RH-PL-021 Política de teletrabajo

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OBJETIVO: Establecer los lineamientos para el desempeño del Teletrabajo en la Empresa, a efecto de cumplir con las disposiciones de la materia y asegurar el respeto a los derechos de los miembros del equipo que se desempeñan bajo esta modalidad y garantizar el acceso a un ambiente laboral en las condiciones óptimas de Seguridad y Salud para el trabajador en todo momento.

ALCANCE: Todas las empresas que forman parte del Grupo Royal Resorts (en adelante la “Empresa”)

Se precisa que la terminología utilizada como miembros del equipo, subordinados, plantilla laboral, colaboradoras, empleadas, subordinadas, trabajadoras, etc. hacen referencia a todos los miembros del equipo que trabajan para la empresa, sin importar su género, o cómo se identifiquen; por lo tanto, toda persona contratada por la empresa gozará de los derechos y las obligaciones establecidas en esta política de teletrabajo.

DOCUMENTOS DE REFERENCIA:

• NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo

• RH-FT-050 Lista de verificación de las Condiciones de Seguridad y Salud en el lugar de Trabajo (formulario)

• IT-PR-302 Procedimiento de soporte Teletrabajo

• FZ-PL-001 Política de gastos de Viajes de Negocios y entrenamiento

• RH-PL-010 Política de desconexión digital

• RH-PR-605 Protocolo en caso de violencia familiar Miembros del equipo en Teletrabajo

• RH-PR-013 Procedimiento reversibilidad teletrabajo-centro de trabajo

• IT-PL-001 Política de Seguridad de la Información

• PD-ES-006 Aviso de Privacidad de Datos aplicable a procesos laborales y recursos humanos

• DG-PL-001 Código de Conducta Ética

GLOSARIO:

• TIC: Tecnologías de la información y comunicación

• Teletrabajo: Forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al centro de trabajo, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo en éste, utilizando las tecnologías de la información y comunicación para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo y el patrón (fuente: NOM-037-STPS2023).

POLÍTICAS:

Coordinador: Dirección de RRHH MX

Fecha elaboración: Sep./24

Revisó: Dirección de RRHH MX

Fecha revisión: Sep./24

Autorizó: Presidencia HICV MX

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OBJETIVOS DE ESTA POLÍTICA.

Generales.

Establecer las condiciones particulares para quienes desempeñen sus funciones bajo la modalidad de teletrabajo en la Empresa, en cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.

Establecer los derechos y obligaciones de los miembros del equipo y de la Empresa con respecto a la modalidad de teletrabajo, cuidando que éstos no sean inferiores a los que realicen trabajo presencial en el centro de trabajo.

Promover y asegurarse de que la modalidad de teletrabajo se desarrolle de forma segura para los miembros del equipo, evitando riesgos de trabajo psicosociales, ergonómicos, físico o ambientales.

Establecer un modelo de trabajo en la Empresa, que sea productivo, seguro, que aumente el compromiso de los miembros del equipo, que promueva el equilibrio entra la vida profesional y familiar de los miembros del equipo, así como la perspectiva de género

Particulares.

Informar a los miembros del equipo de la empresa acerca del uso de las Tecnologías de la información y comunicación (en adelante “TIC”).

Incentivar la atracción de talento y disminuir la rotación, absentismo y abandono del empleo.

Facilitar la transición de la modalidad presencial a la de teletrabajo y viceversa.

AMBITO DE APLICACIÓN.

La presente política aplica a todos los miembros del equipo de las Empresas que forman parte del grupo Royal Resorts, y que hayan sido autorizados previamente a desempeñar sus funciones bajo la modalidad de teletrabajo, en el entendido de que incluso aplicará en lo conducente, a quienes se desempeñan de forma presencial o híbrida.

Lo que no se encuentre establecido en la presente política de Teletrabajo se remitirá a las disposiciones oficiales vigentes en la materia, a lo establecido en el Reglamento Interior de Trabajo, y a los acuerdos suscritos por la empresa y sus miembros del equipo.

LUGAR DE TRABAJO.

El lugar de trabajo elegido por el miembro del equipo para la realización del Teletrabajo deberá cumplir con lo establecido en la NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, sección 7, Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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El lugar de trabajo debe ser informado previamente y contar con el visto bueno de la Empresa, quien debe verificar que cumpla con todos los requisitos que exigen las normas aplicables.

El lugar de trabajo deberá contar con acceso a Internet de banda ancha con conectividad de al menos 150 megabytes por segundo, para garantizar una conexión estable y el buen desempeño de las TIC.

El lugar de trabajo debe contar con las medidas de seguridad suficientes para garantizar el correcto resguardo del mobiliario y las herramientas de trabajo entregados al miembro del equipo para el desempeño de sus funciones.

Procedimiento para la verificación de las Condiciones de Seguridad y Salud.

La Empresa tiene la obligación de vigilar que, en el lugar de teletrabajo, se cumplan las condiciones de seguridad y salud requeridas por las NOM-037-STPS-2023.

La Empresa llevará a cabo un proceso de verificación de las condiciones del lugar de conformidad con la RH-FT-050 Lista de verificación de las Condiciones de Seguridad y Salud en el lugar de Trabajo (en adelante la “Lista de verificación”) expedida por la Comisión Mixta de Seguridad y Salud en la Empresa (en adelante la “Comisión”).

