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5ª Edición

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y leyes complementarias

editorial.tirant.com/mex/

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y leyes complementarias 5ª Edición

Miguel Carbonell

978-84-1197-632-9

9 788411 976329

Textos Legales

Textos Legales



Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y Leyes Complementarias


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Marta Lorente Sariñena

Ana Cañizares Laso

Javier de Lucas Martín

Jorge A. Cerdio Herrán

Víctor Moreno Catena

José Ramón Cossío Díaz

Francisco Muñoz Conde

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Manuel Díaz Martínez Catedrático de Derecho Procesal de la UNED

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y Leyes Complementarias 5ª Edición

Edición y actualización de

MIGUEL CARBONELL

tirant lo blanch Ciudad de México, 2024


Copyright ® 2024 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/ mex/ incorporada a la ficha del libro. Este libro será publicado y distribuido internacionalmente en todos los países donde la Editorial Tirant lo Blanch esté presente. Los textos jurídicos que aparecen se ofrecen con una finalidad informativa o divulgativa. Tirant lo Blanch intentará cuidar por la actualidad, exactitud y veracidad de los mismos, si bien advierte que no son los textos oficiales y declina toda responsabilidad por los daños que puedan causarse debido a las inexactitudes o incorrecciones de los mismos. Los únicos textos considerados legalmente válidos son los que aparecen en las publicaciones oficiales de los correspondientes organismos autonómicos o nacionales.

© Miguel Carbonell ©

EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Hipódromo, Cuauhtémoc, 06100, Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1197-633-6 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant. com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant. net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


ÍNDICE LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL TÍTULO PRIMERO. DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.............. CAPÍTULO ÚNICO. DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL..............

15 15

TÍTULO SEGUNDO. DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA.... CAPÍTULO I. DE LAS SECRETARÍAS DE ESTADO.................................... CAPÍTULO II. DE LA COMPETENCIA DE LAS SECRETARÍAS DE ESTADO Y CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL............................ CAPÍTULO III. DEL GABINETE SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.....................................................................................

18 18

112

TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL........ CAPÍTULO ÚNICO. DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL........

115 115

TRANSITORIOS................................................................................

117

28

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TÍTULO PRIMERO. DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES............................................................................................ CAPÍTULO ÚNICO.......................................................................... TÍTULO SEGUNDO. DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS......................................................................................... CAPÍTULO PRIMERO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO................................ CAPÍTULO SEGUNDO. DE LA NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO............................................................................. CAPÍTULO TERCERO. DE LA EFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO.......... CAPÍTULO CUARTO. DE LA EXTINCIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO......... TÍTULO TERCERO. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO..................... CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES................................ CAPÍTULO SEGUNDO. DE LOS INTERESADOS....................................... CAPÍTULO TERCERO. IMPEDIMENTOS, EXCUSAS Y RECUSACIONES............ CAPÍTULO CUARTO. DE LOS TÉRMINOS Y PLAZOS................................. CAPÍTULO QUINTO. DEL ACCESO A LA DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN. CAPÍTULO SEXTO. DE LAS NOTIFICACIONES........................................ CAPÍTULO SÉPTIMO. DE LA IMPUGNACIÓN DE NOTIFICACIONES............. CAPÍTULO OCTAVO. DE LA INICIACIÓN..............................................

119 119 120 120 121 122 123 123 123 127 128 129 131 131 133 134


8

ÍNDICE CAPÍTULO NOVENO. DE LA TRAMITACIÓN........................................... CAPÍTULO DÉCIMO. DE LA TERMINACIÓN........................................... CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DE LAS VISITAS DE VERIFICACIÓN............

136 138 139

TÍTULO TERCERO A. DE LA MEJORA REGULATORIA............................... CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES................................ CAPÍTULO SEGUNDO. DE LA COMISIÓN FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA........................................................................................ CAPÍTULO TERCERO. DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO REGULATORIO.. CAPÍTULO CUARTO. DEL REGISTRO FEDERAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS..

