AÑO 21 Edición 1010 Circula del 29 de julio al 04 de agosto del 2018
ORELLANA
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Orellana cumple dos décadas de administración provincial Esta provincia tiene, como referente, su belleza natural reflejada en toda su extensión; en su capital humano, y en sus nacionalidades. En la gráfica, uno de sus majestuosos rios.
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SUCUMBÍOS
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¡Viva Shushufindi!, 34 años de cantonización
Actualmente es una de las jurisdicciones más pobladas de la provincia de Sucumbíos. El Municipio ha preparado una serie de actividades conmemorativas por este aniversario.
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Circulación del 29 de julio al 04 de agosto del 2018
COMUNIDAD
Para Sucumbíos se nombrará en una próxima reunión
Consejo de la Judicatura nombra a sus delegados provinciales Para la provincia de Napo figura el abogado Jonathan Édison Chávez Salazar, en la provincia de Orellana está la doctora María Jhaqueline Macías Cedeño.
Foto: Consejo de la Judicatura
Redacción Napo
El Consejo de la Judicatura (CJ), mediante resolución 039A-2018 del 26 de julio, designó a los delegados de la institución en 20 provincias. La designación de los nuevos funcionarios se sustentó en los numerales 1 y 10 del artículo 2 del Código Orgánico de la Función Judicial, que disponen que, al pleno del CJ le corresponde nombrar a los miembros de las direcciones regionales y demás servidoras y servidores de la función judicial, así como expedir los reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley (…). Para el nombramiento de los delegados, el CJ convocó a las facultades de derecho de las uni-
versidades y a las organizaciones sociales de todo el país a postular los nombres de personas que podían ocupar estos cargos. Más de 600 candidaturas fueron mocionadas y se abrió una etapa de impugnación en la que los ciudadanos pudieron, con fundamentos y pruebas, cuestionar a los postulantes. Tras el cumplimiento de ese período, el CJ evaluó la formación y la experiencia de los candidatos. De igual forma, tomó en cuenta la probidad y la ética con que han ejercido su profesión en el campo del derecho. “El proceso fue absolutamente riguroso (…) Queremos dar a cada provincia personas preparadas y que tengan además, la aprobación de la comunidad”, señaló Zobeida Aragundi, vocal del CJ. Aragundi informó que, en los próximos días, la Judicatura emi-
tirá una resolución en la cual quedarán claramente establecidas las competencias de los delegados de la institución así como las de los presidentes de las cortes provinciales. “No es nuestra intención que los presidentes de las cortes estén pendientes de las tareas administrativas (…) El objetivo es que en temas graves jurisdiccionales y que afectan a las provincias el presidente de la corte tenga voz y voto y pueda intervenir en las soluciones de esos problemas”, aseguró. Agregó que en el caso de las provincias en las que aún no se ha nombrado delegados provinciales, esto es Cotopaxi, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pastaza y Sucumbíos, la designación se concretará durante la próxima reunión del pleno del CJ.
Delegados administrativos del CJ PROVINCIA Azuay Bolívar Cañar Carchi Chimborazo El Oro Esmeraldas Galápagos Guayas Imbabura Loja Los Ríos Manabí Morona Santiago Napo Orellana Pichincha Santa Elena Tungurahua Zamora Chinchipe
DELEGADO Dra. Juanita Catalina Mendoza Eskola Mg. Max Alberto Jiménez Zúñiga Dr. Jorge Lenin Molina Barahona Mg. María Eugenia Díaz Yépez Mg. José Ernesto Jara Vásquez Dra. María Teresa Bernal Calozuma Mg. Luis Alberto Ordóñez Córdova Dr. Óscar Alcívar Cortez Casierra Ab. Manuel Eduardo Chum Salvatierra Mg. Andrea Elizabeth Cazar Villacís Dr. Rubén Darío Idrovo Muñoz Ab. Ruth Marieta Icaza Carrillo Ab. José Verni Ceballos Alarcón Dr. Fausto Olivero Cárdenas Díaz Ab. Jonathan Édison Chávez Salazar Dra. María Jhaqueline Macías Cedeño Mg. Yolanda de las Mercedes Yupangui Carrillo Mg. Mary Patricia Morán Espinoza Mg. Alberto Mauricio Pangol Lascano Ab. Marco Antonio León Pomaquiza
Rehabilitación sicológica en el centro Jambi Huasi
Redacción Orellana
El departamento de salud mental del centro de salud Jambi Huasi tiene un ambulatorio juvenil que brinda, desde hace un año, tratamiento a jóvenes con problemas de adicciones. Marian Muñoz, sicóloga clínica de esta casa de salud, comentó que estos programas ambulatorios intensivos se desarrollan no solo por el consumo de sustancias, sino por cualquier otra patología problemática sicológica, “una de las morbilidades más frecuentes es el consumo de drogas en adolescentes entre 10 y 19 años de edad”. Por su parte Jessica Toapanta, sicóloga clínica del centro de salud Jambi Huasi, explicó que las actividades realizadas por este grupo de profesionales son intramurales y extramurales, “las intramurales están enfocadas a la atención individual, familiar, multifamiliar y grupal, para todas las personas que solicitan atención al 171 como también por demanda espontánea”. Agregó que dentro de estas actividades está el servicio ambulatorio intensivo que se realiza todos los viernes a partir de las 09h00 donde se hacen terapias grupales, ocupacionales y terapia multifamiliar y los demás días hay atención individual y familiar con cada uno de los chicos. Toapanta mencionó que los casos dependen de acuerdo a la gravedad del problema, para esto se hace una planificación del tratamiento. Labores extramurales En cambio las actividades intramurales están enfocadas a la promoción, donde se trabaja con instituciones privadas como públicas para promocionar el ambulatorio intensivo y también para destacar la importancia de la salud mental. Por otro lado, Santiago Chaquinga, sicólogo clínico, manifestó que se realizan capacitaciones en distintas instituciones en salud mental como el municipio, Brigada de Selva 19 Napo, federación deportiva, “la salud mental es muy amplia, donde existen diferentes temas, como depresión, ansiedad, acoso laboral, bullying, diferentes situaciones que ocurren en estos casos, además las personas que quieren adherirse a este grupo, siempre serán recibidos por su propia voluntad, más no por presión alguna”.
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COMUNIDAD
Una década de bendición Podemos esperar en todos los años de esta década, incluyendo el presente 2015 y para el 2016: incremento o «medida 1 Un extra» para nuestra cose-
cha financiera al dar puntual y generosamente nuestros diezmos, primicias y ofrendas regulares y de pacto al Señor.
posicionamiento mayor 2 Un junto a un nuevo y mayor nivel de autoridad para hacer nuestro ministerio y destruir las obras del diablo.
nivel de salud y fortaleza 3 Un extraordinario para enfrentar nuestro recorrido en la vida cristiana, ya sea que andemos en el valle, en la montaña o en el desierto. Dios nos dará una fuerza sobrenatural para enfrentar las circunstancias y los ataques de satanás.
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Madera donada para la comunidad kichwa del Yasuní Redacción Orellana
El Ministerio del Ambiente (MA), a través de la dirección provincial de Orellana, entregó 26,53 metros cúbicos de madera a la comunidad kichwa Añangu, ubicada dentro del Parque Nacional Yasuní (PNY). El producto forestal servirá para realizar el mantenimiento y construcción de viviendas para los habitantes de la comunidad, así como adecuaciones a la escuela y proyectos turísticos sostenibles Napo Wildlife Center y Napo Cultural Center. Mauricio Jipa, presidente de la comunidad, recibió tablas y tablones de madera de chuncho, laurel, mecha y bálsamo, además latillas de pambil. El dirigente manifestó que la madera donada será de gran utilidad para las familias y la actividad turística en Añangu, “nosotros vivimos en el Yasuní, y no talamos
La madera donada a la comunidad kichwa Añangu tiene destino habitable, educativo y turístico.
los árboles porque queremos conservar la riqueza del bosque”. Con sustento legal El Código Orgánico del Ambiente (COA) establece que los productos maderables que hayan sido
decomisados deben ser donados a los grupos de economía popular y solidaria; por esta razón, la comunidad amazónica recibió este beneficio, luego de cumplir con los requerimientos legales que garanticen el uso correcto de la madera.
En el transcurso del 2018, la dirección provincial de Orellana ha decomisado un total de 107,52 metros cúbicos de madera, de los cuales, 41,01 se han entregado en donación desde abril que entró en vigencia el COA.
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el Ojo del Eterno y su 4 Que Misericordia estén sobre
nosotros y nuestra familia velando y dirigiendo nuestros pasos. En esta década el Altísimo ha puesto de manera prioritaria su mirada y favor sobre la familia y sobre los constructores de esta gloriosa institución originada por Dios.
la Unción Davídica se 5 Que incremente en el Pueblo de
Dios para tener mayor intimidad con Él, su presencia y mayor comunión con el Espíritu Santo. El Eterno mismo vendrá a nuestra puerta para estar con nosotros de manera evidente para darnos su fuerza y fortaleza, para ahuyentar y destruir a nuestros enemigos. Podemos esperar en esta década grandiosas victorias por el poder sobrenatural del Altísimo desatado para cada familia desde la puerta. Las puertas abiertas serán la norma en nuestro caminar de la mano de Jehová.
la Unción Profética 6 Que desatada activará lo Profé-
tico en la Iglesia y levantará a los profetas de manera poderosa y acelerada. La década del 2010 ( 5770) al 2019 ( 5779) surge en el contexto bíblico relacionada con la el término hebreo “ayim”, cuyo significado implica: el Ojo u Ojos del Eterno sobre la puerta abierta, el vidente o fuente. La Revelación de la Palabra nos indica esta década es de la Visión y del Profeta del Eterno. Las aguas del Río Profético del Altísimo serán incrementadas con su presencia.
Orellana, tierra privilegiada, de gente amable y trabajadora. La saludamos en su aniversario de provincialización. 30 de julio de 2018
http://www.enlace.org/guia-profetica-2015 -apostol-rony-chaves/
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CÓMO OBSERVA EL DESARROLO DE CASCALES Redacción Sucumbíos
Luis Eras Gallegos Exconcejal
Yo vine a Cascales en 1984, cuando aún era una parroquia. Fui concejal por Izquierda Democrática, en la primera presidencia municipal con el señor Gerardo Lozada, como presidente (1991-1993). En esos años el agua y la luz, teníamos solo por horas. Las calles ya estaban trazadas, pero las visibles eran la principal, la avenida Quito, y Leopoldo Lucero. Vine a Cascales a hacer la rural como médico, conocí a mi esposa y me enseñé en esta ciudad. En la primera administración, de Cascales, no teníamos nada; comenzamos en la casa de la junta cívica, con una mesa y unas bancas. En 2 años que estuvimos dejamos construyendo una planta del edificio del municipio. El presidente Rodrigo Borja vino a Cascales y le hicimos conocer el puente de “Tony el suizo”. En la actualidad Cascales es una ciudad, aunque pequeña aún, pero hermosa y acogedora.
Carmen Atiencia Sria. sindicato de choferes
Mis padres vendieron todas sus pertenencias en Santo Domingo de los Colorados, en ese tiempo y se vinieron al Oriente; les contaban que este sector era bastante productivo, en el sembrío de café, en especial. Yo tenía 6 años de edad cuando vine. Estudié en el colegio Pacífico Cembranos de Lago Agrio; comencé a trabajar y a estudiar más, hasta obtener una licenciatura en la Universidad Nacional de Loja en psicología infantil y educación parvularia. En todo caso, me quedé trabajando aquí, en el Sindicato de Choferes de Cascales, donde estoy ya 30 años. En todo ese tiempo he visto cómo ha crecido la ciudad de una manera paulatina y se cómo se ha desarrollado; ciudad que tiene un clima maravilloso. De Cascales me gusta su tranquilidad, su clima y sus lugares turísticos hermosos; además estamos cerca de ciudades vecinas como Gonzalo Pizarro y Lago Agrio.
Mario Rivas Rector U.E. Cascales
Cascales ha ido progresivamente haciéndose hermoso porque las familias han trabajado y construido sus casas, además de la infraestructura vial que se ha desarrollado. Yo nací en Carlos Julio Arosemena Tola, en la provincia de Napo. Llegué a Cascales a la edad de 4 años; mis estudios los realicé en Quito; posteriormente vine a trabajar acá. Estoy encargado del rectorado de la unidad educativa Cascales desde el 22 de enero. De los alcaldes que hemos tenido hasta ahora, puedo decir, que cada uno de ellos ha realizado obras; de acuerdo al presupuesto que tengan. En todo caso, el avance es paulatino. Una parte fundamental para su desarrollo sería la construcción del puente sobre el río Aguarico, en la comuna San José, debido a que las familias, que viven en la parte sur del cantón, requieren de este medio de comunicación con la cabecera cantonal.
