MAPA CONCEPTUAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991

¿Quien la realiza?

PREÁMBULO

El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona lo siguiente:

Consta de 13 titulos y 380 articulos permanentes

Título 1 - De los principios fundamentales

DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Título 2 - De los derechos, las garantías y los deberes Capítulo 1: De los derechos fundamentales

GARANTIAS cap 1

Articulos del 11 al 41

Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.

Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su protección.

Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.

Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.

Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.

Articulo 40. (...)Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.

Capítulo 2: De los derechos sociales, económicos y culturales

Articulos del 42 al 77

GARANTIAS cap 2

CONTEXTO ECONÓMICO

Artículo 42 (...) El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. (...) Articulo 44 (...) La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. (...)

Articulo 53 El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. (...) garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario (...) El estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales. (...)

Articulo 45 (...) El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.

Articulo 54 (...) garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.

Articulo 46 (...) Las personas de la tercera edad (...). El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.

Articulo .56 Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador.

Articulo 48 (...) Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social. (...)

Artículo 58. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, (...)

Articulo 49 (...) Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. (...)

Articulo 68. (...) La Ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente. (....)

Capítulo 3: De los derechos colectivos y del ambiente

Articulos del 78 al 82

GARANTIAS cap 3 Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Articulo 78. (...)El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. (...)

Capítulo 4: De la protección y aplicación de los derechos

Articulos del 83 al 94

Capítulo 5: De los deberes y obligaciones

Articulo 95

Título 3 - De los habitantes y del territorio

CONTEXTO POLITICO

Capítulo 1: De la nacionalidad Capítulo 2: De la ciudadanía Capítulo 3: De los extranjeros Capítulo 4: Del territorio

Articulos del 96 al 102

Título 4 - De la participación democrática y de los partidos políticos Capítulo 1: De las formas de participación democrática Capítulo 2: De los partidos y de los movimientos políticos Capítulo 3: Del estatuto de la oposición

GARANTIAS Titulo 3

Articulos del 103 al 112

Articulo 107. Se garantiza a todos los nacionales el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse. También se garantiza a las organizaciones sociales el derecho a manifestarse y a participar en eventos políticos.

Artículo 112. Los partidos y movimientos políticos que no participan en el Gobierno podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste y plantear y desarrollar alternativas políticas. Para estos efectos, salvo las restricciones legales, se garantizan los siguientes derechos: de acceso a la información y a la documentación oficiales

Título 5 - De la organización del estado Capítulo 1: De la estructura del estado

Articulos del 113 al 121

Artículo 113. Son Ramas del Poder público, la legislativa, la ejecutiva, y la judicial. Además de los órganos que las integran existen otros, autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.

Capítulo 2: De la función pública

Articulos del 122 al 131

Título 6 - De la rama legislativa

Articulos del 132 al 187

CONGRESO

PROMULGA Y MODIFICA LAS LEYES, REFORMA LA CONSTITUCIÓN Y EJERCE PODER POLITICO SOBRE LAS ACCIONES DEL GOBIERNO

Título 7 - De la rama ejecutiva

SENADO 166 INTEGRANTES CAMARA DE REPRESENTANTES 166 INTEGRANTES REPRESENTA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA QUIEN ES EL JEFE DE ESTADO Y JEFE DE GOBIERNO. TAMBIEN ESTA INTEGRADO POR LOS MINISTROS, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, ETC.

Capítulo 1: Del presidente de la república Capítulo 2: Del gobierno Capítulo 3: Del vicepresidente Capítulo 4: De los ministros y directores de los departamentos administrativos Capítulo 5: De la función administrativa Capítulo 6: De los estados de excepción Capítulo 7: De la fuerza pública Capítulo 8: De las relaciones internacionales

ORGANISMOS DE CONTROL

VIVIANA CARDENAS RAMIREZ DISEÑO INDUSTRIAL ETICA CIUDADANA Y CONSTITUCIÓN

JULIO ARMANDO RODRIGUEZ ORTEGA 23 ABRIL 2015 FUAC

Título 8 - De la rama judicial

Articulos del 188 al 227

LA RAMA JUDICIAL VELA POR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y CASTIGA A SUS INFRACTORES. EL PODER JUDICIAL ESTA CONFORMADO POR LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN Y LAS ALTAS CORTES

Capítulo 1: De las disposiciones generales Capítulo 2: De la jurisdicción ordinaria Capítulo 3: De la jurisdicción contencioso administrativa Capítulo 4: De la jurisdicción constitucional Capítulo 5: De las jurisdicciones especiales Capítulo 6: De la fiscalía general de la nación Capítulo 7: Del consejo superior de la judicatura