141 141 144 144 144

TÍTULO CUARTO. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS........................................................................................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

145 145

TÍTULO QUINTO. MEDIDAS DE SEGURIDAD.......................................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

147 147

TÍTULO SEXTO. DEL RECURSO DE REVISIÓN......................................... CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES................................

148 148

TRANSITORIOS................................................................................

151

LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

CAPÍTULO I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES................................ CAPÍTULO II. DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS...................... SECCIÓN A. CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO....... SECCIÓN B. REGISTRO PÚBLICO DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS................................................................................ CAPÍTULO III. DE LAS EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA........................................................................................ CAPÍTULO IV. DE LOS FIDEICOMISOS PÚBLICOS.................................. CAPÍTULO V. DEL DESARROLLO Y OPERACIÓN..................................... CAPÍTULO VI. DEL CONTROL Y EVALUACIÓN....................................... TRANSITORIOS................................................................................

153 157 157 161 162 165 167 175 178

LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES SUSTANTIVAS..................................

182

TÍTULO PRIMERO............................................................................. CAPÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y SUJETOS DE LA LEY......

182 182


ÍNDICE CAPÍTULO II. PRINCIPIOS Y DIRECTRICES QUE RIGEN LA ACTUACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS........................................................ CAPÍTULO III. AUTORIDADES COMPETENTES PARA APLICAR LA PRESENTE LEY........................................................................................ TÍTULO SEGUNDO. MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS............................................................... CAPÍTULO I. MECANISMOS GENERALES DE PREVENCIÓN....................... CAPÍTULO II. DE LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS MORALES.............. CAPÍTULO III. DE LOS INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS........ SECCIÓN PRIMERA. DEL SISTEMA DE EVOLUCIÓN PATRIMONIAL, DE DECLARACIÓN DE INTERESES Y CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN FISCAL............................................................ SECCIÓN SEGUNDA. DE LOS SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES..................................... SECCIÓN TERCERA. PLAZOS Y MECANISMOS DE REGISTRO AL SISTEMA DE EVOLUCIÓN PATRIMONIAL, DE DECLARACIÓN DE INTERESES Y CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN FISCAL............. SECCIÓN CUARTA. RÉGIMEN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE PARTICIPAN EN CONTRATACIONES PÚBLICAS.................................... SECCIÓN QUINTA. DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CONTRATACIONES.................................................................................... SECCIÓN SEXTA. DE LA DECLARACIÓN DE INTERESES........................ TÍTULO TERCERO. DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES............................................................... CAPÍTULO I. DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS NO GRAVES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS................................................................... CAPÍTULO II. DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS...................................................................... CAPÍTULO III. DE LOS ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES......................................................... CAPÍTULO IV. DE LAS FALTAS DE PARTICULARES EN SITUACIÓN ESPECIAL....................................................................................... CAPÍTULO V. DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.................................................................................. TÍTULO CUARTO. SANCIONES............................................................. CAPÍTULO I. SANCIONES POR FALTAS ADMINISTRATIVAS NO GRAVES......

9

186 188 191 191 193 195 195 197 197 201 202 202

203 203 206 211 213 214 214 214


10

ÍNDICE CAPÍTULO II. SANCIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS POR FALTAS GRAVES................................................................................... CAPÍTULO III. SANCIONES POR FALTAS DE PARTICULARES.................... CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES COMUNES PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES POR FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES Y FALTAS DE PARTICULARES.....................................................................................

