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TAREAS DOCENTES Y PLANTILLAS(I

MANUEL MORILLA JARÉN

Nacido en Villamartín (Cádiz), ha ejercido como maestro de Adultos, de Primaria y de inglés. Durante un curso escolar ejerció la dirección en la Escuela Hogar El Madrugador (El Puerto de Santa María - 1980/81) y durante 24 cursos en el Colegio Público Nuestra Señora de las Montañas (Villamartín 1988/2012).

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Experto Universitario en Competencias Digitales para Docentes por la Universidad Internacional de La Rioja (2015), ha sido Coordinador TIC desde que se creó la figura hasta 2012. - Ha coordinado proyectos de Innovación Educativa de la Junta de Andalucía (Telemontañas, Centros DIG), del Ministerio de Educación (Proyecto Edinte) y de la Unión Europea (Comenius y Ayudantes Lingua) y coordinó el grupo de trabajo de la Consejería Proyecto

Educativo de Centro.

En su faceta de Formación del Profesorado, entre otros: o Representó al CEP de Villamartín en la Comisión Provincial para el Diseño de Cursos de Directores (1988/89), siendo ponente en diversos seminarios y cursos de formación inicial y permanente de equipos directivos en diversas temáticas: organización escolar; organización del curso escolar, y tutor de 6 directores en prácticas. o Ha impartido numerosas ponencias y cursos sobre metodología de la enseñanza del inglés (ICE de la Universidad de Cádiz, CEP Sierra de

Cádiz), Tutoría Escolar en la Facultad de CC. de la Educación de la Universidad de Cádiz y

Competencia Digital para Docentes (CEP de

Cádiz y CEP de Villamartín).

Jubilado desde 2012, es Director de la Revista de Educación Tartessos y Consejero en el Consejo Escolar de Andalucía, Presidente de la Sociedad Pedagógica Tartessos y Coordinador del Grupo de Trabajo de Política Educativa en el Laboratorio de Educación de la Sociedad. Email:manuel.morilla.edu@sptartessos.net Web: http://manuelmorilla.tk Tareas docentes y plantillas(I)

I. INTRODUCCIÓN

El pasado viernes, 30 de abril, Las Provincias, periódico de la Comunidad Valenciana, publicaba la noticia: El Consell aprueba la reducción de horas de clase para todo el profesorado de la red pública. https://bit.ly/2RlLSW3.

La modificación del decreto autonómico que permite la variación se realiza en cumplimiento del acuerdo firmado entre la conselleria y la mayoría de los sindicatos docentes el pasado julio

En efecto, el pasado 7 de julio la Conselleria de Educación y los sindicatos STEPV, FE-CCOO-PV, CSIF y FETE-UGT firmaban el acuerdo para la reducción de la parte lectiva de la jornada semanal de profesorado para el curso 2021-2022: 23 horas

lectivas semanales para docentes de Educación Infantil, Primaria y Educación Especial y 18 horas en el resto de enseñanzas.

La modificación afectará sólo a la parte horaria lectiva, por lo que los docentes seguirán teniendo una jornada laboral semanal de 37,5 horas. La diferencia está en que los periodos de clase que se reducen se dedicarán a otras tareas docentes, como la coordinación con el resto de compa-

ñeros de la etapa, la preparación de nuevos ma-

teriales o tutorías, por ejemplo. Es decir, se acumulan a las horas complementarias y de libre disposición.

En el caso de los maestros de Infantil y Primaria, es un tímido avance que materializa con hechos lo que en tantos preámbulos normativos se recomienda: la atención a la diversidad. Se une así a las iniciativas llevadas a cabo en Cantabria y Cataluña, donde se han reducido a 24 y en Navarra y Euskadi a 23. En el caso del profesorado de Secundaria/FP es aún más tímido, pues sólo rebajaría 1 hora.

El 29 de octubre de 2020, el Consejo Escolar del Estado (https://bit.ly/3u8Dzvo) pedía a Gobierno y CCAA que redujeran el horario lectivo a los profesores en una enmienda al 'Informe 2020 sobre el Estado del Sistema Educativo'.

