El Consejo de presidentes de la LigaPro aprobó un nuevo formato para el torneo Serie A de 2025.
Sucumbíos y Orellana, son parte del estado de excepción, decretado por el Gobierno, en siete provincias del país.
COMUNIDAD»4 LOS CUATRO MENORES DE LAS MALVINAS, FUERON SEPULTADOS
Con profundo dolor, familiares y amigos dieron el último adiós, a los cuatro menores de Las Malvinas.
COMUNIDAD »3
COMUNIDAD»6 13 LISTAS DE CANDIDATOS A LA ASAMBLEA NACIONAL EN SUCUMBÍOS
La campaña inició el domingo 5 de enero y se extiende hasta el 6 de febrero, para las elecciones del 9 de febrero.
Editorial
A conducir con mayor responsabilidad en el 2025
En el país a cada momento sus vías se tiñen de sangre productos de los accidentes de tránsito que enlutan a ciento de familias de todos los extractos sociales. Y es que pareciera que cada día la observancia a las leyes de tránsito son meros tratados escritos, pero sobre todo la toma de conciencia y responsabilidad de nuestros conductores cada vez es más escasa.
Un total de 2.373 personas fallecieron en el país en el 2023, lo que representa un promedio de 6.5 muertes al día, informo la Colisión por la Movilidad Segura. Según datos de la Agencia Nacional de Tránsito, se produjeron 20,994 siniestros de tránsito, que dejaron además 18.605 lesionados.
Aunque en 2023 se registró un 4% menos de siniestros viales en comparación con 2022, el número de fallecidos aumentó, 2.373 personas perdieron la vida, lo que equivale a 6.5 muertes diarias. El factor de riesgo causante de la mayoría de siniestros la consti-
Opinión
tuye el exceso de velocidad. Los tipos de siniestros mas frecuentes fueron los choques laterales, los estrellamientos, arrollamientos y atropellamientos, que totalizan el 54,4%, la mayoría en vías urbanas, con 13.497 incidentes lo que representa el 64.2% del total.
Al hacer un análisis de las causas mas frecuentes que causan siniestros observamos que la velocidad (46%) es la causa principal, seguido de manejar distraídos (22%), conducir bajo efectos del alcohol (7%), y casos fortuitos o fuerza mayor (2%). Solo un 2% corresponde a accidentes inevitables; el 98% restante se pudieron prevenir, salvando vidas, evitando tanto dolor en nuestra sociedad.
Un dato no menos importante es según estadísticas, los hombres tienen una mayor tasa de accidentes, incluidos los accidentes de tráfico mortales, pero existe una diferencia sustancial entre los grupos demográficos, Los hombres jóvenes menores de 35 años tienen
un mayor riesgo de sufrir un accidente.
Cada año, mueren mas hombres que mujeres en accidentes de tránsito automovilísticos, esto se da porque los hombres suelen conducir más kilómetros que las mujeres y están más propensos a realizar prácticas de conducción arriesgadas, como no usar el cinturón de seguridad, conducir bajo efectos del alcohol, conducir a exceso de velocidad, y suelen distraerse mucho más que las mujeres.
La importancia de prevenir es muy importante, por eso es fundamental que los conductores estén preparados mental y físicamente para conducir largas distancias, e inclusive dentro de perímetros urbanos. Así también es requisito indispensable realizar periodos constantes de revisión del vehículo, en especial el sistema de frenos. Sobre todo, tener conciencia de la responsabilidad al sentarse frente del volante de un vehículo.
El ritmo estético y cognitivo de la palabra escrita
Por: Galo Guerrero-Jiménez
Toda lectura, bien sea científica o humanística, y en especial la literatura y la filosofía, de una o de otra manera, nos ofrece narrativas y/o poéticas de sí mismos, de lo que somos, en esencia, en cada relación y manifestación humana; nos toca, por lo tanto, a cada uno de los lectores, encontrarnos en ese ámbito de escritura elocuente, enriquecedor y también denunciador de conflictos humanos.
De ahí que, cuando hemos arribado a un texto determinado, uno de los grandes triunfos intelectuales y estético-emocionales, está en descubrir que, “la lectura es una confrontación crítica con el material y con las ideas del autor. Los libros (más aún los buenos libros) no contienen un mensaje unidireccional, sino que producen significaciones múltiples” (Kohan, 2019) en las que cada lector arriba de manera voluntaria, libre e in-
terpretativamente a porciones de lenguaje, no tanto de comprensión sino de inferencias que, como medios cognitivos y estéticos, le sirven al lector para profundizar, gozar, meditar e incluso escandalizarse sobre su mismo andamiaje humano.
El efecto subjetivo, apabullante, sorpresivo, preocupante, gozoso e incluso de asombro al leer un tema determinado, siempre surgirá o solo emergerá desde la voluntad plena que el lector tiene “para tomar entre las manos un libro, pasar cada página expectantes por lo que ahí espera contagiados del ritmo de la palabra escrita; desentrañar el misterio de una frase tras otra sintiendo en cada palmo de piel la emoción de formar parte del universo creado por el autor; ser capaces de construir la propia representación de otros mundos y reflexionar acerca de ellos, son algunas de las experiencias que surgen del acto de leer” (Tejada, 2012) con la más
viva emoción e interés que cada lector, desde su visión cultural, tiene para percibir ese mundo de letras y que, de hecho, influye estética y fenomenológicamente en todo su andamiaje cognitivo y ecológico-contextual.
Un tema leído con fluidez mental, sobre todo desde el mejor interés personal, en efecto, como señala el papa Francisco, “nos prepara para comprender y, por tanto, para afrontar las diferentes situaciones que puedan presentarse en la vida. En la lectura nos zambullimos en los personajes, en las preocupaciones, en los dramas, en los peligros, en los miedos de las personas que finalmente han superado los desafíos de la vida, o quizá durante la lectura damos consejos a los personajes que después nos servirán a nosotros mismos” (2024), en virtud de que el texto posee esa magia para el encuentro dialógico-narrativo sobre nuestra naturaleza humana.
Fundadores 1997
Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota
Director - Editor: Roberto Ratti
Subdirector: Wagner Jaramillo
SUCUMBÍOS
Corresponsales: Carlos Navarrete y Fausto Campos
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Seis de Diciembre y Guayaquil
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DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN
Cristina Goyes C. COBERTURA
Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.
IMPRENTA - EDITORIAL
Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.
Primer estado de excepción de 2025 en siete provincias que incluye a Orellana y Sucumbíos
Mediante Decreto 493, presidente Daniel Noboa declaró el estado de excepción en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos; el Distrito Metropolitano de Quito, el cantón La Troncal, en Cañar y el cantón Camilo Ponce Enríquez, en Azuay. El decreto ejecutivo señala que el estado de excepción se declara por grave conmoción interna y conflicto armado interno, por 60 días, es decir hasta marzo de 2025.
