RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL EN LOS ARRENDAMIENTOS URBANOS
MARÍA
DEL
CARMEN LUQUE JIMÉNEZ
Profesora Ayudante de Derecho Civil Universidad de Málaga
Valencia, 2008
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A Jacobo
ÍNDICE PRÓLOGO ...........................................................................................
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ABREVIATURAS ................................................................................
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INTRODUCCIÓN ...............................................................................
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PLANTEAMIENTO Y ESTRUCTURA...........................................
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CAPÍTULO I: EL CONCURSO ENTRE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL INTRODUCCIÓN ............................................................................... I.
DIFERENCIAS ENTRE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL ................................. 1. Criterios de imputación de responsabilidad ............................ 2. Prueba de la culpa .................................................................... 3. Extensión del daño indemnizable ............................................ 4. Capacidad del responsable ....................................................... 5. Pluralidad de responsables ...................................................... 6. Legitimación en caso de muerte de la víctima ........................ 7. Responsabilidad por hecho ajeno ............................................. 8. Prescripción de las acciones ..................................................... 9. Recapitulación...........................................................................
II. DELIMITACIÓN DE LOS SUPUESTOS DUDOSOS........... 1. Ámbito de la responsabilidad contractual y extracontractual 2. Supuestos dudosos .................................................................... 2.1. En función del tiempo ...................................................... 2.2. En función de las personas .............................................. 2.3. Obligaciones de seguridad ............................................... 2.4. Situaciones paracontractuales......................................... III. SOLUCIONES TEÓRICAS AL CONCURSO DE RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL 1. Ideas previas. La congruencia procesal ................................... 2. Teoría de la no acumulación..................................................... 3. Teoría de la acumulación. Sistema opcional............................ 4. Teoría del concurso de normas .................................................
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ÍNDICE
5. Soluciones jurisprudenciales al concurso de responsabilidades.............................................................................................. 5.1. Criterio de la órbita de lo pactado ................................... 5.2. Combinación de criterios..................................................
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CAPÍTULO II: EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES INTRODUCCIÓN ............................................................................... I.
IDEAS PREVIAS SOBRE LOS ARRENDAMIENTOS URBANOS EN LA LEGISLACIÓN ESPECIAL.......................... 1. Características de la LAU de 1994 .......................................... 2. Régimen aplicable..................................................................... 3. Naturaleza de las normas ........................................................
II. LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO .................................................... 1. Obligaciones del arrendador .................................................... 1.1. Entrega al arrendatario de la finca objeto del contrato . 1.2. Realizar todas las reparaciones necesarias a fin de conservar en estado de servir al uso a que ha sido destinado ........... 1.2.1. Alcance de la expresión reparaciones necesarias 1.2.2. Características ....................................................... 1.2.3 Posibilidad de pactos en contra ............................. 1.2.4 Exclusión ................................................................ 1.2.5 Supuestos comprendidos dentro de esta obligación ....................................................................... 1.3. Mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento ........................................................................... 1.3.1. Alcance de la obligación ......................................... 1.3.2. Distinción entre perturbación de hecho y de derecho ........................................................................... 1.3.3. Posibilidad de pactos en contra ............................. 1.3.4. Protección interdictal en las relaciones arrendaticias .......................................................................... 1.3.5. Usurpación o novedad dañosa ............................... 1.3.6. Concurrencia comercial ......................................... 1.3.7. No variar la forma ................................................. 1.4. Vicios ocultos .................................................................... 2. Obligaciones del arrendatario .................................................. 2.1. Uso diligente. Alcance de la obligación del arrendatario .................................................................................