Según los datos proporcionados por Panorama de la Educación 2018,

(https://bit.ly/2SnKkLZ) en España se destinan 880 horas en Primaria, mientras en la OCDE se dedican 784 y en la Unión Europea 762.

Esta cifra es menor en el caso de Secundaria, aunque sigue estando por encima. En España se dedican 713 en los dos primeros cursos de la ESO, frente a 703 (OCDE) o 668 (U) y 593 en los dos restantes frente a 657 (OCDE) y 635 (UE).

Si consideramos, por un lado, el tiempo de trabajo dedicado a impartir clases y por el otro lado el tiempo de trabajo disponible para otras actividades nuestro profesorado cuenta con menos horas para estas últimas actividades que la media de la OCDE y la UE22. Creemos que es importante actuar en este terreno como lo haría cualquier empresa con sus trabajadores.

Habría que empezar por determinar qué tareas se tienen que realizar, y cuales son de ámbito administrativo, y cuánto tiempo se destina a cada una de ellas. De paso, cuando se supervise el desarrollo de estas tareas, por ejemplo, de cara a una evaluación del desempeño de las mismas, se podrá determinar con datos fiables y contrastables.

Es un paso previo, también, a tener en cuenta para el establecimiento de otra gran olvidada: la carrera docente.

El profesorado tiene asignadas una multitud de tareas de todo tipo. Muchas de ellas no pueden calificarse como docentes "per se". Hay que distinguir entre "atención directa al alumnado" y tareas administrativas derivadas de la atención directa, por un lado, tareas de coordinación pedagógica, por otro, tareas relativas al funcionamiento normal del centro, ...

Además de las anteriores, realiza otras tareas que requieren su perfil profesional, entre las que cabe destacar la tutoría con las familias, la colaboración con otros organismos, el traslado de información a los distintos niveles de la Administración Educativa, la colaboración con el equipo directivo del centro, y un largo etcétera.

Así, según las Etapas Educativas, dedica más o menos tiempo a la atención directa del alumnado.

Es indudable que tanto la atención directa como la realización de las tareas administrativas derivadas de la misma deben ser realizadas por el profesorado a cargo.

Lo que no es tan evidente es que también destine una parte de su jornada a realizar tareas administrativas que se derivan del funcionamiento del centro o de otro tipo.

Esta situación nos lleva a plantear una redefinición del perfil profesional docente sin perder de vista la necesidad de establecer una carrera docente que diferencie las distintas situaciones profesionales.

También es necesario revisar las competencias atribuidas a los distintos miembros de los Equipos Directivos y de la Inspección Educativa.

Con esta iniciativa se pretenden los siguientes objetivos concretos:  Contribuir a definir el perfil profesional docente. Las Facultades de Educación deberían tenerlos en cuenta en sus planes de estudio.

En una época en la que se subraya la importancia del aprendizaje de competencias, resulta lo más apropiado. Esto no implica que se incluya en la formación permanente del profesorado.  Aportar cambios sustanciales en el sistema de acceso.  Elaborar una herramienta de análisis del desempeño docente, de cara a una evaluación del profesorado en sí misma y como instrumento a incorporar como mérito en la olvidada carrera docente.  Contribuir a clarificar los parámetros a tener en cuenta a la hora de determinar las plantillas de los centros.  Hacer pedagogía ante la Administración Educativa y la sociedad en general, desmitificando que la labor del maestro se limita a seguir un libro de texto.

Es evidente que las ratios influirán decisivamente a la hora de desempeñarlas y que el primer choque se producirá con Hacienda, siempre reacia a aumentar la financiación. Pero servirá, al menos, para contener las “ilusiones” que destilan la mayoría de preámbulos de textos normativos cuando se llenan la boca con conceptos como Equidad, Atención a la Diversidad, Excelencia Educativa. “Dime con qué mimbres cuento y te diré qué cesto puedes esperar que haga”.