Esta lista será verificada, previa autorización por escrito por parte del miembro del equipo, mediante visita de la Comisión al domicilio en cuestión o bien,

Mediante encuesta y la evidencia fotográfica y de video que proporcione el miembro del equipo a satisfacción de la Empresa, respetando siempre el derecho a la intimidad de los habitantes del domicilio. Una vez que se llene la encuesta, la firmará el miembro del equipo manifestando bajo protesta de decir verdad que la información proporcionada es verídica, para los efectos que correspondan.

Las condiciones de seguridad y salud del lugar de trabajo serán verificadas por la Empresa una vez al año, cuando el miembro del equipo cambie de lugar de trabajo o cuando dichas condiciones de seguridad y salud sufran algún cambio.

Si el domicilio propuesto por el trabajador no cumple con las características aquí descritas en la presente Política o la NOM-037-STPS-2023, se deberá seguir el procedimiento establecido en la sección CAMBIO DE LUGAR DE TRABAJO, de esta política.

CAMBIO DE LUGAR DE TRABAJO.

El miembro del equipo, de común acuerdo con la empresa, podrá cambiar el lugar de trabajo o bien, elegir más de un lugar para realizar el teletrabajo siempre que todos ellos cumplan con los requisitos establecidos en la presente política.

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En caso de requerir el miembro del equipo cambiar de lugar de trabajo, por cualquier necesidad, caso fortuito o fuerza mayor, será responsabilidad de este informar a la Empresa con al menos 15 días de anticipación, a efecto de que la Empresa verifique las condiciones del nuevo domicilio. Para tales efectos el miembro del equipo deberá avisar por escrito a su jefe directo mediante el correo electrónico que le fuera asignado por la empresa.

Hasta en tanto la Empresa no verifique las condiciones del nuevo domicilio propuesto por el miembro del equipo, sus funciones continuarán realizándose en el último domicilio aprobado por la Empresa.

Una vez verificado el nuevo domicilio por la Empresa:

Si la verificación resulta positiva: se le notificará al miembro del equipo, se establecerá fecha de cambio y se firmará la modificación correspondiente al contrato individual de trabajo.

Si la verificación resulta negativa:

• Se le notificará al miembro del equipo los inconvenientes observados por la Comisión.

• Se otorgará por escrito un plazo razonable para subsanar dichas observaciones.

• De no poder subsanar las observaciones de la Comisión, el miembro del equipo deberá designar un nuevo domicilio.

• De no señalarse otro lugar, la empresa ofrecerá al miembro del equipo la posibilidad de desempeñar sus funciones en la modalidad presencial, para lo cual, se seguirá el procedimiento señalado en el apartado CAMBIO DE MODALIDAD PRESENCIAL A TELETRABAJO Y VICEVERSA de esta política.

• Si, por el contrario, el miembro del equipo no acepta cambiar a la modalidad presencial, se estaría frente a una causal de terminación de la relación laboral por fuerza mayor o caso fortuito no imputable al patrón.

Los motivos por los cuales el lugar autorizado para teletrabajo pueda cambiar son, de manera enunciativa mas no limitativa, los siguientes:

• Cuando sufra alguna modificación importante, como puede ser una remodelación que altere las condiciones de seguridad y salud requeridas para el teletrabajo.

• Cuando se vea afectado por factores físicos, químicos, ambientales, etcétera

• En los casos de apagones o suspensiones de energía eléctrica y de las redes de conectividad al internet.

• Mala conectividad o desempeño de las TIC.

• Cambio en las circunstancias familiares que dificulten el desempeño del miembro del equipo.

• Casos de violencia familiar.

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EQUIPO Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO.

La empresa entregará al miembro el equipo, todas las herramientas, equipos, mobiliario y la capacitación requerida para el desempeño de sus funciones en la modalidad de teletrabajo, siendo estos los siguientes: Silla y mesa de trabajo, equipo de cómputo y medios de comunicación.

Derivado de que en el teletrabajo se utilizan medios y recursos electrónicos para el desempeño de las actividades, quien se desempeñe bajo esta modalidad, se adherirá a la política “cero papel”, en el entendido de que si fuera necesario realizar impresiones, la empresa proveerá el equipo y los materiales que se requieran.

Asimismo, la Empresa otorgará una cantidad al miembro del equipo, como apoyo proporcional por los gastos en que incurra por los servicios de Internet y energía eléctrica en el domicilio autorizado para el teletrabajo.

Dicha cantidad será determinada por la empresa de manera proporcional, considerando los costos de dichos servicios, los cuales serán revisados cada año para mantenerlos actualizados de acuerdo con la inflación. La cantidad que resulte será entregada a través de la nómina del miembro del equipo.

Entrega y resguardo.

El equipo y las herramientas necesarias para realizar el trabajo les serán entregados al miembro del equipo personalmente; sin embargo, es obligación de la Empresa llevar cabo la instalación de estos en el domicilio donde se desarrollará el teletrabajo, siempre cuidando la intimidad de los habitantes del lugar de teletrabajo.

