Thursday Sep 16, 2021

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Thursday, September 16, 2021

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Guerrero Jr. Has a Shot at Triple Crown, But Likely Not MVP P35

A Cloud of Uncertainty Think Tank: A Trio of Systemic Shocks, Role of Federal Recovery Funds Make Puerto Rico’s Economic Performance Hard to Assess P3

DNER Consultant: Rincón Condo Pool Project Shouldn’t Have Gotten Green Light P5

NOTICIAS EN ESPAÑOL P 18

Prosecutors Seek to Revoke Boxer ‘Juanma’ López’s Bail in Wake of TV Interview P6


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The San Juan Daily Star


GOOD MORNING

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September 16, 2021

The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.

Marxuach: PR’s economic performance remains uncertain

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uerto Rico’s short-term economic performance is overshadowed by a large cloud of uncertainty, as the island’s government concurrently addresses the impacts of three systemic shocks: the COVID-19 pandemic, Hurricane Maria, and the bankruptcy of the central government, says Sergio Marxuach, Center for a New Economy’s (CNE) policy director and editor of the think tank’s publication, The CNE Review. The COVID-19 pandemic, which has adversely affected economic activity since the spring of 2020, is still an ongoing, developing event, and it is still unknown what the recovery from a global pandemic looks like, how long it will take, or which long-term structural shifts will flow from it. Four years after hurricanes Irma and Maria, Puerto Rico is still recovering from the $90 billion damage inflicted by those storms, and the pace of reconstruction remains slow. While Congress has allocated $64 billion for disaster relief and recovery operations on the island, as of June 30, only $18.6 billion, or around 29%, had been spent. “Furthermore, some of the most important work — refurbishing and modernizing the electric grid; rebuilding schools, housing, roads, bridges, and healthcare facilities; and undertaking mitigation activities to increase resiliency and reduce the risk exposure of vulnerable populations — has not yet begun,” Marxuach said. The main risk regarding the Hurricane Maria reconstruction, he added, could be the creation of a false sense of complacency as the economy begins to grow when the federal money starts to flow. It would be a mistake to believe that Puerto Rico’s economic problems will be over once the disbursement of federal reconstruction funding begins in earnest for at least two reasons, Marxuach said. While a lot of work has been done over the past four years, the remaining agenda of rebuilding schools, roads, and public health facilities and of mitigating existing risks to life and limb, is quite challenging. Finally, the government of Puerto Rico is entering a critical phase of its debt restructuring process as ballots will be sent soon to creditors so they can vote on the Plan of Adjustment (POA) negotiated by the Financial Oversight and Management Board. “The POA has to be, among other things, in compliance with the Fiscal Plan for the central government and found by the court to be viable and in the best interests of the creditors,” Marxuach said. “If certified by the court, Puerto Rico’s bankruptcy will be officially over and the POA will govern Puerto Rico’s fiscal policy for the next 25 years.”

Sergio Marxuach, policy director at the Center for a New Economy In the analysis released by the CNE today, an advanced copy of which was obtained by the STAR, Marxuach emphasized that each of these processes generates its own set of risks, which often can interact in complex ways. “For example, the implementation of fiscal measures to balance the budget could affect the capacity of the state to manage complex projects, while supply chain bottlenecks and inflation due to the COVID-19 pandemic may delay Hurricane Maria reconstruction efforts,” Marxuach added. At a deeper level, however, the analysis concludes that “it is worrisome that economic growth in the short term depends mostly on receiving federal transfers that we do not control.” “We worry that these expenditures will have a temporary positive impact on the economy that may set back efforts to develop a medium/long-term economic strategy or plan for Puerto Rico,” the analysis says. Marxuach states that it is important to avoid that trap and stay focused on addressing the structural factors that are the root cause of Puerto Rico’s long-term economic stagnation. All that economic activity, Marxuach notes, will be financed with federal funds transferred to Puerto Rico’s government instead of locally generated resources. “It may be easy to forget that once the good times are rolling and erroneously believe the reconstruction is driven by the strengthening of the Puerto Rican economy, when in fact it is powered by Congressional largesse,” he said. “Second, the reconstruction process, by its nature, is designed to rebuild and repair what was damaged or destroyed by Hurricane Maria. In that sense, its main objective is to restore Puerto Rico’s capital endowment to its pre-hurricane state. The reconstruction of damaged or lost assets does not constitute a net addition to the island’s long-term productive capacity.”


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Thursday, September 16, 2021

CVM lawmaker submits her financial report to House Ethics Committee By PEDRO CORREA HENRY Twitter: @pete_r_correa Special to The Star

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ccused by the New Progressive Party (NPP) legislative delegation of holding properties in Palmas del Mar in Humacao and administrative posts at non-profit organizations, Citizens’ Victory Movement (CVM) Rep. Mariana Nogales Molinelli confirmed Wednesday that she has asked House Speaker Rafael Hernández Montañez to refer her financial report to the lower chamber’s Ethics Committee. In a letter filed Sept. 15 to Hernández Montañez, Nogales Molinelli said she has made the request to “debunk unfounded insinuations and attacks that the NPP leadership has launched against me.” The controversy arose when Noticel reported that the legislator has since 2004 been incorporated as president and treasurer of Ocean Front Villas Corp., a real estate company run by her mother. The lawmaker has reiterated that she has never drawn any income from the venture. “I don’t generate anything from those properties,” she noted. “In administrative terms, I have never participated in this.” Moreover, she said the apartments did not have any tax exemptions from the Municipal Revenue Collections Center as they are not registered as main estates. She also clarified to the press she did not

Citizens’ Victory Movement Rep. Mariana Nogales Molinelli (Photo by Pedro Correa Henry) include her positions in various corporations, including non-profit organizations such as the Greater Caribbean for Life, an international anti-death penalty coalition, the Puerto Rican Coalition Against the Death Penalty and the Solidarity Legal Brigade due to “neglect.” “In the report, what is stated there is nothing more than the truth, the fact that some information has been missing and that it is necessary to supply more, is a common procedure,” she said. “When you look at the Ethics form, not the financial statement because it is complete, but nevertheless, there are some questions that you have to answer and, in that question,

it said: ‘Indicate which government positions or positions you have held,’ and as I have not held any, I put ‘not applicable’, and that is why I did not notice it.” “This is not lying, it is not hiding information, on the contrary. It is an oversight,” Nogales Molinelli added. “Now you have to be more careful when you are in the wolves’ sight.” Moreover, she said she would be resigning from her job posts to prevent further controversies and misunderstandings. “The work that I have at the House of Representatives takes me all day, and to have any outcome from this, I have to work all day

as a lawmaker,” she said. “Usually, I have to make two or three clones as the number of public hearings one must participate in simultaneously prevents me from fulfilling my work to the fullest.” “Nonetheless, we do our best with what we have,” the attorney added. When asked about the differences between her Palmas del Mar estates and the Sol y Playa condominium as NPP Senate spokesperson Thomas Rivera Schatz accused the CVM lawmaker on various outlets of being inconsistent with her environmentally focused discourse for having properties in an alleged maritime-terrestrial zone, she claimed the estates, which extend from Humacao to Yabucoa, were built around 1970 and 1980, “in a zone that is not maritime-terrestrial.” “If we look at the Sol y Playa condominium, the condominium is not in a maritime-terrestrial zone, the dispute here is with the pool construction, which we [the CVM] believe is indeed being built in such a zone, which is something that both the Department of Natural Resources and the Planning Board must clarify,” she said. Nogales Molinelli was accompanied by her fellow delegation members, Rep. José Bernardo Márquez and Sens. Ana Irma Rivera Lassén and Rafael Bernabe. “The CVM is not afraid, comrade Mariana is not afraid, and the CVM is here to continue doing whatever it has to do to continue protecting the environment,” Rivera Lassén said.

Oversight board asserts sole discretion on debt deal By THE STAR STAFF

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he Financial Oversight and Management Board for Puerto Rico is questioning whether the Title III bankruptcy court has jurisdiction to determine whether the plan of adjustment to restructure some $38 billion in commonwealth debt is consistent with the certified fiscal plan. The move comes as the oversight board announced a hearing Friday to discuss the seventh debt adjustment plan, which was proposed in July, with the public. On Thursday, the oversight board met with lawmakers to negotiate their support for the debt deal. The Legislature, which must approve bills enabling the debt deal, has been reluctant to support the debt adjustment plan because it contains an 8.5% cut to pensions higher than $1,500 per month. However, the oversight board is arguing that there can be no challenges to the debt deal. “Pursuant to PROMESA [the Puerto Rico Oversight, Man-

agement and Economic Stability Act], before the Oversight Board can propose a plan of adjustment, it must certify the proposal, but only after it determines in its sole discretion that the proposed plan of adjustment is consistent with the certified fiscal plan,” the board said.

However, PROMESA also says that there shall be no jurisdiction to review challenges to the oversight board’s certification determinations under PROMESA. “Therefore, the question is whether, at the confirmation hearing, evidence that the plan of adjustment is consistent with the certified fiscal plan can include anything other than the Oversight Board’s certification of the plan of adjustment under PROMESA,” the board said. “Otherwise, the Court would be overseeing a challenge to the Oversight Board’s certification. Conversely, some parties in interest may argue the determination of the Oversight Board that the plan of adjustment is consistent with the certified fiscal plan is outside of the certification, even though the statute provides the determination is in the Oversight Board’s ‘sole discretion’ and renders it integral to the certification.” The court has scheduled the confirmation hearing of the debt adjustment plan for November. The oversight board wants the court to rule it lacks subject matter jurisdiction over challenges to the board’s certification.


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DNER consultant: Rincón pool construction go-ahead was ill-advised By PEDRO CORREA HENRY Twitter: @pete_r_correa Special to The Star

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lthough the controversial construction of a private swimming pool and recreation area at the Sol y Playa condominium in Rincón remains on hold after the Puerto Rico Planning Board ordered last month to stall the project amid permitting irregularities, a contractor from the Department of Natural and Environmental Resources (DNER) testified Wednesday during a public hearing in the House of Representatives that the construction project on Almendros Beach should never have been approved. During a hearing before the House Natural Resources Committee, surveyor Carlos Vega Santos addressed “those on the street, those on foot” to indicate that, without taking into consideration the demarcation that was approved under the proposal of former contractor and environmental consultant Ángel Román Más or by engineer Israel Colón, “that construction should never have been approved by the government.” “The demarcation, no matter if it was correct or incorrect, the permit was not applicable … the joint regulation was not carried out as it should have been,” he said. Vega Santos also acknowledged that he was pressured because “the position and experience” of his boss, surveyor Gerardo Ramos, director of the DNER Surveying Division, “prevailed.” Ramos, he said, gave the instruction to sign the demarcation document that endorsed the reconstruction of the recreational area of the condominium. “I noticed the inconsistencies from the first moment,” Vega Santos said. “I raised a flag, but even so, the process continued, and that is the agency’s practice.”

Puerto Rico Engineers & Land Surveyors Association President Juan Alicea Flores (Photo by Johanna Sánchez) Likewise, the surveyor called on Permits Management Office (OGPe by its Spanish acronym) Auxiliary Director Gabriel Hernández to evaluate how the entity awards categorical exclusions for construction projects as, he said, “it has been prostituted.” “They [OGPe] went over the DNER; this case never went under the agency’s consideration,” he said. “They have their environmental division, there should have been a recommendation from the agency that never arrived to us. They bypassed it.” Meanwhile, Puerto Rico Engineers and Surveyors

Association (CIAPR by its Spanish initials) President Juan Alicea Flores stressed that only licensed surveyors and authorized engineers can carry out demarcations in Puerto Rico. “Given what happened with Ángel Román Más, who is neither an engineer nor a surveyor and who is a hydrologist, under no circumstances could he have performed the demarcation or subcontracted another engineer to do it,’’ Alicea Flores said. The CIAPR president said the demarcation was automatically null and void, intermediaries are not accepted and both Román Más and the engineer he hired to carry out the process are exposed to sanctions for misconduct. “It is questionable, everything that was happening in a project like this, and where many things in relation to the permits should be reviewed,’’ Alicea Flores added. Natural Resources Committee Chairman Rep. Edgardo Feliciano Sánchez confirmed meanwhile that the committee is about to finalize a second report with the findings from the investigation ordered under the resolution and will send it to CIAPR so the professional association can take action with the people involved. Likewise, Feliciano Sánchez told the STAR that the committee would be consulting with the Puerto Rico Bar Association to determine if DNER Secretary Rafael Machargo Maldonado’s agreement with the housing complex does not contain any conflict as the dispute continues to be adjudicated in court. This statement comes after the DNER reached an agreement earlier this month with the condominium holders in Rincón who want to install a fence between the shoreline and the building to prevent sea turtle nesting in the area where the stalled construction is located.

DNER, town of Vieques to co-manage bioluminescent bay By THE STAR STAFF

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arolina District Sen. Marissa Jiménez Santoni has signed a “co-management” agreement reached by the Department of Natural and Environmental Resources (DNER) with the Municipality of Vieques on Mosquito Bay, better known as the Bioluminescent Bay. The New Progressive Party legislator said “La Bahía Mosquito [located on the southern coast of Vieques] belongs to the [DNER].” “However, and it being well known that sources of income in Vieques are quite limited, now there is a co-management agreement between the DNER and the municipality, which is of great economic benefit for Vieques,” she said. Jiménez Santoni said that “from now on, people who dedicate themselves to giving ‘tours’ of the Bioluminescent Bay will pay a ‘fee’ to the DNER, which will be divided between the government agency and the

Municipality of Vieques.” “Mosquito Bay is the brightest in the world, as certified by the Guinness Book of World Records in 2008, making it a simply fascinating natural phenomenon,”

the senator said. “Hundreds of fish and sea creatures shine as they make their way through the water between microscopic organisms [dinoflagellates]. Tourists are delighted.”

The Puerto Rico Department of Natural and Environmental Resources and the Municipality of Vieques have reached an agreement to co-manage Mosquito Bay, better known as the Bioluminescent Bay, a popular tourist attraction in the offshore island municipality.


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Thursday, September 16, 2021

Prosecutors seek to revoke bail for boxer ‘Juanma’ López By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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he Caguas Prosecutor’s Office filed a motion on Wednesday asking the Superior Court to revoke the privilege of provisional release granted to former professional boxer Juan Manuel “Juanma” López Rivera for violating the conditions of his bail by sending a message during a television interview Tuesday to his accuser in a gender violence case. Specifically, López Rivera addressed his ex-partner, Andrea Ojeda Cruz, who denounced him on Sept. 8 for a pattern of abuse and assault. “Since yesterday the prosecution has been working on the process, as we understand that [López Rivera’s] demonstrations constituted a clear violation of the bail and protection order provisions,” said Justice Secretary Domingo Emanuelli Hernández in a written communication. “This type of case involves taking into account the Andrea Ojeda Cruz victims, so that we ensure their well being and cooperation in the process. We are not going to allow anyone gender violence at the hands of the athlete. to use subterfuge to manipulate and evade compliance The woman subsequently filed a formal complaint with the law.” to that effect against López Rivera at the Caguas police On Sept. 8, the Caguas Court found cause for the station. arrest of the 38-year-old boxer, after the Department of Bail was set at $175,000, and López Rivera was reJustice said it would file seven charges of physical and leased under electronic supervision and restraint under psychological abuse, threats and damage to property the surveillance program of the Office for Pretrial Services. against López Rivera after Ojeda Cruz alleged, through The statements that López Rivera made Tuesday durher social media networks, that she was a victim of ing an interview on a local television program, according

to attorneys consulted, could constitute a violation of the protection order granted to Ojeda Cruz. The former two-division WBO world champion, who last fought in May 2019, made a video call with the Telemundo program Día a Día, an action that attorneys Josie Pantoja and Verónica Rivera called an act of “manipulation” and a “clear violation of the protection order.” In an interview with Radio Isla, Rivera said she was taken by surprise when López was given the space to address the victim through the media and that if the prosecution files charges for violation of the protection order, he would expose himself to greater criminal charges. “That should not happen and I think it was very irresponsible of the [program] to allow it,” Rivera said. “What I hear there is a person showing the manipulative face of a person who attacks his partner and I say it matter-of-factly because it is something evident to me. [Andrea] was very clear, very specific about the pattern of violence and he does not even refer to that and what he wants us to believe is that the one who is going through a bad time is him, when she is in a healing process, which he is evidently trying to hinder. So I think it is disastrous that a medium has been provided for that, but at the same time I think it is an opportunity to show that face of the violent person that many times we do not see, which is a face that seems to be kind, that seems to care for the victim but in reality it is only part of the pattern.”

Over $2 million federal injection to prevent violence against women By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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esident Commissioner Jenniffer González Colón announced Wednesday that the Office of the Women’s Advocate will receive $2.2 million from a federal allocation from the U.S. Department of Justice’s Office of

Resident Commissioner Jenniffer González Colón

Violence Against Women. González Colón said $461,276 was allocated under the sexual assault services formula program, which helps rape crisis centers and other non-governmental and non-profit organizations that provide services, direct intervention and assistance to victims of assault and sexual abuse and their families. Another $1.7 million was allocated under the STOP program to stop violence against women. The resident commissioner noted in a written statement that those funds seek to enhance the capacity of local communities to develop and strengthen effective law enforcement and prosecution strategies to combat violent crimes against women and to develop and strengthen victim services in cases of violent crime. “Each state and territory must allocate 25% for law enforcement, 25% for prosecutors, 30% for victim services (of which at least 10% must be distributed to community organizations), 5% to state and local courts. and 15% for discretionary distribution,” she said. The federal funds are part of an estimated $11.6 million approved through 16 grants from the U.S. Justice Depart-

ment, the National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA), the U.S. Department of Education and the National Endowment for the Humanities to also promote education, science and art.

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2 parties, 2 maps: Democrats and Republicans squabble on redistricting By NICHOLAS FANDOS AND GRACE ASHFORD

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ew York’s new bipartisan redistricting commission got off to an inauspicious start Wednesday, as its Democratic and Republican members failed to reach an agreement on an initial set of congressional and legislative map proposals. Instead, the New York state Independent Redistricting Commission, the body empowered by voters to remove politics from the mapmaking process, said it would proceed for now with two competing proposals, one drawn up by its Democratic members and another by Republicans. With New York slated to lose a seat in its congressional delegation after last year’s census, both maps proposed eliminating a district upstate, where the population has declined. But the Republican plan appears to offer its party’s candidates a better shot at retaining seats in northern and western New York as well as on Staten Island, while Democrats’ proposals appeared more likely to extend their party’s dominance in Congress by shifting more seats downstate. Nothing in the state constitution requires the commission, which is drawing lines for the first time since it was created in 2014, to agree to a single set of maps for congressional, Assembly and state Senate districts at this point in the process. But the partisan squabble over what amounts to a preliminary discussion does not spur optimism that the commission can unite around a single set of bipartisan maps to present to Albany for ratification. Its failure could pave the way for Democratic supermajorities in Albany to step in to determine the final maps. Party leaders there and in Washington are already quietly circling in case the commission cannot reach a final agreement or produce a final result party leaders like. They hope to use the process to knock out as many as five Republican congressional seats, boosting the party nationwide as it tries to maintain a narrow House majority, and to shore up permanent majorities in the Legislature. Under the New York Constitution, the redistricting commission leads the way in drawing maps. But if it fails to come to a consensus among itself or delivers lawmakers a map they simply don’t like, the Legislature can overpower the body and establish almost any map it chooses, so long as the districts

he New York State Senate in Albany, N.Y., Sept. 1, 2021. A new bipartisan commission is drawing up district lines, but New York Democratic leaders are laying the groundwork to take over the redistricting process. meet constitutional requirements and are roughly equal in size. Republicans in New York and Albany are certain to balk at the process and could challenge the outcome in the courts, which drew the current congressional map in 2012 amid a partisan dispute in Albany. Republican commissioners wasted little time pointing fingers at their Democratic counterparts, whom they accused of cutting off talks in recent days that had been intended to try to reconcile the competing maps. Privately, Republicans fear that Democratic commissioners have no intention of finding an agreement and would prefer to let the body fail so it can kick the process directly to the Legislature to draw more advantageous maps for their party. Republicans on the commission bemoaned the lack of consensus as well as the weaknesses they saw in the Democratic

plans. An independent commissioner, Ross Brady, said that he “had gone from being very hopeful to being supremely disappointed,” specifically noting what he called “large deviations” in population in the Democrats’ map. Democrats were prepared to argue, though, that the competing maps could be a good thing, allowing voters to compare alternative lines to advise the commission which they liked best. Commissioners stressed that the presentation of two sets of maps Wednesday did not close the door on the possibility that they would eventually find consensus and release a single set. New York voters created the independent commission by constitutional amendment in 2014, but its contours were the product of a compromise between Gov. Andrew Cuomo and Republicans, who controlled the state Senate at the time. The idea

was to take line drawing out of the hands of politicians in the Legislature eager to protect their party and their incumbents and give it, starting this year, to a bipartisan body that could fairly divide up the state. But the commission struggled to assert its independence from the start, and critics say its structure — with most appointees designated by the party leaders in the Legislature — makes compromise exceedingly difficult. The panel did not receive funding from Albany until April, forcing commissioners to volunteer their time for the first eight months. The Legislature, in contrast, has continued to fund its own map-drawing task force year after year. Nor did the panel receive detailed census data until last month because of national delays; the panel is still waiting on data on the state’s prison population that the commission needs to fine-tune its maps.


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The greatest killer in New Orleans wasn’t the hurricane. It was the heat.

An undated family photo shows Iley Joseph, left, with his older son, Iley Joseph Jr., and grandson. Of 14 deaths caused by Hurrricane Ida in New Orleans, Joseph’s and nine others are believed to be tied to the heat. By NICHOLAS BOGEL-BURROUGHS and KATY RECKDAHL

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n many ways, Iley Joseph’s one-bedroom apartment was an ideal place to ride out a hurricane. It was on the third floor — much too high to flood — of a building that was sturdy and new, part of a sleek, gated community for older residents like him. But in the days after Hurricane Ida, his home began to feel like a trap. The huge power failure that cut off electricity to New Orleans rendered Joseph’s air-conditioner useless and his refrigerator nothing more than a cupboard. Even worse, the outage froze the building’s elevators in place, sealing him inside the building because his health problems prevented him from using the stairs. Joseph, 73, insisted in telephone conversations with his sons that he was doing just fine. But in his apartment, No. 312, it kept getting hotter. On Sept. 2, the fourth day after the storm hit — the hottest yet — a friend found him lying still on the side of his bed. “I call his name, he doesn’t respond,” said the friend, Jared Righteous. “I realized he was gone.” Only in recent days, as the last lights flickered back on in New Orleans, have officials here discovered the true toll of Hurricane Ida. Unlike in the Northeast, where many who perished

were taken by floodwaters and tornadoes, heat has emerged as the greatest killer in New Orleans. Of 14 deaths caused by the storm in the city, Joseph’s and nine others are believed to be tied to the heat. Experts say there are probably more. And friends of those who died have begun to ask whether the government or apartment landlords could have done more to protect older residents before they died, often alone, in stiflingly hot homes. “Heat is a hazard that we simply haven’t given sufficient attention to,” said David Hondula, a professor at Arizona State University who studies the effects of sweltering temperatures. “All cities are in the early stages of understanding what an effective heat response looks like.” In New Orleans, officials set up air-conditioned cooling centers across the city and distributed food, water and ice around town. But for residents like Joseph who could not leave their buildings, the aid might as well have been worlds away. All 10 people whose deaths have been tied to the heat were in their 60s and 70s, and they died over four broiling days, the last of which was Sept. 5, a full week after the storm. Among the first was Corinne Labat-Hingle, a 70-year-old woman who had fled to Memphis during Hurricane Katrina but returned to New Orleans and was living at an apartment complex

for older people near Saint Bernard Avenue, a short walk from the city’s largest park. She was found dead on Sept. 2, when the temperature reached 93 degrees outdoors and was most likely higher inside her apartment. Two days later, another 93-degree day, four people were found dead, including Reginald Logan, 74, whose body was discovered after a neighbor saw flies in his window. On Sept. 5, the heat index reached 101, and one of the last victims of the heat was found dead: Keith Law, a 65-year-old man who lived in the Algiers neighborhood. Heat most likely contributes to more deaths each year than are officially recorded, Hondula said. Though the Centers for Disease Control and Prevention reports fewer than 700 heat-related deaths a year, some studies have estimated 5,000 to 12,000. Last month, The New York Times found that 600 more people died in Oregon and Washington in the last week of June, during a heat wave, than normally would have, a number three times the state officials’ estimates of heat-related deaths. People who die from the heat may not recognize their symptoms as life-threatening, and heat-related deaths can also occur suddenly, with little warning. The most frequent cause is cardiovascular failure, when the heart cannot pump blood fast enough. Less frequent are deaths from heat stroke, when a person’s internal temperature rises by several degrees and the body cannot cool off, causing organs like the brain, heart or kidneys to fail. Laura Bergerol, a 65-year-old New Orleans photographer, died on Sept. 5. She had planned to evacuate to Florida before the storm but told friends she had trouble finding a hotel room. By the time she arranged plans, it was too dangerous to leave. After the storm, an errant $400 charge on her bank account had left her without enough money to get out. She stocked up on candles and hunkered down in her second-floor apartment in an affordable complex built for artists in the Bywater neighborhood downriver from the French Quarter. “Missed my window of opportunity,” she wrote on Twitter. “Curse you #HurricaneIda.” Neighbors said Bergerol largely stayed in her apartment with the doors and windows closed. Still, she seemed to be surviving. On Sept. 3, she texted Josh Hailey, a neighbor, asking if she could visit his cat while he was out. “I have plenty of treats,” she wrote. The next day, she joined neighbors in the building’s courtyard for a showing of “Cinderella.” On Sunday, Hailey let himself into her apartment when she did not answer the door. He found her lying on the floor and tried to resuscitate her, but it was too late. That evening, the neighbors played brass-band music in the courtyard and danced for Bergerol, recalling her vivid blue eyes and frequent, wide smile. By then, city health officials had begun to realize the danger that older residents were facing. A day before Bergerol’s death, they evacuated eight apartments for older residents, including several where people had died. Now, city officials are considering mandating, during natural disasters, that subsidized apartments serving older or disabled residents have generators, conduct welfare checks or have a building manager on the property at all times, a spokesperson said.


