CRÉDITO BANCARIO AL CONSUMIDOR
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Marta Lorente Sariñena
Ana Cañizares Laso
Javier de Lucas Martín
Jorge A. Cerdio Herrán
Víctor Moreno Catena
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Manuel Díaz Martínez
Catedrático de Derecho Procesal de la UNED
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
José Luis González Cussac
Ignacio Sancho Gargallo
Luis López Guerra
Elisa Speckmann Guerra
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
CRÉDITO BANCARIO AL CONSUMIDOR
Ubaldo Nieto Carol
Notario Prof. Titular (acred.) de Derecho Mercantil
tirant lo blanch Valencia, 2024
Copyright ® 2024 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.
© Ubaldo Nieto Carol
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email: tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1056-023-9 MAQUETA: Innovatext Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/ politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
A Amparo, mi esposa, compañera y amiga, por su amor inmarcesible
Índice
Abreviaturas.......................................................................................... Prólogo...................................................................................................
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Capítulo I INTRODUCCIÓN..............................................................................
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Capítulo II METODOLOGÍA...............................................................................
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Capítulo III NORMATIVA GENERAL DE PROTECCIÓN DEL CLIENTE EN LOS CONTRATOS BANCARIOS.....................................................
51
Capítulo IV EL CONTRATO DE CRÉDITO AL CONSUMIDOR. GENERALIDADES ................................................................................................
113
Capítulo V FASES DEL CONTRATO BANCARIO DE CRÉDITO AL CONSUMIDOR...........................................................................................
133
Capítulo VI CONTENIDO ECONÓMICO DEL CONTRATO DE CRÉDITO AL CONSUMIDOR............................................................................
167
Capítulo VII CRÉDITOS EN FORMA DE DESCUBIERTO Y EXCEDIDOS DE CRÉDITO.....................................................................................
253
Capítulo VIII CONTRATOS DE CRÉDITO DE DURACIÓN INDEFINIDA ......
277
10
Índice
Capítulo IX DERECHO DE DESISTIMIENTO ...................................................
307
Capítulo X REEMBOLSO ANTICIPADO............................................................
317
Capítulo XI VENCIMIENTO ANTICIPADO POR IMPAGO..............................
329
Capítulo XII INTERESES DE DEMORA EN LOS CRÉDITOS A CONSUMIDORES................................................................................................
349
Bibliografía............................................................................................ Índice general.........................................................................................
367 379
Abreviaturas A.C.: Actualidad Civil A.P.: Audiencia Provincial APCM: Anteproyecto de Código Mercantil (2013) Art: Artículo CC: Código Civil CCom: Código de Comercio CE: Constitución Española de 1978 Circ. B.E.: Circular del Banco de España Circ. CNMV: Circular de la Comisión Nacional del Mercado de Valores Circ. B.E. 8/1990: Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, a entidades de crédito, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela (derogada) Circ. B.E. 5/2012: Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos Directiva 87/102/CEE: Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 87/102/CEE, de 22 de diciembre de 1986, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de
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Ubaldo Nieto Carol
crédito al consumo, y sus posteriores modificaciones por la Directiva 90/88/CEE, de 22 de febrero de 1990 y la Directiva 98/7/CE, de 16 de febrero de 1998, del Parlamento Europeo y del Consejo (derogada) Directiva 93/13/CEE: Directiva 93/13/CEE DEL Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las Cláusulas Abusivas en los Contratos celebrados con Consumidores Directiva 2008/48/CE: Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo modificada por la Directiva 2011/90/UE, de la Comisión de 14 de noviembre de 2011(derogada con efectos 20 de noviembre de 2026 por la Directiva 2023/2225/UE) Directiva 2014/17/UE: Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010 Directiva 2023/2225/UE: Directiva 2023/2225/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de octubre de 2023 relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 2008/48/ CE
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Abreviaturas
JM:
Juzgado de lo Mercantil
LCC-1995:
Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo (derogada)
LCCC:
Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo
LCCI:
Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario
LCGC:
Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación
LEC:
Ley de Enjuiciamiento Civil
Ley 41/2007 Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria LFFE:
Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.
LGDCU:
Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (derogada)
LDIEC:
Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito (derogada)
LH:
Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946 con sus innumerables modificaciones).