LIBRO SEGUNDO. DISPOSICIONES ADJETIVAS..................................... TÍTULO PRIMERO. DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES Y NO GRAVES............................................................ CAPÍTULO I. INICIO DE LA INVESTIGACIÓN........................................ CAPÍTULO II. DE LA INVESTIGACIÓN................................................ CAPÍTULO III. DE LA CALIFICACIÓN DE FALTAS ADMINISTRATIVAS......... CAPÍTULO IV. IMPUGNACIÓN DE LA CALIFICACIÓN DE FALTAS NO GRAVES........................................................................................ TÍTULO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA................................................................................ CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES AL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA...................................................... SECCIÓN PRIMERA. PRINCIPIOS, INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN, PARTES Y AUTORIZACIONES..................................................... SECCIÓN SEGUNDA. MEDIOS DE APREMIO...................................... SECCIÓN TERCERA. MEDIDAS CAUTELARES..................................... SECCIÓN CUARTA. DE LAS PRUEBAS.............................................. SECCIÓN QUINTA. DE LAS PRUEBAS EN PARTICULAR........................ SECCIÓN SEXTA. DE LOS INCIDENTES............................................ SECCIÓN SÉPTIMA. DE LA ACUMULACIÓN....................................... SECCIÓN OCTAVA. DE LAS NOTIFICACIONES.................................... SECCIÓN NOVENA. DE LOS INFORMES DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.................................................................. SECCIÓN DÉCIMA. DE LA IMPROCEDENCIA Y EL SOBRESEIMIENTO...... SECCIÓN DÉCIMO PRIMERA. DE LAS AUDIENCIAS............................ SECCIÓN DÉCIMO SEGUNDA. DE LAS ACTUACIONES Y RESOLUCIONES... CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA ANTE LAS SECRETARÍAS Y ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL...... CAPÍTULO III. DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA CUYA RESOLUCIÓN CORRESPONDA A LOS TRIBUNALES.............. SECCIÓN PRIMERA. DE LA REVOCACIÓN......................................... SECCIÓN SEGUNDA. DE LA RECLAMACIÓN......................................

216 217 219 222 222 222 223 225 226 228 228 228 231 232 234 236 243 243 244 245 247 247 248 251 253 254 256


ÍNDICE

11

SECCIÓN TERCERA. DE LA APELACIÓN........................................... SECCIÓN CUARTA. DE LA REVISIÓN............................................... CAPÍTULO IV. DE LA EJECUCIÓN...................................................... SECCIÓN PRIMERA. CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE SANCIONES POR FALTAS ADMINISTRATIVAS NO GRAVES....................................... SECCIÓN SEGUNDA. CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DE SANCIONES POR FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES Y FALTAS DE PARTICULARES.....

256 258 259

TRANSITORIOS................................................................................

261

259 259

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.................................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

267 267

TÍTULO SEGUNDO. DE LA PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO............................................................................................. CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

281 281

TÍTULO SEGUNDO (SIC). DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN... CAPÍTULO PRIMERO. GENERALIDADES............................................... CAPÍTULO SEGUNDO. DE LA LICITACIÓN PÚBLICA............................... CAPÍTULO TERCERO. DE LAS EXCEPCIONES A LA LICITACIÓN PÚBLICA.....

287 287 293 307

TÍTULO TERCERO. DE LOS CONTRATOS................................................ CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

315 315

TÍTULO CUARTO. DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN....................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

331 331

TÍTULO QUINTO. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES......................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

334 334

TÍTULO SEXTO. DE LA SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS.................... CAPÍTULO PRIMERO. DE LA INSTANCIA DE INCONFORMIDAD................. CAPÍTULO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN............... CAPÍTULO TERCERO. DEL ARBITRAJE, OTROS MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y COMPETENCIA JUDICIAL...............................

338 338 348

TRANSITORIOS................................................................................