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Thursday, September 16, 2021

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Newsom survives California recall vote and will remain governor By SHAWN HUBLER

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Republican-led bid to recall Gov. Gavin Newsom of California ended in defeat late Tuesday, as Democrats in the nation’s most populous state closed ranks against a small grassroots movement that accelerated with the spread of COVID-19. Voters affirmed their support for Newsom, whose lead grew insurmountable as the count continued in Los Angeles County and other large Democratic strongholds after the polls had closed. Larry Elder, a conservative talk radio host, led 46 challengers hoping to become the next governor. The vote also spoke to the power liberal voters wield in California: No Republican has held statewide office in more than a decade. But it also reflected the state’s recent progress against the coronavirus pandemic, which has claimed more than 67,000 lives in California. The state has one of the nation’s highest vaccination rates and one of its lowest rates of new virus cases — which the governor tirelessly argued to voters were the results of his vaccine and mask requirements. Although Newsom’s critics had started the recall because they opposed his stances on the death penalty and immigration, it was the politicization of the pandemic that propelled it onto the ballot as Californians became impatient with shutdowns of businesses and classrooms. In polls, Californians said no issue was more pressing than the virus. “As a health care worker, it was important to me to have a governor who follows science,” said Marc Martino, 26, who was dressed in blue scrubs as he dropped off his ballot in Irvine. The Associated Press called the race for Newsom, who had won in a 62% landslide in 2018, less than an hour after the polls closed Tuesday. About 66% of the 8 million ballots counted by 10 p.m. Pacific time said the governor should stay in office. “It appears that we are enjoying an overwhelmingly ‘no’ vote tonight here in the state of California, but ‘no’ is not the only thing that was expressed tonight,” Newsom told reporters late Tuesday. “We said yes to science. We said yes to vaccines. We said yes to ending this pandemic. We said yes to people’s right to vote without fear of fake fraud and voter suppression. We said yes to women’s fundamental constitutional right to decide for herself what she does with her body, her fate, her future. We said yes to diversity.”

In Orange County, Elder spoke to a packed ballroom of supporters and conceded the race. “Let’s be gracious in defeat,” he said, adding, “We may have lost the battle, but we are going to win the war.” Considered a bellwether for the 2022 midterm elections, the recall outcome came as a relief to Democrats nationally. Although polls showed that the recall was consistently opposed by some 60% of Californians, surveys over the summer suggested that likely voters were unenthusiastic about Newsom. As the election deadline approached, however, his base mobilized. President Joe Biden, Vice President Kamala Harris and Sens. Elizabeth Warren of Massachusetts and Amy Klobuchar of Minnesota traveled to California to campaign for Newsom, while Sen. Bernie Sanders of Vermont and former President Barack Obama appeared in his commercials. Some $70 million in contributions to his campaign poured in from Democratic donors, tribal and business groups and organized labor. The governor charged that far-right extremists and supporters of former President Donald Trump were attempting a hostile takeover in a state where they could never hope to attain majority support in a regular election. He also contrasted California’s low rates of coronavirus infection with the large numbers of deaths and hospitalizations in Republican-run states like Florida and Texas. Electoral math did the rest: Democrats outnumber Republicans 2-1 in California, and pandemic voting rules encouraged high turnout, allowing ballots to be mailed to each of the state’s 22 million registered, active voters with prepaid postage. More than 40% of those Californians voted early. Initiated by a retired Republican sheriff’s sergeant in Northern California, Orrin Heatlie, the recall was one of six conservative-led petitions that began circulating within months of Newsom’s inauguration. Recall attempts are common in California, where direct democracy has long been part of the political culture. But only one other attempt against a governor has qualified for the ballot — in 2003, when Californians recalled Gov. Gray Davis on the heels of the Sept. 11, 2001, attacks, the dot-com bust and rolling electricity blackouts. They elected Arnold Schwarzenegger to replace Davis as governor, substituting a centrist Republican for a centrist Democrat. Initially, Heatlie’s petition had difficulty

gaining traction. But it gathered steam as the pandemic swept California and Newsom struggled to contain it. Californians who at first were supportive of the governor’s health orders wearied of shutdowns in businesses and classrooms, and public dissatisfaction boiled over in November when Newsom was spotted mask-free at the French Laundry, an exclusive wine country restaurant, after urging the public to avoid gatherings. A court order extending the deadline for signature gathering because of pandemic shutdowns allowed recall proponents to capitalize on the outrage and unease. As the outcome in Tuesday’s recall election became apparent, Darry Sragow, a Democratic strategist and publisher of California Target Book, a nonpartisan political almanac, said the governor held off “a Republican mugging” and “could come out of this stronger than ever, depending on his margin.” Recall backers also claimed a measure of victory. “We were David against Goliath — we were the Alamo,” said Mike Netter, one of a handful of Tea Party Republican activists whose anger at Newsom’s opposition to the death penalty, his embrace of workers in the country illegally and his deep establishment roots helped inspire the attempted ouster. Just gathering the nearly 1.5 million signatures necessary to trigger the special election was “a historic accomplishment,”

Heatlie said. The recall campaign, the two men said, had expanded the small cadre that began the effort into a statewide coalition of 400,000 members who are already helping to push ballot proposals to fund school vouchers, forbid vaccine mandates in schools, and abolish public employee unions, which have been a long-standing Democratic force in California. Other Republicans, however, called the recall a grave political miscalculation. About a quarter of the state’s registered voters are Republicans, and their numbers have been dwindling since the 1990s, a trend that recall proponents believed might be reversed if they could somehow flip the nation’s biggest state. Tuesday’s defeat — in a special election that cost the state an estimated $276 million — instead marked “another nail in the coffin,” said Mike Madrid, a California Republican strategist who has been deeply critical of the party under Trump, charging in particular that the GOP has driven away Latino voters. Some Democratic observers were circumspect, warning that the disruption caused by the recall effort hinted at deeper problems. “This recall was a canary in the coal mine,” said Sragow, a veteran Democratic strategist who cited the state’s income disparities, housing shortages and climate crises. “And until the issues that created it get dealt with, people in power are in trouble. There’s a lot of anger and fear and frustration out there.”

California voters decided not to recall Gov. Gavin Newsom on Tuesday, concluding an idiosyncratic election that was held in the middle of a pandemic and closely watched as one of the first big indicators of the country’s political direction since President Biden took office.


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Thursday, September 16, 2021

CONOCE NUESTROS NUEVOS

ENDOCRINÓLOGOS

Judges temporarily block vaccine mandates for some New York workers

By ED SHANAHAN

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accine mandates for two groups of workers in New York hit legal roadblocks Tuesday, as judges temporarily blocked the requirements from taking effect as scheduled later this month. Late in the day, a state court judge in Manhattan, responding to a lawsuit filed last week by a group of labor unions representing public employees in New York City, issued a temporary restraining order covering Mayor Bill de Blasio’s requirement that all workers in the city’s schools get at least one dose of a COVID-19 vaccine by Sept. 27. The judge, state Supreme Court Justice Laurence L. Love, scheduled a hearing in the matter for Sept. 22. Earlier in the day, a federal judge in upstate New York, David Hurd, issued a similar ruling that temporarily blocks the state government from forcing medical workers, including those at hospitals and nursing homes, to be vaccinated by Sept. 27. The order came in response to a lawsuit filed by a group of health professionals, including doctors and nurses, who say the state requirement violates their constitutional rights because it does not allow for religious exemptions. Bill Neidhardt, a spokesperson for de

Blasio, said in a statement that the ruling on the requirement for school employees — including teachers, principals, custodians, school safety agents and central office staff members — would not keep it from being imposed as planned. “New York City’s education worker vaccine mandate, which has been embraced by the White House, goes into effect on Sept. 27,” Neidhardt said. Henry Garrido, executive director of one of the unions, District Council 37, welcomed the ruling. “The fight is not over,” Garrido said in a statement. “But we are energized by this decision and ready to keep going on behalf of our members.” In their suit, the unions say they “support vaccination and encourage all employees to vaccinate if they are able.” Nonetheless, they argue, the city’s requirement is “extremely coercive” because it forces workers to choose between their jobs and doing something that violates their “bodily integrity and right to refuse medical treatment.” The roughly 148,000 employees of the Department of Education are the first group of municipal workers in New York City to face a full vaccine mandate. The city’s other public employees can choose to be tested weekly for the virus rather than being vaccinated.


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House bill raises chance for global pact to curb corporate tax havens By ALAN RAPPEPORT

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he prospect of the largest overhaul to the global tax system in a century took a step forward this week as top Democrats introduced a plan to rewrite tax rules for multinational companies in a way that would allow the United States to join the rest of the world in an effort to crack down on tax havens. Passing such legislation will be critical for the Biden administration, which is leading global negotiations aimed at limiting the ability of companies to minimize their tax bills by setting up offices in low-tax jurisdictions. The White House says this corporate strategy deprives economies of much-needed revenue. Finance ministers from around the world have been working for months to complete a plan to end what they describe as a race to the bottom on corporate taxation before an October deadline. More than 130 countries have agreed to adopt a global minimum tax of at least 15% and are discussing a change in how taxing rights are allocated so that large businesses, including technology giants like Amazon and Facebook, pay taxes in countries where their goods or services are sold, even if they have no physical presence there. House Democrats, as part of their plan to raise as much as $2.9 trillion to finance President Joe Biden’s social safety net package, proposed raising the tax rate on companies’ overseas earnings to 16.6% from 10.5% and calculating the tax on a country-by-country basis. The plan would meet the primary commitments of the global agreement that is being negotiated through the Organization for Economic Cooperation and Development. “This is more than just tweaks,” said Craig A. Hillier, an international tax expert at Ernst & Young. “These are material moves being proposed on how foreign income is taxed.” However, the legislation offered by House Democrats would in some ways be less revolutionary than what the Biden administration envisioned and less onerous for companies. The Treasury Department has called for a 21% tax on corporate foreign earnings, a higher rate than the House proposal or what the finance ministers have so far agreed to

The Paris headquarters of the Organization for Economic Cooperation and Development, whose members are negotiating a global minimum tax for multinational companies. support. Part of the reason for the push is that Biden has proposed raising the corporate tax rate in the United States to 28% from 21%, and administration officials say a higher global minimum tax would reduce the incentive for U.S. companies to shift profits overseas. House Democrats are also offering more generous exclusions than what the Treasury Department proposed this year. Under their proposal, companies could exclude 5% of their foreign tangible assets, such as property and equipment, from the global minimum tax. The Biden administration wanted to eliminate the exclusion, which currently allows 10% of those assets to be carved out. Chye-Ching Huang, executive director of the Tax Law Center at New York University’s law school, said retaining the benefit “is an incentive to locate profits and investments offshore” and argued that the overall plan should be strengthened. Other international measures that have been under discussion would also be eased under the plan produced by House Democrats. Companies would be able to claim more foreign tax credits than they would under the White House plan, said Monika Loving, who leads the international tax services group at BDO U.S. She added that a plan to

deny deductions to corporations with headquarters in low-tax countries was also left out. “It had a stinging reaction from the business community,” Loving said of the idea, known as Stopping Harmful Inversions and Ending Low-Tax Developments. The Biden administration had hoped that other countries would adopt similar mechanisms as a way of penalizing any countries that might try to remain low-tax havens. It is not clear if the plan in the House bill to make changes to existing tools for deterring “base erosion” will have that effect. Treasury officials are continuing to work with their international counterparts to put the finishing touches on the global tax agreement so that officials from the leading rich and developing nations can sign off on the pact when they meet for a summit in Rome at the end of October. But many questions must still be resolved in the next six weeks. Three countries with tax rates below 15% — Ireland, Hungary and Estonia — have yet to join the agreement. That poses a problem for the European Union, which needs all of its member countries to sign on for the tax changes to take effect there. A senior Treasury official said last week that negotiators were still refining details for how to tax the most profitable companies

and when European countries would then roll back their digital services taxes, which have angered companies and lawmakers in the United States. They must also establish the exact rate of the global minimum tax. In addition to the United States, France has been agitating to go above 15%. Itai Grinberg and Rebecca Kysar, the Treasury officials who have been leading the global negotiations for the United States, argued in an essay last week that with a rate of 21%, “jobs and investment can flourish in the United States.” After a virtual meeting with her counterparts from leading industrial nations last week, Treasury Secretary Janet Yellen said the higher rate would “generate funding for a sustained increase in critical investments in education, research and clean energy.” More details about those plans are expected to be unveiled in early and mid-October. However, it is not clear how and when the United States would enact that part of the agreement, known as pillar one, and there are lingering concerns among business groups and Republicans that U.S. companies would bear the brunt of the new taxes. The October deadline is self-imposed, and it could be pushed back. Countries have set a goal of fully activating the agreement by 2023, as it will take time for them to change their tax laws. The House proposal, laid out by Democrats on the Ways and Means Committee, could still undergo substantial changes before a final vote. Ultimately it will have to be melded with a proposal by Senate Democrats, who have yet to settle on a tax rate for corporate foreign earnings.


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Apple rolls out its latest, with improvements around the edges

By JACK NICAS, BRIAN X. CHEN and KELLEN BROWNING

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t is a story that now happens just about every September: Apple introduced new gadgets that have slightly bigger screens, faster speeds and better cameras — but no new major advances. On Tuesday, Apple held its annual fall event in which it unveiled the newest versions of its old devices. In a 77-minute prerecorded infomercial, Apple executives framed the improvements in the new iPhone, iPad and Apple Watch as significant innovations, though the devices looked much like the products that the company has touted in previous years. Apple is betting that by adding new features and making slight design improvements, customers will keep shelling out more money. It is a strategy that has worked for years. Sales and profits have continued to surge for the world’s richest company, even without the kinds of innovations that it more regularly produced a decade ago. Here are the highlights of Apple’s announcements. IPhone 13 pushes out the display Apple said its new iPhone 13 models have a brighter screen, slightly longer battery life and more powerful cameras and computer processors. Having already pushed the iPhone’s display nearly to the edge of the device, Apple slightly increased its size by reducing the small notch at the top of the screen. Apple kept the same flatedge design of the phone that it has used in other recent models. As in past years, Apple unveiled two separate versions of the new iPhone: the entry-level iPhone 13 and iPhone 13 Mini and the more expensive and advanced iPhone 13 Pro and iPhone 13 Pro Max.

The price of the iPhone 13 will begin at $800 and the iPhone 13 Mini will start at $700, the same as the entry-level iPhones last year. The iPhone 13 Pro and 13 Pro Max will start at $1,000 and $1,100, also the same as last year’s premium versions. Apple spent much of its advertisement showing off the iPhone’s new “cinematic mode,” a camera technology that can automatically follow and focus on a subject, resulting in videos that more closely resemble professional movies. The iPhone, now in its 14th year, remains one of the world’s bestselling products and the centerpiece of Apple’s business. Over the first half of the year, the latest period available, Apple said iPhone sales rose 58% to $87.5 billion from a year earlier. That success is partly because Apple has built an intensely loyal customer base, and also because it has designed its products in a way that makes it difficult for customers to switch to competitors like Samsung or Google. The iPhone also remains among the best smartphones on the market in several areas, including camera technology and screen resolution. Stretching the Apple Watch screen The new Apple Watch Series 7 is roughly the same size as last year’s model, but its screen has been stretched to the edges of the glass to make the display area 20% larger. The watch, which comes in two sizes, also has a new design to make it more durable, with better dust resistance. The company left the prices of the devices unchanged from last year’s models, with a starting cost of $400. While the Apple Watch is one of the company’s smallest product segments, it would be an enormous standalone business for other companies. Apple’s so-called

wearables business, which also includes its AirPods wireless headphones, grew 28% to $37.5 billion in the year ending June 30 over the same period a year earlier. The Apple Watch is the world’s No. 1 smartwatch, with 36% of the worldwide market, according to Canalys, a research firm. Apple has consistently emphasized the device’s health benefits, including the ability to measure your blood’s oxygen saturation. This year, Apple announced new features of its Fitness Plus subscription, a digital fitness service. The company said it was introducing five-minute workouts, winter sports, Pilates workouts and a group option that allows up to 32 people to exercise simultaneously and interact. It also created a “time to walk” mode that gets people outdoors while listening to Camila Cabello, Dolly Parton and others. Apple said it would roll out Fitness Plus, which costs $10 per month, to an additional 15 countries this fall. A better, pricier iPad Mini Apple also introduced new versions of its entry-level iPad, with a 10.2 inch screen, and its iPad Mini, with a 8.3-inch display. Apple made the biggest improvements to the iPad Mini, its smallest tablet, giving it a new design and a larger, brighter screen. It now includes flat edges, matching the aesthetic of newer iPhones, and the home button was removed to make more room for the display. The new, larger iPad includes improved cameras and software to make video calls easier by detecting people and automatically following their movements. The new iPad Mini starts at $500, up from a $400 starting price for the most recent iPad Mini from 2019, the only price jump announced at the event. The entry-level iPad starts at $330, the same as last fall’s version. The new tablets join an already crowded iPad portfolio. The company now offers five models of the iPad in various screen sizes with prices ranging from $330 to $2,400. The iPad has been Apple’s fastest-growing product segment over the past 12 months, as more people bought the device while having to work, learn and socialize from home during the pandemic. Apple earned $30.4 billion from iPad sales in the 12 months ending June 30, up 41% over the same period a year earlier.


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13 Stocks

S&P 500, Dow gain on factory data, strong oil prices

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all Street stocks advanced on Wednesday as surging crude prices boosted energy shares and a swath of U.S. data suggested inflation has crested and an economic revival has become increasingly certain. All three major U.S. stock indexes gathered strength throughout the session as investor favor pivoted back to value stocks, which stand to benefit most from an economic rebound. “The main factor in that move between growth and value is COVID and the Delta variant and its impact on the economy,” said Tim Ghriskey, chief investment strategist at Inverness Counsel in New York. “Over time, we’ve seen the market focus flip flop between these two outlooks for the economy as investors try to grapple with the near-term economic outlook.” The Dow Transportation index, a barometer of economic health, outperformed the broader market. A host of economic data showed hints of waning inflation and an ongoing return to economic normalcy, even as supply constraints, complicated by hurricane Ida, hindered factory output. Import prices posted their first monthly decline since October 2020, in the latest sign that the wave of price spikes has crested, further supporting the Federal Reserve’s position that current inflationary pressures are transitory. Next week, the Federal Open Markets Committee is due to convene for a two-day monetary policy meeting, which will be closely parsed for signals as to when the central bank will begin to taper its asset purchases. The Dow Jones Industrial Average rose 247.68 points, or 0.72%, to 34,825.25; the S&P 500 gained 35.74 points, or 0.80%, at 4,478.79; and the Nasdaq Composite added 93.96 points, or 0.62%, at 15,131.72. While all 11 major sectors in the S&P 500 were green, energy was by far the best performer, benefiting from a jump in crude prices driven by a drawdown in U.S. stocks. U.S.-listed Chinese stocks extended recent losses, as weak retail sales data pointed to a possible economic slowdown in the mainland, while Beijing’s regulatory overhaul of Macau’s casino industry further dampened appetite for Chinese stocks. This follows a series of regulatory moves by China against major technology firms, which has wiped out billions in market value this year. “There’s uncertainty about what China could do - and it would appear to be one thing after another - and that has caused profit taking across the board in Chinese related names,” Ghriskey added. U.S.-based casino operators Las Vegas Sands Corp, Wynn Resorts Ltd and MGM Resorts International were off between 3% and 8%.

MOST ASSERTIVE STOCKS

PUERTO RICO STOCKS

COMMODITIES

CURRENCY

LOCAL PERSONAL LOAN RATES Bank

LOCAL MORTGAGE RATES Bank

FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS

BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental

3.00% 0.00 3.50% 0.00 3.50% 2.00 3.75% 2.00 3.50% 0.00 3.50% 0.00

3.50% 000 4.00% 0.00 3.75% 2.00 3.75% 2.00 5.50% 0.00 3.75% 5.50

PERS.

CREDIT CARD

AUTO

BPPR --.-- 17.95 4.95 Scotia 4.99 14.99 4.99 CooPACA

6.95 9.95

2.95

Reliable

--.-- --.--

4.40

First Mort 7.99 --.-- --.-Oriental 4.99 11.95 4.99


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Haiti prosecutor says evidence links prime minister to president’s killing

Haiti’s acting prime minister, Ariel Henry, at his residence in Port-au-Prince on Aug. 3, 2021. Haiti’s chief prosecutor on Tuesday, Sept. 14, 2021, ordered Henry not to leave the country until he answers questions about the July assassination of President Jovenel Moïse. By MARIA ABI-HABIB and ANATOLY KURMANAEV

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aiti’s chief prosecutor said on Tuesday that there was evidence linking the acting prime minister to the assassination of President Jovenel Moïse, and prohibited him from leaving the country until he answers questions about it. Last week, the prosecutor issued a police summons for the prime minister, Ariel Henry, requesting that he testify about contact he had with one of the chief suspects in the killing. Phone records show that Henry spoke with the suspect — Joseph Badio, a former intelligence official — in the hours after Moïse was killed in July in his home in Port-au-Prince, the capital. Henry, who swiftly removed the prosecutor from his post, is by far the most prominent figure to be swept up in a murder investigation that has resulted in the arrest of more than 40 people but has shed little light onto who ordered and paid for the president’s

killing — and why. The detained include Moïse’s security officers, businessmen, three Haitian Americans and 18 Colombian mercenaries accused of leading the assault on Moïse’s residence. And the police have issued at least a dozen more arrest warrants, including one for Badio, whom Haitian authorities accuse of arming and directing the Colombian mercenaries on the night of the attack. But as leads grow cold and key suspects vanish, the investigation appears to be descending into a political power struggle. Competing factions of the country’s elite are using Moïse’s death to attack opponents, leading many Haitians to fear that they will never see justice done for a crime that has left the nation adrift. “They are fighting for power, and Ariel’s enemies are using the judicial system against him,” said Pierre Espérance, a Haitian human rights activist who is independently investigating Moïse’s killing. “What happened in the country today is something we

have never seen before.” The prime minister’s office called the travel ban illegal and “political theater,” and said it had not been directly informed about the move by the prosecutor, Bed-Ford Claude. Calls for comment to Henry’s cellphone were not immediately answered. Whether the prosecutor, Claude, has the authority to lead the investigation and to demand Henry’s questioning or charge him in the assassination is doubtful. On Monday, Henry dismissed Claude from office, according to the prime minister’s office. And, in any case, the prosecutor no longer has authority over the investigation, which is now in the hands of a judge. Haitian law forbids judicial officials to prosecute senior civil servants without the authorization of the country’s leader — who at the moment is Henry. In the midst of Tuesday’s tumult, the chief of the senate, Joseph Lambert, made a play to become Haiti’s next president. Lambert, who tried to claim the presidency in the days after Moïse’s assassination, attempted once more to claim the nation’s top post Tuesday evening. The senator’s office called local media to Parliament to live broadcast his swearing in, but before he could do so, a gunfight broke out, preventing Lambert from entering the building, according to Western diplomats and Haitian officials. Once the international community, led by the U.S. government, became aware of Lambert’s plans, they presented a united front and warned the senator against taking over the presidency without broader national consent, according to a diplomat in Portau-Prince. The move against Henry came a day after Moïse’s widow, Martine Moïse, was called by the judge in charge of the case to appear for questioning on Sept. 20. Martine Moïse was in the bedroom with her husband when he was killed, and was also seriously injured in the attack. She has since announced her candidacy in coming presidential elections. Since the assassination, Haiti has been struck by two natural disasters — an earthquake and a heavy storm. The first killed nearly 2,000 people, and the second caused landslides and flooding, further displacing the population and delaying the country’s recovery. Together, they added to the overlapping political crises that are burdening Haiti. Henry, a neurosurgeon who was named prime minister by Moïse just days before the killing, has struggled to assert his authority over the country since being sworn into office in July. In previous remarks, Henry has denied any connection to the assassination and said that the masterminds of the plot remained at large. The police are investigating a complex plot that they say stretches across several countries and revolves around a littleknown doctor and pastor, Christian Emmanuel Sanon, who was born in Haiti and lives in Florida. Officials say he conspired to kill the president and seize power. But none of the detained suspects appear to have had the means to finance the plot — or the ability to take power after the president’s death. The investigation, which has been mired in irregularities and tampering since it began, has provided Haitians with few answers and has undermined what little trust many had in the country’s corrupt and dysfunctional legal system.