LN:
Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862 (y sus sucesivas modificaciones).
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LSP:
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Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera LOSSEC: Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito LUs: Ley sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios de 23 de julio de 1908 O.M. Orden Ministerial OM 12 de diciembre de 1989: Orden de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito (derogada) OM 5 de mayo de 1994: Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994 de Transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios (derogada) Orden EHA/2899/2011: Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Orden ETD/699/2020: Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente y por la que se modifica la Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre,
Abreviaturas
OSP:
Pág: RC: RD: RDBB: RDLeg: RDLey: Res. DGRN: RN:
RRM: Roj:
Sent:
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de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Página Recurso Real Decreto Revista de Derecho Bancario y Bursátil Real Decreto Legislativo Real Decreto Ley Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Reglamento Notarial (Decreto de 2 de junio de 1944 por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la Organización y régimen del Notariado con sus múltiples modificaciones) Reglamento del Registro Mercantil Repertorio ordenado de jurisprudencia. Centro de Documentación Judicial (CENDOJ). Consejo General del Poder Judicial. Sentencia
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SAP: Ss. STS: TRLCU:
TJUE; TS: VVAA:
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Sentencia de la Audiencia Provincial Siguientes Sentencia del Tribunal Supremo Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Tribunal de Justicia de la Unión Europea Tribunal Supremo Varios autores.
Prólogo
Esta obra se encuadra dentro de una de las grandes líneas de investigación y de experiencia profesional de su autor. En efecto, en estos 34 años de vida profesional, investigadora y docente, una de las áreas fundamentales a las que me he dedicado es el Derecho bancario. No voy a explicar aquí por qué; ya lo hice en el prólogo de otra obra titulada Transparencia y protección de la clientela bancaria (Thomson Reuters Aranzadi, 2016). Sí interesa destacar que si la citada obra trae causa directa en mi segunda Tesis doctoral (titulada Contratos bancarios de financiación. Contenido económico. Transparencia y protección de la clientela, 2015), la que hoy presentamos trae también causa parcial en ella y, además, puede considerarse complementaria de la obra anterior. En efecto, en aquella Tesis doctoral se estudiaba el contenido económico de los contratos bancarios de financiación en un análisis transversal. Luego, en el libro sobre transparencia y protección de la clientela bancaria se profundizaba sobre esta materia y se analizaba el régimen legal de las condiciones generales y la normativa general de protección de consumidores y usuarios, así como el régimen de las cláusulas abusivas y, muy especialmente, la normativa de transparencia bancaria contenida en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (que vino a derogar y sustituir la Orden de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito y la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994 de transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios). En el presente libro nos concentramos en el crédito bancario al consumidor. A este respecto podríamos decir que “los árboles no nos han dejado ver el bosque”; y ello porque al hablar de este
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tipo de crédito gran parte de los estudios se han centrado en las cláusulas abusivas insertas en los mismos. Sin embargo, más allá de este tema, obviamente de gran importancia, hay un gran número de contratos de este tipo con un volumen global muy importante y gran trascendencia social que tienen un régimen jurídico muy completo que deriva de sucesivas Directivas europeas y su consiguiente transposición al Derecho interno. Concretamente, la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 87/102/CEE, de 22 de diciembre de 1986, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de crédito al consumo y sus posteriores modificaciones por la Directivas 90/88/CEE, de 22 de febrero de 1990 y 98/7/CE, de 16 de febrero de 1998, del Parlamento Europeo y del Consejo. Aquella fue derogada y sustituida por la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo modificada por la Directiva 2011/90/UE, de la Comisión de 14 de noviembre de 201. La primera dio lugar a la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo (LCC-1995) y la segunda a la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo (LCCC) que deroga y sustituye la Ley anterior. Aquí se pretende analizar en profundidad esta normativa sustantiva huyendo en lo posible de todo lo referente a las cláusulas abusivas incluidas en los mismos y que han dado lugar a una extensa jurisprudencia y doctrina. Esto no es óbice para que al analizar algún tema tengamos que verlo desde la perspectiva de este tipo de cláusulas. Hay que señalar que esta LCCC será objeto de modificación o tal vez de una nueva redacción cuando se transponga a nuestro Derecho interno la Directiva 2023/2225/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023 relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 2008/48/ CE publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 31 de octubre de 2023. Quedará así derogada esta última con efectos 20 de noviembre de 2026. El plazo para su transposición finaliza el 20 de noviembre de 2025 y las normas resultantes se aplicarán a partir del 20 de noviembre de 2026.
