible de todos los países y su participación en una respuesta internacional efectiva y apropiada, para el beneficio de las generaciones presentes y futuras de la humanidad. El título sobre Desarrollo Sostenible respeta el derecho soberano de los países para establecer sus políticas y prioridades nacionales sobre el desarrollo sostenible y sus propios niveles de protección ambiental y laboral, de conformidad con las normas y acuerdos reconocidos internacionalmente. Las Partes procurarán que sus leyes y políticas contemplen e incentiven altos niveles de protección ambiental y laboral. a. Diálogo con la sociedad civil El ACM prevé la participación de la sociedad civil y el público en general para llevar adelante un diálogo sobre asuntos relacionados al comercio y desarrollo sostenible.
149
b. Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible Se estableció un Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible, que se reunirá de común acuerdo para tratar los asuntos concernientes a esta materia. Este subcomité podrá además identificar y proponer áreas de cooperación sobre estas materias. 4.3.8. Excepciones generales del ACM A más de establecer excepciones dentro de los títulos o capítulos en materias específicas, el Acuerdo Comercial Multipartes incluye excepciones de carácter transversal con la finalidad de que las disposiciones no impidan o limiten a las Partes ejercer políticas públicas en materia de seguridad nacional, económica y tributaria. Las excepciones generales incluyen:
El ACM solo se aplicará a las medidas tributarias en la medida que dicha aplicación sea necesaria para dar efecto a las disposiciones del mismo Acuerdo. c. Balanza de pagos En el ACM se reconoce el derecho de sus miembros a adoptar o mantener medidas restrictivas al comercio de mercancías, servicios, establecimiento, incluyendo los pagos y transferencias relativas a dichas transacciones, si existe la amenaza o se experimentan graves dificultades financieras exteriores o de balanza de pagos. Las medidas de este tipo deberán ser compatibles con lo dispuesto en la normativa de la OCM. 4.3.9. Solución de controversias
a.Seguridad
a. Consultas y arbitraje
Las Partes no tendrán la obligación de suministrar o dar acceso a información cuya divulgación consideren contraria a sus intereses esenciales en materia de seguridad. En ese sentido, Ecuador podrá adoptar o mantener medidas necesarias para la protección de sus intereses esenciales en materia de seguridad.
El Título de Solución de Controversias del Acuerdo Comercial Multipartes tiene como finalidad prevenir y solucionar controversias comerciales entre las Partes, relacionadas con la interpretación o la aplicación del Acuerdo y llegar, cuando sea posible, a una solución mutuamente satisfactoria.
b. Impuestos
El mecanismo inicia en primer lugar con la etapa de consultas, donde la Parte afectada, mediante una solicitud escrita dirigida a la otra Parte, con copia al Comité de Comercio del Acuerdo Comercial Multipartes, detallará una consulta de buena fe, identificando fundamentos fácticos y jurídicos que configuren
Las disposiciones del Acuerdo Comercial Multipartes no impiden al Estado ecuatoriano adoptar o aplicar medidas que tengan por objeto garantizar la imposición o recaudación de impuestos o tributos.
150
EL CONTENIDO
que ha existido una vulneración de los compromisos contenidos en el Acuerdo. Si en la fase de consultas no se resuelve la controversia, la Parte interesada podrá solicitar el establecimiento de un grupo arbitral, el mismo que estará compuesto por tres árbitros designados por las Partes. En línea con la Constitución (artículo 422), el Acuerdo Comercial Multipartes reconoce la aplicación de solución de diferencias, tomando en cuenta como actores exclusivamente a los Estados Partes del Acuerdo, con el establecimiento de grupos o paneles ad hoc cuyos miembros son designados por las Partes mediante listas mutuamente acordadas, sin intervención de órganos o tribunales arbitrales internacionales ajenos, evitando, de esta manera, la cesión de jurisdicción soberana que vulnere la Constitución. b. Mediación El ACM prevé además que, en el caso de controversias relacionadas a medidas no arancelarias, cualquier Parte podrá solicitar el inicio de un proceso de mediación, el cual permite contar con un mecanismo más expedito para solucionar este tipo de diferendos. 4.3.10. Asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades comerciales En este ámbito se negociaron aspectos generales en los cuales la Unión Europea brindará a Ecuador cooperación y asistencia técnica orientada a lograr la adecuada implementación y optimización de resultados del Acuerdo Comercial Multipartes. Para esto, se acordó es-
tablecer proyectos e iniciativas de cooperación dirigidos a: Mejorar y crear nuevas oportunidades de comercio e inversión, fomentando la competitividad y la innovación, así como la modernización productiva, la facilitación del comercio y la transferencia de tecnología. Promover el desarrollo de las MIPYMES, usando al comercio como una de las herramientas para la reducción de la pobreza. Promover un comercio justo y equitativo, facilitando el acceso a los beneficios del Acuerdo a todos los sectores productivos, en particular los más débiles. Fortalecer las capacidades comerciales e institucionales en el ámbito de comercio para la implementación y aprovechamiento del Acuerdo. En este punto, Ecuador amplió su alcance al fortalecimiento de las capacidades productivas y el desarrollo económico sostenible de las Partes. Atender las necesidades de cooperación que hayan sido identificadas en otros capítulos del Acuerdo. En este título, se acordó que la cooperación se desarrollará en el marco jurídico e institucional que regula las relaciones entre las Partes, es decir que no existirá, salvo las funciones de seguimiento y supervisión del Comité de Comercio del ACM en este ámbito, una administración específica en el marco del Acuerdo para destinar o administrar fondos para esta materia.
151
COOPERACIÓN EN MATERIA COMERCIAL
CAPÍTULO V
5.1. Negociación para el establecimiento de un componente de comercio exterior dentro del Programa de Cooperación Bilateral Ecuador – Unión Europea Como se ha mencionado anteriormente, en el ACM se acordaron las materias del ámbito comercial en las que las Partes impulsarán la asistencia técnica y cooperación, a ejecutarse en el marco jurídico e institucional que regula las relaciones entre las partes. En este sentido, pese a que la asignación de fondos de cooperación no fue materia acordada en el ACM, durante el período de negociación del Protocolo de Adhesión, la UE comprometió destinar recursos financieros que permitan a Ecuador impulsar la correcta implementación del Acuerdo. Es así que Ecuador mantuvo conversaciones con la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo (DG DEVCO) de la Comisión Europea, en las que se concretó este ofrecimiento. Para esto, se creó un componente específico para el apoyo al comercio exterior ecuatoriano dentro del paquete bilateral de cooperación para Ecuador, que fue aprobado oficialmente en el Parlamento Europeo a finales del año 2014.
Este programa de cooperación alcanzó un valor total de € 64.000.000, y se acordó utilizar los fondos de la siguiente manera: •
Apoyo a proyectos de inversión existentes en el país a través del mecanismo LAIF (Latin American Investment Facility) - € 53.000.000. Para este ámbito, la contraparte es la Cancillería ecuatoriana, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) y el Ministerio de Finanzas.
•
Apoyo al Comercio Exterior - € 10.000.000. El Ministerio de Comercio Exterior administra este componente.
•
Medidas de Acompañamiento - € 1.000.000. La Secretaría Técnica de Cooperación Internacional (SETECI) es la contraparte para este ámbito.
Como ente encargado de los aspectos de Cooperación Internacional del país, la SETECI se encargó de coordinar con las diferentes entidades competentes en Ecuador la negociación de las características técnicas para la implementación de cada uno de estos ámbitos. Así, el 13 de marzo del 2015, la SETECI notificó al Ministerio de Comercio Exterior
153
sobre el arranque de la negociación de los términos bajo los que se manejaría este Programa de Cooperación para el componente comercial. Teniendo en consideración las reglas y directrices que había comunicado la SETECI a las partes implicadas, el 29 de mayo de 2015 el Ministerio de Comercio Exterior envió el perfil del proyecto de cooperación internacional para el componente de Apoyo al Comercio Exterior a la Delegación de la Unión Europea en Ecuador, cumpliendo con los plazos establecidos. El perfil del proyecto se convirtió en un documento de acción (action document) que fue remitido por la delegación de la UE en Ecuador el 15 de junio de 2015 a la Comisión Europea para su consideración. Se estableció como objetivo principal del programa de comercio exterior el apoyar el desarrollo económico y el empleo formal del país, a través de la internacionalización de las micro, pequeñas y medianas empresas. Entre ellas constan las organizaciones de la economía popular y solidaria, con un enfoque en su posicionamiento en el mercado Europeo y en virtud de las oportunidades creadas en el Acuerdo Comercial entre Ecuador y la Unión Europea. Conforme a las condiciones de implementación y ejecución acordadas con la UE para
este programa, se estableció que este se enmarcaría en dos modalidades específicas: 1. Contrato de servicios a través de licitación internacional; y 2. Subvenciones otorgadas a instituciones no-gubernamentales de apoyo al comercio, que tienen un alcance e impacto a nivel nacional. Para la ejecución del proyecto de cooperación, fueron designadas la Federación Ecuatoriana de Exportadores (FEDEXPOR) y la Corporación de Promoción de Exportaciones e Importaciones (CORPEI), por su previa experiencia en el manejo de la cooperación recibida por parte de la Unión Europea52, así como por su representatividad y alcance a nivel nacional53; requisitos que habían sido establecidos por la Unión Europea para beneficiarse de estos recursos. Cabe mencionar que después de un trabajo en conjunto con las dos organizaciones del sector privado mencionadas, se logró repartir las actividades y responsabilidades de cada institución. Asegurando así una ejecución eficiente del programa apoyando la internacionalización de las MIPYMES. Se acordó que FEDEXPOR se encargaría de trabajar con empresas que tienen ninguna o poca experiencia en exportación, mientras
52 FEDEXPOR participó y ganó una subvención otorgada por parte de la Unión Europea a través de su programa AL INVEST (2009 – 2014), que contó con una subvención por parte de la UE de 3 millones de euros y los resultados fueron la concreción de negocios de más de 11 millones de dólares para exportadores ecuatorianos. Por otra parte, CORPEI tiene amplia experiencia trabajando en programas con fondos de la UE (programas de asistencia técnica) y el Banco Mundial (subvenciones en cascada para financiar proyectos de internacionalización). 53 FEDEXPOR representa a importantes gremios del país y a exportadores, de todo tamaño: grandes, medianos, pequeños, dentro de los que se encuentran actores de la economía popular y solidaria. Los socios de FEDEXPOR representan en general el 75% de las exportaciones no petroleras del país. FEDEXPOR tiene experiencia de trabajo a nivel de todo el territorio nacional y cuenta con oficinas en las principales ciudades. Por otra parte, la CORPEI es una institución no-gubernamental creada bajo las disposiciones del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) por lo que incorpora varios Ministerios en su Directorio (coordinación público-privada). CORPEI maneja un número importante de oficinas a nivel nacional y una red de servicio a nivel de agencias de desarrollo llamadas REDCO.
