COLEGIO NUEVA CONSTITUCIÓN I.E.D. “Líderes éticos y conciliadores, capaces de construir y transformar mediante una comunicación asertiva”
COLEGIO NUEVA CONSTITUCIÓN IED RESOLUCIÓN RECTORAL No. 15 Del 01 de septiembre de 2015 “Por la cual se modifica y se adopta el presente Manual de Convivencia o Reglamento Escolar, para el año de 2015 – 2016” El Rector como Representante Legal de la Comunidad Educativa y el Consejo Directivo como instancia superior del COLEGIO NUEVA CONSTITUCIÓN Institución Educativa Distrital en uso de sus atribuciones Legales y en especial conferidas en el artículo 10 de la Ley 715/02, el Artículo 144 de la Ley 115/94, la Ley 1620/13 y su Decreto Reglamentario 1965/13;
CONSIDERANDO Que es deber de la Comunidad Educativa dar cumplimiento y aplicación a los mandatos establecidos en la: Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Derechos Universales del Niño, la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006, denominada: Ley de la Infancia y la Adolescencia, La Ley 115 del 8 de Febrero de 1994, denominada: Ley General de Educación, Ley 87/93, Ley 734/02, Ley 1278/02, Ley 715 de 2002, Ley 1014 del 26 de enero de 2006 para el Fomento a la Cultura del Emprendimiento, Ley 1620/13 y su Decreto Reglamentario 1965/13, por el cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y la mitigación de la violencia escolar, Decreto 3788/86 -prevención de la drogadicción-, Decreto 1860 de 1994, Decreto 1108/94 -porte y consumo de estupefacientes-, Decreto 1883/02, Decreto 1850 de 2002, Decreto 3020 de 2003, Decreto 1290/09, Código de Policía, el Acuerdo 04 de 2000, y demás reglamentaciones vigentes. Que es necesario e indispensable establecer acuerdos y procedimientos que regulen la convivencia y precisar los mecanismos de participación democrática entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa que integran este Colegio. Que es apropiado estimular a quienes en sus relaciones interpersonales, practiquen los valores, los principios y los comportamientos deseables de nuestra sociedad. A su vez, planear e implementar diversas actividades que propendan por la educación integral y la protección de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los estudiantes. Que se debe dotar al COLEGIO NUEVA CONSTITUCIÓN, de un Instrumento legal que contemple los criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a sus semejantes y al bien ajeno, responsabilidad y acato a las disposiciones del Colegio y a la vez se fijen estímulos para una formación Integral, promoviendo los derechos y cumpliendo con los deberes para una sana convivencia integral. -Ley 1098/06, Artículos: 18, 19, 41, 42, 43, y 44- . Que es necesario reconocer los derechos y deberes que les corresponden a todos los integrantes de la Comunidad Educativa, para velar por el obligatorio cumplimiento de éstos. Dando cumplimiento a la Ley 1098 de infancia y a los Artículos mencionados en el numeral 2 y dando cumplimiento a la Ley de Garantes, Artículo 25 del código penal de 2000, -Ley 599-.
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Que la Institución debe procurar el bienestar de la comunidad educativa, en especial de los estudiantes y velar por su integridad, su dignidad, su sano desarrollo y su ejemplar comportamiento en comunidad, además del cumplimiento en el área educativa y de su formación tecnológica, cognitiva y científica, su pleno desarrollo en el área tanto física, como psicológica, emocional, social y moral, fijando normas que así lo garanticen. Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos educativos desde la Ley General de Educación y contemplados en el PEI acorde con lo reglamentado en el Decreto 1860/94. Que el Consejo Directivo, como órgano de representación de los estamentos de la Comunidad Educativa -Estudiantes, Docentes, Administrativos, Ex alumnos (as), Padres de Familia y Directivos, es la instancia superior del Gobierno Escolar en la Institución, con quienes se produjo la concertación y acuerdos democráticos para la adopción del presente Manual de Convivencia, según consta en el Acta N°08 del 28 de agosto de 2015.
RESUELVE: Artículo 1. Modificar y adoptar el presente Manual de Convivencia, del Colegio Nueva Constitución IED, para el año 2015 - 2016. Documento que responde al consenso entre los diferentes órganos del Gobierno Escolar e instancias a saber: Rector, Consejo Directivo, Comité de Convivencia, Consejo de Estudiantes, Personero de los Estudiantes, Consejo de Padres de Familia, Personal Docente y sus representantes.
TITULO I: ALCANCE Y OBJETIVOS Se entenderá por Manual de Convivencia como un conjunto de orientaciones, normas y acuerdos democráticos propios del Colegio Nueva Constitución Institución Educativa Distrital, establecido de acuerdo con la filosofía institucional, las disposiciones constitucionales y legales vigentes que se requieren para el normal funcionamiento de la Institución Educativa, los cuales conducen a resolver las dificultades de manera armónica. Atendiendo a la participación de cada una de las instancias del Gobierno Escolar, el presente Manual de Convivencia, debe ser asumido, respetado y acatado por convicción y de manera obligatoria, para el sano y pleno desarrollo integral de los y las estudiantes y de los demás miembros de la institución en general. Es así como la institución, pretende formar para una sociedad pluralista, democrática, diversa, justa y solidaria, integrada por niños, niñas, adolescentes, adultos y demás miembros de la comunidad educativa a través de: 1.
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La práctica del respeto a la dignidad de los individuos, a su vida, integridad física y moral hacia todos y cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa. -Artículo 44, numeral 4 Ley 1098/06. La valoración y el respeto de los principios y condición étnica, sexual, socioeconómica y de credo o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. -artículo 42 numeral 12 Ley 1098/06-.
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3.
4. 5.
6. 7.
La promoción de la cooperación y participación de los padres de familia o acudientes primeros y principales educadores de sus hijos, hijas o acudidos, para integrar, acompañar y complementar la misión educativa-formativa del hogar. -artículo 39 Ley 1098/06-. Fomento por el respeto por los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los integrantes de la comunidad educativa y el cumplimiento de sus deberes, para una adecuada convivencia. Disposición y regulación de los procedimientos y acciones que ayuden y faciliten la solución de los problemas y conflictos, cuando estos se presenten, acatando el “debido proceso”. -artículo 26 Ley 1098/06 y al artículo 17 del Decreto 1860/94; al igual que a las Leyes: 115/94 y 734/02-. El estímulo, promoción y fomento de los valores mediante la reflexión en los miembros de la comunidad educativa. El cumplimiento del Artículo 41 de la Ley 1098/06, en sus numerales: 8, 9, 19 y 25; así como a los artículos: 42, 43 y 44 de la misma Ley, donde se exigen, se obligan y se consolidan acciones y programas que conlleven al cumplimiento y satisfacción de las premisas que promueve la Ley para las instituciones educativas.
Que el Consejo Directivo se ampara en las leyes y normas nacionales y distritales; además, de las estipuladas en el Manual de Convivencia Escolar y de lo conceptuado por la Corte Constitucional, entre las cuales, se citan las siguientes: “Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92). “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matricula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”. (ST- 235/97). “La Educación surge como un derecho-deber que afecta a todos los que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser”. (ST- 02/92). “La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede respetando el debido proceso, separar a la persona del establecimiento educativo. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. (ST- 316/94). “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen
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interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”. (ST- 519/92). “La función social que cumple la educación hace que dicha garantía se entienda como un derechodeber que genera para el educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso educativo “. (ST- 527/95). “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo, salvo que existen elementos razonables -incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante- que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada”. (ST- 402/92). “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el Manual de Convivencia Escolar que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”. (SC- 555/94). El presente Manual de Convivencia será evaluado al finalizar el periodo establecido, para efectuarle las modificaciones, ajustes, adiciones y/o sustituciones que se consideren convenientes e importantes, de acuerdo con el marco legal jurídico y penal referente al trato y manejo de niños, niñas y adolescentes, es decir los 21 artículos de la Ley de Infancia y Adolescencia pertinentes e inherentes al ámbito escolar, lo contemplado en la Ley 1620/13 y su Decreto Reglamentario 1965/13, las sentencias de la Honorable Corte Constitucional, los fallos de tutela y la ley de los garantes, normativa que se convierte en el soporte y base jurídico – legal del debido proceso de la institución y de las necesidades, expectativas e intereses de la Comunidad Educativa.
Artículo 2.Objetivos. El presente Manual de Convivencia tendrá como objetivos generales y específicos los siguientes: 1. Objetivos Generales a. Servir de instrumento para la aplicación de los mecanismos que facilitan la convivencia social como son: el diálogo, la conciliación y la concertación, la democracia participativa y los derechos humanos, al igual que los aspectos y los valores – principios contemplados en el Horizonte Institucional. b. Ofrecer un medio eficaz para el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, el cual exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la Ley, teniendo en cuenta las condiciones económicas - sociales y culturales de la comunidad educativa.
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c.
Desarrollar las competencias necesarias para un buen desempeño social, con el fin de moderar, auto-regular y auto-controlar las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa.
2. Objetivos Específicos a. b. c. d. e.
f. g.
Lograr que los miembros de la comunidad educativa sean agentes de una vida comunitaria, armónica, justa, fraternal y generosa, que contribuya a la solución pacífica de los conflictos. Fomentar en la comunidad educativa, el sentido de responsabilidad y respeto consigo mismo, con los demás, con el medio ambiente, con la naturaleza, con lo propio y lo ajeno. Desarrollar una capacidad crítica que permita a los integrantes de la comunidad educativa, hacer un correcto uso de la libertad y actuar con justicia. Promover la comunicación asertiva en pro de la felicidad y calidad de vida como herramienta para desenvolverse ante cualquier situación. Impulsar la práctica de principios de comportamiento social, respeto mutuo, tolerancia, reconocimiento delos deberes y derechos humanos, cuidado de la naturaleza y de los bienes comunes y ajenos. Cultivar valores éticos y morales para que el estudiante asuma su compromiso formativo como persona social, trascendente, y activo ciudadano, basados en nuestro PEI. Generar el diálogo vital y fraterno, para enriquecer el espíritu de familia, que facilite conocer y comprender a los niños y jóvenes con el fin de orientarlos en situaciones concretas para responder positivamente a ellas.
TITULOII: DEFINICIONES, PRINCIPIOS Y RESPONSABILIDADES Artículo3.Definiciones. Para efectos del presente Manual se entiende por: 1.
Convivencia escolar. La convivencia es la capacidad de las personas de vivir con otras (convivir) en un marco de respeto mutuo y solidaridad recíproca; implica el reconocimiento y respeto por la diversidad, la capacidad de las personas de entenderse, de valorar y aceptar las diferencias; los puntos de vista de otro y de otros. En el espacio escolar, la convivencia se enseña, se aprende y se refleja en los diversos espacios formativos (en el aula, pasillos, patio, izadas de bandera, ceremonias, jornadas pedagógicas, entre otros), los instrumentos de gestión (el PEI, el Manual de Convivencia, los Planes de Mejoramiento Educativo), y en los espacios de participación.
2.
Competencias ciudadanas. De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.
3.
Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios
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de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables. 4.
Situaciones de convivencia tipo uno (I). De acuerdo con el Artículo 40 del Decreto Reglamentario 1965 de 2013, corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas (que no es repetitiva, ni planeada o intencionada, ni sistemática) que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
5.
Situaciones de convivencia tipo dos (II). De acuerdo con el artículo 40 del Decreto Reglamentario 1965 de 2013, corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños físicos y psicológicos sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
6.
Situaciones de convivencia tipo tres (III).De acuerdo con el Artículo 40 del Decreto Reglamentario 1965 de 2013, corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
7.
Acoso escolar o bullying. De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es una conducta negativa, intencional, metódica, sistemática y reiterativa de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra cualquier miembro de la comunidad educativa: entre estudiantes, docentes contra estudiantes, estudiantes contra docentes, padres de familia contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes o sobre cualquier miembro de la comunidad educativa que se vea afectado, sobre el ambiente de aprendizaje, y el clima escolar del establecimiento educativo.
8.
Ciberbullying o ciberacoso escolar. De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es una forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado a cualquier miembro de la comunidad educativa. Conflictos. De acuerdo con el Artículo 39 del Decreto Reglamentario 1965 de 2013, son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
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10. Conflictos manejados inadecuadamente. De acuerdo con el Artículo 39 del Decreto Reglamentario 1965 de 2013, son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante, y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. 11. Agresión escolar. De acuerdo con el Artículo 39 del Decreto Reglamentario 1965 de 2013, es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otro (s) miembro(s) de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 12. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña, joven o adulto, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". 13. Vulneración de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y adultos: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. 14. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y adultos: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. 15. Conducto regular. Se refiere al orden de instancias a las que hay que acudir para buscar alternativas de solución a los problemas y/o dificultades académicas y disciplinarias que se presenten durante el transcurso de los procesos formativos en el Colegio. Tales instancias son:
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1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Para casos académicos: Profesor de la asignatura. Director de Grupo. Coordinador. Comité de Evaluación y Promoción Consejo Académico. Rector. Consejo Directivo.
Para casos disciplinarios: 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Profesor que observa la falta. Director de Grupo. Coordinador. Comité Escolar de Convivencia Rector. Consejo Directivo.
Orientación es parte de la ruta de atención integral de los casos especiales que lo requieran de acuerdo con los protocolos establecidos para las situaciones de convivencia tipo I, II y III. 16. Debido proceso. El debido proceso es un principio por el cual se deben respetar todos los derechos que posee una persona cuando se está investigando su responsabilidad en relación a una falta cometida. Es un principio según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, establecidas en la Constitución y la Ley tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo, a permitirle tener la oportunidad de ser oída. 17. Ruta de atención integral. Son las acciones que deben ser desarrolladas por las instancias y actores del Comité de Convivencia Escolar, en relación con sus cuatro componentes: promoción, prevención, atención y seguimiento.
Artículo 4. Principios. Para efectos del presente Manual y de acuerdo con la Ley 1620/13, son principios de la Convivencia Escolar, y Formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar: 1.
Democracia y participación. En virtud de este principio el Colegio Nueva Constitución garantizará su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines contemplados en la Ley 1620 de 2013, en concordancia con la Ley 115 de 1994 y de los Artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006. El colegio de igual forma garantizará el derecho a la participación de todos los integrantes de la comunidad educativa, en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten en pro del fortalecimiento de una convivencia sana y armónica. Las decisiones que afecten positiva o negativamente a la comunidad educativa, serán analizadas por los representantes de cada uno de los estamentos.
2.
Corresponsabilidad. La familia, el Colegio Nueva Constitución, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas, adolescentes y adultos desde sus respectivos ámbitos de acción.
3.
Autonomía. El Colegio Nueva Constitución es autónomo en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.
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4.
Diversidad. El presente Manual de Convivencia garantizará el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia, condición física, social o cultural. Los niños, niñas, adolescentes y adultos, tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
5.
Integralidad. La filosofía del presente Manual será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autoevaluación y la autorregulación del individuo, donde se logre realizar ejercicios de conciencia que faciliten la aceptación de su responsabilidad individual y social en la dinámica de vivir y convivir.
Artículo 5. Responsabilidades de la Institución Educativa. Será responsabilidad de la institución en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, las siguientes: 1.
Implementar el Comité Escolar de Convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos12 y 13 de la Ley 1620 de 2013. Conformación del Comité Escolar de Convivencia. El Comité Escolar de Convivencia estará constituido por:
El Rector, quien preside el comité El Personero Estudiantil Orientadores Coordinadores de Convivencia Un representante del Consejo de Padres de Familia El Presidente del Consejo de Estudiantes Dos docentes que lideren procesos o estrategias de convivencia escolar.
Parágrafo 1. El Comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. Funciones del Comité Escolar de Convivencia. Son funciones del comité:
Sesionar una vez al mes de manera ordinaria y extraordinaria cuando amerite. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre Padres de Familia y docentes, entre estudiantes y entre docentes. Liderar en la Institución acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. Promover la vinculación de la institución a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la ciudad y que respondan a las necesidades de la comunidad educativa.
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Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero de la Institución. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluarla convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
Parágrafo: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 2.
Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
3.
Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del Manual de Convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores, directivos docentes y padres de familia.
4.
Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, y el Sistema Institucional de Evaluación, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
5.
Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del Colegio e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.
6.
Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia, el acoso escolar y la vulneración de los
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derechos sexuales y reproductivos; de la misma manera, el impacto de estos factores, incorporando el conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando el respeto mutuo y la tolerancia. 7.
Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.
8.
Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
Artículo 6. Responsabilidades del Rector. Será responsabilidad del Rector en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, las siguientes: 1.
Liderar el Comité Escolar de Convivencia acorde con lo estipulado en los Artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1620 de 2013.
2.
Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
3.
Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
4.
Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas, adolescentes y adultos del colegio, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.
Artículo 7. Responsabilidades de los Docentes y Directivos Docentes Coordinadores. Será responsabilidad de los Docentes y Coordinadores, en el sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, las siguientes: 1.
Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes de la Institución, acorde con los Artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
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Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 2.
Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
3.
Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
4.
Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia.
Artículo 8. Responsabilidades de los Orientadores. Será responsabilidad de los Orientadores, en el sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, las siguientes: 1.
Contribuir con la dirección para identificar los factores de riesgo que influyen en la vida de los estudiantes.
2.
Documentar y registrar en el sistema de información los casos institucionales.
3.
Actuar como enlace y apoyo en la remisión de casos.
4.
Realizar procesos de orientación y asesoría a los casos individuales y grupales que ameriten intervención, siguiendo los protocolos establecidos.
5.
Participar en la construcción, socialización e implementación del Manual de Convivencia.
6.
Involucrar a las familias en la ruta de atención integral para los casos de violencia escolar y vulneración de derechos.
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TITULO III: CARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN Artículo 9. Datos De Identificación
Nombre: Dirección: Teléfonos: Fundación: Aprobación:
Nombre del P. E. I.: Calendario: Carácter: Naturaleza:
COLEGIO NUEVA CONSTITUCIÓN IED Carrera 107B No. 74B31 4312660 1973 Acuerdo 17 del 13 de octubre de 1992, según Resolución No.5581. Con las políticas establecidas por la SED en las que en su reordenamiento e integración de las instituciones y según la resolución No 3659 del 15 de Noviembre de 2002 el colegio se identifica como Institución Educativa Distrital “Nueva Constitución”. “Lideres éticos y conciliadores, capaces de construir y transformar mediante una comunicación asertiva” A. Jornadas: Mañana, Tarde, Noche Estatal, Oficial; Mixta; Sede Única. Jornada Diurna: Transición, Básica Primaria y Secundaria, Media. Jornada Nocturna: Ciclos 2, 3, 4 y 5 de adultos.