A efectos de lo anterior, se deberá elaborar y firmar un acta entrega-recepción del equipo y de la herramienta de trabajo, en la que se detallarán con exactitud las condiciones en que se conceden. En caso de que el miembro del equipo cuente con mobiliario y no necesite el propuesto por la Empresa, deberá manifestarlo y quedar asentado en el acta entrega-recepción y en consecuencia la Empresa deberá cerciorarse que el mobiliario propuesto por el miembro del equipo cumpla con los requisitos de ergonomía previstos en la NOM-037-STPS-2023

La entrega de mobiliario por parte de la empresa se hará en especie lo cual significa que, si el miembro del equipo rechaza el mobiliario ofrecido por la Empresa, no se le otorgará en su lugar el pago de cantidad alguna.

El miembro del equipo deberá de usar adecuadamente el equipo y las herramientas entregadas y deberá resguardarlos con el debido cuidado para que estos no sufran deterioro. En caso de robo, deberá dar el aviso correspondiente a la Empresa, y en su caso, emitir la denuncia correspondiente.

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RH-PL-021 Política de teletrabajo

La empresa llevará cabo el mantenimiento de los equipos para el teletrabajo de conformidad con el ITPR-302 Procedimiento de soporte Teletrabajo del departamento de Tecnologías de la Información de la Empresa.

No obstante, lo anterior, es obligación del miembro del equipo avisar a la empresa del deterioro del equipo o de la herramienta de trabajo que se le proporcionó, para que se le dé mantenimiento o se le sustituya.

En caso de que por negligencia del miembro del equipo el equipo o herramienta sufra daños o por no seguir las medidas para su uso o mantenimiento se averíe, se procederá al descuento correspondiente en términos de lo que marquen las leyes vigentes.

Si finaliza la relación laboral o se modifica el teletrabajo por presencial, se deberá regresar el equipo y las herramientas de trabajo entregadas a la empresa, cerciorándose en todo momento de que se encuentre en buen estado o deteriorado, salvo el desgaste natural de estas, y para tales efectos se firmará un acta de entrega-recepción que cumpla con los requisitos señalados en los párrafos anteriores. Además, la responsabilidad y el transporte del equipo o la herramienta al centro de funciones correrá a cargo de la Empresa.

MECANISMOS DE COMUNICACIÓN.

Para el desempeño de las funciones en el teletrabajo, los miembros del equipo deben considerar que la interacción se llevará a cabo mediante los diversos dispositivos y aplicaciones digitales, que proporcione la Empresa.

Los medios de comunicación que serán utilizados de manera obligatoria por el personal de la empresa de manera enunciativa mas no limitativa son los siguientes:

• Correo electrónico empresarial, el cual está a disposición del miembro del equipo desde el ingreso a la empresa como medio único e intransferible.

• WhatsApp (dispositivo móvil y/o aplicación de escritorio): aplicación de mensajería gratuita disponible para equipo de telefonía inteligente

• One drive: Plataforma de almacenamiento e intercambio de información en la nube, totalmente integrada con las aplicaciones de Microsoft 365.

• Microsoft Teams: plataforma unificada de comunicación y colaboración que combina chat, reuniones de video y almacenamiento de archivos.

• Teléfono móvil: aparato usado para transmitir y recibir comunicaciones a distancia (solo aplica para los miembros del equipo a los que les sea entregada esta herramienta de acuerdo con las políticas de la Empresa)

Todas las reuniones serán vía remota, salvo que sea necesario que los miembros del equipo acudan eventualmente a las instalaciones de la empresa. En este último caso, si el miembro del equipo se

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encuentra en una entidad federativa diferente a donde se llevará a cabo la reunión, lo cual le implique erogar gastos de alojamiento y transporte, dichos gastos serán cubiertos por la Empresa de conformidad con la FZ-PL-001 Política de gastos de Viajes de Negocios y entrenamiento vigente

Los miembros del equipo en modalidad de teletrabajo están obligados a mantener comunicación y colaboración con sus superiores y compañeros, a través de las herramientas de comunicación a distancia, poniendo especial énfasis en:

• Establecer contacto con su supervisor y equipo de trabajo, para solicitar información, aclarar dudas, tomar decisiones y reportar avances.

• Responder a las solicitudes relacionadas con las tareas y funciones a su cargo, y

• Participar en las reuniones que sea requerido en las fechas y horas establecidas.

Protección a la intimidad del miembro del equipo.

La Empresa deberá cuidar en todo momento el derecho a la intimidad de los habitantes del lugar de teletrabajo.

La Empresa promueve el uso de la cámara encendida en reuniones virtuales, sin embargo, esto no es obligatorio, salvo que la naturaleza de la reunión así lo requiera como, por ejemplo: reuniones de supervisión uno a uno, verificación de condiciones de seguridad e higiene, reuniones de integración, etcétera.

Buzón de Atención para los Miembros del Equipo.

Los miembros del equipo podrán comunicar a la Empresa, cualquier tipo de aviso, solicitud, queja o sugerencia, a través del correo electrónico: expresate@royalresorts.com.

