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Union Espa単ola de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras
El Seguro Espa単ol en la actualidad
2005 C/ Nu単ez de Balboa 101 28006 Madrid Telf: 91.745.15 30 Fax: 91. 745.15.31 www.unespa.es
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Índice 01 RESUMEN EJECUTIVO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 02
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL SEGURO ESPAÑOLA . . . . . . . . . 4 Trascendencia económica del seguro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Evolución y tamaño de la actividad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Empresas y ocupados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 El seguro como inversor institucional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 El seguro y sus clientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 El seguro español en el entorno europeo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
03
EL SEGURO DE VIDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Evolución reciente del seguro de vida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
04
LOS SEGUROS DISTINTOS DEL DE VIDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Panorama evolutivo general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 El seguro del automóvil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 El seguro de salud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Los multirriesgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 El seguro de decesos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 El seguro de defensa jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 El seguro de asistencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 El seguro de responsabilidad civil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 Los seguros de crédito y caución . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Los seguros de transportes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
05
EL REASEGURO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
06
BASES JURÍDICAS DEL SEGURO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 Regulación básica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Relaciones entre cliente y aseguradora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Mediación de seguros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Seguro obligatorio del automóvil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Seguro de vida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nota: Esta publicación está cerrada con los datos disponibles a julio de 2005
24 28 29 29 29
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Resumen Ejecutivo
01 ■
España es el quinto mercado europeo en primas, pero el décimo en inversiones, lo que refleja que la cultura aseguradora española es aún incipiente y, en cualquier caso, reciente.
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El gasto en seguros por habitante es de unos 1.200 euros, lo cual está casi 1.000 euros por debajo de la media de la Unión Europea.
■
Históricamente, el seguro ha obtenido crecimientos superiores a los de la propia economía, lo que ha situado su tasa de primas sobre PIB por encima del 5%, lo que lo coloca entre los grandes sectores de actividad españoles.
■
De los cerca de 45.000 millones de euros en primas estimados de facturación en el año 2004, un 58% corresponde a los seguros distintos del de vida y el 42% restante al seguro de vida. Éste último, sin embargo, se mide mejor por su ahorro gestionado, esto es los recursos acumulados a favor de sus clientes. Magnitud que en el 2004 se situó en 115.000 millones de euros, el 14,5% del PIB.
■
Los grandes grupos de productos de seguro son: EL SEGURO DE VIDA, tanto en la vertiente de riesgo (indemnización por muerte o
invalidez) como de ahorro (seguros de jubilación). Todo ello en el ámbito individual o colectivo (contratación por las empresas a favor de sus trabajadores). EL SEGURO DEL AUTOMÓVIL, que en los daños a terceros es obligatorio pero se completa con otras coberturas. EL SEGURO DE SALUD, tanto en la vertiente de enfermedad (pagos de incapacidad por enfermedad) como de asistencia sanitaria. LOS SEGUROS MULTIRRIESGO PATRIMONIALES, que protegen los hogares,
comercios, comunidades de vecinos e industrias ante robos, goteras, daños eléctricos, incendios, etc. LOS SEGUROS A LA PRODUCCIÓN, con un amplio abanico de productos que
contratan las empresas y los productores.
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RESUMEN EJECUTIVO
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El seguro emplea directamente a 47.500 personas, pero esa cifra debe completarse con el empleo indirecto de agentes y corredores de seguros (en torno a 150.000 personas) y un monto aún mayor de empleo inducido (servicios necesarios, como peritos, médicos, hospitales, reparadores del hogar, servicios funerarios, grúas, etc.) En España hay en torno a 90 millones de contratos de seguro, a partir de los cuales se genera un monto parecido de siniestros de variada naturaleza que, junto con los contratos, demuestran el importante papel que juega el seguro en las vidas de los españoles. ◗ Se calculan en torno a 2.200.000 de siniestros del automóvil. ◗ Alrededor de 4 millones de reparaciones de vehículos cada año. ◗ 25 millones de asegurados de vida. ◗ 6 millones de asegurados de salud. ◗ Más del 60% de las viviendas aseguradas.
Evolución reciente del seguro Primas mill. euros
Ahorro gestionedo mill. euros _140.000
12.000
_120.000
10.000
_100.000 8.000 _80.000 6.000 _60.000 4.000 _40.000 2.000
_20.000
_0
0
2000
■
2001
2002
2003
2004 (p)
Seguros del automovil
Seguros de salud
Seguros multirriesgo
Seguros de vida (Ahorro gestionado)
UNESPA es la organización representativa del seguro español. Actualmente, 277 entidades aseguradoras son miembros de la asociación, lo cual supone el 82% de las 338 sociedades anónimas, mutuas, sucursales extranjeras y reaseguradoras existentes en el mercado español. La asociación existe desde 1977 y es miembro de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE y del Comité Europeo de Seguros.
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Información básica sobre el seguro español
02 TRASCENDENCIA ECONÓMICA DEL SEGURO Evolución y tamaño de la actividad ■
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El seguro español factura cada año más de 40.000 millones de euros, de los que, con variaciones según el ejercicio, aproximadamente la mitad corresponden a seguros de vida y la otra mitad a los seguros distintos del de vida.
Primas (mill. euros)
2000
2001
2002
2003
2004 (P)
Total No vida Vida
40.941 17.109 23.832
42.241 19.172 23.069
48.880 21.763 27.117
41.600 23.857 17.743
44.842 26.136 18.706
Este ritmo de crecimiento ha sido muy superior al del Producto Interior Bruto, lo cual se ha concretado en una tendencia evidente de incremento en el peso del seguro sobre la economía española.
Vida No vida
■
2000
2001
2002
2003
2004 (P)
2,8% 3,9%
2,9% 3,5%
3,1% 3,9%
3,2% 2,4%
3,3% 2,4%
La continuidad es más apreciable en los seguros no vida porque los seguros de vida tienen componentes de volatilidad. El descenso del peso del 2003, por ejemplo, se debe a que la finalización en el 2002 del proceso de exteriorización de compromisos por pensiones suscritos por las empresas a favor de sus trabajadores elevó la facturación por encima de los niveles habituales.
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INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL SEGURO ESPAÑOL
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No obstante lo dicho, el seguro está por encima del 5% del PIB español, lo que lo convierte en un sector de actividad de entre los de mayor peso en la economía.
Empresas y ocupados ■
La actividad de seguros es una actividad exclusiva y puede realizarse mediante diversas formas jurídicas. Históricamente, la geografía empresarial del seguro estaba presidida por el concepto de atomización (a principios de los ochenta había más de 1.000 entidades aseguradoras en el mercado español).
■
En los últimos años, sin embargo, se ha producido un importante efecto de concentración que ha reducido notablemente el número de empresas.
Total entidades
■
2000
2001
2002
2003
354
342
334
328
A pesar de que a este proceso de concentración no ha sido ajena la penetración del capital foráneo en la industria aseguradora, ésta ha permanecido en un 73% en manos del capital nacional.