352

350


12

ÍNDICE

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.................................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

356 356

TÍTULO SEGUNDO. DE LOS BIENES DE LOS PODERES LEGISLATIVO Y JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN........................................................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

366 366

TÍTULO TERCERO. DE LOS INMUEBLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.................................................................................... CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES............................................. SECCIÓN PRIMERA. DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA FEDERAL Y PARAESTATAL........................................................ SECCIÓN SEGUNDA. DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN INMOBILIARIA FEDERAL Y PARAESTATAL........................................................ CAPÍTULO II. DE LOS INMUEBLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA............................................................... SECCIÓN PRIMERA. DE LA ADQUISICIÓN........................................ SECCIÓN SEGUNDA. DEL DESTINO DE LOS INMUEBLES...................... SECCIÓN TERCERA. DE LAS CONCESIONES....................................... SECCIÓN CUARTA. DE LOS INMUEBLES UTILIZADOS PARA FINES RELIGIOSOS............................................................................... SECCIÓN QUINTA. DE LOS ACTOS DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN............................................................................... SECCIÓN SEXTA. DE LA FORMALIZACIÓN DE LOS ACTOS ADQUISITIVOS Y TRASLATIVOS DE DOMINIO................................................... SECCIÓN OCTAVA. DE LA RECUPERACIÓN DE INMUEBLES POR LA VÍA ADMINISTRATIVA.................................................................. CAPÍTULO III. DE LOS INMUEBLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARAESTATAL..................................................................

367 367 367 375 381 381 390 397 400 406 413 419 422

TÍTULO CUARTO. DE LA ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRESTRE Y TERRENOS GANADOS AL MAR................................................................ CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

423 423

TÍTULO QUINTO. DE LOS BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL........................................................................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

428 428

TÍTULO SEXTO. DEL AVALÚO DE BIENES NACIONALES........................... CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

435 435

TÍTULO SÉPTIMO. DE LAS SANCIONES.................................................

440


ÍNDICE

13

CAPÍTULO ÚNICO..........................................................................

440

TRANSITORIOS................................................................................

441

LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES DEL SECTOR PÚBLICO TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES....................................

448

TÍTULO SEGUNDO. DE LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES........................

454

TÍTULO TERCERO. DE LA DEVOLUCIÓN DE BIENES EN ADMINISTRACIÓN.

463

TÍTULO CUARTO. DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ENAJENACIÓN............... CAPÍTULO I. GENERALIDADES......................................................... CAPÍTULO II. DE LA ASIGNACIÓN Y DONACIÓN................................... CAPÍTULO III. DE LA VENTA............................................................ SECCIÓN I. LICITACIÓN PÚBLICA.................................................. SECCIÓN II. DE LA SUBASTA....................................................... SECCIÓN III. DEL REMATE........................................................... SECCIÓN IV. ADJUDICACIÓN DIRECTA............................................

465 465 467 468 473 479 480 482

TÍTULO QUINTO. DE LA DESTRUCCIÓN DE BIENES................................

484

TÍTULO SEXTO. DEL INSTITUTO..........................................................

487

TRANSITORIOS................................................................................

500



LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 3 DE MAYO DE 2023. Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación, el miércoles 29 de diciembre de 1976. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República. JOSÉ LÓPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO “El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta: LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL TÍTULO PRIMERO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CAPÍTULO ÚNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Artículo 1o. La presente Ley establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal. (REFORMADO, D.O.F. 11 DE AGOSTO DE 2014)

La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada.


Art. 2o

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

16

Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal. (REFORMADO, D.O.F. 15 DE MAYO DE 1996)

Artículo 2o. En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unión, habrá las siguientes dependencias de la Administración Pública Centralizada: (REFORMADA, D.O.F. 11 DE AGOSTO DE 2014)

I. Secretarías de Estado; (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], D.O.F. 11 DE AGOSTO DE 2014)

II. Consejería Jurídica, y (REFORMADA, D.O.F. 11 DE AGOSTO DE 2014)

III. Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética a que hace referencia el artículo 28, párrafo octavo, de la Constitución. Artículo 3o. El Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará en los términos de las disposiciones legales correspondientes, de las siguientes entidades de la administración pública paraestatal: I. Organismos descentralizados; II. Empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares nacionales de crédito e instituciones nacionales de seguros y de fianzas, y III. Fideicomisos. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, D.O.F. 30 DE NOVIEMBRE DE 2018)

Artículo 4o. La función de Consejero Jurídico, prevista en el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estará a cargo de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Al frente de la Consejería Jurídica habrá un Consejero que dependerá directamente del Presidente de la República, y será nombrado y removido libremente por éste.