En una época como la actual, en la que la demagogia y la manipulación están a la orden del día, es hora de que cada uno cargue con su propia responsabilidad y no trate de culpar a otros. Y en esto, el profesorado tiene una larga experiencia. Hemos pasado del “pasas más hambre que un maestro de escuela” al ¡Qué bien viven los maestros!

El profesorado no debe seguir por más tiempo siendo el chivo expiatorio de los fracasos escolares. En Sanidad, no se culpa a los médicos por los

enfermos que hay o por los que mueren en los hospitales.

II. TAREAS DOCENTES

Hay que empezar por aclarar qué tareas se incluyen en el denominado horario lectivo. En el caso de Andalucía, durante ese tiempo se considera que se realizan las siguientes tareas: • Docencia directa de un grupo de alumnos y alumnas para el desarrollo del currículo. • Tutoría lectiva. • Actividades de refuerzo y recuperación del alumnado.

• Atención al alumnado en caso de ausencia del profesorado. • Cuidado y vigilancia de los recreos. • Asistencia a las actividades complementarias programadas. • Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente. • Desempeño de funciones de coordinación de los planes estratégicos.

• Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar. • Servicio de Guardia.

En cuanto al horario complementario, se consideran incluidas en este, en el caso de los maestros, las siguientes: a) Reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica, de los equipos de ciclo y, en su caso, de éstos con los departamentos del instituto de educación secundaria al que se encuentre adscrito el centro. b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica, así como coordinación con los equipos de orientación educativa, para lo que se dedicará una hora semanal. c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado. d) Programación de actividades educativas. e) Asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del centro. f) Asistencia a las actividades complementarias programadas. g) Asistencia a las sesiones de evaluación. h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar. i) Organización y mantenimiento del material educativo. j) Asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, reconocidas por la Consejería competente en materia de educación u organizadas por la misma, a través de sus Delegaciones Provinciales o de los centros del profesorado, que podrán ocupar un máximo de 70 horas a lo largo de todo el año académico y cuya imputación deberá realizarse de manera ponderada a lo largo del curso a este horario, con el fin de que ello no obstaculice el normal desarrollo del mismo k) Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro.

En el caso del profesorado de Secundaria/FP  Reuniones de los diferentes órganos de coordinación docente.  Actividades de tutoría y tutoría electrónica, excepto las consideradas lectivas.  Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.  Programación de actividades educativas. En su caso, seguimiento del programa de formación en centros de trabajo.  Servicio de guardia.  Seguimiento y análisis de las medidas de atención a la diversidad aplicadas al alumnado.  Organización y funcionamiento de la biblioteca del instituto.

Se consideran horas complementarias de cómputo mensual: • Asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del instituto • Asistencia a las sesiones de evaluación. • Asistencia a las actividades complementarias programadas. • Asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, reconocidas por la Consejería competente en materia de Educación u organizadas por ella, a través de sus delegaciones provinciales o de los centros de profesorado, que podrán ocupar un máximo de 70 horas a lo largo de todo el año académico y cuya imputación deberá realizarse de manera ponderada a lo largo del curso a este horario, con el fin de que ello no obstaculice su normal desarrollo. • Cualesquiera otras que se determine en el Plan de Centro del Instituto

Finalmente, se consideran horas de libre disposición, hasta completar la jornada laboral (37,5 horas), las siguientes: • Preparación de actividades docentes, tanto lectivas como no lectivas. • Perfeccionamiento profesional.  En general, a la atención de los deberes inherentes a la función docente.

Como afirmábamos al principio, es el momento de revisar en qué consiste cada tarea y cuantificar el tiempo para su realización.

II.1.- HORARIO LECTIVO

Para evitar confusiones, tal como señalábamos al principio, es necesario distinguir entre "atención directa al alumnado" y tareas administrativas derivadas de la atención directa, como la tutoría con las familias, la colaboración con otros organismos, el traslado de información a los distintos niveles de la Administración Educativa, por un lado (a las que denominaremos HORARIO LECTIVO) y las tareas de coordinación pedagógica, por otro. En cuanto a las tareas administrativas que se derivan del funcionamiento del centro o de otro tipo, deben quedar fuera de este apartado y ser realizadas por personal administrativo y no por personal docente.

