1º de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

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TÉCNICO SUPERIOR EN

DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA 1º CURSO 2012-13 CONSEJERIA DE EDUCACIÓN (AUTORIZACIÓN EN BOJA 14-10-97 Y 10-10-00)


Málaga, Septiembre de 2.012

Estimados alumnos y alumnasde CENEC, Me gustaría, en primer lugar, daros una cordial bienvenida a nuestro Centro de Formación ProfesionalSuperior en este nuevo curso de Ciclos Formativos de Grado Superior 2012/13 que ahora empezamos, esperando que vuestro paso por aquí sea tan fructífero y satisfactorio como en años anteriores, así como cumplir al máximo las expectativas y confianza quehabéis depositado en nosotros. El compromiso real de todo el equipo docente de CENEC Málaga es hacer verdaderos profesionales cualificados de todo nuestro alumnado de Ciclos Formativos Superiores, empleando para ello una total dedicación a vuestra formación y una metodología didáctica basada principalmente en el aprendizaje significativo de conocimientos y capacidades profesionales prácticas tan necesarias y demandadas hoy en día en el mercado laboral. Sin embargo, esto no sería del todo posible sin un acuerdo mutuo de colaboración por vuestra parte. Os insto desde aquí a participar activamente y exigir que os proporcionemos una formación técnica de calidad facilitadora de vuestro aprendizaje y de adquisición de capacidades profesionales, tanto en el desarrollo de las clases como en tutorías. Debéis tener conocimiento delos contenidos que componen cada uno de los módulos profesionales, así como de la metodología empleada, formas de evaluar, planteamientos, objetivos perseguidos, etc. Durante los primeros días del curso, los profesores se encargarán de haceros llegar esta información. Se elegirá un delegado/a y subdelegado/a por curso, los cuales asistirán a las Sesiones de Evaluación y reuniones como representantes de cada grupo y recogerán todas vuestras sugerencias, quejas o mejoras que se puedan hacer. Los docentes-tutores de cada curso os explicarán la forma de obtener la calificaciónfinal de cada módulo profesional así como lo que os puede quedar pendiente para promocionar a segundo curso. También serán los encargados de coordinar la preparación de vuestras evaluaciones. Tened en cuenta que las clases no se cortanen el período deexámenes, que se harán en las horas asignadas a cada materia. En el horario escolarque se adjunta, tenéis los períodos vacacionales y festividades, según el calendario escolar 2012/13 editado y distribuido por Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, además de las fechas de exámenes de las evaluaciones, tanto ordinarias como extraordinarias, y de los períodos de clases de recuperación para quienes no aprueben en la evaluación final ordinaria. Todo lo relacionado con el Proyecto de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y la Formación en Centros de Trabajo, se os explicará al comienzo de 2º curso. No obstante, aquellos que estéis trabajando actualmente, deberéis comunicarlo a Jefatura de Estudios para estudiar una futura convalidación de la F.C.T. pero no del P.D.A.M. que es obligatorio superar para obtener el título. Está totalmente prohibido instalar cualquier programa de ordenador, sobre todo juegos,gestores de descarga o mensajería, así como fumar, beber, comer, usar el móvil o escuchar música en clase. No se puede fumar en todo el recinto del centro de estudios, incluidos pasillos y lavabos. No se podránrealizar descargasde Internet sin laaprobación del profesorado y se vigilará y controlará la navegación realizada desde cada ordenador para evitar un uso inadecuado. Por último, recordar la importancia de vuestro esfuerzo personal y responsabilidad, asistiendo con regularidad y la mejor actitud a las clases, siendo puntuales, participando activamente, y para aquellos que tengan dificultades de aprendizaje, no dudar ni un momento en acudir a las tutorías. Os estaremos esperando. Para cualquier asunto relacionado con becas, recibos, certificados, etc. consultar en secretaría. Recibid un cordial saludo de bienvenida de nuevo.