Situación en el 2003
Origen del capital
Alemania Bélgica Francia Italia Luxemburgo Países Bajos Reino Unido Suecia Estados Unidos Suiza España
% en la industria aseguradora española
1,16 4.59 4.47 1,47 0,23 1,33 2,24 8.05 1,66 2,06 72,74
■
Otro aspecto destacable de este proceso de concentración empresarial es que, lejos de afectar al empleo, lo ha potenciado. El seguro ha mostrado una capacidad de generar ocupación muy continuada, apenas afectada incluso por los periodos de recesión económica.
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El empleo directo en el sector asegurador se sitúa en torno a los 46.000 personas, con una tendencia regularmente creciente.
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INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL SEGURO ESPAÑOL
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Otro aspecto destacable de este proceso de concentración empresarial es que, lejos de afectar al empleo, lo ha potenciado. El seguro ha mostrado una capacidad de generar ocupación muy continuada, apenas afectada incluso por los periodos de recesión económica.
■
El empleo directo en el sector asegurador se sitúa en torno a los 46.000 personas, con una tendencia regularmente creciente.
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Evolución del empleo directo en el sector
47.500
45.790
45.941
2003
2004
45.130
45.000
44.257 42.500
400.000
2001
■
2002
Sin embargo, la importancia laboral del seguro debe de contemplarse con dos dimensiones más. En primer lugar, está el empleo indirecto, estrechamente vinculado y dependiente de la actividad aseguradora. El caso más evidente es el de los agentes de seguros, que, ya de por sí, añaden más de 100.000 personas a la fuerza laboral del sector.
Número de agentes TOTAL
■
1999
2000
2001
2002
2003
2004
159.422
151.087
128.186
122.692
132.745
132.975
A estas cifras, además de los corredores de seguros y sus empleados, habría que sumar un monto, de muy difícil cálculo, de empleo inducido, esto es, profesionales no tan estrechamente ligados a la actividad aseguradora como para que su propia actividad dependa por completo de ella, pero para los que el negocio aportado por los seguros tiene una importancia relevante. Se trata de profesionales ligados a la vertiente de gestión de siniestros, tales como talleres de reparación de automóviles, peritos, profesionales del derecho, hospitales, centros de rehabilitación y profesionales de la medicina, reparadores del hogar, etc..
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INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL SEGURO ESPAÑOL
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Pese a la concentración empresarial del sector asegurador, la pyme sigue fuertemente arraigada en el mismo. Más del 40% de los trabajadores de empresas aseguradoras están encuadrados en empresas de menos de 500 trabajadores.
Tamaño de la plantilla en trabajadores Más de 1.000 De 500 a 1.000 De 250 a 500 De 50 a 250 De 25 a 50 De 10 a 25 De 3 a 10 De 0 a 3
EMPRESAS 11 15 23 69 40 59 77 56
EMPLEADOS
% EMPRESAS
14.784 11.007 7.605 8.323 1.456 958 409 26
3,1% 4,3% 6,6% 19,7% 11,4% 16,9% 22,0% 16,0%
% EMPLEADOS 33,2% 24,7% 17,1% 18,7% 3,3% 2,1% 0,9% 0,1%
El seguro como inversor institucional ■
La ley obliga al sector asegurador a ser muy estricto en el mantenimiento de la solvencia presente y futura. Ello se concreta en la constitución de provisiones técnicas que garanticen la capacidad de pago, además de un margen de solvencia constituido por patrimonio propio no comprometido.
■
Las provisiones técnicas deben de estar invertidas en determinados activos, caracterizados por su solidez y garantías, además con criterios de diversificación y dispersión que eviten excesivas concentraciones del riesgo.
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La labor de provisionamiento de las entidades aseguradoras españolas supone por sí sola un esfuerzo inversor de 130.000 millones de euros.
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INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL SEGURO ESPAÑOL
EL SEGURO Y SUS CLIENTES 8 En el mercado español existen 91,7 millones de pólizas de seguros, lo cual arroja una media de 2,2 contratos por habitante, con un gasto medio por persona de unos 180 euros al año. Visto de otra forma, podemos afirmar que el 2,5% del total del presupuesto familiar se destina al pago de seguros. El seguro del automóvil, en el que cada hogar se gasta una media de 325,5 euros al año, es el seguro más importante en la vida económica de los hogares españoles. Aunque cabría matizar esta afirmación diciendo que lo que tiene gran importancia para los españoles es el transporte privado en sí, en el que cada hogar invierte una media de 2.230 euros anuales. El seguro del automóvil, al ser obligatorio, es un producto puramente social cuya función es administrar el mecanismo solidario de reparación a las víctimas del automóvil, atendiendo cada año en España unos 2,5 millones de accidentes de tráfico, de los que en torno a 700.000 serían siniestros con daños corporales (heridos o víctimas mortales). El papel del seguro de vida en la sociedad tiene mucha relación con los ámbitos en los que ésta instrumenta mecanismos de ahorro-previsión complementarios a las prestaciones públicas (ahorro para la jubilación, pagos por orfandad o viudedad, invalidez, etc…). El volumen de asegurados del seguro de vida en España es de 26 millones, aunque debe de tenerse en cuenta figura del multiaseguramiento. En cuanto al seguro de asistencia sanitaria, ya son 6,4 millones los españoles que han confiado la conservación, mejora o tratamiento de su salud a través de seguros médicos privados, es decir el 15,2% de la población. En el año 2002 las aseguradoras asumieron más de 89,6 millones de actuaciones médicas de diverso tipo entre atenciones de urgencias, de enfermería, visitas y actos de especialistas, hospitalizaciones, utilizaciones de medios de diagnóstico, tratamientos, etc… Por ejemplo: 20 de cada 100 partos tienen lugar en clínicas privadas. Respecto a los seguros sobre el patrimonio de los particulares, el sector empleó el año pasado en torno a 2.000 millones de euros en reparaciones de siniestros en hogares, comercios, comunidades de vecinos e industrias, siendo los daños más frecuentes los ocasionados por el agua y la rotura de cristales, seguidos por los robos, incendios, etc… El seguro de decesos es otro de los ramos que está muy extendido en España, con una cifra aproximada de 26 millones de asegurados, muchos de ellos en pólizas de grupos de carácter familiar. El 56% de los fallecimientos que se producen en nuestro país es atendido por el seguro de decesos. El seguro de defensa jurídica, el de asistencia en viaje, el de transportes, el de crédito y caución o el seguro agrario son otros de los ramos del seguro que también tienen una gran importancia social. Con el gran número de siniestros referentes a actividades tan diversas e implicando a profesionales de ámbitos tan diferentes, parecería lógico que el número de quejas o reclamaciones fuera considerable. Sin embargo, en el año 2003 el total de conflictos planteados por los asegurados a las entidades se estima en 91.500, lo que supone una tasa sobre las pólizas vivas del mercado español del 1 por 1.000. Este altísimo nivel de calidad del seguro español se comprende teniendo en cuenta la fuerte apuesta que el sector hace por la calidad de su servicio, empleando para ello 9 millones de euros y unas 1.000 personas.