Moraima Atiencia Exreina de Cascales
Fui reina del cantón en 1996 o 97, no recuerdo bien. Se hizo una importante labor porque se trabajó con los grupos vulnerables: niños, personas que tenían alguna calamidad doméstica. Fue en la segunda administración del señor Gerardo Lozada cuando estuve como reina de Cascales. Después seguí estudiando y tengo una ingeniería en informática, algo que me ha fortalecido para seguir prestando mi contingente en este Municipio. Estoy trabajando en el Municipio de Cascales desde al año 2002; requerían de una técnica para el sistema de información local, denominado SIL, para manejar paquetes informáticos; por un convenio que el Municipio tenía con la fundación CARE, Ecuador. Cascales ha progresado bastante. El cambio de la ciudad, desde mi reinado hasta hoy, es muy importante. De Cascales me gusta todo: su gente, lugares turísticos. Todo.
Fausto Vargas Distrito de Educación
Recuerdo que llegué a Cascales el 23 de agosto de 1973. Soy en la actualidad miembro del equipo técnico pedagógico del sistema intercultural bilingüe para Cascales y el distrito. La educación es uno de los factores más importantes para el desarrollo de los pueblos. Cuando nace el nuevo sistema de educación en el país se vio interesante porque se acerca más al territorio. No obstante, nos está dificultando; una vez que se crearon los distritos en el país y 4 en Sucumbíos, se ven situaciones que hay que pulir en el sistema o definir adecuadamente, porque no se está direccionando bien desde el Ministerio de Educación. En estos últimos 4 años se ha apuntalado más la parte administrativa, es decir: infraestructura; pero se está olvidando una parte puntual, como es la pedagógica. Si aplicamos bien esta parte, hablaremos entonces del desarrollo de nuestros pueblos y básicamente de Cascales, un pueblo intercultural.
CNE Orellana analiza crear una nueva zona electoral Redacción Orellana
En cumplimiento del plan operativo para las elecciones del año 2019, la delegación provincial electoral de Orellana, realiza precambios de domicilio electoral en la comunidad 6 de Marzo, perteneciente a la parroquia San José de Dahuano del cantón Loreto. Esta actividad se lleva adelante con el propósito de que la población ejerza su derecho al voto más cerca a su lugar de residencia. Elisa Andy Aguinda, habitante de la comunidad 6 de Marzo, calificó de positiva la posible creación de un recinto electoral en su comunidad ya que en épocas de elecciones deben trasladarse en canoa por una hora hasta la parroquia San José de Dahuano, “esto nos causa molestias y llegamos tarde a casa, mientras que si hay un recinto
Los funcionaros del CNE durante una jornada de trabajo en la comunidad 6 de Marzo.
electoral acá, la situación se nos facilita en todo”. Para este propósito, los empleados electorales tomaron coordenadas de georeferenciación y realizaron trabajos en mapas cartográficos para delimitar la posible nueva zona electoral, que beneficiaría a cerca de 140 electores de la comunidad 6 de Marzo. Luego de concluir el trabajo de campo, el Consejo Nacional Electoral recibirá los respectivos informes para su verificación y validación.
La riqueza del hombre no está en cuánta riqueza adquiere, sino en su integridad y habilidad para afectar positivamente a los que están a su alrededor.
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opinión
Bob Marley
Análisis de subsidios Los tiempos de luna de miel entre el gobernante ecuatoriano y los sectores hegemónicos están llegando a su fin; eso se desprende de los últimos cuestionamientos que ha recibido el plan económico oficial desde el mismo candidato perdedor de la segunda vuelta del 2017, quien a este gobierno lo define como “de transición”. Por supuesto que los estratos medios y pobres están muy preocupados por la eliminación, por lo menos eso quiere el ministro de finanzas, de ciertos subsidios con el cuento de que no favorecen a los que más necesitan. Qué cosas, el gobierno ecuatoriano condona deudas por cerca de 1.700 millones de dólares a los deudores de tributos; es decir favorece a los grupos de poder, pero ahora al ver que no tiene recursos para hacer una obra, “analiza” la posibilidad de
reducir subsidios, concretamente a los combustibles. El mandatario Moreno, quien dijo que vendería uno de los aviones presidenciales y hasta ahora no ha cumplido, olvida que los vehículos de bajo costo sirven a los pobres; si no, veamos la alta cantidad de autos con motores entre mil y mil quinientos centímetros cúbicos y las motos. Ojalá no piensen en quitar el subsidio al gas doméstico. Por lo visto los grupos de poder quieren que este gobierno se vaya lo más pronto posible, por eso apoyan la eliminación de los subsidios a los combustibles; si se concreta esa impopular medida, con seguridad el pueblo saldrá a las calles para sacar a Moreno, quien a esta altura del partido ha dejado de ser útil y muy pronto así serán los transitorios y demás altos funcionarios. Usted, amable lector, ¿cree
que Moreno se salvaría mediante los escándalos distractores que ya tiene como costumbre lanzar este gobierno? Luego las élites exigirían elecciones anticipadas y se cumpliría el viejo anhelo: implantar las políticas de fines del siglo anterior. Este gobierno está desorientado en materia económica; el ministro de comercio exterior habla de la posibilidad de que el Ecuador exporte productos a base de aluminio, una falsa industria ya que el país no produce la materia prima, el metal aluminio. Asimismo es lamentable que Moreno Garcés no escuche los consejos de sus asesores para no decir barbaridades ante el público; cuando anuncian que habrá reuniones oficiales con presencia de público no estamos atentos a las cifras económicas, a las eventuales inversiones, sino a los chistes
de mal gusto, a lo expresado sin sentido, como por ejemplo cuando el presidente se refirió a la instalación de duchas en determinados centros educativos y al baño semanal, de los sábados, que tendrían los escolares; y el espacio exagerado de los nuevos hospitales. Por una parte Moreno muestra que desconoce que una parte del número de camas desocupadas de los hospitales servirían para atender a los pacientes afectados por catástrofes naturales o provocadas. Para el bien del país esperamos que Moreno no se deje convencer de sus asesores mal intencionados de aplicar medidas antipopulares; queremos que termine su periodo para que por lo menos tenga su retrato en la palacio de gobierno, como la señora Rosalía Arteaga, quien debió rechazar ese acto de burla.
Arma mortal contra la diabetes Hace algunos meses leí un artículo de opinión, con este título y me llamo la atención sobremanera en vista de que mi abuelita y mi madre fallecieron con este padecimiento y al momento en mi familia tengo tres tíos, cuatro hermanos y mi esposa con este terrible problema de salud. Mi sorpresa fue tremenda al enterarme de que el arma mortal contra la diabetes está en la cocina, por la sencilla razón de que este desequilibrio en la salud, no es producido por virus, bacterias, parásitos o por otro agente infeccioso, sino que es, el resultado de lo que comemos a diario. En este orden de cosas podemos enumerar a los cinco venenos blancos que están en todo hogar del mundo, se los conoce como alimentos refinados, analizando la palabra refinada, está compuesta por: re y finada, es decir que estos cinco
venenos blancos están muertos, muertos y bien muertos porque son re-finados. Estos cinco asesinos silenciosos son: sal refinada, azúcar refinado, harina refinada, arroz refinado y leche de vaca pasteurizada. Hablemos del azúcar refinado, en la actualidad no se lo puede considerar como un alimento ya que es una sustancia química pura, en el proceso de refinamiento se elimina toda la fibra y las proteínas que forman el 90 por ciento del jugo natural de la caña de azúcar o la remolacha. Ya podemos imaginarnos lo que puede suceder si en el proceso de limpieza del jugo para transformarlo en veneno blanco, utilizan cal viva, dióxido de carbono, sulfato de calcio y ácido sulfúrico. Por lo tanto, el azúcar refinado no tiene proteínas, ni vitaminas, no tiene minerales, no tiene enzimas, no tiene microelementos,
Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Galo Guevara Director-Editor: Bayardo Pérez Presidenta: Yajaira Sánchez Vicepresidente: Enrique Quinteros Gerente: Gladys Granda
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no tiene fibra, no tiene grasas y no es de ningún beneficio en la alimentación humana. En resumen, no es buena porque no aporta ningún nutriente, lo único que aporta es energía. De ahí la importancia de investigar e informarnos sobre las causas que producen la diabetes, y como prevenirla, entre otras alternativas es cambiando el hábito de nuestra alimentación, por así decirlo la glucosa y la fructuosa que necesita nuestro organismo para energizarlo lo encontramos en las frutas y en las verduras, ya que ese laboratorio extraordinario que tenemos en nuestro estomago tiene la habilidad de transformar la fructuosa en energía para realizar nuestras actividades diarias, evitando dañar nuestro organismo. La sal de mesa refinada es otro tóxico que inconscientemente ingresamos a nuestro organismo e incluso pagamos para envenenar-
SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827
ORELLANA Responsable: Roberto Ratti Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268
nos diariamente, la industria de la refinación lo único que le interesa son los dólares. Todos los seres humanos pasamos en nuestros primeros días de vida en un mar bello y hermoso llamado vientre materno, y el agua marina la llevamos en nuestra sangre, y por caprichos de la vida los científicos, extraen de la sal los 84 elementos que la componen estos nutrientes aun lo encontramos en la sal marina y en el cuerpo humano antes de contaminarse con la sal refinada. A tal extremo que este veneno blanco que utilizamos en nuestra alimentación apenas es cloruro de sodio, yodo y flúor, tres minerales totalmente tóxicos para la salud humana. Amigas y amigos recordemos que el arma mortal contra ciertas enfermedades está en la cocina. Ernesto López Romero. QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Gustavo Salazar 0968.536.517
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La migración venezolana: un drama humano De acuerdo a las estadísticas del Ministerio del Interior, el cual controla los puntos migratorios, entre enero del 2017 y enero del 2018, ingresaron al Ecuador 350.490 venezolanos, pero en ese mismo período salieron 279.517 (publicado en: El Universo.com/noticias/2018/02/19). Estimo que para la mayoría de nosotros, no es ajena la creciente migración de los ciudadanos venezolanos, motivada por la crisis social, económica y política de ese país. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) (organismo de las Naciones Unidas), cree que el incremento de la migración venezolana es un tema que se debe tratar a escala regional. Se ha preparado un Plan de Acción Regional con el fin de fortalecer la respuesta, al movimiento migratorio reciente, de los habitantes venezolanos, quienes salen ya sea hacia Estados Unidos, el resto de América y el Caribe. Esta entidad sostiene que, entre el 2015 y el 2017, la salida de los venezolanos a países de todo el mundo, aumentó de 700 mil a un millón 600 mil. El porcentaje de incremento es del 900 por ciento en los países de América del Sur. Obviamente, este aumento migratorio, suscita desafíos para los países que los reciben. La OIM promueve la asistencia a los migrantes, especialmente para aquellos que se encuentran en situaciones más vulnerables. Por su puesto, cada caso es diferente. En la ciudad de Quito (al igual que en otras ciudades), se observa cómo los migrantes venezolanos intentan generar su dinero de múltiples maneras. Hay quienes también los estafan, al contratarlos y despedirlos sin ningún pago, entre otros tipos de abusos. Para la mayoría de los migrantes venezolanos, el Ecuador es un país de paso. Unos viajan desde Tulcán a Huaquillas, directamente. Otros procuran llegar a Quito, ya sea para quedarse o reunir más dinero y seguir avanzando hacia Perú o Chile. Por este motivo vemos que la terminal de Carcelén, hace algún tiempo, se ha convertido en una especie de campamento, donde se alojan venezolanos entre 3 y 15 días. Nos conmueven sus historias. En medio de la noche se cubren del frío como pueden. Gente de buena voluntad acude a la terminal para brindar su apoyo, ya sea repartiendo alimentos o donando pasajes, para quienes deciden continuar con su viaje.” (Resumen basado en la publicación de Sofía Montoya, realizada el 24 de julio de 2018/ https://www.youtube.com/ watch?v=5wzfPj1OuSc&t=11s) Existen ecuatorianos, quienes contratan a profesionales venezolanos casi en todas las áreas, por el sueldo mínimo o hasta menos que éste, afectando además el mercado laboral local. Esto es una pequeña pero importante muestra del mundo que hemos formado. Cuando vemos desde lo alto la geografía terrestre, nos percatamos que en la naturaleza no existen las fronteras. Nosotros los humanos nos hemos creado todos nuestros límites. Un sabio nos dice: “Incuestionablemente así como existe el País Exterior en el cual vivimos, así también en nuestra intimidad existe el País Psicológico.” (V.M. Samael A.W. La Gran Rebelión, Capítulo 18). Esto significa que dentro de nuestro mundo interno, existen comarcas de elementos egoícos, ya sean estos de apariencia buena, o definitivamente perversos. Visto el asunto desde este ángulo, podemos aseverar que la sociedad es el reflejo de lo que llevamos dentro. Entre tanto no exista un cambio radical en el país psicológico de los ciudadanos, gobernantes y gobernados, estos dramas humanos como los que se vive en Venezuela, continuarán no solamente existiendo, sino además podrían extenderse sobre la faz de la tierra. Freddy Mora Benítez
COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas. IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal
La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.