En caso de quejas por acoso laboral, hostigamiento o acoso sexual, se procederá conforme a los protocolos establecidos en la Empresa para la atención de estos casos, y para tales efectos, los miembros del equipo podrán realizar su denuncia a través de las siguientes plataformas:

Por dispositivo móvil: hicv.navexone.com

Por internet: hicv.ethicspoint.com

JORNADA LABORAL.

La duración de la jornada laboral del Miembro del equipo será la establecida en su Contrato individual de trabajo, misma que no podrá exceder de conformidad con lo que establezcan las leyes laborales aplicables.

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Los horarios podrán ser continuos o discontinuos. Para el caso de los horarios continuos, el miembro del equipo deberá estar disponible durante la jornada de trabajo a través de los medios de comunicación establecidos por la Empresa, salvo por las pausas para alimentos o lactancia En caso de los horarios discontinuos, la Empresa acordará previamente con cada miembro del equipo, la distribución de horarios dentro de la jornada laboral. La definición del tipo de horario se hará en función de la naturaleza del puesto y la expectativa del servicio que la Empresa requiere.

El miembro del equipo está obligado a reportar cualquier interrupción al trabajo por enfermedad, accidente, incapacidad o cualquier otra causa, de acuerdo con la política aplicable de la Empresa.

Por su parte, la Empresa se obliga a respetar el derecho a la desconexión del Miembro del equipo al término de su jornada laboral.

El miembro del equipo podrá interrumpir su jornada laboral para gozar de media hora para consumir sus alimentos o descansar, así como para ejercer los derechos sobre lactancia que le confiere la ley a las madres, tiempo que podrán elegir, siempre y cuando no afecte las operaciones de la empresa, por lo que los miembros del equipo y sus supervisores se pondrán de acuerdo

Flexibilidad laboral.

La Empresa, en la búsqueda de fomentar el equilibrio entre la vida laboral y la familiar del miembro del equipo en modalidad de teletrabajo, promueve la flexibilidad laboral que le permita atender necesidades individuales o familiares; lo anterior, siempre que se cuente con el compromiso del miembro del equipo de mantener expectativas claras sobre los resultados del trabajo y la simplificación de este, y que las actividades laborales así lo permitan

DESCONEXIÓN DIGITAL.

Con el fin de garantizar el descanso de los miembros del equipo y su derecho a la privacidad personal y familiar, la Empresa y los miembros del equipo deberán cumplir con la RH-PL-010 Política de desconexión digital de la Empresa, la cual, de manera enunciativa más no limitativa establece que deberán de:

• Evitar toda comunicación al término de la jornada laboral, en los horarios no laborables, sus vacaciones, así como permisos, Incapacidades o licencias.

• Capacitar a los miembros del equipo sobre la importancia para de cumplir con la desconexión digital.

• Los miembros del equipo tienen el derecho a no responder llamadas, mensajes de texto, videollamadas, correos electrónicos o cualquier otro tipo de comunicación fuera de su horario laboral, durante sus incapacidades temporales, en su periodo de descanso (ejemplo: horario de comida, períodos de lactancia, etc.), vacaciones, días de descanso semanales u obligatorios,

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permisos con o sin goce de sueldo, al estar ejerciendo sus derechos sindicales, o bien cuando se encuentre suspendida, por cualquier motivo, la relación laboral.

Asimismo, se prohíbe:

• La convocatoria de reuniones virtuales o presenciales dentro de los 30 minutos previos a la terminación de la jornada laboral o cercanos a la hora de comida o descanso a que se tiene derecho.

• Salvo casos excepcionales, el horario para reuniones, llamadas o cualquier otra comunicación empresarial (como correos electrónicos) será entre las 9:00 y las 18:00 horas de lunes a viernes

• El envío de correos electrónicos, mensajes instantáneos o cualquier otra comunicación durante los fines de semanas, días de descanso obligatorio o en periodos vacacionales del personal, salvo casos excepcionales por necesidades extraordinarias de la operación de la empresa, las cuales deberán estar siempre justificadas y no ser continuas

• Se encamina a todos los miembros del equipo que, de enviar un correo electrónico fuera del horario de funciones, programen el envío para que su entrega al destinatario sea dentro de la jornada laboral.

• En caso de que algún miembro del equipo desee reportar cualquier violación a su derecho a la desconexión digital podrá hacerlo a través de los medios establecidos por la Empresa en la presente política o la propia política de Desconexión Digital de la Empresa.

• El departamento de Recursos humanos promoverá dentro de la Empresa la cultura e importancia de cumplir con la RH-PL-010 Política de desconexión digital.

Para cualquier discrepancia entre este apartado y la Política de Desconexión Digital de la Empresa, prevalecerá lo establecido en la segunda.

PERIODO DE LACTANCIA.

Las madres trabajadoras en modalidad de teletrabajo en período de lactancia, durante un máximo de seis meses, podrán realizar pausas para alimentar a sus hijos, pudiendo elegir entre tomar dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien reducir una hora su jornada laboral. Para tales, efectos, deberá informar a su supervisor.

PREVENCIÓN DE RIESGOS DE TRABAJO.