17

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Art. 8o

(REFORMADO, D.O.F. 30 DE NOVIEMBRE DE 2018)

Para ser Consejero Jurídico se deben cumplir los mismos requisitos que para ser Fiscal General de la República. (ADICIONADO, D.O.F. 15 DE MAYO DE 1996)

A la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal le serán aplicables las disposiciones sobre presupuesto, contabilidad y gasto público federal, así como las demás que rigen a las dependencias del Ejecutivo Federal. En el reglamento interior de la Consejería se determinarán las atribuciones de las unidades administrativas, así como la forma de cubrir las ausencias y delegar facultades. Artículo 5o. (DEROGADO, D.O.F. 4 DE DICIEMBRE DE 1997) (REFORMADO, D.O.F. 30 DE NOVIEMBRE DE 2018)

Artículo 6o. Para los efectos del artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la República acordará con todos los Secretarios de Estado y el Fiscal General de la República. (REFORMADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2013)

Artículo 7o. El Presidente de la República podrá convocar, directamente o a través del Secretario de Gobernación, a reuniones de gabinete con los Secretarios de Estado y funcionarios de la Administración Pública Federal que el Presidente determine, a fin de definir o evaluar la política del Gobierno Federal en asuntos prioritarios de la administración; cuando las circunstancias políticas, administrativas o estratégicas del gobierno lo ameriten; o para atender asuntos que sean de la competencia concurrente de varias dependencias o entidades de la Administración Pública Federal. Estas reuniones serán presididas por el Presidente o, si éste así lo determina, por el Titular de la Secretaría de Gobernación. El Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República podrá ser convocado a las reuniones de gabinete, por acuerdo del Presidente. (REFORMADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2013)

Artículo 8o. El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos contará con el apoyo directo de la Oficina de la Presidencia de la República para sus tareas y para el seguimiento permanente de las políticas públicas y su evaluación periódica, con el objeto de aportar elementos para la toma de decisiones, sin perjuicio de las atribuciones que ejercen las dependencias y entidades de la


Art. 9o

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

18

Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias. El Presidente designará al Jefe de dicha Oficina. (REFORMADO, D.O.F. 30 DE NOVIEMBRE DE 2018)

El Ejecutivo Federal contará con las unidades de apoyo técnico y estructura que el Presidente determine, de acuerdo con el presupuesto asignado a dicha Oficina. (ADICIONADO [N. DE E. CON SUS FRACCIONES], D.O.F. 30 DE NOVIEMBRE DE 2018)

Las unidades señaladas en el párrafo anterior podrán estar adscritas de manera directa a la Presidencia o a través de la Oficina referida y desarrollarán, en otras funciones, las siguientes: I. Definir las políticas del Gobierno Federal en los temas de informática, tecnologías de la información, comunicación y de gobierno digital, en términos de las disposiciones aplicables; II. Formular y conducir la política de comunicación social del Gobierno Federal con la intervención que corresponda a la Secretaría de Gobernación conforme a la presente ley. Para tal efecto establecerá, mediante disposiciones de carácter general, el modelo organizacional y de operación de las unidades administrativas que realicen actividades en esta materia, y III. (DEROGADA, D.O.F. 5 DE ABRIL DE 2022) (REFORMADO, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 1982)

Artículo 9o. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal conducirán sus actividades en forma programada, con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo, establezca el Ejecutivo Federal. TÍTULO SEGUNDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA (REFORMADA SU DENOMINACIÓN, D.O.F. 9 DE ABRIL DE 2012)

CAPÍTULO I DE LAS SECRETARÍAS DE ESTADO (REFORMADO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2013)

