F
CÓMO NACEN LAS REVOLUCIONES
F
P14 - P21
Edición venezolana I S S N
Año II. Número 9. Caracas, mayo de 2009
Consolidar la Rectoría Pública de Salud es el camino P2 De la educación popular a la domesticación por la “Cultura” P4 La candidatura de Uribe y el “Grupo de los seis” P7 Vigilancia total P8 Nueva fachada, viejas prácticas La increíble resurrección del FMI P9 La “era Lieberman” ha comenzado Palestinos de Israel, rehenes de la extrema derecha P11 La recesión alcanza al África austral Futuro incierto para los mineros zambianos P22 El hombre que amenazaba a Estados Unidos P24
1 8 5 6 - 9 2 7 7
10,00 Bs.F.
100 años de política petrolera en Venezuela 1905-2005 (parte I)
Ese chorro que recorre el siglo por bernard
Venezuela cuenta con un valioso recurso: el petróleo. Es uno de los principales productores y exportadores del mundo, así como el depositario de las mayores reservas de crudo. Su modo de producción, por lo tanto, lo diferencia del de otros países de la región. Mas los venezolanos vivimos del petróleo pero de espaldas a él. Asumimos nuestra riqueza con la culpa de quien no se la merece (como comparar este rico recurso con el “excremento del diablo”), y lo que es grave, la mayoría desconocemos su historia, y ese desconocimiento nos hace vulnerables en el momento de su defensa. Por considerar de vital importancia este trabajo del doctor Bernard Mommer, decidimos, a partir de esta edición, reproducirlo y ofrecérselo completo a nuestros lectores en los próximos cuatro números.
Los recursos naturales han estado sujetos, históricamente, a regímenes de propiedad diferentes de acuerdo con el desarrollo de la sociedad y los valores de uso asociados a ellos. En movimiento permanente, estos regímenes se adaptan a los requerimientos de la sociedad y de su hábitat natural y, viceversa, en cada momento no pueden entenderse sino como lo que efectivamente son: un legado histórico. Sólo en momentos excepcionales de profundas transformaciones sociales, este legado histórico llega a cuestionarse en su conjunto. Es lo que ocurrió, por ejemplo, con la revolución francesa. Liberalismo y recursos naturales El debate en la Asamblea Nacional se basó en el principio de que la Nación tenía derecho a beneficiarse de todos sus recursos naturales. En cuanto a la superficie, se concluyó que la mejor forma para lograr este propósito era otorgar derechos de propiedad privada a sus ocupantes –la tierra para quien la trabaja–, y combinados con una legislación que previniera su uso abusivo, dejar el resto al mercado. Sin embargo, en cuanto al subsuelo, prevaleció la idea de que la propiedad privada superficial podría convertirse, definitivamente, en un obstáculo a la exploración y explotación de las riquezas minerales. Éste no sería el caso, sin embargo, de aquellos minerales que se encontraran cerca de la superficie, al alcance de los que la cultivaban. Tampoco había razón para preocuparse por los minerales abundantes como arenas, calizas, arcillas, piedras de construcción y otros semejantes, ya que su extensión garantizaba un
mommer* suministro abundante a un costo razonable. En consecuencia, la Ley de Minas de 1791 confirmaba el derecho de los superficiarios a extraer todos los minerales “que puedan ser explotados a cielo abierto o con excavaciones y luz natural hasta los cien pies de profundidad” (Mirabeau: 491). Empero, otros minerales, como las diferentes clases de carbón o bitumen, eran escasos en Francia, y requerían de excavaciones profundas. No era razonable suponer que éstas podrían realizarse por los propietarios superficiales, carentes de los capitales necesarios, cuando la mayoría no tenía siquiera los recursos suficientes para cultivar la superficie de su tierra. Más aún, la misma fragmentación de la propiedad privada superficial creaba en estos casos problemas serios: “Las entrañas de la tierra no se prestan a partición (…), las vetas minerales, debido a su curso irregular, aún menos; (…) en cuanto a la superficie, es en el interés de la sociedad que las propiedades estén divididas; (…) por el contrario, en el interior de la tierra, deberían estar agrupadas y (…) por tanto sería absurda una legislación que admitiera dos clases de propiedad, subordinadas la una a la otra y de las cuales una sería inútil por tener a la otra como base y medida (…). No puede negarse que las minas deben explotarse como unidad (…). Una mina no puede explotarse con un único pozo. Abro un pozo en mi terreno; apenas vislumbro un rayo de esperanza me encuentro en el terreno de otro. Si éste no me permite excavar otro pozo, tengo que renunciar a mis esfuerzos”. (Mirabeau: 443-5) El mismo principio regulador de la propiedad de la superficie,
