Zona2

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ZONA 2 - 9

NAPO

PROVINCIAS

CANTONES

DENSIDAD URBANA (Hab/km2)

PORCENTAJE DE HOGARES CON VIVIENDA PROPIA

PORCENTAJE DE POBLACIÓN EN HACINAMIENTO

PORCENTAJE DE ÁREAS PROTEGIDAS

PORCENTAJE DE POBLACIÓN QUE NO CUENTA CON:

CONEXIÓN A ACUEDUCTO O TUBERÍA

PORCENTAJE DE POBRES POR NBI

ALCANTARILLADO O POZO SÉPTICO

RURAL

URBANO

TOTAL

% URBANA

% RURAL

TENA

7

60.880

38,3

61,7

13,4

1.735

74.158

66,8

36,8

24,9

66,0

49,0

96,3

46,4

ARCHIDONA

3

24.969

21,9

78,1

3,1

1.755

30.795

80,6

44,0

29,9

77,3

61,9

97,2

56,9

EL CHACO

5

7.960

50,6

49,4

4,1

977

9.560

61,8

21,5

75,5

49,1

18,1

80,3

50,4

QUIJOS

5

6.224

27,2

72,8

2,9

588

6.757

61,2

14,1

72,7

50,9

23,3

74,0

34,3

-

3.664

25,4

74,6

0,8

1.098

4.268

74,4

35,3

27,0

70,7

51,9

90,4

64,9

6

85.795

45,5

54,5

24,7

1.578

102.015

63,2

26,9

35,9

55,4

25,8

87,6

41,9

CAYAMBE

PICHINCHA

SUPERFICIE URBANA (km2)

PROYECCIÓN POBLACIÓN TOTAL AL AÑO 2017 (Habitantes)

PARROQUIAS

CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA

ORELLANA

POBLACIÓN 2010 (Habitantes)

TERRITORIOS

MEJÍA

7

81.335

20,3

79,7

24,4

676

100.650

60,6

17,0

29,0

47,8

15,6

66,4

26,3

PEDRO MONCAYO

4

33.172

30,3

69,7

14,8

678

40.514

60,2

26,1

-

57,5

27,0

81,6

49,5

RUMIÑAHUI

2

85.852

87,5

12,5

27,5

2.730

107.043

57,9

10,9

-

20,0

5,9

64,8

26,8

SAN MIGUEL DE LOS BANCOS

1

17.573

27,4

72,6

2,5

1.941

25.798

59,3

27,0

-

58,7

29,6

83,1

56,7

PEDRO VICENTE MALDONADO

-

12.924

43,0

57,0

3,6

1.552

15.983

45,8

25,1

-

61,7

27,9

90,0

50,7

PUERTO QUITO

-

20.445

15,1

84,9

2,4

1.261

23.823

57,9

26,8

-

90,4

38,4

96,7

74,9

QUITO (DM)

33

2´239.191

71,8

28,2

370,7

4.337

2´644.145

50,1

12,6

2,97

18,0

4,4

40,7

25,2

ORELLANA

11

72.795

56,0

44,0

19,2

2.123

88.106

66,5

33,3

24,7

69,7

37,3

97,3

67,2

UNA LEY Y UNA ENTIDAD QUE APUESTAN POR LA DESCENTRALIZACIÓN Los artículos primero y segundo de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo - LOTUS -, establecen claramente el objeto y el ámbito de aplicación de esta Ley.

Ley de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOTUS) Objeto de la LOTUS

Ámbito de aplicación de la LOTUS

Artículo 1

Artículo 2

Esta Ley tiene por objeto fijar los principios y reglas generales que rigen el ejercicio de las competencias de ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo urbano y rural, y su relación con otras que incidan significativamente sobre el territorio o lo ocupen, para que se articulen eficazmente, promuevan el desarrollo equitativo y equilibrado del territorio y propicien el ejercicio del derecho a la ciudad, al hábitat seguro y saludable, y a la vivienda adecuada y digna, en cumplimiento de la función social y ambiental de la propiedad e impulsando un desarrollo urbano inclusivo e integrador para el Buen Vivir de las personas, en concordancia con las competencias de los diferentes niveles de gobierno.

Las disposiciones de esta Ley serán aplicables a todo ejercicio de planificación del desarrollo, ordenamiento territorial, planeamiento y actuación urbanística, obras, instalaciones y actividades que ocupen el territorio o incidan significativamente sobre él, realizadas por el Gobierno Central, los Gobiernos Autónomos Descentralizados y otras personas jurídicas públicas o mixtas en el marco de sus competencias, así como por personas naturales o jurídicas privadas.

La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo al estar creada “para la vigilancia y control de los procesos de ordenamiento territorial de todos los niveles de gobierno, y del uso y gestión del suelo, hábitat, asentamientos humanos y desarrollo urbano, que realizan los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos dentro del marco de sus competencias”, muestra una

clara apuesta por la descentralización establecida en el primer artículo de nuestra Constitución que señala claramente que “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada”.

ECUADOR: TRANSFERENCIAS

CANTONALES ANUALES POR HABITANTE

PABLO VI $1.371

QUITO $109

4.040

85,4

52,6

56,4

1.696

39.453

64,4

28,5

-

1.096

23.854

78,7

53,1

AGUARICO

5

4.847

9,5

90,5

4,8

96

LA JOYA DE LOS SACHAS

8

37.591

30,5

69,5

6,8

LORETO

5

21.163

15,4

84,6

3,0

INDICADORES A NIVEL NACIONAL *incluye zonas no delimitadas

15,0

79,8

73,7

96,2

66,5

80,1

39,3

95,1

71,3

88,8

72,2

98,1

66,8

PENIPE $838 CUENCA $85

PORTOVELO $287

SUCUMBÍOS $1.024

GUAYAQUIL $64 SANTA CLARA $1.020

CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA $1.361

14´483.499

62,8

37,2

2.933,8

3.099

17´510.643

FUENTES: Proyecto investigación "Desequilibrios Territoriales y Descentralización", Universidad de Cuenca - CONALI 2016 - INEC 2010 - SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PORTEGIDAS.

64,0

26,2

17,0

45,6

23,1

83,4

46,1

Fuente: “Desequilibrios territoriales y descentralización: análisis y perspectivas”, Fernando Cordero Cueva, CINA, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, Universidad de Cuenca.


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