Módulos
para formadores y formadoras de la Escuela de Reparaciones
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Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
Justicia Transicional
Antecedentes Normativos e Institucionales de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras
Aspectos Fundamentales de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras
Participación Efectiva de las Víctimas
Registro
Atención y Asistencia
Justicia Transicional Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas Paula Gaviria Betancur Directora General Iris Marín Ortiz Subdirectora General María Eugenia Morales Castro Directora de Reparación Integral Alicia Jacqueline Rueda Rojas Subdirectora de Reparación Individual Escuela de Reparaciones Diego Fernando Sevilla Cortés
Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) Peter Natiello Director Misión en Colombia John Allelo Director de la Oficina de Poblaciones Vulnerables Ángela Suárez Gerente del Programa de Fortalecimiento Institucional para las Víctimas
Organización Internacional para las Migraciones (OIM) Alejandro Guidi Jefe de Misión, Colombia
Reparación Integral Individual
Reparación Integral Colectiva
Garantías de no Repetición
Kathleen Kerr Jefe de Misión Adjunta, Colombia Fernando Calado Director de Programas Camilo Leguízamo Coordinador Programa de Fortalecimiento Institucional para las Víctimas María Ángela Mejía Gerente de Justicia Transicional
Ruta Integral de Atención, Asistencia y Reparación Integral
Diego Peña Especialista en Justicia Transicional
Esta publicación fue posible gracias al apoyo del gobierno de Estados Unidos de América a través de su Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID). Sus contenidos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan las opiniones de USAID, del Gobierno de Estados Unidos de América o de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).
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Justicia Transicional
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Equipo técnico
Escuela de Reparaciones Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas Contenido temático Diego Fernando Sevilla Cortés Alba Rocío Santana González Carolina Quintero Morales María Alejandra Acosta Jiménez Wilson Alberto Martínez Ramírez José Daniel Rodríguez Gualteros Nelly Mercedes Ariza Santoyo Jean Pierre Meziat Castro Supervisión gráfica Oficina Asesora Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas Carolina Mantilla Vega Adaptación pedagógica y comunicativa, diseño y producción general Taller Creativo de Aleida Sánchez B. Ltda. www.tallercreativoaleida.com.co Adaptación pedagógica y comunicativa Alba Raquel Vergara Miguel Ortíz Betancur Jorge Camacho Velásquez Revisión de contenido jurídico Lucía Nieto Méndez Herramientas lúdico pedagógicas Emily Johana Quevedo Pinzón Nancy Valderrama Castiblanco Diseño y diagramación Zamara Zambrano Sánchez Daniela Rodríguez Santarelli Corrección de estilo Miguel Ortíz Betancur Gabriel Gómez Mejía Diseño íconos de herramientas Aleida Sánchez Buitrago Bibiana Alturo Mendoza Dirección de arte y producción general Aleida Sánchez Buitrago Ilustraciones originales de personajes Escuela de Reparaciones Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas Primera Edición 14 unidades Marzo de 2016 Producto hecho en Bogotá D.C, Colombia Editorial OIM - Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
Contenido 4 5
Sumario
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Algo de historia
Yo me presento, la presento a ella, ellos se presentan, nosotros nos presentamos
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• Atenas en el 411 a.C. y 403 a.C. • Restauraciones francesas en 1814 y 1815 • Final de la Segunda Guerra Mundial (1945) • Fin de la Guerra Fría (1991) • El estado estable
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Definición de justicia transicional
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Derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación
Principios de la justicia transicional
Recursos 28
• Derecho a la verdad • Derecho a la justicia • Derecho a la reparación
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Justicia Retributiva, Justicia Restaurativa y Justicia Transicional
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Justicia Transicional en Colombia
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• Resumen de normas y sentencias Ejercicios pedagógicos para funcionarios-as
• Un juicio sobre la verdad • El nudo y el círculo Ejercicios pedagógicos para víctimas del conflicto armado
• Escultura conjunta • Cuentos de justicia y paz
• El Marco Jurídico para la Paz Cierre de la sesión: la reconciliación, camino hacia la paz
Normas sobre el tema
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Preguntas sobre el tema
Sumario La Ley 1448 de 2011 es una expresión de un marco de justicia transicional que, como se verá en este módulo, es aquella que permite pasar de situaciones de conflicto armado a situaciones de paz, de escenarios con graves violaciones a los derechos humanos a escenarios de reconciliación, soportados en la verdad, la justicia y la reparación a las víctimas. Por esta razón, es necesario que tanto las personas que trabajan con la Unidad como las que están vinculadas a las distintas entidades del SNARIV, así como las propias víctimas, se familiaricen con este concepto para que entiendan mejor su actuación en este campo. Así pues, el objetivo de este módulo es presentar este concepto inspirador de la Ley 1448 de 2011. En los Recursos de este módulo encontrará cuatro ejercicios pedagógicos, dos para funcionarioas y dos para víctimas del conflicto armado, útiles para afianzar los conocimientos sobre este tema.
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Yo me presento, la presento a ella, ellos se presentan, nosotros nos presentamos Dé inicio a la sesión con una breve presentación suya, indicando claramente su nombre y cargo. Presente luego la Escuela de Reparaciones, que es de dónde usted viene. Una manera breve y precisa de hacerlo es utilizando el vídeo “¿Qué es la Escuela de Reparaciones?”, cuyo enlace es https://youtu.be/wngQzYjd-Dk Luego invite a las personas asistentes a presentarse. Para ello, utilice alguna de las dinámicas de presentación propuestas en este manual u otra que conozca y sea divertida. Después explique los aspectos logísticos, tales como horarios de trabajo y descanso, refrigerio o almuerzo y cualquier otra indicación de este tipo que sea del caso. Acuerde con el grupo las reglas de juego para la sesión, según lo señalado en los lineamientos propedéuticos. Anuncie que el tema de la sesión es la justicia transicional. Invite a una lluvia de ideas para explorar saberes previos e imaginarios del grupo en formación sobre este tema. Pregunte: ¿Cuando ustedes relacionan la palabra “justicia” con la palabra “transición” qué resulta? Con los aportes de las personas participantes construya la siguiente respuesta, que será la primera aproximación al concepto:
QQ Es un tipo de justicia a la que recurren los países que han afrontado episodios graves y sistemáticos de violaciones de los Derechos Humanos.
QQ Se caracteriza por ser aplicada cuando un país
realiza una transición de un régimen autoritario a uno democrático (como en el Cono Sur), de un estado de guerra a uno de paz (como en Centroamérica), o de una situación de violación sistemática de los Derechos Humanos, aceptada y reconocida por un Estado que pasa a ser garante de los mismos (como en Canadá y Australia).
QQ Busca generar condiciones para una paz duradera:
búsqueda de la verdad, enjuiciamiento a los victimarios, reparación a las víctimas y reformas institucionales y sociales para evitar que los hechos se repitan.
Entonces pregunte: ¿Por qué es necesaria la justicia transicional en Colombia? Tenga en cuenta las respuestas a esta pregunta para recuperarlas al final de la sesión de formación.
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Algo de historia De acuerdo al público y al tiempo de que disponga, analice la pertinencia de este breve recorrido por la historia del concepto. Si no tiene tiempo vaya directamente a la definición o identifique desde donde puede comenzar. Si decide hacer algo de historia, empiece por mencionar que es importante presentar la evolución del concepto debido a que, por la reciente y creciente exposición mediática que tiene, puede caerse en el error de concebirlo como un fenómeno contemporáneo, desconociendo sus manifestaciones más antiguas.