Niveles que ofrece:
Especialidad: Título Que Expide: Convenios:
La jornada nocturna está enmarcada en el Decreto 3011 de 1996: educación para adultos, la cual tiene una población escolar organizada por ciclos, con edades comprendidas entre los 13 y 80 años, y cuyo contexto social se caracteriza por ser:
Personas que han suspendido sus estudios durante un tiempo prolongado. Una población vulnerable compuesta por estudiantes en situación de desplazamiento, desvinculados y desmovilizados del conflicto armado, madres cabeza de familia, trabajadores formales e informales, desempleados, estudiantes con medidas de protección del ICBF, entre otros. Comunicación asertiva – Conciliación y solución de conflictos Bachiller Académico. Media fortalecida – Universidad Minuto de Dios
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Artículo 10. Horizonte Institucional MISIÓN La institución educativa Colegio Distrital Nueva Constitución, ofrece Educación Preescolar, Primaria, Básica y Media; educación para adultos en la jornada nocturna, desarrollando su función social en un ambiente alegre, acogedor, con un acompañamiento escolar desde la afectividad y la calidad. Se implementan estrategias significativas de aprendizaje y de formación para promover competencias desde el ser, el hacer y el saber, las cuales regulan la convivencia armónica y fraterna. Conformamos un equipo profesional comprometido, ético y competente, enriquecido por el fortalecimiento de valores que nos permiten un crecimiento permanente. VISIÓN La Institución Educativa Colegio Distrital Nueva Constitución, ofrecerá hacia el 2020 un servicio de reconocida calidad. Se destacará por su organización y liderazgo institucional; ofrecerá a las familias, empresas y sociedad, alumnos competentes con una formación personal y académica significativa y exitosa. Tendrá un equipo de trabajo sólido, ético y competente. La institución se caracterizará por su ambiente armónico y fraterno; su disponibilidad para el servicio, la orientación oportuna a su personal y el fortalecimiento de saberes y competencias básicas. Estará dotada de óptimos espacios pedagógicos acordes con las exigencias ambientales y tecnológicas del momento. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL El Colegio Distrital Nueva Constitución, se ha propuesto ofrecer los tres niveles de educación: Preescolar, Básica y Media, con el fin de fomentar el desarrollo humano integral de los estudiantes y de la comunidad educativa en general para ayudar a formar un futuro ciudadano con niveles elevados de autocontrol y autorregulación, competente para gestionar su avance intelectual, cultural, social y laboral; capaz de convivir solidariamente, deseoso del saber y provisto de gran calidad humana, en pro de una sociedad que sea justa, responsable y participativa. La institución forma parte del conjunto de organizaciones educativas del estado que procuran la construcción y desarrollo de nuevas formas de convivencia social, que garantizan el respeto a la vida y a los derechos humanos. DE LA DIGNIDAD HUMANA: La dignidad es propia del ser humano, es el respeto de sí mismo y el reconocimiento como persona y como ciudadano; es el conjunto de los derechos fundamentales que desde el derecho natural cobijan como garantías a la persona. Este principio lleva a que las normas y
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los procesos correctivos que se hagan necesarios, en cada estudiante, sean compatibles con la dignidad humana. DE LA FORMACIÓN INTEGRAL: La formación integral hace alusión al pleno desarrollo en los estudiante en los aspectos físicos, morales, cognitivos y sociales, de acuerdo con sus habilidades y destrezas, con el fin de prepararlos para la realización de su proyecto de vida. Hace referencia entonces a brindarle al estudiante los conocimientos científicos, tecnológicos e investigativos, a propiciarle los bienes y los valores del medio social y cultural, a infundirle el respeto por los derechos humanos, el espíritu de paz, la tolerancia y la solidaridad, entre otros. DEL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD: Este principio se refiere a la autonomía, capacidad de autocontrol y dominio que el sujeto va logrando a través de su interacción con el medio social y familiar, implicando el derecho de que cada persona sea dueña de sí misma y de sus actos. DE LA SOLIDARIDAD Y LA TOLERANCIA: Es construir lazos de hermandad aceptando las diferencias, propiciando un ambiente de estudio y de unión en el trabajo, caracterizado por una mutua acogida, una atmósfera de confianza, cariño, afecto, amabilidad, bondad, seguridad, respeto y comprensión; que incluye las relaciones entre las personas y fomenta la comunicación asertiva. DE LA IGUALDAD: Todas las personas nacen libres e iguales ante Dios y ante las leyes; recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de género, etnia, origen nacional o familiar, lengua religión, opinión política, ideología o filosófica. De acuerdo con la Constitución Política de Colombia, el colegio protegerá especialmente a aquellos estudiantes que por su vulnerabilidad manifiesta, se encuentren en situaciones de riesgo y controlará los abusos o maltratos que contra ellos se cometan. DE LA PARTICIPACIÓN: La participación se entiende como el aporte responsable al trabajo colectivo de cada uno de los integrantes de la institución como generadores e impulsores de iniciativas. DE LA LEALTAD: La lealtad se entiende como el ser fiel a principios y valores reconocidos por la sociedad como generadores y promotores del bien común. DEL DEBIDO PROCESO: Es un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo dentro del proceso, y a permitirle tener oportunidad de ser oído y hacer valer su derecho a la defensa. “Toda persona se presume inocente, tiene derecho a la defensa, debe respetarse el derecho a la defensa y demás principios fundamentales”. Este principio constitucional procede en todas las instancias e instituciones educativas. DE LO PÚBLICO: Lo público es espacio común, ambiente comunitario generado por la convivencia grupal, donde todos los pobladores tienen responsabilidad frente a la vida, la salud, la educación, la cultura, la paz, consiste en cuidar los bienes económicos y los enseres de uso colectivo.
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DE LA COMUNICACIÓN: La comunicación es una de las dimensiones que identifica a la persona quien crece en el encuentro con los demás. A través de la comunicación se informa, se interpreta, se interpela, se explica; además se crean y recrean nuevos mundos. DE LA LIBERTAD: La persona verdaderamente libre es aquella que responde, que se compromete, que tiene capacidad de decisión y de proponer alternativas, que es cada día más autónoma. Sólo así la libertad fortalece la unión, la responsabilidad, la comunidad. DE LA RESPONSABILIDAD: El ser humano en la medida que se desarrolla en el ambiente familiar y social, comienza a responder por determinadas tareas que debe asumir dentro de sus funciones, o que se le asignan según su edad y capacidad. Esta actitud de responder por una función, tarea o compromiso forma el valor de la responsabilidad. Empieza, pues, la responsabilidad a formarse en la familia y se va afianzando en el ámbito escolar y social. La persona responsable ejercita, a su vez, otras virtudes que le permiten crecer integralmente tales como: El orden o planeación de actividades; la voluntad de ejecutarlas; la constancia en realizarlas; la estética o belleza para presentarlas; la puntualidad para entregarlas; la disponibilidad para compartirlas; la humildad para recibir las sugerencias y mejorarlas; y la firmeza de ánimo y carácter para responder cada vez mejor. DE LA TOLERANCIA: Tolerar es la capacidad de aceptar a la otra persona con sus características individuales: entender que es otra distinta a mí, que la diferencia es el aporte principal que enriquece a la comunidad. Tolerares disfrutar de la presencia del otro, sin tener que soportarlo; es acompañar para ayudar a crecer, sin limitarme a criticarlo; es compartir las capacidades, posibilidades y oportunidades, sin experimentar una simple compasión. Es, en definitiva, saber que el otro es un ser humano con quien me comunico e interactúo para construir juntos la sociedad. DE LA EDUCACIÓN: Base del desarrollo personal y social, de la convivencia pacífica, de la justicia, de la equidad, en busca de la eficiencia y calidad. La educación integral se traduce en el desarrollo de las potencialidades humanas, gracias al desarrollo de la autonomía y la libertad. La educación busca el logro de la formación integral, la justicia y la paz, como garantes de la convivencia universal. DE LA PERSONA: Sujeto de la educación es el determinante primario del quehacer pedagógico, administrador de la naturaleza, la cual debe preservar y proteger. El ser humano se reconoce como ser histórico y cultural, protagonista de su propio destino. DEL ASPECTO SOCIAL: Teniendo como base la democracia, la justicia social el respeto a la ley, en la medida en que todos y cada uno de los miembros de la comunidad respetan la constitución y la ley, se logrará una sociedad justa, participativa, democrática y con elevados desarrollos intelectuales. DEL CONOCIMIENTO: Entendido como la profundización y apropiación de saberes, encuentra el porqué de los fenómenos y sigue una técnica de estudio en la cual se observe, se analice, se cuestione, se argumente y se obtengan conclusiones válidas que permitan comprobar que se ha aprendido lo deseado y lo necesario.
PRINCIPIOS
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PROBIDAD: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben actuar con rectitud e integridad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpuesta persona. También está obligado a exteriorizar una conducta recta y leal. HONESTIDAD: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben actuar de acuerdo con ciertas normas morales, propias de alguien digno y honrado. TRANSPARENCIA: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben proyectar confianza, basada en la dignidad, la integridad, la autorregulación personal y ajustar su conducta acorde con los valores institucionales. SOLIDARIDAD: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben actuar en forma solidaria, competente, eficiente y oportuna, manifestando el deseo de ayuda a los demás como medio para superar dificultades. COMPROMISO: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben demostrar un fuerte deseo por permanecer en la Institución, manifestando alto nivel de esfuerzo, de convicción y aceptación delos valores y metas organizacionales. JUSTICIA Y EQUIDAD: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben tratar en forma justa, respetuosa e imparcial a todos los ciudadanos y compañeros, actuando según rigorosos principios de neutralidad, evitando beneficiar o perjudicar a cualquier persona, ya sea por su situación económica o condición social, convicciones políticas, religiosas, ideológicas o gremiales. RESPONSABILIDAD: los estudiantes del Colegio Nueva Constitución deben estudiar con responsabilidad, asumiendo como propios los retos que su avance personal le permita y compartiendo de manera conjunta sus éxitos y sus fracasos. RESPETO CONSTANTE POR LA GENTE: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben relacionarse con los demás con dignidad, discreción, confianza, amabilidad y gentileza. TOLERANCIA: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben comportarse con cortesía y consideración en todas sus actuaciones. LEALTAD: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución deben cumplir todos sus compromisos académicos y de desempeño social con fidelidad, rectitud y honor.
VALORES
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TRABAJO EN EQUIPO: los estudiantes del Colegio Nueva Constitución estudiarán mediante un esfuerzo cooperativo, espíritu innovador y emprendedor para alcanzar resultados y metas comunes. LIDERAZGO: los estudiantes del Colegio Nueva Constitución se caracterizarán por su capacidad de involucrar a los demás en el logro de los objetivos, con su ejemplo, visión de futuro y valores organizacionales. VOCACIÓN DE SERVICIO: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución estarán comprometidos en mantener relaciones interpersonales caracterizadas por la calidad, amabilidad, confiabilidad, oportunidad y respeto que genere satisfacción en las demás personas. OPTIMIZACIÓN DE RECURSOS: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución harán el mejor uso de los recursos físicos y cuidarán todos y cada uno de los elementos del colegio como bienes del Estado y por consiguiente, de la comunidad. AUTOCONTROL: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución desarrollarán su capacidad de autoevaluación y autocontrol, en todos y cada uno de los actos de su vida como estudiante. PASIÓN Y DILIGENCIA EN EL ESTUDIO: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución realizarán sus labores académicas, lúdicas y deportivas con esmero, dedicación, atención y empeño. MOTIVACIÓN AL ÉXITO: los integrantes de la comunidad educativa del Colegio Nueva Constitución están dotados de talentos que deben aprovechar para bien propio y para los demás, con el fin de construir su proyecto de vida.
TITULO IV- PROCESO Y DERECHO DE ADMISIÓN Artículo 11. De La Admisión. La admisión es el acto mediante al cual el padre selecciona la institución. Se aceptan los estudiantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos por la SED y el colegio, e igualmente quienes acojan como propio este Manual de Convivencia con el cual se comprometen y acatan su cumplimiento.
Artículo 12. Matrícula: Es el acto -administrativo y académico-, que formaliza la vinculación del estudiante al servicio educativo, -Artículo 95 Ley General de Educación-, ante la autoridad educativa, por medio del cual la persona admitida adquiere la condición de estudiante. Con el hecho de registrar o de renovar la matrícula, el estudiante, y los padres de familia, representante legal o quien firma como acudiente del estudiante, se compromete a observar y cumplir el Manual de Convivencia; y demás disposiciones emanadas del Colegio Nueva Constitución Institución Educativa Distrital. Los Estudiantes que aspiren a ingresar al Colegio Nueva Constitución Institución Educativa Distrital, así como sus padres, representantes legales o acudientes, deben conocer y respetar la sentencia de la Corte, que declara que la matrícula se constituye como un Contrato de Naturaleza Civil, que dice: “Al
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momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92). Para lo cual, se deben cumplir los siguientes requisitos: 1.
Estudiantes Nuevos: En los Nivel de: Preescolar – Jardín, Pre jardín y Transición- ; Básica, Ciclos de Primaria, -Grados 1° a 5°, Secundaria – grados 6° a 9°, Media – grados 10° y 11°, Ciclos 2, 3, 4, 5 y 6 de Educación para Adultos, quienes deben presentar los requisitos de ley.
2.
Estudiantes Antiguos: En los niveles de: Preescolar – Jardín, Pre jardín y Transición- ; Básica Primaria, -grados 1° a 5°; Secundaria – grados 6° a 9°; Media – grados 10° y 11° y Ciclos 2,3,4, 5 y 6 de educación para adultos.
3.
Los y las estudiantes deben presentarse con el padre, o madre de familia, acudiente o representante legal autorizado por escrito para la matrícula con el fin de asegurar la responsabilidad compartida en el proceso educativo y cumplir con las exigencias del Colegio Nueva Constitución Institución Educativa Distrital.
Parágrafo 1. Solo se acepta acudiente, diferente a los padres, en el caso que el estudiante no viva con ellos y tenga autorización de la Comisaría de Familia correspondiente.
Parágrafo 2. El padre de familia en el momento de la matrícula suministrará información veraz y actualizada para posibilitar una comunicación efectiva y oportuna. A su vez, firmará un consentimiento para utilizar con fines académicos –institucionales, información personal, material audiovisual y fotográfico donde esté registrado su hijo o acudido.
Parágrafo 3. Para su admisión, la Rectoría estudiará los casos especiales de estudiantes con problemas disciplinarios y extra edad.
TITULO V: DEBERES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARA CON LOS NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y ADULTOS Artículo 13. El Colegio Nueva Constitución I.E.D tiene los siguientes deberes y obligaciones, de acuerdo con el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006): 1. 2. 3.
Garantizar a los niños, a las niñas y adolescentes el pleno y armonioso desarrollo en la comunidad estudiantil, sin ninguna clase de discriminación (Art. 1º finalidad). Garantizar a los niños, las niñas y los adolescentes, el ejercicio de los derechos y libertades consagrados en los derechos humanos, en la Constitución y la Ley (Art. 2º objeto). Brindar a los niños, las niñas y los adolescentes, una educación pertinente y de calidad. (Art. 28 derecho a la educación. Núm. 2º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas).
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Los establecimientos públicos de educación, no podrán abstenerse a recibir a los niños, las niñas y los adolescentes que soliciten educación. (Art. 28 derecho a la educación). Facilitar y no restringir la participación de los niños, las niñas y los adolescentes en la gestión académica y las actividades que se realicen en el establecimiento educativo. (Art. 31. Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes. Núm. 4º.Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Permitir el ejercicio del derecho de reunión y asociación de los niños, niñas y adolescentes. (Art. 32 derecho de asociación y reunión). Proteger el derecho a la intimidad personal de los niños, las niñas y los adolescentes. No permitir que los directivos y docentes tengan injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, la de su familia, domicilio y correspondencia (Art. 33 derecho a la intimidad). Garantizar la protección y pleno respeto a los niños, las niñas y los adolescentes dentro de la convivencia escolar, de toda conducta, acción o circunstancia que afecte su dignidad, vida, integridad física y moral evitando cualquier conducta discriminatoria por razones de género, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra condición que afecte el ejercicio de sus derechos. (Art. 33 derecho a la intimidad. Núm. 3º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas. Art. 43 obligación ética fundamental de los establecimientos educativos). Permitir el acceso de los niños, niñas y adolescentes, a los distintos medios de comunicación que dispongan el establecimiento educativo. (Art. 34 derecho a la información). Garantizar el libre desarrollo de la personalidad y autonomía personal de los niños, niñas y adolescentes estudiantes; la libertad de conciencia y de creencias; la libertad de cultos; la libertad de pensamiento; la libertad de locomoción (Art. 37 libertades fundamentales). Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia (Núm. 1º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. (Núm. 5º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. (Núm. 6º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. (Núm. 7º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. (Núm. 8º.Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. (Núm. 9º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. (Núm. 10º. Art.42 obligaciones especiales de las instituciones educativas). Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.(Núm. 11º. Art. 42 obligaciones especiales de las instituciones educativas).
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19. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. (Núm. 1º. Art. 43 obligación ética fundamental de los establecimientos educativos). 20. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. (Núm. 2º. Art. 43 obligación ética fundamental de los establecimientos educativos). 21. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. (Núm. 3º. Art. 43 obligación ética fundamental de los establecimientos educativos). 22. Establecer mecanismos para comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento, de los niños, niñas y adolescentes (Núm. 1º. Art. 44 obligaciones complementarios de las instituciones educativas). 23. Establecer mecanismos para la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. (Núm. 2º. Art. 44 obligaciones complementarios de las instituciones educativas). 24. Establecer mecanismos para comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. (Núm. 3º. Art. 44 obligaciones complementarios de las instituciones educativas). 25. Establecer mecanismos para garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.(Núm. 4º. Art. 44 obligaciones complementarios de las instituciones educativas). 26. Establecer mecanismos para proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. (Núm. 5º. Art. 44 obligaciones complementarias de las instituciones educativas). 27. Establecer mecanismos para prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo DENTRO Y alrededor de las instalaciones educativas. (Núm. 7º. Art. 44 obligaciones complementarios de las instituciones educativas). 28. Establecer mecanismos para coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. (Núm. 8º. Art. 44 obligaciones complementarios de las instituciones educativas). 29. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. (Art. 44 Núm. 9º obligaciones complementarias de las instituciones educativas). 30. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja (Núm. 10º. Art. 44 obligaciones complementarios de las instituciones educativas). 31. Abstenerse de incluir en el Manual de Convivencia sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. (Art. 45 Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes).
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32. Utilizar adecuadamente la información personal de los estudiantes y el material audiovisual y fotográfico donde estén registrados los menores de edad, previo consentimiento del padre de familia o acudiente.
TITULO VI: PERFIL, DERECHOS Y DEBERESDE LOS ESTUDIANTES Se define el perfil, deberes y derechos del estudiante consigo mismo, con los demás miembros de la comunidad educativa y con el ambiente escolar. El objetivo es garantizar el mutuo respeto entre los miembros de la comunidad educativa y con los elementos del entorno.
Artículo 14. Perfil de los estudiantes El ideal educativo del Colegio es formar personas capaces de asumir una actitud crítica, creativa, sincera, honesta y justa, alimentada por el desarrollo físico-lúdico, el desarrollo del pensamiento, la construcción de valores y el cultivo de capacidades y competencias propias del ser humano para el siglo XXI como el trabajo en equipo, la creatividad, la originalidad, la comunicación y el manejo de diferentes lenguajes para la solución de problemas y conflictos al igual que la cultura para el trabajo.
Artículo 15. Derechos de los estudiantes. El Colegio Distrital Nueva Constitución, aplicará, promoverá y defenderá todos los valores, principios, programas, políticas, normas y criterios que beneficien a los niños, jóvenes y adultos colombianos, especialmente lo establecido en el Artículo 44 de la Constitución Política, referido a los derechos de los niños. Son derecho de los estudiantes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13.
Conocer oportunamente el presente Manual de Convivencia. Ser valorado como persona y miembro de la comunidad y respetado en su dignidad personal. Expresar sus ideas, hacer sugerencias en beneficio de la comunidad dentro de las normas de urbanidad. Solicitar las explicaciones y aclaraciones que puedan ser necesarias. Elegir y ser elegido como representante del estudiantado en los comités de participación del Colegio. Ser recogido por sus padres responsables dentro del horario establecido por la Institución. Ser evaluado de manera integral, con justicia, conociendo oportunamente los resultados de sus evaluaciones. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje. Disfrutar del descanso, del juego, de las actividades, según el horario y las normas establecidas. Hacer uso de la biblioteca y servicio de cafetería, en el horario establecido. Hacer uso, según las normas establecidas, de las instalaciones, muebles y todos los materiales asignados a las actividades propias del Colegio.