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In rural Afghanistan, war remnants everywhere, but no shooting or checkpoints By JIM HUYLEBROEK

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ixty bone-rattling miles southwest of Kabul, remnants of America’s longest war are abundant. Pillaged outposts scatter the hilltops, and skeletons of burned-out police pickup trucks and Humvees litter the road that weaves through the valleys in between. The walls of an American-constructed local government building in Chak-e Wardak, a district in Wardak province, are pockmarked by the impacts of recently fired bullets and rockets. Holes have been carved out of the walls for shooting positions, and only a few of the glass windows remain intact. But the once-constant volley of rifle fire is no more. In recent years, driving out of Kabul, Afghanistan’s capital, would evoke fear of pop-up Taliban checkpoints at which young fighters pulled passengers out of cars, looking for government workers or members of the security forces. Getting caught up in an impromptu shootout between the two warring sides was always a risk. But since the Taliban takeover in mid-August, the majority of Afghanistan’s countryside has seen a substantial drop in violence. Where airstrikes and pitched battles would be commonplace, the guns have fallen silent. The checkpoints have mostly disappeared. The Taliban command Qari Assad, left, and Talab Din, center, who came from Sayedabad to settle a domesIn their place is a developing humanitarian crisis and a tic violence dispute at the government compound in Chak-e Wardak, Afghanistan, Sept. 10, 2021. new Taliban government that at times seems just as unaccustomed to governing as many Afghans are to living in a period without fighting. governing and delivering swift justice in many areas, often for a Taliban commander who went by the same name. They Millions of Afghans are facing a winter of food shortages, through their own court system. Chak-e Wardak, along with grabbed his brother instead, he said, and took him to Bagram with up to 1 million children at risk of starvation in the absence many parts of rural Afghanistan, has been under their de facto prison, notorious for its harsh treatment of prisoners, where he of an immediate international relief effort, United Nations of- control for two years. was tortured. ficials say. But the question remains whether the movement, which “It took us four months before we found him,” Abdullah Adding to the misery, prices for basic foodstuffs have ris- has brutally put down protests in urban areas against its rule, Ayoubi said. “When we went to visit him in Bagram, he shouted en sharply, and many Afghan families are being forced to make can pivot to a solid governance structure soon enough to cope at me with chains on his legs and handcuffs around his wrists.” do with rice and beans instead of chicken and other meats. with the problems underlying the country’s gathering humaniAfter 18 months, Assad was released. Because of how anFor now, though, in the Chak-e Wardak district, a patch- tarian crisis. gry he was, Ayoubi said, he joined a local Taliban commander work of apple orchards and villages, as in many other areas of Further west up the valley, another Taliban flag was wav- named Ghulam Ali. the country, there is widespread relief at the end of the fighting ing atop the oldest hydroelectric dam in the country. Built in In 2019, Assad was killed during a battle with Afghan soland the return to something like normal life. 1938, its turbines once provided electricity for surrounding diers not far from the family home. He had been a fighter for On the second floor of the ransacked district adminis- parts of Wardak, plus Ghazni province and even parts of Kabul five years. “We buried him near the house,” Ayoubi said. trative center, the newly appointed Taliban police chief, Qari province, but poor maintenance had rendered it defunct. In this now-sleepy valley, the main landmark is a hospital Assad, sits in an old chair. On his desk, rests an even older As a nomadic woman guided her sheep across the dam, founded in 1989 by a German woman, Karla Schefter. Today, Kalashnikov and a makeshift Taliban flag with a hand-drawn Afghan boys took turns jumping into the water below, a wel- the hospital is supported by the Committee for Medical and “Kalima Shahada,” the text of the Islamic oath, at its center. come relief from the scorching sun. Humanitarian Aid in Afghanistan, which relies on private donaThe black-bearded and turbaned Assad had just started Up the hill from the dam’s basin is the home of the Ayou- tions. on his second glass of green tea on a recent Thursday when bi family, who had been displaced to another village two years Faridullah Rahimi, a doctor at the facility, said that in his two brothers from the neighboring Sayedabad district arrived ago as the fighting intensified. In early August, the family re- 22 years there, this was the first time there were no patients with a complaint. turned after the fighting ended to a house flanked by a lush with conflict-related injuries. “The man who married my daughter didn’t tell us he al- garden filled with pumpkins planted by a caretaker. “People from way beyond Chak come here for treatready had a wife,” said Talab Din, his fingers brushing through Over a lunch of rice, tomatoes and corn, Abdullah Ayou- ment,” said Rahimi, standing in the hospital’s verdant courtyard. his graying beard. “My daughter told me to let it be, she said bi, the oldest son, spoke about the atrocities that had occurred “We used to treat civilians, government soldiers and Taliban she was happy with him. But now he has beat her and stabbed in the valley. “There is no doubt that the Taliban are also cor- fighters, and never had an issue.” her in the leg. We have come here to settle this dispute!” He rupt, but it doesn’t compare to what the military was like,” he For now, the doctor said, the hospital had enough medishowed no fear of the new police chief, having interacted with said. “Not only did they take money from the vans and trucks, cal supplies, but with most banks closed, it had no money to the Taliban in the past. if someone had a big beard, they would say they are Taliban purchase more or to pay them their salaries. “We will be dealing with this issue immediately,” Assad and hurt them.” Still, Rahimi said, the hospital would continue operating assured the father. Ayoubi said his brother Assad was in the ninth grade as best it could. “We have seen regimes come and go, but the Long before their full takeover, the Taliban were already when the Afghan and U.S. armies came to the district, looking hospital will remain.”


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The San Juan Daily Star

Spain moves to reduce rising electric bills

Wholesale prices for natural gas across Europe have soared to levels almost five times where they were in 2019. By RAPHAEL MINDER

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pain’s government approved emergency measures earlier this week to help households pay for the spiraling cost of electricity and promised to cap profits made by electricity companies as a result of the recent jump in the price of natural gas. Wholesale prices for natural gas across Europe have soared to levels almost five times where they were in 2019. The rising price is causing electric bills to jump, because gas is often used to generate electricity. Some other European governments have also recently outlined plans to help consumers, including Greece, where the government is setting up a fund to subsidize the electricity bills paid by

households. In Spain, the steep rise has become a political problem. Prime Minister Pedro Sánchez, a Socialist, leads a minority left-wing coalition government that relies on support from Unidas Podemos, a party committed to protecting the most vulnerable households. The package of emergency measures would, among other things, protect poorer families that cannot pay their bills by extending the grace period before utilities can cut off their power. The government’s action was announced after Sánchez outlined his plans in a television interview Monday night. Without providing details, he said about 650 million euros (about $770 million) of “extraordinary profits” would be taken from energy companies and “redirected

to consumers.” Some welcomed the government’s decision. “No Spanish government had ever dared to take on the energy companies that control our market as an oligopoly, so I consider this to be historic, but obviously it’s going to create a lot of anger in these companies,” said Javier García Breva, a former Spanish lawmaker and an expert on renewable energy. But an opposition politician from the Ciudadanos party, Edmundo Bal, said Sánchez was hurriedly applying a “patch” on the energy problem, rather than seeking a longterm solution. Electric companies said the moves would be counterproductive. Natural gas prices have risen across Europe because of a variety of factors, including a resurgence of global demand after pandemic lockdowns and a late-winter cold snap that drained storage levels. Iberdrola, one of Spain’s three main electric companies, said energy prices were rising because of “international factors” and would not be restrained by the government’s action. The association representing Spain’s nuclear power producers threatened to suspend operations in response. Sánchez pledged to reduce electric rates paid by consumers to the level of 2018, excluding inflation. The measures approved Tuesday include a cut on the electricity generation tax, which is paid by consumers, until the end of this year. In June, the government reduced the value-added tax paid on electric bills to 10% from 21%. The latest data from the national statistics office shows that Spaniards last month paid about 35% more than a year earlier for their electricity, while the wholesale price of electricity has continued to climb in recent weeks. Teresa Ribera, Spain’s minister for ecological transition, told reporters that the emergency measures would help reduce the monthly electricity bill paid by households by 22%. To achieve this goal, the government will cap profits made by energy companies from the worldwide rise in natural gas prices until at least March, when the situation will be reviewed. “The forecast for the coming months points to a spiral without precedent,” Ribera said, which in turn “impacts the well-being of families and the whole of the Spanish economy.”


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Have we reshaped Middle East politics or started to mimic it? By THOMAS L. FRIEDMAN

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ne day, 1,000 years from now, when they dig up this era, archaeologists will surely ask how was it that a great power called America set out to make the Middle East more like itself — embracing pluralism and the rule of law — and ended up instead becoming more like the Middle East — mimicking its worst tribal mores and introducing a whole new level of lawlessness into its national politics? Middle Easterners may call their big tribes “Shiites” and “Sunnis” and Americans may call theirs “Democrats” and “Republicans,” but they each seem to operate increasingly with a conformist, us-vs.them mindset, albeit at different intensity levels. Extreme Republican tribalism vastly accelerated as the GOP tribe became dominated by a base of largely white Christians, who feared that their long-held primacy in America’s power structure was being eroded by rapidly changing social norms, expanded immigration and globalization, leaving them feeling no longer “at home” in their own country. To signal that, they latched on to Donald Trump, who enthusiastically gave voice to their darkest fears and raw tribal muscle that escalated the right’s pursuit of minority rule. That is, not just pushing the usual gerrymandering but also propagating conspiracy theories about the 2020 election, passing ever-harsher voter suppression laws and replacing neutral state voting regulators with tribal hacks ready to break the rules. And because this Trump faction came to dominate the base, even once-principled Republicans mostly went along for the ride, embracing the core philosophy that dominates

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tribal politics in Afghanistan and the Arab world: The “other” is the enemy, not a fellow citizen, and the only two choices are “rule or die.” Either we rule or we delegitimize the results. Mind you, the archaeologists will also note that Democrats exhibited their own kind of tribal mania, such as the strident groupthink of progressives at 21st-century American universities. In particular, there was evidence of professors, administrators and students being “canceled” — either silenced or thrown off campus for expressing even mildly nonconformist or conservative views on politics, race, gender or sexual identity. An epidemic of tribal political correctness from the left served only to energize the tribal solidarity on the right. But what triggered the turn from traditional pluralism to ferocious tribalism in the U.S. and many other democracies? My short answer: It’s become a lot harder to maintain democracy today, with social networks constantly polarizing people, and with globalization, climate change, a war on terrorism, widening income gaps and rapid job-shifting technology innovations constantly stressing them. And then a pandemic. More than a few democratically elected leaders around the world now find it much easier to build support with tribal appeals focused on identity than do the hard work of coalition-building and compromise in pluralistic societies at a complex time. When that happens, everything gets turned into a tribal identity marker — mask-wearing in the pandemic, COVID-19 vaccinations, gender pronouns, climate change. Your position on each point doubles as a challenge to others: Are you in my tribe or not? So there is less focus on the common good, and ultimately no common ground to pivot off to do big hard things. We once put a man on the moon together. Today, we can barely agree on fixing broken bridges. Ironically, there is no institution in American life that has worked harder to inoculate America from this virus of tribalism, while enriching and exemplifying an ethic of pluralism, than the military — the very people who were most intimately exposed to the Middle East variant for over 20 years. It’s not that some service members didn’t commit their own excesses in that war or were not traumatized by the excesses of their enemies. Both happened. But they did not let it change their core identity and the kind of military they wanted to be. I saw this time and again on trips to Iraq and Afghanistan. The level of diversity in any American military unit you came across just jumped out at you. On a 2005 trip to Iraq, I wrote a column about spending a night on the USS Chosin, which commanded the U.S. Navy task force off the coast of Iraq. There I interviewed Mustapha Ahansal, a Moroccan American sailor who acted as the Chosin’s Arabic translator when it stopped ships suspected of carrying pirates or other hostile actors. “The first time I boarded a boat,” he told me, “we had six or seven people — one Hispanic, one Black person, a white person, maybe a woman in our unit. Their sailors said to me, ‘I thought all Americans were white.’ Then one of them asked me, ‘Are you in the military?’ It shocks them actually.” Ahansal told me that an

Iraqi Coast Guard officer once expressed astonishment to him that people from so many different religions and races could produce such a strong navy, while “here we are fighting north and south, and we are all cousins and brothers.” Leadership matters: The American population has diversity similar to the U.S. military’s, but the ethic of pluralism and teamwork shown by many of our men and women in uniform reduces the tribal divisions within the armed forces. It’s not perfect but it is real. Ethical leadership based on principled pluralism matters. That is why our military is our last great carrier of pluralism at a time when more and more civilian politicians are opting for cheap tribalism. What is most frightening to me is how much this virus of tribalism is now infecting some of the most vibrant multisectarian democracies in the world — like India and Israel, as well as Brazil, Hungary and Poland. India is a particularly sad story for me because, after 9/11, I offered up Indian pluralism as the most important example of why Islam per se was not responsible for motivating terrorists from alQaida. Everything depended, I argued, on the political, social and cultural context within which Islam, or any other faith, was embedded — and where Islam is embedded in a pluralistic, democratic society, it thrives like any other religion. Although India had a large Hindu majority, it had had Muslim presidents and a Muslim woman on its Supreme Court. Muslims, including women, had been governors of many Indian states, and Muslims were among the country’s most successful entrepreneurs. Unfortunately, today, Indian nationalism based on pluralism is being weakened by Hindu supremacists in the ruling BJP party, who seem hellbent on converting a secular India into a “Hindu Pakistan,” as eminent Indian historian Ramachandra Guha once put it. That democracies all over the world are being infected by this tribalism virus could not be happening at a worse time — a time when every community, company and country is going to have to adapt to the accelerations in technological change, globalization and climate change. And that can only be done effectively within and between countries by higher degrees of collaboration among business, labor, educators, social entrepreneurs and governments — not rule or die, not my way or the highway. We need to find the antidote to this tribalism fast — otherwise the future is grim for democracies everywhere.


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The San Juan Daily Star

Thursday, September 16, 2021

Luis Ayala Colón asegura negociaciones entre la empresa y el sindicato ILA 1740 continúan bajo el compromiso de que no habrá un cese de las operaciones portuarias POR CYBERNEWS

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AN JUAN – El vicepresidente ejecutivo de Luis Ayala Colón, Hernán Ayala Colón, dijo el miércoles, que no es correcto que varios barcos hayan comunicado que no estarán viniendo a Puerto Rico como medida preventiva porque aún no han culminado las negociaciones obreropatronales que se están dando con la mediación del Departamento del Trabajo desde el 5 de agosto, cuando se anunció que la unión ILA 1740 retomaría las operaciones tras un paro que duró varias semanas. “Hay una sola línea que ha emitido una comunicación indicando que no estaría viniendo a Puerto Rico en este momento. No hemos recibido ninguna otra notificación por parte de las otras líneas. Cualquier infor-

mación que apunte a eso no es correcta”, explicó Ayala Rubio en comunicación escrita. El ejecutivo aseguró que la empresa continúa comprometida con el proceso de negociación que inició hace ya más de dos años y que desde principios de agosto se retomó con la intervención del Secretario del Trabajo y personal de la agencia fungiendo como mediadores. Durante las pasadas semanas ambas partes han estado participando de un intenso diálogo que ha estado arbitrado por los mediadores del Departamento del Trabajo y el propio Secretario con el fin de llegar a un acuerdo definitivo sobre los pocos aspectos que han estado en controversia y que han impedido que se firme un nuevo convenido colectivo entre las partes.

“Estamos agradecidos por la intervención y la perseverancia del equipo del Departamento del Trabajo y estamos optimistas de que llegare-

mos pronto a un acuerdo sin que los servicios y el flujo de bienes y suministros se vea afectado”, manifestó el vicepresidente de Ayala Colón.

AAA reinicia operaciones de antigua represa Portugués POR CYBERNEWS

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ONCE – Bajo el propósito de buscar alternativas y medidas de mitigación para preservar los recursos naturales y la salud del embalse Cerrillos de Ponce, el equipo de la Región Sur y la presidenta ejecutiva de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), Doriel Pagán Crespo, se dieron a la tarea de rehabilitar la antigua toma de la represa Portugués, trascendió el miércoles. “Ha sido un largo camino, de arduo trabajo en el que compañeros han estado día y noche laborando para que hoy podamos ver esto hecho realidad. Reafirmamos nuestro compromiso de brindar agua de calidad y al mismo tiempo cuidar nuestros recursos naturales”, expresó Pagán Crespo en comunicación escrita. La funcionaria añadió que “continuaremos identificando áreas para garantizar una administración sustentable de los recursos de agua en la Isla. Con estos trabajos se benefician sobre 7,200 clientes de la zona oeste de Ponce”. Por su parte, la directora ejecutiva de la Región Sur, Damaris Santini Martínez, sostuvo que este pro-

yecto realizado en tiempo récord tuvo una inversión de unos $400 mil e incluyó la identificación de la tubería campo traviesa, la limpieza de la represa y los pocetos, así como la rehabilitación de dos millas de tubería de 18 pulgadas de diámetro. Además, señaló que la planta de filtros Ponce Vieja recibirá de esta toma cuatro millones de galones diarios por gravedad. “Reconocemos el trabajo incansable realizado por nuestros compañeros, a todos muchas gracias”, mencionó Santini Martínez, quien también agradeció la colaboración del personal del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), agencia a la que pertenece el embalse Cerrillos. Por otro lado, el secretario del DRNA, Rafael Machargo, manifestó que “los asuntos de infraestructura en Puerto Rico son complejos, ya sea por la topografía, los requerimientos de ingeniería, por los costos o por el clima. Sin embargo, un gobierno llega más lejos cuando establece acuerdos intergubernamentales que propician el desarrollo necesario y alivian la necesidad. El DRNA ha colaborado con la AAA para que nuestro pueblo del área sur pueda recibir todo el suministro de agua necesario, y nos

sentimos orgullosos de esta aportación”. Mientras, el alcalde de Ponce, Luis Irizarry Pabón, expresó que “agradezco a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados la labor realizada para mitigar el impacto en Cerrillos. La escasez de lluvia ha afectado nuestros abastos y esto ayuda a evitar o aplazar un posible racionamiento. Por otro lado, hago un llamado a los ponceños a hacer uso mesurado del agua al evitar llenar piscinas y dejar las plumas abiertas mientras realizan acciones cotidianas como fregar, lavarse los dientes y bañarse. Parecen detalles insignificantes, pero galón a galón podemos ahorrar o desperdiciar un producto que es vital”.


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Mas Aya’s music holds quiet rebellions drums. He watched MuchMusic (the MTV of Canada) and randon Valdivia’s “Molistened to Detroit public radio. mento Presente” is like a He read French poetry and ordered a copy of John Coltrane’s summons. On the arresting track from his September “A Love Supreme” at the local album, “Máscaras,” an offbeat, record store. It took a comically not-quite-footwork rhythm long six months to arrive. thumps under the swirls of a “I knew I was a weirdo,” tin whistle. A bell chimes, and he said of the conservative before long, the godlike voice world that surrounded him. “I of an elder intones a call to wanted to get out as fast as I action. “Right now, the opcould.” pressors and the oppressed are Brandon Valdivia’s new alHe did escape to college, being separated,” it reflects in bum, “Máscaras,” makes di- studying composition at Wilfrid Spanish. “We’re not going to rect references to revolutions Laurier University in Ontario, wait 2,000 years for the good in Nicaragua, his homeland. where he found “people who ones to be on one side and the were creative, who were interbad ones to be on another. We are living in that ested in pushing the envelope,” he said. “Like, weirdos. I use that word a lot.” moment now.” In the years that followed, Valdivia becaThis is the kind of militant magic that Valdivia, 38, better known as Mas Aya, invokes in me a well-respected multi-instrumentalist and his music. “I’m trying to meld a political take in percussionist in Toronto’s experimental and artaddition to a very spiritual take,” he said in a rock scene, playing in groups such as Not the video interview from his studio in London, On- Wind, Not the Flag and I Have Eaten the City. tario. “You have to act; you have to be in the He has also collaborated extensively with his moment; you have to be in the world.” partner, Grammy-nominated, genre-crushing That sense of quiet urgency suffuses artist Lido Pimienta, who is featured on “Másca“Máscaras” (“Masks”), his first album since the ras.” In his early 20s, he traveled to Nicaragua, 2017 LP “Nikan.” At times, the project makes where he visited family in Managua, Esteli and direct references to revolutions in Nicaragua, his his grandmother’s hometown, Masaya — and homeland. (The sample in “Momento Presente” studied the country’s folkloric music traditions. is lifted from a gathering of guerrillas in the late After he returned to Canada, he decided to start 1970s led by liberation theologist Ernesto Carde- a solo project inspired in part by his frustration nal.) But “Máscaras” doesn’t just rely on explicit with the Toronto arts scene. allusions to power. It also considers the small “Nobody was talking politics. Everyone rebellions embedded in immersive moments of was basically making weird nihilistic experimental music,” he said. Mas Aya draws its name from stillness. Valdivia said the album’s title describes his grandmother’s home as well as the Spanish the masks used in political marches and Indi- phrase “el más allá,” meaning “the beyond.” genous ceremonies, but also his own composiValdivia described his practice as “harmetional practice. “Instruments are hiding themsel- lodic,” a term he borrowed from jazz musician ves within the cloud of textures,” he said. The Ornette Coleman. “This type of music whealbum’s songs are like impressionistic sketches, re melody, harmony and rhythm are all at the trading focal points for cool fluidity. The quena service of each other,” he said. It’s a vision that and bansuri flutes hover over drum loops. Clat- captures Valdivia’s actual musical approach, but ters of claves or maracas evanesce into waves it also evokes the spiritual tones of the album as of crisp synths and off-kilter electronic beats, a whole. shape-shifting into sweet flurries of harmony. On the track “Quiescence,” Valdivia uses Valdivia grew up in Chatham, a small Ca- the mbira dzavadzimu (a type of thumb piano) nadian town about an hour’s drive from Detroit. as percussion, even though it is an instrument His was one of the first Latino families to arri- typically plucked on metal keys. Over featherve, and he often longed for comrades in music, light flutes and shimmering synths, the sound community and art. of mallets hitting the mbira melt into a peaceful In Nicaragua, his father was a longhai- liquid ripple. red hippie who listened to Black Sabbath and On “18 de Abril,” he samples audio from cumbia, smoked marijuana and dropped acid. a protester at a 2018 university demonstration Valdivia fell in love with music at age 12 and in Nicaragua, connecting present-day resistanlearned to play the recorder, then eventually the ce efforts to movements of decades past, and By ISABELIA HERRERA

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presenting political struggle as a continuum. The result moves beyond mere fusion or ancestral homage. It articulates prismatic, poetic langua-

ge, demonstrating that political expression isn’t always obvious. It can arrive in moments of hushed contemplation and connection, too.

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Thursday, September 16, 2021

Norm Macdonald, ‘SNL’ comic dripping in dry wit, dies at 61 By NEIL GENZLINGER

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orm Macdonald, the acerbic, sometimes controversial comedian familiar to millions as the “Weekend Update” anchor on “Saturday Night Live” from 1994 to 1998, died Tuesday in Los Angeles. He was 61. His manager, Marc Gurvitz, confirmed the death. Lori Jo Hoekstra, his longtime producing partner, told entertainment-news outlet Deadline that the cause was cancer, something he had been dealing with for some time but had kept largely private. Macdonald had a deadpan style honed on the stand-up circuit, first in his native Canada and then in the United States. By 1990 he was doing his routine on “Late Night With David Letterman” and other shows. Then, in 1993, came his big break: an interview with Lorne Michaels, a fellow Canadian, for a job on “Saturday Night Live.” “I knew that even though we hailed from the same nation, we were worlds apart,” Macdonald wrote in “Based on a True Story: Not a Memoir” (2016), a fictional work with occasional hints of biography mixed in. “He was a cosmopolite from Toronto, worldly, the kinda guy who’d be comfortable around the Queen of England herself. Me, I was a hick, born to the barren, rocky soil of the Ottawa Valley, where the richest man in town was the barber.” In any case, he got the job, and by the next year he was in the anchor chair for the “Weekend Update” segment. In sketches, he impersonated Burt Reynolds and Bob Dole and played other characters. Michaels, in a telephone interview Tuesday, said that Jim Downey, the show’s head writer at the time, had first brought Macdonald to his attention. “Jim just liked the intelligence behind the jokes,” he recalled. And Michaels saw it, too. “There’s something in his comedy — there’s just a toughness to it,” he said. “Also, he’s incredibly patient. He can wait” — that is, wait for a punchline. That, Michaels said, made Macdonald different stylistically from other “Weekend Update” anchors.

Norm Macdonald in New York, March 31, 2011. Macdonald, the acerbic, sometimes controversial comedian familiar to millions as the “Weekend Update” anchor on “Saturday Night Live” from 1994 to 1998, died on Tuesday in Los Angeles. He was 61. “I think it took some getting used to for the audience,” Michaels said. “It wasn’t instantly a hit. But he just grew on them.” In early 1998, however, Macdonald was booted from the anchor chair, reportedly at the behest of Don Ohlmeyer, president of NBC Entertainment, West Coast, who was said to have been annoyed by Macdonald’s relentless mocking of his friend O.J. Simpson. Macdonald stayed on for a few more episodes but didn’t return for the 1998-99 season. His post-“SNL” television ventures were a mixed bag. “Norm” (originally called “The Norm Show”), a comedy about a former hockey player, ran from 1999 to 2001 on ABC. “Sports Show With Norm Macdonald,” on Comedy Central, lasted only a few months in 2011. “The dedicated fan will identify two patterns in his television work,” Dan Brooks wrote in a 2018 article about him in The New York Times Magazine. “It is

invariably funny, and it is invariably canceled.” But Macdonald said he didn’t think of himself first as a TV performer, and he continued to work as a comedian throughout his career. “In my mind, I’m just a stand-up,” he told Brooks. “But other people don’t think that. They go, oh, the guy from ‘SNL’ is doing stand-up now.” Though known for “Weekend Update,” Macdonald did not do much topical material in his own routines. He liked jokes that would still be funny years in the future. Among his most famous is one he told on “The Tonight Show With Conan O’Brien” in 2009 about a moth that goes to a podiatrist. After a setup that rambled on for minutes in which the moth pours out various emotional troubles, the podiatrist asks the insect why it came to a podiatrist rather than a psychiatrist. Macdonald’s punchline: “And then the moth said, ‘Because the light was on.’” Macdonald’s sense of humor some-

times got him in hot water. In 2018, for instance, he drew criticism for remarks that seemed to defend the comedian Louis C.K., who had been accused of sexual misconduct, and Roseanne Barr, who was under fire for a racist Twitter post. (Louis C.K. had written the foreword to Macdonald’s 2016 book, and Barr had hired him as a writer on her 1990s sitcom, “Roseanne.”) In apologizing for those comments, Macdonald made a remark that mocked people with Down syndrome. Missteps aside, Macdonald was always good for an unpredictable few minutes, or more, on a late-night talk show. “I’ve been interviewing Norm for 18 years and he has consistently broken every talk-show rule,” O’Brien told The Times in 2011. “He tells anecdotes that are blatantly false. His stories have always been repurposed farmer’s daughter routines that he swears happened to him.” O’Brien added, “When Norm steps out from behind the curtain I honestly don’t know what is going to happen, and that electrical charge comes through the television.” Norman Gene Macdonald was born on Oct. 17, 1959, in Quebec City, according to IMDB. He eventually made his way to Los Angeles, and in 1992 he was hired as a writer on “The Dennis Miller Show” and then “Roseanne.” “I never wanted fame at all, I just wanted to do stand-up,” he told The Ottawa Citizen in 2010. “I found when I came to Los Angeles to do more stand-up comedy that people wanted me to do other things, which I really didn’t want to.” “Stand-up,” he added, “is an odd kind of job where, if you’re good at it, they figure you’ll be good at other stuff in show business, which is usually not the case.” Macdonald wrote the 1998 film “Dirty Work,” in which he starred with Don Rickles, Chevy Chase and others. Among his other credits were the “Dr. Doolittle” movies, in which he provided the voice of a dog named Lucky. His survivors include his mother, a son and two brothers, his manager said. “He was an original,” Michaels said, “and he didn’t compromise in a business that’s based on compromise — show business.”