Atenas en el 411 a. C. y 403 a. C. Existen procesos de transición que se remontan a la época antigua. En Atenas, entre el 411 y el 403 a.C., los ciudadanos sufrieron el derrocamiento de la democracia a manos de una oligarquía, seguido de la derrota de los oligarcas y la restauración de la democracia1. En ambos periodos transicionales se constituyeron “regímenes intermedios”, durante los cuales quienes tomaron el poder enjuiciaron a sus opositores. Ahora bien, en cada caso la justicia transicional persiguió objetivos diferentes. En 411 su objetivo fue principalmente retributivo, mientras que en 403 la reconciliación fue determinante; pero en ambos, hubo acciones particulares y no se presentaron leyes retroactivas. El universo de actores estuvo compuesto por victimarios, víctimas, miembros de la facción en el poder, miembros de la resistencia, población neutral y aquellos que se beneficiaron de las acciones de los oligarcas. 1 Elster, J. (2006). Rendición de cuentas: la justicia transicional en perspectiva histórica. Buenos Aires: Katz, pág. 17.
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Restauraciones francesas en 1814 y 1815 En las primeras décadas del siglo XIX, durante las restauraciones francesas en 1814 y 1815, se encuentran procesos de transición que también merecen ser mencionados. En la primera restauración, el nuevo régimen no inició juicios o purgas generalizadas de funcionarios heredados de sus predecesores2, mientras que en la segunda hubo una mayor aplicación de la fuerza para aquellos involucrados con las fuerzas contrarias; incluso se impuso una fecha límite para otorgar perdones a determinados colaboradores del régimen anterior. En esta última también se impusieron sanciones financieras a los colaboracionistas.
Final de la Segunda Guerra Mundial (1945) En años recientes, en la conceptualización y aplicación de justicia transicional se pueden distinguir, siguiendo a Teitel3, tres grandes momentos, y el fin de la Segunda Guerra Mundial es el primero de ellos. En este momento la justicia transicional reviste unas características asociadas a los juicios de Núremberg y Tokio, en los cuales se implementó una justicia cuyo objetivo central fue delinear la guerra injusta y demarcar los parámetros de un castigo impuesto por la comunidad internacional. Se dio respuesta legal a hechos atroces desde el derecho de los conflictos armados.
2 Ibídem, pág. 45. 3 Teitel, R. (2003) Transitional Justice Genealogy. Publicado en Harvard Human Rights Journal, Vol. 16, Spring 2003, Cambridge, MA, pp. 69-94. Traducido al español por el Centro de Derechos Humanos, Facultad de Derecho, Universidad de Chile.
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Fin de la Guerra Fría (1991) Al terminar el enfrentamiento entre las dos potencias mundiales, la Unión Soviética y los Estados Unidos, debido al colapso económico, político y social de la primera, el soporte ideológico y financiero de una serie de grupos rebeldes que se encontraban en armas y de dictaduras que se encontraban en el poder, desapareció. Se iniciaron entonces una serie de transiciones para finalizar conflictos armados internos (como en Centroamérica) o para retornar a la democracia (como en Suramérica). En este momento primó el sentido pragmático de la justicia, reconociendo las dificultades para aplicarla en democracias débiles que recién salían de regímenes autoritarios o de conflictos armados internos. La justicia transicional se caracteriza por la renuncia a los procesos penales ordinarios, la adopción de métodos alternativos para el esclarecimiento de la verdad y el establecimiento de responsabilidades en los hechos. El concepto de justicia aplicado en estas transiciones supera el enfoque retributivo y se acerca al enfoque restaurativo.
El estado estable Es el último momento de esta genealogía. Un estado en el cual se ha expandido el discurso de la justicia transicional como resultado de la ampliación del Derecho de la Guerra, sustentando la incursión en todos los campos del sistema humanitario para hacer frente a los nuevos desafíos que trae la conflictividad contemporánea, por ejemplo el terrorismo. En esta nueva etapa logra percibirse un lenguaje encaminado a la constitución de una moralidad universal que impregna el discurso de la justicia transicional y también el esfuerzo por distinguir entre los contextos de normalidad y los de transición.
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Recomendaciones y reflexiones QQ Para el desarrollo de esta parte del tema estudie algunos de los casos de justicia transicional mencionados: los juicios de Núremberg y Tokio, y especialmente algunas transiciones en América (El Salvador, Guatemala, Bolivia, Paraguay, Brasil, Argentina y Chile), de manera que pueda utilizarlos como ejemplo.
Definición de justicia transicional Comente que el concepto de justicia transicional ha tenido un amplio desarrollo en la época contemporánea y por lo tanto existen distintas definiciones. La que ha adoptado la Escuela de Reparaciones incluye tanto sus elementos constitutivos como los fines que persigue. Esta manera de elaborar el concepto permite una mejor comprensión de esta forma de aplicar justicia y de las dinámicas que surgen en su contexto. Reitere que la justicia transicional es una forma de aplicar justicia a las que recurren los países cuando han afrontado episodios graves y sistemáticos de violaciones a los derechos humanos y hacen la transición de un régimen autoritario a uno democrático, de un estado de guerra a uno de paz o de una situación de violación sistemática de los Derechos Humanos aceptada y reconocida por el Estado, que pasa a ser garante de los mismos.
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Cite a Terry Karl4, quien sostiene, con base en un estudio de los procesos de democratización en América Latina, que estas transiciones pueden ser sencillas o dobles. Las transiciones sencillas son aquellas en las que los países pasan del autoritarismo a la democracia. Ejemplos del paso de una dictadura a un proceso democrático son los casos de Paraguay (1954-1989), Brasil (19641985), Uruguay (1973-1985), Chile (1973-1990), Argentina (1976-1983) y Bolivia (1964-1981), los cuales sufrieron largos períodos de represión bajo dictaduras militares que compartían un fundamento ideológico común. En las transiciones dobles los países pasan de un estado de guerra a uno de paz, pero dicha transición no se termina con el fin de la confrontación, sino que, dado que una de las partes en conflicto fue el gobierno de turno en representación del Estado, se debe realizar un proceso de profundización de la democracia posterior a la firma de la paz. Ejemplos de este tipo de transición son los casos de El Salvador (1980-1991), Guatemala (1962-1996), Perú (1980-2000) y Colombia (1964-¿?), países que han sufrido o sufren las consecuencias de violentos conflictos armados de carácter interno. Como el tercer contexto de aplicación de la justicia transicional es menos conocido, el de aquellos países que la han aplicado sin haber existido un conflicto armado interno o un régimen reconocidamente autoritario, haga una breve descripción del caso canadiense: Durante más de 100 años, los niños indígenas en British Columbia y en otras regiones de Canadá, fueron apartados de sus hogares y comunidades, y trasladados a internados en los que, además de estar prohibidas las tradiciones culturales y las lenguas nativas, eran habituales los malos tratos físicos, psicológicos y sexuales. Las consecuencias de esta clara violación a los Derechos Humanos −pérdida de la lengua y la cultura, problemas psicológicos y sociales como el consumo de drogas y el alcoholismo- siguen vigentes dentro de las comunidades indígenas y también como fuerza que afecta la relación entre esas poblaciones y el Gobierno. Por tal razón fue necesaria la implementación 4 Karl ,T. (1990) Dilemas de la democratización en América Latina. Una versión en inglés de este artículo apareció la revista Comparative Politics, vol. 23, núm. 1, octubre, 1990.