Esta vez, el estado de excepción aplica en siete provincias y tres cantones más, donde está incluida la capital.
Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos; el cantón La Troncal de la provincia de Cañar, el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay, y el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha, son las regiones donde aplicará la normativa.
El decreto ejecutivo, del 2 de enero, señala que el estado de excepción se declara por grave conmoción interna y conflicto armado interno, por 60 días, es decir hasta marzo de 2025, añadiendo que también están incluidos los centros de privación de la libertad que integran el Sistema Nacional de Rehabilitación Social a nivel nacional.
“Esta declaratoria se fundamenta en la situación fáctica
descrita en la parte considerativa del presente decreto ejecutivo que resalta el incremento de índices de violencia, cometimiento de delitos e intensidad de la presencia prolongada de grupos armados organizados en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos; el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha, el cantón La Troncal de la provincia de Cañar y el cantón Camilo Ponce Enríquez de la provincia de Azuay, que comprende también el Sistema Nacional de Rehabilitación Social a nivel nacional”, expone la normativa.
CANTONES CON HORARIO DE TOQUE DE QUEDA
El estado de excepción implica la limitación del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, así como la restricción de la libertad de tránsito.
En este último punto, según lo dispuesto por el presidente Noboa, para la restricción de la libertad de tránsito se aplicará un horario de toque de queda, en 23 cantones y parroquias de las provincias antes mencionadas, todos los días, desde las 22:00 hasta las 05:00.
LAS ZONAS DONDE APLICA SON:
Azuay – cantón Camilo Ponce Enríquez
Cañar – La Troncal
Guayas – cantón Durán
Guayas – cantón Balao
Guayas – parroquia Tenguel
Los Ríos – cantón Babahoyo
Los Ríos – cantón Buena Fe
Los Ríos – cantón Quevedo
Los Ríos – cantón Pueblo Viejo
Los Ríos – cantón Vinces
Los Ríos – cantón Valencia
Los Ríos – cantón Ventanas
Los Ríos – cantón Mocache
Los Ríos – cantón Urdaneta
Los Ríos – cantón Baba
Los Ríos – cantón Palenque
Los Ríos – cantón Quinsaloma
Los Ríos – cantón Montalvo
Orellana – cantón La Joya De Los Sachas
Orellana – cantón Puerto Francisco de Orellana
Orellana – cantón Loreto
Sucumbíos – Shushufindi
Sucumbíos – Lago Agrio
EL TOQUE DE QUEDA PERMITE LAS SIGUIENTES EXCEPCIONES A CIERTOS SECTORES Y FUNCIONARIOS:
- Personal de servicios de salud pública y privada.
- Miembros de la fuerza pública, seguridad privada complementaria, los servicios de gestión de riesgos y servicios de atención de emergencias.
- Servicios de emergencia vial.
- Servidores públicos de la Presidencia, Vicepresidencia, Ministerio de Gobierno, del Interior, de Defensa, del Snai, Asamblea Nacional y cuerpo diplomático acreditado en el país.
- Personal del sector exportador y del industrial que ejerza faenas nocturnas podrán estar en las calles.
- Abogados y personal de medios de comunicación también podrán circular.
- Servidores de sectores estratégicos como energía, recursos no renovables, telecomunicaciones, agua, vialidad, y la infraestructura aeroportuaria y de aviación.
- Prestadores de servicios de transporte, logística y transporte público.
- Personas que deban trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados.
- Personas que en el ejercicio de sus actividades económicas abastezcan una cadena productiva.
- Servidores de la Función Electoral, o cualquier persona relacionada al proceso electoral, debidamente autorizada por el Consejo Nacional Electoral.
- Las personas que se encuentren inmersas en estas excepciones deberán acreditarlo con elementos como credenciales y autorizaciones.
» Lago Agrio y Shushufindi, con estado de excepción, en Sucumbíos.
Comunidad 4
Circulación del 05 al 11 de enero de 2025
Malvinas: último adiós entre lágrimas y consternación, para los cuatro niños
Entre lágrimas de familiares y vecinos, los menores: Steven, Josué, Ismael y Nehemías, fueron despedidos por sus familiares, amigos y vecinos. Por este hecho, hay 16 militares con prisión preventiva, por el presunto delito de desaparición forzada.
Se confirmó que los cuerpos que los cuerpos en Taura, el 24 de diciembre, corresponden a los cuatro menores desaparecidos en Las Malvinas, sur de Guayaquil. Así lo confirmó la Fiscalía General del Estado, a través de su cuenta X. Según los resultados de la pericia, los cuatro menores fueron asesinados e incinerados.
La lamentable noticia llegó minutos después de que el juez del caso acogiera el pedido de la Fiscalía, para dictar prisión preventiva contra 16 uniformados de las Fuerzas Armadas, implicados en la desaparición de los menores.
“Estamos destrozados, no tengo palabras. Siempre guardábamos la esperanza de que estuvieran vivos.
No tenemos Fuerzas para nada”, expresó Luis Arroyo, padre de dos de los cuatro menores, que desaparecieron el pasado 8 de diciembre, tras ser interceptados por militares. Luis relató el profundo dolor que lo embargaba, al confirmar que los cuerpos encontrados, en un recinto de Taura, el 24 de diciembre, pertenecen a los menores.
Desde el 31 de diciembre del 2024, los restos de los cuatro menores fueron velados, en sus respectivos domicilios o casas de sus familiares, ubicadas en el sector de Las Malvinas, al sur de Guayaquil.
Sobre los ataúdes de los adolescentes, estaban los uniformes, que solían usar en los partidos de fútbol: un homenaje a los momentos felices que compartieron en vida.
Katy Bustos, madre de Ismael y Josué, reseñó: “el fiscal nos dijo que necesitaba reunirse con nosotros,
porque tenía una noticia; nunca pensamos que nos confirmaría que nuestros hijos, estaban muertos. Ha sido un año difícil” relató la esmeraldeña de 37 años de edad.
Felicia, abuela paterna de Steven, dijo: “era el engreído de la casa”, por ser el más divertido y su habilidad para bailar marimba.
“Mi niño era un amor, siempre gracioso. Prefiero recordarlo bailando y haciendo reír. No así dentro de una caja. Solo queremos justicia y que los responsables paguen” expresó con dolor, antes de que los restos de Steven y sus amigos, fueran trasladados al cementerio, Ángel María Canals, ubicado en el suburbio de Guayaquil, donde fueron sepultados la tarde del miércoles 1 de enero del 2025.