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2.1.1. Significado de la expresión «personas de la casa» 2.2. Reparación de la finca ...................................................... 2.2.1. Puesta en conocimiento del arrendador de la necesidad de efectuar reparaciones.......... .................... 2.2.2. Tolerar reparaciones urgentes y mejoras.............. 2.2.3. Reparaciones urgentes........................................... 2.2.4. Reparaciones por desgaste a causa del uso ordinario ............................................................................ 2.2.5. Obras con autorización expresa del arrendador... 2.2.6. Adecuación a la situación de minusvalía..... ......... 2.3. Devolución de la finca ...................................................... 2.4. Alcance de las obligaciones en el subarriendo y la cesión de arrendamiento ............................................................. 2.4.1. Subarriendo ............................................................ A) Arrendador y arrendatario..... .......................... B) Arrendador y subarrendatario ......................... C) Subarrendatario y subarrendador ................... 2.4.2. Cesión .....................................................................
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CAPÍTULO III: DAÑOS CONSECUENCIA DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES INTRODUCCIÓN ...............................................................................
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I.
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DAÑOS SUFRIDOS POR EL ARRENDATARIO ................. 1. Por incumplimiento de la obligación de entregar la cosa en forma adecuada......................................................................... 2. Por incumplimiento de la obligación de realizar reparaciones .......................................................................................... 2.1. Límite a esta obligación ................................................... 2.1.1. Pérdida de la finca ................................................. 2.1.2. Declaración firme de ruina .................................... 2.2. Acciones para exigir las reparaciones ............................. 3. Por incumplimiento de la obligación de mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento.............. ............... 3.1. Perturbaciones del arrendador ........................................ 3.2. Perturbaciones a causa de fuerza mayor.............. ........... 3.3. Perturbaciones de terceros............................................... 3.4. Perturbaciones de otro arrendatario del mismo arrendador ..................................................................................... 3.5. Por incumplimiento de la prohibición de variar la forma .................................................................................. 4. Por vicios ocultos.......................................................................
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ÍNDICE
5. Referencia a la obligación de seguridad del arrendador en el ordenamiento jurídico francés.................................................. 6. La cuestión del daño moral ...................................................... II. DAÑOS SUFRIDOS POR EL ARRENDADOR ..................... 1. Por incumplimiento de la obligación de usar la cosa arrendada como un diligente padre de familia.......................................... 1.1. Supuestos en los que no se considera responsable al arrendatario. Distinción de deterioro y mero uso ........... 1.2. Referencia al supuesto de daños dolosos......................... 1.3. Responsabilidad del arrendatario por los hechos de las personas de su casa .......................................................... 2. Por no poner en conocimiento del arrendador la necesidad de efectuar reparaciones ............................................................... 2.1. Opciones del arrendatario ante el incumplimiento de la obligación del arrendador de realizar reparaciones necesarias ................................................................................. 3. Por oponerse a la realización de reparaciones ........................ 4. Por realizar obras inconsentidas.............................................. 5. Especial referencia al supuesto de incendio ............................ 5.1. Responsabilidad del arrendatario en el supuesto de incendio en Francia: arts. 1733 y 1734 del Code Civil ....... 5.2. Responsabilidad del arrendatario en el supuesto de incendio en España.............................................................. 5.3. Recapitulación .................................................................. 6. Seguros: acción subrogatoria y acción directa ......................... 7. Referencia a la obligación de seguridad del arrendatario ......
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CAPÍTULO IV: LA CALIFICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO URBANO INTRODUCCIÓN ...............................................................................
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I.
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CUESTIONES PREVIAS............................................................ 1. De carácter procesal: causa petendi e incongruencia.............. 2. Motivos por los que no se concede indemnización................... 2.1. Ausencia de contrato de arrendamiento ......................... 2.2. Existencia de un pacto entre las partes .......................... 2.2.1. Cláusula por la que el arrendatario asume la obligación de realizar las reparaciones necesarias..... 2.2.2. Cláusula de exoneración de responsabilidad del arrendador por daños y principio de no acumulación de responsabilidades..... .........................................
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ÍNDICE
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2.3. Falta de prueba de los daños ........................................... 2.3.1. Necesidad de justificación del daño provocado como consecuencia de incumplimiento contractual ....... 2.3.2. Lucro cesante ......................................................... 2.3.3. Por tener que concertar otro alquiler.......... .......... 2.4. Ausencia de nexo causal .................................................. 2.5. Culpa de la víctima .......................................................... 2.6. Falta de prueba de la culpa del arrendatario ................. 3. Cuantía de la indemnización ................................................... 3.1. Daños personales.............................................................. 3.2. Objetos de uso corriente ...................................................