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UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO CITACION JUDICIAL Trámite: EJECUTIVO PAGARE A LA ORDEN Nro. 21331-00712-2015 Actora: DRA. GEN MAGALY AGUIRRE BENALCAZARPROCURADORA JUDICIAL DEL ECONOMISTA ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE-PRESIDENTE EJECUTIVO DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. Demandados: ZAMBRANO ROSADO JAIME ALFREDO y CORDOVA PINCAY ROSA ALBA Dom. Judicial: DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA CASILLERO Nro. 64 Cuantía: 2.000,oo (DOS MIL DOLARES) Juez: DR. LUIS NARANJO JARA Secretaria: AB. DARWIN GONZÁLEZ SOSA FUNDAMENTOS DE HECHO: Los señores Jaime Alfredo Zambrano Rosado con cédula Nº 2100672639 y Rosa Alba Cordova Pincay con cédula Nº 210073143, el 27 de enero del 2015, suscribieron a la oren del BANCO DE GUAYA-
QUIL S.A.,el pagaré a la orden con vencimiento sucesivos por la suma de MIL QUINIETOS DOLARES 00/100(USD $ 1500,00), FORMA DE PAGO: Los señores Jaime Alfredo Zambrano Rosado y Rosa Alba Cordova Pincay, se obligarona pagar la suma de USD $ 1500,00mediante vencimientos sucesivos con más el interés del 26.92% anual que equivale a una tasa de interés efectiva anual del 30.50%, sobre el capital financiado, tasa de interés que variara y será reajustada cada 90 días por 1.10 veces la TASA ACTIVA EFECTIVA REFERENCIAL DEL SEGMETO MICROCREDITO MINORISTA. INTERESES DE MORA: Los señores Jaime Alfredo Zambrano Rosado y Rosa Alba Cordova Pincay, se obligaron a pagar en caso de mora el máximo interés moratorio que se encuentre vigente a la fecha de vencimiento de cada uno de los vencimientos sucesivos, de acuerdo con lo establecido por el BANCO CENTRAL DEL ECUADOR. Los señores Jaime Alfredo Zambrano Rosado y Rosa Alba Cordova Pincay, han incurrido en mora en el vencimiento sucesivo con vencimiento a 195 días vista inclusive y todos los posteriores. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PRETENSIÓN:
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Con estos antecedentes y con fundamneto en el pagaré a la orden que se apareja a esta demanda, en la calidad que comparezco doy por vencido la totalidad de la obligación y por cuanto el pagaré que se acompaña, el mismo que no ha sido pagado reúne los requisitos exigidos por los artículos 486 y 487 del Código de comercio, y constituye título al tenor de la norma del artículo 413 del Código de Procedimiento Civil, conteniendo obligación igualmente ejecutiva conforme a lo señalado en el Art. 415 del cuerpo de leyes últimamente citado, vengo ante usted y en juicio ejecutivo, demando solidariamente a los señores Jaime Alfredo Zambrano Rosado y Rosa Alba Cordova Pincay, con la finalidad de que en sentencia condene pagar al BANCO DE GUAYAQUIL S.A., los siguientes valores: Los vencimientos sucesivos vencidos con más el interés del plazo y mora calculado de conformidad con lo estipulado en el pagaré. El saldo de capital adeudado cortado a la fecha del último vencimiento sucesivo de mora, más el interés moratorio calculado de conformidad con el título que sea adjunta. El un sexto por ciento del principal. Tasa, costas, gastos y expensas judiciales que serán reintegradas con una tercera parte más. Conforme lo establece el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil. Los honorarios profesionales de mis abogados. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, 22 de diciembre del 2015, las 14h48.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de Ley que antecede y en mi calidad de Juez Titular del Despacho en funciones. En lo principal y por cuanto la demanda, presentada por la DRA. AGUIRRE BENALCÁZAR GEAN MAGALY, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL del Economista Ángelo Luis Caputi Oyague, PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A., conforme al documento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de juicio ejecutivo, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que los demandados señores ZAMBRANO ROSADO JAIME ALFREDO Y CORDOVA PINCAY ROSA ALBA, en calidad de deudores principales; dentro del término legal de tres días paguen el valor total adeudado y reclamado, o deduzcan sus excepciones a las que se crean asistidos, debiendo para ello citárselos en el lugar que se indica en la demanda; mediante atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, a quienes se les remitirá despacho suficiente y en forma para el fiel cumplimiento de lo encomendado, ofreciéndoles reciprocidad en casos similares; previniéndoles además a los mismos demandados de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo las prevenciones legales. NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, jueves 15 de febrero del 2018, las 11h22.- Lago Agrio, jueves 15 de febrero del 2018, las 11h22, El escrito de la parte actora incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con sustento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haberse realizado todas las diligencias necesarias para determinar el domicilio de la demandada y rendido el juramento dispuesto en la misma norma legal, ordénase CITARSE a los demandados ROSA ALBA CORDOVA PINCAY, con cedula de ciudadanía N° 210073143 y JAIME ALFREDO ZAMBRANO ROSADO con cedula de ciudadanía N° 2100672639, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres fechas distintas, en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual la señora Actuaria encargada del despacho elabore el correspondiente extracto de publicación para la prensa, con las prevenciones legales, y en la forma dispuesta en la providencia de calificación de la demanda. Actué la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria encargada del despacho. - NOTIFIQUESE. Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndole a los demandados de la obligación de señalar casillero judicial y correos electrónicos para sus notificaciones.- Nueva Loja, 30 de Mayo del 2018.Ab. Darwin González Sosa SECRETARIO UJCLA-S (e) Q-1273 3/3
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°369A-GADMCJS-2018 DE FECHA 24DE JULIO DEL 2018. Con la finalidad de dar cumplimiento al Art. 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo se da a conocer a la ciudadanía del cantón La Joya de los Sachas, la parte esencial de la mencionada resolución: PRIMERO: Anunciar la ejecución del PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA CANCHA DE FÚTBOL Y RECINTO FERIAL EN LA CABECERA PARROQUIAL UNIÓN MILAGREÑA, CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS, PROVINCIA ORELLANA, obras que serán ejecutadas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Unión Milagreña, publicación que se realizará a través de un diario de circulación en la localidad y en la página web institucional del GADMCJS. SEGUNDO: El área de influencia directa la cancha de fútbol, tiene un radio de influencia de 800 metros y se considera un equipamiento sectorial, en el lote sin número, de una superficie de 1,50 hectáreas, ubicado en la cabecera parroquial Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia Orellana; El área de influencia directa del recinto ferial cuenta con un radio de influencia de 1500 metros, considerándose un tipo de beneficio parroquial, en el lote sin número, de una superficie de 1,00 hectárea, ubicado en la cabecera parroquial Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia Orellana. Conforme consta en el Oficio N°277-DGP, de fecha 06 de julio del 2018, emitido por el Arq. Luís Efraín Pincha Topa, en calidad de Director de Gestión de Planificación. . TERCERO: El plazo de inicio de la ejecución de los proyectos es de un año. CUARTO: Disponer al Secretario General notificar a los siguientes: a) al señor Villegas Naranjo Estuardo, quien es propietario del lote de terreno sin número, de una superficie de 1,50 hectáreas, ubicado en la cabecera parroquial Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia Orellana; b) Ruíz Ledesma Domingo Iván, quien es propietario del lote de terreno sin número, de una superficie de 1,00 hectáreas, ubicado en la cabecera parroquial Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia Orellana, en donde se va a implementar el proyecto proyecto de construcción de la cancha de fútbol y recinto ferial; c) al Registrador de la Propiedad, y d) a la Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón La Joya de los Sachas. QUINTO: Para la ejecución de esta Resolución encárguese a la Dirección Administrativa lo referente a la publicación y a la Secretaria General la notificación correspondiente. Particular que se comunica para fines de ley correspondientes. La Joya de los Sachas, 27 de julio del 2018. 1/1 O: 3377
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REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL (COGEP) CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE ACTOR: Ortiz Vásquez Guillermo Armando en calidad de Procurador Judicial del señor Cerón Silva German Augusto DEMANDADO: CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE JUICIO: 21331-2018-00015 TRAMITE: SUMARIO - TERMINACIÓN DE CONTRATO FECHA DE INICIO: 15-01-2018 CUANTÍA: 38.614,44 Dólares de Norteamérica JUEZ PONENTE: Dra. Elizabeth Rosario Rubio Rivera SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma PRETENSIÓN: La pretensión clara y precisa que se exige: con los antecedentes expuestos, vengo a usted y demando a la compañía CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE, a fin de que, en sentencia disponga lo siguiente: 1.- la terminación de contrato de arrendamiento existente entre mi mandante Ing. German Augusto Cerón Silva y la compañía CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA; 2.- El pago de las mensualidades arrendaticias adeudadas, más los
intereses vencidos y que vencieren hasta lo total cancelación de la deuda, las costas procesales y honorarios de mi defensor. 3.- La inmediata desocupación del inmueble materia del contrato de arrendamiento. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, viernes 2 de febrero del 2018, las 11h14, VISTOS: En mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez, en calidad de Procurador Judicial del Ing. German Augusto Cerón Silva, conforme la documentación adjunta, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Sumario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo III del Código citado, en virtud de lo prescrito en el artículo 42 de la Ley de Inquilinato y en concordancia con lo establecido en el artículo 332.1 del COGEP. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la demandada compañía CONSTRUCTORA DEL TOACHI CIA. LTDA., en la persona de su Gerente y Representante legal señor JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE en el término de 15 días una vez citada, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, considerando la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso. QUINTO.- NOTIFICACIONES.Téngase en cuenta la cuantía señalada, el casillero judicial No. 45 y el correo electrónico dr.guillermoortizhotmail.com.NOTIFÍQUESE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS.Lago Agrio, jueves 5 de julio del 2018, las 15h56, Agréguese a los autos, el escrito que antecede.- Atenta a lo solicitado por la parte actora, por haberse dado cumplimiento al auto de fecha jueves 28 de junio del 2018, las 16h01, en lo principal, se dispone: Cítese con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio al demandado CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional y en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese los extractos correspondientes.- NOTIFÌQUESE y CÚMPLASE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 10 de julio del 2018. Ab. Darwin Gonzáles Sosa SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO darwin.gonzalez@funcionjudicial.gob.ec F: 5885 2/3 S: 4094 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL Tramite: ESPECIAL – TERCERÍA EXCLUYENTE Actor: PERENGUEZ QUENGUAN ILIA ESPERANZA Do. Judicial: DR. LUIS ALBERTO LEGÑA ZAMBRANO Demandado: JARDEY FRANCIS VALLEJO ROMERO Cuantía: 25.000.00 USD. Conforme consta de las copias certificadas del juicio verbal sumario de amparo posesorio Nro. 21303-2012-0021 Conforme consta en las copias certificadas del juicio verbal sumario de amparo posesorio Nro. 21301-2012-0021, que seguí en contra del Carlos Alberto Velasco Galeas que setenta fojas útiles acompaño, se desprende que mediante sentencia dictada por el señor Juez Primero de lo Civil y Mercantil de Sucumbíos, el viernes 26 de octubre del 2012, las 15h23, se me concede el amparo posesorio, cuya parte resolutiva establece: “se acepta la demanda y en consecuencia se declara, que hay lugar al amparo posesorio a favor de la actora Ilia Esperanza Perenguez Quenguan, sobre el bien inmueble descrito y detallado en la demanda, ratificado y aclarado en el informe de Inspección Judicial, esto es sobre el lote de terreno rural ubicado en el kilómetro 32 de la vía Quito, el recinto San Miguel, parroquia Sevilla, cantón Cascales, provincia de Sucumbíos, comprendido, cuyos los siguientes linderos y dimensiones son: NORTE: terreno de la cooperativa Manuel Franco, en 223.71 metros, SUR: terreno de Naiser Velasco, de 243.77 metros. ESTE: lote Nro. 71 de Eduardo Velasco de 150 metros. OESTE: con el lote Nro. 73 de Cecibel Medina de 150 metros, con una superficie de 3.495 hectáreas, sin perjuicio de que las partes actuantes en este juicio puedan tener para ejercer las acciones correspondientes conforme a la ley…..” Con los antecedentes anotados y fundamentado en los artículos 445, 498 y 503 del Código de Procedimiento Civil, acudo ante su autoridad para presentarme como tercerista excluyente de dominio, toda vez que la providencia de embargo me causa perjuicio directo y solicito se suspenda el proceso de la vía de apremio y además y además en sentencia se ordene el levantamiento y cancelación del embargo del bien inmueble, por ser de mi propiedad. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago agrio, miércoles 11 de enero del 2017, las 11h26. VISTO: avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de este despacho, así como por la asignación del sistema SATJE; del mismo modo que por lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del COGEP; y, por tratarse de la demanda sobre un incidente del juicio principal ejecutivo que se ventila en esta misma Judicatura, con el Nro. 21331-2015-0077. En lo principal y por cuanto la demanda de tercería incluyente de dominio, propuesta por PERENGUEZ QUENGUAN ILIA ESPERANZA, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley, se admite a trámite de JUICIO ORDINARIO, conforme lo dispuesto por los artículos 59y 503 del Código de Procedimiento Civil Codificado, en vigencia a la fecha de tramitación de la causa principal; por lo tanto tramítese en cuaderno separado y por cuerda también separada, con la intervención de la demanda señores VELASCO GALEAS CARLOS ALBERTO, VELASCO GALEAS NOEMI ELIZA Y VALLEJO ROMERO JARDEY FRANCIS, todos en sus calidades de ejecutados y ejecutante, respectivamente, en juicio ejecutivo principal, Nro. 21331-2015-0077, que se sustancia en esta misma Judicatura; a quienes se le cita con la demanda y providencia, a fin de que dentro del término de quince días den contestación a la demanda deduzcan sus excepciones bajo apercibimiento en rebeldía; citación que deberá efectuarse en los lugares señalados en la demanda y aclaración de la misma; debiendo para la citación al demandado VALLEJO ROMERO JARDEY FRANCIS, deprecarse a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciendo reciprocidad en casos similares; sin perjuicio de su notificación en los despectivos casilleros judiciales y correos electrónicos señalados dentro del juicio principal ejecutivo, a quien constan con sus casilleros judiciales y electrónicos, previniéndoles además a los mismo ejecutados y ejecutantes, de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción y en este proceso. Con fundamento de los dispuesto por el artículo 503 del Código Adjetivo Civil, ordenase la suspensión de la vía de apremio respecto del inmueble embargado en la causa, y cuyo reclamo como tercería se la propuesto, dejando a salvo el derecho de la parte ejecutante de ejercer lo dispuesto en el artículo 504 del mismo Cuerpo Legal Agréguese a los autos los documentos adjuntos, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la tercería para sus notificaciones, la autorización conferida a su Defensor, y la cuantía de la demanda. Actúe la Sra. Secretaria del Despacho; Una copia debidamente certificada de esta providencia y demanda agréguese al juicio ejecutivo principal signado con el Nro. 21331-2015-0077, para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS-Lago Agrio, lunes 4 de junio del 2018, las 10h45. El escrito de la parte actora incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone. Con sustento en lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haberse realizado todas las diligencias necesarias para determinar el domicilio de la demandada y rendido el juramento, dispuesto en la misma norma legal, invocada mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres fechas distintas en uno de los semanarios de amplia circulación regional que se edita en esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual el señor Actuario encargado del despacho elabora el correspondiente extracto de publicación por la prensa , en las prevenciones legales y en la forma dispuesta en la providencia de calificación de la demanda. Actúe el Abg. Darwin González Sosa, en calidad de
Secretario encargado de la Unidad-NOTIFÍQUESE. f) Dr. Luis Efrén Naranjo Jara, previniéndole al demandado de la obligación que tiene, en señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta Jurisdicción. Abg. Darwin González Sosa SECRETARIO (E) F: 5893 1/2 S: 4103 REPÚBLlCA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: CANCHINGRE ESTUPIÑÁN JOSÉ MAXIMILIANO Y CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL JUICIO: Ejecutivo cobro de Pagaré a la Orden No. 21331 – 2017 – 00243 TRAMITE: Ejecutivo FECHA DE INICIO: 12-06-2017 CUANTÍA: USD $ 9.256,09 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES CON NUEVE CENTAVOS) JUEZA PONENTE: DRA. RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO SECRETARIA: CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARÍA OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE SIRVA DECLARAR CON LUGAR LA DEMANDA Y SE CONDENE A LA ACCIONADA AL PAGO DEL SALDO CAPITAL ADEUDADO MÁS LOS CORRESPONDIENTES INTERESES CONFORME LO ESTABLECIDO Y CONVENIDO EN EL PAGARÉ A LA ORDEN. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, viernes 16 de junio del 2017, las 15h52. VISTOS: Agréguese a los autos, el escrito que antecede.- Por cumplido lo dispuesto en auto inmediato anterior, se dispone: PRIMERO.CALIFICACIÓN y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Stalin Bladimir Espinoza Borja en calidad de Procurador Judicial del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes, Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del BANCO PICHINCHA CIA., conforme acredita con el documento que adjunta, en contra del señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL en calidad de deudor principal y CANCHINGRE ESTUPIÑAN JOSÉ MAXIMILIANO en calidad de garante, es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagare a la orden, documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del mismo código.- SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicarán y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación a los demandado del señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL en calidad de deudor principal y CANCHINGRE ESTUPIÑAN JOSÉ MAXIMILIANO en calidad de garante en los domicilios señalados en la demanda, se la realizará mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Shushufindi, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, previniéndole a los demandados de señalar casillero judicial y electrónico.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL en calidad de deudor principal y CANCHINGRE ESTUPIÑAN JOSÉ MAXIMILIANO en calidad de garante, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 64 y los correos electrónicos señalados asojeda@ pichincha.com, stalinbladimir_espinozaborja@yahoo.com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 5 de junio del 2018, las 14h13, VISTOS: Agréguese a los autos, el escrito que antecede. En atención a lo solicitado por la parte actora y al haberse dado cumplimiento al auto de fecha 28 de mayo del 2018, las 14h02, en lo principal, se dispone: Cítese con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio al señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación a nivel nacional; y, de uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. Actué el Abg. Darwin González Sosa en calidad de secretario encargado de la Unidad JudicialNOTIFÍQUESE.- f) RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO, JUEZA Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción. Nueva Loja, 07 de junio del 2018. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL PICH. 2/3 S: 4100 REPUBLlCA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS A: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: GUEVARA JIMÉNEZ JHONARD SMITH JUICIO: Ejecutivo-Cobro de pagaré a la orden Nº 21331-2018-00213 TRAMITE: Ejecutivo FECHA DE INICIO: 15-05-2018 CUANTIA: USD. 8954,77 JUEZ PONENTE: DRA. ELlZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE ACEPTE LA DEMANDA Y SE CONDENE AL ACCIONADO AL PAGO DEL SALDO DEL CAPITAL DE USD. 7.002,15, MAS LOS INTERESES NORMALES DEL 15.18% EN LA SUMA DE USD. 638,75, INTERES DE MORA DEL USD. 16.70% EN LA SUMA DE USD. 734,80, SEGURO DE DESGRAVAMEN USD. 22,65, Y GESTIÓN GASTOS POR MORA USD. 556,42, ES DECIR AL PAGO DE USD 8.954,77 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 6 de junio del 2018, las 16h21, VISTOS: En lo principal, por cumplido lo dispuesto en el auto de sustanciación que antecede: PRIMERO.- CALIFICACIÓN y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA, en calidad de Procurador Judicial del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico del Banco Pichincha C.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra del señor: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH en calidad de deudor principal, es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagare a la orden (fs. 15), documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5, y 348 del
Circulación del 29 de julio al 04 de agosto del 2018
JUDICIALES COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título 11, Capítulo I del mismo código.- SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación al demandado señor: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH en calidad de deudor principal, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación a nivel nacional; y, de uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado señor: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH, cumpla con la obligación demandada o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 64 y los correos electrónicos señalados stalinbladimir_espinozaborja@yahoo.com asojeda@pichincha.com para sus notificaciones.- Actúe el Ab. Darwin Gonzalez Sosa en calidad de Secretario encargado de la Unidad Judicial Civil COGEP.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) Dra. Elizabeth Rosario Rubio Rivera, Juez Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Nueva Loja, 12 de junio del 2018. Certifico.DRA. ALEXANDRA CUENCA CURIMILMA SECRETARIA PICH. 2/3 S: 4101
PERDIDAS DE PLACAS LAGO AGRIO YO, MANOBANDA PASUÑA WILSON GUALBERTO, con C.I. No 2100066691, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. IBC1136, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5892 (1) S: 4102
LAGO AGRIO Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100621241, se comunica que se está procediendo a anular el siguiente formulario de cheques del Nº 105-115-132. (1) S: 4103
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO CITACION JUDICIAL Trámite: EJECUTlVOCOBRO DE PAGARE A LA ORDEN No. 00069-2016 Actor: Dom. Judicial: Demandados: Citar A: Cuantía: DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA (PROC. JUD. BANCO PICHINCHA C.A.) DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN y NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA $ 4.584,30 USD. Casilla No 64 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, martes 23 de febrero del 2016, las 10h43. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo electrónico legal realizado, y en mi calidad de Juez Titular del Despacho en funciones. En lo principal y por cuanto la demanda, propuesta por el señor GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO, en su calidad de Gerente del Banco Pichincha C.A. Zona Oriente, conforme al nombramiento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que los demandados señores NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, con cédula No. 1500701667, en calidad de deudora principal; y CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN, con cédula No. 1707081467, en su calidad de garante o deudor solidario; dentro del término legal de tres días paguen el valor total adeudado y reclamado, o deduzcan sus excepciones a las que crean asistidos, bajo apercibimiento de sentencia; debiendo para ello citárselos en el lugar que se indica en la demanda, mediante atento deprecatorio a la señora Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, a quien se le remitirá despacho suficiente y en forma, adjuntando el croquis de ubicación del lugar de citación, para el fiel cumplimiento de lo dispuesto, ofreciéndole reciprocidad en casos similares previniéndoles además a los mismos ejecutados de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo prevenciones legales. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a sus defensores; debiendo actuar la señora Secretaria de la Judicatura. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.En la provincia de Sucumbíos, ciudad Nueva Loja, con fecha 13 de Enero del 2014 los hoy accionados en la Notaria Primera del Cantón Lago Agrio, a cargo del Dr. Juan Carlos Pastor, suscribieron un CONTRATO DE MUTUO PRESTAMO CON EL BANCOPICHINCHAC.A. signado con el No. 1964601-00, préstamo por la suma de USD $ 5.048,79 (CINCO MIL CUARENTA Y OCHO DOLARES CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS),mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación en la cuenta No.-5245974500; obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses en el plazo de 1082 DIAS VISTA, mediante el pago de 60 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el CONTRATO objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 23.90% anual (que corresponde a la tasa efectiva anual de 26.7000%). Además, los deudores declaran que por falta de recursos le es imposible cancelar el valor correspondiente a intereses de mora que se han producido hasta la presente fecha, por lo que adicionalmente los deudores se obligan también a pagar a El Banco sin intereses el monto de $598.28 (QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES CON VEINTE y OCHO CENTAVOS) estos pagaderos a 36 meses; comprometiéndose los deudores con mi representada que en caso de moratoria, estos se obligarían al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de la obligación, calculado de acuerdo a lo establecido en la leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido y no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta se facultó al Banco del Pichincha C.A. para declarar de plazo vencido la obligación en su totalidad y, exigir el pago anticipado de todo el capital, interese legales, intereses moratorias y de cobranza. Como el CONTRATOen mención NO ha sido cancelado en
