Edicion 969

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ORELLANA

AÑO 20 Edición 969 Circula del 01 al 07 de octubre del 2017

7.000

EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA

Hacia el fortalecimiento de la atención para adultos mayores Los servicios que reciben las personas adultas mayores están bajo la mira del MIES con el fin de mejorarlos. Asimismo son inspeccionadas las actividades ocupacionales como las manualidades, artesanías y bailoterapia.

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EDICIÓN

En Arishungo todos celebran los 18 años de vida comunitaria

En esta comunidad kichwa una de las tradiciones de festejar su aniversario consiste en tomar chicha en el menor tiempo posible.

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NAPO

Sigue la construcción de dos edificios de la Ikiam El avance de la obra ya tiene un 55 por ciento. Allí 750 nuevos alumnos podrán estudiar.

P. 09 Foto: Gobernación Napo.

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Circulación del 01 al 07 de octubre del 2017

Comunidad

¿El 80% de las bacterias de la boca no se acumulan en los dientes?

MUNDO

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Goza de un alto poder de convocatoria

Con chicha, danza y juegos ancestrales, Arishungo celebra sus 18 años

Una de las costumbres de las mujeres de Arishungo se distingue porque durante todo el día de la fiesta, la comisión de chicha reparta el tradicional preparado a todos los invitados y la gente de la comunidad.

Los fundadores de Arishungo en Sucumbíos

Redacción Sucumbíos

En la celebración de los 18 años de vida de esta comunidad kichwa del cantón Cascales, cada una de las mujeres, con su recipiente grande de chicha, visita a la gente del estadio, a los deportistas hombres y mujeres, que disputaban el torneo de fútbol entre comunidades; asimismo en la cancha cubierta y escenario donde se desarrollaban los juegos ancestrales y en la cocina, donde los hombres alistaban la comida para repartir a las personas presentes en la fiesta. Arishungo o “buen corazón” en castellano, es una comunidad asentada a solo 200 metros de la vía que conduce a Quito; tiene 2 accesos desde la vía para llegar. Está ubicada entre las poblaciones de Sevilla y Cascales. Tiene una población de 600 habitantes; la mayoría es de apellidos Vargas y Grefa. Desde que se baja de la ranchera se nota el ambiente de fiesta que vive la comunidad. Es 23 de septiembre y la gente e invitados disfrutan con sus amigos de la chicha, pinchos de mayón y hay grupos que toman el fuerte. Todo es risa, conversaciones en kichwa, mientras 2 equipos femeninos de Cascales y Sevilla, disputan un encuentro de fútbol. En la “casa de las mujeres”, una construcción grande donde se reúnen las mujeres de la comunidad, hay una sala hexagonal y una cocina cómoda, donde se prepara la comida para alrededor de 1.000 personas. Pero la cocida de la

Clemente Vargas y su esposa, Manuela Grefa, fueron los primeros en llegar a ese lugar, procedentes de San Pablo de Arishungo; por eso le pusieron el mismo nombre a la comunidad, tuvieron hijos. Sonia Vargas es nieta de Clemente y Manuela e hija de Rosa Vargas. Sonia es la presidenta de la Casa de las Mujeres, de la organización Mushuk Guarmi (Nuevas Mujeres) construida en 2014 con apoyo del alcalde de Cascales, Edmundo Vargas. Allí planifican diversos eventos y encuentros programados con otras organizaciones; también se reúnen para confeccionar artesanías y exponer en ferias y fiestas en el cantón y la provincia. Utilizan el material que hay en la zona (pepitas, mullos) para hacer pulseras, collares, faldas, brasieres. Los juegos ancestrales inician y la gente se concentra en la cancha cubierta. Pedro Grefa, comisionado de la organización de los juegos, se encarga de que participen de todas las comunidades y sectores presentes: están de Cuchapamba, San José, Shyris, Sevilla, de la comuna Cofán Duvuno, Jesús de Gran Poder, la comuna Pastaza. Inician con la tomada de chicha. Cada uno de los 5 participantes tiene un mate y una tarrina de chicha; gana quien acabe primero. La pelada de plátano verde es la segunda competencia; 2 mujeres, Silvia Grefa y su tía, pelan más rápido el verde; utilizan los dientes y las manos. “Así pelaban nuestros antepasados, con los dientes, porque antes no había cuchillos. Pelaban con la boca y a la olla”, explica Fausto Vargas de la comuna San José, a la que se pasa por el puente de Tonny el suizo.

En pelar el plátano verde con los dientes consiste el concurso en que la gente participa con alegría. Así recuerdan los tiempos en que no tenían cuchillos para esta labor.

comida se hace en el patio; son 3 ollas grandes de aluminio en las que se cocina verde, yuca; y 2 pailas de bronce para cocinar la carne; además de un toro que les dio el alcalde de Cascales. Este trabajo lo hacen los hombres porque las mujeres reparten la chicha. A los hombres que preparan la comida, los visitan, les dan chicha, mientras descansan observando al hombre que con fuerza y habilidad de

un solo hachazo parte los troncos de leña para alimentar el fogón. La fiesta en Arishungo inició a las 04h30 con la toma de la guayusa, de parte de invitados y la comunidad. Es una costumbre que las nacionalidades la practican. Mujeres, hombres, adultos y jóvenes, tienen que estar listos a esa hora para esta tradicional tomada de la guayusa. Después viene el desayuno: café con molido o majado de verde,

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como se lo conoce; igualmente se toma chicha. Ya con las primeras horas de la mañana llegan los juegos para los niños. Ellos juegan a las quitadas y entrega de la pelota. Los niños y las niñas, esconden su inocencia entre su cuerpo y la pelota para correr y no dejarse quitar, esa ilusión redonda. También participan del palo encebado y otros juegos preparados para ellos

En la fiesta estuvo una buena delegación de la provincia de Pastaza que vino con artistas, danzantes y la orquesta de música amazónica cantada en kichwa, para alegrar la celebración. Son de la comunidad de San Pablo de Arishungo, provincia de Pastaza. Todos los años asisten a visitar a sus parientes y amigos en Sucumbíos, de la comunidad de Arishungo, en el cantón Cascales.

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CONSEJO NACIONAL ELECTORAL DELEGACIÓN PROVINCIAL DE ORELLANA

AVISO DE REMATE

La Junta de Remates CNE-Orellana, conforme a lo establecido en el “Reglamento General para la Administración, Utilización y Control de los Bienes y Existencias del Sector Público” y lo dispuesto en Resolución N°CNE-DPO-2017-0031, comunica a la ciudadanía en general que se procederá al remate en sobre cerrado de los vehículos de la Entidad el 26 de octubre de 2017, a partir de las 11h00, en el CNE-Orellana. Los automotores podrán ser revisados en días hábiles en la Delegación electoral, ubicado en las call es Amazonas y Juan Montalvo, desde el 3 de octubre de 2017, de 08h30 a 16h00. Valor base del remate: 100% del avalúo. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado, que incluirá: La oferta, que no podrá ser menor al avalúo, y además el 10% del valor de la oferta, en dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Consejo Nacional Electoral, Delegación Provincial de Orellana. Toda propuesta será incondicional y no podrá ofrecerse el pago a plazos; ni serán calificadas las propuestas que no reúnan las condiciones anteriores. Las ofertas serán receptadas en el CNE-Orellana en sobre cerrado y dirigido a la Junta de Remates, del 3 al 25 de octubre de 2017 y el 26 de octubre de 2017 de 08h00 a 10h00, indicando en su anverso los siguientes datos: “El Vehículo(s) ofertado(s)”, nombres completos del oferente y dirección electrónica. La apertura de sobres se realizará el 26 de octubre de 2017, a las 11h00, en el CNE-Orellana. La Junta de Remates se reserva el derecho de adjudicar y/o declarar desierto el remate. Los vehículos se adjudicarán a las mejores ofertas más el 12% del IVA. En caso de empate económico, se adjudicará según el orden de presentación de las ofertas. Los automotores se rematarán en las condiciones técnico-mecánicas en que se encuentran, por lo que no se aceptarán reclamos posteriores de ninguna naturaleza. El adjudicatario, una vez notificado, pagará el saldo del precio dentro del primer día hábil siguiente al de la notificación de la adjudicación; caso contrario, se procederá a lo dispuesto en el Art. 37 del citado reglamento. La entrega de los vehículos rematados se realizará una vez que se haga efectivo el cheque y verificado el pago total del valor de adjudicación.

PLACA

MOTOR

MODELO

1 QEQ-1006 2002 CHEVROLET 8LBTFS25H20112630

6VD1130212

2 QEQ-1017 2002 CHEVROLET 8LBTFS25H20112616

6VD1130211

LUV C/D V6 4X4 T/M INYEC LUV C/D V6 4X4 T/M INYEC RODEO V6 T/M A/C

3 PEN-0523

AÑO

MARCA

CHASIS

NOTIFICACIÓN El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loreto, NOTIFICA a los propietarios de los predios urbanos y rurales del Cantón Loreto, Provincia de Orellana, que dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 496 inciso primero y 522 inciso primero del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, ha iniciado el proceso de actualización de los catastros de predios urbanos y rurales para el bienio 2018 – 2019, por lo que solicitamos dar las facilidades necesarias al personal de campo que realizará la inspección a los lotes y edificaciones, trabajo planificado para los meses de re y noviembre del presente año. octubre Loreto, o, 27 de septiembre del el 2017 201 0 7

Lic. Luis Luiis Cesar Bustos Abarca DIRECTOR DIRECT CTOR FINANCIERO (E) CT O-3146

Descripción completa y estado de los vehículos a rematarse: Nº

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LORETO

2004 CHEVROLET 8LDUCS25G40109207 6VD1174565

ESTADO

AVALÚO

MALO

USD 3.100,00

MALO

USD 3.100,00

REGULAR

USD 6.000,00

Francisco de Orellana, 29 de septiembre de 2017 Marco Tulio Restrepo Díaz PRESIDENTE DE LA JUNTA DE REMATES Q-0000


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Cepillar las mejillas es una zona de bacterias, así como las encías, otro rincón favorito de las bacterias. La parte superior de la lengua debe ser color rosa, de lo contrario favorece el mal aliento. Es necesario cepillar la lengua suavemente de adentro hacia fuera para limpiarla.

Nueva Loja se beneficiará de 5 kilómetros más de asfaltado

La avenida Galápagos ahora facilita el tránsito de personas y vehículos. Además permite descongestionar el tráfico a otras arterias urbanas. Redacción Sucumbíos

En la administración actual del Municipio de Lago Agrio se han asfaltado alrededor de 20 kilómetros dentro del perímetro urbano de la ciudad. En la socialización del presupuesto participativo para el 2018, el alcalde Vinicio Vega anunció que se asfaltarán 5 kilómetros más en los sectores considerados importantes, como la prolongación de la avenida Venezuela al norte y asfaltado de la calle Jambelí, al sur de la ciudad, zona donde funcionará la mancomunidad de tránsito, en el barrio San Valentín, además de otros tramos pequeños de la urbe. En los barrios del sector oeste, el alcalde precisó que la Municipalidad invirtió alrededor de 7 millones de dólares en infraestructura básica. Nueva Loja siempre ha estado creciendo y desarrollándose debido al trabajo de los ciudadanos que la habitan. Ya no es la pequeña ciudad que creció al fragor del boom petrolero. En la actualidad su población pasa de los 70.000 habitantes, razón importante para que las autoridades del cabildo lagoagerense en sus últimas administraciones hayan direccionado su trabajo hacia la dotación de servicios básicos como agua potable, alcantarillado y asfaltado de calles y avenidas. Quizá en servicios como agua potable y alcantarillado falta por trabajar; aunque en asfaltado de calles y avenidas hay un trabajo importante. En la última y tercera administración de Máximo Abad (2004-2009) su labor se enfocó a la “regeneración urbana de la ciudad” con énfa-

sis en las calles céntricas de la urbe: avenida Quito, 12 de Febrero, avenida Colombia y Amazonas; cuyo tratamiento se dirigió al ornato de con la ubicación de adoquines peatonales en sus aceras ensanchadas y jardineras al filo de éstas. Todos los parques fueron también intervenidos, dándole a la ciudad un toque moderno. Nueva Loja tomó el nombre de la “Ciudad de los parques”. El transportista, parque Central, de la Madre, parque infantil los Picapiedra, Simón Bolívar, del sector la Malaria; incluso el mismo parquecito junto al edificio municipal, fueron intervenidos para darles una nueva imagen. Lamentablemente para la ciudad que acoge a mujeres y hombres venidos de todas las provincias, las jardineras se han convertido en lugares donde se ponen las fundas de basura; en la avenida Colombia se han establecido talleres de motocicletas que ensucian los adoquines y destruyen las jardineras. Otras inversiones En la siguiente administración de Yofre Poma (2009-2014), con la abundancia de recursos que vinieron hasta del gobierno central, se construyeron obras como el parque recreativo Nueva Loja, el mercado central, la planta de agua y el centro de atención ciudadana (CAC). El parque y el mercado fueron por iniciativa del alcalde Poma; en tanto que el CAC, el museo del petróleo, fueron con recursos del gobierno. El museo del petróleo se transformó en el instituto Martha Bucaram de Roldós y la planta de agua que costó alrededor de 15 millones de

dólares, no fue la apropiada para la dotación del líquido, por lo que debieron hacerse ciertos cambios. La infraestructura del parque está ya deteriorada, en lo que respecta a las fachadas de las canchas de fútbol y baloncesto que se construyeron. En la administración del alcalde Vinicio Vega (2014-2019), su labor se ha encaminado en potenciar el servicio de agua potable y alcantarillado de la ciudad. De manera especial en dotar de asfaltado a sectores y tramos como la avenida Galápagos, que es un importante eje de descongestión vehicular. El parque en el barrio Abdón Calderón es una obra considerada emblemática para los pobladores de esos sectores, área que fue entregada en febrero del 2016. En febrero del 2017, el cabildo entregó la plaza cívica que contiene espacios con juegos infantiles, canchas de baloncesto y vóley; la otra parte es la llamada plaza cívica, para actos y eventos que se ofrezcan en ese sector a poca distancia del terminal terrestre. Vinicio Vega prometió que para el 2018 la cobertura de agua potable llegará al 93 por ciento; prometió también mejorar el servicio de alcantarillado. En todo caso, la ciudadanía y en especial los conductores de transporte urbano y de taxis, son los más agradecidos por tener calles asfaltadas. El asfaltado de los 20 kilómetros debió hacerse en la administración anterior, con recursos que esa administración tenía disponibles. La actual administración debió retomar el proyecto y acudir al Banco de Desarrollo para solicitarlos; pero a manera de crédito.