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de la justicia transicional para superar esta situación, empezando por una Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Canadá, la cual se constituyó en junio de 2008 con el mandato de investigar qué ocurrió realmente en los Internados Indígenas, auspiciados por el Gobierno y gestionados por la iglesia.
Contextos de aplicación de la Justicia Transicional Conflicto armado
Paz
Dictadura
Democracia
Violación sistemática DDHH
Reconocimiento de las obligaciones estatales
Una vez ejemplificados estos tres contextos de aplicación de la justicia transicional, precise que los elementos que constituyen su núcleo, de acuerdo al reporte de 2004 del Secretario General de las Naciones Unidas, son: la justicia penal, el esclarecimiento de la verdad, la reparación a las víctimas y las reformas institucionales, especialmente aquellas tendientes a “depurar” los servicios de seguridad5. Estos elementos deben ser comprendidos en conjunto y no como engranajes autónomos que, de acuerdo a la situación, deban ser aplicados o no. En resumen, la justicia transicional se refiere a un conjunto de medidas que pueden ser implementadas para hacer frente al legado de los abusos masivos de derechos humanos, donde “hacer frente al legado” de tales abusos significa, demostrar la vigencia de las normas de derechos humanos que fueron sistemáticamente violadas. 5 De Greiff, Pablo (2011). Algunas reflexiones acerca del desarrollo de la Justicia Transicional. En: Anuario de Derechos Humanos 2011. pp. 17-39. Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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Recomendaciones y reflexiones
Ley 975 de 2005, más conocida como Ley de Justicia y Paz, por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOML) que contribuyeran de manera efectiva a la consecución de la paz nacional.
QQ La breve descripción del caso canadiense fue tomada de la página del ICTJ, donde usted puede indagar más: https://www.ictj. org/es/news/canada-se-enfrenta-al-pasado- QQ Estudie la presentación sobre Mecanismos de mediante-un-dialogo-intergeneracional Justicia Transicional en Colombia que aparece en la página del Centro Internacional para QQ El caso australiano es similar al canadiense. Allí la Justicia Transicional (ICTJ por sus siglas en también fue una práctica común apartar a niñas inglés), disponible en el siguiente link: https:// y niños de los pueblos originarios y llevarlos a www.ictj.org/colombia-linea-tiempo/index.html internados católicos. Indague más sobre este caso en:https://www.ictj.org/es/comisiones-de-la- QQ Mencione que uno de los aspectos más importantes verdad-y-derechos-indigenas_que-esta-en-juego a tener en cuenta para el tránsito exitoso del QQ Destaque que los procesos penales que se efectúan en el marco de una transición a la paz, deben ir acompañados de medidas, programas o reformas institucionales que favorezcan la verdad, la justicia y la reparación integral a las víctimas del conflicto. QQ Si lo considera pertinente, puede hacer referencia a marcos normativos de justicia transicional creados en Colombia, como la
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conflicto armado a la paz en Colombia es el de la justicia transicional: esclarecer la verdad y enjuiciar a los responsables de graves violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, está en la base del de la reparación integral a las víctimas y de la reconciliación.
Principios de la justicia transicional Precise que para establecer mecanismos adecuados de justicia transicional es necesario entender las particularidades históricas sociales, económicas y políticas de la violencia que ha vivido cada país. Atendiendo a estas particularidades, las legislaciones nacionales adoptan procedimientos que permiten hacer el tránsito a la paz, sin dejar de lado la verdad, la justicia y la reparación a las víctimas del conflicto armado, teniendo en cuenta los principios que caracterizan la justicia transicional:
Excepcionalidad y transitoriedad. Lo excepcional es lo que se aparta de lo ordinario, en este caso de las normas y procedimientos ordinarios de hacer justicia en el país. Lo transitorio es lo que dura poco tiempo. Ante la evidencia de graves y muy numerosas violaciones a los Derechos Humanos, estos dos principios apuntan a crear una especie de paréntesis donde sea posible la paz, la democracia y/o el reconocimiento de derechos, garantizando al mismo tiempo y de manera realista una protección integral a los derechos individuales y colectivos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. Creación de Comisiones de la Verdad, encargadas de investigar los hechos de violencia y los responsables de las violaciones sistemáticas y generalizadas a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Nuevas normas penales, tanto sustanciales como procedimentales, con el fin de investigar y sancionar a los autores o responsables de los crímenes que generaron los hechos de violencia. Protección a las víctimas de tales hechos, garantizándoles los derechos a la verdad y la justicia. Reparación integral a las víctimas de los daños y perjuicios tanto morales como materiales que se les hubieren causado por los hechos violentos. Reforma de instituciones públicas que, de alguna manera, permitieron o facilitaron la violación de los Derechos Humanos y del DIH. Estas reformas apuntan a reconstruir la confianza entre la ciudadanía y sus instituciones públicas, y a generar condiciones que prevengan la repetición de los hechos violentos.
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Recomendaciones y reflexiones QQ Mencione la aplicación del enfoque diferencial en la justicia transicional, haciendo referencia a la denominada justicia de género que, para el ICTJ constituye un elemento central «para explorar las diferencias en la forma como los hombres y las mujeres viven los conflictos y las violaciones a los derechos humanos. Esta incluye la judicialización de perpetradores de violencia de género, las reparaciones a grupos de mujeres y sus familias, las iniciativas de memoria que reconozcan las experiencias de las mujeres, y reformas institucionales que satisfagan tanto las necesidades de seguridad como el acceso de las mujeres a la justicia».
Derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación Mencione que estos tres derechos son los pilares de la Justicia Transicional. Insista en que en un proceso de transición deben ser contemplados para garantizar la construcción de una paz y democracia duraderas.
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Deben ser abordados integradamente ya que, según la Comisión Colombiana de Juristas6: “Si no hay verdad, la justicia es incompleta. Sin verdad, no es posible establecer quiénes son responsables de las violaciones a Derechos Humanos y de infracciones al Derecho Internacional Humanitario. Sin justicia no hay reparación y sin reparación no hay suficientes posibilidades de evitar que las atrocidades vuelvan a ocurrir”.
Derecho a la verdad Mencione que el derecho a la verdad se refiere a la obligación de los Estados de proporcionar información a las víctimas del conflicto armado, a sus familiares y a la sociedad en su conjunto sobre las circunstancias en que se cometieron violaciones graves de los Derechos Humanos. Incluye la enumeración de los hechos victimizantes, la identidad de los autores, las causas de los mismos y las circunstancias en las que se cometieron. Luego hable de la doble dimensión, individual y colectiva, de este derecho. La dimensión individual consiste en el libre acceso de la víctima o sus familiares al conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos, las motivaciones de los mismos, el destino de los cuerpos, en los casos de desapariciones forzadas o asesinatos, y el estado de las investigaciones oficiales. 6 Comisión Colombiana de Juristas (2007). Principios internacionales sobre impunidad y reparaciones. Compilación de documentos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Disponible en: http://www.coljuristas.org/documentos/ libros_e_informes/principios_sobre_impunidad_y_reparaciones.pdf
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En su dimensión colectiva, el derecho a la verdad supone el deber de recordar para evitar que se repitan en el futuro estos hechos o esas tergiversaciones de la historia que llevan por nombre “revisionismo” y “negacionismo”. La reconstrucción de la memoria histórica de estos sucesos violentos, permite la comprensión de las causas que los generaron y la creación de un ambiente de convivencia que impida su repetición a futuro. Pida a las personas participantes que mencionen ejemplos que permitan ilustrar cómo el derecho a la verdad aporta a la reparación de las víctimas y a la reconciliación. Recapitule apoyándose en los siguientes enunciados sobre el derecho a la verdad: QQ
QQ QQ QQ
Es un proceso a través del cual se sabe qué hechos victimizantes ocurrieron, por qué ocurrieron, cómo ocurrieron, quiénes los cometieron y a quiénes afectaron. Es un derecho de las víctimas y de la sociedad. El Estado es el responsable de garantizar el derecho a la verdad. Implica el deber de recordar para evitar que se repitan los hechos.
