Tuesday, February 9, 2021
San Juan The
50¢
DAILY
Star
Four-Part Series on Woody Allen Abuse Allegations to Debut P17
Gov’t Top Ten
Economic & Fiscal Task Force Unveils List of Priority Reconstruction Projects
P5
Education Chief Health Dept. Expects Details First Phase of More COVID Vaccines In-Person Classes to Arrive Thursday P4
NOTICIAS EN ESPAÑOL P 16
P4
2
Tuesday, February 9, 2021
The San Juan Daily Star
GOOD MORNING
3
February 9, 2021
The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.
GAO urges better guidance in FEMA public assistance, Medicaid procurement in PR
Today’s
Weather
By THE STAR STAFF
Day
Night
High
Low
84ºF
74ºF
Precip 22%
Precip 22%
Few Clouds
Partly Cloudy
Wind: Humidity: UV Index: Sunrise: Sunset:
T
From E 16 mph 70% 9 of 10 6:55 AM Local Time 6:21 PM Local Time
INDEX Local 3 Mainland 7 Business 10 International 12 Viewpoint 15 Noticias en Español 16 Entertainment 17
Legals Sports Games Horoscope Cartoons
18 27 29 30 31
San JuanDAILY Star The
PO BOX 6537 CAGUAS PR 00726
sanjuanweeklypr@gmail.com (787) 743-5606
FAX
(787) 743-3346 • (787) 743-6537 (787) 743-5100
he U.S. Government Accountability Office (GAO) issued two reports late last week, one of which urged the Federal Emergency Management Agency (FEMA) to revise its cost estimating guidance for public assistance for Puerto Rico to more fully adhere to best practices, and another that urged the Centers for Medicare & Medicaid Services (CMS) to enhance its supervisory role over Puerto Rico’s procurement process. Both reports were released Friday. Regarding FEMA’s Public Assistance Program, the GAO report noted that as of Sept. 30, 2019, the agency had obligated nearly $6 billion in Public Assistance grants to Puerto Rico for 1,558 projects since the September 2017 hurricanes. Of this $6 billion, $5.1 billion was obligated for emergency work projects such as debris removal and temporary power restoration. “However, FEMA and Puerto Rico faced challenges in developing long-term, permanent work projects under the Public Assistance program. The large number of damaged sites and delays in establishing cost estimation guidance specific to Puerto Rico have also presented challenges to developing projects,” the report states. “Both parties must agree to fixed cost estimates for these projects before work can begin.” FEMA and Puerto Rico had approved fixed cost estimates for 19 projects as of September 2019, out of 9,344 damaged sites in Puerto Rico, such as schools, hospitals and roads. FEMA and Puerto Rico have recently taken actions, including extending the deadline for fixed cost estimates, to address these challenges. However, it is too soon to assess the impact of these actions, the report says. FEMA has adapted its Public Assistance cost estimating guidance to accurately reflect costs in Puerto Rico but could improve the guidance to further enhance its reliability, the report said. GAO found that FEMA’s guidance substantially or fully met best practices for nine of 12 steps included in the GAO Cost Estimating and Assessment Guide, such as documenting and defining the purpose of the estimate. However, FEMA could improve the guidance in three areas, including analyzing risks and future uncertainties that could affect these estimates, the report states. FEMA has developed Public Assistance policies and guidance to respond to complex recovery conditions in Puerto Rico. “However, Puerto Rico government officials GAO spoke with stated that they were not always certain about how to proceed in accordance with FEMA policy because they did not consistently understand
what guidance was in effect,” the report said. “Further, FEMA does not maintain a repository of Public Assistance guidance available to all recovery partners that includes current applicable guidance. Without real time access to current applicable guidance, recovery partners risk using guidance that has been revised or replaced.” GAO recommended that FEMA revise its cost estimating guidance for Public Assistance to more fully adhere to best practices, and that it develop a repository of current applicable Public Assistance guidance available to all relevant recovery partners in Puerto Rico. Regarding the health study performed by GAO, the agency found that Puerto Rico implements major functions of its Medicaid program by procuring services from contractors, such as the delivery of managed care services to Medicaid beneficiaries. In 2018, procurement costs represented $2.4 billion of Puerto Rico’s $2.5 billion in total Medicaid expenditures. A 2019 federal indictment alleging Puerto Rico officials unlawfully steered Medicaid contracts to certain individuals has raised concerns about Puerto Rico’s Medicaid procurement process, including whether this process helps ensure appropriate competition. CMS is responsible for overseeing the Medicaid program, requiring states and territories to use the same process for Medicaid procurements as they do for their non-federal procurements. However, “CMS has not taken steps to ensure Puerto Rico has met this requirement,” GAO said. “Instead, CMS has relied on Puerto Rico to oversee the territory’s procurement process and to attest to its compliance,” the second report said. “CMS approved Puerto Rico’s attestation of compliance in 2004 and has not required subsequent updates.” GAO recommends that CMS implement risk-based oversight of the Medicaid procurement process in Puerto Rico.
4
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
Education chief offers first details about return to in-person classes By THE STAR STAFF
T
he island government is not turning back on returning to in-person classes. Education Secretary-designate Elba Aponte Santos announced on Monday the first details on the reopening of face-toface classes in some schools, the names of which have not yet been disclosed. “The vast majority concur that it is time for our students, children and young people, to be able to have contact with their teachers and classmates and that they have space and tools to develop their social, emotional and academic performance,” Aponte Santos said in a recorded message. She said students will be divided into two groups, A and B, and will attend in person two days a week. The rest of the week they will remain in virtual class instruction. Aponte Santos said it is being suggested that students finish their in-person school day at between 11 a.m. and 11:30
a.m., and that classes be limited to groups of eight to 12 students. Lunches will be to go, collected and consumed outside of school. The school cafeterias will not be open for food consumption. Meanwhile, the interdisciplinary student support team will be made up of counselors, social workers, psychologists and school nurses. Aponte Santos said the recruitment of professionals for those positions continues. She said the schools will have disinfection supplies and masks. The nurses will be in charge of screening, they will observe that the protocols and contingency plans are being carried out, and they will act as liaisons with the Health Department. The initial grades returning to in-person classes will be kindergarten through 3rd grade, the special education program and 12th grade. Parents or guardians will not be able to enter the school and may request appointments in case they have any concerns. The secretary-designate also said the vaccination process is continuing in the Edu-
In a recorded message, the Education secretary-designate said the initial grades returning to in-person classes will be kindergarten through 3rd grade, the special education program and 12th grade. cation Department and in private schools. As of last Thursday, 24,347 employees had
received the first dose of the COVID-19 vaccine. Aponte Santos said that soon she will detail which schools will be reopening for in-person classes in March. The Puerto Rico Teachers Association and its local union, through its president, Grichelle Toledo, rejected the plan to reopen schools. “She [Aponte Santos] presented the country with a plan that was a plan and now it is a guide,” Toledo said Monday in a video. “We demanded several weeks ago to be part of that plan to reopen schools. … Then we were going to be summoned to work on that plan; there was a second meeting to which she herself summoned us and left us waiting. Today she insists that the unions are in favor [of the reopening] and today we tell the designated secretary that this is not true.” “The secretary has lied to the country,” Toledo said. “She has mentioned more than 24,000 vaccinated employees, but she does not say how many of those 24,000 are teachers.”
Health Dept. expects more COVID vaccines to arrive Thursday By PEDRO CORREA HENRY Twitter: @pete_r_correa Special to The Star
A
mid the challenges the island’s vaccination campaign faces, Puerto Rico Health Department Vaccination Program Director Iris Cardona Gerena announced Monday that around 16,000 additional coronavirus vaccine doses have been allocated to the island and are expected to arrive Thursday. As Puerto Rico is currently receiving around 41,450 first COVID doses weekly, the new delivery could increase that number to 57,450 doses per week. “There is an allocation of 10,000 additional doses for chain pharmacies, particularly the first to start is Walgreens Puerto Rico,” Cardona said. “There is an extra allocation of about 30% in Moderna doses, which is about 6,000 doses per week that will be seen starting this Thursday.” When a member of the press asked Cardona if the Health Department and Puerto Rico National Guard reached an agreement to determine if people over 65 must get an appointment to get the vaccine administered, she said they are “trying to organize the process.” “We are now vaccinating people over 65; we have always said that we want it to be organized, fair, adequate and comfortable for the population,” Cardona said. “That is why we are trying to organize it with appointments and turns.”
The vaccination program director said more than 470,000 vaccine doses have been distributed to island providers so far and that “they should be inside people’s arms.” “Our Immunization Registry System reports around 320,000 doses administered as of Friday,” Cardona said. Regarding vaccine providers receiving training to speed up vaccine administration, Cardona said providers will have access to the Puerto Rico Electronic Immunization Information System, a matter where she recognized “there’s room for improvement” “The process of vaccinating is much faster than the process of manually feeding this system,” she said. “We’ll keep improving.” As for complaints that have been raised by citizens who have faced difficulties receiving the second vaccine dose, Cardona said those who haven’t received it “must move to get the second dose” as they still have a chance to do so. “What is happening is that … in the case of the [Pfizer] vaccine, the second dose must be administered in 21 days, while Moderna’s second dose must be administered in 28 days. The person might have arrived the day before or lost their due date, but there’s no problem with that,” she said. “This alters the vaccines that have been thawed and the number of vaccines available in a day.” “Scientific data reports that it doesn’t matter if you didn’t arrive on your 21st or 28th day to get the second dose, you should [try to get] the vaccine as soon as possible, so its effectiveness won’t be compromised,” Cardona
said, emphasizing that citizens have up to 42 days to get the second COVID vaccine. Meanwhile, Cardona said people who had a positive COVID-19 test result despite having received the first inoculation can obtain the second shot once they complete the isolation phase. “Every person who has had COVID-19 is invited to get vaccinated, as it is necessary to develop long-term immunity,” she said. However, there is an exception with people who have received the monoclonal antibody treatment, Cardona noted. They must wait 90 more days “as a scientific precaution.” “This is in case there’s a competition between the antibodies from the treatment versus the antibodies that the vaccine generates,” she said, adding that the 90-day waiting period also applies to patients who had plasma administered during convalescence.
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
5
Gov’t pinpoints 10 priority reconstruction projects to propel economic development Agenda based on over $80 billion in federal, commonwealth & private funds By PEDRO CORREA HENRY Twitter: @pete_r_correa Special to The Star
D
uring Gov. Pedro Pierluisi Urrutia’s first meeting with the Economic and Fiscal Task Force on Monday, the administration revealed the 10 reconstruction projects that will be prioritized in its agenda to propel the island’s economy for the next four years. La Fortaleza Chief of Staff Noelia García Bernales announced that the projects to be set in motion will be the rehabilitation of urban centers, the Puerto Rico 5G broadband infrastructure, the development of the former Naval Station Roosevelt Roads, building a new Trauma Center at the Río Piedras Medical Center, improvements to the Mayagüez Trauma Hospital, extension of highway PR-10, extension of PR-5 (the Río Hondo Expressway), extension of PR-22 (the José de Diego Expressway), the development of Puerto Las Américas in Ponce, the Urban Bay in San Juan’s Convention District, the air hub strategy in Aguadilla and the economic development of the island municipalities ofVieques and Culebra. “We are all on the same page so that these projects can be implemented and begin their execution in these four years,” García Bernales said. Most of the reconstruction projects will be largely supported by federal funding allocations for the island’s recovery. Fiscal Agency and Financial Advisory Authority (AAFAF by its Spanish initials) Executive Director Omar Marrero said the agenda is based on the injection of over $80 billion in federal,
commonwealth and private funds. Marrero said $20 million will come from the Community Development Block Grant-Disaster Recovery program and just over $40 million from the Federal Emergency Management Agency. “To a large extent, the economy has not collapsed over the last year thanks to federal funds,” Marrero said. “So it’s not a bad thing to have in a strategy that a lot of the investment is going to be with federal funds.” Regarding the possibility that the government could amend the fiscal plan to meet the established agenda, Marrero said Pierluisi “has been emphatic that the fiscal plan has to be revised to ensure, beyond updating the macroeconomic assumptions, to ensure that he can have a functional government.” “This is in the interest of all of us, including our creditors on the other side of the negotiating table,” the AAFAF chief said. “They also require
a functional government that can execute in a structured manner, that can execute the measures that are in the fiscal plan, that can save the obligations to which we are committed.” Transfer of $922 million to towns under review Marrero also said the Economic and Fiscal Task Force was evaluating a Popular Democratic Party legislative proposal announced Sunday that urges the island government and the federal Financial Oversight and Management Board to amend the fiscal plan and the fiscal year 20212022 budget to transfer $922 million to the 78 municipalities for public works maintenance. He said the governor “is considering any proposal that boosts municipalities.” “Although this is an exercise of the executive branch because PROMESA [the Puerto Rico Oversight Management and Economic Stability Act of 2016] requires it, that is, it imposes the obligation on the governor, we will be listening
to any proposal that may be presented by our colleagues in the Legislature,” Marrero said. “I even met with the House speaker [Rafael Hernández Montañez] a week ago, before the conference was held. He had mentioned the different initiatives to me, and I told him that we were going to listen to [the funds transfer proposal] and we were going to review it responsibly for several reasons.” Among the reasons, Marrero said, was that the central government “has always supported the municipalities.” “I am not saying it myself, but it is on the record when you look at the different fights we have fought and the request to keep the contribution to the municipalities unaltered,” he said. Marrero also noted that the current budget has about $110 million for the next five years “to identify services that can be transferred to the municipalities or services that can be consolidated through consortiums in order to be more efficient.” “The governor has been emphatically clear that he … believes in the municipalities, and he believes in identifying functions that can be shared with the municipalities,” Marrero said. One of those functions, identified with input from the Office of Management and Budget, he said, was to ensure that the Department of Transportation and Public Works has sufficient funds for road maintenance, including the clearing of brush. “Obviously, if we transfer that responsibility, we have to find a way to transfer those resources tied to that responsibility,” he said. “We cannot pretend to transfer those responsibilities without giving them those resources; that is at the core of what the government’s program is: seeking to strengthen the municipalities.”
Union leader denounces lack of personnel at cultural sites By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com
P
roSol-UTIER Chapter President Javier Rodríguez Cedeño on Monday denounced the lack of personnel present at Institute of Puerto Rican Culture (ICP by its Spanish initials) headquarters in Old San Juan as well as at island museums and parks. “Currently at the ICP there are around 282 vacant positions that represent the need of almost 77% of our staff,” Rodríguez Cedeño said. “This translates into an overload for the 84 unionized employees we represent. This is a total incongruity, since on the one hand the agency does not cover the vacancies of essential personnel, but on the other, it hires employees to carry out the tasks that were previously carried out by the agency’s regular personnel.” The union leader added that ICP Executive Director Carlos
Ruíz Cortés stated in the transition hearings that the agency could lose about 60 additional positions. The ICP, Rodríguez Cedeño said, is in a tough battle against the dismantling of the central government, which has been amplified by the mandate of the federal Financial Oversight and Management Board, resulting in the deterioration of the physical plant at the agency’s headquarters, as well as other buildings, parks and museums. “We make this clear and forceful signal against the dismantling of the governmental agency that represents the memory and collective history of the country, at a time when society needs it most,” the union leader said. “We ask our governors and administrators, how is it that there is no money for career positions and there is money for contracts and political favoritism?” Rodríguez Cedeño said. “What really is the policy of the new governor for culture?”
6
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
Retirees protest to defend pensions from debt adjustment plan By THE STAR STAFF
A
group of retirees held a protest Monday to demand that the island Legislature refrain from passing legislation that would enable a commonwealth debt adjustment plan unless the Financial Oversight and Management Board agrees not to cut the pensions of government retirees. Pedro Pastrana, a spokesman for the Pensions Defense Front, urged the Legislature to pass the proposed Dignified Retirement Act, which would declare as a matter of public policy that pensions should not be cut. Pastrana criticized Miguel Fabre Ramírez, a spokesman for the Retirees Committee in the Puerto Rico bankruptcy case, for supporting an 8.5% cut to pensions above $1,500 per month, which is contained in a September 2019 agreement reached with commonwealth creditors that was amended in February 2020. Fabre Ramírez has been summoned to appear before the House Labor Affairs and Retirement System Transformation Committee to discuss the proposed Dignified Retirement Act, which would prevent a cut to pensions and define essential services. The oversight board must submit to the court on Feb. 10 a proposed debt adjustment plan for the commonwealth that takes into account the impact of the global coronavirus pandemic, but it is expected to contain the proposed pension cuts. The island government must submit the draft of a new fiscal plan on Feb. 20. Omar Marrero, head of the Fiscal Agency and Financial Advisory Authority, anticipated that the fiscal plan will include a policy of zero cuts to pensions and zero cuts to the University of Puerto Rico.
“We not only want to protect the pensions of the 146,000 retirees but also of the 120,000 active workers,” he said. “If these [cuts] are approved, we will not only see layoffs at agencies but also there will not be money for essential services.” The Pensions Defense Front, as well as the group Let’s Build Another Agreement, are planning a protest in front of the U.S. District Court on Wednesday. House Labor Affairs and Retirement System Transformation Committee Chairman Domingo Torres said he will not allow the oversight board to interfere with his work and will move the Dignified Retirement Act forward. His counterpart
in the Senate, Ana Irma Rivera Lassen, anticipated that she will also advance the legislation. What would happen if the oversight board continues with its proposed cutting of pensions? Pastrana said that then the Legislature should refrain from approving any legislation that would enable the debt adjustment plan for the $35 billion commonwealth debt. “We must all then join forces to stop the debt adjustment plan,” he said. The proposed legislation would also create a new retirement system headed by retirees, and calls for the government to enact a new debt adjustment plan.
Public sector union asks governor for dialogue By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com
N
elly Ayala, the interim president of the Puerto Rico Workers Federation (FTPR-AFL-CIO), asked Gov. Pedro Pierluisi Urrutia on Monday to open a process of dialogue with the authorized representatives of public servants, allowing them to collaborate in meeting
Nelly Ayala, the interim president of the Puerto Rico Workers Federation (FTPR-AFL-CIO).
the most pressing needs of public workers. Ayala said that it is positive that the governor recognizes the importance of improving the salary conditions of public sector workers by separating items for an increase in his budget plan. However, she emphasized the importance of listening to the voice of those who represent this sector to ensure that the actions that are taken really imply improvement and solve the problems those workers face. “It is necessary that we dialogue about the plans or actions for public workers, in order to avoid the result meaning greater inequity, discontent and demotivation,” the union leader said. “In order to do justice to public servants, in addition to an increase [in salary], it is necessary to listen to them and attend to other needs that they face in the agencies.” The interim president of the FTPR-AFL-CIO said she has sent several letters to the governor and has held two meetings with Labor and Human Resources Secretary Carlos J. Rivera Santiago, in which the union even presented a written plan for addressing several needs, including collective bargaining agreements. However, to date the union has not received a response, she said. “We ask the governor to schedule a meeting with the exclusive representatives of public employees as soon as
possible to discuss their most pressing needs and establish a collaboration to help solve the problems,” Ayala said. “We trust that together we can work on alternatives that promote the well being of our members and the entire public service.”
WE BUY OR RENT IN 24HRS
787-349-1000
SALES • RENTALS • VACATIONS RESIDENTIAL • COMMERCIAL PROPERTY MANAGEMENT (SOME RESTRICTIONS MAY APPLY).