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14. Presentar en forma respetuosa a las autoridades del Colegio las sugerencias y hacer las observaciones que considere convenientes para la buena marcha de la institución. 15. Ser atendido en todo lo que atañe a su condición de estudiante. 16. Proponer intercambios culturales, deportivos y científicos con otros planteles de la ciudad o de la región; si son aprobados, realizarlos bajo la vigilancia de los profesores designados por el Colegio. 17. Representar al Colegio en las diferentes actividades de tipo cultural académico y deportivo. 18. Recibir el servicio educativo según lo establecido por el MEN y la SED, respetando el calendario académico anual establecido. 19. Participar activamente en el proceso enseñanza-aprendizaje, así como en programas de salud, bienestar social y recibir ayuda especializada para superar sus dificultades. 20. No ser sometidos a ningún tipo de discriminación por motivos o razones de género, raza, religión, opinión política, pensamiento, condición social, limitaciones físicas, origen nacional o familiar. 21. Contar con el apoyo del representante legal, padre o madre, quien a través de la legitimación de la matrícula, asuma la responsabilidad de garantizar el derecho a la educación. 22. Todo estudiante tiene derecho al debido proceso. 23. Conocer al inicio del año escolar los Planes de Área o Asignatura, logros, criterios de evaluación y actividades complementarias. 24. Ser evaluados de acuerdo con los logros del aprendizaje previamente establecidos y conocidos, y de acuerdo con el sistema de evaluación propuesto por el MEN, la SED y la institución. 25. Presentar las evaluaciones aplazadas por ausencias justificadas con la autorización de coordinación. 26. Recibir una formación integral que desarrolle al máximo sus potencialidades en el aspecto físico, académico, psicológico y social. 27. Disfrutar de un ambiente de confianza, alegría y orden, reflejado en el aseo y condiciones del entorno. 28. Obtener oportunamente los certificados o constancias de estudios que requiera. 29. Disfrutar de la recreación y el deporte organizado y dirigido. 30. Recibir por parte de sus padres los implementos y medios necesarios para cumplir con su trabajo escolar. 31. Recibir todas las clases completas, programadas en el horario establecido.
Parágrafo: En la jornada nocturna, los/las estudiantes mayores de 18 años son acudientes de sí mismos para efectos de legalización de matrícula, de informes académicos, graduación como bachilleres y responden por sus propios actos.
Artículo 16. Deberes de los estudiantes. Los estudiantes deberán cumplir con las obligaciones emanadas de la Constitución Política, las leyes de la República y el Manual de Convivencia, en relación con su derecho a la educación y de manera específica con los siguientes deberes que surgen de tales obligaciones: (Res. 1740 de 2009, Art 8 ) 1.
Cumplir con el horario establecido, ser puntual a la entrada y salida de la institución, y demás eventos que programe el colegio. Asistir a clase, presentar evaluaciones; presentar la excusa por escrito para justificar ausencias a clases el día hábil siguiente a la inasistencia con firma, número de cédula y teléfono de los padres de familia.
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Asistir puntual y responsablemente a las actividades de refuerzo o planes de mejoramiento académico, haciendo entrega de las guías propuestas. Presentar adecuadamente y en forma oportuna todas las evaluaciones, tareas, trabajos, talleres, que le sean asignados. Utilizar única y exclusivamente la puerta de acceso para entrar y salir de la Institución. Tratar con justicia y respeto a todas las personas con quienes interactúa. Obrar conforme a los principios de la responsabilidad, la justicia, la honestidad, el amor y la sinceridad. Comunicar a los padres, a la mayor brevedad, cualquier aviso, citación o informe que realicen los profesores o directivos de la institución. Portar con decoro y respeto el uniforme que lo identifica como estudiante dentro y fuera de la Institución. No portar adornos ni accesorios adicionales -manillas, collares, gargantillas, joyas, piercings u otros elementos que no son parte del uniforme-. Portar el uniforme de educación física exclusivamente los días asignados para la clase y salidas pedagógicas que lo ameriten. Presentarse en óptimas condiciones de aseo personal y sin maquillaje. Comportarse adecuadamente dentro y fuera del colegio o en representación del mismo. - salidas pedagógicas, convivencias, competencias deportivas y actividades artísticas, culturales, izadas de bandera, servicios o festividades, y en general en todo acto de comunidad. Respetar y valorar los símbolos patrios, e institucionales; así como entonar los himnos dando ejemplo de civismo y sentido de pertenencia. Cuidar y proteger todos los recursos existentes en el colegio; hacer uso adecuado de los libros y materiales didácticos que el Colegio le facilite, hacerse responsable por los daños causados. Hacer buen uso de las aulas de clase, patios, pasillos, baños, laboratorios, salas de informática, biblioteca, auditorio, tienda escolar. -NO escribir grafitis ni mensajes de ninguna clase en puertas y/o paredes. De comprobarse su participación en ese hecho, los padres resarcirán los daños. Aprovechar al máximo las oportunidades educativas que le ofrece la institución asistiendo los sábados que se requiera para participar en proyectos, cumpliendo las actividades escolares y extra escolares. No asistir al colegio cuando presente síntomas de enfermedades infectocontagiosas u otras que le impidan estar en comunidad. Al reintegro presentar el certificado médico. Solicitar permiso al profesor cuando, por causa justa, necesite ausentarse del salón de clases. Los alumnos que ingresan a la institución no podrán salir sino exclusivamente con sus padres en horario de jornada con una autorización firmada por la coordinación. Demostrar con sus actitudes el sentido de pertenencia y aprecio por El Colegio, promover los valores humanos con su ejemplo y actitud. Fortalecer actitudes, valores y principios para una sana convivencia a través del diálogo, la comunicación oportuna, Utilizar un vocabulario adecuado con todas las personas de la comunidad educativa.
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18. Evitar acciones que atenten contra la integridad física y la dignidad humana. -No participar en riñas, agresiones verbales o físicas a los compañeros, docentes, directivos y demás integrantes de la comunidad educativa, dentro o fuera del colegio-. No lastimar física o sicológicamente a ningún miembro de la comunidad, Demostrar actitudes de respeto y pudor en sus manifestaciones de afecto en público. Abstenerse de conformar pandillas juveniles. 19. Demostrar buen comportamiento en el desarrollo de su trabajo en el salón de clase, en presencia o ausencia del profesor. Mostrar un cambio de actitud frente a los llamados de atención. Desarrollar con interés, puntualidad y calidad las actividades escolares y extraescolares que le sean asignadas. 20. No consumir ni distribuir drogas, substancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, cigarrillos u otras sustancias nocivas para el organismo. No está permitido la tenencia y porte de armas de fuego, armas blancas y mucho menos su comercio. 21. Abstenerse de recibir o comprar fuera de la institución, alimentos y/o artículos ofrecidos por los vendedores ambulantes y/o sitios comerciales aledaños desconocidos, ello con el fi n de prevenir cualquier intoxicación. –El Colegio queda exonerado y se exime de cualquier responsabilidad. 22. Respetar la opinión de sus compañeros, profesores y demás personas de la institución, sin comentarios de burla, desprecio o discriminación. 23. Abstenerse de portar revistas, dibujos, videos, juegos pornográficos o utilizar el servicio de Internet del colegio para entrar a páginas no permitidas. 24. Respetar el buen nombre de docentes, directivas y demás funcionarios del colegio utilizando un lenguaje correcto y libre de calumnias e injurias. No incurrir en hechos de hostigamiento que incluya amenaza, injuria, perjurio o calumnia. 25. Abstenerse de Traer reproductores de sonido, cámaras fotográficas, juegos de video, artículos eléctricos o electrónicos y cualquier otro elemento, -En caso de pérdida de los mismos, la institución se exonera y exime de cualquier responsabilidad. 26. Acatar las normas establecidas con relación a los delitos informáticos. Evitar el uso de redes sociales y páginas de internet para agredir, difamar y/o amenazar a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa, evitar la incitación a cualquier acto de violencia. 27. Adquirir conocimientos y actualizarse en la modalidad que su proyecto de vida le oriente, con el fin de buscar mayores oportunidades de vincularse al campo laboral y productivo. 28. Auto estimarse, ser responsable, respetuoso, puntual, organizado y actuar con racionalidad, justicia y honradez. 29. Auto Controlarse, auto-regularse, con el fin de ser útil a la sociedad teniendo como herramienta la independencia cognitiva. Parágrafo. Regulación - manejo del teléfono celular, el timbre del celular no debe interrumpir el normal desarrollo de las clases, actos culturales y reuniones, y se reserva su uso sólo en el descanso, por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. En caso de portar reproductores de sonido o cualquier instrumento de comunicación, en igualdad de condiciones, sólo se pueden usar en el descanso.
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En caso de pérdida de cualquiera de los anteriores elementos electrónicos o tecnológicos, será única y exclusivamente de responsabilidad del estudiante, quedando el Colegio eximido de cualquier situación con respecto a dichos equipos.
TITULO VII. PERFIL, DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES Artículo 17. Perfil del educador Tener vocación, lo que significa desempeñar su labor con amor, constancia y responsabilidad. Tener sentido de pertenencia, que se identifique y comprometa con la filosofía y los objetivos del colegio, manifestando su lealtad, fidelidad a la institución no sólo con palabras sino con sus actitudes. Ser una persona dinámica llamada cada vez más a un mayor grado de superación y trascendencia. Ser equilibrado con un auto imagen positiva, con estabilidad de ánimo, sereno, seguro de sí mismo. Que conozca a sus estudiantes objetivamente, que comprenda los cambios generacionales y los acompañe en el proceso de maduración. Ser un profesional en continúa actualización y formación la cual implementa de acuerdo con las exigencias propias del momento, su cargo, grado a cargo y actividades que propone realizar. Con conciencia crítica. Con capacidad de liderazgo y decisión de orientar su propia vida manteniendo una actitud optima, esperanzadora y motivante, que se proyecte en sus estudiantes. Interactivo y atento por los avances de la ciencia y de la tecnología, que emplee la crítica y creativamente los medios de comunicación. Una persona que reconoce y aprecia los aportes de sus colegas, directivos y comparta con ellos sus propias ideas, habilidades y talentos. Que esté dispuesto a escuchar a sus estudiantes cuando lo necesiten persona dispuesta a dar buen ejemplo con sus actitudes y pensamientos. Ser imparcial, ecuánime con la participación de sus estudiantes en sus actividades cotidianas. Utilizar términos con tono adecuado en la comunicación con sus educandos.
Artículo 18. Derechos de los Docentes. Todo docente (incluyendo Orientadores y Directivos), vinculado a la Institución tendrá derecho a los aspectos contemplados en la Constitución Nacional, en el Estatuto Docente y en la Legislación Laboral. Por tanto, tendrá derecho a: 1. 2.
Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias que contribuyan en la formación integral de todos los miembros de la comunidad educativa. Respetándole los derechos de autor, según sea el caso. Conformar grupos de estudio, de investigación, literarios, artísticos y pedagógicos que le posibiliten un mayor crecimiento personal.
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3.
4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13.
14.
Ser evaluado de manera justa, de acuerdo con las exigencias de la Institución y según sus capacidades y limitaciones y a ser informado al respecto en el momento oportuno, según el Decreto 1278 de 2002. Conocer previamente las normas y programación, la asignación académica, horario y demás responsabilidades que le asigne la institución. Participar en la elaboración, modificación e implementación de los diferentes componentes del Proyecto Educativo Institucional (PEI). Representar al colegio como institución educativa en las diversas actividades a que fuere convocado tanto en forma personal así como integrante del cuerpo docente del colegio. Elegir y ser elegido en los distintos organismos del Gobierno Escolar, al igual que, en las demás organizaciones que al interior del colegio estén definidas o se establezcan. La libre y respetuosa expresión, a la discrepancia y a corregir sus equivocaciones asumiendo la consecuencia de sus actos. La utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que ofrece la Institución. Ser estimulado cuando se haga merecedor a ello. Que se les respete su identidad cultural, tiempo libre, dignidad, integridad física, emocional, psicológica y ética. Invocar reserva de su identidad cuando lo estime necesario, siempre y cuando, no sea requerido por autoridad competente. Al debido proceso, al conducto regular y a la presunción de inocencia cuando ocurra un hecho negativo, censurable, disciplinario o punible en el que se encuentre presuntamente implicado, inmerso o denunciado. Promover, expresar y compartir su formación profesional, capacidad, experiencia e intelecto y demostrarlo a través de la planeación, ejecución, control y seguimiento de los proyectos específicos de área, así como los proyectos transversales en la implementación del PEI; al igual que los demás aspectos y temas académicos, pedagógicos o técnicos que redunden en beneficio del colegio.
Artículo 19. Deberes de los Docentes. El docente debe cumplir unos deberes y compromisos que conllevan al mejoramiento de los procesos pedagógicos, administrativos, convivenciales y de la comunidad que propendan por la excelencia académica y convivencial de los estudiantes y en aras al permanente logro y sostenimiento del respetuoso, cordial y armonioso “clima institucional” entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa, en concreto, cumplir con los siguientes deberes: 1. 2. 3.
4. 5.
Acatar, respetar, cumplir y hacer cumplir con prontitud, todo lo contemplado en la Constitución Política de Colombia y demás normas competentes vigentes. Participar en la elaboración, modificación e implementación del P.E.I. Participar en la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de los proyectos y de las actividades específicas del área, así como también en lo concerniente a los programas, proyectos y actividades que se definan o establezcan al interior del colegio, que incidan positivamente en el proceso de formación integral del estudiante. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para mejorar el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo. Llevar un seguimiento oportuno, veraz y eficaz del proceso de aprendizaje de cada estudiante.
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6.
7.
8.
9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20.
21. 22. 23. 24.
Evaluar permanentemente a los estudiantes y darles a conocer oportunamente los resultados para establecer medidas disuasivas, correctivas y reeducativas con el fin de consolidar los procesos de aprendizaje de cada uno de los estudiantes, a la luz de lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación. Dialogar, persuadir y orientar permanentemente a los estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje y/o de comportamiento, siguiendo el conducto regular contemplado en este Manual de convivencia, aplicando los protocolos establecidos. Presentar puntualmente a coordinación los informes de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes a su cargo, al término de cada uno de los periodos de evaluación, al igual que, los demás informes que le sean solicitados por la administración del colegio. Participar activa y constructivamente en los comités u órganos del gobierno escolar en que sea requerido, nombrado o elegido. Asumir las sugerencias y correctivos que un directivo le llegase a hacer, en beneficio de la labor docente y/o de sus actitudes y comportamientos. Asistir puntualmente, permanecer y participar activa y positivamente en las reuniones y actividades programadas por la institución. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. Cumplir los turnos de acompañamiento que le sean asignados. Inculcar y formar con su ejemplo a los estudiantes en el amor a la institución, a los valores históricos, culturales, regionales y el respeto a los Símbolos Patrios. Orientar y corregir los trabajos, controlar asistencia, puntualidad, orden, presentación personal, comportamiento, relaciones interpersonales para garantizar la calidad del servicio educativo. Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido por el colegio. Acompañar, orientar y permanecer junto a los estudiantes en las actividades internas y externas programadas por la Institución. Orientar a los estudiantes del colegio sin importar el curso o grado, cuando la ocasión lo amerite. Dar un trato cortés, respetuoso y cordial a sus compañeros, estudiantes y cumplir las funciones con un espíritu de solidaridad, colaboración y cooperación. Respetar los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los miembros de la comunidad educativa, absteniéndose de propiciar discriminación, hostigamiento, acoso o humillación por esta condición. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Desempeñar con eficacia y eficiencia las funciones de su cargo. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. Utilizar adecuadamente la información personal de los estudiantes y el material audiovisual y fotográfico donde estén registrados los menores de edad, previo consentimiento del padre de familia o acudiente.
Parágrafo. Deberes del orientador. Atendiendo a la especificidad del cargo de docente orientador, a continuación se mencionan las funciones correspondientes: 1. Atender y acompañar a los estudiantes y padres de familia con situaciones especiales, en el ámbito académico, emocional y familiar, en el marco del debido proceso y en conjunto con otras instancias, dirección de curso, coordinación y rectoría, según el caso.
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2.
3. 4. 5.
Realizar canalización y remisión a los servicios gubernamentales y no gubernamentales de salud, Protección Especial (Fiscalía, I.C.B.F., Comisaría de Familia) y Bienestar, cuando los casos así lo ameriten. Hacer seguimiento y retroalimentación a las remisiones y canalizaciones efectuadas. Velar por el bienestar físico, emocional y mental de los niños, las niñas y los adolescentes apoyados en la Ley de infancia y adolescencia. Monitoreo, atención, remisión y seguimiento de las Alertas biopsicosociales intersectoriales: a. Atención deficiente en salud general, nutricional, Auditiva, oral, visual y/o mental. b. Conflictos Interpersonales en el ámbito escolar. c. Conflictos derivados de la definición de la Identidad psicosexual en la infancia y la adolescencia. d. Consumo de sustancias Psicoactivas en la infancia y la adolescencia. e. Ideación y Conducta Suicida en la infancia y la adolescencia f. Ludopatía, y otras conductas Adictivas. g. Maternidad y Paternidad en adolescentes. h. Menor en situación de discapacidad física, sensorial o cognitiva. i. Menor en Situación laboral. j. Situación de desplazamiento forzado. k. Trastornos de la Alimentación (Bulimia, Anorexia). l. Necesidades Educativas Especiales (NEE). m. Violencia en el ámbito familiar n. Violencia Sexual en la Infancia y la adolescencia.
6.
Participar con los demás miembros de la comunidad educativa, a partir de acciones pedagógicas, en la formación de los estudiantes en lo concerniente a la toma de decisiones personales, la identificación de aptitudes e intereses, la solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales, la participación en la vida académica, social y comunitaria, como lo establece el Decreto 1860 de 1994. 7. Participar con los demás miembros de la comunidad educativa, a partir de acciones pedagógicas, en el favorecimiento del pleno desarrollo de la personalidad del educando, la formación de valores éticos, morales y ciudadanos, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración del tiempo, la asunción de responsabilidades, los problemas y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación, como lo establece la Ley 115 de 1994. 8. Participar en los proyectos institucionales transversales de Educación para la Sexualidad (en articulación con la comunidad educativa), Escuela de padres y Proyecto de Convivencia Democracia y Derechos Humanos. 9. Participar en los comités y consejos institucionales, según solicitud, obligatoriedad y pertinencia. 10. Asistir a las reuniones locales y distritales de participación, según solicitud, obligatoriedad y pertinencia. 11. Mantener una comunicación asertiva con Docentes y Directivos para generar un trabajo colaborativo y de seguimiento a los casos que lo ameriten. El Departamento de orientación no hace diagnósticos, tratamientos, ni terapias, realiza atención inicial con miras a la adecuada canalización y atención de los estudiantes.
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Remisión de casos a la oficina de orientación. Los docentes remitirán los casos especiales a orientación, mediante el diligenciamiento de la Ficha de remisión establecida, previo conocimiento del coordinador (siempre y cuando la situación lo amerite) y especificando las acciones realizadas por el docente frente a la problemática. Los estudiantes y padres de familia que se acerquen voluntariamente al servicio de orientación, serán atendidos directamente, sin que se haga necesario el proceso anteriormente enunciado.
TITULO VIII: PERFIL, DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Se define el perfil, deberes y derechos delos padres de familia.
Artículo 20. Perfil de los padres de familia. El padre de familia debe ser una persona comprometida consigo mismo, con sus hijos y con la Institución, para que los estudiantes se encuentren comprometidos y motivados por la participación de sus padres. Tener la capacidad de comunicar sus inquietudes y sus necesidades de manera respetuosa empleando el conducto regular. Buscar siempre el mejoramiento y la transformación, aceptando su compromiso ineludible de gestor invaluable de vida y formación. Ser reflexivo y no conflictivo, que acepta con beneplácito y sin temor al reto de forjar hombres nuevos, demostrando su voluntad ante el compromiso y el cambio. Acompañar a la institución en la labor conjunta de formar integralmente a los estudiantes, compartiendo con ella logros y dificultades. Participar en la elaboración continua de planes de mejoramiento.
Artículo 21. Derechos de los padres de familia. Los padres de familia del Colegio Nueva Constitución tienen derecho a: Ser escuchados y atendidos en los casos de disciplina relacionados con su hijo. Ser informados periódicamente del rendimiento académico de su hijo. Ser informados sobre faltas cometidas por su hijo. Recibir ayuda que pueda brindarles el Colegio en relación con la educación de su hijo.
Artículo 22. Deberes de los padres de familia. La vinculación directa de la familia a la Institución es indispensable para lograr la educación y formación integral de los estudiantes, por tanto, para dar cumplimiento a la ley 1098 de 2006, específicamente al artículo 39, y a la resolución 1740 de 2008, los padres, madres o representantes legales deben cumplir los siguientes deberes y obligaciones, a saber:
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1. 2. 3. 4. 5. 6.
7. 8. 9. 10. 11. 12.
13. 14. 15.
16. 17. 18. 19. 20. 21.