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Urb. Caguax (787) 905-7800

Carolina

Commercial Park (787) 762-7800

Condado

Ave. Ashford 787-999-7800

Guaynabo

Garden Hills Plaza 787-622-7800

Guaynabo

Plazoleta 169 787-620-7800

Hato Rey

201 Federico Costa (787) 282-9107

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Thursday, September 16, 2021

The San Juan Daily Star

Say hello to the Tortizza, a dinner life raft By ERIC KIM

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hen it first opened in 2018, the Manhattan bar and vodka distillery Our/New York would serve makeshift tortilla pizzas that had been quickly burnished in a toaster oven behind the bar. The founder and partner, Dave Ortiz, got the idea from his friend, chef Ilan Hall. “Long story short: A celebrity chef hooked me up,” he said. The medium-size flour tortillas — affectionately called “tortizzas” by the patrons — were draped in tomato sauce, ricotta cheese and red-pepper flakes. They were marvelous (and free of charge). You’ll have to pay for your own tortillas, but when prepared at home, the tortizza can be a delicate slip of a weeknight dream — a life raft when time is of the essence. Although you can use corn tortillas for this dish, the moisture in flour tortillas will cause them to puff up in spots once baked in a hot oven, and those bites are the most fun to eat. Crispy-edged and light, like lither thin-crust pizzas, tortizzas can be topped with whatever you like and nothing you don’t. These tortizzas include a layer of shredded mozzarella cheese that, when melted in the oven, creates a sturdy barrier for the toppings. A dusting of dried oregano somehow makes everything taste of pizza parlor incarnate. The topping, inspired by a Greek salad — and specifically, California Pizza Kitchen’s now-discontinued Greek pizza — is a medley of diced cucumbers and tomatoes and slivers of creamy avocado. Feta delivers sharpness and dreaminess, as does the simple garlicky yogurt sauce (a couple of ingredients shy of a tzatziki). As with the best boy bands, Ben & Jerry’s ice cream flavors and group projects for school, the salad topping is much greater than the sum of all of its fresh ingredients. Enjoy the motley crew of tastes and textures. Don’t skip the last part: honey. It might sound out of place here, but that golden sweetness, dribbled at the end over the vegetables, really brings together all of the disparate bits and bobs of this otherwise savory recipe. Anyway, honey is a popular accompaniment for Italian pizzas with soppressata and also happens to be a favored dipping sauce for pizza in South Korea. These tortizzas eat flat like tostadas but are more yielding, like solo pizzas. But it’s your life: Feel free to fold them like tacos or gyro wraps. When it comes to the tortizza, all that matters is that it ends up in your mouth. Perhaps the best part of this dish is that it takes about 15 minutes to make, from start to finish, which leaves plenty of time to get on with your day. One useful trick is to make the salad topping and yogurt sauce

Tortizzas in New York, Aug. 20, 2021. These tortilla pizzas, topped with crunchy vegetables and salty feta, couldn’t be easier to make. Food styled by Simon Andrews. in advance, both of which will keep in an airtight container in the refrigerator for a day or two. That way, when you need a quick bite, all you have to do is warm up the tortillas and pile on the toppings.

Tortizzas Yield: 4 servings Total time: 15 minutes Ingredients: 3 to 4 Persian or mini seedless cucumbers, scrubbed and cut into 1/2-inch dice (about 2 cups) 2 ripe medium tomatoes, cut into 1/2-inch dice (about 2 cups) 1 1/2 teaspoons kosher salt (Diamond Crystal) 8 (6-inch) soft flour tortillas 2 cups shredded low-moisture mozzarella 2 teaspoons dried oregano, za’atar or Italian seasoning 1 cup plain yogurt 1 large garlic clove, finely grated 1 tablespoon fresh lemon juice 2 teaspoons honey, plus more for drizzling 1 cup crumbled feta 1 ripe Hass avocado, halved and thinly sliced

1/2 cup packed fresh flat-leaf parsley leaves and tender stems Preparation: 1. Place racks in upper and lower thirds of oven and heat oven to 400 degrees. Line two large sheet pans with parchment paper. 2. Toss the cucumbers, tomatoes and 1/2 teaspoon salt in a colander set in the sink and toss to combine. Let sit to drain excess liquid, about 10 minutes. 3. Meanwhile, arrange the tortillas on the sheet pans, four per pan, and sprinkle each with the mozzarella and dried oregano. Bake until the cheese is melted and lightly browned, and the tortillas’ edges are crispy but still pale, 8 to 10 minutes. 4. While the tortillas are baking, make the yogurt sauce: In a small bowl or measuring cup, whisk together the yogurt, garlic, lemon juice, honey and the remaining 1 teaspoon salt. 5. To serve, evenly divide the drained cucumbers and tomatoes among the tortillas. Top each with feta, avocado and parsley, and spoon the yogurt sauce over everything, leaving some back to serve on the side. As a final flourish, lightly drizzle the tortizzas with honey. You can eat these flat like mini pizzas or folded like tacos.


The San Juan Daily Star mayo de 2019, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, ESTADO LIBRE ASOCIADO Sala de Carolina, en el Caso DE PUERTO RICO TRIBU- Civil número CA2019CV01052, NAL DE PRIMERA INSTANCIA seguido por el Banco Popular CENTRO JUDICIAL DE CARO- de Puerto Rico versus SuLINA SALA SUPERIOR. cesión Miguel Ángel Benítez BANCO POPULAR DE Ramos; Lidia Esther Benítez Ramos; John Doe y Richard PUERTO RICO, INC. Doe, como posibles herederos Demandante v. SUCESIÓN DE MIGUEL desconocidos; Honorable Secretario de Hacienda del EsÁNGEL BENÍTEZ tado Libre Asociado de Puerto ACOSTA, COMPUESTA Rico y CRIM, mediante el cual POR ANA MARÍA RAMOS se solicita el pago de la deuda por la suma de $93,678.12, COLÓN POR SÍ Y EN más intereses y otras sumas LA CUOTA VIUDAL adicionales o la venta en PúbliUSUFRUCTUARIA; ca Subasta, anotado el día 3 de MIGUEL ÁNGEL abril de 2020, al tomo Karibe de BENÍTEZ RAMOS; LIDIA Carolina, finca número 42,257, ESTHER BENÍTEZ Anotación “A.” Que en cumpliRAMOS; Y JOHN DOE miento del Mandamiento de Y RICHARD ROE COMO Ejecución de Sentencia expePOSIBLES HEREDEROS dido el día 7 de junio de 2021, por la Secretaria del Tribunal, DESCONOCIDOS; procederé a vender y venderé EL HONORABLE en pública subasta y al mejor SECRETARIO DEL postor la propiedad que se describe a continuación: RÚSTICA: DEPARTAMENTO Parcela marcada con el número DE HACIENDA DEL trescientos treinta, en el Plano ESTADO LIBRE de Parcelación de la comuASOCIADO DE PUERTO nidad rural Buenaventura del RICO, EL CENTRO DE Barrio Trujillo Bajo del término RECAUDACIONES DE municipal de Carolina, Puerto INGRESOS MUNICIPALES Rico, con una cabida superficial de cero cuerdas con mil cua(CRIM) trocientos noventa y siete diezDemandados milésimas de otra, equivalente CIVIL NUM.: CA2019CV01052. a quinientos ochenta y ocho SALA: 406. SOBRE: COBRO punto cuarenta y siete metros DE DINERO Y EJECUCIÓN DE cuadrados. En lindes por el HIPOTECA. ESTADOS UNINORTE, con Phelpe Dodge DOS DE AMÉRICA EL PRE(Fomento Industrial); por el SIDENTE DE LOS ESTADOS SUR, con la calle número uno UNIDOS ESTADO LIBRE ASOde la comunidad; por el ESTE, CIADO DE PUERTO RICO. con la parcela número trescienSS. AVISO DE SUBASTA. El tos veintinueve de la comunique suscribe, Alguacil del Tribudad; y por el OESTE, con la nal de Primera Instancia, Sala carretera estatal número tres. Superior de Carolina, Carolina, Finca número 42,257, inscrita Puerto Rico, hago saber a la al folio 30 del tomo 1010 de Caparte demandada, al PÚBLICO rolina. Registro de la Propiedad EN GENERAL; y a todos los de Puerto Rico, Sección II de acreedores que tengan inscriCarolina. La propiedad ubica tos o anotados sus derechos en: Principal St. #330 Buenasobre los bienes hipotecados ventura Carolina, PR. El procon posterioridad a la inscripducto de la subasta se destinación del crédito del ejecutante, rá a satisfacer al demandante o de los acreedores de cargas hasta donde alcance, la SENo derechos reales que los huTENCIA dictada y notificada el biesen pospuesto a la hipote19 de abril de 2021, y publicada ca ejecutada y las personas en un periódico de circulación interesadas en, o con derecho general, “The San Juan Daily a exigir el cumplimiento de insStar”, el 22 de abril de 2021, trumentos negociables garanen el presente caso civil, a satizados hipotecariamente con ber la suma de $93,678.12 por posterioridad al crédito ejecuconcepto de principal; generantado, siempre que surjan de la do intereses a razón de 5.95% certificación registral, para que desde el 1 de junio de 2017, puedan concurrir a la subasta si cargos por demora los cuales les convenga o satisfacer antes al igual que los intereses condel remate el importe del créditinúan acumulándose hasta el to, de sus intereses, costas y saldo total de la deuda reclahonorarios de abogados asemada en este pleito; y la suma gurados, quedando entonces $12,160.00 para costas, gastos subrogados en los derechos y honorarios de abogado; y dedel acreedor ejecutante: Aviso más créditos accesorios garande Demanda de fecha 13 de

LEGAL NOTICE

@

Thursday, September 16, 2021 tizados hipotecariamente. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 15 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico. El precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es por la cantidad de $121,600.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el 22 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $81,066.66, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 29 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $60,800.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción

staredictos@thesanjuandailystar.com

del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado pueden concurrir a la subasta si les convienen o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 13 de agosto de 2021. Samuel Gonzalez Isaac, Alguacil, División de Subastas, Tribunal de Primera Instancia, Sala de Superior de Carolina.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

FIRSTBANK PUERTO RICO

DEMANDANTE V.

ROBERTO SUEIRO BRIGNONI, NORMA IRIS DEL VALLE PÉREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES

(787) 743-3346

23 COMPUESTA POR AMBOS

DEMANDADOS Civil Núm. DCD2015-2866 (702). Sobre: COBRO DE DINERO Y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, MARIBEL LANZAR VELAZQUEZ, Alguacil de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 22 de enero de 2020 y para satisfacer la Sentencia por las cantidades de $121,091.93 de principal, 6.75% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $373.60 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; más costas, gastos y honorarios de abogado; dictada en el caso de autos el día 7 de noviembre de 2019, notificada y archivada en autos el día 8 de noviembre de 2019, dicha sentencia fue publicada mediante edicto el día 14 de noviembre de 2019, en el periódico “The San Juan Daily Star” y notificada por correo certificado a la parte demandada; procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Bayamón, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: APT. D-407, PARQUE TERRANOVA, GUAYNABO, PR 00969. URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento Numero D guion cuatrocientos siete. Apartamento residencial de forma irregular identificado con el numero D guion cuatrocientos siete, el cual esta localizado en la cuarta planta del edificio D del condominio Parque Terranova, situado en la carretera Estatal numero ochocientos treinta y siete, kilometro uno, en la urbanización Terrazas de Guaynabo, del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico. El área total aproximada en los dos niveles que se incluye en este apartamento es de mil trescientos seis punto setenta y cuatro pies cuadrados, equivalentes a ciento veintiuno punto cuarenta y siete metros cuadrados. Este apartamento consta en su primer nivel de

sala, comedor, cocina, laundry, un dormitorio o master con su guardarropa y baño, dos dormitorios cada uno con sus respectivos guardarropas y un solo baño para uso común de ambos dormitorios, un pasillo que comunica a los dormitorios, un guardarropa de cama y area de balcón y escaleras. Estos dan acceso al segundo nivel donde tiene una terraza cubierta y un area de recreación sobre el techo del mismo apartamento. Son sus linderos los siguientes: en el primer nivel: por el NORTE, en treinta y siete pies cuatro pulgadas con area exterior común; por el SUR, en treinta y siete pies cuatro pulgadas con área exterior común y area de pasillo del edificio; por el ESTE, en treinta y tres pies diez pulgadas con area exterior común y pared medianera que lo separa del apartamento numero D guion cuatrocientos seis y por el OESTE, en treinta y tres pies diez pulgadas con area exterior común, area de pasillo, escaleras del edificio y pared medianera que lo separa del apartamento D guion cuatrocientos ocho. En el segundo nivel la terraza cubierta tiene las siguientes dimensiones: por el NORTE, en diez pies cinco pulgadas con area exterior común de uso limitado y area de techo del edificio; por el SUR, en diez pies cinco pulgadas con area exterior; por el ESTE, en quine pies cuatro pulgadas con area exterior común, area de techo del edificio; por el OESTE, en quince pies cuatro pulgadas con area exterior común, area del techo del edificio y pared medianera que lo separa del apartamento numero D guion cuatrocientos ocho. Este apartamento goza del uso exclusivo de una azotea que es un elemento común limitado la cual esta delimitada y marcada por los puntos y/o verjas según surge de los planos del proyecto. La puerta de entrada de este apartamento esta situada en su lindero oeste la cual se comunica al pasillo de su piso que conduce a las escaleras por donde tiene acceso a su vez a la vía pública. Le corresponde dos espacios de estacionamiento debidamente identificados con los números ciento seis (lower level) y ciento sesenta y siete (upper level). Este apartamento tiene una participación de los elementos comunes generales uno punto cuatro ocho cero uno uno por ciento en los elementos comunes generales del condominio y el uno punto cuatro siete por ciento en los elementos comunes limitados del Condominio. Inscrita al folio ciento noventa del tomo mil ciento veintinueve de Guaynabo, finca

treinta y nueve mil seiscientos sesenta y uno. Registro de la Propiedad de Guaynabo. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $121,091.93 de principal, 6.75% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $373.60 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $144,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, $96,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $72,000.00. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 19 de octubre de 2021, a las 11:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 26 de octubre de 2021, a las 11:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 2 de noviembre de 2021, a las 11:00 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en la Oficina del Alguacil de Subastas, en el cuarto piso, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Del Estudio de Titulo realizado no surgen gravamen preferente ni posterior que deban ser cancelados. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y

para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 30 de agosto 2021. MARIBEL LANZAR VELAZQUEZ, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante v.

AIDA MILAGROS FLORES FIGUEROA, T/C/C AIDA M. FLORES FIGUEROA, T/C/C AIDA FLORES FIGUEROA

Demandada CIVIL NUM. ECD2017-0837 (702). Sobre: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS (IN REM). ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo ANGEL GOMEZ GOMEZ, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, al público en general. CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Eje-


24 cución de Sentencia fechado el 13 de febrero de 2020 que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, en el Centro Judicial de Caguas, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte demandada Aida Milagros Flores Figueroa, t/c/c Aida M. Flores Figueroa, t/c/c Aida Flores Figueroa. Dirección Física: Urb. Reparto Villa Blanca, #25 (L29) Calle Topacio (10), Caguas, Puerto Rico. Finca 9,088, inscrita al folio 90 del tomo 1,757 de Caguas, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Caguas. URBANA: Solar marcado con el número 29 del Bloque L del Plano de Parcelación de la Urbanización Reparto Villa Blanca, radicada en el Barrio Bairoa de Caguas, Puerto Rico, con un área superficial de trescientos veintisiete punto sesenta y nueve metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en doce punto setecientos quince metros, con los solares número 11 y 12 del Bloque L del mencionado Plano; por el SUR, en trece punto cincuenta metros, con la Calle número 10 del mencionado Plano; por el ESTE, en veinticinco punto cero cero metros, con el solar número 30 del Bloque L del mencionado Plano; y por el OESTE, en veinticinco punto cero cero metros, con el solar número 28 del Bloque L del mencionado Plano. Enclava una casa. Finca 9,088. Por su procedencia está afecta a: a) Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. b) Condiciones restrictivas sobre edificación y uso. Por sí está afecta a: a) Condiciones restrictivas de venta por un término de 10 años, por un crédito de $6,750.00 para gastos de cierre bajo el Programa “Mi Nuevo Hogar”. b) Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de HR Mortgage Corp., o a su orden, por la suma principal de $131,577.00, con intereses al 5% anual, vencedero el día 1 de diciembre de 2041, constituida mediante la escritura número 543, otorgada en Caguas, Puerto Rico, el día 9 de noviembre de 2011, ante el notario Reinaldo Segurola Pérez, e inscrita al folio 90 del tomo 1,757 de Caguas, finca número 9,088, inscripción 19na. c) Aviso de Demanda de fecha 13 de septiembre de 2017, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Su-

perior de Caguas, en el Caso Civil número ECD2017-0837 (702), sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria, seguido por Firstbank Puerto Rico versus Aida Milagros Flores Figueroa, también conocida como Aida M. Flores Figueroa y como Aida Flores Figueroa, por la suma de $120,622.88, más intereses y otras sumas adicionales o la venta en Pública Subasta, anotado el día 23 de abril de 2020, al tomo Karibe de Caguas, finca número 9,088, Anotación “A”. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 9,088 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: Primera Subasta: 6 de octubre de 2021 a las 10:00AM, Precio Minmo: $131,577.00, Hipoteca: Escritura Número 189, sobre Hipoteca, otorgada el 26 de julio de 2018, ante el Notario Frederick James Baraga Huyke. Segunda Subasta: 14 de octubre de 2021 a las 10:00AM, Precio Minmo: $87,718.00. Tercera Subasta: 21 de octubre de 2021 a las 10:00AM, Precio Minmo: $65,788.50. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 13 de agosto de 2019 y archivada en los autos el 14 de agosto de 2019, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: Se condena a la parte demandada a pagar a la demandante Firstbank al 1 de mayo de 2017 la suma de $120,009.13 de principal. Además, desde dicha fecha, Aida Milagros Flores Figueroa t/c/c Aida M. Flores Figuero t/c/c Aida Flores Figueroa mantiene en atroaso la cantidad de $26,182.40, que incluye principal, intereses según pactados, cargos por demora y otros cargos, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, y una suma equivalente al 10% de la suma principal del pagaré, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a

The San Juan Daily Star

Thursday, September 16, 2021

la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Caguas, Puerto Rico, hoy día 30 de agosto de 2021. ANGEL GOMEZ GOMEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

ORIENTAL BANK Demandante v.

EDWIN MAX GARCÍA RAMOS

Demandado CIVIL NÚM: CA2019CV03998 (SALÓN 402). SOBRE: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS (IN REM), ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, al público en general. CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 23 de agosto de 2021 que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, en mi oficina sita en el local

que ocupa en el Centro Judicial de Carolina, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte demandada, Edwin Max García Ramos. Dirección Física: 9972RD, Lot 13, Martin González, Carolina, Puero Rico 00987. Finca 48,776, al folio 42 del tomo 1123 de Carolina, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Carolina. RUSTICA: Predio de terreno, sito en el barrio Martín González del término municipal de Carolina, Puerto Rico, compuesta de punto dos nueve cuatro (.294) céntimos de cuerda, o equivalente en el sistema métrico decimal; en lindes por el NORTE, con Juana Salamán; por el SUR, con camino vecinal de mil quinientos (1,500) metros; por el ESTE, con camino asfaltado y por el OESTE, con María Jesús Salamán. Finca 48,776. Por su procedencia está: LIBRE DE CARGAS. Por sí está afecta a: 1-HIPOTECA: Por $143,800.00, con intereses al 7.125% anual, en garantía de un pagaré a favor de RG Premier Bank of Puerto Rico, o a su orden, que vence el 1ro de abril de 2038. Según escritura número 76, otorgada en Carolina, el 14 de marzo de 2008, ante Ángel A. Colón Vázquez, inscrita al folio 100 del tomo 1434 de Carolina II, inscripción 4ta. 2-AVISO DE DEMANDA: De fecha 15 de octubre de 2019, dictada en el Caso Civil #CA2019CV03998, Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Carolina; seguido por Scotiabank de Puerto Rico (demandante) versus Edwin García Ramos (demandado). Se reclama el pago de la deuda garantizada con hipoteca por $143,800.00 de la inscripción 4ta., reducida a $120,605.57 de principal, más intereses y otras sumas, o la venta de esta finca en pública subasta. Anotada al tomo Karibe de la Sección II de Carolina, finca 48,776 de Carolina II, anotación A y última, con fecha de 12 de noviembre de 2019. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 48,776 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: Primera Subasta: 26 de octubre de 2021, Hora: 11:00am, Precio Mínimo: $143,800.00, Hipoteca: Escritura Número 76, sobre Hipoteca, otorgada el 14 de marzo de 2008, ante el Notario Ángel A. Colón Vázquez. Segunda Subasta: 2 de noviembre de 2021, Hora: 11:00am, Precio Mínimo: $95,866.67. Tercera Subasta: 9 de noviembre de 2021, Hora: 11:00am, Precio Mínimo: $71,900.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal

durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 25 de junio de 2021, notificada el 26 de junio de 2021, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $120,605.57, más intereses a razón de 7.125%, desde el 1 de mayo de 2019, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $1,539.88 por cargos por mora, más la suma de $14,380.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 2 de septiembre de 2021. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante, v.

ESTHER MARÍA SUÁREZ VELÁZQUEZ; SUCESIÓN DE GREGORIO OROZCO MOJICA COMPUESTA POR SUS MIEMBROS FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, MENGANO DE TAL, MENGANA DE TAL Y ESTHER MARÍA SUÁREZ VELÁZQUEZ EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA

Demandados CIVIL NÚM. CA2019CV01319 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA.

A: LOS CODEMANDADOS DE EPIGRAFE Y AL PÚBLICO EN GENERAL:

El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 5 de septiembre de 2019, notificada el 26 de septiembre de 2019 y publicada el 13 de diciembre de 2019 este Honorable Tribunal dictó Sentencia en el presente caso y de un Mandamiento de Ejecución emitido el día 3 de marzo de 2020, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, procederá a vender en subasta, y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o giro postal, dinero en efectivo, cheque de gerente o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal, o letra bancaria, con similar garantía de todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la primera subasta habrá de celebrarse el día 20 de octubre del año 2021 a las 2:00 de la tarde, en mi oficina localizada en la Sala del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el #47 de la manzana “D”, del plano preparado por la Autoridad sobre Hogares de Puerto Rico, para su proyecto de hogares denominado PRHA-26 La Cerámica, ubicado en Sabana Abajo, Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de 2,637.33 pies cuadrados, equivalentes a 245.02 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, LEGAL NOTICE con la calle #3, distancia de ESTADO LIBRE ASOCIADO 32.19 pies; por el Sur, con el

solar #1-A, distancia de 32.19 pies; por el ESTE, con solar 46, distancia de 81.93 pies y por el OESTE, con solar 48, distancia de 81.93 pies. Finca número 39475 inscrita al folio 6 del tomo 865 del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I. Dirección física: Lot 47, Block D Sabana Abajo Ward La Cerámica Dev. Carolina, PR. El siguiente pagaré consta inscrito en la propiedad antes mencionada y es el que se pretende ejecutar: HIPOTECA: Por $87,567.00, con intereses al 5.00% anual, en garantía de un pagaré a favor de Doral Mortgage, LLC, o a su orden, que vence el 1ro de julio de 2041. Según escritura #72, otorgada en Carolina, el 17 de junio de 2011, ante Alberto Luis Otero Suárez, inscrita al folio 47 del tomo 951 de Carolina I (ágora), inscripción 10ma. La referida hipoteca grava el bien inmueble antes descrito. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante, total o parcialmente según sea el caso, de la referida sentencia que fue dictada por las siguientes sumas: $83,367.24 de balance de principal del referido pagaré, los intereses al tipo convenido del 5.00% anual devengados, más 4% de todo pago en atraso más $8,756.70 para costas gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré, así como en el contrato de hipoteca, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo, según pactado. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia Sala de Carolina, durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, incluyendo el gravamen por las contribuciones sobre la propiedad inmueble adeudadas, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá Libre de Cargas y Gravámenes posteriores. Los tipos mínimos a utilizarse para la subasta son los siguientes: El inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE DÓLARES ($87,567.00) para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. De no producirse remate ni adjudicación en la primera

subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mismo lugar antes mencionado, el día 27 de octubre del año 2021 a las 2:00 de la tarde, sirviendo como tipo mínimo para dicha segunda subasta, una suma equivalente a las dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado para la primera subasta, o sea, la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO DÓLARES ($58,378.00) para la finca antes descrita. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes mencionado, el día 3 de noviembre del año 2021 a las 2:00 de la tarde, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, una suma equivalente a la mitad (1/2) del tipo mínimo fijado para la primera subasta, o sea, la suma de CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES DÓLARES CON CINCUENTA CENTAVOS ($43,783.50) para la finca antes descrita. En testimonio de lo cual, expido el presente aviso, el cual firmo y sello, hoy 7 de septiembre de 2021, en Carolina, Puerto Rico. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE MAYAGÜEZ.