Fdo. : Salvador Cintado Pastor scintado@cenec.es Director


DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA TITULACIÓN OFICIAL:TÉCNICO SUPERIOR EN DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA (DAM) OBJETIVO DEL CURSO:Formar a profesionales en la Familia Profesional de Informática y Comunicaciones, Especialidad de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, con la suficiente cualificación para que les permita desempeñar cualquier puesto de trabajo relacionado con esta titulación. Las Bases, Disposiciones Generales, Titulación, Convalidaciones, etc. vienen reflejados en el Real Decreto 450/2010 de 16-042010 del BOE y de la Orden de 16-06-11 reflejada en el BOJA nº 142 del 21-07-2011 pag. 159. En los ANEXOS de esta mismaOrden están los objetivos y contenidos de cada asignatura. En el Centro de Estudio hay una copia de los mismos, a disposición de cualquier persona que lo solicite. Para acceder será necesario reunir alguno de los requisitos académicos siguientes: - Estar en posesión del título de Bachiller. - Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental. - Haber superado el curso de orientación universitaria (COU) o preuniversitario (PREU). - Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos. - Titulación universitaria o equivalente. - Prueba de acceso para las personas que no reúnen ninguno de estos requisitos. Anualmente se convocan pruebas de acceso a los Ciclos Formativos en junio y otras en septiembre. Acceso y vinculación a otros estudios: - Permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan. - Permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado, en las condiciones de admisión que se establezcan con acceso directo a las ramas de conocimiento de: CIENCIAS, INGENIERIA Y ARQUITECTURA (Según BOE nº 306 del 17-12-2010 Sec. 1 Pag. 104078) Duración:2.000 horas en dos cursos escolares. El primero constará de 960 horas lectivas y el 2º curso constará de 1040 horas incluyendo las que se realizarán en centros de trabajo (prácticas en empresas obligatorias) que tendrán la supervisión de un tutor asignado por el Centro de Estudios y otro en la Empresa. Las personas que se encuentren trabajando podrán solicitar la convalidación de las prácticas, siempre y cuando lo permita tanto la Consejería de Educación, la empresa y el propio Centro de Estudios. PRIMER CURSO Módulos Profesionales

Nº de horas

0483 0484 0485

Sistemas informáticos Bases de Datos Programación

192 192 256

0486 0488 0489

0373

Lenguajes de marcas y sistemas de gestión de información Entornos de desarrollo Formación y orientación laboral

128

0490

96 96

0491 0492

960

0494 0495

0487 0493

Total (Centro Privado Docente) C.D.P. - Cenec-Málaga Código de Centro: 29700451

Nº de horas

SEGUNDO CURSO Módulos Profesionales Acceso a datos Desarrollo de interfaces Programación multimedia y dispositivos móviles Programación de servicios y procesos

105 147 84

Sistemas de gestión empresarial Proyecto de desarrollo de aplicaciones multiplataforma Empresa e iniciativa emprendedora Formación en centros de trabajo Horas de libre configuración

84 40

www.cenecmalaga.es

63

Total

84 370 63 1040


CRITERIOS DE PROMOCIÓN

DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (DAM) CICLOS FORMATIVOS 2012/13 Según la orden 29 de Septiembre de 2010, dentro del Boja nº 202 pg. 7, del 15 de Octubre de 2010, se indica: Capítulo III, Artículo 15. Promoción del alumnado 1. El alumnado que supere todos los módulos profesionales del primer curso promocionará a segundo curso. 2. Con los alumnos y alumnas que no hayan superado la totalidad de los módulos profesionales de primer curso, se procederá del modo siguiente: a. Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados es superior al 50% de las horas totales del primer curso, el alumno o alumna deberá repetir solo los módulos profesionales no superados y no podrá matricularse de ningún módulo profesional de segundo curso. b. Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados de primer curso es igual o inferior al 50% de las horas totales, el alumno o alumna podrá optar por repetir solo los módulos profesionales no superados, o matricularse de éstos y de módulos profesionales de segundo curso, utilizando la oferta parcial, siempre que la carga horaria que se curse no sea superior a 1.000 horas lectivas en ese curso escolar y el horario lectivo de dichos módulos profesionales sea compatible, permitiendo la asistencia y evaluación continua en todos ellos.


1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

0483. SISTEMAS INFORMÁTICOS Bloque I: Microsoft Windows Objetivos: Preparar al alumnado para la certificación de Microsoft MCSA (Microsoft Certified Systems Administrator) en Windows (Examen 70-270). Con esta preparación se pretende que el alumnado aprenda cómo instalar, configurar, administrar y dar soporte a los sistemas Windows. Contenidos: 1. USUARIOS Y GRUPOS 1.1. Administración de equipos 1.2. Herramientas del sistema 1.3. Usuarios y grupos locales 1.4. Introducción a los grupos 1.5. Introducción a los usuarios 2. INTRODUCCIÓN A LOS PERFILES DE USUARIO 2.1. Tipos de perfiles de usuario 2.4. Alternar entre un perfil de usuario móvil y uno local 3. ARCHIVOS Y CARPETAS 4. PAPELERA DE RECICLAJE 5. LA BÚSQUEDA 6. OPCIONES DE CARPETA 7. CONTROL DE ACCESO 7.1. Permisos 7.4. Permisos explícitos y heredados 7.5. Propiedad 7.6. Permisos efectivos 7.7. Cómo afecta la herencia a los permisos de archivos y carpetas 8. PERMISOS DE SEGURIDAD Y ACCESO A OBJETOS 8.1. Permisos 8.2. Permisos de archivos y carpetas 8.3. Seleccionar dónde aplicar permisos 8.4. Cambiar permisos heredados 9. AUDITAR SUCESOS 9.1. Directivas de auditoría 9.2. Ver registros de seguridad 10. VISOR DE SUCESOS 11. RED Y CONEXIONES DE ÁREA LOCAL 11.1. Introducción a las direcciones IP 11.2. Cliente para redes Microsoft 11.3. Compartir impresoras y archivos para redes Microsoft 11.4. Introducción a Mis sitios de red 12. CARPETAS COMPARTIDAS 12.1. Permisos de recursos compartidos 12.2. Recursos compartidos especiales 12.3. Proteger los recursos compartidos 12.4. Para compartir una carpeta o una unidad 12.12. Unidades de Red 12.13. Cómo crear un nuevo sitio de red Módulo Profesional: 0483. Sistemas Informáticos