La empresa es la responsable de los riesgos de trabajo a los que están expuestos los miembros del equipo, por lo que a continuación se enlistan algunas medidas a considerar para su prevención, de acuerdo con cada factor de riesgo:

Ergonómicos. La empresa debe cuidar que los miembros del equipo cuenten con mobiliario adecuado que les permita estar en posición cómoda, recordándoles que deben tener una postura adecuada al estar frente a la computadora.

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Para ello, la empresa debe informarles a los miembros del equipo sobre la importancia de realizar descansos continuos, tanto físicos como oculares, tales como cambiar la postura, levantarse de la silla, beber agua constantemente, con la finalidad de evitar complicaciones futuras por los lapsos prolongados frente a una pantalla.

Psicosociales. Los factores de riesgo psicosocial afectan principalmente la psique de una persona, provocando un estrés negativo (ansiedad, irritación, burnout, alteraciones en su interacción social); pero también pueden estar relacionados a enfermedades cardiovasculares, respiratorias inmunitarias, gastrointestinales, dermatológicas, endocrinológicas, musculoesqueléticas y mentales (como la depresión).

De ahí que la empresa:

• Promueve el equilibrio entre la vida laboral y familiar, a fin de que los miembros del equipo gocen de un trabajo digno y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y seguridad social, observando una perspectiva de género.

• Procura el derecho a la privacidad, para evitar que terceros ajenos puedan interferir, interrumpir, o afectar sus actividades

• Establece los mecanismos correspondientes para la atención a casos de violencia familiar a través de su RH-PR-605 Protocolo en caso de violencia familiar a Miembros del equipo en Teletrabajo.

• Promueve el derecho a la desconexión digital de los miembros del equipo a través de su RH-PL-010 Política de desconexión digital

• Capacita a los miembros del equipo para evitar el tecnoestrés, la adicción a la tecnología y la sobrecarga, que aumenta la fatiga, la irritabilidad y la incapacidad de desconectar del trabajo y descansar adecuadamente.

Físicos. Son los que se refieren a las condiciones de ruido, vibraciones, iluminación, ventilación, o temperaturas en los lugares donde se lleva a cabo el teletrabajo; los agentes químicos (humos, vapores, rocíos o neblinas); y los agentes biológicos (virus, bacterias, hongos, insectos y fauna nociva).

Estos pueden estar presentes en el lugar de trabajo del miembro del equipo, sin que necesariamente todos ellos formen parte de su actividad de teletrabajo.

Por ello, el miembro del equipo debe disponer de un área de trabajo que se encuentre:

Limpia y ordenada, sin materiales, objetos o equipos no necesarios. Para lograr este punto, se le otorgará al trabajador al inicio de su jornada laboral 10 minutos como máximo para que limpie su lugar y espacio de trabajo.

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De igual forma, la Empresa capacitará al miembro del equipo sobre la importancia de mantener un lugar de trabajo adecuado que cumpla con las siguientes recomendaciones:

• Estar siempre limpio, ordenado y despejado de artículos y objetos innecesarios.

• Estar bien iluminado, por luz natural o artificial, para evitar deslumbramiento por la pantalla del equipo de las TIC, se recomienda que el espacio cuente con una ventana que provea de iluminación natural.

• Estar a una temperatura entre 22 o 23 grados centígrados y ventilación que se perciba agradable para la naturaleza de sus funciones.

• Nivel de ruido que no le impida la concentración para realizar su trabajo, salvo el ambiental que pudiera estar fuera de su control, en el entendido de que, en caso de ruido excesivo por períodos prolongados, si no pueden ser controlados, deberá asignarse un nuevo lugar para el desempeño del teletrabajo de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente política, ya sea de manera temporal o permanente.

• Que cuente con los medios suficientes para garantizar la debida privacidad y evitar interrupciones durante el desempeño de sus funciones.

• Que cuente con las medidas de seguridad necesarias para el resguardo de sus herramientas de trabajo y protección de agentes externos de tipo ambientales, fauna nociva, etcétera.

CAMBIO DE MODALIDAD PRESENCIAL A TELETRABAJO Y VICEVERSA.

El cambio en la modalidad presencial a teletrabajo o viceversa deberá darse de mutuo acuerdo entre el miembro del equipo y la Empresa de conformidad con el RH-PR-013 Procedimiento reversibilidad teletrabajo-centro de trabajo y viceversa, que para tales efectos ha establecido la Empresa.

Mediante este procedimiento la empresa o el miembro del equipo deberán avisar por escrito a su contraparte con al menos con un mes de anticipación, a través del correo electrónico otorgado por la empresa.

El trabajador o la empresa deberán manifestar dentro de los siguientes 5 días hábiles a la notificación del aviso si está o no conforme con el cambio.

En caso de no estar de acuerdo, se deben expresar los motivos por los cuales es imposible retornar a laborar de forma presencial.

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Política de teletrabajo

En caso de estar de acuerdo, se establecerán por escrito las nuevas condiciones laborales y la fecha en que debe integrarse el miembro del equipo de manera presencial.

En ningún caso se hará ajuste para reducir las prestaciones con motivo del cambio de modalidad de trabajo. No obstante lo anterior, en los cambios de modalidad de teletrabajo a presencial, la Empresa podrá suspender el apoyo por los servicios de Internet y energía eléctrica que entregaba en la modalidad de teletrabajo.