la tierra para quien la trabaja, llevaba a reservar las actividades de exploración y producción, mas no la propiedad, al Estado. Así lo aclaró la Asamblea Nacional al decretar que estos minerales “pertenecen a la nación únicamente en el sentido de que estas sustancias no podrán ser explotadas sin su consentimiento” (Mirabeau: 491). Los propietarios superficiales, interesados en trabajar las minas, eran bienvenidos e, incluso, les fueron concedidos derechos preferenciales. Pero, en el caso contrario, no tenían el derecho de impedir que otros lo hicieran. Por ello las actividades de exploración y producción de los minerales en cuestión se declararon de utilidad pública, de manera que los derechos del dominio eminente del Estado prevalecieran sobre los derechos de propiedad privada de los superficiarios, como condición indispensable de garantizar al capital minero el acceso requerido. (continúa en la p. 6)
* Matemático y doctor en Ciencias Sociales (Universidad de Tubinga, Alemania). Se ha desempeñado como profesor e investigador en diferentes universidades tanto dentro como fuera de Venezuea. Fue Asesor Mayor de la Coordinación de Planificación Estratégica de Petróleo de Venezuela S.A. (PDVSA) entre los años 1991-1995. Fue director externo de PDVSA y viceministro de Hidrocarburos del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo. Actualmente es el Gobernador de Venezuela ante la OPEP. Una primera versión de este trabajo fue publicado en Venezuela siglo XX. Visiones y testimonios (coordinador y editor: Asdrúbal Baptista), Fundación Polar, Caracas, 2000
2
Caracas, mayo de 2009
DE NUESTRA REDACCION E N CARACAS
LE MONDE diplomatique «el Dipló»
H A C I A U N A N U E V A I N S T I T U C I O N A L I D A D F LA SALUD
Consolidar la Rectoría Pública de Salud es el camino por sergia
cubilln*
Ilustración: Samuel Bravo
* Médica egresada de la Universidad del Zulia. Especialista en Administración en Salud Pública. Postgrado en Medicina Familiar. Docente de la Càtedra de Salud Pública, Escuela de Medicina Luis Razetti, Universidad Central de Venezuela. Miembro Fundadora del Movimiento Socialista por la Calidad de Vida y Salud, MOSCAVIS.
El análisis de los sistemas de salud sólo es posible desde el examen de sus diferentes componentes: la rectoría (que incluye la regulación), el financiamiento y la provisión o prestación de los servicios de salud. Sólo mediante el análisis concreto de los distintos modos que tienen de financiarse, de asignar sus recursos, los tipos de prestadores y su interrelación entre ellos y como ejercen la regulación sobre la totalidad del sector salud (público y privado), se puede determinar a quién está dirigida la construcción del sistema: a las clases que tradicionalmente han ejercido el poder, o a los sectores populares, tradicionalmente marginados, excluidos, del mismo. La regulación del sistema, por ejemplo, puede ser analizada, concebida, proyectada e implementada, desde un enfoque neoliberal: supone sistemas de salud privatizados, los cuales se rigen por la competencia del mercado, donde la carga de regulación estatal es mínima, generando incentivos poderosos y perversos que estimulan ganancias exorbitantes de unos pocos en el mercado sanitario, dejando en indefensión a los ciudadanos sin capacidad de pago, ya que por principio no se garantiza el derecho de los pacientes a la salud, ni siquiera al acceso a estancias hospitalarias en determinados procedimientos, a no ser que se cuente con los re-