BAUTISTA REO PR CORP. Demandante v.

JOSÉ ANTONIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ

Demandado CIVIL NÚM.: MZ2020CV00845. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. AVISO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PUEBLO DE PUERTO RICO. S.S. YO, el(la) Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia, expedido el 3 de mayo de 2021 por la Secretaría de este Tribunal, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certificado o de gerente, a la orden del Alguacil suscribiente, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, el día 5 de octubre de 2021, a la(s) 10:00 a.m., en mi oficina localizada en el Tribunal de Mayagüez, todo título, derecho o interés que corresponda a la parte demandada sobre el inmueble que se describe a continuación: RÚSTICA: Por-


The San Juan Daily Star ción de terreno de cinco (5) cuerdas, equivalentes a una hectárea, 96 áreas y 52 centiáreas, radicada en el Barrio Llanos Tuna, término municipal de Cabo Rojo, Puerto Rico. Colinda por el NORTE, con terrenos del compareciente don Solano de Jesús Ferrer Ramírez, por el ESTE, con terrenos de Don José Nemesio Ferrer y Pérez, y porción perteneciente a Jaime Ferrer Ramírez, por el SUR, con un camino municipal, y por el OESTE, con terrenos de Asia Morales Asencio. Inscrita al Folio 181 del tomo 760 de Cabo Rojo, Finca número 4,003, Registro de la Propiedad de San Germán. Dirección Física: 101 Rd Llanos Tuna, Cabo Rojo, Puerto Rico 00623. La propiedad descrita anteriormente está afecta a los siguientes gravámenes: Por su procedencia está libre de cargas. Por sí afecta a: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de DORAL FINANCIAL CORPORATION h/n/c H.F. MORTGAGE BANKERS, o a su orden, por la suma de $362,500.00, con interés al 6.95%, y vencedero 1 de agosto de 2007, según consta de la escritura #116, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 29 de julio de 2005, ante la Notario Público Diomarie Laboy Rivera, inscrita al folio 181vto del tomo 760 de Cabo Rojo, finca #4003, inscripción 7ª. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA: Es objeto de esta modificación la Hipoteca por $362,500.00, que surge de la inscripción 7ª; el principal de la hipoteca será la cantidad de $387,350.01, interés al 7.95% y vencimiento el 1 de noviembre de 2038, según consta de la escritura #68, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de octubre de 2008, ante la Notario Público Cristina Díaz Velasco, inscrito al Margen del folio 181vto del tomo 760 de Cabo Rojo, finca #4003, Nota Marginal. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA: Es objeto de esta modificación la Hipoteca por $362,500.00, que surge de la inscripción 7ma y modificada al margen de la inscripción 7ª por $387,350.01; el principal de la hipoteca será por la suma de $411,868.11, interés al 6.95% y vencimiento el 1 de abril de 2049, según consta de la escritura #161, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 29 de mayo de 2009, ante el Notario Público Melvin E. Rodríguez Torres, inscrito al Margen del folio 181 vto del tomo 760 de Cabo Rojo, finca #4003, Nota Marginal. Al asiento 2021-010005-SG01 el día 1 de febrero de 2021, se presentó DEMANDA (debidamente certificada) sobre Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria de fecha 16 de septiembre de 2020 bajo el caso Civil Núm. MZ2020CV00845 dictado en el Tribunal de Primera Instancia,

Sala Superior de Mayagüez, demandante Bautista Cayman Asset Company; demandado José Antonio Sánchez González sobre la Hipoteca que surge de la inscripción 7ª a favor de Doral Financial Corporation por $362,500.00 y balance adeudado $647,453.00. Conforme lo estipulado en la Escritura de Hipoteca en Garantía de Pagaré número 116, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 29 de julio de 2005, ante la Notario Público Diomarie Laboy Rivera, la Propiedad anteriormente descrita responde por la suma de $362,500.00, cuyo valor servirá como tipo mínimo en la primera subasta en caso de ejecución. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 12 de octubre de 2021, a la(s) 10:00 a.m. El tipo mínimo para la segunda subasta será dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $241,666.67. De no adjudicarse la propiedad en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 19 de octubre de 2021, a la(s) 10:00 a.m. El tipo mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $181,250.00. Esta subasta se hará para satisfacer a la parte demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a BAUTISTA REO PR CORP., ascendente a la suma total de $662,958.27, la cual se desglosa de la siguiente manera: (i) $398,440.56 por concepto de principal bajo el Préstamo Hipotecario; más (ii) $165,233.95 por concepto de intereses acumulados y no pagados, cantidad que se continúa acumulando hasta su total y completo pago a razón de $76.92 diarios; más (iii) $15,525.70 por concepto de cargos por demora; más (iv) $5,291.01 por concepto de otros gastos; más (v) la suma de $36,250.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado expresamente pactados bajo el Pagaré Hipotecario y la Hipoteca; más (vi) $25,386.22 por concepto de principal bajo el Acuerdo de Pago; más (vii) $16,830.83 por concepto de intereses acumulados bajo el Acuerdo de Pago, los cuales incrementan diariamente a razón de $5.06 hasta su total y completo pago. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante

Thursday, September 16, 2021 los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables. El Alguacil procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble, de conformidad con las disposiciones de Ley. POR LA PRESENTE, se les notifica a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrará la SUBASTA en la fecha, hora y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dicha subasta, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualificaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en tres (3) lugares públicos del Municipio donde se celebrará la subasta señalada. Además, en un periódico de circulación general en dos (2) ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en Mayagüez, Puerto Rico, a 14 de julio de 2021. José M. Crespo Nazario, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE Mayagüez.

LEGAL NOTICE M&T 208583 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.

Steven R. Maggart t/c/c Steven Robert Maggart Gaylord antes; ahora la Sucesión de Steven R. Maggart t/c/c Steven Robert Maggart Gaylord compuesta por Fulano de Tal y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos; Tyler Cornell Swoverland t/c/c Tyle Cornell Swoverland (Titular Registral)

Demandados CIVIL NÚM: SJ2019CV08710. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTE-

CA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 4 de octubre de 2021, a las 9:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Condominio Condado 75 Apartamento 801 San Juan, PR 00907 y que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento ochocientos uno (801) del Edificio denominado Condominio Condado setenta y cinco (75), ubicado en la Avenida Baldorioty de Castro y la Calle Santiago Iglesias, Sector del Condado, parte Norte del Barrio Santurce del término municipal de San Juan. El apartamento está situado en la planta octava, porcion Noreste del Edificio, con frente a la Avenida Condado. Su puerta principal de entrada, conduce al vestíbulo de la planta que comunica al apartamento, con el ascensor y escalera que conduce al vestíbulo principal de entrada y a la vía pública. Consta de salacomedor, balcón con piso de cerámica y baranda de hierro, cocina con piso de cerámica, todo el apartamento excepto la cocina, el baño y el balcón está alfombrado. Sus colindancias y medidas son: por el Noreste, en ocho pies once pulgadas (8’11’), con la fachada derecha del edificio; por el Noroeste, en seis pies cero nueve pulgadas (6’09’), con la fachada lateral Noreste; por el Sureste, en veintiún pies tres pulgadas (21’3’), con la fachada posterior del edificio; por el Suroeste, en diecinueve pies diez pulgadas (19’10’), con el apartamento ochocientos dos (802), en treinta y un pies dos pulgadas (31’2’), con las parcelas medianeras de los siguientes elementos comunes generales, cala de escaleras, vestíbulo de la planta y caja de ascensores y en veintiún pies diecinueve pulgadas (21’19’), con la pared medianera posterior del apartamento ochocientos tres (803), haciendo un total de todas

estas medidas de novecientos veintiseis pies punto veinticinco (926.25) pies cuadrados. Corresponde a este apartamento una participación de los elementos comunes generales del edificio, equivalente a tres punto tres por ciento (3.3%). Le corresponde a este apartamento el uso exclusivo del parking marcado con el número tres (3) en el área de estacionamiento. TRACTO REGISTRAL: Se separa de la finca 1452, inscrita al folio 126 del tomo 643 de Santurce Norte. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 166 del Tomo 720 de Santurce Norte, finca número 26,283, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $172,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de octubre de 2021, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $114,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 19 de octubre de 2021, a las 9:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $86,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 238, otorgada el día 30 de septiembre de 2010, ante el Notario Eduardo E. Ortiz Rivera y consta inscrita en el Folio 70 del Tomo 1172 de Santurce Norte, finca número 26,283, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, inscripción décimoquinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $149,376.07 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.875% anual desde el día 1 de marzo de 2018. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $17,200.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $17,200.00para cubrir los intereses en adición

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a los garantizados por ley y la suma de $17,200.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 3 de septiembre de 2021. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUA-

CIL AUXILIAR, TRIBUNAL DE 1117; por el Sur, en una distanPRIMERA INSTANCIA, SALA cia de 21’ 7’ con el apartamento SUPERIOR. 1115; por el Oeste, en una disLEGAL NOTICE tancia de 38’ 1½ con áreas coM&T munes, pasillo y cuarto eléctri208194 co; y por el Este, en una ESTADO LIBRE ASOCIADO distancia de 38’ 1½’ con área DE PUERTO RICO TRIBU- de estacionamiento abajo. Este NAL DE PRIMERA INSTANCIA apartamento consta de un cuarCENTRO JUDICIAL DE SAN to dormitorio, un baño compleJUAN SALA SUPERIOR. to, cocina, sala-comedor, closet y pasillo. La puerta de entrada Federal National Mortgage Association de este apartamento está en el lado Oeste y por ella se sale al t/c/c Fannie Mae pasillo común que da a los asDemandante v. censores y la escalera y de ahí Damarys Báez Linares se sale al exterior. Le corres(Titular Registral) ahora ponde una participación de la Sucesión de Damarys 0.002226% en los elementos Báez Linares compuesta comunes generales y de por Fulano y Fulana de 0.00217% en los elementos comunes limitados. Se le asigna tal denominados como el uso del estacionamiento marherederos desconocidos cado con el número 111 en el Demandados plano del área de estacionaCIVIL NÚM: SJ2019CV05449. miento del primer nivel de estaSOBRE: COBRO DE DINERO cionamiento, como elemento Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA común limitado. TRACTO REPOR LA VÍA ORDINARIA. GISTRAL: Se segrega de la EDICTO DE SUBASTA. El Al- finca 29460, inscrita al folio 249 guacil que suscribe por la pre- del tomo 1022 de Río Piedras sente CERTIFICA, ANUNCIA y Norte. La propiedad antes relahace CONSTAR: Que en cum- cionada consta inscrita en el plimiento de un Mandamiento Folio 41 del Tomo 1393 de Río de Ejecución de Sentencia que Piedras Nte, finca número le ha sido dirigido al Alguacil 37,876, en el Registro de la que suscribe por la Secretaría Propiedad de San Juan, Secdel TRIBUNAL DE PRIMERA ción Segunda. El tipo mínimo INSTANCIA CENTRO JUDI- para la primera subasta del inCIAL DE SAN JUAN SALA SU- mueble antes relacionado, será PERIOR, en el caso de epígra- el dispuesto en la Escritura de fe procederá a vender en Hipoteca, es decir la suma de pública subasta al mejor postor $90,400.00. Si no hubiere requién pagará de contado y en mate ni adjudicación en la primoneda de curso legal de los mera subasta del inmueble Estados Unidos de América, mencionado, se celebrará una giro postal o por cheque de ge- segunda subasta en las oficirente a nombre del Alguacil del nas del Alguacil que suscribe el Tribunal de Primera Instancia día 14 DE OCTUBRE DE 2021, el día 6 DE OCTUBRE DE A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. 2021, A LAS 10:00 DE LA MA- En la segunda subasta que se ÑANA en su oficina sita en el celebre servirá de tipo mínimo local que ocupa en el edificio las dos terceras partes (2/3) del del TRIBUNAL DE PRIMERA precio pactado en la primera INSTANCIA CENTRO JUDI- subasta, o sea la suma de CIAL DE SAN JUAN SALA, $60,266.67. Si tampoco hubietodo derecho, título e interés re remate ni adjudicación en la que tenga la parte demandada segunda subasta se celebrará de epígrafe en el inmueble de una tercera subasta en las oficisu propiedad que ubica en 1116 nas del Alguacil que suscribe el Cond. Plaza Universidad 2000, día 21 DE OCTUBRE DE 2021, San Juan, PR 00918 t/c/c 1116 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Cond. Plaza Universidad 2000, Para la tercera subasta servirá San Juan, PR 00925 y que se de tipo mínimo la mitad (1/2) del describe a continuación: Urba- precio pactado para el caso de na: Propiedad Horizontal: Apar- ejecución, o sea, la suma de tamento 1116 residencial locali- $45,200.00. La hipoteca a ejezado en el piso 11 de la Torre cutarse en el caso de epígrafe denominado A del Condominio fue constituida mediante la esPlaza Universidad 2000, some- critura número 62, otorgada el tido al régimen de propiedad día 19 de marzo de 2007, ante horizontal, ubicado en la calle el Notario Jesús A. Ledesma Añasco del municipio de San Amador y consta inscrita en el Juan, Puerto Rico. Apartamen- Folio 109 del Tomo 1476 de Río to de un solo nivel de forma Piedras Nte, finca número rectángular y está localizado en 37,876, en el Registro de la la parte Oeste del edificio, con Propiedad de San Juan, Secun área total aproximada de ción Segunda, inscripción quin736.42 pies cuadrados, equiva- ta. Dicha subasta se llevará a lentes a 68.4156 metros cua- cabo para con su producto sadrados. Sus lindes y distancias tisfacer al Demandante total o son las siguientes: por el Norte, parcialmente según sea el caso en una distancia de 8’ 6’ con el importe de la Sentencia que cuarto eléctrico y en una distan- ha obtenido ascendente a la cia de 13’ 10’ con apartamento


26 suma de $75,687.12 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de octubre de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $9,040.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $9,040.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $9,040.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: Hipoteca en garantía de un pagare a favor de Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano

de Los Estados Unidos de América (HUD), por la suma de $50,000.00 de principal, sin intereses anual, vencedero a la presentación, constituida mediante escritura número 38, otorgada en San Juan el 17 de enero de 2012, ante el notario público Fabiola Ansotegui Blanc, e inscrita al folio 109 del tomo 1476 de Rio Piedras Norte, finca 37876, inscripción 6ta. B: Demanda expedida el 28 de mayo de 2019, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, caso civil número SJ2019CV05449, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Banco Popular de Puerto Rico versus Damarys Baez Linares, por la suma de $75,687.12, anotado al tomo Karibe de Rio Piedras Norte, finca 37876, anotación C. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 3 de SEPTIEMBRE de 2021. FDO. EDWIN E. LOPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE COMERIO.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

FELIPE JOSÉ AYALA GONZÁLEZ, SU ESPOSA YEIDA LIZ ROLON LABORDE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: AI2019CV00336. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Comerio, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 3 de marzo de 2020, y según Orden y Mandamiento

The San Juan Daily Star

Thursday, September 16, 2021

del 12 de julio de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número 142, en el plano de parcelación de la comunidad Naranjo del barrio Naranjo del término municipal de Comerío, con una cabida superficial de 0.2688 cuerdas, equivalentes a 1057.44 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela número 45 de la comunidad; por el SUR, con la parcela número 141 de la comunidad; por el ESTE, con la parcela número 143 de la comunidad; y por el OESTE, con la calle número 5 de la comunidad. FINCA NÚMERO: 6,504, inscrita al folio 32 del tomo 155 de Comerío. Registro de Barranquitas. Dirección física: BARRIO NARANJO COMUNIDAD NARANJO, SECTOR EL VERDE PARCELA 142 CALLE BEGONIA (0.5 KM SR 791 INT.) COMERIO PR 00782. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 1 de octubre de 2021, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Comerio. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $68,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 8 de octubre de 2021, a las 10:00 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $45,333.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 15 de octubre de 2021, a las 10:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $34,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada

si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $56,338.86 de principal, más intereses convenidos al 5.875% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos

una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 29 de julio de 2021. JOSE JULIAN ORTIZ, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE COMERIO.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

XING CEN

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: CG2019CV04633 (702). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Caguas, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 14 de junio de 2021 y según Orden y Mandamiento del 3 de agosto de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBAN: Horizontal Property: Apartment number B 201 which consist of the following: Residential apartment of irregular shape located on the Second (2nd) floor of building “B” of the Condominium Puerta del Parque in Hacienda San José Community, in the Cañabón Ward of the Municipality of Caguas, Puerto Rico, with an approximate area of one thousand eight hundred fifteen square feet and sixty eight hundredth of another (1,815.68 sq.ft.) equal to one hundred sixty eight square meters and sixty eight hundredth of another (168.68 sq. mts.). Its boundaries are as follows: NORTH, in a distance of fifty five feet eight inches (55 ft. 8 in.), with a common exterior area; SOUTH, in a distance of fifty five feet eight inches (55 ft. 8 in.), with a median wall that separates it from apartment number B 202 and a common area; EAST, in a distance of forty feet four inches (40 ft. 4 in.), with a common exterior area; WEST, in a distance of forty feet inches (40 ft. 4 in.), with a median wall that separates it from apartment

number B 204 and a common area. This apartment consists of a covered balcony, foyer, living/dinning room, kitchen, laundry area, one (1) master bathroom, one (1) bathroom, one (1) master bedroom, walk in closet, and two (2) bedrooms with closets. The entrance door of this apartment is located on its West side and opens to the elevator lobby of the second floor, which leads to the outside of the building. It is entitled to two (2) parking spaces, identified as “B” dash two zero one (B 201) in the parking distribution plan of the condominium. This apartment has a participation of zero point nine thousand seven hundred forty eight ten thousandths percent (0.9748%) in the general common elements of the condominium. FINCA NÚMERO: 60,019, inscrita al folio 32 del tomo 1733 de Caguas, sección I de Caguas. Dirección Física: BO. CAÑABON COND. PUERTA DEL PARQUE B-201, HACIENDA SAN JOSE CAGUAS, PR 00725. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 5 de octubre de 2021, a las 10:45 de la mañana, en mi oficina sita en el en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Caguas. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de 233,344.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 13 de octubre de 2021, a las 10:45 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $155,562.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 20 de octubre de 2021, a las 10:45 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $116,672.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago

de $196,937.74 de principal, más intereses convenidos al 6.50% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y en el Cuartel Estatal de Policía del Municipio donde se celebrará la Subasta y en el Cuartel

Estatal de Policía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 1 de septiembre de 2021. ANGEL GOMEZ GOMEZ, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE V.

SUCESIÓN DE LUZ DAVILA BORGES T/C/C LUZ ANGELICA DAVILA BORGES, T/C/C LUZ ANGELICA DAVILA DE VELEZ COMPUESTA POR SU VIUDO ISMAEL VELEZ VELEZ, POR SÍ; SUS HEREDEROS CONOCIDOS ROLANDO VELEZ DAVILA; YANIRA VELEZ DAVILA; JAVIER VELEZ DAVILA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: FCD2017-0068 (406). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 23 de septiembre de 2019, y según Orden y Mandamiento del 14 de julio de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 8 del bloque J de la Urbanización Metropolis localizada en el barrio San Martín González del municipio de Carolina, Puerto Rico, con un área superficial de 299.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar #9 en una longitud de 23.00 metros; por el SUR, con el solar #7 en una longitud de 23.00 metros; por el ESTE, con los solares 28 y 29 en una longitud de 13.00 metros y por el OESTE, con la calle #13 en una longitud de 13.00 metros. En este solar enclava una casa de concreto y bloques para vivienda. Sujeto a servidumbre de 1.50 metros


The San Juan Daily Star por su colindancia. Este a favor de la Puerto Rico Telephone Company. FINCA NÚM.: 34,512, inscrita al folio 134 del tomo 858 de Carolina, sección II de Carolina. Dirección física: URB. METROPOLIS J-8 CALLE 3 CAROLINA, PR 00987. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 5 de octubre de 2021, a las 2:00 de la tarde, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $82,800.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 12 de octubre de 2021, a las 2:00 de la tarde, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $55,200.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 19 de octubre de 2021, a las 2:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $41,400.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $70,715.08 de principal, más intereses convenidos al 4.50% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen.

El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Doral Mortgage Corporation, hoy Banco Popular de Puerto Rico, por éstos contar con una hipoteca a su favor por la suma de $17,871.00 con intereses al 7.95% anual y a vencer el 1ro de junio de 2019, según consta de la escritura #238, inscrito al folio 145 del tomo 1351 de Carolina. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 2 de agosto de 2021. Manuel Villafañe Blanco, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

Thursday, September 16, 2021 DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO.

FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION T/C/C FANNIE MAE DEMANDANTE VS.

SUCESIÓN DE CARMEN GLORIA VERA MAURY COMPUESTA POR SU VIUDO JOSE RAFAEL BERNAOLA; SU HEREDERO CONOCIDO JOSE RAFAEL BERNAOLA VERA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: GB2019CV01404. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Guaynabo, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 14 de mayo de 2021, y según Orden y Mandamiento del 8 de julio de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento de propiedad horizontal de forma irregular marcado con el número 8-G localizado en el octavo piso del Condominio Torre de los Frailes, situado en la carretera estatal 833, esquina la Avenida Paz Granela en el Barrio Los Frailes del municipio de Guaynabo, con una cabida de 970.25 pies cuadrados equivalentes a 90.17 metros cuadrados. Son sus mayores medidas lineales aproximadas de 26’2” de fondo por 44’ de ancho. En linderos: NORTE, con pared exterior que lo separa del área de recreación del edificio y de la colindancia Norte del solar; SUR, con pared que lo separa del pasillo de acceso a los elevadores y por ellos a la calle, y con pared que lo separa de las escaleras del edificio; ESTE, con pared que lo separa del apartamento 8-H del propio piso; OESTE, con pared que lo separa del apartamento 8-F del propio piso y con pared que lo separa de las escaleras. La LEGAL NOTICE puerta de acceso al apartaESTADO LIBRE ASOCIADO mento se encuentra localizada

en la colindancia Sur del mismo. Consta de sala-comedor, cocina, tres habitaciones con sus closets, dos baños, hall y terraza. Le corresponde una participación en los elementos comunes generales de 0.00553% y en los elementos comunes limitados a 6.951% y el estacionamiento número 16. FINCA NÚMERO: 24,674, inscrita al folio 150 del tomo 597 de Guaynabo, sección de Guaynabo. Dirección Física: COND. TORRES DE LOS FRAILES 8-G GUAYNABO, PR 00966. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 5 de octubre de 2021, a los 9:40 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Guaynabo. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $85,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 12 de octubre de 2021, a los 9:40 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, por la suma de $56,666.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 19 de octubre de 2021, a los 9:40 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, por la suma de $42,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. A tenor con la Regla 51.3 (b) de Procedimiento Civil y el Artículo 99 de la Ley 210-2015, conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, el tribunal ordenó que el Alguacil del Tribunal luego de haberse efectuado la correspondiente publicación de edictos en un periódico de

circulación general, proceda a vender en pública subasta al mejor postor la propiedad descrita en las Determinaciones de Hechos de la Sentencia y que del producto de dicha venta, proceda a pagar en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas y honorarios de abogados según concedidos en la sentencia, en tercer término los intereses acumulados por la sentencia, en cuarto término los recargos acumulados, en quinto cualquier suma antes indicada como sobregiro en la cuenta de reserva y en sexto término hasta la suma de $73,769.81, para cubrir el principal adeudado, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acep-

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ta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 2 de agosto de 2021. FRANCES TORRES CONTRERAS, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE GUAYNABO.

LEGAL NOTICE M&T 056574 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

Estrella Homes II LLC Demandante v.