Derecho a la justicia Las víctimas del conflicto armado y sus familiares tienen derecho a que se adelante una investigación penal rápida, minuciosa e imparcial de los hechos victimizantes, que establezca la verdad, y a que los autores de los mismos (incluidos cómplices y beneficiarios) sean procesados, juzgados y sancionados con la imposición de una pena alternativa. Las penas alternativas significan beneficios para los victimarios a cambio de la renuncia a la violencia, la revelación de la verdad, el ofrecimiento de excusas públicas y la reparación a las víctimas.
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De modo que el derecho a la justicia de las víctimas impone obligaciones al Estado: la de investigar los hechos victimizantes y la de procesar y sancionar a sus autores. Si bien el Estado debe garantizar el debido proceso, la aplicación de la justicia debe realizarse en un marco garantista de la protección de las víctimas y cumpliendo la obligación de imponer penas adecuadas a los responsables de delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y vulneraciones graves a los Derechos Humanos.
Enfatice en que no es posible una paz duradera si no se satisface efectivamente la necesidad de justicia de las víctimas y de la sociedad en su conjunto.
Derecho a la reparación Explique al grupo que este derecho busca compensar, en la medida de lo posible, los daños y perjuicios sufridos por las víctimas de las violaciones a los Derechos Humanos. Es deber del Estado responder por estos daños que incluyen el homicidio o la desaparición forzosa de seres queridos, la pérdida de tierras y bienes, el desplazamiento forzado, las lesiones permanentes o no, el secuestro y la tortura, entre otros. Son daños que afectaron de manera grave el proyecto de vida de las víctimas y por los cuales deben ser reparadas. Mencione que la reparación, además de individual, debe ser colectiva, con especial atención a aquellas comunidades afectadas por la ocurrencia de hechos de violencia sistemática. Como dice el ICTJ7: “Las reparaciones proclaman públicamente que las víctimas tienen derechos y, a causa de la violación de los mismos, deben ser compensadas”.
7 ICTJ. (2014). Reparaciones. Tipos de reparaciones. Disponible en: http://ictj.org/es/our-work/transitional-justice-issues/reparaciones
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De acuerdo con Joinet8, la reparación deberá abarcar todos los daños y perjuicios sufridos por las víctimas. Comprende, por una parte, medidas individuales de reparación como la restitución, la indemnización y la rehabilitación y, por otra, medidas de satisfacción de alcance general. Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha interpretado el derecho a la reparación como restitución del derecho y/o rehabilitación e indemnización de la afectación, con el objetivo de “hacer desaparecer los efectos de las violaciones cometidas”.
Señale que dicha reparación requiere de todas las esferas de la sociedad para ser efectiva, ya que debe ser integral. Haga referencia a la Ley 1448 de 2011, la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, la cual establece que las víctimas del conflicto armado tienen derecho a ser reparadas de manera adecuada, diferenciada, transformadora y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia de las violaciones a sus derechos fundamentales. Mencione que en esta ley la reparación comprende medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción, indemnización y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica. Dichas medidas deben responder a las necesidades específicas de la víctima, su familia y su comunidad, adoptando un enfoque diferencial.
Explique que este tema se trata con mayor profundidad en los módulos Reparación Integral Individual y Reparación Integral Colectiva. Señale que las medidas de asistencia, están orientadas a restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas, brindarles condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social, económica y política, son complementarias a las medidas de reparación integral, pero no las sustituyen o reemplazan. La atención humanitaria que reciben las víctimas de desplazamiento forzado o la ayuda humanitaria que reciben las víctimas de otros hechos victimizantes, no constituyen reparación, ni se equiparan a la indemnización administrativa o judicial a la que tienen derecho las víctimas. 8 Joinet, L. (1997). La cuestión de la impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos (civiles y políticos). Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de las Minorías. Organización de las Naciones Unidas.
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Luego, mencione que la reparación integral de las víctimas tampoco debe confundirse con los programas de prestación de servicios sociales del Estado, que se deben garantizar de manera ordinaria a toda la población a través de políticas públicas de vivienda, educación, salud y asistencia humanitaria en caso de desastres9.
Recomendaciones y reflexiones QQ Repase el Módulo Aspectos Fundamentales de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. QQ Lea el artículo de Dorys Ardila titulado Justicia transicional: principios básicos, disponible en: http://escolapau. uab.cat/img/programas/derecho/justicia/doc004.pdf QQ Lea el libro Principios internacionales sobre impunidad y reparaciones de la Comisión Colombiana de Juristas (2007), disponible en http://www.coljuristas.org/documentos/libros_e_informes/principios_sobre_ impunidad_y_reparaciones.pdf QQ Lea el texto Conceptos básicos acerca de la Ley 975 de 2005 y de los derechos de las víctimas de la Procuraduría General de la Nación, disponible en: http://www.movimientodevictimas. org/~nuncamas/index.php?option=com_content&view=article&id=10:el-derecho-a-la-verdad-lajusticia-y-la-reparacion-integral1&catid=2&Itemid=591 QQ Lea el texto Derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación integral en casos de graves violaciones a los Derechos Humanos, intervención de Michael Frühling, Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, realizada en Bogotá el 10 de febrero de 2004. Disponible en: http://www.hchr.org.co/publico/pronunciamientos/ponencias/ po0435.pdf 9 Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Derecho a la reparación integral a las víctimas del conflicto armado. Preguntas Frecuentes. Disponible en http://escuela.unidadvictimas.gov.co/cartillas/ derechoreparacion.pdf
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Justicia Retributiva, Justicia Restaurativa y Justicia Transicional Explique que para clarificar la naturaleza, los alcances, los mecanismos y los propósitos de la justicia transicional, resulta útil compararla con otros “tipos” de justicia, en particular con la justicia retributiva y la justicia restaurativa. La justicia retributiva sostiene que la retribución proporcional es una respuesta moralmente aceptable a la falta o crimen. El “principio de proporcionalidad de la pena” afirma que la severidad de la pena debe ser razonable y proporcional a la gravedad de la infracción. Este concepto está presente en la mayoría de las culturas y sistemas judiciales del mundo. La justicia restaurativa surgió como un paradigma alternativo y crítico del funcionamiento del sistema penal en condiciones de normalidad y, en concreto, de la manera como este castiga las formas ordinarias de crimen presentes en una sociedad10. Propone una forma alterna a la retribución o castigo para hacer frente al crimen, otorgando una enorme relevancia a la reconciliación entre víctima y victimario. Esta justicia pone su énfasis en reconocer el sufrimiento ocasionado a la víctima, reparar el daño que le fue ocasionado y restaurarla en su dignidad, más que en castigar al responsable. Mencione que, aunque existan ciertas tensiones, la justicia restaurativa y la justicia transicional pueden complementarse. Ante todo, comparten el ánimo de superar el pasado reconstruyendo los lazos sociales que fueron destruidos por la violencia. La justicia transicional, en su búsqueda de un equilibrio entre las exigencias de justicia y paz, en ciertos casos y bajo circunstancias determinadas establece penas alternativas leves a los responsables de crímenes atroces11, a cambio de la verdad, la reparación de las víctimas, el desistimiento de la violencia, la petición pública de perdón y la reincorporación a la vida civil. 10 Uprimny, R., Saffon, M. (2005). Justicia transicional y justicia restaurativa: Tensiones y complementariedades. Bogotá: Dejusticia. 11 Ibídem
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Por ejemplo, cuando en medio de guerras civiles o conflictos armados se presentan formas de barbarie simétricas en las que cada actor armado y las bases sociales que le apoyan son a un mismo tiempo víctimas y victimarios en situaciones de graves violaciones a los Derechos Humanos, dichas situaciones parecen admitir fórmulas restaurativas de justicia transicional fundadas en perdones “recíprocos” entre los actores armados y sus bases12.