cursos económicos necesarios para cancelar un servicio cada día más costoso. En cambio, los sistemas de salud considerados universales y públicos, como el que estamos construyendo en nuestro país, regido por la garantía del derecho consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, art. 83) y enunciado sus principios rectores y de financiamiento en la misma carta magna (arts. 84 y 85), tienen una concepción diametralmente opuesta de la regulación. En este caso consiste en una intervención administrativa del ente rector que procura colocar al Sistema de Salud fuera de las relaciones habituales del mercado. Lo que supone, incluso, la incorporación del sector privado en la búsqueda de soluciones integrales para toda la población venezolana. En la actualidad ocurre una paradoja en Venezuela: el Estado, a través de su política de compra de pólizas de hospitalización, cirugía y maternidad (HCM) para los funcionarios públicos y de las ayudas de interés social extendidas a las prestadores privados ofertadas por las “Oficinas de Atención al Soberano”, actúa de manera contraria a lo establecido en la CRBV. Este mecanismo aún cuando justificado en la actualidad para subsanar la demanda aún no cubierta por la oferta pública, genera, al mismo tiem-
po, un enorme desembolso que se destina a financiar el sistema privado de salud y contribuye a fortalecerlo en detrimento del sistema público. Esta combinación del sector público y el privado comprendiendo como totalidad la oferta pública del Estado venezolano, debe ser disciplinada y regulada por los órganos estatales correspondientes. Cómo hacerlo es el desafío que tiene por delante la nueva institucionalidad en salud. Reordenar el sistema Nuestro sistema de salud se caracteriza por su alta fragmentación, con más de 100 subsistemas, destacando por sus dimensiones el Ministerio del Poder Popular para la Salud y Protección Social, el IVSS, el IPASME, Sanidad Militar, los servicios médicos de gobernaciones, alcaldías y otras instituciones públicas como las universidades, que representan un mosaico de ofertas públicas que no se encuentran reguladas por el ente rector. A este “espacio público no regulado” hay que añadir el sector privado. La complejidad de esta madeja es tal que se desconoce con exactitud sus dimensiones. Esta circunstancia genera incertidumbre en el sector ya que no se tiene un control integral sobre los procesos y servicios que prestan atención en salud en el país, aún cuando en la actualidad el Ministerio del Poder Popular para la Sa-
lud y Protección Social realiza un esfuerzo regulador, a través instancias tradicionales como Contraloría Sanitaria, Salud Ambiental y Vigilancia Epidemiológica. Es importante entonces entender que el desarrollo de una política de rectoría en el marco de la construcción del Sistema Público Nacional de Salud (SPNS), debe englobar elementos claves (leyes, resoluciones, reglamentos, normativas) que estén en consonancia con la CRBV y que permitan garantizar el funcionamiento del sistema bajo los principios de universalidad, equidad, gratuidad en pro de la garantía del derecho para todas y todos los ciudadanos. Por lo tanto debe contener un conjunto de acciones de reglamentación, fiscalización, control, evaluación y auditoría, de manera articulada e integrada que faciliten las condiciones para una atención en salud pautada por las necesidades de la población y es imperativo que distinga dos campos de actuación: la regulación sobre el sistema de salud y la regulación sobre la atención en salud. La primera está determinada por el conjunto de reglamentaciones generales sobre los bienes y servicios, medicamentos, insumos y tecnologías en salud que se aplican sobre el sistema en general. Para garantizar la eficiencia en la implementación y la efectividad de las mismas, dichas acciones se deben instrumentar fundándose
Es importante entender que el desarrollo de una política de rectoría en el marco de la construcción del Sistema Público Nacional de Salud, debe englobar elementos claves (leyes, resoluciones, reglamentos, normativas) que estén en consonancia con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y que permitan garantizar el funcionamiento del sistema bajo los principios de universalidad, equidad, gratuidad en pro de la garantía del derecho para todas y todos los ciudadanos.