Firmar la matrícula y comprometerse con el cumplimiento de las normas contempladas en éste Manual. Dar ejemplo a sus hijos de buen comportamiento en todo lugar y momento. Asistir puntualmente y con adecuada presentación personal a todas las reuniones, actividades o citaciones programadas por el colegio, incluida la entrega de boletines. Proporcionar oportunamente los libros, útiles y material que necesite su hijo para el normal desarrollo de sus actividades escolares. Velar por la buena presentación personal de sus hijos dentro de la sencillez que tiene establecida el Colegio. Responder, individual o colectivamente según el caso, por los daños causados por su hijo, encargándose demandar a hacer los arreglos o reemplazando el objeto dañado dentro del plazo señalado por el Colegio. Firmar las actas de citación y atención a padres. Ser respetuosos y cordiales con todos los miembros de la comunidad educativa, inculcar amor, respeto y sentido de pertenencia por el colegio en sus hijos e hijas o acudidos. Tratar a sus acudidos con mucho amor y respeto, manteniendo un dialogo constante y oportuno. Orientar las tareas de sus acudidos haciendo de ellos responsables de sus compromisos en su formación. Seguir el conducto regular, para la solución de dificultes e inquietudes, así como cumplir con el debido proceso. Informar oportunamente al colegio cuando se dé una ausencia o retardo de su hijo o hija (dentro de los tres días siguientes de haberse generado la novedad), presentando la respectiva excusa por escrito y realizando la nivelación de los contenidos vistos durante su ausencia. Ser puntual en el cumplimiento de los horarios de entrada y salida del colegio. Respetar el derecho a la educación. Cumplir con las remisiones médicas, psicológicas o de apoyo, de acuerdo con las necesidades de los estudiantes presentando informes periódicos y recomendaciones pertinentes al servicio de orientación. Velar por la adecuada presentación personal de su hijo(a), cumpliendo con las normas de higiene y respetando el modelo de los uniformes. Abstenerse de enviar al estudiante cuando presenta síntomas de enfermedad o cuando no ha certificado su reintegro un médico, después de una enfermedad viral y/o infecto-contagios. Controlar el uso adecuado de las redes sociales, el internet y otros medios de comunicación, empleados por su hijo(a) fuera del colegio. Ser responsables del desarrollo integral, psicosexual, social y cultural de su hijo o acudido. Tener sentido de pertenencia con la institución. Retirar los documentos del estudiante que por motivos personales sea trasladado a otra institución.
Parágrafo 1. El padre de familia o acudiente que incumpla con los deberes plasmados en este manual será citado por el colegio, con el propósito de dialogar y generar un espacio de reflexión, de lo cual quedaran los compromisos pactados por escrito. En la medida que haya incumplimiento la situación se reportará al ICBF, Comisaría de Familia, Policía de Infancia y Adolescencia o a la institución competente.
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Parágrafo 2. Sí un estudiante se encuentra inmerso en una situación de alto riesgo, el caso será remitido inmediatamente a la entidad competente (ICBF, Comisaría de Familia, Policía de Infancia y Adolescencia o a la institución competente) sin que esto requiera previo aviso a los padres o acudientes.
TITULO IX: DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES. El personal Administrativo y de Servicios Generales constituye otro de los talentos humanos que ofrece sus servicios a la Institución Educativa. Está conformado por Personal de Secretaría, Pagaduría, Almacén y Biblioteca.
Artículo 23. Derechos del personal administrativo y de servicios generales. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
8. 9.
A ser tratados con respeto, amabilidad y consideración de parte de toda la comunidad educativa. A ser escuchado oportunamente al presentar sus sugerencias e inquietudes. A la libre y respetuosa expresión, a la discrepancia y a corregir sus equivocaciones asumiendo la consecuencia de sus actos. A la utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que ofrece la Institución. A ser estimulado cuando se haga merecedor a ello. A que se les respete su identidad cultural, tiempo libre, dignidad, integridad física, emocional, psicológica y ética. Al debido proceso, al conducto regular, y a la presunción de inocencia cuando ocurra un hecho negativo, censurable, disciplinario o punible en el que se encuentre presuntamente implicado, inmerso o denunciado. A que se le respeten las funciones propias de su cargo y se les distribuyan equitativamente. Los demás contemplados en la constitución y la Ley.
Artículo 24. Deberes del personal administrativo y de servicios generales. Bibliotecario 1. Elaborar el plan anual de actividades y presentarlo a la rectoría para su aprobación. 2. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y estudiantes sobre la adecuada utilización de la biblioteca. 3. Atender de forma amable al personal estudiantil y docente. 4. Dar a conocer oportunamente el horario de atención. 5. Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico. 6. Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización. 7. Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados. 8. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno a la rectoría. 9. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y acordada. 10. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo. 11. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
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Secretaría 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14.
Organizar y manejar el archivo de su oficina. Atender al público que le solicite información dela Institución. Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo. Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrícula. Elaborar las listas de los estudiantes para efectos docentes y administrativos. Elaborar los informes estadísticos que se requieran y remitirlos a las entidades que lo requieran. Mantener ordenada y actualizada la documentación de los estudiantes, personal docente y administrativo. Colaborar con la Rectoría en la elaboración de los informes y correspondencia requerida. Tramitar los diplomas y actas de grado. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar las certificaciones y constancias que le sean solicitadas. Refrendar con su firma las certificaciones expedidas por el Rector del plantel. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
Auxiliar Financiero 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17.
Planear y programar las actividades de su dependencia. Colaborar con la Rectoría en la elaboración del proyecto de presupuesto de ingresos y de gastos, así como de sus modificaciones. Elaborar el plan mensual de caja y registrar los compromisos con cargo al presupuesto de rentas y gastos. Elaborar los contratos Preparar los informes requeridos por la institución o por las entidades externas. Llevar los libros presupuestales y expedir las disponibilidades y registros. Llevar los libros de tesorería. Apoyar el manejo de bancos e inversiones. Apoyar en la supervisión de la asesoría contable. Participar en los Comités en que sea requerido. Cancelar oportunamente las obligaciones contraídas. Organizar y manejar el archivo de su oficina. Mes a mes dar un informe o dar la rendición de cuentas al consejo Directivo. Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas con el Colegio y girar los cheques respectivos. Hacer los descuentos de Ley y los demás que sean solicitados por autoridad competente o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades correspondientes. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y materiales confiados a su manejo. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
Almacenista
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1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.
Organizar y manejar el archivo de su oficina. Colaborar con la Rectoría en la elaboración del plan de compras año a año. Recibir y dar ingreso de bienes a almacén y kárdex. Consultar los precios de referencia en el sistema de información para la contratación. Colocar en estantería los bienes conforme su naturaleza. Despachar los bienes devolutivos y de consumo. Descargar del Kárdex los elementos despachados. Tomar el inventario físico para control de existencias, Velar por la seguridad de los elementos de bodega. Llevar y mantener actualizado el inventario por dependencia identificando los responsables. Realizar traslados de bienes entre dependencias, según la necesidad. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
Parágrafo 1. El personal de Servicios Generales conformado por celadores y aseadoras. Sus deberes, derechos y funciones se encuentran en la normatividad que para ellos rige.
TITULO X: PAUTAS Y ACUERDOS PARA GARANTIZAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Las pautas y acuerdos que deben atender todos los integrantes de la comunidad educativa para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, surgen de las necesidades, expectativas y objetivos comunes, propios de la Comunidad Educativa.
Artículo 25. Será responsabilidad de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, conocer, respetar y cumplir los derechos, deberes, acuerdos, procedimientos y protocolos establecidos en el manual de convivencia de la institución. La Comunidad Educativa se apropiará del Proyecto Educativo institucional – “Lideres conciliadores y éticos, capaces de construir y transformar mediante una comunicación asertiva”, de tal forma que se reafirmen los valores y principios institucionales.
Artículo 26. La comunidad Educativa del Colegio Nueva Constitución, asumirá las siguientes pautas de convivencia, aplicando los procedimientos establecidos en los cuatro procesos institucionales (Administrativo, Pedagógico, Convivencial y de la Comunidad), pautas que contribuirán a mantener canales de comunicación asertiva: 1.
Reglas de higiene y presentación personal a. Portar adecuadamente los dos uniformes de acuerdo al día que corresponda, asumiendo los criterios especificados en el presente Manual (jornada diurna). b. Presentarse en adecuadas condiciones de aseo y presentación personal (las tres jornadas). 2. Uniforme de los estudiantes.
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El uniforme de la Institución es expresión de identidad y exige compostura, dignidad, recato y promueve relaciones de calidad humana, digna y sana, además de distinguir particularmente a los estudiantes del Colegio Nueva Constitución Institución Educativa Distrital, de los demás colegios; por tal motivo, a continuación se relaciona lo referente al UNIFORME, reiterando que es el resultado de un consenso general, partiendo de la dirección y autonomía del Consejo Directivo de la institución. Uniforme diario de las estudiantes: a. Jardinera a cuadros escocés verde (según modelo) a la altura de la rodilla. b. Blusa blanca cuello sport c. Saco verde cuello en V (según modelo), escudo del colegio en la parte superior izquierda d. Media blanca a la rodilla – Opcional media pantalón e. Zapato negro de amarrar con cordones negros f. Para recoger el cabello coleros que sean del color del uniforme (verde, negro o blanco) g. Para preescolar, delantal a cuadros pequeños blanco y verde. Bata estilo muñeca. Uniforme diario de los estudiantes: a. b. c. d. e. f.
Saco verde cuello en V (según modelo), escudo del colegio en la parte superior izquierda Camisa blanca cuello corbata. Pantalón negro (Prohibido bota pitillo, se permite bota recta o levemente entubada) Medias, color negras que no sean tobilleras. Zapatos negros, de amarrar y cordones negros Para preescolar, delantal a cuadros pequeños blanco y verde con cuello blanco. Bata estilo médico.
Uniforme de educación física: a. b. c. d. e.
Sudadera pantalón gris, saco gris con verde, lleva el escudo del colegio ((Prohibido bota pitillo, se permite bota recta o levemente entubada). Camiseta blanca (según modelo) Pantaloneta blanca. Medias blancas Zapatos tenis blancos, de amarrar con cordones blancos.
Parágrafo 1: Los/las estudiantes de grado 11º tendrán el derecho a portar un elemento distintivo de la promoción si éste es aprobado por la mayoría de los estudiantes del grado 11º de la Jornada Diurna. Parágrafo 2: El/la estudiante de la Jornada nocturna, no está obligado a usar uniforme, pero debe comprometerse a vestir con adecuada presentación personal y aseo. Los estudiantes que participan en la clase de educación física, deben presentarse con ropa cómoda, la cual será utilizada únicamente durante la clase. Procedimiento para garantizar el porte adecuado del uniforme.
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a.
El padre de familia al firmar la matrícula, conocerá, aceptará y estará conforme con los mínimos no negociables, incluyendo el uniforme. b. Los Docentes en cada una de sus horas de clase revisarán el porte adecuado del uniforme por parte de los estudiantes. Al estudiante que incumpla con el uniforme, se le hará el llamado de atención escrito en el observador. c. Sí, el estudiante continúa incumpliendo con el porte adecuado del uniforme, el director de grupo se comunicará con el acudiente, para que le den solución inmediata a la situación. d. Si hay reincidencia, se pasará el caso a coordinación de convivencia, quien seguirá con el debido proceso y emitirá la sanción y trabajo pedagógico respectivo. Los modelos del uniforme NO estarán de ninguna manera ligados a modas y por tanto no deben estar acompañados de piercings, bufandas, pañolones y camisetas de equipos de fútbol, y demás elementos que no van acorde con un uniforme escolar. El estudiante debe portar el uniforme que corresponda en todas las actividades y actos de comunidad, atendiendo a las normas de higiene y presentación personal adecuadas. 3.
Horario de Ingreso y de salida de los estudiantes. Los estudiantes tendrán en cuenta los siguientes horarios, dependiendo del grado y jornada: Hora Entrada
Hora Salida
Preescolar JM
7:15 AM
11:15 AM
Preescolar JT
12:25 M
4:30 PM
Primaria
6:20 AM
11:30 AM
Después de las 6:35 A.M., se registra retardo en la planilla, por parte del coordinador.
Básica Secundaria y Media
11:50AM
5:50 P M
Después de las 12:20 P. se registra retardo en la planilla, por parte del coordinador.
Programa de Media Fortalecida
7:00AM
11:00AM
Después de las 7:15am, se registra retardo en la planilla, por parte del coordinador.
Ciclos 2,3,4 ,5 Y 6 de Educación para adultos
4.
Observaciones
Nivel
6:00 P M
10:00 PM
El padre o madre de familia de preescolar deberá entregar al niño (a) a la profesora del curso, única persona autorizada para recibirlo, terminada la jornada escolar el padre o madre de familia deberá recoger puntualmente al estudiante del colegio. Además, se prohíbe expresamente que los niños de preescolar ingresen a salones de otro curso.
Se permite el ingreso de los estudiantes hasta las 6:30 P.M. Después de la hora señalada el coordinador registra el retardo en la planilla. Las personas que por su horario de trabajo (lo cual se ha confirmado a través de una constancia laboral), no pueden cumplir con el horario establecido, tienen permiso para ingresar hasta las 6:50 P.M. al colegio.
Llegada tarde de los estudiantes
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a. Los estudiantes que lleguen después de la hora establecida según el horario, serán registrados por el (la) Coordinador(a) de Convivencia en el formato diseñado para tal fin. b. Cumplido el tercer registro por llegada tarde, se citará al acudiente del estudiante para firmar compromiso. c. Sí reincide, se emitirá sanción con trabajo pedagógico, de acuerdo con el protocolo establecido para las situaciones Tipo I. Parágrafo: Para la jornada nocturna, una vez el estudiante acumule tres llegadas tarde se citará a la oficina de coordinación para establecer compromisos que garanticen el cumplimiento del horario establecido en la jornada. Si el estudiante es menor de edad se citará al acudiente, con el objetivo de construir acuerdos que permitan que el joven cumpla con las normas establecidas en el manual de convivencia. 5.
Inasistencia de los estudiantes al Colegio. De acuerdo con la Resolución 1740 de 2009, para garantizar la permanencia de la población en edad escolar y su retención en el sistema educativo, se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento: a. El Docente que se encuentre en el aula de clase registrará la inasistencia de los estudiantes, en el formato suministrado por coordinación de convivencia (Carpeta). b. El Director de curso hará seguimiento a la asistencia de los estudiantes. Sí hay un caso de inasistencia injustificada de dos o tres días consecutivamente o en forma intermitente, el Director de Curso debe comunicarse con el padre de familia o Acudiente del estudiante, realizar citación para dejar compromiso escrito en el observador. c. En el momento que se incumpla con el compromiso pactado por parte del estudiante, el director de curso, remitirá el caso a coordinación, para seguir con el proceso. d. El coordinador citará al acudiente del estudiante y se firmará un segundo compromiso y emitirá la sanción pedagógica pertinente, se dejará constancia en acta. e. Sí hay reincidencia, se remitirá el caso a rectoría, se citará al acudiente y estudiante y se informará al instituto colombiano de Bienestar Familiar, tal como lo exige la norma. f. La coordinación de convivencia, pasará a secretaría académica el informe de los estudiantes que por su deserción, deben ser retirados del sistema, con los correspondientes soportes. g. La Secretaría académica registrará la novedad en el sistema de matrículas de la SED y en el sistema institucional, de tal forma que las listas de estudiantes estén actualizadas. (Ningún Docente puede cambiar el estado del estudiante). h. Los controles de asistencia se realizaran de acuerdo a la siguiente estrategia: El coordinador de convivencia hará seguimiento a la inasistencia registrada por los Docentes, para tener la información exacta en el momento que sea solicitada.
6.
Los directores de grupo designarán a un estudiante como monitor, para que maneje la carpeta en la que el profesor registra las evasiones, retardos e inasistencias, validadas con la firma del docente. Información que debe ser revisada semanalmente por el director de curso, para aplicar oportunamente el procedimiento institucional establecido. Salida de los estudiantes de preescolar y primaria al finalizar la Jornada Escolar.
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Estudiantes que son autorizados por los padres de familia y/o acudientes para salir solos: a. Los padres de familia diligenciaran el formato de autorización para que su Hijo(a) o acudido salga solo(a) (no hay acompañamiento de ningún adulto en el trayecto del colegio al lugar de residencia). Es prioridad que la familia asuma la responsabilidad que ésta decisión implica, es por tal razón que la Institución solicita que un adulto acompañe a los estudiantes luego de salir del colegio. Estudiantes que no son autorizados para salir solos del Colegio: a. Los estudiantes de preescolar y primaria, no autorizados para salir solos, deberán hacerlo en compañía de un adulto responsable. b. La persona encargada de acompañar al niño(a), luego de finalizar la jornada escolar, deberá ser mayor de edad. c. Los estudiantes que a las 12:30m aún no hayan salido de la Institución, porque su acudiente no se ha acercado al colegio, deberán ser reportados por el turno de acompañamiento a Coordinación, quien se responsabilizará de comunicarse vía telefónica con el acudiente, con quien establecerá un compromiso para que la situación no se repita. En caso de reincidencia se informará a Rectoría. d. En caso de no cumplimiento reiterativo del horario de salida, los estudiantes podrán ser reportados al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. e. Es importante que los padres de familia que tengan procesos de patria potestad informen y presenten el respectivo soporte, al director de curso y coordinación. f. Para el cumplimiento del procedimiento es necesario e importante que la actitud con la que vengan los padres de familia y/o acudientes sea de respeto y cordialidad. No se tolerará la agresión y grosería por parte de los padres de familia hacia ningún miembro de la comunidad. Parágrafo 1: Los estudiantes de grado preescolar solamente se entregarán a personas mayores de edad, quien debe presentar el carnet suministrado por la institución. Parágrafo 2: Durante la jornada escolar un estudiante podrá salir de la institución siempre y cuando el acudiente lo solicite y la institución lo autorice (Rectoría, Coordinación o a quien haya sido delegado), dejando constancia en la carpeta establecida para tal fin. 7.
Salidas Pedagógicas a. Las salidas pedagógicas deben estar enmarcadas en los proyectos transversales, de tal forma que sí se necesita recurso económico haga parte del plan de compras (transporte o ingreso al lugar). b. La salida pedagógica se debe planificar 20 días calendario antes de su realización, de tal forma que se tenga el tiempo exigido por la SED, para informar sobre la novedad. Sí la salida es fuera de Bogotá, se debe remitir el informe a la DLE, con el nombre, identificación y entidad de salud de los Docentes acompañantes. c. Se debe informar a la Secretaría de Rectoría los datos y requerimientos de la salida pedagógica, para emitir la correspondiente circular y formato de autorización, para que los padres de familia den el permiso respectivo.
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d. Los responsables de la salida deben indicar a Rectoría el número exacto de estudiantes autorizados, para contratar el servicio de transporte. e. Ningún docente está autorizado de permitir que un estudiante asista a una salida pedagógica sin el correspondiente permiso de su acudiente. f. Si la salida lo requiere, se solicitará el acompañamiento de la Policía Nacional. g. Durante la salida, los docentes deben llevar el convenio establecido por la SED para tal fin. h. Toda salida debe estar ajustada al procedimiento determinado por la SED para las salidas pedagógicas. i. Toda salida debe estar ajustada al procedimiento determinado por la SED. 8.
Acompañamiento a los estudiantes al ingreso, el descanso y la salida, por parte de los Docentes. Los docentes se organizaran en grupos de acompañamiento, en la primera semana Institucional del año escolar y tendrán las siguientes funciones: a. b.
c. d. e. f.
9.
Recibir a los estudiantes a la hora de ingreso de la jornada escolar. Revisar que no haya estudiantes en los salones en el momento del descanso. Es responsabilidad del Docente de clase, garantizar que todos los estudiantes salgan del salón y se desplacen caminando y en orden hacia el patio. El monitor debe cerrar el salón y colocar el candado. Los Docentes se distribuirán los espacios del patio para acompañar el descanso de los estudiantes. Atender las situaciones de conflicto y accidentes que se puedan presentar durante el descanso de los estudiantes. Informar en coordinación de convivencia las situaciones que lo ameriten. Garantizar que los estudiantes se desplacen del patio a los salones al finalizar el descanso. Garantizar que los estudiantes salgan del salón una vez finalizada la jornada escolar. En el caso de preescolar y primaria, cumplir con el procedimiento de salida.