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1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13 13. ARCHIVOS SIN CONEXIÓN 14. ADMINISTRADOR DE SINCRONIZACIÓN 15. HARDWARE Y DISPOSITIVOS 16. IMPRESIÓN 17. ADMINISTRADOR DE DISPOSITIVOS 18. PERFILES DE HARDWARE 19. PANEL DE CONTROL 20. PROPIEDADES DEL SISTEMA 20.1. Administrar el rendimiento del equipo 20.2. Administrar el tiempo de procesador 20.3. Administrar la memoria del equipo 20.4. Cambiar los efectos visuales 21. ADMINISTRADOR DE TAREAS 22. SERVICIOS 23. CONSOLA DE RECUPERACIÓN 24. UTILIDAD DE CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA 25. RESTAURAR SISTEMA 26. AGREGAR O QUITAR PROGRAMAS 27. OPCIONES DE ENERGÍA 28. TAREAS PROGRAMADAS 29. COPIA DE SEGURIDAD 30. CUOTAS DE DISCO 31. DESFRAGMENTADOR DE DISCO 32. ALMACENAMIENTO 33. INSTALACIÓN DE WINDOWS 34. IMPLEMENTACIÓN DE WINDOWS EN UN DOMINIO CON WINDOWS SERVER 2008 34.1. Instalación de Active Directory en Windows Server 2008 34.2. Instalación y configuración de un servidor DNS 34.3. Conectar y administrar un cliente al dominio de Windows Server 2008 34.4. Unidades Organizativas, Usuarios y Grupos 34.5. Servidor DHCP

Bloque II: Linux Objetivos: Preparar al alumnado para la certificación de Linux Professional Institute LPIC de nivel 1 (Exámenes 101 y 102). Con esta preparación se pretende que el alumnado se inicie y profundice en el uso, administración, configuración e instalación del sistema operativo Linux.

Contenidos: 0. Introducción: Las certificaciones LPI 1. Presentación de Linux 2. Instalación de Linux y de los paquetes de software 3. El shell y los comandos GNU 4. Los discos y el sistema de ficheros 5. Inicio de Linux, servicios, núcleo y periféricos 6. Las tareas administrativas 7. La red y TCP/IP 8. La seguridad 9. Entorno gráfico, X Window 10. Particionamiento avanzado: RAID y LVM Módulo Profesional: 0483. Sistemas Informáticos

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1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

0484. BASES DE DATOS Objetivos: 1. Reconoce los elementos de las bases de datos analizando sus funciones y valorando la utilidad de los sistemas gestores. 2. Crea bases de datos definiendo su estructura y las características de sus elementos según el modelo relacional. 3. Consulta la información almacenada en una base de datos empleando asistentes, herramientas gráficas y el lenguaje de manipulación de datos. 4. Modifica la información almacenada en la base de datos utilizando asistentes, herramientas gráficas y el lenguaje de manipulación de datos. 5. Desarrolla procedimientos almacenados evaluando y utilizando las sentencias del lenguaje incorporado en el sistema gestor de bases de datos. 6. Diseña modelos relacionales normalizados interpretando diagramas entidad/relación. 7. Gestiona la información almacenada en bases de datos objeto-relacionales, evaluando y utilizando las posibilidades que proporciona el sistema gestor. Contenidos: 1. Sistemas de almacenamiento de la información a. Ficheros b. Bases de Datos c. Los Sistemas Gestores de Base de Datos 2. Diseño lógico de bases de datos a. Representación del problema b. El modelo de datos c. Diagramas E/R d. El modelo E/R ampliado e. Construcción de un diagrama E/R f. El modelo relacional g. Transformación de un diagrama E/R al modelo relacional h. Normalización 3. Diseño físico de bases de datos a. Notación para la sintaxis b. Herramientas gráficas proporcionadas por los SGBD c. Intérpretes de comandos de los SGBD d. El lenguaje de definición de datos e. Creación de bases de datos f. Modificación de una base de datos g. Borrado de bases de datos h. Creación de tablas i. Modificación de tablas j. Borrado de tablas k. Renombrado de tablas 4. Realización de Consultas a. El lenguaje DML Módulo Profesional: 0484. Bases de Datos

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1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13 b. c. d. e. f. g. h. i. j.