154
COOPERACIÓN EN MATERIA COMERCIAL
que CORPEI trabajaría con empresas que ya han exportado pero que persiguen ampliar sus mercados internacionales. Es importante remarcar que se estableció que las instituciones no-gubernamentales asignadas ejecutarían el proyecto bajo la metodología establecida por el Ministerio de Comercio Exterior y la supervisión conjunta de este Ministerio y de la delegación de la Unión Europea en Ecuador. Como se ha mencionado anteriormente, el programa de comercio exterior tendría una asignación de 10 millones de euros, por lo que se decidió distribuir este fondo de la siguiente manera: 1. Contrato de Servicios para el cumplimiento de varias necesidades del Ministerio de Comercio Exterior (MCE) y del Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones del Ecuador (PROECUADOR), incluyendo: a) el establecimiento de una plataforma logística para MIPYMES; b) el fortalecimiento del balcón de servicios; y c) el fortalecimiento del apoyo y servicios a nivel territorial. Total: 1,5 millones de euros. 2. Subvención para CORPEI como operadora privada que ejecutará un programa de fomento de las exportaciones de las MIPYMES, bajo la metodología de “Exporta País” establecida por el
MCE, y específicamente para empresas que han exportado pero que buscan ampliar sus mercados internacionales (fortalecimiento de las exportaciones). Total: 4,3 millones de euros. 3. Subvención para FEDEXPOR como operadora privada que ejecutará un programa de fomento de internacionalización para las MIPYMES, bajo la metodología de “Exporta País” establecida por el MCE, y específicamente para empresas que tienen ninguna o poca experiencia en exportación (creación de nuevos exportadores). Total: 4,2 millones de euros. Luego de conversaciones entre autoridades del Ecuador, la Unión Europea y con el sector privado ecuatoriano, mantenidas entre finales de 2015 e inicios de 2016, con fecha 31 de mayo del año 2016, el Comité del Instrumento de Financiación de Cooperación al Desarrollo (Development Cooperation Instrument54) aprobó el paquete de cooperación para el Ecuador el 1 de junio de 2016, la delegación de la Unión Europea en Ecuador confirmó la aprobación para el desembolso de dichos fondos. 5.2. Implementación del componente de comercio exterior Una vez aprobado formalmente el programa de apoyo al comercio exterior del país, se constató la necesidad de cumplir con procedimientos administrativos e institu-
54 El DCI es uno de los instrumentos en los que se divide la gestión de la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo de la Comisión Europea a fin de administrar los diferentes programas de cooperación y entrega de fondos. El DCI tiene como objetivo principal la disminución de la pobreza en los países en desarrollo. El Comité del DCI es uno de los órganos decisorios de este instrumento y reúne a las autoridades competentes de la Comisión Europea, así como a representantes de los países Miembros de la UE.
155
cionales que permitirían la adecuada implementación y ejecución de los fondos de cooperación asignados. En primera instancia y dado que la ejecución del programa se había establecido hasta septiembre de 2019, era necesario asegurar el efectivo desembolso de los fondos comprometidos lo antes posible. Asi mismo, suscribir instrumentos que oficialicen los procedimientos y metodología acordados para su ejecución. En este sentido, el 17 de octubre de 2016, en el marco de Habitat III que tuvo lugar en la ciudad de Quito, el Ministro Juan Carlos Cassinelli Cali, suscribió junto con directora general para la Cooperación Internacional y el Desarrollo de la Comisión Europea, la sra. Marjeta Jager una carta de compromiso para impulsar los trámites que permitirían efectivizar, en el primer trimestre de 2017 la entrega de los 10 millones de euros comprometidos. Asimismo, el ministro de Comercio Exterior negoció y suscribió con la Comisión Europea, en noviembre de 2016, el “Convenio de Financiación entre el Ecuador y la Unión Europea”55, instrumento que oficializa a nivel bilateral la asignación de los 10 millones de euros al “Programa de Apoyo al Sector de Comercio Exterior”, así como establece las condiciones y disposiciones técnicas y administrativas para su ejecución. Dentro de este instrumento se establecieron como objetivos específicos los siguientes:
•
Apoyar la creación de nuevos exportadores y el fortalecimiento de los actuales, aprovechando las oportunidades ofrecidas por Acuerdo Comercial suscrito entre Ecuador y la Unión Europea, así como apoyar la internacionalización de las MIPYMES y actores de la Economía Popular y Solidaria.
•
Apoyar a las asociaciones, federaciones y consorcios de productores y/o exportadores para implementar los proyectos de sus socios.
•
Facilitar al Ministerio de Comercio Exterior y a sus afiliados el establecimiento de procesos y el desarrollo de herramientas que provean servicios más efectivos a los exportadores ecuatorianos enfocados en las MIPYMES, así como lanzar estudios y políticas sectoriales.
•
Fomentar la adecuada inserción de las políticas públicas de comercio exterior y la difusión de la información del Acuerdo Comercial Multipartes a nivel territorial e interinstitucional, con enfoque en los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) provinciales del Ecuador, como nexo asociativo.
Con estos objetivos específicos, se persigue como resultados de esta cooperación, los siguientes propósitos:
55 Este Convenio fue suscrito por el Ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli, y por la Directora de Cooperación Internacional para América Latina y el Caribe de la DG-DEVCO, Jolita Butkeviciene, de la UE (Comisión Europea).
156
COOPERACIÓN EN MATERIA COMERCIAL
•
Llegar con sesiones de información técnica a 500 MIPYMES y actores de la economía popular y solidaria, sobre los procesos y procedimientos de cómo exportar, mejorando sus capacidades para que puedan tomar ventajas de las oportunidades del Acuerdo Comercial Multipartes.
•
Implementar programas de fortalecimiento a 200 MIPYMES para que cada una se beneficie de un plan de negocio de exportación hecho a la medida de sus necesidades y contexto específico.
•
Apoyo a proyectos de innovación, promoción y mejora en la calidad de las asociaciones, federaciones y consorcios de productores y/o exportadores.
•
Beneficiar a las instituciones públicas de comercio exterior con asistencia técnica e información necesaria para el establecimiento y/o actualización de normas, procesos y procedimientos, basados en las necesidades del sector productivo y en el contexto del Acuerdo Comercial Multipartes.
•
Estrecha colaboración entre el Ministerio de Comercio Exterior y siete GAD provinciales y sus afiliados, para la elaboración de estrategias que permitan a los operadores comerciales a nivel provincial beneficiarse de las oportunidades del Acuerdo Comercial Multipartes.
Este Convenio de financiamiento cumplió finalmente todos los trámites para su inscripción en la Cancillería del Ecuador y se le ha asignado el código UE085, con lo que se legalizó su aplicación y ejecución a nivel interno. Adicionalmente, los fondos para el primer año de ejecución del programa fueron desembolsados en marzo de 2017 y asignados a las cuentas respectivas de los operadores privados. Cabe mencionar que, como pasos adicionales para asegurar la correcta y organizada implementación de estos fondos de cooperación, se consolidaron las siguientes acciones: •
La Delegación de la Unión Europea en Ecuador, como parte supervisora de la ejecución del proyecto suscribió a inicios de 2017, contratos específicos con FEDEXPOR y CORPEI que establecen el rol y las actividades que los dos operadores privados realizarán. Estos contratos además establecen, conforme se había acordado desde el inicio de la negociación de este proyecto, que como contraparte de la subvención entregada por la UE, los operadores aportarán con el 20% de los costos del proyecto, aporte que no necesariamente tiene que ser financiero.
•
Se desarrolló una plataforma virtual que estará albergada en el servidor de PROECUADOR con cuatro ventanillas de administración (FEDEXPOR, CORPEI, MCE y PROECUADOR) que permitirá al programa descargar de manera automática los diagnósticos
157
•
cuantitativos de la plataforma una vez que las empresas se inscriban.
•
Establecimiento de una plataforma logística para MIPYMES.
Se suscribió en marzo de 2017 un Convenio Interinstitucional entre FEDEXPOR, CORPEI, MCE y PROECUADOR, con la finalidad de legalizar la relación de operatividad y ejecución entre las partes, además de establecer el mecanismo de monitoreo y seguimiento, a través de este instrumento se conformó un Comité de Selección, Implementación y Seguimiento del Convenio, cuya función es, entre otros aspectos, establecer lineamientos y vigilar los procesos de selección de las empresas que se beneficiarán del programa a ejecutarse a través de FEDEXPOR y CORPEI a nivel nacional.
•
Plan de fortalecimiento del balcón de servicios a nivel nacional y territorial, incluyendo coordinación entre las oficinas zonales de PROECUADOR y los GADs provinciales.
•
Otros requerimientos para asegurar una efectiva implementación del Acuerdo Comercial.
Con estos pasos cumplidos, la fase siguiente es el lanzamiento del programa y la convocatoria para las empresas que busquen beneficiarse a través del componente de subvención otorgado a FEDEXPOR y CORPEI. Por otra parte, el Ministerio de Comercio Exterior se encuentra trabajando en la elaboración de los términos de referencia para el contrato de servicios que permitirá empezar la licitación internacional de un consorcio de servicios que estará encargado de ejecutar un programa para las instituciones del apoyo al comercio exterior (MCE y PROECUADOR), que incluirá:
158
Como se ha mencionado anteriormente, se ha previsto que el programa de cooperación para el apoyo al comercio del país tendrá su período de ejecución hasta septiembre de 2019, por lo que antes de esa fecha, se deberá iniciar el cierre oficial de los contratos de subvenciones, rendición de cuentas y justificación del uso correcto de los fondos en su totalidad. Se estima que la culminación del contrato de servicios se realizará durante ese mismo tiempo o antes. Con la asignación de estos fondos y los mecanismos establecidos para su correcta ejecución, el Gobierno de Ecuador en colaboración con la Unión Europea, ha logrado poner a disposición del país (tanto del sector público como privado), recursos técnicos y herramientas que permitan asegurar y efectivizar el aprovechamiento de los beneficios negociados en el Acuerdo Comercial Multipartes.
ACTORES PRINCIPALES
CAPÍTULO VI Gracias a la correcta articulación del sector público y privado, el proceso del Acuerdo Comercial Multipartes (ACM) fue un éxito. La colaboración de gremios productores y exportadores del país cumplieron un rol fundamental y decisivo. Su acompañamiento y respaldo hicieron de este acuerdo el escenario perfecto donde la empresa privada y el sector público, convergieron para obtener los mejores resultados, siempre pensando en el bien común para el Ecuador. A continuación presentamos entrevistas a los actores principales y representantes del sector público y privado, que fueron partícipes en el proceso de la firma del ACM.
6.1.El acuerdo comercial más importante de la década
“La clave no es sólo producir, sino tener a quién vender y el acuerdo con la Unión Europea nos abre esas posibilidades y realizamos un gran trabajo en equipo para que el Acuerdo Comercial Multipartes se firme en tiempo récord”. Dr. Juan Carlos Cassinelli Cali, ministro de Comercio Exterior
Ya detallamos el viaje que se recorrió hasta llegar a la meta y el producto de este: la firma de un acuerdo comercial con uno de los bloques más importantes del mundo, la
Unión Europea. Hemos conocido los rostros, nombres y roles de quienes desempeñaron cada actividad para que se llevara a cabo el proceso de negociación del acuerdo. Sabemos
161
que por casi diez años, gente competente y eficaz entregaron todo de sí para alcanzar el éxito deseado, logrando la firma del Acuerdo Comercial Multipartes (ACM) con la Unión Europea (UE).
buscar la cercanía con todos los actores del acuerdo, tanto nacionales como internacionales. Fue un equipo de trabajo disciplinado, perseverante y eficaz, pero sobre todo buscaban el bien común para el Ecuador.