en la democracia participativa; esto es, en una gestión desconcentrada y articulada con los órganos del poder popular, a partir de Barrio Adentro y basado en las Áreas de Salud Integral Comunitaria. En esta forma de regulación se incorporan la llamada Vigilancia Sanitaria o Vigilancia en Salud (contraloría sanitaria, control ambiental y vigilancia epidemiológica), las acciones con otros sectores públicos vinculados a la salud y la calidad de vida, y el control social a través de la participación popular. Igualmente se incluye en estas acciones las dirigidas al sector privado en aquellas áreas que deben ser reguladas por el ente rector. La segunda tiene como objeto la producción de acciones directas y finales de atención en salud. Por lo tanto está dirigida hacia los prestadores de servicios de salud públicos y privados y comprende las siguientes áreas a supervisar: Contratos de Gestión, los cuales representan relaciones pautadas y formalizadas con los gestores prestadores de servicios de salud tanto públicos como privados; Regulación del acceso a la atención médica, en el marco del desarrollo de la red de atención integrada de salud (red de atención primaria, ambulatoria especializada, hospitalizaciones y red de urgencias), constituyen un conjunto de relaciones, tecnologías y acciones (sistemas de referencia y contrarreferencia, centrales de regulación) que permiten viabilizar el acceso de los ciudadanos dentro del sistema de forma tal que de acuerdo a la necesidad y con criterio de equidad, se pueda dar una respuesta oportuna y de calidad dentro de la red; Evaluación de la atención en salud mediante un conjunto de operaciones que permiten emitir un juicio de valor sobre las acciones finales de la atención en salud, midiendo la calidad técnica (uso de protocolos, certificación y recertificación de los profesionales y técnicos de la salud), la satisfacción del usuario y la capacidad resolutiva de los servicios; Control asistencial, mediante el catastro de establecimientos, registro del talento humano, habilitación de
Caracas, mayo de 2009
DE NUESTRA REDACCION E N CARACAS
LE MONDE diplomatique «el Dipló»
los establecimientos de salud, monitoreo y fiscalización de excesos de procedimientos realizados en los establecimientos de la red por medio de acciones de supervisión de ambulatorios y hospitales, autorización de ingresos para las urgencias, al igual que ingresos a hospitalizaciones y estudios complementarios complejos a través de las centrales de regulación, revisión de facturas relativas a las atenciones en el sector privado y preparación del pago a los mismos. Mejorar la calidad La rectoría del Sistema de Salud, según lo establece la CRBV, se encuentra en manos del Estado nacional, delegada en el ministerio con competencia en salud y protección social. Ésta es una variable que no está en discusión. El debate se centra en cómo mejorar la calidad y la capacidad de cumplimiento estatal de esa función. Creemos que para avanzar de manera exitosa, con una real perspectiva socialista, se debe garantizar el principio de legitimidad en el ejercicio del poder, fundándose en la democracia participativa para lograr el reconocimiento de aquellas partes integrantes del sistema que deben ser regulados por el ente rector. En nuestra opinión, una política que garantice una rectoría efectiva del SPNS por parte del MPPSPS debe orientarse por las siguientes directrices: 1. Superar la fragmentación y la superposición de competencias entre los distintos niveles de gestión. 2. Integrar las acciones de regulación sobre el sistema de salud y sobre la atención en salud, con otros ejes claves del sistema, como lo son: el financiamiento, la asignación de recursos, la planificación, el modo de gestión y de atención, la formación del talento humano, el establecimiento de sistemas de información y tecnologías en salud. 3. Integrar las acciones de reglamentación, fiscalización, con-
trol y vigilancia sanitaria sobre establecimientos y servicios de salud, medicamentos, insumos, tecnologías con las acciones de control, auditoria y evaluación de la atención a la salud.