FREE CONSULTS REALTOR
Ray A. Ruiz Licensed Real Estate Broker • Lic.19004 rruizrealestate1@gmail.com
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
7
The coronavirus crossroads: The vaccinated, the stymied and the waiting By JENNIFER STEINHAUER
F
or a vast majority of Americans, a coronavirus vaccine is like sleep for a new parent: It’s all you can think about, even if you have no idea when you will get it. People are scrolling through perpetually crashing websites at 3 a.m., or driving 150 miles each way in the snow. Others are lining up at grocery stores for hours on end, hoping to snag a leftover shot, or racing to hospitals amid rumors of extra doses. Many more are tossing in bed in the dark, praying that tomorrow will be their mother’s lucky day. A small portion — about 11% — have received one or two shots of the vaccine, leaving the nation in a medical and cultural interregnum. Some of those with only one shot are in a precarious limbo, in states snarled over second-dose distribution. Byzantine rules setting up tiers of the eligible mean most will be holding their collective breath for months down the road, as another set moves gingerly toward the restoration of their lives on the other side of the divide. “I’ve been struck with the outpouring of grief and loss that the obstacles to getting the vaccine has generated,” said Niti Seth, 73, a psychologist and department dean at Cambridge College in Boston. She has been unable to get a vaccine appointment, despite spending all hours of the day and night online reading and clicking. “A glimpse of the possibilities of reclaiming our lives has led, paradoxically, to a more palpable sense of what we had to give up,” Seth said. Debates over masks, indoor eating, testing availability and school reopenings all now center on a single axis: the lagging rollout of the vaccine. It is the alchemy of “unrelenting waves of exhaustion, fear, hope, uncertainty and pandemic fatigue,” said Lindsey Leininger, a health policy researcher and a clinical professor at the Tuck School of Business at Dartmouth in Hanover, New Hampshire. “I stay focused on the lotus mud metaphor and think about how gosh-darned beautiful we are all going to be when we come out the other side.” Still, although cases and hospitalizations continue to decline, and as the pace of vaccinations picks up, some Americans — including those now vaccinated and ostensibly protected — are approaching the spring and summer with quite a bit of trepidation. The divide is still quite wide between the haves and the have-nots, and many fear that even a vaccinated nation and world will not restore a sense of safety or security. Weeks into the rollout, there are stories of heroism, supreme luck and perseverance, and those of ignominy and widespread inequality. Some post their injections and vaccination cards on social media, while their friends and neighbors contemplate a spring of double masking, a tool in the race between vaccines and the new, more contagious variants of the virus snaking their way across the nation. The Nextdoor website has become an outpost for sightings of vaccination sites, as neighbors rush to refresh their browsers. There are
A drive-through Covid vaccination and testing site at Dodger Stadium in Los Angeles last month. tales of resentment and stories of guilt. Marsha Henderson has become a bit of a shot whisperer with her friends in Washington, D.C., after securing doses for herself, her husband and their 40-year-old daughter who works in health care. Many of the sites on the city’s websites turned out to not have any vaccines, so she realized she needed to only check times for grocery stores. She gamed out times to recheck. “You have to have the ability to be on a computer in the middle of the day and sit there,” said Henderson, 71. She became so good at it, an ambassador’s wife called her for tips. Still, she said, her second shot Wednesday “won’t change my behavior.” “I am more comfortable with the Comcast man to fix my computer, and there is some rain damage I need to get fixed,” she said. “But I will be doing carry out and outdoor dining probably for another year, in part because we don’t know the variants.” In New York, Jamie Anderson emailed a nonprofit group in northern Manhattan on behalf of her father, Jimmy Mattias, who is 66. “The nonprofit called me on Tuesday to get his details,” said Anderson, who lives in the Bronx, not far from her father in Washington Heights in Manhattan. “He was called on Wednesday to confirm an appointment, and Thursday morning he had his first dose. It was so fast, I truly couldn’t believe it.”
Mattias, who works as a manager at a storage center, said extra efforts had been made to vaccinate people his age, but he had no intention of making the effort on his own because he feared missing work. “She’s my daughter, and she is looking out for me,” he said. His co-workers and bosses are all younger, jealous yet thrilled for him, while friends his age are skeptical. “Some don’t think the system was designed to create a vaccine that quickly,” he said. “I tell them this is not the 1800s, things happen faster. Let’s face the facts, this is a horrible situation.” Catherine Sharp, a freelance photographer in Brooklyn, like many New Yorkers, has had less luck. Sharp, 26, relocated to Illinois recently to help her parents, a relocation that has developed into a part-time job trying to get shots for her father, 67, who has been living in Katonah, New York, and her mother, 65, in Morris, Illinois. “It was like a sneaker drop,” she said. “You are not going to get the Off-White sneakers. It’s just impossible.” As she waited, both she and her mother contracted the virus, and her mother, a cancer survivor, was hospitalized. “This is my worst nightmare,” Sharp said. “I know some of my mom’s friends have gotten it. I just don’t understand the algorithm. A good 40% of my time is spent on this. I wake up, I get my coffee and say, “I gotta do this.’” From page 7
8
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
The Super Bowl brings fears of another coronavirus surge By CHRISTINA MORALES and RON DePASQUALE
J
ust as the United States seems to have emerged from the worst of a surge in coronavirus cases that ravaged the country for months and peaked after Americans crowded indoors for the winter holidays, public health officials are concerned about another potential superspreader date: Super Bowl Sunday. January was the country’s deadliest month so far in the pandemic, accounting for 20%, or 95,246, of the more than 460,000 coronavirus deaths the United States has recorded in the past 12 months. That is more people than could fit into even the largest NFL stadium. More than 27 million cases have been recorded, according to a New York Times database. Experts worry that football fans gathering Sunday in Tampa, Florida, for the championship game between the Kansas City Chiefs and the Tampa Bay Buccaneers or at watch parties across the country could set back the nascent
progress of recent weeks. The daily reports of new cases and deaths remain high but have fallen somewhat. The seven-day average of new case reports in the U.S. dropped to 125,804 Friday, the lowest level since Nov. 10. Reports of deaths, a lagging indicator because patients who die from COVID-19 generally do so weeks after being infected, averaged 2,913 a day, the lowest rate since Jan. 7. The United States is administering 1.3 million vaccine doses a day on average as the Biden administration pushes to speed distribution before more contagious variants that might evade vaccines can become dominant. The NFL has offered President Joe Biden all 30 of its stadiums for use as mass vaccination sites. Officials like Dr. Anthony Fauci, Biden’s chief medical adviser for COVID-19, have warned Americans against gathering for Super Bowl parties with people from other households, especially in places without ideal ventilation. “You’re really putting yourself and your family in danger,” Fauci said Friday on MSNBC.
“It’s the perfect setup to have a mini superspreader event in your house. Don’t do that for now.” While health experts worry about a rise in cases after the game, some said they do not anticipate anything as deadly as the post-holiday wave that peaked in January. That is because Thanksgiving and Christmas tend to spur more domestic travel than the Super Bowl does, said Dr. Catherine Oldenburg, an infectious disease public health researcher at the University of California, San Francisco. Still, even parties pose a threat, said Carl Bergstrom, a professor of biology at the University of Washington. “My sense is that it’s a really great year to watch it at home with your family and not go to Super Bowl parties that you usually would, because we’re just starting to get this under control in this country,” Bergstrom said. Bergstrom said he was also concerned about the more than 20,000 people who are expected to attend the game in person at Raymond James Stadium in Tampa — about one-third of
the stadium’s usual capacity. “Anytime you get 25,000 people together yelling and screaming during a pandemic, you’re going to have transmission,” Bergstrom said. Public health experts worry that new, more contagious variants, like one first identified in Britain and known as B117, will soon become dominant and drive a deadly surge this spring. At least 187 cases of the B117 variant have been detected in Florida, more than in any other state, according to the Centers for Disease Control and Prevention. Bars will be open in Florida during the game, and some are advertising Super Bowl parties. Before the game, Tampa’s mask order was extended to apply to outdoor areas where people could gather. Super Bowl ticket holders have not been discouraged by the pandemic. Jeremiah Coleman, a Chiefs fan from Wichita, Kansas, said, “On my deathbed, this will probably be one of the top five days I remember in my life, you know?”
The coronavirus crossroads: The vaccinated, the stymied and the waiting From page 7 For a few of those at the back of the line — largely younger, healthier people who are working from home — luck and perseverance can pay off in a split-second, sometimes with a side of guilt. Darla Rhodes lives in Pasco, Washington, is 47 and works remotely for a startup. Even though she has diabetes, she did not think she would be getting a vaccine anytime soon. But when the assisted living center where her grandmother lives offered vaccines to residents, and some of them refused them, the vaccinators had 30 minutes to get those shots in people’s arms or supplies would perish. Her sister, who happened to be dropping off groceries for their grandmother, got the ball rolling. Rhodes likened the sudden access to flying standby. “It was utterly unexpected,” Rhodes said. “But I jumped in the car, drove 15 minutes, filled out some paperwork and got a shot.” After posting about her experience on Facebook, she said, “One person said, ‘Hey I can’t even get a shot for my grandma,’ and my response was it was either that or it goes to waste.” Doug Heye, a Republican consultant in Washington, D.C., had heard about the trick of lining up at grocery stores, in the hopes of getting any remaining doses that were not used for residents given high priority, like those ages 65
Niti Seth, a psychologist in Belmont, Mass., has been unable to get an appointment for the vaccine. and older, or front-line and essential workers. “The more needles we get into arms, the faster we can move past this,” Heye, 48, said. “That applied to me, personally, as well.” So he recently positioned himself at his local Giant supermarket at 5:15 a.m., where he found himself second in line in the pharmacy section. “I spent nine hours in a grocery store. Lunch was beef jerky and barbecue potato chips. It is
too bad they don’t have the vaccine at Whole Foods or Balducci. It was like camping out for Bryan Adams tickets back in the day, and there’s no VIP line or anything like that.” At the end of a long day staring into other people’s grocery carts, he and four others drew the last doses. “Obviously, it’s a flawed process, and there can and should be better ways of doing this like letting seniors register for any extra doses first, for instance,” he said. “But that’s just not happening. I wasn’t cutting in a line, no VIP concierge nonsense, didn’t call in any favors.” Heye said he was considering how to get his life back, scanning Facebook for friends who had received their two shots so that they could resume some semblance of a social life. Those with two shots — just over 2% of the total population as of Sunday — at this point essentially live alone on private islands. Some may be in professions like health care where many of their co-workers are also inoculated. Others are in a sort of suspended animation, more comfortable at a grocery store or hugging a grandchild, yet still waiting for the rest of the nation before they swim ashore. “I feel very fortunate to have already received both doses of the Moderna vaccine,” said Pamela Spann, 68, who lives in Daingerfield, Texas. When the only pharmacy in her county offered shots in the last week of December, she
was first told that she was too young to get the first dose. But a clerk did write down her name in a notebook. “I was so surprised when I was called that evening for an appointment the next day,” Spann said. She received a second dose Jan. 26. Having missed out on her first year of retirement travel, Spann is waiting for others in her circle to get shots. “I am most looking forward to visiting my family again,” she said. “I also look forward to visiting and playing games with friends.” Still, she and many others who have been vaccinated or developed antibodies by contracting the virus feel a sense of trepidation. “I think life will never be as carefree as life before,” Spann said. “I will be more aware of new viruses throughout the world and what they might mean to me.” Mattias, of New York, described himself as a loner who, because he worked every day, said he had not felt that deprived over the past year, beyond missing a trip with his wife to a Cracker Barrel restaurant on their annual vacation in Pennsylvania. “I am looking forward to spending time with my grandkids, walking my dog and not having to cross the street so people don’t have to walk away from me first,” Mattias said. “My mother is 89 years old, I haven’t hugged in a while, so that’s another one. Really, my whole life is little things. I am counting on getting them back.”
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
9
Chicago teachers tentatively agree to return to classrooms By KATE TAYLOR
T
he Chicago Teachers Union has reached a tentative deal with Mayor Lori Lightfoot to partially reopen the city’s schools for in-person classes starting this week, the mayor announced Sunday. If it is finalized, the agreement would avert a strike that had threatened to disrupt instruction for students in the nation’s thirdlargest school system. It would also allow students in prekindergarten through eighth grade, plus some high school students with severe disabilities, to return to classrooms, albeit on a slower schedule than the mayor had originally wanted. Almost all of the city’s 340,000 public school students have been studying remotely since March. Lightfoot, a Democrat, acknowledged Sunday that the bitter fight with the union had been particularly hard on parents. But she asserted that what the city had achieved was vitally important, calling public education “the great equalizer.” “With our school reopening, we have taken a momentous step forward in our journey of renewal and recovery,” she said. “We can judge the health of who we are by what we do to support our children.” Chicago has seen one of the most acrimonious examples of the battles around the country pitting elected officials, who are pushing to reopen schools, against unions who say it is not safe to return to the buildings until teachers have been vaccinated. A similar struggle is underway in Philadelphia, where prekindergarten through second-grade teachers are supposed to report to school buildings on Monday to prepare for students to return on Feb. 22. The teachers’ union there has told its members to continue working remotely. In San Francisco, where schools remain closed and the city is seeking an injunction to force the Board of Education to produce a
reopening plan, the district and the teachers’ union announced a tentative agreement on Sunday on reopening. The deal requires a further decline in reports of new coronavirus in San Francisco — where they are already lower than in many other cities around the country — before students return to classrooms, so the timing of any reopening there remains unclear. Under the Chicago agreement, prekindergarten students and students with severe disabilities would return to classrooms Thursday. Those students had already been in school for 2-1/2 weeks in January before the dispute over COVID-19 safety measures sent them home again. Staff members who work in kindergarten through fifth-grade classrooms would return Feb. 22, and students in those grades would return March 1. Staff members in sixththrough eighth-grade classrooms would return March 1, and students March 8. There is no plan yet to return most high school students to classrooms. The deal must still be approved by a group of about 800 elected leaders of the union known as the House of Delegates; a vote is expected on Monday. Then the deal would go to a ratification vote by the union’s roughly 25,000 rank and file members on Tuesday. Lightfoot has argued that many of the city’s most vulnerable children have been struggling under remote learning and that reopening schools was critical to allowing them to reach their potential. The union countered that the mayor was callously putting teachers, students and their families in harm’s way. The argument also took on a racial element, with the union arguing that the mayor, who is Black, was catering to the district’s small minority of white parents, who have opted to send their children back to school for in-person instruction at higher rates than the district’s Black or Hispanic parents. Roughly 60% of the district’s mostly Black and Hispanic families have opted to keep their children learning remotely after the schools reopen,
A preschool student had his temperature checked at an elementary school in Chicago in January. and the union accused the mayor of ignoring those families’ concerns. The tentative agreement calls for the district to pause in-person learning for two weeks if the city’s rate of positive coronavirus tests increases sharply and consistently over the course of a week and surpasses 10% by the seventh day. It says that an individual class would temporarily revert to remote learning if it had one positive case who was present while contagious, and that a whole school would temporarily revert to remote learning if it had three positive cases in three different classrooms in a 14-day period. The city agreed to accelerate vaccinating teachers and other school workers. That would include offering 2,000 doses next week to the staff in classrooms that are due to reopen Thursday, and to any employees who live with people who are at high risk for complications from COVID-19. Under the agreement, teachers who have no students attending in-person can teach
remotely, and other teachers who are not yet vaccinated can take unpaid leaves of absence for the next quarter instead of returning to teach in person. All in-person staff members will be tested for the coronavirus at least every other week, and staff members at schools in neighborhoods with the highest rates of the virus will be tested weekly. Students at those schools, as well as high school students with severe disabilities, will be tested once a month. Randi Weingarten, the president of the American Federation of Teachers, the umbrella union for the Chicago and San Francisco locals, said Sunday that the agreements in those cities marked an important turning point. “It sends a strong message that, even though there’s been tensions and we’re in the middle of the pandemic — there’s a lot of tension and there’s a lot of fear — that when the sides can kind of come together and see solutions and follow the road map, we can get schools reopened safely.”
10
Tuesday, February 9, 2021
The San Juan Daily Star
Where do vaccine doses go, and who gets them? The algorithms decide By NATASHA SINGER
F
aced with the daunting task of parceling out a limited supply of coronavirus vaccines, Trump administration officials came up with a seemingly simple formula last year to streamline distribution of the shots. First, federal administrators would run an automated algorithm to divide vaccine doses nationwide, based on the size of each state’s adult population. Then each state would decide how to dole out the shots to local hospitals, nursing homes and clinics. But rather than streamline vaccine distribution, public health experts say, the algorithm has increased the burden for many states. It requires them to come up with multiple delivery plans for their weekly quotas of Pfizer and Moderna shots, even if the different shipments are destined for the same clinics and hospitals. “The way it’s set up is so cumbersome,” said Dr. Michelle Fiscus, the medical director of the Tennessee Department of Health’s Vaccine-Preventable Diseases and Immunization Program. Her team initially resorted to planning out the vaccine deliveries with a big paper map of the state, she said, covered with pink and yellow sticky notes. “If these artificial allotments were scrapped,” she said, “it would help us tremendously.” The federal vaccine allocation formula is among the dozens of algorithms — some automated systems and others simple prioritization lists — being used by government health agencies and hospital systems across the United States to help determine where the vaccines are sent and who can get them. The algorithms are intended to speed COVID-19 shots from pharmaceutical plants to people’s arms. The formulas generally follow guidelines from the Centers for Disease Control and Prevention recommending that front line health care workers, nursing home residents, senior citizens and those with major health risks be given priority for the vaccines. Yet federal agencies, states, local health departments and medical centers have each developed different allocation formulas, based on a variety of ethical and political considerations. The result: Americans are experiencing wide disparities in vaccine access. Oregon, for instance, has prioritized teachers over the elderly for COVID shots, an approach that could help schools and businesses reopen. New Jersey has put smokers before educators, which could save lives. Some prioritization formulas also conflict with one another or impose such prescriptive rules that they hinder immunizations, public health experts say. Yet many Americans may not be aware of the layers of algorithms influencing their access to vaccines. Ellen P. Goodman, a professor at Rutgers Law School who studies how governments use automated decisionmaking systems, said algorithms were needed to efficiently allocate the vaccines. But public agencies and health centers should be transparent about the prioritization formulas, she added.
Health agencies and hospitals are using different formulas to allocate the coronavirus shots, exacerbating disparities in vaccine access. “We want to know who is using them, what they are trying to do, who owns the proprietary algorithms, whether they are audited,” she said. The vaccine prioritization formulas fall roughly into three tiers: federal, state and local. At the top level, Operation Warp Speed — a multiagency federal effort, created by the Trump administration — has managed nationwide vaccine distribution through Tiberius, an online portal developed by Palantir, the data-mining giant. The Biden administration, which has retired the program’s name, has taken over and is continuing the effort. To divvy up doses, federal administrators use a simple algorithm. It automatically divides the total amount of vaccine available each week among the 50 states — as well as U.S. territories and a few big cities like New York — based on the number of people over 18 in each place. Some health officials and researchers, however, described the Tiberius algorithm as a black box. “Why can’t they make public the methods that they use to make these estimations?” said Dr. Rebecca Weintraub, an assistant professor of medicine at Harvard Medical School who was a co-author of a recent study on state vaccination plans. “Why are the states receiving a different number of doses than they expected per week?” States began warning about Tiberius’ drawbacks last fall. In interim vaccine plans filed with the CDC, some state health administrators complained that the platform seemed overly cumbersome and that the algorithm’s week-by-week allotments would make it difficult to plan monthslong vaccination campaigns. Another potential drawback: The Tiberius algorithm calculates state vaccine allotments based on data from the
American Community Survey, a household poll from the U.S. Census Bureau that may undercount certain populations — like unauthorized immigrants or tribal communities — at risk for the virus. In an emailed statement, the Department of Health and Human Services coronavirus vaccine operation said that the census survey data provided a baseline for the effort and that officials were working to make sure tribal communities had equitable access to the virus shots. The statement added that 99.9% of state vaccine orders had been delivered according to schedule and that the agency was working with states to improve their experience and add new features to the system. The Biden administration plans to soon start sending shipments of the shots directly to thousands of retail pharmacies, an effort that will not cut into the vaccine doses that states are allotted through Tiberius. Once the Tiberius algorithm has done its work, state health departments use their own approaches to divide the virus shots among authorized vaccination providers and decide who is eligible to receive them. Florida and Alaska, for instance, have given residents 65 and older priority for the vaccine. Massachusetts began allowing residents 75 and older to get the shots in early February. Oregon is opening the shots up to people 80 and over this week. Some health administrators are trying to redress the disparities. States like Tennessee have developed vaccine prioritization algorithms based on a CDC database called the Social Vulnerability Index. It uses variables like poverty and crowded housing to identify neighborhoods that could suffer the most harm from disasters like tornadoes or disease outbreaks. As a result, Tennessee has sent extra vaccine doses — beyond its standard, adult population-based allocation — to 35 of its 90 counties hardest hit by the virus. Among them is Haywood, a county whose population is about 51% African American and where the coronavirus mortality rate is more than double the state average. “We want to give more vaccines to that county to be able to vaccinate the population faster because their people are dying,” said Fiscus, the health official leading Tennessee’s vaccination program. Public health administrators in Alaska said they were taking a similar equity approach to vaccine allocation — only using spreadsheets to look at community risks and needs line by line. “We’re making sure we’re identifying these stakeholders and communicating with those who are prioritized but might not know that yet,” said Tessa Walker Linderman, a co-lead of the Alaska COVID Vaccine Task Force. Once states have allocated the shots to vaccination providers, medical centers use their own formulas to decide which health care workers and patients may receive them. The process can be fraught. In December, administrators at Stanford Medical Center in Palo Alto, California, scrambled to fix a vaccine algorithm that failed to prioritize resident physicians, who were treating coronavirus patients, for the shots.