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II. CALIFICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD ...................... 1. Supuestos de concurso de responsabilidades .......................... 1.1. Daños personales y ocasionados en propiedad de un contratante ............................................................................. 1.2. Causación dolosa de daños............................................... 2. Responsabilidad extracontractual ........................................... 2.1. Daños sufridos entre las partes ....................................... 2.1.1. Con independencia de que el daño lo cause arrendador o arrendatario .............................................. A) Daño en relaciones de vecindad: accidente en inmueble vecino ................................................ A.1. Arrendador daña al arrendatario.... ......... A.2. Arrendatario daña otros bienes del arrendador no arrendados ................................. B) Daño con ocasión del contrato: lesiones ........... C) Daño extraño al contrato de arrendamiento: atropello ............................................................ 2.1.2. Daño ocasionado por el arrendador al arrendatario ............................................................................ A) No formaba parte del contrato arrendaticio .... B) No aplicabilidad del art. 1907 CC entre las partes. Daños al arrendatario por la declaración de ruina .................................................................. 2.1.3. Daño ocasionado por el arrendatario al arrendador ........................................................................... A) Límites de la vigencia del contrato en el tiempo ..................................................................... 2.2. Daños y terceros ............................................................... 2.2.1. Causado por tercero al arrendatario ..................... A) Personas de la construcción causantes del daño................................................................. B) Legitimación del arrendatario para reclamar contra tercero ....................................................
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ÍNDICE
2.2.2. Causado por la comunidad de propietarios al arrendatario .................................................................... A) Especial referencia al ruido.............................. 2.2.3. Causado por arrendatario a tercero ...................... 2.2.4. Causado por arrendatario a comunidad de propietarios ....................................................................... A) Especial referencia al ruido.............................. 2.2.5. Causado por arrendador a terceros....................... A) Ausencia de responsabilidad del arrendador .. B) Determinación de los supuestos en los que el arrendador responde ........................................ 3. Responsabilidad contractual .................................................... 3.1. Daño ocasionado por el arrendatario .............................. 3.1.1. Responsabilidad del arrendatario en caso de incendio ........................................................................... 3.2. Daño ocasionado por el subarrendatario. Acciones que puede ejercitar el arrendador por los daños ocasionados por el subarrendatario ..................................................... 3.3. Daño ocasionado por el arrendador ................................. 3.3.1. Incumplimiento de las obligaciones del arrendador ........................................................................... 3.3.2. Responsabilidad contractual indirecta del arrendador ....................................................................... 3.3.3. Ámbito de beneficiarios por la responsabilidad contractual del arrendador.......... .......................... A) La víctima es familiar que habita en la vivienda arrendada .......................................................... B) El tercero que sufre el daño es un visitante ocasional ............................................................ C) Contrato con efecto protector respecto a terceros ...................................................................... D) Recapitulación acerca de los beneficiarios....... 4. Corolario: ausencia de supuestos de concurso de responsabilidades..........................................................................................
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ÍNDICE CRONOLÓGICO Y SISTEMÁTICO DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DE LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES ...............................................
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BIBLIOGRAFÍA..................................................................................