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Comunidad

Capacitaron sobre higiene y manipulación de alimentos Redacción Orellana

En el auditorio de la dirección distrital 22D01-salud fueron capacitados los propietarios de locales comerciales que manipulan alimentos. Janeth Padilla, analista de la zona 2 de la Agencia nacional de regulación, control y vigilancia sanitaria (Arcsa), explicó que el objetivo de impartir estas capacitaciones es dar a conocer la importancia de la higiene y manipulación de alimentos antes, durante y después de la preparación para evitar focos de contaminación y mantener alimentos seguros. “Este trabajo se lo realiza con los representantes de los establecimientos de todos los sectores, incluyendo instituciones públicas y privadas además de todo tipo de negocios, lo que se controla son los bares escolares, cafeterías, tiendas de abarrotes, comercializadoras de todo tipo de alimentos y en el área de farmacia contralamos lo que es medicamentos”, agregó Padilla.

Acción ministerial La analista aclaró que mediante un trabajo articulado entre el Ministerio de Salud Pública (MSP) y Ministerio de Educación, trabajan en el área de los bares escolares saludables desde el año 2014, “ahora se hace extensivo este proceso con todos los establecimientos aplicando las normativas para el cumplimiento de estándares e indicadores que certifiquen la calidad del servicio”, dijo. María Gallardo, propietaria de un restaurante, calificó de importante a esta clase de capacitaciones ya que por desconocimiento muchas veces se cometen errores, “en este tipo de capacitaciones siempre se aprende algo nuevo, ahora conocimos un conjunto de normas que debemos poner en práctica y de esta manera estaremos contribuyendo a la prevención de enfermedades que hoy en día afectan mucho a causa de la mala alimentación”.

Los asistentes a la capacitación resaltaron la importancia de que los alimentos estén en óptimas condiciones para la venta al público.

Predicando la

Palabra

DE DIOS

Hebreos 4:12 Porque la palabra de Dios es viva y eficaz, y más cortante que toda espada de dos filos; y penetra hasta partir el alma y el espíritu, las coyunturas y los tuétanos, y discierne los pensamientos y las intenciones del corazón.

Salmos 119:105 Lámpara es a mis pies tu palabra, y lumbrera a mi camino.


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Comunidad

FRASE

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La producción de café y su industrialización Cerca de 50 cartas públicas está en proceso en la nacionalidad Siecopai apoyan el desarrollo de la minería responsable Redacción Nacional

Elías y su hija Paulina se aprestan a que su marca de café, “A’iroyoko”, sea reconocida a nivel nacional por su buena calidad. Redacción Sucumbíos

A Elías Piaguaje, habitante de San Pablo de Katetsiaya, la comercialización de café es algo que un poco le quita el sueño por cumplir el objetivo de lograr cada vez mejores resultados y de paso incrementar sus ingresos. Al momento produce café molido, producto que lo comercializa en Shushufindi y a los amigos que visita para hacerles conocer el producto. Le ha ido muy bien, comenta Piaguaje puesto que adquiere café en grano con la finalidad de prepararlo y venderlo listo para el consumo; pero su propósito es siempre avanzar y optimizar su emprendimiento. Ahora, en conjunto con su familia, cultiva 3 hectáreas de café; es decir, en lo posible, la idea es vender ellos también un producto con valor agregado. Elías Piaguaje asistió a los talleres de producción orgánica en cultivos de la Amazonía y el primer seminario de cómo iniciar el proceso de exportación, que se dieron la semana anterior en Nueva Loja organizados por la unidad de desarrollo susten-

table del Municipio de Lago Agrio. Fueron de mucha utilidad, señaló, aunque él en sus cultivos de café no emplea otros elementos que no sean orgánicos, “utilizamos solo materia prima de la zona. Nosotros pensamos que los cultivos deben ser de manera orgánica porque así protegemos nuestro hábitat”, señala. Respecto al tema de exportación, también tiene un trabajo avanzado porque el grano que produce lo llena en empaques que le prestaron amigos de la nacionalidad kichwa, quienes ya tienen su fábrica. Con la ayuda de su hermano Ramón Piaguaje, y de su hija Paulina, los 2 pintores “estamos creando un logotipo y marca para el producto, para tener nuestro propio empaque”; anuncia que se llamará “A’iroyoko: café de la Amazonía”. Vamos a poner un bonito logotipo, vamos a ubicar como marca a nuestra nacionalidad y nuestra historia en el empaque, dice. Alejarse del asunto petrolero Ahora tenemos que sembrar más y mejorara la calidad. El aspecto petrolero tenemos que dejarlo atrás y ser

más amigos y solidarios con nuestra madre tierra, sostiene Piaguaje. En referencia a su iniciativa de producir café molido, explica que por mucho tiempo solo han vendido materia prima y a precios que casi nunca han mejorado. “Me vino la idea de que podemos nosotros mismos fabricar y vender el café listo y mejorar nuestra economía”, subraya. Piaguaje ahora vende café molido en funditas que contienen un poco más de una libra a un precio de 5 dólares. “Me dicen que está un poquito caro, por lo que voy a enfundarlo en empaques de 250 gramos, para venderlo a un precio más conveniente”, manifiesta. Piaguaje se siente contento de esta iniciativa tomada. Hasta la semana anterior 4 familias se habían comprometido con el proyecto de Elías. Con los talleres recibidos, incluso en Colombia, Piaguaje cree que él mismo puede capacitar y transmitir a sus socios todos los secretos de este plan innovador, con el que quiere crecer en base a lo que aprendió en el seminario, es decir: estar en las perchas de los mercados nacionales e internacionales.

El gobierno nacional, por intermedio del Ministerio de Minería, recibió cerca de 50 cartas abiertas a la opinión pública en las cuales se manifiesta el apoyo al desarrollo de este sector productivo. Las misivas fueron entregadas por representantes y líderes de gremios profesionales nacionales e internacionales, Cámara de Minería, asociaciones estudiantiles, universitarios, gobiernos autónomos descentralizados parroquiales, proveedores de servicios; así como de comunidades de las provincias de Azuay, Imbabura, Manabí, El Oro, Pichincha, Chimborazo y Zamora Chinchipe. Una carta abierta es de los directivos del Comité Escuela de Ingeniería en Minas y de la Society for Mining, Matellurgy and Exploration Inc. de la Universidad del Azuay, en la cual expresa que “conocemos la postura del gobierno frente al desarrollo responsable del sector minero y hemos visto necesario nuestro pronunciamiento en son de apoyo a esta iniciativa, pues consideramos que el aprovechamiento de los recursos mineros representa para el país una alternativa para generar condiciones de desarrollo integral económico, social y ambiental”. Por su parte, Santiago Yépez, presidente de la Cámara de Minería del Ecuador, en representación de los más de 100 socios entre personas naturales y jurídicas y de las principales compañías mineras nacionales e internacionales que operan en el país, manifestó en su oficio que el sector minero industrial es un ejemplo de empeño, compromiso y evolución; generando miles de empleos directos e indirectos. De igual manera, los representantes estudiantiles en el Ecuador de la Society Economic Geologist Inc. de las escuelas politécnicas Nacional de Quito y Superior del Litoral, señalan que se puede realizar una minería responsable

en el Ecuador, fundamentados en la presencia de empresas mineras de nivel mundial que generan desarrollo social en las comunidades aledañas”. A ellos se unió el Consejo Estudiantil de la Titulación de Geología y Minas de la Universidad Técnica Particular de Loja. Desde la academia Asimismo, lo hicieron las asociaciones de estudiantes de las facultades: de Ingeniería, Geología, Minas, Petróleos y Ambiental de la Universidad Central del Ecuador, Ciencias Agropecuarias de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí y de Ingeniería de la Universidad Nacional de Chimborazo, quienes reconocieron que una minería responsable es sinónimo de sustentabilidad, y que como futuros profesionales, se encuentran dispuestos a enfrentar desafíos que conlleven al desarrollo de la minería a gran escala, técnica, ética y humanística. De su parte, la Asociación de Ingenieros de Minas del Ecuador manifestó su apoyo a los proyectos mineros de pequeña, mediana y gran escala; y resaltó el crecimiento que tendrá la economía del sector minero y del país con el aporte y soporte técnico de este grupo. El respaldo a esta actividad se dio también por parte de 260 pobladores de la zona de influencia de proyectos mineros Río Blanco y Loma Larga, quienes consideran que estos han sido de vital importancia para el avance del sector. Los líderes de las comunidades Santa Rosa, Brisa del Sol y Magnolia en la parroquia García Moreno del cantón Cotacachi, provincia de Imbabura, también expresaron su apoyo a la actividad minera responsable y bien hecha que actualmente se desarrolla en su sector, y manifiestan que esta ha traído desarrollo a sus comunidades con la generación de empleo, dinamización de la economía entre otros beneficios.

Continúa la reparación de fugas en la línea matriz de agua potable Redacción Sucumbíos

El Municipio de Shushufindi sigue con la reparación de fugas de agua potable en la ciudad y en la línea matriz (planta de agua La FortunaShushufindi), donde la pérdida del líquido vital se presenta en los sectores de la Y de El Sudor-La Puyango, La Fortuna y el redondel de San Francisco. Las múltiples fugas provocadas por el mal estado de los accesorios de unión en la tubería que además en algunos casos ha cumplido su vida útil, representa el desperdicio de 1.500 a 2.000 metros cúbicos

de agua potable, afectando la óptima distribución a cada uno de los usuarios. Según Hugo Celi, director de agua potable y alcantarillado, la reparación se realiza de forma simultánea en los diferentes tramos. Celi informó que durante las suspensiones del servicio de líquido vital, habrá tanqueros para el abastecimiento a la población. Además, la Alcaldía de Shushufindi, con el fin de brindar un mejor servicio, trabaja en el proceso de cambio de accesorios, redes de distribución y cambios de acometidas en las calles y avenidas de la ciudad.


Circulación del 01 al 07 de octubre del 2017

En general, los hombres juzgan más por los ojos que por la inteligencia,

pues todos pueden ver, pero pocos comprenden lo que ven.

Opinión

Ilusionismo Seguimos hablando de la anunciada consulta popular ya que desde diversos sectores se trata de convencer al pueblo de que con este recurso de las urnas atrás quedarán los problemas que lo aquejan, o por lo menos de que las preguntas están dirigidas a encontrar una armonía celestial entre todos los ecuatorianos, como si viviéramos matándonos al estilo del Medio Oriente. Con la aprobación de unas ciertas preguntas el panorama para la gente pobre, más concretamente de la Amazonía norte ecuatoriana, no se resolverá la falta de trabajo, la contaminación e inseguridad. Desmenucemos la casi segura pregunta sobre la reelección de dignatarios: si se elimina la reelección serían elegidos quienes un grupo dice “estos son nuestros candidatos, voten por ellos”. En otras palabras el pueblo que no consta en las nóminas de los partidos votará por personas escogidas por otros o por aquellos autoproclamados candidatos. Y, convocatoria tras convocatoria a

elecciones, continuarán las mismas agrupaciones políticas buscando que sus integrantes sean presidentes, alcaldes o prefectos. Así el panorama social seguirá igual con o sin reelección porque en sistemas hegemónicos la justicia social no depende de ser iguales ante la ley o de tener igualdad de oportunidades en carreras eleccionarias, sino de gozar de una igualdad económica puesto que la gente compra con dinero, no con frases bonitas de “ser iguales ante la ley”. Suponiendo que todas las preguntas de la futura consulta popular estén pensadas para beneficio del pueblo, no desaparece ese plan siniestro de implantar de nuevo ese nefasto neoliberalismo de fines del siglo 20 que terminó con el feriado banca-

rio. Por eso hasta un banquero tiene múltiples canales noticiosos para que exponga sus preguntas que en el fondo esconden el proyecto privatizador con la ayuda de los dialogadores de turno. Qué bueno que haya facilidades para que los dirigentes del país y de los múltiples sectores dejen de insultarse todos los días, pero que los causantes de la debacle nacional impongan su agenda, es inaceptable, ya que debemos recordarles cómo actuaron cuando fueron gobierno, reprimiendo de manera constante, incluso contra quienes los apoyaron en las elecciones del 2017. No señores, aquí está en marcha el regreso al paraíso de la vitrina, de que la gente vea y hasta toque, pero

sin tener posibilidad de comprar. El sector que perdió las elecciones del 2 de abril del 2017 todo quiere privatizarlo mediante preguntas oscuras. Por eso es necesario exigir que el presidente Moreno pregunte sobre temas que blinden al país de imposiciones neoliberales. No seamos ciegos, veamos lo que pasa en Argentina donde la gente pobre ahora vive en la extrema pobreza, en otras palabras, peor que antes. Asimismo es necesario que el pueblo demande un análisis profundo sobre la justificación de gastar 60 millones de dólares que se necesitarían para la consulta popular del 2018. El gobierno habla de una enorme falta de plata y quiere destinar esta cifra para esa convocatoria. En fin, la ilusión ya está en camino.

Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Director-Editor: Presidenta: Vicepresidente: Gerente:

Galo Guevara Bayardo Pérez Yajaira Sánchez Enrique Quinteros Gladys Granda

SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827 ORELLANA Responsable: Lizandra Torres Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268 QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO EDITORIAL

Gustavo Salazar

COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas.

IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 10.000 a 12.000 ejemplares en circulación semanal VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.

Solo el trabajo Mis amigos lectores, permítanme referirme a un tema que trasciende en la preocupación del día al día, como es el momento que nuestro país atraviesa una baja del petróleo, y que sicológicamente nos trasmite a todos y nos afecta la economía familiar y del entorno en el que nos desenvolvemos. Este fenómeno entre otros, al más común de los ecuatorianos, nos pasa algo, falta de trabajo, en el negocio se vende menos, no se cancelan los sueldos a tiempo, despidos del trabajo, y las cuentas por pagar nos acosan de todos lados, del banco, algún crédito de compra de algún aparato para nuestro hogar, o simplemente no se puede ahorrar, vivimos al día pero muy preocupados. Pero realmente todo esto es verdad, o algo de verdad; cómo lo tomamos cada ciudadano, qué impacto nos causa a cada uno; topo este tema porque nos pone en alerta, pero al mismo tiempo también nos pone atentos para no dejarme llevar por la ruta del negativismo y buscar formas o maneras de contrarrestar esta avalancha. Entonces digo, qué experimento o desarrollo o experiencia nos podría sal-

var para no caer en este antipático momento; me parece que sin medir nuestra condición ocupacional; simplemente trabajar más, después de la jornada normal del horario, o prepararse académicamente para obtener un mejor trabajo, ya sea recibiendo cursos, charlas preparadas, o buscar un título; además tener actitud de emprendimiento ganador, ser más útil a mi equipo de trabajo, hacer producir más la empresa, o sea un rendimiento eficaz; la idea clara es no quedarse quieto frente a las dificultades presentes, yo soy un convencido de que solo el trabajo nos abrirá la puerta de nuestro desarrollo y nos sentiríamos más proactivos. El no prepararnos disminuye las posibilidades de un digno empleo, o simplemente un mejor empleo, porque necesariamente estemos en cualquier ambiente de trabajo, es necesario desempeñarse como un buen profesional, o sea un valor agregado a lo que nos han encomendado, ya que un buen trabajador, de lo que sea profesionalmente, si es bueno, es buscado, valorado y cotizado, entonces en la situación que se mueva la economía siempre habrá trabajo para

el bueno. Pero lo que sucede en buena parte de los ciudadanos, es que si apenas cumplimos con nuestro horario, llegamos atrasaditos y queremos salir primeritos. Dependiendo de la empresa sea pública o particular debemos ser honrados, y buenos cumplidores realizando un excelente trabajo, ya que de nuestro trabajo sale para pagar haberes, y ahí se siente el hacer bien, da satisfacción de un deber cumplido y cobrar nuestro rol con gusto y alegría y a disfrutar con la familia. Entonces todos por el país, la provincia, el cantón y la familia, que pese a lo antipático que nos parezca lo político, es una materia necesaria, a la indisciplina y antivalores de la sociedad, estés y donde estés, aquí lo sobresaliente es trabajar y solo trabajar; el mismo que es ejemplo a nuestros hijos, a la sociedad y a las futuras generaciones, forma única de tener éxito en la vida, como para honrar nuestra presencia en este sistema laboral. Contagiemos esa energía que trasmita ejemplo de vida responsable. Washington Jhonder Fiallos reywashonder@hotmail.com

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Arma mortal contra la diabetes Hace algunos meses leí un artículo de opinión, con este título y me llamo la atención sobremanera en vista de que mi abuelita y mi madre fallecieron con este padecimiento y al momento en mi familia tengo tres tíos, cuatro hermanos y mi esposa con este terrible problema de salud. Mi sorpresa fue tremenda al enterarme de que el arma mortal contra la diabetes está en la cocina, por la sencilla razón de que este desequilibrio en la salud, no es producido por virus, bacterias, parásitos o por otro agente infeccioso, sino que es, el resultado de lo que comemos a diario. En este orden de cosas podemos enumerar a los cinco venenos blancos que están en todo hogar del mundo, se los conoce como alimentos refinados, analizando la palabra refinada, está compuesta por: re y finada, es decir que estos cinco venenos blancos están muertos, muertos y bien muertos porque son re-finados. Estos cinco asesinos silenciosos son: sal refinada, azúcar refinado, harina refinada, arroz refinado y leche de vaca pasteurizada. Hablemos del azúcar refinado, en la actualidad no se lo puede considerar como un alimento ya que es una sustancia química pura, en el proceso de refinamiento se elimina toda la fibra y las proteínas que forman el 90 por ciento del jugo natural de la caña de azúcar o la remolacha. Ya podemos imaginarnos lo que puede suceder si en el proceso de limpieza del jugo para transformarlo en veneno blanco, utilizan cal viva, dióxido de carbono, sulfato de calcio y ácido sulfúrico. Por lo tanto el azúcar refinado no tiene proteínas, ni vitaminas, no tiene minerales, no tiene enzimas, no tiene microelementos, no tiene fibra, no tiene grasas y no es de ningún beneficio en la alimentación humana. En resumen, no es buena porque no aporta ningún nutriente, lo único que aporta es energía. De ahí la importancia de investigar e informarnos sobre las causas que producen la diabetes, y como prevenirla, entre otras alternativas es cambiando el hábito de nuestra alimentación, por así decirlo la glucosa y la fructuosa que necesita nuestro organismo para energizarlo lo encontramos en las frutas y en las verduras, ya que ese laboratorio extraordinario que tenemos en nuestro estomago tiene la habilidad de transformar la fructuosa en energía para realizar nuestras actividades diarias, evitando dañar nuestro organismo. La sal de mesa refinada es otro tóxico que inconscientemente ingresamos a nuestro organismo e incluso pagamos para envenenarnos diariamente, la industria de la refinación lo único que le interesa son los dólares. Todos los seres humanos pasamos en nuestros primeros días de vida en un mar bello y hermoso llamado vientre materno, y el agua marina la llevamos en nuestra sangre, y por caprichos de la vida los científicos, extraen de la sal los 84 elementos que la componen estos nutrientes aun lo encontramos en la sal marina y en el cuerpo humano antes de contaminarse con la sal refinada. A tal extremo que este veneno blanco que utilizamos en nuestra alimentación apenas es cloruro de sodio, yodo y flúor, tres minerales totalmente tóxicos para la salud humana. Amigas y amigos recordemos que el arma mortal contra ciertas enfermedades está en la cocina.

Ernesto López Romero. nelinlr@yahoo.com


Circulación del 01 al 07 de octubre del 2017

Judiciales

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO JUICIO Nro.: 00019-2016 ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: TOMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO CUANTÍA: CINCO MIL DOLARES CASILLERO: 0064 DEL DOCTOR VLADIMIR ESPINOZA JUEZ: Dr. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: FANY JUMBO GOMEZ PRIMERO: PRESTAMO DE AMORTIZACION: 1. A. PRESTAMO: Mediante CONTRATO celebrado por documento privado el 19 de FEBRERO DEL 2014 reconocido legalmente, el BANCO DE GUAYAQUIL SA. Dio en préstamo a favor del SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, la suma de CUATRO MIL CUATROCIENTOS 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA {USD; $4.400,00) con una tasa de interés nominal 15.20% anual que equivale a una tasa de interés efectiva del 16.30 % anual. 1. B. PLAZO Y FORMA DE PAGO: EL SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, se obligaron a pagar la suma de dinero mutuada al BANCO DE GUAYAQUIL S A, EN EL PLAZO DE 1080 DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO QUE SE ADJUNTA, MEDIANTE 36 CUOTAS O DIVIDENDOS MENSUALES ¿CUYOS MONTOS Y FECHAS SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LA TABLA DE AMORTIZACION GRADUAL QUE SE ACOMPAÑA. 1. C. INTERÉS REAJUSTABLE: En la. Cláusula Cuarta del Contrato, los contratantes expresamente convinieron que la tasa de interés nominal inicial del Préstamo será reajustada cada noventa días por 1.10 veces la tasa activa efectiva referencial del segmento de crédito CONSUMO para operaciones en dólares de los Estados Unidos de América a la fecha de inicio del periodo de reajuste. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PRETENSION Con estos antecedentes expresados, aseverando y afirmando que el SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO se encuentran incursos en la causal prevista en el párrafo segundo de la Cláusula Decima del Contrato de Préstamo, esto es, que han incurrido en mora en el pago de más de un dividendo, en mi calidad de PROCURADORA JUDICIAL DEL ECONOMISTA ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE, PRESIDENTE EJECUTIVO. Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A., y amparada en la misma Cláusula Decima del referido Contrato de Préstamo, declaro de plazo vencido la totalidad de la obligación. constante del Contrato de Préstamo que el BANCO DE GUAYAQUIL S.A. otorgó a favor del SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, mediante documento privado celebrado el 19 DE FEBRERO DEL 2014 y reconocido legalmente; y, con fundamento en el mismo Contrato de Préstamo que aparejo a esta demanda, el mismo que constituye título ejecutivo al tenor de la norma del Artículo 413 del Código de Procedimiento Civil, conteniendo obligación igualmente ejecutiva conforme a lo señalado en el Artículo 415 del cuerpo de Leyes últimamente citado, acudo ante usted y en JUICIO EJECUTIVO; demando al SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, a fin de que en sentencia te condene pague al BANCO DE GUAYAQUIL S.A.; los siguientes valores: A- Los dividendos vencidos, más el interés de mora calculado de conformidad con el contrato que se apareja a esta demanda; B.- El saldo del préstamo o capital reducido, cortado a la fecha del último dividendo en mora, así mismo, con los intereses calculados de acuerdo a lo establecido en el Contrato que se adjunta, desde esa fecha y hasta la completa cancelación de la obligación. C.- Tasas, costas, gastos y expensas judiciales que serán reintegradas con una tercera parte más, conforme lo prescribe el Artículo 936 de la actual codificación del Código de Procedimiento Civil; y, D.- Los honorarios profesionales de mis Abogados Defensores que serán regulados de conformidad con la Ley de Federación de Abogados. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.Lago Agrio, 20 de enero del 2016, las I0h36.-VISTOS: En lo principal y por cuanto la demanda, presentada por la DRA. AGUIRRE BENALCÁZAR GEAN MAGALY, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL del Economista Ángelo Luis Caputi Oyague, PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL SA, conforme al documento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que el demandado señor TACURI ZAMBRANO TOMMY MAURICIO, en calidad de deudor principal; dentro del término legal de tres días pague el valor total adeudado y reclamado, o deduzca sus excepciones a las que se crea asistido, debiendo para ello citárselo en el lugar que se indica en la demanda, remitiéndose para el efecto las boletas correspondientes a la Sala de Citadores; previniéndole además al mismo demandado de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo las prevenciones legales. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte adora para sus notificaciones y la autorización conferida a sus defensores. Actúe la señora Actuaría del Despacho. NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, miércoles 05 de julio del 2017, las I4h24.- Los escritos y deprecatorio adjunto al mismo, presentado por la parte accionante, incorpórese al expediente y en atención a los mismos se dispone: En lo principal se dispone que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico de la Función Judicial, atento el Juramento rendido por la actora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco Guayaquil S.A del Economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A de la imposibilidad de determinar el domicilio del demandado Señor Tommy Mauricio Tacuri Zambrano y de que ha realizado todas las gestiones tendientes a averiguar el lugar de citación del mismo demandado, se proceda a citarse por la prensa en uno de los semanarios que se editan en la ciudad de Nueva Loja, mediante tres publicaciones, para lo cual la señora Actuaría elabora el correspondiente extracto de prensa para la publicación de la citación dispuesta. NOTIFIQUESE.Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja, 07 de agosto del 2017.Abg. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA 3/3 Q-1137

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE FRANSCISCO DE ORELLANA EXTRACTO DE JUDICIAL DE CITACION ACTOR: SR. Hugo Alberto Ramírez Ramírez Mora DEMANDA: Sra. Cecilia Lourdes Pinto CAUSA: Divorcio por Causal JUICIO: 22201-2017-00310 CUANTÍA: Indeterminada JUEZA TITULAR: Dra. Vicenta Cumanda Cuaical Galárraga DEMANDA: El señor Hugo Alberto Ramírez Ramírez, fundamentada en el Art.110 numeral 9 del Código Civil, demanda a la señora Cecilia Lourdes Pinto Mora , para que en sentencia de divorcio se declare disuelto el vínculo matrimonial que los une; y, que surtan los efectos legales, se disponga la correspondencia marginación en el Registro Civil, Identificación y Cedulación . AUTO DE CALIFICACIÓN: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa por reunir los requisitos establecidos en el Art.142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite mediante el Procedimiento Sumario determinado en los Arts. 332 numeral 4 y 333 del invocado cuerpo legal. En consecuencia, merito al juramento rendido por el accionante , de que pese a las diligencias realizadas , es imposible determinar la individualidad , el domicilio o residencia del demandado, CÍTESE a la señora CECILIA LOURDES PINTO MORA , mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en uno de los periódicos de mayor circulación en Francisco de Orellana