Fuente: Primicias y diario Expreso de Guayaquil.
¿Quiénes eran los 4 de Guayaquil? El gobierno debe respetar el debido proceso en caso Malvinas
Ellos no merecían este destino, ningún niño de los que se hayan perdido aquí en Ecuador merece este destino".
Las palabras son de Luis Arroyo y las pronuncia después de haber enterrado los cuerpos de sus hijos Ismael y Josué, de 15 y 14 años, en el Cementerio Ángel María Canales, en el sur de Guayaquil. Horas antes le había tocado reconocerlos. Los vio incinerados, con signos de tortura, desfigurados y mutilados.
"Estamos destruidos por dentro. No tengo palabras... no sé por qué estas personas hicieron algo tan aberrante... no tienen perdón de Dios", le dice por teléfono -con
voz quebrada- a Isabel Caro, de BBC Mundo, desde Guayaquil. Los jóvenes habían sido encontrados siete días antes, tras una búsqueda desesperada de sus familias y amigos.
El 8 de diciembre pasado Ismael y Josué salieron a jugar a la pelota y nunca más regresaron. Se les perdió el rastro, junto a otros dos menores de edad, Nehemías Arboleda, de 15 años, y Steven Medina, de 11, tras ser detenidos por una patrulla del ejército en la zona popular de Las Malvinas. Denominados luego "los 4 de Guayaquil", sus cuerpos fueron hallados cerca de un cantón militar en Taura el 24 de diciembre.
El ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, emitió un comunicado la noche del martes 31 de diciembre, respecto a la desaparición y asesinato de los cuatro menores, originarios de Las Malvinas.
En el comunicado, el Gobierno expresó su profundo lamento, por la confirmación de la Fiscalía, sobre la identidad y el asesinato de los cuatro menores de edad.
“Reafirmamos nuestro compromiso con la verdad, para que este caso sea llevado, con total
transparencia, hasta dar con los responsables de este asesinato” señala el comunicado del ministro de Defensa.
Así mismo, sobre los 16 militares implicados, el Gobierno subrayó que se encuentran bajo prisión preventiva y han comparecido a todas las diligencias judiciales, “sin incurrir a maniobras que puedan entorpecer el avance de las investigaciones”. Finalmente, el Ejecutivo hizo un llamado al respecto el debido proceso.
» Luis Arroyo, con las cuatro medallas que ganó su hijo, llora desconsolada, por la pérdida de sus hijos, Ismael y Josué.
» Los cuatro menores de Las Malvinas.
Circulación del 05 al 11 de enero de 2025
Elecciones 2025 5
Los cinco presidenciables que aparecen en las encuestas antes de iniciar la campaña
“Es recomendable destinar al menos el 20% de las utilidades mensuales para un fondo de ahorro. Cinco de los 16 candidatos y candidatas presidenciales aparecen entre los primeros puestos en las encuestas. Daniel Noboa y Luisa González se mantienen en primer y segundo lugar, respectivamente. ¿Quiénes son los otros tres?
Dos mujeres y 14 hombres compiten por la Presidencia de Ecuador. El próximo 9 de febrero de sufragio general se definirá si alguno de los 16 candidatos gana en primera vuelta o si dos contrincantes van a segunda vuelta, que será el 13 de abril.
A dos días de que arranque la campaña electoral, el 5 de enero, hay dos candidatos presidenciales que todavía encabezan las encuestas. Mientras que otros tres se ubican en el tercer puesto, pero no de forma permanente.
¿QUIÉNES SON
LOS 16 BINOMIOS PRESIDENCIALES?
Estos son los 16 candidatos presidenciales y sus binomios, nombres que aparecerán en la pa-
peleta el día del sufragio.
Jimmy Jairala y Lucia Vallecilla, Centro Democrático (CD) (Lista 1)
Jorge Escala y Pacha Terán, Partido Unidad Popular (UP) (Lista 2)
Andrea González y Galo Moncayo, Partido Sociedad Patriótica (PSP) (Lista 3)
Víctor Araúz y Cristina Carrera, Pueblo Igualdad Democracia (PID) (Lista 4)
Luisa González y Diego Borja, Alianza Revolución Ciudadana (RC-Reto) (Listas 5-33)
Henry Kronfle y Dallyana Passailaigue, Partido Social Cristiano (PSC) (Lista 6)
Daniel Noboa y María José Pinto, Acción Democrática Nacional (ADN) (Lista 7)
Luis Felipe Tillería y Karla Rosero, Partido Avanza (Lista 8)
Carlos Rabascall y Alejandra
Rivas, Izquierda Democrática (ID) (Lista 12)
Juan Cueva y Cristina Reyes, Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades (AMIGO) (Lista 16)
Pedro Granja y Verónica Silva, Partido Socialista Ecuatoriano (PSE) (Lista 17)
Leonidas Iza y Katiuska Molina, Movimiento Pachakutik (PK) (Lista 18)
Iván Saquicela y María Luisa Coello, Movimiento Democracia
Sí (Lista 20)
Francesco Tabachi y Blanca Sacancela, Movimiento Creando Oportunidades (CREO) (Lista 21)
Enrique Gómez e Inés Díaz, Sociedad Unida Más Acción (SUMA) (Lista 23)
Henry Cucalón y Carla Larrea, Movimiento Construye (Lista 25)
EL TERCER PUESTO TODAVÍA SIN ROSTRO PERMANENTE
El tercer puesto no tiene un nombre fijo, pero fluctúan tres. Cada encuesta, según sus resultados, ubica a un candidato distinto. Jimmy Jairala ocupa el tercer lugar con un 4,8% de votos válidos, según Cedatos. Jairala es un político guayaquileño y fundador de CD. Se desempeña como radiodifusor y fue prefecto del Guayas.
Comunicaliza ubica en tercer puesto a Leonidas Iza con un 2,5% de voto directo. Iza es ingeniero, preside la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie). Fue uno de los dirigentes indígenas que participó en las protestas de 2019 y 2022.
También aparece el nombre de Francesco Tabacchi en tercer lugar según los resultados de una encuesta de Áltica, realizada entre el 1 y 7 de diciembre. Esa encuesta ubicó a González en primer puesto (con el 45,5% de intención de voto efectiva), a Noboa en segundo lugar (39,1%) y a Tabacchi en el tercero (4,5%).
La campaña electoral va del 5 de enero al 6 de febrero de 2025 y posibilitaría ventajas para los 14 candidatos menos opcionados, de darse ciertos factores: cambios en la indecisión del electorado, reordenamiento de actores políticos, algún escándalo sobre algún candidato o candidata. Hasta el momento, según Cedatos, hay un 61% de indecisos. Es decir, no han elegido a su candidato ganador.