La sentencia SELECT Consultas básicas Filtros Ordenación Consultas de resumen Subconsultas Consultas multitabla Consultas reflexivas Consultas con tablas derivadas

5. Edición de los datos a. Herramientas gráficas para la edición de los datos b. La sentencia INSERT c. La sentencia INSERT extendida d. INSERT y SELECT e. La sentencia UPDATE f. La sentencia DELETE g. La sentencias UPDATE y DELETE con subconsultas h. Borrado y modificación de registros con relaciones i. Transacciones j. Acceso concurrente a los datos 6. Construcción de scripts a. Introducción a la programación de bases de datos b. Los lenguajes de programación de bases de datos c. Tipos de datos, identificadores y variables d. Operadores y expresiones e. Estructuras de control f. Gestión de errores g. Transacciones en scripts 7. Seguridad de los datos a. 7.1. Recuperación de fallos b. 7.2. Tipos de copias de seguridad c. 7.3. Copias de seguridad y restauración en MySQL d. 7.4. Copias de seguridad y restauración en Oracle e. 7.5. Restauración de copias en Oracle con RMAN f. 7.6. Copias de seguridad y restauración en DB2 g. 7.7. Exportación e importación de datos. Transferencia de datos entre sistemas gestores h. 7.8. Herramientas gráficas para la salvaguarda de la información

Módulo Profesional: 0484. Bases de Datos

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1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

0485. PROGRAMACIÓN Objetivos: Adquirir los conocimientos necesarios para que el alumno sea capaz de realizar cualquier tipo de aplicaciones usando el lenguaje de Programación Orientada a Objetos JAVA. Durante el curso se iran introduciendo además los conceptos ampliados necesarios para preparar al alumno de cara a la certificación J2SE examen 1Z0-851.

Contenidos: 1. Elementos de un programa informático. Introducción a Java 2. Programación orientada a objetos. Objetos 3. Estructuras básicas de control 4. Programación orientada a objetos. Clases 5. Programación orientada a objetos. Utilización avanzada de clases 6. Lectura y escritura de información 7. Estructuras de almacenamiento 8. Bases de datos relacionales 9. Persistencia de los objetos en bases de datos orientadas a objetos

Módulo Profesional: 0485. Programación

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1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

0373. LENGUAJES DE MARCAS Y SISTEMAS DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Bloque I: Desarrollo Web con HTML + CSS Objetivos: Adquirir los conocimientos necesarios del lenguaje de desarrollo Web, para la creación de páginas tanto estáticas como dinámicas. Contenidos: 1. Reconocimiento de las características de los lenguajes de marcas a. Definición y clasificación b. Tipos de lenguajes de marcas c. Evolución d. Etiquetas, elementos y atributos e. Organizaciones desarrolladoras f. Utilización de lenguajes de marcas en entornos web g. Gramáticas 2. Lenguajes para la visualización de información a. El modelo de objetos del documento b. HTML c. XHTML d. Hojas de estilo 3. Transversal - Programas para el desarrollo de aplicaciones web a. Dreamweaver CS5

Bloque II: Desarrollo Web con Javascript Objetivos: Adquirir los conocimientos necesarios del lenguaje de desarrollo Web, JavaScript para la creación de páginas tanto estáticas como dinámicas. Contenidos: JavaScript: 1. Javascript a. El lenguaje b. Estructuras de control c. Funciones d. Arrays e. Funciones internas f. Objetos g. Formularios h. Eventos i. Cookies 2. Transversal - Programas para el desarrollo de aplicaciones web a. Dreamweaver CS5 Módulo Profesional: 0373. Lenguajes de marcas y sistemas de gestión de información

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1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

0487. ENTORNOS DE DESARROLLO Objetivos: Preparar al alumnado para la certificación de Microsoft MCTS: .NET Framework 2.0 Windows Applications (Examen 70-536). Con esta preparación se pretende que el alumnado se inicie y profundice en el diseño de aplicaciones informáticas bajo el lenguaje Visual Basic y usando el entorno de Visual Studio .NET. Contenidos: 1. Introducción a Visual Basic .NET 2. La primera aplicación 3. Escritura de código 4. Una aplicación con funcionalidad básica 5. El entorno de desarrollo integrado (IDE), de Visual Studio .NET 6. Aplicaciones de consola 7. El lenguaje 8. Operadores del lenguaje 9. Rutinas de código 10. Bifurcación y ámbito del código 11. Programación orientada a objetos (OOP) 12. Constructores y herencia 13. Aplicando un enfoque enteramente OOP en el código 14. Eventos 15. Arrays 16. Manipulación de errores 17. Formularios Windows 18. Menús 19. Controles avanzados 20. Instrumentación 21. Seguridad de aplicaciones 22. Inter operación 23. Globalización

Módulo Profesional: 0487. Entornos de desarrollo

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1º D.A.M. DESARROLLO DE APLICACIONES MULTIPLATAFORMA CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