su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores, y encontrándose actualmente el CREDITO Nro. 1964601-00 vencido desde el dividendo No.- (17), pagadero al 30 de mayo del 2015, por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el contrato y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dichas obligaciones y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a Sra. NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, y Sr. CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN. La presente acción ejecutiva la fundamento en los Artículos 486 y siguientes del Código de Comercio, referentes al Pagaré; y, 413, 415, 419,422 del Código de Procedimiento Civil, concernientes al Juicio Ejecutivo. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS Lago Agrio, martes 10 de julio del 2018, las 16H01. Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora y proveyendo el mismo se dispone: Con sustento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haberse realizado diligencias necesarias para determinar el domicilio de la demandada y rendido el juramento dispuesto en la misma norma legal, ordenase CITARSE a la demandada NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA con cédula de ciudadanía No. 1500701667 en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres fechas distintas en uno de los semanarios de amplia circulación regional que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual el señor Actuario del despacho elabore el correspondiente extracto de publicación para la prensa, con las prevenciones legales. y en la forma dispuesta en la providencia de calificación de la demandaNotifíquese y Cúmplase. f) Dr. Luis Efrén Naranjo Jara. Previniéndole a la demandada de la obligación que tienen en señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta Jurisdicción.- Nueva Loja. 17 de julio del 2018. Abg. Darwin González Sosa SECRETARIO (E) PICH.: 1/3 S: 4107 EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: ANDY GREFA VICTOR, EMILIO VICTOR ANDY AGUINDA, CLAUDIO RODOLFO ANDY AGUINDA, EUGENIO SANTIAGO ANDY CALAPUCHA, HECHEL GERARDO ANDY CALAPUCHA, CARLOS FERNANDO ANDY CALAPUCHA, SILVERIO ANDY CALAPUCHA, CALIXTO ANDY AGUINDA,, SANTIAGO DIONICIO AGUINDA CORREA, FRANCISCO RAFAEL AGUINDA CORREA, CARLOS FERNANDO ANDY SHIGUANGO, CAMILO V. ANDY SHIGUANGO, GUILLERMO CALAPUCHA AVILES, LUIS RUBEN CALAPUCHA, ERNESTO FRANCISCO ANDY CALAPUCHA, CARLOS ALBERTO CALAPUCHA ANDY, VICENTE MANUEL CALAPUCHA AGUINDA, DOMINGO AGUINDA CALAPUCHA, MARCO FIDEL CALAPUCHA SHIGUANGO, CARLOS GERMAN CALAPUCHA SHIGUANGO, PASTORA ROSA CORREA SHIGUANGO, ANA MARIA ANDY AGUINDA, VENACIO BARTOLO CALAPUCHA CHIMBO, JUAN RAFAEL SHIGUANGO GREFA, FABIAN LUIS SHIGUANGO CALAPUCHA, NICOLAS AGUSTIN ANDY CALAPUCHA, GLORIA GERMANIA ANDY SHIGUANGO, JACINTA VIUDA DE CALAPUCHA, GONZALO ANIBAL ANDY CALAPUCHA, SEGUNDO SALOS AGUINDA CORREA, MARTHA ROSA ANDY SHIGUANGO, CLEMENCIA LUCIA AGUINDA CORREA, JAIME VICTOR CALAPUCHA ANDY, FERNANDO MANUEL ANDY CALAPUCHA, MOISES LEVI CALAPUCHA ANDY, PATRICIO RAUL CALAPUCHA CALAPUCHA, ELVIA JACINTA CALAPUCHA SHIGUANGO, MARTHA ROSA CALAPUCHA, CECILIA CALAPUCHA ANDY, CLAUDIANA CARLOTA ANDY CALAPUCHA, JORGE MANUEL ANDY SHIGUANGO, CRISTOBAL CALAPUCHA CALAPUCHA, ACTOR: RIVADENEYRA SALAZAR CARLOS ALEJANDRO DEMANDADOS: ANDY GREFA VICTOR, EMILIO VICTOR ANDY AGUINDA Y OTROS JUICIO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO No.- 15301-2017-00952 ASUNTO: INMUEBLE QUE PIDE LA PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA CUANTIA: USD. 10.000 JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, martes 21 de noviembre del 2017, las 13h41. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados en el lugar señalado en la demanda; así también cítese a los personeros del GADM de Tena en las personas del señor Alcalde y Procuradora Síndica (Klever Ron y Zoila Paucay Aray); cuéntese en la presente causa con el señor Director Provincial del MAGAP de Napo, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. A los señores demandados que el actor dice desconocer el domicilio y residencia cíteles por la prensa en el semanario Independiente que circula en la región amazónica, para dicho efecto el señor Secretario provea el extracto correspondiente, previo que el actor concurra a esta Unidad Judicial dentro del término de tres días a declarar bajo juramento que es imposible determinar el domicilio y residencia de los demandados que solicita que se los cite por la prensa. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Tena, para dicho efecto notifíquese al funcionario. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, martes 21 de noviembre del 2017, las 13h41. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados en el lugar señalado en la demanda; así también cítese a los personeros del GADM de Tena en las personas del señor Alcalde y Procuradora Síndica (Klever Ron y Zoila Paucay Aray); cuéntese en la presente causa con el señor Director Provincial del MAGAP de Napo, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. A los señores demandados que el actor dice desconocer el domicilio y residencia cíteles por la prensa en el semanario Independiente que circula en la región amazónica, para dicho efecto el señor Secretario provea el extracto correspondiente, previo que el actor concurra a esta Unidad Judicial dentro del término de tres días a declarar bajo juramento que es imposible determinar el dommicilio y residencia de los demandados que solicita que se los cite por la prensa. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Tena, para dicho efecto notifíquese al funcionario. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, jueves 12 de abril del 2018, las 10h37, Incorpórese al proceso el escrito presentado por RIVADENEYRA SALAZAR CARLOS ALEJANDRO y proveyendo: Téngase en cuenta la designación de su nuevo Defensor, el correo electrónico señalado para sus notificaciones y hágasele conocer a los anteriores Defensores que han sido sustituido en la defensa. Por cuanto el peticionario no ha podido concurrir dentro de la fecha señalada a declarar bajo juramento; por lo que se dispone que comparezca dentro de cualquier día y hora hábil y se dé cumplimiento a lo dispuesto en el auto de fecha 21 de noviembre del 2017, las 13h41. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T 2096 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACION JUDICIAL
A: PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE, PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA, PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH, Y A PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS QUE SE SIENTAN CON DERECHOS DE SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ LUIS ALFONSO PORTILLA GUERRERO ACTOR: FREDDIE BRIONES DE PEDRO Y EUGENIA MAKABENTA DE PEDRO DEMANDADOS: TANGUILA ANGÉLICA MARGARITA, PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE, PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA, PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH Y PORTILLA TANGUILLA DANIEL ALFONSO Y OTROS . JUICIO: ORDINARIO AUSUNTO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO No.- 15301-2015-00318 CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: .- DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUEZA SUBROGANTE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, 14 de noviembre del 2017, las 15h48 VISTOS: Por completada que ha sido la demanda en el término concedido, se la acepta a trámite ordinario, disponiéndose correr traslado con la demanda y ésta providencia a los demandados Angélica Margarita Tanguila, Livia Marlene Portilla Tanguila, Silvia Margoth Portilla Tanguila, Carmene Maria Delfina Portilla Tanguila y Daniel Alfonso Portilla Tanguila, para que dentro del término legal de quince días contesten proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Carlos Julio Arosemena Tola, para el efecto notifíquese a la señora Registradora de la Propiedad de ese cantón.- Cítese a los demandados antes nombrados en el lugar indicado en la demanda; asi como a los personaeros del GADM de Carlos Julio Arosemena Tola en las personas del señor Alcalde y Procurador Síndico y al señor Director del MAGAP de Napo en el domicilio señalado en la demanda, mediante la sala de citaciones.- Actúe en la presente causa el abogado Carlos Sebastián Cajas, en calidad de secretario titular.- NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, jueves 12 de abril del 2018, las 13h31, Incorpórese al proceso los oficios adjuntos al escrito presentado por FREDDIE BRIONES DE PEDRO Y EUGENIA MAKABENTA DE PEDRO y los oficios remitidos por el Coordinador Zonal 2 - Tena, en donde se aprecia que los demandados: TANGUILA ANGÉLICA MARGARITA, C.C. 1500012263; PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE, C.C.1500326713, PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA, C.C. 1500282866; PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH, C.C.1500394752; PORTILLA TANGUILLA DANIEL ALFONSO, C.C. 1500414436, no han salido del país ni consta en el registro consular, es decir no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia, por lo tanto amparada en los incisos cuarto y quinto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos requiero la comparecencia a esta Judicatura de los actores Freddie Briones de Pedro y Eugenia Makabenta de Pedro, el día 24 de abril, del 2018, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados señores: Tanguila Angélica Margarita, Portilla Tanguila Livia Marlene, Portilla Tanguila Carmen María Delfina, Portilla Tanguila Silvia Margoth y Portilla Tanguilla Daniel Alfonso, hecho que sea CÍTESELES a los demandados y presuntos herederos desconocidos que se sientan con derechos de sucesión de quien en vida se llamó Luis Alfonso Portilla Guerrero: los mismos que citados por medio del semanario INDEPENDIENTE que circula a nivel de la Región Amazónica. Los delegados del MAGAP y la ALCALDÍA DEL CANTÓN CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA no han sido citados conforme a la revisión del proceso. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 18 de julio del 2018, las 13h43, Cumplido que ha sido el requerimiento ordenado en providencia de fecha 28 de junio del 2018, las 16h59, es decir los actores han declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el paradero de los demandados, conforme lo establece el artículo 56 numeral 1 del COGEP, cítese a PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE con CI. 1500326713; PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA con CI. 1500282866 y PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH con CI. 1500394752, con el auto de calificación y esta providencia en el periódico Semanario “Independiente” uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Napo, para que dentro del término de veinte días de citados, den contestación a la misma y señalen casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones, con apercibimiento de rebeldía. Notifíquese.- F.- Dra. Mercedes Aide Jumbo Jueza Subrogante, Abg. Sebastián Cajas Moya Secretario. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F T2097 EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMARON JUAN GREFA ANDY Y PASCUAL GREFA MAMALLACTA ACTOR: TANGUILA CHAVEZ JAIR EDUARDO DEMANDADOS: MARCELINA CECILIA GREFA MAMALLACTA, PEDRO HUMBERTO GREFA MAMLLACTA, AYDA CARMELA GREFA MAMALLACTA, INÉS OLGA GREFA MAMALLACTA, CARLOS RAÚL GREFA MAMALLACTA, ROSA CARMITA GREFA MAMALLACTA, TERESA MATILDE GREFA MAMALLACTA, Y OTROS. JUICIO: ORDINARIO: No.- 15301-2017-00752 ASUNTO: ORDINARIO- PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO JUEZA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.lunes 13 de noviembre del 2017, las 11h20.- VISTOS Dr. Cléver Urgiléz Calle Juez subrogante del despacho de la Doctora Mercedes Aide Jumbo Jumbo, mediante acción de personal N° 0866-UPTH-2017-IN -07/11/2017. En lo principal. CALIFICACION DE LA DEMANDA.-: La demanda y la completación de la misma que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados constantes en el libelo de la demanda en el domicilio señalado, al señor Director del MAGAP de Napo, a los personeros del GADM de Tena, notifíquese en el lugar indicado en la demanda, para citar y notificar a todos los demandados se adjuntará a la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. A los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida se llamaron Juan Grefa Andy y Pascual Grefa Mamallacta, cítese por la prensa conforme lo determinan los Arts. 58 y 56 del COGEP en el Semanario Independiente que circula en la región amazónica. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Inscríbase la demanda conforme lo determina la norma, para dicho efecto notifíquese al funcionario correspondiente. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE.- Lo certifico Tena 22 de Enero de 2018. Atentamente, Ab. Jennifer Zúñiga Galviz SECRETARIA DE LA UNIDAD TELEF. 062998-900 EXT. 63001 jennifer.zuniga@funcionjudicial.gob.ec 1/3F T2098 EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: PEDRO AGUSTÍN AGUINDA LICUY, MANUEL AGUINDA SALAZAR, FRANCISCO CLEMENTE LICUY HUATATOCA, AGUSTÍN AGUINDA TAPUY, LUIS ANDI CALAPUCHA, PEDRO AGUINDA LICUY, PEDRO AGUSTÍN MAMALLACTA AGUINDA, DIONISIO MANUEL GREFA CALAPUCHA, TERESA TAPUY GREFA, ROSA SUSANA AGUINDA CHIMBO, MARÍA ESTEFANÍA PISANGO TAPUY, ANDRÉS JAIME AGUINDA PIZANGO, ROSA LORENZA AGUINDA PIZANGO Y ELÍAS DOMINGO AGUINDA LICUY, ACTOR: ESCOBAR LOPEZ CESAR XAVIER Y ESPIN REYES VICTORIA NOEMI DEMANDADOS: PEDRO AGUSTÍN AGUINDA LICUY, MANUEL AGUINDA SALAZAR, FRANCISCO CLEMENTE LICUY HUATATOCA, AGUSTÍN AGUINDA TAPUY, LUIS ANDI CALAPUCHA, PEDRO AGUINDA LICUY, PEDRO AGUSTÍN MAMALLACTA AGUIN-
DA, DIONISIO MANUEL GREFA CALAPUCHA, TERESA TAPUY GREFA, ROSA SUSANA AGUINDA CHIMBO, MARÍA ESTEFANÍA PISANGO TAPUY, ANDRÉS JAIME AGUINDA PIZANGO, ROSA LORENZA AGUINDA PIZANGO Y ELÍAS DOMINGO AGUINDA LICUY JUICIO: ORDINARIO No.- 15301-2017-00971 ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: USD. 2.0000 JUEZA ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.Tena, miércoles 23 de mayo del 2018, las 17h08, VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de esta judicatura mediante acción de personal No. 0323-UPTH-2018-MA de fecha 07 de mayo de 2018, en lo principal dispongo: Agréguese la documentación presentada por la abogada Marlene Cecilia Rosado Barberán, Procuradora Judicial de los señores Elías Alonso Licuy Aguinda y Sebastiana Serafina Aguinda, el oficio N° 089 RPCT suscrito por el señor Registrador de la Propiedad de Tena y el escrito de la parte actora; proveyendo dispongo: 1) Al tenor del inciso segundo del Art. 53 del COIP, téngase por legalmente citados a los señores Elías Alonso Licuy Aguinda y Sebastiana Serafina Aguinda.- 2) La contestación a la demanda que antecede no cumple los requisitos señalados en el artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo cual, previo a calificarla, se ordena que el accionado complete y/o aclare su contestación, específicamente en los siguientes requisitos: a) Faltan los requisitos del artículo 142 numerales 2 y 12 del COGEP (número de cédula, firmas).- b) Demuestre documentadamente que los señores Elías Alonso Licuy Aguinda y Sebastiana Serafina Aguinda son mandatarios de los señores Saúl Rogelio Licuy Aguinda, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Elías Domingo Aguinda Licuy y otros, tal como describe en el segundo párrafo de su escrito. Para el efecto, de conformidad al artículo 156 de la norma citada, se concede a los demandados el término de tres días, con la advertencia de tenerla por no presentada, en caso de incumplimiento de lo dispuesto, considérese la razón emitida por parte de la autoridad Registral pertinente en cumplimiento a lo ordenado por el suscrito, póngase en conocimiento de las partes procesales la inscripción de la Demanda en esta causa; sobre la petición del actor, a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida se llamaron Pedro Agustín Aguinda Licuy, Manuel Aguinda Salazar, Francisco Clemente Licuy Huatatoca, Agustín Aguinda Tapuy, Luis Andi Calapucha, Pedro Aguinda Licuy, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Dionisio Manuel Grefa Calapucha, Teresa Tapuy Grefa, Rosa Susana Aguinda Chimbo, María Estefanía Pisango Tapuy, Andrés Jaime Aguinda Pizango, Rosa Lorenza Aguinda Pizango y Elías Domingo Aguinda Licuy, cítese por la prensa conforme lo determina los Arts. 58 y 56 del COGEP en el diario “SEMANARIO EL INDEPENDIENTE” mediante 3 publicaciones en fechas distintas, al especificarse en el Art. 58 ibídem que las publicaciones se realizarán en un periódico de amplia circulación del lugar. 2.-Actúe el Secretario Titular, Ab. Sebastián Cajas. NOTIFIQUESE.- Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 1/3F T2099
