MODULO 4

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Módulo IV – Seguridad Vial Escolar


MÓDULO IV

SEGURIDAD VIAL ESCOLAR

UNIVERSIDAD DISTRITAL “FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD Bogotá D.C., Enero de 2010

Módulo IV – Seguridad Vial Escolar


Tabla de contenido INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 6 JUSTIFICACIÓN ...................................................................... ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. MARCO NORMATIVO................................................................................................................ 7 OBJETIVOS ............................................................................................................................... 8 OBJETIVO GENERAL......................................................................................................................... 8 OBJETIVOS ESPECÍFICOS.................................................................................................................. 8 MICROTERRITORIALIDAD – ENTORNOS ESCOLARES ................................................................... 9 INTRODUCCIÓN............................................................................................................................... 9 OBJETIVOS....................................................................................................................................... 9 OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................... 9 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ............................................................................................................. 9 ESCALAS TERRITORIALES ................................................................................................................. 9 SISTEMA DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD........................................................................................ 16 ÁREA DE INFLUENCIA DE LA ACTIVIDAD ESCOLAR ........................................................................ 21 ACCIDENTALIDAD .......................................................................................................................... 22 PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN Y CULTURA EN SEGURIDAD VIAL.................................................. 24 ACTORES DE LA SEGURIDAD VIAL ESCOLAR ............................................................................. 27 INTRODUCCIÓN............................................................................................................................. 27 OBJETIVOS..................................................................................................................................... 27 OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................. 27 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................................................... 27 EL PEATÓN..................................................................................................................................... 28

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EL CICLISTA .................................................................................................................................... 29 EL CONDUCTOR Y EL VEHÍCULO AUTOMOTOR: MOTOCICLETAS, AUTOMÓVILES Y VEHÍCULOS DE PASAJEROS Y DE CARGA ........................................................................................................................................... 32 LOS CONDUCTORES DE TRANSPORTE ESCOLAR............................................................................ 35 EL AGENTE DE TRÁNSITO .............................................................................................................. 37 ENTIDADES RESPONSABLES Y DE APOYO ...................................................................................... 38 Sector y Sistema Nacional de Transporte ................................................................................. 38 Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá............................................................................. 39 Policía Metropolitana de Bogotá: Policía de Tránsito .............................................................. 41 Fondo de Prevención Vial ......................................................................................................... 41 FORMAS DE INTERVENCIÓN .................................................................................................... 43 INTRODUCCIÓN............................................................................................................................. 43 OBJETIVOS..................................................................................................................................... 43 OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................. 43 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................................................... 43 NORMAS QUE PROMUEVEN Y REGULAN LAS FORMAS DE INTERVENCIÓN .................................. 44 COMITÉS DE SEGURIDAD VIAL ...................................................................................................... 44 PATRULLAS ESCOLARES................................................................................................................. 47 PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD.............................................................................................. 52 INTRODUCCIÓN............................................................................................................................. 52 OBJETIVOS..................................................................................................................................... 52 OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................. 52 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................................................... 52 CAMPAÑAS PUBLICITARIAS DE SEGURIDAD VIAL ESCOLAR .......................................................... 53 ESTRATEGIAS PARA ATRAER LA ATENCIÓN ................................................................................... 54

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ENTIDADES Y EJEMPLOS DE CAMPAÑA ......................................................................................... 56 NORMATIVIDAD VIGENTE ....................................................................................................... 61 INTRODUCCIÓN............................................................................................................................. 61 OBJETIVOS..................................................................................................................................... 61 OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................. 61 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................................................... 61 CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991 ............................................................................................. 62 LEY 105 DE 1993, MARCO DEL TRANSPORTE................................................................................. 62 LEY 336 DE 1996, ESTATUTO NACIONAL DEL TRANSPORTE ..................................................... 63 LEY 769 DE 2002, CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO TERRESTRE............................................. 64 LEY 115 DE 1994, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ........................................................................... 67 DECRETO 468 DE 1938 .................................................................................................................. 68 DECRETO 164 DE 2007 .................................................................................................................. 68 ACUERDO DISTRITAL 173 DE 2005 ................................................................................................ 68 DIRECTIVA NO. 13 DE 2003 DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL ..................................... 68 DECRETO 174 DE 2001 – TRANSPORTE ESPECIAL .......................................................................... 69 DISEÑO Y ORIENTACIÓN DE LOS TALLERES: ............................................................................. 71 TALLER 1: DESCUBRIENDO MI ENTORNO ...................................................................................... 71 TALLER 2: PRACTIQUEMOS SEGURIDAD VIAL ESCOLAR ................................................................ 72 ESTRATEGIAS DE SEGUIMIENTO A LOS TALLERES: ........................................................................ 72 BIBLIOGRAFÍA......................................................................................................................... 73

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INTRODUCCIÓN

La movilidad, en su contexto más reciente, implica abordar desde una amplia perspectiva la interacción de todos los usuarios de las vías con los medios de transporte y la infraestructura en sí. Esta actividad requiere de la definición de medidas y estrategias de regulación y control que minimicen su impacto, reflejado en externalidades como la accidentalidad. La seguridad vial escolar es un componente fundamental de las políticas de seguridad vial, ya que dentro de los actores que intervienen en la misma se encuentra gran parte de la población más vulnerable, como lo es la población estudiantil, especialmente infantes y adolescentes, en la cual es de suma importancia el desarrollo de una conciencia ante el riesgo que involucra ser usuario vial, en cualquier escala territorial.

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MARCO NORMATIVO El marco normativo bajo el que se desarrolla el presente módulo es el siguiente: Constitución Nacional de 1991. Ley 105 de 1993, Marco del Transporte. Ley 336 de 1996, Estatuto Nacional del Transporte. Ley 769 de 2002, Código de Tránsito. Ley 115 de 1994, Ley General de Educación. Decreto 468 de 1938, Obligaciones sobre enseñanza de reglas en circulación y tránsito. Acuerdo Distrital 173 de 2005, Sistema Distrital de Seguridad Escolar. Decreto 164 de 2007, Formación en seguridad vial como proyecto pedagógico. Directiva No. 13 del Ministerio de Educación Nacional, Educación de Tránsito y Seguridad Vial.

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OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Desarrollar habilidades para la gestión de la seguridad vial escolar en todos los actores que intervienen en la misma, partiendo de la identificación de necesidades concretas del entorno escolar específico, el reconocimiento de los dispositivos de control del tráfico y la primacía de la autoridad policial sobre éstos; así como el análisis de la normatividad vigente, con el propósito de definir competencias y estrategias preventivas y correctivas.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS Los objetivos específicos del presente módulo son: Examinar, bajo el concepto de micro territorialidad, las posibles implicaciones físicas, sociales, culturales, etc., que se presentan en cada entorno escolar en particular, mediante su identificación y caracterización, con el fin de comprender el comportamiento global de la actividades del tránsito y el transporte que pueden afectar la seguridad vial escolar. Identificar los diferentes actores involucrados en el tránsito y en la seguridad vial escolar, analizando sus características y comportamiento en el evento de intervenir e interactuar entre sí, con el propósito de hacer una formulación integral de programas y estrategias en las que se contemplen la mayor cantidad de situaciones asociadas a cada actor. Estudiar formas viables de intervención de los actores de la seguridad vial escolar en la formulación de estrategias y el aprovechamiento de los mecanismos de control del tráfico existente y/o la gestión de señalización y demarcación asociada a las necesidades de prevención, reglamentación e información que apoyen y hagan efectivos los programas desarrollados. Conocer algunas de las posibles estrategias de promoción de campañas y medidas de seguridad vial escolar, por medio del análisis de estudios de caso desarrollados por entidades especializadas para, una vez identificadas las necesidades del entorno propio, poner en práctica dichas metodologías y/o formular nuevas en la búsqueda del desarrollo de capacidades de liderazgo en su implementación. Analizar y comprender la normatividad vigente que regula, de forma general, la actividad del transporte y, de forma específica, la asociada a la reglamentación del comportamiento de los usuarios viales y del transporte escolar, para establecer el marco regulatorio que define los derechos, deberes y demás disposiciones vinculados con la seguridad vial escolar.

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MICROTERRITORIALIDAD – ENTORNOS ESCOLARES INTRODUCCIÓN En condiciones normales, las instituciones académicas se constituyen en un componente del territorio que hace parte de los lugares habituales de origen y destino de los desplazamientos de una comunidad. Parte de la organización del territorio corresponde a la correcta localización de los equipamientos, de acuerdo con las necesidades de las personas y el uso del suelo específico; sin embargo, en Bogotá, esta condición no se cumple del todo, pues se avanza en un proceso de regulación y reestructuración que no permite, por lo pronto, contar con las condiciones ideales de vías vehiculares y espacios peatonales para el desplazamiento totalmente seguro de la población escolar. De hecho, esta premisa de total seguridad es imposible, pues siempre habrá eventos que no se pueden controlar, pero cuyas consecuencias se pueden prevenir. El entorno escolar se convierte en un micro territorio que va más allá de los límites de sus edificaciones llegando, incluso, hasta los lugares de residencia de los estudiantes y, bajo este contexto, se deberían estructurar las estrategias y programas de seguridad, teniendo presente que la responsabilidad de cada quien tendrá delimitación física y será necesario establecer competencias según los radios de acción establecidos.

OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Estudiar y conocer las condiciones físicas y culturales que permiten establecer el concepto de micro territorialidad, asociado al área de influencia de los establecimientos educativos, con el fin de precisar los radios de acción de los actores de la seguridad vial escolar, que van más allá del entorno escolar inmediato. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Distinguir las particularidades de las diferentes escalas territoriales que se pueden encontrar en Colombia, desde el punto de vista físico y normativo, mediante el estudio de conceptos asociados a la conformación de entidades físicas que agrupan poblaciones específicas y que permitirán conocer particularidades del ordenamiento territorial coligado a los equipamientos educativos. Analizar y comprender el propósito de la existencia de autoridades únicas del tránsito, el transporte y la movilidad vinculadas a las entidades territoriales, por medio del estudio de la normatividad vigente y la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá como base regulatoria de planificación de la seguridad vial escolar.

ESCALAS TERRITORIALES Las características en común de una población referentes a aspectos culturales, creencias religiosas e inclinaciones políticas, entre otras, genera la tendencia a organizarse dentro de un

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territorio; esta organización jurídica y política recibe el nombre de Estado y bajo éste se entrega el poder a una autoridad que gobierna. Para que exista el Estado, necesariamente debe contarse con un territorio, definido como el espacio físico dentro del que se puede ejercer la autoridad; caso diferente se da en el concepto de Nación, que se define como un grupo de personas con afinidades históricas, culturales, sanguíneas, sociales, etc., pero que no necesariamente cuentan con un territorio. En Colombia se han reglamentado diferentes entidades territoriales, que hacen referencia a las áreas delimitadas en las que se ha dividido el territorio nacional para hacer más eficiente la función del Estado y descentralizar las actividades del mismo, en pro de una atención más eficiente a los problemas y necesidades de cada comunidad. Inicialmente, se presenta una primera división referente a los Departamentos y éstos a su vez se subdividen en Municipios; sin embargo, el crecimiento y densificación de las áreas urbanas y la conurbación, entendida como la integración entre centros urbanos, ya sea física y/o de actividades humanas, han hecho necesaria la conformación de distritos especiales y áreas metropolitanas. Bogotá mantiene estrechas relaciones con otros municipios cercanos debido al intercambio comercial y a las actividades que desarrollan los habitantes que implican viajes diarios; en este sentido, se ha avanzado en un modelo de integración ciudad - región, que aún no ha sido legalmente establecido. En el caso de Bogotá, como Distrito Capital, se han integrado diferentes zonas urbanas y rurales, conocidas como Localidades.