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INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE EL SEGURO ESPAÑOL
EL SEGURO ESPAÑOL EN EL ENTORNO EUROPEO ■
Un tercio de la producción aseguradora mundial se realiza en Europa. El tamaño del mercado asegurador europeo es aproximadamente el 80% del estadounidense y supera al asiático en casi diez puntos de cuota de mercado mundial.
■
España es el sexto mercado europeo en primas, pero el décimo en inversiones, lo cual refleja que, si bien el sector refleja pujanza, la ausencia de una cultura aseguradora consolidada en el tiempo hace que el tamaño real del sector sea menor del que se observa en otros países europeos.
Mercados Europeos 2002 Clasificados por Primas
PAÍS
Empleados
R. Unido Francia Alemania Italia P. Bajos España Suiza Bélgica Suecia Dinamarca Austria Finlandia Irlanda Noruega Portugal Luxemburgo Polonia Turquía Grecia R. Checa Hungría Liechtenstein Eslovenia Eslovaquia Croacia Chipre Islandia Lituania Malta Letonia Estonia
772 480 677 245 430 318 141 181 428 210 73 68 224 96 71 95 74 53 100 41 28 30 16 26 22 33 11 28 19 17 13
Entidades 205.300 138.300 241.900 38.474 48.000 45.941 42.000 23.752 18.973 11.300 26.106 11.700 15.000 8.700 12.500 2.702 28.000 11.826 9.500 14.469 28.926 5.800 6.743 6.190 1.691 600 6.500 840 2.800 1.458
Primas (mill. €)
Sobre PIB
Inversiones (mill. €)
230.330 156.800 150.400 101.038 48.530 44.842 33.318 28.482 19.265 15.935 13.989 13.217 12.749 11.202 10.432 9.004 6.679 4.419 3.620 3.561 2.411 1.673 1.486 1.140 875 575 305 236 229 214 189
14,5% 10,1% 7,1% 7,8% 10,7% 6,0% 11,8% 10,6% 7,2% 8,5% 6,2% 9,3% 9,7% 5,7% 8,0% 66,8% 3,6% 2,1% 2,4% 4,7% 3,3% 127,6% 6,1% 4,0% 3,5% 5,1% 3,3% 1,6% 5,4% 2,2% 2,4%
1.606.855 1.124.700 1.110.000 410.677 280.000 132.000 283.114 146.445 208.825 167.795 55.953 89.069 55.000 69.848 31.900 30.357 15.617 5.062 7.500 6.755 4.109 3.547 4.132 1.427 1.492 1.544 300 604 187
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La necesidad de avanzar en la implantación del seguro en la sociedad y economía españolas viene demostrada por el ratio de primas por habitante y año o densidad del seguro; el cual, pese a la muy significativa recuperación observada en los últimos años, sigue estando por debajo de los estándares europeos.
Primas por habitante y año en euros. (2004) Liechtenstein Luxemburgo Suiza R. Unido Irlanda P. Bajos Dinamarca Bélgica Francia Finlandia Noruega UE 25 Suecia Área Euro Alemania Italia Austria CEA España Islandia Portugal Chipre Eslovenia Malta R. Checa Grecia Otros Hungría Eslovaquia Croacia Polonia Estonia Letonia Lituania Turquía
Seguro total
Vida
No vida
49.205,88 20.098,21 4.552,88 3.882,25 3.216,20 2.996,97 2.959,70 2.750,29 2.629,33 2.538,80 2.460,90 2.301,39 2.154,68 1.933,78 1.822,21 1.762,67 1.730,88 1.688,14 1.079,20 1.055,36 1.002,31 804,20 744,86 576,83 349,01 328,91 306,73 237,72 211,94 196,98 174,76 139,38 91,77 67,89 62,97
45.264,71 17.578,13 2.766,60 2.641,32 2.063,32 1.599,46 1.924,78 1.909,23 1.747,30 1.997,89 1.489,46 1.392,17 1.407,56 1.118,42 826,30 1.144,90 765,65 1.018,01 450,19 103,81 600,50 372,03 218,05 302,27 138,29 157,10 175,19 96,63 85,89 46,60 79,70 36,87 4,72 17,84 11,10
3.941,18 2.520,09 1.786,28 1.240,93 1.152,88 1.397,52 1.034,92 841,06 882,03 540,91 971,44 909,21 747,12 815,36 995,92 617,77 965,23 670,12 629,01 951,56 401,81 432,17 526,82 274,56 210,72 171,82 131,53 141,10 126,05 150,38 95,06 102,51 87,05 50,06 51,87
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El Seguro de Vida 11
03 EVOLUCIÓN RECIENTE DEL SEGURO DE VIDA La siguiente tabla resume la evolución de las primas y la provisión matemática del seguro de vida en los últimos años (datos en millones de euros):
Año 2000 2001 2002 2003 2004
Provisiones
Primas
78.460 90.621 102.388 109.361 116.254
23.884 23.029 26.627 17.732 18.972
Estos datos han supuesto una ganancia muy relevante del peso del seguro de vida en el PIB. En el año 1991, las provisiones de vida suponían el 2,6% del PIB y las primas el 1,2%. En el 2004, estos ratios se han colocado en el 14,5% y el 2,4%, respectivamente. El seguro español tenía, a 31 de diciembre del año 2004, un volumen estimado de 26 millones de clientes. La distribución básica que puede hacerse es entre clientes de seguros por fallecimiento, seguros de jubilación y seguros de ahorro y, en cada categoría, en el componente individual o colectivo.
Productos de fallecimiento Productos de jubilación Productos de ahorro
Individual
Colectivo
12.459.253 3.775.420 3.539.605
4.851.715 1.464.870
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EL SEGURO DE VIDA
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Como es sabido, el componente colectivo del seguro de vida está situado en lo que se denomina «segundo pilar», es decir la previsión colectiva en el ámbito de la empresa; y el individual es el «tercer pilar», esto es la previsión meramente individual. El denominado «primer pilar» es el formado por las prestaciones públicas. El «segundo pilar» se concreta mediante los productos denominados de instrumentación de compromisos por pensiones adquiridos por las empresas a favor de sus trabajadores. Cerca de 4,7 millones de trabajadores, según datos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, estaban asegurados en algún tipo de producto de estas características, en cuyo seno se gestionaba un ahorro total de casi 30.000 millones de euros.
Sector Económico
Ahorro Gestionado (mill .€)
Servicios financieros Química, petroquímica y plásticos Metal Manufacturas y electrónica Energía eléctrica, gas y agua Construcción Comercio Hostelería Transporte Telecomunicaciones Agricultura y pesca Minería no energética Alimentación Textil y calzado Ser. E, informática e I+D AAPP Servicios Públicos Otras
Asegurados
7.437 2.185 1.233 2.504 4.120 419 290 26 738 3.182 1.172 2.410 1.449 39 969 29 240 496
553.177 175.079 287.517 348.286 148.053 375.786 467.953 154.616 231.779 186.261 49.101 31.520 162.379 79.010 727.111 526.821 155.541 18.441
Seis de cada diez trabajadores asegurados en merced del «segundo pilar» de la previsión tienen coberturas denominadas de riesgo, es decir, contratos que les garantizan, a ellos o a sus herederos, un pago en caso de fallecimiento o incapacidad. Uno de cada diez tiene un contrato específico de jubilación, que está cubriendo, por lo tanto, el pago de algún tipo de prestación económica, en capital o en renta, tras el retiro laboral del asegurado. El resto son trabajadores con contratos que combinan ambas coberturas.