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tos y desconocidos de quienes en vida se llamaron Pedro Agustín Aguinda Licuy, Manuel Aguinda Salazar, Francisco Clemente Licuy Huatatoca, Agustín Aguinda Tapuy, Luis Andi Calapucha, Pedro Aguinda Licuy, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Dionisio Manuel Grefa Calapucha, Teresa Tapuy Grefa, Rosa Susana Aguinda Chimbo, María Estefanía Pisango Tapuy, Andrés Jaime Aguinda Pizango, Rosa Lorenza Aguinda Pizango y Elías Domingo Aguinda Licuy, cítese por la prensa conforme lo determina los Arts. 58 y 56 del COGEP en el Semanario Independiente que circula en la región amazónica. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Tena, conforme lo determina la norma, para dicho efecto notifíquese al funcionario correspondiente. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- NOTIFÍQUESE” Lo certifico, Tena, 17 de abril de 2018. Ab. Jennifer Zúñiga Galviz SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 1/3F T2100
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de Pedro Agustín Aguinda Licuy, Manuel Aguinda Salazar, Francisco Clemente Licuy Huatatoca, Agustín Aguinda Tapuy, Luis Andi Calapucha, Pedro Aguinda Licuy, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Dionisio Manuel Grefa Calapucha, Teresa Tapuy Grefa, Rosa Susana Aguinda Chimbo, María Estefanía Pisango Tapuy, Andrés Jaime Aguinda Pizango, Rosa Lorenza Aguinda Pizango y Elías Domingo Aguinda Licuy. SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, Lopez Núñez Rosita Ines, ha presentado un juicio ORDINARIO-Prescripción adquisitiva de dominio, en contra de: Pedro Agustin Aguinda Licuy, Mauel Aguinda Salazar y Otros, al cual se le asignó el No. 15301-2017-00970, cuyo extracto es como sigue: AUTO 24/11/2017, 13h51: “A los herederos presun-
Personas privadas de libertad (PPL) piden agua segura para su consumo
El texto manuscrito difundido por las PPL de la cárcel de Sucumbíos.
Redacción Sucumbíos
“El CRS (centro de rehabilitación de Sucumbíos) una cárcel del sistema penitenciario del Ecuador, alberga un promedio de 1.200 personas privadas de libertad, en condiciones adversas: de sobrepoblación y precariedad del sistema básico de agua potable, que origina enfermedades de tipo infectocontagiosas y de la piel. Obligados a beber agua no segura” dice una parte de la carta escrita en letra manuscrita, enviada desde esta cárcel de Sucumbíos dirigida a medios de comunicación, organismos como Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la iglesia católica, Defensoría del Pueblo y más organizaciones de
derechos humanos y apoyo humanitario, para que intervengan ante la imposibilidad de comprar agua embotellada, ya que la mayoría de presos es de bajos recursos, son pobres. El manuscrito, emitido a mediados de julio, agrega que antes estas condiciones, exhortan a los organismos respectivos, “tomen cartas en el asunto” por principio de humanidad, salud pública y derechos humanos, (porque aún no hemos perdido la condición de seres humanos y tenemos derecho a una agua segura), al tenor de la Constitución política, vigente en el Ecuador, señala el manuscrito. “Detrás del sufrimiento, hay siempre sufrimiento; el dolor nunca lleva máscara” escribió Oscar Wilde,
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Circulación del 29 de julio al 04 de agosto del 2018
salud
Mucho cuidado por los pinchazos accidentales
Qué cantidad de desechos de las actividades de atención sanitaria Se calcula que de todos los residuos generados por las actividades de atención sanitaria, aproximadamente un 85 por ciento son desechos comunes, exentos de peligro. Un gran problema mundial Miles de jeringas utilizadas salen de las casas de salud; si no hay un manejo adecuado, son botadas como basura común, esto puede poner en peligro la salud de los recicladores. Para evitar contaminaciones, los desechos hospitalarios demandan una gestión de manejo adecuada entre las casas de salud y las instituciones que tienen a cargo el manejo de los rellenos sanitarios o de incineración.
Tipos de desechos Los desechos y subproductos pueden ser de muy diversa índole, como se desprende de la lista que sigue. Desechos infecciosos: desechos contaminados con sangre u otros fluidos corporales (por ejemplo, a partir de muestras de diagnóstico desechadas), cultivos o cepas de agentes infecciosos procedentes de actividades de laboratorio (por ejemplo, desechos relacionados con autopsias o animales de laboratorio infectados, o desechos relacionados con pacientes ingresados en salas de aislamiento y equipo conexo (por ejemplo, hisopos, vendajes e instrumental médico desechable). Desechos anatomopatológicos: tejidos, órganos o fluidos humanos, partes corporales y cadáveres de animales. Objetos punzocortantes: jeringas, agujas, bisturíes y cuchillas desechables, etc. Productos químicos: por ejemplo, disolventes utilizados para preparados de laboratorio, desinfectantes, y metales pesados contenidos en los dispositivos médicos (por ejemplo, mercurio en termómetros rotos) y baterías. Productos farmacéuticos: vacunas y medicamentos caducados, no utilizados o contaminados. Desechos genotóxicos: desechos muy peligrosos, mutágenos, teratógenos o cancerígenos, como los medicamentos citotóxicos utilizados para tratar el cáncer, así como sus metabolitos. Desechos radiactivos: entre otros, productos contaminados con radionucleidos, por ejemplo material radiactivo de diagnóstico o radioterapia. Desechos no peligrosos o desechos comunes: desechos que no entrañan ningún peligro biológico, químico, radiactivo o físico particular. Los desechos sanitarios proceden básicamente de: hospitales y otros establecimientos asistenciales; la-
boratorios y centros de investigación; centros donde se practican autopsias y se prestan servicios mortuorios; laboratorios de investigación y pruebas con animales; bancos de sangre y centros de donación; residencias de ancianos. Los países de ingresos elevados generan en promedio hasta 0,5 kilogramos (kg) de desechos peligrosos por cama hospitalaria y día, mientras que en los de ingresos bajos ese promedio ronda los 0,2 kg. Sin embargo, en estos últimos países los desechos sanitarios peligrosos a menudo no se separan del resto de residuos, de modo que en la práctica su cantidad es mucho mayor. Riesgos para la salud Los desechos sanitarios contienen microorganismos que pueden ser dañinos e infectar a pacientes de hospital, al personal sanitario y a la población en general. Existen otros posibles riesgos infecciosos, como la propagación de microorganismos farmacorresistentes tras su liberación al medio originada en establecimientos sanitarios. Los desechos y sus subproductos también entrañan otros riesgos para la salud, como los que siguen: quemaduras por radiación; heridas por objeto punzocortante; intoxicaciones y contaminación por liberación al medio de productos farmacéuticos, en particular antibióticos y fármacos citotóxicos; intoxicaciones y contaminación por aguas residuales, así como por elementos o compuestos tóxicos, como el mercurio o las dioxinas que se liberan al incinerar los desechos. Riesgos por objetos punzocortantes Se calcula que cada año se aplican en el mundo 16.000 millones de inyecciones. Pero no todas las agujas y jeringas se eliminan correctamente, lo que entraña un
riesgo de lesión o infección, además de propiciar su reutilización. En los últimos años, el número de inyecciones con agujas y jeringas contaminadas ha disminuido sustancialmente en los países de ingresos bajos y medianos, gracias en parte a los esfuerzos desplegados para reducir la reutilización de dispositivos de inyección. Pese a los avances logrados, en el 2010 la administración de inyecciones en condiciones no seguras llegó a causar 33.800 nuevas infecciones por virus de inmunodeficiencia humana (VIH), 1,7 millones de infecciones por el virus de la hepatitis B (VHB) y 315.000 infecciones por el virus de la hepatitis C (VHC). En una persona que experimenta un pinchazo con una aguja previamente utilizada en un paciente fuente, el riesgo de infección por el VHB, el VHC y el VIH es del 30 por ciento, el 1,8 por ciento y el 0,3 por ciento, respectivamente. A todo ello hay que sumar los riesgos ligados a la práctica de hurgar en la basura de los vertederos o relacionados con el proceso de selección manual de los desechos peligrosos procedentes de los centros de salud. Se trata de prácticas comunes en muchas regiones del mundo, en particular en los países de ingresos bajos y medianos. Las personas que manipulan desechos corren un riesgo inminente de lesión por objeto punzocortante y de exposición a material tóxico o infeccioso. En un estudio realizado conjuntamente en el 2015 por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), se determinó que de las instalaciones incluidas en la muestra, que abarcaba un total de 24 países, apenas un poco más de la mitad (un 58 por ciento) tenía en funcionamiento sistemas adecuados para la eliminación segura de desechos
Según las estimaciones, se administran cada año en el mundo 16.000 millones de inyecciones, aunque no todas las agujas y jeringas son eliminadas correctamente después de su uso. En algunas circunstancias, los desechos sanitarios se incineran, lo que puede dar lugar a la emisión de dioxinas, furanos y otros contaminantes atmosféricos tóxicos. Las actividades de atención sanitaria protegen y restauran la salud y salvan vidas. Pero ¿qué ocurre con los desechos y subproductos que generan? De todos los residuos generados por esas actividades, aproximadamente un 85 por ciento son desechos comunes no peligrosos, semejantes a la basura doméstica. El 15 por ciento restante se considera material peligroso que puede ser infeccioso, tóxico o radiactivo.
sanitarios. Impacto ambiental El tratamiento y la evacuación de desechos sanitarios puede entrañar riesgos indirectos para la salud, a través de la liberación al medio de patógenos y contaminantes tóxicos. Si no están bien construidos, los vertederos pueden contaminar el agua para tomar. Además, todas las instalaciones de evacuación de desechos indebidamente diseñadas, gestionadas o mantenidas entrañan riesgos ocupacionales. La incineración de desechos es desde hace tiempo una práctica muy extendida, pero si no es total o si se incineran materiales que no se prestan a este tipo de tratamiento, se liberan a la atmósfera agentes contaminantes, así como cenizas residuales. Si se someten a incineración productos que contienen cloro, estos pueden liberar dioxinas y furanos, sustancias que son cancerígenas para el ser humano y han sido asociadas a diversos efectos perjudiciales para la salud. La incineración de metales pesados o productos con alto contenido metálico (en particular, de plomo, mercurio y cadmio) puede provocar la dispersión en el medio de metales tóxicos. Solo las incineradoras modernas que operan a temperaturas de entre 850 y 1.100 grados centígrados y cuentan con un sistema especial de depuración de gases pueden cumplir las normas internacionales de emisiones relacionadas a dioxinas y furanos. Hoy existen soluciones alternativas a la incineración, como la esterilización en autoclave o por microondas, el tratamiento por vapor combinado con agitación de los materiales tratados o el tratamiento químico. Motivos de una deficiente gestión de los desechos La falta de conciencia de los pe-
ligros que los desechos sanitarios pueden entrañar para la salud, la deficiente capacitación en gestión de desechos, la ausencia de sistemas de gestión y evacuación de residuos, la escasez de recursos humanos y económicos y la poca prioridad otorgada a esta cuestión figuran entre los problemas más frecuentemente asociados a los desechos sanitarios. Por otro lado, hay muchos países que carecen de una reglamentación adecuada en la materia o que, aun teniéndola, no la hacen cumplir. Medidas para el logro de mejoras La gestión de los desechos sanitarios requiere una mayor atención y diligencia para eliminar la importante carga de morbilidad asociada a la mala práctica, incluida la exposición a agentes infecciosos y sustancias tóxicas. Para mejorar la gestión de los desechos sanitarios hay que prestar atención a los siguientes elementos clave: implantación de un sistema integral que determine las responsabilidades, la asignación de recursos y los procesos de manipulación y evacuación de desechos. Se trata de un proceso a largo plazo que pasa por la introducción de mejoras graduales; sensibilización acerca de los riesgos ligados a los desechos sanitarios y mejor conocimiento de las prácticas seguras y fiables; y, selección de métodos de gestión seguros y ecológicamente inocuos, con el fin de proteger a las personas de todo peligro en los procesos de recogida, manipulación, almacenaje, transporte, tratamiento o eliminación de desechos. Para lograr una mejora a largo plazo y de carácter universal es indispensable el compromiso de los poderes públicos, aunque también se pueden adoptar medidas inmediatas a escala local. Fuente: www.who.int
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comunidad Estudiantes realizarán su formación en los servicios de desarrollo infantil del MIES
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Rosero dirige el Consejo de la Judicatura en Orellana
Momentos de la firma del convenio entre el MIES y el instituto Marta Bucaram de Roldós.
