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LA EXTENSIĂ“N SUBJETIVA DE LA COSA JUZGADA EN EL PROCESO CIVIL

PABLO GRANDE SEARA Profesor Contratado Doctor de Derecho Procesal Universidad de Vigo

tirant lo b anch Valencia, 2008


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A mis padres. A mi hermano.



ÍNDICE ABREVIATURAS ...............................................................................................

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PRÓLOGO ..........................................................................................................

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INTRODUCCIÓN ..............................................................................................

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CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA COSA JUZGADA EN EL PROCESO CIVIL I. LA COSA JUZGADA: CONCEPTO Y DISTINCIÓN DE FIGURAS AFINES .................................................................................................. 1. Consideraciones previas ................................................................. 2. Delimitación conceptual: invariabilidad, firmeza, cosa juzgada formal y cosa juzgada material ...................................................... 2.1. La invariabilidad de las resoluciones judiciales ................... 2.2. La firmeza de las resoluciones judiciales .............................. 2.3. La cosa juzgada formal .......................................................... 2.4. La cosa juzgada material ....................................................... 2.5. Conclusión .............................................................................. 3. La cosa juzgada material. Distinción de figuras afines................. 3.1. Cosa juzgada material y eficacia constitutiva de la sentencia ............................................................................................ 3.2. Cosa juzgada material y eficacia ejecutiva de la sentencia . 3.3. Cosa juzgada material y eficacia refleja de la sentencia ...... 3.4. Cosa juzgada material y preclusión ...................................... 3.4.1. Consideraciones generales en torno a la preclusión en el proceso civil ....................................................... A. Concepto, presupuestos y causas de la preclusión en el proceso civil ......................................... B. Efectos de la preclusión. Su tratamiento procesal ......................................................................... 3.4.2. Distinción entre la cosa juzgada material y la preclusión. Inadecuación del tratamiento procesal que la LEC dispensa a la preclusión................................ II. FUNCIONES O EFECTOS DE LA COSA JUZGADA EN EL PROCESO CIVIL ............................................................................................... 1. Consideraciones previas ................................................................. 2. Las funciones o efectos de la cosa juzgada formal ......................... 3. Las funciones o efectos de la cosa juzgada material ..................... 3.1. La función negativa o excluyente .......................................... 3.1.1. Contenido ...................................................................

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3.1.2. Requisitos: identidad subjetiva y objetiva entre “lo juzgado” y “lo deducido”............................................. 3.2. La función positiva o prejudicial ........................................... 3.2.1. Contenido ................................................................... 3.2.2. Requisitos: identidad subjetiva y conexión objetiva entre “lo juzgado” y “lo deducido” ............................. 4. Carácter complementario de las funciones de la cosa juzgada material.................................................................................................

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CAPÍTULO II LA EXTENSIÓN SUBJETIVA DE LA COSA JUZGADA. CONSIDERACIONES PREVIAS I. INTRODUCCIÓN.................................................................................. II. LOS CONCEPTOS DE PARTE Y DE TERCERO ............................... 1. El concepto de parte procesal ......................................................... 2. El concepto de tercero procesal....................................................... III. POSIBLES SITUACIONES DEL TERCERO ANTE EL PROCESO SEGUIDO INTER ALIOS..................................................................... 1. Los terceros titulares de un interés jurídico directo ..................... 2. Los terceros titulares de un interés jurídico indirecto o reflejo .... 3. Los terceros titulares de un derecho o interés jurídico incompatible y autónomo ................................................................................ 4. Los terceros titulares de un interés meramente fáctico................ 5. Los terceros absolutamente extraños o indiferentes ..................... IV. EL FUNDAMENTO DE LOS LÍMITES SUBJETIVOS DE LA COSA JUZGADA: DERECHO DE DEFENSA Y PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN ...............................................................................................