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PRÓLOGO El libro que en este momento tengo el placer de prologar constituye la tesis de su autora, la doctora María del Carmen Luque Jiménez, que le permitió obtener con la máxima calificación el Doctorado Europeo en Derecho otorgado por un tribunal presidido por mi maestro José María Miquel y formado por los profesores: Teodora Torres, Miquel Martín Casals, Michel Grimaldi y Carmen Arija. Me complace prologar este libro porque supone uno de esos estudios que responde a lo que a mi juicio es una buena señal en los inicios de la carrera universitaria, la preocupación sobre algún tema que, en principio, parece no discutido y además con una cierta extensión en su aplicación y que cuando se profundiza en él no responde en absoluto a la idea inicial que de él se tenía. Este ha sido el caso de la profesora Luque. María del Carmen Luque ya había mostrado su capacidad siendo alumna, fue una estudiante modelo con un magnífico expediente lo que dio lugar a que se incorporara a la Universidad de Málaga mediante la obtención de la beca de formación de profesorado universitario del Ministerio de Educación. Mientras realizaba los cursos de doctorado pensó en dedicar todo su esfuerzo al análisis de las responsabilidad civil y dentro de ella decidió que nada mejor que el llamado concurso entre la responsabilidad contractual y extracontractual en el que parecía creer firmemente. A medida que avanzaba en su estudio entendió rápidamente que aquello que parecía indiscutible no lo era tanto y que a su juicio no existían muchos supuestos de concurso entre ambas responsabilidades. Ello le condujo a introducirse en los arrendamientos urbanos porque tradicionalmente este contrato viene siendo calificado como el ejemplo típico en el que se plantea el concurso de ambas responsabilidades. Para mostrar adecuadamente la calidad de esta monografía es imprescindible analizar el método utilizado. Tras el estudio adecuado de ambos tipos de responsabilidad, dogmáticamente correcto, sin pretender, además, introducir en la obra todo aquello que se ha estudiado, y que en cualquier caso se desprende del trabajo, plantea con precisión el problema objeto de análisis: en qué casos puede llegar a producirse el concurso entre la responsabilidad contractual y la extracontractual en el ámbito de los arrendamientos urbanos. Para ello entiende la autora
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ANA CAÑIZARES LASO
que previo a toda calificación es imprescindible delimitar exactamente el contenido del contrato, a qué se han obligado las partes y cuál es el ámbito de la responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones que surgen del contrato. Si el daño es consecuencia del incumplimiento de obligaciones contractuales, la responsabilidad sólo es contractual. Si por el contrario, no se debe a una trasgresión de un deber de conducta impuesto por el contrato, y se dan el resto de los requisitos, será sólo extracontractual. Se muestra así partidaria de la regla del non cumul entendiéndola como única alternativa posible para deslindar los límites entre los dos tipos de responsabilidad, lo que no significa que la responsabilidad extracontractual no se aplique nunca entre contratantes. Un mérito muy relevante de este trabajo es el análisis de derecho comparado y el tratamiento jurisprudencial realizado. Es importante resaltar el análisis comparativo que realiza la autora entre nuestro ordenamiento jurídico y el ordenamiento jurídico francés, entendiendo que la similitud existente en la regulación de la materia contribuye a que éste último proporcione criterios que pueden acomodarse a nuestro sistema. No cabe duda de que las largas estancias en el país cuyo ordenamiento se pretende analizar contribuyen y dotan al trabajo de una gran seguridad. La profesora Luque Jiménez obtuvo una beca que le permitió la estancia durante seis meses en la Universidad de París II con el profesor Grimaldi al que desde estas líneas expreso mi agradecimiento por su contribución en la formación de la autora. Dentro de nuestro país, María del Carmen Luque tuvo la suerte de ser acogida durante algún tiempo por el profesor Miquel Martín Casals y su magnífico equipo en la Universidad de Girona que le prestaron todo su apoyo en una materia tan difícil y en la que, sin duda, el profesor Martín Casals es uno de los grandes expertos. Es digno de elogio el tratamiento jurisprudencial realizado por la autora que expone con rigor la doctrina jurisprudencial mediante su estudio exhaustivo, buscando siempre la ratio decidendi, que exige conocer perfectamente los hechos de las sentencias y exponerlos con precisión, evitando así un defecto, tan grave y común, como es considerar jurisprudencia a los obiter dicta. Buena muestra de ello viene dando, por otra parte, la autora que desde hace algunos años colabora de manera habitual en el Anuario de Derecho Civil así como en la Revista de Derecho Patrimonial, reseñando y comentando sentencias con rigor.