» 16 binomios aspiran la presidencia de la República.
Elecciones 2025 6 7
Las elecciones serán el 9 de febrero.
13 Tiendas políticas en Sucumbíos por tres cupos, para la Asamblea Nacional CNE divulgó diseño final de papeleta presidencia
Y de haber una segunda vuelta, para presidente, éstas serán el 13 de abril.
La campaña inició el 5 de enero y se extiende hasta el 6 de febrero.
En Sucumbíos, se inscribieron 13 tiendas políticas, en la delegación provincial, del Consejo Nacional Electoral, para las elecciones de asambleístas y presidente de la República, para las elecciones del 9 de febrero del 2025.
Aquí los candidatos y candidatas, que van por tres escaños para la Asamblea Nacional, como le corresponde a Sucumbíos y que reemplazarán a los asambleístas: Guido Vargas, Comps Córdova y Amado Chávez.
3. Tomás Bósquez, principal; María Fernanda Medranda, suplente
A partir del 30 de diciembre de 2024, desde el Instituto Geográfico Militar (IGM) inició el traslado del material impreso hacia la empresa integradora de los paquetes electorales de las elecciones. Entre el 5 de enero al 6 de febrero se desarrollará la campaña electoral. Desde el 9 de enero de 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) iniciará la distribución del material electoral para los comicios presidenciales y legislativos del 9 de febrero de 2025 donde están habilitados a sufra-
gar 13.736.314 ecuatorianos. El material fue trasladado bajo custodia de Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Una vez integrados, los paquetes serán distribuidos a hacia las tres circunscripciones en el exterior: Europa, Asia y Oceanía; Canadá y Estados Unidos; y Latinoamérica, el Caribe y África, y las 24 delegaciones provinciales electorales.
Un total de 4.455 candidaturas (2.200 principales y 2.255 suplentes) que participarán en los comicios del 9 de febrero. (SC)
» Diseño final de la papeleta presidencial.
Comunidad 8
Circulación del 05 al 11 de enero de 2025
Autoridades del gobierno, definen plan para el 2025
Una reunión con las máximas autoridades, de las empresas eléctricas en la que estuvieron, la ministra de Energía y Minas encargada, Inés Manzano y el viceministro de Electricidad y Energía Renovable, Fabián Calero.
En este encuentro, “se definieron los planes estratégicos, para atender la demanda de electricidad en 2025” informó la cartera de Estado, a través de X.
Desde el ministerio de Energía y Minas, se indicó que en
la reunión se trató sobre “la planificación de cada empresa distribuidora” así como, de “los programas de comunicación, también para la ciudadanía”.
Este encuentro se dio en el mismo día en que el Gobierno, anunció el fin de los apagones para el sector industrial y que desde enero ya no habrá racionamientos.” A partir del 1 de enero las industrias del segmento AV 1 y AV 2 no tendrán restricciones ni suspensiones de electricidad. Agradecemos su compromiso y aporte al sistema, mediante su autogestión”. Comunicó la ministra Manzano.
Lo indicado por la ministra, fue ratificado por la Presidencia de la República, que informó que “con esta medida, el país retomará la normalidad, sin cortes ni racio-
namientos eléctricos, asegurando un suministro continuo para todos los sectores”.
El Gobierno también agregó que, “esto ha sido posible gracias a la gestión del Gobierno, a través del Ministerio de Energía y Minas, para cubrir el déficit ocasionado, por años de abandono al sistema energético nacional”.
La suspensión del suministro de energía, en Ecuador, empezó el 23 de septiembre y se extendió hasta el 19 de diciembre, para el sector residencial; mientras que, para el sector industrial, los racionamientos se dieron hasta el 31 de diciembre.
A la industria, en las últimas semanas, se pidió un ahorro del 40% de energía.
Fuente: Diario El Universo de Guayaquil.
Daniel Noboa designa a Cynthia Gellibert como nueva vicepresidenta encargada en lugar de Sariha Moya
El presidente Daniel Noboa designó este 4 de enero de 2025 a Cynthia Natalie Gellibert Mora, como vicepresidenta encargada de la República. Esto, en medio de la pugna con Verónica Abad, la vicepresidenta elegida en las urnas y que pretende asumir la Presidencia encargada el 5 de enero. Gellibert es la secretaria general de la Administración Pública y Gabinete de la Presidencia de la República, y reemplaza a Sariha Moya, anteriormente designada por el mismo Noboa dos días antes pero que, por un quebranto de salud y necesitar reposo, se excusa de seguir con el encargo.
Según el decreto, Gellibert estará encargada de la Vicepresidencia hasta el 22 de enero de 2025 "o hasta que la señora María Verónica Abad Rojas se presente y tome posesión de sus funciones en la Embajada del Ecuador en la República de Türkiye", es decir, Turquía.
El Gobierno considera que Verónica Abad ha incurrido en una “ausencia temporal”, luego de que tomó vacaciones en lugar de viajar a Turquía, una controversia más en la pugna entre los mandatarios.
Abad, por su lado, presentó ante la Corte Constitucional una acción de incumplimiento del dictamen en el que el tribunal establece que las únicas causales de ausencia son las previstas en la Constitución.
En este documento está el respectivo decreto del nombramiento de Gellibert.
Fuente: Periódico
Palabras de Vida Eterna
Porque esta es la voluntad de Dios: que, practicando el bien, hagan callar la ignorancia de los insensatos. Eso es actuar como personas libres que no se valen de su libertad para disimular la maldad, sino que viven como siervos de Dios.
1 Pedro 2:15-16
» Inés Manzano, ministra encargada de Energía y Minas.
» Según el decreto, Gellibert estará encargada de la Vicepresidencia hasta el 22 de enero de 2025.
Deportes
¿Cómo se jugará la LIGAPRO 2025? Así es el nuevo formato que elimina las finales
El Consejo de presidentes de la LigaPro aprobó un nuevo formato para el torneo Serie A de 2025, en el que elimina las finales y premia la regularidad.
La LigaPro 2025 cambiará el formato por completo. Durante
los últimos cinco años, el sistema había sido el mismo: dos etapas de todos contra todos y una final con los ganadores de cada etapa.
Pero este año será diferente. Se jugará una fase inicial en partidos de ida y vuelta, todos contra todos
"Dolor en el fútbol": prensa internacional tras la muerte de Mathías Acuña
El futbolista uruguayo Mathías Acuña fue encontrado sin vida en un hotel en Ambato, el sábado 4 de enero, y los medios de todo el mundo se hicieron eco de esta trágica noticia.
La Nación de Argentina publicó: "Dolor en el fútbol. Se suicidó Mathías Acuña, un jugador uruguayo que había sido denunciado por violencia de género".