, así como también en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Guayaquil ( Duran ) por ser la ciudad en donde se celebró el matrimonio , mediante entre cada publicación el término de por lo menos ocho días ; debiendo para el efecto el señor Secretario elaborar los correspondiente extractos de prensa . Al demandado se le previene que tiene el término de quince (15) días para contestar a la demanda propuesta en su contra, conforme lo prescriben los Arts.151y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de procesos .Atendiendo el anuncio de prueba documental que se realiza la actora, disponga que se incorpore a los autos la fotocopia de la cedula de identidad y certificado de votación de la accionante, la copia certificada de la Inscripción de Matrimonio y de la partida de nacimiento de que se adjuntan a la demanda , cuyo contenido será considerado en el momento procesal oportuno; y, en cuanto a la prueba testimonial solicitada para justificar los hechos que se son materia de la prensa causa , se considerará durante la respectiva Audiencia, en el momento de la administración de los medios probatorios , conforme lo determina el Art. 160 del COGEP , sin perjuicio que la peticionaria gestione la comparencia de los testigos anunciados . Por cuanto existe un hijo procreado en común, que en la actualidad es mayor de edad y no padece discapacidad alguna, no es necesaria la designación de un curador Ad-Litem para que la representante dentro de la presente causa. Téngase en cuenta la cuantía que determina el accionista para la presente acción. Actué en la presente causa, Felix Montesinos Castillo, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE .f).- Dra. Vicenta Cumanda Cuaical Galarraga, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana. Francisco de Orellana, 14 de Julio del 2017 Felix Montesinos Castillo SECRETRIO DE LA UJFMNYAO O-3137 (3/3)

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio SUMARIO / TERMINACIÓN DE UNIÓN DE HECHO CON HIJOS DEPENDIENTES cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: HIDALGO TENE CLEVER GEOVANNY DEMANDADA: RUALES JACANAMEJO Y KAREN ASTRITH JUICIO NRO.: 21201-2017-00426 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: SUMARIO/TERMINACIÓN DE UNIÓN DE HECHO CON HIJOS CASILLERO: 255 TRAMITE: SUMARIO AB. DEL ACTOR: AB. ALBAN RUIZ VICENTE HERMOGENES JUEZ: AB. FABIAN TORRES ARMIJOS SECRETARIA: AB. RAQUEL LOAYZA OCHOA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.- U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. CONTENIDO DE DEMANDA: CLEVER GEOVANNY HIDALGO TENE, con cédula de ciudadanía número 210050407-1, de estado civil, soltero, de 29 años de edad, de ocupación Bachiller Informático, de nacionalidad ecuatoriana, residente en la ciudad de Nueva Loja. La presente solicitud de DILIGENCIA PREPARATORIA la presento con el fin de demostrar documentadamente la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, titular de la cédula de Identidad “EXT número 175647097-5. 1.FUNDAMENTOS DE HECHO.- De la escritura del Acta Notarial de Solemnización de la Unión de Hecho que adjunto, celebrada el seis de octubre del dos mil catorce ante el Doctor Juan Carlos Pastor Guevara, Notario Primero del cantón Lago Agrio, se desprende que comparecen: los señores CLEVER GEOVANNY HIDALGO TENE y la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, de estado civil solteros en su orden, de ocupación Bachiller Informático y las permitidas por la ley, respectivamente, quienes comparecen por sus propios derechos, de nacionalidad ecuatoriana y colombiana, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Nueva Loja, cantón, Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, portadores de las cédulas de ciudadanía número 210050407-1 y cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5 respectivamente, así como con cédula de ciudadanía colombiana 1.127.077.142, en su orden respectivamente; con los antecedentes expuestos los comparecientes los señores: CLEVER GEOVANNY HIDALGO TENE y la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, en forma expresa manifiestan que es su voluntad de solemnizar Legalmente la Unión de Hecho estable y la misma que la vienen manteniendo desde hace aproximadamente cuatro años atrás de forma estable y monogámica hasta la presente fecha de manera ininterrumpida, habiendo de esta forma, construido un hogar, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarnos mutuamente, dando origen a una sociedad de bienes sujeta al régimen de la sociedad conyugal por lo que declaran reconocer mutuamente los derechos y obligaciones similares a los que genere el matrimonio; de la cual no hemos procreado hijo alguno; tampoco no hemos adquirido ningún bien tanto muebles como inmuebles que sea motivo de partición. El Acta en mención no se encuentra marginada e inscrita en el Registro de Uniones de Hecho del Registro Civil, Identificación y Cedulación. Sucede señor Juez que el día martes 4 de noviembre del año 2014, a eso de las 11Hoo, sin que mediara motivo mi pareja la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, con cédula de Identidad Ext. Número 175647097-5 abandonó el hogar llevándose consigo todas sus pertenencias personales, del domicilio que lo teníamos formado en el barrio el Mirador entre las calles Venezuela y Vicente Narváez, fecha desde la cual nos encontramos totalmente separados, es decir con total abstinencia de relaciones maritales por más de 2 años a la presente fecha. Con el fin de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, con cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5, hemos acudido a todas las Instituciones Públicas, las mismas que con sustento en lo que establece el Art. 66 número 19 de la Constitución de la República del Ecuador, el derecho a la protección de datos de éste carácter,” los mismos que requerirán la autorización del titular o mandato de la Ley”, en concordancia con lo establecido en el Art. 6 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Por lo que no es procedente atender el presente requerimiento; es decir: He realizado varias indagaciones sin ningún resultado. 2.- FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PETICION.- Amparado en lo que determina el artículo 120, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los Arts. 18 Numeral 2 y 66 numeral 23 de la Constitución de la República del Ecuador, Artículo 28 de la Ley de Modernización del Estado, y artículo 1, 2, y 4 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, solicito a su autoridad lo siguiente: Que se sirva oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores con el fin de que se certifique si la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY con cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5 salió del país o consta en el registro consular. También, comedidamente solicito a su autoridad se sirva oficiar a la Dirección Provincial de Registro Civil Identificación y Cedulación de la provincia de Sucumbíos con el fin de que la mencionada institución informe si la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, con cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5 se encuentra vivo y se informe la dirección que tiene registrado en sus archivos. Solicito también se sirva oficiar a la Dirección Provincial de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones de la provincia de Sucumbíos para que se sirva informar si la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, cuyo número de cédula de Identidad EXT. 175647097-5 Cuyo número de cédula es abonado a la mencionada institución y de ser el caso se informe la dirección que tiene registrada; y, Comedidamente solicito a su autoridad oficiar a la Delegación Provincial del Consejo Nacional Electoral de la Provincia de Sucumbíos con el fin de que dicha institución informe a su autoridad si la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, con cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5 a sufragado en las últimas elecciones y se informe el domicilio de la mencionada ciudadana. 3.- OBJETO DE LA PRESENTE SOLICITUD.- determinar la individualidad, domicilio o residencia de la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, titular de la cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5 o demostrar documentadamente la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la mencionada ciudadana. 4.- FINALIDAD CONCRETA DEL ACTO SOLICITADO.- En caso de que se logre determinar la individualidad, domicilio o residencia de la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, con cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5. Hacerle el respectivo requerimiento para la Terminación de Unión de Hecho en mutuo consentimiento, o en caso de demostrar documentadamente la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY titular de la cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5 iniciar el respectivo juicio de Terminación de la Unión de Hecho. 5.- CUANTIA.- La cuantía es indeterminada de conformidad con lo que establece el numeral 6 del artículo 144 del Código Orgánico General de Procesos. 6.- PROCEDIMIENTO.- El determinado en el artículo 123 del Código Orgánico General de Procesos 7.- ANEXOS.- Con el fin de demostrar la necesidad de realizar la presente diligencia preparatoria y con el fin de que luego del procedimiento el señor juez de por terminado la Unión de Hecho que tengo con la señora KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, con cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5, adjunto los siguiente documentos: a.- Escritura de Acta de Unión de Hecho Solemnizado celebrada el seis de octubre del dos mil catorce Ante la Notaría Primera del cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos. b.- Copia de mi cédula y certificado

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de votación, y c.- Copia de la credencial de mi abogado patrocinador. d.- Copia de la cédula de Identidad EXT. Número 175647097-5 de la accionada. 8.- DESIGNACIÓN DEL ABOGADO DEFENSOR Y NOTIFICACIONES.- Designo como mi abogado defensor al Ab. Vicente Albán Ruiz, profesional del derecho a quien autorizo para que presente cuanto escrito fuere necesario y comparezca a cuanta diligencia creyere conveniente en la defensa de mis intereses. Las notificaciones que me correspondan las recibiré en la casilla judicial N° 255, además señalando como domicilio electrónico: vicentearuiz@hotmail.com.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, nombrado mediante acción de personal No. 8533DNP, Resolución No. 045-2013 de fecha 22 de mayo del 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la demanda de TERMINACION DE LA UNION DE HECHO propuesta por CLEVER GEOVANNY HIDALGO TENE en contra de KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY, que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) por lo que se la admite a trámite SUMARIO, en el Art. 333 numeral 4 y del Código Orgánico General de Procesos, se dispone: 1.- CÍTESE a la demandada KAREN ASTRITH RUALES JACANAMEJOY como lo determina el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General del Procesos, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado, esto es el actor deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada, diligencia que tendrá lugar dentro de día y hora hábil; previniéndole a la accionada la obligación de señalar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Una vez que se dé cumplimiento extiéndase el respectivo extracto que contendrá la demanda y el presente auto. 2.- Una vez cumplida con la publicación arriba indicada se concede a la parte demandada el término de DIEZ DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 3.- Se concede a la demandada el término de quince días de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos para que conteste la demanda, y tendrá que anunciar las pruebas en la forma prescrita en lo previsto por el Art. 151, 152, 190 y 191 del Código General de Procesos. (COGEP). 4.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte actora, así como la nómina de testigos, señores: DENNIS PATRICIO QUINTANILLA CISNEROS, DIEGO JAVIER MARIÑO LÓPEZ y CLEVER JUAN CERDA GREFA y la prueba documental anunciado por el actor. 5.- De conformidad a la Disposición Derogatoria Única de la Ley Reformatoria al Código Civil publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial N. 526 del viernes 19 de junio de 2015, derogado el Art. 111 del Código Civil, no se necesita representación de curador Ad-liten para la menor de edad. 6.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda y tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por el actor y la autorización a su abogado patrocinador.- Actué Abogada Raquel Loayza Ochoa, como secretaria titular de esta Unidad Judicial. CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Ab. Raquel Loayza Ochoa SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL FAMILIA, MUJER Y ADOLESCENCIA F: 4046 3/3 S: 3468

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: VACA VACA ROSA DELFINA, CALAHORRANO VACA CLOTILDE DEL CONSUELO, CALAHORRANO VACA NORMA PATRICIA y CHIARIELLO VACA JOSÉ ANTONIO ACTOR: GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LAGO AGRIO DEMANDADO: CALAHORRANO VACA CARLOS YIOVANNI, CALAHORRANO VACA CLOTILDE DEL CONSUELO, CALAHORRANO VACA DANIEL SANTOS, CALAHORRANO VACA MARÍA DEL ROCÍO, CALAHORRANO VACA NORMA PATRICIA, CHIARIELLO VACA JOSE ANTONIO y VACA VACA ROSA DELFINA JUICIO: No. 21331-2017-00284 TRAMITE: ORDINARIO NULIDAD DEL ACTA DE MEDIACIÓN FECHA DE INICIO: 06-07-2017 CUANTÍA: CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 450,000.00) JUEZ PONENTE: DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 1 de agosto del 2017, las 15h09. VISTOS Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 24 de julio de 2017, las 09h47, se hacen las siguientes consideraciones: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por los señores: EVELIN ELIZABETH ORMAZA SANTANDER y DR. LEONARDO ISAAC ORDOÑEZ PIÑA, en sus calidades de Alcaldesa encargada y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, respectivamente, conforme la documentación adjunta, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese a los demandados: CALAHORRANO VACA MARÍA DEL ROCÍO, CALAHORRANO VACA CARLOS YIOVANNI y CALAHORRANO VACA DANIEL SANTOS en los domicilios señalados en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, escrito de completación y aclaración, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos, previniéndoles a los demandados de la obligación de señalar casillero judicial y electrónico. Con el contenido de la demanda, el auto inicial, el escrito de aclaración y completación y el presente auto a los demandados VACA VACA ROSA DELFINA, CALAHORRANO VACA CLOTILDE DEL CONSUELO, CALAHORRANO VACA NORMA PATRICIA y CHIARIELLO VACA JOSÉ ANTONIO a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación a nivel nacional y en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de Secretaría entréguese el extracto correspondiente. Tómese en cuenta lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo”.- TERCERO.- CONTESTACIÓN.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, contados a partir de la citación, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibídem.CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora, el mismo que estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.- Téngase en cuenta al Dr. Leonardo Isaac Ordoñez Piña como procurador común en la presente causa.- QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 38 y los correos electrónicos evelinormaza1988@hotmail.com leonardo_ord@hotmail. com villivillarreal@yahoo.com alvarez.5@hotmail.com para sus notificaciones, así como la autorización conferida a sus patrocinadores.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca en calidad de Secretaria Titular de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Lago Agrio, 23 de agosto del 2017. Certifico.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO XF 2/3 S: 3489

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA ACTOR: ORTIZ VASQUEZ GUILLERMO ARMANDO DEMANDADO: MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA JUICIO: No. 21331-2017-00164 TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN FECHA DE INICIO: 24-04-2017 CUANTÍA: SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 36/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 7,868.36) JUEZ PONENTE: DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA

¿Las palabras Whiskey y Vodka significan “agua”? OBJETO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, viernes 18 de agosto del 2017, las 11h50. VISTOS Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 27 de abril de 2017, las 1h49, se hacen las siguientes consideraciones: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez en calidad de Procurador Judicial del Economista Edwin Carlos Mario Éguez Lupera en calidad de Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre Ltda, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de la señora MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) en un pagare a la orden (fs. 8 y 9), documento que constituye un título y se fundamenta ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación a la demandada señora MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA, en el domicilio señalado en la demanda, mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Shushufindi, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos.- QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 45 y el correo electrónico señalado dr.guillermoortiz@hotmail. com para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE .- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Lago Agrio, 25 de agosto del 2017. Certifico.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO XF. 2/3 S: 3491

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MILES VIVANCO ALEXANDRA DEL CISNE ACTOR: DR- GUILLERMO ORTIZ PROCURADOR JUDICIAL- COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 29 DE OCTUBRE DEMANDADO: MILES VIVANCO ALEXANDRA DEL CISNE y SHIGUANGO CUSME JAIME ALBERTO JUICIO: No. 21331-2016-00435 TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN FECHA DE INICIO: 29-08-2016 CUANTIA: SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 89/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 6,734.89) JUEZ PONENTE: DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 30 de agosto del 2017, las 15h54. VISTOS Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 19 de septiembre del 2016, las 15h38, Por cumplido lo dispuesto en auto de sustanciación, la demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez en calidad de Procurador Judicial del Economista Edwin Carlos Mario Eguez Lupera Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Limitada, conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden con vencimientos sucesivos, constante a fs. 11 y 12, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señora ALEXANDRA DEL CISNE MILES VIVANCO en calidad de deudora principal y al señor SHIGUANGO CUSME JAIME ALBERTO en calidad de deudor solidario, en las direcciones señaladas, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 54, 55 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem..- TERCERO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados ALEXANDRA DEL CISNE MILES VIVANCO y SHIGUANGO CUSME JAIME ALBERTO cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos.- QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 45 y el correo electrónico señalado dr.guillermoortiz@hotmail. com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Lago Agrio, 04 de septiembre del 2017. Certifico.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO XF. 1/3 S: 3492

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL. TRAMITE: EJECUTIVO COBRO LETRA DE CAMBIO JUICIO Nro.: 2016-00412 ACTOR: CUENCA CALDERÓN ANITA LUCIA DEMANDADOS: JOSÉ LUIS FELIPE SÁNCHEZ SORIA CASILLERO: 28 JUEZ: Dra. Elizabeth Rubio SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma En mi calidad de Juez encargado del despacho de la Dra. Elizabeth Rubio Rivera Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, mediante acción de personal No. 0378-DP21-2017-MP de 27 de marzo de 2017, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma.- TERCERO: Mediante auto de fecha 01 de diciembre del 2016, las 16h14, ante la petición de la parte actora quien ha solicitado el embargo del bien inmueble referido anteriormente; esta Unidad Judicial, ha ordenado el embargo del lote de terreno detallado en el considerando primero, mismo que ha sido inscrito en el Tomo: CUATRO, Folio: Tres, bajo el número: Tres y anotado en el repertorio general con el número: Doscientos sesenta y cuatro de fecha 20 de enero de 2017; así como notificar entre otros al señor Juez de Coactivas de la Dirección Regional Norte del Servicio de Rentas Internas Juicio Nro. 1849-2011, para que haga valer sus derechos. En consecuencia, por cuanto corresponde a toda Autoridad Administrativa o Judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes; de conformidad a lo que dispone el Art. 179 en concordancia con el Art. 57 del Código Tributario, es decir por la preferencia de embargo administrativo y por cuanto los créditos tributarios y sus intereses, gozan de privilegio general sobre todos los bienes del deudor y tendrán prelación sobre cualesquiera otros, se dispone dejar sin efecto el embargo dispuesto en auto de fecha 01 de diciembre del 2016, quedando vigente el embargo dispuesto por el Departamento de Cobro Zona

1- Dirección Provincial del Servicio de Rentas Internas en Sucumbíos (Juicio coactivo No. 1849-2011) para lo cual póngase en conocimiento de forma inmediata de este particular, al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio. Se deja a salvo el derecho de la ejecutante señora Cuenca Calderón Anita Lucía, a fin de que haga valer sus derechos como tercerista, si lo quisiere, dentro del juicio coactivo No. 1849.2011.- Con el contenido de este auto, notifíquese al Departamento de Cobro Zona 1- Dirección Provincial del Servicio de Rentas Internas en Sucumbíos (Juicio coactivo No. 1849-2011).- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. Agréguese a los autos el oficio emitido por el Arq. César Zuñiga, perito designado en la presente causa; el contenido de dicho documento póngase en conocimiento de las partes procesales para los fines de ley.- Agréguese a los autos, el escrito y anexo presentado por la parte actora.- En lo principal, por cuanto del certificado del Registro de la Propiedad que se anexa, consta una HIPOTECA ABIERTA a favor del señor Sánchez José, a efectos de evitar futuras nulidades y garantizar el derecho a la defensa, notifíquese al mencionado acreedor, a fin de que haga valer sus derechos, de igual manera ofíciese al señor Coordinador de la Unidad Judicial, a efectos de que se proceda con la reasignación de la causa No. 0340-2008, toda vez que del certificado de gravámenes consta una prohibición de enajenar dispuesta en esta causa; finalmente y por cuanto no obra del certificado de gravámenes la inscripción del embargo dispuesto en la presente causa, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, a fin de que se haga conocer a la suscrita Jueza si consta o no dicha inscripción, para lo cual se le concede el término de tres días.- Notifíquese. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, en atención al escrito presentado por la parte actora y por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 30 de agosto del 2017, las 16h34, se dispone: Notifíquese el contenido del auto de embargo de fecha 1 de diciembre del 2016 y auto de fecha 08 de junio del 2017; y, el presente auto interlocutorio al señor JOSE LUIS FELIPE SANCHEZ SORIA, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de los autos referidos. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.- NOTIFÌQUESE.Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja, 12 de Septiembre del 2017.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UJCLAS F: 4094 3/3 S: 3485

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL Tramite: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARE A LA ORDEN No. 2015-0082 Actor: ESPINOZA BORJA STALIN BLADIMIR (Procurador Judicial Banco Pichincha) Demandados: AGUILAR TOAPANTA FRANKLIN ROBERTO Y REA MOPOSITA LILIA MARGOTH. CASILLERO: Nro. 64 JUEZ: Dra. ELIZABETH RUBIO RIVERA SECRETARIA: AB. FANNY JUMBO GOMEZ FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO En la provincia de Sucumbíos, ciudad Nueva Loja, con fecha 9 de Agosto del 2010, los hoy accionados suscribieron un PAGARE A LA ORDEN DEL BANCO PICHINCA S.A. signado con el número GAF: 00448884-80 girado por la suma de USD $5.000 ( CINCO MIL L DOLARES DE LOS ESTDOS UNIDOS DE AMERICA), mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, en dinero en efectivo, mediante acreditación a la cuenta número 5643263300; obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses en el plazo de 746 DIAS VISTAS, mediante el pago de 24 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda, cuya tasa de interés es del 24.50% anual ( que corresponde a la tasa efectiva anual de 24.97%) ; comprometiéndose los deudores con mi Representada que en caso de moratoria, estos se obligarán al pago de la tasa máxima de interés de mora, vigente a la fecha de vencimiento respectivo de la obligación, calculado de acuerdo a lo establecidos en las leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido no pagado. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuenta, se facultó al Banco Pichincha C.A. para declarar de plazo vencido la obligación en su totalidad y exigir el pago anticipado de todo el capital, intereses legales, intereses moratorios y de cobranza. Como el PAGARE en mención NO ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes del Banco a los deudores y encontrándose actualmente el CREDITO N° 00448884-80vencido desde el dividendo N°(12), pagadero al 24 de agosto del 2011, por lo tanto el BANCO PICHINCHA se acoge a lo establecido en el pagare y en concordancia con lo que manifiesta en el Art. 415 del Código de Procedimiento Civil, declara de PLAZP VENCIDO la totalidad de dichas obligaciones y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a AGUILAR TOAPANTA FRANKLIN ROBERTO como deudor principal y REA MOPOSITA LILIA MARGOTH como garante. La presente acción ejecutiva la fundamento en los Artículos 486 y siguientes del código de Comercio, referentes al pagare; y 413, 415, 419, 422 del Código de Procedimiento civil, concernientes al juicio ejecutivo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, martes 10 de marzo del 2015, Las 15H03. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede: por cumplido lo dispuesto en providencia anterior, la demanda presentada por HERNAN PATRICIO GALLARADO VALLEJO, en calidad de Gerente Zonal Oriente y Representante Legal del Banco Pichincha C.A, conforme la documentación adjunta, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley; por lo que, conforme a los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil, se la acepta a trámite en juicio ejecutivo.- En consecuencia a los demandados AGUILAR TOAPANTA FRANKLIN ROBERTO como deudor principal, y REA MOPOSITA LILIA MARGOTH. en calidad de garante de conformidad con el inciso primero del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, en el término de tres días y bajo prevenciones legales cumplan con la obligación exigida o propongan excepciones a las que se crean asistidos.- Cítese legalmente a los demandados, en el lugar indicado en la demanda, mediante atenta COMISION al Comisario Nacional de Policía del Cantón Gonzalo Pizarro (Lumbaqui) de la Provincia de Sucumbió, al mismo que en razón de la distancia se le concede el termino de 15 días a partir de su recepción. La parte interesada brindara las facilidades que sean necesarias NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Dr. Bladimir Espinoza Borja, dentro del juicio ejecutivo N° 0082-2015 que sigo en contra de VERDUGA MENDOZA MANUEL JOSELITO y otros, respetuosamente comparezco y digo: Solicito a su señoría se sirva tender mis escritos que anteceden, con lo que solicite la citación por la prensa a los demandados AGUILAR TOAPANTA FRANKLIN ROBERTO C.C 0201541646 y REA MOPOSITA LILIA MARGOTH C.C 0201447455, conforme lo determina el Art. 56 del COGERP, para el efecto servirá generar el respectivo extracto de prensa. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio 19 de diciembre del 2016, a las 09h59. Reasumo la competencia de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta unidad Judicial. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En atención a lo solicitado por la parte actora, la actuaria de la judicatura proceda a emitir el extracto correspondiente a fin de que se proceda a citar a los demandados, conforme lo dispuesto en auto inmediato anterior.- Notifíquese Particular que comunico a usted para los fines Legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja 15 de noviembre del 2015 Abg. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA XF. 3ra. S: 3402

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de ORDINARIO / DECLARACION DE LA EXISTENCIA DE UNION DE HECHO a los herederos, conocidos y desconocidos y presuntos del causante señor MACAS ARCE MARCELO RAMON, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: SALTOS VELOZ DIANA MARITZA