Cuando finalice la modalidad de teletrabajo, el miembro del equipo debe reintegrar los equipos y las herramientas que le hayan sido designados para el desempeño de sus funciones, en el estado en que se le entregaron, salvo el desgaste natural de los mismos

Cambio de modalidad de teletrabajo a presencial por alteraciones en las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo.

Al existir alteraciones en las condiciones de seguridad y salud en lugar de teletrabajo, que justifique el regreso del miembro del equipo a la modalidad presencial, éste avisará a la Empresa de manera inmediata, explicando los motivos de su solicitud.

La Empresa, al recibir la solicitud del miembro del equipo, valora los motivos presentados y verifica inmediatamente si es posible el cambio a modalidad presencial, notificando al miembro del equipo su decisión lo más pronto posible:

• Si la decisión es positiva, informará al miembro del equipo la fecha, lugar y hora en que deberá presentarse a laborar, así como la fecha y hora en la que la Empresa recogerá en el domicilio de teletrabajo, el mobiliario y equipo de trabajo entregado al miembro del equipo para el teletrabajo.

• Si la decisión es negativa, la Empresa otorgará un permiso con goce de sueldo de hasta siete días para que se restablezcan las condiciones de seguridad y salud en el lugar de teletrabajo. Si pasado el término otorgado por la empresa, aún persisten las alteraciones, se acordará con el miembro del equipo un permiso sin goce de sueldo.

Resueltas las alteraciones a las condiciones de seguridad y salud, el miembro del equipo podrá volver al lugar de teletrabajo.

Cambio de modalidad presencial a teletrabajo por causa de fuerza mayor.

En caso de fuerza mayor o caso fortuito, que impidan que los miembros del equipo desempeñen sus funciones de manera presencial, y que sus actividades se puedan hacer a distancia, se implementará el teletrabajo.

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Esto con el fin de que el teletrabajo sea una medida para salvaguardar la fuente de empleo y/o proteger la integridad de los miembros del equipo. Por ejemplo, cuando se declare una emergencia o contingencia sanitarias o su denominación equivalente que determinen las autoridades competentes, sismos, huracanes, incendios, inundaciones, entre otros.

En estos supuestos de fuerza mayor o caso fortuito no será necesario celebrar de inmediato un convenio de modificación de las condiciones de trabajo, pero tanto la empresa como los miembros del equipo reconocen que tienen los derechos y las obligaciones legales del teletrabajo y de las disposiciones establecidas en la NOM-037-STPS-2023 y en la presente Política de Teletrabajo, así como la demás normativa aplicable a las relaciones laborales.

En la medida de lo posible, cuando las circunstancias lo vayan permitiendo se realizarán los convenios modificatorios correspondientes.

Para salvaguardar los derechos de los miembros del equipo, al hacer el cambio de modalidad presencial a teletrabajo, se les otorgarán las herramientas y los equipos necesarios para realizar sus funciones en términos de esta política, asimismo se revisarán los lugares y espacios de teletrabajo conforme a la regulación aplicable y el presente documento.

Para el retorno de la modalidad de teletrabajo a presencial, la reversibilidad se hará conforme a esta política de teletrabajo y los procedimientos que para tales efectos establezca la Empresa.

CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO.

La empresa proporcionará capacitación a los miembros del equipo en modalidad de teletrabajo, preferentemente de manera remota o bien, presencial cuando sea necesario, de acuerdo con el programa de capacitación elaborado por la Empresa cada año.

Asimismo, al menos una vez al año, los miembros del equipo bajo la modalidad de teletrabajo recibirán capacitación sobre:

• El reconocimiento de peligros en su lugar de trabajo, mediante la aplicación de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

• La comprensión y aplicación de la política de teletrabajo, y

• Los conocimientos necesarios para el manejo de las TIC.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD.

La empresa cuenta con IT-PL-001 Política de Seguridad de la Información, PD-ES-006 Aviso de Privacidad de Datos aplicable a procesos laborales y recursos humanos, DG-PL-001 Código de Conducta Ética y normas de Confidencialidad que en su conjunto sirven para manejar y asegurar la información personal

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de todos los miembros del equipo, incluyendo la de los miembros del equipo, así como la información propiedad de la Empresa.

Es obligación de la Empresa dar a conocer estas disposiciones a los miembros del equipo, y es obligación de éstos informarse y cumplir con dichas políticas.

Los miembros del equipo están obligados, entre otras cosas, a:

• Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento, que para tales efectos tiene la Empresa

• Abstenerse de instalar en sus equipos de cómputo proporcionados por la empresa programas o aplicaciones que no sean estrictamente necesarios para la realización de sus funciones, o que no hayan sido previamente autorizados por la Empresa.

• Abstenerse de navegar por sitios de internet que pongan en riesgo la información empresarial.

IGUALDAD DE TRATO.

La Empresa promueve un trato digno, respetuoso y equitativo para los miembros del equipo, por tanto, reconoce los mismos derechos, obligaciones y garantías a todos ellos; por lo que, el miembro del equipo bajo la modalidad de teletrabajo no perderá ningún derecho, por ostentar tal condición.