Ya en la recta final (mayo de 2016), el ministro de Comercio Exterior, el Dr. Juan Carlos Cassinelli Cali lidera el proceso en lo que sería un importante periodo, una etapa decisiva y fundamental, se vislumbraba un panorama poco favorecedor para el país, por lo que la designación del nuevo ministro era un desafío. Era hora de hacer cumplir todo lo pautado en las negociaciones.
Es así que el 11 de noviembre de 2016, se firmó el Acuerdo Comercial Multipartes con la Unión Europea. Por parte del Ecuador suscribió el vicepresidente Jorge Glas; por la UE la comisaria de Comercio Exterior, Cecilia Malmström; como representante de Perú, la embajadora ante la UE, Cristina Ronquillo y por Colombia el embajador ante la UE, José Rivera.
En un tiempo récord de seis meses, y con el Sistema de Preferencias Arancelarias por caducar, el ministro Juan Carlos Cassinelli Cali apoyado por el viceministro Dr. Humberto Jiménez, se centraron en analizar los temas primordiales, tanto para el país como para la UE.
Para el ministro Cassinelli, con el acuerdo comercial ambas partes, tanto Ecuador como la Unión Europea, ganan. Cabe recalcar que Ecuador se beneficiará de un mercado de más de 500 millones de habitantes. “La clave no es sólo producir, sino tener a quién vender y el acuerdo con la Unión Europea nos abre esas posibilidades”, asegura el ministro Cassinelli.
El ministro Cassinelli, realizó varios viajes con el afán de afianzar y acelerar el proceso. La tenacidad y perseverancia de él y de su equipo de trabajo garantizaron con seguridad la firma del acuerdo. “Estábamos seguros que el acuerdo se firmaría ese mismo año. Estábamos realizando un gran trabajo y definitivamente no había un plan b”, afirma Juan Carlos Cassinelli Cali. El periodo liderado por el ministro Dr. Cassinelli, se caracterizó por ser frontal, por
162
Con la firma del Protocolo de Adhesión, desde el 1 de enero de 2017 entró en vigencia, tras cumplirse los trámites internos tanto en el país como en la UE, el ACM. Este acuerdo comercial es de los más importante de la década y le trae al país expansión comercial, crecimiento económico y las posibilidades de seguir ingresando a nuevos mercados que aprecian la calidad de los productos ecuatorianos.
ACTORES PRINCIPALES
6.2. La reinserción en las negociaciones con la UE
“Esperamos que con la seguridad jurídica que genera el acuerdo, haya progresivamente un incremento en la inversión europea del país, generando ingresos de divisas, transferencia de conocimiento y creación de plazas de empleo”. Dr. Francisco Rivadeneira, ex ministro de Comercio Exterior. Representante de Ecuador ante el Fondo Monetario Internacional.
Para el año 2010 cuando Ecuador decidió retomar las negociaciones con la Unión Europea (UE) y proseguir con el acuerdo, Francisco Rivadeneira asumió el cargo de viceministro de Comercio Exterior. Rivadeneira fue una de las figuras más representativas en el proceso. En el año 2013 se convierte en el Ministro de Comercio Exterior y con él se cierran las negociaciones con el bloque. Para Rivadeneira fue una experiencia extraordinaria y enriquecedora, el haber negociado un proceso tan transcendental, tanto económico como comercial, para el futuro del país con un socio tan importante como lo es la UE. Destaca que tuvo el honor de ser parte de dos etapas fundamentales. Una primera etapa que fue la de convencer a la UE y a
su equipo negociador de volver a sentarse en la mesa con el Ecuador una vez que el país se había retirado del proceso de negociación conjunta con Colombia y Perú. Lo que finalmente se logró en excelentes condiciones y donde se aceptó la mayoría de lo que se había negociado en términos positivos y favorables para el Ecuador. La segunda etapa de haber cerrado el proceso de negociación que con gran éxito se logró salvaguardar las principales sensibilidades del país y potenciar al máximo las oportunidades para que el comercio del Ecuador hacia la UE crezca exponencialmente en volumen, valor y también en cuanto a valor agregado. Para Rivadeneira, teóricamente es un acuerdo plurilateral que rige la relación individual
163
de Ecuador, Colombia y Perú con la UE, una negociación que toma en consideración las diferencias de desarrollo entre las partes. Por ende cada uno de los acuerdos es único en sí. Además, tiene aspectos específicos sobre el interés la realidad de cada una de las partes. En el caso particular de Ecuador, se reconoce el trato especial y diferenciado que se merece al ser un país de menor desarrollo con relación a Colombia y Perú, por lo que se adaptó a sus necesidades. “El concepto que está aceptado dentro del contexto de la Comunidad Andina de Naciones y que es tradicional en los procesos de negociación de la UE es de reconocer estas diferencias. En el caso de Ecuador, por ejemplo tenemos una serie de ventajas para proteger a nuestro mercado en sectores muy sensibles como la agricultura”, expone Rivadeneira. Además, sostiene que hay productos a los cuales nunca se va a eliminar los aranceles o solo se entregarán ciertos cupos limitados para que entre una cantidad específica al país y no afecte a la industria nacional. Es el caso también para el sector de las compras públicas donde este mecanismo se preserva para que las pequeñas y medianas empresas no compitan contra empresas europeas. En cuanto haber negociado de forma particular manifiesta que si bien la teoría dice que negociar en bloque es preferible, en este caso fue lo contrario, por lo que resalta tres puntos. Primero, la dificultad de ponerse de acuerdo de manera conjunta con Perú y Colombia en ciertos aspectos generales de la negociación porque existen intereses diferentes. Segun-
164
do porque al negociar individualmente se logró que se reconozca al Ecuador un trato especial y diferenciado por su menor desarrollo comparándolo con Colombia y Perú. Tercero, haber aprovechado lo que negociaron Colombia y Perú y con esa base obtener más beneficios para el país. La cooperación entre el sector público y el privado, para Rivadeneira fue extremadamente constructiva, positiva y valiosa. El trabajo fue de manera coordinada respetando el rol y orden de cada uno. Además, ayudó a asegurar que los resultados de la negociación sean realmente beneficiosos para el sector productivo nacional. “El Gobierno como representante del Estado era quién negociaba y el sector privado estaba ahí para consultarle, asegurándonos de que lo que estábamos negociando realmente representaba las necesidades del sector privado para potenciar sus exportaciones o defenderse de cualquier posible riesgo o amenaza que podría haber en las importaciones de parte de la UE”. Igualmente, el acuerdo permite salvaguardar todo el esfuerzo que se ha hecho durante años de exportar productos significativos en volumen y valor a la UE. Esto, que cuando se perdió el Sistema Generalizado de Preferencias otorgado por la UE a los países de la CAN por la lucha contra la droga, habría implicado que se dejen de exportar o se reduzca su participación en el mercado. Adicionalmente se abrieron las puertas para que una nueva oferta exportable
ACTORES PRINCIPALES
pueda entrar sin pagar aranceles altos. Dado que, entre mayor valor agregado a los productos más altos eran los aranceles a la UE, lo que aumenta en el corto plazo el potencial para que el Ecuador no sólo exporte bienes agrícolas, acuícolas y pesqueros, sino que exporte particularmente productos agroindustriales que se venden a un precio mayor en el mercado europeo.
Francisco Rivadeneira considera que la transparencia, estabilidad y previsibilidad, permitirán que el comercio crezca de manera continua en beneficio del país. “Se espera que con la seguridad jurídica que genera este acuerdo, haya progresivamente un incremento en la inversión europea del país, generando ingresos de divisas, transferencia de conocimiento y creación de plazas de empleo”.