Articulos del 228 al 257

Título 9 - De las elecciones y de la organización electoral Título 10 - De los organismos de control Título 11 - De la organización territorial Título 12 - Del régimen económico y de la hacienda pública

Articulos del 258 al 373

Título 13 - De la reforma de la constitución Articulos del 374 al 380

ALGUNOS EJEMPLOS DE REFORMAS TOTAL (34) REFORMAS 4. Álvaro Uribe Vélez (Primero Colombia):

-Acto legislativo 3 de 2002 (diciembre 19). "Por el cual se reforma la Constitución Nacional", en su artículos 116 y 250, para dar vía libre al Sistema Oral Acusatorio. Define quién ejerce las funciones judiciales y con qué alcances, como la Fiscalía General de la Nación, e incluye el concepto de cadena de custodia. Son los jueces los que expedirán los fallos y no la Fiscalía. Así se estipuló con las reformas posteriores a los Códigos Penal y de Procedimiento Penal. -Acto legislativo 1 de 2003 (julio 3). "Por el cual se adopta una Reforma Política Constitucional y se dictan otras disposiciones". De esta forma se buscó acabar con la denominada "operación avispa", los partidos políticos de garaje y estableció el umbral (2% del total de los votos), la cifra repartidora y las listas abierta y cerrada para los cargos de elección popular, como al Congreso, concejos y asambleas. -Acto legislativo 2 de 2003 (diciembre 18). "Por medio del cual se modifican los artículos 15, 24, 28 y 250 de la Constitución política para enfrentar el terrorismo". En su momento se conoció como el "estatuto antiterrorista", pero fue declarado inexequible por la Corte Constitucional. En él se establecía un padrón o censo de habitantes en zonas de difícil orden público, y permitía que, "a través de una ley estatutaria se reglamentaran las interceptaciones de comunicaciones o registro de correspondencia y demás formas de comunicación privada, sin previa orden judicial". -Acto legislativo 1 de 2002 (enero 7). "Por medio del cual se modifica el inciso 5º del artículo 133 de la Constitución". Estableció la pérdida de derechos políticos y el veto para inscribirse como candidatos a cargos de elección popular "a quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la comisión de delitos que afecten el patrimonio del Estado". Tampoco podrán celebrar contratos directamente o por intermedia persona, o ser elegidos o designados como servidores públicos. -Acto legislativo 2 de 2004 (diciembre 27). "Por el cual se reforman algunos artículos de la Constitución Política". Este es el acto legislativo que permitió la reelección presidencial. Modificó los artículos 127, 197 y 204 de la Carta Magna. Estableció que "nadie podrá ser elegido para ocupar la Presidencia de la República por más de dos períodos". Además que "quien ejerza o haya ejercido la Presidencia de la República antes de la vigencia del presente Acto Legislativo sólo podrá ser elegido para un nuevo período presidencial".

-Acto legislativo 1 de 2005 (julio 22). "Por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución". Precisa y modifica alcances de la legislación pensional en Colombia. Acaba con los regímenes especiales o exceptuados de pensiones, salvo el de las fuerzas armadas y del Presidente de la República. Dice garantizar los derechos adquiridos, la sostenibilidad financiera del sistema pensional y asumir el pago de los pasivos pensionales posteriores a la vigencia de este acto legislativo". -Acto legislativo 2 de 2005 (julio 22). "Por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución". Precisa las circunscripciones territoriales, especiales e internacional para la Cámara de Representantes. Para la elección de representantes a la Cámara, cada departamento y Bogotá, Distrito Capital, conformarán una circunscripción territorial. Acto legislativo 3 de 2005 (diciembre 29). "Por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución". Con este acto legislativo se modifica el anterior, (2 de 2005) y precisa los montos de población para cada circunscripción. Mientras en el acto legislativo 2 se hablaba de que habría dos representantes a la Cámara por cada 250 mil personas, esta nueva reforma dice que esos dos representantes se tomarán por cada 365 mil habitantes o fracción mayor de 185 mil que tengan en exceso sobre los primeros. Indica además que en 2014 la base para la asignación de curules se ajustará en la misma proporción del crecimiento de la población nacional. -Acto legislativo 1 de 2007 (junio 27). "Por medio del cual se modifican los numerales 8 y 9 del artículo 135, se modifican los artículos 299 y 312, y se adicionan dos numerales a los artículos 300 y 313 de la Constitución". Especifica el alcance de las citaciones a ministros, superintendentes, o directores de departamentos administrativos, por parte del Congreso de la República. Se aclara la petición de moción de censura contra alguno de los funcionarios mencionados. El mismo caso se replica para las asambleas departamentales y funcionarios regionales. Esta reforma fue promovida por el senador Eduardo Enríquez Maya (Partido Conservador).


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