Justicia Transicional en Colombia Plantee al grupo en formación que la historia de Colombia, a lo largo de casi 60 años, ha estado mediada por la dinámica del conflicto armado. Y que, en este largo período, es posible reconocer acciones precursoras de la justicia transicional tal como hoy es entendida. Pregunte al grupo si conoce o recuerda algunas de estas acciones. Tenga en cuenta las siguientes referencias para precisar o complementar los aportes del grupo:
QQ La época de La Violencia (1946 – 1964), caracterizada por la
confrontación violenta entre el partido conservador en el poder y el partido liberal en la oposición, dejó, según los cálculos más mesurados, alrededor de 200.000 personas muertas y un número muchísimo mayor de personas desplazadas. La superación de esta situación pasó por un golpe militar en 1953, una Junta Militar en 1957 y la posterior implementación del llamado Frente Nacional, vigente entre 1958 y 1974, consistente en la alternación en el poder entre los dos partidos como mecanismo para desactivar la violencia. En este tránsito hubo amnistía y desmovilización de las guerrillas liberales, depuración de la Fuerza Pública, e incluso, en 1958, durante el gobierno del presidente Alberto Lleras, la creación de una Comisión Nacional Investigadora de
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Ibídem
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las Causas Actuales de la Violencia13. Esta Comisión realizó un trabajo de indagación por todo el país, escuchó los testimonios de víctimas y victimarios, y generó escenarios de acercamiento en distintas regiones. Durante su vigencia logró establecer 52 pactos de paz. Como puede verse, la salida de este periodo de violencia generalizada en el país incluyó acciones precursoras de la justicia transicional.
QQ En 1982, siendo Belisario Betancur Presidente de la República, se impulsó un proyecto
de amnistía que se convirtió en ley el mismo año, que buscaba la desmovilización de los grupos insurgentes de la época y creaba una Comisión de Paz encargada de propiciar acercamientos con los principales líderes guerrilleros. Para esa fecha, la naturaleza excluyente del Frente Nacional, las pugnas por la posesión de la tierra y la dinámica de la Guerra Fría entre la Unión Soviética y los Estados Unidos, había ocasionado el surgimiento de grupos guerrilleros de izquierda como las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), el Ejército de Liberación Nacional (ELN), el Ejército Popular de Liberación (EPL) y el Movimiento 19 de abril, M-19. El 1984, en el municipio de La Uribe, Meta, el gobierno de Betancur y las FARC sellaron un acuerdo de cese al fuego. El acuerdo buscaba promover la modernización de las instituciones, fortalecer la democracia y establecer las garantías para ejercer la actividad política por parte de los integrantes de la guerrilla. Fruto de estos diálogos nace la Unión Patriótica, partido político en el que participaron integrantes de las FARC y personas vinculadas a organizaciones sociales diversas, que en las elecciones de 1986 obtuvo 5 senadores, 9 representantes, 14 diputados, 351 concejales y 23 alcaldes. Sin embargo, años después y aún habiendo cortado sus vínculos con la insurgencia armada, fue exterminado por sectores de extrema derecha en alianza con agentes del Estado. Por su parte, el M-19 se alió con el EPL para llevar a cabo negociaciones con el Gobierno de manera conjunta. Los diálogos se establecieron en El Corinto (Cauca) y El Hobo (Huila) y concluyeron en un acuerdo firmado el 24 de Agosto de 1984 en el cual se establecía el cese al fuego.
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22
GUZMAN, GERMAN; FALS BORDA, ORLANDO; UMAÑA, EDUARDO. La violencia en Colombia Tomo I. Prisa ediciones, Bogotá, 2010
Sin embargo, tras años de conversaciones, treguas y acuerdos, los procesos de paz adelantados con los diferentes grupos guerrilleros llegaron a su fin en 1985, siendo su detonante el incumplimiento a lo pactado por parte de Gobierno y guerrilla, la falta de garantías para ejercer la oposición, los ataques a la población civil y el accionar de los grupos de autodefensas.
QQ Durante el gobierno de Virgilio Barco (1986 – 1990) se adelantaron negociaciones
con el M – 19. Hubo varios acuerdos en los cuales el M-19 aceptó las condiciones de la política de paz del gobierno y reconoció que el diálogo debía llegar a la desmovilización de su cuerpo armado y, por su parte, el gobierno aceptó que se abrieran espacios para discutir los problemas del país y creó las condiciones para la inserción a la política del grupo guerrillero. La desmovilización del M-19 se llevó a cabo el 9 de marzo de 1990; sus integrantes fueron indultados. El M-19 entró a la vida civil como la principal fuerza política capaz de hacer tambalear el poder de los partidos tradicionales y demostró a otros grupos guerrilleros que quienes hicieran la paz también podían ganar respeto político. A pesar de que su comandante y candidato presidencial, Carlos Pizarro, fue rápidamente asesinado, el M-19 fue un importante actor dentro de la Asamblea Nacional Constituyente y coautor de la Constitución de 1991.
QQ En el primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002 – 2006) se celebraron
negociaciones y acuerdos con los grupos de autodefensas del país, cuyo número e influencia territorial había aumentado notoriamente durante las dos décadas anteriores. Antes de 2005, las leyes que regularon el desarme y la desmovilización de los grupos armados organizados al margen de la ley solo contemplaban la amnistía y el indulto para delitos políticos y conexos cometidos por los miembros de la organización ilegal. Por lo tanto, y de acuerdo con los tratados internacionales suscritos por Colombia, era necesaria una nueva ley que facilitara la reincorporación individual o colectiva a
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la vida civil de estas organizaciones ilegales y, al mismo tiempo, garantizara los derechos de las víctimas, sin prescribir “perdón y olvido” para las graves violaciones a los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por ellas. Esas fueron las razones que orientaron la aprobación de la Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz. Tras la promulgación de esta ley, se inicia la desmovilización de alrededor 30.000 integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, y se entregan a la justicia sus principales jefes.