Ediciones
Edición venezolana ma y o 2009
4. Implementar la regulación de la atención a la salud con acciones que incidan tanto en los prestadores públicos como privados, incluyendo una acción general como es la vigilancia sanitaria o vigilancia en salud a nivel del sector privado. 5. Implementar los Contratos de Gestión con los prestadores públicos y con los privados con los cuáles se realiza compra de servicios. 6. Actualizar la oferta de servicios y de los profesionales y técnicos de la salud, jerarquizando las prestaciones según su complejidad, de manera de conocer sus potencialidades. 7. Implementar la regulación operacional, la cual será ejercida por su correspondiente nivel de gestión; sea a través de la formalización y estandarización de los Sistemas de Referencia y Contrarreferencia, como a través de la puesta en práctica de los Complejos de Regulación que, de acuerdo a la necesidad, serán nacionales, estadales o municipales, con la finalidad de responder de forma dinámica, adecuada y oportunamente a las necesidades de los ciudadanos. La regulación operacional incluye la regulación del acceso a los servicios de emergencia, de hospitalizaciones y exámenes especializados, de acceso a la red de atención primaria, red ambulatoria especializada y las otras redes sociales. 8. Establecer un cronograma para la paulatina migración de los funcionarios del Estado a la atención sanitaria por el Sistema Público Nacional de Salud (SPNS); y así integrar los millonarios recursos que hoy son desembolsados, mas no compartidos por los ciudadanos en general, para la manutención de un sistema privado que sólo incluye algunos segmentos de trabajadores estatales. Se hace imperativo en estos nuevos tiempos marcados por el desarrollo de los Sistemas de Salud Públicos y Universales, una fuerte, sostenible y sólida Politica de Regulación, con objetivos, medidas y proyectos claramente definidos. Dicha política debe ser compartida y acatada por todas las instancias de gestión pública y por el sector privado de salud. Caminar progresivamente por este sendero asegurará la consolidación de la rectoría del Sistema Público Nacional de Salud.
Raúl Cazal Director Estela Aganchul Editora Samuel Bravo Alfredo Rajoy Ugo Ramallo Ilustradores Bernard Mommer Sergia Cubillán Colaboradora Ricardo Menéndez Samuel Bravo Eduardo Tovar Elizabeth Coronado Equipo asesor «El Dipló» Edición Cono Sur Traducción Producciones del Waraima Corrección Producciones del Waraima Producción gráfica Luis Carrasco Contador Gráficas Lauki Impresión Depósito legal pp 200801DC1253
Es una publicación de Producciones del Waraima 7257 C.A. RIF: J-29596783-7 Víctor García Presidente Cuarta av. Res. Unión. Torre B. Local E y F. Los Palos Grandes. Caracas 1060. Venezuela +58 212 2519027 produccionesdelwaraima@gmail.com info@monde-diplomatique.net.ve www.monde-diplomatique.net.ve De esta edición se imprimieron 5.000 ejemplares
Distribuye para todo el país Librerías del Sur Distribuidora Continental
argentina
internacionales
Alemania. Die Tageszeitung. (Kochstrasse 18, 10969 Berlín); 90.000 ejemplares, supl. mensual. www.monde-diplomatique.de Brasil. Instituto Pólis (Rua Araújo 124, São Paulo); 40.000 ejemplares, mensual. Bolivia (Av. Arce 2529. Edificio Santa Isabel. Bloque C-301, La Paz); 4.000 ejemplares, mensual. Bulgaria. Les Amis du Monde diplomatique. (Rakovski 78, 1.000 Sofía); 4.000 ejemplares, mensual. Chile. Editorial “Aún Creemos en los Sueños S.A.” (San Antonio 434, Local 14, Santiago); 10.000 ejemplares, mensual. Colombia. Tebeo Comunicaciones S. A. (Avenida 19, Nº 4-20, Bogotá); 10.000 ejemplares, mensual. Corea del Sur. Sociedad Le Monde