PRÓLOGO
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El mencionado análisis jurisprudencial ha hecho que la autora se plantee cuestiones procesales absolutamente importantes no sólo desde la teoría sino desde la práctica. Cuestiones que han condicionado la solución adoptada por los Tribunales en supuestos en los que el demandante había optado de modo exclusivo por un tipo de responsabilidad, y en realidad se trataba del contrario. Así, deduce del análisis de la jurisprudencia que cuando los Tribunales condenaban por el tipo de responsabilidad ejercitado en la demanda, aun tratándose de modo evidente del otro tipo de responsabilidad, lo hacían para evitar que la sentencia condenatoria fuese considerada incongruente y que el perjudicado no obtuviera el resarcimiento de los daños por haber errado en la calificación jurídica de la demanda, teniendo así que empezar un nuevo procedimiento judicial. Ofrece la autora, en este sentido, buenos argumentos respecto de la causa petendi, la congruencia y el principio iura novit curia. Tras ofrecer al lector lo que sólo son algunas de las muchas cualidades que ofrece esta obra sólo me queda felicitar sinceramente a la doctora Luque por la formación adquirida, de la que este libro es una buena muestra, con la seguridad de que con su capacidad, tesón y fino juicio seguirá haciendo buenos planteamientos y ofreciendo buenas soluciones dentro de nuestro ordenamiento jurídico. Ana Cañizares Laso Catedrática de Derecho Civil Universidad de Málaga
ABREVIATURAS ADC AJDI BGB CC C. de C. CCJC C.c.Q. CE CGPJ CNUV
LAU LAU 1964
LCGC LCS LGDCU LEC
L.Enj.Civ. LEF LGSS LH L.Nav.Aér. LOE LPH
Anuario de Derecho Civil Actualité Juridique Droit Immobilier Bürgerliches Gesetzbuch Código Civil Código de Comercio Cuadernos Cívitas de Jurisprudencia Civil Código Civil de Québec Constitución Española Consejo General del Poder Judicial Convención de Naciones Unidas sobre contratos de compraventa internacional de mercancías, hecho en Viena el 11 de abril de 1980 (BOE nº 20, de 30 de enero de 1991) Ley de Arrendamientos Urbanos. Ley 29/1994, de 24 de noviembre (BOE nº 282, de 25 de noviembre) Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos (BOE nº 311, de 28 de diciembre) Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación. Ley 7/1998, de 13 de abril (BOE nº 89, de 14 de abril) Ley de Contrato de Seguro. Ley 50/1980, de 8 de octubre, (BOE nº 250, de 17 de octubre) Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Ley 26/1984, de 19 de julio (BOE nº 176, de 24 de julio) Ley de Enjuiciamiento Civil. Ley 1/2000, de 7 de enero (BOE nº 7, de 8 de enero; corrección de errores en BOE nº 90 de 14 de abril y en BOE nº 180, de 28 de julio) Ley de Enjuiciamiento Civil. RD de 3 de febrero de 1881 (Gaceta nº 36 a 53, de 5 a 22 de febrero) Ley de Expropiación Forzosa. Ley de 16 de diciembre de 1954 (BOE nº 351, de 17 de diciembre) Ley General de la Seguridad Social. Decreto 2065/1974, de 30 de mayo (BOE nº 147 y 149, de 20 y 22 de junio) Texto Refundido de la Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1946 (BOE nº 58, de 27 de febrero) Ley de Navegación Aérea. Ley 48/1960, de 21 de julio (BOE nº 176, de 23 de julio) Ley de Ordenación de la Edificación. Ley 38/1999, de 5 de noviembre (BOE nº 266, de 6 de noviembre) Ley sobre Propiedad Horizontal. Ley 49/1960, de 21 de julio (BOE nº 176, de 23 de julio)
20 LPI
LQR LRCPD
LRCSCVM
LVPO
PECL PETL RCDI RDM RDP RDPatr RGD RGLJ RJC RTD civ.