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FIGURA Nº 1. Localidades de Bogotá. Fuente: POT. En la actualidad, la Ciudad cuenta con veinte (20) Localidades y cada una tiene su propio Alcalde, quien es nombrado por el Alcalde Mayor; los Alcaldes locales de encargan de coordinar la acción administrativa definida por el Gobierno Distrital, en conjunto con la Junta Administradora Local (JAL). Igualmente, con el propósito de organizar la Ciudad desde el punto de vista urbanístico, de uso del suelo y de la movilidad misma, las Localidades se han subdividido en áreas conocidas como Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ); cada UPZ comprende diferentes usos del suelo, de acuerdo con las actividades que se permitan desarrollar, ya sean económicas, industriales, educativas, culturales, religiosas, etc. El Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá (POT) se compila en el Decreto Distrital 190 de 2004 y por medio de éste se busca controlar tanto el crecimiento del área urbana, como la construcción racional de diferentes tipos de proyectos, buscando normalizar y garantizar la cobertura de los servicios públicos, la educación y el transporte; así como generar el espacio público y los equipamientos públicos y privados necesarios para una mejor calidad de vida. El Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá define el término “uso” como la destinación asignada al suelo, de conformidad con las actividades que se pueden desarrollar. Los “usos urbanos” son aquellos que para su desarrollo requieren de una infraestructura urbana, lograda a través de procesos idóneos de urbanización y de construcción que le sirven de soporte físico. Los usos urbanos del suelo y sus características, establecidos y permitidos para la Ciudad por el POT son los siguientes: Uso principal: es el uso predominante que determina el destino urbanístico de una zona de las Áreas de Actividad, y en consecuencia se permite en la totalidad del área, zona o sector objeto de reglamentación, por ejemplo: uso residencial. Uso complementario: es aquel que contribuye al adecuado funcionamiento del uso principal y se permite en los lugares que señale la norma específica, por ejemplo: uso de bienes y servicios en zona residencial Uso restringido: es aquel que no es requerido para el funcionamiento del uso principal, pero que bajo determinadas condiciones normativas señaladas en la norma general y en la ficha del sector normativo, puede permitirse, por ejemplo: uso comercial cualificado en zona residencial

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De acuerdo con lo anterior, se entiende por Área de Actividad a aquella zona delimitada, generalmente, por vías arterias y/o principales en donde se presenta un uso del suelo predominante. Básicamente, se definen siete (7) tipos de Área de Actividad; así:

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Área de Actividad Dotacional: la actividad dotacional hace referencia a los usos del suelo que son necesarios para el desarrollo de la vida urbana, tales como educación, recreo, esparcimiento, culto y salud, reconociendo cuatro (4) tipos:

Zona de equipamientos colectivos: en ésta se pueden localizar instalaciones para actividades educativas, culturales, de salud, de bienestar social y de culto. Zona de equipamientos deportivos y recreativos, incluidos los clubes campestres. Zona de servicios urbanos básicos: para servicios de seguridad ciudadana, defensa y justicia, abastecimiento de alimentos, recintos feriales, cementerios y servicios funerarios, servicios de administración pública y servicios públicos y de transporte. Zonas definidas para la provisión de parques públicos (parques).

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Área de Actividad de Comercio y Servicios: son las áreas destinadas a la localización de usos que ofrecen bienes y servicios, reconociendo nueve (9) zonas:

Área de Actividad Central: en ésta se encuentran incluidas la zonas históricas de la Ciudad, tales como los núcleos fundacionales y tradicionales, con mezcla de usos dotacionales, vivienda, comercio y servicios, reconociendo dos (2) zonas: Centro tradicional: Ej.: La Candelaria. Núcleos fundacionales: Ej.: Usaquén, Suba, etc.

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Área de Actividad Industrial: en estas zonas se permite la ubicación de instalaciones y fábricas destinadas al desarrollo de productos terminados total o parcialmente; así como las demás actividades asociadas a la industria. Área de Actividad Minera: en éstas se encuentran localizadas las minas y canteras; así como yacimientos de minerales y materias primas empleadas en diferentes industrias, reconociendo dos (2) categorías: Parques Minero Industriales: aquellos donde además de la actividad minera, se permiten usos complementarios. Áreas de suspensión de la actividad minera: aquellas donde se considera agotada la posibilidad de continuar con la explotación y se inician las actividades de recuperación ambiental y urbanística. El conocimiento de la organización política y administrativa de la Ciudad es necesario para comprender el por qué de la localización de nuevos proyectos y los procesos de reorganización y renovación urbana planteados y desarrollados por las Administraciones recientes. Igualmente, desde el entorno escolar, es conveniente reconocer las actividades y usos del suelo que se presentan, para así planificar acciones preventivas en cuanto a la seguridad. La Administración de la Ciudad está dividida en dos (2) sectores conocidos como el Sector Central, dentro del que se encuentran la Educación y la Movilidad, que son los subsectores que competen

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al estudio de la seguridad vial escolar y el Sector Descentralizado que se ocupa de apoyar las actividades del Sector Central, junto con las Entidades Vinculadas1. El Sector Educación está integrado por la Secretaria de Educación del Distrito Capital y el Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico (IDEP); mientras que el Sector Movilidad2 por la Secretaría Distrital de Movilidad, el Instituto de Desarrollo Urbano, la Unidad de Mantenimiento Vial, Transmilenio S.A. y Terminal de Transporte S.A. Una vez establecido el marco institucional dentro del que se encuentran los Sectores de Educación y Movilidad en la Ciudad, como preámbulo a la definición del área de influencia de los centros educativos, se analizará la clasificación y especificaciones básicas de las vías que son, en últimas, los lugares donde se presenta la interacción entre vehículo – peatón y donde se deben enfocar todos los esfuerzos hacia la prevención de la accidentalidad.

SISTEMA DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD El Plan de Ordenamiento Territorial define el Sistema de Movilidad3 como el conjunto compuesto por cuatro (4) subsistemas, como se presenta en el siguiente cuadro:

Sistema de Movilidad

Subsistema Vial Subsistema de Transporte. Subsistema de Regulación y Control. Subsistema Vial Peatonal

Fuente: Elaboración propia a partir del POT.

Cuadro Nº 1. Sistema de Movilidad de Bogotá. Este Sistema hace parte de los componentes de la Estructura Funcional y de Servicios de la Ciudad. La normatividad y demás disposiciones del Sistema se plasman en el Plan Maestro de Movilidad

1

Las Entidades Vinculadas pertenecen al Sector Descentralizado, dentro las que se pueden citar: Transmilenio S.A., la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Canal Capital, Metro vivienda, entre otras. 2

La misión del Sector Movilidad radica garantizar la planeación, gestión, ordenamiento, desarrollo armónico y sostenible de la Ciudad en los aspectos de tránsito, transporte, seguridad e infraestructura vial y de transporte. Fuente: www.bogota.gov.co. 3

Según el artículo 19 del Decreto 469 de 2003, el Sistema de Movilidad integra de manera jerarquizada e interdependiente los modos de transporte de personas y carga con los diferentes tipos de vías y espacios públicos de la Ciudad y el territorio rural. También conforman el sistema los estacionamientos públicos, y las terminales de buses interurbanos de pasajeros y de carga.

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(PMM), adoptado mediante el Decreto Distrital 319 de 2006, en el que se presentan algunos conceptos muy importantes concernientes a la seguridad vial escolar, tales como la consideración como usuarios más vulnerables a quienes utilizan los medios no motorizados y el transporte escolar; en el mismo sentido, el Capítulo II trata sobre el Plan de Seguridad Vial en el que el tema escolar forma parte fundamental de los objetivos de promoción y educación. Con el propósito de comprender con mayor profundidad la importancia de los Subsistemas y sus diferencias, es importante conocer qué elementos hacen parte de cada uno. El subsistema vial comprende las redes viales conocidas como mallas jerarquizadas y las intersecciones:

El subsistema de transporte está compuesto por4: Red de transporte masivo Metro. Red de corredores troncales de buses y sus rutas alimentadoras. Red de transporte público colectivo. Tren de cercanías. Transporte individual público y privado. Red de estacionamientos públicos en vía y fuera de vía de propiedad pública, privada o mixta. Terminales de pasajeros de transporte urbano e interurbano. Terminales de carga.

4

Decreto 190 de 2004, POT.

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Aeropuertos Eldorado y Guaymaral.

Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 2. Vías de la malla arterial al norte de Bogotá.

El subsistema de control y regulación está compuesto por los dispositivos que conforman la red de semáforos de la Ciudad, sus centros de control y los sistemas tecnológicos de control y vigilancia de la operación del tráfico. Finalmente, del subsistema vial peatonal hace parte la infraestructura de andenes, puentes peatonales, alamedas, parques, cruces y plazas.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 3. Troncal y portal de transporte masivo.

Fuente: Figura propia.

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FIGURA Nº 4. Adecuación de áreas peatonales. El conocimiento de las clasificaciones y categorías de las vías permite analizar en detalle con qué tipo de infraestructura se cuenta dentro del área de influencia de cada entidad educativa, para así estructurar las medidas que se deben tomar en los diferentes puntos en que la comunidad escolar se encuentre en mayor o menor grado de vulnerabilidad. El POT, en su Artículo 174, define la clasificación de las secciones viales, entendido el concepto de “sección” como el corte transversal imaginario de la vía que permite observar el número y ancho de calzadas y carriles, ancho de andenes y separadores, existencia de ciclo rutas y de infraestructura para transporte masivo. Para la clasificación se emplean los siguientes códigos5: 1. Para la Malla Arterial Principal y la Malla Arterial Complementaria: V-0, V-1, V-2 y V-3. 2. Para la malla vial Intermedia: V-4, V-5 y V-6. 3. Para la malla vial local: V-7, V-8 y V-9. Las vías se diferencian en su utilización por el tipo de transporte que opera sobre ellas, de la siguiente manera: 1. Perfil A: Base 2. Perfil B: Base, Troncal de buses. 3. Perfil C: Base, Metro. 4. Perfil D: Base Troncal de buses, Metro. Conociendo el ancho de la sección transversal de una vía, se puede determinar su clasificación, de acuerdo con el siguiente cuadro que presenta el ancho mínimo de la vía, medido de paramento a paramento6, incluidos los andenes: Vía Tipo V-0 V-1 V-2 V-3

5

Ancho 100m 60m 40m 30m (en sectores sin desarrollar) 28 (en sectores desarrollados)

Ibíd. 4. Artículo 174.

6

Paramento: límite de construcción de un predio con respecto a una vía y que delimita el ancho efectivo de los andenes; las zonas de antejardín no se incluyen como área construible.

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V-3E V-4 V-4R V-5 V-6 V-7 V-8 V-9

25m 22m 22m (en zonas rurales) 18m (para zonas industriales y acceso a barrios) 16 m (local principal en zonas residenciales) 13m (local secundaria en zonas residenciales) 10m (pública, peatonal y vehicular restringida) 8m (peatonal)

Fuente: POT.

Cuadro Nº 2. Anchos mínimos de las secciones viales.

ÁREA DE INFLUENCIA DE LA ACTIVIDAD ESCOLAR La definición del área de influencia de los centros educativos, desde el punto de vista de la seguridad vial, es una tarea que trasciende la delimitación física directa y cercana a las instalaciones de la institución, ya que se debe contemplar la cobertura de la misma, desde el punto de vista de localización de los lugares de residencia de la población. El área de influencia inmediata se define por las vías aledañas a las instituciones, por las que necesariamente se debe circular para acceder sus instalaciones; en estas vías se debe centrar la atención y prevención, debido a que los estudiantes se desplazan en grandes grupos y requieren ser correctamente guiados para tomar su medio de transporte o para continuar como peatones en compañía de las personas responsables en quienes recae la obligación de circular de forma segura y de advertir e informar a los menores sobre eventuales riesgos y cómo prevenirlos. Quienes hacen uso del transporte escolar requieren, en sus rutas, de la supervisión de adultos responsables, diferentes al conductor, de tal forma, que se prevengan comportamientos que puedan conllevar situaciones de riesgo. Con el propósito de lograr mayor efectividad en los programas y estrategias es conveniente estructurar medidas, de forma independiente, para grupos de estudiantes separados por edades, a fin de evitar que los más pequeños se vean desfavorecidos.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 5. Demarcación de zona escolar.

ACCIDENTALIDAD La accidentalidad es una externalidad de la movilidad en la que el comportamiento de los actores viales, las condiciones de las vías y de los vehículos, asociados a factores como el clima, la iluminación, el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas y el cansancio, entre otros, generan alteraciones en el desempeño seguro, provocando que se asuman situaciones que implican un riesgo mayor al necesario, en el afán de ahorrar tiempo y/o tomar una posición ventajosa en la vía. En algunos casos, a pesar de contar con una formación mínima en seguridad vial, tanto los conductores de vehículos como los peatones mismos, irrespetan las señales y dispositivos reguladores de tránsito terminando en acciones ingenuas y en accidentes. Un accidente es un evento aleatorio que conduce a la destrucción parcial o total de vehículos y cosas y que, en ocasiones puede estar acompañado de lesiones a las personas involucradas, quienes incluso pueden llegar a perder la vida. Los accidentes pueden ser leves, cuando no hay víctimas ni heridos; serios, cuando hay heridos y, finalmente, graves cuando hay muertos y/o heridos. En cuanto al tipo de impacto, en un accidente uno o varios vehículos pueden colisionar entre sí o contra objetos fijos, producirse atropello a peatones y/o animales, incendio y/o volcamiento; la gravedad de cada incidente dependerá de la afectación que puedan tener las personas involucradas.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 6. Circulación peatonal por la calzada vehicular.