Artículo 10. Las Secretarías de Estado tendrán igual rango y entre ellas no habrá, por lo tanto, preeminencia alguna. Sin perjuicio de lo anterior, por


19

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Art. 14

acuerdo del Presidente de la República, la Secretaría de Gobernación coordinará las acciones de la Administración Pública Federal para cumplir sus acuerdos y órdenes. (REFORMADO, D.O.F. 9 DE ABRIL DE 2012)

Artículo 11. Los titulares de las Secretarías de Estado ejercerán las funciones de su competencia por acuerdo del Presidente de la República. (REFORMADO, D.O.F. 9 DE ABRIL DE 2012)

Artículo 12. Cada Secretaría de Estado formulará, respecto de los asuntos de su competencia; los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, y órdenes del Presidente de la República. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2013)

Artículo 13. Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el Presidente de la República deberán, para su validez y observancia constitucionales, ir firmados por el Secretario de Estado respectivo y, cuando se refieran a asuntos de la competencia de dos o más Secretarías, deberán ser refrendados por todos los titulares de las mismas. (ADICIONADO, D.O.F. 26 DE DICIEMBRE DE 1985)

Tratándose de los decretos promulgatorios de las leyes o decretos expedidos por el Congreso de la Unión, sólo se requerirá el refrendo del titular de la Secretaría de Gobernación. (REFORMADO, D.O.F. 3 DE MAYO DE 2023)

Artículo 14. Al frente de cada Secretaría de Estado habrá una persona titular, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de las personas titulares de las subsecretarías, de las Unidades de Administración y Finanzas, de las jefaturas de unidad, de las direcciones, de las subdirecciones, de las jefaturas de departamento, y demás personas funcionarias, en los términos que establezca el reglamento interior respectivo y las disposiciones legales aplicables. Las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina contarán cada una con una Oficialía Mayor, que tendrá las funciones establecidas en el artículo 20 de esta Ley y las que determinen sus reglamentos interiores.


Art. 14 Bis

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

20

En los juicios de amparo, el Presidente de la República podrá ser representado por el titular de la dependencia a que corresponde el asunto, según la distribución de competencias. Los recursos administrativos promovidos contra actos de los Secretarios de Estado serán resueltos dentro del ámbito de su Secretaría en los términos de los ordenamientos legales aplicables. (ADICIONADO, D.O.F. 3 DE MAYO DE 2023)

Artículo 14 Bis. Las Unidades de Administración y Finanzas o áreas que realicen funciones equivalentes en las dependencias y entidades paraestatales, se ajustarán a lo siguiente: I. Dependerán jerárquicamente de la dependencia o entidad paraestatal al (sic) que se encuentren adscritas en los términos que establezca el reglamento interior respectivo o los ordenamientos correspondientes; II. Serán consideradas en la estructura y presupuesto de la dependencia o entidad paraestatal a la que se encuentren adscritas; III. Actuarán, en el ámbito de su competencia, en nombre y representación de las dependencias o entidades paraestatales, para el ejercicio de las atribuciones y funciones previstas en las leyes y demás ordenamientos jurídicos aplicables, observado los lineamientos, disposiciones, directrices y políticas que emita la Secretaría de la Función Pública para su conducción y coordinación, y IV. Se organizarán y operarán conforme a lo señalado en los artículos 20 y 37, fracción XII Bis, de esta Ley. A los órganos administrativos desconcentrados que cuenten con Unidades de Administración y Finanzas o áreas que realicen funciones equivalentes se les aplicará la misma norma. Artículo 15. (DEROGADO, D.O.F. 9 DE ABRIL DE 2012) (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, D.O.F. 2 DE ENERO DE 2013)

Artículo 16. Corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, pero para la mejor organización del trabajo podrán delegar en los funcionarios a que se refiere el artículo 14 de esta Ley, cualesquiera de sus facultades, excepto aquéllas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares.


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