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La palabra whiskey viene del gaélico uisce beatha, que significa agua de vida. En el caso de la Vodka, es un aguardiente claro sin color, ni olor. Aunque se ha llegado a obtener de la cáscara de la papa. Es el aguardiente nacional de Rusia y Polonia, y significa “agüita” DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MACAS ARCE MARCELO RAMÓN JUICIO NRO.: 2017-00763 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: DECLARACIÓN DE LA EXISTENCIA DE UNION DE HECHO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE LA DEMANDA.- “…3.-LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO.- yo SALTOS VELOZ DIANA MARITZA, con cedula C.C. 2100700570, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil soltera, de 29 años de edad, de ocupación quehaceres domésticos, domiciliada en esta ciudad de Nueva Loja Cantón Lago Agrio Provincia de Sucumbíos: 4.- Fundamentos de hecho y derechos de la demanda, expuestos con claridad y precisión, son como siguen.5.- Fundamentos de hecho.- Acorde a lo que estipula los Artículos 68, 69, 70 de la Constitución de la República del Ecuador, y Artículo 222 al 232 del Código Civil, mantuve una Unión de Hecho libre y monogamica en forma permanente e ininterrumpida por más de diez años, esto es desde el 17 de julio del 2002, nuestra hogar lo teníamos en la calle la Ronda y Venezuela de esta ciudad de Nueva Loja en razón de ser un hombre y una mujer libres de vínculo matrimonial, que nos unimos con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarnos mutuamente, como producto de cuya unión se originó la sociedad de bienes y procreamos un hijo que en la actualidad tiene doce años de edad y que responde a lo nombre de JHON MICHAEL MACAS SALTOS. Esta unión de hecho terminó por la muerte de mi conviviente MARCELO RAMON MACAS ARCE, ocurrida el 17 de enero del 2017, en la parroquia Joya de los Sachas, cantón Joya de los Sachas, provincia de Orellana, conforme aparece de la partida de defunción que acompaño. Fundamentos de derecho.6.- Con los antecedentes expuestos y con fundamento en los Artículos 68, 69, 70 de la Constitución de la República del Ecuador, y Artículo 222 al 232 del Código Civil, servirá declarar la unión de hecho post mortem mantenida entre mi persona DIANA MARITZA SALTOS VELOZ y el señor MARCELO RAMON MACAS ARCE, desde el 17 julio del 2002, hasta el 17 de enero del 2017, fecha en la que falleció mi conviviente MARCELO RAMON MACAS ARCE, dando por terminada la unión por la muerte de uno de los convivientes. 7.- El trámite que debe darse a la presente acción es la vía ORDINARIO.8.La cuantía por su naturaleza es indeterminada… AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS.- U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.-Lago agrio, martes 05 de septiembre del 2017, las 14h34. “VISTOS: En lo principal.- Incorpórese a los autos el escrito de aclaración presentado por DIANA MARITZA SALTOS VELOZ, con fecha 30 de Agosto del 2017, a las 11h40, el cual se atiende.- Al amparo de lo dispuesto en los artículos 167 , 178 numeral 3 y Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 150, 156, 157, 160, 163, 171, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura número Nro. 123-2012, del Pleno del Consejo de la Judicatura, de 26 de septiembre del 2012, publicada en el R. O. 814 de 22 de octubre del 2012, considerando que la demanda y aclaración de DECLARATORIA DE LA UNION DE HECHO, presentada por DIANA MARITZA SALTOS VELOZ, en contra de los presuntos herederos conocidos JHON MICHAEL MACAS SALTOS, representado legalmente por la señora LINA GABRIELA SALTOS VELOZ, en calidad de Curadora Adlitem, nombrada legalmente dentro de la causa 21201-2017-00081G, en resolución de fecha 18 de abril del 2017, a las 15h35, y, herederos desconocidos de que en vida fue MARCELO RAMON MACAS ARCE, cumple con los requisitos generales y especiales de validez que son aplicables al caso, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario, al amparo de lo consagrado en los Art. 44, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 222 y siguiente del Código Civil, los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP y en armonía con el artículo 289 y siguientes del COGEP, se dispone se cumpla con lo siguiente: 1.- CÍTESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos con la demanda, el anuncio probatorio y este auto a los demandados JHON MICHAEL MACAS SALTOS, representado legalmente por la señora LINA GABRIELA SALTOS VELOZ, en calidad de Curadora Adlitem, del causante MARCELO RAMON MACAS ARCE, en el lugar designado en la demanda, mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, sin perjuicio de que se los cite en persona en el lugar que se encuentren, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Los citadores deberán estar a lo dispuesto, Art. 54, 55 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo previsto en el Art. 63 ibídem. La parte actora deberá prestar las facilidades necesarias para proceder con la citación, para tal efecto deberá coordinar con la Oficina de Citaciones. En caso de no comparecer a juicio se procederá conforme lo determinan los artículos 87 y 157 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- A los herederos desconocidos de quien en vida fue MARCELO RAMON MACAS ARCE, cíteselos por la prensa por uno de los periódicos que se editan en la ciudad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. 3.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Previniéndole la obligación que tiene de anunciar las pruebas en la forma prescrita en los 152 y 169 del Código General de Procesos. (COGEP). 4.- De conformidad con lo previsto en el Art. 292 del Código General de Procesos, se convocará a las partes a la audiencia preliminar una vez que esté citada la parte demandada. 5. PRUEBA ANUNCIADA POR LA PARTE ACTORA. Téngase en cuenta la prueba que anunciada y presenta con su demanda, cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia preliminar a convocarse en el curso ulterior del procedimiento, prueba que estará a lo dispuesto en el Art. 160, 161 y demás pertinentes del Código Orgánico General de Procesos, sobre la admisibilidad de la prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. Tómese en cuenta el casillero judicial, y el correo electrónico para efecto de notificaciones y la autorización concedida al profesional del derecho. Intervenga el actuario de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.” Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente. Ab. Oswaldo Luzuriaga SECRETARIO UJFMNALAS F: 4097 1/3 S: 3499

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO – LETRA DE CAMBIO JUICIO Nº: 2016 – 00032 ACTOR: PIEDRA AZANZA KLÉBER OSWALDO DEMANDADOS: APOLO SANCHEZ BRAYAN FERNANDO CASILLERO: 102 JUEZ: DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: AB. FANNY JUMBO GÓMEZ. FUNDAMENTO DE HECHO De la letra de cambio que me permito adjuntar, su Autoridad FUNDAMENTO DE DERECHO Con estos antecedentes y de conformidad al Art. 43, 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez legalmente encargado del despacho, mediante acción de personal No. 029-DPCJS-TH-2016 de 18 de enero del 2016. En lo principal y por cuanto la demanda, propuesta por PIEDRA AZANZA KLEBER OSWALDO, por sus propios derechos, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que el documento aparejado presta mérito para ello, conforme a lo dispuesto por los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; consecuentemente y con fundamento de lo determinado en el artículo 421 ibídem, se dispone que el demandado señor APOLO SANCHEZ BRAYAN FERNANDO, en su calidad de deudor principal, dentro del término legal de tres días pague el valor total adeudado y reclamado o deduzca sus excepciones a las que se crea asistido, bajo apercibimiento de sentencia. Con fundamento de lo prescrito en la última disposición legal invocada y en mérito del certificado conferido por la Agencia Nacional de Tránsito, del cual aparece que el mismo demandado, es propietario del vehículo, de placas QAA1593, marca CHEVROLET, tipo VOLQUETA, modelo FVZ 34P CAMIÓN AC 7.8 2P, motor No. 6HK1649833; se ordena la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR del referido bien mueble (VEHÍCULO), así como constituir otros gravámenes que limiten su dominio sobre dicho vehículo, debiendo para el efecto oficiarse a la Agencia Nacional de Tránsito; Unidad Operativa de Sucumbíos. Cumplida con dicha diligencia, cítese al ejecutado en el lugar que se indica en la demanda; remitiéndose las boletas correspondientes a la Sala de Citadores; mediante atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Machala, de la provincia de El Oro, a quienes se les remitirá despacho suficiente y en forma, para el correcto cumplimiento de la diligencia de citación, ofreciéndose reciprocidad en casos similares; previniéndole, además al mismo demandado, de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo las prevenciones legales; Agréguese

a los autos la documentación adjunta; téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor; tómese en cuenta la cuantía de la demanda; y, actúe la señora Secretaria de la Judicatura. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.Juicio Nº 21331-2016-00032 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, jueves 31 de agosto del 2017, las 15h50. El escrito presentado por la parte accionante, incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con fundamento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haber agotado las diligencias necesarias para tratar de ubicar a los demandados, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, procédase a la citación al demandado en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Lago Agrio, mediante tres publicaciones que se realizaran en tres días distintos, conforme lo establece el numeral 1 del artículo 56 Ibídem, para lo cual la señora actuaria elabore los correspondientes extractos de prensa. NOTIFÍQUESE. Particular que se comunica a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de señalar casiller judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 06 de Septiembre del 2017.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LO CIVIL DE LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS F: 4098 1/1 3ra.S: 3500

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO EXTRACTO JUDICIAL CITO: Con el contenido del Auto de calificación en este proceso en cumplimiento de lo que estipula el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del COGEP, con la precisión que de no haber quien reclame de ella se considerará como definitivo. ACTORA: AGUINDA TAPUY ALBA LIZ DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS JUEZ: DR. BENJAMÍN SOTOMAYOR SECRETARIO: DRA. GLADYS PÉREZ ULLOA JUICIO: 15951-2017-00833 CUANTÍA: ORDINARIO. CAUSA: DECLARATORIA DE LA UNIÓN DE HECHO. DEMANDA: El extracto de la referida demanda es como sigue: “…En lo principal calificase de clara, precisa y por cuanto cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a trámite mediante procedimiento ordinario previsto en el art. 291 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, COGEP. Con sustento en lo estipulado en los Arts. 54 y 55 del Código en referencia, se ordena la citación de los demandados señores GUSTAVO PAÚL; VERÓNICA FERNANDA y PAULINA ALEXANDRDA VILLAMARÍN CARRILLO, en calidad de herederos conocidos, en el domicilio señalado para tal efecto, con la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y providencias recaídas en esta causa. Y a los herederos desconocidos por medio de publicaciones que se efectuarán conforme al Art. 56, numeral 1 del COGEP, en un periódico de amplia circulación en esta provincia, para lo cual se ordena a la actuaria del despacho proporcionar el extracto correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término común de treinta días, contados desde la última citación, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. NOTIFÍQUESE.f.- Dr. Benjamín Sotomayor Castillo Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena- Napo. Dra. Gladys Pérez Ulloa SECRETARIA DE ESTA UNIDAD JUDICIAL 3/3 F 1885 T 1919

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO EXTRACTO JUDICIAL CITO: Con el contenido del Auto de calificación en este proceso en cumplimiento de lo que estipula el Art. 56 numeral 1 del COGEP, con la precisión que de no haber quien reclame de ella se considerará como definitivo. ACTOR: CERDA TAPUY CARMELA CATALINA DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS JUEZ: DR. BENJAMÍN SOTOMAYOR SECRETARIO: ABG. JOSÉ RIOS HIDALGO JUICIO: 15951-2017-00263 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES. TRÁMITE: VOLUNTARIO. DEMANDA: El extracto de la referida demanda es como sigue: “VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación inmediatamente anterior y dado que la solicitud formulada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario. Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud, y por un medio de comunicación escrito a los herederos desconocidos o presuntos cobertura provincial. Cuéntese con el SRI para los fines de Ley, a cuyo titular se lo notificará en su dependencia en la ciudad de Tena. En forma previa dentro del término de cinco días comparezca a rendir el juramento ofrecido. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f.- Dr. Benjamín Sotomayor Castillo Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena- Napo. Abg. José Rios Hidalgo SECRETARIO (E) DE ESTA UNIDAD JUDICIAL 2/3 F T1926

EXTRACTO JUDICIAL CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: PRESUNTOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMARON DOMINGO ALEJANDRO ANDY ALVARADO - ZOILA ROSA CALAPUCHA AGUINDA ACTORES: SEGUNDO ARCENIO RIVERA MARTINEZ Y MARIA DRITA ULLOA ULLOA DEMANDADOS: SALVADOR ANDY CERDA, DOMINGO CERDA ANDY, FRANCISCA CERDA AGUINDA VIUDA DE ANDY Y ALEJANDRO ANDY ALVARADO, JUANA ANDI ALVARADO Y OTROS JUICIO: ORDINARIO No.- 15301-2016-00179 ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, lunes 10 de julio del 2017, las 16h20. VISTOS: Por mandato de la Constitución en el numeral 1) del Art. 76 en armonía con el Art. 130 numeral (8) del Código Orgánico de la Función Judicial. Como Autoridad Judicial me corresponde garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes y de existir un error de procedimiento, estamos facultados para enderezar cualquier error; 2.- Del proceso se observa que se han cumplido todas las formalidades que requiere esta clase de procesos y se ha omitido de calificar la demanda, por lo que amparado en lo que prescribe el Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil, declaro la nulidad del proceso a partir de fojas 60 de autos, nulidad que declaro a costa de los actores.- En lo principal la demanda por ser completa, clara y reúne los demás requisitos de ley, que exigen los Art. 67 y 395 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art. 2393 del Código Civil, por lo que se la acepta a trámite Ordinario y Dispongo.- 1) CITESE con la demanda y providencia recaída en ella a Domingo Cerda Andy, Francisca Cerda Aguinda viuda de Andy, Alejandro Andy Alvarado, además a los señores Juana Andy Alvarado, Nicolás Gabriel , Pedro Gabriel, María Manuela Andy Alvarado herederos de quien en vida se llamó Salvador Andy Cerda, así como a Juan Ricardo Andy Calapucha heredero de Domingo Alejandro Andy Alvarado; en la dirección que se indica en la demanda y a todos los herederos presuntos, ausentes y desconocidos de los fallecidos antes nombrados, mediante publicaciones en el Semanario Independiente que circula en la región amazónica.- 3) A fin de evitar nulidades Cuéntese en esta causa de oficio con el señor Alcalde y Procuradora Sindica del G.A.D. Municipal del Cantón Tena, así como con el señor Director Provincial del MAGAP de Tena-Napo, Además notifíquese al señor Procurador General del Estado, a quien se lo notificará mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Quito, provincia de Pichincha.- 4) Citados que sean los sujetos procesales, conforme lo determina el Art. 102 y 397 del Código de Procedimiento Civil, estos contesten la demanda dentro del término de quince días proponiendo conjunta o separadamente las excepciones dilatorias o perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía.- 5) De conformidad con lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Tena, debiendo notificar al funcionario correspondiente.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos. 6.- Téngase en cuenta al Patrocinador, la casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir notificaciones. Actúe el Abogado Sebastián Cajas Moya, como secretario titular en esta causa.- NOTIFÍQUESE. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 1/3 F T1927

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Judiciales

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MIES fortalece la atención para adultos mayores

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAMPESINA COOPAC INFORMA

Que el señor Jinson Calderón Piuri, a partir del 25 de enero del 2017 dejo de ser empleado de la Cooperativa COOPAC. Cualquier documento firmado por el exempleado, a partir de la fecha mencionada es de su responsabilidad personal. LA COOPERTIVA EDICION 969 N DE O.3145

QUITO BANCO DEL PICHINCHA queda anulada por Pérdida del Cheque No. 348 por el valor de $26,700.00 de la Cta. Cte. No. 2100118050 de LOPEZ GUAYAS VILMA ALICIA . Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.

