Semanario Independiente Edicion 1011

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AÑO 21 Edición 1011 Circula del 05 al 11 de agosto del 2018 ORELLANA

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Ya mismo terminan las obras en la calle 2 de Noviembre

SUCUMBÍOS

SUCUMBÍOS

EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA

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Con la tomada de las 4 chichas, culminaron las fiestas del cantón Cascales.

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Cuyabeno: 20 años, como cantón, de mostrar su belleza al mundo En esta semana: Loreto, 7 de agosto; y La Joya de los Sachas, 9 de agosto, cumplen 26 y 30 años, respectivamente, de sus cantonizaciones. En la foto, la laguna Cuyabeno, un paraíso de la provincia de Sucumbíos.

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Circulación del 05 al 11 de agosto del 2018

COMUNIDAD

Incorporación de tecnólogas Semana de la en desarrollo infantil irremplazable lactancia materna Redacción Orellana

La felicidad desbordó en el grupo de graduadas y graduados del instituto Martha Bucaram de Roldós.

Redacción Sucumbíos

Un grupo de 15 educadoras del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) de la provincia de Sucumbíos, obtuvo el título en la carrera de tecnología en desarrollo infantil Integral en el instituto Martha Bucaram de Roldós. Este proceso de preparación que duró 3 años corresponde a la primera promoción de esta especialidad. Las graduadas son parte del equipo técnico de desarrollo infantil del MIES distrito Lago

Agrio; 9 pertenecen a la modalidad creciendo con nuestros hijos (CNH) y 6 a los centros de desarrollo infantil (CDI). Jenny Requelme, educadora de la unidad de atención CNH “Los picapiedras” de Nueva Loja, que trabaja con 60 infantes desde hace 4 años, recibió, además de su título, un reconocimiento como mejor graduada. “Agradezco al MIES por brindarnos la oportunidad de prepararnos, este logro y los conocimientos adquiridos en este proceso de preparación los compartiré con mis infantes”,

expresó. Iván Gonzales, rector del Instituto Martha Bucaram de Roldós, resaltó los convenios firmados con el MIES para fortalecer la educación superior en esta provincia. Agregó que la profesionalización permite mejorar la atención y cuidados que reciben las niñas y niños de esta provincia. Actualmente, en Sucumbíos alrededor de 4.600 niñas y niños reciben alimentación, estimulación temprana y cuidado diario por parte del MIES, en 25 unidades CDI y 60 CNH.

Por celebrarse la semana de la lactancia materna, en el hospital Francisco de Orellana se ha organizado una serie de actividades con la finalidad de socializar la importancia de la leche materna en los primeros 6 meses de vida de los niños. Maikel Alba, pediatra de esta casa de salud, compartió los detalles sobre estas actividades, “es esencial adoptar estrategias que nos permitan nutrir a los niños y compenetrar más al niño con la familia, eso es lo que se logra para tener una buena lactancia materna”. Añadió que el ser humano nace con el instinto de mamar, ese es uno de los reflejos primarios, la succión, “llegamos a la vida y tenemos ese don, por eso buscamos de donde alimentarnos, con quien mejor, con la progenitora, y su leche es lo mejor en cuanto a todo, nutrientes es lo que fortalece el sistema inmunológico, el crecimiento y todos son beneficios”. Beneficios Susana Yacelga, nutricionista de este hospital, destacó varios de los beneficios de la leche materna, “el niño tiene las inmunoglobulinas que necesita para este periodo de crecimiento, le ayuda para el crecimiento y desarrollo, es una de las formas que nos va a ayudar a prevenir a largo plazo las diarreas, neumonías, asmas y principalmente les ayuda para su desarrollo intelectual”. La leche materna, aseveró Yacelga, es irreemplazable, no hay fórmula nutricional maternizada que pueda reemplazar a la leche de su madre, “por eso es importante que todas las madres desde que nace su niño, hasta cuando tienen 6 meses de edad reciban lactancia materna, esa es la que le va a garantizar de que los niños tengan peso y talla para la edad que tienen”.

Con desfile y sesión solemne, Cascales cierra sus fiestas de 28 años de vida política Redacción Sucumbíos

Un sol radiante acompañó durante el desfile y sesión solemne, al cierre de las fiestas de Cascales, por los 28 años de creación cantonal. Aunque sin la presencia de estudiantes por la temporada de vacaciones, pero sí participaron las instituciones y organizaciones del cantón; la más numerosa fue la del sindicato de choferes profesionales de Cascales y las Fuerzas Armadas, en su presentación por la avenida principal de la ciudad, hasta el parque, junto al edificio municipal. A las 11h30 inició la sesión solemne en el polideportivo Rogelio González, al que acompañaron autoridades como el prefecto de la provincia, Guido Vargas y el gobernador, Robert Gallegos y más autoridades de Cascales y ciudadanía. La intervención del alcalde de Cascales, Jaime Riera, no pasó de 25 minutos, quien destacó aspectos básicos: vialidad, agua potable e implementación deportiva; en una segunda parte resaltó los trabajos y convenios con instituciones como Registro Civil, salud y educación. Uno de los aspectos en los que se beneficia la cabecera cantonal, es en la dotación de agua potable, ya que la Municipalidad debía

El alcalde Jaime Riera (centro) dijo: “nombrar todas las acciones, por más pequeñas, importantes, no alcanzaría; utilizaremos los mecanismos de rendición de cuentas, donde se explicará detalladamente su ejecución”.

poner nuevas redes en los 2,3 kilómetros, de los que la prefectura tiene el compromiso de poner asfaltado. Esto, por la devolución del Impuesto de Valor Agregado (IVA) correspondiente al año 2016, de los que la prefectura se comprometió asfaltar 5 kilómetros en cada cantón, siempre que los servicios básicos estén en buenas condiciones o sean nuevos. Cabe resaltar que la prefectura tiene canteras para extraer material, maquinaria de triturado, asfaltadora y equipo para el trabajo de asfaltado, así solo le cuesta la mano de obra, que hace con el mismo personal de la institución. Cascales hizo lo suyo de tener nuevas instalaciones de redes para agua potable: 2,3 kilómetros en la cabecera cantonal, 1,3 kilómetros en la parroquia

Sevilla y 1,2 de un tramo que va desde el recinto San Carlos hacia la parroquia Santa Rosa. “En este mismo lugar en la sesión solemne del año pasado, plasmamos un convenio para construir estos planes de vialidad urbana”, dijo el prefecto Guido Vargas en su intervención. En ese panorama, la Municipalidad preparó algunas calles, con dotación de nuevas instalaciones de servicios básicos para que sean intervenidas con el asfaltado; de la espera por el asfaltado pasaron meses y estaban ya llenas de maleza y con materiales que se habían botado en esas calles. “Hoy mismo, vemos que estos compromisos se están avanzando y esperamos que hasta finales de año, estemos entregando estas calles planificadas para el

asfaltado”, añadió Vargas. Recién, al finalizar las fiestas 2 maquinarias estaban trabajando en una de las calles de la ciudad. “Hoy mismo estamos poniendo la base para continuar con el asfalto” dijo el prefecto. En ese contexto, la autoridad provincial fue prácticamente el invitado especial y más aún en espera de los premios a los ganadores de concursos en los diferentes eventos, donados por la prefectura, que debieron llegar en día anteriores; aunque no llegaron, se dijo que el 2 de agosto se entregarán en el cierre de fiestas. Estos premios no llegaron y el vicealcalde, Reinaldo Unda, pidió disculpas públicas y prometió entregar en una fecha posterior. Vialidad e implementación deportiva Uno de los aspectos que Riera destacó fue el trabajo en apertura y lastrado de vías hacia las comunidades, debido a la adquisición de la maquinaria por esa Municipalidad; por lo que habló de 129 kilómetros intervenidos. En materia deportiva, se refirió a la recuperación del coliseo de la ciudad, abandonado por algún tiempo, en su administración y que ahora ya está en condiciones de ser utilizado. Agregó que se han construido graderíos en algu-

nos escenarios deportivos de las comunidades y se construirán 3 nuevos espacios en otras comunidades. En el campo social destacó el trabajo de su esposa, como presidenta del patronato, con los grupos de atención prioritaria: adultos mayores, personas de bajos recursos, niñez y personas con discapacidad. Con instituciones, se refirió a la cercanía de trabajo con la Policía Nacional, para dar mejor seguridad a la ciudad; con el Registro Civil, sobre la construcción de una acogedora sede para brindar mejor atención a la ciudadanía. Con el distrito de educación, para donar 3 hectáreas de terreno, que están en procesos de expropiación. Respecto a los espacios recreativos, Riera se refirió a la modernización del parque central, “para que Cascales no solo sea una ciudad de paso, sino también un lugar al que puedan llegar los turistas”. Al parque se lo denomina con el nombre de la ciudad, en letras grandes ubicadas a la entrada al parque y al edificio; también se implementaron juegos infantiles; el parque tuvo retrasos en remodelación y todavía faltan algunos aspectos que acondicionar. La tomada de “las 4 chichas” preparadas y brindadas por las nacionalidades del cantón, fue el epílogo de la sesión solemne.


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COMUNIDAD

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Prefectos amazónicos designan El SRI de Orellana tiene nueva directora a su representante al consejo de planificación y desarrollo Redacción Orellana

El prefecto Guido Vargas (i) es el representante principal de los prefectos amazónicos ante el CPD de la CTEA.

Redacción Sucumbíos

El 30 de julio del 2018 se instaló el colegio electoral conformado por los prefectos de la Amazonía, que designó a sus representantes ante el consejo de planificación y desarrollo (CPD) de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica (CTEA).

En esta jornada de manera unánime, los prefectos amazónicos dieron su voto para que sus representantes a dicho consejo sean: Guido Vargas, prefecto de Sucumbíos, como principal; y Sergio Chacón, de la provincia de Napo, como suplente. El CPD de la CTEA será integrado por: un representante de los

gobiernos autónomos descentralizados (GAD) municipales, un representante de los GAD parroquiales, un representantes de las nacionalidades y pueblos de la CTEA, un representante de las instituciones de educación superior y un representante de los sectores productivos, pertenecientes a la CTEA.

Nancy Analuisa es la nueva directora provincial del Servicio de Rentas Internas (SRI) de Orellana. Analuisa comentó que cuenta con un doctorado en auditoria y más de 17 años de experiencia en esta institución, lo que le ha permitido ser designada en el cargo, “buscamos obtener los resultados planteados por la dirección nacional en cuanto a temas de recaudación, eficiencia y simplificación de todos los procesos que la administración tributaria realiza”. Agregó que la misión es hacer cumplir la normativa tributaria vigente para alcanzar las metas de recaudación, “los contribuyentes siempre están sujetos a una revisión, esa es una de las facultades que nos otorga la administración, una revisión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, lo que deben pagar, no más ni menos tampoco, entonces esa es parte de nuestro trabajo, hacer controles a los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones”. Analuisa precisó que “para este año tenemos una meta de 14 millones de dólares de recaudación, es bastante alta para la provincia, pero estamos trabajando para cumplir esa meta”, dijo. Señaló que los procesos de auditoria tributaria no deben ser vistos por los contribuyentes como una persecución, son necesarios para cumplir la normativa vigente, “es un proceso de control que se hace, en la administración se ejecutan varios procesos de controles, la gente piensa que la auditoría es para encontrar las cosas o algo que no se está haciendo bien; la auditoria o los seguimientos que hacemos al contribuyente es primero para cumplir con nuestra facultad determinadora, y se hayan pagado los impuestos correctos”. “Voy a trabajar por la provincia, por todos sus ciudadanos, por alcanzar nuestras metas, porque con lo recaudado lo que se hace es dar fondos para que sigamos avanzado como un país que está buscando el desarrollo”, concluyó la funcionaria.


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QUÉ OPINA DEL servicio de transporte urbano del coca

Redacción Orellana

Robin Endara Mecánico automotriz

El servicio que brindan las unidades de transporte urbano en la ciudad tiene sus cosas positivas y negativas, y esto es grave ya que quienes pagamos las consecuencias somos los usuarios. Las unidades, no todas, deben ser de primera clase, algo que acá no existe, el trato que deben dar ciertos controladores o cobradores a los usuarios debe ser con muy buena educación; el ritmo de velocidad utilizado debe ser el mismo desde que salen del control, como cuando van por el centro de la ciudad, aquí sucede que sale a menos de 5 kilómetros por hora y por el centro de la ciudad empiezan a correr en forma incontrolable porque ya llevan quemado el tiempo; esto deben corregir las autoridades competentes.

María Cedeño Comerciante

Como en toda cosa, hay buenos y malos, las unidades de transporte urbano en el Coca, unos se lucen por su forma de ser, otros en cambio son negativos. Sería bueno que los operadores de las unidades, no todos, unos cuantos, reciban cursos de relaciones humanas para que den un buen trato a los usuarios, el respeto es un don del que todos los seres tenemos derechos. No estoy generalizando, pero sí hay unos señores que no tiene respeto a quienes usamos sus unidades, como también hay otros que son muy educados; y, esto es a nivel nacional, no solamente en el Coca, como se dice vulgarmente en todas partes de cuecen habas. Si estoy errada, pido mil disculpas.

Jenny Espinosa Comerciante

El servicio de transporte urbano en el Coca es bueno en cierta parte, les tocaría incrementar más paradas, respetando el tiempo de recorrido, que tiene entre cada parada. Los controladores, que respeten a los señores de la tercera edad. Los niños, personas con discapacidad, las unidades que las mejoren, que no anden en competencia con las unidades de la otra cooperativa por ganarse un pasajero, esto conlleva a que causen accidentes y quienes pagamos las consecuencias, somos los usuarios. Espero no se recientan por mi criterio, pero la forma de tratar a una persona es con educación, el respeto vale en cualquier parte del mundo.

Pedro Pilay Comerciante

El servicio de transporte urbano en la ciudad es pésimo, tiene que mejorar bastante en todos los aspectos, hay bastante irrespeto por parte de ciertos choferes y controladores. Creo que un 60 por ciento sí lo hay, deberían recibir cursos de relaciones humanas para que puedan tratar bien con el público, con la gente, debería existir una regla de velocidad porque ellos se pelean por un pasajero, lo cual ha causado muchos accidentes. Otra de las cosas es que aquí los buses urbanos están deteriorados todos, la mayoría no los limpian, la gente se sube y se ensucian, incluso algunos choferes andan como les da la gana, aunque hay unidades que sí andan limpias, esto debe cambiar, por el bien de todos.

