Análisis de los artículos de tráfico aéreo

Page 1

Análisis de los artículos de tráfico aéreo Art. 77.- agencias de viajes son las compañías sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, que el objetivo de dicha compañía es formar profesionales de actividades turísticas, dirigidas a la prestación de servicios en forma directa o como intermediación entre el turista y la planta turística Art. 78.- Son actividades propias de las agencias de viajes en cual las podemos resumir que son todas las actividades que se les puede ofrecer al turista como por ejemplo la venta de boletos de transporte nacional o internacional la reserva del alojamiento, la venta y promoción de paquetes turísticos, entrega de información turística, alquiler de útiles para la práctica de turismo deportivo, etc. Art. 79.- Clasificación.- Las agencias de viajes, en razón del ámbito y extensión de sus actividades, se clasifican: a. Mayoristas; b. Internacionales; y, c. Operadoras. Art. 80.- Agencias de viajes mayoristas.- Son agencias de viajes mayoristas las que proyectan, elaboran, organizan y venden en el país, toda clase de servicios y paquetes turísticos además este tipo de agencias solo produce y vende paquetes turísticas a las agencias de viajes minoristas ya que no puede vender directamente al turista Art. 81.- Agencias de viajes internacionales.- Son agencias de viajes internacionales las que comercializan el producto de las agencias mayoristas, vendiéndolo directamente al usuario lo cual lo puede realizar tanto localmente como exteriormente y pueden tener tanto turismo emisivo como receptivo. Art. 82.- Agencias de viajes operadoras.- Son agencias de viajes operadoras las que elaboran, organizan, operan. y venden, ya sea directamente al usuario o a través de los otros dos tipos de agencias de viajes, toda clase de servicios y paquetes turísticos dentro del territorio nacional, para ser vendidos al interior o fuera del país. Esto nos quiere decir que las agencias de viajes operadoras se encargan de fabricar paquetes turísticos locales para luego vender a turistas extranjeros para que visiten nuestro país. Art. 83.- Exigencias para los locales.- Los locales que se destinen al funcionamiento de agencias de viajes, no podrán tener otra fuente de economía más que solo de la actividad turística además deberán contar con los servicios básicos de agua, luz ,teléfono y fax y tener por lo menos un servicio higiénico estas son normas que deben cumplir todos los que se dedican o son consideradas como locales para agencias de viajes Art. 84.- Certificado de registro.- En el certificado de registro, constará el número de registro de la agencia con la cual servirá para su identificación e n todo acto que se refiera a la actividad turística en caso de publicidad impresa se indicara el número de registro otorgado por el Ministerio de Turismo, el nombre de la agencia o, en su caso, el de la marca comercial registrada, así como su dirección


Art. 85.- Variación en los valores anunciados por servicios.- El valor anunciado de los servicios sueltos o de los paquetes turísticos podrá ser variado cuando En el caso de los paquetes turísticos previamente programados, las condiciones de posible variación del precio deben constar claramente con todas sus características o a su vez por el cambio de precios de transporte o servicios. Art. 86.- Desistimiento de los servicios.- En todo momento el cliente puede desistir de los servicios solicitados o contratados teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiere abonado tanto de precios totales como de abonos Art. 87.- Prestación de la totalidad de los servicios.- Las agencias de viajes están obligadas a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados, dentro de las condiciones y características estipuladas. Art. 88.- Sustitución de servicios.- Las agencias de viajes brindarán siempre a sus clientes, la posibilidad de optar por el reembolso de lo no utilizado, o por la sustitución con otro servicio de similares características. En caso de poner un servicio de menor categoría deberá la agencia de viajes devolver la diferencia Art. 89.- Servicios de agencias operadoras.- Todos los servicios prestados por las agencias operadoras, de acuerdo a las atribuciones de su clasificación, pueden ser ofertados y vendidos, directamente, tanto nacional como internacionalmente como por ejemplo: venta nacional como internacional de los servicios turísticos, venta de boletos directa en el territorio nacional, venta de boletos para todo tipo de espectáculos, Art. 90.- Servicios de agencias internacionales.- La actividad de las agencias internacionales se desenvolverá dentro del marco establecido en las siguientes letras: Venta directa al usuariotanto nacional como internacional de paquetes turísticos venta y reserva de pasajes aéreos nacionales o internacionales, venta y reserva de alojamiento, venta de servicios de alquiler de vehículos etc.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.