QQ Luego, la Ley 1448 de 2011, conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, definió la justicia
transicional como los diferentes procesos y mecanismos judiciales o extrajudiciales asociados con los intentos de la sociedad por garantizar que los responsables de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, rindan cuentas de sus actos, se satisfagan los derechos a la justicia, la verdad y la reparación integral a las víctimas, se lleven a cabo las reformas institucionales necesarias para la no repetición de los hechos y la desarticulación de las estructuras armadas ilegales, con el fin último de lograr la reconciliación nacional y la paz duradera y sostenible14. Por su parte, la Corte Constitucional la ha definido como una institución jurídica que aplican las sociedades para enfrentar las consecuencias de violaciones masivas y abusos generalizados o sistemáticos en materia de Derechos Humanos sufridos en un conflicto, para transitar hacia una etapa constructiva de paz, respeto, reconciliación y consolidación de la democracia, en situaciones de excepción frente a las cuales no es procedente la aplicación de las instituciones penales corrientes15.
El Marco Jurídico para la Paz Terminado este breve recuento, hable del Acto legislativo 01 de 2012 como el ejemplo más reciente de adopción de instrumentos de justicia transicional en el país, con el objeto de facilitar las negociaciones con las FARC.
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14
Congreso de la República, Ley 1448 DE 2011. (junio 10). Diario Oficial No. 48.096 de 10 de junio de 2011.
15
Corte Constitucional, Sentencia C-771 de 2011.
Destaque que este marco:
Retoma la paz como finalidad prevalente de los instrumentos de justicia transicional. Autoriza la creación de mecanismos complementarios de carácter extra-judicial para la investigación, el esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas del conflicto armado. Constitucionaliza los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. Incorpora las figuras de priorización y selección, para concentrar la persecución penal en los máximos responsables de los crímenes internacionales. Facilita una desmovilización masiva de los grupos organizados armados al margen de la ley.
Mencione que con base en el Marco Jurídico para la Paz, las comisiones negociadoras del Gobierno Nacional y la guerrilla de las FARC lograron un histórico acuerdo sobre el tema de justicia, el cual establece una Jurisdicción Especial para la Paz, en la cual se destacan dos elementos:
QQ Sobre amnistía e indulto: el acuerdo es explícito en que hay delitos que no es posible
“amnistiar o indultar”: “los crímenes de lesa humanidad, los graves crímenes de guerra, el secuestro, las ejecuciones extrajudiciales, el genocidio, el desplazamiento forzado, la desaparición forzada, la tortura, la violencia sexual o el reclutamiento forzado de menores serán investigados, juzgados y sancionados por la nueva jurisdicción”.
QQ Paz sin impunidad: se acordó que los responsables de los delitos graves y representativos
reconozcan sus delitos y cuenten la verdad. Habrá sanciones de mínimo 5 y máximo 8 años para quienes cumplan con este reconocimiento ante la justicia, y para quienes no lo hagan, penas de hasta 20 años.
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Recomendaciones y reflexiones QQ Lea el Marco Jurídico para la Paz. Como es un documento que resulta polémico, realice reflexiones a partir de las polémicas que ha desatado. Sobre este tema lea el artículo ¿Qué es lo que plantea el abogado de las FARC?, publicado en la revista Semana, disponible en: http://www.semana.com/ nacion/articulo/exclusivo-habla-el-abogado-de-las-farc/436150-3, el cual le dará argumentos sobre algunas posturas críticas al marco jurídico. QQ Tenga presente que sobre la justicia transicional en Colombia existen tres posturas académicas, que fueron expuestas por las entidades adelante mencionadas en un evento sobre el tema realizado en 2013 en la Universidad de Córdoba. La primera plantea que al no haber terminado el conflicto no puede hablarse de justicia transicional. Es la posición del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y otras organizaciones sociales. QQ La segunda, que es la del Estado colombiano, plantea que se está implementando un nuevo modelo de justicia transicional, la cual se aplica en medio del conflicto y tiene un marco jurídico consolidado. Ver en Recursos el resumen de normas de la legislación colombiana basadas en los principios de la justicia transicional. QQ Y la tercera, es una postura intermedia, que plantea que no se puede afirmar ni negar la justicia transicional en el país y se debe reconocer que se están implementando normas pensando en una transición. Es la postura del Centro Internacional de Justicia Transicional (ICTJ). QQ
QQ La posición de la Escuela de Reparaciones es la segunda, en coherencia con la posición del Estado colombiano
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Cierre de la sesión: la reconciliación, camino hacia la paz Para cerrar la sesión, lea y analice con el grupo en formación la siguiente cita, extractada del texto de Dorys Ardila, Justicia transicional, principios básicos: La reconciliación es el proceso político y social por el cual las partes contendientes de un conflicto armado o los adversarios de un régimen dictatorial hacen las paces con miras al restablecimiento o establecimiento de la democracia en la respectiva sociedad. La reconciliación siempre es una experiencia positiva para una sociedad dividida que trata de superar una guerra o una tiranía, pero no es un fin en sí misma y no puede lograrse a costa de la memoria histórica ni la justicia judicial, que constituyen los únicos medios legítimos y eficaces para reconstruir los lazos de ciudadanía y restaurar el imperio del derecho y de los derechos. Señale que la reconciliación únicamente será posible en la medida en que la ciudadanía se involucre en el proceso. Enfatice en que este logro no depende del Estado, las víctimas y los actores armados, sino que dependerá en gran medida de la voluntad de la sociedad para aceptar los términos de la justicia transicional y aportar a su desarrollo. Insista en que los procesos judiciales que se lleven a cabo durante la transición, deben estar acompañados de diversas medidas que demuestren la voluntad del conjunto de la sociedad por mejorar las condiciones de vida no solo de las víctimas y los victimarios, sino de toda la población. Precise que la reconciliación no puede equipararse al olvido o la impunidad; por el contrario, los procesos deben ser justos y públicos, y deben ayudar a que la sociedad comprenda que ese pasado conflictivo puede ser la puerta de entrada a un futuro democrático, siempre y cuando las injusticias pasadas sean tan evidentes que busquemos por todos los medios la no repetición de los hechos.
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Normas sobre el tema
Recursos
Resumen de normas de la legislación colombiana basadas en los principios de la justicia transicional QQLey 418 de 1997. Es una ley de orden público. Consagra instrumentos para la búsqueda de la convivencia y la eficacia de la justicia. Da facultades al Presidente para establecer acuerdos de paz con los GAOML. QQLey 975 de 2005. Reincorporación de miembros de GAOML que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz. QQDecreto 1290 de 2008. Reparar de manera anticipada por vía administrativa a las víctimas de los GAOML. QQLey 1592 de 2012, que reforma la Ley 975 de 2005. Plantea cambios importantes en materia de reparación, entre ellos el cambio del Incidente de Reparación Integral por el Incidente
de Identificación de Afectaciones. QQDecreto 3011 de 2013. Permitió entregar indemnizaciones por otros hechos victimizantes reconocidos por un juez.
QQLey 1448 de 2011. Medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. QQDecreto Ley 4633 de 2011. Medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades
indígenas. QQDecreto Ley 4634 de 2011. Medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes al pueblo Rom o Gitano. QQDecreto Ley 4635 de 2011. Medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, raizales y palanqueras. QQActo Legislativo 01 de 2012. Marco jurídico para la paz.