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
11 Stocks
Stocks extend record highs, oil rises to highest in more than a year
A
gauge of global stock markets set another record high on Monday and oil prices rose to their highest in just over a year as investor optimism grew that U.S. lawmakers will soon pass a $1.9 trillion COVID-19 aid package. Investors were keeping an eye on bitcoin as it rose again, with Elon Musk promising Tesla Inc would soon take payment for its electric vehicles in the currency and revealing it had already bought $1.5 billion worth of it. Benchmark U.S. Treasury yields surged to 11-month highs as the U.S. fiscal stimulus was seen boosting economic growth and raising inflation more quickly than expected, and before the Treasury Department sells new longer-dated debt. Major U.S. stock indexes hit record highs in early New York trading, extending a recent streak of gains. Comments on Sunday by U.S. Treasury Secretary Janet Yellen, who said that if Congress approves the $1.9 trillion plan, the country would get back to full employment next year, added to the optimism. Congress on Friday approved a budget plan that would allow a coronavirus relief bill to muscle through in the coming weeks without Republican support. “We now have a situation where the Democrats do not need Republican approval in order to move ahead with the full $1.9 trillion stimulus package,” said Thomas Hayes, managing member at Great Hill Capital LLC in New York. Stocks gained even after news that South Africa had halted the rollout of AstraZeneca’s vaccine after a study showed it gave only limited protection against the country’s more contagious variant of the coronavirus. The Dow Jones Industrial Average rose 131.57 points, or 0.42%, to 31,279.81, the S&P 500 gained 10.62 points, or 0.27%, to 3,897.45 and the Nasdaq Composite added 49.03 points, or 0.35%, to 13,905.32. The pan-European STOXX 600 index rose 0.42% and MSCI’s gauge of stocks across the globe gained 0.47%. The MSCI index hit its ninth record high of 2021 overnight. Brent oil surpassed $60 a barrel. Brent was up 68 cents, or 1.2%, at $60.02, while U.S. West Texas Intermediate rose 68 cents, or 1.2%, to $57.53. The dollar was flat to slightly lower in choppy trading, holding its ground against a basket of major currencies as investors continued to price in a faster U.S. recovery than in most countries. The dollar index rose 0.057%, with the euro down 0.03% to $1.2038. Benchmark 10-year Treasury notes last rose 5/32 in price to yield 1.155%, from 1.17% late on Friday.
MOST ASSERTIVE STOCKS
PUERTO RICO STOCKS
COMMODITIES
CURRENCY
LOCAL PERSONAL LOAN RATES Bank
LOCAL MORTGAGE RATES Bank
FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS
BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental
3.00% 0.00 3.50% 0.00 3.50% 2.00 3.75% 2.00 3.50% 0.00 3.50% 0.00
3.50% 000 4.00% 0.00 3.75% 2.00 3.75% 2.00 5.50% 0.00 3.75% 5.50
PERS.
CREDIT CARD
AUTO
BPPR --.-- 17.95 4.95 Scotia 4.99 14.99 4.99 CooPACA
6.95 9.95
2.95
Reliable
--.-- --.--
4.40
First Mort 7.99 --.-- --.-Oriental 4.99 11.95 4.99
12
Tuesday, February 9, 2021
The San Juan Daily Star
AstraZeneca’s vaccine does not work well against virus variant in South Africa By BENJAMIN MUELLER, REBECCA ROBINS and LYNSEY CHUTEL
S
outh Africa halted use of the AstraZeneca-Oxford coronavirus vaccine Sunday after evidence emerged that the vaccine did not protect clinical trial volunteers from mild or moderate illness caused by the more contagious virus variant that was first seen there. The findings were a devastating blow to the country’s efforts to combat the pandemic. Scientists in South Africa said Sunday that a similar problem held for people who had been infected by earlier versions of the coronavirus: The immunity they acquired naturally did not appear to protect them from mild or moderate cases when they were reinfected by the variant, known as B.1.351. The developments, coming nearly a week after 1 million doses of the AstraZeneca-Oxford vaccine arrived in South Africa, were an enormous setback for the country, where more than 46,000 people are known to have died from the virus. They were also another sign of the dangers posed by new mutations in the coronavirus. The B.1.351 variant has spread to at least 32 countries, including the United States. The number of cases evaluated as part of the studies outlined by South African scientists Sunday were low, making it difficult to pinpoint just how effective or not the vaccine might be against the variant. And because the clinical trial participants who were evaluated were relatively young and unlikely to become severely ill, it was impossible for the scientists to determine if the variant interfered with the AstraZeneca-Oxford vaccine’s ability to protect against severe COVID-19, hospitalizations or deaths. The scientists said, however, that they believed the vaccine might protect against more severe cases, based on the immune responses detected in blood samples from people who were given it. If further studies show that to be the case, South African health officials will consider resuming use of the AstraZeneca-Oxford vaccine, they said.
Job Opportunities Kansas Farmer looking for CDL truck drivers to assist with harvest crew in the Midwest.
Season runs April 20th to December 1st (or possibly less). Must have valid, current CDL, farmer offers competitive pay, and will cover travel expense and housing. Serious inquiries only. Contact Edwin at 785-567-7134
Trucks carrying AstraZeneca’s vaccine through Johannesburg last week. The new research findings have not been published in a scientific journal. But the discovery that the AstraZenecaOxford product showed minimal efficacy in preventing mild and moderate cases of the new variant added to the mounting evidence that B.1.351 makes current vaccines less effective. Pfizer and Moderna have both said that preliminary laboratory studies indicate that their vaccines, while still protective, are less effective against B.1.351. Novavax and Johnson & Johnson have also sequenced test samples from their clinical trial participants in South Africa, where B.1.351 caused the vast majority of cases, and both reported lower efficacy there than in the United States. “These results are very much a reality check,” Shabir Madhi, a virologist at University of the Witwatersrand who ran the AstraZeneca-Oxford vaccine trial in South Africa, said of the findings released Sunday. The pause in the country’s rollout of the AstraZenecaOxford vaccine means that the first shipments will now be put in warehouses. Instead, South African health officials said they would inoculate health workers in the coming weeks with the Johnson & Johnson vaccine, which has shown strong efficacy in preventing severe cases and hospitalizations caused by the new variant. Johnson & Johnson has applied for an emergency use authorization in South Africa. But health officials there indicated that even before it is authorized, some health workers could be given the vaccine as part of an ongoing trial. In the AstraZeneca-Oxford trial in South Africa, roughly 2,000 participants were given either two doses of the vaccine or placebo shots. There was virtually no difference in the numbers of
people in the vaccine and placebo groups who were infected with B.1.351, suggesting that the vaccine did little to protect against the new variant. Nineteen of the 748 people in the group that was given the vaccine were infected with the new variant, compared with 20 out of 714 people in the group that was given a placebo. That equates to a vaccine efficacy of 10%, though the scientists did not have enough statistical confidence to know for sure whether that figure would hold among more people. Researchers also conducted laboratory experiments on blood samples from people who had been vaccinated and found a significant reduction in the activity levels of vaccinegenerated antibodies against the B.1.351 variant compared with other lineages. Beyond the troubling news about the AstraZenecaOxford vaccine, Madhi reported evidence suggesting that past infection by earlier versions of the coronavirus did not protect people in South Africa from the B.1.351 variant. In order to determine who had previously been infected by the coronavirus, researchers tested blood samples from people who had enrolled in a trial of the Novavax vaccine, but who were given placebo shots and not the vaccine itself. The researchers compared the levels of infection by the new variant in people who showed evidence of having previously had COVID-19 with the levels of infection in people who did not, and found no difference. That suggested, Madhi wrote on a slide presented Sunday night, that “past infection by ‘original’ variants of SARSCoV-2 do NOT protect against mild and moderate COVID-19 from the B.1.351 variant.” He said it was possible that the potential of the B.1.351 variant to evade immune responses in people who had previously been infected accounted at least in part for why South Africa has suffered such a devastating second wave of the virus in recent months. Researchers from the University of Oxford acknowledged Sunday that the vaccine provided “minimal protection” against mild or moderate cases involving the B.1.351 variant. They are working to produce a new version of the vaccine that can protect against the most dangerous mutations of the B.1.351 variant, and have said they hope it will be ready by the fall. “This study confirms that the pandemic coronavirus will find ways to continue to spread in vaccinated populations, as expected,” Andrew Pollard, the chief investigator on the Oxford vaccine trial, said in a statement. “But, taken with the promising results from other studies in South Africa using a similar viral vector, vaccines may continue to ease the toll on health care systems by preventing severe disease.” Moderna has also begun developing a new form of its vaccine that could be used as a booster shot against the variant in South Africa. B.1.351 has become the dominant form of the virus in South Africa and has been found in several dozen countries. A small number of cases have been reported in South Carolina, Maryland and Virginia.
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
13
France’s latest COVID measure: Letting workers eat at their desks By ROGER COHEN
E
much of life is dedicated. In the country that gave the world the 35-hour week, albeit often circumvented, the American lunchat-the-desk habit is viewed as an ominous indication of a poor understanding of the proper work-life balance. “You only have one life,” Dutin remarked. The pandemic restrictions have been particularly difficult for owners of restaurants. Some had suggested opening in defiance of the government’s order, prompting the French economy minister, Bruno Le Maire, to warn that such an insurrection would lead to the loss of government financial support during the pandemic. Overhauling the labor code to make hiring and firing more flexible in France, and generally cut back on regulation, has been a major plank of Emmanuel Macron’s presidency. The change has contributed to a significant drop in unemployment, which had been running around 10% before he took office. Macron has opted not to impose a third lockdown despite the continued virulence of the pandemic, but his government has reinforced measures to contain the virus in the workplace — by insisting that companies favor remote work wherever possible, keep employees at least 2 meters (6 feet) apart if they come to the office, and now by allowing workers to eat at their desks. It’s unclear how many French people were already
doing so. Globalization, or just plain Americanization, has hit France, too. Still, the Labor Ministry decision was a departure. “French culture is a culture of the table,” said Paulo Santos, who moved to France from Portugal eight years ago. “You gather around it and you talk about everything and nothing. That’s important.” A popular satirical video doing the rounds shows a group of tourists visiting a French “Museum of the Restaurant” and gaping in wonder at the guide as she explains that before COVID-19 people helped themselves to peanuts at the bar — from the same bowl — and sat opposite one another at dinner. The tourists, speaking in bad French, shake their heads in stupefaction. In a country of old habits, it is a time of troubling change. Dutin said she felt the response to the pandemic in France has been overdone and erratic. Her mother died of COVID-19 last year at 88. Looking through her papers, Dutin found her notes from school in the 1940s, describing instruction from teachers in how to combat tuberculosis — never drink from the same glass as someone else, for example. “That was a more serious disease at a time when science was far less advanced,” she said. “Now fear is everywhere. You are born to die. One day or another, of one thing or another. We are living an aberration.”
ating habits are as good a guide to France as any, and they are about to undergo a radical change. The Labor Ministry says it will allow French employees to eat lunch at their desks in order to contain the spread of the coronavirus, a practice previously forbidden under Article R.4428-19 of the 3,324-page French labor code, or Code du Travail. French eating habits have already been sorely tested by the pandemic. A 6 p.m. curfew prevents the predinner stop at the boulangerie or the butcher, and the closure of all cafes and restaurants has propelled takeout in the form of “le click & collect” — an English expression the French have adopted. It has been a case of one indignity after another. A spokesperson for the Labor Ministry said a decree opening the way for another sharp lifestyle adjustment would be made public in the next few days with a view to limiting employees’ exposure to COVID-19. Companies have up to now been barred from “allowing workers to have their meals in places dedicated to work.” The leading economic newspaper, Les Echos, ran its article about the development under the shocking image of a woman eating a salad of lettuce and tomato from a plastic container in front of her laptop. A faint smile on her face suggested she might even be happy. The woman at her desk pictured in the conservative daily Le Figaro looked far less content, with a phone in one hand, a fork in the other and her eyes on a screen. Until now, any company allowing employees to eat lunch at their desks was subject to a fine if discovered by the inspectors who enforce the labor code. The employee in question faced unspecified disciplinary action. The ban was consistent with the hyperregulation of workers’ rights enshrined in a labor code that took form in the 20th century on the rough premise that every owner of a business was a ruthless capitalist bent on exploiting workers — say, by making them work through their lunch hours. It also reflected the fierce French attachment to the country’s “art de vivre,” incompatible with the heresy of eating a lamb cutlet with sautéed potatoes while gazing at a spreadsheet. “We French and you Americans have totally different ideas about work,” said Agnès Dutin, a retired translator, as she wheeled a bag with her Sunday market produce. “It’s a catastrophe to eat at your desk. You need a pause to refresh the mind. It’s good to move your body. When you return, you see things differently.” To eat in France, whatever the inroads of fast food, remains a social experience rather than a matter of Waiting for a customer to pick up an order at a restaurant in Paris. The pandemic has sorely tested mere nourishment. It is a pleasurable gathering to which French eating habits.
14
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
Glacier bursts in India, leaving more than 100 missing in floods By MUJIB MASHAL and HARI KUMAR
A
Himalayan glacier broke and caused sudden, massive flooding in the northern Indian state of Uttarakhand on Sunday, smashing two dam projects and forcing officials to scramble to evacuate villages and try to save more than 100 lives. Trivendra Singh Rawat, the chief minister of Uttarakhand, said that seven bodies had been recovered and that about 125 people, many of them workers at the two hydroelectric dam projects that were largely swept away, were unaccounted for. “An avalanche came and completely broke the Rishiganga power project, and almost all the workers there are missing,” said Ashok Kumar, the chief of police in Uttarakhand. “By the time the water came downstream, we had alerted people.” The scenes were reminiscent of floods in Uttarakhand in 2013, when heavy rain over several days led to landslides that killed thousands of people and washed away entire villages. But the latest disaster also raised fears of what is to come. Scientists, who said the breaking of a glacier in the middle of the winter appeared to be a result of climate change, have warned that rising temperatures are melting the Himalayan glaciers at an alarming pace.
The remains of a hydropower project site in the Chamoli district of Uttarakhand, where flooding swept away bridges and roads. The glaciers, which supply water to tens of millions of people, could be mostly gone by the end of the century, a recent study found. The district of Chamoli in Uttarakhand appeared to have been hit hardest by the surging Dhauliganga River. Amit Shah, India’s home minister, said teams from the country’s disaster response force had been airlifted in. Hundreds of soldiers and members of the Indo-Tibetan Border Police also
descended on the scene, other officials said. Videos on social media showed violent surges of water heading down mountain gorges, washing away bridges and what looked like hydroelectric structures of one of the dams. Officials said 35 people had been working on the Rishiganga power project closer to the glacier that was swept away, and 176 other people on a second project about 3 miles downstream. Ratan Singh Rana, 55, from the village of Raini near the Rishiganga project, said the water rushed down the mountain around 10:30 a.m. “I was sitting on the floor of my house,” he said. “I saw black liquid flowing from the Nanda Devi mountainside — down with a lot of noise — as if a volcano had erupted.” “It was only 20-25 meters away from us,” he added. “We ran uphill about 250 meters and kept on crying and shouting, ‘Bhago, bhago! Bachao, bachao!’” he said, using the Hindi words for “run” and “save us!” Rana said the muddy water swept big boulders and ice downstream. His daughter and granddaughter were trapped in the house with mud rubble closing off the main entrance. They managed to rescue
them from the back of the house. “We thought that the whole world would drown in this,” he said. “I was thinking that today is the end, that we would leave this world today.” By late Sunday afternoon, it appeared that the worst of the damage from the flooding was over. Rawat, the chief minister, visited Chamoli and posted a video on Twitter that indicated the flow of water had slowed. He expressed hope that some of the missing people could be rescued. Local news media reports said 16 people trapped in a tunnel had been rescued so far. “Our special focus is on rescuing the workers trapped in the tunnels,” he said. The disaster led critics to point fingers at the government for constructing a dam so close to the glaciers at a time when the area is so vulnerable to climate change. Uma Bharti, a former minister for water resources and river development in the government of Prime Minister Narendra Modi, said she had warned against placing a hydroelectric project on the river so close to the Himalayas. “This incident, which happened in the Himalayas at Rishiganga, is a matter of both concern and warning,” Bharti said on Twitter. She said she had warned that the Himalayas are “a very sensitive area, and that is why on Ganges and its tributaries these projects should not be constructed.” Anil Joshi, an environmentalist who studies the Himalayan region, said the dam that was swept away was built just a few miles from the Nanda Devi glacier, on India’s second highest mountain. “At this time, a glacier avalanche indicates climate change,” Joshi said, referring to how the episode has occurred during the winter cold. “Temperature variation caused the detachment of glaciers, and that damaged the hydro dam at Rishiganga.” Joshi said he struggled to understand why the government had built the dam so close to the glacier. “Now this water is flowing with cyclonic speed,” he said.
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
15
A holistic view of vaccine hesitancy By CHARLES M. BLOW
I
recently had a conversation with a younger friend of mine — a Black man in his 30s here in Atlanta — about whether I was going to get the COVID-19 vaccine when it becomes available to me and whether I should. My answer was clear: absolutely. So was his: absolutely not. At least not yet, not until he was able to see over a longer period of time how others responded to it. In fact, he was somewhat astonished that I was eager to be vaccinated, treating it as a gullibility or naiveté on my part. It wasn’t necessarily that he didn’t trust vaccines; it was that he didn’t trust the government that was pushing it. This mistrust, I believe, is an underappreciated part of vaccine hesitancy, particularly among younger Black people. It is now a well-established fact that Black people are getting the vaccine less than their white counterparts and also express more doubt about it. But those numbers are more complicated than the top-line takeaways might suggest. A survey released Thursday by the National Foundation for Infectious Diseases found some interesting age variations. As CNN reported: “The survey, which was conducted in December 2020, also revealed that older Black adults and men are more willing to get the COVID-19 vaccine. For example, 68% of adults age 60 and older said they planned to get the
PO BOX 6537 Caguas PR 00726 Telephones: (787) 743-3346 • (787) 743-6537 (787) 743-5606 • Fax (787) 743-5100
Dr. Ricardo Angulo Publisher Manuel Sierra
Ray Ruiz
General Manager
Legal Notice Director
María de L. Márquez
Sharon Ramírez
Business Director
Legal Notices Graphics Manager
R. Mariani
Elsa Velázquez
Circulation Director
Editor / Reporter
Lisette Martínez
María Rivera
Advertising Agency Director
Graphic Artist Manager
vaccine while only 38% of Black adults age 18-44 planned to get it. Many of the younger respondents expressed distrust in the health care system, saying it treats people unfairly based on race and ethnic background, according to the survey findings.” The “distrust in the health care system” is real in the Black community. I have written about the effect of the full history of the United States’ failures and abuses in the medical field, relative to Black people. Perhaps most notably, at least in the last century, was the Tuskegee experiments in which hundreds of Black men were told they were being treated for syphilis when in fact they were not. They were being observed to see how the disease would progress. Those men suffered under this experiment for 40 years. The Associated Press exposed the program in 1972. But the Black people in the age group most resistant to the vaccine today were not alive when that experiment was conducted. Indeed, older men, those who might have been alive during that time — those whose peers were targeted by the Tuskegee experiment — are more likely to want the vaccine. It occurs to me that something bigger might be contributing to those numbers: an overall mistrust of a government that has repeatedly disappointed, disrespected and dehumanized Black people. This is a phenomenon that may be most acutely felt by young people. These young people have come of age in an era in which mass incarceration has sucked whole neighborhoods dry of brothers and cousins, fathers and uncles. They have come of age where the rapacious war on drugs ground up Black bodies and wasted human capital. They have come of age in an age of a rash of killings of unarmed Black people by the police, and those officers and the systems that animated them have rarely been held accountable. They have come of age watching the government cover up poor treatment of Black people. They’ve watched the government allow — indeed cause — the Flint water crisis in Michigan, and drag its feet as the people of New Orleans suffered after Hurricane Katrina and the people of Puerto Rico suffered after Hurricane Maria.
A Covid-19 vaccine is administered at the Louisville Urban League in Louisville, Ky., in January. They have watched four years of nonstop corruption by Donald Trump, a man who lied incessantly and whose government failed to constrain the virus in the first place. From the perspective of Black people, particularly many young ones, the government has demonstrated by deed that it is not to be trusted, that the health and welfare of Black people and Black bodies is not its concern. Indeed, the opposite may well be true. I went back and forth with my 30-something friend, arguing the science of the vaccine, discussing the disproportionate impact the virus was having on the Black community and how it was imperative that as many Black people get vaccinated as possible. As a 2018 Pew Research Center poll found: “On this scale, the share of whites who show high levels of trust (27%) is twice as high as the share of Black (13%) and Hispanic adults (12%). The older a person is, the more likely they are to tilt toward more trustful answers.” But I could see in his eyes that his vision was clouded by the darkness of distrust. How could the same government that destroys so many Black lives be trusted in its intentions to save his? To him, the vaccine wasn’t simply a product of medical research and science; it was also part of a governmental campaign and an imposition of the system. In an America where Black people have too often seen tools used as weapons, hesitancy will be a high hurdle.
