Indicadores
Boletín Fiscal
Corporativo Octubre 2017
2017
Tasa ISR personas morales
30%
Tasa de IVA
16%
Salario Mínimo General
$80.04
Unidad de medida y actualización (UMA)
$75.49
Tasa de recargos por mora
1.13% mensual
INPC octubre
128.717
Tipo de cambio cierre de octubre
19.2188
Prepárate y que no se te pase 21
noviembre
Pago de impuestos federales de octubre. Envío avisos Ley Antilavado de octubre.
30
noviembre
Envío Declaración Informativa de Operaciones con Terceros de octubre.
1
diciembre
Entrada en vigor de la versión 3.3 de CFDI y del CFDI con complemento para recepción de pagos.
5
diciembre
Envío balanzas de octubre personas morales.
7
diciembre
Envío balanzas de octubre personas físicas.
¿Qué pasó en el mes? Fecha
Publicación
Sinópsis
10 de noviembre
Diario Oficial de la Federación
- Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de octubre de 2017.
¿Sabías qué? A partir del primero de diciembre de 2017, es obligatoria la emisión de los CFDIs aplicables en su versión 3.3; así como de la emisión del CFDI con complemento para recepción de pagos, por lo que deberás tener en cuenta los siguientes puntos más relevantes:
Emisión CFDI versión 3.3 - Se establecieron catálogos, principalmente, para los siguientes campos: tipo de comprobante, tipo de relación, método de pago, forma de pago, moneda, país de residencia fiscal, régimen fiscal, códigos postales, uso del CFDI, clave del producto o servicio, clave de unidad de medida, impuesto, tipo de factor y tasa o cuota. - En el caso del método de pago, cuando la operación sea liquidada al momento de la emisión del CFDI (contado), se deberá elegir la opción de “Pago en una sola exhibición”; en caso de operaciones a crédito se deberá elegir “Pago en parcialidades o diferido”, sin excepción. - En cuanto a la forma de pago en operaciones a crédito, siempre se deberá elegir la opción “99 por definir”; en el caso de operaciones de contado se debe elegir del catálogo la forma en que se recibió el pago. - En lo referente al uso del CFDI, se recomienda elegir la opción “G03 Gastos en general”; sin embargo, sobre todo en caso de clientes importantes o especiales, se sugiere consultar con ellos si están de acuerdo o si requieren una opción distinta. - Respecto a la clave del producto o servicio y clave de unidad de medida, deberán elegir la opción del catálogo que más de adecue al producto o servicio que están facturando.
Emisión CFDI con complemento para recepción de pagos - Se deberá emitir este comprobante por cada uno de los pagos que se reciban a partir del 1 de diciembre de 2017 por ventas que se hubieran pactado a crédito, inclusive las realizadas antes del 1 de diciembre de 2017. - Cuando se realicen ventas de contado, no se tiene obligación de emitir este comprobante. - En el dato de la forma de pago, nunca se deberá elegir la opción “99 por definir”, ya que se debe elegir del catálogo la forma en que se recibió el pago efectivamente. - Cuando se reciba un pago con el que se liquidan varias facturas, se deberá relacionar cada una de estas facturas anexando al CFDI tantos nodos como sean aplicables (un nodo por cada factura). - El plazo legal para emitir este comprobante es a más tardar el décimo día natural del mes siguiente a aquel en que se recibió el pago; sin embargo, por control interno se deberá emitir mucho antes de este plazo.
Tip Fiscal Si tienes el hábito del ahorro o vas empezar a ahorrar, toma en cuenta que, en general, los ingresos por intereses que reciben las personas físicas son acumulables para efectos del ISR, lo que te genera un costo fiscal; sin embargo, los intereses que provienen de cajas de ahorro de trabajadores están exentos de este impuesto, de acuerdo a lo que se establece en el artículo 93 fracción XI de la Ley del ISR vigente: “No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: … XI. Los provenientes de cajas de ahorro de trabajadores y de los fondos de ahorro establecidos por las empresas para sus trabajadores cuando reúnan los requisitos de deducibilidad del Título II de esta Ley o, en su caso, del presente Título. …” Por lo tanto, participar en la caja de ahorro de los trabajadores es una muy buena opción, ya que aunado a que generalmente la tasa de interés que paga es mayor a las ofrecidas por instituciones bancarias, evitarías el costo del ISR mencionado, lo que te generaría un mejor rendimiento bruto de tu ahorro. Revisa las fechas de inicio del ciclo de la caja de ahorro y las condiciones para que puedas participar.