Redacción Orellana
Para que los estudiantes de tecnología superior en desarrollo infantil integral realicen su formación dual en los centros de desarrollo infantil (CDI) y unidades creciendo con nuestros hijos (CNH), el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) distrito Orellana firmó un convenio de cooperación con el instituto superior Martha Bucaram de Roldós. Alex Núñez, director distrital del MIES de Orellana, comentó que a través de este convenio los estudiantes de Orellana que viajan a
la provincia de Sucumbíos podrán alcanzar su formación dual en los servicios de desarrollo infantil del MIES en esta provincia, “vamos a contribuir a la transferencia de conocimientos y tecnologías, así como evaluar el desarrollo de las actividades que se asignen a los estudiantes dentro de la fase de formación práctica, in situ”, dijo. Núñez precisó que alrededor de 20 educadoras y educadores de desarrollo infantil de Orellana son estudiantes del instituto superior Martha Bucaram de Roldós, quienes también realizarán su formación dual dentro de los servicios
del MIES, “este convenio permite fortalecer la educación superior de los futuros profesionales de Orellana, lo que a su vez mejorará la atención en los CDI y CNH de esta provincia”. Maricela Camacho, quien vive en el cantón La Joya de los Sachas, dijo que este convenio es una oportunidad que permitirá mejorar el desarrollo, habilidades y destrezas de los estudiantes; así como conocer la atención y cuidados que reciben niñas y niños en áreas como motricidad y estimulación temprana por parte de las educadoras del MIES.
INFORMACIÓN COMERCIAL
Banco Internacional apoya al desarrollo del país Redacción Nacional
Banco Internacional con el fin
de apoyar el desarrollo del país, acompañó el encuentro de negocios y comercio promovido por
De izquierda a derecha: Yamile Ramos, Luis Orbe, Franklin Tello y Raúl Nava.
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Fedexpor con la participación de importantes empresarios nacionales e internacionales.
En la gráfica de izquierda a derecha: Yamile Ramos, Otto Cadena, Luis Orbe y Raúl Nava.
Edgar Rosero, director de la Judicatura de Orellana.
Redacción Orellana
El doctor Edgar Rosero, presidente de la corte provincial de justicia de Orellana (CPJO) fue designado director provincial del Consejo de la Judicatura de Orellana según resolución del Consejo Nacional de la Judicatura. Rosero manifestó que siendo el Consejo de la Judicatura un órgano de carácter administrativo, tiene la obligación de supervigilar disciplinariamente el organigrama de funcionamiento de la función judicial, “mi asistencia estará con las puertas abiertas para toda la ciudadanía que quiera insinuar, sugerir mejoras, o reclamar situaciones adversas que sucedan en la provincia, necesitamos que brille la justicia, que sea transparente eficaz e imparcial”, dijo. Recalcó que para presentar una denuncia en la Judicatura, no existe fecha ni horario, simplemente concurrir a la entidad, “las puertas del Consejo de la Judicatura siempre estarán abiertas a la ciudadanía, necesitamos tener una convergencia única con la ciudadanía, no queremos señalar días, horas o minutos para atenderlos, cuando se presente la oportunidad, estaremos prestos para atenderlos y dar solución al problema”.
Tema de los jueces En referencia a la reincorporación de los jueces que fueron destituidos y no fueron reemplazados, Rosero comentó “es el caso de un juez provincial, 3 jueces de primer nivel; la ciudadanía por ese lado deber estar reclamando la serenidad, tiene razón, del deficiente número de juzgadores, por esta razón se están retrasando las causas; por ejemplo, el juzgado de garantías penales de Orellana está con nosotros, la carga procesal la asume también del juzgado 2, y no fluyen las causas como debe ser por el inconveniente del tiempo; las flagrancias que son diarias, impiden que el juzgador cumpla con su obligación con el principio de celeridad exigido en la Constitución”. Asimismo, Rosero se refirió al caso del complejo judicial de Orellana, “es la única provincia que no tiene un complejo judicial, tenemos las escrituras del terreno a nombre de la judicatura de hace años, pero no se ha hecho absolutamente nada, existió un presupuesto, pero no se ejecutó, desconozco los motivos, pero vamos a insistir porque no puede quedar relegada la provincia a estar supeditada a los arrendamientos”, concluyó.
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COMUNIDAD
La provincialización de hace 20 años
Migración interna, el origen de la provincia de Orellana Una descripción muy aproximada del contexto político y social de Orellana, antes y después de la provincialización, hace 20 años. El 30 de julio de 1998, para los orellanenses, constituye el verdadero punto de partida hacia su propio desarrollo administrativo; esto buscaban los diferentes comités de provincialización que se formaron para este fin.
Redacción Orellana
En la década de los años 50, cuando la actual provincia de Orellana pertenecía a la provincia Napo Pastaza, el educador y abogado Melitón Rodríguez escuchó de sus padres que después de la guerra del 41, la gente subió para esta zona y se asentó en las cabeceras de los ríos. Luego de la firma del Protocolo de Río de Janeiro, en 1942, comenzaron a regresar, “tal es así que Nuevo Rocafuerte tomó este nombre porque el antiguo Rocafuerte se llevó el Perú, lo que hoy es Pantoja y acá en Coca, más o menos por 1945, comenzaron a hacer la nueva población que estaba al otro lado del río”. El docente tuvo la oportunidad de conocer ese territorio a partir del año 1950, “al nacer una población, lo primero que pide es una escuela, y se creó la escuela Presidente Tamayo, también estaba la Misión Josefina, donde hubo un aeropuerto y aterrizaban las avionetas de TAO, cuyo propietario era el capitán Gonzalo Ruales, de Puyo, y que más o menos desapareció esa población en 1955, porque con cada creciente del río se iba derrumbando y solamente al otro lado quedó doña Margarita Ron de Sáenz y los demás se dispersaron por la ribera del río”. Rodríguez comenta que sus padres también migraron a la ribera del río y posteriormente fueron a estudiar en Nuevo Rocafuerte, en la escuela de los hermanos cristianos. “Para 1958 empezaron a venir acá para hacer la nueva población de Coca, y para 1960 ya estuvieron listas las primeras casas, entre ellas se fundó la nueva escuela Fray Mariano de Ázqueta, ya estaba la Misión capuchina; aquí también se construyó una pista de aviación, y se la hizo más grande, porque en una ocasión un avión carguero del Brasil, que cubría la ruta Manaos Quito, por emergencia tuvo que aterrizar en esta pista, pero como era de tierra, se hundió y para poder sacar el avión, tuvieron que alargarla, esa anécdota, muchos desconocen; donde ahora existen el Hotel La Misión y el Hotel Oasis, ahí existió la iglesia de la Misión Capuchina y la residencia de las hermanas Lauritas,
todo eso ya existía para el año de 1960”. Los primeros registros Al hablar de los primeros vecinos de la población, Rodríguez menciona al comedor de “Doña Chepita”, como cariñosamente la conocían a la esposa de Osvaldo San Miguel “y donde ahora es la Marina, existía la casa de don Antonio Vega y la del sargento Rosas; la del señor Barahona; donde ahora es el Parque Central había un campamento donde vinieron los primeros técnicos a hacer sísmica para el descubrimiento del petróleo, y donde ahora es la escuela Luis Napoleón Dillon funcionaba la escuela Presidente Tamayo; dando la vuelta, se encontraba la casa de don José Pauker, más allá la de doña Olimpia Quiroz, la de doña Margarita Ron de Sáenz, la de Osvaldo Flores, don Bolívar Rodríguez, la de César Andy, la de Enrique Castillo, esos fueron los primeros habitantes de Coca, después vinieron muchos más”, detalla el educador. En seguida de que terminó la educación primaria en Nuevo Rocafuerte, añade Rodríguez, fue a estudiar a Tena con la Misión Josefina, “regresé como profesor en 1968, estuve de profesor en Puerto Napo y luego en Putumayo, donde me tocó cumplir el servicio militar obligatorio; terminada la conscripción regresé como director de la escuela Presidente Tamayo, donde formé el primer comité procantonización, y el 30 de abril de 1969 se cantonizaron Orellana y Puerto El Carmen (Putumayo), porque toda esta parte pertenecía al cantón Aguarico, cuya cabecera cantonal era Nuevo Rocafuerte”. En referencia al ámbito político partidista, Melitón Rodríguez precisa que en 1970 hubo las primeras elecciones en Coca, “yo encabezaba las elecciones, en ese tiempo solamente había 3 partidos políticos, (velasquista, conservador y liberal), gané las elecciones encabezando el partido liberal, con 3 puestos de 5 posibles; el partido conservador consiguió 2, entonces fui el primer presidente del concejo municipal, pero por situaciones políticas que ya teníamos 2 conservadores, le pedimos a uno
que venga, que se haga a nosotros para hacer 4, y de esa manera le cedí la presidencia del municipio al otro compañero que era maestro, entonces el primer municipio del cantón Francisco de Orellana empezó el 10 de agosto de 1970”. Por febrero de 1972 hubo el golpe militar que derrocó al presidente Velasco Ibarra, “entró el general Rodríguez Lara, luego el triunvirato y en 1979 reinició la democracia con Jaime Roldós Aguilera; gané la presidencia del municipio hasta 1983, en esta administración se lograron obras como el primer alcantarillado de la ciudad, las primeras calles lastradas, el primer sistema de agua potable, además obras en Shushufindi, Sacha, el Cañón de los Monos, en Pompeya, en todos esos lugares porque el cantón era grande”, manifiesta. El profesor rememora cuando fue parte del primer comité de provincialización “en ese tiempo nos reuníamos en la casa de José Pauker porque era muy amplia. Recuerdo en 1982, con monseñor Alejandro Labaka, incluso hicimos un proyecto, mandamos, pero nunca se presentó en el Congreso, porque nuestra propuesta era de provincia Amazonas, inclusive antes que la provincia de Sucumbíos, como en esa época las autoridades eran de Sucumbíos, más bien facilitaron su provincialización, y nos dejaron fuera, pero continué siempre cerca, dando ideas, tomando parte de las nuevas estructuras hasta cuando se hizo la provincia”. Buscando otras rutas Milton Villagrán, oriundo de la provincia de Pastaza, comentó que hace 35 años llegó a Coca cuando era cantón de Napo; se reunieron con muchos ciudadanos que tenían el anhelo de lograr la independencia de Orellana “en el tiempo del padre Roque, José Pauker y otros idearios, que pensaban en liberarse del Alto Napo, porque en ese entonces por las vías que existían era un completo trajín viajar a Tena, en este sueño nacieron Coca y Lago Agrio, pero en lago Agrio hubo políticos más astutos y lograron sacar primeramente la provincia de Sucumbíos con su capital Nueva Loja; el dilema era definir cuál era la capital, Coca o
Lago Agrio, entonces los diputados de esa época lucharon, se adelantaron y lograron la creación de la provincia de Sucumbíos primero, pero ese sueño no quedó ahí, los ciudadanos que estamos viviendo acá, seguimos con la lucha de independizarnos del Alto Napo porque no se terminaba el trajinar de los ciudadanos que tenían que realizar sus gestiones en Tena, lo cual resultaba un día de viaje solo de ida, entonces tomaron las riendas los alcaldes de los cantones de esa época: Eduardo Montaño, alcalde de Coca; Fernando Andrade, de Loreto; Adolfo Bárcenas, de La Joya de los Sachas y el profesor Nelson Castillo, de Aguarico, entre los 4 presidentes del concejo de ese entonces decidieron luchar junto al diputado Estuardo Hidalgo, quien siempre en su plataforma de lucha hablaba sobre la creación de la nueva provincia, en ese tiempo hablábamos de la tercera provincia Amazonas, eso significó grandes procesos de lucha y se logró inmiscuir a toda la ciudadanía en la cual, en una amplia reunión, se decía que faltaba dinero para el proyecto de creación de la provincia que estaba en manos del profesor David Guevara, en la ciudad de Tena. Añade que en esa reunión la señora Francisca Gómez dijo que aportaba 500.000 sucres ya que se necesitaban 25 millones para pagar los estudios, entonces hicimos una maratón radial con artistas en las calles Napo y Rocafuerte donde toda la gente estaba esperando este cambio, “conseguimos los recursos y con eso logramos que los alcaldes también se movilicen en el tema, porque también hay que decir, siempre en cada campaña política, la plataforma de lucha de muchos políticos era la creación de la nueva provincia y nunca hacían nada, conozco y puedo hablar porque fui parte del comité de apoyo a la creación de la provincia de Orellana en la presidencia de Luis Quezada, Osvaldo Flores, Víctor Hugo Chalá (fallecido), entonces con el diputado Freddy Estrella tuvo que mantener una lucha fuerte dentro del Congreso para alcanzar los votos y lograr la creación de la provincia y el 28 de julio de 1998; en el Congreso die-
ron el visto bueno para que se cree la provincia, promulgado el 30 de julio de 1998 con la presidencia de Fabián Alarcón”. La migración en auge Héctor Llori, amazónico de nacimiento, comentó que una vez conformada la provincia de Orellana, la zona tuvo un cambio radical por la migración de ciudadanos de diferentes partes del país, “esto ha ayudado a ver diferentes tipos de costumbres y Orellana ha crecido no a la medida que se ha esperado, con la escasez de servicios básicos necesarios, el suma kawsay no ha funcionado, el buen vivir en su contexto no ha sido concluido, han existido insatisfacciones de la población a pesar de que tenemos ciertas calles adoquinadas, pavimentadas; los servicios de agua potable han llegado a determinados sectores en todos los cantones, lógicamente las autoridades han tenido sus altos y bajos, aquí no podemos decir que todo lo conseguido ha sido exitoso, en la función de cada gobierno provincial, siempre han tenido sus pros y sus contras; necesitamos muchas cosas y las autoridades deben preocuparse mucho por el engrandecimiento de esta provincia”. Hace falta, dijo Llori, que se cristalice el proyecto macro de agua potable para la provincia, el cual favorecerá a 3 cantones, excepto Aguarico por su situación geográfica, “espero que ese proyecto de agua potable no sea un trampolín político, lo que pasa es que las autoridades de turno, creo, lo están utilizando con ese fin; aclaro que fui delegado de la sociedad civil, por la asociación de barrios para que asista como representante ante el Ministerio de Finanzas y que este proyecto regional de agua sea concedido como no reembolsable, porque todos sabemos que 40 años de explotación petrolera en Orellana, lo único que nos ha llevado es a contaminar nuestros ríos, quedando solamente el río Suno, que todavía su agua puede ser para el consumo humano, el gobierno nacional debería darnos este proyecto como parte de compensación por el daño ambiental que nos ha causado la explotación petrolera”.