Julio Pagán Brignoni, La Sucesión de Nitza Pérez Hernánez compuesta por Julio Pagán Brignoni en la cuota viudal usufructuaria, Julio Pagán Pérez, Nitza Pagán Pérez y John Doe, Jane Doe, Richard Roe y Jane Roe como posibles herederos desconocidos

Demandados CIVIL NÚM: KCD2015-0868 (505). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 6 DE OCTUBRE DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTAN-

CIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond Bellieview 412 Calle Tapia Apt 1404 San Juan PR 00915 y que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Condominio Belleview de Santurce Norte. Apartamento: 1404. Cabida: 75.71 Metros Cuadrados. Es un apartamento residencial de forma irregular que está localizado en el piso catorce (14) del edificio ‘Condominio Belleview’, situado en la calle Tapia, esquina Sagrado Corazón, Santurce, Puerto Rico. Que mide treinta y ocho pies nueve pulgadas (38’ 9”) de largo por su parte más larga por veintidós pies seis y media pulgadas (22’ 61/2”) de ancho, por su parte más ancha, que hacen un área de ochocientos quince (815) pies cuadrados aproximadamente equivalente, a setenta y cinco punto setenta y un (75.71) metros cuadrados. Siendo sus linderos y distancias los siguientes: por el NORTE, en una distancia de (38’ 9”) con el espacio exterior que mira hacia el área de estacionamiento del Condominio separado por pared exterior y baranda de la terraza; por el ESTE, en una distancia de (22’ 6 ½”) con el espacio exterior que mira hacia la calle Tapia, separado por pared exterior y baranda de la terraza; por el SUR, en una distancia de (38’ 9”) con el espacio interior separado por pared interior con el apartamento (1403) con el corredor común y puerta de entrada y pozo de los elevadores y escalera; por el OESTE, en una distancia de (22’ 6 1/2’) con el espacio exerior que mira hacie el área de estacionamiento del Condominio por pared exterior. Este apartamento consta de terraza, áreas de estar comer y dormir, closet, baño y cocina con closet. El baño está equipado con bañera lavamanos y servicio sanitario. La cocina tiene, estufa, fregadero, calentador de agua, gabinetes y closet. La puerta de entrada a este apartamento está situada en su lindero SUR y por ella se sale al corredor, pasillo, entrada del piso, por el cual, se sale al exterior. Le corresponde una participación en los elementos comunes equivalentes a dos punto sesenta y un por ciento (2.61%). Le corresponde el área de estacionamiento señalado con el número once (11). La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 261 del Tomo 714 de Santurce Norte, finca número 26156, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes rela-

cionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $131,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 14 de octubre de 2021, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $87,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 DE OCTUBRE DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $65,750.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 794, otorgada el día 6 de diciembre de 2004, ante el Notario José E. Franco Gómez y consta inscrita en el Folio 198 del Tomo 1143 de Santurce Norte, finca número 26156, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, inscripción 10. Comparece Julio Pagán Brignoni y su esposa, Nitza Pérez Hernández y Banco Santander de Puerto Rico para modificar hipoteca por $131,500.00, en cuanto a su vencimiento que será el 1 de abril de 2012, según escritura número 134, otorgada en San Juan, el 6 de junio de 2011 ante la notario Edeli Marie Placeres Miranda. Inscrita al margen del folio 198 del tomo 1143 de Santurce Norte. Inscripción décima. Comparece Julio Pagán Brignoni y su esposa, Nitza Perez Hernández y Banco Santander de Puerto Rico para modificar hipoteca por $131,500.00, en cuanto a sus mensualidades por $667.09 hasta el 1 de julio de 2013 y $736.36 hasta su nuevo vencimiento el 1 de diciembre de 2034, según escritura número 69, otorgada en San Juan, el 30 de enero de 2012, ante el notario Edeli Marie Placeres Miranda. Inscrita al margen del folio 198 vuelto del tomo 1143 de Santurce Norte. Inscripción décima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $123,710.64 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.375% anual desde el día 1 de septiembre de 2014. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de


28 aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $13,150.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $13,150.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $13,150.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO o a su orden por la suma principal de $20,005.78 con intereses al 5.375% anual y vencedero el 1 de diciembre de 2034 según escritura número 70 otorgada ante el Notario Edeli Marie Pláceres Miranda el 30 de enero de 2012. Inscrita al folio 198 del tomo 1143 de Santurce Norte,

inscripción duodécima. B. AVISO DE DEMANDA pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, KCD20084265 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca con un balance de $122,086.16 según demanda de 17 de noviembre de 2008. Anotada como asiento abreviado al folio 198 del tomo 1143 de Santurce Norte, inscripción 11. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 3 de septiembre de 2021. FDO. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR. ***

The San Juan Daily Star

Thursday, September 16, 2021

emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá radicar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se presente por derecho propio, en cuyo caso deberá radicar el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia al abogado de la parte demandante, Lcda. Myrna L. Ruiz-Olmo, PO Box 367819 San Juan, P.R. 009367819; Tel: (787) 404-2204; Email: mro@prbankruptcy. com; Web: www.prbankruptcy. com. SE LE APERCIBE que, de no hacer su alegación responsiva a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se le anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose ci remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oirle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy día 19 de mayo de 2021. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. Norma I Flores Rivera, Sec Auxiliar.

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA LEGAL NOTICE CENTRO JUDICIAL DE SAN ESTADO LIBRE ASOCIADO JUAN SALA SUPERIOR 807. DE PUERTO RICO TRIBUPUERTO RICO NAL DE PRIMERA INSTANCIA RECOVERY AND CENTRO JUDICIAL DE SAN DEVELOPMENT JV, LLC. JUAN SALA SUPERIOR 807. Demandante Vs. PUERTO RICO

gación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se presente por derecho propio, en cuyo caso deberá radicar el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia al abogado de la parte demandante, Lcda. Myrna L. Ruiz-Olmo, PO Box 367819 San Juan, P.R. 009367819; Tel: (787) 404-2204; Email: mro@prbankruptcy. com; Web: www.prbankruptcy. com. SE LE APERCIBE que, de no hacer su alegación responsiva a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se le anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose ci remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oirle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy día 19 de mayo de 2021. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. Norma I Flores Rivera, Sec Auxiliar.

LEGAL NOTICE

presente por derecho propio, en cuyo caso deberá radicar el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia al abogado de la parte demandante, Lcda. Myrna L. Ruiz-Olmo, PO Box 367819 San Juan, P.R. 009367819; Tel: (787) 404-2204; Email: mro@prbankruptcy. com; Web: www.prbankruptcy. com. SE LE APERCIBE que, de no hacer su alegación responsiva a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se le anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose ci remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oirle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy día 19 de mayo de 2021. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. Norma I Flores Rivera, Sec Auxiliar.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN.

EILEEN RODRIGUEZ SERRANO

DEMADNANTE vs. ESTADO LIBRE ASOCIADO MYRNA RODRIGUEZ DE PUERTO RICO TRIBUSERRANO, ET.ALS NAL DE PRIMERA INSTANCIA DEMANDADOS CENTRO JUDICIAL DE SAN CIVIL NUM. KCD2015-0105 JUAN SALA SUPERIOR 807. (504). SOBRE: NULIDAD PUERTO RICO PARCIAL DE TESTAMENTO, RECOVERY AND DECLARACION DE HEREDEDEVELOPMENT JV, LLC. ROS, PARTICION DE HERENDemandante Vs. CIA. ANUNCIO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMEINDUSTRIAS ALIMENTICIAS ALTO RICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL DE SAN JUAN LLC; LIBRE ASOCIADO DIADEMAS UNIDAS LLC; ESTADO DE PR.

DIADEMAS UNIDAS C.A. A: LUIS ALBERTO NIEVES INDUSTRIAS E INVERSIONES T.P. 12 ALIMENTICIAS ALTO SERRANO: URB. AL C.A. DE SAN JUAN LLC; Demandante Vs. TAMESA, 1709 SANTA Demandados DIADEMAS UNIDAS LLC; CIVIL NUM: INDUSTRIAS ELENA, SAN JUAN, PR SJ2021CV00148. DIADEMAS UNIDAS C.A. SOBRE: COBRO DE DINERO 00921; A: LUIS ANGEL ALIMENTICIAS ALTO E INVERSIONES T.P. 12 Y EJECUCION DE GARAN- NIEVES SERRANO: BO. DE SAN JUAN LLC; C.A. TIAS. EMPLAZAMIENTO POR CAMARONES, CARR.169, DIADEMAS UNIDAS LLC; EDICTO. ESTADOS UNIDOS Demandados DIADEMAS UNIDAS C.A. KM 8.36 GUAYNABO, PR E INVERSIONES T.P. 12 CIVIL NUM: SJ2021CV00148. DE AMERICA, EL PRESI00970; SOBRE: COBRO DE DINERO DENTE DE LOS ESTADOS C.A. A: HECTOR LUIS Y EJECUCION DE GARAN- UNIDOS, EL ESTADO LIBRE Demandados DE PUERTO NIEVES SERRANO: URB. TIAS. EMPLAZAMIENTO POR ASOCIADO CIVIL NUM: SJ2021CV00148. EDICTO. ESTADOS UNIDOS RICO. SS. ALTAMESA, 1709 CALLE SOBRE: COBRO DE DINERO DE AMERICA, EL PRESIA: DIADEMAS UNIDAS SANTA ELENA, SAN Y EJECUCION DE GARANDENTE DE LOS ESTADOS LLC. JUAN, PR 00921; TIAS. EMPLAZAMIENTO POR UNIDOS, EL ESTADO LIBRE Paseo de Diego #65 EDICTO. ESTADOS UNIDOS A: GILBERT LUIS RIVERA ASOCIADO DE PUERTO DE AMERICA, EL PRESISan Juan, PR 00925 RODRIGUEZ: URB. RICO. SS. DENTE DE LOS ESTADOS SE NOTIFICA a usted que la MONTE CASINO HEIGHTS, A: INDUSTRIAS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE parte demandante presentó en 134 RIO SONADOR, TOA ASOCIADO DE PUERTO ALIMENTICIAS ALTO DE la Secretaría de este Tribunal AL TA, PR 00953; SAN JUAN LLC. RICO. SS. una Demanda contra usted. A: ORLANDO RODRIGUEZ POR LA PRESENTE se le 6F7 Jardines de Country A: DIADEMAS UNIDAS DEL VALLE: 1014 HOME emplaza y requiere para que Club C.A. conteste la demanda dentro de ST. APT. 3C, BRONX, NY Carolina PR 00983 Calle Vargas Norte los treinta (30) días siguientes 10459; SE NOTIFICA a usted que la Sector Centro de Maracay a la publicación de este Edicto. parte demandante presentó en A: TRUDY AMERIC Local No. 25 Usted deberá radicar su alela Secretaría de este Tribunal Maracay Edo. Aragua una Demanda contra usted. gación responsiva a través del RODRIGUEZ GREENE: 104 SALLY LANE INVERSIONES T.P. 12 C.A. POR LA PRESENTE se le Sistema Unificado de Manejo y SUMMERVILLE SOUTH SE NOTIFICA a usted que la emplaza y requiere para que Administración de Casos (SUparte demandante presentó en conteste la demanda dentro de MAC), al cual puede acceder CAROLINA, USA 29485; la Secretaría de este Tribunal los treinta (30) días siguientes utilizando la siguiente dirección A: ANA HILDA una Demanda contra usted. a la publicación de este Edicto. electrónica: http://unired.ramaRODRIGUEZ SERRANO: judicial.pr/sumac/, salvo que se RECOVERY AND DEVELOPMENT JV, LLC.

POR LA PRESENTE se le Usted deberá radicar su ale-

365 FORD ST. APT. 4 AN, BRONX, NY 10457; A: MYRNA RODRIGUEZ SERRANO: 365 FORD ST. APT. 4 AN, BRONX, NY 10457; A: Juan Pueblo y Juana Doe, Demandados con nombres ficticios; y al PUBLICO EN GENERAL

El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hacer constar: 1. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el caso de epígrafe, venderá en publica subasta y al mejor pastor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de America, pagadero en giro postal o cheque de Gerente a nombre del Alguacil de Primera Instancia de San Juan, todo derecho, titulo, o interés que tengan, las partes litigantes de epígrafe en el siguiente bien inmueble cuya descripción legal es la siguiente: “URBANA: Solar radicado en la Urb. Altamesa, situada en el Barrio Gobernador Piñero, (antes Monacillos) de Rio Piedras, Puerto Rico, marcado con el Num. 25 de la manzana V con un area de 391.51 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 16.35 metros con el solar16; por el SUR, con la calle 3 Oeste, en distancia de 17.07 metros; par el ESTE, con el solar 24, en distancia de 24.00 metros y por el OESTE, en distancia de 20.93 metros con el solar Num. 26. Enclava una casa de concreto” inscrita al Folio 211, Torno 316, Finca Karibe 12168 del Registro de la Propiedad de San Juan Ill. El bien inmueble antes descrito cuenta con el catastro Num. 086-065-171-25-001. La dirección física el bien inmueble es él la Urb. Altamesa 1709 calle Santa Elena, San Juan, Puerto Rico. 1. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están para su inspección en la Secretaria del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. 2. Que la propiedad no se encuentra afectada a gravamen anterior alguno . 3. El importe de la venta se depositara en la Oficina de Alguaciles de este Tribunal para en primera instancia saldar cualquier deuda existente con Centro de Recaudación de Impuestos Municipales, posteriormente se pagaran los gastos, costas y honorarios de abogado impuestos y por ultimo se pagaran las participaciones de los correspondientes comuneros litigantes. 4. El adjudicatario de la subasta será responsable de tos costos,

gastos, sellos, en el original y la copia certificada de la escritura de venta judicial tales coma honorarios de notario, sellos en el original y copia certificada de la escritura y el aranceI correspondiente en el Registro de la Propiedad de San Juan . 5. La inspección del bien inmueble, previo a la subasta se coordinara con el Ledo. Carlos I. Ortiz Sancho, abogado de los demandantes, teléfono Num. 939-645-7408. La venta en publica subasta será por la suma $70,000.00 como tipo mínima para la primera y única Subasta, a celebrarse el 13 de octubre de 2021, a las 11:00 de la mañana, en el Salón Subasta Centro Judicial de San Juan. Y PARA QUE ASI CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general por el termino de una ( 1) sola vez y en los sitios públicos conforme a la Ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 8 de septiembre de 2021, en San Juan, Puerto Rico. EDWIN E LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar.

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TRIANGLE REO PR CORP. Demandante V.

ÁNGEL OCTAVIO PIETRI PADILLA, SU ESPOSA VIOLETA CAMACHO RODRÍGUEZ, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE ELLOS; CARLOS HUMBERTO MERCADER DELGADO, SU ESPOSA NORMA MARÍA PÉREZ PIETRI T/C/C NORMA MARIE PÉREZ PIETRI, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE ELLOS; ROBERTO ANDRÉS LEÓN LLOPIZ, SU ESPOSA IRIS MINERVA REYES DÍAZ, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE ELLOS

Demandado(a) Civil: BY2020CV00840. 702. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE PRENDA E HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: ÁNGEL OCTAVIO PIETRI PADILLA, SU ESPOSA VIOLETA CAMACHO RODRÍGUEZ, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES

COMPUESTA ENTRE ELLOS Y ROBERTO ANDRÉS LEÓN LLOPIZ, SU ESPOSA IRIS MINERVA REYES DÍAZ, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE ELLOS.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 10 de septiembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de septiembre de 2021. En BAYAMÓN, Puerto Rico, el 10 de septiembre de 2021. LCDA LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. MIRCIENID GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA AUXILIAR.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO INC. Vs

RAFAEL CABRANES AGUILR, DANETTE MILAGROS LÓPEZ AGOSTINI, JOHN DOE

Civil Núm.: SJ2021CV03996. (906). Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO POR LA VÍA JUDICIAL. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO POR SUMAC.

A: JOHN DOE.

EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que el 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de esta. Esta notificación se publicará


The San Juan Daily Star una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de septiembre de 2021. En San Juan, Puerto Rico, el 13 de septiembre de 2021. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. DENISE M. AMARO MACHUCA, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO

GILBERTO MAYMÍ PÉREZ Demandante V.

JOSHUA FAHEY MENSCH, JONATHAN MENSCH, JOHN DOE

Demandado(a) Civil: FA2021CV0499. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO POR LA VÍA JUDICIAL. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JOHN DOE COMO TENEDOR DESCONOCIDO DEL PAGARÉ.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 10 de septiembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos

Thursday, September 16, 2021

de este caso, con fecha de 10 de septiembre de 2021. En Fajardo, Puerto Rico, el 10 de septiembre de 2021. WANDA I. SEGUÍ REYES, SECRETARIA REGIONAL. KATHERINE ROBLES TORRES, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

JOSE LUIS RIVERA SANTIAGO, SU ESPOSA INGRID YARITZA RODRIGUEZ ZAYAS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANACIALES COMPUESTA POR AMBOS

Parte Demandada Caso Civil Núm.: ECD20170898. (702). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA - IN REM. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $83,507.29 de balance principal, el cual se compone de $79,408.02 de primer principal y la suma de $4,099.27 de balance diferido, más los intereses sobre la suma $79,408.02 al 5.75% anual hasta su total pago y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad; cargos por demora devengados, más la suma estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el numero veintinueve de la manzana “J”, según el plano de inscripción del proyecto de solares UM guion seis guiones ciento treinta y siete de la CRUV, denominado Residencial La Plata, radicado en el barrio Rincón del término municipal de Cayey, Puerto

Rico, con una cabida superficial de doscientos sesenta y uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar “J” guion treinta, en distancia de veintiún puntos setenta y cuatro metros; por el SUR, con el solar “J” guion veintiocho, distancia de veintiún punto setenta y ocho metros; por el ESTE, con el solar “J” guion siete, distancia de doce punto cero cero metros; y por el OESTE, con la calle número ocho, distancia de doce punto cero cero metros. Inscrita al folio 34 del tomo 348 de Cayey, finca número 12,303, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección I. Dirección Física: J-29 Rubi St. La Plata, Cayey, Puerto Rico 00736. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 6 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $89,091.11 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, por el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $59,394.07. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $44,545.55. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose

que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Caguas, Puerto Rico a 10 de septiembre de 2021. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS.

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REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC Demandante Vs.

FRANCISCO RAFAEL RODRIGUEZ GRAU POR SI Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; SUCESION ANGELICA GARCIA EXIA COMPUESTA POR JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS;

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: BY2021CV01954. (505). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ORDEN DISPONIENDO INTERPELACIÓN. El Tribunal ordena la interpelación judicial a los codemandados, FRANCISCO RAFAEL RODRIGUEZ GRAU, en la cuota viudal usufructuaria; JOHN DOE y JANE DOE, como posibles herederos desconocidos, conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 2787. Se le ORDENA a los herederos de la causante ANGELICA GARCIA EXIA, a saber: FRANCISCO RAFAEL RODRIGUEZ GRAU, en la cuota viudal usufructuaria; JOHN DOE Y JANE DOE, a que dentro del término legal de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien sus respectivas participaciones sobre la herencia de la causante ANGELICA GARCIA EXIA y así comparezcan ante este Tribunal. Se le APERCIBE a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de la referida herencia, la misma se tendrá por aceptada. También se les APERCIBE a los herederos antes mencionados que contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia del causante y, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 2785. Se ORDENA a la parte demandante a que proceda a notificar la presente Orden. NOTIFÍQUESE. Dada en Bayamón, Puerto Rico, hoy 10 de septiembre de 2021. WANDA CINTRÓN VALENTÍN, JUEZA SUPERIOR.

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CARLOS SANCHEZ GONZALEZ Demandante Vs

THE MORTGAGE LOAN CO.; JOHN DOE Y RICHARD DOE

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EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 7 de septiembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 9 de septiembre de 2021. En Caguas, Puerto Rico, el 9 de septiembre de 2021. LISILDA MARTÍNEZ AGOSTO, SECRETARIA REGIONAL INTERINA. ENEIDA ARROYO VÉLEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

LUIS CORCHADO CHICO, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandado(a) Civil: IS2020CV00191. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: SUCESIÓN DE LUIS CORCHADO CHICO COMPUESTA POR FULANA DE TAL, FULANO DE TAL Y FULANA DE TAL (VIUDA), Y FULANA DE TAL (VIUDA). DIRECCION POSTAL: PO BOX 2571, ISABELA PR 00662. P/C LIC GINA H FERRER MEDINA. PO BOX 2342 MAYAGÜEZ PR 006812342.

Demandado Civil Núm.: GR2021CV00190. Sala: 801. Sobre: CANCELACIÓN PAGARÉ EXTRAVIADO. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) NOTIFICACIÓN DE SENTENEL SECRETARIO(A) que susCIA POR EDICTO. cribe le notifica a usted que el A: THE MORTGAGE 1 de septiembre de 2021, este LOAN CO., JOHN DOE Y Tribunal ha dictado Sentencia, RICHARD ROE. Sentencia Parcial o Resolución

en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 8 de septiembre de 2021. En Aguadilla, Puerto Rico, el 8 de septiembre de 2021. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA. ZUHEILY GONZÁLEZ AVILÉS, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE

sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 9 de septiembre de 2021. En CAROLINA, Puerto Rico, el 9 de septiembre de 2021. LCDA MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA. KEILA GARCÍA SOLÍS, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE M&T 80724 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.

Carmen I.Torres Aponte t/c/c Carmen Iris Torres Aponte

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSDemandados TANCIA SALA SUPERIOR DE CIVIL NÚM: SJ2019CV09960. CAROLINA SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORORIENTAL BANK DINARIA (IN REM). EDICTO Demandante V. IVAN RICARDO ORTIZ DE SUBASTA. El Alguacil suscribe por la presente TORRES; HILDA IVONNE que CERTIFICA, ANUNCIA y hace RAMOS COLÓN Y LA CONSTAR: Que en cumpliSOCIEDAD LEGAL miento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le DE GANANCIALES ha sido dirigido al Alguacil que COMPUESTA POR suscribe por la Secretaría del AMBOS TRIBUNAL DE PRIMERA INSDemandado(a) TANCIA CENTRO JUDICIAL Civil: CA2021CV00547. 404. DE SAN JUAN SALA SUPESobre: COBRO DE DINERO, RIOR, en el caso de epígrafe EJECUCIÓN DE HIPOTECA. procederá a vender en pública NOTIFICACIÓN DE SENTENsubasta al mejor postor quién CIA POR EDICTO. de contado y en moA: IVAN RICARDO ORTIZ pagará neda de curso legal de los EsTORRES, POR SI Y EN tados Unidos de América, giro REPRESENTACION DE postal o por cheque de gerente LA SOCIEDAD LEGAL a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día DE GANANCIALES COMPUESTA POR ESTE 14 de octubre de 2021, a las 11:00 de la mañana en su ofiE HILDA IVONNE RAMOS cina sita en el local que ocupa COLON. en el edificio del TRIBUNAL DE (Nombre de las partes a las que se le PRIMERA INSTANCIA CENnotifican la sentencia por edicto) TRO JUDICIAL DE SAN JUAN EL SECRETARIO(A) que susSALA SUPERIOR, todo derecribe le notifica a usted que cho, título e interés que tenga el 4 de agosto de 2021, este la parte demandada de epígraTribunal ha dictado Sentencia, fe en el inmueble de su propieSentencia Parcial o Resolución dad que ubica en Cond Torre en este caso, que ha sido debiDe Andalucía 1, Calle Almonte damente registrada y archivada Apt. 104, San Juan, PR 00926 en autos donde podrá usted eny que se describe a continuaterarse detalladamente de los ción: URBANA: PROPIEDAD términos de la misma. Esta noHORIZONTAL: Apartamento tificación se publicará una sola No. 104, localizado en la privez en un periódico de circulamera planta del Edificio No. 1 ción general en la Isla de Puerdel CONDOMINIO TORRES to Rico, dentro de los 10 días DE ANDALUCÍA que radica en siguientes a su notificación. Y, la Calle Marginal Oeste de la siendo o representando usted Carretera Estatal No. 181 (Exuna parte en el procedimiento


30 preso de Trujillo Alto), kilómetro 1, hectómetro 2, Barrio Sabana Llana, Río Piedras. Tiene un área superficial de 808.87 pies cuadrados, equivalentes a 75.15 metros cuadrados y consta de sala-comedor, tres dormitorios, cocina, lavandería, baño y closets. Colinda por el NORTE, con el patio delantero; por el SUR, por donde tiene su acceso de entrada y salida con un pasillo que lo comunica con el resto del Edificio, escaleras y patio posterior; por el ESTE, con el patio lateral; y por el OESTE, con la pared que lo separa del apartamento No. 105. Le corresponde un porcentaje||en los elementos comunes de 0.2390% y un espacio de estacionamiento identificado con el mismo número del apartamento. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 267 del Tomo 620 de Sabana Llana, finca número 25197, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $103,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de octubre de 2021, a las 11:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $68,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de octubre de 2021, a las 11:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $51,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 331, otorgada el día 21 de mayo de 2007, ante el Notario Raúl J. Vila Sellés y consta inscrita en el Folio 3693 del Tomo 1129 de Sabana Llana, finca número 25197, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, inscripción sexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $85,284.52 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.125% anual desde el día 1 de enero de 2019. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a

5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $10,300.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $10,300.00para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $10,300.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes pos-

The San Juan Daily Star

Thursday, September 16, 2021

teriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 15 de SEPTIEMBRE de 2021. FDO. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE M&T 102000 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

Banco Popular de Puerto Rico Demandante v.

Julio Ramón Alicea Ibern t/c/c Julio Alicea Ibern, Lizzette María Irizarry Loyola t/c/c Lizzette Irizarry Loyola y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos,

Demandados CIVIL NÚM.: KCD2015-1808 (902). SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA IN REM. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 14 de octubre de 2021, a las 9:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. El Remanso, 15 A Calle Arroyo, San Juan, PR 00926 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el No. 15 del Bloque ‘A’ de la URBANIZACIÓN EL REMANSO del Barrio Monacillos de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de 400.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 25.00 metros lineales, con el solar No. A-14; por el Sur, en 25.00 metros lineales, con el solar No. A-16; por el Este, en 16.00 metros lineales, con terrenos del antiguo cauce de Río Piedras; y por

el Oeste, en 16.00 metros lineales, con la Calle No. 1. Enclava una edificación de concreto. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 198 del Tomo 308 de MonacilloEste 5, finca número 5,310, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $220,662.52. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de octubre de 2021, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $147,108.35. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de octubre de 2021, a las 9:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $110,331.26. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 377, otorgada el día 31 de mayo de 2003, ante el Notario Luis Valle Irizarry y consta inscrita en el Folio 198 del Tomo 308 de MonacilloEste 5, finca número 5310, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, inscripción décimotercera. La hipoteca fue modificada mediante escritura número 36, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 31 de enero de 2012, ante la notaria Ana Cristina Díaz Velasco, haciendo constar que el principal será de $220,662.52 con pagos mensuales de principal e intereses por la suma de $1,252.90. Comenzando el 1 de marzo de 2012 y terminando el 1 de junio de 2018 con un último pago de $215,416.75. La escritura de modificación, consta inscrita al tomo Karibe de Monacillo Este y el 5, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, finca número 5,310, inscripción décimo cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $234,380.03 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.500% anual desde el día 1 de febrero de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos

pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $22,066.25 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $22,066.25 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $22,066.25 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A. AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el Caso Civil No. KCD14-1321 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Doral Bank, versus Titulares, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 13ª, la cual asciende a la suma principal de $234,380.03, mas costas, gastos e intereses, todo según

demanda de fecha 9 de junio del 2014, anotado el 28 de enero del 2019, al Sistema Karibe, finca No. 5310, de Monacillos Este y el Cinco, anotación “A”. B. AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el Caso Civil No. KCD15-1808 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por el Banco Popular de Puerto Rico, versus Titulares, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 13ª, la cual asciende a la suma principal de $234,380.03, mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 17 de agosto del 2014, anotado el 28 de enero del 2019, al Sistema Karibe, finca No. 5,310, de Monacillos Este y el Cinco, anotación “B”. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 15 de SEPTIEMBRE de 2021. FDO. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE M&T 103267 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

Banco Popular de Puerto Rico Demandante v.

