CONTRATO DE CONSULTORIA ENTRE ATLANTIC AVIATION INVESTMENTS LLC con domicilio en 2711 Centerville Road, suite 400, Wilmington Delaware, Estados Unidos, representada en este acto por el Sr. Ernesto Ramírez, documento de identidad Nº ____________es su carácter de Apoderado (en adelante la Compañía); Y CAESA – Controles y Auditorías Especiales de Argentina S.A., con domicilio en Arroyo 880 Piso 4º Oficina 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, representada en este acto por el Sr. Ignacio Julián Roberto Soba Rojo, documento de identidad Nº 4.228.802, en su carácter de Presidente (en adelante “la Consultora”) CONSIDERANDO QUE la Compañía tiene intereses relevantes en una empresa Internacional de transporte aéreo de carga y pasajeros con operaciones en la Argentina y pretende ampliar, complementar y/o maximizar sus servicios desde, hacia y/o dentro en la República Argentina con la finalidad de adquirir nuevas rutas aéreas en el país y en la región para lo cual requiere la realización de estudios que garanticen un adecuado volumen de tráfico actual y futuro de pasajeros y carga. CONSIDERANDO QUE la Consultora es especializada y tiene amplia experiencia en la prestación de servicios de asesoramiento en materia de transporte en la República Argentina y en la región; y manifiesta su intención de llevar a cabo actividades de asistencia a la Compañía, en relación con los esfuerzos realizados por ésta última para asegurar un volumen de tráfico de pasajeros y una optimización de las rutas que le permita alcanzar los niveles de retorno adecuados, según las normas internas de la Compañía, de las inversiones y un adecuado marco jurídico que respalde, dichas inversiones. CONSIDERANDO QUE la Compañía tiene también interés de estudiar los beneficios de la implementación de la nueva figura reglamentada denominada Régimen de Participación Público Privada (PPP) en la República Argentina y el impacto que puede tener en los proyectos futuros y las áreas posibles en que pueda instrumentarse. CONSIDERANDO QUE ambas partes expresan su intención de formalizar la relación comercial mediante un Contrato de Consultoría. LAS PARTES ACUERDAN lo siguiente: 1.
DESIGNACION
1.1 La Compañía designa a la Consultora, y ésta acepta la designación, para actuar como su Consultora, según se establece en la cláusula 2. OBJETO, del presente Contrato y de acuerdo a cualquier otro documento posterior a éste, brindando asistencia y asesoría a la Compañía en virtud del presente contrato. La Consultora tendrá las obligaciones y responsabilidades que se especifican expresamente en este Contrato las cuales no podrán ser cedidas. Ante cualquier asunto relacionado, que no esté expresamente establecido en el presente Contrato, la Consultora actuará sólo siguiendo instrucciones por escrito de la Compañía. Si la Consultora, en su juicio profesional, considera que alguna de las instrucciones de la Compañía no es factible realizarla debe notificar inmediatamente a