JOYA DE LOS SACHAS Por orden de la Cta. Nº 0110606678 se procede anular. El siguiente cheque del número 422 al 422

LAGO AGRIO Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100608709, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 268-350-357-366-369-334. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100620512, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del 5945-6008-614-6088-6037-6038-60396040. (1) Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100608709, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 234 al Nº 234. (1)

Redacción Orellana

Por orden del titular de la cuenta corriente Nº 0100608709, del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguiente(s) formulario(s) de cheque(s) del Nº 1869 al Nº 1869. (1) S: 3503

Con los objetivos de verificar y fortalecer la calidad de los servicios gerontológicos, la subsecretaría de atención intergeneracional del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) realiza un constante seguimiento a los servicios que reciben las personas adultas mayores en la provincia de Orellana. Según Sonia Quizhpe, directora distrital, los técnicos y analistas del MIES hacen visitas periódicas a los usuarios de los servicios para personas adultas mayores, donde se analiza el desarrollo de las actividades ocupacionales como

PERDIDA DE PLACAS LAGO AGRIO Yo. AVEROS LAURA , con C.I. Nº 120224187-1, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: IE2990, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4095 (1) S: 3497 Yo. GAVILANES MARÍA, con C.I. Nº 2100463940, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: HY1221, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4093 (1) S: 3496 Yo. QUIJIJI DISIFREDO, con C.I. Nº 150035371-7, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: ADO0123, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4092 (1) S: 3495 Yo. NAULA ALEJANDRO, con C.I. Nº 170886077-8, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: HR658Y, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4099 (1) S: 3501 Yo. LEGARDA GUIDO, con C.I. Nº 171015122-4, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: PTJ0510, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4100 (1) S: 3502

TENA Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15570873 y cartola n.- 550736 emitida a nombre de RHON BALDEON JORGE ENRIQUE se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 1/3 F T1924 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15688912 y cartola n.- 772133 emitida a nombre de HERAS CARRION LUIS CARLOS se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 1/3 F T1925 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 156635495 y cartola n.- 397425 emitida a nombre de CERDA AGUINDA WILMER CRISTOBAL se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 2/3 F T1923

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CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MIXTO TRANSMISAHUALLI.S.A En virtud de lo establecido en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social, se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRASPORTE MIXTO TRANSMISAHUALLI S.A. a Junta General Ordinaria, la misma que se llevara a cabo el día Viernes 06 de Octubre del 2017, a las diecisiete (17) horas, en la oficina y domicilio principal de la compañía ubicada en la parroquia Misahualli, Cantón Tena provincia de Napo ubicado en la calle Guillermo Rivadeneira o Juan Artiaga, con la finalidad de conocer y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día: 1.-Estudio y Aprobación del Reglamento Interno de la Compañía Se convoca especial e individualmente, al comisario de la Compañía. El proyecto del Reglamento Interno correspondiente; se encuentra a disposición de los señores Accionistas, para su estudio y conocimiento, en la oficina de la Compañía en la dirección antes indicada, La exhibición del mismo, se llevara a cabo desde la publicación de la presente convocatoria. JAFFRE JAVIER LARA AGUACHELA GERENTE GENERAL TRANSMISAHUALLI S.A Tena, 18 de Septiembre del 2017 T-1928

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manualidades, artesanías, bailoterapia y atención especializada. La funcionaria agregó que se impulsa la capacitación del talento humano “estamos fortaleciendo las políticas públicas de atención en favor de las personas que nos han cuidado por toda la vida; los adultos mayores tendrán un envejecimiento activo e inclusivo”, expresó. El MIES en Orellana, precisó la directora, brinda atención integral a 1.025 personas adultas mayores en las modalidades diurna, domiciliar y espacios alternativos, en 12 unidades de servicio, con un inversión que supera los 155.000 dólares en el 2017.


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MUNDO

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¿Tomar 2 cerevezas al día puede reducir el riesgo de Alzheimer?


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El silicio que aporta la cerveza, permite reducir la presencia de aluminio en el plasma sanguíneo y el tejido cerebral, al limitar la absorción de este metal en el tracto gastrointestinal, por lo que “el aporte moderado de cerveza podría ser tenido en cuenta como posible factor protector”. P

SRI denuncia a empresas fantasmas en Orellana

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Construcción de la fase 1A de Ikiam se consolida Redacción Napo

El director del SRI en la presentación de la denuncia en la Fiscalía de Orellana. Redacción Orellana

Mauro Tejada, director del Servicio de Rentas Internas (SRI) de Orellana, el 27 de septiembre presentó en la Fiscalía de Orellana 2 denuncias penales contra personas que supuestamente evadieron el pago del impuesto tributario utilizando empresas fantasmas. Tejada manifestó que “la dirección provincial viene realizando operativos contra estos contribuyentes que han hecho uso doloso de estos documentos trasgrediendo lo que dice el artículo 198 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual norma aquellas conductas relacionadas con la defraudación tributaria”,

dijo. Agregó que las personas denunciadas en la Fiscalía han usado un número de facturas con la finalidad de justificar gastos que nunca han realizado, “estas personas han hecho uso de empresas que han sacado el RUC (registro único de contribuyentes) que tienen domicilio fiscal en la provincia del Guayas y que evidentemente no tienen ningún tipo de escritura económica como tal. Tejada manifestó que el SRI ha verificado los domicilios de estos contribuyentes evidenciando que no existe ningún tipo de actividad económica, no tienen empleados registrados en el IESS, no tienen bienes ni tampoco prestan servicio, “en

tal sentido no existe contratación de las empresas denunciadas la adquisición de servicios que hayan sido evidenciadas por la administración tributaria”, subrayó. Tejada comentó que desde hace un año el SRI investiga a estas empresas fantasmas lo cual ha dado buenos resultados, comprobando que estos contribuyentes son irreales o fantasmas, “en este caso el perjuicio que han causado al Estado está alrededor de 100.000, recomiendo a la ciudadanía que no utilice para sus declaraciones de impuestos tributarios este tipo de empresas porque no están autorizadas por el SRI, además este es un delito que puede ser penado por la ley”, concluyó.

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La cimentación de la fase 1A de la universidad Ikiam continúa y los 2 edificios que al momento se encuentran en construcción serán destinados para laboratorios y servicios académicos. Estos espacios tendrán la capacidad de albergar a 750 nuevos estudiantes que se sumarían a la capacidad actual instalada de 450 estudiantes. Ángel Cerda, estudiante que proviene de la parroquia Talag e interesado en la carrera de biotecnología, comentó que vio la necesidad de seguirse preparando y que mejor hacerlo en una universidad emblemática reconocida a nivel internacional. El edificio de laboratorios tendrá 5 unidades (laboratorio para productos naturales, microscopía, química analítica, biología molecular y bioquímica). A esto se suman 3 laboratorios para enseñanza, 3 aulas, 16 oficinas y 2 salas de reu-

niones. El edificio de servicios académicos será de 6 plantas y ahí funcionará una biblioteca, 12 aulas, varias oficinas administrativas y una terraza para encuentros. Wilson Nivelo, director de gestión del campus de Ikiam, manifestó que los espacios son adecuados para los investigadores con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales. “Al momento el avance de construcción es del 55 por ciento, pero con la instalación de equipo ese porcentaje se elevara sustancialmente”, expresó. Al momento en esta obra emblemática laboran 171 personas, de las cuales el 40 por ciento es de la provincia de Napo. Se prevé que al final de este año la obra estará finalizada en su totalidad, en infraestructura como equipamiento, teniendo así la capacidad operativa lista para recibir a los nuevos estudiantes que quieran ser parte de esta comunidad universitaria. Fuente. Gobernación Napo


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Salud

¿El alcohol puede afectar temporalmente tu sentido auditivo?

MUNDO

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Restringir el acceso al aborto no reduce el número de casos.

En todo el mundo se producen aproximadamente 25 millones de abortos peligrosos al año La mayoría de abortos peligrosos (97 por ciento) se produjo en los países en desarrollo de África, Asia y América Latina.

Datos de libre acceso A principios del año 2017, la OMS y la división de población del departamento de asuntos económicos y sociales de las Naciones Unidas puso en marcha una nueva base de datos de libre acceso que contiene leyes, políticas y normas sanitarias de países de todo el mundo en materia de aborto. La base de datos tiene como finalidad promover una mayor transparencia de las leyes y políticas en materia de aborto, así como mejorar la rendición de cuentas por los países con respecto a la protección de la salud y los derechos humanos de las mujeres y las niñas.

Las condiciones de insalubridad en los sitios de aborto, son una de las principales causas de muerte de las mujeres que demandan esos servicios.

Del año 2010 al 2014 se produjeron en todo el mundo 25 millones de abortos peligrosos (45 por ciento de todos los abortos) al año, según un nuevo estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Instituto Guttmacher publicado el 28 de septiembre en The Lancet. “Se precisan más esfuerzos, especialmente en las regiones en desarrollo, para garantizar el acceso a los anticonceptivos y al aborto seguro”, comentó al doctora Bela Ganatra, autora principal del estudio y científica del departamento de salud reproductiva e investigaciones conexas de la OMS. “Cuando las mujeres y las niñas no pueden acceder a los servicios eficaces de anticoncepción y aborto seguro, hay graves consecuencias para su propia salud y la de sus familias. Esto no debería pasar. Sin embargo, pese a la evidencia y a los recientes avances en materia de tecnología, siguen produciéndose demasiados abortos peligrosos y demasiadas mujeres continúan sufriendo y muriendo”, agregó la investigadora. Clasificación de la seguridad de los abortos El estudio publicado recientemente en The Lancet ofrece estimaciones sobre los abortos seguros y los abortos peligrosos. Por primera vez incluye subcategorías dentro de la categoría de abortos peligrosos, a saber, abortos “menos seguros” o “nada seguros”. Esta distinción permite una comprensión más matizada de las diferentes circunstancias en que abortan las mujeres que no

pueden acceder a los abortos seguros practicados por un profesional calificado. Cuando los abortos se realizan de conformidad con las directrices y normas de la OMS, el riesgo de complicaciones graves o muerte es insignificante. Del 2010 al 2014, aproximadamente el 55 por ciento de todos los abortos se realizó en condiciones de seguridad, lo que significa que fueron llevados a cabo por profesionales sanitarios calificados mediante un método recomendado por la OMS que fue apropiado a la duración del embarazo. Casi un tercio (31 por ciento) de los abortos fue “menos seguro”, lo que significa que fueron practicados bien por un profesional calificado que utilizó un método poco seguro o desfasado como el legrado uterino instrumental, bien por una persona no calificada, incluso si ésta utilizó un método seguro como el misoprostol, un medicamento que se puede utilizar para muchos fines médicos, incluida la inducción de un aborto. En aproximadamente el 14 por ciento de los casos se trató de abortos “nada seguros” realizados por personas no calificadas con métodos peligrosos, como la introducción de objetos extraños y el uso de brebajes de hierbas. El número de muertes por complicaciones derivadas de abortos peligrosos fue elevado en las regiones donde la mayoría de los abortos se realizaba en condiciones nada seguras. Las complicaciones derivadas de abortos “nada seguros” pueden incluir el aborto incompleto

(que se produce cuando no se retira del útero todo el tejido del embarazo), la hemorragia, lesiones vaginales, cervicales y uterinas, e infecciones. Las leyes restrictivas van asociadas a tasas elevadas de abortos peligrosos En el estudio también se analizan los contextos que suelen propiciar que las mujeres recurran a abortos peligrosos, incluidas las leyes y políticas de los países en materia de aborto, el costo financiero de acceder a los servicios de aborto seguro, la disponibilidad de servicios de aborto seguro y de profesionales sanitarios calificados, y las actitudes sociales ante el aborto y la igualdad de género. En los países donde al aborto está completamente prohibido o se permite solo para salvar la vida de la mujer o preservar su salud física, solo uno de cada 4 abortos fue seguro; por el contrario, en los países donde el aborto es legal en supuestos más amplios, casi 9 de cada 10 abortos se realizaron de manera segura. La mayoría de los abortos que se realizan en Europa occidental y septentrional y en América del Norte, es segura. Estas regiones también tienen las tasas de aborto más bajas. La mayoría de los países de estas regiones también cuenta con leyes relativamente permisivas sobre el aborto, altos niveles de uso de anticonceptivos, desarrollo económico e igualdad de género, y servicios sanitarios de alta calidad, factores todos

ellos que contribuyen a que los abortos sean más seguros. “Como muchos otros procedimientos médicos comunes, el aborto es muy seguro cuando se realiza con arreglo a las directrices médicas recomendadas, y esto es importante tenerlo presente”, subrayó la doctora Gilda Sedgh, coautora del estudio y principal investigadora científica del Instituto Guttmacher. “En los países de altos ingresos de América del Norte y Europa occidental y septentrional, donde el aborto es ampliamente legal y los sistemas sanitarios son sólidos, la incidencia de los abortos peligros es la más baja del mundo”, mencionó. En cuanto a las regiones en desarrollo, la proporción de abortos seguros en Asia oriental (incluida China) fue similar a la de las regiones desarrolladas. En Asia centromeridional, sin embargo, menos de uno de cada 2 abortos fue seguro. Fuera del África meridional, menos de uno de cada 4 abortos en África fue seguro. De los abortos que no fueron seguros, la mayoría fueron “nada seguros”. En América Latina, solo uno de cada 4 abortos fue seguro, si bien la mayoría de ellos se consideraron como “menos seguros”, ya que cada vez es más frecuente que las mujeres de la región obtengan y se autoadministren medicamentos como el misoprostol fuera de los sistemas de salud oficiales. Esto ha conllevado que en la región se hayan registrado menos muertes y complicaciones graves derivadas de abortos peligrosos. Sin embargo, este tipo de aborto por autoadministración informal de

medicamentos al que las mujeres tienen que recurrir en secreto, no cumple las normas de la OMS en materia de aborto seguro. Prevención del aborto peligroso Un aborto peligroso se produce cuando un embarazo es interrumpido bien por personas que carecen de la calificación o la información necesarias, bien en un entorno que no cumple las normas médicas mínimas, o en ambos casos. Para prevenir embarazos involuntarios y abortos peligrosos, los países deben formular políticas propicias y adquirir compromisos financieros con el fin de proporcionar una educación integral en materia de sexualidad; un amplio abanico de métodos anticonceptivos, incluidos los anticonceptivos de urgencia; asesoramiento en materia de planificación familiar; y acceso a un aborto sin riesgos y legal. La prestación de servicios de aborto legal y sin riesgos es esencial para cumplir el compromiso mundial con el objetivo de desarrollo sostenible relativo al acceso universal a la salud sexual y reproductiva (meta 3.7). La OMS proporciona orientaciones técnicas y normativas a nivel mundial sobre el uso de anticonceptivos para prevenir los embarazos involuntarios, el aborto seguro y el tratamiento de las complicaciones derivadas del aborto peligroso.