Asegurados Jubilación Fallecimiento/incapacidad Jubilación y fallecimiento/incapacidad
2001
2002
2˙003
455.492 1.433.643 359.299
559.406 2.007.042 1.260.686
525.559 2.961.930 1.190.937
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EL SEGURO DE VIDA
Dentro del estricto ámbito del ahorro, una característica importante del seguro de vida es la abrumadora presencia en su seno de los productos que garantizan una rentabilidad en el tiempo, en ocasiones, como ocurre con los seguros de jubilación o los planes de previsión asegurados, durante prolongados periodos de tiempo. En este sentido, y dado que más allá del sector asegurador este tipo de garantías son poco comunes, cuando no inexistentes, el seguro se conforma como el garante exclusivo de la estabilidad de los rendimientos financieros de los ahorradores españoles.
CON GARANTÍA DE TIPO DE INTERÉS
Asegurados
Ahorro Gestionado (miles €)
Asegurados %
Ahorro %
Planes de previsión asegurados 68.901 Seguros de jubilación 4.977.482 Seguros de ahorro 2.843.253
144.869 77.794.975 22.870.019
0,8% 57,7% 33,0%
0,1% 70,0% 20,6%
Asegurados
Ahorro Gestionado (miles €)
Asegurados %
Ahorro %
128.162 605.621
1.916.918 8.485.294
1,5% 7,0%
1,7% 7,6%
SIN GARANTÍA DE TIPO DE INTERÉS
Seguros de jubilación Seguros de ahorro
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Los Seguros Distintos del de Vida
04 PANORAMA EVOLUTIVO GENERAL En términos globales, los seguros personales distintos del de vida, accidentes y enfermedad, los de daños y los seguros patrimoniales, que concitan la inmensa mayoría de los seguros no Vida, son en general muy dependientes de la situación económica. Este conjunto de ramos se caracteriza por la presencia de tres grandes áreas de negocio: automóviles, multirriesgos y salud; a la que hay que añadir lo que se podría denominar «seguros a la producción», esto es, productos de seguro constituidos no por los particulares sino por las unidades productivas. Este grupo incluye un importante número de actividades tales como los seguros de incendios, los multirriesgos ligados a actividades económicas (comercio, industrias), seguros de pérdida de beneficios, de RC general, de daños a los bienes, etc. La evolución de estos grandes componentes se resume en la siguiente tabla:
Automóviles
Multirriesgos
Salud
Seguros a la Producción
Resto
7.986 9.000 9.950 10.621 11.239
2.494 2.800 3.276 3.742 4.159
2.740 3.010 3.296 3.737 4.097
2.770 3.248 4.498 5.308 5.991
1.119 1.114 744 722 765
% sobre el PIB
Automóviles
Multirriesgos
Salud
Seguros a la Producción
Resto
2000 2001 2002 2003 2004 (P)
1,31% 1,38% 1,42% 1,43% 1,41%
0,41% 0,43% 0,47% 0,50% 0,52%
0,45% 0,46% 0,47% 0,50% 0,51%
0,45% 0,50% 0,64% 0,71% 0,75%
0,18% 0,17% 0,11% 0,10% 0,10%
Año 2000 2001 2002 2003 2004
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LOS SEGUROS DISTINTOS DEL DE VIDA
El Seguro del AutomóviL 15 En España había, a 31 de diciembre del 2004, 24.594.286 vehículos asegurados (dato del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados FIVA); y se producen, según las estimaciones, en torno a 2,4 millones de siniestros de tráfico cada año, desde la más grave colisión múltiple hasta el siniestro leve de aparcamiento, en el que hay un solo vehículo implicado y unos daños en ocasiones casi inapreciables. Esta cifra es, en cualquier caso, muy superior a aquéllas que estamos acostumbrados a entender como descriptivas de la siniestralidad en las carreteras españolas. No es el único término de comparación en el que se produce esta diferencia: ■
Las estadísticas del sector asegurador apuntan a un número total de siniestros cercano a los 13.500.000. Sin embargo, no es éste el número de accidentes porque no hay que olvidar que un accidente que provoca daños en X vehículos puede convertirse en X siniestros, tantos como entidades aseguradoras están implicadas en el accidente. Esta cifra, por lo tanto, puede estimarse como el volumen de vehículos implicados, de una u otra forma, en siniestros de tráfico cada año.
■
Los datos oficiales (DGT) hablan de cifras en torno a 100.000 personas heridas en accidentes de tráfico. Las encuestas hechas en el sector asegurador estiman la cifra de daños corporales muy por encima (en torno a 740.000 personas). La razón estriba en que, para el seguro, toda aquella persona que demanda una atención sanitaria, aunque sólo sea una mera comprobación por parte del personal de la ambulancia que se persona en el siniestro, supone un daño corporal que es necesario sufragar.
■
Por último, las cifras del sector permiten estimar en 4,4 millones de reparaciones el volumen total de este tipo de trabajos abordados con cargo al seguro cada año. Esto es, aproximadamente uno de cada cinco vehículos del parque es reparado cada año, en mayor o menor medida, con cargo al seguro y como resultado de un siniestro.
Como consecuencia de esta realidad, el seguro del automóvil genera un elevado nivel de pagos a las víctimas de los accidentes de tráfico que, en el año 2003, rozaron los 7.500 millones de euros. Dos terceras partes de esta siniestralidad corresponden la cobertura de responsabilidad civil, esto es la reparación de daños producidos a terceros durante la conducción automóvil. El resto se corresponde con las otras garantías habituales en el todo riesgo, tales como los daños en el propio vehículo, robo, etc.
El seguro de salud El siguiente cuadro resume la situación del seguro de Asistencia Sanitaria1 en el año 2003. Primas (mill.€)
Asegurados
1.657
3.081729
COLECTIVOS NO PÚBLICOS
388
1.280.230
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Admon Central Admon Justicia Fuerzas Armadas
975 653 34 287
2.081.868 1.372.596 75.375 633.897
41
793.105
INDIVIDUAL
SEGURO DENTAL
(1)
El seguro de Asistencia Sanitaria es el más importante componente del seguro de salud. El otro componente es el seguro de enfermedad, que instrumenta la incapacidad laboral transitoria privada (prestaciones por baja laboral), así como seguros de reembolso de gastos médicos.