Esta igualdad se refiere, de manera enunciativa más no limitativa a:

• A participar en las actividades de la Empresa, tales como entrenamientos, eventos y celebraciones para el personal, etcétera.

• Contar con protección en materia de seguridad social

• Recibir una remuneración igual que los miembros del equipo que brindan sus servicios de manera presencial.

• A ser informados sobre las políticas y procedimientos de la Empresa, así como el calendario de pagos de prestaciones como la participación de utilidades de la empresa, aguinaldo, etcétera.

• Participar en las convocatorias para integrar las comisiones mixtas de la Empresa.

• Tener acceso a la caja de ahorros de los miembros del equipo de la Empresa, de acuerdo con los estatutos de ésta.

VIOLENCIA FAMILIAR EN EL TELETRABAJO.

Para los casos de violencia familiar, la Empresa cuenta con un RH-PR-605 Protocolo en caso de violencia familiar a Miembros del equipo en Teletrabajo para la atención de estos casos, mismo que se activa desde el momento en el que miembro del equipo acude a cualquiera de las oficinas de Recursos humanos del grupo Royal Resorts o bien se comunica al departamento de recursos humanos marcando a los teléfonos que a continuación se proporcionan, de lunes a viernes, en el horario de 9 am a 6 pm.

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Asimismo, podrá usar otros canales de comunicación tales como el correo electrónico o la plataforma Microsoft Teams o bien, presentarse en cualquiera de las oficinas de recursos humanos ubicadas en:

Cancún:

The Royal Cancun:

Blvd. Kukulcan Km 4.5, Zona Hotelera, C.P. 77500 Cancún

Tel. 998-8810100

Ubicación

The Royal Sands:

Blvd. Kukulcan Km 13.5, Zona Hotelera, C.P. 77500 Cancún

Tel. 998-8810100

Ubicación

Plaza Tropical:

Av. Tulum, Plaza Tropical, Local 35, MZ. 17, SM. 4,

C.P. 77580 Cancún Centro.

Tel. 998-8840318

Ubicación

Playa del Carmen:

The Royal Haciendas:

Km. 289+10, Carr. Cancún-Tulum, C.P. 77710 Playa del Carmen, Q.R.

Tel. 984-2063110

Ubicación

Puerto Morelos:

Grand Residences:

Blvd. El Cid SM 3 MZ 20 LT 1-Unidad 28, C.P. 77580 Puerto Morelos, Q.R.

Tel. 998-8728130

Ubicación

Mérida:

Calle 23 No 320, Locales 29 y 30 Nivel 1, Town Square San Ramón Norte C.P. 97117, Mérida, Yuc.

Tel. 999-9300300

Ubicación

Derechos de los miembros del equipo en situación de violencia familiar.

La Empresa reconoce al miembro del equipo en situación de violencia familiar, los siguientes derechos:

• No abandonar ni renunciar a su trabajo por el abuso, maltrato o cualquier otro tipo de violencia en su entorno familiar.

• Disfrutar de permisos con goce de sueldo para su atención médica, así como para acudir a las instancias judiciales, administrativas o civiles para recibir atención o asesoría jurídica, así como para defender o hacer valer sus derechos

• A la confidencialidad de toda información que proporcione a la empresa o terceros relacionados con esta.

• No ser revictimizados, y a no ser discriminados por dicha situación.

Cuando existan casos de violencia familiar, los miembros del equipo tienen los siguientes mecanismos:

• Comunicación y atención inmediata por parte de la empresa.

• Cambio de lugar para el desempeño de funciones.

• Retorno a la modalidad presencial, sea temporal o permanentemente.

Coordinador: Dirección de RRHH MX

Fecha elaboración: Sep./24

Revisó: Dirección de RRHH MX

Fecha revisión: Sep./24

Autorizó: Presidencia HICV MX

Versión: 00

Comunicación y atención a víctimas.

La víctima de violencia familiar puede comunicarse con su supervisor o con el área de recursos humanos de la Empresa, ya sea por correo electrónico corporativo, telefónicamente, o cualquier otro medio electrónico o presencial para informar que es víctima de violencia familiar

La Empresa proporcionará orientación básica sobre sus derechos laborales, y la información de contacto de las instancias públicas o privadas a las que puede acudir para recibir:

• Atención médica, a efectos de salvaguardar su salud y que, en su caso, se le expidan los certificados de incapacidad laboral correspondientes, o

• Asistencia legal, para que conocer la instancia a las que puede acudir para restituir sus derechos afectados.

Siempre y cuando la víctima así autorice a la Empresa, esta última dará seguimiento al desarrollo de la atención médica y legal de la primera, a efectos de proporcionarle toda la ayuda posible.

Retorno a la modalidad presencial temporal o permanentemente.

La mecánica para el cambio a modalidad presencial temporal o permanente, cuando el miembro del equipo es víctima de violencia familiar (conforme a la legislación, comentarios o recomendaciones u observaciones de organismos privados o públicos de derechos humanos, o criterios o sentencias judiciales), será el establecido en el apartado CAMBIO DE MODALIDAD DE TELETRABAJO A PRESENCIAL POR ALTERACIONES EN LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TELETRABAJO, de esta política.