16
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
DRNA presenta Orden Administrativa para emitir autorización provisional de pesca mientras se evalúan solicitudes de licencias Por THE STAR
A
nte el aumento en el volumen de solicitudes de licencias de pesca, el designado secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), licenciado Rafael Machargo Maldonado, firmó el lunes la Orden Administrativa 2021 – 03 para emitir una autorización provisional de pesca mientras se evalúan las solicitudes. “En los primeros tres meses de la pandemia de COVID-19, registramos una cantidad extraordinaria de solicitudes equivalente al total de licencias otorgadas anualmente. Posteriormente, continuamos recibiendo casos en una cantidad mayor a
la que usualmente maneja la agencia. En total, durante el año 2020 recibimos sobre el doble de las solicitudes que comúnmente tramita el Departamento,” señaló el secretario designado en comunicación escrita. La Ley de Pesquería de Puerto Rico, establece todo lo relacionado a la pesca en Puerto Rico, y le confiere al secretario del DRNA las facultades para reglamentar la pesca. Además, le otorga la facultad de otorgar licencias y permisos a las personas que realizan esa actividad. “Ante el aumento significativo en la cantidad de solicitudes de licencia de pesca recibidas, el DRNA no ha podido emitir las licencias al ritmo deseado. Por tal
razón, estamos autorizando a toda persona que tenga un recibo de radicación de solicitud de licencia de pescador, ya sea inicial (por primera vez) o renovación; a llevar a cabo la actividad de pesca con este recibo, hasta que el DRNA le emita la licencia correspondiente, o le deniegue la solicitud,” concluyó Machargo Maldonado. Esta autorización tendrá una vigencia hasta el 30 de junio de 2021. Para más información pueden acceder a la página de internet del DRNA o cualquiera de las redes sociales oficiales del Departamento. Igualmente, si tiene alguna pregunta o duda, puede escribirnos a través del correo electrónico: ayudaciudadano@drna.pr.gov.
UPR intensifica estrategias contra la violencia de género Por THE STAR
L
a administración de la Universidad de Puerto Rico (UPR) activó a las organizaciones que manejan programas contra la violencia de género en el sistema universitario para que, con el conocimiento y experiencia de sus profesionales, apoyen la implementación de la Orden Ejecutiva 2021-013, emitida por el gobernador Pedro Pierluisi, que declara un estado de emergencia contra la violencia de género en la isla, trascendió el lunes. A los fines de fortalecer los mecanismos que promuevan el cumplimiento de esta orden, el presidente de la institución, el doctor Jorge Haddock, encomendó a los once recintos que convoquen a los comités de trabajo, a los procuradores de estudiantes y a los coordinadores de Título 9, encargados de velar que se cumpla con la ley federal que prohíbe el discrimen por género en la educación. De igual forma, Haddock encomendó a la monitora de Seguridad para Estudiantes y Empleados, la doctora Carolyn Mercado Rosado, supervisar las iniciativas exitosas que se desarrollan en los recintos y unidades para, las que considere efectivas, establecerlas a través de todo el sistema universitario. Además, la funcionaria será la encargada de expandir los programas de capacitación y adiestramiento a estudiantes y empleados. “La violencia tiene múltiples matices
y repercusiones sociales. Estudios de la conducta humana reflejan la importancia que tiene la educación como herramienta para prevenir y cambiar la conducta agresiva. Por lo que, como primer centro docente de la isla, asumimos nuestra responsabilidad social para erradicar este mal en beneficio de nuestra comunidad universitaria y el pueblo puertorriqueño. Para mi administración es una prioridad eliminar la violencia de género en todas sus manifestaciones. Continuaremos atendiendo este asunto con firmeza y tomando acciones concretas”, expresó en comunicación escrita el presidente, quien también espera contar con el apoyo de otros grupos universitarios que han luchado para erradicar este problema, como Siempre Vivas. La administración universitaria desarrollará una campaña institucional para educar e informar sobre la prevención y atención a la violencia de género en todas sus manifestaciones, incluyendo el hostigamiento sexual. Cada unidad será responsable de mantener un informe semestral sobre el cumplimiento de la orden ejecutiva. Por la experiencia de sus recursos en temas de violencia, Haddock ofreció al Comité de Prevención, Apoyo, Rescate y Educación de la Violencia de Género (PARE) del gobierno central los servicios de la Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho del Recinto de Río
Piedras. Su decana, la licenciada Vivian I. Neptune Rivera, favoreció la orden ejecutiva, pues articula esfuerzos para detener la violencia contra la mujer. “Reiteramos nuestro compromiso inquebrantable con apoyar las víctimas desde nuestras Clínicas de Asistencia Legal y desde el Centro Integral de Apoyo a Víctimas (CIAV), así como promover opciones reales de educación a la profesión legal al brindar, todos los años, el curso de Litigación de casos de violencia doméstica: remedios civiles y criminales; también cursos de perspectiva de género en el derecho. A su vez, contamos con el Pro Bono Vivid, cuya misión es brindar apoyo y orientación a víctimas en casos de violencia doméstica. Desde este proyecto, los estudiantes, bajo la supervisión de su mentora, trabajan voluntariamente la fase educativa de prevención y colaboran con oficinas gubernamentales, casas hogares y otras entidades de derechos humanos y de la mujer que unen esfuerzos para combatir este problema social”, indicó. Desde el 2017, el CIAV presta servicios gratuitos de orientación, representación legal y acompañamiento a personas de edad avanzada, víctimas de trata humana y víctimas de violencia doméstica. Durante las emergencias de los huracanes Irma y María, los temblores del año pasado y el COVID-19, el personal del CIAV se mantuvo activo prestando los servicios a través de todo Puerto Rico,
incluyendo a Vieques y Culebra. Desde el último trimestre del año 2019 al 30 de noviembre de 2020, el CIAV ha brindado cerca de 5,700 servicios. Para orientaciones y servicios, pueden comunicarse a los teléfonos del CIAV: 787-999-9545 y 787-999-9546; o escribir al correo electrónico: ciav.derecho@upr.edu Durante la administración universitaria de Haddock se llevan a cabo varios esfuerzos para erradicar la violencia contra la mujer y educar sobre el tema. Entre ellas se encuentran el nombramiento de una monitora de Seguridad para Estudiantes y Empleados y la actualización del Protocolo Institucional de la Universidad de Puerto Rico para la Prevención y el Manejo Adecuado de Situaciones de Violencia Doméstica en el Lugar de Trabajo, así como la Política Institucional de la Universidad de Puerto Rico para el Manejo de Situaciones de Discrimen por Razón de Sexo o Género y las Conductas Constitutivas de Hostigamiento Sexual, Violencia Sexual, Violencia Doméstica, Violencia en Cita y Acecho, documentos ajustados recientemente a la legislación estatal y federal.
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
17
Filmmakers look at Woody Allen abuse allegations in four-part series By NICOLE SPERLING
T
he documentary filmmakers Kirby Dick and Amy Ziering have spent the past decade illuminating sexual abuse accusations in institutions like the military, in “The Invisible War” (2012); colleges, in “The Hunting Ground” (2015); and the music industry, in “On the Record” (2020). Now they have set their sights on Dylan Farrow’s decades-old sexual abuse allegations against her adoptive father, Woody Allen. “Allen v. Farrow” is a four-part docuseries set to debut later this month that takes viewers into Farrow’s public experience of accusing a famous and powerful man of abuse but also lays out details of the case that haven’t been shared with the public. Initially, Farrow’s story didn’t comport with Dick and Ziering’s usual broad-based investigations, but on closer examination the filmmakers found it offered them a chance to discuss familial child abuse and incest, a topic that survivors consistently asked the two to tackle. “I was haunted by these stories,” Ziering said. “That’s the third rail. That’s what no one talks about.” Everybody, though, talks about Woody Allen and Mia Farrow. The one-time Hollywood power couple were together for 12 years. Never marrying and keeping separate residences, they made 13 films together, adopted two children (Dylan and Moses), and sired another (Satchel, who changed his name to Ronan after his parents split). They were the talk of the town until it all came crashing down in 1992. In the course of eight months, Farrow discovered naked photos of her then college-age daughter Soon-Yi Previn in Allen’s apartment; that summer, 7-year-old Dylan said Allen sexually assaulted her. Those accusations led to an ugly custody fight and a family permanently torn asunder. Allen has consistently denied the accusations, and after investigations in Connecticut and New York, he was not charged with a crime. Set to begin Feb. 21 on HBO, the series features home video shot by Mia Farrow as her children were growing up in Connecticut and audio she surreptitiously recorded of some conversations she had with Allen. And, for the first time, we see the videotape account from 7-year-old Dylan, shot by Farrow in the immediate wake of the accusations. The
tape has become something of a hot button over the past two decades, characterized by one side as evidence of her veracity and by the other side as proof that Farrow coached her daughter in her responses. The filmmakers also raise questions about a crucial report issued by the Yale Child Sexual Abuse Clinic, at the Yale-New Haven Hospital, which found Dylan uncredible after interviewing the child nine times during a seven-month period. Neither Allen, Soon-Yi Previn nor Moses Farrow participated in the documentary. (The majority of Farrow’s other living children did.) They declined to comment in response to the series, which they have yet to see. I asked Dick and Ziering why they decided to get involved. Below are edited excerpts from our conversation. Q: For so long, this story has been portrayed as a he said-she said family drama, with many people declaring, “We will never know the truth.” ZIERING: As you dig closer, you see that it’s he said, he said, he said, he said, he said, he said, she said [whispered], he said, he said, he said, he said. But we didn’t know it. No one knew it. When you are getting this echo chamber of a certain perspective and a certain narrative, you are not realizing the source. That’s what was interesting as we unpacked it. And as we started hearing the “she said” part and fact-checking the “he said” part, it got extremely interesting. Q: Since the #MeToo movement began, Allen has been ostracized in a number of ways: Amazon canceled his multiplepicture movie deal. His latest film still hasn’t found U.S. distribution. The first publisher of his memoir backed out. Some actors have said they won’t work with him going forward. Why put this documentary out now? ZIERING: Our objective is never about the perpetrator. It’s more about all of us understanding these crimes, understanding the way we are all complicit to these crimes and I do mean all of us, both wittingly and unwittingly. It’s also about how do you talk about something that happens all the time in America and no one feels comfortable talking about? This isn’t the full exploration of that. It’s one way to get people to start thinking about that. DICK: Like “On the Record,” where people got to experience what happens when a person decides to come forward and
the immediate aftermath, this gets inside the experience of the people involved. That’s why it’s not just about somebody who is accused. Q: Whether by the media, or by Allen himself, Farrow has long been depicted as somewhat unstable. Was that your perception of her going into this and did it change? DICK: I just want to say that the suspicion and criticism put on mothers in general in this society is just evidence of misogyny. People like to “blame” mothers for everything. So from the beginning, I was very suspicious of that narrative because it is a misogynistic narrative — the idea of the hysterical woman, the crazy woman. That’s what is put out not only in cases of incest, which it’s put out quite frequently, but also in cases of sexual assault. Hearing that made me very, very suspicious. ZIERING: There are amazing testaments [to Farrow] and people will see the home videos Mia shot of her children throughout their lives. We got a lot of love and praise from the people we interviewed about her qualities as a mother. Q: At the end of the documentary, Mia says she’s still scared of Woody, actually worried about what he will do when he sees this series. Why, then, did she decide to participate? What was her objective? ZIERING: She did not want to be part of this. She did this for her daughter, Dylan. In fact, in the interview you see her in, she is in
my shirt. I literally had to borrow a shirt from someone else and give her my shirt because when she showed up, she did not want to do the interview, she was so unhappy. What was she wearing? I don’t even remember. She said, “My daughter came to me, said this is important to me and I need you to do this for me.” And she said: “I stand by my kids. I’m going to take incoming fire. I don’t know you, Amy. I don’t know Kirby. I know your work. I have been excoriated for doing nothing.” Q: In the series, there is a lot of scrutiny placed on the Yale-New Haven clinic; from the number of times the clinicians interviewed Dylan to the fact that all the contemporaneous interview notes from those sessions were destroyed when the final report was issued. In your previous investigations into sexual abuse, have you ever seen a situation where notes like that were destroyed? DICK: I hadn’t. It’s really shocking that notes would be destroyed but that’s one of the reasons that the full story never came out. If everything had been transparent we wouldn’t have made this series. Q: How actively did you try to reach Soon-Yi, Moses and Woody? Did you ever get any response from any of them? DICK: We definitely reached out. We did not expect them to speak. If we were making a film about Woody Allen’s career, he probably wouldn’t speak to us. It didn’t surprise us.
Kirby Dick and Amy Ziering spent three years making a documentary that re-examines the allegation that Woody Allen sexually abused his adopted daughter.
18 LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA.
FIRSTBANK PUERTO RICO
DEMANDANTE V.
JAVIER AMEZQUITARIVERA, LYZETTE ORTIZ-RODRIGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
DEMANDADOS Civil Núm. TA2018CV00110. Sobre: COBRO DE DINERO Y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, Miguel Burgos Ortiz, Alguacil de la División de Subastas de la Sala Superior de Toa Alta, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 30 de octubre de 2019 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $41,910.73 de principal, dictada en el caso de autos el día 9 de julio de 2019, notificada el día 23 de julio de 2019 y publicada mediante edicto, a través del periódico “The San Juan Daily Star”, el día 29 de julio de 2019, notificada a la parte demandada por correo certificado Procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Toa Baja, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número cuatrocientos uno, el plano de parcelación de la comunidad rural Candelaria Arenas del barrio Candelaria del término municipal de Toa Baja, con una cabida superficial de cero cuerdas con setecientas noventa y cuatro diezmilésimas de otra, equivalente a trescientos doce puntos cero dos metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la calle número nueve de la comunidad; por el SUR, con la parcela numero cuatrocientos catorce de la comunidad; por el ESTE, con las parcelas numero cuatrocientos veintitrés y cuatrocientos veintidós de la comunidad; y por el OESTE, con la parcela numero cuatrocientos veinte de la co-
@
munidad. Inscrita al folio 59 del tomo 255 de Toa Baja, Sección II de Bayamón, finca #15,486. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Toa Alta, cuyas cantidades son las siguientes: $41,910.73 de principal, 6.25% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $580.89 para gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $61,600.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo la cantidad de $41,066.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será la cantidad de $30,800.00. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 24 de febrero de 2021, a las 9:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 3 de marzo de 2021, a las 9:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 10 de marzo de 2021, a las 9:00 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Toa Alta. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. De Estudio
de Título realizado no surgen gravámenes preferentes y/o posteriores. De Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales podrán ser cancelados: HIPOTECA: Constituída por los esposos Amézquita-Ortiz a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, por $5,000.00 sin intereses, vencedero el 25 de noviembre de 2010, según Esc. #183, otorgada en Bayamón, el 25 de noviembre de 2002, ante Edna Chandrissa Bonnet Vázquez, inscrita al Folio 291 del Tomo 525 de Toa Baja, finca #15,486, inscripción 8va. AVISO DE DEMANDA: Dictado el 5 de mayo de 2017, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Toa Alta, Caso Civil Num. D3CD2017-0125, sobre Ejecución de Hipoteca, seguido por Firstbank Puerto Rico vs. Javier Amézquita Rivera y Lysette Ortiz Rodríguez, donde se solicita el pago de la deuda garantizada con la hipoteca de la inscripción 7ma., reducida a $41,910.73 o la venta en pública subasta, anotado al Tomo Karibe finca #15,486 de Toa Baja, el 22 de junio de 2017, Anotación “A” . La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en TOA ALTA, Puerto Rico, a 26 de enero de 2021. Miguel Burgos Ortiz, ALGUACIL.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.
FIRSTBANK
staredictos@thesanjuandailystar.com
PUERTO RICO Demandante v.
SUCESIÓN DE DOLORES REYES RÍOS, COMPUESTA POR: FULANO Y MENGANO DE TAL, COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS
Demandado CIVIL NÚM: VB2019CV00185 (201). SOBRE: INTERPELACION; COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Vega Baja, al público en general. CERTIFICO Y HAGO SABER. Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 16 de enero de 2020 que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Vega Baja, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Vega Baja, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte demandada Sucesión de Dolores Reyes Ríos, compuesta por: Fulano y Mengano de Tal, como posibles herederos desconocidos. Dirección Física: Urb. Jardines de Vega Baja, 323 Calle Jardín Sonador, Vega Baja, PR 00693. Finca 3720, inscrita al folio 186 del tomo 81 de Vega Baja, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Cuarta de Bayamón. URBANA: Solar marcado con el número dieciocho del Bloque “M” de la Urbanización Jardines de Vega Baja del Barrio Algarrobo de Vega Baja, Puerto Rico, con área de trescientos veintinueve punto trescientos treinticuatro metros cuadrados y en colindancias: por el NOROESTE, en trece metros con la Calle “P”; por el SURESTE, en trece punto ochentiún metros con el Solar M guión cinco; por el NORESTE, en veintitrés metros con el Solar M guión diecinueve; y por el SUROESTE, en veintisiete punto sesentisiete metros con el Solar “M” guión diecisiete. Sobre el descrito solar se ha construido una casa de hormigón y bloques. Finca 3720. Por su procedencia
(787) 743-3346
Tuesday, February 9, 2021 está afecta a: a. Condiciones restrictivas sobre edificación de uso. b. Servidumbres. Por sí está afecta a: a. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Firstbank Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $53,000.00, con intereses al 8.95% anual, vencedero el día 1 de julio de 2016, constituida mediante la escritura número 293, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 12 de junio de 2006, ante el notario Carlos Omar González Dávila, e inscrita al folio 281 del tomo 137 de Vega Baja, finca número 3,720, inscripción 9na. b. Aviso de Demanda de fecha 26 de diciembre de 2007, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, Caso Civil número DCD2007-3717, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Firstbank Puerto Rico, versus Dolores Reyes Ríos, por la suma de $52,697.49 más intereses y otras sumas, anotado al folio 301 del tomo 459 de Vega Baja, finca número 3,720, inscripción 10ma., como Asiento Abreviado extendida las líneas el día 27 de octubre de 2017, en virtud de la Ley número 216 del día 27 de diciembre de 2010. (Fue presentado el día 10 de abril de 2008 al Asiento 1031 del Diario 259). c. Modificada la hipoteca de la inscripción 9na., en cuanto al principal que será por $57,634.92 y con intereses al 8.95% anual, vencedero el día 1 de marzo de 2028, según la escritura número 101, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 24 de marzo de 2008, ante la notario Alexandra M. Serracante Cadilla, e inscrita al folio 302 del tomo 459 de Vega Baja, finca número 3,720, inscripción 11ra. d. AL ASIENTO 2019-029192-BY04 DEL SISTEMA KARIBE, se presentó el día 21 de marzo de 2019, Aviso de Demanda de fecha 13 de marzo de 2019, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Caso Civil número VB2019CV00185, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, por la Vía Ordinaria, seguido por Firstbank Puerto Rico, versus Dolores Reyes Ríos, por la suma de $53,000.00, con un balance de $57,634.92 y otras sumas. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 3720 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: Primera Subasta: 10 de marzo de 2021,11:00AM, Precio Mínimo: $53,000.00, Hipoteca: Escritura Número 293, sobre Hipoteca, otorgada el 12 de junio de 2006, ante el Notario Carlos Omar González Dávila, modificada mediante Escritura Número 101, otorgada el 24 de marzo de 2008, ante la Notario Alexandra M. Serracan-
te Cadilla. Segunda Subasta: 17 de marzo de 2021, 11:00AM, Precio Mínimo: $35,333.33. Tercera Subasta: 24 de marzo de 2021, 11:00AM, Precio Mínimo:$26,500.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 16 de octubre de 2019 y archivada en los autos el 18 de octubre de 2019, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $40,020.78, más la suma de $1,033.40, por concepto de atrasos acumulados pactados en la modificación, más $4,184.07, que incluye intereses según pactados, cargos por demora y otros cargos, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de 10% del principal, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado
The San Juan Daily Star con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Vega Baja, Puerto Rico, hoy día 27 de enero de 2021. Freddy Omar Rodriguez Collazo, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
ORIENTAL BANK Demandante v.