Fátima Olmedo Dirigente deportiva

El servicio de transporte urbano en la ciudad debe mejorar, hay casos donde se suben personas de dudosa reputación y los usuarios debemos actuar con mucha cautela, más que todo cuando las unidades van llenas de pasajeros, es decir, auto cuidarnos. El Coca no era así, antes uno se subía a un bus y no pasaba nada, ahora hay que tener mucha precaución, esto no solo deben corregir las autoridades, también deben intervenir los dueños de los transportes ya que ellos son los beneficiados con lo que pagamos los usuarios. Mi comentario es una crítica positiva, no es una crítica destructiva, la forma de mejorar es siempre por el bien de todos.

Fanta poco para que terminen los CNE realizará cambios de trabajos en la calle 2 de Noviembre domicilio electoral en los

cantones El Chaco y Quijos

Redacción Orellana

La construcción integral de la calle 2 de Noviembre de la ciudad del Coca tiene un 70 por ciento de avance. Daniel Ramos, director de obras públicas del Municipio, comentó que “la calle 2 de Noviembre es una vía complementaria, justamente sirve para tener ingreso a la calle Ambato, son apenas 5 cuadras que la separan de esta vía y estamos haciendo el arreglo para que los vehículos ingresen por ella al centro de la ciudad”, dijo. Agregó que la Alcaldía construye calles integrales, “aquí por ejemplo se hizo la construcción del alcantarillado pluvial que no existía, reposición de agua potable y alcantarillado sanitario, posteriormente hacer el cambio de suelo, por el momento estamos en la pegada de los bordillos pesados para delimitar la vía, posteriormente iniciamos con el adoquinado y también la construcción de las aceras para

Redacción Napo

En la calle 2 de Noviembre trabaja personal del Consorcio El Coca.

que la obra quede de una integra”. Labores estéticas Ramos anunció que al finalizar la obra empezarán los trabajos de las jardineras y siembre de plantas ornamentales, “con el plan de ordenamiento urbano de la ciudad en ese sentido se ha considerado construir jardineras en esta vía y la

calle Ambato”. Invitó a la ciudadanía a que se apropie de los proyectos que se realiza el Municipio, “están por salir 2 proyectos grandes, además pido a la ciudadanía disculpas por las molestias causadas con estos proyectos, lastimosamente son proyectos íntegros, pero al final la obra que muy bonita”, concluyó.

Del 7 al 9 de agosto del 2018, la delegación provincial electoral de Napo pondrá a disposición de la ciudadanía brigadas móviles que brindarán el servicio de cambios de domicilio electoral en los cantones El Chaco y Quijos. El trámite, que se realiza de forma permanente en las 24 delegaciones provinciales electorales, forma parte del trabajo que ejecuta el Consejo Nacional Electoral (CNE) de cara al proceso electoral del 2019.

Las brigadas móviles tienen como propósito que la ciudadanía acceda fácilmente a este servicio, para de esta manera garantizar su derecho al voto en los futuros comicios. Asimismo, este servicio electoral, a través de dichas brigadas, se ubicará estratégicamente en los cantones mencionados. Los solicitantes deberán presentarse portando la cédula original de ciudadanía, identidad o pasaporte según corresponda y un original o copia del recibo de pago de un servicio básico (luz, agua o teléfono).


Para entender la naturaleza de la gente, uno debe ser un príncipe y para entender la naturaleza del príncipe, uno debe ser la gente.

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opinión

Nicolás Maquiavelo

Paquetazo contra el pueblo Si alguien tenía dudas de que el gobierno ecuatoriano es neoliberal, será desengañado en los próximos días cuando tenga que pagar más por todo ya que se viene el paquetazo contra el pueblo a través de la eliminación de los subsidios a los combustibles automotrices. Ahora ya no necesitan los votos del pueblo como le pedían a pocas horas de la inconstitucional consulta popular del 4 de febrero del 2018; entonces el gobierno se apresta a castigar a todos con la subida del precio de las gasolinas súper y extra, según dijo el 2 de agosto el ministro de finanzas, Richard Martínez, quien junto al presidente Moreno Garcés, quiere dividir a la gente con el cuento de que el diésel y gas doméstico, no serán tocados. No especulamos, ya es de dominio público la intención de Moreno Garcés, expresada por medio del ministro de hidrocarburos, Carlos Pérez, de quitar los subsidios a

las gasolinas extra y súper, quien mencionó que más de 3.000 millones de dólares se destinan a subsidiar el gas, gasolinas y diésel. Qué cosas las que hace este gobierno, regala casi 4.000 millones de dólares a los deudores del fisco y quiere recuperarlos quitando los subsidios, en definitiva, a la gente pobre que terminará pagando su política económica que favorece a los grupos de poder. Asimismo, este ministro dijo que la población está consciente de la necesidad de eliminar los subsidios a los combustibles; amable lector, ¿usted está en capacidad de pagar más por la comida, el transporte, la ropa, útiles escolares, las medicinas, etc., con su baja remuneración? Otra pregunta: ¿cuál gente apoya medidas en su contra; cuándo y dónde preguntaron? Nosotros apostamos a que el país viva en paz, pero vemos que este gobierno se pone a jugar con fuego por su intención de subir los

combustibles; si lo hace no habrá prensa, voceros oficiales ni analistas, que detengan las protestas incluso de quienes votaron siete veces. A Moreno Garcés y sus asesores se les ha olvidado que otros exmandatarios, sacados a la fuerza, quisieron hacer igual cosa. En otras palabras, el “gobierno de todos” se inclina reverente ante el Fondo Monetario Internacional (FMI) y sus exigencias. Este gobierno tiene por cada barril de petróleo exportado un promedio de 70 dólares; nada hay de incremento de las fuentes de empleo, por el contrario, en este año han perdido su trabajo 160.000 empleados, datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) que le costaron el cargo, por publicarlos, al anterior director de esta institución. Ha aumentado el empleo, pero de niñas y niñas, en 360.000 se ubica el total actualizado. También ha subido la pobreza, a

24,5 por ciento a junio del 2018 y el riesgo país en 806 puntos; aún con todo este panorama, Moreno Garcés, en España, decía que el Ecuador ahora ofrece seguridad a los inversionistas. Vemos que a este gobierno se le agotaron las acciones distractoras para ocultar su inacción a los 15 meses de ejercicio; la paciencia ha hecho que el pueblo tome conciencia de que al Ecuador lo gobiernan quienes en el pasado lo saquearon sin compasión. Los marxistas leninistas, de la línea neoliberal, ya no ven con buenos ojos a su benefactor efímero, unos pocos de éstos ya hablan de “calentar las calles” en caso de que el gobernante elimine los subsidios, único beneficio que la gente pobre recibe del Estado, ya que los incentivos están dirigidos a quienes, precisamente, eluden sus obligaciones tributarias o tienen grandes fortunas en paraísos fiscales.

Encíclica papal sobre clima y medio ambiente

En la encíclica titulada Laudato Si (Alabado Sea), el Santísimo Papa Francisco dedica, en gran parte de su escrito, a la protección medioambiental, describiendo el continuo daño a la naturaleza como “una pequeña señal de la crisis ética, cultural y espiritual de la modernidad” y hace un llamado a toda la humanidad para que frenemos este atropello con una “audaz revolución cultural” en todo el mundo. El Pontífice manifestó que el calentamiento global es real, que “hay un consenso científico sólido” que se trata de un fenómeno innegable, y si no se toman en cuenta medidas para frenarlo conducirá a la extinción de algunas plantas y animales, se reducirá el agua de consumo humano, se

erosionará el suelo, dañará la agricultura y advirtió sobre el peligro del aumento en los niveles de los mares que podrían terminar inundando algunas de las ciudades más populosas del mundo; cambio climático que se da en parte de manera natural, pero que los estudios científicos indican que su “principal” causa somos los humanos, que el “consumismo inmoral” ha llevado a la sociedad a un comportamiento que permite la degradación continua del medio ambiente. El Santo Padre aseguró que las naciones industrializadas que generan miles de millones de toneladas de contaminantes someten a los países en desarrollo, los cuales están a su merced, que explotan sus recursos para alimentar su producción y consumo, una relación que

Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Galo Guevara Director-Editor: Bayardo Pérez Presidenta: Yajaira Sánchez Vicepresidente: Enrique Quinteros Gerente: Gladys Granda

VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com

la calificó como “estructuralmente perversa” y rechazó el argumento de que solo a través del crecimiento económico se puede resolver el hambre, la pobreza y se puede recuperar el medio ambiente, filosofía que lo llamó “un concepto mágico del mercado”. Pero en la encíclica no todo es crítica, el Papa manifestó que “Es esencial lograr un consenso global para enfrentar problemas más profundos que no pueden ser resueltos por las medidas unilaterales de países individuales”, y para lo cual, considera que se deben crear instituciones internacionales fuertes, eficientes y organizadas con la potestad de sancionar a quienes incumplan las normas y regulaciones creadas a nivel gubernamental de los estados, logradas justamen-

SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827

ORELLANA Responsable: Roberto Ratti Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268

te en un consenso global. Pero indicó que las regulaciones por sí solas no resolverán todo el problema y pidió un cambio de perspectiva ética global para el cuidado de la naturaleza y hacer que los pueblos sean prioridad. Si respetamos la vida en todas sus formas, si explotamos recursos que nuestra madre tierra nos ha dado de manera racional, si cambiamos las tecnologías contaminantes, si adquirimos conciencia de que el planeta no solo va ser para nosotros, sino para nuestros hijos, nietos, bisnietos y generaciones futuras que vendrán, estos encontrarán un planeta como el que nosotros lo tenemos ahora y quizá mejor. ¡Así hagámoslo ahora! Wilma Salazar Jaramillo

QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Gustavo Salazar 0968.536.517

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La tensión de vivir cada día Andamos en una tensión permanente, pero esto no es malo, es la vida, lo nefasto es que no entremos en diálogo, permanezcamos pasivos, y que germine el conflicto donde nadie respete a nadie. La ciudadanía en ocasiones es pura contradicción, pero otras veces también está crecida de sensatez. Sin duda, pues, el desafío para todos nosotros radica en buscar la conjunción de sentimientos, y así, emanar climas más armónicos y habitables, incluso en tiempos oscuros en que impera la sinrazón y la inmoralidad. Indudablemente, lo fundamental es potenciar la cultura del entendimiento a través del orbe creativo del encuentro. Es una evidencia, el mundo se ha desintegrado de su propio pulso, el de la supervivencia, y precisa integrarse más con el alma, que con los vínculos del interés o utilidad. Ya se ha incorporado a nuestro lenguaje hablar de la tragedia de los migrantes, de los niños abandonados, del incumplimiento de los derechos humanos, hasta convertir al mundo en una verdadera selva. Desde luego, no es bueno acostumbrarse a este tipo de paisajes y permanecer insensibles a sus voces desconsoladas. También han crecido los actos intimidatorios. Yo diría que nos desbordan en un planeta de rica diversidad étnica; lo que evidencia la importancia del intercambio de ideas entre culturas, sin murallones ni cortafuegos, para promover el conocimiento y el enriquecimiento recíproco. Ya está bien de que cohabite un mundo privilegiado frente a un mundo de rechazos. Si reflexionásemos más, puesto que todos los ciudadanos nos merecemos vivir seriamente por dentro, quizás entonces empezaríamos a vivir de otra manera por fuera. Naturalmente, sería saludable tener claro y convenir, que vivir no es únicamente respirar, es también compartir esa respiración, obrar en sintonía con los demás, hacer repaso de lo vivido e inventario de lo que llevo consigo. El día que hagamos realidad, lo de “vivo sin vivir en mí y tan alta vida espero que muero porque no muero”, de la imperecedera escritora mística Santa Teresa de Jesús, habremos entendido que son las relaciones de uno consigo mismo y con las personas, lo que da sentido a nuestro proceder. Por consiguiente, más allá de nuestro estado anímico, requerimos de la quietud, tal vez fabricando más sueños y menos armas. Hay algo tan necesario como el aire que respiramos y es el equilibrio natural entre lo que soy y lo que aspiro a ser, sin otro abecedario que la bondad como tacto, el respeto como acción y la clemencia como horizonte. Asumir este camino de vida, no solo comporta empatía intergeneracional entre culturas diversas, sino también metodología de escucha y sistemática de espíritu comprensivo. Por eso, espero ardientemente que se instauren en el mundo espíritus libres encaminados a ayudar a la gente a vivir, despojados de cualquier condicionamiento ideológico, manteniendo vivo el sentido del amor auténtico. La cuestión no es solo dar pan para el sustento, que es el más básico de los derechos, sino también ayudar a redescubrir el valor del camino como reencuentro y, el del caminante, como vía de asistencia que todos necesitamos. Tras sorprendernos que somos y existimos, con la tensión de vivir cada día, debiéramos pensar al igual que en otro tiempo ya lo hizo un científico, Albert Einstein, que “solamente una vida dedicada a los demás merece ser vivida”. Dicho lo cual, hemos de recapacitar y no desterrar de nuestro horizonte la marginación de quien piensa y vive de manera distinta a la nuestra. Difícil de entender esta cuestión si mostramos indiferencia y desgana por nuestro análogo, y aún más complicado avanzar, si continúa creciendo el número de niños y adolescentes sin escolarizar, y otros que sí lo están, apenas dominan lo más básico en lectura y escritura. Así no se puede construir un mundo en el que cada persona sea capaz de participar en el destino de su existencia. Desde luego, el futuro al que debemos anhelar empieza por formarse para convivir, adquirir conciencia de lo que significa vivir, templando el alma para sobrellevar las tensiones que la propia vida nos injerta a través del asombro. Convencido de que una humanidad que sabe asombrarse ante las maravillas que se encuentra, pienso que sabe resistir a los ídolos del mundo, y, sobre todo, plantar cara a todo aquello que no sea un acto de amor y camine por la vida.

Víctor Corcoba Herrero corcoba@telefonica.net

COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas. IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal

La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.


