ZONA 2 - 9
NAPO
PROVINCIAS
CANTONES
DENSIDAD URBANA (Hab/km2)
PORCENTAJE DE HOGARES CON VIVIENDA PROPIA
PORCENTAJE DE POBLACIÓN EN HACINAMIENTO
PORCENTAJE DE ÁREAS PROTEGIDAS
PORCENTAJE DE POBLACIÓN QUE NO CUENTA CON:
CONEXIÓN A ACUEDUCTO O TUBERÍA
PORCENTAJE DE POBRES POR NBI
ALCANTARILLADO O POZO SÉPTICO
RURAL
URBANO
TOTAL
% URBANA
% RURAL
TENA
7
60.880
38,3
61,7
13,4
1.735
74.158
66,8
36,8
24,9
66,0
49,0
96,3
46,4
ARCHIDONA
3
24.969
21,9
78,1
3,1
1.755
30.795
80,6
44,0
29,9
77,3
61,9
97,2
56,9
EL CHACO
5
7.960
50,6
49,4
4,1
977
9.560
61,8
21,5
75,5
49,1
18,1
80,3
50,4
QUIJOS
5
6.224
27,2
72,8
2,9
588
6.757
61,2
14,1
72,7
50,9
23,3
74,0
34,3
-
3.664
25,4
74,6
0,8
1.098
4.268
74,4
35,3
27,0
70,7
51,9
90,4
64,9
6
85.795
45,5
54,5
24,7
1.578
102.015
63,2
26,9
35,9
55,4
25,8
87,6
41,9
CAYAMBE
PICHINCHA
SUPERFICIE URBANA (km2)
PROYECCIÓN POBLACIÓN TOTAL AL AÑO 2017 (Habitantes)
PARROQUIAS
CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA
ORELLANA
POBLACIÓN 2010 (Habitantes)
TERRITORIOS
MEJÍA
7
81.335
20,3
79,7
24,4
676
100.650
60,6
17,0
29,0
47,8
15,6
66,4
26,3
PEDRO MONCAYO
4
33.172
30,3
69,7
14,8
678
40.514
60,2
26,1
-
57,5
27,0
81,6
49,5
RUMIÑAHUI
2
85.852
87,5
12,5
27,5
2.730
107.043
57,9
10,9
-
20,0
5,9
64,8
26,8
SAN MIGUEL DE LOS BANCOS
1
17.573
27,4
72,6
2,5
1.941
25.798
59,3
27,0
-
58,7
29,6
83,1
56,7
PEDRO VICENTE MALDONADO
-
12.924
43,0
57,0
3,6
1.552
15.983
45,8
25,1
-
61,7
27,9
90,0
50,7
PUERTO QUITO
-
20.445
15,1
84,9
2,4
1.261
23.823
57,9
26,8
-
90,4
38,4
96,7
74,9
QUITO (DM)
33
2´239.191
71,8
28,2
370,7
4.337
2´644.145
50,1
12,6
2,97
18,0
4,4
40,7
25,2
ORELLANA
11
72.795
56,0
44,0
19,2
2.123
88.106
66,5
33,3
24,7
69,7
37,3
97,3
67,2
UNA LEY Y UNA ENTIDAD QUE APUESTAN POR LA DESCENTRALIZACIÓN Los artículos primero y segundo de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo - LOTUS -, establecen claramente el objeto y el ámbito de aplicación de esta Ley.
Ley de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOTUS) Objeto de la LOTUS
Ámbito de aplicación de la LOTUS
Artículo 1
Artículo 2
Esta Ley tiene por objeto fijar los principios y reglas generales que rigen el ejercicio de las competencias de ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo urbano y rural, y su relación con otras que incidan significativamente sobre el territorio o lo ocupen, para que se articulen eficazmente, promuevan el desarrollo equitativo y equilibrado del territorio y propicien el ejercicio del derecho a la ciudad, al hábitat seguro y saludable, y a la vivienda adecuada y digna, en cumplimiento de la función social y ambiental de la propiedad e impulsando un desarrollo urbano inclusivo e integrador para el Buen Vivir de las personas, en concordancia con las competencias de los diferentes niveles de gobierno.
Las disposiciones de esta Ley serán aplicables a todo ejercicio de planificación del desarrollo, ordenamiento territorial, planeamiento y actuación urbanística, obras, instalaciones y actividades que ocupen el territorio o incidan significativamente sobre él, realizadas por el Gobierno Central, los Gobiernos Autónomos Descentralizados y otras personas jurídicas públicas o mixtas en el marco de sus competencias, así como por personas naturales o jurídicas privadas.
La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo al estar creada “para la vigilancia y control de los procesos de ordenamiento territorial de todos los niveles de gobierno, y del uso y gestión del suelo, hábitat, asentamientos humanos y desarrollo urbano, que realizan los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos dentro del marco de sus competencias”, muestra una
clara apuesta por la descentralización establecida en el primer artículo de nuestra Constitución que señala claramente que “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada”.
ECUADOR: TRANSFERENCIAS
CANTONALES ANUALES POR HABITANTE
PABLO VI $1.371
QUITO $109
4.040
85,4
52,6
56,4
1.696
39.453
64,4
28,5
-
1.096
23.854
78,7
53,1
AGUARICO
5
4.847
9,5
90,5
4,8
96
LA JOYA DE LOS SACHAS
8
37.591
30,5
69,5
6,8
LORETO
5
21.163
15,4
84,6
3,0
INDICADORES A NIVEL NACIONAL *incluye zonas no delimitadas
15,0
79,8
73,7
96,2
66,5
80,1
39,3
95,1
71,3
88,8
72,2
98,1
66,8
PENIPE $838 CUENCA $85
PORTOVELO $287
SUCUMBÍOS $1.024
GUAYAQUIL $64 SANTA CLARA $1.020
CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA $1.361
14´483.499
62,8
37,2
2.933,8
3.099
17´510.643
FUENTES: Proyecto investigación "Desequilibrios Territoriales y Descentralización", Universidad de Cuenca - CONALI 2016 - INEC 2010 - SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PORTEGIDAS.
64,0
26,2
17,0
45,6
23,1
83,4
46,1
Fuente: “Desequilibrios territoriales y descentralización: análisis y perspectivas”, Fernando Cordero Cueva, CINA, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, Universidad de Cuenca.