ABREVIATURAS
Ley de Propiedad Intelectual. RDLeg. 1/1996, de 12 de abril (BOE nº 97, de 22 de abril), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales en la materia The Law Quarterly Review Ley de Responsabilidad Civil por los Daños Causados por Productos Defectuosos. Ley 22/1994, de 6 de julio (BOE nº 161, de 7 de julio) RDleg. 8/2004 de 29 de octubre (Texto Refundido de la ley sobre responsabilidad civil y seguros en la circulación de vehículos a motor (BOE de 5 de noviembre) Ley de Viviendas de Protección Oficial. RD 2960/1976, de 12 de noviembre (BOE nº 311, de 28 de diciembre), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial Principles European Contract Law Principles European Tort Law Revista Crítica Derecho Inmobiliario Revista de Derecho Mercantil Revista de Derecho Privado Revista de Derecho Patrimonial Revista General de Derecho Revista General de Legislación y Jurisprudencia Revista Jurídica de Catalunya Revue Trimestrielle de Droit Civil
INTRODUCCIÓN Nuestro punto de partida es el estudio del concurso de responsabilidad contractual y extracontractual que tiene lugar cuando en el hecho causante del daño concurren al mismo tiempo los caracteres de una infracción contractual y del deber general de no causar daño a otro. La calificación de la responsabilidad no es cuestión baladí, puesto que cada una de ellas está reglamentada por regímenes distintos de responsabilidad. A pesar de tratarse de un tema ampliamente debatido, ni la doctrina ni la jurisprudencia ha alcanzado una solución definitiva para el tratamiento de los supuestos calificados tradicionalmente de concurso1. La respuesta que se adopte acerca de si ante un mismo hecho la víctima puede optar entre la responsabilidad contractual y extracontractual depende en gran medida del ámbito que se considere que tiene cada una de ellas. Si se consideran que la responsabilidad contractual y extracontractual son dos sistemas netamente distintos, que sancionan, uno la violación de la ley, el otro el incumplimiento de un pacto, la respuesta negativa se impone: el acreedor de la obligación incumplida no puede recurrir a la responsabilidad extracontractual, su acción es necesariamente contractual. Esta tesis, denominada de la dualidad de responsabilidades, fue sostenida con gran vigor al final del siglo XIX por autores de primer orden, como SAINCTELETTE2, con su distinción entre responsabilidad y garantía. En cambio, si se considera que el deudor que falta a su compromiso contraviene el principio general neminen laedere, ello conduce a concluir que la culpa contractual y
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La dificultad de la materia del concurso de responsabilidades ha sido reconocida de forma unánime: SCOGNAMIGLIO, «Responsabità contrattuale ed extracontrattuale», Novissimo Digesto Italiano, vol. XV, Torino, 1968, p. 672; TUNC, La responsabilité civile, 2ª ed., Paris, 1989, p. 32; ROLAND y BOYER, Obligations. 1. Responsabilité délictuelle, 4ª ed., Paris, 1991, p. 10; TRINDADE y CANE, The law of torts in Australia, 2ª ed., Oxford [etc.], 1993, p. 7; ROGERS, Winfield and jolowicz on tort, London, 1994, p. 10; CLARKE, «The myth of contractual liability in french law. A comment», Failure of contracts. Contractual, restitutionary and propietary consequences, AA.VV., editado por ROSE, Oxford, 1997, p. 197; SALVI, La Responsabilità civile, Milano, 1998, p. 8. Responsabilité et garantie, Tesis, Bruxelles, 1884.