0493. FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL Objetivos: Conocer la realidad laboral, diferenciando las formas y procedimientos de inserción como trabajador por cuenta propia o ajena trabajo. Aprender a orientarse en el mercado de trabajo conociendo el marco legal y aprendiendo a distinguir los derechos y obligaciones derivados de una relación laboral. Distinguir las relaciones de riesgo en el ámbito laboral, así como las normas sanitarias y las medidas de protección. Contenidos: 1. El derecho del trabajo 2. El contrato de trabajo 3. El salario y el tiempo de trabajo 4. Modificación, suspensión y extinción del contrato 5. La seguridad social 6. La representación laboral y la negociación colectiva 7. El mercado laboral 8. El proyecto profesional 9. Técnicas de búsqueda de empleo público 10. Técnicas de búsqueda de empleo privado 11. El trabajo por cuenta propia 12. Información económico-financiera de la empresa 13. Prevención de riesgos laborales 14. Riesgos y daños profesionales 15. Prevención de daños y primeros auxilios

Módulo Profesional: 0493. Formación y orientación laboral

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO Derechos del alumnado Los alumnos y alumnas de CENEC Málaga, en su condición de tales y de acuerdo con la naturaleza de las respectivas enseñanzas, poseen los derechos siguientes: 

Recibir una adecuada enseñanza científica, técnica y cultural.

La participación en la ordenación y programación de las enseñanzas, así como en el control de su calidad y de la labor docente del profesorado, de acuerdo con el procedimiento oportuno.

Ser

asistidos

durante

su

formación

mediante

un

sistema

eficaz

de

tutorías,

especialmente orientado a la elaboración del diseño curricular. 

Recibir una valoración objetiva de su rendimiento académico, así como ejercer los medios de impugnación correspondientes, según el procedimiento establecido.

Conocer con suficiente antelación la oferta docente, las fechas de realización de las pruebas de evaluación y cualquier convocatoria que les afecte.

Presentarse en cada asignatura a las convocatoria que elijan, sin que la no presentación a ellas suponga la pérdida de las mismas. La elección de convocatoria no implicará discriminación alguna. Todo ello sin perjuicio de lo que establezcan las normas sobre permanencia de los estudiantes en el Centro de Estudios.

El disfrute de las ayudas económicas y asistenciales establecidas por el Centro y las previstas por la ley.

Derechos y Deberes del Alumnado

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

Recibir información y asesoramiento sobre la organización, contenido y exigencias de los distintos estudios oficiales tanto en España y procedimientos de ingreso, así como de la orientación y salidas profesionales de tales estudios.

La promoción y realización de actividades culturales, deportivas y recreativas, como complemento al desarrollo de su formación.

La utilización de modo adecuado de instalaciones y demás elementos materiales del Centro, con arreglo a las normas reguladoras de uso.

La protección del seguro escolar en los términos y condiciones que se establezcan en las disposiciones legales.

La participación activa y democrática, a través de sus representantes, en los casos y forma prevista en esta guía y en las disposiciones reglamentarias que lo desarrollen.

La libertad de expresión, de reunión y de asociación en el ámbito académico.

No ser discriminados por circunstancias personales, religiosas o sociales, incluida la discapacidad, en el acceso al Centro, permanencia y ejercicio de sus derechos académicos.

Derechos y Deberes del Alumnado

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

Representación del alumnado Si bien todos los alumnos y alumnas de CENEC Málaga, tienen derecho a representación, deberán designar a sus propios delegados de curso y organizar su representación según el curso al que pertenezcan, conforme a los siguientes criterios: 

Existirá una delegación de alumnos, como órgano de representación colectiva de la clase.

Estará

formada

por

un

delegado

y

subdelegado

que

serán

elegidos

democráticamente. 

El Centro dotará a las delegaciones de los alumnos de los medios necesarios para el desarrollo de sus funciones. De igual manera, garantizará que los alumnos y alumnas puedan compaginar su condición de representantes con los procesos de enseñanza que realicen, evitando que se produzca perjuicio alguno en sus derechos.

El Centro fomentará la participación activa del alumnado, así como potenciará sus asociaciones.

Derechos y Deberes del Alumnado

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

Deberes del alumnado Los alumnos y alumnas de CENEC Málaga, en su condición de tales y de acuerdo con la naturaleza de las respectivas enseñanzas, poseen los siguientes deberes: 

Asistir a las clases con puntualidad. No se permitirá la entrada a clase pasado un período de cortesía de 15 minutos.

Asistir a las clases con regularidad. En caso de reiteración en faltas de asistencia injustificadas, se perderá el derecho a evaluación continua y se informará a la familia, cuando así se recoja en las condiciones del contrato de formación suscrito.

Realizar las actividades de enseñanza y aprendizaje que les correspondan.

Observar la disciplina académica y cooperar al desarrollo del Centro de Estudios.

Respetar los principios de convivencia democrática en el seno del Centro de Estudios.

Asumir las responsabilidades de los cargos para los que hayan sido elegidos.

Respetar y hacer buen uso de los bienes del Centro de Estudios.

Cumplir con lo dispuesto en las normas del Centro de Estudios.

Cumplir las normas de uso de las aulas.