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Ejercicio pedagógico para funcionarios-as
Recursos
Un juicio sobre la verdad Objetivo Explorar con el grupo en formación las dimensiones del derecho a la verdad en el marco de la justicia transicional. Requerimientos Un espacio amplio Duración 30 minutos. Temática Derecho a la verdad
Metodología: QQDivida el grupo en formación en pequeños grupos de discusión de cinco (5) personas. QQPresénteles el siguiente caso: En un país suramericano hubo una dictadura que estableció un procedimiento de eliminación sistemática de opositores mediante su detención y desaparición forzada, que afectó a miles de personas. En ese contexto, hubo un tratamiento particular para las mujeres embarazadas detenidas-desaparecidas, cuyos hijos fueron tratados como “botín de guerra”, para lo cual se planificó detalladamente un sistema de partos clandestinos, falsificación de identidades y simulación de adopciones, con el fin de apropiarse de las niñas y los niños. En este caso existen sospechas de que los dos hijos adoptados por los dueños de un emporio de medios de comunicación sean hijos de víctimas de secuestro y desaparición forzada durante la dictadura militar; pero estos hijos adoptivos se niegan a realizarse los análisis de ADN en el Banco Nacional de Datos
Genéticos. Argumentan que esto es una persecución por parte de la justicia y una intromisión en su vida privada. Manifiestan que no tienen ningún interés en hurgar en el pasado doloroso que ha vivido el país. Por su parte, la familia querellante señala que “la investigación no puede depender de la voluntad de los jóvenes, porque se encuentra en juego el derecho a la verdad y la obligación de investigar los delitos cometidos”. La jueza del caso está algo desorientada y pidió la colaboración en el caso de mesas de personas expertas para que le digan qué hacer y argumenten su decisión. Indique a los participantes que en este caso, ellos son los expertos que asesoran a la jueza. QQDeles cinco (5) minutos para deliberar sobre el caso y preparar las notas para aconsejar a la jueza. QQ En plenaria diga que usted es la jueza quien escuchará los consejos de las mesas de personas expertas. Luego genere una conversación a partir de la cual quede claro que el derecho a la verdad en el marco de la justicia transicional es: QQ Un proceso a través del cual se sabe qué hechos victimizantes ocurrieron, por qué ocurrieron, cómo ocurrieron, quiénes los cometieron y a quiénes afectaron. QQ Un derecho de las víctimas y de la sociedad. QQ El Estado es el responsable de garantizar el derecho a la verdad. QQ Implica el deber de recordar para evitar que se repitan los hechos.
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Ejercicio pedagógico para funcionarios-as
Recursos
El nudo y el círculo Objetivo Sensibilizar al grupo en formación sobre la necesidad de la justicia transicional en función de la búsqueda de la paz. Requerimientos Espacio amplio, para actividades en pequeños grupos y en plenaria. Despejar el centro del lugar y disponer grupos de sillas en las esquinas del salón para el trabajo en pequeños grupos. Duración 20 minutos. Temática Justicia transicional y paz
Metodología: QQ Divida el grupo en equipos de no más de 10 personas por la técnica del conteo (1, 2, 3, 4) y ubíquelos a su alrededor en las esquinas de un cuadrado imaginario del que usted ocupa el centro. QQ Dígales que el ejercicio consiste en desatar un nudo y hacer la transición del nudo al círculo. Dé las instrucciones de cómo hacer el nudo y la manera correcta de desatarlo: 1. Las personas participantes, de pie, hacen un círculo muy estrecho, hombro con hombro. 2. A la voz de tres, cierran los ojos, lanzan sus manos al
frente y toman con cada mano la primera mano de otra persona que encuentren.
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3. Una vez todas y todas están agarrados de las manos
proceden a desbaratar el nudo. La única regla es no soltarse las manos. QQ Dé la orden de hacer el nudo y cuando los cuatro equipos estén anudados, pida a cada persona participante que piense en que así como va a ayudar a deshacer ese nudo de muchas maneras, también puede ayudar a hacer la transición del conflicto a la paz en el país. QQ Una vez los cuatro grupos hayan deshecho su nudo para llegar a la figura más reposada del círculo, pida a los equipos que se sienten para compartir sus reflexiones. Pídales que nombren una persona relatora y escojan las cinco reflexiones más potentes para compartirlas en plenaria. QQ En plenaria, invite a las personas relatoras a compartir las reflexiones de sus equipos y luego relaciónelas con la justicia transicional como herramienta para la búsqueda de la paz y la reconciliación, trayendo a colación sus elementos esenciales: justicia con penas alternativas para los responsables, esclarecimiento de la verdad, reparación a las víctimas y reformas institucionales para facilitar el proceso y evitar que los hechos se repitan.
Ejercicio pedagógico para víctimas del conflicto armado
Recursos
Escultura conjunta Objetivo Establecer conocimientos previos de las personas frente al tema. Este ejercicio debe realizarse al comienzo de la sesión de formación. Requerimientos Espacio amplio, puede hacerse al aire libre. Tres tarjetas con las siguientes palabras: verdad, justicia, reparación. Duración 20 a 40 minutos dependiendo del número de participantes. Temática Verdad, justicia y reparación
Metodología QQDivida al grupo en tres (3) equipos por la técnica del conteo (1, 2, 3) u otra que usted conozca. QQExplique que le va a entregar a cada equipo una “palabra secreta” para que se tomen cinco (5) minutos y discutan cómo representar ese concepto en una escultura en la que participen todos los integrantes del equipo. Otórgueles libertad de utilizar los elementos que haya en el ambiente en ese momento para incorporarlos a sus esculturas. QQEntregue a cada equipo una de las tarjetas con las palabras “verdad”, “justicia” o “reparación”. QQPasados los cinco (5) minutos convoque una plenaria y pida a cada equipo que represente su escultura. La misión del resto de participantes es adivinar qué es lo que el equipo
está intentando representar. El grupo mantendrá su escultura hasta que alguna de las personas observadoras adivine el concepto. Repita la mecánica con los otros dos equipos dando 15 segundos para adivinar el concepto. QQConvoque a los tres equipos a hacer una “escultura conjunta”. Deles otros cinco (5) minutos para organizar de la manera que consideren conveniente las tres esculturas previas. Tómele fotos con tres celulares o tabletas pertenecientes a una persona de cada equipo. QQDespués pida a cada equipo que, por turnos, salga de la escultura, la observe, la compare con la foto de cuando estaba completa y saque tres conclusiones. Cada equipo tiene tres minutos para hacer esta tarea. QQ Finalmente, en plenaria, pida a los equipos que compartan sus conclusiones. Luego promueva una conversación en torno a la interrelación de la verdad, la justica y la reparación en el marco de la justicia transicional, hasta llegar a lo planteado en la siguiente cita de la Comisión Colombiana de Juristas, de 2007: “Si no hay verdad, la justicia es incompleta. Sin verdad, no es posible establecer quiénes son responsables de las violaciones a Derechos Humanos y de infracciones al Derecho Internacional Humanitario. Sin justicia no hay reparación y sin reparación no hay suficientes posibilidades de evitar que las atrocidades vuelvan a ocurrir”.
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Ejercicio pedagógico para víctimas del conflicto armado
Recursos
Cuentos de justicia y paz Objetivo Facilitar la comprensión de los pilares de la Justicia Transicional. Requerimientos Espacio amplio, puede hacerse al aire libre. Tres rótulos con las siguientes palabras: verdad, justicia, reparación. Un bloque de notas autoadhesivas. Duración 20 a 40 minutos dependiendo del número de participantes. Temática Justicia transicional y paz
Metodología QQEntregue a cada persona participante 3 notas autoadhesivas y dígales lo siguiente: Después de la charla que hemos tenido, me gustaría que escribieran en los papeles que les acabo de entregar, tres palabras. QQ En el primero, escriban por favor una palabra que ustedes crean indispensable para llegar a la verdad. QQ En el segundo escriban por favor una palabra que ustedes crean indispensable para llegar a la justicia. QQ En el tercero escriban por favor una palabra que ustedes crean indispensable para llegar a la reparación. Dé un minuto para escribir las palabras en las notas autoadhesivas. QQ Pida a las personas participantes que peguen sus palabras alrededor de los rótulos de “verdad”, “justicia” y “reparación” que previamente usted ha elaborado y dispuesto en el salón.