Corea. (Seúl); 5.000 ejemplares, mensual. Croacia. Sociedad Masmedia. (Ulica Baruna Trenka 13, Zagreb); 10.000 ejemplares, mensual. Eslovenia. Novinarski Klub. (Tavcarjeva 15, Lubljana, Eslovenia); 1.000 ejemplares, mensual. España. Ediciones Cybermonde SL. (Aparisi i Guijarro Nº 5, 2º, 46003, Valencia); 25.000 ejemplares, mensual. Grecia. Eleftherotypia. (Minoos 10-16, 11743 Atenas); 200.000 ejemplares, suplemento semanal, www.enet.gr/ Hungría. Sociedad LMD Hungary Kiadó KFT. (1026 Budapest, Szilágyi E. Fasor 101); 5.000 ejemplares, mensual. India. Hard News. (Gautam Nagar 110049, Nueva Delhi); 40.000 ejemplares, suplemento mensual en inglés. Irán. Sedaye Edalat. (60/6 rue Sarve, Ave Vali Asr, Teherán); 5.000 ejemplares, supl. mensual. Irlanda. Village. (44 Westland Row, Dublin 2); suplemento semanal en inglés. Italia. Il Manifesto. (via Tomacelli 146, Roma 00186); 90.000 ejemplares, suplemento mensual, www.ilmanifesto.it/MondeDiplo/ Luxemburgo. Tageblatt. (44, rue du Canal, 4050 Esch-sur Alzette); 30.000 ejemplares, suplemento mensual en alemán. Mundo anglófono. The Guardian Weekly. (The Guardian Weekly, 75 Farrington Road, London EC1M 3HQ); distribución por suscripción, suplemento mensual. Mundo árabe. La versión árabe es editada por la filial Le Monde diplomatique Editions Arabes disponible por suscripción (www. mondiploar.com); publicada en varios diarios de Medio Oriente, el Golfo y el Magreb. Noruega. Diplo AS. Distribuido en Noruega, Suecia, Finlandia y Dinamarca (Tostrup Terrasse 1, 0271 Oslo); 30.000 ejemplares, supl. mensual, www.diplomatique.net Perú. Altermundo Comunicaciones SAC. (Av. José Pardo 741, 4to. piso, Lima); 10.000 ejemplares, mensual. Polonia. Livres et presse. (Rue twarda, 60, Varsovia); 10.000 ejemplares, mensual. Portugal. Campo da Comunicaçao. (Rua D. Manuel II, 33, 5º, 4050-345, Porto); 20.000 ejemplares, mensual. Puerto Rico. Semanario Claridad. (Calle Borinquena 57, Urb. Santa Rita, San Juan, 00925, Puerto Rico); 20.000 ejemplares, suplemento semanal. Rumania. Dans le même bateau. Mensual. Rusia. Novaya Gazeta. (Potapovskiy pereulok, Moscú, 101990); 90.000 ejemplares, suplemento quincenal. Serbia. Nin. 30.000 ejemplares, supl. semanal. Sudáfrica. Die Vrye Afrikaan. (PO Box 675, Durbanville, 7551, Sudáfrica); suplemento mensual en afrikaans. Suiza. El semanario WochenZeitung. (Hardturmstrasse 66, Postfach 8031, Zurich); 20.000 ej., suplemento mensual. En total, la difusión de Le Monde diplomatique y de sus distintas ediciones (62 ediciones internacionales en 24 idiomas; 31 impresas y 31 en internet) supera los 1.900.000 ejemplares. En internet Catalán: www.mondiplomatic.com Chino: http://cn.mondediplo.com Esperanto: http://eo.MondeDiplo.com Inglés: http://Mondediplo.com Japonés: www.diplo.jp Portugués (Brasil): www.diplo.com.br
Edición cono sur Carlos Gabetta Director Carlos Alfieri Creusa Muñoz Luciana Rabinovich Pablo Stancanelli Redactores Teresa Garufi Patricia Minarrieta Gustavo Recalde Mariana Saúl Lucía Vera Carlos Alberto Zito Traductores Julia Ariza Corrección Es una producción de Capital Intelectual S.A. Francisco Acuña de Figueroa 459. Buenos Aires 1180. Argentina Teléfono: +5411 4864 3692 / 4866 1881 Telefax: +5411 4861 1687 secretaria@eldiplo.org www.eldiplo.org
3
francia Hubert Beuve-Méry Fundador Serge Halimi Presidente del Directorio y Director de la Redacción Alain Gresh Director General Bruno Lombard Director de Gestión Maurice Lemoine Jefe de Redacción Dominique Vidal Responsable de las ediciones internacionales 1-3 rue Stephen-Pichon, 75013 París Teléfono: +331 53 94 96 21 Fax: +331 53 94 96 26 secretaria@monde-diplomatique.fr www.monde-diplomatique.fr