Se precisa que el miembro del equipo, en lugar de señalar la condición de seguridad y salud que lo pone en peligro, tendrá que indicar que es víctima de violencia, y de ser posible detallar los actos que lo colocan en esa situación.

La Empresa le hará del conocimiento a la víctima que la intención de solicitarle que describa y detalle los hechos ocurridos, no es para hacerle sentir mal o revivir lo sucedido, sino para tener todos los elementos suficientes para documentar el caso y poder ejercer su derecho al cambio temporal o definitivo a la modalidad presencial.

La empresa sensibiliza a todos los miembros del equipo para abstenerse de mentir sobre ser víctimas de violencia familiar, por respeto a quienes sufren de este tipo de actos, y evitar caer en una falta de probidad u honradez, reforzando a su vez que mentir a la empresa es una falta considerada como grave que podría resultar en la terminación de la relación laboral.

Coordinador: Dirección de RRHH MX

Fecha elaboración: Sep./24

Revisó: Dirección de RRHH MX

Fecha revisión: Sep./24

Autorizó: Presidencia HICV MX

Versión: 00

OBLIGACIONES EN EL TELETRABAJO.

Obligaciones de la Empresa.

Mantener actualizado el padrón de miembros del equipo que se desempeñan bajo la modalidad de teletrabajo.

Incluir el teletrabajo en su metodología para la identificación, la evaluación, la valoración y el control de peligros y riesgos, adoptando las acciones necesarias en el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

Mantener actualizada y difundir la Política de Teletrabajo, los procedimientos relacionados y documentos de referencia.

Dar a conocer a los miembros del equipo los mecanismos de comunicación para reportar cualquier incidencia en el desempeño de sus funciones y las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Suministrar a los miembros del equipo las herramientas de trabajo adecuadas necesarias para el desempeño de sus funciones, garantizando que reciban la información correspondiente sobre los riesgos derivados de la utilización de estos.

Fomentar la protección y el respeto de la dignidad humana del subordinado en cuanto al acceso a la información, y el derecho a su intimidad y privacidad

Garantizar el derecho a la desconexión laboral

Capacitar al miembro del equipo sobre la implementación de la modalidad de teletrabajo, en actividades de prevención y promoción en riesgos laborales, principalmente en el autocuidado, en el cuidado de la salud mental y factores de riesgo ergonómico, así como uso de las TIC Informar al miembro del equipo sobre las restricciones de uso de equipos y programas informáticos

Proporcionar las facilidades para que los miembros del equipo participen en la Comisión de Seguridad e Higiene o en la Comisión mixta de capacitación, adiestramiento y productividad, y para tales efectos la empresa enviará por correo electrónico la convocatoria correspondiente preguntando si quieren participar para lo cual, bastará que contesten afirmativamente para ser incluidos en el programa de trabajo de dichas comisiones.

Y las demás que establezcan las leyes y normas sobre el teletrabajo en México.

Obligaciones de los miembros del equipo.

Participar en las actividades de prevención de riesgos laborales, tales como capacitaciones y exámenes médicos cuando lo indique la empresa.

Coordinador: Dirección de RRHH MX

Fecha elaboración: Sep./24

Revisó: Dirección de RRHH MX

Fecha revisión: Sep./24

Autorizó: Presidencia HICV MX

Versión: 00

Participar en las actividades organizadas por la Empresa.

Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de seguridad y salud en el trabajo de la empresa y atender las recomendaciones que al respecto se le señalen.

Procurar el cuidado integral de su salud, así como suministrar a la empresa información clara, veraz y completa sobre cualquier cambio de su estado de salud física o mental que afecte o pueda afectar su capacidad para trabajar.

Reportar accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades laborales.

Atender las instrucciones respecto al uso de TIC, así como respecto de seguridad digital, efectuadas por la Empresa.

Suministrar información veraz sobre el lugar de trabajo, así como cualquier cambio que se presente

Salvaguardar y restituir en su caso, los equipos y las herramientas de trabajo entregados por la Empresa para el desempeño de sus funciones, en el estado en que fueron recibidos, salvo el deterioro por el uso normal de los mismos

Cumplir eficientemente con las actividades y metas establecidas, presentando los reportes e informes que se le requieren y manejando con responsabilidad la información a su cargo, y

Avisar oportunamente a la empresa de todo cambio del lugar para el desempeño del teletrabajo.

Y las demás que establezcan las leyes y normas sobre el teletrabajo en México y las disposiciones internas de la Empresa.

ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTICA

El Departamento de Recursos Humanos es responsable de mantener actualizada esta política de teletrabajo, así como todos los procedimientos, documentos anexos y referencias que correspondan a su ámbito de competencia.

De igual manera Recursos Humanos deberá vigilar las actualizaciones de la legislación en materia de teletrabajo que impacte a este documento y aplicar las modificaciones correspondientes.

Cualquier situación no considerada en esta política deberá ser canalizada con la Dirección de Recursos Humanos México.

Coordinador: Dirección de RRHH MX

Fecha elaboración: Sep./24

Revisó: Dirección de RRHH MX

Fecha revisión: Sep./24

Autorizó: Presidencia HICV MX

Versión: 00

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