La mejor forma de evitar accidentes es el desarrollo de un pensamiento predictivo ante posibles incidentes asociados con las situaciones que se están dando alrededor; acciones como conservar la distancia entre vehículos que circulan uno tras otro, la reducción de velocidad en zonas residenciales o en lugares donde la visibilidad no es la adecuada, pueden evitar múltiples riesgos que ayudarán a la reducción de la accidentalidad. Dentro de las estrategias para evitar accidentes de tránsito coligados a la actividad escolar se destacan:

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PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN Y CULTURA EN SEGURIDAD VIAL En seguridad vial, la educación y la cultura son dos instancias diferentes, pero que están ligadas; tal es el caso de quienes conociendo el riesgo que implica eludir un paso peatonal seguro, lo hacen permanentemente. En este sencillo ejemplo, se sobreentiende que las personas cuentan con la educación en seguridad suficiente para estar conscientes de la importancia de cruzar por sitios seguros, construidos de forma que los diferentes usuarios sean segregados pero, por aspectos asociados a la cultura ciudadana, buscan acotar distancias a cualquier riesgo y costo. La educación en movilidad, tránsito y cultura vial se concentra en el desarrollo de competencias tanto para gestionar el riesgo, como para transmitir dicho conocimiento; sin embargo, sirve de poco esta formación si no se genera un cambio cultural ante la obediencia de las normas de tránsito y el aprovechamiento de la infraestructura para cuidar la integridad física personal.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 7. Evasión de puente peatonal.

De acuerdo con lo anterior, se presenta a continuación, una serie de principios básicos a tener en cuenta durante el proceso de estudio de la seguridad vial escolar, la formulación de estrategias y medidas y como transmisores de la educación y la cultura:

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Estos principios son competencia de todos los actores de la seguridad vial; sin embargo, es importante reconocer que no todas las personas, ya sea por su edad, condición mental, física y/o de desarrollo motriz, pueden asumir determinados riesgos y tareas. Con el propósito de identificar dichas competencias, en el siguiente capítulo, se estudiarán en detalle las características de cada actor y se establecerán parámetros mínimos de asignación de responsabilidades en los programas de seguridad vial escolar.

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ACTORES DE LA SEGURIDAD VIAL ESCOLAR INTRODUCCIÓN Dentro de cada país, los individuos tienen derechos y deberes que deben ser respetados y que están constitucionalmente establecidos. De la misma forma, dentro del microterritorio escolar, las personas que intervienen en las actividades educativas, y en los desplazamientos necesarios para las mismas, tienen algún grado de responsabilidad en la prevención de incidentes asociados a la seguridad vial, por lo que cada quien desempeña un papel fundamental y se convierte en “actor”; término que, en adelante, se empleará para referirse a todos los usuarios de las vías vinculados con el quehacer académico. Cada actor de la seguridad vial escolar en algún momento es peatón, especialmente la población estudiantil que por sus características físicas y de desarrollo psicológico pueden no comprender, a tempranas edades, el riesgo que implica ser usuario vial, especialmente cuando se circula sin la supervisión de personas responsables; luego, esta misma población puede estar a bordo de un vehículo, donde el comportamiento debe ser totalmente diferente al del caminante, pero con el condicionante de depender de la pericia y conocimiento del conductor, las condiciones del vehículo y de la vía, la correcta operación de los dispositivos de control del tráfico (señales de tránsito verticales, demarcación y semáforos) y la interacción con otros usuarios viales como ciclistas y motociclistas.

OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Reconocer el papel desempeñado por los diferentes usuarios de las vías; así como de los involucrados en la seguridad vial escolar, con el propósito de identificar competencias, derechos y deberes en el proceso de planificación de estrategias y campañas sobre el tema. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Distinguir y comprender los parámetros básicos de comportamiento de los usuarios viales que pueden afectar la seguridad de la población escolar, por medio de su estudio individual y colectivo, buscando generar una visión integral, necesaria para estructurar metodologías de prevención en las que se abarque la mayor cantidad de sucesos indeseables. Analizar los eventos que se pueden considerar como factores detonantes de la accidentalidad, que modifican el comportamiento normal de los usuarios viales, mediante observaciones generales y específicas que permitan identificar zonas críticas en el área de influencia de cada entidad educativa en particular.

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EL PEATÓN Dentro del componente humano de la movilidad, el peatón es el actor más vulnerable de todos ante los eventos que alteran la seguridad vial. Un peatón es una persona que transita a pie por una vía pública o privada y, dentro de este concepto, se incluye a quienes circulan empujando o halando vehículos de pequeño tamaño que requieren de la fuerza humada para ser desplazados, incluso sillas de ruedas; los ciclistas conforman un grupo aparte, dadas la velocidad y capacidad de carga que se pueden presentar. En la actualidad, la mayoría de áreas urbanas cuentan con infraestructura vial en la que los flujos vehiculares y peatonales, incluso de ciclistas, son separados, por lo que el peatón debe conocer y practicar, como regla básica, que sus desplazamientos deben hacerse por las zonas destinadas para tal fin; llámense andenes, senderos, alamedas, plazas, parques, etc., y en los puntos donde las vías peatonales se cruzan con las vehiculares, hacerlo por las zonas indicadas, respetando la señalización y las prelaciones. Cuando las condiciones de las vías y las características del tráfico y la accidentalidad lo ameritan, se debe contar con dispositivos de control semafórico y/o infraestructura que permita pasos a desnivel; el uso de estas soluciones viales implica mayores desplazamientos y tiempos de viaje, pero garantizan la protección de la vida y la integridad. Dentro de los peatones, los niños, los adultos mayores y las personas con movilidad reducida (discapacidad) son los subgrupos más expuestos a accidentes, debido a que la capacidad de reacción puede ser tardía y la percepción del riesgo escasa. En esta población deben enfocarse esfuerzos para facilitarles la accesibilidad a todo tipo de equipamientos y medios e infraestructuras de transporte; así como la ayuda y solidaridad de quienes se encuentren en mejores condiciones. Por esta razón, los grupos y patrullas escolares de movilidad deben estar conformados por estudiantes de mayor edad y sentido de responsabilidad.

Fuente: Figura propia.

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FIGURA Nº 8. Cruce peatonal semaforizado. Dentro de las facilidades viales con que cuenta Bogotá, se han construido más de 297 kilómetros de ciclo rutas7, en calzadas exclusivas que generalmente están integradas a los andenes peatonales, pero separadas por demarcación y señalización, con texturas diferentes. Estas condiciones de la infraestructura inducen al peatón a no circular por la ciclorruta; sin embargo, pueden presentarse eventos indeseables al desatender la importancia que tienen los elementos físicos y gráficos para la segregación del tráfico

Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 9. Segregación de flujos del tránsito.

EL CICLISTA En todo el mundo, el aumento en el uso de la bicicleta es indiscutible, debido a las crecientes tasas de motorización, la congestión y el costo que representa emplear el transporte público; de hecho, es política de los Estados, construir y facilitar la infraestructura que permita el desplazamiento en vehículos de tracción humana, con el fin de desincentivar el uso de vehículos automotores, disminuir el consumo de combustibles, la contaminación y la accidentalidad.

7

Según la Secretaría Distrital de Movilidad, la red de ciclo rutas de Bogotá es la más grande de Latinoamérica, con más de 182.000 usuarios al día.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 10. Circulación riesgosa de un ciclista. El ciclista, en orden de vulnerabilidad, es el segundo actor más propenso a sufrir accidentes graves, debido a las condiciones de exposición que asume en este vehículo; por esta razón, las medidas de prevención y seguridad son imprescindibles. En este sentido, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 3600 de 2004 “por la cual se reglamenta la utilización de cascos de seguridad para la conducción de bicicletas y triciclos y se dictan otras disposiciones”, en donde se especifica que el uso del casco es reglamentario tanto para el conductor como para el acompañante, bajo la Norma Técnica Colombiana NTC-52398; de igual forma, el uso de chaleco o banda reflectiva es obligatorio desde las 6:00 p.m. a las 6:00 a.m. Las normas básicas a seguir mientras se circule en bicicleta y que forman parte de una actitud de conducción defensiva, se pueden acotar en los siguientes puntos:

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Cascos para ciclistas y para usuarios de monopatines y patines de ruedas.

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Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad.

FIGURA Nº 11. Red de ciclo rutas de Bogotá.

El conductor y el vehículo automotor: motocicletas, automóviles y vehículos DE PASAJEROS Y DE CARGA El Código Nacional de Tránsito Terrestre9, define al conductor como la persona habilitada y capacitada técnica y teóricamente para operar un vehículo. Desde este punto de vista, son varios los requisitos a cumplir para conseguir la licencia de conducción; sin embargo, esta autorización no es suficiente para evitar la accidentalidad. Dentro de la capacitación que deben recibir los conductores, se encuentra la instrucción respecto a las particularidades de conducción y prevención en zonas escolares que, en condiciones ideales, deben contar con la señalización específica que al respecto se encuentra detallada en el Manual de Señalización10; sin embargo, en las horas de ingreso y salida de los entes educativos, es recomendable la implementación de operativos, debido al aumento de los volúmenes peatonales por parte de la comunidad escolar. Por otra parte, a diario se viven las consecuencias de la estructuración deficiente del transporte público colectivo, no sólo en Bogotá sino en todo el País, que hace que los conductores de este subsistema se hayan convertido en los mayores infractores de tránsito; en este sentido, se requiere de atención especial en los operativos escolares de seguridad vial cuando, sobre las vías del área de influencia, hay circulación de este tipo de vehículos, cuyos conductores suelen estar apurados por continuar su recorrido, debido a la llamada “guerra del centavo”. Al respecto, el Distrito está planeando la entrega de la operación en concesión del transporte público colectivo, bajo el esquema denominado Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), cuyas características, aparentemente, favorecerán a los usuarios de los medios más vulnerables, al disminuir el número de buses, racionalizar frecuencias y eliminar la competencia por los pasajeros.

9

Ley 769 de 2002.

10

Manual de Señalización - Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia (2004), adoptado mediante Resolución 1050 de 2004 del Ministerio de Transporte; al respecto, se aclara que la versión más reciente está próxima a publicarse en los primeros meses de 2010.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 12. Transporte público colectivo en Bogotá. Un actor vial que incide de forma significativa en la seguridad escolar, es el motociclista. Debido al incremento del parque automotor de la Ciudad, en materia de automóviles, especialmente, y de las tarifas del transporte, la venta de motocicletas ha crecido de forma exponencial. Este vehículo presenta grandes ventajas en la reducción de tiempos de viajes, parqueo y mantenimiento e influye positivamente en el presupuesto de quienes deben destinar buena parte del mismo en transporte; sin embargo, la actitud de muchos conductores en cuanto a exceso de velocidad y ejecución de maniobras de riesgo se convierte en una amenaza para ellos mismos, sus pasajeros y para los demás usuarios viales. Las estadísticas presentadas por el Fondo de Prevención Vial muestran que los motociclistas son los principales causantes de accidentes. En los 450 accidentes diarios que ocurren en el País se ocasionan 13 muertes (5 ocupantes de moto y 4 peatones) y 100 heridos graves (48 ocupantes de moto y 42 peatones). Debido a esta tendencia natural a evadir los dispositivos de control del tránsito, aprovechando el tamaño y maniobrabilidad de estos vehículos, es muy importante que, al implementar operativos escolares, quienes están a cargo del monitoreo verifiquen la presencia de motociclistas y atraigan su atención, de tal forma que se garantice su detención y espera, en condiciones seguras.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 13. Circulación y reparación de motocicletas en andén peatonal. La operación de los vehículos de carga en zonas urbanas es importante desde diferentes puntos de vista; la emisión de gases, el ruido y el deterioro que provocan a las vías son aspectos que influyen en la calidad de vida de las personas y en su seguridad. En cuanto a lo concerniente a la seguridad vial escolar, se deben tener en cuenta varios aspectos, especialmente durante los operativos de entrada y salida:

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LOS CONDUCTORES DE TRANSPORTE ESCOLAR En seguridad vial, los conductores de transporte escolar desempeñan un papel fundamental, ya que sobre ellos recae la total responsabilidad por la integridad de las personas a su cargo. Esta labor comprende todo un proceso logístico, en el que se deben extremar las medidas de prevención que van desde la identificación exterior del vehículo, hasta la instalación y uso de cinturones de seguridad en todas las sillas11. Lo anterior conlleva a que la capacidad del vehículo

11

Decreto 036 de febrero 5 de 2009 "por el cual se reglamenta el Acuerdo 331 de 2008, sobre obligatoriedad de la instalación y uso de cinturones de seguridad en el transporte escolar y particular de menores en el Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones"

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no deber ser excedida, ni debe llevar pasajeros de pie. Como parte de las medidas de prevención, toda ruta escolar debe contar con un monitor que, preferiblemente, debe ser un docente responsable de la institución educativa, quien deberá estar presente durante todo el trayecto y cuyas funciones básicas son las de guiar el ascenso y descenso seguro de los estudiantes en los vehículos, la revisión del uso correcto de los cinturones de seguridad, la ubicación de los estudiantes de tal forma que se favorezca la circulación de los más pequeños sin ser arrollados por los demás, acompañar a los estudiantes hasta asegurarse de que quedan bajo la responsabilidad de padres y/o personas autorizadas por éstos y portar un equipo de comunicación bidireccional (radioteléfono y/o celular, entre otros), mantener el orden y la calma del grupo en todo momento, etc. Respecto a las normas aplicables a la conducción de vehículos de transporte escolar, éstas son, básicamente, las mismas que para cualquier conductor de un vehículo automotor, con las correspondientes asociadas a la utilización de luces de parqueo, la detención en lugares permitidos y convenientes, etc.; así como para el vehículo, es imprescindible la revisión técnico mecánica periódica, la pintura y distintivos, entre otras. Para la prestación del servicio de transporte escolar, es necesario que tanto vehículos como conductores estén afiliados a una empresa transportadora legalmente constituida y habilitada; ya que para efectos operativos y de responsabilidad legal, será en éstas en las que recaerá toda obligación, bajo las cláusulas establecidas en un contrato escrito, celebrado entre la empresa de transporte y la entidad educativa, que deberán contar con la aprobación del mismo por parte de las autoridades máximas, de acuerdo con su constitución y/o sus representantes legales. También es posible que este servicio se preste mediante vehículos particulares, en cuyo caso deberán estar autorizados por el Ministerio de Transporte; en el mismo sentido, todos los conductores deberán contar con licencia de conducción de quinta categoría. Las autoridades de tránsito están en el derecho y el deber de realizar controles y operativos para verificar que se cumpla con las exigencias de la ley, para lo cual, mientras se esté prestando el servicio escolar, el conductor deberá llevar consigo una copia del contrato; así como los demás documentos reglamentarios: pólizas, seguro obligatorio, tarjeta de operación certificado de gases y de revisión técnico mecánica. Las instituciones educativas están en el derecho de adquirir vehículos para prestar el servicio de transporte escolar; sin embargo, sólo lo podrán hacer para personas que hagan parte de la comunidad de dicha institución, exclusivamente. En este caso, el contrato deberá celebrarse entre la entidad educativa y los padres o acudientes.

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En ningún caso, durante la prestación del servicio, los vehículos propios, de particulares y/o vinculados a una empresa de transporte, deberán estacionarse en la vía pública, ya sea para dejar o recoger personal en los alrededores de las entidades educativas; para este fin, dentro de los predios de la entidad deben generarse zonas de parqueo y/o contratar parqueaderos públicos.

Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá.

FIGURA Nº 14. Programa “Ruta Pila”.

EL AGENTE DE TRÁNSITO El Código Nacional de Tránsito define al Agente de Tránsito como “todo funcionario o persona civil identificada que está investida de autoridad para regular la circulación vehicular y peatonal y vigilar, controlar e intervenir en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en cada uno de los entes territoriales”. La autoridad del Agente de Tránsito prima sobre las indicaciones de los dispositivos de control ya que, en ocasiones, es necesario intervenir en los flujos normales de tráfico debido a eventualidades asociadas a la congestión, la accidentalidad, la realización de eventos especiales, la circulación de vehículos extra dimensionados, oficiales, y/o de emergencia. En los operativos de seguridad vial escolar no es viable la presencia de Agentes de Tránsito en todo momento, por lo que las patrullas escolares son de suma importancia en la regulación del tráfico, siempre y cuando se cuente con preparación previa y supervisión.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 15. Agentes de tránsito.

ENTIDADES RESPONSABLES Y DE APOYO Con el propósito de analizar y comprender la conformación de las Entidades que tienen a su cargo la regulación y el control del tránsito y el transporte en el País se presenta, a continuación, la estructuración de las mismas desde el orden nacional hasta el municipal y Distrital, en el caso de Bogotá. Sector y Sistema Nacional de Transporte En Colombia, la administración y regulación del tránsito y el transporte está estructurada a partir de la conformación de Entidades, cuyo radio de acción va desde el orden nacional hasta el municipal. La Ley 105 de 1993 define el Sector y el Sistema Nacional de Transporte, como el conjunto de Entidades que tienen la responsabilidad de fijar las políticas al respecto y de hacerlas cumplir. El Sector Transporte está compuesto por el Ministerio de Transporte que es la máxima autoridad, la Dirección General Marítima (DIMAR) que es una dependencia interna del Ministerio de Defensa Nacional, el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), el Instituto Nacional de Concesiones (INCO), la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) y la Superintendencia de Puertos y Transporte (SPT). Estas Entidades son las encargadas de definir las políticas del País y de hacer obligatorio su cumplimiento.

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El Sistema Nacional de Transporte está conformado por las Entidades del Sector y por las Secretarías de Obras e Infraestructura, las Secretarías y Departamentos de Tránsito y Transporte y los Institutos y Fondos de Valorización que son los Organismos de nivel departamental y municipal; este conjunto está a cargo de llevar y difundir las disposiciones del Sector a todo el territorio nacional. Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá En Bogotá, el sector administrativo de la movilidad se encuentra en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) como autoridad única del tránsito y el transporte perteneciente al sector central, que se encuentra apoyada por las siguientes entidades del sector descentralizado: Entidades adscritas: Instituto de Desarrollo Urbano (IDU). Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Entidades vinculadas:

NIVEL MUNICIPAL NIVEL DEPARTAMENTAL NIVEL NACIONAL

Transmilenio S.A. Terminal de Transportes S.A. MINISTERIOS DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

MINISTERIO DE DEFENSA DIMAR

INVIASC

INCO

MINISTERIO TRANSPORTE

UAEAC

SPT

SECRETARÍAS DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS E INSTITUTOS

Secretarías de Obras e Infraestructura

Secretarías y Departamentos de Tránsito y Transporte

Institutos y Fondos de valorización

SECRETARÍAS DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS E INSTITUTOS

Secretarías de Obras e Infraestructura

Secretarías y Departamentos de Tránsito y Transporte

Institutos y Fondos de valorización

SECTOR SISTEMA

Fuente: Geosov, citado por el Departamento Nacional de Planeación (DNP).

FIGURA Nº 16. Entidades del Sector y Sistema Nacional de Transporte.

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El Decreto 567 de 200612, define la estructura y funciones de la SDM, dentro de las que se destaca la de “planear, coordinar y controlar la operación, entre otros mecanismos de seguridad vial, de la semaforización y señalización de los segmentos viales del Distrito Capital”. La Dirección de Seguridad Vial y Comportamiento del Tránsito, es una dependencia de la Subsecretaría de Política Sectorial, que tiene a su cargo la definición de políticas referentes al ordenamiento del tránsito y la seguridad vial, mediante la elaboración de estudios técnicos, reglamentaciones, apoyo a la formulación de campañas pedagógicas y su aprobación, procesar y analizar las cifras de accidentalidad de forma oportuna y proponer acciones para disminuirla. Actualmente, la SDM desarrolla el Programa “Ruta Pila” que comprende la capacitación a conductores y monitores de las rutas escolares de colegios públicos y privados; así como la verificación de los requisitos que deben cumplir conductores y vehículos mediante operativos.

Fuente: www.alcadiabogota.gov.co.

FIGURA Nº 17. Organigrama de la Secretaría Distrital de Movilidad.

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Decreto 567 de diciembre 29 de 2006 "por el cual se adopta la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Movilidad, y se dictan otras disposiciones".

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Policía Metropolitana de Bogotá: Policía de Tránsito La Policía de Tránsito de Bogotá desempeña múltiples actividades referentes a la regulación y el control del tráfico, tanto en condiciones normales como durante eventos y actividades especiales, la inspección sobre el cumplimiento de la normatividad por parte de todos los usuarios viales, la atención de accidentes de tránsito su trámite correspondiente, la investigación sobre las causas de accidentalidad y el manejo estadístico, la ejecución de operativos de control y recuperación del espacio público, de embriaguez, de velocidad y de contaminación, control de infracciones, reporte sobre daños de la infraestructura y los dispositivos de control. Dentro de las funciones de pedagogía y prevención la Policía implementa dispositivos y operativos conocidos como Planes Éxodo y Retorno; así como campañas de sensibilización a todos los usuarios viales. En cuanto a la seguridad vial escolar, la Policía apoya y acompaña a los Comités de Movilidad locales, en los que deberían participar los representantes de los centros educativos. Fondo de Prevención Vial Es una Entidad privada sin ánimo de lucro, administrada por las compañías aseguradoras del SOAT13, quienes la financian con el 3% del valor de las primas que recaudan y cuyas funciones principales son: Campañas de prevención. Sensibilización. Cultura vial. Seguridad vial. Capacitación a conductores. Actualización y divulgación de normas de tránsito. Manuales técnicos. Estadísticas y accidentalidad. Sistema de información SIAT. Coordinación con entidades estatales.

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SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.

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Fuente: Fondo de Prevención Vial.

FIGURA Nº 18. Campaña de seguridad vial escolar.

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Formas de intervención INTRODUCCIÓN Cualquier actor de la seguridad vial escolar debe estar en capacidad de intervenir, de forma organizada, programada y confiable, en el modo en que se deben realizar los desplazamientos, el ascenso y descenso a vehículos, la ubicación de pasajeros dentro de los mismos y la identificación de necesidades específicas del micro territorio escolar, entre otras actividades conexas. Es totalmente recomendable que dicha intervención sea el resultado de un proceso programático, previo al estudio de los fundamentos de la seguridad vial, la instrucción por parte de expertos, el conocimiento de las señales de tránsito, el análisis de la normatividad vigente, la coordinación con las autoridades; así como otros requerimientos que conduzcan a la conformación de grupos entrenados y reconocidos, dentro de la comunidad escolar. La Secretaría Distrital de Movilidad en Bogotá, promueve, coordina y apoya la creación y gestión de comités de seguridad vial escolar, que llevan a la creación de patrullas escolares con la fundamentación teórica y práctica para asumir las responsabilidades, dentro de un marco normativo, que pretende incluir la formación en seguridad vial como proyecto pedagógico. En este capítulo se analizarán las particularidades de la normatividad establecida para la conformación de los grupos mencionados; así como de la estructuración de los grupos en sí, de tal forma que sea posible tener una visión general de las necesidades del entorno escolar propio.

OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Estudiar, desde las competencias de los actores escolares de la seguridad vial, algunas formas posibles de intervención encaminadas a la gestión y prevención del riesgo, con el fin de establecer un marco básico de acción. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Conocer la normatividad que regula las formas de intervención de los actores escolares en la gestión de la seguridad vial; así como las que las promueven, con el fin de precisar que se cuenta con un marco regulatorio. Analizar el papel desempeñado por los grupos u organizaciones que se pueden conformar en el entorno escolar, tanto para la definición de estrategias, la transferencia de información y educación en seguridad vial, como para la logística y puesta en marcha de los proyectos definidos.