Derechos y Deberes del Alumnado

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

Evaluación del aprendizaje del alumnado Corresponde al Centro determinar los procedimientos de evaluación del rendimiento del alumnado, de acuerdo con los criterios generales que establezca el Director Pedagógico. En todo caso, los procedimientos de evaluación deben ser públicos. Cuando el control de conocimientos deba efectuarse por la modalidad de examen se observarán las siguientes normas de carácter general: 

Los exámenes orales serán públicos y se celebrarán ante el profesor de la disciplina objeto de examen. De su realización se guardará un acta y se ofrecerá al alumno la posibilidad de grabación o registro de su examen.

La calificación de las pruebas escritas se realizará directamente por los profesores responsables de las disciplinas objeto de examen.

El resultado de los exámenes se comunicará a los interesados, mediante su publicación en el tablón de anuncios.

En el caso de asignaturas que supongan la realización de prácticas en empresas o instituciones se nombrará un profesor tutor que será responsable de la evaluación del alumno.

El Centro deberá conservar durante, al menos, un año natural desde la fecha de realización del examen, cuantos documentos hayan servido para establecer la calificación del mismo.

El alumnado tendrá derecho a solicitar la revisión de evaluación obtenida a través de cualquier procedimiento de control de conocimientos y a solicitar su modificación.

Derechos y Deberes del Alumnado

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Evaluación y Revisión de exámenes CENEC Málaga, como Centro Docente Privado de Formación Profesional Superior, tiene las siguientes normas de evaluación y revisión de exámenes: 

La Coordinación Académica del CENEC Málaga aprobará los calendarios de exámenes antes de comenzar el período de matriculación, procurando en la medida de lo posible, la no coincidencia de fechas entre cursos sucesivos.

La programación de exámenes realizada por el Centro CENEC Málaga servirá como convocatoria oficial, siempre que en ellas se haya incluido la modalidad, duración, criterios de valoración, lugar y hora de realización del examen. En caso contrario, el profesor responsable, deberá hacer pública la convocatoria del examen con todo ese detalle, al menos 15 días naturales antes de la fecha de su celebración.

Cuando se trate de un examen oral, la convocatoria hará constar el nombre de los alumnos que se examinarán en cada jornada. Sólo en este tipo de examen, y a los únicos efectos de determinar con antelación el número de alumnos que se presentará, podrá requerirse al alumno una declaración o solicitud expresa de intención de presentarse al examen. En su caso, este requerimiento deberá realizarse al menos 24 horas antes de la convocatoria de examen. La no presentación del alumno al examen, aunque hubiese manifestado su intención de hacerlo, no será motivo de medidas sancionadoras.

La Coordinación Académica realizará una convocatoria adicional de incidencias para aquellos alumnos en los que concurra una incidencia justificada que les impida la realización de un examen en la fecha prevista. A la vista de las solicitudes, se determinará si procede la convocatoria de incidencias, qué alumnos son admitidos a ella, así como la fecha, lugar y modalidad de la misma.

Los alumnos que padezcan deficiencias demostrables podrán solicitar a la Coordinación Académica, con antelación suficiente, un tipo de examen que se adapte sus

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

posibilidades físicas, cuando la modalidad elegida para la prueba con carácter general suponga algún tipo de dificultad en la realización. 

CENEC Málaga podrá aprobar normas adicionales, siempre que así lo requieran las peculiaridades específicas de cada uno de ellos. Dichas normas no podrán entrar en contradicción con las de carácter general de esta guía.

El alumno matriculado en CENEC Málaga dispone de 3 convocatorias por Módulo Profesional.

Desarrollo de las pruebas Las pruebas de evaluación que se realicen en las enseñanzas de Formación Profesional Superior de CENEC Málaga, estarán sujetas a las siguientes normas: 

El Centro debe asegurar la suficiente vigilancia durante la realización de los exámenes. Los profesores que colaboren en la vigilancia serán, siempre que sea posible, de las áreas de conocimiento competentes en la asignatura objeto de examen.

Si el profesor lo requiere, los estudiantes están obligados a acreditar su identidad, mediante la presentación del D.N.I. o carné del Centro.

Los exámenes no deben tener una duración superior a 3 horas. Si la duración fuese mayor, se establecerá un período de descanso de 15 minutos, salvo que de común acuerdo con los alumnos se decida lo contrario.

Los enunciados de las preguntas del examen se entregan por escrito.

Si por ausencia del profesor o responsable de la asignatura la celebración de un examen se retrasa más de 45 minutos, los alumnos pueden solicitar que el examen se

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

posponga a una fecha distinta, previamente acordada con la dirección pedagógica del Centro. 

Cuando un alumno dispone o se vale de medios ilícitos en la celebración de un examen, o se atribuye indebidamente la autoría de trabajos académicos requeridos para la evaluación, podrá ser suspendido en dicha evaluación o trabajo académico y podrá ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario.

Los alumnos pueden solicitar al profesor responsable un justificante escrito de haberse presentado al examen.