6.3 Detrás del proceso del acuerdo con la UE
“Lo importante en este acuerdo es que logramos que la UE ratifique que reconocía la asimetría que había entre Europa y los países andinos, pero también que reconozca la asimetría que Ecuador posee con los mismos.” Ing. Eduardo Egas, vicepresidente de CORPEI
El Ingeniero Eduardo Egas, ha desempeñado diferentes funciones a lo largo de su trayectoria, como él mismo lo dice ha tenido “varios sombreros, tanto en el sector público, como privado”. Fue vice ministro de Comercio Exterior, luego asesor presidencial, también se desenvolvió como ministro de Industrias. Actualmente es vicepresidente y una de las cabezas princi-
pales de la Corporación de Promoción de Exportadores e Importadores (CORPEI). Egas estuvo involucrado desde el principio en las negociaciones de la firma del acuerdo con la Unión Europea (UE), desenvolviéndose con los cargos anteriormente mencionados. Durante nueve años vivió de inicio a fin dicho proceso,
165
por ello, puede destacar datos valiosos y precisos. El proceso de negociación inicia por una propuesta de la UE de querer hacer una articulación más estrecha y traspasar su experiencia a la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Geopolíticamente los europeos buscaban ser un fuerte aliado de América del Sur, por lo que identificaron que la CAN podía ser un excelente socio. A su vez buscaban transmitir el éxito de su sistema de integración, conquistar espacios comerciales, pero al mismo tiempo contribuir al desarrollo. Es así que el 17 de septiembre de 2007 se inicia la primera ronda de negociaciones en Bogotá entre la CAN y la Unión Europea. “Comenzamos a trabajar en el proceso, pero Venezuela se fue y Bolivia se puso dudoso, lo que hizo que cambie el nivel de estabilidad en la CAN. Además, no coincidíamos con los objetivos”, declara Egas. Luego de varios años, con un fuerte empuje de Perú y Colombia se empezó el proceso entre los tres países. Este, no fue un proceso fácil, el primer problema que encontraron fue que al interior del Gobierno no había una posición común sobre la conveniencia o no del acuerdo con UE. Siempre se buscó proteger la industria nacional, por lo que el Presidente de la República, el Econ. Rafael Correa, estuvo atento a los estudios para saber si era conveniente el acuerdo y dar la autorización para proseguir. Cabe destacar que al inicio de las rondas de negociación, el acuerdo llevaba el nombre de Acuerdo para el Desarrollo. Esto debido a que no era un acuerdo netamente comercial, sino que buscaba provocar un desarrollo de ambas
166
partes. En febrero de 2009, Ecuador decide retirarse del proceso de negociación hasta que la Unión Europea diera una solución definitiva a la situación del conflicto bananero, donde se acogieran las recomendaciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC). “Se hicieron varias rondas de negociaciones y se avanzó en el proceso. Sin embargo, Ecuador se sale de dicho proceso ya que para entonces la exportación de banano se vio afectada. Los europeos por defender sus tierras bananeras subieron el arancel por toneladas de banano, nuestros países protestaron y demandamos a la OMC, por ser una obstrucción al comercio”, expresa Egas. Por su parte, Perú y Colombia continuaban con las rondas de negociaciones. En aquel lapso se cambió el nombre del acuerdo a Acuerdo Multipartes para el Desarrollo, por lo que la UE estaba abierta a recibir a los países que quisieran unirse al proceso. Así mismo, a recibir a los países que habían empezado el proceso pero que se habían retirado, como fue el caso de Ecuador, por ello el nombre. Ecuador estuvo fuera del proceso varios años hasta que los europeos ejecutaron las instrucciones de la OMC con respecto al banano y las recomendaciones del fallo del panel del mismo. Firmándose así, en mayo de 2010, el Acuerdo de Ginebra que pone fin al conflicto bananero entre Ecuador y la UE. Es aquí cuando el Ecuador decide reincorporarse, pero pasó más de un año tratando de definir las condiciones con las cuales se reintegrarían; tiempo durante el cual, Perú y Colombia ya estaban terminando sus acuerdos. En enero de 2014 Ecuador
ACTORES PRINCIPALES
restablece formalmente las negociaciones con la Unión Europea, “fue un tiempo de discusión al no saber si adoptar lo que ya habían negociado los otros dos países o pedir un margen de negociación propio, lo que tomó un año, para en enero de 2014 arrancar nuevamente con el proceso”, explica el Ing. Egas. El sector privado se involucra fuertemente, principalmente a través de la CORPEI que se convirtió en un aliado para el proceso de negociación. Esta ayudó a organizar al sector, recogió fondos, contrató compañías de apoyo legales en el exterior al servicio del sector público, con el fin de seguir con el proceso. El sector privado tuvo una importante participación en los aportes, financiación y acompañamiento. Así, los europeos veían al sector privado apoyando y desarrollando estrategias, como lo fue el mover a los compradores europeos para que apoyen el proceso de negociación. Otras instituciones privadas tuvieron su participación desde el punto de vista de presión política y de aportes en los razonamientos para el equipo negociador, de forma que se diera un trabajo conjunto. Gracias a una correcta articulación público-privado para el proceso; al entendimiento, poner de acuerdo a los actores principales; al propósito de colaborar o de enfrentar este desafío en forma conjunta entre sector público y privado, se solucionaron problemas para llevar a cabo esta negociación exitosa. En el sector público el ex ministro el Mg. Francisco Rivadeneira tuvo una importante participación durante el proceso. Como negociadores, Méntor Villagómez, y Roberto
Betancourt, este último quién cerró las cuatro rondas de negociaciones y como representante del sector privado, Ricardo Estrada presidente de CORPEI. Tres sectores muy activos: los gremios camaronero, bananero y atunero, fueron incondicionales de principio a fin, y los más decididos financiando, acompañando, respaldándonos durante el proceso. Así también la Federación Ecuatoriana de Exportadores (FEDEXPOR) entidad que brindó su apoyo; al igual que el Comité Empresarial del Ecuador y la Cámara de Producción de Pichincha. En cuanto a los actores de la industria europea se destaca el sector de los cosméticos y la medicina. El 17 de julio, después de cuatro rondas iniciadas desde enero, se concluye el tratado que permitía al Ecuador unirse al Acuerdo de Desarrollo Multipartes suscrito por Colombia y Perú con la Unión Europea. Luego desde julio de 2014 hasta noviembre de 2016 fue el proceso de implementar la negociación lograda y que sería aprobada por todos los estamentos respectivos. Hasta que finalmente el 11 de noviembre de 2016 se suscribe el acuerdo. “Lo importante en este acuerdo es que cuando lo negociamos logramos que la UE ratifique que reconocía la asimetría que había entre Europa y los países andinos, pero también que reconozca la asimetría que Ecuador posee con los países andinos. Esto quiere decir que nosotros no somos iguales a nuestros hermanos colombianos o peruanos”, expresa Eduardo Egas. Con esta aspiración que el acuerdo
167
reconoce que si las preferencias a las que se llegó ponen en riesgo a una industria naciente ecuatoriana, se las eliminaría. Por ejemplo, si se quiere desarrollar el sector de fabricación de los astilleros, pero la exoneración que se da a los barcos europeos pone en riesgo la existencia de esa industria, se quitarán o cambiarán las preferencias.
abarca aspectos más integrales, por eso su nombre. Comprende el compromiso europeo de establecer programas de cooperación para ayudar al desarrollo del país, para que la pequeña y mediana empresa también goce del beneficio del tratado. Es decir, que puedan llegar al mercado europeo y que se facilite la transferencia tecnológica del conocimiento.
Otro de los aspectos son las salvaguardias cambiarias. Al ser Ecuador un país dolarizado y lo que sucede con el dólar es determinante, se tiene el derecho a utilizar mecanismos de políticas monetarias de ajuste interno.
El acuerdo contempla una serie de instrumentos y mecanismos facilitados para promover el desarrollo del país, además de ser el que menos oposición ha recibido. Con este, el empresario ecuatoriano se siente respaldado y con la certeza de tener una relación comercial bajo un marco que no va a variar.
No es un simple acuerdo de comercio, este
6.4. Cerrando negociaciones exitosas
“El acuerdo beneficia al sector agropecuario, al de la pesca, al agroindustrial y abre una enorme oportunidad de desarrollo y de mejora de la competitividad para la actividad industrial ecuatoriana”. Dr. Roberto Betancourt, ex jefe negociador, actual embajador de Ecuador en Turquía. Luego de retomar el proceso con la Unión Europea (UE), se unió al gran equipo Roberto Betancourt, quién encabezó las negociacio-
168
nes. Este jefe negociador, actual embajador de Ecuador en Turquía, cumplió un rol esencial para la firma del Acuerdo de Desarrollo
ACTORES PRINCIPALES
Multipartes con la UE. Él fue la persona encargada de cerrar las rondas de negociaciones desde enero de 2014 hasta julio de ese año. Para Betancourt, el instrumento negociado es un acuerdo de comercio diferente, enmarcado dentro de la nueva concepción comercial de la UE. Éste contiene oportunidades para mejorar el entorno empresarial, promover la integración regional y contribuir al aprovechamiento de las oportunidades que ofrecen los mercados de los países miembros del bloque. Así también ejerce como motor para el crecimiento, desarrollo sostenible y distribución justa de sus beneficios con vistas a la erradicación de la pobreza. Reitera que el acuerdo comercial es distinto y especial porque en él se respetan las asimetrías existentes entre ambas partes. Incluyendo sistemáticamente disposiciones sobre el comercio y desarrollo sostenible. De acuerdo con las nuevas directrices europeas sobre política de comercio, toma en consideración las circunstancias particulares del Ecuador. “Alcanzamos un trato especial y diferenciado (TED) que es más extenso que aquel reconocido a Colombia y Perú en el acuerdo. Esto debido al tratamiento particular que recibe el país en la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y que la UE se comprometió a reconocerlo. Dicho TED se manifiesta en forma horizontal en cada una de las disciplinas del acuerdo”, expresa Roberto Betancourt. El proceso de negociación del acuerdo se extendió por varios años y se realizó en dos etapas claramente definidas. El Ecuador había
suspendido su participación de las negociaciones en julio de 2009, pero retornó en junio de 2013. Como jefe negociador, a Betancourt le correspondió dirigir los capítulos del pacto de temas, que por su complejidad, habían quedado sin resolución durante la primera etapa. Estos fueron: acceso al mercado para bienes agrícolas e industriales; compras públicas; servicios; propiedad intelectual e indicaciones geográficas; y, todos los demás capítulos de la estructura jurídica básica del acuerdo. Esto, con el fin de introducir las especificidades que el Ecuador requería para que el instrumento sea congruente con las necesidades y objetivos de la política de desarrollo del país. Cabe destacar, como lo explica el ex jefe negociador, que el acuerdo resulta complementario a la estrategia de cambio de la matriz productiva. Donde se preserva el derecho de regular e imponer limitaciones y restricciones. “Ecuador introdujo sus propias especificidades y particularidades, listas de compromisos y disciplinas diferenciadas en el acuerdo”. Por tanto, no es una simple y pura adhesión a los textos ya acordados entre la UE con Colombia y Perú, pues cada país tiene intereses distintos, constituciones y legislaciones diferentes con otros alcances y coberturas. En cuanto a la articulación de lo público-privado expresa que en todo acuerdo un negociador está obligado a interpretar las aspiraciones de esos dos sectores y a respetar la estructura constitucional y legal del país. Para ello, el diálogo y la coordinación interna previos constituyen un ejercicio obligatorio. Durante este proceso esa actividad nunca fue fácil, ya que
169
requirió de paciencia y de un trabajo intenso de persuasión, “algo que los diplomáticos de carrera aprendemos a lo largo de la profesión”. El apoyo recibido de parte de las más altas autoridades del Gobierno Nacional fue fundamental para eliminar posiciones no favorables al objetivo de suscribir el acuerdo con la Unión Europea, provenientes de varios funcionarios gubernamentales. “En la etapa de negociación que me correspondió dirigir la articulación cubrió 36 instituciones del sector público; además todas las cámaras de la producción y organismos de apoyo a las exportaciones del Ecuador”, comenta Betancourt. Recuerda que en diciembre de 2014 los sectores productivos y exportadores ecuatorianos enfrentaban el serio riesgo de perder definitivamente las ventajas que le permitían al Ecuador tener un acceso preferencial al mercado de la Unión Europea. Había una incertidumbre extendida y un escenario adverso. Este Acuerdo comercial garantizó el libre acceso de todos los productos de la oferta exportable al mercado de los países europeos sin el pago de aranceles. De no contarse con el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), ni con un acuerdo comercial con la UE, se habría afectado severamente la capacidad de mantener el empleo en empresas vinculadas con la
170
exportación y la generación de divisas para sostener la dolarización. Igualmente destaca que el acuerdo tiene herramientas de salvaguardias para proteger los sectores que pudieran llegar a tener problemas ante las importaciones de bienes europeos. Este beneficia al sector agropecuario, al de la pesca, al agroindustrial y abre una enorme oportunidad de desarrollo y de mejora de la competitividad para la actividad industrial ecuatoriana. Asimismo, menciona que varios estudios realizados indicaban que el 75% de las exportaciones totales de las unidades clasificadas, en la llamada economía popular y solidaria, son exportadas al mercado de la UE, las que continuarán beneficiándose de estas. Por otro lado, tales estudios también indicaban que el 33% de las exportaciones totales realizadas por las Mipymes ecuatorianas son destinadas al mercado europeo. Finalmente, el acuerdo con la UE no se contrapone con la definición de los sectores estratégicos. Al contrario, en base al pilar de cooperación y la transferencia de tecnología, puede coadyuvar con los objetivos del Estado en estos sectores.
ACTORES PRINCIPALES
6.5. Planteamiento correcto de soluciones
“Es el logro comercial más importante de la década, no sólo por el capital humano que se invirtió en su consecución, sino por el abanico de oportunidades que genera a al sector productivo/exportador”. Dr. Humberto Jiménez, viceministro de Comercio Exterior.