JOSE GAZMEY SANTIAGO, CARMEN ROSA BAEZ RUIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES, COMPUESTA POR AMBOS
Demandado CIVIL NÚM: CA2019CV02606 (407). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo Manuel Villafañe Blanco, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, al público en general. CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 20 de agosto de 2020, que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Carolina, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte demandada, Jose Gazmey Santiago, Carmen Rosa Baez Ruiz y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales Compuesta por Ambos. Dirección Física: Apt. K-301, Cond. Loma Alta Village III, Carolina, Puerto Rico 00983. Finca 61,930, al folio 71 del tomo 1479 de Carolina Sur, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Carolina. URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Segundo nivel: Apartamento K-301 (KTrescientos Uno). Apartamento residencial de forma irregular
de un nivel, localizado en la tercera planta del Edificio Dos (2) del Condominio Loma Alta Village. Los linderos de este apartamento son los siguientes: por el NORESTE: con el apartamento K-302 (trescientos dos) en distancia de veintiocho (28) pies y cinco (5) pulgadas; por el SUROESTE, con el apartamento J-302 (trescientos dos) y elemento exterior en distancia de cuarenta (40) pies y siete (7) pulgadas; por el NOROESTE, con elemento exterior en distancia de treinta y dos (32) pies y nueve (9) pulgadas; por el SURESTE, con elemento exterior en dos (2) alineaciones de veinte (20) pies y seis (6) pulgadas y ocho (8) pies y tres (3) pulgadas respectivamente. La puerta de entrada está situada en el lindero Sureste, colinda y tiene acceso al pasillo principal. Consta de tres habitaciones con su respectivo guarda ropa, sala-comedor, área para desayunar, cocina-lavandería, dos baños, pasillo y balcón. Los baños tienen bañera, lavamanos y servicio sanitario. El área total del apartamento es de mil ciento cuarenta y nueve punto cero nueve pies cuadrados (1,149.09), equivalentes a ciento seis punto setenta y seis metros cuadrados (106.76). Este apartamento tiene una participación de cero punto cinco seis seis cuatro por ciento (0.5664%) en los elementos comunes generales del proyecto. Le corresponden privativamente los estacionamientos con los números trescientos sesenta y siete (367) y trescientos sesenta y ocho (368). Finca 61,930. Por su procedencia está: a. Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. b. Servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico. c. Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. d. Servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company. e. Servidumbre a favor de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico. Por sí está afecta a: a. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de RG Premier Bank of Puerto Rico, por la suma principal de $150,500.00, con intereses al 6.50% anual, vencedero el día 1 de octubre de 2038, constituida mediante la escritura número 373, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de septiembre de 2008, ante el notario Edgardo Del Valle Galarza, e inscrita al folio 71 del tomo 1479 de Carolina Sur, finca número 61,930, inscripción 2da. b. Aviso de Demanda de fecha 15 de julio de 2019, expedido en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Carolina, en el Caso Civil
The San Juan Daily Star número CA2019CV02606, sobre Cobro de Dinero, seguido por Scotiabank de Puerto Rico versus José Gazmey Santiago, Carmen Rosa Báez Ruiz y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $126,539.41, más intereses y otras sumas adicionales, anotado el día 3 de septiembre de 2019, al tomo Karibe de Carolina Sur, finca número 61,930, Anotación “A”. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 61,930 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: Primera Subasta: 9 de marzo de 2021, Hora: 10:30am, Precio Mínimo: $150,500.00, Hipoteca: Escritura Número 373 sobre Primera Hipoteca, otorgada el día 30 de septiembre de 2008, ante el notario Edgardo Del Valle Galarza. Segunda Subasta: 16 de marzo de 2021, Hora: 10:30am, Precio Mínimo: $100,333.33. Tercera Subasta: 24 de marzo de 2021, Hora: 10:30am, Precio Mínimo: $75,250.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 31 de enero de 2020, notificada el 12 de febrero de 2020 y publicada el 21 de febrero de 2020, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $126,539.41, más intereses a razón de 6.5%, desde el 1 de febrero de 2019, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $565.84 por cargos por mora, más la suma de $436.89 en conexión con la cuenta de reserva, más la suma de $15,050.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al
Tuesday, February 9, 2021
gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 16 de diciembre de 2020. Manuel Villafañe Blanco, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA. ****
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.
ORIENTAL BANK Demandante vs.
CARLOS JOEL VEGA PEREZ y su esposa ALENIS RAMOS VALLE y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NÚM. BY2019CV06194. SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria). EDICTO DE SUBASTA.
Al: Público en General A: CARLOS JOEL VEGA PEREZ y su esposa ALENIS RAMOS VALLE y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Yo, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 17 DE FEBRERO DE 2021 a las 11:00 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Vega Baja, Vega Baja, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos corres-
pondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Vega Baja durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 24 de febrero de 2021, a las 11:00 de la mañana; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 3 de marzo de 2021, a las 11:00 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar identificado con el número Seis (6) del Bloque “J”, localizado en la Calle número Diez (10), situado en la URBANIZACIÓN VELOMAS en el término municipal de Vega Baja, Puerto Rico, con un área de TRESCIENTOS UNO PUNTO CERO CERO (301.00) METROS CUADRADOS. Colinda por el NORTE, en catorce punto cero cero (14.00) metros, con la Colonia Monserrate; por el SUR, en catorce punto cero cero (14.00) metros, con la Calle número Diez (10); por el ESTE, en veintiuno punto cincuenta (21.50) metros, con el solar número J guión Cinco (J5); y por el OESTE, en veintiuno punto cincuenta (21.50) metros, con el solar número J guión Siete (J-7). Sobre dicho solar enclava una casa de una planta para fines residenciales. La casa consta de tres dormitorios, sala, comedor, cocina, dos baños, “laundry” y marquesina doble. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 145 del tomo 436 de Vega Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, finca número 31,562, inscripción tercera. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Urbanización Velomas, J-6, Calle 10, Vega Baja, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $120,837.57 de principal, intereses al 5.00% anual, desde el día 1ro. de septiembre de 2017, hasta su completo pago, más la cantidad de $14,075.00, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $140,750.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $93,833.33 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $70,375.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los
hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Vega Baja, Puerto Rico, a 15 de enero de 2021. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.
ORIENTAL BANK Demandante vs.
JAIME TOMAS ROSARIO JUSTICIA y su esposa MICHELLE MARIE CACHO GOMEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NÚM. D4CD2016-0086 (201). SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria) “IN REM”. EDICTO DE SUBASTA.
Al: Público en General A: JAIME TOMAS ROSARIO JUSTICIA y su esposa MICHELLE MARIE CACHO GOMEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos; LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, por tener Hipoteca en Garantía de Pagaré a su favor por la suma de $4,500.00.
Yo, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el 17 DE FEBRERO DE 2021 a las 11:15 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Vega Baja, Vega Baja, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del
Tribunal de Vega Baja durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 24 de febrero de 2021, a las 11:15 de la mañana; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 3 de marzo de 2021, a las 11:15 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número Setecientos Veintiuno (721), localizado en el Edificio número Siete (7), piso dos del CONDOMINIO VISTAS DE LA VEGA, el cual esta situado en el Barrio Espinosa del término municipal de Vega Alta, Puerto Rico. Unidad individual de vivienda de un nivel de altura construída de hormigón reforzado y bloques de concreto, con puertas de madera y ventanas de aluminio y cristal. Según detalla en el plano, colinda por el NORTE, con “planting”, acera, área de estacionamiento y la calle interior del complejo; por el SUR, con el patio posterior del Edificio; por el ESTE, con el área verde del proyecto; y por el OESTE, con la unidad de apartamento número Setecientos Veintidós (722). Esta unidad consta de un área de construcción bruta de OCHOCIENTOS CINCO (805) PIES CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y OCHO CUARENTA Y CINCO (74.7845) METROS CUADRADOS. Como área privada de vivienda, dividida como sigue: incluye sala, comedor, cocina, un baño, área de lavandería, tres dormitorios con closet y una terraza exterior techada. A esta unidad le corresponde el cero punto seiscientos veinticinco porciento (0.625%) en los elementos comunes generales del Condominio Vistas de la Vega. A esta unidad le corresponde para su único y exclusivo uso como elemento común limitado un área de estacionamiento de dos punto cincuenta (2.50) metros de ancho y cuyo número de estacionamiento asignado es el Setecientos Veintiuno (721). La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al Sistema Karibe de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, finca número 19,856, inscripción cuarta. Subordinada la hipoteca de la inscripción 3ra., a favor de Scotiabank de Puerto Rico, para que esta última se inscriba como Primera Hipoteca, según consta de la Escritura Número 386, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 23 de noviembre de 2010, ante el Notario Público Héctor Moyano Noriega, inscrita al tomo Karibe de Vega Alta, Registro de la Propiedad, Seccion Tercera, finca número 19,856, nota marginal 4.1. La dirección física de la propiedad antes
19
descrita es: Condominio Vistas de la Vega, Apartamento 721, Edificio Número 7, Piso 2, Vega Alta, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $80,090.00 de principal, intereses al 4 1/2% anual, desde el día 1ro. de junio de 2016, hasta su completo pago, más la cantidad de $8,899.80 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $88,998.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $59,332.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $44,499.00. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como suficiente la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad hipotecada a ser vendida en pública Subasta se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de La Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $3,000.00, sin intereses, vencedero el día 1ro. de mayo de 2014, según consta de la escritura número 111, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 8 de mayo de 2008, ante la Notario Público Ruth Castro Algarín, inscrita al folio 185 del tomo 323 de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, finca número 19,856, inscripción 3ra. Sujeta a Condiciones bajo el Programa La Llave para tu Hogar por el término de 6 años. Instancia del 20 de septiembre de 2019, ante el Notario Baldomero A. Collazo Torres, solicitando corregir la escritura número 111, aclarando que la cantidad correcta de la hipoteca de $3,000.00 es por $4,500.00, presentada al Asiento 2019-103542-BY03 del Sistema Karibe, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Podrán
concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales en la certificación registral y que podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otro créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Vega Baja, Puerto Rico, a 15 de enero de 2021. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA. **
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN SEBASTIÁN.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
PARTE DEMANDANTE VS.
NYVIA QUILES RIVERA T/C/C NIVIA QUILES RIVERA T/C/C NYVIA QUILES T/C/C NY VIA QUILES RIVERA T/C/C NYVIA M. QUILES RIVERA T/C/C NYVIA MARÍA QUILES RIVERA
PARTE DEMANDADA CIVIL NÚM. SS2019CV00373. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA, El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 9 de septiembre de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 22 de noviembre de 2019 y el Segundo Mandamiento de Ejecución del 22 de enero de 2021 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 4 DE MARZO DE 2021, a las 11:00 de la mañana en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Sebastián, en la Calle Severo Arana (al lado del Cuartel de la Policía), San Sebastián, Puerto Rico 006851571. Las subastas se van a celebrar en la Sala Municipal; al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, cheque de gerente o giro postal, todo títu-
lo, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: RÚSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Robles del Municipio de San Sebastián, Puerto Rico, con una cabida superficial de 3336.912 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con Felipe Hernández y Pedro Rosa; por el SUR, con Olegario Méndez; por el ESTE, con Ciprián Valentín; y por el OESTE, con Sucesión de Pablo Vélez. La propiedad consta inscrita al folio 35 del tomo 378 de San Sebastián, Finca Número 20,113, Registro de la Propiedad de San Sebastián. La escritura de hipoteca consta inscrita al folio 115 del tomo 520 de San Sebastián, Finca Número 20113, Registro de la Propiedad de San Sebastián, Inscripción sexta. DIRECCIÓN FÍSICA: 446 SR KM 4.3, ROBLES WARD, SAN SEBASTIAN, PR 00685. El tipo mínimo para la primera subasta será de $64,000.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una segunda subasta, el día 11 DE MARZO DE 2021, a las 11:00 de la mañana en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $42,666.66. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 18 DE MARZO DE 2021, a las 11:00 de la mañana en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $32,000.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $49,513.58 de principal, más intereses sobre dicha suma al 7% anual desde el 1 de noviembre de 2018 hasta su completo pago, más $97.47 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $6,400.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesan el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: Presentación del Aviso de Demanda: Al asiento 2020-100986-SS01, el 11 de diciembre de 2020, según Demanda de fecha 30 de mayo de 2019, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Sebastián, en el caso civil número SS2019-CV00373, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por
20 Banco Popular de Puerto Rico vs. Nyvia Quiles Rivera también conocida como Nivia Quiles Rivera, como Nyvia Quiles, como Nyvia M. Quiles Rivera y Nyvia María Quiles Rivera, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $49,513.58 y otras cantidades, o la venta en pública subasta de la propiedad. Pendiente de anotación. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo deseaba. Se le advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Sebastián, Puerto Rico, hoy 2 de febrero de 2021. Luis A Nieves Rivera , Alguaci, Placa #659, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN SEBASTIÁN.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
ORIENTAL BANK DEMANDANTE VS.
MIGUEL ANGEL QUIÑONES ANDINO T/C/C MIGUEL A. QUIÑONES ANDINO T/C/C MIGUEL QUIÑONES ANDINO, SU ESPOSA NYDIA ESTHER GARCÍA PIZARRO T/C/C NYDIA E. GARCÍA PIZARRO T/C/C NYDIA GARCÍA PIZARRO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
DEMANDADOS CIVIL NÚM.: CA2019CV01361. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 24 de junio de 2019 y según Orden y Mandamiento del 2 de enero de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Ciudad Universitaria situado en el Barrio Las Cuevas de Trujillo Alto, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con solar número diez (#10) de la manzana D, con un área de trecientos treinta y tres punto sesenta (333.60) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Calle AA, distancia de siete punto setenta y ocho (7.78) metros y mitad de un arco de cuatro punto setenta y un (4.71) metros; por el SUR, con el solar número nueve (#9), distancia de trece punto setenta y ocho (13.78) metros; por el ESTE, con la calle M distancia de dieciocho punto setenta y siete (18.77) metros y mitad de un arco de cuatro punto setenta y uno (4.71) metros; por el OESTE, con el solar número once (#11), distancia de veinticuatro punto setenta y siete (24.77) metros. Enclava edificación. Sobre esta finca se ha edificado una casa dedicada a vivienda la cual consta de tres cuartos dormitorios, sala, comedor, cocina, dos cuartos de baños, balcón y garaje de dos niveles en la parte posterior por valor de $16,000.00, según consta de la escritura #215, otorgada en San Juan, el 30 de diciembre de 1971 antes el notario Carmelo Ávila Medina, inscrita al folio 125 vuelto del tomo 162 de Trujillo Alto, finca #7,807, inscripción 2da. FINCA NÚMERO: 7,807, inscrita al folio 125 del tomo 162 de Trujillo Alto, sección IV de San Juan. DIRECCION FISICA: URB UNIVERSITARIA SOLAR 10 MANZANA D, CALLE AA TRUJILLO ALTO, PR. 00976. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 9 de marzo de 2021 a la siguiente hora 1:00 p.m., en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la prime-
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
ra subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $150,400.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 16 de marzo de 2021 a la siguiente hora 1:00, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $100,266.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 24 de marzo de 2021 a la siguiente hora 1:00 en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $75,200.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto el tercero a favor de de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recursos o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contar el demandante y/o el acreedor y/o el inversionista dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. Por la presente también se notifica e informa de una HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $60,000.00, intereses al 10% anual (no expresa el vencimiento), según consta de la escritura #17, otorgada en San Juan, el 6 de noviembre de 2014, ante el Notario Mario M. Oronoz, inscrito el 10 de febrero del 2015 al folio 187 del tomo 902 de Trujillo Alto, finca #7,807, inscripción 10ma. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencio-
nada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 14 de enero de 2021. Manuel Villafañe Blanco, Alguacil, Sala Superior de Carolina.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
ORIENTAL BANK DEMANDANTE VS.
CHERYL JOHANNA SILVA BENIAMINO T/C/C CHERYL JOHANNA SILVA T/C/C CHERYL J. SILVA BENIAMINO
DEMANDADOS CIVIL NÚM.: SJ2019CV00158. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 19 de agosto de 2020, y según Orden y Mandamiento del 24 de septiembre de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA:
Solar marcado con el número Ocho del bloque B del plano de inscripción de la Urbanización Extensión College Park, Segunda Etapa, situada en el barrio Monacillos del Municipio de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de cuatrocientos ochentiún metros cuadrados con sesentiun centímetros cuadrados; y colinda por el NORTE, en dieciocho metros con los solares Dos B y Tres B; por el SUR, en dieciocho metros con la Calle Santa Rosa; por el ESTE, en veintiseis metros setenticinco centímetros con el solar Siete B; y por el OESTE, en veintiseis metros setenta y cinco centímetros con el solar Nueve B. FINCA NÚMERO: 20,414, inscrita al folio 85 del tomo 596 de Monacillos, sección III de San Juan. Nota aclaratoria: En el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección III, la descripción registral consta tal y como fue transcrita anteriormente. En la Escritura número 122, otorgada el 24 de enero de 2009, consta lo siguiente; Solar marcado con el número Ocho del bloque B, hoy 277 del plano de inscripción de la Urbanización Extensión College Park. Calle Santa Rosa, hoy calle Alonso. DIRECCION FISICA: URB. EXT. COLLEGE PARK, SEGUNDA ETAPA SOLAR 8 BLOQUE B SAN JUAN PR 00921. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 3 de marzo de 2021, a las 11:00 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $226,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 10 de marzo de 2021, a las 11:00 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $150,666.67. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 17 de marzo de 2021, a las 11:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $113,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto
del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $223,236.18 de principal, más intereses anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por
semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 25 de enero de 2021. EDWIN E. LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MAYAGÜEZ.
ORIENTAL BANK DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE MYRTA TROCHE ORTIZ COMPUESTA POR SUS HEREDERAS CONOCIDAS DENISE IVETTE TROCHE T/C/C DENISE IVETTE MCKEE TROCHE T/C/C DENISE MCKEE T/C/C DENISSE MCKEE, MARTHA CAZARES TROCHE T/C/C MARTA DORIS CAZARES; SUCESIÓN DE PEGGY ANN HAY TROCHE T/C/C PEGGY ANN HAY; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O COMO PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES
DEMANDADOS CIVIL NÚM.: MZ2018CV00568. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Mayagüez, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 17 de octubre de 2019, y según Orden y Mandamiento del 11 de diciembre de 2019 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Porción de terreno localizado en el Barrio Monte Grande del término municipal de Cabo Rojo, Puerto Rico, identificado con el #128 en el correspondiente plano de inscripción de la Urbanización Monte Grande, con una cabida
superficial de 459.84 metros cuadrados. Colinda por el NORESTE, en 14.93 metros, con el solar #136; por el SUROESTE, en 14.93 metros, con la calle Clemente; por el SURESTE, en 30.80 metros, con el solar #129; y por el NOROESTE, en 30.80 metros, con el solar #127. Se halla afecto en sus colindancias Sureste y Suroeste, con servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica. FINCA NÚMERO: 16,347, inscrita al folio 100 del tomo 968 de Cabo Rojo, sección de San Germán. DIRECCION FISICA: URB MONTE GRANDE 128 CALLE CLEMENTE CABO ROJO, PR. 00623. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 3 de marzo de 2021, a la siguiente hora 1:40 de la tarde, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Mayaguez. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $83,536.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 10 de marzo de 2021, a la siguiente hora 1:40 de la tarde, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $ 55,690.67. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 17 de marzo de 2021, a la siguiente hora 1:40 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $41,768.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $78,168.99 de principal, más intereses convenidos al 5.0000% anual más recargos hasta su pago, más el recobro de subsidio (si aplicara), más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto el tercero a favor de de quién
The San Juan Daily Star en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 7 de noviembre de 2019, y según Orden y Mandamiento del 5 de febrero de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: RÚSTICA: Porción de terreno localizado en el barrio Sabana Yeguas, Sector Piedras Blancas, del término municipal de Lajas, Puerto Rico, con una cabida superficial de 650.00 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, con el solar #8, propiedad de Doña Rosa Aurora Rodríguez Vega; por el SUR, con el remanente del solar del cual se segrega; por el ESTE, con terrenos propiedad de Doña Gloria Alsalcia Rodríguez; y por el OESTE, con la faja de terreno marcada en el plano de segregación como Uso Público. FINCA NÚMERO: 15,901, inscrita al folio 97 del tomo 358 de Lajas, Registro de San Germán. DIRECCION FISICA: CALLE MANUEL RODRIGUEZ BO SABANA YEGUAS SECTOR PIEDRAS BLANCAS LAJAS, PR. 00667. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 3 de marzo de 2021, a las 1:30 de la tarde, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Mayaguez. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $79,568.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 10 de marzo de 2021, a las 1:30 de la tarde, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca Hipoteca para la propiedad, la suma de $53,045.33. De no haLEGAL NOTICE ber remanente o adjudicación ESTADO LIBRE ASOCIADO en esta segunda subasta por el DE PUERTO RICO TRIBU- tipo mínimo indicado en el páNAL DE PRIMERA INSTANCIA rrafo anterior, se celebrará una SALA SUPERIOR DE MAYA- tercera subasta en el mismo luGÜEZ. gar antes señalado el día 17 de marzo de 2021, a las 1:30 de la ORIENTAL BANK tarde, en la cual el tipo mínimo DEMANDANTE VS. IVETTE TORO DELGADO aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo DEMANDADA pactado en la escritura de hiCIVIL NÚM.: MZ2019CV01112. poteca Hipoteca para la propieSOBRE: COBRO DE DINERO dad, la suma de $39,784.00. Si Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. se declare desierta la tercera EDICTO ANUNCIANDO PRIsubasta se adjudicará la finca MERA, SEGUNDA Y TERCEa favor del acreedor por la totaRA SUBASTA. El Alguacil que lidad de la cantidad adeudada suscribe, funcionario del Tribusi ésta es igual o menor que nal de Mayagüez, Puerto Rico, el monto del tipo mínimo de la por la presente anuncia y hace tercera subasta, si el tribunal saber al público en general que
se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recursos o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contar el demandante y/o el acreedor y/o el inversionista dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 13 de enero de 2021. Jose M. Crespo Nazario, Alguacil Placa 522, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
Tuesday, February 9, 2021 lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $67,852.26 de principal, más intereses convenidos al 6.0000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en
el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 13 de enero de 2021. Jose M. Crespo Nazario, Alguacil Placa 522, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MAYAGÜEZ.