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Circulación del 05 al 11 de agosto del 2018

judiciales JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, martes 21 de noviembre del 2017, las 13h41. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados en el lugar señalado en la demanda; así también cítese a los personeros del GADM de Tena en las personas del señor Alcalde y Procuradora Síndica (Klever Ron y Zoila Paucay Aray); cuéntese en la presente causa con el señor Director Provincial del MAGAP de Napo, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. A los señores demandados que el actor dice desconocer el domicilio y residencia cíteles por la prensa en el semanario Independiente que circula en la región amazónica, para dicho efecto el señor Secretario provea el extracto correspondiente, previo que el actor concurra a esta Unidad Judicial dentro del término de tres días a declarar bajo juramento que es imposible determinar el domicilio y residencia de los demandados que solicita que se los cite por la prensa. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Tena, para dicho efecto notifíquese al funcionario. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, martes 21 de noviembre del 2017, las 13h41. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados en el lugar señalado en la demanda; así también cítese a los personeros del GADM de Tena en las personas del señor Alcalde y Procuradora Síndica (Klever Ron y Zoila Paucay Aray); cuéntese en la presente causa con el señor Director Provincial del MAGAP de Napo, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. A los señores demandados que el actor dice desconocer el domicilio y residencia cíteles por la prensa en el semanario Independiente que circula en la región amazónica, para dicho efecto el señor Secretario provea el extracto correspondiente, previo que el actor concurra a esta Unidad Judicial dentro del término de tres días a declarar bajo juramento que es imposible determinar el dommicilio y residencia de los demandados que solicita que se los cite por la prensa. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Tena, para dicho efecto notifíquese al funcionario. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, jueves 12 de abril del 2018, las 10h37, Incorpórese al proceso el escrito presentado por RIVADENEYRA SALAZAR CARLOS ALEJANDRO y proveyendo: Téngase en cuenta la designación de su nuevo Defensor, el correo electrónico señalado para sus notificaciones y hágasele conocer a los anteriores Defensores que han sido sustituido en la defensa. Por cuanto el peticionario no ha podido concurrir dentro de la fecha señalada a declarar bajo juramento; por lo que se dispone que comparezca dentro de cualquier día y hora hábil y se dé cumplimiento a lo dispuesto en el auto de fecha 21 de noviembre del 2017, las 13h41. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 3/3 F T 2096

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EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: ANDY GREFA VICTOR, EMILIO VICTOR ANDY AGUINDA, CLAUDIO RODOLFO ANDY AGUINDA, EUGENIO SANTIAGO ANDY CALAPUCHA, HECHEL GERARDO ANDY CALAPUCHA, CARLOS FERNANDO ANDY CALAPUCHA, SILVERIO ANDY CALAPUCHA, CALIXTO ANDY AGUINDA,, SANTIAGO DIONICIO AGUINDA CORREA, FRANCISCO RAFAEL AGUINDA CORREA, CARLOS FERNANDO ANDY SHIGUANGO, CAMILO V. ANDY SHIGUANGO, GUILLERMO CALAPUCHA AVILES, LUIS RUBEN CALAPUCHA, ERNESTO FRANCISCO ANDY CALAPUCHA, CARLOS ALBERTO CALAPUCHA ANDY, VICENTE MANUEL CALAPUCHA AGUINDA, DOMINGO AGUINDA CALAPUCHA, MARCO FIDEL CALAPUCHA SHIGUANGO, CARLOS GERMAN CALAPUCHA SHIGUANGO, PASTORA ROSA CORREA SHIGUANGO, ANA MARIA ANDY AGUINDA, VENACIO BARTOLO CALAPUCHA CHIMBO, JUAN RAFAEL SHIGUANGO GREFA, FABIAN LUIS SHIGUANGO

CALAPUCHA, NICOLAS AGUSTIN ANDY CALAPUCHA, GLORIA GERMANIA ANDY SHIGUANGO, JACINTA VIUDA DE CALAPUCHA, GONZALO ANIBAL ANDY CALAPUCHA, SEGUNDO SALOS AGUINDA CORREA, MARTHA ROSA ANDY SHIGUANGO, CLEMENCIA LUCIA AGUINDA CORREA, JAIME VICTOR CALAPUCHA ANDY, FERNANDO MANUEL ANDY CALAPUCHA, MOISES LEVI CALAPUCHA ANDY, PATRICIO RAUL CALAPUCHA CALAPUCHA, ELVIA JACINTA CALAPUCHA SHIGUANGO, MARTHA ROSA CALAPUCHA, CECILIA CALAPUCHA ANDY, CLAUDIANA CARLOTA ANDY CALAPUCHA, JORGE MANUEL ANDY SHIGUANGO, CRISTOBAL CALAPUCHA CALAPUCHA, ACTOR: RIVADENEYRA SALAZAR CARLOS ALEJANDRO DEMANDADOS: ANDY GREFA VICTOR, EMILIO VICTOR ANDY AGUINDA Y OTROS JUICIO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO No.- 15301-2017-00952 ASUNTO: INMUEBLE QUE PIDE LA PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA CUANTIA: USD. 10.000

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE, PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA, PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH, Y A PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS QUE SE SIENTAN CON DERECHOS DE SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ LUIS ALFONSO PORTILLA GUERRERO ACTOR: FREDDIE BRIONES DE PEDRO Y EUGENIA MAKABENTA DE PEDRO DEMANDADOS: TANGUILA ANGÉLICA MARGARITA, PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE, PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA, PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH Y PORTILLA TANGUILLA DANIEL ALFONSO Y OTROS . JUICIO: ORDINARIO AUSUNTO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO No.- 15301-2015-00318 CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: .- DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUEZA SUBROGANTE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, 14 de noviembre del 2017, las 15h48 VISTOS: Por completada que ha sido la demanda en el término concedido, se la acepta a trámite ordinario, disponiéndose correr traslado con la demanda y ésta providencia a los demandados Angélica Margarita Tanguila, Livia Marlene Portilla Tanguila, Silvia Margoth Portilla Tanguila, Carmene Maria Delfina Portilla Tanguila y Daniel Alfonso Portilla Tanguila, para que dentro del término legal de quince días contesten proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Carlos Julio Arosemena Tola, para el efecto notifíquese a la señora Registradora de la Propiedad de ese cantón.- Cítese a los demandados antes nombrados en el lugar indicado en la demanda; asi como a los personaeros del GADM de Carlos Julio Arosemena Tola en las personas del señor Alcalde y Procurador Síndico y al señor Director del MAGAP de Napo en el domicilio señalado en la demanda, mediante la sala de citaciones.- Actúe en la presente causa el abogado Carlos Sebastián Cajas, en calidad de secretario titular.- NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, jueves 12 de abril del 2018, las 13h31, Incorpórese al proceso los oficios adjuntos al escrito presentado por FREDDIE BRIONES DE PEDRO Y EUGENIA MAKABENTA DE PEDRO y los oficios remitidos por el Coordinador Zonal 2 - Tena, en donde se aprecia que los demandados: TANGUILA ANGÉLICA MARGARITA, C.C. 1500012263; PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE, C.C.1500326713, PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA, C.C. 1500282866; PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH, C.C.1500394752; PORTILLA TANGUILLA DANIEL ALFONSO, C.C. 1500414436, no han salido del país ni consta en el registro consular, es decir no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia, por lo tanto amparada en los incisos cuarto y quinto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos requiero la comparecencia a esta Judicatura de los actores Freddie Briones de Pedro y Eugenia Makabenta de Pedro, el día 24 de abril, del 2018, a fin que bajo juramento declare que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados señores: Tanguila Angélica Margarita, Portilla Tanguila Livia Marlene, Portilla Tanguila Carmen María Delfina, Portilla Tanguila Silvia Margoth y Portilla Tanguilla Daniel Alfonso, hecho que sea CÍTESELES a los demandados y presuntos herederos desconocidos que se sientan con derechos de sucesión de quien en vida se llamó Luis Alfonso Portilla Guerrero: los mismos que citados por medio del semanario INDEPENDIENTE que circula a nivel de la Región Amazónica. Los delegados del MAGAP y la ALCALDÍA DEL CANTÓN CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA no han sido citados conforme a la revisión del proceso. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 18 de julio del 2018, las 13h43, Cumplido que ha sido el requerimiento ordenado en providencia de fecha 28 de junio del 2018, las 16h59, es decir los actores han declarado bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el paradero de los demandados, conforme lo establece el artículo 56 numeral 1 del COGEP, cítese a PORTILLA TANGUILA LIVIA MARLENE con CI. 1500326713; PORTILLA TANGUILA CARMEN MARÍA DELFINA con CI.

1500282866 y PORTILLA TANGUILA SILVIA MARGOTH con CI. 1500394752, con el auto de calificación y esta providencia en el periódico Semanario “Independiente” uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Napo, para que dentro del término de veinte días de citados, den contestación a la misma y señalen casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones, con apercibimiento de rebeldía. Notifíquese.- F.- Dra. Mercedes Aide Jumbo Jueza Subrogante, Abg. Sebastián Cajas Moya Secretario. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 3/3 F T2097 EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMARON JUAN GREFA ANDY Y PASCUAL GREFA MAMALLACTA ACTOR: TANGUILA CHAVEZ JAIR EDUARDO DEMANDADOS: MARCELINA CECILIA GREFA MAMALLACTA, PEDRO HUMBERTO GREFA MAMLLACTA, AYDA CARMELA GREFA MAMALLACTA, INÉS OLGA GREFA MAMALLACTA, CARLOS RAÚL GREFA MAMALLACTA, ROSA CARMITA GREFA MAMALLACTA, TERESA MATILDE GREFA MAMALLACTA, Y OTROS. JUICIO: ORDINARIO: No.- 15301-2017-00752 ASUNTO: ORDINARIO- PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO JUEZA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.lunes 13 de noviembre del 2017, las 11h20.- VISTOS Dr. Cléver Urgiléz Calle Juez subrogante del despacho de la Doctora Mercedes Aide Jumbo Jumbo, mediante acción de personal N° 0866-UPTH-2017-IN -07/11/2017. En lo principal. CALIFICACION DE LA DEMANDA.-: La demanda y la completación de la misma que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados constantes en el libelo de la demanda en el domicilio señalado, al señor Director del MAGAP de Napo, a los personeros del GADM de Tena, notifíquese en el lugar indicado en la demanda, para citar y notificar a todos los demandados se adjuntará a la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. A los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida se llamaron Juan Grefa Andy y Pascual Grefa Mamallacta, cítese por la prensa conforme lo determinan los Arts. 58 y 56 del COGEP en el Semanario Independiente que circula en la región amazónica. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Inscríbase la demanda conforme lo determina la norma, para dicho efecto notifíquese al funcionario correspondiente. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE.- Lo certifico Tena 22 de Enero de 2018. Atentamente, Ab. Jennifer Zúñiga Galviz SECRETARIA DE LA UNIDAD TELEF. 062998-900 EXT. 63001 jennifer.zuniga@funcionjudicial.gob.ec 2/3F T2098 EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: PEDRO AGUSTÍN AGUINDA LICUY, MANUEL AGUINDA SALAZAR, FRANCISCO CLEMENTE LICUY HUATATOCA, AGUSTÍN AGUINDA TAPUY, LUIS ANDI CALAPUCHA, PEDRO AGUINDA LICUY, PEDRO AGUSTÍN MAMALLACTA AGUINDA, DIONISIO MANUEL GREFA CALAPUCHA, TERESA TAPUY GREFA, ROSA SUSANA AGUINDA CHIMBO, MARÍA ESTEFANÍA PISANGO TAPUY, ANDRÉS JAIME AGUINDA PIZANGO, ROSA LORENZA AGUINDA PIZANGO Y ELÍAS DOMINGO AGUINDA LICUY, ACTOR: ESCOBAR LOPEZ CESAR XAVIER Y ESPIN REYES VICTORIA NOEMI DEMANDADOS: PEDRO AGUSTÍN AGUINDA LICUY, MANUEL AGUINDA SALAZAR, FRANCISCO CLEMENTE LICUY HUATATOCA, AGUSTÍN AGUINDA TAPUY, LUIS ANDI CALAPUCHA, PEDRO AGUINDA LICUY, PEDRO AGUSTÍN MAMALLACTA AGUINDA, DIONISIO MANUEL GREFA CALAPUCHA, TERESA TAPUY GREFA, ROSA SUSANA AGUINDA CHIMBO, MARÍA ESTEFANÍA PISANGO TAPUY, ANDRÉS JAIME AGUINDA PIZANGO, ROSA LORENZA AGUINDA PIZANGO Y ELÍAS DOMINGO AGUINDA LICUY JUICIO: ORDINARIO No.- 15301-2017-00971 ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: USD. 2.0000 JUEZA ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.Tena, miércoles 23 de mayo del 2018, las 17h08, VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de esta judicatura mediante acción de personal No. 0323-UPTH-2018-MA de fecha 07 de mayo de 2018, en lo principal dispongo: Agréguese la documentación presentada por la abogada Marlene Cecilia Rosado Barberán, Procuradora Judicial de los señores Elías Alonso Licuy Aguinda y Sebastiana Serafina Aguinda, el oficio N° 089 RPCT suscrito por el señor Registrador de la Propiedad de Tena y el escrito de la parte actora; proveyendo dispongo: 1) Al tenor del inciso segundo del Art. 53 del COIP, téngase por legalmente citados a los señores Elías Alonso Licuy Aguinda y Sebastiana Serafina Aguinda.- 2) La contestación a la demanda que antecede no cumple los requisitos señalados en el artículo 151 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo cual, previo a calificarla, se ordena que el accionado complete y/o aclare su contestación, específicamente en los siguientes requisitos: a) Faltan los requisitos del artículo 142 numerales 2 y 12 del COGEP (número de cédula, firmas).- b) Demuestre documentadamente que los señores Elías Alonso Licuy Aguinda y Sebastiana Serafina Aguinda son mandatarios de los señores Saúl Rogelio Licuy Aguinda, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Elías Domingo Aguinda Licuy y otros, tal como describe en el segundo párrafo de su escrito. Para el efecto, de conformidad al artículo 156 de la norma citada, se concede a los demandados el término de tres días, con la advertencia de tenerla por no presentada, en caso de incumplimiento de lo dispuesto, considérese la razón emitida por parte de la autoridad Registral pertinente en cumplimiento a lo ordenado por el suscrito, póngase en conocimiento de las partes procesales la inscripción de la Demanda en esta causa; sobre la petición del actor, a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida se llamaron Pedro Agustín Aguinda Licuy, Manuel Aguinda Salazar, Francisco Clemente Licuy Huatatoca, Agustín Aguinda Tapuy, Luis Andi Calapucha, Pedro Aguinda Licuy, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Dionisio Manuel Grefa Calapucha, Teresa Tapuy Grefa, Rosa Susana Aguinda Chimbo, María Estefanía Pisango Tapuy, Andrés Jaime Aguinda Pizango, Rosa Lorenza Aguinda Pizango y Elías Domingo Aguinda Licuy, cítese por la prensa conforme lo determina los Arts. 58 y 56 del COGEP en el diario “SEMANARIO EL INDEPENDIENTE” mediante 3 publicaciones en fechas distintas, al especificarse en el Art. 58 ibídem que las publicaciones se realizarán en un periódico de amplia circulación del lugar. 2.-Actúe el Secretario Titular, Ab. Sebastián Cajas. NOTIFIQUESE.- Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3F T2099 R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de Pedro Agustín Aguinda Licuy, Manuel Aguinda Salazar, Francisco Clemente Licuy Huatatoca, Agustín Aguinda Tapuy, Luis Andi Calapucha, Pedro Aguinda Licuy, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Dionisio Manuel Grefa Calapucha, Teresa Tapuy Grefa, Rosa Susana Aguinda Chimbo, María Estefanía Pisango Tapuy, Andrés Jaime Aguinda Pizango, Rosa Lorenza Aguinda Pizango y Elías Domingo Aguinda Licuy. SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, Lopez Núñez Rosita Ines, ha presentado un juicio ORDINARIO-Prescripción adquisitiva de dominio, en contra de: Pedro Agustin Aguinda Licuy, Mauel Aguinda Salazar y Otros, al cual se