Prólogo
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Empecemos ahora por una cuestión terminológica. Como vemos, tanto en la denominación de las Directivas en la traducción española (no así en la inglesa: on consumer credits) como en las leyes españolas de transposición se habla de “crédito al consumo”. No puedo ocultar que la denominación no me parece totalmente adecuada y ello porque habría que hablar de “crédito para consumo” o más precisamente de “crédito al consumidor” ya que la participación de este en el contrato es la que determina la normativa especial aplicable. Y ello porque “consumo” entendido como acción de consumir lo realizan tanto las personas físicas como las jurídicas y dentro de aquellas las que reúnen la condición de consumidor y las que no. Pero tanto en las Directivas como en la normativa interna, como veremos en el capítulo IV, se establece un ámbito subjetivo de aplicación que se centra en el consumidor. Por eso nosotros preferimos hablar de “crédito al consumidor” y dado que esta obra se centra en el crédito concedido por entidades bancarias le hayamos dado el título de “crédito bancario al consumidor”. El libro comienza con un primer capítulo (Introducción) en el que se concreta su objeto determinando los tres elementos que lo conforman: contrato bancario de crédito y su destinatario, un consumidor. Tras analizar este concepto hacemos alguna propuesta sobre la necesidad de su “superación” y sustitución por un concepto más amplio, el de “usuario de los servicios bancarios” al que se aplicaría las mismas normas tuitivas y ello porque habría que proteger a la parte contractual que se encuentre en situación de inferioridad, sea o no consumidor, incluso aunque sea una persona jurídica. En el segundo capítulo se describe la metodología utilizada para la realización de este estudio que, por otra parte, es la habitual en todo trabajo en el ámbito científico, pero no está de más un cierto recordatorio y, también, su plasmación escrita. Y antes de entrar en el estudio de la normativa del crédito bancario al consumidor se hace necesario un capítulo sobre la normativa general de protección de todo cliente bancario sea o no consumidor (régimen de condiciones generales de la contratación, cláusulas
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no negociadas individualmente con consumidores y normativa sectorial de transparencia bancaria). Aquí, a pesar del esfuerzo, podemos encontrar alguna repetición de lo ya dicho en el libro de Transparencia y protección de la clientela bancaria. Entrando ya en la parte principal de esta obra, y tras recordar los antecedentes de la normativa vigente, se analiza el ámbito de aplicación de la LCCC y su aplicabilidad a los contratos bancarios para luego entrar en sus distintas fases (precontractual, contractual y de ejecución) centrándose en la información que debe proporcionarse al consumidor en cada una de ellas. En la fase precontractual está la publicidad y luego toda la recogida en la Información Normalizada Europea. En la fase contractual se ve toda la información que se incluye en el contrato además de la forma que adopta éste. Y en la fase de ejecución, la información periódica a remitir al consumidor así como toda la referente a la modificación del tipo deudor. Una de las partes más importantes del libro (capítulo VI) se refiere a lo que la Ley denomina “contenido económico” del contrato de crédito al consumidor, en nuestro caso, crédito bancario. Los dos pilares sobre los que se asienta la transparencia en este sector del crédito de acuerdo con la Directiva 2008/48/CE y, por tanto, con nuestra LCCC son: el coste total del crédito y la TAE que son dos caras de la misma moneda. Respecto al coste total del crédito para el consumidor se distinguen todos sus componentes y concretamente los que son gasto para éste e ingreso para la entidad bancaria (intereses, comisiones y servicios accesorios) de los que son ingresos de terceros (impuestos y otros gastos), para luego estudiar su cálculo. Y el factor de coste más importante para el consumidor es el interés por lo que es importante analizar el tipo deudor, esto es, el porcentaje que sobre el capital pendiente debe satisfacer el consumidor al prestamista bancario, distinguiéndose si es fijo o variable, las distintas formas que puede adoptar el mismo y la obligación de información de toda modificación de este.