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LOS SEGUROS DISTINTOS DEL DE VIDA
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Sustancialmente, la cifra de asegurados del seguro español de salud ha permanecido estancada entre los seis y siete millones de personas en los últimos años. Claramente, el factor de crecimiento más probable es la vertiente de los seguros colectivos no formados por empleados públicos, es decir los seguros nacientes de acuerdos de negociación colectiva entre trabajadores y empresarios para recibir parte del salario en especie en forma de aseguramiento privado de salud. Esta fórmula ha experimentado un interés por parte de los poderes públicos en los últimos tiempos en forma de creciente beneficio fiscal. El crecimiento sostenido de la recaudación en primas del seguro de salud se explica también, en un entorno de crecimiento muy bajo de la clientela, por los constantes incrementos de servicios o de límites asegurados que se llevan a cabo por parte de las aseguradoras cada año.
Los multirriesgos Los seguros multirriesgo son seguros fundamental, aunque no exclusivamente, patrimoniales. Son fruto de la evolución técnica aseguradora, puesto que del antiguo seguro específico de incendios, con importante tradición en la sociedad española, se pasó a este seguro, que engloba en una sola prima un amplio abanico de coberturas, entre las que cabe destacar: ■
Incendio.
■
Daños por agua.
■
Daños eléctricos.
■
Robo.
■
Responsabilidad civil del cabeza de familia (daños provocados por miembros de la familia, animales domésticos, etc).
■
Defensa jurídica.
Los multirriesgos, asimismo, se distinguen en varios grandes grupos: ■
Multirriesgo del hogar, el más común, destinado a los inmuebles residenciales.
■
Multirriesgo de comercio, diseñado para los establecimientos comerciales.
■
Multirriesgos de comunidades de vecinos, destinados a las zonas comunes residenciales.
■
Multirriesgos de industrias.
■
Otros multirriesgos (hoteles, colegios, etc.)
Si nos centramos en el multirriesgo del hogar, este seguro ha experimentado una evolución muy importante en los últimos años, como consecuencia de la baja tasa de aseguramiento de las viviendas españolas. Actualmente, dicha tasa de aseguramiento se estima por encima del 60%.
Año 2000 2001 2002 2003
Viviendas aseguradas
Viviendas sin asegurar
Viviendas totales
11.844.801 12.570.887 12.880.546 13.720.076
7.901.960 8.375.667 8.585.694 8.252.513
19.746.761 20.946.554 21.466.240 21.972.589
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LOS SEGUROS DISTINTOS DEL DE VIDA
La extensión de los seguros multirriesgo ha supuesto que los valores garantizados se hayan incrementado exponencialmente. En 1990, el valor de los inmuebles asegurados estaba en torno a los 750.000 millones de euros, mientras que en el 2002 ya rondaba los 2,6 billones.
Valor Inmobiliario Asegurado (mill. €) Viviendas y comunidades de vecinos
Oficinas
Comercios
Industrias
Obra civil
1.268.449 1.416.288 1.570.111 1.747.982
31.969 34.897 34.439 50.048
182.234 206.624 226.316 259.496
421.068 485.194 488.750 580.586
826 1.689 1.666 2.092
2000 2001 2002 2003
El crecimiento intenso del aseguramiento se ha acompañado por otro, no menos intenso, de la frecuencia, es decir del número de siniestros producidos para el mismo número de pólizas. Este incremento es una consecuencia lógica de la evolución del seguro multirriesgo hacia un seguro de prestación de servicios lo cual, combinado con el importante boom de los teléfonos 900, que ha acercado el uso de estos servicios por los particulares, ha provocado dicho incremento. Como consecuencia, el seguro multirriesgo es hoy una plataforma de servicios que atiende o indemniza un muy elevado número de siniestros. En el gráfico siguiente se resumen las cifras para el año 2002.
Estimación de Siniestros del Multirriesgo 2003 3000.000
2500.000
2000.000
1500.000
1000.000
500.000
0
Hogar
Comercio
Comunidades
Daños por agua
Rotura de cristales
Robos
Incendios
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El seguro de decesos 18 El seguro de decesos es un producto propio del mercado español, que tiene una muy amplia tradición y aceptación social (se estima en 26 millones de personas su volumen de asegurados). El seguro de decesos ha experimentado una paulatina evolución desde el puro concepto indemnizatorio (pago de gastos funerarios a la muerte de la persona asegurada) al de prestación de servicios (pago de los gastos y, además, realización para la familia del asegurado de una serie de trámites vinculados al óbito, no sólo los propiamente funerarios como búsqueda de sepultura, traslados, etc., sino otros vinculados a liquidación de impuestos y otros). En el año 2003, se estima en casi 215.000 enterramientos los realizados con cargo al seguro de decesos en España. Cruzando dicho dato con los conocidos sobre movimiento natural de la población, ello permite estimar que estos enterramientos vienen a suponer el 64,5% del total de fallecimientos producidos en España.
Enterramientos estimados en España 44%
56%
Seguro de decesos Resto
El seguro de defensa jurídica El seguro de defensa jurídica tiene dos modalidades importantes:
1. Por un lado, el seguro de defensa jurídica «puro», es decir aquél comercializado para dar al cliente una asistencia legal en cualquier ámbito de la vida familiar, personal o profesional.
2. Por otro, el seguro de defensa jurídica específicamente vinculado a pólizas del automóvil o vendido dentro del «paquete» de coberturs del seguro multirriesgo.
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LOS SEGUROS DISTINTOS DEL DE VIDA
La primera de las vertientes experimenta un proceso importante de desarrollo en el mercado español. En cuanto al segundo, la importancia que tiene la defensa jurídica en el ámbito de la resolución de siniestros de tráfico genera un volumen muy importante de asuntos. El 87,5% de los aseguradores de defensa jurídica del mercado español venden su producto vinculado a otro seguro, mientras que el 5,3% lo hace en contratos individuales y el 7,1% combina las dos formas. Proyectando desde las cifras a disposición del sector asegurador, se estima en 1.350.000 actuaciones, aproximadamente, el volumen de éstas de asistencia jurídica generadas por los siniestros del automóvil. El asegurador de defensa jurídica es, al fin y al cabo, un medio para acceder a mecanismos de asistencia jurídica. Dicha labor puede realizarse mediante tres sistemas que el asegurador puede elegir:
1. Asumir directamente la defensa jurídica del cliente. 2. Permitir la elección de abogado por el cliente. 3. Confiar la gestión de estos asuntos a una entidad distinta, mencionada en el contrato. Las opciones por parte del asegurador son ligeramente diferentes según que el seguro de defensa jurídica esté vinculado a un seguro del automóvil, o a un seguro de daños diversos (normalmente, multirriesgo del hogar o multirriesgo empresarial):
Elección de abogado Prestación directa por la entidad Entidad jurídica distinta
Automóvil
DIversos
54% 38% 13%
45% 39% 23%
El seguro de asistencia Este seguro está definido como el que da asistencia a personas que tienen dificultades estando fuera de su domicilio o zona de residencia. Por ello, el seguro de asistencia se suele vincular a la producción de viajes o al uso de medios de desplazamiento, como el automóvil. Las coberturas que puede albergar son muy variadas, desde el remolque de un vehículo averiado o siniestrado (la más común en el automóvil) hasta la pérdida de equipajes, tratamiento y repatriación en caso de tener problemas de salud durante un viaje, etc. Es un caso muy parecido a la defensa jurídica, puesto que las asistencias vinculadas al automóvil tienen un muy importante papel, pudiéndose estimar, para el año 2003, un volumen cercano a 4 millones de asistencias vinculadas a accidentes de tráfico (lo cual nos llevaría a estimar que aproximadamente tres cuartas partes de los vehículos que son reparados con ocasión de siniestros de tráfico deben recibir algún tipo de asistencia). No obstante, no es ésta la única realidad del seguro de asistencia. Este producto cubre
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LOS SEGUROS DISTINTOS DEL DE VIDA
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también un amplio abanico de sucesos, y las correspondientes necesidades que lleve aparejadas, vinculados a los desplazamientos de los asegurados, bien sean o no vacacionales. La estimación sectorial habla de 8,2 millones de actuaciones para esta actividad, de las cuales 4,5 millones lo serían dentro del territorio español y 3,7 millones en el exterior. Cabe estimar, por lo tanto, que existen en torno a 4,6 millones de actuaciones que no están propiamente vinculadas al tráfico.