Humberto Jiménez, actual viceministro de
Comercio Exterior, tuvo la oportunidad de participar en dos partes del proceso que atravesó el acuerdo desde su lanzamiento hasta la ratificación. En 2007, cuando inició la negociación del Acuerdo Comercial Multipartes (ACM), era catalogado como un Acuerdo de Asociación con tres pilares: comercial, político y cooperación. Es así que le fue confiada la tarea de dirigir el pilar comercial del acuerdo en calidad de director de Integración y Negociaciones. Pilar que finalmente prevaleció y se convirtió en el acuerdo actual. Posteriormente, desde mediados de 2015 como viceministro de Comercio Exterior, junto al ministro Juan Carlos Cassinelli, se enfocaron en asegurar que cuando las preferencias
derivadas del Stand Still expirasen el 31 de diciembre de 2016, los procesos de ratificación del ACM habrán finalizado tanto en el Ecuador como en la Unión Europea. Lo más destacable de este proceso fueron los márgenes de tiempo con los que se logró la ratificación, que en la Unión Europea culminaba con la publicación en el Diario Oficial. Esta publicación se dio el 24 de diciembre de 2016, siete días antes del vencimiento de las preferencias. Para Jiménez, el acuerdo va más allá de su definición técnica, este es el logro comercial más importante de la década, no sólo por el capital humano que se invirtió en su conse-
171
cución, sino por el abanico de oportunidades que genera a al sector productivo/exportador. Así también es el primer gran acuerdo del Ecuador con un bloque desarrollado, el principal socio comercial de productos no petroleros para el país de la última década. Resalta que el acuerdo es un importante instrumento para el sector privado que le permite ampliar el horizonte de sus mercados. “Al ser el Ecuador un país pequeño, es difícil que la demanda doméstica se constituya en un mercado suficiente para absorber la producción nacional, lo que hace de este acuerdo una importante herramienta de desarrollo”, manifiesta el viceministro Jiménez. Así mismo, sostiene que el acuerdo es una herramienta que los países pueden utilizar, pero que no tiene una carga valorativa por sí mismo. Esto significa que sus bondades dependen de su utilización y aprovechamiento. Para garantizar este aprovechamiento es necesario contar con un acuerdo equilibrado, que tenga en cuenta las particularidades de las partes y sus distintos niveles de desarrollo. “Cuando se adoptó el marco normativo andino para las negociaciones conjuntas mediante la Decisión Andina 667 en junio de 2007, Ecuador dejó muy en claro que le era necesario un trato especial y diferenciado para el país”. Para Jimenez este reconocimiento fue una de las piedras angulares de la negociación. Permitieron que el Ecuador obtenga de la Unión Europea un tratamiento diferente que se refleja en el texto mismo del Acuerdo Multipartes. Sobre los desafíos y retos cumplidos, Jimé-
172
nez expresa que como todas las decisiones de política pública, el acuerdo suscitó distintos tipos de reacciones en los actores públicos y privados. Por esta razón el negociador debe saber moverse en un juego a dos niveles. Por un lado consiguiendo resultados aceptables a nivel internacional y por otro creando propuestas creativas que aseguren el cumplimiento de los objetivos nacionales. “Esta teoría fue planteada en la década de los 80 por Robert Putnam cuando observaba la dinámica de las negociaciones de G7, pero sigue siendo muy actual y fue seguramente el desafío más importante que enfrentamos: plantear soluciones que permitan conseguir consenso hacia fuera y hacia dentro”. Finalmente, el acuerdo es un habilitante que tiene un efecto multiplicador. Este significa ampliar de manera inmediata el mercado de 16 millones de habitantes a más de 500 millones, para el 99,7% de los productos agrícolas y el 100% de los productos industriales de la oferta exportable del Ecuador. El acuerdo no sólo mantiene las preferencias unilaterales que recibía el Ecuador de la UE, sino que las mejora y les brinda un marco legal permanente que aporta previsibilidad y seguridad, un elemento esencial para la inversión productiva. El país está consciente y conoce lo que puede o no aceptar. Pero lo más importante, sabe lo que puede conseguir a futuro con otro acuerdo, ya que éste ha sido un autoexamen de las debilidades y fortalezas que posee.
ACTORES PRINCIPALES
6.6. Desafíos y retos en las negociaciones
“El acuerdo le trae al país la posibilidad de mantenerse en el mercado europeo, con un acceso comercial superior al que le concedía el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP)”. Dr. Méntor Villagómez, ex jefe negociador, actual embajador de Ecuador en la India. A lo largo de toda la negociación el acuerdo recibió distintos nombres que en algunos casos apuntaban a descalificarlo y en otros, a prestigiarlo, según Mentor Villagómez, ex jefe negociador del proceso (desde el 2007 al 2013) y actual embajador del Ecuador en India. Villagómez fue un actor principal y fundamental en la primera parte de las negociaciones con la Unión Europea. Personalmente considera que este es un Acuerdo Comercial, y que a pesar de cualquier calificativo o nombre que se le quiera dar, no puede ser considerado ni como la causa de todos los males, ni la causa eficiente del desarrollo o la reducción de la pobreza. “El acuerdo es apenas una condición indispensable para que las políticas nacionales generen sus resultados benéficos”. Recalca también que “sin una política seria y transparente que incluya a las instituciones, la política macroeconómica, la infraestructura, los trámites, etc., el proceso de desarrollo encuentra inmensas dificultades”. Igualmente, des-
taca que si se dan todos esos elementos pero no se tiene acceso a mercados suficientes, es casi imposible lograr tasas aceleradas de crecimiento económico. En cuanto a las negociaciones apunta que fueron muy complejas, ya que incluían una multiplicidad de temas repartidos en catorce mesas de trabajo. Todos sobre asuntos sensibles para la economía ecuatoriana. Además, contenía la participación directa de varios actores: la Unión Europea, por una parte –que negociaba con una sola voz- y los países miembros de la Comunidad Andina, que no siempre tenían la misma visión o compartían los mismos intereses. Sin embargo, el mayor desafío para Mentor, que lideró por 6 años las negociaciones, fue el de buscar el consenso de las distintas entidades y autoridades del Gobierno del Ecuador y presentar una posición única como país. “Se
173
trataba de compatibilizar principios ideológicos fundamentalistas con posiciones basadas en compromisos internacionales ya asumidos por el Ecuador, en el marco de la OMC y otros organismos internacionales, para adquirir nuevos compromisos consecuentes con la realidad comercial internacional”. Así también resalta que la negociación del acuerdo fue un proceso intergubernamental. Es decir circunscrito exclusivamente a la participación de funcionarios del gobierno. No obstante, el sector empresarial privado tuvo una activa participación a lo largo de todo el proceso de negociación del Acuerdo Comercial con la Unión Europea, tanto como miembro de la sociedad civil, como con su presencia en el denominado “cuarto de al lado”, un mecanismo diseñado para mantener una consulta permanente y asesoramiento al equipo negociador. Por otra parte, la sociedad civil estuvo también presente durante todo el proceso de negociación, representada por el Comité de Consulta y Coordinación de Participación Mixta, constituido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Sus principales objetivos fueron apoyar el desempeño del Ecuador en el proceso de negociaciones, promover el diálogo y la cooperación entre las diversas organizaciones económicas, sociales y educativas de la sociedad civil ecuatoriana y propiciar su concreta, constructiva y propositiva participación en el mismo. También participaron en el Comité los gremios de la producción y del comercio, especialmente los que representan las micro, pequeña
174
y mediana empresas. Así como las asociaciones de consumidores, la academia, las organizaciones sociales, sindicales, cívicas, profesionales, comunitarias, benéficas, juveniles o de utilidad común no gubernamental. Para Mentor Villagómez este acuerdo le trae al país la posibilidad de mantenerse en el mercado europeo, con un acceso comercial superior al que le concedía el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) que dejó de existir el 31 de diciembre de 2016, lo que tiene enorme importancia para el Ecuador. “La suscripción del Acuerdo Comercial con la Unión Europea le otorga al Ecuador el acceso al mercado de importación más grande y uno de los más dinámicos del mundo”, expresa Villagómez. Además, el Acuerdo Comercial con la Unión Europea le permite al Ecuador competir en igualdad de condiciones con otros países que han logrado ventajas de acceso a ese mercado mediante acuerdos comerciales similares. Así como a obtener ventajas por sobre otros países que no han negociado tales acuerdos. Este incluye aspectos que son positivos para la economía en su conjunto, tales como la reducción, y en muchos casos, la eliminación de las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio; contribuye a mejorar la competitividad de las empresas, al posibilitar que se disponga de materia prima y maquinaria a menores costos. Igualmente, facilita el incremento del flujo de inversión extranjera, pues otorga certidumbre y estabilidad en el tiempo a los inversionistas europeos. Finalmente, fomenta la creación de empleos derivados de una mayor actividad exportadora.
ACTORES PRINCIPALES
6.7. Un acuerdo con múltiples beneficios
El ACM propiciará mejorar el acceso a otros productos, que no gozaban de la actual preferencia que consta en el acuerdo. A su vez permitirá consolidar las exportaciones tradicionales y no tradicionales”. Dr. Santiago Apunte, embajador del Servicio Exterior y subsecretario de Defensa y Normatividad Comercial del Ministerio de Comercio Exterior.
Santiago Apunte, actual embajador del Servicio Exterior y subsecretario de Defensa y Normatividad Comercial del Ministerio de Comercio Exterior, fue el responsable de la negociación sobre el tema de defensa comercial. Trabajo que llevó a cabo junto al economista Iván Ortiz. Adicionalmente fue coordinador de la Revisión Jurídica Bilateral del Protocolo que se la realizó, desde Ecuador, en conjunto principalmente con Isabel Albornoz, Homero Larrea y Edwin Vásquez. Por lo que su participación se circunscribió a la última etapa de la negociación que se efectuó entre octubre de 2013 y diciembre de 2014. En esta se estabilizaron los textos finales de la negociación con la rúbrica de las partes y se logró la extensión de las Preferencias Comerciales del SGP Plus de la Unión Europea a favor del Ecuador. Apunte destaca que el Acuerdo Comercial Multipartes (ACM), es el resultado de un
ejercicio de negociación donde cada una de las partes ve reflejado, en el resultado final, un equilibrio adecuado y favorable a sus propios intereses. Este es el caso del compromiso suscrito que incorpora al Ecuador plenamente al mercado de uno de sus principales socios comerciales. Además, señala que tuvo la oportunidad de participar muy de cerca en las negociaciones. Resalta el trabajo en conjunto, consensuado y coordinado de manera muy profesional y adecuada por parte del Jefe Negociador, así como por parte de las autoridades del Ministerio de Comercio Exterior. Para Apunte, el ACM permitirá dar previsibilidad y estabilidad a las relaciones comerciales entre las partes, ya que el acceso al mercado europeo para los productos ecuatorianos no estará supeditado a un mecanismo unilateral, como era el SGP+, del que ade-
175
más el país había sido ya graduado. Conjuntamente el ACM propiciará mejorar el acceso a otros productos, que no gozaban de la actual preferencia que consta en el acuerdo. A su vez permitirá consolidar las exportaciones tradicionales y no tradicionales. No permitirá ceder los espacios ganados a legítimas aspiraciones de otros socios comerciales. Fomentará la confianza mutua entre las partes para emprender negocios conjuntos. Abrirá espacios para sectores más vulnerables como son las micro y pequeñas empresas, así como aque-
176
llas de la economía popular y solidaria, que se benefician de acceso adecuado a ese mercado. Promoverá el comercio justo, donde Ecuador tiene buenas expectativas. Finalmente, insertará al Ecuador en las corrientes comerciales modernas etc. “Estoy seguro, que al haber sido un acuerdo diseñado de forma inteligente, no solo no afectará la producción nacional actual y futura, sino que la potencializará con mucha fuerza en el nuevo espacio comercial creado”, afirma Apunte.