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CAPÍTULO III LA REGLA DE LA “RES IUDICATA INTER PARTES” I. INTRODUCCIÓN.................................................................................. 1. La regla de la “res iudicata inter partes” en el art. 1252 CC ........ 2. La regla de la “res iudicata inter partes” en el art. 222.3 LEC de 2000.................................................................................................. II. LA COSA JUZGADA MATERIAL RESPECTO DE LAS PARTES ORIGINARIAS DEL PROCESO........................................................... 1. Consideraciones previas ................................................................. 2. La cosa juzgada material respecto de las partes originarias del proceso en algunos supuestos específicos....................................... 2.1. La cosa juzgada material respecto del demandado rebelde . 2.2. La cosa juzgada material respecto del “nasciturus” ............. 2.2.1. El nasciturus tiene capacidad para ser parte “para todos los efectos que le sean favorables” ..................

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2.2.2. Consecuencias procesales de la frustración del nacimiento del “nasciturus” litigante .............................. 2.3. La cosa juzgada material respecto del sustituto procesal .... 2.3.1. El pronunciamiento jurisdiccional sobre la “relación legitimante”................................................................ 2.3.2. El pronunciamiento jurisdiccional sobre la cuestión de fondo ...................................................................... 2.4. La cosa juzgada material en los supuestos de ejercicio de la acción directa .......................................................................... III. LA COSA JUZGADA MATERIAL RESPECTO DE LOS TERCEROS CONSTITUIDOS A POSTERIORI EN PARTE PROCESAL.............. 1. Introducción..................................................................................... 2. Supuestos en los que un tercero se constituye a posteriori en parte procesal ........................................................................................ 2.1. Integración sobrevenida de la litis por estimarse la falta de litisconsorcio necesario........................................................... 2.1.1. Consideraciones previas ............................................ 2.1.2. Efectos procesales de la integración sobrevenida del litisconsorcio pasivo necesario .................................. 2.1.3. Breve apunte sobre el problema del litisconsorcio activo necesario .......................................................... 2.2. Reconvención por y frente a sujetos distintos de las partes originarias. Especial referencia a la reconvención frente a los litisconsortes del demandante (art. 407 LEC) ................ 2.2.1. Consideraciones previas ............................................ 2.2.2. La legitimación activa: el actor reconviniente ......... 2.2.3. La legitimación pasiva: el demandado reconvencional ............................................................................... 2.3. La intervención procesal ........................................................ 2.3.1. Aproximación al concepto y clases de intervención procesal ...................................................................... 2.3.2. La intervención voluntaria (art. 13 LEC)................. A. Consideraciones previas...................................... B. La intervención (adhesiva) litisconsorcial ......... 1º. Concepto y caracteres ................................... 2º. Estatuto procesal del interviniente litisconsorcial............................................................. 3º. Efectos de la sentencia para el interviniente litisconsorcial................................................. C. La intervención adhesiva (simple) ..................... 1º. Concepto y supuestos típicos ........................ 2º. Estatuto procesal del interviniente adhesivo .................................................................... 3º. Efectos de la sentencia para el interviniente adhesivo ......................................................... a) La eficacia jurídica material .................. b) La eficacia jurídica procesal ...................

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2.3.3. La intervención provocada (art. 14 LEC) ................. A. Consideraciones previas...................................... B. Clases de intervención provocada y supuestos típicos ................................................................... 1º. Supuestos de intervención provocada a instancia del demandante ................................. 2º. Supuestos de intervención provocada a instancia del demandado ................................... C. Efectos de la sentencia dictada en un proceso en el que se permite o exige la litisdenunciación.... 1º. Supuestos en los que hubo litisdenunciación a) Efectos de la intervención ...................... b) Efectos de la litisdenunciación ............... 2º. Supuestos en los que no hubo litisdenunciación ................................................................. 2.4. La sucesión procesal............................................................... 2.4.1. Consideraciones previas ............................................ 2.4.2. Sucesión procesal por muerte de la parte (art. 16 LEC) ........................................................................... A. Concepto y presupuestos ..................................... B. Efectos .................................................................. 2.4.3. Sucesión procesal por transmisión “inter vivos” del objeto litigioso (art. 17 LEC) ..................................... A. Concepto y presupuestos ..................................... B. Hipótesis posibles. Efectos .................................. 1º. Transmisión de la totalidad del objeto litigioso ............................................................... 2º. Transmisión parcial del objeto litigioso ....... 2.4.4. Sucesión procesal en los casos de intervención provocada (art. 18 LEC) .................................................. A. Concepto y presupuestos. Casos en los que se puede producir ..................................................... B. Efectos ..................................................................