El seguro de responsabilidad civil Los seguros habitualmente denominados de responsabilidad civil general (para distinguirlos del seguro de responsabilidad civil automóvil, que es el seguro obligatorio a terceros) son aquéllos destinados a garantizar que la entidad aseguradora responde en lugar del asegurado en el pago de cantidades económicas a que éste venga obligado como consecuencia de un daño causado a un tercero. Los supuestos de responsabilidad civil conforman una muy amplia familia de casos y posibilidades entre los que cabe destacar: ■
Determinadas RC obligatorias derivadas de actividades consideradas potencialmente dañinas. Pueden ser tanto para personas físicas (cazadores que manejan armas de fuego, por ejemplo) como jurídicas (utilización de elementos radioactivos, como en las instalaciones nucleares).
■
La RC derivada de la actividad profesional del asegurado: médicos, arquitectos, ingenieros, corredores de seguros.
■
La RC derivada de la actividad corporativa o representantiva: gestores de empresas, miembros de consejos de administración, dirigentes.
■
La RC derivada de la actividad industrial o de negocio. Por ejemplo, la denominada RC de producto, que cubre las contingencias económicas derivadas de la distribución de un producto defectuoso o dañino.
El seguro de responsabilidad civil muestra en los últimos años tendencias importantes de crecimiento en sus primas, fundamentalmente a causa de dos fenómenos: por un lado, su generalización; por otro, la evolución al alza de los hechos indemnizables por el asegurador, fundamentalmente por la presión jurisprudencial. El seguro de responsabilidad civil tiene dos grandes características, una interna y otra externa. En el ámbito interno, se encuentra la solvencia a largo plazo. Al contrario de lo que ocurre en otros ramos de seguro, la siniestralidad del seguro de responsabilidad civil se define, en ocasiones, durante varios años después del momento de la firma de la póliza y la producción del siniestro. La razón es que el siniestro está muchas veces vinculado a un proceso judicial, que toma sus plazos, en el que se define la responsabilidad civil a que deberá hacer frente el asegurado y, por consiguiente, el asegurador.
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La característica externa es la utilización por la Administración de este seguro para garantizar las responsabilidades de determinadas actividades o profesionales de riesgo, garantía que se instrumenta mediante la exigencia de obligaciones de aseguramiento para la concesión de determinadas autorizaciones administrativas, para el inicio de actividad, ejercicio de una profesión, etc. Sin embargo, las obligaciones de aseguramiento deben de estar técnicamente bien diseñadas para que luego el mercado tenga capacidad de aceptar los riesgos. Es importante, por lo tanto, disponer de capacidad de interlocución con el sector asegurador antes del diseño de la norma para generar estas obligaciones sobre bases racionales.
Los seguros de crédito y caución El seguro de crédito se define como el producto que indemniza por impagos de créditos, incluidos ventas a plazos. Por su parte, el seguro de caución es un seguro que opera de forma parecida al aval.
Los seguros de transportes Los diferentes seguros de transportes se encargan de dar cobertura económica a los siniestros que se puedan producir durante el tráfico de mercancías. Los seguros de transporte de mercancías se dividen en función del medio de transporte: terrestre, marítimo o aéreo. Otra modalidad dentro del seguro de transportes es el denominado seguro de cascos, en el que se aseguran los daños sufridos por los propios medios de transporte.
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El Reaseguro
05 El reaseguro es un mecanismo que permite diluir entre varios aseguradores y reaseguradores, la responsabilidad del pago de un siniestro, consolidando con ello las garantías del seguro. Las técnicas de reaseguro, entre otras muchas virtudes, tienen la función básica de permitir la dilución de las coberturas, permitiendo así abordar riesgos de gran valor. El asegurador directo transfiere parte del riesgo que ha asumido en el contrato (cesión) a una o varias reaseguradoras (aceptación) quienes, asimismo, pueden realizar nuevos traslados de riesgo (retrocesiones) a otras reaseguradoras. En operaciones de mucho volumen, esto acaba provocando que un número importante de entidades asuman porciones quizá no muy grandes del riesgo total, permitiéndose de esta forma un pago fluido en caso de siniestro. Si bien el cliente del seguro no tiene relación directa con el reasegurador, desde el punto de vista de política de seguro es importante disponer de un reaseguro fuerte y dinámico, porque ello permite la concesión de grandes coberturas y, además, preservar la solvencia aseguradora. El nivel de cesión al reaseguro del seguro español es muy variable por modalidades. En términos generales, las mayores tasas se observan en las actividades aseguradoras donde tienen más importancia los grandes riesgos. A continuación se resume, con información 2003, la situación por modalidades de las primas devengadas (negocio captado), aceptadas (reaseguro aceptado) y cedidas (reaseguro cedido).
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EL REASEGURO
Miles de euros
Devengadas
Aceptadas
Cedidas
Cedidas/ Devengadas
TRANSPORTES CASCOS
253.032,92
14.042,03
185.295,50
73,2%
INCENDIOS
240.513,25
28.386,64
169.628,42
70,5%
CAUCION
70.814,58
13.117,96
42.698,87
60,3%
CREDITO
497.429,75
7.025,73
284.895,75
57,3%
MULTIRRIESGOS INDUSTRIALES
860.745,33
21.516,40
469.267,74
54,5%
TRANSPORTES MERCANCIAS
241.276,43
3.936,52
107.821,42
44,7%
PERDIDAS PECUNIARIAS
78.935,53
959,85
34.112,85
43,2%
OTROS DAテ前S A LOS BIENES
938.922,53
30.694,18
384.275,73
40,9%
RESPONSABILIDAD CIVIL
1.334.161,11
20.130,85
512.137,80
38,4%
MULTIRRIESGOS COMUNIDADES
402.203,64
2.387,81
105.527,60
26,2%
OTROS MULTIRRIESGOS
123.361,84
1.843,37
31.994,32
25,9%
MULTIRRIESGOS COMERCIO
462.852,74
1.718,40
115.693,25
25,0%
DEFENSA JURIDICA
88.870,50
47.732,79
15.696,09
17,7%
ASISTENCIA
185.743,44
234.755,53
28.700,75
15,5%
ACCIDENTES
787.978,18
2.610,66
105.790,86
13,4%
MULTIRRIESGOS HOGAR
1.915.609,34
5.518,74
201.212,08
10,5%
AUTOMOVILES OTRAS GARANTIAS
4.236.768,12
1.498,89
264.996,18
6,3%
474.817,16
3.206,24
24.640,65
5,2%
6.171.913,65
68.778,19
298.769,38
4,8%
17.798.789,53
19.552,61
325.390,52
1,8%
ASISTENCIA SANITARIA
3.113.642,05
33.117,53
30.152,54
1,0%
DECESOS
1.139.904,23
959,31
2.573,66
0,2%
ENFERMEDAD AUTOMOVILES RC VIDA
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Bases Jurídicas del Seguro
07 El seguro tiene varias características que justifican que su entramado jurídico, tanto interior como europeo, sea amplio. Sucintamente: ■
Es un sector sometido a supervisión pública, lo cual hace que la regulación jurídica sea más densa que en otras actividades.