El Espectador de Colombia, por su parte, también se hizo eco de este suceso: "Luto en el fútbol su-
ramericano: encuentran muerto al uruguayo Mathías Acuña".
En cambio, el diario uruguayo Ovación dio más detalles sobre la muerte del delantero de 32 años e informó que trabajadores del hotel encontraron a Acuña suspendido en el armario de una habitación, utilizando una sábana.
Otros medios de Paraguay, Perú y España también se hicieron eco por el fallecimiento del uruguayo, a un poco más de un mes del inicio de la LigaPro 2025.
(30 fechas). Y luego habrá una fase final con dos hexagonales y un cuadrangular.
El primer hexagonal lo disputarán los equipos que terminaron entre el primer y el sexto lugar en la fase inicial. Y el que gane este hexagonal, será el campeón de la LigaPro.
El segundo y tercero se clasificarán para la Copa Libertadores como Ecuador 2 y Ecuador 3. Y del cuarto al sexto lograrán los cupos a la Copa Sudamericana del próximo año (2026).
El segundo hexagonal lo conformarán los equipos que terminaron entre el puesto 7 y el 12 de la fase inicial. El ganador se llevará el último cupo disponible para la Copa Sudamericana.
Y el cuadrangular lo disputarán los equipos que terminaron entre el puesto 13 al 16 en la
fase inicial. Los dos equipos que terminen últimos perderán la categoría y descenderán a la Serie B.
¿Cuál es la novedad en este sistema? En los hexagonales y en el cuadrangular, los equipos empezarán con los puntos que alcanzaron en la fase inicial.
Es decir, si un equipo sumó 20 puntos + 5 de gol diferencia en la primera fase, con esos mismos puntos empezará en el hexagonal.
"Me preocupa el sistema de torneo. Ahora vamos a tener más partidos, hay la posibilidad de que el segundo hexagonal no sea tan atractivo. Este nuevo sistema es más justo, pero le puede quitar emoción", dijo Miguel Ángel Loor, presidente de la LigaPro.
¿Cómo terminará este experimento? Lo sabremos a finales de 2025.
Michael Arroyo asiste al sepelio de sus sobrinos en Guayaquil
El exfutbolista Michael Arroyo despidió, en Guayaquil, a sus sobrinos Ismael y Josué, tras su asesinato.
Dolor. Angustia. Tristeza. Eso reflejaron las imágenes del Michael Arroyo al despedirse de sus sobrinos, quienes eran parte de los cuatro niños asesinados de Las Malvinas.
El exfutbolista acompañó en el sepelio a su hermano, Luis Arroyo, en el Cementerio del Suburbio de Guayaquil. Los cuatro niños desaparecieron el 8 de diciembre de 2024. Los restos de los hermanos Ismael y Josué Arroyo (15 y 14 años) Saúl Arboleda (15) y Steven Medina (11) fueron hallados incinerados en una zona rural y agreste de Taura (Naranjal, Guayas) el 24 de diciembre y se entregaron a las familias la noche de fin de año.
Fuente: Primicias.
» La LigaPro 2025 cambiará el formato por completo.
» El futbolista acompañó a su hermano Luis, al sepelio de sus sobrinos.
» El futbolista uruguayo Mathías Acuña fue encontrado sin vida en un hotel en Ambato.
10 Judiciales
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UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS
CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, a los presuntos herederos desconocidos del causante Villamil Gualinga Gonzalo Antonio, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: MORA BORJA INES ELIZABETH.
DEMANDADOS: Carlos Guillermo Villamil Mora, Gonzalo Antonio Villamil Mora, Villamil Cuji Gerardo Guillermo, Gualinga Canelos Agripina Micaela, Villamil Gualinga Martin Salomon, Villamil Gualinga Ruben Guillermo, Villamil Gualinga Ricardo Cesar, Villamil Mora Rosaida Elizabeth, Villamil Alomia Evelyn Esperanza, Villamil Llori Holmer Gonzalo, Villamil Mora Carlos Guillermo
JUICIO NRO: 21201-2024-00782
CUANTÍA: INDETERMINADA.
CAUSA: Declaratoria de unión de hecho post mortem
TRÁMITE: ORDINARIO
JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. MORA BORJA INES ELIZABETH. - A usted, con el mayor de los respetos comparezco y presento demanda de DECLARATORIA JUDICIAL DE LA EXISTENCIA DE LA UNIÓN DE HECHO POST MOSTEM, en los siguientes términos: 1.- La designación de la Unidad Judicial ante la cual concurro con mi demanda, ya la dejó establecida, a fin de que luego del sorteo respectivo sea uno de los Señores jueces o juezas que la conforman continúe con la tramitación de la causa. 2.- Mis nombres, apellidos y demás generales de Ley, son: INES ELIZABETH MORA BORJA, de nacionalidad ecuatoriana, con C.C. Nros. 2100538293, de estado civil soltera, de 38 años de edad, de ocupación EMPLEADA PÚBLICA, con domicilio en el barrio El Jardin, calles Cesar Villacis y Esmeraldas, de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, 4.- Los demandados son mis hijos: CARLOS GUILLERMO VILLAMIL MORA, ROSAIDA ELIZABETH VILLAMIL MORA, Y GONZALO ANTONIO VILLAMIL MORA, de 21, 18 y 10 años de edad, en sus órdenes. Por cuanto mi hijo: GONZALO ANTONIO VILLAMIL MORA, tiene 10 años de edad, por lo tanto, menor de edad, por lo que debe de dotarlo de un Curador Ad-Litem, para que lo represente en el presente juicio, por lo que insinuó el nombre de su tío materno, el señor: CRISTIAN NAPOLEON MORA BORJA, persona idónea y digna de todo confiar para que actúe como tal, quien de ser aceptado será llamado a posesionarse del cargo, hecho lo cual calificará la demanda. A los demandados en referencia, se los citará con la copia de la demanda y providencia recaída en ella en la siguiente dirección: Barrio El Jardín, calles Cesar Villacis y Esmeraldas de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Concediendo el tiempo prudencial para que conteste la demanda; e, incluido el Curador Ad-Litem, por existir conflictos de intereses, por lo que no puedo representar yo misma a mi hijo menor de edad. Como conozco de la existencia de la señora: VILLAMIL ALOMIA EVELYN ESPERANZA, con C.C. Nro. 2100617634, heredera del causante: VILLAMIL GUALINGA GONZALO ANTONIO, también la demando, por lo que se la citara con la copia de la demanda y providencia recaída en ella, en su domicilio que lo tiene ubicado en las calles Cesar Villacis y Esmeraldas, de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Asimismo, demando a otro hijo del causante VILLAMIL GUALINGA GONZALO ANTONIO, el señor: VILLAMIL LLORI HOLMER GONZALO, con C.C. Nro. 1500749401, quien tiene su domicilio en el barrio “30 de Abril”, de la ciudad de El Coca, cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana. A los padres del causante: VILLAMIL GUALINGA GONZALO ANTONIO, refiriéndome a los señores: VILLAMIL CUJI GERARDO GUILLERMO, con C.C. Nro. 1600032161, y, GUALINGA CANELOS AGRIPINA MICAELA, con C.C Nro. 1500455504, quienes tienen sus domicilios en la comunidad “NUEVA ESPERANZA”, km. 61, cantón Arosemena Tola, provincia de Napo. Para efectos de citación a la demanda, se lo hará mediante deprecatorio a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, enviándole despa-