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CAPÍTULO IV LA COSA JUZGADA MATERIAL Y LOS TERCEROS CON INTERÉS JURÍDICO DIRECTO EN EL RESULTADO DEL PLEITO I. INTRODUCCIÓN.................................................................................. II. SUPUESTOS DE TERCEROS CON INTERÉS JURÍDICO DIRECTO EN EL RESULTADO DEL PLEITO .............................................. 1. Supuestos legalmente previstos de terceros con interés jurídico directo en el resultado del pleito .................................................... 1.1. Herederos y causahabientes de las partes (art. 222.3.I LEC). La sucesión traslativa y la sucesión o adquisición constitutiva

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1.1.1. La sucesión traslativa ............................................... A. La sucesión en el derecho o situación jurídica litigiosa ................................................................ B. La sucesión “post rem iudicatam” (art. 222.3.I LEC) ..................................................................... 1.1.2. La sucesión o adquisición constitutiva ..................... 1.2. Procesos para la tutela jurisdiccional civil de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios (art. 222.3.1 in fine LEC) ........................................................................................ 1.2.1. La legitimación del consumidor o usuario afectado . 1.2.2. La legitimación de las asociaciones de consumidores y usuarios ................................................................... 1.2.3. La legitimación de las “entidades legalmente constituidas” ........................................................................ 1.2.4. La legitimación de los grupos de afectados .............. 1.3. Procesos sobre estado civil y condición de las personas (art. 222.3.II LEC) .......................................................................... 1.4. Procesos sobre impugnación de acuerdos societarios (art. 222.3.III LEC)......................................................................... 1.4.1. Con anterioridad a la LEC de 2000 .......................... 1.4.2. Tras la entrada en vigor de la LEC 1/2000............... A. Sentencias estimatorias ...................................... B. Sentencias desestimatorias ................................ 1.5. Procesos sobre nulidad de patentes (art. 114.3 LP), sobre nulidad y caducidad de marcas (art. 61.2 LM) y sobre nulidad y caducidad del diseño industrial (art. 68.3 LPJDI) ..... 1.5.1. Procesos sobre nulidad de patentes (art. 114.3 LP) . 1.5.2. Procesos sobre nulidad y caducidad de marcas (art. 61.2 LM) ..................................................................... 1.5.3. Procesos sobre nulidad y caducidad del diseño industrial (art. 68.3 LPJDI) ......................................... A. Proceso sobre la nulidad del diseño industrial .. B. Proceso sobre la caducidad del diseño industrial 2. Supuestos controvertidos de terceros con interés jurídico directo en el resultado del pleito ................................................................. 2.1. La sustitución procesal .......................................................... 2.1.1. La cosa juzgada material respecto del sustituido procesal ...................................................................... A. El pronunciamiento jurisdiccional sobre la “relación legitimante”.................................................. B. El pronunciamiento jurisdiccional sobre la cuestión de fondo ........................................................ 2.1.2. La cosa juzgada material respecto de los eventuales sustitutos no litigantes .............................................. 2.2. El ejercicio de acciones judiciales por y frente a los comuneros ............................................................................................ 2.2.1. Consideraciones previas. ..........................................

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2.2.2. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ................. 2.2.3. Crítica a esta doctrina jurisprudencial.....................