le asignó el No. 15301-2017-00970, cuyo extracto es como sigue: AUTO 24/11/2017, 13h51: “A los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida se llamaron Pedro Agustín Aguinda Licuy, Manuel Aguinda Salazar, Francisco Clemente Licuy Huatatoca, Agustín Aguinda Tapuy, Luis Andi Calapucha, Pedro Aguinda Licuy, Pedro Agustín Mamallacta Aguinda, Dionisio Manuel Grefa Calapucha, Teresa Tapuy Grefa, Rosa Susana Aguinda Chimbo, María Estefanía Pisango Tapuy, Andrés Jaime Aguinda Pizango, Rosa Lorenza Aguinda Pizango y Elías Domingo Aguinda Licuy, cítese por la prensa conforme lo determina los Arts. 58 y 56 del COGEP en el Semanario Independiente que circula en la región amazónica. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Tena, conforme lo determina la norma, para dicho efecto notifíquese al funcionario correspondiente. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- NOTIFÍQUESE” Lo certifico, Tena, 17 de abril de 2018. Ab. Jennifer Zúñiga Galviz SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 2/3F T2100 SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO. CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RÍO ANZU EN LA CABECERA CANTONAL DE CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA, SECTOR SANTA MONICA EN DONDE SE ENCUENTRA ASENTADA LA CONCESIÓN MINERA “VISTA ANZU CÓDIGO 400198” DE LA COMPAÑÍA TERRAEARTH RESOURCES S.A. EXTRACTO ACTOR: PengYongming, en calidad de Gerente General de la compañía TerraearthResources S.A. OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Aprovechamiento Productivo del Agua proveniente del Rio Anzu, en su caudal de 55,56l/s para destinatarios de actividades mineras, (lavado de oro) PROCESO N° NA-SB-2018-0085-AAA. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.- Orellana, 25 de julio del 2018.- Las 14H07.- Expediente NA-SB-2018-0085-AAA.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo, amparado en lo que determina el Art. 18 literal g) Art. 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 Párrafo tercero del Reglamento General a la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Aprovechamiento Productivo del Agua, para la explotación aluvial de minerales metálicos, que se pretende captar del rio Anzu, coordenadas WCS-84186340E – 9877715N- Cota456n.s.n.m. a la altura de la cabecera cantonal de Carlos Julio Arosemena Tola, perteneciente a la provincia de Napo, en un caudal de 55.56l/s, presentada por el señor. PengYongming, en calidad de Gerente General de la compañía TerraearthResources S.A., es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.-Cítese a los usuarios presunto y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en la Provincia de Napo, por tres veces, conforme a lo que determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos HídricosUsos y Aprovechamiento del Agua – en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se disponefíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la Cabecera cantonal de Carlos Julio Arosemena Tola, perteneciente al Cantón del mismo nombre, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Jefes Político del cantónCarlos Julio Arosemena Tola, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de 10 días. 2.de conformidad con el literal b) del Art. 23 y el Art. 90 de la Ley Orgánica de Recursos HídricosUsos y Aprovechamiento del Agua, con la finalidad de que proceda a emitir la correspondiente Certificación de disponibilidad del agua en calidad y cantidad suficientes. Hecho que fuere vuelvan los autos para dictar lo que en derecho corresponda 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Téngase en cuenta los correos electrónicos trsaec@gmail.comjespinm@ hotmail.com para efecto de posteriores notificaciones. Actué en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa en calidad de Secretario.- NOTIFIQUESE…I)……..Dr. Jorge Patricio Espíndola, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica Napo.Lo que comunico al público en general para los fines de ley consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial. en el Cantón Francisco de Orellana, para notificaciones posteriores, hasta dentro de diez días después de la tercera y última publicación de este aviso. Dr. Marcos W. Ochoa O. SECRETARIO -SB-DHN 1/3 F T2101 SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO TENA CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SECTOR COMUNIDAD SANTA MONICA, PARROQUIA CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA, CANTÓN CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA, PROVINCIA DE NAPO. CARTEL ACTOR: el señor Peng Yongming titular minero del área “ VISTA ANZU” con código 400198 OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso y aprovechamiento de las aguas para Uso Minería, en un caudal de 55.56 l/s. PROCESO No 1355-AAA-2018. SECRETARÍA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA NAPO.- CENTRO ATENCIÓN AL CIUDADANO TENA.-31 de Julio del 2018.- Las 10H25 minutos.- (Trámite 1355-AAA-2018).-VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite, en mi calidad de Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Napo, amparado en lo que determina al Art. 18 literal g) Art.123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art.82 Párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General de la LORHUyA.- En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización de Aprovechamiento del Agua, para la explotación de material metálico (oro), presentado por a el señor Peng Yongming titular minero del área” VISTA ANZU” con el código 400198,es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley por lo que se acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuario, presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un texto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circule en el Sector Comunidad Santa Mónica, Parroquia Carlos Julio Arosemena Tola, Cantón Carlos Julio Arosemena Tola, Provincia de Napo, por tres veces, conforme lo determina el Art. 126.- de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone fíjese carteles en tres de los parajes más frecuentes del Sector Comunidad Santa Mónica, Parroquia Carlos Julio Arosemena Tola, Cantón Carlos Julio Arosemena Tola, Provincia de Napo, para lo cual se enviará atenta comisión al señor Teniente Político de la Parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días.2.-Oportunamente se designará un Perito para que realice el Estudio Técnico de lo solicitado.3.-Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Tómese en cuenta el número 026010080, 0997134194 o al correo electrónico trsaec@gmail.com, jespinm@hotmail. com, señalando para posteriores notificaciones.- Actúe en la presente causa el Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel, en calidad de Analista Jurídico del Centro de Atención al Ciudadano Tena.-NOTIFÍQUESE ….f) Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel ANALISTA JURÍDICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO TENA 1/3 F T2102 EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA DEMANDADA CATALINA MARIA TAPUY SHIGUANGO ACTOR: DALGO ESPINOSA JAIME HUMBERTO DEMANDADOS: FRANCISCO VICENTE TAPUY SHIGUANGO JUICIO: ORDINARIONo.- 15301-2018-00146 ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: 11.000 USD


Circulación del 05 al 11 de agosto del 2018

JUDICIALES JUEZ: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, lunes 9 de abril del 2018, las 14h37, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora y por cuanto éste ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de Francisco Vicente Tapuy Shiguango en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Por cuanto, el actor ha justificado con el habilitante que la coopropietaria del inmueble señora Catalina María Tapuy Shiguango, es fallecida, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la difunta mediante la prensa en el Semanario Independiente que circula en la Amazonía; citese a los personeros del GADM de Archidona, en las personas del Alcalde y propucrador síndico, así tambien al señor Director del MAG del cantón Tena; Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Archidona. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Tena, lunes 25 de junio del 2018, las 11h45, Dentro del presente juicio Ordinario dispongo: 1.- Agréguese al proceso el escrito que antecede, en tal virtud, lo solicitado se encuentra dispuesto en auto de sustanciación inmediato anterior y en auto de calificación de esta causa, el actuario de esta judicatura en el término de 48h00 otorgue el oficio respectivo con el fin de que se inscriba la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Archidona, de la misma forma otorgue los extractos con el objeto de que se cite por la prensa en el “SEMANARIO EL INDEPENDIENTE” a los herederos presuntos y desconocidos de la demandada CATALINA MARIA TAPUY SHIGUANGO 2.-Actúe el Ab. Sebastián Cajas, Secretario Titular. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 1/3 F T 2103

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL (COGEP) CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE ACTOR: Ortiz Vásquez Guillermo Armando en calidad de Procurador Judicial del señor Cerón Silva German Augusto DEMANDADO: CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE JUICIO: 21331-2018-00015 TRAMITE: SUMARIO - TERMINACIÓN DE CONTRATO FECHA DE INICIO: 15-01-2018 CUANTÍA: 38.614,44 Dólares de Norteamérica JUEZ PONENTE: Dra. Elizabeth Rosario Rubio Rivera SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma PRETENSIÓN: La pretensión clara y precisa que se exige: con los antecedentes expuestos, vengo a usted y demando a la compañía CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE, a fin de que, en sentencia disponga lo siguiente: 1.- la terminación de contrato de arrendamiento existente entre mi mandante Ing. German Augusto Cerón Silva y la compañía CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA; 2.- El pago de las mensualidades arrendaticias adeudadas, más los intereses vencidos y que vencieren hasta lo total cancelación de la deuda, las costas procesales y honorarios de mi defensor. 3.- La inmediata desocupación del inmueble materia del contrato de arrendamiento. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, viernes 2 de febrero del 2018, las 11h14, VISTOS: En mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez, en calidad de Procurador Judicial del Ing. German Augusto Cerón Silva, conforme la documentación adjunta, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Sumario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo III del Código citado, en virtud de lo prescrito en el artículo 42 de la Ley de Inquilinato y en concordancia con lo establecido en el artículo 332.1 del COGEP. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la demandada compañía CONSTRUCTORA DEL TOACHI CIA. LTDA., en la persona de su Gerente y Representante legal señor JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE en el término de 15 días una vez citada, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, considerando la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso. QUINTO.- NOTIFICACIONES.Téngase en cuenta la cuantía señalada, el casillero judicial No. 45 y el correo electrónico dr.guillermoortizhotmail.com.NOTIFÍQUESE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS.Lago Agrio, jueves 5 de julio del 2018, las 15h56, Agréguese a los autos, el escrito que antecede.- Atenta a lo solicitado por la parte actora, por haberse dado cumplimiento al auto de fecha jueves 28 de junio del 2018, las 16h01, en lo principal, se dispone: Cítese con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio al demandado CONSTRUCTORA EL TOACHI CIA LTDA - REPRESENTADA POR EL SR. JUAN ENRIQUE MERIZALDE AGUIRRE, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional y en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese los extractos correspondientes.- NOTIFÌQUESE y CÚMPLASE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 10 de julio del 2018. Ab. Darwin Gonzáles Sosa SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO darwin.gonzalez@funcionjudicial.gob.ec F: 5885 3/3 S: 4094 REPUBLlCA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS A: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: GUEVARA JIMÉNEZ JHONARD SMITH JUICIO: Ejecutivo-Cobro de pagaré a la orden Nº 21331-2018-00213 TRAMITE: Ejecutivo FECHA DE INICIO: 15-05-2018 CUANTIA: USD. 8954,77 JUEZ PONENTE: DRA. ELlZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE ACEPTE LA DEMANDA Y SE CONDENE AL ACCIONADO AL PAGO DEL SALDO DEL CAPITAL DE USD. 7.002,15, MAS LOS INTERESES NORMALES DEL 15.18% EN LA SUMA DE USD. 638,75, INTERES DE MORA DEL USD. 16.70% EN LA SUMA DE USD. 734,80, SEGURO DE DESGRAVAMEN USD. 22,65, Y GESTIÓN GASTOS POR MORA USD. 556,42, ES DECIR AL PAGO DE USD 8.954,77 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 6 de junio del 2018, las 16h21, VISTOS: En lo principal, por cumplido lo dispuesto en el auto de sustanciación que antecede: PRIMERO.- CALIFICACIÓN y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA, en calidad de Procurador Judicial del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico del Banco Pichincha C.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra del señor: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH en calidad de deudor principal, es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de

Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagare a la orden (fs. 15), documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5, y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título 11, Capítulo I del mismo código.- SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.­Se ordena la citación al demandado señor: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH en calidad de deudor principal, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación a nivel nacional; y, de uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado señor: GUEVARA JIMENEZ JHONARD SMITH, cumpla con la obligación demandada o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 64 y los correos electrónicos señalados stalinbladimir_espinozaborja@yahoo.com asojeda@pichincha.com para sus notificaciones.- Actúe el Ab. Darwin Gonzalez Sosa en calidad de Secretario encargado de la Unidad Judicial Civil COGEP.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) Dra. Elizabeth Rosario Rubio Rivera, Juez Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Nueva Loja, 12 de junio del 2018. Certifico.DRA. ALEXANDRA CUENCA CURIMILMA SECRETARIA PICH. 3/3 S: 4101 REPÚBLlCA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: CANCHINGRE ESTUPIÑÁN JOSÉ MAXIMILIANO Y CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL JUICIO: Ejecutivo cobro de Pagaré a la Orden No. 21331 – 2017 – 00243 TRAMITE: Ejecutivo FECHA DE INICIO: 12-06-2017 CUANTÍA: USD $ 9.256,09 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES CON NUEVE CENTAVOS) JUEZA PONENTE: DRA. RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO SECRETARIA: CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARÍA OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE SIRVA DECLARAR CON LUGAR LA DEMANDA Y SE CONDENE A LA ACCIONADA AL PAGO DEL SALDO CAPITAL ADEUDADO MÁS LOS CORRESPONDIENTES INTERESES CONFORME LO ESTABLECIDO Y CONVENIDO EN EL PAGARÉ A LA ORDEN. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, viernes 16 de junio del 2017, las 15h52. VISTOS: Agréguese a los autos, el escrito que antecede.- Por cumplido lo dispuesto en auto inmediato anterior, se dispone: PRIMERO.CALIFICACIÓN y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Stalin Bladimir Espinoza Borja en calidad de Procurador Judicial del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes, Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del BANCO PICHINCHA CIA., conforme acredita con el documento que adjunta, en contra del señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL en calidad de deudor principal y CANCHINGRE ESTUPIÑAN JOSÉ MAXIMILIANO en calidad de garante, es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagare a la orden, documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del mismo código.- SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicarán y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación a los demandado del señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL en calidad de deudor principal y CANCHINGRE ESTUPIÑAN JOSÉ MAXIMILIANO en calidad de garante en los domicilios señalados en la demanda, se la realizará mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Shushufindi, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, previniéndole a los demandados de señalar casillero judicial y electrónico.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL en calidad de deudor principal y CANCHINGRE ESTUPIÑAN JOSÉ MAXIMILIANO en calidad de garante, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 64 y los correos electrónicos señalados asojeda@ pichincha.com, stalinbladimir_espinozaborja@yahoo.com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.­NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 5 de junio del 2018, las 14h13, VISTOS: Agréguese a los autos, el escrito que antecede. En atención a lo solicitado por la parte actora y al haberse dado cumplimiento al auto de fecha 28 de mayo del 2018, las 14h02, en lo principal, se dispone: Cítese con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio al señor CEDEÑO AGUIRRE EDISON MIGUEL, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación a nivel nacional; y, de uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. Actué el Abg. Darwin González Sosa en calidad de secretario encargado de la Unidad Judicial­NOTIFÍQUESE.- f) RUBIO RIVERA ELIZABETH ROSARIO, JUEZA

Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.­ Nueva Loja, 07 de junio del 2018. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL PICH. 3/3 S: 4101 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL Tramite: ESPECIAL – TERCERÍA EXCLUYENTE Actor: PERENGUEZ QUENGUAN ILIA ESPERANZA Do. Judicial: DR. LUIS ALBERTO LEGÑA ZAMBRANO Demandado: JARDEY FRANCIS VALLEJO ROMERO Cuantía: 25.000.00 USD. Conforme consta de las copias certificadas del juicio verbal sumario de amparo posesorio Nro. 21303-2012-0021 Conforme consta en las copias certificadas del juicio verbal sumario de amparo posesorio Nro. 21301-2012-0021, que seguí en contra del Carlos Alberto Velasco Galeas que setenta fojas útiles acompaño, se desprende que mediante sentencia dictada por el señor Juez Primero de lo Civil y Mercantil de Sucumbíos, el viernes 26 de octubre del 2012, las 15h23, se me concede el amparo posesorio, cuya parte resolutiva establece: “se acepta la demanda y en consecuencia se declara, que hay lugar al amparo posesorio a favor de la actora Ilia Esperanza Perenguez Quenguan, sobre el bien inmueble descrito y detallado en la demanda, ratificado y aclarado en el informe de Inspección Judicial, esto es sobre el lote de terreno rural ubicado en el kilómetro 32 de la vía Quito, el recinto San Miguel, parroquia Sevilla, cantón Cascales, provincia de Sucumbíos, comprendido, cuyos los siguientes linderos y dimensiones son: NORTE: terreno de la cooperativa Manuel Franco, en 223.71 metros, SUR: terreno de Naiser Velasco, de 243.77 metros. ESTE: lote Nro. 71 de Eduardo Velasco de 150 metros. OESTE: con el lote Nro. 73 de Cecibel Medina de 150 metros, con una superficie de 3.495 hectáreas, sin perjuicio de que las partes actuantes en este juicio puedan tener para ejercer las acciones correspondientes conforme a la ley…..” Con los antecedentes anotados y fundamentado en los artículos 445, 498 y 503 del Código de Procedimiento Civil, acudo ante su autoridad para presentarme como tercerista excluyente de dominio, toda vez que la providencia de embargo me causa perjuicio directo y solicito se suspenda el proceso de la vía de apremio y además y además en sentencia se ordene el levantamiento y cancelación del embargo del bien inmueble, por ser de mi propiedad. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago agrio, miércoles 11 de enero del 2017, las 11h26. VISTO: avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de este despacho, así como por la asignación del sistema SATJE; del mismo modo que por lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del COGEP; y, por tratarse de la demanda sobre un incidente del juicio principal ejecutivo que se ventila en esta misma Judicatura, con el Nro. 21331-2015-0077. En lo principal y por cuanto la demanda de tercería incluyente de dominio, propuesta por PERENGUEZ QUENGUAN ILIA ESPERANZA, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley, se admite a trámite de JUICIO ORDINARIO, conforme lo dispuesto por los artículos 59y 503 del Código de Procedimiento Civil Codificado, en vigencia a la fecha de tramitación de la causa principal; por lo tanto tramítese en cuaderno separado y por cuerda también separada, con la intervención de la demanda señores VELASCO GALEAS CARLOS ALBERTO, VELASCO GALEAS NOEMI ELIZA Y VALLEJO ROMERO JARDEY FRANCIS, todos en sus calidades de ejecutados y ejecutante, respectivamente, en juicio ejecutivo principal, Nro. 21331-2015-0077, que se sustancia en esta misma Judicatura; a quienes se le cita con la demanda y providencia, a fin de que dentro del término de quince días den contestación a la demanda deduzcan sus excepciones bajo apercibimiento en rebeldía; citación que deberá efectuarse en los lugares señalados en la demanda y aclaración de la misma; debiendo para la citación al demandado VALLEJO ROMERO JARDEY FRANCIS, deprecarse a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciendo reciprocidad en casos similares; sin perjuicio de su notificación en los despectivos casilleros judiciales y correos electrónicos señalados dentro del juicio principal ejecutivo, a quien constan con sus casilleros judiciales y electrónicos, previniéndoles además a los mismo ejecutados y ejecutantes, de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción y en este proceso. Con fundamento de los dispuesto por el artículo 503 del Código Adjetivo Civil, ordenase la suspensión de la vía de apremio respecto del inmueble embargado en la causa, y cuyo reclamo como tercería se la propuesto, dejando a salvo el derecho de la parte ejecutante de ejercer lo dispuesto en el artículo 504 del mismo Cuerpo Legal Agréguese a los autos los documentos adjuntos, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la tercería para sus notificaciones, la autorización conferida a su Defensor, y la cuantía de la demanda. Actúe la Sra. Secretaria del Despacho; Una copia debidamente certificada de esta providencia y demanda agréguese al juicio ejecutivo principal signado con el Nro. 21331-2015-0077, para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS-Lago Agrio, lunes 4 de junio del 2018, las 10h45. El escrito de la parte actora incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone. Con sustento en lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haberse realizado todas las diligencias necesarias para determinar el domicilio de la demandada y rendido el juramento, dispuesto en la misma norma legal, invocada mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres fechas distintas en uno de los semanarios de amplia circulación regional que se edita en esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual el señor Actuario encargado del despacho elabora el correspondiente extracto de publicación por la prensa , en las prevenciones legales y en la forma dispuesta en la providencia de calificación de la demanda. Actúe el Abg. Darwin González Sosa, en calidad de Secretario encargado de la Unidad-NOTIFÍQUESE. f) Dr. Luis Efrén Naranjo Jara, previniéndole al demandado de la obligación que tiene, en señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta Jurisdicción. Abg. Darwin González Sosa SECRETARIO (E) F: 5893 1/2 S:4103 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL Trámite: EJECUTlVOCOBRO DE PAGARE A LA ORDEN No. 00069-2016 Actor: Dom. Judicial: Demandados: Citar A: Cuantía: DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA (PROC. JUD. BANCO PICHINCHA C.A.) DR. STALIN BLADIMIR ESPINOZA BORJA CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN y NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA $ 4.584,30 USD. Casilla No 64 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, martes 23 de febrero del 2016, las 10h43. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo electrónico legal realizado, y en mi calidad de Juez Titular del Despacho en funciones. En lo principal y por cuanto la demanda, propuesta por el señor GALLARDO VALLEJO HERNAN PATRICIO, en su calidad de Gerente del Banco Pichincha C.A. Zona Oriente, conforme al nombramiento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que los demandados señores NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, con cédula No. 1500701667, en calidad de deudora principal; y CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN, con cédula No. 1707081467, en su calidad de garante o deudor solidario; dentro del término legal de tres días paguen el valor total adeudado y reclamado, o deduzcan sus excepciones a las que crean asistidos, bajo apercibimiento de sentencia; debiendo para ello citárselos en el lugar que se indica en la demanda, mediante atento deprecatorio a la señora Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, a quien se le remitirá despacho suficiente y en forma, adjuntando el croquis de ubicación del lugar de cita-

ción, para el fiel cumplimiento de lo dispuesto, ofreciéndole reciprocidad en casos similares previniéndoles además a los mismos ejecutados de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo prevenciones legales. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a sus defensores; debiendo actuar la señora Secretaria de la Judicatura. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.En la provincia de Sucumbíos, ciudad Nueva Loja, con fecha 13 de Enero del 2014 los hoy accionados en la Notaria Primera del Cantón Lago Agrio, a cargo del Dr. Juan Carlos Pastor, suscribieron un CONTRATO DE MUTUO PRESTAMO CON EL BANCOPICHINCHAC.A. signado con el No. 1964601-00, préstamo por la suma de USD $ 5.048,79 (CINCO MIL CUARENTA Y OCHO DOLARES CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS),mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación en la cuenta No.-5245974500; obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses en el plazo de 1082 DIAS VISTA, mediante el pago de 60 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el CONTRATO objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 23.90% anual (que corresponde a la tasa efectiva anual de 26.7000%). Además, los deudores declaran que por falta de recursos le es imposible cancelar el valor correspondiente a intereses de mora que se han producido hasta la presente fecha, por lo que adicionalmente los deudores se obligan también a pagar a El Banco sin intereses el monto de $598.28 (QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES CON VEINTE y OCHO CENTAVOS) estos pagaderos a 36 meses; comprometiéndose los deudores con mi representada que en caso de moratoria, estos se obligarían al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de la obligación, calculado de acuerdo a lo establecido en la leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido y no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta se facultó al Banco del Pichincha C.A. para declarar de plazo vencido la obligación en su totalidad y, exigir el pago anticipado de todo el capital, interese legales, intereses moratorias y de cobranza. Como el CONTRATOen mención NO ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores, y encontrándose actualmente el CREDITO Nro. 1964601-00 vencido desde el dividendo No.- (17), pagadero al 30 de mayo del 2015, por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el contrato y en concordancia con lo que se manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil Codificado, declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dichas obligaciones y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a Sra. NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA, y Sr. CASTILLO DAVILA HITLER HERNAN. La presente acción ejecutiva la fundamento en los Artículos 486 y siguientes del Código de Comercio, referentes al Pagaré; y, 413, 415, 419,422 del Código de Procedimiento Civil, concernientes al Juicio Ejecutivo. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS Lago Agrio, martes 10 de julio del 2018, las 16H01. Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora y proveyendo el mismo se dispone: Con sustento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haberse realizado diligencias necesarias para determinar el domicilio de la demandada y rendido el juramento dispuesto en la misma norma legal, ordenase CITARSE a la demandada NOA SIQUIGUA ETELVINA ROSAURA con cédula de ciudadanía No. 1500701667 en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres fechas distintas en uno de los semanarios de amplia circulación regional que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual el señor Actuario del despacho elabore el correspondiente extracto de publicación para la prensa, con las prevenciones legales. y en la forma dispuesta en la providencia de calificación de la demandaNotifíquese y Cúmplase. f) Dr. Luis Efrén Naranjo Jara. Previniéndole a la demandada de la obligación que tienen en señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta Jurisdicción.- Nueva Loja. 17 de julio del 2018. Abg. Darwin González Sosa SECRETARIO (E) PICH.: 2/3 S: 4107 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de ORDINARIO / DECLARACION DE UNION DE HECHO a los herederos, conocidos y desconocidos y presuntos del causante señor GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MICHILENA VINUEZA MARTHA CECILIA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO JUICIO NRO: 2017-00421 CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: DECLARACION DE UNION DE HECHO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA.- “…LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A MI DEMANDA. Es el caso señor juez que desde el día 11 de Abril del año 2013 empezamos una relación de convivencia pública y notoria con el señor, de quien en vida se llamó, GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO hasta el día de su fallecimiento que fue el día 28 de Febrero del 2018 aquí en la ciudad de Nueva Loja Cantón Lago Agrio Provincia de Sucumbíos, la causa de fallecimiento la indico en el certificado de defunción que adjunto. Nuestra convivencia fue vivir juntos, auxiliarnos mutuamente tratándonos como marido y mujer, ante la sociedad, libres de vínculo matrimonial formando un hogar de hecho ya que los dos teníamos nuestro estado civil soltera y mi difunto conyugue estado civil divorciado ,los mismos que demostramos con nuestras cedulas de identidad la cual indica en la parte pertinente el estado civil de cada uno de los cónyuges,. 5.4. Debo manifestar que durante la vida de convivencia juntos no hemos adquirido ningún bien inmueble que sea motivo de partición, pero como parte los derechos reconocidos tiene el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social dejados por el causante. SEXTO.- FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN MI ACCIÓN.- Constitución de la República Art. 68, Inciso 1°. Código Civil, Art. 222, 228 SÉPTIMO.- ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS: Señor juez justifico mi petitorio en los medios de prueba presentados para la asistencia de mi derecho solicitado 1.-Declaracion Juramentada Protocolizada en la Notaría Cuarta del Cantón Lago Agrio con fecha 14 de Marzo del 2018; declaración testimonial que prueban que mi persona de nombre MARTHA CECILIA MICHELENA VINUEZA mantuve Unión de Hecho con el señor GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO durante el tiempo de 5 años aproximadamente; Adjunto el Certificado de Inscripción de Defunción con la cual demuestro que el señor:, GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO falleció por causa de muerte neumonía bacteriana.;.-Adjunto fotocopias de fotografías a color las mismas que hemos enumerado para su anuncio en un total de 6 fotografías de los cónyuges , MARTHA CECILIA MICHELENA VINUEZA y GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO, las mismas que demuestran que vivíamos juntos y compartíamos con su familia y la mía algunos eventos de nuestra vida cotidiana . .- se recepte la declaración testimonial de los señores: a) GUEVARA ENCARNACION LUZ ANGELICA b).- LUNA MARTINEZ BIBIANA c).-GUILCA ORDOÑEZ MEDARDO RUBEN d) GUANGA CABEZAS DIEGO FERNANDO; quienes declararán de conformidad al interrogatorio que formulare al momento de la audiencia, para establecer el derecho reclamado enmarcado dentro de la ley, así como para determinar el valor de la prueba, las mismas que se lo hará dentro de la audiencia correspondiente para determinar que la señora CECILIA MICHELENA VINUEZA mantuvo Unión de Hecho con el señor GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO desde el mes el 11 de Abril del año 2013 hasta el 28 de Febrero del año 2018 con la finalidad que usted señor juez muy comedidamente, declare la existencia de la Unión de Hecho entre la compareciente y el que en vida fue GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO. OCTAVO.- PRETENCION CLARA PRECISA QUE SE EXIGE Solicito que en sentencia se declare la existencia de la Unión de Hecho entre la compareciente y el señor: GUEVARA MORAN MENTOR ACURIO a fin