Fuente: www.who.int


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Tomar dos cervezas en 30 minutos puede dificultar la percepción de sonidos suaves, como los de una conversación, durante 16 horas o más. “El alcohol tensiona los músculos y las membranas en el oído medio interno, lo que afecta tu capacidad para oír”.

Circulación del 01 al 07 de octubre del 2017

Comunidad

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Nombramientos definitivos Pasaportes a través para profesionales de la salud del Registro Civil Redacción Orellana La felicidad embargó a los profesionales de la salud que recibieron su nombramiento otorgado por el MSP.

Redacción Sucumbíos

Después de participar y obtener el puntaje más alto entre los mejores postulantes, que los certifica como ganadores del concurso de méritos y oposición convocado por el Ministerio de Salud Pública (MSP), 20 licenciados en enfermería recibieron el nombramiento definitivo a nombre del MSP y la coordinación zonal 1 –salud. Lenin Chuquizala, director del hospital Marco Vinicio Iza, auguró éxitos a los 20 profesionales de la salud “es un reconocimiento al esfuerzo y entrega de servir a la comunidad, queremos que ese

compromiso se reafirme con la entrega de este nombramiento y que el deseo de transformar la salud y brindar un servicio con calidad y calidez, sea nuestro objetivo”, subrayó. Miriam Armas, directora distrital 21D02 Lago Agrio-salud, dijo que los 20 ganadores de este concurso de merecimientos y oposición, ocuparán las plazas: uno en Santa Bárbara-distrito 21D01 CascalesGonzalo Pizarro-Sucumbíos; uno en General Farfán-distrito 21D02 Lago Agrio; 5 en el hospital básico Shushufindi y los 13 restantes en el hospital Marco Vinicio Iza de la ciudad de Nueva Loja.

Prevención del embarazo en adolescentes Redacción Napo

El gobierno nacional, mediante el Ministerio de Salud Pública (MSP), en Orellana conmemoró la semana andina de prevención del embarazo en adolescentes. El centro de salud Loreto realizó una feria de prevención del embarazo en adolescentes cuyos invitados fueron estudiantes de la unidad educativa Juan Pablo segundo y de la escuelita Municipio de Lo-

reto, que participaron en actividades lúdicas como charlas sobre derechos sexuales y reproductivos, causas y consecuencias de un embarazo no deseado, métodos anticonceptivos y los servicios amigables que ofrece la unidad de salud al adolescente. Con un video foro se abordó el tema consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, en donde los jóvenes analizaron los perjuicios que origina esta actividad dañina.

En la cita también se realizó un socio drama con el tema “Mi cuerpo es mi tesoro” que busca prevenir el abuso sexual en los adolescentes.

Janeth Maricela Pozo, a nombre de los 20 ganadores del concurso de enfermería, agradeció al MSP por haber dado la oportunidad de ser parte de un proceso de selección “nos han permitido cumplir el sueño de todo servidor público, tener estabilidad laboral y ofrecer a nuestras familias mejores condiciones de vida. Continuaremos preparándonos para servir de mejor manera a la comunidad”, aseguró la profesional de salud. En la provincia de Sucumbíos el concurso de méritos y oposición inició en el mes de abril y se registró un total de 78 postulantes, de los cuales 20 resultaron ganadores.

Alrededor de 1.000 pasaportes ha emitido en Orellana el Registro Civil de esta provincia desde enero del 2017. Grecia Gaona, coordinadora técnica del Registro Civil de Orellana, precisó que 70 dólares cuesta la obtención del pasaporte. Agregó que las personas adultas deben presentar la cédula original de ciudadanía. “Los menores de edad deben asistir con el padre y la madre, con sus documentos originales, en caso de no estar presente el padre o

la madre, cualquiera de ellos debe enviar una autorización notarizada”, dijo. Por el pasaporte, las personas de la tercera edad tienen un descuento del 50 por ciento; y para las personas con un nivel de discapacidad superior al 30 por ciento, el descuento es del 100 por ciento, es decir nada cancelan. “Las personas con discapacidad tienen derecho de obtener gratis todos los documentos que emite el Registro Civil, excepto el servicio de firma electrónica, que sí es pagado por cualquier usuario”, aclaró Gaona.

Foto Cancillería El Registro Civil, desde enero del 2017 en que asumió las funciones de emitir pasaportes ordinarios, hasta la semana anterior ha entregado 179.281 pasaportes a nivel nacional.

INFORMACIÓN COMERCIAL

GM Ecuador y Secretaría de Ambiente de Quito juntos en el programa “Producción más limpia” Redacción Nacional

General Motors (GM) Ecuador, a través del programa “Producción más limpia” que promueve la Secretaría de Ambiente del Municipio de Quito, une esfuerzos para capacitar y generar una cultura de buenas prácticas ambientales junto con empresas de la zona de influencia de su operación en Carcelén industrial e instituciones de educación superior de la capital.

Esta iniciativa tiene como objetivo fomentar la participación activa de todos los sectores de la sociedad, compartiendo información e ideas de mejora continua en temas ambientales; específicamente en gestión de residuos y eficiencia energética. La implementación del proyecto “Producción más limpia” se realiza con la colaboración de estudiantes y docentes de la carrera de Ingeniería Ambiental de la Universidad Internacional SEK y GM

Ecuador bajo la coordinación de la Secretaría de Ambiente. Además, a esta capacitación se suman empresas vecinas a General Motors como son: Patprimo, Tatoo y Soluflex. Gracias a su compromiso con el ambiente, GM Ecuador obtuvo la certificación “Cero basura”, que ratifica que todos los residuos generados en su operación son procesados a través de gestores ambientales, de modo que no se envían desechos a los rellenos sanitarios de la ciudad.

Estudiantes de la Universidad SEK, colaboradores de GM Ecuador, representantes de empresas vecinas de GM y representantes de la Secretaría de Ambiente del Distrito Metropolitano de Quito


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Comunidad

Matemática para motivar a las niñas y niños

Wilson Tapia Tamayo es oriundo del cantón Bolívar, provincia de Carchi. También es autor de 40 composiciones musicales de distintos géneros y 10 himnos para instituciones educativas, asociaciones, pueblos y ciudades a nivel nacional. Redacción Nacional

La matemática, junto a la geometría, según el texto La Geometría publicado por Rodolfo Bueno en rebelión.org fue considerada en la antigua Grecia un conocimiento básico para acceder a las etapas superiores del desarrollo del espíritu humano; premisa que de alguna forma ha sido asumida por Wilson Tapia Tamayo, educador y profesor de matemática, autor de varios libros de esta materia. En su libro “El mundo mágico de la Matemática”, Tapia Tamayo destaca el aporte que han brindado al estudio de esta ciencia los filósofos griegos: Pitágoras, Tales de Mileto, Diofanto de Alejandría; Leonardo de Pisa, Carl Friedrich Gauss, entre otros de la época de antes y después de Cristo. En la página presentación de este libro, es destacada la matemática como un conocimiento sistematiza-

do “Esta obra permite inducir a niños/as y jóvenes para que descubran por sí mismos la importancia de esta ciencia tan antigua como el origen del hombre y sus culturas”. Por su parte el jefe de formación docente del Ministerio de Educación, Orlando Paredes, comentó en el año 2010 en referencia al libro, que “Se puede evidenciar un proceso didáctico-pedagógico interesante que a más de leer e interpretar, los lectores tienen la oportunidad de captar las ideas expuestas en los mismos; pueden practicar y resolver problemas de estructura matemática hasta lograr comprender lo que leen a través del desarrollo de un esquema propuesto”. Ciencia sencilla En la página del prólogo, el ingeniero Antonio Villacrés califica a la Matemática como ciencia sencilla e interesante y que “cualquier opinión opuesta debe argumentarse. Es una

forma mágica de entretener y motivar al más inquieto de los niños”. Asimismo valora que “El mundo mágico de la Matemática” sirva para resolver problemas de la vida cotidiana. Nosotros, por nuestra parte subrayamos el proceso de matematización que han experimentado las ciencias sociales en su propósito de ayudar a comprender la dinámica de las sociedades. No sería fácil advertir qué tanta gente es rica y qué tanta es pobre sin la disponibilidad de porcentajes, de tendencias, de gráficos, etc. En las 88 páginas del libro “El mundo mágico de la Matemática”, Tapia Tamayo invita a que los estudiantes se interesen pensando que esta materia es divertida y fácil de aprehenderla, a diferencia de los prejuicios ligados a una supuesta dificultad. Tapia Tamayo además es autor de otros textos, desde poemarios y libros de razonamiento, hasta de pensamientos y frases célebres.

Todo tiene su tiempo, más vale prevenir que amamantar Redacción Napo

Al conmemorarse la “Semana de la prevención del embarazo en adolescentes”, la dirección distrital 15D01salud, informa que en Napo se establecieron alianzas estratégicas con instituciones educativas, padres de familia y líderes comunitarios, con el fin de trabajar en el desarrollo de cine foros, charlas educativas, teatros, danza, optimización de espacios recreativos y asesoría en salud sexual de los jóvenes entre 10 y 19 años de edad. Estas actividades se desarrollan del 25 al 29 de septiembre del 2017. “En lo que va del año, se han presentado 534 embarazos en adolescentes en los cantones en Tena, Archidona y Carlos Julio Arosemena Tola. Aquella cifra corresponde al 2,14 por ciento de una población aproximada de 24.878 mujeres en esta etapa de su vida”, manifestó Yessenia Iguasnia, responsable del proceso de salud sexual y reproductiva de la dirección distrital 15D01. En este mismo contexto, en el 2016 se reportaron 828 embarazos adolescentes. De acuerdo al Centro de Estadísticas para América Latina y El Caribe (Cepal), el Ecuador es el tercer país a nivel de la región con la tasa más alta de embarazo en adolescentes (10-19 años), después de Nicaragua y República Dominicana. Considerando que la sexualidad, la

salud sexual y salud reproductiva son componentes centrales en la definición de la identidad de los adolescentes y jóvenes, el Ministerio de Salud Pública (MSP) garantiza su atención integral de salud, a la privacidad y confidencialidad, a ser escuchado y tomado en cuenta, a no ser discriminado, a recibir atención libre de prejuicios y al derecho de acudir a la consulta solo, o decidir que alguien le acompañe. Calidez de hogar “Apelamos a los padres de familia a acercarse más a sus hijos, brindarles cariño, amor y mayor atención. Nuestros jóvenes deben conocer que la abstinencia, la comunicación, la correcta educación en valores, la orientación, decirle no a las influencias negativas y la responsabilidad, pueden ayudar a prevenir embarazos no deseados, al igual que contraer infecciones de transmisión sexual”, recomendó Lucy Andi, obstetra del centro de salud Archidona. El 28 de septiembre el centro de salud Archidona desarrolló programas lúdicos y de participación con los jóvenes de la unidad educativa Leonardo Murialdo en el teatro de la institución. Asimismo se develaran 3 murales para conmemorar la semana de la prevención del embarazo en adolescentes en la unidad educativa Ciudad de Tena.

Foto Gobernación de Napo

Ecorae cumple 25 años de estar en la Amazonía Redacción Sucumbíos

El Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico (Ecorae) se creó hace 25 años, aunque su labor despuntó en los últimos años con programas y proyectos como el transporte aéreo económico (TAE); transporte de emergencias médicas (TEM); construcción y reconstrucción de puentes en las 6 provincias amazónicas, mantenimiento de pistas, entre otros, que beneficiaron a miles de habitantes de la Amazonía. La celebración se cumplió en el centro de difusión cultural, de la ciudad de Puyo, donde está la dirección ejecutiva de esta institución. Como punto principal se realizó la sesión solemne, mi homenaje para aquellos hombres que dejaron de lado cualquier dificultad e hicieron escuchar la voz del amazónico en el parlamento nacional, hasta que lograron un 21 de septiembre de 1992, se dicte la Ley 010, que creaba el Fondo del Ecodesarrollo Regional Amazónico y, por ende la institución” comentó en su intro-

ducción el secretario ejecutivo del Ecorae, Eduardo Calvas. En el acto se reconoció el aporte que hicieron los servidores públicos con más de 5, 10 y 15 años de servicio; así como a cada uno de los secretarios técnicos de cada una de las 6 provincias de la Amazonía. Entre los logros más destacados, en estos 25 años de funcionamiento, está la movilidad y accesibilidad. Con el servicio TAE se trasladaron más de 72.000 personas en las provincias de Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe, con una inversión superior a los 2 millones de dólares; mientras que con el programa enfocado a facilitar la accesibilidad de las comunidades, se construyeron 62 puentes, reconstrucción de 27, elaboración de 34 estudios para nuevas infraestructuras, con una inversión aproximada de 28 millones. Ecorae desde 2009 al 2017, invirtió en la Amazonía, alrededor de 78 millones. En Nueva Loja también hubo festejo

El puente en la comunidad Siecopai de San Pablo de Katetsiaya tuvo un costo de 1.300.000 dólares. Fue inaugurado en febrero del 2017.

“Aunque un poquito atrasaditos, también festejamos con los compañeros y compañeras estos 25 años, de nuestra institución” señaló Juanita Medina, secretaria técnica de la institución en Sucumbíos.

Para Medina, aparte de los beneficios que recibieron las comunidades de la provincia: construcción de puentes pequeños, accesos con construcción de vías, acompañamientos en programas de atención

en salud y educación, lo destacable de todo es la construcción del puente peatonal construido en la comunidad Siecopai de San Pablo de Katetsiaya, una obra de 232 metros de longitud.


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