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CAPÍTULO V LA COSA JUZGADA MATERIAL Y LOS TERCEROS CON INTERÉS JURÍDICO REFLEJO EN EL RESULTADO DEL PLEITO I. INTRODUCCIÓN.................................................................................. II. SUPUESTOS TÍPICOS DE TERCEROS CON INTERÉS JURÍDICO REFLEJO EN EL RESULTADO DEL PLEITO .................................. 1. Los procesos sobre obligaciones solidarias..................................... 1.1. Consideraciones previas......................................................... 1.1.1. Las obligaciones solidarias. Concepto y naturaleza jurídica ....................................................................... 1.1.2. Litisconsorcio e intervención procesal en los procesos sobre obligaciones solidarias. ............................. 1.2. Los efectos de la sentencia en los procesos sobre obligaciones solidarias .......................................................................... 1.2.1. La eficacia refleja de la sentencia en las relaciones externas ...................................................................... A. En la solidaridad activa ...................................... B. En la solidaridad pasiva ..................................... 1.2.2. La eficacia refleja de la sentencia en las relaciones internas: la vía de regreso ......................................... A. En la solidaridad activa ...................................... B. En la solidaridad pasiva ..................................... 2. Las relaciones de garantía. La fianza ............................................ 2.1. La fianza. Concepto y naturaleza .......................................... 2.2. Las relaciones jurídicas derivadas de la fianza. Efectos ...... 2.2.1. La relación entre el fiador y el acreedor ................... A. La demanda se dirige únicamente contra el deudor ........................................................................ B. La demanda se dirige conjuntamente contra el deudor y el fiador ................................................. C. La demanda se dirige únicamente contra el fiador ........................................................................ D. Incoación de procesos distintos y simultáneos frente al deudor y frente al fiador ...................... 2.2.2. La relación entre el fiador y el deudor principal ...... 2.2.3. La cofianza ................................................................. A. La relación de los cofiadores con el acreedor ..... B. La relación de los cofiadores con el deudor ........ C. La relación de los cofiadores entre sí.................. 2.2.4. La subfianza ...............................................................

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3. Supuestos en los que la sentencia determina el nacimiento de una acción de indemnización a favor de la parte y en contra del tercero .............................................................................................. 3.1. Acción de regreso frente al tercero derivada de una estipulación contractual. Acciones de repetición derivadas del contrato de seguro ........................................................................ 3.1.1. Consideraciones previas ............................................ 3.1.2. La acción de repetición del asegurado condenado frente al asegurador. Eficacia refleja de la sentencia condenatoria............................................................... 3.2. Acción de regreso frente al tercero por serle imputables las causas del vencimiento de la parte........................................ 3.2.1. La acción de repetición del asegurador frente al asegurado ex art. 76 LCS................................................ 3.2.2. La acción de saneamiento del comprador frente al vendedor en los casos de evicción.............................. 3.2.3. La acción de repetición del que debe responder por un hecho ilícito ajeno ................................................. A. Consideraciones previas...................................... B. La acción de repetición del responsable por un hecho ilícito ajeno ................................................ 3.2.4. La acción de repetición de los perjudicados por la declaración de nulidad de un testamento por defecto de forma contra el notario que lo haya autorizado .. 4. Los supuestos de terceros adquirentes de una cosa o derecho cuando a posteriori se declara la ineficacia del contrato o negocio jurídico por el que adquirió su causante ........................................ 5. Los supuestos de cesión del contrato no consentida por el contratante cedido. Referencia especial a la extinción del arrendamiento por cesión inconsentida del mismo............................................. 5.1. Consideraciones previas......................................................... 5.2. Consecuencias de la cesión inconsentida del contrato ......... 5.3. El caso particular de la extinción del arrendamiento por cesión inconsentida del contrato ............................................... 6. Los supuestos de subcontrato. Referencia especial al subarriendo ...................................................................................................... 6.1. Consideraciones previas......................................................... 6.2. Referencia especial al subarriendo ........................................

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CAPÍTULO VI LA COSA JUZGADA MATERIAL RESPECTO DE OTRAS CATEGORÍAS DE TERCEROS I. CONSIDERACIONES PREVIAS ......................................................... II. LOS TERCEROS TITULARES DE UN INTERÉS MERAMENTE FÁCTICO ...............................................................................................

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III. LOS TERCEROS QUE SE AFIRMAN TITULARES DE UN INTERÉS JURÍDICO INCOMPATIBLE Y AUTÓNOMO ............................ IV. LOS LITISCONSORTES NECESARIOS PRETERIDOS ................... 1. Consideraciones previas. El fundamento del litisconsorcio necesario ................................................................................................. 1.1. El fundamento del litisconsorcio necesario en la jurisprudencia del Tribunal Supremo................................................. 1.2. El fundamento del litisconsorcio necesario según nuestra doctrina procesalista .............................................................. 2. La eficacia de la sentencia firme de fondo dictada en el proceso en el que se ha preterido a alguno de los litisconsortes necesarios ...

BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................

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ABREVIATURAS AAP AC ADC AJPI ATS BFD BGB BOE BOPI BORME CC CCiv. CCom. CDJ CE CGPJ CJ Coord./-s CPC DGRN Disp. adic. Dir. EC GC Giur. It. JUR LAR LAU LAU de 1964 LC LCGC LCoop. LCS LEC

Auto de la Audiencia Provincial. Base de datos de jurisprudencia Aranzadi (Audiencias provinciales). Anuario de Derecho Civil. Auto del Juzgado de Primera Instancia. Auto del Tribunal Supremo. Boletín de la Facultad de Derecho (UNED) Bürgerliches Gesetzbuch. Boletín Oficial del Estado. Boletín Oficial de la Propiedad Industrial. Boletín Oficial del Registro Mecantil. Código Civil. Codice Civile. Código de Comercio. Cuadernos de Derecho Judicial. Constitución Española de 1978. Consejo General del Poder Judicial. Cuadernos Jurídicos. Coordinador/-es. Codice di Procedura Civile. Dirección General de los Registros y del Notariado. Disposición adicional. Director. Estudios sobre Consumo. Giustizia Civile. Giurisprudenza italiana. Base de datos de jurisprudencia Aranzadi (Audiencias provinciales). Ley de Arrendamientos Rústicos (Ley 49/2003, de 26 de noviembre). Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994, de 24 de noviembre). Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 (Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre). Ley Concursal (Ley 22/2003, de 9 de julio). Ley de Condiciones Generales de la Contratación (Ley 7/1998, de 13 de julio). Ley de Cooperativas (Ley 27/1999, de 16 de julio). Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre). Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero).


18 LEC de 1881 LGDCU LGP LH LJCA LM LOE LOPJ LOTC LOTT LP LPH LPI LPJDI LRJAP

LSA LSGR LSRL LSSICE LVPBM NCPC PJ PLEC RA RAP RCDI RD

ABREVIATURAS

Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 (Real Decreto de 3 de febrero de 1881). Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Ley 26/1984, de 19 de julio). Ley General de Publicidad (Ley 34/1988, de 11 de noviembre). Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946). Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio). Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999, de 5 de noviembre). Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio). Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre). Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Ley 16/1987, de 30 de julio). Ley de Patentes (Ley 11/1986, de 20 de marzo). Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio). Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril). Ley de Protección Jurídica del Diseño Industrial (Ley 20/2003, de 7 de julio). Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre). Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre). Ley sobre Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca (Ley 1/1994, de 11 de marzo). Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (Ley 2/1995, de 23 de marzo). Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (Ley 34/2002, de 11 de julio). Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles (Ley 28/1998, de 13 de julio). Nouveau Code de Procédure Civile. Revista Poder Judicial. Proyecto de Ley de Enjuiciamiento Civil. Repertorio de Jurisprudencia de Aranzadi. Revista de Administración Pública. Revista Crítica de Derecho Inmobiliario. Real Decreto.


CONVENIO COLECTIVO APLICABLE EN LA EMPRESA…

RDLeg. RDP RDPIb RDPriv. RGD RH RIPJ Riv. Dir. Proc. Riv. Dir. Proc. Civ. RJ RJC RJCM RTDCiv RTDPC. RUDP RVDPyA RVPBM RXG SAP SGAE SJPI SSTC SSTS STC STS STSJ TC TJ Tol Trad. TS UNED ZPO

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Real Decreto Legislativo. Revista de Derecho Procesal. Revista de Derecho Procesal Iberoamericana. Revista de Derecho Privado. Revista General de Derecho. Reglamento Hipotecario. Revista Internauta de Práctica Jurídica. Rivista di Diritto Processuale. Rivista di Diritto Processuale Civile. Base de datos de jurisprudencia Aranzadi (Tribunal Supremo). Revista Jurídica de Cataluña. Revista Jurídica de la Comunidad de Madrid. Revue Trimestrielle de Droit Civil. Rivista Trimestrale di Diritto e Procedura Civile. Revista Universitaria de Derecho Procesal. Revista Vasca de Derecho Procesal y Arbitraje. Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles. Revista Xurídica Galega. Sentencia de la Audiencia Provincial. Sociedad General de Autores y Editores. Sentencia del Juzgado de Primera Instancia. Sentencias del Tribunal Constitucional. Sentencias del Tribunal Supremo. Sentencia del Tribunal Constitucional. Sentencia del Tribunal Supremo. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia. Tribunal Constitucional. Revista Tribunales de Justicia. Base de datos de jurisprudencia Tirant on line. Traducción. Tribunal Supremo. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Zivilprozessordnung.