Emilio Dávila González t/c/c Emilio Arturo Manuel Dávila González t/c/c Emilio Arturo Manuel Dávila t/c/c Emilio Arturo Dávila González antes, ahora la Sucesión de Emilio Dávila González t/c/c Emilio Arturo Manuel Dávila González t/c/c Emilio Arturo Manuel Dávila t/c/c Emilio Arturo Dávila González compuesta por Pricila Toro Gutierrez t/c/c Priscilla Toro Gutierrez t/c/c Priscila Toro Gutierrez por sí y en cuanto a la cuota

viudal usufructuaria; Arturo Dávila; Fulano de Tal y Fulana de Tal denominados como herederos desconocidos con posible interés; Departamento de Hacienda, División de Caudales Relictos; Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM)

Demandados CIVIL NÚM: KCD2015-0457 (508). SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA IN REM. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 14 de octubre de 2021, a las 10:00 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. Los Olmos, Apt A-5 San Juan, PR 00927 y que se describe a continuación: URBAN: HORIZONTAL PROPERTY: Family Unit A-5 of Los Olmos Condominium of El Cinco Ward, Río Piedras San Juan, Puerto Rico, which family unit is located on the fifth floor and its main entrance door faces north and has access to the common corridor on that level. It is a rectangular shapped apartment measuring 40’ 9” equivalent to 12.42 meters, long and 24’ 2” equivalent to 7.37 meters wide, making a total area of 984.93 square feet, equivalent to 91.50 meters, as specifically shown in the plan of the building referred to in paragraph second of the master deed and filed with the registry of property. Its boundaries are as follows: on the North, in 40’ 9” equivalent to 12.42 meters, with exterior or windows, interior half of walls, and door, that separated it from common corridor; on the South, in 40’ 9” equivalent to 12.42 meters, with exterior or windows that overlook the front yard; on the East, in 24’ 2” equivalent to 7.37 meters, with common bearing wall

and window that separate it from elevator lobby and exterior court; and the West, in 24’ 2” equivalent to 7.37 meters, with common bearing wall that separates it from common stairway and family unit B. [This family unit consists of the rooms with inside dimensions as follows: a living dining room of 289.96 square feet, equivalent to 26.94 square meters, a kitchen of 69.04 square feet, equivalent to 6.41 square meters with a closet of 11.02 square feet, equivalent to 1.02 square meters, a main bathroom of 33.57 square feet, equivalent to 3.12 square meters, a hall of 69.44 square feet, equivalent to 6.45 square meters, 2 storage closets of 6.16 square feet, equivalent to 0.57 square meters and of 2.24 square feet, equivalent to 0.21 square meters, a linen closet of 2.10 square feet, equivalent to 0.20 square meters, a master bedroom of 156.70 square feet, equivalent to 14.56 square meters, with a walk-in-closet of 28.37 square feet, equivalent to 2.63 square meters, and 2 bedrooms of 92.97 square feet , equivalent to 8.64 square meters, and the other of 92.14 square feet, equivalent to 8.56 square meters, each with a closet of 8.48 square feet, equivalent to 0.78 square meters; según escritura] Le corresponde un porcentaje en los elementos comunes generales de 0.5949%. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 229 del Tomo 78 de Monacillo Este 5, finca número 2,562, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $97,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el 21 de octubre de 2021, a las 10:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $65,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de octubre de 2021, a las 10:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $48,750.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 237, otorgada el día 7 de noviembre de 2003, ante el Notario Stella Maris Molina Rosario y consta inscrita en el Tomo


The San Juan Daily Star Karibe de Monacillo Este 5, finca número 2,562, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, inscripción séptima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $80,498.07 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.750% anual desde el día 1 de marzo de 2014. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $9,750.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $9,750.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $9,750.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se

les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: EMBARGO: Embargo Estatal número CAG-20-0076 el 6 de agosto de 2019, por la suma de $66,942.90, presentado el 6 de agosto de 2019 y anotado al asiento 2019 -007105 -EST. Contra: Emilio A. Dávila González, seguro social XXXXX-8439 & Priscilla Toro Gutiérrez, seguro social XXX-XX-5901. B: AVISO DEMANDA: Demanda expedida el 24 de febrero de 2015, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, caso civil KCD2015 -0457, sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, seguido por Doral Bank versus Emilio Dávila González, también conocido como Emilio Arturo Manuel Dávila González, también conocido como Emilio Arturo Manuel Dávila, también conocido como Emilio Arturo Dávila González ahora, antes la Sucesión de Emilio Dávila González, también conocido como Emilio Arturo Manuel Dávila González, también conocido como Emilio Arturo Manuel Dávila, también conocido como Emilio Arturo Dávila González, compuesta por Pricila Toro Gutiérrez, también conocida como Priscilla Toro Gutiérrez, también conocida como Priscila Toro Gutiérrez por sí y en cuanto a la cuota viudal usufructuaria, por la suma de $80,498.07, anotado al tomo Karibe de Monacillos Este y el Cinco, finca 2,562, anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 15 de SEPTIEMBRE de 2021. FDO. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL.

Thursday, September 16, 2021 SUCESIÓN DE FRANCISCO JOSÉ RIVERA HERNAIZ, T/C/C FRANCISCO RIVERA HERNAIZ, COMPUESTA POR REBECA RIVERA DEL CORO, JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; EL HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Y EL CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM

Demandados Civil Núm.: D2CD2017-0049. Sala: 201. Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PÚBLICO EN GENERAL; y a todos los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surjan de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Firstbank Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $50,000.00, con intereses al 12% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 6, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 21 de enero de 2004, ante el notario Antonio R. Escriba Oliver, e inscrita al tomo Karibe de Guaynabo, finca número 8,796, inscripLEGAL NOTICE ción 9na. Aviso de Demanda ESTADO LIBRE ASOCIADO de fecha 14 de noviembre de DE PUERTO RICO TRIBU2016, expedida en el Tribunal NAL DE PRIMERA INSTANCIA de Primera Instancia, Centro SALA DE GUAYNABO Judicial de Guaynabo, Sala de BANCO POPULAR DE Guaynabo, en el Caso Civil núPUERTO RICO, INC. mero D2CD-2016-0318, seguiDemandante V. do por Firstbank of Puerto Rico,

versus Tactical Equipment Consultants, Inc., y la Sucesión de Francisco José Rivera Hernaiz compuesta por Fulano de Tal, Sutano de cual y Fulana de cual, en cuanto a la cuota viudal usufructuaria, por la suma de $43,064.39, más intereses, anotado el día 13 de agosto de 2019 al tomo Karibe de Guaynabo, finca número 8,796, Anotación A. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 21 de mayo de 2021, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar número #11 de la Urbanización Villa Clementina, Barrio Frailes, Guaynabo, Puerto Rico, con un área de 900.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 30.00 metros, con la Calle San José; por el SUR, en 30.00 metros, con el solar número #6 de la Urbanización; por el ESTE, en 30.00 metros, con el solar número #12 de la Urbanización hoy propiedad de Emilio Rodríguez Arroyo y por el OESTE, en 30.00 metros, con el solar número #10 de la Urbanización. Inscrito al folio 192 del tomo 89 de Guaynabo, finca número #8,796 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. La propiedad ubica en: 11 San José ST V. Clementina Guaynabo, PR. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 17 de septiembre de 2018, notificada el 11 de octubre de 2018, y publicada en un periódico de circulación general, The San Juan Daily Star, el 14 de febrero de 2020, en el presente caso civil, a saber la suma de $252,925.96 por concepto de principal; $1,965.73 por concepto de intereses acumulados, $377.48 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $130.13 por concepto de ‘’Escrow Advances’’ y la suma $31,100.00 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 2 DE NOVIEMBRE DE 2021 A LAS 10:40 DE LA MAÑANA, la Sala de Alguaciles del Centro Judicial de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico. El precio mínimo fijado para la

PRIMERA SUBASTA es por la cantidad de $311,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día día 9 DE NOVIEMBRE DE 2021 A LAS 10:40 DE LA MAÑANA, la Sala de Alguaciles del Centro Judicial de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $207,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día día 16 DE NOVIEMBRE DE 2021 A LAS 10:40 DE LA MAÑANA, en la Sala de Alguaciles del Centro Judicial de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $155,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o los acreedores

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de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado pueden concurrir a la subasta si les convienen o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Guaynabo, Puerto Rico, hoy día 7 de septiembre de 2021. FRANCES TORRES CONTRERAS, ALGUACIL #325, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE GUAYNABO.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIDUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR

NORA BIRRIEL CACERES; PAULINO LAUREANO REYES

dominio sobre la finca que se describe más adelante. Usted deberá presentar por escrito su posición a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), que puede acceder mediante esta dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación en la secretaría del Tribunal. Si usted deja de expresarse dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia, previo a escuchar la prueba de valor de la parte peticionaria en su contra, sin más citarle ni oírle, y conceder el remedio solicitado en la petición, o cualquier otro si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. “RUSTICA”: Predio de terreno localizado en la carretera PR-955 km, 0.5, barrio Jiménez, del Municipio de Río Grande, Puerto Rico, con una cabida superficial de MIL TRES PUNTO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE (1003.1637) metros cuadrados, equivalentes a cero punto dos mil quinientos cincuenta y dos (0.2552) cuerdas. En lindes por el Norte en una alineación en una distancia de 33.334 metros con la carretera PR-955, por el SUR en una alineación en una distancia de 26.967 metros con la Sucn. Rafael Cáceres y por el OESTE en una alineación en una distancia de 34.36 metros con la Sucn. Arcadio Carrasquillo. En Fajardo, Puerto Rico a 2 de septiembre de 2021. WANDA I. SEGUÍ REYES, SECRETARIA. KATHIA FERRER FIGUEROA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUPeticionarios NAL DE PRIMERA INSTANCIA EX PARTE SALA SUPERIOR DE CAROCivil Núm.: RG2021CV00147. LINA Sobre: EXPEDIENTE DE DOFIRSTBANK MINIO. EMPLAZAMIENTO PUERTO RICO POR EDICTO. ESTADOS UNIParte Demandante Vs. DOS DE AMÉRICA, EL PREVÍCTOR MANUEL SIDENTE DE LOS EE.UU., ESTADO LIBRE ASOCIADO RODRÍGUEZ LAUREANO DE P.R. T/C/C VÍCTOR M.

A: PERSONAS DESCONOCIDAS.

Por la presente se le notifica que la parte peticionaria ha presentado ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo, una petición de expediente de dominio de la cual podrá usted enterarse en la Secretaría del Tribunal. Por el presente edicto se le notifica para que comparezca, si lo creyere pertinente, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este edicto a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la peticionaria para adquirir su

RODRÍGUEZ LAUREANO, LA SUCESIÓN DE CARMEN VIOLETA RIVERA SÁNCHEZ T/C/C/ CARMEN V. RIVERA SÁNCHEZ COMPUESTA POR VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ LAUREANO, JOSÉ RODRÍGUEZ RIVERA JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ADMINISTRACION PARA EL SUSTENTO DE MENORES Y CENTRO DE RECAUDACION DE

INGRESOS MUNICIPALES

Parte Demandada Caso Civil Núm.: CA2021CV00389. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Carolina, Oficina de Subasta; a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $129,024.58 de balance principal al 5.50% anual desde el primero de agosto de 2019 hasta su completo pago; el 5% computado sobre cada mensualidad de principal e interés por concepto de cargos por demora desde el día primero de septiembre de 2019 hasta su total y completo pago, más la suma de $15,067.10 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en fa escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta so describe como sigue: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Villa Carolina, situada en el Barrio Hoyo Mulas de Carolina, Puerto Rico que se describe e el plano de inscripción de la Urbanización con el número cuarenta y dos (42) de la manzana noventa y siete (97), con un área de solar de trescientos cuarenta y ocho punto cero cero (348.00) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la calle noventa y tres (93) en una distancia de catorce punto cincuenta (14.50) metros; por el SUR, con los solares números setenta y uno (71) y setenta (70) en una distancia de catorce punto cincuenta (14.50) metros; por el ESTE, con el solar número cuarenta y uno (41), en una distancia de veinticuatro punto cero cero (24.00) metros; y por el OESTE, con el solar número cuarenta y tres (43), en una distancia de veinticuatro punto cero cero (24.00) metros. Enclava una casa. Inscrita al folio veintinueve (29) del tomo quinientos ochenta y cinco (585) de Carolina, finca número veintitrés mil quinientos treinta (23,530). Registro de la Propiedad de Carolina Sección II.


32 Dirección Física: 97-42 93 St., Villa Carolina, Carolina, Puerto Rico 00987. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 12 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 1:00 DE LA TARDE y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $150,671.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará uno SEGUNDA SUBASTA el día 19 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 1:00 DE LA TARDE y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $100,447.33. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 26 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 1:00 DE LA TARDE y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $75,335.50. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen

de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico ele circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico ele circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y lodos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaria del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Carolina, Puerto Rico a 25 de agosto de 2021. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAROLINA.

MARIBEL RODRÍGUEZ RIVERA. DIRECCIÓN DESCONOCIDA.

Por la presente se le notifica a usted que se ha radicado en esta Secretaría la demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere para que notifique al licenciado: Alberto De Diego Collar, DE DIEGO LAW OFFICES, PSC, PO BOX 79552, Carolina, PR 00984-9552, Teléfono: (787)622-3939, abogado de la parte demandante, con copia de la contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, que se publicará una vez en un periódico de circulación diaria general. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio. Se le apercibe que si no contesta la demanda dentro del término antes indicado, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente, y notificando con copia a la parte demandante, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado a favor de la parte demandante sin mas citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI LEGAL NOTICE FIRMA y el Sello del Tribunal, ESTADO LIBRE ASOCIADO en Ponce, Puerto Rico, hoy día DE PUERTO RICO TRIBU25 de agosto de 2021. LISILDA NAL DE PRIMERA INSTANMARTÍNEZ AGOSTO, SECRECIA SALA DE CAGUAS TARIA REGIONAL INTERIORIENTAL BANK NA. VILMA OYOLA RIVERA, Demandante V. SECRETARIA AUXILIAR DEL SUCESION DE MARIBEL TRIBUNAL.

RODRIGUEZ RIVERA COMPUESTA POR JANE DOE Y JOHN DOE COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS; MARIA RIVERA MALAVE; PRISCILA ROBLES VELAZQUEZ; CENTRO DE DEPARTAMENTO DE HACIENDA POR CONDUCTO DE LA DIVISION DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES

The San Juan Daily Star

Thursday, September 16, 2021

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

PALMAS DEL MAR HOMEOWNERS ASSOCIATION, INC.

OFFICES, LLC PO BOX 10242 HUMACAO, PR 00792 TELÉFONO: (787) 852-4422 FACSÍMIL: (787) 285-4425 Email: jrg@gonzalezmorales.com abogados de la parte demandante, cuya dirección es la que deja indicada, con copia de su Contestación a la Demanda, copia de la cual le es servida en este caso, dentro de los TREINTA (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Debe saber que en caso de no hacerlo así podrá dictarse Sentencia en Rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy día 25 de agosto de 2021. DOMINGA GÓMEZ FUSTER, SECRETARIA REGIONAL. ILEANETTE RIVAS, SUB-SECRETARIA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE VEGA BAJA

ORIENTAL BANK Demandante V.

JUAN E. BERRIOS SANTIAGO, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: VB2021CV00203. Sobre: COBRO DE DINERO Parte Demandante V. POR LA VÍA ORDINARIA. EMCESAR M. ARROYO PLAZAMIENTO POR EDICTO. MARTÍNEZ Y OTROS ESTADOS UNIDOS DE AMÉParte Demandada RICA, EL PRESIDENTE DE Civil Núm.: HU2020CV01101. LOS EE. UU., EL ESTADO LISobre: COBRO DE DINERO. BRE ASOCIADO DE PUERTO EMPLAZAMIENTO POR EDIC- RICO, SS. TO. ESTADOS UNIDOS DE A: JUAN E. BERRIOS Demandados AMÉRICA, EL PRESIDENTE Civil Núm.: CG2021CV01183. SANTIAGO, FULANA DE LOS EE.UU., EL ESTADO 704. Sobre: COBRO DE DINEDE TAL Y LA LIBRE ASOCIADO DE P.R., RO Y EJECUCIÓN DE HIPOSS. SOCIEDAD LEGAL TECA. ESTADOS UNIDOS DE A: CESAR M. ARROYO DE GANANCIALES AMÉRICA, EL PRESIDENTE MARTÍNEZ; MELANIE COMPUESTA POR DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIAVALDEZ ARROYO Y AMBOS. DO DE PUERTO RICO, SS. LA SOCIEDAD LEGAL POR MEDIO del presente edicEMPLAZAMIENTO POR EDICto se le notifica de la radicación DE GANANCIALES TO. de una demanda en cobro de COMPUESTA POR dinero por la vía ordinaria en la A: JANE DOE Y JOHN AMBOS. DOE COMO MIEMBROS POR LA PRESENTE, se le que se alega que usted adeuda a la parte demandante, Oriental DESCONOCIDOS DE emplaza y requiere para que Bank, ciertas sumas de dinero, LA SUCESIÓN DE notifique a: y las costas, gastos y honoraGONZÁLEZ & MORALES LAW

rios de abogado de este litigio. El demandante, Oriental Bank, ha solicitado que se dicte sentencia en contra suya y que se le ordene pagar las cantidades reclamadas en la demanda. POR EL PRESENTE EDICTO se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra, y conceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El abogado de la parte demandante es: Jaime Ruiz Saldaña, RUA número 11673; Dirección: PMB 450, 400 Calle Calaf, San Juan, PR 00918-1314; Teléfono: (787) 759-6897; Correo electrónico: legal@jrslawpr. com. Se le advierte que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se le estará enviando a usted por correo certificado con acuse de recibo, una copia del emplazamiento y de la demanda presentada al lugar de su última dirección conocida: Bo. Mana, Carr. 602 KM 1.3, Corozal, PR 00783; PO Box 500, Coroza, PR 00783-0500. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal en Toa Alta, Puerto Rico, hoy día 23 de agosto de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. LIRIAM HERNÁNDEZ OTERO, SUBSECRETARIA.

POTESTAD Y ADOPCIÓN. COMO TENEDOR EMPLAZAMIENTO POR EDICDESCONOCIDO DEL TO. ESTADOS UNIDOS DE PAGARÉ como tenedor AMÉRICA, EL PRESIDENTE desconocido de Pagaré DE LOS EE.UU., EL ESTADO por la cantidad de LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. $74,469.00 a favor de A: MONIQUE SARAH Great Atlantic Mortgage KARIKURUBU, TAMBIÉN Corp., endosado a CONOCIDA COMO favor Doral Bank, luego MONIQUE GUERRERO. endosado a favor de Banco Popular de Puerto POR LA PRESENTE, se le y requiere para que Rico, o a su orden, en emplaza notifique a: el cual se garantizaba GONZÁLEZ & MORALES LAW OFFICES, LLC la hipoteca constituida PO BOX 10242 por la escritura 232 HUMACAO, PR 00792 otorgada en esa misma TELÉFONO: (787) 852-4422 FACSÍMIL: (787) 285-4425 fecha ante el Notario Email: jrg@gonzalezmorales.com Público Francisco Alonso abogados de la parte demanRivera. El Pagaré quedó dante, cuya dirección es la notarizado en virtud del que deja indicada, con copia número de testimonio de su alegación responsiva, copia de la cual le es servida 30,721.

Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestarla demanda incoada en su contra dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio. Si usted deja de presentar y notificar su alegación responsiva dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Los abogados de la parte demandante son. ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: Lcdo. Reggie Díaz Hernández RUA Núm.: 16,393 BERMUDEZ DIAZ & SÁNCHEZ LLP Edificio Ochoa Suite 200 500 Calle De La Tanca San Juan, Puerto Rico 00901 Tel.: (787) 523-2670 Fax: (787) 523-2664 rdiaz@bdslawpr.com Expido este edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, LEGAL NOTICE hoy 09 de septiembre de 2021. ESTADO LIBRE ASOCIADO LCDA. LAURA I. SANTA SÁNDE PUERTO RICO TRIBU- CHEZ, SECRETARIA REGIONAL DE PRIMERA INSTANCIA NAL. YARILIZ CINTRÓN COSALA DE BAYAMÓN LÓN, SECRETARIA AUXILIAR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA Demandado Civil Núm.: BY2021CV03563. SALA DE HUMACAO VICKMARY Sobre: SUSTITUCIÓN DE PAGARÉ. EMPLAZAMIEN- SEPÚLVEDA SANTIAGO TO POR EDICTO. ESTADOS Parte Demandante Vs. UNIDOS DE AMÉRICA, PREMONIQUE SARAH SIDENTE DE LOS ESTADOS KARIKURUBU, T/C/C UNIDOS, ESTADO LIBRE MONIQUE GUERRERO ASOCIADO DE PUERTO Parte Demandada RICO, S.S. Civil Núm.: HU2021RF00436. A: JOHN DOE Sobre: PRIVACIÓN DE PATRIA Demandante V.

JOHN DOE

en este caso, dentro de los TREINTA (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Debe saber que, en caso de no hacerlo así, podrá dictarse Sentencia en Rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy día 9 de septiembre de de 2021. DOMINGA GÓMEZ FUSTER, SECRETARIA. LUZ NOELIA COLÓN GONZÁLEZ, SUB-SECRETARIA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB, NOT INDIVIDUALLY BUT SOLELY AS TRUSTEE FOR FINANCE OF AMERICA STRUCTURED SECURITIES ACQUISITION TRUST 2019-HB1 Demandante Vs.

SUCESION CARMELO ROSADO GARAY T/C/C CARMELO ROSADOGARAY T/C/C CARMEN GONZALEZ MONTAÑEZ COMPUESTA POR VILMA ROSADO GUADALUPE, VLADIMIR ROSADO

GUADALUPE, MARISOL ROSADO SOTOMAYOR, MANUEL ROSADO SOTOMAYOR, CARMELO OSVALDO ROSADO SOTOMAYOR Y SUS POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS JOHN DOE Y JANE DOE; SUCESION HILIA ESTHER GUADALUPE CRUZ T/C/C HILIA E. GUADALUPE CRUZ T/C/C LYDIA ESTHER GUADALUPE CRUZ T/C/C LYDIA ESTHER GUADALUPE T/C/C LYDIA E. GUADALUPE CRUZ T/C/C LYDIA E. GUADALUPE T/C/C LYDIA GUADALUPE CRUZ T/C/C LIDIA GUADALUPE CRUZ COMPUESTA POR VILMA ROSADO GUADALUPE, VLADIMIR ROSADO GUADALUPE Y SUS POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS JOHN DOE Y JANE DOE; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: SJ2018CV10577. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 6 DE OCTUBRE DE 2021, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: RÚSTICA: Solar marcado con el numero B guion dieciséis (B16) del Plano de Inscripción del Proyecto de Vivienda a bajo de costo denominado VBC guion


The San Juan Daily Star veintisiete (VBC-27), radicado en el Barrio Cupey Alto del término municipal de Rio Piedras, Puerto Rico, con una cabida superficial de doscientos treinta y siete punto cuarenta cinco metros cuadrados (237.45 m/c). En lindes por el NORTE, con el solar número B guion quince (B-15); por el SUR, con la Calle número uno (1); por el ESTE, con la Calle número seis (6); y por el OESTE, con el solar numero C guion uno (C-1). Finca número 3,696, inscrita al folio 35 del tomo 100 de Rio Piedras Sur, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección IV. La hipoteca objeto de esta ejecución se encuentra inscrita al folio 106 del tomo 658 de Rio Piedras Sur, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección IV, inscripción 6ª. Propiedad localizada en: URB. RIVIERAS DE CUPEY, B-16 CALLE BAMBU, SAN JUAN, PR 00926. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $158,250.00. Fecha de Vencimiento: 02/11/2086. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $158,250.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 14 DE OCTUBRE DE 2021, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $105,500.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $79,125.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia,

Thursday, September 16, 2021

Sala de San Juan, el 21 DE OCTUBRE DE 2021, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $77,216.49 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 3.192% anual hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $15,825.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día hasta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy 3 de septiembre de 2021. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR.

A: JOHN DOE & RICHARD ROE

Por la presente se emplaza y se les notifica que se ha presentado en la Secretaría de este Tribunal la demanda del caso de epígrafe solicitando la cancelación del Pagaré suscrito a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $122,000.00, con vencimiento el 01 de febrero de 2024, y habiéndose constituido por la escritura número 16 otorgada en Cayey, el 22 de enero de 2004, ante el Notario Público WendellW Colon Muñoz, inscrita al folio 165 del tomo 547 de Cayey, finca número 20802, inscripción 3ra. Representa a la parte demandante la abogada cuyo nombre, dirección y teléfono se consigna de inmediato: ENEL M. PEREZ MONTE RUA 9019 GA 24 Ave. Ramirez de Arrellano Gardens Hills, Guaynabo PR 00966 Tel.: (787) 646-9168 Lcdaenelperez@gmail.com Se le apercibe que si no comparecieran ustedes a contestar dicha demanda dentro del término de 30 días a partir de la publicación de este edicto se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oirle. La parte demandada deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal, advirtiéndosele que de no hacerlo se le anotará la rebeldía y se dictará Sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Dado en Cayey, a 01 de septiembre de 2021. Lisilda Martinez Agosto, Secretario (a). Lili Rodriguez Rodriguez.

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO LEGAL NOTICE DE PUERTO RICO TRIBUESTADO LIBRE ASOCIADO NAL DE PRIMERA INSTANCIA DE PUERTO RICO TRIBUSALA SUPERIOR DE BAYANAL DE PRIMERA INSTANCIA MÓN SALA SUPERIOR DE CAYEY.