cho en forma y concediéndole el tiempo prudencial en razón de la distancia, a fin de que ser ese el caso disponga a la Autoridad más cercana se cite a la demandada (Tengo conocimiento que el cantón Arosemena Tola, no tiene parroquias). Demando también a los hermanos del causante, señores: VILLAMIL GUALINGA MARTIN SALOMON, con C.C. Nro. 1600072993; VILLAMIR GUALINGA RUBEN GUILLERMO, con C.C. Nro. 1500284433; Y, VILLAMIL GUALINGA RICARDO CESAR, con C.C. Nro. 1600207342. Quienes tienen sus domicilios en la Comunidad “NUEVA ESPERANZA”, km.61 de la vía Tena-Napo. Para efectos de la citación a los demandados, se librará atento deprecatorio a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, enviándole despacho en forma y concediéndole el tiempo prudencial en razón de la distancia, a fin de que ser ese el caso disponga a la Autoridad pertinente más cercana, mediante comisión, se cite a los demandados. A los herederos desconocidos se los citará a través de los medios de comunicación, en la forma en que así lo señala el Art. 58 del COGEP, en la parte de su pertinencia. Yo por mi parte, declaro bajo juramento que desconozco más herederos de mi ahora difunto conviviente, don: GONZALO ANTONIO VILLAMIL GUALINGA. 5.- Que habiendo sido mi estado civil soltera, en fecha 15 de septiembre del año 2004, me uní a convivir formalmente como la esposa del señor GONZALO ANTONIO VILLAMIL GUALINGA, con C.C. Nro. 1500229248, quien, a esa fecha, ya era de estado civil divorciado. FUNDAMENTO DE HECHO. Esto lo indico, Señor Juez(a), que desde el año 2002 ya manteníamos relaciones sexuales e incluso como fruto de aquella relaciones sexuales, nació nuestro primer hijo: CARLOS GUILLERMO VILLAMIL MORA (nacido el 16 de julio del año 2003) y desde esa fecha (15 de septiembre del año 2004), mantuvimos una Unión de Hecho, estable, monogámica, sin ningún tipo de interrupción y éramos considerados como marido y mujer, por sus familiares, por mis familiares, por nuestros vecinos y por todos quienes nos conocían y que solo esta unión de hecho vino a interrumpirse el 19 de julio del año 2019, cuando estando en su trabajo sufrió una hemorragia aguda interna por laceración pulmonar cardiaca y hepática por traumatismo de tipo contuso y como consecuencia de aquello falleció. Que, como fruto de nuestras relaciones maritales, habidas entre la compareciente, y mi hoy difunto conviviente, procreamos tres hijos, los mismos que responden a las identidades de; CARLOS GUIKERMO VILLAMIL MORA; ROSAIDA ELIZABETH Y GONZALO ANTONIO VILLAMIL MORA, quienes a la presente fecha tienen 21, 18 y 10 años de edad, en sus respectivos órdenes. Que nuestro domicilio y hogar que habitábamos juntos con mi ahora difunto conviviente, don: GONZALO ANTONIO VILLAMIL GUALINGA y nuestros dos hijos: CARLOS GUILLERMO Y ROSAIDA ELIZABETH VILLAMIL MORA, lo mantuvimos en el barrio El Jardín, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Al fallecimiento de mi ahora fallecido conviviente: GONZALO ANTONIO VILLAMIL GUALINGA, él prestaba sus servicios lícitos y personales para EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON LAGO AGRIO, para lo cual contaba con su respectiva afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Que la Constitución de la República, reconoce a la Unión de Hecho estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la Ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio. Así lo señala el Art.68 de la referida Constitución de la República. Que el Art.67 de la Constitución de la República, señala: “Ser reconoce la familia en sus diversos tipos. El estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan íntegramente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes.” FUNDAMENTOS DE DERECHOS. Que el Art. 222 del Código Civil, señala: “La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial, mayores de edad, que formen un hogar de hecho, genera los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio y da origen a una sociedad de bienes. PRETENSIÓN. Solicita LA DECLARATORIA JUDICIAL DE LA EXISTENCIA DE LA UNION DE HECHO POST MORTEM, habida entre la demandante y mi hoy
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extinto conviviente, don: GONZALO ANTONIO VILLAMIL GUALINGA, para lo cual aportare prueba debida y pertinente. . DE LA CUANΤΙΑ. La cuantía es indeterminada. DEL PROCEDIMIENTO. El procedimiento en el que debe sustanciar y resolver este proceso, es el ORDINARIO. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Familia Mujer Niñez y Adolescencia de la provincia de Sucumbíos cantón Lago Agrio, conforme los artículos 44, 75, de la Constitución de la República y Artículos: 11, 19, 20, 23, 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; al estar legalmente posesionada y en funciones y, previo el sorteo electrónico de Ley, avoco conocimiento de la demanda. 1.-La demanda de DECLARATORIA DE LA EXISTENCIA DE LA UNIÓN DE HECHO POST MORTEM presentada por MORA BORJA INES ELIZABETH con el hoy fallecido VILLAMIL GUALINGA GONZALO ANTONIO con número de cédula 1500229248 en contra de los hijos del occiso, de conformidad con el Art.1028 del Código Civil señores: CARLOS GUILLERMO, ROSAIDA ELIZABETH, EVELYN ESPERANZA VILLAMIL MORA, de 28,21,18 y GONZALO ANTONIO VILLAMIL MORA de 10 años de edad, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 ibídem. 2.- Por cuanto uno de los herederos es menor de edad, proceda con el nombramiento del curador Ad-litem al MORA BORJA CRISTIAN NAPOLEON mediante junta de parientes, y se justifique la idoneidad por los señores Ponce Criollo Andrea Cristina y Salazar Nuñez Nally Mariana. Una vez insinuado y justificada la idoneidad será posesionada en su cargo. 2.-Cítese a los demandados señores CARLOS GUILLERMO, ROSAIDA ELIZABETH, EVELYN ESPERANZA VILLAMIL MORA, de 28, 21,18 y GONZALO ANTONIO VILLAMIL MORA de 10 años de edad, es clara, en el lugar señalado en el libelo de la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, al efecto se enviará suficiente despacho a citaciones a fin de que se cumpla con la diligencia de citación.-Por el menor GONZALO ANTONIO VILLAMIL MORA de 10 años de edad, se procederá a citar al curador debidamente nombrado y posicionado. 3.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 y 152 del mismo cuerpo normativo. 4.-Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte actora: Las pruebas documentales y testimoniales presentado por la actora la misma que será sometidos a lo dispuesto en el Art. 160 y 161 del COGEP, los testigos será notificados en el casillero del defensor de la actora para efectos del Art.191 del Cogep.-5.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda y tómese en cuenta, la cuantía de la demanda, el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por la actora y la autorización a su abogado patrocinador. Actué la Abogada Gladys Solarte como secretaria de esta Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.VISTOS: En lo principal, de oficio se procede a convalidar el auto de sustanciación de fecha 17 de octubre del 2024 a las 09h54, de conformidad con el Art.130.Nº 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, que según la demanda de la Declaratoria de la Unión de Hecho Post Mortem entre los demandado son los herederos, porque de conformidad con el Art.58 del COGEP se debe citar a los herederos presuntos y desconocidos, se le citara a través de uno de los medios de comunicación, en la forma prevista en el Art. 56 numeral 1 del COGEP. Por lo que se dispone que la parte actora proceda con esta forma de citación a los herederos desconocidos de manera inmediata a fin continuar con la tramitación de la causa, en lo demás las partes estén a los dispuesto en la resolución antes indicada. Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. - Notificase y Cúmplase. Atentamente.
DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO - MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVENIENTE DE UN POZO PROFUNDO SIN NOMBRE, PERFORADO EN LA COMUNIDAD 10 DE AGOSTO DE LA PARROQUIA UNIÓN MILAGREÑA, CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS, PROVINCIA DE ORELLANA.COORDENADAS
X= 297985.2173 Y=9960349.0332, Cota 246 m.s.n.m.
EXTRACTO
ACTOR: Katherin Lizeth Hinojosa Rojas, en calidad de alcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón La Joya de los Sachas.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso de agua proveniente de un pozo sin nombre, perforado en la comunidad 10 de Agosto, de la parroquia Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, el caudal requerido es de 4.05l/s, destinado para consumo humano. Expediente No. MAATE-DZ8-O-2024-0050-AU DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA Tena, 06 de noviembre del 2024. Las 09H09.Expediente No. MAATE-DZ8-O-2024-0050-AU.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Directora, encargada de la Dirección Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante Acción de Personal No. DZ8-0020, de fecha 14 de mayo del 2024, amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 y 107 del Reglamento General a la LORHUyA., y lo dispuesto en punto 2.1.1.1 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica. En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de uso de agua, para el funcionamiento del sistema integral de agua potable de las comunidades 10 de Agosto, Santa Rosa, Huamayacu 2, Virgen del Carmen, Nueva Esmeralda y Fronteras Huamayacu de la parroquia Unión Milagreña, presentada por la señora alcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La Joya de los Sachas, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.-Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua cuya autorización se solicita por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces, conforme lo determina el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Unión Milagreña, cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3. Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención de la Ing. Katherin Lizeth Hinojosa Rojas, en calidad de Alcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón La Joya de los Sachas, en virtud de la credencial que adjunta. 5.-Téngase en cuanta el correo electrónico, gad. joyadelossachas@gmail.com para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.NOTIFÍQUESE...f). Mgs. Adriana Patricia Santos Díaz. Directora encargada de la Dirección Zonal 8 Napo - Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO-OTOR-DZ8 3/3 C-4539
R del E
DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO - MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVENIENTE DEL RÍO CABECERA SARDINAS QUE PASA POR EL ÁREA MINERA RIGOBERTO CUEVA” CÓDIGO 1090053 UBICADA EN EL SECTOR RÍO SARDINAS PERTENECIENTE A LA PARROQUIA SAN JOSÉ DE GUAYUSA CANTÓN FRANCISCO DE ORELLANA, PROVINCIA DE ORELLANA, EXTRACTO
Circulación del 05 al 11 de enero de 2025
ACTOR: Rigoberto Cueva Correa, en calidad de representante legal, del área minera denominada Rigoberto Cueva. Código 1090053. OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Aprovechamiento del agua, proveniente del río, Cabecera Sardinas, en el sector Sardinas, perteneciente a la parroquia San José de Guayusa, cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, en un caudal de 4.5l/s, destinado en actividades mineras metálicas.
Expediente No. MAATE-DZ8-O-2024-0056-AA DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - Tena, 10 de diciembre del año 2024.- Las 11H02.Expediente No. MAATE-DZ8-O-2024-0056-AA. VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Directora, encargada de la Dirección Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante Acción de Personal No. DZ8-0020, de fecha 14 de mayo del 2024, y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo dos y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA; y lo dispuesto en punto 2.1.1.1 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica. En lo principal, por cuanto la solicitud de Aprovechamiento de agua en actividades mineras presentada por el señor Rigoberto Cueva Correa, en calidad representante legal del área minera denominada Rigoberto Cueva Código 1090053, la misma que es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua cuya autorización se solicita por la prensa mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces, conforme lo determina el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De Igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia San José de Guayusa, cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Téngase en cuenta los correos electrónicos peraltaojose@gmail.com señalado, para futuras notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE...f) Mgs. Adriana Patricia Santos Díaz. Directora encargada de la Dirección Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes. Dr. Marcos W. Ochoa O.
DEL RÍO QUINCE, QUE PASA POR LA COMUNIDAD LA FLORIDA, DE LA PARROQUIA JOYA DE LOS SACHAS, CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS, PROVINCIA DE ORELLANA, COORDENADAS. UTM18 SUR E=299548 N=9964072
EXTRACTO
ACTOR: Ing. LEYDI JACKELINE JIMÉNEZ RIVERA – GERENTE GENERAL DE EP PETROECUADOR.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso y aprovechamiento del agua, proveniente del río Quince, que pasa por la comunidad La Florida de la parroquia Joya de los Sachas, cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, en un caudal de 3l/s, destinados para consumo humano y actividades hidrocarburiferas en la plataforma Sacha 470, perteneciente al bloque 60.