Los exámenes orales son públicos y se realizan en las aulas destinadas por el centro a tal fin. En la medida de lo posible, los exámenes contarán con la presencia de más de un profesor del área de conocimiento a la que pertenezca la asignatura, o de un área afín.

Revisión y reclamación sobre las pruebas La revisión y reclamación sobre pruebas de evaluación que se realicen en las enseñanzas de Formación Profesional Superior de CENEC Málaga, se harán conforme a las siguientes normas: 

El alumno tiene derecho a la revisión de los exámenes, que será individualizada y realizada con el profesor que haya calificado cada parte de la materia objeto de examen. Los exámenes deben custodiarse durante un período mínimo de un año a contar desde la fecha de realización de los mismos, salvo aquellos que estén afectados por un proceso de reclamación.

Junto con la publicación de las calificaciones en el tablón de anuncios, el profesor responsable hará públicos, con una antelación mínima de dos días hábiles, el lugar, la fecha y los horarios en los que se realizará la revisión. El período de revisión de exámenes tendrá una duración mínima de 2 días.

Derechos y Deberes del Alumnado

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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

La revisión de los exámenes no interferirá en el cumplimiento de los plazos de entrega de actas oficialmente aprobados.

Una vez realizada la revisión de la prueba o examen, si el alumno está disconforme con la nota definitiva, podrá presentar reclamación ante la Dirección del Centro, sobre la base de alguna de las siguientes circunstancias:

-

Inadecuación entre los contenidos del examen y lo previsto en el programa docente.

-

Utilización

de criterios y procedimientos

de evaluación

distintos de los

establecidos de acuerdo con las presentes normas.

-

Errores objetivos en la calificación.

-

Cualquier otra que pueda significar infracción de las disposiciones legales o reglamentarias vigentes.

El plazo de presentación de reclamaciones será de al menos 5 días hábiles tras la finalización del período de revisión de exámenes.

Recibida una reclamación, la Dirección del Centro a través de la Coordinación Académica, puede, recabando los informes que considere oportunos, rechazarla o admitirla y en este caso nombrar una comisión técnica para la revisión del examen. El plazo para esta decisión será de 10 días hábiles a partir de la finalización del período de presentación de reclamaciones, en cada período de exámenes.

Derechos y Deberes del Alumnado

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NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LAS AULAS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LAS AULAS En el Centro Docente Privado de Formación Profesional Superior CENEC Málaga, con objeto de asegurar un uso óptimo del equipamiento del centro así como una mejor convivencia entre el alumnado y el profesorado del mismo, se seguirán las siguientes normas para el correcto uso de las aulas teóricas y prácticas con ordenadores: 

No está permitido comer, beber o fumar dentro de todo el recinto del centro de estudios, incluidos pasillos, lavabos y demás áreas, tanto lectivas como no lectivas.

No está permitido el uso de los teléfonos móviles dentro de las aulas. Para contestar llamadas de carácter urgente, el alumno deberá salir del aula, bajo previo permiso.

Las aulas que el alumnado podrá utilizar vendrán indicadas claramente en el horario escolar entregado por Coordinación Pedagógica, no estando permitido utilizar otras aulas sin autorización previa.

Las aulas permanecerán cerradas y con las luces apagadas cuando no estén en uso.

En los ordenadores de las aulas no se podrá instalar ni descargar desde Internet ningún programa más que los establecidos por el departamento de mantenimiento del centro.

No está permitido el uso del Messenger y de ningún programa de mensajería o Chat.

Debido a las necesidades de mantenimiento de los ordenadores de las aulas, y a su uso compartido con otros usuarios, la información personal almacenada en los mismos puede ser modificada o borrada sin previo aviso, por lo que se recomienda al alumnado usar sus propios medios de almacenamiento portátil.

No está permitido escuchar música o ver vídeos, ni jugar con los ordenadores.

Normas de Utilización de las Aulas

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NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LAS AULAS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR CURSO 12-13

Para evitar reducir el ancho de banda de acceso a Internet, no está permitido el uso de programas de descargas masivas.

No está permitido el acceso a páginas Web con contenidos inadecuados. Para asegurar su cumplimiento, se vigilará y controlará la navegación realizada desde cada ordenador.

Para la correcta ejecución y seguimiento de las clases donde no sea necesario Internet, no habrá acceso a la misma.

No está permitido cambiar ni modificar la configuración de los ordenadores ni del equipamiento técnico de las aulas. Asimismo no se podrá cambiar o modificar la apariencia del escritorio de Windows ni poner imágenes de fondo diferente al establecido por el departamento técnico.

Cuando un ordenador no funcione correctamente, el alumno comunicará esta incidencia a su docente para que el departamento de mantenimiento proceda lo antes posible a su reparación y puesta en funcionamiento. En ningún caso, el alumno hará ninguna reparación o modificación de las características físicas o programas del ordenador, ni cambiar periféricos de otros ordenadores que en ese momento estén sin usar.