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MARÍA DEL CARMEN LUQUE JIMÉNEZ
extracontractual no son diferentes y no existe ninguna razón seria para establecer un tratamiento diferente y que, por tanto, se debe admitir que puede sancionarse también por responsabilidad extracontractual. Esta es la tesis de la unidad, elaborada por GRANDMOULIN3. Tradicionalmente se ha considerado que la mejor forma de resolver una controversia es buscar la solución intermedia. Eso fue lo que BRUN4 se esforzó en hacer, en su Tesis Doctoral defendida en 1931. Para intentar una clarificación, debemos confrontar las soluciones de la jurisprudencia con la ley y la doctrina e interpretarlas. Se trata de la tarea del jurista de unir los elementos dispersos, agruparlos para ordenar las ideas generales y llegar a una síntesis coherente, pero realista. Aunque consideramos que, en verdad, no hay nada tan práctico como una buena elaboración teórica, nos hemos propuesto rechazar un estudio abstracto. Primeramente tratamos de establecer cómo en Derecho positivo actual está reglamentada la delimitación de los dos ámbitos de la responsabilidad. El Derecho no sólo está fijado por las leyes escritas; constantemente se transforma por la aplicación práctica. Por ello, la jurisprudencia constituye uno de nuestros principales objetos de estudio, y así, clasificamos los supuestos sometiéndolos a un examen serio, presentados en un orden lógico. Estudiada toda la jurisprudencia sobre la materia, nos hemos limitado a hacer referencia a las sentencias más relevantes evitando así reiteraciones infructuosas. Examinada esta materia a la luz de las jurisprudencia más reciente podemos constatar hasta qué punto la misma vivifica el Derecho. Por medio de la jurisprudencia el Derecho se desarrolla, transforma y se integra en la sociedad. No olvidemos que la función de la jurisprudencia es complementar el ordenamiento jurídico según dispone el art. 1.6 del Código Civil. No obstante, como manifestamos en nuestro estudio, no siempre estamos de acuerdo con las soluciones adoptadas por la misma. Puede afirmarse que igual que en la doctrina existe la confusión acerca de la delimitación de responsabilidades, tampoco la jurisprudencia ha contribuido a aumentar la certidumbre. En nuestro trabajo hemos tenido presente el Derecho Comparado, no obstante, en ningún caso hemos extrapolado ninguna solución
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De l’unité de la responsabilité ou nature délictuelle de la responsabilité pour violation des obligations contractuelles, Rennes, 1892, Tesis Doctoral. Rapports et domaines des responsabilités contractuelle et délictuelle, Tesis, Lyon, 1931
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o institución que no estuviese apoyada en nuestra jurisprudencia o legislación, puesto que tenemos presente que el Derecho Comparado no es Derecho español y no se trata de importar soluciones sin fundamentación. La dificultad de distinción entre los dos ámbitos de responsabilidad constituye un problema generalizado en todos los ordenamientos jurídicos. Contribuye a la disparidad de criterio la complejidad de las relaciones entre la responsabilidad contractual y extracontractual. En este sentido, es patente la diversidad de regulaciones entre los distintos ordenamientos jurídicos en materia de responsabilidad extracontractual. Mientras que en los países de Civil Law existe un modelo con cláusula general (Francia y España). En los países del Common Law tienen una tipología de ilícitos civiles. La negligencia constituye un tort o ilícito civil. El modelo alemán parte de una lista de intereses protegidos (art. 823 BGB) y se asemeja al sistema anglosajón en que rechaza la cláusula general. Los motivos por los que hemos escogido el estudio de este tema, de vigente actualidad, pueden exponerse sucintamente de la siguiente forma: 1. Pese a que el objeto de este trabajo no tiene el mérito de intentar resolver un problema que haya aparecido recientemente, la respuesta al concurso de responsabilidades no está consolidada. Como señalamos antes, la cuestión de la delimitación de las dos responsabilidades ha suscitado importantes controversias doctrinales. Nuestro único propósito es contribuir a clarificar una materia confusa, pero particularmente viva y actual. 2. Ante la ausencia de regulación en nuestra legislación, no deben asombrarnos las divergencias entre sentencias que en casos sensiblemente análogos y en épocas diferentes ha dado soluciones contradictorias. La confusión de los ámbitos de las dos responsabilidades es, en la jurisprudencia, un instrumento técnico para alcanzar el objetivo de indemnizar a la víctima, debido a los obstáculos existentes en la antigua L.Enj.Civ. para cambiar el tipo de responsabilidad ejercitada. Por ello, analizamos las contradicciones de las sentencias e intentamos precisar cuál es la responsabilidad adecuada en cada grupo de casos. 3. Numerosas han sido las razones que nos han motivado a elegir el contrato de arrendamiento como modelo en el que plasmar nuestra concepción acerca del ámbito de la responsabilidad contractual, extracontractual y los supuestos de concurso.