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NORMAS QUE PROMUEVEN Y REGULAN LAS FORMAS DE INTERVENCIÓN Aunque en el capítulo 9 se tratará en detalle la normatividad vigente en materia de educación y seguridad vial escolar, en este punto se extractará, de la misma, la información concerniente a la conformación de grupos de prevención y apoyo. Sí bien, toda la normativa expresa, en general, la orientación hacia una política de prevención, ésta se hace manifiesta en el Acuerdo 173 de 2005 “por el cual se establece el Sistema Distrital de Seguridad Escolar (SISDICE)” y en la Directiva Ministerial No. 13 de 2003 que hace referencia a la conformación y operación de las patrullas escolares, en consonancia con la obligatoriedad de la educación en tránsito y seguridad vial definida en la Ley 769 de 2002 “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre”; igualmente, el Decreto 164 de 2007 por medio del cual “se adopta la formación en seguridad vial escolar como proyecto pedagógico transversal del currículo para todas las instituciones educativas públicas y privadas de Bogotá”, define la formación en seguridad vial como “el conjunto de procesos, estrategias, actividades pedagógicas, artísticas, lúdicas y recreativas; contenidos disciplinares, multidisciplinares y transdisciplinares, metodologías, didácticas organizadas, secuenciadas para ser desarrolladas dentro y fuera de la institución, orientadas a complementar la formación integral de la persona y a la creación de una cultura del respeto por la vida, a la contribución para que todas las personas asuman actitudes, hábitos y generen valores frente a la movilidad, a transformar los entornos, utilizar las temáticas de seguridad escolar como contenidos e instrumentales de aprendizaje y de respeto por la vida de los niños, niñas y jóvenes, abordándolos como ejes formativos integradores del currículo, los planes y programas de estudio de las instituciones educativas de educación formal y no formal, públicas y privadas del Distrito”14.

COMITÉS DE SEGURIDAD VIAL El Sistema Distrital de Seguridad Escolar está integrado por el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales de seguridad orientados al sector escolar público y privado contenidos en el Acuerdo 173 de 200515. En este Acuerdo se presenta una definición muy importante del área de influencia de la seguridad vial escolar, acorde con la presentada en los capítulos anteriores del módulo, a saber; únicamente para los efectos de la aplicación del presente Acuerdo se entenderán como escenarios de seguridad escolar, la zona escolar que incluye las instalaciones físicas de las instituciones educativas públicas y privadas de la Ciudad de Bogotá, los vehículos y demás medios de transporte escolar, y las vías públicas utilizadas por los estudiantes en sus desplazamientos

14

Decreto Distrital 164 de abril 26 de 2007 “por el cual se adopta la formación en seguridad vial escolar como proyecto pedagógico transversal del currículo para todas las instituciones educativas públicas y privadas de Bogotá D.C.”. 15

Acuerdo Distrital 173 de septiembre 23 de 2005 “por el cual se establece el Sistema Distrital de Seguridad Escolar y se dictan otras disposiciones”.

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entre la zona escolar y sus residencias, así como los lugares externos a las instalaciones escolares donde se realicen actividades pedagógicas y eventos de recreación o deporte con participación de los miembros de la comunidad escolar16. El Comité del SISDICE está compuesto por: El Secretario de Educación del Distrito Capital quien lo presidirá o en su defecto el Subsecretario de Educación Académico. El Secretario de Salud del Distrito Capital o su delegado. El Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá o su delegado. El Secretario de Tránsito del Distrito Capital o su delegado. El Personero de Bogotá o su delegado. El Subsecretario de Gobierno para Asuntos de la Convivencia y Seguridad Ciudadana de Bogotá, D. C. El Director de Prevención y Atención de Emergencias de Bogotá D. C. Un representante del Consejo Distrital de Juventud. Un representante de los rectores de las instituciones educativas distritales. Un representante de los rectores de las instituciones educativas privadas. Un representante de las asociaciones de padres de familia del Distrito. Un representante de los Cabildantes Menores elegido por la Veeduría Distrital. Un Personero Escolar designado por la Personería Distrital. Un representante de las empresas de transporte escolar con operación en Bogotá, D.C. Las funciones del Comité son las siguientes: Adoptar el Plan Integral de Seguridad Escolar para el Distrito Capital. Definir las pautas de conformación del Comité de Seguridad Escolar que deberá establecerse en cada una de las instituciones educativas públicas y privadas de Bogotá para la elaboración y ejecución del Plan Integral. Revisar la normatividad vigente en relación con la seguridad escolar, promover su cumplimiento, evaluar e informar acerca de su aplicación y proponer modificaciones o iniciativas ante las instancias competentes. Promover la realización de campañas educativas que inculquen en los niños y niñas desde sus primeros años de vida los conceptos de seguridad, prevención y autocuidado, como bases para la consolidación de la cultura de la prevención y la generación de una conciencia colectiva de autoprotección.

16

Ibíd. 13.

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Exigir de las autoridades el cumplimiento de las normas que garanticen la seguridad de la comunidad educativa en cada uno de los escenarios consagrados en el parágrafo 2° del artículo 2° del presente Acuerdo. Darse su propio reglamento interno. Como puede inferirse, la política de la Ciudad propende por una integración total de todos los actores de la actividad escolar, dirigida hacia la concienciación de la importancia de planificar todas las posibles acciones de prevención. Esta integración se hace explicita en el Decreto 164 de 2007, en el que se definen como sujetos de la formación en seguridad vial a los directivos docentes, docentes, niños, niñas, jóvenes y adultos, padres y madres de familia, así como los habitantes del Distrito Capital, las autoridades educativas y las vinculadas con la movilidad en la Ciudad, organizaciones y entidades públicas y privadas relacionadas con la movilidad. Este mismo Decreto define como lineamientos orientadores de la educación en seguridad vial, los siguientes: La formación en “Seguridad Vial Escolar” debe asumirse como una temática generadora de vida, en cuanto facilita desarrollar una cultura en defensa de una movilidad humana segura. Los procesos y acciones pedagógicas de enseñanza y vivencia de la seguridad vial en las instituciones educativas, deben tener como propósito el desarrollo de conocimientos, habilidades y destrezas que permitan a niños, niñas y jóvenes, ejercer su derecho a la movilidad libre y segura, conocer y respetar las normas de tránsito y los derechos al espacio público de los demás. Las instituciones educativas deben organizar sus proyectos pedagógicos y curriculares a través de ejes integradores que propicien la formación de una cultura en torno a la movilidad segura, despertando una conciencia crítica frente a las consecuencias en lo económico, cultural, social, familiar, de actitudes que ponen en riesgo la vida y la movilidad segura. La formación en seguridad vial escolar debe constituirse en parte esencial del Plan de Estudios y programas en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional y debe plasmarse en los procesos, contenidos, metodologías, lineamientos, para lo cual contará con procesos de acompañamiento de los niveles local y central de las Secretarías de Educación y Movilidad. La formación en seguridad vial escolar debe formar parte de la planeación curricular anual de las instituciones, ser su eje articulador e implementarse de manera gradual a partir de adecuaciones progresivas en cada una de las áreas del conocimiento y hacerse visible en proyectos pedagógicos integrados. La conformación de los Comités de Seguridad Escolar debe garantizar la participación de todos los grupos de actores, teniendo en cuenta sus opiniones y sometiendo a consenso general las determinaciones del conjunto; igualmente, se debe buscar su formación

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integral en seguridad vial y hacer efectivas las estrategias de transferencia de este conocimiento.

PATRULLAS ESCOLARES Las patrullas escolares son grupos compuestos por profesores y estudiantes que tienen como función principal la definición e implementación de planes de seguridad vial, representados en la formulación de campañas de educación vial en el entorno escolar y los planes de manejo del tráfico durante las actividades de cada institución, no sólo en la entrada y salida general, sino también en el evento de presentarse actividades extracurriculares, con base en la formación de cultura ciudadana. Actualmente, el Cuerpo de Auxiliares Bachilleres de la Policía Metropolitana de Bogotá apoya a las Patrullas escolares, mejorando así las estrategias y planes, gracias a la instrucción específica que estos jóvenes reciben para la regulación del tráfico. Normalmente, las patrullas escolares están conformadas por 5 ó 6 personas de la institución, que corresponden a 4 ó 5 estudiantes de los grados superiores y un profesor coordinador, un número elevado de integrantes en la patrulla puede disminuir la efectividad de la misma, debido a dificultades en su coordinación. Para gestionar el acompañamiento de Auxiliares Bachilleres, la institución interesada debe comunicarse a los correos electrónicos: sembamebog@policia.gov.co o prensabachilleresmebog@gmail.com. Tanto los estudiantes como los auxiliares bachilleres se convierten, entonces, en multiplicadores de la cultura de seguridad, en pro de la disminución de accidentes, la identificación de necesidades específicas de cada sector de la Ciudad.

Fuente: Página Web de la Policía Nacional de Colombia.

FIGURA Nº 19. Auxiliares Bachilleres en patrullas escolares.

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Las funciones básicas de la patrulla escolar son las siguientes: Apoyar a las autoridades de tránsito durante los operativos de seguridad. Tomar contacto con la comunidad del entorno escolar para informar y prevenir sobre los operativos y la existencia de la patrulla misma. Indicar la forma más segura de comportarse en la vía a los usuarios más vulnerables y acompañarlos durante los operativos. Definir rutas seguras para el desplazamiento de todos los actores.

Fuente: Página Web de la Secretaría Distrital de Movilidad.

FIGURA Nº 20. Cruce de estudiantes empleando la zona escolar demarcada. Aunque la participación de los estudiantes en las patrullas es una actividad voluntaria, los directivos y docentes responsables deben ejecutar un proceso de selección para identificar fortalezas y debilidades; así como capacidad de liderar los operativos. En este sentido es muy importante recalcar que los estudiantes deben estar acompañados, supervisados y dirigidos por una autoridad de la institución en todo momento; esta autoridad puede estar en cabeza de la rectoría o de docentes encargados, quienes deben implementar programas de información y motivación entre los estudiantes con el fin de incentivarlos a participar, siempre y cuando los padres lo autoricen y estén al tanto del programa. Los rangos y autoridad de las personas que componen la patrulla deben ser similares a los establecidos dentro de la organización de la institución, con el fin de mantener las atribuciones que toda la comunidad escolar está acostumbrada a respetar; sin embargo, es necesario que dentro de la capacitación que se da a los estudiantes se inculque el respeto por sus compañeros

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que hacen parte del grupo de seguridad vial. Desde este punto de vista y de acuerdo con las recomendaciones del Fondo de Seguridad Vial17, los integrantes de la patrulla deberían ser: Director(a) de la institución educativa: representa la máxima autoridad y principal organizador de la patrulla escolar de tránsito del plantel, con las siguientes funciones: Crear mecanismos de participación de todos los actores en la formulación de estrategias, planes y operativos. Coordinar reuniones periódicas en las que se traten los temas acordados según la agenda, teniendo en cuenta la opinión y recomendaciones de los integrantes de la patrulla, con el propósito de ser puestas en prácticas, según consenso. Solicitar y coordinar el acompañamiento de las autoridades de tránsito y brindarles el apoyo de la patrulla. Analizar y definir los tiempos de duración de los operativos, de acuerdo con análisis de campo, en coordinación con los profesores responsables y los padres de familia. Asegurar la continuidad y buen estado de los implementos de seguridad necesarios. Designar uno o varios profesores, como responsables de los operativos. Profesores designados: son delegados del director y acompañarán, en todo momento, a la patrulla, siendo la autoridad máxima durante los operativos, con las siguientes funciones: Dirigir y coordinar todas las actividades operativas de la patrulla. Asignar funciones a los integrantes de la patrulla y supervisar continuamente su trabajo. Seleccionar jefes y subjefes de patrulla (en algunas fuentes se conocen como brigadieres de patrulla) y patrulleros. Identificar actitudes impropias del personal que puedan afectar la efectividad del operativo y la seguridad de la comunidad educativa. Jefe de patrulla: es un(a) estudiante de los grados superiores, que se caracterice por su responsabilidad, colaboración y trato cortés hacia adultos y menores, con las siguientes funciones: Velar por el cumplimiento de los lineamientos, estrategias y planes definidos para la operación de la patrulla. Dar la orden de inicio y fin del operativo. Verificar y controlar la ubicación y actitud de servicio de los patrulleros antes, durante y después del operativo.

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Fondo de Prevención Vial. “Educación en tránsito”: cartilla enfocada a jóvenes y niños que servirá para el desarrollo de una orientación pedagógica y organizativa en el tránsito para la Ciudad de Bogotá.