Expediente N. “MAATE-DZ8-O-2024-0059-AA
DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO-MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
-Tena 26 de diciembre del año 2024.- Las 13H10.Expediente No. MAATE-DZ8-O-2024-0059-AA.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Directora encargada de la Dirección Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante acción de personal No. DZ8-0020, de fecha 14 de mayo del 2024, y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo dos y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA., y lo dispuesto en punto 2.1.1.1 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica. En lo principal, por cuanto la solicitud de uso y aprovechamiento de agua para consumo humano en campamentos e hidrocarburifera, para perforación y complementación de los pozos de la plataforma Sacha 470, perteneciente al bloque 60, presentada por el abogado Oswaldo Salazar Andrade, en calidad de Procurador Judicial de la Ing. Leydi Jackeline Jiménez Rivera-Gerente General de la EP PETROECUADOR, la misma que es clara precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.-Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua cuya autorización se solicita por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces conforme lo determina el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la comunidad La Florida, perteneciente a la parroquia Joya de los Sachas, cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor teniente político del cantón antes mencionado, carteles que perma necerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Opor tunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompa ña 4.- Se da por legitimada la intervención del Dr. Oswaldo Salazar, en calidad de Procurador Judi cial de la Ingeniera Leydi Jackeline Jiménez Rive ra-Gerente General de la EP PETROECUADOR, en virtud de la procuración judicial que adjunta. 5.Téngase en cuenta la autorización que concede a favor de los Dr. Cesar Abad, Edgar Izurieta y otros, para que en conjunto o individualmente presenten los escritos que fueren necesarios en favor de la
presente solicitud y los correos electrónicos señalados, para efecto de posteriores notificaciones. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario. - NOTIFÍQUESE...f)
...Mgs. Adriana Patricia Santos Díaz, Directora Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes.
Dr. Marcos W. Ochoa O.
SECRETARIO-DZ8 2/3 Q-4341
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN FRANCISCO DE ORELLANA. EXTRACTO JUDICIAL
Se pone en conocimiento del público en general, que dentro del Proceso de Declaratoria de Unión de hecho No. 22201-2024-00692, se ha dispuesto lo siguiente:
ACTORA: BALBINA SANTI CUJI
DEMANDADOS: PRESUNTOS O DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL SR. CARLOS GUILLERMO VALVERDE SANTI (+)
PROCEDIMIENTO: Ordinario
CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ: Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama
DEMANDA: La señora Balbina Santi Cuji, fundamentada en los arts. 222 y 223 del Código Civil, demanda la Declaratoria de la Unión de Hecho que mantuvo con el señor Carlos Guillermo Valverde Santi (+), desde el 1 de agosto del 2012 hasta el 4 de enero del 2024, con quien procrearon siete hijos en común que responden a los nombres de Edith Teresa, Juan David, Manuel Carlos, Raúl Ángel, Antonio Alex, Marco Paúl y José Fernando Valverde Santi, así como también han adquirido bienes muebles e inmuebles. Además, solicita que se cite por la prensa a los presuntos o desconocidos herederos que pudieran existir.
AUTO DE SUSTANCIACIÓN: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa, por reunir los requisitos establecidos en el art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se admite a trámite mediante el Procedimiento Ordinario determinado en el art. 289 del invocado cuerpo legal, en concordancia con los arts. 222 y 223 del Código Civil. En consecuencia, CÍTESE a los demandados señores EDITH TERESA, JUAN DAVID, MANUEL CARLOS, RAÚL ÁNGEL, ANTO NIO ALEX, MARCO PAÚL y JOSÉ FERNANDO VALVERDE SANTI, por una sola vez en persona, o mediante tres boletas dejadas en sus domicilios, debiendo entregarse copia de la demanda y del presente auto de sustanciación. Además, en vir
publicación, comenzará el término para contestar a la demanda. Además, se previene a los demandados sobre la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad Francisco de Orellana, para que reciban posteriores notificaciones, pues de no hacerlo, se seguirá el trámite en rebeldía. (...) NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f). Dra. Marcia Jiménez Saritama, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana. Francisco de Orellana, 20 de diciembre del 2024. Dra. Helem García Jaramillo SECRETARIA 2/3 Q-4339
PROCESO COACTIVO No: 010-2018-00015 AVISO DE REMATE JUZGADO DE COACTIVAS DE BANECUADOR B.P. SUCURSAL PROVINCIAL FRANCISCO DE ORELLANA.– Se pone en conocimiento del público QUE PARA EL DIA VIERNES 17 DE ENERO DEL 2024 desde las doce horas hasta las dieciséis horas, en las oficinas de BanEcuador sucursal Francisco de Orellana, ubicado en las calles Eloy Alfaro y 6 de diciembre, tenga lugar el REMATE del bien raíz embargado, dentro de la presente causa, mismo que se comprende de la siguiente manera: 2) Lote de terreno rural UBICADO EN LA PARROQUIA NUEVO PARAISO, LOTE No. 90 cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, con una superficie total de CUARENTA Y OCHO HECTÁREAS CON SETENTA Y SEIS ÁEREAS, (el bien inmueble se remata como cuerpo cierto, cuyo avalúo comercial asciende al valor de NOVENTA Y UN MIL SETENTA Y SIETE 83/100 (USD $91,077.83). El bien inmueble antes singularizado podrá rematarse de acuerdo a las especificaciones del avalúo que consta en el proceso. Publíquese el extracto de este señalamiento por tres veces en uno de los periódicos de mayor circulación, estos avisos se harán mediante el ter-
Centros Comunitarios, una opción para hacer turismo
En Sucumbíos, la opción de visitar los centros comunitarios que se encuentran en cada cantón de la provincia, es diversa y variada. De hecho, las nacionalidades que habitan estos lugares son nobles anfitriones, cuyo mayor anhelo, es que sus visitantes de lleven la mejor impresión y regresen de Nuevo.
Entre los principales atractivos a destacar, está su variada gastronomía: desde el infaltable Maito, hasta el misterioso casabe, que se prepara en la nacionalidad Siona, sobre todo.
De hecho, entre otras alternativas, se destaca la fauna,
presentación de danzas y trabajos especializados con la madera, por ejemplo, como se realiza en Puerto Libre, en la estancia El Cedro. Respecto a la estadía, también están acogedoras cabañas, que en la mayoría de centro comunitarios se ofrece. Y lo importante, ese contacto con la naturaleza, con el agua, su fauna, en paisajes de inigualable belleza.
Entre los centros comunitarios, destacamos algunos, que es importante conocerlos: Aguas Negras, Atari, El Cedro, Shayari, Sacha Warmi, San Pablo, Taruka, Umawa, por nombrar algunos.
» El maito es una especialidad de casi todas las nacionalidades.
» El casabe se lo prepara más en la nacionalidad Siona.
» - La elaboración de mesas, sillas y recuerdos se hacen en El Cedro.
» La laguna Pastaza, comunidad de Shayari.
» La fauna en todos los centros, es otro atractivo importante.