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QQ Divida ahora al grupo en formación en tres (3) subgrupos por la técnica del conteo (1, 2, 3, ) u otra que usted conozca y asigne al azar a cada subgrupo una de las palabras. QQ Pida a cada subgrupo que invente un cuento relacionado con esa palabra, utilizando todas las palabras puestas a su alrededor en las notas autoadhesivas, y que muestre su utilidad en el tránsito de una situación de conflicto armado a una de paz, donde los conflictos se tramitan de manera pacífica. Dé 10 minutos para que los subgrupos inventen sus cuentos. Pídales que nombren un “cuentero” o “ cuentera” encargada de compartir el cuento en la plenaria. QQ Convoque a plenaria y pida a cada persona “cuentera” que eche su cuento. Anímelas para que saquen a relucir toda su capacidad de encantamiento con la palabra. QQ Para finalizar, motive un análisis de los cuentos enfocado en el papel que juega la justicia transicional como un tipo de justicia que busca reconocer a las víctimas del conflicto armado y promover procesos de reconciliación y consolidación de la democracia. Busque que el grupo llegue a la comprensión de la definición de justicia transicional de la Corte Constitucional: es una institución jurídica que aplican las sociedades para enfrentar las consecuencias de violaciones masivas y abusos generalizados o sistemáticos en materia de Derechos Humanos sufridos en un conflicto, para transitar hacia una etapa constructiva de paz, respeto, reconciliación y consolidación de la democracia, en situaciones de excepción frente a las cuales no es procedente la aplicación de las instituciones penales corrientes.
Preguntas sobre el tema
Recursos
para comprobar la apropiación de conocimientos por parte del grupo
Preguntas de opción múltiple 1.
La justicia transicional: a. Es un fenómeno contemporáneo resultado de los graves hechos de violencia asociados a los conflictos armados, en nuestro caso, el colombiano. b. Está documentada desde la época antigua y se encuentra presente a lo largo de la historia de la humanidad. c. Sólo se ha aplicado en países latinoamericanos que han tenido dictaduras. d. Sólo se ha aplicado en países europeos después de guerras internas. e. Ninguna de las anteriores
b. Peleas entre hinchas de equipos de fútbol. c. Muchos atracos en el transporte público. d. Violencia intrafamiliar. e. Todas las anteriores.
4.
La justicia transicional implica: a. Una forma severa de aplicar la justicia. b. Una forma de perdonar los crímenes de lesa humanidad. c. Una forma alternativa de aplicar la justicia. d. Una forma de justicia que dista de la justicia ordinaria. e. Ninguna de las anteriores.
2.
La justicia transicional requiere que se cumplan algunos principios fundamentales. a. Reformas institucionales. b. Verdad. c. Justicia. d. Reparación a las víctimas. e. Todas las anteriores.
5.
Son principios fundamentales de la justicia transicional: a. Excepcionalidad y transitoriedad. b. Verdad y reparación a la víctimas. c. Penas alternativas d. Reforma de instituciones públicas e. Todas las anteriores
3.
La justicia transicional se puede aplicar en alguno de los siguientes casos. a. Violaciones sistemáticas a los Derechos Humanos.
6.
El derecho a la verdad se refiere a: a. El derecho que tienen las víctimas y sus familiares a conocer la verdad acerca de los
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Preguntas sobre el tema
Recursos
para comprobar la apropiación de conocimientos por parte del grupo
b. Restablecer los derechos perdidos en la guerra. c. Dignificar y reconocer a las víctimas. d. Todas las anteriores. e. Ninguna de las anteriores.
hechos, la identidad de los responsables, las causas de los mismos y las circunstancias en las que se cometieron
b. Las causas y condiciones relativas a las
violaciones manifiestas de los Derechos Humanos y a las Infracciones al Derecho Internacional Humanitario
c. Los progresos y resultados de la investigación penal y de otras actuaciones administrativas. d. Todas las anteriores. e. Ninguna de las anteriores.
7.
8.
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Frente al derecho a la justicia se puede afirmar que: a. Es un proceso individual. b. Es un proceso colectivo. c. Es un proceso en el cual las instituciones encargadas de la justicia en un país, deben reconocer las violaciones de los Derechos Humanos e investigar, actuar, sancionar, juzgar y castigar a los responsables. d. Todas las anteriores. e. Ninguna de las anteriores. La reparación integral a la víctimas es necesaria para: a. Reconstruir el proyecto de vida perdido en el conflicto.
9.
La reconciliación es un proceso: a. Político y social. b. Cultural. c. Ambiental. d. Genético. e. Social y económico.
10. El Marco Jurídico para la Paz a. Es el ejemplo más reciente de adopción de instrumentos de justicia transicional en el país. b. Incorpora las figuras de priorización y selección, para concentrar la persecución penal en los máximos responsables de los crímenes internacionales. c. Facilita una desmovilización masiva de los grupos organizados armados al margen de la ley. d. Todas las anteriores. e. Ninguna de las anteriores = Respuesta correcta
Preguntas de falso y verdadero N°
Afirmación
1
La justicia transicional es un tipo de justicia a la que recurren los países que han afrontado episodios graves y sistemáticos de violaciones de los derechos humanos.
2
La justicia transicional puede ser aplicada cuando un país realiza una transición de un régimen autoritario a uno democrático.
3
La justicia transicional puede ser aplicada cuando un país pasa de un estado de guerra a uno de paz.
4
La justicia transicional puede ser aplicada cuando un país pasa de una situación de violación sistemática de los Derechos Humanos, aceptada y reconocida por un Estado que pasa a ser garante de los mismos.
5
La justicia transicional es un tipo de justicia a la que recurren los países que han afrontado graves problemas de delincuencia común.
6
La justicia transicional busca generar condiciones para una paz duradera.
7
La justicia transicional plantea que se debe aceptar la impunidad a cambio de la paz.
8
En la justicia transicional, la excepcionalidad y la transitoriedad son importantes, pues se aplica en situaciones frente a las cuales no es procedente la aplicación de los instrumentos jurídicos corrientes.
9
El derecho a la verdad: consiste en precisar qué hechos victimizantes ocurrieron, por qué ocurrieron, cómo ocurrieron, quiénes los cometieron y a quiénes afectaron.
F
V
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Preguntas sobre el tema
Recursos
para comprobar la apropiación de conocimientos por parte del grupo
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N°
Afirmación
10
En la justicia transicional se considera que el “deber de recordar” es demasiado costoso y que es mejor voltear la página para abordar el futuro con optimismo, sin la carga del pasado doloroso.
11
En la justicia transicional se consideran penas alternativas para los victimarios a cambio de la dejación de las armas, la revelación de la verdad, el ofrecimiento de excusas públicas y la reparación a las víctimas.
12
Según la Ley 1448 de 2011 las víctimas del conflicto armado tienen derecho a ser reparadas de manera adecuada, diferenciada, transformadora y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia de las violaciones a sus derechos fundamentales.
F
V
BogotĂĄ 426 1111
LĂnea Gratuita Nacional 01 8000 91 11 19
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