No se podrán mover, sin autorización expresa del docente del curso, los monitores ni unidades centrales para evitar tirones y desperfectos en los mismos.

Se ruega apagar y encender correctamente los ordenadores así como pulsar el botón de apagado del monitor al acabar la clase.

El alumno al terminar sus clases, evitará dejar material sobrante, apuntes, libros, revistas, periódicos, pañuelos y deberá hacer un uso correcto de las papeleras. Además deberá dejar las sillas, teclado y ratón en su lugar y bien recogidos para contribuir entre todos a una mejor apariencia de las aulas.

Normas de Utilización de las Aulas

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Sevilla, 14 de octubre 1997

BOJA núm. 120

Página núm. 12.383

- Un Ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas. Capacidad: 30 puestos escolares. - Un Ciclo de Técnico Superior en Secretariado. Capacidad: 30 puestos escolares. - Un Ciclo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos. Capacidad: 30 puestos escolares. - Un Ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas. Capacidad: 30 puestos escolares. Segundo. La presente autorización surtirá efecto de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/92, de 20 de junio, y el centro podrá implantar anticipadamente las enseñanzas autorizadas por la presente Orden, para el curso escolar 1997/98. Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia en Málaga, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación del personal que impartirá docencia en el centro.

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA ORDEN de 29 de septiembre de 1997, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al Centro privado Cenec-Málaga, de Málaga. Visto el expediente instruido a instancia de don Conrado Cienfuegos Rodríguez, como representante de la Empresa «Cenec, S.A.», sito en Málaga, C/ Hernán Ruiz, núm. 4, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento del centro docente privado de Formación Profesional específica para impartir las enseñanzas correspondientes a los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional, según lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 109/92, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir enseñanzas de Régimen General. Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, como se contempla en el artículo 9, punto 2.º, del Decreto 109/92, de 9 de junio. Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia. Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro de Formación Profesional específico «Cenec-Málaga», de Málaga, y como consecuencia de ello, establecer la configuración del centro que se describe a continuación: A) Denominación genérica: Centro de Formación Profesional específica. Denominación específica: «Cenec-Málaga». Titular: Cenec, S.A. Domicilio: C/ Hernán Ruiz, núm. 4. Localidad. Málaga. Municipio: Málaga. Provincia: Málaga. Código del Centro: 29700451. - Enseñanzas que podrán autorizarse: Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden. Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sevilla, 29 de septiembre de 1997 MANUEL PEZZI CERETTO Consejero de Educación y Ciencia


Sevilla, 10 de octubre 2000

BOJA núm. 117

Página núm. 15.715

ORDEN de 5 de septiembre de 2000, por la que se concede la autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior al Centro docente privado de Formación Profesional Superior Cenec-Málaga, de Málaga. Visto el expediente instruido a instancia de don Conrado Cienfuegos Rodríguez, como representante de la entidad «Cenec, SA», titular del Centro docente privado «Cenec-Málaga», sito en Málaga, calle Hernán Ruiz, núm. 4, solicitando autorización definitiva para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesión específica. Resultando que el Centro privado «Cenec», de Málaga, por Orden de 29 de septiembre de 1997 (BOJA de 14 de octubre) tiene autorización definitiva para un Centro de Formación Profesional Superior para impartir los siguientes Ciclos Formativos de Grado Superior: Un ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Secretariado con 30 puestos escolares, un ciclo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos con 30 puestos escolares y un ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas con 30 puestos escolares. Resultando que actualmente solicita autorización para impartir los siguientes Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior: Un ciclo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos y un ciclo de Técnico Superior en Desarrollo, Aplicaciones Informáticas. Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros docentes privados


Página núm. 15.716

BOJA núm. 117

Sevilla, 10 de octubre 2000

para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación. Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia. Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes del Servicio Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Málaga, como se contempla en el artículo 9, punto 2, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros privados para impartir Enseñanzas de Régimen General. Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos y de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas al Centro privado de Formación Profesional Superior «Cenec-Málaga», de Málaga, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del mismo que se describe a continuación:

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ Consejera de Educación y Ciencia

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Superior. Denominación específica: «Cenec-Málaga». Titular: Cenec, S.A. Domicilio: Calle Hernán Ruiz, núm. 4. Localidad: Málaga. Municipio: Málaga. Provincia: Málaga. Código núm.: 29700451. Enseñanzas que se autorizan: a) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior: - Un Ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas. Capacidad: 30 puestos escolares. - Un Ciclo de Técnico Superior en Secretariado. Capacidad: 30 puestos escolares. - Dos Ciclos de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos (impartidos en doble turno). Capacidad: 60 puestos escolares. - Dos Ciclos de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas (impartidos en doble turno). Capacidad: 60 puestos escolares. Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2000/2001. Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas en la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro. Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden. Quinto. La presente Orden modifica la Orden dictada con fecha 29 de septiembre 1997 (BOJA de 14 de octubre). Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín

Sevilla, 5 de septiembre de 2000


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