ACTORES PRINCIPALES
6.8. CORPEI, un aliado clave para el acuerdo
“CORPEI estuvo involucrado desde el principio, sobre todo en la coordinación de gestiones entre el gobierno y el sector privado para mantener una participación activa”. Ing. Ricardo Estrada presidente de CORPEI
La Corporación de Promoción de Exportadores e Importadores (CORPEI) es una agencia privada sin fines de lucro que busca fomentar el desarrollo económico y competitivo. Esto lo realiza a través de entregar soluciones integrales que generan un mayor valor, resuelven los retos más difíciles y promueven la inserción de sus clientes y de la región en el mercado internacional para su consolidación en el país. Tienen como visión ser el organismo líder en el desarrollo de negocios internacionales con una amplia red de contactos a nivel mundial y con un gran reconocimiento tanto nacional como internacionalmente. Durante el proceso de firma del Acuerdo Multipartes con la Unión Europea, CORPEI representó una figura clave y de gran apoyo participando desde el inicio en las negociaciones con la UE. Cabe recalcar que el pri-
mer viceministro de Comercio Exterior del primer gobierno del Econ. Rafael Correa, fue Antonio Ruales, propuesto por CORPEI. Tal como lo señala Ricardo Estrada, presidente ejecutivo de CORPEI, colaboraron, en varias oportunidades, en las misiones oficiales empresariales para realizar gestiones de lobby. “CORPEI estuvo involucrado no solo con el aporte de las personas que llevaron adelante las negociaciones, sino también en la coordinación de gestiones entre el gobierno y el sector privado para mantener una participación activa. Y esas intervenciones siempre llevaron un financiamiento de CORPEI”, manifiesta Estrada. Viajes, acompañamientos, estudios y financiamientos fueron algunos de los aportes de CORPEI para el desarrollo del acuerdo con la UE. Había una vinculación desde el prin-
177
cipio con un soporte técnico a lo largo de toda la negociación. En donde el financiamiento no fue solamente sobre la capacidad de gestión y lobby; sino también para los distintos estudios que se realizaron, con el fin de demostrar el impacto positivo de la firma para el Ecuador. A su vez, convocaron al sector privado para que ejerciera presión sobre los euro parlamentarios y sobre el Departamento de Comercio de la UE para seguir adelante en este proceso. “El motivo principal de la participación de CORPEI en el acuerdo recae en que si no se firmaba, el Ecuador no tendría preferencias arancelarias y todos los sectores productivos del país sufrirían por el impacto que esto significaba”, expresa Ricardo Estrada. Además, Estrada refiere que lo primero fue consagrar las preferencias arancelarias que antes se tenían y que beneficiaban al camarón, a la pesca y a las flores. En el caso del banano se obtuvo un trato preferencial como lo tienen Perú y Colombia. Lo más importante es la consolidación y ya no la dádiva de una preferencia arancelaria para los principales productos de exportación ecuatorianos más la inclusión del banano. Adicionalmente, el potencial que pueden tener todas aquellas líneas que se abren de Europa para el Ecuador y que dependerán del trabajo que haga el empresario, PRO Ecuador y el Ministerio de Comercio Exterior. Que se realice de manera conjunta para tratar de abrir esas puertas y consolidarlas. Lo más importante es la ratificación de esas preferencias arancelarias, la negociación y los aranceles del banano. Y, a mediano plazo, todas las oportunidades para
178
nuevos productos y la ventaja de poder tener nuevas tecnologías que vengan de la Unión Europea, tan necesarias para el desarrollo. Asimismo, las posibilidades de inversión que se abren cuando se tiene un acuerdo como el que posee Ecuador, ya que las reglas del juego no van a cambiar. Sobre el apoyo de los gremios, Ricardo Estrada destaca que hubo tres sectores, que principalmente, colaboraron de forma ardua; “hemos tenido gremios como el de banano, camarón, pesca, que han sido los que a través de los años tomaron la posición más decidida de apoyo, con cantidades importantes de dinero para realizar las acciones y estrategias pertinentes”. Además, acota que existen diferencias sobre la visión durante estas negociaciones, como las de perder o de invertir. Uno de los sectores puede decir “lo que tengo que perder es mucho” mientras que el otro lo ve como una inversión, “para tratar de conseguir algo que creemos, es beneficioso no solo para nosotros sino para el país, que ninguno de esos gremios esté viendo su interés particular”. Por su parte, resalta nombres de personas que hicieron posible que se llegara a firmar el acuerdo. Entre ellos, ministros con posiciones muy definidas que consideraron que el empresario era un socio y un aliado estratégico en esta lucha por ganar. El Dr. Juan Carlos Cassinelli quien estuvo al mando de la última etapa de negociación. Dr. Francisco Rivadeneira que fue el que llevó adelante y logró la firma; el Ing. Eduardo Egas que como asesor del presidente y ministro, siempre tuvo participaciones muy importan-
ACTORES PRINCIPALES
tes en los gabinetes sobre comercio exterior. También Vinicio Alvarado quien dio apoyo a la negociación y sobre todo a la articulación con el sector privado. El ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, Javier Ponce, que creyó en el sector privado.
Los negociadores, Dr. Mentor Villagómez y Dr. Roberto Betancourt, entre otros. Estrada declara que estos fueron hitos importantes y que cada uno tuvo una participación primordial para el desarrollo del acuerdo con la Unión Europea.
6.9. Papel protagónico del gremio bananero en la firma del acuerdo con la UE
“Al no firmarse el acuerdo con la UE, hubiese afectado a un 30% del total que se exporta anualmente hacia los diferentes mercados. Un centenar de empresas hubieran dejado de exportar, de las cuales el 79% representan pequeñas y medianas compañías”. Ab. Eduardo Ledesma, director ejecutivo de la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador. El banano se cultiva en todas las regiones tropicales y tiene una importancia fundamental para las economías de muchos países en desarrollo. En términos de valor bruto de producción, el banano es el cuarto cultivo alimentario más importante del mundo, después del arroz, el trigo y el maíz. El banano ecuatoriano es considerado uno de los mejores del mundo. Las condiciones climáticas favorables que ofrece el Ecuador, permite que pequeños, medianos, y grandes productores puedan abastecer la demanda mundial del banano los 365 días del año.
Las principales provincias del Ecuador donde se cultiva el banano son: Manabí, Guayas, El Oro, Los Ríos y Esmeraldas. El sector bananero, según datos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), genera alrededor de 2 a 2.5 millones de empleos tanto directos como indirectos. Generando un promedio de empleo directo de 0.8 hombres por hectárea de banano, rubro que incluye campo y empaque. El MAGAP tiene identificado que de las 162,039 hectáreas existentes de banano, el
179
12% pertenece a banano orgánico y el 88% es de banano convencional.
Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá y Venezuela.
Ecuador se mantiene como el principal exportador de banano en el mundo, donde el 30% de la oferta mundial de la fruta proviene de este país andino, representando el 15% del total de las exportaciones. Dada la demanda, es el segundo rubro de mayor exportación del país en los mercados de consumidores más exigentes y por el hecho de formar parte de la dieta diaria de millones de personas.
No obstante, si bien el Acuerdo de Ginebra se había firmado en el año 2010, éste no se llegó a ratificar y poner fin a la “guerra del banano” hasta el año 2012. En este punto, el banano se convierte en uno de los principales actores para que se concluya el proceso con la Unión Europea.
A menos de un mes de haberse iniciado la negociación tripartita con la Unión Europea (UE) protagonizada por Ecuador, Colombia y Perú, el Gobierno ecuatoriano decidió, en febrero de 2009, retirarse del mismo. Esto con el fin de que se cumpla la decisión de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de establecer un régimen de importación de banano de acuerdo con las normas jurídicas de la OMC; hecho que se dio en mayo de 2010 con la firma del Acuerdo de Ginebra. Entre los mercados en donde se mueve el banano ecuatoriano están: Estados Unidos, Rusia, China, Chile, Argentina, entre otros. Sin embargo, el principal mercado es la Unión Europea, es por ello que a partir del Acuerdo de Ginebra el banano ecuatoriano ha visto mejoras de exportaciones a dicho continente. Este acuerdo supuso el compromiso de la UE de reducir de manera gradual sus aranceles a la importación de banano latinoamericano de 175 euros por tonelada, desde el 2014, a 114 euros en el plazo de ocho años. Los países latinoamericanos que participaron del acuerdo fueron: Ecuador, Brasil, Colombia, Perú, Costa Rica,
180
Según manifiesta el Ab. Eduardo Ledesma, director ejecutivo de la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE), desde el 2010 el Ecuador empezó a pagar aranceles diferenciados versus la competencia. Entre los años 2011 y 2016 la curva se encontraba en que el Ecuador pagaba 127 euros contra 103 euros. Así, que para el 2020 el Ecuador tendría que pagar 78 centavos de dólar más que todas las cajas de Colombia, Perú y Centroamérica. Con la firma del acuerdo comercial con la UE, esta diferencia será aproximadamente de 2 centavos de dólar, lo que deja al Ecuador en una mejor posición de competencia. Finalmente, si no se llegaba a firmar el acuerdo con la Unión Europea, el banano ecuatoriano hubiera tenido que pagar $1 de arancel por caja. Además, hubiese afectado a un 30% del total que se exporta anualmente hacia los diferentes mercados. Un centenar de empresas hubieran dejado de exportar, de las cuales el 79% representan pequeñas y medianas empresas. A su vez, 40.000 personas pudieron haber perdido su empleo e indirectamente 200.000 personas también se hubiesen visto afectadas. En valores, de no haberse firmado el acuerdo con la Unión Europea, hubiese significado po-
ACTORES PRINCIPALES
ner en riesgo a la economía del país en $1.500 millones. El rol que tuvo este gremio en el proceso del acuerdo fue elemental, con un papel protagónico y de gran colaboración. Hubo apoyo de acompañamiento, de comunicación y económico, que tuvo como resultado, después de un largo trabajo, la firma del Acuerdo de Desarrollo Comercial Multipartes con la Unión Europea. Para Ledesma, uno de los beneficios y motivación por la cual brindaron su apoyo al proceso de la firma del acuerdo con la Unión Europea, representa la posibilidad de recuperar el mercado de Europa, así como consolidarse, crecer y avanzar. “El Ecuador en el año 2020 podrá crecer en los volúmenes que quiera. Además, está Rusia que es otro mercado donde el 99% del banano es ecuatoriano. Adicionalmente, si se
abren otros acuerdos con nuevos mercados, el potencial que tiene el banano ecuatoriano no lo para nadie”. También sugiere que deben desarrollar algunas estrategias internas, por ejemplo, ser más productivos, bajar los costos, ser competitivos, ser unidos e integrados. “No solo digo productores y exportadores, me refiero a toda la cadena agroproductiva, porque si tienes una cadena muy grande y uno de los eslabones se quiebra, todo se ve afectado, de principio a fin y eso repercute en la exportación”. Cabe destacar que la producción de cajas de banano del Ecuador por hectárea es de 1.700, frente a Guatemala que son 4.000. Por su parte Colombia produce 2.500 aproximadamente y Costa Rica entre 2.500 y 3.000 cajas por hectárea. Para Ledesma si el Ecuador creciese cada año con 200 cajas por hectárea, podría exportar 30 millones de cajas al año.