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de hacer efectivos mis derechos como conviviente supérstite; NOVENO.- CUANTIA DE LA DEMANDA La cuantía por su naturaleza es Indeterminada.- DECIMO.- ESPECIFICACION DEL PROCEDIMIENTO.- El procedimiento que se debe dar a esta causa es el Ordinario reglado en el capítulo I, Título, del libro IV, Art. 289 del COGEP… AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS.- U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Una vez que se ha dado cumplimiento a los dispuesto en auto in mediato anterior, al amparo de lo dispuesto en los artículos 167, 178 numeral 3 y Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 150, 156, 157, 160, 163, 171, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura número Nro. 123-2012, del Pleno del Consejo de la Judicatura, de 26 de septiembre del 2012, publicada en el R. O. 814 de 22 de octubre del 2012, considerando que la demanda y aclaración de DECLARATORIA DE LA UNION DE HECHO, presentada por MARTHA CECILIA MICHELENA VINUEZA, en contra de los presuntos herederos conocidos LUZ ANGELICA GUEVARA ENCARNACION, JUDITH FERNANDA GUEVARA ENCARNACION, ANDREA ISABEL GUEVARA ENCARNACION y GUISELA MAYRA GUEVARA ENCARNACION y desconocidos de que en vida fue MENTOR ACURIO GUEVARA MORAN, cumple con los requisitos generales y especiales de validez que son aplicables al caso, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario, al amparo de lo consagrado en los Art. 44, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 222 y siguiente del Código Civil, los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP y en armonía con el artículo 289 y siguientes del COGEP, se dispone se cumpla con lo siguiente: 1.- CÍTESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos con la demanda, el anuncio probatorio y este auto a los demandados LUZ ANGELICA GUEVARA ENCARNACION, JUDITH FERNANDA GUEVARA ENCARNACION, ANDREA ISABEL GUEVARA ENCARNACION y GUISELA MAYRA GUEVARA ENCARNACION del causante MENTOR ACURIO GUEVARA MORAN, en el lugar designado en la demanda, mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, sin perjuicio de que se los cite en persona en el lugar que se encuentren, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Los citadores deberán estar a lo dispuesto, Art. 54, 55 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo previsto en el Art. 63 ibídem. La parte actora deberá prestar las facilidades necesarias para proceder con la citación, para tal efecto deberá coordinar con la Oficina de Citaciones. En caso de no comparecer a juicio se procederá conforme lo determinan los artículos 87 y 157 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- A los herederos desconocidos de quien en vida fue MENTOR ACURIO GUEVARA MORAN, cíteselos por la prensa por uno de los periódicos que se editan en la ciudad, mediante tres publicaciones realizadas en días distintos, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. 3.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Previniéndole la obligación que tiene de anunciar las pruebas en la forma prescrita en los 152 y 169 del Código General de Procesos. (COGEP). 4.- De conformidad con lo previsto en el Art. 292 del Código General de Procesos, se convocará a las partes a la audiencia preliminar una vez que esté citada la parte demandada.. Intervenga el actuario de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE..” Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente. Ab. Oswaldo Luzuriaga SECRETARIO UJFMNALAS. F: 5879 1/3 S: 4110 EXTRACTO NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LAGO AGRIO NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LAGO AGRIO.- Agosto 2 del 2018, alas 9:43 am.- De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del articulo 18 de lña Ley Notarial, agregado por la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publica en el Registro Oficial Nº 406 de vientiocho de noviembre del 2006, pongo en conocimiento del publico en general, por el termino de veinte días , que en esta Notaria, mediante Escritura Pública celebrada ante mi Doctor Juan Carlos Pastor Guevara; Notario Primero del cantón Lago Agrio, el día veintiuno de junio del dos mil dieciocho, los señores PAREDES COQUE LUIS FERNANDO Y ANGULO GUANO CARMEN ENCILIA, procedienron a liquidar la sociedad Conyugal habida entre los dos, quienes conforme docuemntos que se agregan a la Escritura Publica de Liquidación de la Sociedad Conyugal, terminan su sociedad conyugal de forma, libre, voluntaria, de comun acuerdo, a fin de que las personas que tuvieron interes en la mencionada liquidacion, puedan oponerse justificadamente dentro del referido termino. Las adjudicaciones de los bienes patrimoniales materia de la referida liquidacion, se encuentran detalladas en la mencionada Escritura Pública, la misma que puede ser revisada por las personas que justifique interes, en las oficinas de esta Notaria, situada en la calle Cofanes y Napo esquina de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de sucumbios. Lo que comunico para los fines legales DR. JUAN CARLOS PASTOR GUEVARRA NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN LAGO AGRIO F: 5901 1/1 S: 4114

CERTIFICADO DE DOCUMENTOS PERDIDOS DEL BANCO INTERNACIONAL DEL SACHA

Por la orden del titular de cuenta corriente N° 0110606678 del Banco Internacional S.A. se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s): del Número 911 Por la orden del titular de cuenta corriente N° 0110606678 del Banco Internacional S.A. se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s): del Número 820 Por la orden del titular de cuenta corriente N° 0110606678 del Banco Internacional S.A. se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s): del Número 812 Por la orden del titular de cuenta corriente N° 9800611845 del Banco Internacional S.A. se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s): del Número 1601 1/1 O: 3378

PERDIDA DE CERTIFICADO DEL BANCO INTERNACIONAL DEL COCA

Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el Banco Internacional S.A N°650103456 por valor de US $ 2000, con vencimiento al 16 de julio del 2018, se está procediendo a su anulación 1/3 O: 3379

PERDIDAS DE PLACAS LAGO AGRIO

YO, MARÍN ROJAS EMÉRITA ISABEL, con C.I. No 1101172748, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. OCA020, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. REP F: 5889 (1) S: 4197 YO, Pantoja Guerra Jonar Estivi, con C.I. No 0924733991, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. IH303U , de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5905 (1) S: 4117


Circulación del 05 al 11 de agosto del 2018

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COMUNIDAD

Municipio de Putumayo inaugura centro gerontológico “Mis mejores años”

Cuidadores de personas con discapacidad asisten al programa “Mi cuidado marca la diferencia” Redacción Orellana

En el centro gerontológico de Puerto El Carmen se dará atención prioritaria en la modalidad diurna a 50 adultos mayores.

Redacción Sucumbíos

Con la presencia de 250 personas entre habitantes del cantón Putumayo y funcionarios del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) y municipales, fue inaugurado en Puerto El Carmen el centro gerontológico “Mis mejores años”. En la construcción del centro gerontológico, el Municipio de Putumayo invirtió 337.000 dólares aproximadamente. Para la puesta en funcionamiento, el monto global es de 63.000 dólares, de los cuales 26.000 aporta el MIES y el Municipio 36.000. Los recursos que aporta este ministerio serán destinados para alimentación, pago del personal técnico, implementación de material lúdico, equipos y atención médica. Daniel Suárez, coordinador zonal 1 MIES, señaló que en el marco de la estrategia “Mis mejores

años” el objetivo es promover la inclusión y acceso a servicios integrales de cuidado para la población adulta mayor en situación de pobreza y extrema pobreza. El funcionario precisó que en Sucumbíos el MIES atiende a 695 adultos mayores en las modalidades diurna, residencial y domiciliaria. Placa de agradecimiento Por su parte la alcaldesa de Putumayo, Jenny Ron, entregó a Salvador Jirón, director distrital del MIES en Sucumbíos, una placa en agradecimiento por su trabajo con los adultos mayores, “el apoyo del MIES fue fundamental para que esta obra se cristalice, estuvieron capacitando a los técnicos, revisando que las instalaciones estén acordes con la norma técnica y brindando asesoramiento permanentemente”, recalcó. Carmen Pama, quien forma parte

de las 50 personas adultas mayores que recibirán atención en el centro gerontológico, se sintió muy contenta por esta gran obra, “gracias al Municipio y al MIES por este proyecto que dignifica al ser humano”, expresó. Asimismo, en este acto el MIES presentó la estrategia “Misión ternura”, programa que busca movilizar y organizar a toda la sociedad para que las niñas y niños menores de 5 años tengan un buen comienzo en la vida. Como una actividad de este proyecto se realizó la primera mesa técnica de “Misión ternura” con la presencia de funcionarios del MIES, instituciones públicas, organizaciones y del Municipio, quienes acordaron realizar un trabajo interinstitucional que permita identificar y hacer un mapeo de la población meta de esta misión nacional.

En Orellana, alrededor de 350 cuidadores de personas con discapacidad se concentraron en el coliseo Paraíso Amazónico para ser parte del programa “Mi cuidado marca la diferencia”, en donde el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) entregó certificados en reconocimiento a las actividades de cuidado que estas personas realizan con este grupo de atención prioritario. Mónica Guevara, coordinadora zonal 2 del MIES, explicó que desde la subsecretaría de discapacidades se promueve reconocer y socializar las labores que los cuidadores de personas con discapacidad realizan en beneficio de este sector de la población. Precisó que en Orellana 346 cuidadores de personas con discapacidad reciben el bono Joaquín Gallegos Lara y 660 reciben atención a través de los servicios MIES en los cantones Loreto, La Joya de

los Sachas, Aguarico y Francisco de Orellana. Con más ánimo Lucrecia Nole, madre soltera, quien tiene un hijo con discapacidad intelectual, comentó que cuidarlo le da fuerzas para vivir y que este reconocimiento le ayudó a estimular su dedicación en el cuidado de su hijo, “es la primera vez que reconocen públicamente nuestro esfuerzo y amor, las personas con discapacidad son seres que nos dan amor sincero y ejemplo de vida”. Danzas y presentaciones artísticas fueron parte de la cita que contó con la participación de representantes del ejecutivo, medios de comunicación, juntas parroquiales, tenencias políticas y personas con discapacidad; además, se proclamó que en esta provincia cada 1 de agosto se conmemore el día de las personas cuidadoras de personas con discapacidad en esta provincia.

YO, VILLACRES CALAPUCHA MARGORI, con C.I. No 2100916689, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. AC733O, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5904 (1) S: 4116 YO, AGUIRRE VÁSQUEZ LUIS GERMAN , con C.I. No, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. KAA1368, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5898 (1) S: 4111 YO, BRAVO ÁLVAREZ JAIRO DAVID, con C.I. No 0801298167, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. HE717P, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5895 (1) S: 4108 YO, VARELA MENDIETA CARLOS, con C.I. No 1302748973, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. TBB6817, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 5894 (1) S: 4107 YO, ESTRELLA VILLACIS GONZALO, con C.I. No 180041054-8, presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA No. HBL0538, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. REP F: 5903 (1) S: 4115

LAGO AGRIO Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 110607542, se comunica que se está procediendo a anular el siguiente formulario de cheques del Nº 12-16-17. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 110607542, se comunica que se está procediendo a anular el siguiente formulario de cheques del Nº 21, 25. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 110607542, se comunica que se está procediendo a anular el siguiente formulario de cheques del Nº 1-10. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100606978, se comunica que se está procediendo a anular el siguiente formulario de cheques del Nº 4897. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100621241, se comunica que se está procediendo a anular el siguiente formulario de cheques del Nº 109-110-111-112-135. (1) S: 4118

Mónica Guevara, en la entrega de un certificado a una cuidadora de personas con discapacidad.

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI AVISO PÚBLICO

Dando cumplimiento al artículo 709, párrafo segundo del Código Civil, en concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registros, se comunica al público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRAVENTA OTORGADA EL: 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 NOTARÍA: PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI. OTORGADA POR: PADILLA GONZÁLEZ HÉCTOR SERAFIN FAVOR DE: SANDOVAL CHIMBO ANA MARISOL CUANTÍA: $ 719,10 DÓLARES. UBICACIÓN: Lote rural que se encuentra ubicado en la Precooperativa “Nuevo Quevedo” de la Parroquia y Cantón de Shushufindi, Provincia de Sucumbíos, República del Ecuador. LOS LINDEROS SON: NORTE: Con terrenos de la señora Blanca Melida Gaibor Villena, en dieciocho metros. SUR: Con la vía a Shushufindi, en dieciocho metros. ESTE: Con terreno de la señora Blanca Melida Gaibor Villena, en setenta y cinco metros. OESTE: Con terreno de la señora Blanca Melida Gaibor Villena, en setenta y cinco metros. Dando una superficie total de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (1.350 m2) de superficie. Atentamente

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CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA MAYGANA CONSTRUCCIONES CÍA. LTDA. De conformidad a los dispuesto en el artículo 236 de la Ley de Compañías. Se convoca a los socios de la compañía MAYGANA CONSTRUCCIONES CÍA. LTDA., que tendrá lugar el día jueves 09 de Agosto del 2018, a las 10h00, ubicada en la calle Malecón San Miguel Nro. 309 y Pasaje Peatonal, de la ciudad de Puerto el Carmen del Putumayo, cantón Putumayo, Provincia de Sucumbíos, para tratar el siguiente orden del día; 1. Constatación del Quórum 2. Análisis y Aprobación de la Reforma de Estatutos y Cambio de Domicilio de la compañía MAYGANA CONSTRUCCIONES CÍA. LTDA. 3. Clausura Nota: La documentación se encuentran a disposición de los accionistas en las oficinas de la empresa. MONTALVAN OCHOA MILTON AUGUSTO GERENTE MAYGANA CONSTRUCCIONES CÍA. LTDA.