Servicio de fotocopiado a. El Docente diligenciará el instrumento de solicitud de copias establecido por la institución, el cual debe llevar la firma de la Coordinación, con el objetivo de revisar el material que se va a multicopiar. Es importante que el material lleve el nombre del colegio, el área y el nombre del Docente. b. El instrumento diligenciado y los originales se entregará al auxiliar administrativo con funciones de biblioteca, con mínimo dos días de anticipación. c. El solicitante deberá acercarse a la biblioteca para recibir el material multicopiado. d. El auxiliar administrativo encargado, llevará la estadística del número de copias solicitadas por los Docentes, de tal forma que se mantenga un control frente al uso adecuado del recurso.
10. Solicitud cambio de un estudiante de grupo a. Los cambios de grupo se pueden solicitar durante el primer mes del año escolar.
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b. c. d.
El padre de familia o acudiente debe solicitar por escrito el cambio de grupo de su hijo o acudido justificando las razones que lo motivan. Orientación, coordinación de convivencia y directores de grupo, evaluarán la solicitud y darán una respuesta por escrito. Cuando una situación amerite el cambio, ya sea por situaciones de acoso escolar, dificultades entre los padres de familia y el/la Docente, se evaluarán las condiciones y sí son relevantes rectoría efectúa la novedad, pensando siempre en el restablecimiento de derechos de las personas implicadas.
11. Acciones a desarrollar ante la ausencia de un Docente a. Cada docente preparará dos actividades para que los estudiantes las desarrollen durante su ausencia. El banco de guías reposará en coordinación de convivencia. b. El Docente que ante una situación de calamidad o de enfermedad no pueda asistir al colegio, deberá informar al coordinador de convivencia por el medio más rápido posible. c. El coordinador de convivencia entregará las guías preparadas por los docentes para que los estudiantes las desarrollen. En la medida que se necesite de la colaboración de los docentes que tienen “espacio libre”, el coordinador solicitará el apoyo para el acompañamiento de los estudiantes. d. Cuando un docente de preescolar o primaria (primero, segundo y tercero) presente una calamidad o incapacidad mayor a un día se enviará nota o circular a los padres de familia, informando sobre la novedad y por lo tanto se licenciará el grupo, siempre y cuando no haya la posibilidad de cubrir la ausencia. e. La Rectoría gestionará horas extras ante la DLE o docentes provisionales para cubrir el o los docentes ausentes. 12. Distribución y consumo del refrigerio. El refrigerio debe distribuirse de acuerdo a la resolución 1255 emanada por la SED y a las instrucciones de Interventoría. Se recibirá en el lugar adaptado para ello, en el que se pueda resguardar la limpieza y buen manejo del alimento. Se tendrá en cuenta los siguientes aspectos: a. El área responsable es orientación - con el apoyo de estudiantes de trabajo social. b. Los estudiantes que son responsables en la distribución deben usar guantes y tapabocas. No deben tener maletas y deben portar su uniforme de diario. c. La distribución de refrigerios se hará inmediatamente llegue el recurso (máximo 2 horas luego de su llegada), por exigencia de Interventoría SED. d. Las canastillas serán recolectas por los estudiantes de trabajo social o monitores encargados. Se solicita la colaboración por parte de los docentes en éste aspecto, ya que no es conveniente que las canastillas queden en pasillos o escaleras, representan un riesgo para los estudiantes. e. Es importante que los Docentes en el aula de clase fortalezcan temas como: el manejo de residuos, higiene, orden y aseo, antes y después del consumo. f. Para el consumo del refrigerio, hay que tener presente las siguientes observaciones: Lavarse las manos antes de consumirlo Consumir el refrigerio en su totalidad, sin desperdiciarlo y en la hora asignada. Consumir el refrigerio dentro del salón con el acompañamiento del Docente. No guardar el refrigerio dentro de la maleta, ni sacarlo del Colegio.
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Depositar los residuos del refrigerio en los lugares establecidos
13. Horarios de atención a integrantes de la comunidad educativa: Secretaría Académica – Jornada Lunes, Miércoles y Viernes Diurna 8:00 a 11:00am y de 2:00 a 4:00pm Secretaría Académica – Jornada Martes y jueves Nocturna 5:00pm a 7:00pm Secretaría de Rectoría 8:30 a 11:00am y de 2:00 a 4:00pm Almacén 9:00 a 12:00m y de 2:00 a 6:30pm. Biblioteca 6:30 a 12:30m y de 1:45 a 4:00pm. Pagaduría Lunes, Miércoles y Viernes 8:30 a 12:00m y de 2:00 a 4:00pm Docentes preescolar Según horario de atención que se entrega a los padres de familia o de común acuerdo con el docente. Docentes primaria Según horario de atención que se entrega a los padres de familia o de común acuerdo con el docente.. Docentes Bachillerato, ciclos Según horario de atención que se entrega a los padres de 2,3,4, 5 y 6 familia y estudiantes o de común acuerdo con el docente. Por ningún motivo los docentes atenderán a un padre de familia mientras se encuentre en clase, por cuanto su responsabilidad en ese momento son los estudiantes. Los guardas de seguridad solamente permitirán el ingreso de un padre de familia o acudiente en horarios de atención o cuando porte la citación remitida por un docente, orientación, coordinación o rectoría. 14. Entrega de materiales y suministros por parte de almacén a. El Docente o Directivo Docente, diligenciará el formato de solicitud de materiales y suministros, indicando el nombre y la cantidad. b. Se entregará el instrumento diligenciado al auxiliar administrativo con funciones de almacenista, mínimo con un día de antelación. c. El auxiliar administrativo con funciones de almacenista, verificará las existencias en el aplicativo de inventarios, para dar respuesta oportuna y eficaz. d. Si hay la existencia suficiente se procede a la entrega de material al funcionario respectivo. se firma la salida del kardex. e. Sí no hay existencias se procede a verificar la disponibilidad presupuestal para su correspondiente compra.
15. Servicio social estudiantil obligatorio:
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El servicio social se regirá por lo regulado en el Decreto 1860 de 1994, en su artículo 39 y la Resolución 4210 de 1996. Es así como el trabajo social de los estudiantes del Nivel de Educación Media del Colegio Nueva Constitución IED, tiene como propósito principal que los jóvenes bachilleres se integren a la comunidad aportando al crecimiento y desarrollo de la misma, fortaleciendo los vínculos que se tejen en su red social. Debe realizarse en jornada contraria a las actividades académicas dentro o fuera del plantel educativo con una intensidad horaria de 80 horas (grado décimo y undécimo). En cuanto a la jornada nocturna, el número de horas que certificarán los estudiantes es de 40. Con previo acuerdo entre estudiantes, padres de familia y docente responsable, el servicio social se prestará dentro del plantel educativo teniendo en cuenta lo siguiente: En el Colegio Nueva Constitución: se ha establecido como apoyo a la elaboración de material didáctico para los estudiantes de primaria y pre-escolar, al igual como apoyo a las diferentes dependencias ya sea archivo, digitación, clasificación de documentos y otros relacionados; igualmente para la distribución de refrigerios que aporta la SED, apoyo a los proyectos educativos, entre otras actividades. En ningún caso asumirá funciones que correspondan a la responsabilidad pedagógica del docente. Dentro de las obligaciones del Colegio hacia los estudiantes, se realizará acompañamiento a su proceso formativo y atenderá a las inquietudes de los educandos. Cumplido el servicio social se emitirán los respectivos certificados. Instituciones externas al colegio: El alumno y su acudiente radicarán en orientación la aceptación de la entidad (constituida legalmente) que acogerá al estudiante, en la cual debe aparecer especificado el lugar de ubicación, el nombre de la persona responsable del acompañamiento y las actividades a desarrollar, las cuales atenderán prioritariamente necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento de tiempo libre, identificadas en la comunidad del área de influencia del establecimiento educativo. Para el certificado el estudiante deberá presentar el control de asistencia en el cual conste el cumplimiento de las 80 horas de servicio social. Lo anterior es requisito indispensable para la obtención del título de bachiller, de conformidad con lo dispuesto en el artículo once del Decreto 1860 de 1994, en armonía con el artículo 88 de la ley 115 de 1994. 16. Solicitud y utilización de espacios. Salas de sistemas: a. Cada sala de Sistemas tendrá un docente responsable que registrara en la bitácora las novedades que se presenten. b. Los computadores deben permanecer en el sitio indicado de acuerdo a su numeración, se prohíbe el traslado o sacarlos de las salas sin la respectiva autorización. c. Las páginas y consultas realizadas deben estar orientadas únicamente a razones académicas. No está permitido el uso de redes sociales o páginas restringidas.
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d. e. f. g. h. i.
Está prohibido bajar música , juegos o instalar cualquier tipo de programa sin la debida autorización Cada estudiante debe responder por el equipo asignado. Verificar por parte del docente el estado de la sala tanto a la entrada como a la salida de los estudiantes y reportarlo en la bitácora El uso de la bitácora por parte del docente es obligatorio de lo contrario tendrá que responder por los daños causados dentro de la sala. Todos los docentes que usen la sala deben firmar y hacerse responsables del inventario. Se revisará la bitácora semanalmente para verificar su buen uso
Nota: por seguridad los estudiantes no llevaran sus maletas a la sala de sistemas. Laboratorio: a. El Laboratorio tendrá un docente responsable que estará pendiente de la bitácora y de las novedades que se presenten. b. Está terminantemente prohibido consumir alimentos o bebidas dentro de los laboratorios por razones de seguridad personal. c. Cada estudiante debe responder por el equipo asignado. d. Cumplir con las normas de bioseguridad para cada caso. Auditorio: a. El responsable del auditorio es el Almacenista, quien estará pendiente de las novedades. b. Sí un Docente, Coordinación, Orientación o Rectoría, necesita el uso del auditorio, deberá acercarse a Almacén y separarlo con anticipación, por cuanto se llevará una planilla para tal fin. c. Será el guarda seguridad quien abra el espacio y facilite los equipos, a quien lo requiera. d. Luego de utilizar el auditorio, la persona responsable deberá hacer entrega formal al guarda de seguridad respectivo. Es pertinente que se deje organizado el lugar, libre de residuos y organizadas las sillas.
TITULO XI: SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Artículo 27. La comunidad Educativa establece que hay que tener en cuenta las situaciones Convivenciales que de una u otra forma alteran el clima escolar, clasificadas en Tipo I, II y III, de acuerdo a la Ley 1620/2013 y su Decreto reglamentario 1965/2013. En principio, todas las situaciones tipo I, II y III deberán estar mediadas por el diálogo y la reflexión; en consecuencia, se evitarán los prejuicios, las conclusiones apresuradas. Será el docente conocedor de la situación quien se responsabilice inicialmente del proceso.
Artículo 28. Situaciones Tipo I. Según el Decreto 1965 de 2013, “por el cual se reglamenta la Ley 1620/2013…”, corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas
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situaciones esporádicas que inciden en forma negativa en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 1. 2. 3. 4.
5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23.
Incumplir las normas establecidas para la seguridad física en la institución y salidas pedagógicas siempre y cuando no implique riesgo o daño físico. La impuntualidad o inasistencia sin justificación escrita a cualquiera de las actividades programadas dentro o fuera del colegio. Hacer mal uso del refrigerio, el cual debe ser consumido dentro del aula de clase. Descuidar la presentación personal, la higiene diaria, el uso inadecuado del uniforme respectivo, según horario, usándolo incompleto y/o portando accesorios diferentes a los establecidos. Lucir maquillaje y uñas pintadas con colores, durante la jornada escolar o en actividades de la institución. Afectar el medio ambiente haciendo uso inadecuado de los recursos naturales. Usar un lenguaje inapropiado que afecte la dignidad de las personas. Incumplir en la presentación de las actividades académicas en el tiempo acordado. Cometer fraude en las diferentes pruebas escolares. Desatender los acuerdos establecidos en el uso de los diferentes espacios del colegio y demás recursos físicos y logísticos. Realizar manifestaciones afectivas inapropiadas. Ocultar información a los padres de familia (envío de citaciones, llamados de atención, cronograma institucional, circulares). Irrespetar los actos cívicos, deportivos y culturales dentro y fuera de la institución. Incitar al desorden impidiendo el normal desarrollo de las actividades programadas en clase o institucionales dentro o fuera del colegio. Encubrir faltas de los miembros de la comunidad que perjudiquen a otros o el buen nombre de la institución. Realizar actividades diferentes al desarrollo de la clase, compra y /o venta de comestibles u otros bienes. Causar daño a la infraestructura y materiales dispuestos en el colegio para el beneficio de la comunidad (rayar paredes, dañar el mobiliario, romper vidrios, entre otros). Ingresar o salir del plantel por lugares que no están autorizados. Ingresar a lugares inadecuados externos a la institución portando el uniforme. Consumir cualquier alimento en clase sin la autorización del docente (incluido el chicle). Participar en juegos de apuestas de dinero. Ausentarse del colegio, de las clases o de actos comunitarios, sin la autorización de la Coordinación o de los docentes. Propiciar escándalos públicos dentro y fuera de la institución Incumplimiento de los padres de familia a citaciones realizadas y compromisos adquiridos desde el momento que se firma la matricula.
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24. Portar camisetas o prendas alusivas a equipos de futbol que conlleven a agresiones verbales y / o físicas. 25. Usar objetos que interfieren en el desarrollo de las actividades institucionales y que pueden propiciar conflictos entre compañeros como son celulares, IPod, juegos, tabletas, portátiles, bafles, juguetes bélicos o para hacer bromas, entre otros. En caso de pérdida o daños de estos, la responsabilidad es únicamente del estudiante.
Artículo 29. Situaciones Tipo II. Según el Decreto 1965 de 2013, “por el cual se reglamenta la Ley 1620/2013…”, corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características dela comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: Que se presenten de manera repetida o sistemática. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
10.
11. 12. 13.
14. 15.
Incumplir las normas establecidas para la seguridad física de los integrantes de la comunidad educativa en la Institución o fuera de ella. Irrespetar o agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa, en forma verbal, escrita o actitudinal. Discriminar a cualquier miembro de la comunidad por su orientación o identidad sexual, etnia, credo, filiación política, capacidades físicas o cognitivas. Traer y usar objetos que atenten contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa. Usar de manera inadecuada las barandas, puertas o pasillos de la institución, poniendo en riesgo su integridad física o la de los demás. Introducir o portar en la Institución material pornográfico, discriminatorio o que incite a la violencia. Portar, ocultar o consumir cigarrillos o bebidas alcohólicas en la institución o fuera de ella. Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo efecto de sustancias psicoactivas. Agredir a través de medios electrónicos, incluye la divulgación de fotos, videos íntimos o humillantes, comentarios insultantes u ofensivos que busquen afectar negativamente el buen nombre o la dignidad de cualquier miembro de la comunidad educativa. Ejercer ciberacoso escolar (ciberbullying), considerado como toda forma de intimidación con uso deliberado de las tecnologías de información (Internet, redes sociales, telefonía móvil, videojuegos online) para causar maltrato psicológico y continuado. Desobedecer y burlarlas indicaciones académicas, convivenciales y de seguridad manifestadas por los docentes o directivos docentes. Promover, incitar, participar en riñas dentro o fuera de la Institución. Acosar, humillar, ridiculizar, coaccionar, aislar, amenazar o incitar a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico de manera intencional, metódica, y sistemática a cualquier miembro de la institución. Participar en juegos bruscos que atenten contra la integridad de los miembros de la comunidad Incumplir con las remisiones, tratamientos médicos y procesos especiales exigidos por los especialistas y por la institución.
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Artículo 30. Situaciones Tipo III. Según el Decreto 1965 de 2013, “por el cual se reglamenta la Ley 1620/2013…”, corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contrala libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
8. 9. 10. 11.
12.
13. 14. 15. 16. 17. 18.
Incumplir con las normas establecidas para la seguridad física en la institución y salidas pedagógicas que impliquen alto nivel de gravedad según diagnóstico médico. Portar o usar cualquier tipo de arma, sustancia o elemento que pueda ser empleado para causar daño. Usar los implementos de trabajo como elementos de agresión. Entrar sin la debida autorización a un lugar o dependencia, violentando la seguridad. Hurtar cualquier tipo de bien o pertenencia sea de la Institución o de cualquier integrante de la comunidad educativa. Participar en acciones de vandalismo, contra los bienes y miembros de la comunidad. Propiciar o intervenir en escándalo público, incurrir en comportamientos que influyan negativamente en la formación y afecten la imagen del colegio, así como la vida y la moral de las personas. Consumir, usar, introducir, portar o expender sustancias psicoactivas o inducir a otros a expenderla, portarla o consumirla. Suplantar la identidad de otra persona presencial o virtualmente. Adoptar conductas que conlleven al irrespeto, abuso, acoso o explotación sexual, o inducir a compañeros a este tipo de prácticas. Difamar el buen nombre o invadir la privacidad personal o familiar de cualquier miembro de la comunidad educativa, a través de algún medio físico o tecnológico, dentro o fuera de la institución. Publicar fotos, videos, mensajes, imágenes y demás material en páginas de internet que afecten de cualquier manera su dignidad propia, la de otra persona, la de sus compañeros o el buen nombre de la institución. Intimidar a miembros de la institución por medio del uso de tecnologías de información para ejercer maltrato psicológico. Realizar fraude o estafa. Intimidar-hostigar, chantajear, extorsionar o sobornar dentro y fuera del colegio a estudiantes, docentes, directivos y cuerpo administrativo. Promover o incitar a formar parte de grupos que tengan como finalidad la violencia, el robo o el vandalismo o cualquier perjuicio hacia la comunidad. Atentar contra la vida o la seguridad de los miembros de la comunidad educativa. Realizar prácticas espiritistas, satánicas o de hechicería al interior del colegio, que pongan en riesgo el bienestar emocional y físico de cualquier miembro de la comunidad educativa.
Parágrafo: Consideraciones generales sobre las faltas de convivencia:
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1.
Cada situación convivencial, dependiendo del análisis que se realice de acuerdo al debido proceso, el contexto y los factores que intervinieron, se contemplará como leve, grave o gravísima y para su atención se seguirá el protocolo establecido para tal fin.
2.
Las faltas leves se convierten en graves , cuando él o la estudiante del colegio a pesar del acompañamiento y compromiso generado en el diálogo concertado , como proceso de seguimiento y control, señalado en el observador del alumno y bajo el acompañamiento del director de curso , persiste en seguir cometiendo dicho acto.
3.
Las faltas que se cometieren y que no estén incluidas en este manual, pero que en alguna medida afecten la integridad y/o convivencia de la comunidad educativa, serán asimiladas al presente, para su respectivo proceso.
4.
Se consideran como causales que atenúan la responsabilidad del estudiante las siguientes: La edad, desarrollo mental, psicoafectivo y evolutivo, y sus circunstancias personales, familiares y sociales. Haber observado una buena conducta anterior y no tener llamadas de atención. Haber sido inducido o recibido amenazas por parte de otra persona. La disposición o evidencia de cambio favorable, en cuanto su comportamiento y forma de pensar.
5.
Cualquier novedad en el tratamiento de las situaciones convivenciales será abordada inicialmente por el Comité Escolar de convivencia.
TITULO XII: PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Artículo 31. Protocolos de atención. De acuerdo al Artículo 41 del Decreto 1965 de 2013, los protocolos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Los protocolos definen, los siguientes aspectos: 1. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas. 3. Los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.
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Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa. 5. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas. 6. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva. 7. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las entidades externas (Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno distrital, Fiscalía General de la Nación, Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar), de los padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados. Parágrafo 1. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones de estudiantes que se presenten hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros dela comunidad educativa hacia los estudiantes.
Parágrafo 2. Las situaciones consideradas como accidentalidad escolar, deberán ser tratadas de acuerdo a los 10 pasos básicos que establece la guía emitida por la Secretaría de Educación del Distrito.