6.10. Acuerdo con UE afianza al sector pesquero y al sector procesador atunero
“Actualmente somos el segundo productor mundial pesquero y tenemos una gran posibilidad de crecimiento sostenible a largo plazo, lo que nos presiona a mejorar en cuanto a competitividad y a calidad”. Ab. Rafael Trujillo, director ejecutivo de la Cámara Nacional de Pesquería.
181
La actividad pesquera es una de las más importantes del país. Las bondades del clima favorecen a la gran variedad de especies existentes, empezando por el principal producto que es el atún, pasando por el dorado, pez espada, wahoo y demás peces. La captura de especies de géneros Thunnus y Katsuwomus junto a Coryphaena hippurus y miembros de la familia Istiophoridae, constituyen principalmente las especies que sustentan las exportaciones de fresco congelado y conservas; así como también sostienen en gran medida el mercado interno. La Unión Europea representa entre el 50% y 60% de las exportaciones, es un mercado sin el cual este sector no podría subsistir. Ya que el 94% de la producción de atún en conservas y lata se la exporta a Europa. El atún en lata, que es el principal producto de exportación, sin el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) y sin un acuerdo comercial, pagaría 24% de arancel. Considerando este porcentaje y si es que existieran otros países con 0% de arancel, el atún ecuatoriano quedaría fuera del mercado europeo. El sector pesquero del Ecuador tuvo 0% de arancel alrededor de 20 años por el SGP de la Unión Europea con los países andinos. Sin embargo, Ecuador ya alcanzó desde hace más de dos años un nivel de producción bajo el cual ya no califica para el SGP. Gracias a las gestiones que se realizaron cuando el Mg. Francisco Rivadeneira era vice ministro de Comercio Exterior, se pudo obtener una renovación de esas preferencias, debido a que ya se estaba nego-
182
ciando este acuerdo comercial, caso contrario estas hubieran sido eliminadas. Según el abogado Rafael Trujillo, director ejecutivo de la Cámara Nacional de Pesquería, con la firma del acuerdo comercial con la Unión Europea, el sector pesquero tiene una gran posibilidad de crecimiento sostenible a largo plazo. Además, esto los presiona a mejorar en cuanto a competitividad y a calidad. Desde el punto de vista sanitario y de sustentabilidad, los obliga a ser mejores ya que es un producto sumamente competitivo a nivel mundial. “Somos el segundo productor mundial después de Tailandia, tenemos la segunda flota mundial después de Filipinas, es decir, estamos en las grandes ligas. En este momento nos preocupan otros factores que tienen que ver con la competitividad a nivel horizontal. Ecuador se ha vuelto un país sumamente caro, nuestros competidores son más eficientes y vienen de unas economías en donde producir es más barato, por lo que tenemos que luchar en condiciones desiguales”, comenta Trujillo. La colaboración del sector pesquero fue fundamental para que se llevaran a cabo las negociaciones y finalmente la firma del acuerdo. Para Trujillo la articulación de lo público-privado fue impecable, no hubo desavenencias en lo que respecta a su sector. Resalta que el objetivo fue exactamente el mismo, con una coordinación y empatía sobre la misión y visión que tenía el sector público y el sector privado; a pesar de que fue un proceso accidentado en el cual destacaron en dos facetas diferentes dos ministros, el Mg. Francisco Rivadeneira y el Dr. Juan Carlos Cassinelli.
ACTORES PRINCIPALES
El acuerdo trae a este sector estabilidad para programar inversiones, para diseñar objetivos ya que es un sector muy dinámico. “En Europa ya se están implementando nuevas tecnologías que van a hacer que nosotros seamos mucho más exigentes. Nosotros exportamos atún en lata, pero también exportamos lomos congelados y la exportación de este producto exige cada vez una mayor participación de tecnologías actuales para mejorar el producto”, manifiesta el Abg. Trujillo. Asimismo, aclara que ser socios estratégicos es muy distinto a ser solo beneficiario de unas concesiones de cuando estaban cooperando bajo el SGP, ya que se lo considera una dádiva que constantemente debían renovar para cumplir con una serie de requisitos. “Está bien cumplir con los requisitos que actualmente permanecen con el acuerdo. Hay una serie de exigencias, de orden laboral, social, que las cumplimos pero estamos a un mismo nivel, a un nivel de socios comerciales. Eso abre las puertas para una serie de acuerdos de cooperación”.
La visión y objetivos del sector pesquero apuntan a crecer en los mercados existentes y el acuerdo marca una gran cooperación para conseguirlo. En este sector también destaca el área de empresas de la cadena de valor del atún en Ecuador, tanto procesadoras como facilitadoras de servicios para la industria, que están ubicadas en las Provincias de Manabí, Guayas y Santa Elena. El gremio, representado por la Cámara Ecuatoriana de Industriales y Procesadores Atuneros (CEIPA), fue un gran aliado durante el proceso de firma del acuerdo con la UE. Hubo una participación permanente de su parte en las reuniones convocadas por el sector oficial dentro y fuera del país. Así participaron del acercamiento con las autoridades de la Comunidad Europea para presentar la importancia de la cadena de valor del atún en diferentes instancias, como lo fueron los parlamentarios europeos y la motivación de la realización de la II ronda de negociaciones en la ciudad de Manta, misma que fue aceptada por el Gobierno nacional.
“La suscripción del Acuerdo Comercial Multipartes de Ecuador con UE, permite al sector procesador atunero mantener el mercado del 60% de las exportaciones del país”. Econ. Mónica Maldonado, directora ejecutiva de la Cámara Ecuatoriana de Industriales y Procesadores Atuneros. 183
Según la Econ. Mónica Maldonado, directora ejecutiva de CEIPA, la suscripción del Acuerdo Comercial Multipartes de Ecuador con UE, permite al sector procesador atunero mantener el mercado del 60% de las exportaciones del Ecuador. Además, permite que se genere fidelización con los actuales clientes y a su vez, expandir las ventas a otros clientes europeos con la garantía de que el producto no será afectado por recargos arancelarios. Para el Ecuador, Europa es un mercado cautivo, principalmente por cumplir las estrictas normas sanitarias en sus productos y sostenibilidad del recurso con la pesca legal, declarada y reglamentada. Con la firma del Acuerdo Comercial Multipartes se ha podido sostener la oferta que se ha venido construyendo en los últimos 20 años y el mantenimiento, dentro de la
medida de lo posible, de los puestos de trabajo. Finalmente, Maldonado manifiesta que “el desafío que enfrenta el sector procesador atunero es orientar sus estrategias a una sostenibilidad del recurso atún”. Asimismo, como parte del desafío para el sector, implica mantener la fidelización de los clientes en un mercado tan exigente como lo es el europeo. Con el Acuerdo Comercial Multipartes, el sector procesador atunero irá en la búsqueda de nuevos clientes potenciales dentro de un mercado de tan alta demanda de consumidores. El reto del sector consiste en incursionar en mejoras tecnológicas que permitan aumentar la productividad dentro de un marco de competitividad sistémica, lo cual va a permitir que el sector privado siga apostando por este importante bloque comercial.
6.11. El mejor camarón del mundo un aliado del proceso
“Hoy nuestras exportaciones a la UE representan 800 millones de dólares, es decir, 220 millones de libras de camarón, con las cuales se benefician con trabajo a 200.000 personas”. Ing. José Antonio Camposano presidente ejecutivo de la Cámara Nacional de Acuacultura.
184
ACTORES PRINCIPALES
El camarón ecuatoriano, dentro de los productos no petroleros, es el segundo producto de exportación después del banano. Las ventajas climáticas del país permiten que se generen hasta tres ciclos de cosechas por año y un mayor desarrollo productivo por hectárea. El camarón blanco o Litopenaeus vannamei representa más del 95% de la producción ecuatoriana. Un importante porcentaje de la producción camaronera proviene de pequeños y medianos acuicultores. Esto garantiza una participación más equitativa, promoviendo la inclusión y mejorando las condiciones de vida de miles de ecuatorianos en zonas rurales. Actualmente en Ecuador hay 210.000 hectáreas dedicadas al camarón que generan trabajo en zonas en donde no hay empleo agrícola, ya que esa tierra no tiene otra función por su cercanía con el agua salada. El camarón ecuatoriano se crea en agua salobre que no está destinada para riego agrícola. Detrás de la cadena productiva del camarón, existen 200.000 personas que se benefician directa e indirectamente de este sector. La exportación total anual de camarón al mundo es de 2.600 millones de dólares. El camarón ecuatoriano tiene tres destinos de exportación: los países asiáticos, que son el principal mercado; la Unión Europea (UE) y los Estados Unidos. En el caso de la UE, la relación nace a partir del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), cuan-
do se bajan los aranceles del 12% al 3%, aquí Ecuador empieza a exportar camarón y se crea una alianza perfecta con Francia, España e Italia. Esto, debido a que estos tres países europeos poseen una cultura de consumo de camarón en su dieta gastronómica, tal como lo explica José Antonio Camposano, presidente ejecutivo de la Cámara Nacional de Acuacultura. Por su parte en EE.UU. se tuvo que introducir al camarón como un elemento gastronómico. Actualmente, Ecuador es el principal proveedor de camarón de la UE, donde la cuota de mercado gira alrededor del 25% del total de sus importaciones. Es un destino que ha reconocido la calidad del camarón ecuatoriano, “hay una excelente relación que data desde hace 25 años atrás con exportadores europeos. Si bien es cierto no es el mercado que más nos compra, pero lo fue hasta hace tres años atrás. Hoy nuestras exportaciones a la UE representan 800 millones de dólares, es decir, 220 millones de libras de camarón”, comenta Camposano. Para este sector, al igual que los demás, la firma del acuerdo era totalmente necesaria. Se corría el riesgo de perder un mercado tan importante como lo es la UE y tener que ubicar 220 millones de libras de camarón en otra zona. Según Camposano, en materia de inversiones, Ecuador es beneficiario de la inversión europea en la cadena camaronera. Por ejemplo, en lo referente al área de empaque de camarón por parte del grupo Pescanova de España, presente en el país y que constituye la cuarta empacadora más grande, así como el grupo Nutreco, con
185
su empresa Skretting, que tiene una fábrica de alimentos balanceados en el país. Además, existía el riesgo de que inversiones proyectadas no se llegaran a concluir, impactando no solo la cadena productiva del camarón, sino también la de productos externos como lo es el alimento balanceado. En el caso de este último se utilizan varios insumos del sector pesquero y del sector arrocero, por lo que son inversiones que tienen ramificaciones en el sector de la economía, más allá de la exportación de camarón. “Por ello es que el acuerdo el camarón ecuatoriano, dentro de los productos no petroleros, es el segundo producto de exportación después del banano. Las ventajas climáticas del país permiten que se generen hasta tres ciclos de cosechas por año y un mayor desarrollo productivo por hectárea. El camarón blanco o Litopenaeus vannamei representa más del 95% de la producción ecuatoriana. Un importante porcentaje de la producción camaronera proviene de pequeños y medianos acuicultores. Esto garantiza una participación más equitativa, promoviendo la inclusión y mejorando las condiciones de vida de miles de ecuatorianos en zonas rurales. Actualmente en Ecuador hay 210.000 hectáreas dedicadas al camarón que generan trabajo en zonas en donde no hay empleo agrícola, ya que esa tierra no tiene otra función por su cercanía con el agua salada. El camarón ecuatoriano se crea en agua salobre que no está destinada para riego
186
agrícola. Detrás de la cadena productiva del camarón, existen 200.000 personas que se benefician directa e indirectamente de este sector. La exportación total anual de camarón al mundo es de 2.600 millones de dólares. El camarón ecuatoriano tiene tres destinos de exportación: los países asiáticos, que son el principal mercado; la Unión Europea (UE) y los Estados Unidos. En el caso de la UE, la relación nace a partir del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), cuando se bajan los aranceles del 12% al 3%, aquí Ecuador empieza a exportar camarón y se crea una alianza perfecta con Francia, España e Italia. Esto, debido a que estos tres países europeos poseen una cultura de consumo de camarón en su dieta gastronómica, tal como lo explica José Antonio Camposano, presidente ejecutivo de la Cámara Nacional de Acuacultura. Por su parte en EE.UU. se tuvo que introducir al camarón como un elemento gastronómico. Actualmente, Ecuador es el principal proveedor de camarón de la UE, donde la cuota de mercado gira alrededor del 25% del total de sus importaciones. Es un destino que ha reconocido la calidad del camarón ecuatoriano, “hay una excelente relación que data desde hace 25 años atrás con exportadores europeos. Si bien es cierto no es el mercado que más nos compra, pero lo fue hasta hace tres años atrás. Hoy nuestras exportaciones a la UE representan 800 millones de dólares, es decir, 220 millones de libras de camarón”, comenta Camposano.