DRA. SARA SERRANO ORTEGA. REGISTRADORA

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI AVISO PÚBLICO

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI AVISO PÚBLICO

Dando cumplimiento al artículo 709, párrafo segundo del Código Civil, en concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registros, se comunica al público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRAVENTA

Dando cumplimiento al artículo 709, párrafo segundo del Código Civil, en concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registros, se comunica al público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRAVENTA

OTORGADA EL: 13 de Diciembre del año 2000 NOTARÍA: PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI. OTORGADA POR: GRANDA CÁRDENAS JUAN MANUEL FAVOR DE: CONDE MERCHÁN MANUEL ELOY Y REYNA REYNA MARÍA TEYI CUANTÍA: $ 12.000 DÓLARES.

OTORGADA EL: 28 de Octubre del año 2008 NOTARÍA: PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI. OTORGADA POR: GRANDA CÁRDENAS JUAN MANUEL Y MEDRANDA GARCÍA MERCEDES DAILY FAVOR DE: CONDE MERCHAN MANUEL ELOY Y REYNA REYNA MARÍA TEYI CUANTÍA: $ 500.000 DOLARES.

UBICACIÓN: En la zona numero ciento sesenta y nueve, Sector Precooperativa “Nueva Fortuna” conocida como “El Oro” de la parroquia y cantón de Shushufindi, provincia de Sucumbíos, República del Ecuador. LOS LINDEROS SON: NORTE: Con el lote que se reserva el vendedor en seiscientos metros de extensión. SUR: Con el lote que actualmente es de Amador Conde en, seiscientos de extensión. ESTE: Con lote que se reserva el vendedor en, cien metros de extensión. OESTE: Con lote que se reserva el vendedor en, cien metros de extensión. Con un área total de SEIS HECTÁREAS de superficie. Atentamente DRA. SARA SERRANO ORTEGA. REGISTRADORA Shushufindi, a 24 de Julio del 2018

Shushufindi, a 27 de Julio del 2018 S-4113

S-4112

S-4113

UBICACIÓN: En la zona numero ciento sesenta y nueve, Sector Precooperativa “Nueva Fortuna” conocida como “El Oro” de la parroquia y cantón de Shushufindi, provincia de Sucumbíos, República del Ecuador. LOS LINDEROS SON: NORTE: Con el lote de terreno del señor Amado Conde, en doscientos cincuenta metros de extensión. SUR: Con el lote de terreno que se reserva el vendedor, en doscientos cincuenta metros de extensión. ESTE: Con el lote que de terreno del señor Manuel Conde, en cien metros de extensión. OESTE: Con lote de terreno que se reserva el vendedor en, cien metros de extensión. Con un área total de DOS HECTÁREAS CON CINCUENTA ÁREAS de superficie. Atentamente DRA. SARA SERRANO ORTEGA. REGISTRADORA Shushufindi, a 24 de Julio del 2018 S-4113


Circulación del 05 al 11 de agosto del 2018

SALUD

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El síndrome de Down es una de las más frecuentes

Mucha responsabilidad para disminuir el número de las anomalías congénitas Se calcula que cada año 303.000 recién nacidos fallecen durante las primeras 4 semanas de vida en el mundo debido a anomalías congénitas, defectos de nacimiento que pueden ocasionar discapacidades crónicas con gran impacto en los afectados, sus familias, los sistemas de salud y la sociedad. Definición Las anomalías congénitas se denominan también defectos de nacimiento, trastornos congénitos o malformaciones congénitas. Se trata de anomalías estructurales o funcionales, como los trastornos metabólicos, que ocurren durante la vida intrauterina y se detectan durante el embarazo, en el parto o en un momento posterior de la vida. Causas y factores de riesgo No es posible asignar una causa específica a cerca de un 50 por ciento de las anomalías congénitas. No obstante, se han identificado algunas de sus causas o factores de riesgo. Factores socioeconómicos y demográficos Aunque los ingresos bajos pueden ser un determinante indirecto, las anomalías congénitas son más frecuentes en las familias y países de ingresos bajos. Se calcula que aproximadamente un 94 por ciento de las anomalías congénitas graves se produce en países de ingresos bajos y medios, en los que las mujeres a menudo carecen de acceso suficiente a alimentos nutritivos y pueden tener mayor exposición a agentes o factores que inducen o aumentan la incidencia de un desarrollo prenatal anormal, en especial el alcohol y las infecciones. La edad materna avanzada también incrementa el riesgo de algunas alteraciones cromosómicas, como el síndrome de Down, mientras que el riesgo de determinadas anomalías congénitas del feto aumenta en las madres jóvenes. Factores genéticos La consanguineidad aumenta la prevalencia de anomalías congénitas genéticas raras y multiplica casi por 2 el riesgo de muerte neonatal e infantil, discapacidad intelectual y otras anomalías congénitas en los matrimonios entre primos hermanos. Algunas comunidades étnicas, como los judíos asquenazíes o los finlandeses, tienen una mayor prevalencia de mutaciones genéticas raras que condicionan un mayor riesgo de anomalías congénitas. Infecciones Las infecciones maternas, como la sífilis o la rubéola, son una causa importante de anomalías congénitas en los países de ingresos bajos y medios. Estado nutricional de la madre. Las carencias de yodo y folato, el sobrepeso y enfermedades como la diabetes mellitus están relacionadas con algunas anomalías congénitas. Por ejemplo, la caren-

cia de folato aumenta el riesgo de tener niños con defectos del tubo neural. Además, el aporte excesivo de vitamina A puede afectar al desarrollo normal del embrión o del feto. Factores ambientales La exposición materna a determinados plaguicidas y otros productos químicos, así como a ciertos medicamentos, al alcohol, el tabaco, los medicamentos psicoactivos y la radiación durante el embarazo, pueden aumentar el riesgo de que el feto o el neonato sufra anomalías congénitas. El hecho de trabajar en basureros, fundiciones o minas o de vivir cerca de esos lugares también puede ser un factor de riesgo, sobre todo si la madre está expuesta a otros factores ambientales de riesgo o sufre carencias alimenticias. Prevención Las medidas de salud pública preventivas ofrecidas en los servicios de atención reducen la frecuencia de algunas anomalías congénitas. La prevención primaria de las anomalías congénitas implica: mejorar la dieta de las mujeres en edad

fecunda, garantizando un aporte suficiente de vitaminas y minerales en la alimentación, en especial de ácido fólico, mediante el suministro diario de complementos por vía oral o el enriquecimiento de alimentos básicos como las harinas de maíz o de trigo; asegurar que las mujeres eliminan o restringen el consumo de sustancias nocivas, particularmente el alcohol; controlar la diabetes preconcepcional y gestacional, a través de asesoramiento, control del peso, dieta y administración de la insulina cuando sea necesario; evitar la exposición ambiental a sustancias peligrosas, como los metales pesados y los plaguicidas, durante el embarazo; garantizar que durante el embarazo la exposición a los medicamentos y a radiaciones por razones médicas (por ejemplo, para el diagnóstico por la imagen) esté justificada, basándose en un análisis cuidadoso de las ventajas y los riesgos para la salud. Mejorar la cobertura vacunal, en especial contra el virus de la rubéola, en las niñas y las mujeres. La rubéola es prevenible mediante vacunación en la infancia. La vacuna antirrubeólica también puede

administrarse al menos un mes antes del embarazo a las mujeres no vacunadas que no hayan sufrido esta enfermedad en su infancia. Aumentar y fortalecer la formación del personal sanitario y de otros interesados en el fomento de la prevención de las anomalías congénitas. Detección La atención en los períodos preconceptivo (antes de la concepción) y periconceptivo (en las fechas de la concepción) consta de prácticas básicas de salud reproductiva, así como del consejo y las pruebas genéticas. Estas pruebas se pueden realizar durante los tres periodos siguientes: en el periodo preconceptivo, las pruebas pueden servir para identificar a las personas en riesgo de padecer determinados trastornos o de transmitirlos a sus hijos. La estrategia consiste en el uso de los antecedentes familiares y la detección del estado de portador, y es particularmente valiosa en países en los que el matrimonio consanguíneo es frecuente. En el período periconceptivo, los resultados de las pruebas deben utilizarse para determinar la aten-

ción más adecuada en función del riesgo asociado a determinadas características maternas, tales como la edad temprana o avanzada o el consumo de alcohol, tabaco u otros medicamentos psicoactivos. La ecografía permite detectar el síndrome de Down durante el primer trimestre y las anomalías fetales graves durante el segundo trimestre. Además, la amniocentesis y otras pruebas pueden ayudar a detectar los defectos del tubo neural y las anomalías cromosómicas durante el primero y el segundo trimestres. En el periodo neonatal se puede realizar una exploración física y pruebas para detectar trastornos hematológicos, metabólicos y hormonales. Las pruebas para detectar la sordera y las malformaciones cardíacas y la detección precoz de las anomalías congénitas pueden facilitar la instauración de tratamientos capaces de salvar la vida y prevenir la evolución hacia discapacidades físicas, intelectuales, visuales o auditivas. En algunos países se somete a los recién nacidos a pruebas sistemáticas de detección de anomalías tiroideas y suprarrenales antes de que abandonen la maternidad. Tratamiento y atención Muchas anomalías congénitas estructurales se pueden corregir mediante la cirugía pediátrica, y a los niños con problemas funcionales como la talasemia (un trastorno hematológico hereditario recesivo), la drepanocitosis o el hipotiroidismo congénito (función tiroidea reducida) se les pueden administrar tratamientos precozmente.

Posibles prevenciones Los controles prenatales son importantes para detectar posibles anomalías en el desarrollo del feto.

Los trastornos congénitos graves más frecuentes son las malformaciones cardíacas, los defectos del tubo neural y el síndrome de Down. Las anomalías congénitas pueden tener un origen genético, infeccioso o ambiental, aunque en la mayoría de los casos resulta difícil identificar su causa. Es posible prevenir algunas anomalías congénitas; por ejemplo, hay medidas de prevención fundamentales como la vacunación, la ingesta suficiente de ácido fólico y yodo mediante el enriquecimiento de alimentos básicos o el suministro de complementos, así como los cuidados prenatales adecuados. Las anomalías congénitas son en muchos países causas importantes de mortalidad infantil, enfermedad crónica y discapacidad. En 2010, la Asamblea Mundial de la Salud adoptó una resolución sobre defectos de nacimiento en la que se pidió a todos los Estados Miembros que fomentaran la prevención primaria y la salud de los niños con anomalías congénitas mediante: el desarrollo y fortalecimiento de los sistemas de registro y vigilancia: el desarrollo de conocimientos especializados y la creación de capacidades; el fortalecimiento de la investigación y los estudios sobre la etiología, el diagnóstico y la prevención.

Algunas anomalías no son detectables antes de nacer; los pediatras insisten en la necesidad de examinar de manera minuciosa a los recién nacidos.

Respuesta de la OMS En el 2010, se presentó para su consideración a la Asamblea de la Salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS) un informe sobre las anomalías congénitas en el que se describen los componentes básicos para la creación de programas nacionales de vigilancia, prevención y atención de dichas anomalías antes y después del nacimiento. Asimismo, se recomiendan prioridades para que la comunidad internacional colabore en la creación y fortalecimiento de esos programas nacionales. La Estrategia mundial de salud de las mujeres y los niños, presentada en el 2010 por las Naciones Unidas en colaboración con líderes gubernamentales y otras organizaciones como la OMS o el Unicef, ha sido crucial para poner en práctica intervenciones costoeficaces con gran impacto en la mejora de la salud neonatal e infantil. Fuente: www.who.int


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En Francisco de Orellana partirá la edición 35 de la vuelta ciclística al Ecuador

Predicando la

Palabra

DE DIOS

Hebreos 4:12 Ciertamente, la palabra de Dios es viva y poderosa, y más cortante que cualquier espada de dos filos. Penetra hasta lo más profundo del alma y del espíritu, hasta la médula de los huesos, y juzga los pensamientos y las intenciones del corazón. Pedro Rodríguez (c) coordina la vuelta ciclística del 2018. En la foto junto a Edwin Égüez y Edwin Ibujés, gerente general y presidente, en su orden, de la cooperativa 29 de Octubre.

Redacción Sucumbíos

Del 6 al 13 de octubre del presente año se cumplirá la edición 35 de la vuelta ciclística al país que tiene el aval de la Federación Ecuatoriana de Ciclismo. La cooperativa de ahorro y crédito 29 de Octubre será uno de los patrocinadores de la vuelta ciclística Ecuador 2018. La coordinación de la competencia es realizada por el pentacampeón Pedro Rodríguez. Luego de 4 años regresa esta competencia que tuvo su primera edición en 1966. Esta competencia de

los “caballitos de acero” tendrá 10 etapas que se cumplirán en 8 días, partiendo el 5 de octubre desde el congresillo técnico El Coca, para continuar al día siguiente a la ruta El Coca-Tena. Habrá 2 semietapas que se desarrollarán el 7 de octubre entre Tena y Puyo y un circuito en la capital de la provincia de Pastaza, para desplazarse el 8 de octubre al circuito Salcedo. El 9 de octubre los pedalistas se dirigirán al tramo El Boliche-Quito, y el 10 del mismo cubrirán la ruta QuitoCotacachi.

INGREDIENTES: 800g de arroz alargado 4 huevos 4 zanahorias 150g de guisantes 150g de jamón cocido cortado en tacos 6 cucharadas de salsa de soja aceite

PREPARACIÓN:

En la provincia del Carchi A continuación, se desarrollará el circuito Ibarra, para seguir el 12 de octubre en la etapa CotacachiHuaca; concluido este periplo, se dirigirán el 13 de octubre para competir en el circuito Tulcán, donde 2 semietapas esperarán a los ciclistas, la primera denominada contra reloj individual y la última que servirá para finalizar la vuelta ciclista con un circuito urbano. Varios equipos participarán, entre ellos Movistar con su referente Byron Guamá, campeón de va-

Arroz

rias vueltas al Ecuador; el equipo Prefectura del Carchi, con Jorge Montenegro, campeón bolivariano; el equipo de la selección Cayambe; por Imbabura participarán 2 equipos, el Tims–Eagle Bike, con los deportistas Sebastián Rodríguez, Segundo Navarrete, Luis Espinosa, Ricky Gordillo y el equipo Saitel; además competirán los equipos 53-11 dirigido por Marco Pita. También las selecciones de Colombia, Argentina, Chile, Costa Rica, República Dominicana, confirmaron su participación.