Artículo 32. Protocolo para la atención de situaciones Tipo I. Para la atención de situaciones Convivenciales Tipo I, la Institución desarrollará el siguiente procedimiento, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, confidencialidad y responsabilidad de quien corresponda, asumiendo como estrategia pedagógica para tal fin: la Disuasión, Persuasión, Conciliación, Corrección y reeducación. Para situaciones convivenciales consideradas leves, que alteran las normas, sin llegar a afectar el normal desarrollo del proceso académico y pedagógico, ni a los demás miembros de la comunidad educativa; las cuales deben ser atendidas y corregidas oportunamente para que no se reincida en ellas y se termine afectando sustancialmente o gravemente el ambiente escolar, se establece el siguiente procedimiento:
Proceso Disuasivo (acuerdos y conciliación entre las partes). Proceso de educación, reflexión, y diálogo sobre el aspecto a mejorar. Se tendrá en cuenta como mínimo el siguiente 1.
2.
El docente, director de grupo o coordinador, reunirá inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediará de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas. El docente, director de grupo o coordinador, fijará la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento
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de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en la Institución. Se dejará constancia en el observador por parte del docente, director de grupo o coordinador de la situación ocurrida, la notificación de las partes implicadas y las explicaciones de los involucrados. Luego del seguimiento, si la situación es superada, se levantará el proceso. En caso de incumplimiento o no aplicación de las conclusiones obtenidas en los diálogos o los procesos reflexivos y consultivos, reincidiendo en la misma situación, se iniciará un proceso correctivo. En caso de reincidencia se seguirá con el proceso correctivo, atendiendo al conducto regular y al debido proceso (Director de Grupo, Coordinación, Comité Escolar de Convivencia, Rectoría y Consejo Directivo). La orientación acompañará el proceso cuando se requiera y será la Coordinación quien remita los casos o un Docente cuando la situación lo amerite. Instancia(s) que se hará(n) cargo del proceso disuasivo o persuasivo. El docente que haya atendido la situación, el director de grupo de los estudiantes implicados o coordinador y en caso necesario, el orientador.
Para situaciones convivenciales consideradas graves, que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daño al cuerpo o a la salud, se establece el siguiente procedimiento:
Proceso Correctivo (establecimiento de compromisos). Además de un proceso reflexivo y de diálogo (disuasivo), este proceso implica la elaboración de un compromiso de cambio o de mejora por parte de los estudiantes involucrados; en este momento pedagógico, el estudiante se comprometerá, junto con su representante legal, a corregir su comportamiento a través de la firma de un acta de compromiso y de la elaboración conjunta (padres-hijos) de un trabajo pedagógico. Este proceso se aplicará en caso de reincidencia en faltas leves o de la realización de faltas graves. 1.
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El Coordinador citará al representante legal del estudiante(s) implicado(s) y abrirá el espacio para que dialoguen las partes involucradas en la situación. Fijará la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en la Institución. El Director de curso participará en el proceso, en la medida que sea requerido. Atendiendo a los principios del Debido Proceso, luego de establecer el grado de responsabilidad de los implicados en la situación convivencial, el Rector delegará a la Coordinación de Convivencia para que emita la sanción respectiva: trabajo social o trabajo pedagógico con la participación de la familia para uno, dos o tres días, en otro espacio diferente al aula de clase. De esta actuación el Coordinador dejará constancia en acta sobre la situación ocurrida y notificación a las partes implicadas, y de las explicaciones de los estudiantes y de los padres o representantes legales, con las respectivas firmas. El trabajo pedagógico, consistirá en una actividad reflexiva relacionada con la falta cometida y será expuesto por el o los estudiantes implicados a sus compañeros, utilizando recursos como
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carteleras, afiches, videos, diapositivas, entre otros, actividad que será revisada previamente para su exposición. El trabajo necesita del acompañamiento de padre, madre o acudiente. Si es reincidente, el estudiante deberá realizar un trabajo social dentro de la Institución. La orientación acompañará el proceso cuando se requiera y será la Coordinación quien remita los casos. De acuerdo con la situación individual, la orientación buscará el acompañamiento profesional requerido, siendo deber de los padres cumplir con las obligaciones que este proceso le demande. Luego del compromiso, si la situación se corrige, se levantará el proceso. En caso de reincidencia se seguirá con el proceso reeducativo, atendiendo al conducto regular y al debido proceso (Comité Escolar de Convivencia, Rectoría y Consejo Directivo). Instancia(s): Coordinador de Convivencia con el apoyo del departamento de orientación.
Proceso Reeducativo. Se entenderá por proceso reeducativo cuando una situación tipo I, se vuelva inmanejable, por cuanto no hay un cambio de actitud por parte de las personas que están implicadas, pese a que se han firmado compromisos, necesitándose de un proceso de des aprendizaje y reeducación que no puede hacerse solamente a nivel de trabajo docente ni de la institución. 1.
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4.
Elaboración de un acta de reunión, por parte del Comité Escolar de Convivencia, en que se describan las situaciones de reincidencia o de gravedad en los comportamientos del estudiante, y se justifique la remisión del caso a una institución o profesional especializado. En dicha acta, el representante legal debe dejar sentado su compromiso de apoyar y acompañar al niño o joven en todas las actividades que demande esta etapa del proceso. Si lo amerita el caso, será remitido al Consejo Directivo. Si la situación se corrige, se levantará el proceso. Cuando el caso sea remitido al Consejo Directivo, en ésta instancia se citará a acudiente y acudido para dialogar sobre las situaciones Convivenciales presentadas, y de acuerdo con las evidencias del caso y a los descargos presentados. Los representantes del Consejo, tomarán por mayoría, decisiones que irán desde la firma de una matrícula en observación hasta el cambio de ambiente escolar. Las actas firmadas por acudientes y estudiantes deberán ser archivadas adecuadamente y reposar en la oficina de coordinación de convivencia. Instancia(s): Comité escolar de Convivencia – Consejo Directivo.
Parágrafo: Para situaciones Tipo I se podrá tener en cuenta el Proceso Conciliatorio, como un mecanismo alternativo de solución de conflictos por medio del cual dos o más personas negocian por sí mismos la solución de sus desacuerdos o enfrentamientos, con la ayuda de uno o varios terceros neutrales y calificados. La conciliación no produce ganadores ni perdedores, ya que todas las partes deben ser favorecidas por el acuerdo que se logre. Se aplicará para aquellas faltas leves o graves en las que no se haya vulnerado alguno de los derechos fundamentales consagrados en la constitución política nacional.
Procedimiento para el proceso conciliatorio:
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1.
Cualquier persona de la comunidad educativa que haya tenido algún conflicto conciliable con otra, puede solicitar a la Mesa de Conciliación, directamente o por intermedio de algún docente, que se cite a un proceso conciliatorio con la otra parte. 2. En caso de conflictos entre estudiantes, si no hay iniciativa por ninguno de ellos, entonces puede ser un docente o el director de grupo o un directivo, quien cite a la Mesa de Conciliación a las partes enfrentadas, a través del formato para el caso. 3. La Mesa de Conciliación realizará el proceso en los términos indicados por la reglamentación abajo descrita. 4. Si en la Mesa de Conciliación se llega a acuerdos, se dará por cerrado el caso. 5. Si no se llega a acuerdos, se seguirá con la etapa del protocolo que a bien se disponga. 6. Este proceso NO se aplicará en aquellos casos en que han sido vulnerados derechos fundamentales. 7. La conciliación debe procurarse en el menor tiempo posible, para evitar situaciones posteriores. Nota: El proceso se irá consolidando en la medida que los estudiantes reciban la capacitación o formación respectiva.
Artículo 33. Protocolo para la atención de situaciones Tipo II. Para la atención de situaciones Convivenciales Tipo II, la Institución desarrollará el siguiente procedimiento: 1. 2.
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9.
Ante una situación En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes (Hospital, ICBF, Proyecto RIO), actuación de la cual se dejará constancia. Se levantará acta en el caso de que las autoridades competentes no asistan la emergencia oportunamente. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006 (Centro Zonal, comisaria de familia, policía de infancia y adolescencia), actuación de la cual se dejará constancia. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. El Rector luego de la identificación del grado de responsabilidad de los implicados, emitirá las sanciones correspondientes (trabajo social y trabajo pedagógico con la participación de la familia para uno, dos o tres días, en otro espacio diferente al aula de clase) y remitirá el caso al Comité Escolar de Convivencia, para que sea analizado. Se dejará acta de las actuaciones realizadas. El Rector informará al Comité Escolar de Convivencia y al Director de Grupo, la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar
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si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del decreto 1965. 10. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, las cuales serán suscritas por todos los integrantes e intervinientes. 11. Será la Coordinación de Convivencia y Orientación quienes reporten la información del caso al aplicativo de alertas de la Secretaría de Educación, en un plazo máximo de 24 horas luego de originarse o conocerse la situación convivencial. Si no es posible subir la información al sistema de alertas, se oficiará a quien corresponda sobre la situación convivencial. De la actuación se dejará soporte físico. 12. El Comité Escolar de convivencia analizará el caso, teniendo en cuenta los soportes o evidencias provenientes de coordinación y orientación y será quien determine sí el caso debe reportarse al Consejo Directivo (del proceso realizado se dejará constancia). Instancia(s): Comité escolar de Convivencia –Coordinación- Consejo Directivo.
Artículo 34. Protocolo para la atención de situaciones Tipo III. Para la atención de situaciones Convivenciales Tipo III, la Institución desarrollará el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El Rector de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El Rector informará al Comité Escolar de Convivencia de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 6. El Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 7. Coordinación de Convivencia u Orientación, reportarán la información del caso al aplicativo de alertas de la Secretaría de Educación del Distrito. 8. La situación será objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia. 9. El Rector llevará al Consejo Directivo cada uno de los soportes generados en el proceso del tratamiento de la situación, para que cite a acudiente y acudido, y con la información obtenida, tome decisiones que irán desde la firma de una matrícula en observación hasta el cambio de ambiente educativo. Instancia(s): Comité Escolar de Convivencia – Consejo Directivo.
Parágrafo 1: La Coordinación de Convivencia llevará la estadística de situaciones generadas, de tal forma que se tenga la información precisa y oportuna, para evaluar la incidencia positiva o negativa del clima escolar.
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Parágrafo 2: El Consejo Directivo evaluará cada uno de los casos de los estudiantes cuya continuidad en la institución deba ser evaluada, atendiendo a los compromisos firmados y no asumidos.
Artículo 35. Debido proceso pedagógico. De acuerdo con el Artículo 26 de la Ley de Infancia y Adolescencia, los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados, así como a los adultos. Son principios del Debido Proceso: Reconocimiento de la dignidad humana. Respeto a la persona. El estudiante, así sea un Infractor de norma contenida en el Manual de Convivencia, es sujeto de derechos, de respeto y consideración por parte de los compañeros, de los profesores y de las directivas del establecimiento. Tipicidad: Se consideran faltas cometidas por el estudiante, aquellas que están expresamente definidas en el Manual de Convivencia; es necesario clasificarlas según el grado de gravedad. De acuerdo con ellas, se tipifican las sanciones, que serán aplicadas. Presunción de inocencia: El estudiante es inocente hasta cuando no se le haya demostrado su responsabilidad en falta cometida o acepte de manera voluntaria la comisión de dicha falta. Teniendo siempre en cuenta que prevalecen los derechos (testimonio, palabra e integridad de los niños, niñas, adolescentes y adultos). Artículo 44 de La Constitución Política de Colombia. Igualdad. Al estudiante no se puede discriminar por ningún motivo (género, raza, origen, lengua, religión, opinión política, etc.). Ante faltas iguales en circunstancias iguales, sanciones iguales. Derecho a la defensa. Durante todas las etapas del proceso disciplinario el estudiante, de manera directa y representado por sus padres, tiene derecho a defenderse a probar lo que le corresponde en beneficio a sus intereses. Instancia competente: El manual de convivencia define las personas o instancias competentes para llevar a cabo cada una de las etapas del proceso disciplinario, incluyendo la aplicación de las sanciones. Favorabilidad: Ante la aplicación de varias opciones se seleccionará la que más beneficie al estudiante implicado en el proceso. La duda se resuelve a favor del acusado. Proporcionalidad: Debe existir proporcionalidad entre la gravedad de la falta y la sanción aplicada.
Parágrafo 1: El Colegio Nueva Constitución seguirá las etapas que para tal efecto ha dado la Corte Constitucional en sentencia T-500 de 1992, cuando a un estudiante se le haga apertura del debido proceso; son los siguientes: 1. La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se atribuyen las conductas susceptibles de sanción. 2. La formulación verbal o escrita, clara y precisa de las conductas que se reprochan y que dan origen al proceso disciplinario, así como el señalamiento provisional de las correspondientes
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faltas disciplinarias (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran tales faltas) y de las consecuencias que dichas faltas pueden acarrear. El traslado al inculpado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados. La indicación de un término durante el cual puede formular sus descargos (de manera oral o escrita), controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos; en un término de 3 días El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante un acto motivado y congruente. La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron; Cambio de ambiente escolar. Cancelación de cupo para el año siguiente, respetando el derecho a continuar con su proceso educativo. La posibilidad de que pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, las decisiones de las autoridades competentes. En todas las etapas del proceso se deberá dejar constancia escrita de lo realizado. Las instancias competentes para realizar la apertura del proceso serán Rectoría y Consejo Directivo.
Parágrafo 2: En el desarrollo del debido proceso se deben cumplir de manera estricta las etapas correspondientes, y una instancia superior no debe recibir un caso que se haya saltado alguna de las etapas previas fundamentales, sino que, antes de aceptarlo, primero debe revisar si ellas ya se cumplieron. Esta norma debe estar incluida en el reglamento de cada uno de los estamentos del gobierno escolar. Parágrafo 3: Ante toda decisión del consejo directivo o Rectoría, cualquier miembro de la comunidad educativa tiene derecho a presentar recursos de apelación y de reposición dentro de los 5 días hábiles siguientes a la comunicación de ella, de acuerdo al Código Contencioso Administrativo. Decisión que quedará en firme cumplido este tiempo.
TITULO XIII: ESTRATEGIAS Y ACCIONES PEDAGÓGICAS Las medidas pedagógicas y acciones que contribuyen al fortalecimiento de una convivencia armónica son:
Artículo36. Promoción. De acuerdo con la ley 1620 de 2013, se considera promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Las acciones a desarrollar son: 1.
Implementación del proyecto de convivencia, “Convivir en paz, sana la mente”, con el propósito de potencializar los aspectos contemplados en el Proyecto Educativo Institucional “Lideres conciliadores y éticos, capaces de construir y transformar, mediante una comunicación asertiva” y el Plan de Estudios (gestión del conflicto y comunicación asertiva)
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Gestión del conflicto para:
La promoción de establecimiento de mecanismos de diálogo.
La estimulación de la capacidad de autorregulación de la conducta de manera que las partes inmersas en el conflicto aprendan a construir acuerdos, a asumir compromisos y a responsabilizarse por sus actos.
La apropiación del proceso para abordar el conflicto como posibilidad de mejoramiento, identificando la secuencia, instancias, participantes y criterios de manejo.
Comunicación asertiva para:
La consolidación del derecho de todo ser humano a expresarse y a establecer límites en las relaciones con las demás personas.
La expresión clara de pensamientos, sentimientos o necesidades, teniendo en cuenta al otro.
El mejoramiento de la seguridad en sí mismo y autoestima.
2.
Integrar acciones que por su proceso misional, las Instituciones externas pueden aportar conocimientos y experiencias significativas, como son: Secretaría de integración social, Policía Nacional, Personería, Secretaría Distrital de Salud, Unidad de Mediación y Conciliación, entre otras, con el fin de apoyar la formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación.
3.
Articulación de los proyectos transversales (Medio Ambiente, Prevención y Atención de Emergencias, Comunicación, Tiempo Libre, Democracia, Participación, Derechos Humanos, Sexualidad y Convivencia) y Media Fortalecida, con la propuesta pedagógica establecida para la consolidación de una convivencia armónica.
4.
Generación de incentivos tendientes a reconocer el buen comportamiento individual y colectivo (Salidas pedagógicas, publicación en medios de comunicación institucional, entre otros).
5.
Realización de encuentros de reflexión, sensibilización y expresión, teniendo como referente la el buen trato y la convivencia. Se promoverá procesos tales como, la aceptación de la diferencia, la inclusión social, el empoderamiento del estudiante como promotor de una convivencia basada en la armonía y el respeto.
6.
Informar a la Comunidad Educativa los datos y alcance de las entidades que apoyan el proceso, como son: ICBF, Policía de Infancia y Adolescencia, Unidad de mediación y conciliación, Hospital de Engativá, entre otros. Artículo 37. Prevención. De acuerdo con la Ley 1620 de 2013, se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Las acciones a desarrollar son:
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1.
Orientación realizará un proceso que permita identificar las problemáticas psico-socio-afectivas que a su consideración deban ser diagnosticadas por una Institución especial.
2.
Desarrollo de la escuela de padres como una oportunidad para acercar a las familias al entorno educativo, y potenciar el análisis, la reflexión y la toma de conciencia en relación con la forma de pensar, sentir y actuar. Para cumplir con esta estrategia, los padres de familia o acudientes asumirán la responsabilidad y compromiso de asistir a la convocatoria que se realice.
3.
Realización de Direcciones de Grupo, al menos una quincenalmente, para analizar, reflexionar y sensibilizar sobre las situaciones Convivenciales que generan dificultades al interior de cada grupo, de tal forma que se tomen decisiones y que conlleven a la formulación de acuerdos, pactos colectivos o mínimos éticos no negociables.
4.
Realizar ejercicios de conciencia que permitan procesos de aceptación, comprensión y adaptación de la realidad, que a la vez les faciliten a los estudiantes construir nuevas propuestas para enfrentar y mejorar la realidad en la que están inmersos.
5.
Invitación a autoridades competentes, cuando se considere que la comunidad educativa esté en riesgo (Distribución, venta y consumo de sustancias psicoactivas, ciberacoso, bullying, barras futboleras, pandillas, entre otras).
6.
Promover la vigilancia por parte de la policía de infancia y adolescencia, a los alrededores de la institución tanto a la hora de entrada como a la hora de salida de los estudiantes. (Ver la ley de infancia y adolescencia).
7.
Realizar convenios con Instituciones para tener apoyo de personal especializado, Secretaría de integración social, Policía Nacional, Personería, Secretaría Distrital de Salud, Unidad de Mediación y Conciliación, entre otras.
8.
La Vinculación del Colegio a los proyectos que promuevan y que sean un insumo importante para cumplir el Horizonte Institucional, que realice la Secretaría Distrital de Educación u otras instituciones.
9.
Organizar la Mesa de conciliación, como un espacio para gestionar el conflicto, donde voluntariamente, las partes implicadas dialoguen para llegar a una solución adecuada y pertinente, asistidos por un grupo de conciliadores, mediadores o jueces de paz.
10. Atención inmediata a las dificultades convivenciales que se pueden generar, producto de rumores, chismes, expresiones inadecuadas, entre otras. Es responsabilidad de Docentes, Director de Grupo, Coordinación y Rector, la aplicación del conducto regular y el Debido Proceso. 11. Desarrollo de convivencias experienciales, que permitan profundizar en aspectos que de una u otra forma, son un obstáculo para mantener una convivencia armónica, propios de la edad cronológica y psicológica de los estudiantes.
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12. Se solicitará el apoyo de la Policía Nacional y de la Personería para acciones de requisas, campañas preventivas, acompañamiento a eventos, entre otros. 13. Realizar el Festival del Trueque con el objetivo de promocionar los derechos a la vida, dignidad y libertad, a través del desarme, donde se logre el cambio de armas por libros, comida u otros elementos.
Artículo 38. Reconciliación. Según Eduard Vinyamata, se consideran acciones de reconciliación las que buscan intervenir a partir de una comunicación con reconocimiento entre las partes involucradas en un conflicto, para sentar las bases de un pacto tácito, espontáneo y voluntario de perdón, comprensión de los hechos, y restauración de las capacidades afectivas. Las acciones a desarrollar son: 1. Desarrollar procesos de autoevaluación, autocontrol y autorregulación en cada una de las personas involucradas en situaciones convivenciales que afectan las relaciones intra e interpersonales, de tal forma que se haga consciencia de las causas y sus consecuencias, generando el espacio que conlleve a reflexionar sobre formas de pensar, sentir y actuar, a tomar decisiones para el autocontrol y autorregulación. 2.