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Realizar control de asistencia de los integrantes de la patrulla. Llevar una bitácora de trabajo y control de todas las actividades de la patrulla. Subjefe de patrulla: estudiante de los grados superiores, con las siguientes funciones: Suplir al jefe de patrulla en caso que éste no pueda asistir. Llevar una bitácora de registro de las infracciones de tránsito cometidas por estudiantes y conductores. Lazo: es la persona que impedirá que los estudiantes bajen del andén a la calzada antes que los vehículos de hayan detenido, confirmando dicha detención. Enviador: se ubicará en acceso de la institución y guiará a los estudiantes para que transiten por las zonas seguras predefinidas. Receptor: guiará a los estudiantes durante su paso por la calzada vehicular. Pare: es la persona que porta la señal de PARE y que la subirá o bajará, de forma visible, de acuerdo con las indicaciones del jefe de patrulla. Durante la operación, es indispensable verificar las condiciones del tráfico en cuanto a la composición vehicular, entendida ésta como las proporciones o porcentajes de los diferentes tipos de vehículos que circulan por las vías en las que se realizará el operativo. Lo anterior no implica realizar conteos, pero sí apreciar de forma general la posible presencia de vehículos pesados y otros de tamaño grande como buses y busetas; ya que éstos requieren de mayores distancias para frenar. Por esta razón, la localización de los puntos de cierre temporal de la vía debe estar planteada de forma que todos los actores tengan visibilidad suficiente para notar la presencia de la patrulla escolar; en principio, todo operativo debe apoyarse en la señalización existente de zona escolar, sí la hay, y en caso contrario, ubicarlo en lugares donde se pueda observar de mejor forma la operación vehicular del entorno. Igualmente, los usuarios de vehículos de tamaño pequeño, como motocicletas y automóviles, son los que tienden a desarrollar mayores velocidades, por lo que es necesario tener la mayor prudencia al levantar las señales de PARE para evitar sorprender a estos conductores. Básicamente, existente dos señales o indicaciones que están a cargo del jefe de patrulla: Levantar la mano izquierda para indicar a los demás integrantes de la patrulla que deben estar atentos a levantar la señales de PARE. Levantar la mano derecha para indicar que se deben levantar las señales de PARE. Luego de lo anterior, todos los integrantes de la patrulla, especialmente los lazos, enviadores y receptores, deben estar atentos a permitir o impedir el paso de los estudiantes. Para abrir de nuevo el tránsito vehicular, el jefe de patrulla debe levantar, nuevamente, la mano izquierda,

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indicando que se debe impedir el paso de estudiantes y cuando pase el último, levantará la mano derecha para indicar que se deben bajar las señales de PARE. Las indicaciones anteriores son válidas cuando no se cuenta con semáforos, aunque también son aplicables cuando estos dispositivos están presentes, siempre y cuando se respeten las fases semafóricas y la patrulla sea un apoyo a dicha señalización. En ocasiones, sólo cuando se haga presente la Policía de Tránsito se puede regular el tráfico de forma independiente a los ciclos semafóricos; ya que la autoridad de ésta prima sobre cualquier dispositivo de control. En toda actividad de la patrulla se debe contar con elementos de seguridad que garanticen que todos los actores viales noten la presencia del operativo. El uso de chalecos y demás aditamentos reflectivos es indispensable; así como de las señales de PARE de mano. Es recomendable, además, utilizar gorras o viseras que impidan el deslumbramiento por rayos solares, para que los integrantes de la patrulla puedan estar atentos a todos los eventos de la vía.

Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 21. Franja de la zona escolar por la que se debe hacer el cruce peatonal.

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Promoción de la seguridad INTRODUCCIÓN Se consideran tres componentes básicos para lograr generar niveles aceptables de seguridad vial; la ingeniería, asociada al diseño y programación lógica de la infraestructura, los desplazamientos y la normatividad; la vigilancia, dirigida a la necesidad de hacer cumplir las normas y, finalmente, la educación. Dentro de esta última se encuentran varios objetivos, como es la promoción de la seguridad vial, relacionada con la publicidad educativa en aspectos como: El respeto de las señales de tránsito. La circulación peatonal por las zonas indicadas. La prudencia y el uso de cinturones de seguridad. El acatamiento de las instrucciones de la policía de tránsito que priman sobre las señales de tránsito. Los límites de velocidad. La conducción de vehículos de forma defensiva. Como puede observarse, estos aspectos tienen que ver exclusivamente con el comportamiento humano; sin embargo, debe tenerse presente que el buen estado de vías y vehículos representa un componente fundamental. En el entorno escolar, la promoción de la seguridad se centra en los cuatro primeros puntos del listado anterior y de su impacto dependerá buena parte del éxito de los programas ideados.

OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Conocer metodologías básicas de promoción de la seguridad vial escolar mediante el análisis de algunos proyectos desarrollados por entidades especializadas en el tema, buscando incentivar la iniciativa de los actores escolares hacia la formulación de estrategias y campañas. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Desarrollar habilidades para la identificación de necesidades particulares en seguridad vial escolar, que conformen la base de los programas específicos de cada entorno escolar y/o de los programas generados por varios centros educativos cercanos con condiciones similares. Proporcionar herramientas básicas para la formulación de campañas de seguridad vial, bajo un contexto publicitario que logre impactar e influenciar sobre el proceder de los actores escolares

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CAMPAÑAS PUBLICITARIAS DE SEGURIDAD VIAL ESCOLAR Parte de la formación en seguridad vial escolar debe enfocarse en la capacitación para adquirir conocimientos básicos de promoción de la seguridad. El Decreto Distrital 164 de 2007 “por el cual se adopta la formación en seguridad vial escolar como proyecto pedagógico transversal del currículo para todas las instituciones educativas públicas y privadas de Bogotá D.C.”, define, en su Artículo Séptimo, la obligatoriedad del diseño de un Plan de Seguridad Escolar y un Manual Didáctico, así: “las instituciones educativas diseñarán y adoptarán un Plan de Seguridad Escolar y un manual didáctico para manejo de crisis y autoprotección escolar, de acuerdo con el Plan Integral de Seguridad Escolar «PISE», incluyendo estrategias para la reflexión y decisión pedagógica, las prioridades, la pertinencia y posibilidades del desarrollo de contenidos y las metodologías, atendiendo a las necesidades, los grados, los procesos académicos, el contexto y las características de la comunidad educativa”18. Desde este punto de partida, las Secretarías de Educación y de Movilidad deberán diseñar el material pedagógico necesario para capacitar a los actores de la seguridad vial escolar para que éstos, a su vez, planeen, diseñen, coordinen y pongan en práctica los Planes de Seguridad de cada institución que, necesariamente, deben ir acompañados de material audiovisual de promoción de la seguridad, de acuerdo con las necesidades y herramientas propias del entorno La promoción de la seguridad escolar, no sólo vial sino de todo tipo, es un componente básico de la prevención y es un apoyo inmediato en el propósito de transmitir un mensaje directo a los actores sobre diferentes temas. Desde lo vial, las campañas deberían estar enfocadas hacia: El conocimiento de la existencia de la patrulla escolar y el respeto a sus indicaciones. El cruce de vías vehiculares por sitios seguros y/o demarcados para tal fin. El uso de cinturón de seguridad durante los trayectos en rutas escolares. El acatamiento de las señales de los dispositivos semafóricos. La observación previa a ambos lados de la vía antes de cruzarla. Evitar circular en vehículos en condiciones de sobrecupo. El comportamiento seguro durante la circulación como peatón, ciclista o usuario de patines y patinetas, evitando juegos riesgosos. Prevenir la circulación por vías vehiculares, andenes y ciclorrutas bajo el efecto del alcohol y/o de sustancias sicotrópicas. La ayuda a personas con movilidad reducida. La cultura ciudadana y la cortesía en el trato con los demás actores del entorno escolar.

18

Decreto Distrital 164 de abril 26 de 2007. “Por el cual se adopta la formación en seguridad vial escolar como proyecto pedagógico transversal del currículo para todas las instituciones educativas públicas y privadas de Bogotá D.C.”.

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La lista de posibles temas es extensa, especialmente, si se tiene en cuenta que se deben proponer campañas dirigidas a actores de diferentes edades; tal es el caso de los estudiantes, dentro de los que se cuenta con niños y jóvenes de todas las edades y cuyo nivel de comprensión es igualmente diferente.

ESTRATEGIAS PARA ATRAER LA ATENCIÓN Las estrategias para hacer efectiva una campaña de seguridad vial escolar dependen del tipo de material que se pretenda generar, debido a que se puede plantear la posibilidad de un folleto, una cartilla, un manual, un póster (afiche), un mensaje sonoro (algunas entidades educativas cuentan con emisora y con difusión de mensajes por altavoz) y/o una valla que generalmente tiene mayor tamaño que el póster. En el caso de las cartillas, pueden estar dirigidas a actores de todas las edades; sin embargo, en el caso de los niños, se ha comprobado que la estructuración de la información, en forma de cuento, capta de mejor forma su atención y se consigue mayor captación del mensaje. El componente gráfico (ilustraciones) es fundamental en el diseño, tanto para recrear situaciones y para presentar objetos específicos como señales de tránsito, semáforos, etc. En este sentido, es importante identificar habilidades para diagramar y dibujar, dentro del equipo de trabajo, pues no necesariamente se requiere de un diseño estrictamente profesional. El acompañamiento de la información con juegos didácticos y actividades prácticas es igualmente recomendable.

Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad.

FIGURA Nº 22. Juego didáctico para conocer los elementos que debe portar el patrullero escolar. Los manuales suelen estar dirigidos a actores de educación secundaria en adelante, dado que presentan instrucciones precisas sobre comportamientos deseables y acciones a realizar en cuanto a la prevención y en caso de eventualidades y accidentes. En estos documentos la

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complementación gráfica debería ser lo más detallada posible, preferiblemente por medio de fotografías, con las que se puede mostrar una situación específica; los manuales son, entonces, guías precisas sobre procedimientos. Dentro diferentes publicaciones internacionales, se considera que el Manual de seguridad vial: El factor alcohol, es un ejemplo acertado en cuanto a su contenido, estructura y presentación19. Los pósters o afiches y las vallas son el material que puede generar mayor impacto, debido a su fácil y rápida observación, cuyo mensaje debe ser directo y, en ocasiones sugestivo, acompañado de información gráfica efectiva. En muchos casos, el mensaje textual suele ser un juego de palabras que incita a observar la parte gráfica y viceversa, complementándose para formar una idea precisa.

Fuente: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia – España (2009).

19

TOLEDO, Francisco, CAMPÓN, Andrés & Martín, Francisco. Manual de seguridad vial: el factor alcohol. Universidad de Valencia. Editorial Aranzadi, 2009. 464p.

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FIGURA Nº 23. Campaña seguridad vial enfocada a motociclistas.

ENTIDADES Y EJEMPLOS DE CAMPAÑA Los contenidos en línea desarrollados por Entidades públicas y privadas, en Colombia, son de gran ayuda al diseñar Planes de Seguridad en las instituciones educativas; ya que permiten conocer formas de presentar la información y amplían la perspectiva respecto a las situaciones que pueden suceder en cada entorno, hacia las que se requiere enfocar las campañas de prevención. En este sentido, el Ministerio de Transporte de Colombia y el Fondo de Prevención Vial presentaron, en el año 2006, la campaña de seguridad vial escolar denominada “Luz verde a la vía del saber”20. Para esta campaña se desarrolló un material didáctico en el que se presentan animaciones que permiten conocer las señales de tránsito, los agentes, los semáforos, las cebras, normas de circulación en ciclo rutas y el decálogo del peatón, entre otros temas. Esta campaña impacta por la calidad de las animaciones y los textos cortos y directos, cuyo material también se puede imprimir para armar una cartilla.

Fuente: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia – España (2009). Fuente: Ministerio de Transporte.

FIGURA Nº 24. Campaña de seguridad vial del Ministerio de Transporte de Colombia y el Fondo de Prevención Vial. La Policía Nacional de Colombia realiza múltiples campañas de prevención vial que van desde la publicación de volantes, folletos y cartillas, mensajes por radio y televisión, hasta la implementación de operativos para tomar contacto directo con la comunidad. La labor de la Policía es fundamental, ya que por su condición de autoridad atrae la atención de mayor forma,

20

www.mintransporte.gov.co/seguridad_vial/educacion

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logrando influir positivamente en el comportamiento de los actores debido a la concientización sobre la posibilidad de incurrir en sanciones, multas y la posibilidad, en el caso de los conductores, de perder su licencia. En Bogotá, la Policía Metropolitana ha llevado sus campañas pedagógicas a sitios de alta afluencia de personas, como centros comerciales y también lo hace permanentemente, en la vía misma.