ACTORES PRINCIPALES
Para este sector, al igual que los demás, la firma del acuerdo era totalmente necesaria. Se corría el riesgo de perder un mercado tan importante como lo es la UE y tener que ubicar 220 millones de libras de camarón en otra zona. Según Camposano, en materia de inversiones, Ecuador es beneficiario de la inversión europea en la cadena camaronera. Por ejemplo, en lo referente al área de empaque de camarón por parte del grupo Pescanova de España, presente en el país y que constituye la cuarta empacadora más grande, así como el grupo Nutreco, con su empresa Skretting, que tiene una fábrica de alimentos balanceados en el país.
realizadas que se apoyaban con la certeza de contar con ese mercado.
Además, existía el riesgo de que inversiones proyectadas no se llegaran a concluir, impactando no solo la cadena productiva del camarón, sino también la de productos externos como lo es el alimento balanceado. En el caso de este último se utilizan varios insumos del sector pesquero y del sector arrocero, por lo que son inversiones que tienen ramificaciones en el sector de la economía, más allá de la exportación de camarón. “Por ello es que el acuerdo con la UE, con una cámara como esta, agrupa fincas, empacadoras, exportadoras, fábricas de alimento, laboratorios, empresas de insumo; era sí o sí involucrarnos y sacarlo adelante”, manifiesta José Antonio Camposano.
Así también, el sector acuícola apoyó con aportes económicos para poder solventar los gastos de las gestiones ante las autoridades europeas. “Desde la cámara se propuso volver a contratar a la oficina que nos había acompañado en otras gestiones en años anteriores, un buró ubicado en Bruselas. Trajimos a la socia principal, Lourdes Katrein, para que el ministro Juan Carlos Cassinelli contara con su experticia y apoyo”.
Para la Cámara Nacional de Acuacultura involucrarse en el proceso del acuerdo era uno de los objetivos que tenían como institución. Más allá del beneficio por el riesgo que implicaba para la exportación de camarón y por las inversiones proyectadas o ya
Cabe recalcar, que para las negociaciones del Acuerdo el gremio camaronero otorgó acompañamiento a todas las delegaciones que se conformaron para viajar a Europa y participaron de las reuniones con los parlamentarios y autoridades europeas para ser una contraparte del mensaje oficial. Además, explicar el impacto que tenía el acuerdo en la cadena camaronera, del número de personas que están detrás de estas cadenas productivas y cuánto implica las exportación de camarón hacia Europa.
Finalmente, Camposano comenta que existe la seguridad de tener una relación comercial bajo un marco que no va a variar. El acuerdo comercial ofrece una herramienta de comercio donde se establecen las reglas de intercambio comercial entre dos regiones con las particularidades del Ecuador. El empresario tiene la certeza y confianza de que las condiciones no van a cambiar y que puede proyectar a largo plazo, logrando así un bien común para el país.
187
6.12. Sectores exportadores del país respaldados por FEDEXPOR
“El trabajo de influir sobre la opinión pública y sobre las autoridades de gobierno no hubiera sido posible sin la estrecha colaboración de los gremios y asociaciones sectoriales que apoyaron el proceso por la importancia que representa para el país”. Econ. Daniel Legarda, presidente ejecutivo de Fedexpor. La Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), es el ente privado que representa a todas las exportaciones no petroleras del Ecuador de manera transversal. Como parte de su misión está la de fomentar el crecimiento de las empresas exportadoras y sus cadenas de valor en todo el país.
desarrollo económico y crecimiento del país. Asimismo lo fue en en el debate nacional sobre la conveniencia de firmar el acuerdo con la UE, influyendo sobre la opinión pública y sobre las autoridades de gobierno acerca de los beneficios de este; y su vez de los perjuicios en caso de que no se llegara a concretar el mismo.
Una de las formas más efectivas para promover las exportaciones es mejorando las condiciones de acceso de los productos ecuatorianos a los diferentes mercados a través de acuerdos comerciales. Al ser la Unión Europea (UE) el principal destino de los envíos externos del sector privado ecuatoriano (entre el 25% y 30% del total) y representar cerca de 300 mil plazas de empleo involucradas, Fedexpor asumió un rol fundamental al promover este acuerdo, no sólo por los sectores exportadores a los que representa sino por su responsabilidad con el
En 2012 Fedexpor presentó el primer estudio sobre las relaciones comerciales entre Ecuador y la Unión Europea. Entre lo que se destacó los potenciales de exportación y los efectos de no contar con un acceso preferencial en ese mercado, el mismo que se actualizó cada año. Esta información fue estratégica para poder entender la importancia que representa este instrumento para el sector exportador, para el sector productivo y para la economía en general. “El trabajo de influir sobre la opinión pública y sobre las autoridades de gobierno no hubiera sido
188
ACTORES PRINCIPALES
posible sin la estrecha colaboración de los gremios y asociaciones sectoriales que apoyaron el proceso por la importancia que representa para el país”, manifiesta el Econ. Daniel Legarda, presidente ejecutivo de Fedexpor. Por medio del estudio mencionado, Fedexpor estimó que a través del Acuerdo Comercial con la UE el país lograría, no solamente mantener las exportaciones en ese bloque, sino incrementarlas gracias a la mejora de las condiciones de los productos en relación a otros competidores. Es así que previó un incremento de alrededor de $500 millones en exportaciones durante los tres primeros años de vigencia del acuerdo. Generando un impacto sobre el empresariado (certidumbre sobre las condiciones de acceso a ese mercado) y sobre los trabajadores (seguridad de que sus fuentes de empleo se mantendrán y crecerán en el tiempo). Para Fedexpor a largo plazo los beneficios que conlleva haber firmado el acuerdo son de acceder a ser socio comercial preferencial del mayor mercado a nivel mundial, por lo que las relaciones entre ambas partes tomarán mayor impulso. Además, la certeza sobre las condiciones de mercado, ya que el país se beneficiará porque este instrumento trae un importante componente institucional. El marco normativo limita las medidas comerciales que se pueden introducir y que afectan el comercio entre las partes y promueve la facilitación del mismo, lo que constituye un factor fundamental en la construcción de un ambiente de negocios bajo reglas claras y estables en el tiempo. “El precedente generado con este acuerdo permite abrir la puerta a nuevos convenios con otros países que constituyen un importante mercado para
los productos no petroleros de nuestro país”, menciona Legarda. Por medio del estudio mencionado, Fedexpor estimó que a través del Acuerdo Comercial con la UE el país lograría, no solamente mantener las exportaciones en ese bloque, sino incrementarlas gracias a la mejora de las condiciones de los productos en relación a otros competidores. Es así que previó un incremento de alrededor de $500 millones en exportaciones durante los tres primeros años de vigencia del acuerdo. Generando un impacto sobre el empresariado (certidumbre sobre las condiciones de acceso a ese mercado) y sobre los trabajadores (seguridad de que sus fuentes de empleo se mantendrán y crecerán en el tiempo). Para Fedexpor a largo plazo los beneficios que conlleva haber firmado el acuerdo son de acceder a ser socio comercial preferencial del mayor mercado a nivel mundial, por lo que las relaciones entre ambas partes tomarán mayor impulso. Además, la certeza sobre las condiciones de mercado, ya que el país se beneficiará porque este instrumento trae un importante componente institucional. El marco normativo limita las medidas comerciales que se pueden introducir y que afectan el comercio entre las partes y promueve la facilitación del mismo, lo que constituye un factor fundamental en la construcción de un ambiente de negocios bajo reglas claras y estables en el tiempo. “El precedente generado con este acuerdo permite abrir la puerta a nuevos convenios con otros países que constituyen un importante mercado para los productos no petroleros de nuestro país”, menciona Legarda.
189
190
GALERÍA FOTOGRÁFICA
Parte del equipo negociador junto a reprensentantes del sector privado con los documamentos del Acuerdo Comercial con la Unión Europea.
191
El vicepresidente Jorge Glass firma el acuerdo con los representantes del parlamento de la Uniรณn Europea.
A nombre de Ecuador el vicepresidente Jorge Glass entregรณ rosas con los colores de las diferentes banderas de los paises integrantes de la Uniรณn Europea.
192
GALERÍA FOTOGRÁFICA
El vicepresidente Jorge Glass sostiene el documento firmado del Acuerdo Comercial con la Unión Europea.
193
194
ANEXOS
195
196
ANEXOS
197
198
ANEXOS
199
200
ANEXOS
201
ANEXOS
A. Listado de anexos
1. Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes. 2. Resolución del Ministerio de Comercio Exterior de dictamen favorable de resultados de negociación.
3. Dictamen de la Corte Constitucional del Ecuador. 4. Resolución de la Asamblea Nacional del Ecuador. 5. Decreto de Ratificación del Presidente de la República de Ecuador. 6. Instrumento de ratificación del Acuerdo Comercial. 7. Notificación de finalización de trámites en la Unión Europea. 8. Lista de negociadores e instituciones nacionales que participaron en el proceso.
9. Equipo técnico que trabajó en el proceso de aprobación y ratificación del ACM en Ecuador.
10. Resumen de las actividades de socialización del Acuerdo Comercial Multipartes. El contenido de los anexos los puede encontrar en: www.comercioexterior.gob.ec
202