PRÓLOGO El primer sentimiento con que se enfrenta quien recibe la petición de prologar un libro es de orgullo y de satisfacción por haber obtenido inmerecidamente la confianza y el honor de quien, tras muchos años de esfuerzo, da a la luz el producto de su estudio. Pero inmediatamente sobreviene una cierta preocupación por el contenido de la obra, por la importancia de sus aportaciones, que en este caso se ha despejado casi instantáneamente con sólo hojear el trabajo del Dr. Grande Seara. Porque es fácil afirmar, sin ninguna duda, que se trata de una de las principales aportaciones de la doctrina española a la construcción del proceso civil durante las últimas décadas, porque este libro trata de un tema especialmente complejo y difícil, como es el de la cosa juzgada. Y ahora aparece una segunda preocupación, por la responsabilidad de saber estar a la altura de la obra prologada y de realizar adecuadamente la labor del prologuista, que debe poner al lector en disposición de aproximarse con interés y atención a las páginas que siguen. Con independencia de su indudable valor didáctico, esta monografía no es sin embargo una obra de divulgación, sino que se adentra sin complejos en unos de los puntos seguramente más espinosos en relación con la cosa juzgada: su ámbito subjetivo, es decir, a quiénes comprende la eficacia de la sentencia dictada en un proceso. Porque la cosa juzgada es, ante todo, el efecto más característico de la sentencia judicial, al punto que un sector de la doctrina ha considerado que se trata de la nota diferencial y característica de la jurisdicción y sirve para distinguir el ejercicio de la potestad jurisdiccional frente a otras potestades públicas. La cosa juzgada significa desde luego inmutabilidad de la sentencia, de modo que no se podrá juzgar dos veces la misma pretensión, pues ha quedado definitiva e irrevocablemente resuelta, y por eso, negativamente, no se podrá plantear la cuestión debatida por las partes en un anterior proceso y obtener una nueva decisión. Pero también se manifiesta positivamente la cosa juzgada, pues el juez que deba resolver sobre una cuestión que traiga causa de lo decidido con anterioridad, deberá partir necesariamente de la resolución que ganó la eficacia de cosa juzgada; esta prejudicialidad viene impuesta por razones estrictamente jurídicas, y se produce cuando la posterior pretensión que haya que resolver tenga como base jurídico-fáctica la que ya fue juzgada y cuando, además, coincida el ámbito subjetivo de ambos procesos. El viejo artículo 1252 del Código civil, derogado por la LEC de 2000, recogía la llamada doctrina de las tres identidades, al exigir para que la


