4 minute read
4.5. Reformar el sistema
la época de Porcell estuvieron al mando de la entidad, lo cual puede debilitar la institucionalidad. Igualmente, es relevante devolver al Procurador General de la Nación las atribuciones disgregadas en otras nuevas instituciones creadas a través de leyes y nuevas Instituciones o Autoridades.
Frente a esta realidad, se debe revisar la estructura constitucional del Órgano Judicial, definiendo en títulos separados los principios orientadores, políticas y atribuciones de cada una de las instituciones del Poder Judicial, Procuraduría General de la Nación y Procuraduría de la Administración. Igualmente importante es promover un diálogo activo, con el fin de renovar la formación en derecho de todas las universidades en Panamá. Esto lo decimos, porque la escena jurídica panameña carece de una sólida cultura de legalidad, del vocabulario propio de la profesión de abogados, que fomente el apego y el respeto a las leyes, a las instituciones, a la colaboración y a la confianza entre los Órganos del Estado. El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Magistrado Luis Ramón Fábrega, manifestó con preocupación que del seminario de inducción que cursan los nuevos abogados para obtener la idoneidad, sólo el 50% logra aprobar el seminario.
Advertisement
4.5. Reformar el sistema
Así pues, es necesario profundizar con detenimiento y esmero la cultura jurídica en general, potenciando una docencia integral. Hay que esforzarse en encontrar el balance de los fundamentos filosóficos entre las tradiciones y el progreso; volver al camino evolutivo y reaccionar ante los paradigmas jurídicos convencionales y la nueva realidad política panameña. En suma, a lo que se aspira es a contar con un Ministerio Público medido a través de criterios cualitativos más que cuantitativos, y reconstruir el Sistema Judicial a través de un proceso global y complejo de libre diálogo y acuerdo sin coacciones externas desde abajo y hacia arriba y a la inversa,
169
entre todos en todos los aspectos roles y funciones155 .
Las críticas que han recaído sobre el rol del Ministerio Público parecen reforzar la necesidad de una reforma al sistema penal vigente. En este ensayo propongo cambios profundos en la institucionalidad que permitan conformar las funciones del ente encargado de perseguir los delitos con las expectativas de justicia de la sociedad panameña.
Es momento de un grito nacional de ¡Sapere Aude! De tener el valor de servirnos de nuestra propia razón discursiva, para buscar soluciones que respondan a la realidad nacional y que no vengan sólo copiadas de otras latitudes. Debemos tener la “osadía de pensar” y de “dialogar” los problemas comunes, pues como bien reconocía Voltaire, la razón no sólo nos defiende de la ignorancia, sino también del fanatismo, que nos hace ser intolerantes y crueles. La razón nos debe llevar a revelarnos contra la injusticia que genera el propio sistema, frente a víctimas tan indefensas como los niños.
Es por esto que en el próximo capítulo de este texto, esbozo una hoja de ruta que se encamina al uso de una hermenéutica crítica que permita descubrir en el seno de cada sociedad y cada actividad, “desde dentro”, las metas que le dan sentido y legitimidad social, las máximas específicas por las que ha de orientarse para alcanzar esas metas, las virtudes que deben cultivar quienes trabajan en ese ámbito, los valores que es preciso alcanzar, pero también el fundamento filosófico de las máximas, que les presta validez racional y proporciona un criterio para la crítica156 .
Definitivamente, la sociedad panameña pide a gritos ¡Justicia!, es decir la eliminación de la crueldad y la indefensión que supone la impunidad. He querido referirme a pensadores de la
155 CORREA, Julia, El Derecho administrativo frente al fracaso del Estado de Bienestar: Propuesta jurídico-política para Panamá desde una ética ciudadana, Panamá, 2011, pp. 97, 99 y 185. 156 CORTINA, Adela, Justicia cordial, Editorial Trotta, S.A., Madrid, 2010, p. 45.
170
Ilustración, pues ésta tiene una vertiente humanitaria, en contra de los horrores judiciales y la insistencia, de su más distinguido representante, Rousseau, en que la compasión debe pasar de ser un sentimiento a ser una virtud cívica, cuidada y fomentada.
La ética cordial a la que me refiero en el capítulo siguiente busca precisamente fomentar la compasión por medio del “reconocimiento recíproco”, es decir tener la capacidad de estimar lo valioso en el otro y en sí mismo, como la hoja de ruta efectiva para lograr que la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio Público puedan legítimamente reconstruir sus actividades a partir de un diálogo que tenga como marco estas premisas fundamentales: “Sólo son válidas aquellas normas de acción con las que podrían estar de acuerdo todos los posibles afectados como participantes en un discurso práctico” y “Obra de tal modo que trates a la Humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otra, siempre como un fin y nunca como un medio.” No estamos hablando de una Civitas Solis como la vislumbró Campalla, es decir una utopía en la que prometo sólo concordia y amor. Estoy proponiendo un diálogo que nos coloque frente al otro, pero no contra el otro. Y con el otro construir una legitimidad institucional que ponga a la Justicia y a la Verdad como piedra angular de todo el sistema penal panameño.
171