Trabajar con la Comunidad Educativa desde la perspectiva de la ética del cuidado consigo mismo, con el otro, con el entorno y con lo que es de todos.
3.
Atención inmediata a las dificultades convivenciales generadas, asumiendo el protocolo definido para situaciones convivenciales tipo I, II o III, de acuerdo con la la Ley 1620 de 15 de marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013, el conducto regular y el Debido Proceso.
4.
Desarrollo de habilidades para gestionar el conflicto como oportunidad de mejoramiento y transformación, promoviendo ambientes de empatía y perdón.
Artículo 39. Reparación y restablecimiento del clima escolar. Se consideran acciones de reparación y restablecimiento del clima escolar las que buscan una restitución, satisfacción y garantías de no repetición de una situación convivencial que genere conflicto. Las acciones a desarrollar son: 1. Los estudiantes realizarán un trabajo pedagógico relacionado con la situación convivencial presentada y que altera las relaciones intra e interpersonales, en compañía de la familia. Reflexión que será expuesta a sus compañeros, de tal forma que se aprenda del conflicto. 2.
3.
A los estudiantes que estén implicados en situaciones que afectan la convivencia escolar, se les asignará trabajo social al interior del colegio, para que con su labor apoyen los procesos institucionales. En la gestión del conflicto se tendrán en cuenta los mecanismos para que las personas que necesitan de una reparación, encuentren respuestas, utilizando los mecanismos de disuasión, prevención, corrección y reeducación.
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4.
Intervención pedagógica para tratar la situación que genera dificultades convivenciales a partir de la realización de cine foros, seminario taller, exposición de casos, historias de vida, identificación de imaginarios y símbolos.
5.
Generar espacios de participación para que la comunidad educativa apoye las acciones conducentes a mejorar día a día el ambiente escolar y laboral, promoviendo el sentido de pertenencia institucional.
6.
Desarrollo de convivencias para los grupos que presenten situaciones que dificultan las relaciones intra e interpersonales, conducentes a mejorar el ambiente.
TITULO XIV: DEL GOBIERNO ESCOLAR EN GENERAL Las reglas de elección de los diferentes representantes de los organismos Directivos son las establecidas por la Ley General de Educación y sus disposiciones reglamentarias, en concordancia con el Manual de Procedimientos del Gobierno Escolar propio del Colegio.
Artículo 40. Principios democráticos que rigen al gobierno escolar: La representación democrática como rol institucional y no personal: La esencia de la democracia consiste en el ejercicio del poder político por parte de la sociedad, puesto que ella es la depositaria de la soberanía. Por necesidades prácticas, la sociedad elige a un grupo de representantes para que, en nombre de ella, ejerzan ese poder. Pero eso no significa que la sociedad renuncie en ese momento a ese poder. El representante elegido contrae con sus representados la obligación de cumplir con el mandato que aquellos le entregan. Lo anterior implica que el poder que se le entrega al representante no es para que lo ejerza a título personal sino a título institucional, es decir, que representa los intereses de la comunidad que lo eligió y no sus intereses o convicciones personales, y por tanto, debe escucharla.
Artículo 41. Procedimientos para elegir delegados ante órganos de representación En toda Institución Educativa, existen unas herramientas y canales de participación promovidos por la ley general de educación (Ley 115/94 y la Constitución Política de Colombia) que establecen como objetivos y condiciones de la misión educativa, vivir la democracia y la convivencia escolar. El Gobierno Escolar debe ser entendido, entonces, como un espacio de convivencia democrática, generador de cultura política y centro de dinamización de las potencialidades de la comunidad, para su desarrollo educativo, cultural y socioeconómico. Las cuestiones fundamentales del saber, de la pedagogía, de los programas de formación, de los enfoques no pueden decidirse por medio de votaciones, ni es asunto de mayorías y minorías. (Nuevas instancias de participación y el gobierno Escolar hacia una Democracia autogestionaria). Las decisiones deben tomarse en un estricto ejercicio de la Democracia participativa como forma de gobierno, es decir entendida como vínculo directo entre el elector y el elegido a través del voto programático, situación que le crea al segundo, una obligación para con el elector, compromiso que
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éste puede hacer valer, acudiendo a diversos instrumentos como la revocatoria del Mandato y el Plebiscito, entre otros. Basados en la participación y en los acuerdos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa, y algo más, en la eficacia de la participación se efectúa la organización del Gobierno Escolar, porque así se permite que las decisiones se tomen colectivamente, que haya mandato sobre el elegido o representante y que luego pueda hacerse seguimiento y evaluación. Con respecto a la ley, para lograr tales propósitos, el artículo 41 de la Constitución Política señala que: « En todas las instituciones de educación oficiales o privadas será obligatorio el estudio de la Constitución y la instrucción cívica, así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana» (Art. 41 C.P.). La Constitución Política de 1991 da la facultad a la comunidad educativa de entrar a dirigir participativamente la institución con el fin de ir transformando el conflicto escolar, sacarla de la simple confrontación y llevarla al diálogo y la concertación. Dicha Constitución crea las premisas para que toda institución escolar además de ser pública sea también comunitaria; entendiendo por comunitario lo público y lo solidario. La comunidad educativa participara en la dirección de las instituciones de educación… (Art 68) CP
Artículo 42. Etapas del proceso. Será el Consejo Directivo quien convocará a las diversas elecciones para lo cual se tendrá en cuenta las siguientes fases, así como lo establece la Resolución 3612 del 27 de Diciembre de 2010: Fase Preelectoral: Convocatoria, publicidad del proceso, motivación a la participación en las elecciones, inscripciones, presentación y difusión de las propuestas de candidatos, formación de candidatos, definición de los mecanismos de elección. Fase electoral: Designación y preparación de jurados y testigos electorales, votación, escrutinio. Fase Poselectoral: Actas de legalización, posesión, seguimiento y rendición de cuentas por parte de los representantes elegidos. Será el Consejo Directivo quien indicará a la Comunidad Educativa el lugar, el día y hora en qué se realice las elecciones, no más allá de los sesenta primeros días de haber iniciado el año escolar. Así como la cantidad y denominación de representantes. Se hará entrega a cada uno de los candidatos de las normas existentes en relación con el cargo o instancia a que aspira. El Consejo Directivo en funciones garantizará la posesión y presentación formal de los elegidos ante la comunidad educativa y les facilitará el reglamento interno de la instancia respectiva, copia completa del texto del PEI y plan operativo anual. Los resultados de las elecciones deben ser consignados en actas y serán dados a conocer a la comunidad educativa y a las diferentes instancias que lo requieran. Cada órgano del Gobierno Escolar e instancias de participación presentarán un informe de rendición de cuentas al finalizar cada semestre a los representados.
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Artículo 43. Instancias de participación y representación 1.
2.
Consejo Académico: Rector Coordinadores Orientadores Un docente por cada área definida en el plan de estudios. Comité Escolar de Convivencia: En concordancia con la Ley 1620 y su Decreto Reglamentario 1965 de 2013, el Comité de convivencia estará constituido así:
El Rector, quien preside el comité El Personero Estudiantil Orientadores Los Coordinadores El Presidente del Consejo de Padres de Familia El Presidente del Consejo de Estudiantes Un (1) docente por cada jornada que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. 3.
Comité ambiental escolar: Los docentes que conforman el Área de Ciencias Naturales Un estudiante representante de cada curso (Vigías ambientales)
4.
Comité institucional de presupuestos participativos: Tres docentes de cada jornada Tres estudiantes por jornada Tres padres de familia elegidos por el consejo de padres Contralor estudiantil
5.
Comité de mantenimiento: Un docente por jornada Un padre de familia Un estudiante representante Contralor estudiantil
6.
Consejo de estudiantes: Un estudiante de cada uno de los grados Un vocero de los estudiantes del primer ciclo
7.
Personero estudiantil:
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Un estudiante que curse el último ciclo que ofrezca la institución elegido por todos los estudiantes del plantel. 8.
Contralor estudiantil: El contralor será un estudiante que curse entre los grados de sexto a undécimo El vice contralor será el estudiante que obtenga la segunda mejor votación.
9.
Consejo de padres: De cada curso se elegirá de uno a tres representantes de los padres de familia.
10. Consejo directivo: Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. Dos representantes de los padres de familia elegido por el Consejo de Padres Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de estudiantes, entre los estudiantes que se encuentren cursando once. Un representante de los exalumnos elegido por el Consejo Directivo Un representante de los sectores productivos, elegido por el Consejo Directivo.
Artículo 44. Legitimidad y formación de los cuerpos que representan la participación La Estructura Educativa está conformada por la Comunidad Educativa en cuanto ejerce el derecho a la participación. Esta estructura constituida por aquellas personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional, que se ejecuta en una institución educativa, comprende los siguientes estamentos: Estudiantes matriculados. Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los alumnos matriculados. Los docentes vinculados que laboren en la institución. Los directivos docentes que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. Los egresados organizados para participar. Los miembros de la comunidad tienen el derecho de participar en la dirección de las instituciones educativas y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar.
En el momento de la votación Los participantes en las diferentes elecciones deben pertenecer legalmente a la institución y estar registrados en las diferentes listas El elector debe presentar el carnet que lo identifique plenamente En el cubículo debe estar solo, para hacer su marcación en completa libertad
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Doblar su voto e introducirlo en la urna En el momento del conteo Los votos enmendados, marcados doblemente, con palabras soeces o con dibujos anexos en la papeleta se deben destruir; a la vista de los delegados de votación. En el caso de un empate En consenso con los participantes se puede optar por una segunda vuelta. Para lo cual se debe hacer de inmediato o acordar la próxima fecha de elección en consenso con los participantes se pueden devolver exactamente los mismos votos del conteo final, a la urna (s), y en presencia de los participantes retirar uno de los votos, que marque el desempate. Nota: Los resultados deben ser consignados en las actas previamente preparadas por el Comité Electoral y firmadas por los integrantes.
TITULO XV: DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN El presente Manual de Convivencia asume la aplicación del Decreto 1290 de 2009, por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes del Colegio Nueva Constitución en los Niveles de Educación Preescolar, Básica y Media, en jornada diurna y Educación para Adultos y Jóvenes en Extra edad, jornada nocturna. Se han fijado a nivel institucional los siguientes parámetros a tener en cuenta con base en la Ley General de Educación:
Artículo 45. Estrategias de valoración integral de los estudiantes De conformidad con lo planteado en la Ley General de Educación, Ley 115, Decreto 1290 de 2008, Art. 3, en cuanto a la evaluación “...sus propósitos son: 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 4. Determinar la promoción de estudiantes. 5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.”. La evaluación y correspondiente valoración sobre cualquier aspecto de la producción académica de los estudiantes, su aprendizaje, ha de considerarse desde el desarrollo de los criterios establecidos en la Legislación Educativa como son los logros de desempeño. Para la evaluación y promoción en los niveles de educación pre-escolar, básica y media, se debe tener en cuenta la existencia de diferencias en el ritmo de aprendizaje de los estudiantes. Por tanto, los educandos deben tener oportunidades de avanzar en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales.
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La valoración de los estudiantes en su desempeño ha de ser integral, continua y formativa, lo cual se convierte en sí misma en un proceso de la acción de enseñanza y aprendizaje, que lleva implícito aspectos internos y externos, tales como: responsabilidad, autonomía, motivación por aprender, fortalezas, debilidades y trabajo en equipo, que permitan diseñar estrategias para favorecer la superación de dificultades.
Artículo 46. Escala de valoración institucional y su equivalencia con la escala nacional De conformidad con el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en su Art. 5, se establece que la escala de valoración institucional es: ESCALA NACIONAL DESEMPEÑO SUPERIOR: DESEMPEÑO ALTO: DESEMPEÑO BÁSICO: DESEMPEÑO BAJO:
ESCALA INSTITUCIONAL Valoración entre 4.6 y 5.0 Valoración entre 4.0 y 4.5 Valoración entre 3.2 y 3.9 Valoración entre 1.0 y 3,1
Criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas: 1.
Desempeño superior:
Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía Institucional, alcanzando óptimamente los logros propuestos y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje. Criterios de evaluación:
Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución. El trabajo en el aula es constante, enriquece al grupo y sabe trabajar en equipo. Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica. Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros. Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo. Consulta diversas fuentes de manera que enriquece los contenidos vistos en clase. Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad. Es puntual, y en caso de inasistencias, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. Alcanza todos los logros propuestos sin actividades complementarias. Presenta comportamiento adecuado con todas las personas de la comunidad educativa. Manifiesta sentido de pertenencia institucional.
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2.
Desempeño alto:
Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía del colegio, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso particular de aprendizaje. Criterios de evaluación:
Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase. Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula. El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. Su comportamiento favorece la dinámica de grupo. Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso. Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas. Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades complementarias. Tiene faltas de asistencia justificadas. Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.
3.
Desempeño básico:
Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los valores y la filosofía del colegio, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en el área. Criterios de evaluación:
Participa eventualmente en clases. Su trabajo en el aula es inconstante. Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo. Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad. Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos. Su comportamiento académico y formativo es inconstante. Presenta dificultades de comportamiento. Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico. Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. Manifiesta un sentido de pertenencia por la institución.
4.
Desempeño bajo:
Presenta actitud insuficiente y de desinterés ante los valores, la filosofía del colegio y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área. Criterios de evaluación:
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El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico. Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre los contenidos trabajados. Registra eventualmente sus consultas y el avance en los contenidos. Necesita ayuda constante para profundizar conceptos. Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita. Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos. Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo. No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar los logros previstos. Presenta faltas de asistencia injustificadas. Presenta dificultades de comportamiento. No tiene sentido de pertenencia institucional
Artículo 47. Criterios de promoción por grados. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1290 del 2009, el estudiante será promovido al finalizar el año escolar si alcanza el desempeño Superior, Alto y/o Básico en todas las áreas fundamentales y optativas contempladas en el Plan de Estudios. Será la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado y ciclo quien podrá determinar si un estudiante es candidato para reiniciar el grado, cuando se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
Desempeño bajo en una o más áreas. 25% de fallas no justificadas durante el año escolar.
Algunos casos especiales deberán ser analizados por la Comisión de Evaluación y Promoción.
Parágrafo 1. Es importante tener en cuenta… 1. 2. 3. 4.
5.
El porcentaje máximo de estudiantes con desempeño bajo en una asignatura será del 30%; lo cual conlleva, a que el docente desarrolle diversas estrategias de mejoramiento, para que en el transcurso del año escolar éste valor disminuya. El porcentaje máximo de estudiantes no promovidos a nivel institucional será del 11%. Para preescolar la promoción será determinada según la reglamentación vigente en concordancia con el plan sectorial de educación de Bogotá. Para la Jornada Nocturna la evaluación se rige por el Decreto 1290 del 2009 y la promoción se realiza según el artículo 21 del Decreto 3011 de 1997, teniendo en cuenta los ciclos lectivos. La evaluación será bimestral asignándole un porcentaje igual a todos los tipos de evaluación y la promoción semestral. El estudiante no será promovido al siguiente grado si presenta desempeño bajo en una o más áreas. Se realizarán en cada periodo evaluaciones bimestrales a los estudiantes en las fechas establecidas en el cronograma con preguntas tipo ICFES.
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60% Metodológico (Trabajo de clase) 30% Evaluación Bimestral (Cognitivo) 10% Autoevaluación Nota: Se implementarán dos simulacros prueba SABER al año en los grados 3, 5, 7, 9, 10, 11; los cuales tendrán un valor del 30% correspondiente a la evaluación bimestral del respectivo periodo en que se aplique (jornada diurna). 6.
El estudiante que sea NO PROMOVIDO por segunda vez, pierde el cupo en el colegio para el año siguiente. Se solicitará a la Dirección Local de Educación el cambio de ambiente escolar, de tal forma que se respete el Derecho a la Educación.
Parágrafo 2. Educación Media Fortalecida 1.
Los estudiantes de grado décimo y once, que cursan el área Educación Media Fortalecida, deben aprobar cada asignatura con promedio mínimo de valoración cuantitativa de 3.5, equivalente al DESEMPEÑO BÁSICO, que se encuentra en la escala de valoración institucional, y de conformidad con el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009, articulo 5. Esto con el propósito de obtener los créditos académicos, otorgados por la Universidad Acompañante. No obstante, los estudiantes que obtengan una valoración de 3.2 a 3,4, que de acuerdo a la escala institucional corresponde a desempeño básico, aprobaran el área pero no obtendrán los créditos otorgados por la universidad acompañante.
2.
Al finalizar cada asignatura del área Educación Media Fortalecida, los estudiantes deben presentar un (1) proyecto de acuerdo a los contenidos vistos y a las prácticas realizadas en cada una de las asignaturas, donde se articulen y se evidencie los aprendizajes. Este proyecto, se debe presentar en el marco del Encuentro de Productos Audiovisuales Escolares que tendrá lugar el último día hábil del mes de octubre de cada año, para ser evaluado por el comité, integrado por todos los docentes del área Educación Media Fortalecida, los pares académicos de la universidad acompañante, director del proyecto e invitados según el caso. Lo anterior, con el propósito de efectuar un proceso de evaluación objetiva y que apunte a la calidad académica y la construcción dialógica del conocimiento.
3.
Los estudiantes deben asistir y cumplir a toda la programación, capacitaciones, trabajos tanto presenciales como virtuales, foros, encuentros y otras actividades que fomenten el conocimiento y la convivencia.
Artículo 48. Estrategias de Apoyo para situaciones pedagógicas pendientes. 1.
Para los estudiantes que por situaciones de enfermedad o calamidad doméstica no asistieron y por tanto no entregaron, ni realizaron actividades pertinentes al proceso académico, podrán realizar dichas actividades, previa presentación de la excusa correspondiente durante los tres días siguientes al reintegro al colegio, la cual será avalada por el coordinador de convivencia. La
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presentación de los trabajos tendrá un plazo máximo de dos semanas a partir de la fecha de reintegro del estudiante. 2.
Las incapacidades médicas y Licencias de maternidad se respetarán de acuerdo con el parámetro legal (no se enviarán, ni asignarán trabajos durante este tiempo). Se debe anexar los documentos respectivos para ser firmados por coordinación. Cuando el estudiante se reintegre, si la inasistencia supera el 50% del periodo se convalidará el periodo siguiente (Las valoraciones del siguiente periodo se duplicarán). Si la incapacidad es inferior al 50% del periodo se sacará la valoración final con las valoraciones parciales que lleven a la fecha. En la jornada nocturna el estudiante debe nivelar y asumir el proceso de aprendizaje durante el siguiente periodo.
3.
Los estudiantes que presentan dificultades a nivel conceptual, deben realizar actividades de nivelación al terminar cada periodo académico, de tal forma que les permita superar las deficiencias. El docente lo registrará en el sistema de notas del colegio. Los estudiantes que hayan obtenido desempeño bajo en un área o asignatura y que en el periodo siguiente obtengan desempeño alto o superior, automáticamente se modificará la valoración cuantitativa obtenida por una calificación de 3.2 (básico).
4.
5.
Estudiantes que pierden un área al finalizar el año lectivo, tendrán derecho a presentar un nuevo plan de mejoramiento en la última semana del mes de noviembre. En caso que continúe con desempeño bajo en dicha área, deberá reiniciar el año escolar.
Artículo 49. Promoción anticipada de grado El estudiante será promovido anticipadamente según: Art. 7- Decreto 1290 durante el primer periodo del año escolar. El Comité De Evaluación y Promoción, previo consentimiento de los padres de familia, o a petición del estudiante mayor de edad, recomendará ante el Consejo Académico la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento Superior o Alto en cada una de las áreas contempladas en el plan de estudios y una excelente convivencia. El procedimiento establecido para la promoción anticipada en el colegio es el siguiente: a) Solicitud por escrito por parte de los padres de familia y/o acudiente o a petición del estudiante mayor de edad, en coordinación académica, hasta la última semana del primer período académico. b) El estudiante debe demostrar durante el primer periodo rendimiento académico superior o Alto en el desarrollo de cada una de las áreas del plan de estudios y demostrar buen comportamiento. c) El Padre de familia o acudiente de los estudiantes interesados realizarán la solicitud de promoción anticipada al siguiente grado. Serán promovidos en la primera semana del segundo período académico, siempre y cuando cumplan las condiciones contempladas en los literales a y b. Las valoraciones del segundo periodo serán replicadas en el primer período de la promoción. d) El Consejo Académico es quien decide y legaliza mediante acta y luego se notifica al padre de familia quien solicitó la promoción anticipada correspondiente. e) La Promoción anticipada no es aplicable al Grado undécimo de Educación Media.