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB, D/B/A CHRISTIANA TRUST, AS INDENTURE TRUSTEE, FOR THE Demandantes vs. BANCO POPULAR, como CSMC 2015-PR 1 TRUST MORTGAGE-BACKED sucesor en Interes de NOTES, SERIES 2015-PR1 DORAL BANK; JOHN Parte Demandante V. DOE & RICHARD ROE R&G PREMIER BANK Demandado OF PUERTO RICO CIVIL NÚM.: CY2021CV00335 (702). SOBRE: Cancelacion de AHORA BANCO Pagare Extraviado. EDICTO. POPULAR DE PUERTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICO; JOHN DOE Y RICA EL PRESIDENTE DE RICHARD ROE COMO LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADOS POSIBLES TENEDORES DESCONOCIDOS DE PUERTO RICO. ss. CARLOS ALBERTO SANTIAGO ORTIZ Y NELLIE JOHANNA RIVERA NIEVES

Parte Demandada Civil Núm.: BY2021CV03435. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES TENEDORES DESCONOCIDOS.

POR LA PRESENTE se les emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá radicar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired.ramajudicial.pr/ sumac/, salvo que se presente por derecho propio, en cuyo caso deberá radicar el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia a los abogados de la parte demandante. Lcda. Marjaliisa Colón Villanueva, al PO BOX 7970, Ponce, P.R. 00732; Teléfono: 787-8434168. En dicha demanda se tramita un procedimiento de cancelación de pagaré extraviado. Se alega en dicho procedimiento que se extravió un pagaré hipotecario, según consta en el testimonio número nueve mil ciento veintisiete (9,127) de la escritura número trescientos noventa y siete (397), otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día veinticinco (25) de octubre de dos mil seis (2006) ante la notario Enid S. Rodríguez Binet, se constituyó hipoteca en garantía de pagaré, favor R &G Premier Bank of Puerto Rico, ahora Banco Popular de Puerto Rico, o a su orden, por la suma de veinte mil dólares ($20,000.00), al interés de siete punto ocho siete cinco por ciento (7.875%), vencedero el primero (1ro) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Inscrita al folio cuatro mil novecientos noventa y tres (4993) del tomo mil novecientos sesenta y cinco (1965) de Bayamón, finca número cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y cinco (42,945), inscripción quinta (5ta). Inscrito en virtud de la Ley número 216, asiento abreviado. Que la propiedad sobre la cual se constituyó dicha hipoteca es la siguiente: URBANA: Solar marcado con el número siete (7) de la manzana AD, de la Urbanización Rexville, situada en el Barrio Pájaros de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida de doscientos noventa y siete punto ochenta y tres (297.83) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la calle cuarenta y nueve (49), en distancia de doce punto seiscientos veinte

(12.620); metros por el SUR, con el solar número nueve (9), en una distancia de doce punto seiscientos veinte (12.620) metros; por el ESTE, con el solar número siete (7), en una distancia de veintitrés punto cero cero (23.00) metros y por el OESTE, con el se lar número ocho (8), distancia de veintitrés punto seiscientos (23.600) metros., Enclava casa. Inscrita al folio uno (1) del tomo novecientos cincuenta y siete (957) de Bayamón, finca número cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y cinco (42,945) del Registro de la Propiedad de Bayamón Sección Primera (1ra). SE LES APERCIBE que, de no hacer sus alegaciones responsivas a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se les anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, a 1 día de septiembre de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. SANDRA I. DE JESÚS COLÓN, SUB-SECRETARIA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

FRANCISCO EMMANUEL SERRANO ELIAS

Parte Demandada Caso Civil Núm.: CG018CV02857. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $289,131.05 de balance principal, más los intereses sobre dicha suma al 3.50% anual hasta su total pago y completo pago; más el 4% computado sobre cada mensualidad por concepto de cargos por demora devengados, más la suma estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras

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sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar radicado en la Urbanización La Serranía, sección Lomas de la Serranía, localizada en los barrios Bairoa y Rio Cañas del término municipal de Caguas, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: número del solar 309 del bloque s, area del solar 1,007.8593 metros cuadrados, equivalentes a 0.2564 cuerdas. En lindes por el NORTE, en una distancia de 24.32 metros lineales, con la calle Girasol de la urbanización; por el SUR, en dos alineaciones continuas y distintas, una de 24.30 metros lineales, con el solar número 320 del mismo bloque y la otra de 3.91 metros lineales, con el solar número 319 del mismo bloque; por el ESTE, en una distancia de 38.07 metros lineales, con el solar número 308 del mismo bloque; y por el OESTE, en una distancia de 39.03 metros lineales, con el solar número 310 del mismo bloque. Enclava casa. Inscrita al folio doscientos (200) del tomo mil seiscientos ochenta (1680) de Caguas, finca número cincuenta y seis mil trescientos sesenta y nueve (56,369). Registro de la Propiedad de Caguas, Sección I. Dirección Física: S-309 Calle Girasol, Lomas de la Serrania, Caguas, Puerto Rico 00725. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 13 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $317,149.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 20 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $211,432.67. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 27 DE OCTUBRE DE 2021 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $158,574.50. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez

días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Caguas, Puerto Rico a 10 de septiembre de 2021. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593, ALGUACIL DEL TRIBUNAL.

LEGAL NOTICE “Liberty Communications is proposing to construct a 35-foot overall height small cell pole telecommunications support structure at Urb. Los Caobos, Yagrumo Street, (In Front of House #1649) Ponce, Puerto Rico (N18° 0’ 4.7”; W66° 35’ 28.7”). Liberty Communications invites comments from any interested party on the impact the tower may have on any districts, sites, buildings, structures or objects significant in American history, archaeology, engineering or culture that are listed or determined eligible for listing in the National Register of Historic Places. Comments may be sent to Environmental Corporation of America, ATTN: Annamarie Howell, 1375 Union Hill Industrial Court, Suite A, Alpharetta, Georgia 30004. Comments must be received within 30 days. For questions please call Annamarie Howell 770667-2040. JJG/X1402” **** “Liberty Communications propone construir una estructura de telecomunicaciones de poste celular de 35 pies de altura total a Urb. Los Caobos, Yagrumo Street, (In Front of House #1649) Ponce, Puerto Rico (N18° 0’ 4.7”; W66° 35’ 28.7”). Liberty Communications, invita a los comentarios de cualquier parte interesada sobre el impacto que la propuesta puede tener en cualquier distrito, sitio, edificio, estructura u objeto significativo en la historia americana, arqueología, ingeniería o cultura que esté en la lista o sea elegible para la lista en el Registro Nacional de Lugares Históricos, de conformidad con la Sección 106 de la Ley Nacional de Preservación Histórica. Los comentarios relacionados específicamente con los recursos históricos pueden enviarse a Environmental Corporation of America, ATTN: Annamarie Howell, 1375 Union Hill Industrial Court, Suite A, Alpharetta, GA 30004. Los comentarios deben recibirse dentro de los 30 días de la fecha de este aviso. Para preguntas, llame a Annamarie Howell 770-6672040. JJG/X1402”


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Thursday, September 16, 2021

FBI director apologizes for handling of gymnastics abuse case By JULIET MACUR

S

imone Biles, the most accomplished gymnast in history, did not want to be in Congress in Washington on Wednesday, testifying to a Senate committee about the FBI’s mishandling of one of the biggest sexual abuse cases in U.S. history. Sitting at the witness table alongside three of her former teammates on the U.S. national team, Biles said she couldn’t imagine being less comfortable. But she chose to publicly address lawmakers for herself, as a survivor of that abuse, but also for other athletes, especially children, whom she feels compelled to protect. Biles, 24, broke down in tears when explaining that she does not want any more young people to endure the suffering that she has at the hands of a pedophile. She and hundreds of other girls and women were molested by Larry Nassar, the former national team doctor. He is now serving what amounts to life in prison for multiple sex crimes. “To be clear. I blame Larry Nassar, but I also blame an entire system that enabled and perpetrated his abuse,” Biles said. McKayla Maroney also testified, describing, in moving detail, how the FBI mistreated her when she told agents how Nassar molested her again and again, even just before she won her Olympic gold medal. She had told them about a time when she and Nassar were in Tokyo for a competition and he molested her. She thought she “was going to die that night because there was no way he was going to let me go.” When she finished telling the FBI about the abuse, trauma she hadn’t even told her mother about yet, she said the agents answered, “Is that all?” She was just a teenager, and she felt crushed by their lack of empathy. “Not only did the FBI not report my abuse, but when they eventually documented my report 17 months later, they made entirely false claims about what I said,” Maroney testified. “They chose to lie about what I said and protect a serial child molester rather than protect not

“I blame Larry Nassar, but I also blame an entire system that enabled and perpetrated his abuse,” Simone Biles told senators. only me but countless others.” After the gymnasts spoke, FBI Director Christopher Wray testified about the agency’s botched handling of the Nassar sexual abuse case, the first public questioning of the failure to properly investigate a sexual abuse case that shook the sports world to its core. Wray, who became the agency’s director in 2017, apologized to the victims, and said he was “heartsick and furious” when he heard that the FBI had made so many errors in the case before he took charge of the agency. “We need to remember the pain that occurred when our folks failed to do their job,” he said, referring to the victims’ suffering. He added that the FBI would make changes to make sure the mismanagement never happened again. The hearing came days after the FBI fired one agent who initially worked on the case investigating Nassar, the former national gymnastics team doctor who ultimately was convicted on state charges of abusing scores of gymnasts, including Olympians, under the guise of physical exams. And it comes two months after the Justice Department’s inspector general released a report that sharply criticized the FBI for making crucial errors in the matter. Those errors allowed Nassar to continue treating patients for eight months

at Michigan State University, where he practiced, and in and around Lansing, Michigan, including at a local gymnastics center and a high school. Nassar, who is serving what amounts to life in prison for sexual misconduct, was able to molest more than 70 girls and women while the FBI failed to act, the inspector general’s report said. To kick off the hearing, Sen. Richard J. Durbin (D-Ill.) scolded the FBI for its “dereliction of duty,” “systematic organizational failure” and “gross failures” in the case, and said lawmakers would like to know from the FBI how and why those failures happened and why it decided not to pursue charges against its agents who made devastating errors in the case. “It shocks the conscience when the failures come from law enforcement itself, yet that’s exactly what happened in the Nassar case,” Durbin said. Two FBI agents initially assigned to the case no longer work for the agency. Michael Langeman, a supervisory special agent in the FBI’s Indianapolis office, was fired in the days leading up to Wednesday’s hearing, according to two people with knowledge of the situation. Those people did not want their names published because they do not have the authority to speak about the case. The Washington Post was the first to publish news of Langeman’s firing.

Langeman, who was not immediately available for comment, was not named in the inspector general’s report, but his actions as the special supervisory agent, and his multiple crucial missteps, were described in detail. The report said Langeman should have known that Nassar’s abuse was probably widespread, yet he did not investigate the case with any urgency. Langeman interviewed just one of the three elite gymnasts who gave USA Gymnastics details of Nassar’s abuse and did not properly document that interview or open an investigation. In an interview report Langeman filed with the FBI 17 months after he spoke to that gymnast — Maroney, who was not named in the report — he included statements she did not make, according to the report. Like other agents initially involved in the case, Langeman also did not alert local or state officials of Nassar’s alleged abuse, violating FBI policy that states that crimes against children “invariably require a broad, multijurisdictional, and multidisciplinary approach.” Langeman later said he had filed an initial report about Nassar, asking for the case to be transferred to the Lansing office because that’s where Nassar was based at Michigan State. But the paperwork wasn’t found in the FBI database, the inspector general’s report said. Hundreds of girls and women who were abused by Nassar have been waiting to hear from the FBI about the mistakes in the case. Biles, the Olympic gold medalist, has been vocal about wanting to know “who knew what, and when” about Nassar. She won a silver medal and a bronze medal at the Tokyo Games after dropping out of the team competition because of a mental health issue. Biles testified alongside former teammates Maroney, Aly Raisman and Maggie Nichols, who is known as “Athlete A” in the Nassar case because she was the first elite gymnast to report the abuse to USA Gymnastics. That was in July 2015. The Lansing office of the FBI opened its official investigation into Nassar in October 2016.


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Thursday, September 16, 2021

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The Triple Crown is in his reach. The MVP probably isn’t. By BENJAMIN HOFFMAN

T

he ball came rocketing off Vladimir Guerrero Jr.’s bat at 114 mph. It had an absurdly low 15-degree launch angle, and it landed just over the fence in left field, 356 feet from home plate. And with that — his 45th home run of the year — Guerrero moved into sole possession of the American League lead. One ahead of Shohei Ohtani. With Guerrero leading the AL in batting average (.318) through Monday, and currently only 4 RBI behind the AL’s leader (103 to José Abreu’s 107), the 27th Triple Crown in major league history — including 10 from the Negro leagues — suddenly seems possible. That would be the perfect cap to a year in which the slimmed-down Guerrero has realized his enormous potential, has his team positioned for its second straight postseason appearance, and has done it all even as the Toronto Blue Jays were forced to play a game of musical chairs for their home ballpark for much of the season. Yet despite his numbers, and his team’s achievements, Guerrero would have to be considered a sizable underdog to Ohtani, the Los Angeles Angels’ two-way sensation, in the race for the American League’s Most Valuable Player Award. As hard as that might be to imagine, considering the reverence the Triple Crown continues to have, such a result in the voting has a fair amount of historical precedent. Just ask Ted Williams, who won the AL Triple Crown in both 1942 and 1947 only to finish second in MVP voting both years. This season, the voters could hardly go wrong. Guerrero is playing for a top team and was leading the league in runs, hits, home runs, batting average, on-base percentage and slugging percentage through Monday. His 6.2 offensive wins above replacement is second in the majors to Philadelphia’s Bryce Harper, and he has the nice narrative of having been MVP of this year’s All-Star Game. Ohtani, though, is doing things no one has ever done. Unleashed from the limitations that had been placed on him in the past, he has slugged 44 home runs and stolen 23 bases, through Monday, and is 9-2 with a 3.36 ERA as a pitcher. Unsurprisingly, he leads the majors in WAR at 7.7. The last time such a debate happened, the voters got a bit sentimental, giving

Vladimir Guerrero’s home run on Monday gave him 45 for the season, one more than Shohei Ohtani of the Los Angeles Angels. Miguel Cabrera of the Detroit Tigers the 2012 MVP after he won the Triple Crown, even though Mike Trout of the Angels had a significant advantage in WAR thanks to his baserunning and defense. Despite the notion in 2012 that a Triple Crown could not be ignored in the MVP voting, the historical precedent says the opposite. In 1942, Williams led the AL with a .356 average, 36 home runs and 137 RBI. He scored 141 runs and had a 1.147 onbase plus slugging percentage. In more modern terms, he had a major league-leading 10.5 WAR. Yet for the voters that year, second baseman Joe Gordon’s solid run for the first-place New York Yankees — though he trailed Williams in nearly every offensive category — was more important, and Gordon won the MVP fairly easily. In 1947, lightning struck twice. Williams

led the AL with a .343 average, 32 homers and 114 RBI. He scored 125 runs, had an OPS of 1.133 and produced 9.6 WAR. That time it was Joe DiMaggio of the, you guessed it, first-place Yankees, who beat out Williams despite trailing him in everything. That had to feel especially familiar for Williams, who also finished behind DiMaggio in the 1941 MVP voting despite batting .406. To the voters in 1941, the math went like this: First-place team + 56-game hitting streak > Hitting .400 The MVP-less fate that befell Williams twice, and could happen for Guerrero this year, has other precedent as well. Lou Gehrig won the AL Triple Crown in 1934 and finished fifth in MVP voting — he didn’t even place first among his teammates. In 1933, Chuck Klein of the Philadelphia Phillies won the NL Triple Crown but lost the

MVP to Carl Hubbell of the New York Giants. In 1912, Heinie Zimmerman of the Chicago Cubs captured the NL Triple Crown and finished tied for sixth in the MVP voting, well behind the winner, Larry Doyle of the Giants. In some of the other Triple Crown years, no MVP was awarded. And in the case of the 10 triple crowns that Baseball Reference has recognized from the Negro leagues, no MVP information is given. As for 2021, the decision has very likely already been made by most voters. Either Ohtani or Guerrero would be a fine pick for MVP, but the historical oddity of Ohtani’s season is likely to tip the scale in his favor. A nice way to offset that potential frustration for Guerrero would be to have a nice long playoff run — something that has eluded both Ohtani and Trout so far in their careers, regardless of their greatness.


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Thursday, September 16, 2021

Can’t find a franchise QB? Beat ‘em. No, literally. By MIKE TANIER

I

f an NFL team does not possess a quarterback of Tom Brady’s or Patrick Mahomes’ caliber, one of the best ways to remain competitive is to load up on pass rushers so its defense can sack opponents into submission. On the other hand, if a team is fortunate enough to employ an elite quarterback, its best chance to win the Super Bowl is to juice up its pass rush to neutralize his counterpart. Viewed from that perspective, the NFL is not so much a quarterbackdriven league as a quarterback disruption league, with teams caught in an ever-escalating arms race to generate as much pass pressure as possible. Last week, the Pittsburgh Steelers illustrated how valuable sack specialists have become by signing T.J. Watt to a four-year contract extension with a reported $80 million guaranteed. Only four players, all quarterbacks, currently earn more guaranteed money than Watt; his Steelers teammate Ben Roethlisberger, a future Hall of Famer, is not one of them. Watt rewarded the Steelers by sacking Josh Allen twice and forcing a fumble in Sunday’s 23-16 upset of the Buffalo Bills, a top Super Bowl contender. With Watt, Cameron Heyward and the newcomer Melvin Ingram spearheading Pittsburgh’s pass rush, the team was able to pressure Allen without blitzing, which prevented him from doing much scrambling or challenging the Steelers’ secondary with deep throws very often. Watt is the younger brother of J.J. Watt, the three-time defensive player of the year who signed with the Arizona Cardinals in March. The elder Watt had a quiet debut on Sunday, but his teammate, the two-time All-Pro Chandler Jones, sacked Ryan Tannehill five times and forced him to fumble twice, sparking a 38-13 upset of the Tennessee Titans. The Cardinals haven’t had a winning season since 2015, but the Watt-Jones tandem makes them credible playoff contenders. Pass rushers are best collected in bundles: A Jones or a Watt can be

Quarterbacks Tom Brady of the Tampa Bay Buccaneers, left, and Patrick Mahomes of the Kansas City Chiefs double-teamed if he is the defense’s only threat. But there are only so many double teams to go around. The Tampa Bay Buccaneers demonstrated this principle in the Super Bowl when Shaquil Barrett, Jason Pierre-Paul, Ndamukong Suh, Vita Vea and Devin White overwhelmed the injury-ravaged Kansas City Chiefs offensive line, forcing three sacks, two interceptions and a long evening of desperate Mahomes scrambles in a 31-9 Buccaneers rout. The NFL is often called a “copycat league,” but it is more of a “cut and paste the term paper from Wikipedia” league: Coaches and executives are not very subtle about their plagiarism. Once they saw the Buccaneers treat Mahomes like a tennis ball at a dog park, nearly every would-be contender sought to beef up its pass rush. The Bills drafted University of Miami defender Gregory Rousseau (15.5 sacks in his final college season) in the first round and Wake Forest defender Carlos “Boogie” Basham (20.5 collegiate sacks) in the second. The Titans lured sack specialist Bud Dupree (eight sacks in an injuryshortened 2020 season) away from the Steelers, who kept pace by signing Ingram (49 career sacks for the San

Diego/Los Angeles Chargers). The New England Patriots gave $32 million guaranteed to Matt Judon, a two-time Pro Bowl defender for the Baltimore Ravens, so the Ravens signed the veteran Justin Houston (97.5 career sacks). The Cleveland Browns added Jadeveon Clowney to a defensive line that already had Myles Garrett, a fellow No. 1-overall draft pick. As for the Buccaneers, they pushed the envelope of salary cap economics to keep their veteran pass rushers off the free agent market, then drafted the University of Washington standout Joe Tryon-Shoyinka (eight sacks in his final collegiate season) in the first round. The Buccaneers sometimes lined up with six dangerous pass rushers staring down five Dallas Cowboys offensive linemen in the season opener last Thursday. Dak Prescott was not sacked, but he had an average time to throw of only 2.39 seconds in the 31-29 Cowboys loss, according to Next Gen Stats. It’s hard to out-duel Brady when forced to treat the football like a hot potato. The pass-rusher arms race is driven by supply and demand. A Brady or a Mahomes comes along only about

once per generation, while top passrushers like the Watt brothers or Joey and Nick Bosa (stars for, respectively, the Chargers and the San Francisco 49ers) sometimes arrive two to a household. Each year’s quarterback class has few members with even the potential to develop into upper-echelon starters, but the college ranks are teeming with agile, ornery 250-pluspound defenders ready to join the marauding hordes. The natural response to all of these barbarians at the gate is to build stronger walls. Brady rules his realm from behind an experienced and well-compensated offensive line. The Chiefs spent all the cap dollars and draft picks they could muster to ensure that Mahomes would never live through another experience like the Super Bowl; their rebuilt offensive line passed its first stress test in a 33-29 victory against Cleveland. And then there is Jameis Winston, who inherited both Drew Brees’ seasoned offensive line and a stout defense led by the pass rushers Cameron Jordan and Marcus Davenport. Formerly an interception-prone disappointment, Winston miraculously blossomed into an efficient field general, while Aaron Rodgers was driven to frustration (only a short cab ride, in his case) in a 38-3 New Orleans Saints blowout of the Green Bay Packers. Old-school coaches like to claim that defense wins championships and that games are won and lost in the trenches. In reality, the days of Steel Curtains and Fearsome Foursomes are long behind us. Championships are generally won by elite quarterbacks, but pass pressure can make such quarterbacks mortal for a few hours. That’s what happened to Brady in the Super Bowls ending the 2007 and 2011 seasons, long before his Buccaneers did the same to Mahomes. If a team cannot win the quarterback lottery, building a vicious pass rush is an effective, affordable alternative. Although, based on Watt’s new contract, it may not be so affordable anymore.


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Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

Answers on page 38

Wordsearch

GAMES


HOROSCOPE Aries

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Thursday, September 16, 2021

(Mar 21-April 20)

Compromise, or clear the air? With Mars moving into diplomatic Libra from today, relationships may move to the top of the agenda. The assertive qualities of this dynamic planet can be diluted, but if you need to hold a sensitive conversation or get something sorted out, this is the time to do it. You’ll be able to empathise with another quite easily, while still sharing your ideas or concerns.

Libra

(Sep 24-Oct 23)

Vitality can increase as potent Mars moves into your sign, giving you an extra shot of energy and confidence. If you needed a dose of courage to hold a key conversation or carry out a decision, you’ll get it, as this assertive planet may inspire you to do what’s best for you. The coming weeks could be excellent for initiating any plans that have been on the backburner and need attending to.

Taurus

(April 21-May 21)

Scorpio

Gemini

(May 22-June 21)

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

Capricorn

(Dec 22-Jan 20)

If you’ve been rather too obliging, then the appearance of Mars in your lifestyle sector can stir things up, and encourage you to draw a few lines. If you’ve known this for a while but haven’t done anything about it, say something now. It’s time to speak out and let them know your patience has been tested. What works best for you? This is what you most need to focus on.

It’s time to put fun and enjoyment on your to-do list, and to make it non-negotiable. The red planet powers into your leisure sector from today, so do what makes your heart sing. Keen to showcase your skills and abilities? If you have serious talent, this is one of the best times to do so, as it could lead to some interesting developments. Ready to date? Sizzling opportunities await you.

Cancer

(June 22-July 23)

As Mars arrives in your domestic sector, it can motivate you to make a clean sweep, Cancer. It’s time to dig into those dusty corners and paper piles, and get rid of years of clutter. And if you fancy a foray into the attic, who knows what you might find. There could be some treasures hidden away there that may be worth a lot of money, and that if sold, may pay for a treat or two.

Leo

(July 24-Aug 23)

(Oct 24-Nov 22)

Dreams may become more vivid and could be very instructive, as fiery Mars begins its journey through a secluded sector. This is a good time to enhance your inner game, especially if you’re ready to tap into your full potential. Connecting with a life coach or mentor who can help you overcome limitations and disabling beliefs, might see you rising like a phoenix and soaring.

The coming weeks could be one big social whirl, and very enjoyable. You may be more proactive about moving in new circles, networking and reaching out to those who are on your wavelength. This can also be an opportunity to bring a dream to life. If you have one wish that you’d love to come true, then an enthusiastic influence might see you doing all you can to make it a reality. If you have career aspirations or big ambitions, the movement of Mars into a highflying zone, can find you eager to take off. But you will need the help of other people, and this is one time when you’ll find it easier to get the support you need. Reach out to others and offer to help, and they’ll give useful tips in return, Capricorn. It’s time to boldly promote yourself and get noticed.

Aquarius

(Jan 21-Feb 19)

The coming weeks can be perfect for promoting your work, launching a project, blog or website, and reaching out to friends and family. With go-getter Mars stirring up your communication zone, you may have a lot to say. This is a great time for closing deals, negotiating agreements and for selling ideas, as well as products. If you’re a social media afficionado, you could be very busy.

Ready to go exploring? The coming weeks can find you getting excited about all kinds of ideas. Whether you want to study, travel to other countries or engage in a riskier venture, this is the time to have a go. If you’ve never tried sailing, rock climbing or trekking, these are activities that could give you a thrill. And with friends along for the ride, you’ll be more than happy, Aquarius.

Virgo

Pisces

(Aug 24-Sep 23)

Earning money, saving it and spending it, could become of great interest, as warrior Mars moves into your financial sector. Its six-week visit can act as a catalyst, inspiring you to enhance your income, as well as making the most of what you earn already. But you’ll also be in entrepreneurial mode, and perhaps keen to road test a moneymaking plan that promises much.

(Feb 20-Mar 20)

You may be ready to dive deep, and find out what makes you tick. As Mars moves into an intense zone, the coming weeks could bring about a transformation, and one you might be fully prepared for. If you’ve been eager for something to change, then working with your dreams or with a life coach or mentor, can help you shape your life so that it reflects your heart’s deepest desires.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 37


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CARTOONS

Herman

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

The San Juan Daily Star

Ziggy


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Thursday, September 16, 2021

The San Juan Daily Star


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