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VÍCTOR MORENO CATENA

cosa juzgada pudiese surtir efecto que se diera entre lo resuelto por una sentencia firme y lo planteado en un ulterior proceso “la más perfecta identidad entre las cosas, las causas, las personas de los litigantes y la calidad con que lo fueron”, o lo que es lo mismo, entre los petita, las causae petendi y las partes procesales. Es decir, por lo que se refiere a las personas, para la operatividad de la cosa juzgada no era suficiente una identidad física entre los litigantes, sino que se requería una identidad jurídica, esto es, que actuasen con la misma legitimación, aunque su posición procesal podía invertirse de un proceso a otro. Así pues, se establecía como regla básica la de la res iudicata inter partes, aunque al mismo tiempo se daba cobertura legal a la extensión subjetiva de la cosa juzgada respecto de quienes fueron sustituidos en el proceso por otro sujeto que actuó con legitimación extraordinaria (vgr., el deudor sustituido en la acción subrogatoria). La vigente regulación de la cosa juzgada se encuentra en el artículo 222 de la Ley de enjuiciamiento civil, que contempla expresamente las dos funciones o efectos de la misma, la negativa o excluyente y la positiva o prejudicial, dejando claro que para la operatividad de la cosa juzgada se requiere la identidad subjetiva entre la res iudicata y la res iudicanda; por lo tanto, ni siquiera la función positiva se puede extender subjetivamente más allá de los límites estipulados, mediante el artificioso recurso a una pretendida cosa juzgada refleja. La Ley de enjuiciamiento civil regula la extensión de la cosa juzgada y, especialmente la subjetiva, desde la perspectiva de los límites y no desde la perspectiva de los presupuestos o requisitos. Esto es, no establece los requisitos subjetivos que han de concurrir para que pueda surtir efecto la cosa juzgada material, sino los sujetos a los que alcanza dicha eficacia (“afectará a las partes del proceso en que se dicte…”). El artículo 222.3 de la LEC dispone que “la cosa juzgada afectará a las partes del proceso en que se dicte y a sus herederos y causahabientes, así como a los sujetos, no litigantes, titulares de los derechos que fundamenten la legitimación de las partes”. Al propio tiempo establece en el mismo precepto, con algunas imprecisiones, que “en las sentencias sobre estado civil, matrimonio, filiación, paternidad, maternidad y incapacitación y reintegración de la capacidad la cosa juzgada tendrá efectos frente a todos a partir de su inscripción o anotación en el Registro Civil” y, al propio tiempo que “las sentencias que se dicten sobre impugnación de acuerdos societarios afectarán a todos los socios, aunque no hubieren litigado”. Admite el Dr. Grande Seara que se han producido notables avances en el tratamiento normativo de la cosa juzgada con la LEC, también en la regulación del art. 222 LEC de los supuestos en los que se opera una extensión ultra partes de la cosa juzgada material.


PRÓLOGO

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Sin embargo, el autor critica con todo fundamento algunas omisiones poco justificables, como la falta de regulación expresa de la extensión de la cosa juzgada a los sustituidos procesales, que a día de hoy pocos autores cuestionan. Reprocha también que nada disponga la Ley sobre la legitimación activa para litigar en defensa de una cosa o derecho perteneciente pro indiviso a varias personas (vgr. comunidades de bienes o de herederos) ni sobre la extensión subjetiva de los efectos de las sentencias dictadas en tales procesos. A su vez, señala que el legislador ha tratado de dar una solución genérica a la extensión subjetiva de la cosa juzgada en los procesos para la tutela de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios mediante una remisión en bloque a la regulación de la legitimación que hace el art. 11 LEC, pero que resulta difícil de aplicar en el caso concreto por la imprecisión conceptual de que adolece, tanto en relación con la naturaleza del derecho o interés para cuya tutela se litiga (se habla de intereses colectivos, intereses difusos, intereses generales, sin determinar claramente a qué se refiere) como en relación con el tipo de legitimación con la que el actor litiga en cada caso. A ello se añade que algunas leyes sectoriales (Ley de Patentes, Ley de Marcas, Ley de Protección Jurídica del Diseño Industrial) contemplan supuestos de extensión ultra partes de la cosa juzgada material secundum eventum litis, lo que ha merecido la crítica de la doctrina procesalista. En este marco normativo, el Dr. Pablo Grande Seara hace una fina disección de los distintos elementos, cargada de una clarividente aplicación práctica, pues si bien la Ley ha sido cuidadosa en determinar supuestos diferentes en que, fuera de las partes originarias del proceso, la cosa juzgada puede afectar a muy diferentes sujetos, lo cierto es que el precepto no agota ni mucho menos la cuestión. El trabajo minucioso y profundo de Pablo Grande, que se refleja con claridad en esta magnífica monografía, le acredita como uno de los valores que la Universidad española debe cuidar, reteniéndolo dentro de su claustro de profesores. Su vocación por la docencia y por la investigación en el campo del Derecho Procesal está suficientemente probada y le avalan años de duro trabajo en tareas de investigación y años de una difícil gestión universitaria, que realiza con una extraña unanimidad de la comunidad universitaria en su buen hacer.

VÍCTOR MORENO CATENA Marzo 2009



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