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Posee una amplia riqueza natural
Shushufindi festeja sus 34 años de creación cantonal Shushufindi es el segundo cantón y ciudad más importante de la provincia de Sucumbíos.
Shushufindi, cultura y encanto natural En este cantón, turístico por naturaleza, los lugares a visitar son muchos y variados. Está la laguna de Limoncocha que forma parte de la reserva del mismo nombre. El museo etnográfico Cicame, muestra arqueológica de las antiguas culturas amazónicas. Poza Honda y San Pablo. Al margen derecho del río Aguarico surgió el poblado Siecopai, de San Pablo de Ketetsiaya, cuna del famoso pintor Ramón Piaguaje. Parroquia y laguna de Pañacocha, ubicada al margen derecho del río Aguarico, donde está el monumento una “torre de perforación petrolera”. En fin, las opciones son varias e incluso en la misma cabecera cantonal, donde está una infinidad de hoteles y restaurantes con su exquisita gastronomía: colombiana, amazónica, costeña y de la Sierra ecuatoriana. En ese contexto, las fiestas a celebrase por los 34 años de cantonización del 1 al 7 de agosto, se alargan durante todo el mes de agosto: “mes de la cultura” como se ha denominado al proyecto cultural, del municipio shushufindense, a través de su dirección de cultura.
Redacción Sucumbíos
El comercio en Shushufindi fluye por todo lado, desde la avenida principal: Naciones Unidas, hasta las calles transversales que forman parte de esta gran urbe, la quinta en población después de las capitales provinciales Nueva Loja (Sucumbíos) Francisco de Orellana (Orellana) Puyo (Pastaza) y Tena (Napo). Actualmente, en Shushufindi la regeneración urbana en las principales avenidas y calles, será un referente de presencia de una urbe moderna; y, más aún con la construcción de una ciclo vía para el paseo en bicicleta y deportistas que deseen ocupar este espacio construido en las principales calles de la ciudad. Es decir, la urbe P
Eventos como la exposición artesanal, productiva, ancestral y medicina alternativa, de los pueblos y nacionalidades, está prevista para el 11 y 12 de agosto, se desarrollará el encuentro cultural y recreativo juvenil: vida libre de drogas. Para el siguiente fin se semana, 18 y 19, está prevista la feria cultura gastronómica ancestral: olores y sabores, Shushufindi 2018, el sábado; mientras que el domingo 19 será el festival de juegos populares y tradicionales. El 25 de agosto será el festival de música nacional: pasillo y rockola, con el “colibrí de oro” para el ganador: el domingo 26, encuentro de fútbol de las estrellas, con la presencia de futbolistas ecuatorianos que tuvieron una buena performance en su vida deportiva: Edison Méndez, Neiser Reascos, Carlos Tenorio y otros. Esgar Silvestre, alcalde de Shushufindi, dijo: queremos festejar a Shushufindi como en las grandes ciudades del país; por ello incrementamos este proyecto cultural: “Agosto, mes de la cultura”. “Porque Shushufindi se merece” destacó el Alcalde.
shushifindense será, en pocos meses, un referente y ejemplo a seguir. La explotación petrolera y la instalación de empresas relacionadas a la industria petrolera, ha sido un referente más de desarrollo para este pueblo, un conjunto de ciudadanos y ciudadanas venidos de otras provincias del país en busca de mejores días para ellos y sus familias. Han pasado 34 años desde que Shushufindi fue declarado cantón de la provincia de Napo primero y luego de Sucumbíos y ese tiempo ha sido testigo importante para el desarrollo alcanzado por este pueblo de gente amable y trabajadora. Reseña histórica Shushufindi proviene de 2 voces P
cofanes: Shushu (puerco sahino) y findi (colibrí), por la existencia abundante de estas 2 especies. La historia dice que la existencia del “Dorado” o el “País de la canela” propiciaron las exploraciones del siglo 16, estableciendo los primeros contactos con los moradores de la región. Actualmente se encuentra habitado por las nacionalidades: Siecopai, Shuar, Kichwa y Siona, que lo constituye en un cantón con una diversa gama intercultural, ante la presencia de estas nacionalidades, ubicadas generalmente a lo largo de sus ríos y de manera especial en las riberas del Aguarico. Su población también se encuentra conformada por colonos y afro ecuatorianos que vinieron a estas tierras por el “boom petrolero”.
En 1964, el gobierno del Ecuador dio en concesión a Texaco- Gulf: 1.431.450 hectáreas, ubicadas en el nororiente, en la línea recta desde el río San Miguel, hasta Cononaco y de inmediato comenzaron los trabajos de exploración en escala, por lo que el primer barril de petróleo se produjo en el año 1977, entregado en Quito al gobierno nacional en ceremonia, como símbolo premonitorio de los cambios que se introducirían en el país. Con la denominada: “siembra del petróleo”, el gobierno militar creo la Corporación Estatal Petrolera Ecuatoriana (CEPE) para manejo de la industria petrolera. En 1974, iniciaron las gestiones para la construcción del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE), P
Parroquias: Shushufindi Central, parroquia urbana. Rurales: Limoncocha, San Roque, 7 de Julio, San Pedro de los Cofanes, Pañacocha.
terminales, empresas navieras de transporte de crudo, refinerías. En 1976, se puso en actividad el SOTE. En este contexto, se inserta la historia del cantón Shushufindi, la cual se encuentra anclada al desarrollo de la Amazonía y de los procesos migratorios que se desarrollaron en los años 60-70. El 7 de agosto de 1984, Shushufindi fue declarado en forma definitiva como cantón, en ese entonces perteneciente a la provincia de Napo. Luego, al crearse la nueva provincia de Sucumbíos, en el año 1989, se le anexa; así Shushufindi pasa a ser uno de los cantones de mayor importancia de la provincia de Sucumbíos, por su gran riqueza natural y por el desarrollo de actividades petroleras que ahí se realizan.
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La Dinapen implementa plan de acción para disminuir delitos en la provincia Redacción Sucumbíos
El capitán Felipe Gaona, jefe provincial de la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen) de Sucumbíos, desde hace un mes y medio, tiene como finalidad un importante plan a ejecutarse en este segundo semestre del año 2018 para disminuir las cifras de años anteriores respecto a delitos en general. Como unidad investigativa, la Dinapen trabaja directamente con Fiscalía, la unidad judicial y la junta cantonal de protección de derechos, con un trabajo en cada cantón de la provincia, en los 4 distritos establecidos: Sucumbíos, Putumayo, Shushufindi y Lago Agrio, explicó Gaona, un trabajo permanente de investigación y de prevención.
Gaona manifestó que, aunque con un personal limitado, se han hecho 433 disposiciones judiciales administrativas elaboradas en lo que va el primer semestre del año 2018. En otro aspecto, los llamados “operativos enfocados” ejecutados con resultados, operativos que básicamente se basan en 4 situaciones importantes: erradicación del trabajo infantil; un segundo eje, es el de rescatar a niños y niñas que están en la calle en horas de la noche, que es donde se vulneran sus derechos; una tercera, se refiere al control de centros de diversión nocturna, donde existirían casos de adolescentes que estén frecuentando estos locales; la Dinapen realiza los operativos con las autoridades competentes, intendencia y comisaría, en las visitas a centros de diversión nocturna como discotecas, bares, karaokes,
barras, prostíbulos. En el aspecto preventivo, con el objetivo de evitar violencia de género y de niños, niñas y adolescentes; con charlas que se desarrollan en centros educativos, en las asambleas comunitarias, conjuntamente con la policía comunitaria, instituciones públicas o privadas que les invitan a ser parte de casas abiertas. Además, como un complemento importante la Dinapen, se dedica a la investigación de niños y niñas desaparecidas, extraviadas o perdidas. Incremento de delitos Gaona precisó que en ese sentido tienen 68 casos en este primer semestre, localizados, por situaciones que han estado desaparecidos, extraviados o perdidos. Así, se ha realizado un importante trabajo, considera Gaona. El jefe de la Di-
napen lamentó que también tengan casos de violencia sexual; es decir hay un alto porcentaje de violencia sexual en el caso de niños, niñas y adolescentes. A nivel nacional, en el primer semestre del año 2017, existieron 1.403 delitos; para 2018, la cifra se incrementó a 1.816 casos, con un incremento del 29 por ciento al año anterior. Con estos antecedentes la Dinapen ejecuta planes estratégicos de prevención para ser aplicado en este segundo semestre del 2018 y reducirlo en relación al año anterior. En referencia a la provincia, Gaona dijo que hay delitos sexuales: 6 casos por violación; 9 por abuso sexual; un caso por distribución de material pornográfico (por internet); un caso por explotación de personas; y, uno por tentativa de violación; 18 casos en Sucumbíos, en lo que va del semestre.
La capacitación es la mejor medida de prevención Dentro del plan para erradicar este tipo de delitos, el capitán mencionó que la capacitación dentro de las unidades educativas de la provincia es lo más adecuado y práctico. A la par, en asambleas comunitarias, en directa relación de conversación con los padres de familia, autoridades locales y ciudadanía; donde se difundirán estos temas de prevención. El acompañamiento del Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos, que también son parte de las capacitaciones. Gaona espera que la difusión del plan a través de los medios de comunicación, sea un aporte importante para la prevención y erradicación de estos delitos, de los que son víctimas, en mayor número: niños, niñas y adolescentes.
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