■
Algunos de sus productos tienen un papel fundamental es esquemas jurídicos de responsabilidad objetiva. El caso más evidente es la reparación de los daños causados a las víctimas en accidentes de tráfico.
■
Elementos importantes de su actividad, tales como la documentación contractual o la contabilidad de las entidades, están regulados por normas específicas.
■
Finalmente, existen muchas normas no aseguradoras con incidencia en el seguro, normalmente a través de la formulación de garantías de reparación en caso de daño a través de obligaciones de aseguramiento.
Con todos estos condicionantes, una descripción somera de la normativa aseguradora tiene que ser, por fuerza, superficial.
Regulación básica La norma de referencia de la actividad aseguradora es el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (TRLOSSP) aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, que fue desarrollada por el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (ROSSP), aprobado por RD 2486/1998, de 20 de noviembre. Esta normativa es consecuencia de la trasposición a derecho español de nuevas directivas comunitarias y, muy especialmente, las denominadas Terceras Directivas Comunitarias, que establecieron un mercado único para el seguro europeo basado en el concepto de «pasaporte único»: la autorización, en el país de origen, para la realización de actividades aseguradoras basta para comercializar seguros en todo el Espacio Económico Europeo.
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BASES JURÍDICAS DEL SEGURO
No obstante, esta ley aborda otros muchos aspectos. Básicamente, el entramado normativo del TRLOSSP/ROSSP regula: ■
El acceso a la actividad aseguradora y las condiciones para su ejercicio. Muy especialmente, todo lo relacionado con las provisiones técnicas y otras garantías financieras y contables relacionadas con la solvencia aseguradora.
■
Aspectos societarios, como pueden son la forma que pueden revestir las entidades aseguradoras, objeto social, capital social y fondo mutual, requisitos de socios y de directivos o las participaciones significativas o los vínculos estrechos.
■
La protección del asegurado.
■
Régimen sancionador.
■
Intervención, disolución y liquidación de entidades.
■
Actividad en el Espacio Económico Europeo, bien estableciéndose en el mercado distinto al de origen (libertad de establecimiento), bien comercializando los productos sin dicho establecimiento (libertad de prestación de servicios).
■
Actividad de aseguradoras del Espacio Económico Europeo en España, tanto en LE como en LPS.
■
Actividad de aseguradoras de terceros países.
■
Actividad de reaseguro.
El artículo 6 del texto refundido de la LOSSP establece los diferentes ramos del seguro, con el siguiente literal: 1. En el seguro directo distinto del seguro de vida la clasificación de los riesgos por ramos, así como la denominación de la autorización concedida simultáneamente para varios ramos y, finalmente, la conceptuación de riesgos accesorios se ajustará a lo siguiente: A. CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS POR RAMOS. 1) Accidentes. Las prestaciones en este ramo pueden ser: a tanto alzado, de indemnización, mixta de ambos, y de cobertura de ocupantes de vehículos. 2) Enfermedad (comprendida la asistencia sanitaria). Las prestaciones en este ramo pueden ser: a tanto alzado, de reparación, y mixta de ambos. 3 Vehículos terrestres (no ferroviarios). Incluye todo daño sufrido por vehículos terrestres, sean o no automóviles, salvo los ferroviarios. 4) Vehículos ferroviarios. 5) Vehículos aéreos. 6) Vehículos marítimos, lacustres y fluviales. 7) Mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados). 8) Incendio y elementos naturales. Incluye todo daño sufrido por los bienes (distinto de los comprendidos en los ramos 3, 4, 5, 6 y 7) causado por incendio, explosión, tormenta, elementos naturales distintos de la tempestad, energía nuclear y hundimiento de terreno.
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9) Otros daños a los bienes. Incluye todo daño sufrido por los bienes (distintos de los comprendidos en los ramos 3, 4, 5, 6 y 7) causado por el granizo o la helada, así como por robo u otros sucesos distintos de los incluidos en el número 8. 10)Responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista). 11) Responsabilidad civil en vehículos aéreos (comprendida la responsabilidad del transportista). 12) Responsabilidad civil en vehículos marítimos, lacustres y fluviales (comprendida la responsabilidad civil del transportista). 13) Responsabilidad civil en general. Comprende toda responsabilidad distinta de las mencionadas en los número 10, 11 y 12. 14)Crédito. Comprende insolvencia general, venta a plazos, crédito a la exportación, crédito hipotecario y crédito agrícola. 15) Caución (directa e indirecta). 16) Pérdidas pecuniarias diversas. Incluye riesgos del empleo, insuficiencia de ingresos (en general), mal tiempo, pérdida de beneficios, subsidio por privación temporal del permiso de conducir, persistencia de gastos generales, gastos comerciales imprevistos, pérdida del valor venal, pérdidas de alquileres o rentas, pérdidas comerciales indirectas distintas de las anteriormente mencionadas, pérdidas pecuniarias no comerciales y otras pérdidas pecuniarias. 17) Defensa jurídica. 18)Asistencia. Asistencia a las personas que se encuentren en dificultades durante desplazamientos o ausencias de su domicilio o de su lugar de residencia permanente. Comprenderá también la asistencia a las personas que se encuentren en dificultades en circunstancias distintas, determinadas reglamentariamente, siempre que no sean objeto de cobertura en otros ramos de seguro. 19)Decesos. Incluye operaciones de seguro que garanticen únicamente prestaciones en caso de muerte, cuando estas prestaciones se satisfagan en especie o cuando el importe de las mismas no exceda del valor medio de los gastos funerarios por un fallecimiento. Los riesgos comprendidos en un ramo no podrán ser clasificados en otro ramo, sin perjuicio de lo dispuesto respecto de los riesgos accesorios en la letra C.
B. DENOMINACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN CONCEDIDA SIMULTÁNEAMENTE PARA VARIOS RAMOS. Cuando la autorización se refiera simultáneamente: ■
A los ramos 1 y 2 se dará con la denominación «Accidentes y enfermedad».