Entendemos que la inclusión en este apartado del desempeño de funciones directivas o de coordinación docente y el desempeño de funciones de coordinación de los planes estratégicos se hace como indicación de que estas reducciones horarias se imputarán a ese horario. Es un tema que trataremos más adelante.

En cuanto al Servicio de Guardia que, sorprendentemente, sólo se contempla en las Etapas de Educación Secundaria, queremos hacer algunas observaciones, tomando como base de partida las funciones que le asigna el Reglamento Orgánico.

Cada vez con mayor frecuencia se producen casos de acoso escolar que se traducen en palizas, insultos, … También ocurre a veces que algún alumno sufre un accidente o se pone enfermo repentinamente. Y no siempre se producen estas situaciones dentro del aula. A veces, ocurren en pasillos, baños, patios, ... El centro debe actuar de inmediato. Si no lo hace, la pregunta que surge inmediatamente es: ¿Y dónde estaban los profesores?

Estas situaciones requieren, además de la más obvia, que es atender al alumnado, llamar a la familia, trasladar al enfermo al hospital, …

Otra situación frecuente es la ausencia imprevista de algún docente.

Sólo estas posibilidades justifican la necesidad del servicio de guardia. Y no sólo en Secundaria. También en Infantil y Primaria.

II.2.- HORARIO COMPLEMENTARIO

Dado que las tareas docentes son muy similares en las distintas Etapas Educativas, las estudiaremos conjuntamente. 1. Entrevistas con padres. Se concretará para cada tutor una hora fija semanal, que deberá estar expuesta en el tablón de anuncios.

Si nos paramos a pensar un poco en esta tarea, nos daremos cuenta que falta algo. Concretamente, el tiempo necesario para preparar esas entrevistas. No podemos dar por supuesto que el docente mantiene en su memoria todos los datos de interés que debería comentar con los padres. Si estimamos en 15 minutos el tiempo necesario para recopilar la información a facilitar, incluida la elaboración del acta de la entrevista, en su caso, nos sale una segunda hora de preparación para esa tutoría.

También hay que incluir las sesiones provocadas por incidentes de convivencia o las motivadas por la recepción de los Boletines Informativos de Notas.

Damos por supuesto que dedicaremos sólo 15 minutos a cada familia. Así podremos entrevistarnos con los progenitores de cada clase al menos 1 vez por trimestre, dependiendo del número de alumnos que integran el grupo. 2. Asistencia a reuniones de tutores y profesores de grupo.

Se incluyen en este apartado las sesiones de los Equipos Docentes y las de Equipos de Ciclo (Infantil y Primaria) o las de Departamento (Secundaria/FP)

Como en el caso anterior, hay que añadir el tiempo necesario para preparar dichas reuniones con antelación y recoger lo tratado, con posterioridad. Por lo tanto, si programamos una sesión semanal de una hora para cada Equipo, para darle una secuencia quincenal a cada una, necesitamos otras dos horas semanales.

Sólo estas dos tareas consumen 4 de las 5 horas de permanencia. Así que dispondremos de 1 hora semanal para computar las tareas de cómputo mensual. Esto supone entre 4 y 5 horas según el mes o entre 12 y 15 horas según el trimestre. 3. Asistencia a reuniones del Claustro.

Aunque se celebran al menos una vez por trimestre, suelen abarcar varias horas. Por tanto, habrán de computarse como horas complementarias de cómputo mensual. 4. Asistencia, en su caso, a reuniones de la

Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y del Consejo Escolar.

Como en el caso anterior, los miembros de estos órganos deberán considerarlas horas complementarias de cómputo mensual. Pero tendrán que tener en cuenta que esas circunstancias no podrán alterar ni justificar su asistencia a las sesiones citadas anteriormente.

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