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Parágrafo: En el Nivel de Educación Preescolar se tendrá en cuenta, además de los procesos cognitivos, su grado de madurez para asumir hábitos básicos.
Artículo 50. Comité de Evaluación y Promoción Define los lineamientos generales sobre el sistema de evaluación del rendimiento escolar, criterios de promoción regular o anticipada y acciones de superación de logros pendientes al finalizar cada periodo académico y cada año escolar. Para cada grado el Consejo Académico conformará un Comité de Evaluación y Promoción integrado por:
Coordinación Académica Coordinación de Convivencia Docente director de grupo. Docentes encargados de las áreas según el grado. Orientación Personero Estudiantil Representante de los Padres de Familia Presidente del Consejo Estudiantil.
En la jornada nocturna la Comisión de Evaluación y Promoción estará integrada por todos los docentes del ciclo, Director(a) de Grupo, Coordinación y Orientación.
Funciones: La Comisión de Evaluación y Promoción se reunirá al finalizar cada período escolar para analizar los casos de estudiantes que hayan obtenido desempeño bajo en tres o más áreas en la valoración final de cada periodo y hacer recomendaciones generales tanto a alumnos como a profesores y a padres de familia u otras instancias del colegio para seguir actividades de refuerzo y superación. La Comisión de Evaluación y Promoción analizará las condiciones del estudiante y remitirá el informe respectivo a la coordinación académica con el fin de citar a reunión a padres de familia junto con el estudiante para seguir el conducto regular estipulado en el presente Manual de Convivencia y acordar los compromisos por parte de los involucrados. La Comisión de Evaluación y Promoción analizará los casos de estudiantes con desempeño excepcionalmente alto con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. Todas las decisiones, observaciones y recomendaciones de las Comisiones se consignarán en actas y estas serán la base para posteriormente tomar las decisiones acerca de la promoción de estudiantes. Si a la Comisión de Evaluación y Promoción se reportan estudiantes con dificultades, que requieren apoyo profesional externo, se le dará al padre de familia un tiempo prudencial (fijo) para hacer llegar los resultados al colegio por intermedio del departamento de orientación.
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Artículo 51. Periodicidad de entrega de informes a los padres de familia y estudiantes mayores de edad. La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro períodos, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración asignada en cada una de las áreas y los criterios de evaluación que describen el desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar. Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos anteriores. En caso de que algún periodo haya sido valorado con desempeño bajo y las dificultades no hayan sido superadas con los planes de mejoramiento propuestos, la valoración definitiva asignada será de desempeño bajo. Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán el rendimiento en cada área mediante la escala enunciada.
Artículo 52. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar Cada docente, en reunión de área, establecerá los procesos y estrategias denominados planes de mejoramiento en el formato establecido y aprobado por el Consejo Académico, que incluye: descripción de la situación académica del estudiante, estrategia de refuerzo, sustentación y evaluación. Los Planes de mejoramiento son aprobados por el Consejo Académico de la institución como estrategia de apoyo pedagógico, con el propósito de favorecer el aprendizaje de todos los estudiantes, teniendo en cuenta que algunos de ellos presentan dificultad para alcanzar los desempeños previstos. El proceso a seguir es el siguiente: a.
b. c. d.
Al finalizar cada periodo en reunión de Padres de Familia, se hace entrega del plan de mejoramiento formulado por cada docente en las asignaturas que el (la) estudiante presenta dificultad. En caso de la no asistencia de los padres de familia o acudiente a la entrega de informes académicos y planes de mejoramiento, se citará a una nueva reunión y se firmarán los compromisos respectivos. Los estudiantes mayores de edad recibirán personalmente sus planes de mejoramiento. El (la) estudiante entrega la actividad asignada en el plan de mejoramiento y realiza la respectiva sustentación en las fechas asignadas con anterioridad. Los resultados del trabajo presencial sobre los Planes de Mejoramiento se valorarán con una nota de 3.0 (básico), la cual el docente sube a la plataforma. Los estudiantes que no cumplan con las fechas de entrega y/o sustentación del plan de mejoramiento, deberán presentar excusa médica avalada por la coordinación de convivencia, en
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los tiempos contemplados en el Sistema de evaluación institucional, para poder hacer el respectivo manejo y ser incluidos en el proceso extra - tiempo al finalizar el año lectivo. Parágrafo 1. Los padres de familia o representante legal, una vez enterado a través del colegio, sobre el desempeño bajo del estudiante, deberán presentarse inmediatamente ante el profesor del área y/o director de curso para definir y seguir el plan de mejoramiento académico individual sin esperar hasta final del año.
Artículo 53. El debido proceso para casos académicos: Para el estudio de circunstancias académicas es necesario establecer los canales y procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones. Se requiere en todos los casos que haya una comunicación permanente y respetuosa entre el colegio y la familia del estudiante con el fin de garantizar un adecuado seguimiento y acompañamiento de la situación presentada. Con los estudiantes que presentan dificultades académicas y que se remiten a la Comisión de Evaluación y Promoción se procederá de la siguiente manera: 1.
2. 3.
4.
5.
Los docentes de cada una de las asignaturas citarán a los padres de familia, de acuerdo con el horario de atención asignado, con el fin de garantizar el seguimiento académico de los estudiantes con dificultades. Remisión a la Comisión de Evaluación y Promoción: el caso del alumno(a) es presentado a la comisión de grado o ciclo y se siguen las recomendaciones asignadas en dicha reunión. Primera citación a padres de familia o adultos de la jornada nocturna: para informar sobre el proceso de recuperación, actividades de refuerzo y plan de mejoramiento a la que haya lugar en el área en la que se presenta desempeño bajo. Esta citación es realizada por el Profesor encargado de la asignatura o director de curso con el fin de firmar el seguimiento académico. En caso de que los padres de familia no asistan a la citación y no cumplan los compromisos pactados, se procederá a: Segunda citación a padres de familia por parte de coordinación académica: para firmar compromiso académico, acordar decisiones sobre el proceso del estudiante, realizar el respectivo seguimiento y recomendaciones ante la posible indiferencia de alumno y familia. En caso de que los padres de familia no cumplan la segunda citación, ni los compromisos pactados, se procederá a: Tercera citación a padres de familia por parte de Rectoría: agotadas todas las instancias se citará a padres de familia o representante legal, al estudiante y a la Comisión de Evaluación y Promoción, para notificarles las decisiones finales.
Nota: Todo padre de familia, tiene el derecho a solicitar un informe detallado de la evaluación o promoción de su hijo. No obstante, deberá seguir el conducto regular. Si un padre de familia no es atendido en sus requerimientos, los cuales deben ser ajustados a la legislación, podrá enviar una solicitud por escrito al Consejo Directivo. Conducto regular
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Para atender las inconsistencias referentes a la evaluación de los desempeños de los estudiantes, es necesario que tanto estudiantes como padres actúen a través del conducto previsto y con una comunicación respetuosa; el mecanismo a seguir es el siguiente:
Docente encargado del área o asignatura Docente director de Grupo Coordinación Comisión de Evaluación y Promoción Consejo Académico. Rector. Consejo Directivo
Artículo 54. Requisitos para obtener el título de bachiller Para obtener el Título de Bachiller Académico, el estudiante deberá ser promovido según lo contemplado en el Decreto 1290. Además de cumplir con los requerimientos exigidos por el MEN y la Secretaría de Educación Distrital así:
Asumir las responsabilidades económicas y académicas ante el ICFES - con el fin de presentar las PRUEBAS SABER. (Ley No 1324 del 13 de julio de 2009)
Presentar un proyecto de grado, como resultado de los procesos académicos y convivenciales durante todos los semestres cursados y aprobados de la EDUCACIÓN MEDIA FORTALECIDA (EMF), el cual debe ser aprobado con desempeño alto o superior, de acuerdo a la escala nacional de valoración cualitativa institucional (Decreto 1290 del 16 de abril de 2009, Artículo 5). Previamente avalado por el director del proyecto de grado y el jurado designado para tal fin.
Asistir y cumplir a toda la programación, capacitaciones, actividades, trabajos tanto presenciales como virtuales, de la EDUCACIÓN MEDIA FORTALECIDA (EMF).
Los estudiantes varones deben legalizar el trámite del Servicio Militar.
Los estudiantes de las tres jornadas, deben tener al día la documentación, al igual que cumplir con el pensum académico establecido para todas las áreas.
Los estudiantes del grado undécimo -jornada tarde, deben cumplir con 80 horas de servicio social, y de la jornada nocturna con 40, Artículo 97 Ley 115 de 1994 y Artículo 39 Decreto 1860 de 1994.
Artículo 55. Educación Media Fortalecida El proyecto Educación Media Fortalecida - EMF, no solo busca fomentar el acceso y la permanencia a la educación superior, sino también proyectarlos a la vida profesional, brindando herramientas para la vida, a través de las líneas de profundización en la áreas de: artes y diseño y humanidades y
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comunicación social. Con el fin de aportar elementos para el mejoramiento de la calidad de vida y aprovechamiento del tiempo libre de los estudiantes. Durante su ejecución, este proyecto ha impactado a nivel convivencial, debido a las dinámicas y actividades que se generan al interior de las clases. Donde se destaca uno en particular, el trabajo en equipo, sustentado en la capacidad de imaginar y hacer posible las ideas, en fomentar la creatividad con cada de los productos que deben desarrollar y entregar, en reconocer al otro como individuo y reconocer-se en sus capacidades y dificultades, en encontrar solución a un problema plateando utilizando las herramientas gráficas y audiovisuales o simplemente en hacer de la comunicación una cuestión verdaderamente ética y con responsabilidad social. Impactando también a docentes, padres de familia, administrativos y todos aquellos que de forma directa o indirecta pertenecen a la comunidad educativa; pues el respeto, el reconocimiento del otro, la responsabilidad y el compromiso están presentes en todas las realizaciones y piezas gráficas que desarrollan los estudiantes que hacen parte del proyecto. En relación a que cualquier actividad que se plantea, requiere de todo el apoyo posible, tanto en recursos técnicos y tecnológicos, administrativos y humanos, este último representado en el valioso aporte de los padres de familia en cuanto a lo emocional y en los docentes en sus conocimientos de los temas que se desarrollan. Objetivos de la EMF Transformar y fortalecer la educación media distrital mediante la consolidación de una oferta diversa, electiva y homologable con la educación superior que promueva la continuidad de los estudiantes en este nivel educativo, para generar en los estudiantes mayores oportunidades en el mundo socio – productivo. Núcleo Problémico ¿Cómo desarrollar competencias comunicativas y convivenciales que puedan guiar al estudiante de manera acertada y eficiente al mundo laboral y/o académico, proyectándolo como una persona crítica, participativa y exitosa en el campo que elija?
Etapas del proyecto
I SEMESTRE
II SEMESTRE
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Problematización - Contextualización
Problematización - Fundamentación
Sub – problema: ¿Cómo implementar herramientas que le permitan al estudiante generar procesos de contextualización referentes a la comunicación? Objetivo: Construir referentes históricos y contextuales relacionados con la comunicación y sus manifestaciones en la sociedad. Referentes conceptuales: Modernidad, desarrollo humano, técnica, sociedad de la información, dimensión social de la información, la comunicación y la tecnología.
Sub – problema ¿Cuál es la mejor manera para generar una comprensión de los referentes conceptuales fundamentales de la comunicación y su relación con la investigación, la Tecnología y la Sociedad? Objetivo Presentar los referentes conceptuales fundamentales de la comunicación y su relación con la investigación, la Tecnología y la Sociedad. Referentes conceptuales Modernidad, desarrollo humano, sociedad de la información, dimensión social de la información, la comunicación y la tecnología. IV SEMESTRE
III SEMESTRE
Diseño - Profundización
Diseño - Proyección
Sub – problema ¿Cuáles son las dificultades inherentes a la comunicación, la tecnología, la cultura y la investigación que se presentan dentro del contexto inmediato del estudiante? Objetivo Profundizar en los ejes de comunicación, investigación y tecnología, con base en las herramientas adquiridas en el proceso de exploración y fundamentación. Referentes conceptuales Física moderna, multimedia y virtualidad; semiótica y semiología, tipología textual.
Sub – problema ¿Cuáles son los aportes de los estudiantes en los campos de la comunicación, la tecnología y la investigación frente a las vivencias, necesidades y expectativas propias de su contexto? Objetivo Generar un producto con base en las líneas de profundización. Referentes conceptuales Innovación, audiovisuales, preproducción, producción, posproducción, aplicaciones tecnológicas.
Currículo Área Educación Media Fortalecida Línea: Comunicación Social. Área de profundización: Humanidades y Comunicación Social
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COLEGIO NUEVA CONSTITUCIÓN I.E.D. “Líderes éticos y conciliadores, capaces de construir y transformar mediante una comunicación asertiva”
Décimo - Primer Semestre No.
Asignatura
1
CEPLEC
2
Fund. de la Comunicación
3
Teorías de la Comunicación
Intensidad Horaria 4 Horas semanales 4 Horas semanales 2 Horas semanales
Décimo - Segundo Semestre Créditos 3
No.
Asignatura
Intensidad Horaria
Créditos
4
Formatos y Lenguajes Radiofónicos
4 Horas semanales
3
-
Fund. de la 4 Horas 3 Comunicación semanales Fotografía 2 Horas 3 semanales Digital Undécimo - Cuarto Semestre
2 3
5
Undécimo - Tercer Semestre No.
Asignatura
6
Guiones
7
Redacción Periodística
8
Semiótica
Proyecto de Investigación
Intensidad Horaria 4 Horas semanales 4 Horas semanales 2 Horas semanales 2 Horas semanales
Créditos
No.
-
9
3
7
3
8
Asignatura Periodismo Informativo Redacción Periodística
Semiótica Proyecto de Investigación
-
Intensidad Horaria 4 Horas semanales 4 Horas semanales 2 Horas semanales 2 Horas semanales
Créditos 3 3 3 -
Línea: Comunicación Gráfica Área de profundización: Artes y Diseño. No. 1 2 3
No. 1 2 3
Décimo - Primer Semestre Intensidad Asignatura Crédito Horaria Teoría del 4 Horas 3 Diseño semanales Diseño 4 Horas 3 Multimedia semanales Fund. de la 2 Horas 3 Comunicación semanales Undécimo - Tercer Semestre Intensidad Asignatura Crédito Horaria 4 Horas Dibujo Gráfico 3 semanales 4 Horas Diseño WEB I 3 semanales 2 Horas Semiótica 3 semanales Proyecto de 2 Horas Investigación semanales
No. 4 2 5
No. 1 2 3
Décimo - Segundo Semestre Intensidad Asignatura Créditos Horaria Fotografía 4 Horas 3 Digital semanales Diseño 4 Horas 3 Multimedia semanales Fund. de la 2 Horas 3 Comunicación semanales Undécimo - Cuarto Semestre Intensidad Asignatura Créditos Horaria DIBUJO 4 Horas 3 VECTORIAL semanales Diseño WEB 4 Horas 3 II semanales 2 Horas Semiótica 3 semanales Proyecto de 2 Horas Investigación semanales
TITULO XVI: ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES Artículo 56. Se consideran estímulos:
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1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13.
Se concederá “Orden a la Excelencia” como reconocimiento al mejor estudiante del colegio. Hacer parte del CUADRO DE HONOR en cada periodo académico. Representar a la institución en actividades lúdicas, académicas, culturales, deportivas y sociales a nivel interinstitucional. Permitir la postulación como estudiante a personero y ser elegido por votación de los estudiantes. Ser elegido representante de los estudiantes ante los órganos del Gobierno Escolar. Ser elegido como monitor de área, asignatura y proyectos en su grupo. Registrar en el observador del alumno sus fortalezas. Ser líder conciliador y representante del consejo estudiantil. Ser parte del grupo de estudiantes que lideran la Emisora escolar. Reconocimiento público a los cursos que durante el periodo académico obtengan el más alto rendimiento. Los trabajos que se destaquen en el área tendrán reconocimiento público. Los estudiantes que hayan cursado todos los estudios en el plantel al finalizar el grado once, serán reconocidos en acto público. Se concederá mención de honor a los estudiantes que logren los más altos puntajes ante la prueba SABER – Examen de Estado.
TITULO XVII: PROCEDIMIENTOS PARA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES, QUEJAS, RECLAMOS O SUGERENCIAS: Artículo 57. Los estudiantes y padres de familia podrán resolver las quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes, primero, con la persona implicada (docente, coordinador, administrativo, entre otros); en caso de no resolverse, se hará a través de la Coordinación Académica o de la Coordinación de Convivencia dependiendo la situación, quienes luego de escuchar la solicitud podrán dar solución directamente si es posible, o de lo contrario, se diligenciará el formato dispuesto para tal fin, con el objeto de realizar las correspondientes indagaciones sobre los hechos y, haciendo uso del debido proceso, dar una respuesta en los términos de ley. Se atenderán en horarios específicos, dados a conocer por la institución. Cuando se trate de una queja, solicitud u observación proveniente de una Institución externa, será la Rectoría quien direccione la respuesta, de acuerdo con los principios de objetividad, claridad y prontitud, atendiendo a los términos de Ley
TITULO XVIII: ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS DE DIVULGACIÓN Y SOCIALIZACIÓN DE LOS CONTENIDOS DEL
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MANUAL DE CONVIVENCIA: Artículo 58. Se tendrán en cuenta las siguientes estrategias pedagógicas para la divulgación y socialización de los contenidos del Manual de Convivencia a la comunidad educativa: 1.
2.
3. 4.
Consolidar la Escuela de Padres para: Socializar el Manual de Convivencia. Se realizará ésta actividad en la primera reunión de asamblea de padres. Recibir aportes o contribuciones al mejoramiento de los comportamientos y las conductas entre los diferentes actores e integrantes de la comunidad educativa. Realizar talleres de interacción entre Padres y Estudiantes. Acompañamiento y formación dirigida a los padres de familia, sobre temáticas relacionadas con la dinámica familiar, pautas de crianza, uso del tiempo libre, manejo del comportamiento de los infantes y adolescentes, auto cuidado, entre otras. Divulgación por medio de la página WEB. Con acción interactiva, lúdica y didáctica; mediante encuestas, opiniones y sugerencias que deberán responder previa lectura del Manual de Convivencia con evidencia impresa. En las Direcciones de Grupo y clases hacer seguimiento del conocimiento del Manual de Convivencia, de forma consecutiva, analizada y evaluativa. Se aprovecharan los espacios de convivencia, formación e izadas de bandera para evidenciar la importancia del manual frente a la solución de problemas que se estén presentando en la institución.
TITULO XIX. MEDIOS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Artículo 59. Con el fin de favorecer la comunicación y la libertad de expresión el Colegio cuenta con: Boletín Informativo Semanal. Carteleras Expresión Oral en las diferentes formaciones y actividades que desarrolla la Institución Reuniones del Consejo Estudiantil Reuniones entre los diferentes estamentos de la comunidad Emisora escolar Página WEB Institucional y correo electrónico
VIGENCIA
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Las modificaciones al presente Manual se realizarán cada año, teniendo en cuenta las leyes, disposiciones y normas vigentes y deberá ser sometido a discusión y análisis y aprobación por el Consejo Directivo y oficializado mediante resolución de rectoría. Las modificaciones del presente Manual de Convivencia rigen a partir del de 2015 y rige hasta cuando se realicen las actualizaciones o modificaciones de ley. Cada familia, dispondrá de este Manual de Convivencia Escolar, lo consultará cotidianamente y velará por su cumplimiento y por ponerlo en práctica en su totalidad, acatándolo por convicción y por compromiso para el sano y pleno desarrollo integral de los estudiantes El presente Manual de Convivencia fue aprobado y adoptado por el Consejo Directivo del Colegio Nueva Constitución, según consta en el Acta N° 08 de 28 de agosto de 2015.
JOHN ALEXANDER LÓPEZ MORENO Rector
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