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A la cobertura de ocupantes de vehículos del ramo 1 y a los ramos 3, 7 y 10 se dará con la denominación «Seguro de automóvil».
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A la cobertura de ocupantes de vehículos del ramo 1 y a los ramos 4, 6, 7 y 12 se dará con la denominación «Seguro marítimo y de transporte».
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A la cobertura de ocupantes de vehículos del ramo 1 y a los ramos 5, 7 y 11 se dará con la denominación «Seguro de aviación».
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A los ramos 8 y 9 se dará con la denominación «Incendio y otros daños a los bienes».
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A los ramos 10, 11, 12 y 13 se dará con la denominación «Responsabilidad civil».
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A los ramos 14 y 15 se dará con la denominación «Crédito y caución».
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A todos los ramos, se dará con la denominación «Seguros generales».
C. RIESGOS ACCESORIOS. La entidad aseguradora que obtenga una autorización para un riesgo principal perteneciente a un ramo o a un grupo de ramos podrá asimismo cubrir los riesgos comprendidos en otro ramo sin necesidad de obtener autorización de los mismos, cuando éstos estén vinculados al riesgo principal, se refieran al objeto cubierto contra el riesgo principal y estén cubiertos por el contrato que cubre el riesgo principal, siempre que para la autorización en el ramo al que pertenezca el riesgo accesorio no se requieran mayores garantías financieras previas que para el principal, salvo, en cuanto a este último requisito, que el riesgo accesorio sea el de responsabilidad civil cuya cobertura no supere los límites que reglamentariamente se determinen. No obstante, los riesgos comprendidos en los ramos 14, 15 y 17 no podrán ser considerados accesorios de otros ramos, salvo el ramo 17 (defensa jurídica) que, cuando se cumplan las condiciones exigidas en el párrafo anterior, podrá ser considerado como riesgo accesorio del ramo 18 si el riesgo principal sólo se refiere a la asistencia facilitada a las personas en dificultades con motivo de desplazamientos o de ausencias del domicilio o del lugar de residencia permanente, y como riesgo accesorio del ramo 6 cuando se refiera a litigios o riesgos que resulten de la utilización de embarcaciones marítimas o que estén relacionados con dicha utilización. 2. El seguro directo sobre la vida se incluirá en un solo ramo, el ramo de vida, con el ámbito de todos los ramos del seguro directo sobre la vida enumerados en las Directivas comunitarias reguladoras de la actividad del seguro directo sobre la vida. A. ÁMBITO DEL RAMO DE VIDA. El ramo de vida comprenderá: a) El seguro sobre la vida, tanto para caso de muerte como para caso de supervivencia, o ambos conjuntamente, incluido en el de supervivencia el seguro de renta; el seguro sobre la vida con contraseguro; el seguro de «nupcialidad»; y el seguro de «natalidad». Asimismo comprende cualquiera de estos seguros cuando estén vinculados con fondos de inversión. b) Operaciones de capitalización del artículo 3.2 de la presente Ley. c) Operaciones de gestión de fondos colectivos de jubilación y de gestión de operaciones tontinas. Se entenderá por: (1) Operaciones de gestión de fondos colectivos de jubilación aquellas que supongan para la entidad aseguradora administrar las inversiones y, particularmente, los activos representativos de las reservas de las entidades que otorgan prestaciones en
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caso de muerte, en caso de vida o en caso de cese o reducción de actividades. También estarán comprendidas tales operaciones cuando lleven una garantía de seguro, sea sobre la conservación del capital, sea sobre la percepción de un interés mínimo. Quedan expresamente excluidas las operaciones de gestión de fondos de pensiones, regidas por la Ley 8/1987, de 8 de junio, reguladora de los Planes y Fondos de Pensiones, que estarán reservadas a las entidades gestoras de fondos de pensiones. (2) Operaciones tontinas aquellas que lleven consigo la constitución de asociaciones que reúnan partícipes para capitalizar en común sus aportaciones y para repartir el activo así constituido entre los supervivientes o entre sus herederos. B. RIESGOS COMPLEMENTARIOS. Las entidades autorizadas para operar en el ramo de vida podrán cubrir como riesgos complementarios los comprendidos en el ramo de accidentes y en el ramo de enfermedad, siempre que concurran los siguientes requisitos: a) Estén vinculados con el riesgo principal y sean complementarios del mismo. b) Se refieran al objeto cubierto contra el riesgo principal. c) Estén garantizados en un mismo contrato con éste. d) Cuando el ramo complementario sea el de enfermedad, y éste no comprenda prestaciones de asistencia sanitaria.
A pesar de la clasificación por ramos, es muy común encontrar en el mercado productos que son combinaciones de varios de éstos. Es lo que ocurre, por ejemplo, con los seguros multirriesgo del hogar, comercio, comunidades, etc.
Relaciones entre cliente y aseguradora El punto de conexión entre una aseguradora y su cliente es la póliza de seguro, de ahí la regulación de esta relación en Ley 50/80, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS). Esta ley regula el contenido y perfeccionamiento del contrato de seguro y las obligaciones de ambas partes (asegurador y tomador de la póliza), teniendo en cuenta la casuística de cada tipo de seguro. Además de ello, el texto refundido de la LOSSP y el Reglamento de dicha ley regulan la información previa que debe facilitarse al tomador de seguro antes de la contratación de un producto, así como los mecanismos de resolución interna de quejas y reclamaciones de los clientes, todo ello como materias propias de protección del cliente. En esta materia, además, deben tomarse en consideración el Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, que aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa de los clientes de servicios financieros (entre ellos, el de clientes de seguros); así como la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
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Mediación de seguros 29 Otro aspecto importante del negocio asegurador son los canales de comercialización, que se regulan fundamentalmente en la Ley 9/92, de 30 de abril, de Mediación de Seguros, si bien está en trámites una nueva ley que traspondrá al derecho español la directiva europea que creó el mercado único europeo de la mediación.
Seguro obligatorio del automóvil El seguro obligatorio del automóvil (a terceros) está regulado en el Texto refundido de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre). El Reglamento de esta ley se aprobó por Real Decreto 7/2001, de 12 de enero. Esta normativa regula el mecanismo de responsabilidad objetiva (independiente de la culpa) que rige en la reparación de los daños corporales y materiales que puedan producirse con ocasión de un accidente de tráfico. Asimismo, desde la aprobación de la Ley 30/1995 se incluye un sistema objetivo para la valoración del daño corporal en los accidentes de tráfico que ha dotado de transparencia a este proceso indemnización.
Seguro de vida La normativa específica del seguro de vida, incluida en el articulado de normas que ya hemos citado, tiene fundamentalmente que ver con el papel de este producto en el ahorro-previsión. Así, para el seguro de vida tiene gran importancia su tratamiento fiscal, recogida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y su Reglamento. También tiene gran importancia la normativa sobre instrumentación de compromisos por pensiones constituidos por las empresas a favor de sus trabajadores, dentro de la cual destaca el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de instrumentación.
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