ORIENTAL BANK DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE VICTOR JUAN OUSLAN CRESPO, COMPUESTA POR SUS HEREDEROS CONOCIDOS RICARDO OUSLAN QUIÑONES, VICTOR OUSLAN QUIÑONES, JOSE MANUEL OUSLAN QUIÑONES Y VICTOR JUAN III OUSLAN SANTOS; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN VS.
CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES Y DEPARTAMENTO DE HACIENDA GOBIERNO DE PUERTO RICO
PARTE INTERESADA CIVIL NÚM.: MZ2019CV01820. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Mayaguez , Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 29 de septiembre de 2020, y según Orden y Mandamiento del 18 de noviembre de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: RÚSTICA: Solar marcado con el #7 de acuerdo al plano de inscripción, el cual radica en el Barrio Llanos Costa del término municipal de Cabo Rojo, con una cabida superficial de 1,055.507 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con camino municipal; por el SUR, con lote #8; por el ESTE, con parcela 10 y por el
OESTE, con el lote 9 todo del plano de inscripción. Dicho solar se encuentra afectado por una zona inundable por lo cual deberá cumplir con las disposiciones del Reglamento de Planificación #13. FINCA NÚMERO: 29,666, inscrita al folio 166 del tomo 874 de Cabo Rojo, sección de San Germán. DIRECCION FISICA: BARRIO LLANOS COSTA LOTE 7 RD 101 KM 15.5, SECTOR SAMAN CABO ROJO PR 00623.. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 3 de marzo de 2021, a las 1:50 de la tarde, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Mayaguez. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $100,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 10 de marzo de 2021, a las 1:50 de la tarde, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca la suma de $66,666.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 17 de marzo de 2021, a las 1:50 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca la suma de $50,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $44,938.70 de principal, más intereses convenidos al 4.0000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca
21
o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 13 de enero de 2021. Jose M. Crespo Nazario, Alguacil Placa 522, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO.
ORIENTAL BANK DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE ZELAIDA DONIS FUENTES COMPUESTA POR SU VIUDO LEONARDO
ROSADO PAUNETTO; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN DEMANDADOS VS.
CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES y DEPARTAMENTO DE HACIENDA GOBIERNO DE PUERTO RICO
PARTES INTERESADAS CIVIL NÚM.: FA2018CV00891. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Fajardo, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 4 de septiembre de 2019, y según Orden y Mandamiento del 13 de enero de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con la Letra “F” del Plano de Inscripción, situada en el Barrio Zarzal del termino municipal de Río Grande, Puerto Rico, con una cabida superficial de dos mil quinientos noventa y cuatro punto diecisiete setenta y tres metros cuadrados (2,594.1773 m.c.), equivalentes a cero punto sesenta y siete cero cero cuerdas (0.6600 cds.), en lindes por el NORTE, en sesenta y uno punto sesenta y nueve cero ocho (61.6908) metros hoy con Sucesión Torres Rosario; por el SUR, en treinta y ocho punto setenta y uno cero nueve (38.7109) metros con camino dedicado a uso público; por el ESTE, en cincuenta y seis punto ochenta y dos noventa y cuatro (56.8294) metros hoy con Sucesión Miranda; y por el OESTE, en cincuenta punto setenta y seis cincuenta y cuatro (50.7654) metros con Parcela “G” del Plano de Inscripción. FINCA NÚMERO: 24,933, inscrita al folio móvil del tomo 448 de Río Grande, sección III de Carolina. DIRECCION FISICA: BARRIO ZARZAL PARCELA F CARR 966 KM 2.6 RIO GRANDE, PR. 00745. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 09 de marzo de 2021, a las 2:30 p.m., en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Fajardo. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en
este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $193,700.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 16 de marzo de 2021, a las 2:30 p.m, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $129,133.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 24 de marzo de 2021, a las 2:30 p.m, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $96,850.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $165,452.75 de principal, más intereses convenidos al 4.8750% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o
22 título objeto de este edicto. Por la presente se notifica e informa al CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES y DEPARTAMENTO DE HACIENDA GOBIERNO DE PUERTO RICO por cualquier interés que puedan tener en el presente caso. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 14 de enero de 2021. Sandraliz Martinez Torres, Alguacil Auxiliar, Placa 737. Shirley Sanchez Martinez, Alguacil Regional 161, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE FAJARDO.
fecha 9 de octubre de 2019 y según Orden y Mandamiento del 16 de julio de 2019 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar número dieciséis del bloque “C” de la Urbanización de Jardines de Canóvanas, radicada en el Barrio Canóvanas, del término municipal de Loíza, Puerto Rico, con un área superficial de trescientos cinco metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en una distancia de doce punto doscientos metros con el solar número siete del bloque “C” de la urbanización; por el SUR, en una distancia de doce punto doscientos metros, con la calle número dos de la urbanización; por el ESTE, en una distancia de veinticinco metros con el solar número quince del bloque “C” de la urbanización; y por el OESTE, en una distancia de veinticinco metros con el solar número diecisiete del bloque “C” de la urbanización. Sobre dicho solar enclava una casa de concreto reforzado con techo del mismo material, consistente principalmente de sala, comedor, cocina, cuatro cuartos de dormitorios, dos cuartos de baño, balcón y marquesina. La casa contiene nevera, estufa, gabinetes de cocina y calentador de agua. FINCA NÚMERO: 2,714, inscrita al folio 229 del tomo 43 de Canóvanas, sección III de Carolina. Dirección Física: C-16 Calle 2, Jardines de Canóvanas, Canóvanas, PR 00729. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 9 de marzo de 2021 a la siguiente hora 1:15 p.m., en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como LEGAL NOT ICE oferta en la Primera Subasta, ESTADO LIBRE ASOCIADO eso es el tipo mínimo pactado DE PUERTO RICO TRIBU- en la Escritura de Hipoteca NAL DE PRIMERA INSTANCIA para la propiedad, la suma SALA SUPERIOR DE CARO- de $100,000.00. De no haber remanente o adjudicación en LINA. esta primera subasta por dicha ORIENTAL BANK suma mínima, se celebrará una DEMANDANTE VS. segunda subasta el día 16 de DAVID BRACERO marzo de 2021 a la siguiente RODRÍGUEZ hora 1:15 p.m., en el mismo DEMANDADOS lugar antes señalado en la cual CIVIL NÚM.: CN2018CV00171. el precio mínimo serán dos terSALA: 404. SOBRE: COBRO ceras (2/3) partes del tipo míniDE DINERO Y EJECUCIÓN mo pactado en la escritura de DE HIPOTECA. EDICTO hipoteca para la propiedad, la ANUNCIANDO PRIMERA, suma de $66,666.66, De no haSEGUNDA Y TERCERA SU- ber remanente o adjudicación BASTA. El Alguacil que suscri- en esta segunda subasta por el be, funcionario del Tribunal de tipo mínimo indicado en el páCarolina Puerto Rico, por la rrafo anterior, se celebrará una presente anuncia y hace saber tercera subasta en el mismo al público en general que en lugar antes señalado el día 24 cumplimiento con la Senten- de marzo de 2021 a la siguiente cia dictada en este caso con
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
hora 1:15 p.m., en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $50,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $86,690.79 de principal, más intereses convenidos al 4.7500% anual más recargos hasta su pago, más el recobro de subsidio (si aplicara), más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto el tercero a favor de de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recursos o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contar el demandante y/o el acreedor y/o el inversionista dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y el Cuartel de Policía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado
en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 14 de enero de 2021. Manuel Villafañe Blanco, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
ORIENTAL BANK DEMANDANTE VS.
ELIUD RIVERA NEGRON
DEMANDADO CIVIL NÚM.: SJ2017CV01972 (508). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 9 de agosto de 2019, y según Orden y Mandamiento del 8 de octubre de 2019 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento residencial con el número ochocientos uno, localizado en el piso número ocho del inmueble sometido al régimen de la Propiedad Horizontal denominado Condominio Torre del Cardenal, que ubica en el barrio Hato Rey del Municipio de San Juan, Puerto Rico. Este apartamento tiene un área de construcción total (que incluye además el área de los estacionamientos que se describen abajo y del espacio de almacén también descrito abajo) de dos mil ciento trece punto dos pies cuadrados (2,113.02 p.c.), equivalentes a ciento noventa y seis punto treinta metros cuadrados (196.30 m.c.). Este apartamento tiene su puerta de entrada por el lindero Noreste, y por ella se sale al pasillo que conduce al área de ascensores y escaleras y de ahí se sale al exterior. Este apartamento tiene un largo máximo de cincuenta y ocho pies siete pulgadas (58’7”) y un ancho máximo de cuarenta y un pies ocho pulgadas (41’8”). Linderos: por el NORTE, en cincuenta y ocho pies siete pulgadas (58’7”), con la pared medianera que lo separa del apartamento número ochocientos dos (802); por el SUR, en cuarenta y cinco pies tres pulgadas (45’3”), con el área común exterior; por el ESTE, en cincuenta y cuatro pies ocho
pulgadas (54’8”) con el pasillo que le da acceso y la pared medianera que lo separa del apartamento número ochocientos ocho (808); y por el OESTE, en veintisiete pies once pulgadas (27’11”) con el área común exterior. Este apartamento consta de tres dormitorios, uno de ellos “master”, dos baños, uno de ellos “master”, un closet vestidor, tres closets, un pasillo, lavandería, cocina, sala/comedor y balcón. Los estacionamientos identificados con los números doscientos quince (215) y trescientos veintitrés (323) en los planos del condominio son áreas privadas asignadas a este apartamento. El estacionamiento con el número doscientos quince (215) tiene un área total de ciento cuarenta y siete punto setenta y nueve pies cuadrados (147.79 p.c.), equivalentes a trece punto setenta y tres metros cuadrados (13.73 m.c.). Colindando por el NORTE, en dieciocho pies cero pulgadas (18’0”), con el estacionamiento número doscientos catorce (214); por el SUR, en dieciocho pies cero pulgadas (18’0”) con el estacionamiento número doscientos dieciséis (216); por el ESTE, en ocho pies dos y un cuarto de pulgadas (8’2¼”) con área común; y por el OESTE, en ocho pies dos y un cuarto de pulgadas (8’2¼”) con la pared del edificio. El estacionamiento con el número trescientos veintitrés (323) tiene un área total de ciento cuarenta y seis punto setenta y nueve pies cuadrados (146.79 p.c.), equivalentes a trece punto sesenta y cuatro metros cuadrados (13.64 m.c.). Colindando por el NORTE, en ocho pies dos y un cuarto de pulgadas (8’2¼”) con área común; por el SUR, en ocho pies dos y un cuarto de pulgadas (8’2¼”) con área común; por el ESTE, en dieciocho pies cero pulgadas (18’0”) con el estacionamiento número trescientos veinticuatro (324); y por el OESTE, en dieciocho pies cero pulgadas (18’0”) con el estacionamiento número trescientos veintidós. El espacio de almacén con el número ochocientos uno (801) en los planos del condominio es área privada asignada a este apartamento. El espacio de almacén con el número ochocientos uno (801) tiene un área total de veinte punto ochenta y siete pies cuadrados (20.87 p.c.), equivalentes a uno punto noventa y cuatro metros cuadrados (1.94 m.c.). Colindando por el NORTE, en cuatro pies nueve pulgadas (4’9”) con el espacio de almacén número ochocientos dos (802); por el SUR, en cuatro pies nueve pulgadas (4’9”) con el espacio de almacén número novecientos ocho (908); por el ESTE, en cuatro pies cuatro y tres cuarto de pulgadas (4’4¾”) con la pared que lo separa del espacio de almacén número mil setecientos cuatro (1704) y espacio de almacén
número mil setecientos cinco (1705); y por el OESTE, en cuatro pies cuatro y tres cuartos de pulgadas (4’4¾”) con la pared que los separa de espacio de almacén número seiscientos ocho (608) y con área común. Este espacio de almacén tiene un alto de doce pies ocho pulgadas (12’8”). Este apartamento le corresponde punto seis cuatro seis dos nueve por ciento (.64629%) en los elementos comunes generales del condominio. FINCA NÚMERO: 41,072, inscrita al folio 202 del tomo 1561 de Río Piedras Norte, sección II de San Juan. DIRECCION FISICA: COND. TORRE DEL CARDENAL 675 CALLE CUEVAS BUSTAMANTE APT 801 SAN JUAN,PR. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 8 de marzo de 2021, a la siguiente hora 9:30 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $411,435.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 15 de marzo de 2021, a la siguiente hora 9:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $274,290.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 23 de marzo de 2021, a la siguiente hora 9:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $205,717.50. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a
la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recursos o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contar el demandante y/o el acreedor y/o el inversionista dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuaran subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 1 de febrero de 2021. EDWIN E. LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO DEMANDANTE VS.
THELMA ANTIA PAZ MORALES T/C/C THELMA A. PAZ; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DEMANDADOS
CIVIL NÚM.: CA2020CV00106. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina , Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 31 de julio de 2020, y según Orden y Mandamiento del 24 de septiembre de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBAN: Residential apartment number nine D (9-D) of irregular shape located in Reef Towers Condominium which in turn is also located in Loíza Avenue, State Road number thirty seven (37) in Cangrejos Arriba ward of the municipality of Carolina, Puerto Rico, with a total private area of seven hundred forty five point zero seven (745.07) square feet, equivalent to sixty nine point twenty four (69.24) square meters, bounding on the NORTHEAST, in twenty five (25) feet with common wall bounding with apartment nine E (9-E) and exterior yard; on the SOUTHEAST, in thirty one (31) feet two (2) inches with common wall facing the exterior yard; on the NORTHWEST, in thirty one (31) feet two (2) inches with common wall bounding with apartment nine A (9A) and common corridor; and on the SOUTHWEST, in twenty one feet (21) six (6) inches with common wall facing the exterior yard. This apartment consists of a living area; balcony; closet; kitchen; bathroom and one bedroom. It has access to a corridor which connects the apartment with the elevator and stairway of the ninth floor (9th) of the building which in turn provides access from and exit to the public thoroughfare. A este apartamiento se le asigna el estacionamiento número nueve D (9-D). Le corresponde una participación de punto nueve tres siete siete uno por ciento (.93771%) en los elementos comunes del condominio. FINCA NÚMERO: 33,909, inscrita al folio 111 del tomo 671 de Carolina, sección I de Carolina. DIRECCION FISICA: REEF TOWER CONDOMINUM APT 9-D CAROLINA, PR. 00979. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 4 de marzo de 2021, a las 11:45 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el
The San Juan Daily Star precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $247,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 11 de marzo de 2021, a las 11:45 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $164,666.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 18 de marzo de 2021, a las 11:45 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $123,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $371,418.79 de principal, más intereses convenidos al 7.00% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o
Tuesday, February 9, 2021
título objeto de este edicto. Por la presente también se notifica e informa de HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Secretario del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma de $247,000.00, intereses al 7% anual y a vencer presentación, según consta de la escritura #360, otorgada en Carolina, el 19 de octubre de 2007, ante el Notario Manuel E. Maldonado Pérez, inscrito al folio 146 del tomo 996 de Carolina, finca #33,909, inscripción 5ta. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 22 de diciembre de 2020. Samuel Gonzalez Isaac, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE MAVIS CRISTINA DÍAZ ALFARO COMPUESTA POR SU HEREDERA CONOCIDA LUZ B. VÉLEZ T/C/C
LUZ DE LOS ANGELES VÉLEZ; SUCESIÓN DE ALFREDO ANGEL VIERA GONZÁLEZ; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DEMANDADOS VS.
CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES y DEPARTAMENTO DE HACIENDA GOBIERNO DE PUERTO RICO
PARTE INTERESADA CIVIL NÚM.: CA2019CV03426. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina , Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 3 de octubre de 2020, y según Orden y Mandamiento del 7 de diciembre de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Apartment number Four Hundred Five. Residential apartment marked Four Hundred Five in the third floor of Ricomar Condominium at Amapola Street, Isla Verde, Carolina, Puerto Rico, measuring irregularly twenty seven feet seven inches long, by twenty one feet ten inches wide, with a superficial area of five hundred thirty square feet. Bounding: on the NORTH, on a distance of twenty seven feet seven inches with exterior elements of the building and the lot in which it is erected and the maritime zone; on the SOUTH, on a distance of twenty seven feet seven inches with a wall that separates it from the common hallway and apartment Four Hundred Four; on the WEST, on a distance of twenty one feet ten inches with a wall that separates it from Apartment Four Hundred Six; and on the EAST, on a distance of twenty one feet ten inches, with exterior elements of the building and with the lot on which is erected. The apartment consists of a balcony, one main room, a kitchenette, entrance foyer with one closet and one bathroom with shower stall, water closet and lavatory. The apartment has a main door connecting with the common hallway on the floor from where
access may be gained to the exterior of the building and to the public street by the elevator and stairway. NOTA: Al margen de la inscripción 15, de la finca principal #16,420, solo menciona participación de elementos comunes de 2.665%. Ni en ágora se describen elementos. FINCA NÚMERO: 17,841, inscrita al folio 197 del tomo 464 de Carolina, sección I de Carolina. DIRECCION FISICA: COND RICOMAR APT 405 (APRT Z405 PISO 3, CALLE AMAPOLA ISLA VERDE, CAROLINA, PR. 00979. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 4 de marzo de 2021, a las 11:15 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $240,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 11 de marzo de 2021, a las 11:15 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $160,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 18 de marzo de 2021, a las 11:15 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $120,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $251,257.96 de principal, más intereses convenidos al 7.0000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días,
el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. Por la presente también se notifica e informa de una HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Secretario del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma de $240,000.00, intereses al 7% anual y a vencer presentación, según consta de la escritura #34, otorgada en San Juan, el 5 de marzo de 2008, ante el Notario Luis Rafael Rodríguez Vélez, inscrito al folio 104 del tomo 987 de Carolina, finca #17,841, inscripción 7ma. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la
23
parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 22 de diciembre de 2021. Manuel Villafañe Blanco, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MAYAGÜEZ.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE GRACIELA RAMÍREZ VÉLEZ COMPUESTA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
DEMANDADOS CIVIL NÚM.: MZ2019CV01995. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Mayagüez, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 6 de octubre de 2020, y según Orden y Mandamiento del 30 de noviembre de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar número treinta y cinco (35) del bloque “SD” en la Urbanización Valle Hermoso radicado en el Barrio Guanajibo del término municipal de Hormigueros, con cabida de trescientos punto ochenta (300.80) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en veintitrés punto cincuenta (23.50) metros, con el solar número treinta y seis (36); por el SUR, en veintitrés punto cincuenta (23.50) metros, con el solar número treinta y cuatro (34); por el ESTE, en doce punto ochenta (12.80) metros, con el solar número diez (10); y por el OESTE, en doce punto ochenta (12.80) metros, con la calle número diecinueve (19). Contiene una casa de concreto, tipo Mallorca que consta de sala, comedor, cocina, 3 dormitorios, baño, porch y marquesina. FINCA NÚMERO: 1,922, inscrita al folio 98 del tomo 64 de Hormigueros, Registro de Mayagüez. DIRECCION FI-
SICA: URB VALLE HERMOSO 35-SD CALLE VIOLETA HORMIGUEROS, PR. 00660. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 3 de marzo de 2021, a las 2:00 de la tarde, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Mayaguez. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $171,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 10 de marzo de 2021, a las 2:00 de la tarde, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de para la propiedad, la suma de $114,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 17 de marzo de 2021, a las 2:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $85,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $118,543.85 de principal, más intereses convenidos al 7.00% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a
favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. Por la presente también se notifica e informa de una HIPOTECA Constituida por Graciela Ramírez Vélez, en garantía de un pagaré a favor de Secretary of Housing Urban Development, o a su orden, por la suma de $171,000.00, intereses al 7% anual y a vencer presentación, según consta de la escritura #56, otorgada el 5 de marzo de 2010, ante el Notario Héctor A. Rodríguez Figueroa, inscrito al folio 102 vuelto del tomo 64 de Humacao, finca #1,922, inscripción 5ta, por asiento abreviado. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 13 de enero de 2021. Jose M. Crespo Nazario, Alguacil Placa 522, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
24 SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE ROBERTO HENRIQUEZ OLMEDA COMPUESTA POR SU VIUDA BELÉN COLÓN MARTÍNEZ T/C/C BELÉN HENRIQUEZ, POR SÍ; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
DEMANDADOS CIVIL NÚM.: CA2019CV03841. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 17 de julio de 2020, y según Orden y Mandamiento del 13 de octubre de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBAN: Residential apartment number TwoF of rectangular shape located in Laguna Gardens Condominium II which in turn is located at kilometer Eight, Hectometer Two of State Road number Twenty Six in the Ward of Cangrejo Arriba, Municipality of Carolina, with a total private area of seven hundred twenty square feet “gross”, being its lineal measurements twenty four feet and six inches long by twenty nine feet and four inches wide and its boundaries access and description as follows: by the NORTH, with apartment Two-G; by the EAST, with garden and parking areas; by the SOUTH, with apartment Two-E; and by the WEST, with corridor of the floor. Its main does has access to the corridor of the floor. Se expresa de la inscripción 7ma: Este apartamiento conlleva una participación con los demás titulares en los elementos comunes de y a través del Condominio Laguna Gardens II que se relaciona en la finca matriz equivalente al porcentaje o porcentaje que se expresa en la citada inscripción de dicha finca el cual derecho regirá por las disposiciones de la ley y por
el Reglamento Administrativo del Condominio. FINCA NÚMERO: 13,491, inscrita al folio 78 del tomo 355 de Carolina, sección I de Carolina. DIRECCION FISICA:CONDOMINIO LAGUNA GARDENS II APR 2-F-2 CAROLINA, PR. 00979. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 4 de marzo de 2021, a las 11:30 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $125,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 11 de marzo de 2021, a las 11:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de 83,333.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 18 de marzo de 2021, a las 11:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $62,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $173,140. de principal, más intereses convenidos al 7.00% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lan-
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
zamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. Por la presente también se notifica e informa de una HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Secretario del Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma de $187,500.00, intereses al 7% anual y a vencer presentación, según consta de la escritura #174, otorgada en San Juan, el 29 de mayo de 2008, ante el Notario Luis Rafael Rodríguez Vélez, inscrito al folio 171 del tomo 948 de Carolina, finca #13,491, inscripción 11ra. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 22 de diciembre de 2020. Samuel Gonzalez Isaac, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE VICENTA MERCADO HERNANDEZ COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
DEMANDADOS CIVIL NÚM.: SJ2019CV13246. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan , Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 23 de septiembre de 2020, y según Orden y Mandamiento del 3 de diciembre de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar número cinco del bloque C en la Urbanización Villa Nevares, radicado en los barrios Hato Rey y Monacillos de Río Piedras, con un área superficial de quinientos setenta y seis metros cuadrados con setenta y dos centésimas de otro, colindando por su frente o sea, el NORTE, en catorce metros cincuenta centímetros con la calle dos de la urbanización; por su fondo o sea el SUR, en veinticinco metros ochenta y nueve centímetros con terrenos de la Puerto Rico Homes Incorporado; por su derecha entrando o sea el OESTE, en veintiocho metros ocho centímetros, con el solar seis del bloque C y por su izquierda entrando, o sea el ESTE, en treinta metros sesentitres centímetros con el solar cuatro del bloque C. Contiene una casa residencial de concreto reforzado en construcción. FINCA NÚMERO: 8,463, inscrita en Karibe de Monacillos Este y el Cinco, sección V de San Juan. DIRECCION FISICA: URB VILLA NEVARES 1130 CALLE 3 SAN JUAN, PR. 00927; Bo. Hato Rey y Monacillos de Rio Piedras, Solar 5 Blq C, San Juan, PR.) Se anuncia por medio de este edicto que
la primera subasta habrá de celebrarse el día 3 de marzo de 2021, a las 11:30 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $190,0000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 10 de marzo de 2021, a las 11:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de para la propiedad, la suma de $126,666.67. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 17 de marzo de 2021, a las 11:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $95,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $298,482.28 de principal, más intereses convenidos al 7.0000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no ten-
drá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. Por la presente también se notifica e informa a HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de El Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma de $285,000.00, intereses al 7.00% anual y a vencer el 27 de octubre del año 2076, según consta de la escritura #207, otorgada en San Juan, el 15 de mayo de 2009, ante la Notario Ana V. Piñero Parés, inscrito en asiento extendido el 12 de noviembre de 2019 al Sistema Karibe, finca #8,463, inscripción 2da. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 25 de enero de 2021. EDWIN E. LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN
JUAN.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO DEMANDANTE VS.
SUCESIÓN DE FÉLIX RIVERA MIGENES T/C/C FÉLIX ESTEBAN RIVERA MIGENES Y SUCESIÓN DE CARLOTA RIVERA MITCHEL T/C/C CARLOTA ELINA RIVERA MITCHEL AMBAS COMPUESTAS POR SU HEREDERO CONOCIDO ESTEBAN RIVERA MIGENES; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
DEMANDADOS CIVIL NÚM.: SJ2019CV13133. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 10 de noviembre de 2020, y según Orden y Mandamiento del librado el 5 de enero de 2021 por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número Siete (7) del bloque “A” del plano de inscripción de la Urbanización El Remanso, situada en el Barrio Monacillos de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de cuatrocientos metros cuadrados (400.00), en lindes por el NORTE, en dieciseis metros con la calle número uno; por el SUR, en dieciseis metros con una franja verde; por el ESTE, en veinticinco metros con el solar número seis; y por el OESTE, en veinticinco metros con el solar número ocho. Sobre este solar enclava una casa de concreto para fines residenciales. FINCA NÚMERO: 4,858, inscrita al folio 198 del tomo 157 de Monacillos Este y el Cinco, sección V de San Juan. DIRECCION FISICA: URB. EL REMANSO CALLE ARROYO 7-A SAN JUAN PR 00926. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 4 de marzo de 2021, a las 9:00 de la
mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $247,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 11 de marzo de 2021, a las 9:00 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de para la propiedad, la suma de $164,666.67. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 18 de marzo de 2021, a las 9:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca para la propiedad, la suma de $123,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $353,852.05 de principal, más intereses convenidos al 7.0000% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante
The San Juan Daily Star y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. Por la presente también se notifica e informa a HIPOTECA REVERSE: En garantía de un pagaré a favor de Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma de $370,000.00, intereses al 7% anual y a vencer a la presentación, según consta de la escritura #148, otorgada el 14 de mayo de 2008, ante el Notario Luis Rafael Rodríguez Vélez, inscrito al folio 830 del tomo 332 de Monacillos Este y el Cinco, finca #4,858, inscripción 7ma, asiento extendido el 13 de noviembre de 2017. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 25 de enero de 2021. EDWIN E LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Guaynabo.
REVERSE MORTGAGE FUNDING, LLC
Tuesday, February 9, 2021
T/C/C RIGEL MARIANO A: JOHN DOE y RICHARD PEREZ PEREZ T/C/C ROE como posibles RIGUEL MARIANO tenedores desconocidos PEREZ PEREZ, LEIDI EL SECRETARIO(A ) que susMONEGRO ALCALA Y cribe le notifica a usted que El 12 de ENERO de 2021 este LA SOCIEDAD LEGAL Tribunal ha dictado Sentencia, DE GANANCIALES Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debiCOMPUESTA POR damente registrada y archivada AMBOS, A SUS autos donde podrá usted enDemandado(a) ULTIMAS DIRECCIONES en terarse detalladamente de los Civil Núm. BY2019CV07115. SALA 201. Sobre: COBRO DE CONOCIDAS EN: PO BOX términos de la misma. Esta no181195 FAIRFIELD, OH tificación se publicará una sola DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA OR- 45018-1195 Y LOMAS DE vez en un periódico de circulaDINARIA. NOTIFICACIÓN DE TRUJILLO, C14 CALLE ción general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días SENTENCIA POR EDICTO. 2 TRUJILLO ALTO PR siguientes a su notificación. Y, A: SUCESION DE CESAR 00976-4905. siendo o representando usted AUGUSTO BERRIOS (Nombre de las partes a las que se le una parte en el procedimiento notifican la sentencia por edicto) LOPEZ T/C/C CESAR sujeta a los términos de la SenEL SECRETARIO(A) que susBERRIOS LOPEZ, tencia, Sentencia Parcial o Rele notifica a usted que el solución, de la cual puede estaT/C/C CESAR BERRIOS cribe 17 de octubre de 2019, este blecerse recurso de revisión o COMPUESTA POR Tribunal ha dictado Sentencia, apelación dentro del término de CLAUDIA BERRIOS, Sentencia Parcial o Resolución 30 días contados a partir de la en este caso, que ha sido debiTANYA ZREBIEC publicación por edicto de esta Demandante v.
SUCESION DE CESAR AUGUSTO BERRIOS LOPEZ T/C/C CESAR BERRIOS LOPEZ, T/C/C CESAR BERRIOS COMPUESTA POR CLAUDIA BERRIOS, TANYA ZREBIEC
(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 24 de noviembre de 2020 , este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 4 de febrero de 2021. En Guaynabo, Puerto Rico, el 4 de febrero de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ, Secretaria. f/MAIRENI TRINTA MALDONADO, Secretario(a) Auxiliar.
damente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 1 de febrero de 2021. En CAROLINA, Puerto Rico, el 1 de febrero de 2021. LCDA. MARILYN APONTE RODRIGUEZ, Secretaria. MARICRUZ APONTE ALICEA, Secretario(a) Auxiliar.
notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 02 de FEBRERO de 2021. En San Sebastián, Puerto Rico, el 02 de FEBRERO de 2021. SARAHI REYES PEREZ, Secretaria. IVELISSE ROBLES MATHEWS, Secretario (a) Auxiliar I.
LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de SAN JUAN.
ORIENTAL BANK Demandante v.
25
Civil Núm. CG2020CV03697. TENCIA POR EDICTO. Sobre: COBRO DE DINERO MARTA PEREZ Y EJECUCION DE HIPOTECA (Nombre de las partes a las que se le NAVARRO POR SÍ Y POR LA VIA ORDINARIA. NOnotifican la sentencia por edicto) COMO MIEMBRO DE EL SECRETARIO(A) que sus- TIFICACIÓN DE SENTENCIA LA SOCIEDAD LEGAL cribe le notifica a usted que POR EDICTO. DE GANANCIALES A: MIGUEL PAGAN, el 20 de mayo de 2020 , este COMPUESTA CON Tribunal ha dictado Sentencia, FULANO DE TAL Y Sentencia Parcial o Resolución CARLOS L. RAMOS SUTANO DE TAL COMO en este caso, que ha sido debiPOSIBLES HEREDEROS SANCHEZ, MARIA LISS damente registrada y archivada RAMOS DE JESUS Y en autos donde podrá usted DESCONOCIDOS DE LA GLORIMAR RAMOS SUCESION DE MIGUEL enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta SEBASTIAN PAGAN MIR, DE JESUS, POR SI Y notificación se publicará una COMO MIEMBRO DE T/C/C MIGUEL S. PAGAN sola vez en un periódico de LA SUCN. DE CARLOS MIR, T/C/C MIGUEL circulación general en la Isla L. RAMOS SANCHEZ A PAGAN MIR, T/C/C de Puerto Rico, dentro de los SER NOTIFICADOS POR 10 días siguientes a su notificaMIGUEL PAGAN JR., ción. Y, siendo o representando EDICTO P/C DEL LCDO. T/C/C MIGUEL PAGAN usted una parte en el procediJAIME RUIZ-SALDAÑA, M., T/C/C MIGUEL PAGAN miento sujeta a los términos PMB 450, 400 CALLE MIR Y DE LA SUCESION de la Sentencia, Sentencia CALAF SAN JUAN, PR DE FELISA MERCED Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de 00918-1314 DAVID revisión o apelación dentro del (Nombre de las partes a las que se le * LCDO. JAIME RUIZnotifican la sentencia por edicto) término de 30 días contados a SALDAÑA LAW OFFICES partir de la publicación por edic- EL SECRETARIO(A) que susPMB 450 400 CALLE to de esta notificación, dirijo a cribe le notifica a usted que CALAF usted esta notificación que se el 14 de enero de 2021, este considerará hecha en la fecha Tribunal ha dictado Sentencia, SAN JUAN, PR 00918de la publicación de este edic- Sentencia Parcial o Resolución 1314 to. Copia de esta notificación ha en este caso, que ha sido debi- (Nombre de las partes a las que se les damente registrada y archivada sido archivada en los autos de notifica la sentencia por edicto) este caso, con fecha de 22 de en autos donde podrá usted EL SECRETARIO(A) que susmayo de 2020. En SAN JUAN, enterarse detalladamente de cribe le notifica a usted que 27 Puerto Rico, el 22 de mayo de los términos de la misma. Esta de enero de 2021, este Tribunal 2020. GRISELDA RODRIGUEZ notificación se publicará una ha dictado Sentencia, SentenCOLLADO, Secretaria. MIL- sola vez en un periódico de cia Parcial o Resolución en este DRED MARTINEZ ACOSTA, circulación general en la Isla caso, que ha sido debidamente Secretaria del Tribunal Conf. I. de Puerto Rico, dentro de los registrada y archivada en autos 10 días siguientes a su notifica- donde podrá usted enterarse LEGAL NOTICE ción. Y, siendo o representando detalladamente de los términos Estado Libre Asociado de Puer- usted una parte en el procedi- de la misma. notificación se to Rico TRIBUNAL GENERAL miento sujeta a los términos publicará una sola vez en un DE JUSTICIA Tribunal de Pri- de la Sentencia, Sentencia periódico de circulación general mera Instancia Sala Superior Parcial o Resolución, de la cual en la Isla de Puerto Rico, denpuede establecerse recurso de tro de los 1 O días siguientes de CAGUAS. FINANCE OF AMERICA revisión o apelación dentro del a su notificación. Y, siendo o término de 30 días contados a representado usted una parte REVERSE, LLC partir de la publicación por edic- en el procedimiento sujeta a Demandante v. to de esta notificación, dirijo a términos de la Sentencia, SUCESION DE MIGUEL usted esta notificación que se los Sentencia Parcial o ResoluSEBASTIAN PAGAN considerará hecha en la fecha ción, de la cual puede estade la publicación de este edic- blecerse recurso de revisión o MIR, T/C/C MIGUEL S. PAGAN MIR, T/C/C to. Copia de esta notificación apelación dentro del término de ha sido archivada en los autos MIGUEL PAGAN MIR, de este caso, con fecha de 2 de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta T/C/C MIGUEL PAGAN febrero de 2021. En CAGUAS, notificación, dirijo a usted esta Puerto Rico, el 2 de febrero de notificación que se considerará JR., T/C/C MIGUEL PAGAN M., T/C/C MIGUEL 2021. LCDA. LAURA I. SANTA hecha en la fecha de la publiSecretaria. f/MAI- cación de este edicto. Copia de PAGAN MIR COMPUESTA SANCHEZ, RENI TRINTA MALDONADO, esta notificación ha sido archiPOR MIGUEL PAGAN, Secretario(a) Auxiliar. vada en los autos de este caso,
FINADO DENNIS VEGA RODRIGUEZ
FULANO DE TAL, SUTANO DE TAL , MENGANO DE TAL Y PERENCEJO DE TAL DENOMINADOS ASI FICTICIAMENTE POR DESCONOCERSE SU VERDADERA LEGAL NOTICE IDENTIDAD, COMO Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL HEREDEROS Y MIEMBRO DE JUSTICIA Tribunal de PriDESCONOCIDOS DE mera Instancia Sala Superior LA SUCESION DEL FULANO DE TAL Y de San Sebastián. FINADO DENNIS VEGA LEGAL NOTICE SUTANO DE TAL COMO JOSÉ LUIS RIVERA RODRIGUEZ Estado Libre Asociado de PuerPOSIBLES HEREDEROS VALENTIN t/c/c JOSÉ L. LEGAL NOTICE Demandado(a) to Rico TRIBUNAL GENERAL DESCONOCIDOS, RIVERA VALENTIN Civil Núm. SJ2019CV06466 DE JUSTICIA Tribunal de PriEstado Libre Asociado de PuerDemandante V SUCESION DE FELISA mera Instancia Sala Superior (604). Sobre: COBRO DE DIto Rico TRIBUNAL GENERAL NERO Y EJECUCION DE HIPEDRO DE ARCE MERCED DAVID de Ponce. DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior ACEVEDO, su esposa POTECA. NOTIFICACIÓN DE COMPUESTA POR ORIENTAL BANK SENTENCIA POR EDICTO. de CAROLINA. Demandante Vs JOSEFA SERRANO SOTO MIGUEL PAGAN, A: FULANO DE TAL, BANCO POPULAR DE SUCESION DE CARLOS y la Sociedad Legal de FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL , PUERTO RICO L. RAMOS SANCHEZ, Gananciales compuesta SUTANO DE TAL COMO MENGANO DE TAL Y Demandante v. COMPUESTA POR MARIA por éstos; JOHN DOE POSIBLES HEREDEROS PERENCEJO DE TAL RIGEL PEREZ PEREZ LISS RAMOS DE JESÚS y RICHARD ROE como DE NOMBRES DENOMINADOS ASI T/C/C Y OTROS Y GLORIMAR RAMOS DE posibles tenedores DESCONOCIDOS, Demandado(a) FICTICIAMENTE POR JESÚS; MARTA PEREZ desconocidos CENTRO DE Civil Núm. CA2019CV01117. DESCONOCERSE SU Demandado (a) NAVARRO SALA 409. Sobre: COBRO DE RECAUDACIONES VERDADERA IDENTIDAD, Demandado DINERO Y EJECUCION DE Civil Núm.: SS2020CV00310. MUNICIPALES Y A LOS Civil Núm.: P02019CV03775. COMO HEREDEROS HIPOTECA POR LA VIA OR- Sobre CANCELACION PAGAESTADOS UNIDOS DE Salón: 604. Sobre: COBRO DE DINARIA. NOTIFICACIÓN DE RE EXTRAVIADO. NOTIFICAY MIEMBROS AMERICA CIÓN DE SENTENCIA POR DINERO POR LA VIA ORDINASENTENCIA POR EDICTO. DESCONOCIDOS DE Demandado(a) RIA. NOTIFICACIÓN DE SENA: RIGEL PEREZ PEREZ EDICTO. LA SUCESION DEL
con fecha de 2 de febrero de 2021. En Ponce, Puerto Rico, el 2 de febrero de 2021. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, Secretario(a) Regional. f/ GISELLE GUTIÉRREZ LEÓN. Secretaria(a) Auxiliar.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE HUMACAO.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
PARTE DEMANDANTE VS.
FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ COLÓN T/C/C FRANCISCO J. SÁNCHEZ COLÓN,
ELIZABETH JOAN PACHECO GARRIGA T/C/C ELIZABETH J. PACHECO GARRIGA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
PARTE DEMANDADA CIVIL NÚM. HU2019CV00980. SALA: 206. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía dictada el 16 de enero de 2020, la Orden de Ejecución de Sentencia del 13 de abril de 2020 y el Mandamiento de Ejecución del 16 de abril de 2020 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 14 DE ABRIL DE 2021, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Humacao, Sala Superior, en la Avenida Nicanor Vázquez, Humacao, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, cheque de gerente o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal; todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Parcela marcada con el número cuarenta y tres (43) en el plano de parcelación de la comunidad rural del Municipio del Barrio Mariano del término municipal de Naguabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de cero (0) cuerdas, siete mil ciento cuarenta y cuatro (7,144) milésimas de otra equivalente a dos mil ochocientos nueve punto treinta y siete (2809.37) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela número cuarenta y dos (42) de la comunidad; por el SUR, con la parcela número cincuenta y cinco (55) de la comunidad; por el ESTE, con la parcela número cuarenta (40) de la comunidad; y por el OESTE, con la parcela número cuarenta y tres A (43 A) y la Calle L de la comunidad. EDIFICACIÓN: Enclava estructura de cemento y concreto armado que mide cuarenta y cuatro (44) pies de largo por treinta (30) pies de ancho y consta de tres (3) cuartos, salacomedor, cocina, baño, balcón y marquesina, con un valor de $30,000.00 según la Escritura Número Noventa (#90), otorgada en Naguabo, Puerto Rico, el 16 de septiembre de 1986, ante la Notario Iris Vega García, inscrita al Folio 15 del Tomo 147 de Naguabo, Finca Número 8312, Inscripción Segunda. La propiedad consta inscrita al Folio 15 del Tomo 147 de Naguabo,
26 Finca Número 8312, Registro de la Propiedad de Humacao. La escritura de hipoteca consta inscrita al Tomo Karibe de Naguabo, Finca Número 8312, Registro de la Propiedad de Humacao, Inscripción sexta. DIRECCIÓN FÍSICA: BO. MARIANA, LOTE 43 CALLE L, NAGUABO, PR 00718. El tipo mínimo para la primera subasta será de $105,061.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una segunda subasta, el día 21 DE ABRIL DE 2021, a las 10:00 de la mañana en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $70,040.66. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta día 28 DE ABRIL DE 2021, a las 10:00 de la mañana, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $52,530.50. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $94,722.43 de principal, más intereses sobre dicha suma al 4.5% anual desde el 1 de octubre de 2018 hasta su completo pago, más $50.21 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $10,506.10 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar. a) Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Francisco Javier Sánchez Colón y su esposa Elizabeth Joan Pacheco Garriga, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, en el caso civil número HU2019CV00980, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $94,722.43 y otras cantidades, según Demanda de fecha 1 de julio de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Naguabo. Anotación A. Se le advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de
circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 2102015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Humacao, Puerto Rico, hoy 13 de enero de 2021. MARÍA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional. Por: WILNELIA RIVERA DELGADO, Alguacil Auxiliar, 249, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.
IVELITZA RIVERA CURBELO
Demandados CIVIL NÚM. CA2018CV01819 (407). SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria) “IN REM”. EDICTO DE SUBASTA.
Al: Público en General A: IVELITZA RIVERA CURBELO
Yo, SAMUEL GONZALEZ ISAAC, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 3 de marzo de 2021 a las 3:15 de la tarde en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Carolina durante
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 10 de marzo de 2021, a las 3:15 de la tarde y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 17 de marzo de 2021, a las 3:15 de la tarde en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Predio de terreno radicada en el BARRIO CEDROS del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de MIL PUNTO CERO CERO (1,000.00) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE, en TREINTA Y CINCO PUNTO CERO CERO (35.00) METROS, con el remanente de la finca principal de la cual se segrega; por el SUR y ESTE, en tres (3) alineaciones distintas que suman SESENTA Y UNO PUNTO CERO CERO (61.00) METROS, con un camino municipal; y por el OESTE, con terrenos del Señor Evangelista Rodríguez. Enclava una casa de concreto para fines residenciales. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 103 vuelto del tomo 1397 de Carolina Sur, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, finca número 37,562, inscripción Novena. Modificada la hipoteca de la inscripción 9na., en cuanto al principal que será por $99,425.00 con interés que será al 4.25% anual, vencedero el día 1ro. de septiembre de 2042, según la escritura número 408, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 11 de agosto de 2012, ante la Notario Público Maria Isabel Garcia Mantilla, e inscrita al folio 86 del tomo 1409 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, finca 37,562, inscripción 10ma. La dirección física de la propiedad antes descrita es: RD 185 Km 13.4 Cedros WD, Carolina, Puerto Rico 00986. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $90,454.38 de principal, intereses al 4.25% anual, desde el día 1ro. de agosto de 2017, hasta su completo pago, más la cantidad de $10,300.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $99,425.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $66,283.34 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $49,712.50. Si se declara desierta la tercera subasta se
adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como suficiente la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Podrán concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales en la certificación registral y que podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otro créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Carolina, Puerto Rico, a 2 de febrero de 2021. SAMUEL GONZALEZ ISAAC, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS.
ORIENTAL BANK Demandante vs.
ARACELIS MOLINA GUADALUPE
Demandada CIVIL NUM. ECD2017-0681 (802). SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca Por la Vía Ordinaria). EDICTO DE SUBASTA.
Al: Público en General A: ARACELIS MOLINA GUADALUPE; MUNICIPIO AUTONOMO DE CAGUAS, por tener Hipoteca en Garantía de Pagaré a su favor por la suma de $30,000.00
Yo, ANGEL GOMEZ GOMEZ, Alguacil Placa 593, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 4 de marzo de 2021 a las 10:45 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, Caguas, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Caguas durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 11 de marzo de 2021, a las 10:45 de la mañana; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 18 de marzo de 2021, a las 10:45 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar número Cinco (5) de la Manzana “O” de la URBANIZACION TURABO GARDENS, situado en el Barrio Cañaboncito de Caguas, Puerto Rico, con un área de TRESCIENTOS DOCE PUNTO CERO CERO (312.00) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE con el solar número Cuatro (4), distancia de veinticuatro punto cero cero (24.00) metros; por el SUR, con el solar número Seis (6), distancia de veinticuatro punto cero cero (24.00) metros; por el ESTE, con la Calle número Dieciséis (16), distancia de trece punto cero cero (13.00) metros; y por el OESTE, con la Calle número Once (11), distancia de trece punto cero cero (13.00) metros. Contiene una casa de concreto reforzado diseñada para una familia. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 204 vuelto del tomo 1752 de Caguas, Sección Primera, finca número 17,904, inscripción décimo primera. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Urb. Turabo Gardens, 0-5, Calle 11, Caguas, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $72,980.27 de principal, intereses al 4.50% anual, desde el día 1ro. de agosto de 2016, hasta su completo pago, más la cantidad de $8,125.00, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas
cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $81,250.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $54,166.67 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $40,625.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad hipotecada a ser vendida en pública Subasta se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior: Hipoteca en Garantía de Pagaré a favor del Municipio Autónomo de Caguas, o a su orden, por la suma principal de $30,000.00, sin intereses, vencedero (no se expresa), según consta de la Escritura Número 32, otorgada en Caguas, Puerto Rico, el día 15 de noviembre de 2010, ante el Notario Público Luis Felipe Matos Pacheco; inscrita al folio 204 vuelto del tomo 1752 de Caguas, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera, finca 17,904, inscripción 12da. Sujeta a condición de venta por el término de 10 años. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, a 1 de febrero de 2021. ANGEL GOMEZ GOMEZ, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.
LEGAL NOT ICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de SAN JUAN.
SAMUEL KING FRANCISCO Demandante v.
EUSEBIA MARTINEZ
en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 28 de febrero de 2021. En SAN JUAN, Puerto Rico, el 3 de febrero de 2021. GRISELDA RODRIGUEZ COLLADO, Secretaria. CARMEN J. CASTRO SERRANO, Secretario(a) Auxiliar.
los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 3 de febrero de 2021. En VEGA BAJA, Puerto Rico, el 3 de febrero de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ, Secretaria. MARITZA ROSARIO ROSARIO, Secretario(a) Auxiliar.
ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY
LORRAINE MIRANDA RIVERA
LEGAL NOTICE
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de PriLEGAL NOTICE mera Instancia Sala Superior Estado Libre Asociado de Puer- de SAN JUAN. to Rico TRIBUNAL GENERAL AMERICAS LEADING DE JUSTICIA Tribunal de PriFINANCE LLC mera Instancia Sala Superior Demandante v. de VEGA BAJA.
Demandante v.
JUAN ABNER TORRES JIMENEZ, JANNICE REBECA TOLEDO VELEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandado(a) Civil Núm. VB2020CV00012. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: JUAN ABNER TORRES JIMENEZ, JANNICE REBECA TOLEDO VELEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS LOTE #4 SE 686 RD, YEGUADA WARD KM 9.6 VEGA BAJA PR 00693; URB HACIENDA REAL, 209 CALLE FLOR DE SIERRA #C-8, CAROLINA PR 00987; 964 23nd NE PL SAMMAMISH WA 98074
Demandado(a) Civil Núm. SJ2020RF09905. SALA 705. Sobre: DIVORCIO, RUPTURA IRREPARABLE. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) NOTIFICACIÓN DE SENTENEL SECRETARIO(A) que susCIA POR EDICTO. cribe le notifica a usted que A: EUSEBIA MARTINEZ el 29 de enero de 2021, este (Nombre de las partes a las que se le Tribunal ha dictado Sentencia, notifican la sentencia por edicto) Sentencia Parcial o Resolución EL SECRETARIO(A) que susen este caso, que ha sido debicribe le notifica a usted que damente registrada y archivada el 26 de enero de 2021, este en autos donde podrá usted Tribunal ha dictado Sentencia, enterarse detalladamente de Sentencia Parcial o Resolución
Demandado(a) Civil Núm. SJ2019CV06621. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: LORRAINE MIRANDA RIVERA
(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 3 de febrero de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 4 de febrero de 2021. En SAN JUAN, Puerto Rico, el 4 de febrero de 2021. GRISELDA RODRIGUEZ COLLADO, Secretaria. VIRGEN Y DEL VALLE DIAZ, Secretario(a) Auxiliar.
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
27
A painful lesson for the Chiefs: It’s hard to repeat as champions By KEVIN DRAPER and KEN BELSON
I
f the Kansas City Chiefs needed a reminder of how difficult it is to repeat as Super Bowl champions, they needed only glance across the field at Tampa Bay Buccaneers quarterback Tom Brady. Brady won a record seventh Super Bowl on Sunday night as the Buccaneers dominated Patrick Mahomes and the Chiefs on their way to a 31-9 victory in Tampa, Florida. He has appeared in 10 of the past 20 Super Bowls. But he has won two in a row just once, in the 2003 and 2004 seasons. Like the New England Patriots in the 2017 season and the Seattle Seahawks in the 2014 season, the 2020 Chiefs failed in their bid to win a second consecutive title. “I think what makes it such a challenge is it is hard to win one Super Bowl,” Brady told reporters last week. “You cannot go buy a football team. You have to develop players.” The Buccaneers, coached by Bruce Arians, had a lot of young talent, but their roster was largely constructed in the offseason when they signed Brady, tight end Rob Gronkowski, running back Leonard Fournette and others. The Chiefs, though, seemed destined to repeat. They finished the regular season with an NFL-best 14-2 record and were favorites heading into the Super Bowl. Their offense looked unstoppable with quarterback Mahomes, last year’s Super Bowl Most Valuable Player, playing well. But before the game, Mahomes acknowledged that parity in the NFL made it difficult for teams to repeat as champions. “I mean, literally, you could be the worst team in the league one year and work all the way up to the Super Bowl the next,” he said. The salary cap, which limits how much money teams can spend on player contracts, is a big reason for that parity. That wasn’t the case decades ago. The Green Bay Packers won the first two Super Bowls in the 1960s, and the Miami Dolphins and the Pittsburgh Steelers pulled repeat wins in the 1970s. (The Steelers did it twice.) Quarterback Joe Montana led the San Francisco 49ers to consecutive titles in the 1980s, and the Dallas Cowboys were repeat champions in the early 1990s. But
Kansas City Chiefs quarterback Patrick Mahomes was flat in the Super Bowl. since the NFL introduced a salary cap in 1994, only the Patriots and John Elway’s Denver Broncos have repeated. As is often the case in the NFL, injuries can derail teams in an instant. The Chiefs struggled Sunday, in part, because they were missing their two starting offensive tackles, including Eric Fisher, one of the best tackles in the game, who missed the Super Bowl after tearing an Achilles tendon two weeks ago. Laurent Duvernay-Tardif, an offensive guard who has a medical degree, opted out of the 2020 season to work in his native Canada to help combat the coronavirus. Tackle Mitchell Schwartz played only the first six weeks of the season before injuring his back. The Chiefs also faced a last-minute coaching change. Their outside linebackers coach, Britt Reid — the son of head coach Andy Reid — missed Sunday’s game after being involved in a car crash in Kansas City, Missouri, on Thursday night. The Buccaneers took advantage. They
sacked Mahomes three times and pressured him on 29 of his 56 drop backs, according to ESPN Stats & Info, the most in Super Bowl history. Mahomes spent most of the game scrambling from defenders behind the line of scrimmage. He threw two interceptions, no touchdowns, and needed 49 passes to accumulate just 270 yards, most of them late in the game. Retaining a roster that has made it to three consecutive AFC championship games will be difficult. The Chiefs are almost $18 million over next year’s salary cap, according to Over the Cap, an independent site that tracks NFL contracts and salaries. A number of key players are free agents, among them receivers Sammy Watkins and Demarcus Robinson, center Austin Reiter and defensive backs Daniel Sorensen and Bashaud Breeland. The Chiefs will face another hurdle: The salary cap, which is based on the league’s total revenue, was about $198 million this season. It could fall to as low
as $175 million next season because the league lost billions of dollars in ticket sales during the pandemic. The Buccaneers will have an estimated $28.9 million in cap space, which will give them room to re-sign players and attract free agents. The Chiefs will, however, retain Mahomes, a transcendent quarterback who signed a 10-year contract last summer worth up to $500 million. At only 25, he has many years ahead — barring injury — to match Brady, Elway, Montana, Troy Aikman, Terry Bradshaw, Bob Griese and Bart Starr as quarterbacks who have won back-to-back Super Bowls. After the game, a downtrodden Mahomes acknowledged the difficulty of winning in the NFL. “When we joined together, we knew it wasn’t going to always be successful and we weren’t going to be able to win a thousand championships in a row,” he said. “We knew we would go through times like this, through adversity.”
28
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
Pedro Gómez, a pillar of baseball coverage for ESPN, dies at 58
Pedro Gomez, an ESPN reporter since 2003 and one of the country’s foremost baseball journalists, died Sunday at age 58. By NEIL VIGDOR
P
edro Gómez, a mainstay of ESPN’s coverage of Major League Baseball for much of the past two decades who went from the newspaper sports section to millions of television screens, died at his home in Phoenix on Sunday, ESPN and his family said. He was 58. No cause of death was given by the network, which announced Gómez’s death late Sunday night. “We are shocked and saddened to learn that our friend and colleague Pedro Gómez has passed away,” James Pitaro, the chairman of ESPN and Sports Content, said in a statement. “Pedro was an elite journalist at the highest level, and his professional accomplishments are universally recognized. More importantly, Pedro was a kind, dear friend to us all. Our hearts are
with Pedro’s family and all who love him at this extraordinarily difficult time.” Tributes to Gómez, a son of Cuban refugees, poured in from across journalism and professional sports, including from several baseball franchises. Gómez’s son Rio Gómez plays for the Salem Red Sox, a minor league affiliate of the Boston Red Sox. “Devastating news about Pedro Gomez,” Jeremy Schaap, the veteran sports reporter and an ESPN colleague, said on Twitter. “Such a lovely, kindhearted, talented human being. So proud of his family.” Jason La Canfora, who covers the National Football League for CBS Sports, said on Twitter that he looked up to Gómez. “I was blessed to meet Pedro Gómez as a cub reporter in college, and further blessed to be able to call him a friend,” La Canfora wrote. “He represented the best of us, as journalists and human beings.”
Gómez joined ESPN in April 2003 after spending 18 years as a baseball beat writer and columnist, including for The Miami Herald in his native South Florida, San Jose Mercury News, Sacramento Bee and Arizona Republic. During his career, he covered 25 World Series and 22 All-Star Games, according to an ESPN biography, which said he attended the University of Miami and majored in journalism. Gómez also chronicled some of the more sordid episodes of the national pastime. In 2007, there was Barry Bonds surpassing Hank Aaron’s home run record under a cloud of suspicion over steroid use. There was also the case of the Chicago Cubs fan Steve Bartman deflecting a foul ball during Game 6 of the 2003 National League Championship Series, which the then-Florida Marlins went on to win.
In 2016, Gómez and his son Rio were profiled by ESPN for a Father’s Day feature. That same year, he traveled to Cuba to report on an exhibition game between the Tampa Bay Rays and the Cuban national team, the first time a Major League Baseball club visited there in about two decades. “Completely surreal to those of us Cubans and/or Cuban Americans,” Gómez said on Twitter at the time. During the trip, Gómez took his father’s and brother’s ashes back to his family’s homeland, ESPN recalled. Gómez was a member of the Baseball Writers’ Association of America and a voting member for the Baseball Hall of Fame. In addition to his son Rio, he is survived by his wife, Sandra Gómez; another son, Dante; and a daughter, Sierra.
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
29
Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9
Crossword
Answers on page 30
Wordsearch
GAMES
HOROSCOPE Aries
30
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
(Mar 21-April 20)
It is perhaps not the best idea to ask for advice, even though you might need assurance or clarity about a certain matter. The Sun’s tie with Mercury retro in the humanitarian sign of Aquarius, suggests that what you may get instead is more confusion. It can be a lot wiser to trust your experience, and to make deductions based on personal knowledge than to take a chance, Aries.
Libra
(Sep 24-Oct 23)
You may have some great ideas, and it seems you also have the desire to make something of them as well. As the radiant Sun aligns with energizing Uranus, a radical opportunity might become available to you Libra. It could involve an investment of time and energy on your behalf, but relatives and family members can be only too willing to chip in, in a bid to see you succeed.
Taurus
(April 21-May 21)
Scorpio
Gemini
(May 22-June 21)
Sagittarius
(Nov 23-Dec 21)
Capricorn
(Dec 22-Jan 20)
Have opinions about something? Current influences encourage you to speak out, as your knowledge and enthusiasm will show, and it could impress key people. A lively pairing might find you in an articulate mood and ready to banter with the best of them. Mind, a dynamic Moon/Uranus trine suggests that if you are looking for a solution, cutting-edge is best.
If you have a goal in mind, you are likely to take it very seriously indeed, but this could also encourage you to push for what you want. Lovely Venus’s tie to jovial Jupiter, can inspire you to relax your grip and allow matters to work out in the natural flow of things. Not only might this approach be less stressful, it’s possible your original plan may not have succeeded anyway.
Cancer
(June 22-July 23)
Find yourself getting nowhere? Talking about a matter that is troubling you, could help you become more productive. With the Sun and Mercury retro aligning and linked to dynamic Mars, you may sense that something needs to shift. But rather than tending to the outer picture, a change in attitude might be far more powerful Cancer, bringing the relief that you seek.
Leo
(July 24-Aug 23)
Someone you rely on can be in a changeable mood, and liable to swing one way or the other. This could be very frustrating, and if you have plans, you may need to take matters into your own hands and make any decisions regardless. With Mercury continuing its retro phase, things may remain up in the air for a couple of weeks yet, so factor extra time into your schedule.
Virgo
(Aug 24-Sep 23)
If you don’t know what to do about a certain matter then ask around, as getting a second or third opinion could help you to decide. Someone who is practical and insightful may have positive thoughts about what is needed in this situation, as it might not be what you think. On a romantic note, an online connection can take an interesting turn today with the chemistry fairly sizzling.
(Oct 24-Nov 22)
Dealing with a bad case of procrastination? A brainwave could make light work of a difficult task, and encourage you to get moving on several other chores. Need a system in place to get things done? A Sun/Mercury aspect in your home zone can inspire you to set one up, enabling you to be so much more efficient. And it might help you to be more productive at work, Scorpio.
You may have so much new information at your fingertips, that you’ll need a chance to organize it to avoid getting lost in a maze of detail. If you can step back and see the bigger picture, you’ll make great strides forward. An indulgent aspect could find you enjoying a conversation with someone so much that you might be eager to know more. They may feel the same Archer. To spend or not to spend? This could be a dilemma over coming days, especially if doing so might be the key to enjoying more success. If you get an inner push to link up with a life coach, go on a workshop or purchase some life-changing books, it can be well worth it. Let your intuition guide you Capricorn, and despite any uncertainty, you will likely make a wise choice.
Aquarius
(Jan 21-Feb 19)
With Saturn in your sign linking to healer Chiron, the coming days may bring an opportunity to talk over an issue, and by doing so, to find closure and healing. It is possible that you and another might be ready to put this matter behind you and let it go. On another note, something you thought you had lost could show up in a most unexpected place, and this can be a great relief to you.
Pisces
(Feb 20-Mar 20)
Past issues and memories could have a profound effect on current circumstances, and may be the reason that you find it hard to move forward. The coming days can be an opportunity to confide in someone you trust, who might help you feel better about this matter. Plus, you can be the happy recipient of a gift from a friend who wants to show appreciation for your thoughtfulness.
Answers to the Sudoku and Crossword on page 29
The San Juan Daily Star
Tuesday, February 9, 2021
31
CARTOONS
Speed Bump
Frank & Ernest
BC
Scary Gary
Wizard of Id
For Better or for Worse
Herman
Ziggy
32
Tuesday, February 9, 2021
The San Juan Daily Star