Tres delicias

Ponemos el doble de agua que de arroz y cuando rompa a hervir, añadimos el cereal junto con una pizca de sal. Removemos un poco al principio para que no pegue al fondo y dejamos cocer a fuego suave durante unos 20 minutos En otra olla en abundante agua hirviendo, añadimos la zanahoria cortada en cubos y los guisantes. Ponemos un chorrito de aceite en una sartén antiadherente ancha y dejamos que se caliente a fuego medio. Cuando esté caliente, añadimos el huevo batido y dejamos cocinar un par de minutos Para finalizar, en un wok o en una sartén bien grande, ponemos un chorrito de aceite a calentar a fuego fuerte. Cuando humee un poco añadimos el arroz, los guisantes y la zanahoria. Añadimos también la tortilla de huevo cortada en cuadraditos. Añadimos unos tacos de jamón cocido y opcionalmente añadimos la salsa de soja. La salsa de soja añadirá mucho sabor. Removemos todos los ingredientes constantemente mientras se cocinan a fuego fuerte durante un par de minutos.

2 Corintios 7:1 Como tenemos estas promesas, queridos hermanos, purifiquémonos de todo lo que contamina el cuerpo y el espíritu, para completar en el temor de Dios la obra de nuestra santificación.


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Aniversario 20 de la creación cantonal

Cuyabeno, destino para turistas de todo el planeta

Hablar de Cuyabeno es resaltar a una de las bellezas naturales del mundo, un tesoro de la Amazonía ecuatoriana, tierra de lagunas y avistamiento de delfines rosados. Redacción Sucumbíos

El cantón Cuyabeno se encuentra dentro de la Reserva de Producción Faunística tan conocida en el ámbito mundial. La Reserva de Producción Faunística Cuyabeno (RPFC), comparte las lagunas con el cantón Putumayo, con amplios ambientes lacustres donde destaca la denominada Laguna Grande. Es el sitio de mayor concentración de la actividad turística; los visitantes llegan atraídos por la particularidad de los árboles macrolobios, el avistamiento de aves, anidamiento y reproducción del águila arpía y guayacamayos. Observar los míticos delfines rosados y los románticos atardeceres cautiva a los turistas de todo el planeta. La RPFC se extiende en un territorio de 603.380 hectáreas entre las cuencas de los ríos San Miguel y Aguarico, en medio del bosque húmedo tropical amazónico. Tiene como uno de sus objetivos principales la conservación y perpetuidad de una muestra del ecosistema amazónico, el más complejo del mundo. Playas de Cuyabeno es territorio habitado por la nacionalidad Kichwa, es un nuevo modelo de desarrollo; también son muy visitados los ríos de la zona como el río Aguas Negras con su balneario local, las playas del río Aguarico con sus diferentes comunidades como Cofán Závalo. En un día de fiesta, la delicia más tradicional que se degusta en las comunidades es la chicha de yuca, bebida que se ofrece al turista cuando llega a la comunidad. El casabe, tortilla hecha con yuca, es otro de los platillos tradicionales y se puede acompañar con mayones asados, una delicia muy apetecida y exótica. En este contexto, Cuyabeno es el séptimo cantón de la provincia y de más reciente creación en Sucumbíos; celebra cada 8 de agosto su aniversario de creación. Este 2018, festeja 20 años de vida en un programa del 3 al 8 de agosto, que culminará con el desfile cívico cultural y la sesión solemne.

Peña se trasladaron a la ribera sur del Aguarico, quedando libre la ribera norte; como la administración de la RPFC no permanecía constantemente, los shuar pasaron a ocupar esta zona, donde se estima que los primeros habitantes llegaron en 1981. En sus inicios hubo una sola comunidad llamada Shuar Charap, pero en 1983, debido a diferencias se dividió en 3 comunidades: Centro Shuar Charap, Centro Shuar Taikiua y la precooperativa “Unión y Fuerza” que se encuentra en la ribera sur del Aguarico. La comunidad Cofán de Zábalo inició su proceso de formación en 1979, a partir de un grupo de familias que llegó desde la comunidad Dureno. Luego otras familias se unieron a los pioneros y la comunidad Zábalo se creó como tal en el año 1984.

Cómo llegar a las lagunas Para llegar a las lagunas de Cuyabeno, ubicadas a 120 kilómetros de Lago Agrio, se utiliza el mismo recorrido, solo se debe tomar una hora adicional hasta el puente del Cuyabeno, en donde se debe registrar en las oficinas del MAE y luego embarcarse en una canoa que lo conduce por el río Cuyabeno hasta las lagunas con un tiempo de recorrido de 2 o 3 horas. También existen otras opciones para llegar a las lagunas de Cuyabeno y es la ruta Lago Agrio-Chiritza-Cuyabeno, con recorrido en canoa a motor fuera de borda, 8 horas o la ruta Lago Agrio-Las Mercedes-Cuyabeno, recorriendo el río Aguarico hasta la desembocadura del río Cuyabeno en el Aguarico; con un viaje de 6 horas.Cuyabeno se encuentra localizado al sureste de la provincia de Sucumbíos. Tarapoa es la cabecera cantonal; parroquias rurales: Playas de Cuyabeno y Aguas Negras. Superficie: 3.890,14 kilómetros cuadrados. Población: 7.133 habitantes y 3.101 mujeres (censo del 2010). Nacionalidades: está habitado por las nacionalidades: Cofán, Siona, Secoya, Shuar y Kichwas.

Tarapoa está ubicada a 428 kilómetros desde Quito; a 78 de Nueva Loja y a 80 de Puerto El Carmen.

Breve historia de Cuyabeno En la presidencia del interino Fabián Alarcón Rivera se creó el cantón Cuyabeno mediante Registro Oficial 379 del 8 de agosto de 1998. Está conformado por una parroquia urbana, Tarapoa como su cabecera cantonal y 2 rurales, Aguas Negras y Playas de Cuyabeno. El nombre Tarapoa nace de 2 palabras de la lengua siona: tara o palo y puya o río, quebrada; los nativos de la zona afirman que hace años el río Tarapoa llevaba muchos palos y lo llamaban Tarapuy para luego ser llamado lo que es hoy, Tarapoa. Según relatos de la población, por la década de los 70 hubo una gran sequía que generó la necesidad de migrar a otros lugares del país, encontrando en esta zona tierras fértiles para sembrar y subsistir. Luego la noticia se fue propagando con el tiempo y llegaron cada vez más colonos P

para posesionarse de grandes extensiones de tierra. Los colonos llegaron en su gran mayoría de las provincias de Loja, Manabí, Los Ríos, El Oro y Bolívar. Paralelo a esto se encontraba la explotación petrolera en la zona, y la carretera Lago Agrio-Tarapoa ya estaba en Chiritza, que facilitó el ingreso de los colonos. Los habitantes de Cuyabeno se alimentaban de productos de la caza y pesca, además de plátano, yuca y frutos silvestres, para luego comenzar a intercambiar lo que producían por otros productos al campamento de la compañía Sepco, ya que no disponían de una movilización rápida de una carretera hacia Lago Agrio para comprar las provisiones. La población se descuidó del cultivo de ciclo corto debido al boom del café de la época. La compañía petrolera ubicada en Tarapoa, en 1977, expandió su cam-

po petrolero abriendo la carretera desde Tarapoa hasta lo que hoy es cantón Putumayo y su capital cantonal, Puerto El Carmen, para explotar los pozos Marian. Luego con esta vía de acceso disponible, la colonización entró al sector de Aguas Negras tomando posesión del territorio. Según los habitantes, en los años 70 los kichwas se liberaron de sus patronos, de ahí una parte se dedicó al trabajo en la explotación petrolera y otros se asentaron en las riberas del río Aguarico formando las comunidades de Zancudo, Playas de Cuyabeno, Puca Peña y Centro Eno. Al establecerse la RPFC, representantes del Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre (Inefan), por el año de 1979, viajaron por el río Aguarico para informar a los pobladores sobre esta área protegida, luego los kichwas de Puca

P

P

www.radioseduccion.com Web oficial de radio seducción emite desde la provincia de Sucumbíos, cantón Lago Agrio, Ecuador. Desde el año 2005, tenemos el objetivos de educar, animar y entretener a la población de Napo, Sucumbíos, Orellana y el Sur de Colombia. DIRECCIÓN: 12 DE FEBRERO 1108 Y AV. VELASCO IBARRA CONTACTOS: 062 831 757 - 062 834 257 - 0992080715 – 0986044968 Correo: seduccion_95@hotmail.com Twitter:@Radio_Seduccion

RPFA, santuario de vida silvestre La RPFC pertenece al Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Ministerio del Ambiente (MAE), fue creada bajo el acuerdo ministerial 322 del 26 de julio de 1979– Registro Oficial 69, noviembre 20 de 1979. Los principales atractivos del Cuyabeno se relacionan con la enorme biodiversidad y el imponente sistema hidrográfico que forma parte de la cuenca Amazónica. Este último es el más extenso y de mayor caudal del mundo. Su flora está entre la más diversas del planeta con alrededor de 12.000 especies distribuidas en diferentes hábitats. En cuanto a fauna, se estima que existen alrededor de 1.320; 165 de mamíferos, 493 de aves, 96 de anfibios, 91 de reptiles y 475 de peces. También es ecosistema y hogar de especies únicas como el mítico delfín rosado de río. Cerca de las orillas de los ríos Cuyabeno y Aguarico, habitan 7 comunidades indígenas, pertenecientes a 5 nacionalidades: Siona, Secoya, Cofán, Kychwa y Shuar, que ofrecen la oportunidad de realizar turismo comunitario para deleitar sus variados platos típicos y costumbres ancestrales.


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Tiempos de entrenar para las carreras 5 k y 10 k Redacción Orellana

El 7 de octubre del 2018 se realizará la segunda edición de las carreras 5 y 10 k en la ciudad del Coca. Alex Noboa, presidente de la asociación de hoteleros de Orellana, comentó “el año anterior nos fue bastante bien, creo que ahora con la experiencia ganada, estamos para mejorar, para tener más participantes, con esto queremos aportar en el destino de Orellana”. Edison Campos, tesorero de la asociación, explicó “la de 5 k saldrá por el puente Río Napo e ingresará a la ciudad, parada en el redondel, bajará por la calle Cuenca hasta la avenida 9 de Octubre, subirá hasta el ECU 911 y retornará hasta el Macco, luego tendremos la subida para la Eugenio Espejo y terminaremos en la avenida Napo y entran al malecón”.

Foto archivo Los organizadores de las competencias esperan una masiva inscripción de atletas de todo el país.

Una década de bendición Podemos esperar en todos los años de esta década, incluyendo el presente 2015 y para el 2016: incremento o «medida 1 Un extra» para nuestra cose-

cha financiera al dar puntual y generosamente nuestros diezmos, primicias y ofrendas regulares y de pacto al Señor.

Añadió que la 10 K iniciará en el mismo punto de partida con una diferencia de 10 minutos; subirán 3 kilómetros hasta la entrada de la Chacra, conocida como la hacienda de la Brigada, ingresarán por la parte interna de la Brigada y saldrán de igual manera al sitio de partida y procederán a completar los 5 kilómetros”. Facilidad para inscribirse

Por su parte Johanna López, secretaria de la asociación de hoteleros, indicó que las inscripciones pueden realizarse en varios puntos o en la web, www.desdafioorellna.com Anita Rivas Párraga, alcaldesa de Francisco de Orellana, manifestó que el Municipio apoyará esta iniciativa para promocionar al cantón como un destino turístico, “como gad municipal no hemos escatimado recurso alguno para que este

evento se realice, más bien hemos apoyado para que estas iniciativas, que buscan posicionar los destinos turísticos de nuestro país y en este caso la provincia de Orellana, como autoridad competente hemos visto una gran oportunidad de fortalecer el turismo interno y lograr que todos los ciudadanos del país y los locales también, antes de irnos a lugares extranjeros”.

P

posicionamiento mayor 2 Un junto a un nuevo y mayor nivel de autoridad para hacer nuestro ministerio y destruir las obras del diablo.

nivel de salud y fortaleza 3 Un extraordinario para enfrentar nuestro recorrido en la vida cristiana, ya sea que andemos en el valle, en la montaña o en el desierto. Dios nos dará una fuerza sobrenatural para enfrentar las circunstancias y los ataques de satanás.

el Ojo del Eterno y su 4 Que Misericordia estén sobre

nosotros y nuestra familia velando y dirigiendo nuestros pasos. En esta década el Altísimo ha puesto de manera prioritaria su mirada y favor sobre la familia y sobre los constructores de esta gloriosa institución originada por Dios.

la Unción Davídica se 5 Que incremente en el Pueblo de

Dios para tener mayor intimidad con Él, su presencia y mayor comunión con el Espíritu Santo. El Eterno mismo vendrá a nuestra puerta para estar con nosotros de manera evidente para darnos su fuerza y fortaleza, para ahuyentar y destruir a nuestros enemigos. Podemos esperar en esta década grandiosas victorias por el poder sobrenatural del Altísimo desatado para cada familia desde la puerta. Las puertas abiertas serán la norma en nuestro caminar de la mano de Jehová.

la Unción Profética 6 Que desatada activará lo Profé-

tico en la Iglesia y levantará a los profetas de manera poderosa y acelerada. La década del 2010 ( 5770) al 2019 ( 5779) surge en el contexto bíblico relacionada con la el término hebreo “ayim”, cuyo significado implica: el Ojo u Ojos del Eterno sobre la puerta abierta, el vidente o fuente. La Revelación de la Palabra nos indica esta década es de la Visión y del Profeta del Eterno. Las aguas del Río Profético del Altísimo serán incrementadas con su presencia.

Es un honor ser parte de la cotidianidad del Cantón Cuyabeno Nos enorgullece contribuir permanente a su desarrollo y bienestar. Saludamos a Cuyabeno en un aniversario más de cantonización Cuyabeno, Agosto de 2018

http://www.enlace.org/guia-profetica-2015 -apostol-rony-chaves/

Q-1282


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