Fuente: Página web de la Policía Nacional de Colombia.

FIGURA Nº 25. Campaña de prevención vial en centros comerciales. El cuerpo de Auxiliares Bachilleres de la Policía también realiza actividades y campañas de seguridad permanentes, en puntos específicos de vías donde se registra un número significativo de accidentes induciendo, por ejemplo, a los peatones a cruzar por las cebras.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 26. Auxiliares bachilleres de la Policía Nacional. La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá presenta en su página web, en la sección “Educación Vial”21, una serie de juegos didácticos dirigidos a la población escolar para aprender sobre la vía y las prelaciones, las prioridades de paso para evitar accidentes, las marcas viales o demarcación, el agente de tránsito y el semáforo, las actitudes que producen accidentes y, finalmente, la patrulla escolar. Estos juegos pueden emplearse como actividades complementarias a las campañas de seguridad y sus ilustraciones pueden ser adaptadas a las situaciones que se quieren presentar, producto del reconocimiento del entorno escolar; por ejemplo, el uso de puentes peatonales, el ascenso y descenso de vehículos en condiciones seguras, entre otros.

21

www.movilidadbogota.gov.co.

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Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá.

FIGURA Nº 27. Campaña de prevención vial en centros comerciales. Como se mencionó en capítulos anteriores, en el País se cuenta con el Fondo de Prevención Vial que es una Entidad no gubernamental sin ánimo de lucro, dedicada a la investigación de accidentalidad y la formulación permanente de campañas para prevenirla, en conjunto con Entidades estatales como la Policía, el Ministerio de Transporte y el Instituto Nacional de Vías (INVIAS). El Fondo es administrado por las compañías aseguradores que expiden el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y solventado con un porcentaje del pago que hacen los asegurados. Esta Entidad, creada en 1995, ha publicado una gran cantidad de documentos técnicos, resultados de investigaciones, manuales y campañas publicitarias de gran impacto, enfocadas a cada actor vial; sin embargo, debido a los cambios y modernización de vías y vehículos, el crecimiento de la población y de las zonas urbanas, la aparición de nuevos factores que tienden a aumentar la accidentalidad, el aumento del parque automotor y los cambios en las costumbres y actividades humanas, las políticas públicas de seguridad vial deben ser modificadas y, por consiguiente, el enfoque de las campañas debe ser redirigido y especializado a contextos y/o puntos críticos concretos, como es el caso de los entornos escolares. La información desarrollada y publicada por el Fondo está disponible en la página www.fonprevial.org.co.

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Fuente: Fondo de Prevención Vial.

FIGURA Nº 28. Campaña de prevención dirigida al conductor de transporte escolar. El Centro de Experimentación y Seguridad Vial Colombia S.A., (CESVI Colombia) es una Entidad privada dedicada a la investigación de la accidentalidad y su experimentación; dentro las actividades que desarrolla, se encuentran diferentes campañas de seguridad vial y la formación especializada para la conducción de todo tipo de vehículos, el conocimiento de la máquina y su revisión, planificar rutas de operación y preparar el vehículo para éstas.

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NORMATIVIDAD VIGENTE INTRODUCCIÓN La invención del vehículo automotor dio origen a la expedición de normas, debido a que su producción en masa hizo necesario regular la circulación y, por otra parte, trabajar en contra de las cifras crecientes de accidentalidad. El conocimiento de la normatividad vigente proporciona las herramientas necesarias para formular y llevar a cabo los programas de seguridad, dado que en ésta se encuentra plasmada la política nacional y distrital al respecto. La normatividad contempla dos aspectos fundamentales; los derechos y deberes de los ciudadanos y las normas de comportamiento de los usuarios viales (peatones y conductores de todo tipo de vehículos) y, bajo este marco, se deberán estructurar las estrategias de seguridad vial escolar en el microterritorio, teniendo presente que se cuenta con una autoridad local única que, en el caso de Bogotá, es la Secretaría Distrital de Movilidad. El estudio de la normatividad parte la Constitución Nacional de 1991 que establece el derecho de los ciudadanos a la libre circulación por el territorio; luego, las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996 que regulan las actividades concernientes al transporte; la Ley 769 de 2002, conocida como el Código de tránsito, en la que se definen los parámetros básicos de circulación; la Ley 115 de 1994 ó Ley general de educación y finalmente, varios Decretos y Acuerdos distritales encaminados a definir la política de educación en seguridad vial de la Ciudad.

OBJETIVOS. OBJETIVO GENERAL Conocer la base normativa vigente que regula las actividades del tránsito y el transporte en Colombia, con el fin de comprender el por qué de las decisiones gubernamentales asociadas a la definición de políticas en seguridad vial. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Advertir sobre la importancia fundamental que tiene el conocimiento de la normatividad en el enfoque que se dé a las estrategias y medidas de seguridad vial escolar, mediante la lectura y análisis de apartes fundamentales de la reglamentación vigente, con el fin de reconocer posibles implicaciones legales. Fomentar el hábito de investigar sobre estrategias, medidas y políticas de seguridad vial escolar, analizando informes y resultados que, al respecto, han publicado entidades especializadas, con el propósito de ampliar la perspectiva de todos los actores.

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CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991 La Constitución colombiana de 1991 es la carta de navegación del País, en la que se establecen los principios fundamentales que dan origen a la definición de los derechos y deberes de los ciudadanos, con base en la conformación de un Estado social de derecho. El Estado debe, entonces, servir a la comunidad para hacer efectivos estos derechos y deberes de forma que se desarrolle una convivencia pacífica, a partir de la base del respeto a la vida. Para lograr este objetivo, se ha establecido que la familia es la base de la sociedad, y desde allí deben inculcarse los valores humanos que, desde lo concerniente a la seguridad vial, hacen referencia a la responsabilidad social que implica ser usuario de las vías públicas y privadas, la decencia al interactuar con otros usuarios, la sensibilidad para comprender que cada persona tiene reacciones y posibilidades de movilización diferentes, la prudencia y el autodominio, entre otros tantos. Colombia es un País multiétnico y multicultural, por lo que la idiosincrasia de los diferentes grupos sociales y culturales es un factor a tener en cuenta en la formación de los jóvenes, tanto en la familia como en la escuela. Con base en los principios anteriores, la Constitución define, en su Artículo 24 que “todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia”22; sin embargo, esta circulación debe ser regulada partiendo del derecho a la propiedad privada y al principio de la interacción de las personas en las vías públicas. La reglamentación de la forma segura de circular, como peatón o usuario de un vehículo, implica la necesidad de formar y educar a los residentes en el País, para este fin; razón por la que, bajo el derecho a la formación integral, se debe incluir la capacitación en seguridad vial como eje transversal de los proyectos educativos.

LEY 105 DE 1993, MARCO DEL TRANSPORTE La Ley 105 de 199323, decreta la conformación del Sector y el Sistema nacional del transporte, como se explicó en capítulos anteriores. Una de las prioridades de las Entidades que conforman estos dos (2) grupos, es la seguridad de las personas como unos de los principios rectores y fundamentales del transporte, ya sea como peatón o usuario del transporte particular o público; haciendo especial énfasis en el acceso seguro al transporte de las personas con discapacidades físicas, sensoriales o psíquicas. Para velar por la seguridad y por el control efectivo del tránsito se delegan, en la Policía de Tránsito, las funciones concernientes a la vigilancia del cumplimiento de

22

Constitución Política de Colombia (1991), Título II “de los derechos, las garantías y los deberes”, Capítulo 1 “de los derechos fundamentales”. 23

Ley 105 de diciembre 30 de 1993, “por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones”.

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la normatividad al respecto, en las vías públicas, de forma preventiva, de cooperación técnica y humana y de tipo sancionatorio.

Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 29. Actividades de apoyo en tránsito de la Policía Nacional. LEY 336 DE 1996, ESTATUTO NACIONAL DEL TRANSPORTE La legislación colombiana define el transporte como un servicio público esencial, debido a su condición de actividad transversal a las actividades económicas y productivas del País, permitiendo la integración entre sectores productivos y de consumo, así como el desplazamiento de personas y cosas, realizando viajes que pueden ser de carácter interurbano, local, municipal, departamental, nacional e internacional; razón por la que el Estatuto Nacional del Transporte ubica, dentro de sus objetivos, la seguridad de los usuarios, entendida como su protección dentro de las actividades del transporte. Sí bien, la Ley 336 de 199624, está enfocada a la reglamentación y conformación de las empresas de transporte, es importante resaltar que en ésta se especifica, en todo momento, que la infraestructura y los equipos empleados en esta actividad deben contar con condiciones mínimas de accesibilidad, comodidad y seguridad para todos los usuarios. En este sentido, en el parágrafo

24

Ley 336 de octubre 20 de 1996 “por la cual se adopta el Estatuto Nacional del Transporte”.

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del Artículo 31, Capítulo Octavo, se aclara que “por razones de seguridad vial, el nuevo Código Nacional de Tránsito Terrestre deberá estipular, desarrollar y reglamentar la reglamentación de la revisión técnico mecánica vehicular en transporte público y privado…”; lo anterior incluye, lógicamente, al transporte escolar. LEY 769 DE 2002, CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO TERRESTRE Con el propósito de definir y elaborar los planes y programas de seguridad vial del entorno escolar, la Ley 769 de 200225, presenta una serie definiciones sobre conceptos básicos de tránsito y transporte que facilitan la compresión de las políticas y medidas que la Administración Distrital toma en este aspecto. Seguidamente, se define el orden jerárquico de las Autoridades de tránsito, que es necesario analizar para comprender qué eventos, acciones y actuaciones son competencia de cada una, y así gestionar, desde ámbito escolar, los recursos y la capacitación necesaria para ejecutar el PEI y la operatividad del comité y la patrulla escolar. Las autoridades de tránsito tienen la obligación, desde el cumplimiento del régimen normativo, de velar por la seguridad de las personas y las cosas en las vías públicas y privadas, dejando en manos de la Policía Nacional la reglamentación para la formación y especialización en seguridad vial de los cuerpos de Policía de Tránsito a nivel urbano y de Policía de Carreteras, con la colaboración del Ministerio de Transporte, cuyos miembros deben desempeñarse como multiplicadores de instrucción recibida. Como base de la educación en tránsito y seguridad vial, el Código de Tránsito estable los parámetros mínimos de comportamiento seguro de los actores, definiendo como regla general que “toda persona que tome parte en el tránsito como conductor, pasajero o peatón, debe comportarse de forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás y debe conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que le sean aplicables, así como obedecer las indicaciones que les den las autoridades de tránsito”; y para lograrlo, se establece la obligatoriedad de la enseñanza en los niveles Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Medía Vocacional, de cursos de tránsito y seguridad vial previamente diseñados por el Gobierno Nacional, basados en cartillas, documentos básicos de estudio y la adopción de herramientas tecnológicas didácticas modernas y dinámicas para simular el contenido de la información escrita. En todos los actores del entorno escolar, especialmente en los menores de edad, es necesario inculcar las normas básicas de circulación peatonal, en cuanto a la necesidad y el deber de transitar por la zonas destinadas para este fin; así como teniendo presente que hay prohibiciones expresas en la Ley para su comportamiento, tales como26:

25

Ley 769 de agosto 6 de 2002 “por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones. 26

Ibíd. 23. Título III “Normas de comportamiento”, Capítulo II, Artículo 58 “Prohibiciones a los peatones”.

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Invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, ni transitar por ésta en patines, monopatines, patinetas o similares. Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito. Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre los guardavías del ferrocarril. Ubicarse delante o detrás de un vehículo que tenga el motor encendido. Remolcarse de vehículos en movimiento. Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física. Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales. Ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, la cual se establece a una distancia no menor de doce (12) metros a lado y lado del eje de la vía férrea. Subirse o bajarse de los vehículos, estando éstos en movimiento, cualquiera que sea la operación o maniobra que estén realizando. Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas.

Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 30. Cruce peatonal a riesgo en una intersección amplia. La normatividad también es clara al definir las obligaciones de los individuos frente a las necesidades de movilidad de personas con movilidad reducida, conocidos también como peatones especiales. Las personas invidentes, los sordomudos, los ancianos, los niños menores de seis (6) años, las personas que sufran trastornos mentales y quienes se encuentren bajo efectos del

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alcohol, drogas o medicamentos deben circular acompañados por personas mayores de dieciséis (16) años, en plena capacidad mental y motriz; este precepto del Código de Tránsito Terrestre es la razón de ser de las patrullas escolares. El conductor de vehículos de transporte escolar, como actor de la seguridad vial, debe acatar los lineamientos básicos del Código debido a la condición de vulnerabilidad de sus pasajeros; hábitos de sencilla aplicación como el uso de las luces direccionales y de parqueo, la detención total ante las señales de PARE, el parqueo a menos de 30cm del andén, no ejecutar maniobras de retroceso en vías principales, respetar las señales de parqueo prohibido y de límite de velocidad, el uso del cinturón de seguridad, no llevar pasajeros fuera del vehículo y aprovisionarse de combustible sin personas dentro del mismo, entre otros, pueden llegar a ser fundamentales en la prevención de accidentes. Estas normas sumadas a otras específicas para conductores de motocicletas, bicicletas, motociclos y moto triciclos, son igualmente aplicables en el entorno escolar, al tener en cuenta que muchos de los desplazamientos de los actores pueden darse en este tipo de vehículos, siempre y cuando se respeten los límites de circulación y se empleen los equipos y dispositivos de seguridad, en los horarios y condiciones preestablecidos por las autoridades de tránsito; cabe anotar que el País cuenta con un régimen sancionatorio, aplicable en todo el territorio, que lleva, en ocasiones, a la imposición de multas, sanciones y/o la inmovilización del vehículo, con los consecuentes costos que conlleva su recuperación. Bogotá, es una Ciudad en crecimiento y renovación permanentes y, por tanto, se desarrollan obras civiles de corta o larga duración, con diferentes impactos sobre la circulación de los actores viales. Desde este punto de vista, es indispensable conocer que, dentro de la señalización estandarizada en el País27, se encuentra incluida la señalización temporal por obras en vía o fuera de ésta que afectan el tránsito normal y cuyo uso es de carácter obligatorio por parte de los interesados y/o en cargados de los proyectos, previo a la elaboración de un diseño de desvíos que debe ser aprobado por la Secretaría Distrital de Movilidad; este diseño es conocido como Plan de Manejo de Tráfico (PMT). Todo desvío por obras debe ofrecer condiciones seguras de operación y, en caso de no brindarlas, cualquier ciudadano está en su derecho y obligación de reportarlo a las autoridades de tránsito.

27

Ibíd. 8.

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Fuente: Figura propia.

FIGURA Nº 31. Señalización de obra empleada en un PMT.

LEY 115 DE 1994, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Una vez establecida la obligatoriedad en cuanto a la formación en tránsito, normada en el Código Nacional de Tránsito Terrestre y de acuerdo con la Ley 115 de 199428, en su definición del concepto de educación como proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos, y de sus deberes, la capacitación en seguridad vial debe conducir hacia la creación de conciencia por el respeto de los derechos de los demás, sin perjuicio de los propios. La Ley General de Educación proporciona una idea bastante clara sobre quiénes son los actores de la seguridad vial escolar, al especificar que, producto de las actividades académicas, se conforma una “comunidad educativa”, integrada por los estudiantes, profesores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos y administradores escolares; todos ellos, según competencia, participarán en el diseño ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI), así como en los Planes de Seguridad Escolar. Para lograr los propósitos anteriores, es necesaria la integración entre la comunidad educativa y la familia, siendo ésta última el núcleo principal de la sociedad.

28

Ley 115 de febrero 8 de 1994 “Ley general de educación”.

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DECRETO 468 DE 1938 Históricamente, la reglamentación sobre la obligatoriedad de la educación en tránsito y seguridad vial tiene su origen en el Decreto 468 de 1938, cuyo Articulo 1 dicta que “a partir de la vigencia del presente Decreto la universidades, los colegios de segunda enseñanza y las escuelas primarias oficiales y privadas tendrán la obligación de suministrarles a sus alumnos enseñanza de las reglas de circulación y transito”.

DECRETO 164 DE 2007 En el capítulo 7 se hizo referencia al Decreto Distrital 164 de 2007, mediante el que se adopta la formación en seguridad vial escolar como proyecto pedagógico transversal en las instituciones educativas públicas y privadas de la Ciudad. Si la educación en seguridad vial se convierte en parte del plan educativo, se requiere de lineamientos orientadores dentro de los que se destaca la seguridad vial escolar como temática generadora de vida, dado que busca la preservación de la integridad física de las personas. De acuerdo con los propósitos del Decreto, las Secretarias Distritales de Educación y Movilidad deberán desarrollar todas las acciones necesarias para capacitar a los directivos y docentes de las entidades objetivo del programa en la Ciudad, quienes luego deberán elaborar el Plan de Seguridad Escolar y el Manual Didáctico.

ACUERDO DISTRITAL 173 DE 2005 Recordando lo visto en el Capítulo 7, el Acuerdo 173 de 2005 establece el Sistema Distrital de Seguridad Escolar "SISDISE", dentro de cuyas funciones se resalta la adopción del Plan Integral de Seguridad Escolar para el Distrito Capital, la conformación del Comité de Seguridad Escolar con el que deberá contar cada entidad educativa de la Ciudad y promover el desarrollo e implementación de campañas de seguridad enfocadas a la educación de niños y niñas desde los primeros años escolares.

DIRECTIVA No. 13 DE 2003 DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL La Directiva Ministerial No. 13 tiene como punto de partida el propósito de la expedición del Código de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002), como herramienta normativa para la disminución del los índices de accidentalidad del País; como se estudió en este Código y en la demás normatividad analizada, la educación en tránsito y seguridad vial pasa a ser parte del proyecto pedagógico escolar y, por tanto, el Ministerio de Educación Nacional recomienda a Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Educación, tener presentes algunas observaciones que permitan cumplir con las disposiciones anteriores, bajo la premisa de ejercer el derecho individual a la movilidad y libre desplazamiento, respetando los derechos de los demás y las normatividad asociada el tránsito, cuyo conjunto redunda en el respeto y el derecho a la vida. La movilidad individual implica necesariamente el uso del espacio público, compuesto por vías, mobiliario urbano y espacios abiertos como parques alamedas, etc.; por lo que la educación vial debe incluir el respeto y cuidado hacia esta infraestructura de la Ciudad, inculcados mediante

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estrategias pedagógicas diseñadas para ser desarrolladas en clase y en campo. El Ministerio de Educación recomienda como alternativas pedagógicas, las siguientes: Las patrullas escolares que se desarrollan en el espacio público con campañas educativas y regulación del tránsito en áreas cercanas a la institución escolar. Trabajo interdisciplinario en torno a temas como movilidad, alcohol, velocidad, primeros auxilios. Visitas a parques recreativos de tránsito. Recorridos y observaciones urbanas. La recreación de ambientes en la Institución Escolar y la realización de actividades con la utilización de materiales pedagógicos dentro de la misma. La utilización de alternativas tecnológicas e interactivas de recreación y aprendizaje. Igualmente, se recomienda hacer uso de programas educativos existente como: Rueda la Rueda, multimedia, Fondo de Prevención Vial. Orientaciones en tránsito y seguridad vial. Fondo de Prevención Vial (2003). Forenses 2002. Datos para la vida Fondo de Prevención Vial ¿Instituto Nacional de Medicina Legal (2003). Caperucicla y el lobo veloz. Fondo de Prevención Vial (2003). Educa a tu gente. Alcaldía Municipal de Ibagué - Secretaria de Tránsito y Transporte - Fondo de Prevención Vial. Programa para la prevención de la accidentabilidad y el respeto por la vida. Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico (2001).

DECRETO 174 DE 2001 – TRANSPORTE ESPECIAL El transporte público terrestre automotor especial es considerado como “aquel que se presta bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada en esta modalidad, a un grupo específico de personas ya sean estudiantes, asalariados, turistas (prestadores de servicios turísticos) o particulares, que requieren de un servicio expreso y que para todo evento se hará con base en un contrato escrito celebrado entre la empresa de transporte y ese grupo específico de usuarios”29; lo anterior incluye, dentro de disposiciones del Decreto 174 de 2001, al transporte escolar que, básicamente, tratan sobre los requisitos que deben cumplir las dichas compañías para poder operar.

29

Decreto Nacional 174 de febrero 5 de 2001 “por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial”.

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En el Capítulo II, Artículos 26 a 28, del Decreto en mención, se presentan los distintivos y requisitos especiales con que deben contar los vehículos de operación escolar, referentes a los colores blanco y verde de la carrocería, las franjas pintadas en el parte trasera de color amarillo y negro intercaladas y la leyenda “escolar”; así como el nombramiento de un adulto, representante de la entidad educativa, en calidad de monitor de ruta durante todo el recorrido. En ningún caso se admitirán pasajeros de pie y la capacidad vehicular no podrá ser excedida, también se debe contar con un sistema de comunicación bidireccional30. Los establecimientos educativos podrán prestar el servicio de transporte escolar privado, siempre que los vehículos sean de su propiedad.

30

Ibid. 27. Artículo 63 y 63.

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DISEÑO Y ORIENTACIÓN DE LOS TALLERES: TALLER 1: DESCUBRIENDO MI ENTORNO OBJETIVO: Realizar la caracterización del entorno escolar mediante recorridos visuales en al área de influencia del colegio, aplicando conceptos adquiridos en los diferentes módulos de seguridad vial, con el fin de identificar los sitios que representen riesgo en la seguridad vial de los actores de la seguridad vial.

DESARROLLO Formando grupos de trabajo (máximo 5 personas) y utilizando herramientas como Google Earth, planos de la ciudad o esquemas, ubicar el colegio y definir un área de influencia que se verificará en campo. En campo se procede a identificar: •

Verificación del área de influencia

Usos del suelo

Clasificación de las vías en el área de influencia

Espacio público

Señalización

Identificación de actores involucrados

El reconocimientos de todos los aspectos de seguridad vial involucrados en el área de influencia, permitirán determinar aquellos sitios que presenten algún grado de riesgo para los actores de cada institución

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TALLER 2: PRACTIQUEMOS SEGURIDAD VIAL ESCOLAR OBJETIVO: Identificadas las necesidades en el entorno escolar en materia de seguridad vial escolar, desarrollar la formulación de una campaña basada en los conceptos básicos expresados a lo largo de la capacitación en seguridad vial escolar, que logre desarrollar competencias y hábitos en el proceder de los actores involucrados.

DESARROLLO Ya identificados los sitios de riesgo en el entorno, se hace la selección de uno o varios de estos sitios con el fin de formular una campaña educativa, que muestre la problemática presentada y formas de solución que garantice el desarrollo de comportamientos seguros ante dicha problemática e identificar las entidades necesarias que estarían involucradas en las soluciones a corto, mediano y largo plazo.

ESTRATEGIAS DE SEGUIMIENTO A LOS TALLERES: En cada uno de los talleres los participantes tendrá un espacio para: Presentar la evaluación realizada en el área estudiada y explicar la problemática de cada uno de los puntos identificados. Presentar y poner en marcha la campaña realizada para prevenir y desarrollar comportamiento en los usuarios involucrados en el conflicto.

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BIBLIOGRAFÍA Textos: TOLEDO, Francisco, Campón, Andrés & Martín, Francisco. Manual de seguridad vial: el factor alcohol. Universidad de Valencia. Editorial Aranzadi, 2009. 464p.

Páginas web: Fondo de Prevención Vial: www.fonprevial.org.co. Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá: www.movilidadbogota.gov.co. Ministerio de Transporte de Colombia: www.mintransporte.gov.co. Secretaría Distrital de Planeación: www.sdp.gov.co. Secretaría de Educación del Distrito Capital: www.sedbogota.edu.co. Centro de Experimentación y Seguridad Vial Colombia: www.cesvicolombia.com. Policía Nacional de Colombia: www.policia.gov.co.

Normatividad: Constitución Nacional de 1991. Ley 105 de 1993, Marco del Transporte. Ley 336 de 1996, Estatuto Nacional del Transporte. Ley 769 de 2002, Código de Tránsito. Ley 115 de 1994, Ley General de Educación. Decreto 468 de 1938, Obligaciones sobre enseñanza de reglas en circulación y tránsito. Decreto Nacional 174 de febrero 5 de 2001, por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial. Decreto 164 de 2007, Formación en seguridad vial como proyecto pedagógico. Directiva No. 13 del Ministerio de Educación Nacional, Educación de Tránsito y Seguridad Vial. Acuerdo Distrital 173 de 2005, Sistema Distrital de Seguridad Escolar.

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